Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de...

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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA DIARIO OFICIAL AÑO CII Managua, Miércoles 9 de Agosto de 1998 No. 155 SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Pág. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Acuerdo Presidencial No. 269-98 6770 Acuerdo Presidencial No. 288-98 6770 Acuerdo Presidencial No. 289-98 6771 MINISTERIO DE GOBERNACION Nacionalidades 6772 MINISTERIO DE ECONOMIA Y DESARROLLO Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio.. 67 SECCION JUDICIAL Títulos Supletorios 6799 Subastas 6806 Citación de Accionistas 6808 Emplazamiento 6808 Declaratorias de Herederos 6809 ACUERDO PRESIDENCIAL No. 269-98 El Presidente de la República de Nicaragua En uso de las facultades que le confiere la Constitución Politica ACUERDA Arto.l Nombrar a la señora Carolina Jarquín Bolaños, Vice- Cónsul de la República de Nicaragua en Miami, Florida, Estados Unidos de América. Arto.2 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del primero de agosto de mil novecientos noventa y ocho. Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua. Casa Presidencial, eL veintiocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Arnoldo Alemán Laca- yo, Presidente de la República de Nicaragua.- Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de la Presidencia. ACUERDO PRESIDENCIAL No. 288-98 6770

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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL

LA GACETA DIARIO OFICIAL

AÑO CII Managua, Miércoles 9 de Agosto de 1998 No. 155

SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Pág.

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Acuerdo Presidencial No. 269-98 6770 Acuerdo Presidencial No. 288-98 6770 Acuerdo Presidencial No. 289-98 6771

MINISTERIO DE GOBERNACION

Nacionalidades 6772

MINISTERIO DE ECONOMIA Y DESARROLLO

Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio.. 67

SECCION JUDICIAL

Títulos Supletorios 6799

Subastas 6806

Citación de Accionistas 6808

Emplazamiento 6808

Declaratorias de Herederos 6809

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 269-98

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Politica

ACUERDA

Arto.l Nombrar a la señora Carolina Jarquín Bolaños, Vice-Cónsul de la República de Nicaragua en Miami, Florida, Estados Unidos de América.

Arto.2 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del primero de agosto de mil novecientos noventa y ocho. Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua. Casa Presidencial, eL veintiocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Arnoldo Alemán Laca-yo, Presidente de la República de Nicaragua.- Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de la Presidencia.

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 288-98

6770

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Arto.l Autorizar al Vice Ministro de Construcción y Transporte ING. DANIEL ARAUZ, para que en representación del Gobierno de Nicaragua pueda suscribir los documentos relacionados con la apertura de las ofertas de licitación , para la construcción de los puentes Ochomogo, Gil González y Río Negro y posteriormente los contratos de adjudicación.

Arto.2 La transcripción de este acuerdo le servirá para acreditar su representación para las firmas de los documentos relacionados en el articulo anterior.

Arto.3 El presente Acuerdo surte efectos a partir de echa y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el siete de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua.- Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de la Presidencia.

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 289-98

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

Que los factores de riesgos laborales están relacionados con altos índices de mortalidad, ausentismo o incapacidades por accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y otras patologías deriva-das de las labores habituales.

profesionales a los trabajad ores, para ser efectiva la seguridad ocu-pacional de los mismos.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Políti

ACUERDA

Arta.1 Se establece el 18 de Agosto como el DIA NACIONAL DE LA SEGURIDAD HIGIENE Y SALUD DE LOS TRABAJA-DORES.

Arto.2 El Ministro del Trabajo coordinará con el Consejo Nacio-nal de Higiene y Seguridad del Trabajo, las acciones que en conme-moración al Dia Nacional de la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores se desarrollen.

Arto.3 Son objetivos de la celebración del Día Nacional de la Se-guridad, Higiene, y Salud de los Trabajadores los siguientes:

a) Elevar a un nivel superior el cumplimiento de laley en cuanto a la seguridad, higiene y salud de los trabajadores.

b) Elevar la conciencia, conocimientos, experiencia y hábitos de los empleadores y los tabajadores en dichas materias.

c) Promover una mayor participación de las instituciones del Esta-do, empresarios, trabajadores y la sociedad civil en la programa-ción y ejecución de los programas de Higiene y Seguridad.

d) Procurar la participación de los trabajadores en estilo de vida saludable que al menos incluya:

I. Disminuir los riesgos de lesiones y enfermedades profesionales. 2. Nutrición saludable. 3. Reducción del tabaquismo y el alcoholismo.

Arto.4 El presente Acuerdo surte efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecisiete de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- Amoldo Alemán La-cayo, Presidente de la República de Nicaragua.- Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de la Presidencia.

MINISTERIO DE GOBERNACION

Que el Articulo 82, inciso 4 de la Constitución Política de la Repú- blica de Nicaragua exige condiciones de trabajo que le garanticen la integridad física, salud, higiene y la disminución de los riesgos

6771

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

NACIONALIDADES

Reg. No. 6147 - M - 171606 - Valor C 20.00

RESOLUCION No. 1602

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6389 - M - 242427 - Valor CS 120.00

PRIMERO: Que la señora DIGNA ESPERANZA MEZA, quien es mayor de edad, soltera, ama de casa, del domicilio y residencia de la ciudad de Ocotal, Departamento de Nueva Segovia Repúbli-ca de Nicaragua, identificada con Cédula de residencia registro número 261182017, quien ha presentado ante las autoridades de la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora DIGNA ESPERANZA MEZA, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuen-ta su permanencia ininterrumpida en el territorio nacional y ha de-mostrado de forma fehaciente el vínculo que le une con nacionales.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a su Naciona-lidad Hondureña de origen, tal y como lo establece la Ley de Na-cionalidad Vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizada a la señora DIGNA ESPERANZA MEZA, de origen Hondureña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora DIGNA ESPERANZA MEZA, gozará de todos los derechos y prerrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obliga-ciones correspondientes a los nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y

RESOLUCION No. 1557

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la señora MARIA REYES SANCHEZ, mayor de edad, casada, ama de casa, del domicilio de esta ciudad de Ma-nagua, República de Nicaragua, nacida en el Canton La Palma, San Salvador, Repúlica de El Salvador, quien ha presentado ante la Di-rección General de Migración y Extranjería, formal solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora MARIA REYES SANCHEZ, ha cum-plido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio nacional. y su vínculo con nacionales.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a su Naciona-lidad Salvadoreña de origen, tal y como lo establece nuestra Cons-titución Política vigente y nuestra Ley de Nacionalidad.

