Fundamentación Legal de la Seguridad Social
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“SIMÓN RODRÍGUEZ”
NÚCLEO CARICUAO
CURSO: SEGURIDAD SOCIAL
Participante:
Gerimar Leal
Facilitadora:
Oneida Marcano
La Seguridad Social, desde sus
inicios ha estado vinculada a la
búsqueda del bienestar social
del ser humano, por su sola
naturaleza como tal, ante la
necesidad de sentirse protegido
frente a las contingencias y
riesgos sociales.
Organizaciones
internacionales
Antes de la aparición de la OIT, hubo
intentos de crear organizaciones
internacionales que velaran por los
intereses de la clase obrera.
Asociación
internacional de
Trabajadores
La Segunda
Internacional
sindicalismo
socialista
social-
demócratas
Tercera
internacional
Comunista
Segunda Guerra
Mundial
1816
Legislación que
recogiera y protegiera
los derechos y
deberes engendrados
por el trabajo.
Límites del trabajo
exigido a los niños
Trabajo nocturno
Se estableció en
1902 en Basilea
Formar una
estadística
Organizar una
Internacional del trabajo
Facilitar los
estudios
Establecer
vínculos
Congresos
internacionales
1946 Reconocimiento
por:
Convenio No 1,
por el cual se
limitan las horas
del trabajo en las
empresas
industriales a 8
horas diarias y
48 semanales.
20/11/1994
Convenio No 2
relativo al
desempleo del
14/06/1921.
Fecha de
ratificación:20/1
1/1944.
Convenio No 3
relativo al
empleo de las
mujeres antes
y después del
parto.
20/11/1944
Convenio No 5,
mediante el cual
se fija la edad
mínima de
admisión de los
niños a los
trabajos
industriales.
20/11/1945.
Convenio No 6
relativo al
trabajo
nocturno de
los menores
en la industria.
07/03/1933.
Convenio No 7,
mediante el cual
se fija la edad
mínima de
admisión de los
niños al trabajo
marítimo. Fecha
de entrada en
vigor.
27/09/1921.
Convenio No 11,
relativo los
derechos
asociación y de
coalición de los
trabajadores
agrícolas.
20/11/1944
Convenio
No.14, relativo
a la aplicación
del descanso
dominical en
las empresas
industriales
20/11/1944
Convenio No. 19,
relativo a la igual
de trato entre los
trabajadores
extranjeros y
nacionales en
materia de
Indemnización
por accidentes
del trabajo.
Convenio No 21,
relativo a la
simplificación de
la inspección de
los emigrantes a
bordo de los
buques.
20/11/1994.
Convenio No 22
relativo a:
contrato de
enrolamiento de
la gente de mar.
20/11/1944.
Convenio No 26,
relativo al
establecimiento
de método para
la fijación de
salarios
mínimos.
20/1171944.
Convenio No 27,
relativo a la
indicación del
peso de los
fardos
transportador por
barco.
17/11/1932.
Convenio No
29, relativo al
trabajo
forzoso u
obligatorio.
20/11/1944.
Convenio No
41, relativo al
trabajo
nocturno de
mujeres.
Revisado en
1934.
Convenio No 81,
relativo a la
inspección del
trabajo en la
industria y el
comercio.
21/07/1967.
Convenio No
105 relativo a la
abolición del
trabajo forzoso.
16/11/1964.
Convenio No
111, relativo a:
discriminación
monetario de
empleo y
ocupación.
03/06/1974.
Convenio No
120, relativo a la
higiene en el
comercio y n las
oficinas
03/06/1971
Convenio No 88
relativo a la
inspección del
trabajo en la
industria y el
comercio.
16/11/1964.
Creada en 1947. 1927,en Bruselas, se fundaron
Cajas de Mutualidades para el
seguro de Enfermedades en
Bélgica, Dinamarca, Noruega,
Suecia, España, Italia, etc.
Asigna
Creada en 1947.
