Fuero personal

download Fuero personal

of 2

Transcript of Fuero personal

  • 7/26/2019 Fuero personal

    1/2

    Fuero personal se encuentra en el artculo 133 del COTCompetencia relativaLas reglas de la competencia relativa permiten identif

    Si no hay prorroga de competencia hay que distinguir si hay o no hay

    reglas especial para la determinacin de la competencia relativa Si nohay prorroga de competencia! el cdigo entrega reglas especiales parala determinacion de la competencia "#isten reglas generales yespceiales $e e#istir una regla especial esta prima so%re la reglageneral "stas reglas generales se estructuran de la %ase de lanaturale&a de la accin deducida "l CC clasiifca las acciones enacciones mue%les y en acciones inmue%les Si son acciones mue%lesde%o aplicar las reglas que me da el cdigo para las acciones mue%eles'or (ltimo! si no puedo aplicar ninguna de estas reglas! hay una )superregla* general que determina que es competenten el tri%unalcorrespoindiente al domicilio del demandado +art 13, COT- "n resumen.

    se aplican primero las reglas especial! luego las reglas generales y luegoel domicilio del demandado

    / 'rorroga de competencia'rorroga de competencia es una institucion mediante la cual un tri%unalque no es originalmente competente puede llegar a serlo por acuerdo delas partes "sto se encuentra regulado en el articulo 101 del COT "stadenicin sin em%argo es sumamanete amplia y critica%le "n primert2rmino es critica%le porque no distingue entre la naturale&a de asuntosque ha%rn de ser del tri%unal el cual se le otorga la competencia "stadenicin tampoco especico que la competencia slo opera en el

    territorio4Cules son los requisitos para que proceda la prrroga de lacompetencia56 $e%e tratarse de asuntes contenciosos civiles! 7ams de asuntospenales +art 108 COT-66 Lo unico que puede prorrogarse es es la competencia territorial entretri%unales de igual 7erarquia 'or lo tanto la comptencia a%soluta esprorroga%le666 Slo procede la prrroga de la competencia en primera instancia69 Slo puede proceder entre tri%unales de igual 7erarqua

    4:u2 capacidad se requiere de las partes para prorrogar lacompetencia5$e acuerdo al articulo 0, pueden prorrogar la competencia aquellos queson capaces de actuar en un 7uicio por s mismos! es decir losa%solutamente capacaes y los incapaces relativos a trav2s de surepresentante legal

    4Cmo se prorroga la compentecia5

  • 7/26/2019 Fuero personal

    2/2

    $e 8 formas de acuerdo al art 10; del COT. de forma e#presa y tcita Laforma e#presa es hecha cuando las partes convienen e#presamentedesignando con precisin el 7ue& a quien prorrogan la competencia$e%en su%sciri%ir el documento correspondiente! documento que puedeser el mismo contrato cele%rado por las partes respecto de alguna

    manera determinada o alg(n documento aparte de manera posteriorLa prrroga tcita est regulada en el art 10< del COT Lo primero que serequiere para que haya e#istido la prrroga e#presa Si el demandadouna ve& presentado la demanda hace cualquier gestin ante el tri%unalincompetente! le prorrog de forma tcita la competencia a estetri%unal

    4:u2 efectos produce la prrroga de competencia5"n primer lugar! un tri%unal que no era incialmente comptetne paraconocer de un asunto pasa a serlo "n segundo lugar! una ve& produciala prrroga de comptencia e#presa o ttica! no pueden alegar la

    incompetencia a%soluto del tri%unal por falta de competencia relativa

    Los efectos de la prrroga de la competencia son relativos "sto signicaque los efectos slo afectan a las partes del 7uicio +10= COT- "staprrroga de competencia entonces no afecta a los adores ocodeudoresLa prorrga de competencia es una institucin procesal denominada demanera moderna por la doctrina procesal como un negocio procesal

    Reglas especiales de la comptencia relativaSe encuetnran reguladas en los artculos 13> y siguientes del COT +ver

    reglas- "l 13> se reere a los casos donde la demanda comprendeo%ligaciones que de%en cumplirse en distintos territorios "l 1,? dicerelacin con el demandado que tiene domicilio en dos o ms lugares "l1,1 se reere al caso de si hu%iere ms de un demandado y estos tienendistintos domicilios "l 1,8 regula los casos en que el demandante esuna persona 7urdica "l 1,3 se reere a las acciones posesoriasconocidas como interdictos posesorios "l artculo 1,, regula so%re lassituaciones de distri%ucin de aguas "l 1,= regula so%re la averacomun! pero est en el CCom "l 1,; regula so%re los asuntos que sereere el Cdigo de @inas "l 1,< se reere a la demanda de alimentos!los artculos 1,0 y 1,> dicen relacin con la herencia "l 1=? del

    nom%ramiento de tutores o curadores 1=1 los casos de presuncin demuerte "l 1=8 so%re curadores o tutores A el Brt 1=, casos concursales+quie%ras-