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19-08-98

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

155

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado a la señora MARIA REYES SANCHEZ, de origen Salvadoreña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora MARIA REYES SANCHEZ, gozará de todos los derechos y pre-rrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obligacio-nes correspondientes a los nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, y líbrese la Certificación correspondiente para los fines de Ley.

CUARTO: El presente Acuerdo, surtirá efecto a partir de su pu-blicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Salvador, el día quince de Noviembre de mil novecientos doce, y quien ha presentado ante la Dirección General de Migración y Ex-

tranjería, formal solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora EUGENIA SANCHEZ SOMOSA, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio nacional, por el período de cinco años, así como haber demostrado su afecto al territorio nacional.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a su Naciona-lidad Salvadoreña de origen, tal y cómo lo establece nuestra Consti-tución Politica vigente y nuestra Ley de Nacionalidad.

ACUERDA- Notifiquese. Managua, treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6390 - M - 242428 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1565

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo .establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el dia treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado a la señora EUGENIA SANCHEZ SOMOSA, de origen Salvadoreña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora EUGENIA SANCHEZ SOMOSA, gozará de todos los derechos y prerrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obli-gaciones correspondientes a los nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, y

librese la Certificación correspondiente para los fines de Ley.

CUARTO: El presente Acuerdo, surtirá efecto a partir de su pu-blicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notitiquese. Managua, treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú r blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose

cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6397 - M - 171635 - Valor CS 60.00

PRIMERO: Que la señora EUGENIA SANCHEZ SOMOSA; mayor de edad, soltera, ama de casa, del domicilio de esta ciudad

RESOLUCION No. 005/98

de Managua, República de Nicaragua, nacida en la República de El

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19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Ha lugar a la petición de renuncia de Nacionalidad Nicaragüense dp origen del señor ALEJANDRO JOSE DIAZ PILARTE, casado, Oficinista, quien nació el nueve de Febrero de mil novecientos treinta y siete en la ciudad de Granada, República de Nicaragua.

SEGUNDO: Que estando el señor ALEJANDRO JOSE DIAZ PILARTE, en pleno uso y goze de sus facultades mentales y ha-biendo solicitado Renuncia a la Nacionalidad de origen, de confor-midad al Arto. 15 de la Ley de Nacionalidad.

TERCERO: De acuerdo a lo anteriormente establecido el señor ALEJANDRO JOSE DIAZ PILARTE, podrá acreditar su nacio-nalidad Estadounidense y legalizar sus status migratorio ante las autoriades de la Dirección General de Migración y Extranjería de la República de Nicaragua.

CUARTO: Comuníquese a las Direcciones de Migración y Ex-tranjería, y regístrese en el Libro de Renuncias a la Nacionalidad Nicaragüense que a tal efecto lleva el Departamento de Nacionali-dad de la Dirección General de Migración y Extranjería, y líbrese la Certificación correspondiente para todos sus efectos y publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

NOTIFIQUESE : Managua, veintiseis de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería, Ministerio de Gobernación.

Reg. No. 6398 - M - 230403 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 016/98

La Dirección General de Migración y Extranjeríadel Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor OSCAR ARMANDO GODOY DE LEON, quien es mayor de edad, Médico, del domicilio y residen-cia en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, nacido el diecisiete de Junio de mil novecientos cincuenta y cinco en la Re-pública de El Salvador, quien ha solicitado ante ésta autoridad la Ratificación de la Nacionalidad Nicaragüense, por ser hijo de pa-dre de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor OSCAR ARMANDO GODOY DE LEON, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades esta-blecidas en la Ley Nacionalidad Nicaragüense, para adquirir la Na-cionalidad Nicaragüense, tomando el vinculo que le une con ciuda-dano de nacionalidad Nicaragüense lo cual fué demostrado de for-ma fehaciente.

TERCERO: Que el señor OSCAR ARMANDO GODOY DE LEON, manifestó voluntad expresa de optar a la Ratificación de la Nacionalidad Nicaragüense, mediante escritura pública la cual rola en expediente sin renunciar a su nacionalidad Salvadoreña de ori-gen.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Ratificación de Nacionalidad al señor OSCAR ARMANDO GODOY DE LEON, de origen Salvadoreño.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor OSCAR ARMANDO GODOY DE LEON, gozará de todos los derechos y prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los nacionales Nicaragüenses, de conformidad a lo que establece el artículo 11 de la Ley de Na-cionalidad vigente.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Ratificación de Nacionali-dad que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, y líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo, surtirá efecto a partir de su pu-blicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, uno de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Reg. No. 6399! M - 061931 - Valor C$ 120.00

6774

RESOLUCION No. 1650

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor ROGELIO ASCAÑO RODRIGUEZ, mayor de edad, casado, Psicólogo, y del domicilio de Estelí, depar-tamento de Estelí, República de Nicaragua, nacido en Santa Fe Pro-vincia de Ciudad Habana, República de Cuba, el día dieciocho de Septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve, quien ha presen-tado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, formal solicitud de la Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor ROGELIO ASCAÑO RODRIGUEZ, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio nacional por el período de nueve años, así como haber demostrado su afecto al mismo y el vinculo que le une a su cónyuge de Nacionalidad Nica-ragüense.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a su Naciona-lidad Cubana de origen, tal y como lo establece nuestra Constitu-ción Política y la Ley de Nacionalidad Vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor ROGELIO ASCAÑO RODRIGUEZ, de origen Cubano.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el seño r ROGELIO ASCAÑO RODRIGUEZ, gozará de todos los dere -chos y prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente para los fines de Ley.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá fecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

19-08-98

A GACETA - DIARIO OFICIAL

155

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6400 - M - 242466 - Valor CS 120.00

RESOLUCION No. 1617

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor BONIFACIO UMAÑA, mayor de edad. soltero, Agricultor, del domicilio de Estelí, República de Nicara-gua, nacido el día cinco de Junio de mil novecientos treinta y ocho, en la República de El Salvador, ha presentado ante las autoridades de la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspon-diente solicitud de la Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor BONIFACIO UMAÑA, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense. tomando en cuenta su per-manencia ininterrumpida en el territorio nacional y ha demostrado de forma fehaciente el vínculo que le une a sus hijos de Nacionali-dad Nicaragüense.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a su Naciona-lidad Salvadoreña de origen, tal y como lo establece nuestra Ley de Nacionalidad Vigente.

