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que funciones tiene el omaped en el distrito de el tambo

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  • FUNCIONES OMAPED

    FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA NUEVA LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD,

    APROBADAS POR EL CONGRESO Y QUE NO HAN SIDO OBSERVADAS POR EL EJECUTIVO. MOTIVO

    POR EL CUAL CONSIDERAMOS QUE SOBRE LA BASE DE LO DISPUESTO EN LA NORMAS SE DEBE

    CONSTRUIR EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES DE LAS OREDIS Y OMAPED;

    APARTE DE ELLO, ESTAMOS ALCANZANDO LOS LINEAMIENTOS DE POLITICA DE ACCION REGIONAL

    Y LOCAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD, APROBADOS CON RESOLUCIN PRESIDENCIAL N 084 Y

    083-2012-CONADIS/PRE RESPECTIVAMENTE, DOCUMENTOS SOBRE LOS CUALES SE DEBE

    CONSTRUIR LOS PLANES REGIONALES Y LOCALES DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS

    PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

    Artculo 70. OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (OMAPED)

    70.1 Las municipalidades, provinciales y distritales contemplan en su estructura orgnica una

    Oficina Municipal de Atencin a las Personas con Discapacidad (Omaped) y contemplan en su

    presupuesto anual los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementacin

    de polticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad.

    70.2 La Oficina Municipal de Atencin a las Personas con Discapacidad (Omaped) tiene las

    siguientes funciones:

    a) Promover y proponer que, en la formulacin, el planeamiento y la ejecucin de las polticas y los

    programas locales, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de la

    persona con discapacidad.

    b) Coordinar y supervisar y evaluar las polticas y programas locales sobre cuestiones relativas a la

    discapacidad.

    c) Participar de la formulacin y aprobacin del presupuesto local para asegurar que se destinen

    los recursos necesarios para la implementacin de polticas y programas sobre cuestiones relativas

    a la discapacidad.

    d) Coordinar y supervisar la ejecucin de los planes y programas nacionales en materia de

    discapacidad.

    e) Promover y organizar los procesos de consulta de carcter local.

    f) Promover y ejecutar campaas para la toma de conciencia respecto de la persona con

    discapacidad, el respeto de sus derechos y de su dignidad, y la responsabilidad del Estado y la

    sociedad para con ellas.

  • g) Difundir informacin sobre cuestiones relacionadas a la discapacidad, incluida informacin

    actualizada acerca de los programas y servicios disponibles para la persona con discapacidad y su

    familia.

    h) Administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el mbito de su

    jurisdiccin, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con

    Discapacidad.

    i) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley en el mbito de su competencia y

    denunciar su incumplimiento ante el rgano administrativo competente.