Karachi
1951
1.Celebrar
cada 5 años
2.Participar, con su
asesoramiento
técnico
Comisión Regional Americana Medico-Social. (CRAMS).
Organización de las Naciones, Unidad para la Agricultura
y la Alimentación (FAO)
Sociedad Internacional de Rehabilitación de los
incapacitados.
Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura( UNESCO).
Cruz Roja Internacional.
Oficina Panamericana de la Salud. (OPS).
Consejo de Europa.
Organización Mundial de la Salud(OMS).
Oficina de Estudios de Seguridad Social y Servicios de
Salud.
Organización de Estados Americanos( OEA)
Asociación Latinoamérica de Derecho del Trabajo y
Seguridad Social.
06 de enero 1941
Religiosa
Liberación
de la miseria
Acuerdos
económicos
LIBERADOS DE
AGRESIÓN
La única
verdadera base
para lograr una
paz duradera es la
esforzada
cooperación de
los pueblos libres
del mundo
Gozar de Seguridad
Social y económica
Junio 1914- Londres
Derechos políticos Derechos
económicos Derechos Sociales
20 de abril al 12
de mayo de 194422 al 29 de abril 1951 1966
Filadelfia-
Vigesimosexta
Reunión de la
conferencia
Internacional
del trabajo
Washington- V
Conferencia
Panamericana
de Directores
Nacionales de
Sanidad
III Conferencia
Interamerican
a de
Seguridad
Social.
Buenos Aires
VIII
Conferencia de
los Estados de
América
miembros de
la OIT. Ottawa
Artículo 76
Articulo 82
Artículo 83, 84 y 85,Artículo 86
Artículo 87
Articulo 88
Artículo 89
Artículo 91
Articulo 93
Articulo 92.
Articulo 94.
Artículo 95.
FIN
LIBRO I
titulo IX
sección II
Titulo XIV
sección II
“Las aguas
envenenadas no
se devuelvan a su
cauce común sin
antes de ser
filtradas o hechas
inofensivas”
Normas de
Seguridad
Social
Estipulación Prohíbe
LIBRO II
24 de Julio de 1940
Aprobada por el
Congreso el 14 de Junio
23 de Noviembre
de 1949
Comenzó a
funcionar el 1° de
mayo de 1950
15 de diciembre de
1964
Tendrán derecho a
una pensión igual
al 75% de la
asignación
mensual que como
sueldo básico
Reforma 1967
30 de diciembre
de 1997
Pública, Privada o
Mixta; conservando los
principios y garantías
de universalidad,
solidaridad,
integralidad, unidad,
participación,
autofinanciamiento y
equilibrio.
Decreto con
Rango, Valor y
Fuerza de Ley que
regula el
Subsistema de
Pensiones, el cual
está conformado
por los regímenes
de Capitalización
Individual y de
Solidaridad
Intergeneracional
Designa los miembros
de la Junta
Liquidadora del IVSS
1 Plan de egresos del personal
del IVSS.
2. Plan de cesión de la
gestión y transferencias de la
red hospitalaria y de
ambulatorios del IVSS.
3. Plan de transferencia de
los programas especiales del
IVSS.
4. Plan de depuración y
migración de la data del IVSS.
5. Plan de transferencia de
las dependencias del Seguro de
Paro Forzoso y de Medicina del
Trabajo del IVSS.
Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto crear
el Sistema de Seguridad Social, establecer y
regular su rectoría, organización, funcionamiento y
financiamiento, la gestión de sus regímenes
prestacionales y la forma de hacer efectivo el
derecho a la seguridad social por parte de las
personas sujetas a su ámbito de aplicación, como
servicio público de carácter no lucrativo, de
conformidad con lo dispuesto en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y en los
tratados, pactos y convenciones sobre la materia,
suscritos y ratificados por Venezuela.
El
Instituto Venezolano de
los Seguros Sociales
será transformado
progresivamente por la
nueva institucionalidad
del Sistema de Seguridad
Social desarrollada en la
presente Ley.