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19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor BONIFACION UMAÑA, de origen Salvadoreño.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor BONIFACIO UMAÑA, gozará de todos los derechos y prerroga-tivas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad a lo que establece el Arto. No. I I de la Ley de Nacionalidad.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente para los efectos de Ley.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6401 - M - 242395 - Valor a 120.00

RESOLUCION No. 1731

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor JOSE ANTONIO ORTEZ, mayor de edad, soltero, Agricultor, del domicilio y residencia en la ciudad de Estelí, República de Nicaragua, nacido el veintitres de Mayo de mil novecientos sesenta y siete, en el Municipio de Danlí, departa-

mento de El Paraíso, República de Honduras, y quien ha presenta-do ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la corres-pondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor JOSE ANTONIO ORTEZ, ha cum-plido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio Nacional.

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente el señor JOSE ANTONIO ORTEZ, ha demostrado tener vinculo que le une con nacionales, al haber procreado tres hijos que gozan de nacionalidad Nicaragüense.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a la nacionali-dad Hondureña de origen, de común acuerdo con el Arto. No. 7 y 21 y los Artos. No. 4 y 12 Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor JOSE ANTONIO ORTEZ, de origen Hondureño.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor JOE ANTONIO ORTEZ, gozará de todos los Derechos y Prerro-gativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad al Arto. No. II de la Ley de Nacionalidad.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6403 - M - 230409 - Valor CS 120.00

RESOLUCION No. 1647

6776

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

155

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el dia treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor SAEED HADI KAPOURCHALI, mayor de edad, casado, comerciante, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, nacido el tres de Abril de mil novecientos sesenta y ocho, en la Ciudad de Teherán, República Islámica de Irán, y quien ha presentado ante la Direc-ción General de Migración y Extranjería, la correspondiente solici-tud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor SAEED HADI KAPOURCHALI, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuen-ta su permanencia ininterrumpida en el territorio Nacional.

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente el señor SAEED HADI KAPOURCHALI, ha demostrado tener vinculo que le une con su cónyuge de Nacionalidad Nicaragüense.

CUARTO : Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, habiendo hecho renuncia expresa a su Nacionalidad de origen Irania, de común acuerdo con el Arto. No. 19 de la Constitución Política de Nicaragua, y el Arto. No. 7 y 8 , inciso (b) de la Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor SAEED HADI KAPOURCHALI, de origen Iraní.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor SAEED HADI KAPOURCHALI, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obli-gaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de con-formidad al Arto. No. I I de la Ley de Nacionalidad.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de u publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua. visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6404 - M - 199809 - Val& C$ 120.00

RESOLUCION No. 1694

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta,

'Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la señora CLAUDIA PATRICIA JOYEL CASTILLO, quien es mayor de edad, casada, Bióloga, del domi-cilio y residencia en la ciudad de León, Departamento de León. República de Nicaragua, nacida el día ocho de Mayo de mil nove-cientos setenta, en el Municipio de San Gerardo, Departamento de San Miguel, República de El Salvador, quien ha solicitado ante ésta autoridad la Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora CLAUDIA PATRICIA JOYEL CASTILLO, ha cumplido con los requisitos y formalidades esta-blecidas en la Ley de Nacionalidad para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio Nacional.

TERCERO: Que la señora CLAUDIA PATRICIA JOYEL CASTILLO; manifestó voluntad expresa de optar a la Nacionali-dad Nicaragüense mediante escritura pública la cual rola en expe-diente sin renunciar a su Nacionalidad Salvadoreña de origen.

ACUERDA:

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19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado a la señora CLAUDIA PATRICIA JOVEL CASTILLO, de origen Salvadoreña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora CLAUDIA PARICIA JOYEL CASTILLO, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad al Arto. No. I I de la Ley de Nacionalidad vigente.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6405 - M - 230408 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1750

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

ACUERDA:

PRIMERO: Que el señor HING LONG CHANG LEE, mayor de edad, casado, comerciante, con domicilio y residencia en Rosita, Atlántico Norte, nacido en Kwantung, República de China, el día quince de Enero de mil novecientos veintiocho, ha presentado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspondiente

solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor HING LONG CHANG LEE, ha cum-plido con los requisitos y formalidades que establece la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta el vín-culo que le une con nacionales.

TERCERO: Que además de las razones expuestas, el señor HING LONG CHANG LEE, ha demostrado de manera fehaciente su permanencia ininterrumpida en el territorio nacional.

CUARTO : Que de manera expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, renunciando expresamente a la Nacionalidad de origen, tal y como lo establece la Constitución en su Arto. No. 19 y la Ley de Nacionalidad en su Arto. No. 7.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor HING LONG CHANG LEE, de origen Chino.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor HING LONG CHANG LEE gozará de todos los Derechos y Pre-rrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligacio-nes correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Regístrese en el Libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y librese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta. Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6406 - M - 15118 I - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1688

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19-08-98

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta ;

Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor GERARDO ANTONIO ORTEGA RAMIREZ, quien es mayor de edad, soltero en unión de hecho estable, Agricultor, del domicilio y residencia en la ciudad de San Marcos, departamento de Carazo, República de Nicaragua, nacido el uno de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro, en la República de El Salvador, quien ha solicitado ante ésta autoridad la Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor GERARDO ANTONIO ORTEGA RAMIREZ, ha cumplido con los requisitos y formalidades esta-blecidas en la Ley de Nacionalidad para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, en carácter de nacionalizado, tomando el vínculo que le une con ciudadanos de nacionalidad Nicaragüense, lo cual fué demostrado de forma fehaciente, y tomando en cuenta su per-

- manencia ininterrumpida en el territorio nacional.

TERCERO: Que el señor GERARDO ANTONIO ORTEGA RAMIREZ, manifestó voluntad expresa de optar a la nacionalidad Nicaragüense sin renunciar a la nacionalidad Salvadoreña de ori-gen, mediante Escritura Pública la cual rola en expediente.

brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6407 - M - 151180 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1722

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y II-

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ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor GERARDO ANTONIO ORTEGA RAMIREZ, de origen Salvadoreño y a su menor hija (natural) DEYSI GLADIMIR ALFARO ORTEGA, quién nació en la República de El Salvador, el ocho de marzo de mil novecientos ochenta, le sea otorgada la nacionalidad por extensión hasta alcan-zar la mayoría de edad que establecen las leyes.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor GERARDO ANTONIO ORTEGA RAMIREZ, y su menor hija DEYSI GLADIMIR ALFARO ORTEGA, gozarán de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley les conceden y estarán some-tidos a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicara-güenses, de conformidad a lo que establece el Arto. I I de la Ley de Nacionalidad vigente.

PRIMERO: Que la joven YANSY BEATRIZ ALFARO ORTE-GA, quien es soltera, estudiante, del domicilio y residencia en la ciudad de San Marcos, departamento de Carazo, República de Ni-caragua, nacida el veintiocho de Diciembre de mil novecientos se-tenta y ocho, en la República de El Salvador, quien ha solicitado ante ésta autoridad la Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la joven YANSY BEATRIZ ALFARO ORTE-GA, ha cumplido con los requisitos y formalidades establecidas en la Ley de Nacionalidad para adquirir la Nacionalidad Nicaragüen-se, tomando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territo-rio nacional.

TERCERO: Que lajoven YANSY BEATRIZ ALFARO ORTE-GA, manifestó voluntad expresa de optar a la nacidnalidad Nicara-güense mediante Escritura Pública la cual rola en expediente, sin renunciar a su nacionalidad Salvadoreña de origen.

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ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizada a la joven YANSY BEATRIZ ALFARO OR-TEGA, de origen Salvadoreña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la joven YANSY BEATRIZ ALFARO ORTEGA, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad a lo que establece el Arto. Il de la Ley de Nacio-nalidad vigente.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6409 - M - 236469 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1649

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

ca de Nicaragua, nacida el veinte de Junio de mil novecientos vein-

ticuatro, en el Cantón El Albornos, Municipio de Bolívar Departa-mento la Unión, República de El Salvador, y quien ha presentado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la corres-pondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora PAULA VENTURA, ha cumplido con los requisitos y formalidades establecidas en la Ley de Nacio-nalidad para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterumpida en el territorio nacional.

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente la señora PAULA VENTURA, ha demostrado tener vínculo con nacionales al haber procreado un hijo el cual goza de nacionalidad Nicaragüense.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a su nacionali-dad de origen Salvadoreña de común acuerdo con los Artos. No. 17 y 21 Constitución Política de Nicaragua, Artos. No. 4 y 12 Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizada a la señora PAULA VENTURA, de origen Sal-vadoreña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora PAULA VENTURA, gozará de todos los Derechos y Prerrogati-vas que la Ley le concede y estará sometida a las obligaciones co-rrespondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad a lo que establece el Arto. I I de la Ley de Nacionalidad vigente.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a p de su publi- cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos. Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

PRIMERO: Que la señora PAULA VENTURA, mayor de edad, soltera, ama de casa, con domicilio en la ciudad de León, Republi-

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Reg. No. 6410 - M - 203157 - Valor CS 120.00

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RESOLUCION No. 1648

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor JOSE ANTONIO VENTURA ALVAREZ, nació el once de Junio de mil novecientos cincuenta y uno en el Cantón El Albornos, Municipio de Bolívar, Departamen-to la Unión, República de El Salvador, y quien ha presentado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor JOSE ANTONIO VENTURA ALVAREZ, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterunjpida en el territorio nacional.

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente el señora JOSE ANTONIO VENTURA ALVAREZ, ha demos-trado tener vinculo con nacionales al haber procreado cinco hijos los cuales gozan de nacionalidad Nicaragüense.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a su nacionali-dad de origen Salvadoreño de común acuerdo con los Artos. No. 17 y 21 Constitución Política de Nicaragua, Anos. No, 4 y 12 Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor JOSE ANTONIO VENTURA ALVAREZ, de origen Salvadoreño.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor JOSE ANTONIO VENTURA ALVAREZ, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad a lo que establece el Arto. 11 de la Ley de Nacio-nalidad.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho,- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6488 - M - 247333 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1611

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor ABRAHAN CHAVEZ GARCIA, quien es mayor de edad, casado y del domicilio y residencia en la ciudad de Teotecacinte, departamento de Nueva Segovia, República de Ni-caragua, con Cédula número Q-28207, número de registro 210183040, quien ha presentado ante las autoridades de la Direc-ción General de Migración y Extranjería, la correspondiente solici-tud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor ABRAHAN CHAVEZ GARCIA, ha cumplido todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tornando en cuenta su permanencia inínterumpída en el territorio nacional y ha demostra-do de forma fehaciente el vínculo que le une con ciudadanos de nac ionalidad Nicaragüense.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de

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optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar a la nacionali-dad Salvadoreña de origen, tal y como lo establece nuestra Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor ABRAHAN CHAVEZ GARCIA, de origen Salvadoreño.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor ABRAHAN CHAVEZ GARCIA, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obliga-ciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de con-formidad a lo que establece el Arto. 11 de la Ley de Nacionalidad vigente.

TERCERO: Registrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la señora DELMIS ZENAIDA RAMOS ELVIR, mayor de edad, casada, ama de casa con domicilio y resi-dencia en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, nacida el veintidos de Marzo de mil novecientos cincuenta y siete en el municipio Distrito Central, Departamento Francisco Morazán. Re-pública de Honduras, y quien ha presentado ante la Dirección Ge-neral de Migración y Extranjería, la correspondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora DELMIS ZENAIDA RAMOS ELVIR, ha cumplido todos los requisitos y formalidades estable-cidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, toman-do en cuenta su permanencia ininterumpida en el territorio nacio-nal.

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente la señora DELMIS ZENAIDA RAMOS ELVIR, ha demostrado el vínculo que le une con su cónyuge e hijos, todos de nacionalidad nicaragüense.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la nacionalidad nicaragüense, sin renunciar a su nacionali-dad Hondureña de origen, de común acuerdo con el Arto. 17 de la Constitución Política de Nicaragua y el Arto. 4 de la Ley de nacio-nalidad vigente.

ACUERDA: Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6489 - M - 171630 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1655

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizada a la señora DELMIS ZEN AIDA RAMOS ELVIR, de origen Hondureña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora DELMIS ZENAIDA RAMOS ELVIR, gozará de todos los Dere-chos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad a lo que establece el Arto. I I de la Ley de Nacionali-dad.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos 1 García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú- blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6490 - M - 171613 - Valor CS 120.00

RESOLUCION No. 1684

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor CARLOS MIGUEL HERNANDEZ MARTIN, mayor de edad, Médico Veterinario, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, naci-do el cuatro de Octubre de mil novecientos cincuenta y tres en el Municipio de Cabaiguán, Provincia de Sancti Spiritus, República de Cuba, y quien ha presentado ante la Dirección General de Mi-gración y Extranjería, la correspondiente solicitud de Nacionali-dad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor CARLOS MIGUEL HERNANDEZ MARTIN, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterumpida en el territorio nacional.

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente el señor CARLOS MIGUEL HERNANDEZ MARTIN, ha de-mostrado el vínculo que le une con su cónyuge e hija, ambos de nacionalidad nicaragüense.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la nacionalidad nicaragüense, habiendo hecho renuncia ex-presa a su nacionalidad Cubana de origen, de común acuerdo con el Arto. 19 de la Constitución Política y los Arto. 7 y 8, inciso (b) Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor CARLOS MIGUEL HERNANDEZ MARTIN, de origen Cubano.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor CARLOS MIGUEL HERNANDEZ MARTIN, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará some-tido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicara-güenses, de conformidad a lo que establece el Arto. 11 de la Ley de Nacionalidad.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6491 - M - 017510- Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1656

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor ULISES OLOARTE AMBROSIO, mayor de edad, casado, Optometrista y de este domicilio, nacido en Minatitlan, Veracruz, México, el día veinticuatro de Mayo de mil novecientos cincuenta y nueve, presentó ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspondiente solicitud de Nacio-

lidad Nicaragüense.

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SEGUNDO: Que el señor ULISES OLOARTE AMBROSIO, ha cumplido todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuen-ta el vínculo que le une con nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Que además de las razones expuestas el .señor ULISES OLOARTE AMBROSIO, ha demostrado su permanen-cia ininterrumpida en el territorio nacional.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la nacionalidad Nicaragüense, renunciando a la de origen de común acuerdo con el Arto. 19 de la Constitución Política de la República y Arto. 7 y 8, incisos (a, b y c) Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor ULISES OLOARTE AMBROSIO, de origen Mexicano.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor ULISES OLOARTE AMBROSIO, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obli-gaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6492 - M - 062188 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1662

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Politica de la República y la Ley No.

149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en. La Gaceta. Diario Oficial No. 124. el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos. y en uso de sus facultades.

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor JUAN ERNESTO GONZALEZ VALDES, mayor de edad, casado, Licenciado, del domicilio de Managua, República de Nicaragua, nacido en la Habana. Repúbli-ca de Cuba, el veinticuatro de Noviembre de mil novecientos cin-cuenta, ha presentado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, formal solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor JUAN ERNESTO GONZALEZ VALDES, ha cumplido todos los requisitos y formalidades estable-cidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, toman-do en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio nacio-nal por el periodo de cuatro años, así como haber demostrado su afecto al territorio nacional y el vínculo que le une con su esposa e hijas ambas de Nacionalidad Nicaragüense.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, renunciando expresamente a su Nacionalidad Cubana de origen, tal y como lo establece nues-tra Constitución y la Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado, al señor. JUAN ERNESTO GONZALEZ VALDES, de origen Cubano.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor JUAN ERNESTO GONZALEZ VALDES, gozara de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente para los fines de Ley.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú- blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la

6784

presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No..6529 - M - 2453132 - Valor CS 120.00

RESOLUCION No. 1663

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la señora MIRIAN OLIMPIA CORTEZ, ma-yor de edad, casada, ama de casa, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, nacida el día veintitres de Octubre de mil novecientos cuarenta y siete, en Sal Salvador, República de El Salvador, y quien ha presentado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora MIRIAN OLIMPIA CORTEZ, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuen-ta su permanencia ininterrumpida en el territorio Nacional.

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente, la señora MIRIAN OLIMPIA CORTEZ, ha demostrado tener vínculo con nacionales, al haber contraído matrimonio y procreado una hija, gozando ambos de Nacionalidad Nicaragüense.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense sin renunciar a su nacionali-dad Salvadoreña de origen, de común acuerdo con los Artos. No. 17 y 21 de la Constitución Politica y los Artos. No. 4 y 12 de la Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad. Nicaragüense en calidad de Nacionalizada a la señora MIRIAN OLIMPIA CORTEZ, de origen Salvadoreña.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora

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A GACETA - DIARIO OFICIA

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MIRIAN OLIMPIA CORTEZ, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obliga-ciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de con-formidad con el Arto. No. 11 de la Ley de Nacionalidad.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo surtirá efecto a partir de su publi-cación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg, No. 6530 - M - 075358 Valor CS 120.00

RESOLUCION No. 1.654

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Politica de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la señora MARIA DEL CARMEN CLAVEL ARCAS, quien es mayor de edad, soltera, Doctora en Medicina, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua, Nicaragua, con cédula No. 00386, número de Registro 040789003, válida has-ta el veinte de Enero del año dos mil dos, quien ha presentado ante las Autoridades de la Dirección General de Migración y Extranje-ría, la correspondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que la señora MARIA DEL CARMEN CLAVEL ARCAS, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades esta-blecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, to-mando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio Nacional y ha demostrado de forma fehaciente el vínculo que le

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155

une con su hijo de Nacionalidad Nicaragüense.

TERCERO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin renunciar expresamente a la nacionalidad Española de origen, tal y como lo establece nues-tra Constitución Política en su Artículo No. 22 y la Ley de Nacio-nalidad vigente en su Artículo No. 8 inciso (a) .

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizada a la señora MARIA DEL CARMEN CLAVEL ARCAS, de origen Español.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, la señora MARIA DEL CARMEN CLAVEL ARCAS, gozará de todos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometida a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Nicaragüenses, de conformidad con el Arto. No. t I de la Ley de Nacionalidad vigente.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo, surtirá efecto a partir de u pu-blicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, veintidos de Julio de mil novecientos no-venta y siete.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migración y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

Reg. No. 6563 - M - 242708 - Valor C$ 120.00

RESOLUCION No. 1678

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley No. 149, denominada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor FRANCISCO VALDEMAR ARAGON REYES, quien es mayor de edad, casado, Supervisor de Ventas, del domicilio y residencia en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, nacido el cua-tro de Octubre de mil novecientos cincuenta y seis en la República de El Salvador, quien ha solicitado ante ésta autoridad la Naciona-lidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor FRANCISCO VALDEMAR ARAGON REYES, ha cumplido con los requisitos y formalidades establecidas en la Ley de Nacionalidad para adquirir la Nacionali-dad Nicaragüense, en carácter de nacionalizado, tomando en cuen-ta el vínculo que le une con ciudadanos de nacionalidad Nicara-güense, lo cual fué demostrado de forma fehaciente, así como su permanencia ininterrumpida en el territorio nacional.

TERCERO: Que el señor FRANCISCO VALDEMAR ARAGON REYES, manifestó voluntad expresa de optar a la Na-cionalidad Nicaragüense, mediante escritura pública la cual rola en expediente sin renunciar a su nacionalidad Salvadoreña de origen.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor FRANCISCO VALDEMAR ARAGON REYES, de origen Salvadoreño.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor FRANCISCO VALDEMAR ARAGON REYES, gozará de to-dos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Ni-caragüenses, de conformidad con el Arto. No. 11 de la Ley de Na-cionalidad vigente.

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y lí-brese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo, surtirá efecto a partir de su pu-blicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifiquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

6786

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LA GACETA - DIARIO OFICIA

155

Reg. No. 6396 - M - 226864 - Valor CS 120.00

RESOLUCION No. 1741

La Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política y la Ley No. 149, dendminada «Ley de Nacionalidad», publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 124, el día treinta de Junio de mil novecientos noventa y dos, y en uso de sus facultades:

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el señor ERNESTO ARNOLDO DE ARMAS FERRETO, mayor de edad, casado estudiante, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, naci-do el día veintitres de Noviembre de mil novecientos sesenta y sie-te en la ciudad de Varsovia, Polonia, quien ha presentado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspondiente solicitud de Nacionalidad Nicaragüense.

SEGUNDO: Que el señor ERNESTO ARNOLDO DE ARMAS FERRETO, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en la Ley para adquirir la Nacionalidad Nicaragüense, tomando en cuenta su permanencia ininterrumpida en el territorio nacional

TERCERO: Que además de las razones expuestas anteriormente el señor ERNESTO ARNOLDO DE ARMAS FERRETO, ha demostrato el vínculo que le une con su cónyuge e hijo de naciona-lidad Nicaragüense.

CUARTO: Que en forma expresa ha manifestado su voluntad de optar a la Nacionalidad Nicaragüense, sin hacer renuncia expresa a su Nacionalidad de origen Costarricense, de común acuerdo con el Arto. 17 de la Constitución Política de Nicaragua y los Arto.4), de la Ley de Nacionalidad vigente.

ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la Nacionalidad Nicaragüense en calidad de Nacionalizado al señor ERNESTO ARNOLDO DE ARMAS FERRETO, de origen Costarricense.

SEGUNDO: De acuerdo a lo anteriormente establecido, el señor ERNESTO ARNOLDO DE ARMAS FERRETO, gozará de to-dos los Derechos y Prerrogativas que la Ley le concede y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los Nacionales Ni-caragüenses, de conformidad con el Arto. No. I I de la Ley de Na-cionalidad.

ese la Certificación correspondiente.

CUARTO: El presente Acuerdo, surtirá efecto a partir de su pu-blicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Notifíquese. Managua, catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carlos J. García Solórzano, Director General de Migra-ción y Extranjería. Ministerio de Gobernación.

Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación de la Repú-blica de Nicaragua, visto el acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos, Refrenda la presente Resolución.- Dr. José Antonio Alvarado, Ministro de Gobernación.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y DESARROLLO

MARCAS DE FABRICA, COMERCIO Y SERVICIO

Reg. No. 5787 - M. 021374 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado Riker Laboratorios, Inc., Estadounidense, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

“DUR-ELIX»

Clase (5) Presentada: 06-05-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 27-05-98 Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora. 3-3

Reg. No. 5818 - M. 021358 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado E. & J. GALLO WINERY, Estadounidense, solicita Registro Marca Fábrica y Co-mercio:

MIMOSA ROYALE

TERCERO: Regístrese en el libro de Nacionalizados, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, Clase (33)

67'87

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

Presentada: 06-05-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98.- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5821 - M. 021355 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, Schering-Plough Ltd., Suiza, solícita Registro Marca Fábrica y Comercio:

CLARIMAX

Reg. No. 5819 021357 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Gestor Oficioso, Editora Corripio. C., por A., Dominicana, solicita Registro Marca Fábrica y Comer-cio:

ECO

Clase (16) Presentada: C6-05-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98.- Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Clase (5) Presentada: 14-04-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98.- Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5822 - M. 021354 - Valor CS 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, PRODUCTOS DE CONSUMO RESISTOL, S.A. DE C.V., Mexicana, solicita Regis-tro Marca Fábrica y Comercio:

RESICLUE

Reg. No. 5820 - M. 021356 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, Schering-Plough Ltd., Suiza, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

3-3

Clase (16) Presentada: 14-04-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98.- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

CLARIPRO

Clase (5) Presentada: 14-04-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98.- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5823 - M. 02 I 353 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, AVON PRODUCTS, INC., Estadounidense, solicita Registro Marca Fábrica y Comer-cio:

6788

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

155

ZIP IS INDIVIDUAL STYLE

Clase (3)

Presentada: 14-04-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98 Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98: Ambrosio Lezama Zelaya, Registradora. Reg. No. 5826 - M. 021369 - Valor C$ 90.00

3-3

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, OFFICE DEPOT, INC., Estadounidense, solicita Registro del Nombre Comercial:

Reg. No. 5824 - M. 021352 - Valor C$ 90.00 «OFFICE DEPOT»

Dr. Mario Gutiérrez Vásconcelos, Apoderado, Hoechst Roussel Ve GmbH, Alemana, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

ABAMEC

Clase (51 Presentada: 02-04-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 27-05-98.- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5825 - M. 021351 - Valor CS 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, EDITORIAL AME-RICA, S.A.. Panameña, solicita Registro Marca Fábrica y Comer-do:

SABER ELECTRONICA

Clase (I 6) Presentada: 02-04-98 Opóngase.

Protege e identifica: Un establecimiento dedicado a la distribución de: artículos de oficina para uso genera: papel, sobres, materiales para etiquetado, archivo y almacenamiento, carpetas, útiles escola-res y artículos para salas de correo, cortadoras de papel (guilloti-nas), engrapadoras, accesorios de escritorio. Artículos fechados y maletines para negocios: ficheros, planificadores, calendarios y re-puestos, muebles de ordenamiento, repertorios de direcciones, portafolios, maletines para negocios. Instrumentos para escribir: repuestos de plumas, plumas de punta fina, bolígrafos y esferográficas, plumas caligráficas, rotuladores, marcadores, lápi-ces, sacapuntas y borradores. Muebles: grupos de escritorios, cen-tros de trabajo de computación, carritos para computadoras portá-tiles, sillas, libreros, gabinetes para archivos, mesas para dibujar y plegar, lámparas, relojes, productos de computación: computadoras, impresoras, accesorios, dispositivos de almacenamiento de disquetes, disquetes, protectores contra sobretensión. Electrónica: teléfonos, contestadores telefónicos, buscapersonas (Bipers), orga-nizadores electrónicos, máquinas de oficina, cámaras, películas, cintas, grabadoras de cinta (magnetófonos) y aparatos de transcrip-ción. Mantenimiento de libros y archivos: libros y cintas magneto-fónicas de computación; libros y formularios comerciales, mapas, libros de mensajes, dispositivos cronometradores, alcancías y su-ministro. Accesorios para oficina: artículos de conserjeria, dispo-sitivos de seguridad, marcos, bombillás, focos de mano y baterías, suministros para el salón de descanso. Presentaciones y gráficos: paneles con pantalla de cristal liquido, proyectores de trayectoria de proyección alta, diapositivas, artículos para presentaciones co-merciales, artículos para pintar y dibujar.

Presentada: 31-03-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98.- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

155

Reg. No. 5827 - M. 021364 - Valor CS 90.00 SARA LEE PREMIUM MEATS

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, BOEHRINGER Clase (29) INGELHEIM INTERNATIONAL GMBH, Alemana, solicita Re- Presentada: 14-08-97 gistro Marca Fábrica y Comercio: Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 27-05-98- Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

TOPASEL

Clase (5) Presentada: 31-03-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 22-05-98 Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5831 - M. 021366 - Valor CS 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, Sara Lee Corporation, Estadounidense, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

MR TURKEY Reg. No. 5829 - M. 021363 - Valor CS 90.00

Clase (29) Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Gestor Oficioso, Dr. Gerhard Presentada: 4,08-97 Mann, Chem. pharm. Fabrik GmbH, Alemana, solicita Registro Opóngase. Marca Fábrica y Comercio:

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 27-05-98- .Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3 INFLAMAX

Clase (5) Presentada: 20-03-98 Opóngase. Reg. No. 5832 - M. 021365 - Valor CS 90.00

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 12-05-98- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora. Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, Sara Lee Corporation,

3-3 Estadounidense, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

Reg. No. 5830 - M. 021367 - Valor CS 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, Sara Lee Corporation Estadounidense, solícita Registro Marca Fábrica y Comercio:

BILL MAR

Clase (29) Presentada: 14-08-97 Opóngase.

6790

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 27-05-98- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5574 - M. 020324 - Valor C$ 240.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Gestor Oficioso, Premark RWP Holdings, Inc., Estadounidense, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

Clase (27) Presentada: 13-03-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 24-04-98 r Ambrosia

Lezama Zelaya, Registradora. 3-3

Clase (20) Presentada: 13-03-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. agua , 24

98- Ambrosiá

Lezama Zelaya, Registradora. 3-3

Reg. No. 5573 - M. 020372 - Valor CS 240.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, Ardath Tobacco Company Limitad, Inglesa, solicita Registro Marca Fábrica y Co-mercio:

Clase (34) Presentada: 20 -03 -98

Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 24-04-98- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5575 - M. 020323 - Valor CS 240.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Gestor Oficioso, Premark RWP Holdings, Inc., Estadounidense, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio: Reg. No. 5572 - M. 020573 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, BOEHRINGER INGELHEIM INTERNATIONAL GMBH, Alemana, solicita Re-gistro Marca Fábrica y Comercio:

MENSIFEM

6791

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

Clase (5) Presentada: 20-03-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 08-05-98.- Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5758 - M. 020372 • Valor C$ 240.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Apoderado, SUZUKI MOTOR CORPORATION, Japonesa, solicita Registro Marca Fábrica y Co-mercio:

Jimny

Clase (12) Presentada: 20-03-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 24-04-98- Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Clase (5) Presentada: 20-03-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 08-05-98.- Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5817 - NI. 021359 - Valo C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Gestor Oficioso, Pisos y Techa-dos Torginol, C. por A., Dominicana, solicita Registro Marca Fá-brica y Comercio:

KING

Clase (2) Presentada: 06-05-98 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, 27-05-98.- Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5853 - M. 056456 - Valor C$ 90.00

Reg. No. 5759 - M. 020564 - Valor C$ 90.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos, Gestor Oficioso, Gowan Company, Estadounidense, solicita Registro Marea Fábrica y Co-mercio:

FUSAN

Dr. Fernando Santamaria Zapata, Apoderado de AMERICAN AIRLINES, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Re-gistro Marca de Fábrica y Comercio:

AMERICAN WAY

Clase (16) Presentada: 29 de Abril - 1998 Opóngase.

6792

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, catorce de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5848 - M. 056452 - Valor CS 240.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, como Gestor Oficioso de SEA WORLD, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Regis-tro Marca de Fábrica y Comercio:

Clase (25) Presentada: 29 de Abril 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, catorce de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5849 - M. 056472 - Valor CS 240.00

Clase (16) Presentada: 29 de Abril 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, catorce de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5850 - M. 056454 - Valor CE 240.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, como Gestor Oficioso de SEA WORLD, INC., de los Estados Unidos de América, solícita Regis-tro Marca de Fábrica y Comercio:

SeaWorld

Clase (16) Presentada: 29 de Abril - 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, 'Registradora.

3-3

Reg. No. 5846 - 056453 - Valor C$ 240.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, como Gestor Oficioso de SEA WORLD, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Regis-tro Marca de Fábrica y Comercio:

Dr. Fernando Santamaría Zapata, como Gestor Oficioso de SEA WORLD, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Regis-tro Marca de Fábrica y Comercio:

SeaWorld

6793

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

Clase (25) Presentada: 29 de Abril - 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5845 - M. 056473 - Valor CS 240.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, como Gestor Oficioso de SEA WORLD, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Regis-tro Marca de Servicio:

Clase (41) Presentada: 29 de Abril - 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5844 - M. 051202 - Valor CS 240.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, Apoderado de AGROTECNIA DE NICARAGUA. S.A., de la República de Nicaragua, solicita Registro Marca de Comercio:

Clase (1) Presentada: 6 de Noviembre de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zeiaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5843 - M. 056466 - Valor C$ 90.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, Apoderado de AGROTECNIA DE NICARAGUA, S.A., de la República de Nicaragua, solicita Registro Marca de Comercio:

BLADBUFF

Clase (5) Presentada: 6 de Noviembre de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

Reg. No. 5839 - M. 056463 - Valor C$ 90.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, Apoderado de PRODUCTOS FINOS, S.A., de Guatemala, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

BABBIT BLADBUFF

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19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

Clase (3) Presentada: 6 de Mayo de 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial. - Managua, diecinueve de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5837 - M. 051203 - Valor C$ 90.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, Apoderado de AGROTECNIA DE NICARAGUA, S.A., de la República de Nicaragua, solicita Registro Marca de Comercio:

BB 5

Clase (1) Presentada: 6 de Noviembre de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Clase (5) Presentada: 6 de Noviembre de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5834 - M. 056468 - Valor C$ 90.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, Apoderado de INTRAMEDICA CORPORATION, de Estados Unidos de América, solicita Regis-tro Marca de Fábrica y Comercio:

SANYKLIN

Clase (5) Presentada: 14 de Agosto de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua. veinte de Mayo de

mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

Reg. No. 5856 - M. 056459 - Valor C$ 90.00

Reg. No. 5836 - M. 051203 - Valor C$ 90.00

Dr. Fernando Santamaría Zapata, Apoderado de AGROTECNIA DE NICARAGUA, S.A., de la República de Nicaragua, solicita Registro Marca de Comercio:

BB 5

Lic. Maria losé Bendaña Guerrero, Apoderada de H-D MICHIGAN, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

TWIN-CAM 88

6795

19-08-98 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 155

Clase (25) Presentada: 15 de Abril 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, ocho de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5855 - M. 056458 - Valor C$ 90.00

Lic. Maria José Bandea Guerrero, Apoderada de H-D MICHIGAN, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

TWIN-CAM 88

Clase (12) Presentada: 15 de Abril - 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, ocho de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5854 - M. 056455 - Valor C$ 90.00

Lic. María José Bendaña Guerrero, Apoderada de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT, de la República Federal de Alema-nia, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

Clase (5) Presentada: 23 de Abril - 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, once de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5833 - M. 056154 - Valor CS 240.00

Dr. Joaquín Vijil Tardón, Apoderado de INDUSTRIAS FATIMA. SOCIEDAD ANONIMA, de Nicaragua. solicita Registro de Mar-ca de Fábrica y Comercio:

Nota: No se revinvidica LA PURISIMA.

Clase (04) Presentada: 13 de Octubre de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, 15 de Mayo de 1998.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5835 - M. 056467 - Valor C$ 90.00

Dr. Joaquín Vijil Tardón, Apoderado de MARATZ (H.K.) LIMITED, de Hong Kong, solicita Registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ADMIRE

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LA ACETA - DIARIO OFICIAL

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ELEKTA

Clase (7) Presentada: 02 de Octubre de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

L ic. María José Bendaña Guerrero, Apoderada de ALLERGAN INC., de los Estados Unidos de América, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

Clase (5) Presentada: 16 de Febrero 1998 Opóngase.

Reg. No. 5857 - M. 056460 - Valor C$ 90.00

Dr. Joaquín Vijil Tardón, Apoderado de INDUSTRIAS FATIMA, SOCIEDAD ANONIMA, de Nicaragua, solicita Registro de Nom-bre Comercial:

«GRUPO LLAN ES»

(NOMBRE COMERCIAL)

Protege: Un establecimiento dedicado a la venta distribución y comercialización de productos alimenticios, candelas, veladoras, betunes para zapatos, productos cosméticos y toda clase de mer-cancías.

Presentada: 29 de Octubre de 1997 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, veinte de Mayo de 1998.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5847 - M. 056471 - Valor CS 240.00

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, once de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5842 - M. 051205 - Valor C$ 90.00

Lic. María José Bendaña Guerrero, Apoderada de ALLERGAN INC., de los Estados Unidos de América, solicita Registro Marca

de Fábrica y Comercio:

OXYSEPT

Clase (5) Presentada: 16 de Febrero 1998

Registro de la Propiedad Industrial:- Managua, diecinueve de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosio Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

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A GACETA - DIARIO OFICIAL

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Reg. No. 5838 - M. 056462 - Valor C$ 90.00

Lic. María José Bendaña Guerrero, Apoderada de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT, de la República Federal de Alema-nia, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

Dr. Julián Bendaña Silva, Apoderado de AMERICAN AIRLINES, INC., de los Estados Unidos de América, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

AMERICAN EAGLE

P RO V ADO

Clase (5) Presentada: 23 de Abril - 1998 Opóngase.

Registro de la o 'edad Industrial.- Managua, diecinueve de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Clase (28) Presentada: 06 de Mayo - 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial.- Managua, diecinueve de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Reg. No. 5852 - M. 056457 - Valor C$ 90.00

Reg. No. 5840 - M. 056464 - Valor C$ 90.00

Dr. Julián Bendaña Silva, Apoderado de NOVO NORDISK, de Dinamarca, solicita Registro Marca de Fábrica y Comercio:

ACTIVELLE

Clase (5) Presentada: 06 de Mayo - 1998 Opóngase,

Registro de la Propiedad Industrial. - Managua, diecinueve de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosía Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

Dr. Julián Bendaña Silva, Apoderado de DELL COMPUTER CORPORATION, de los Estados Unidos de América, solicita Re-gistro Marca de Fábrica y Comercio:

DELL PRECISION

Clase (9) Presentada: de Abril - 1998 Opóngase.

Registro de la Propiedad Industrial .- Managua. once de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ambrosia Lezama Zelaya, Registradora.

3-3

SECCION JUDICIAL

Reg. No. 5841 - M. 056465 - Valor C$ 90.00

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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TITULOS SUPLETORIOS

Reg. No. 6847 - M - 1157679 Valor C$ 90.00

JORGE BASILIO, ANDRES ROMERO ESPINOZA, solicitan Título Supletorio, propiedad rural ubicada en el lugar llamado Aguas Podridas, jurisdicción Yalaguina, con una extensión de veinticinco manzanas, con los siguientes linderos: NORTE: Camino que con-duce a la Muta; SUR: Juan Alfaro; ORIENTE: Encarnación Espinoza Iglesia; OCCIDENTE: Encarnación Espinoza camino de por medio.

Opónganse.

Juzgado Local Unica Yalaguina, veintitres de Junio de mil nov cientos noventa y ocho.- Rosamaría Vílchez Corea, Sria.

GALEANO BLANDON, solicitan Título Supletorio de un lote de Terreno urbano situado en el Barrio José Esteban Mancada, del Municipio de Limay, con un área total de 790.30 mts2, igual a 1120.98 Vrs2, con una casa de habitación de 170.56 Mts, dentro de los siguientes linderos: ESTE: Calle de por medio; César Galeano, OESTE: Juan José Suárez; NORTE: Santos Carrasco e Ilsa Maldonado; y SUR: Nicolás Vásquez y Nidia Soza.

Oponerse en el término Legal.

Dado en el Juzgado Local Unico de San Juan de Limay departa-mento de Estelí, a los veinticuatro días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Lic. Hemaldo A. Briones, Juez Local Unico de Limay.- Gregoria Castellón M, Sria.

3-1

3-1 Reg. No. 7225 - M - 246405 - Valor C$ 90.00

Reg. No. 6849 - M - 246897 Valor 180.00

CLEMENTE CALDERON BETANCO, solicita Título Supleto-rio de un lote de terreno urbano situado en el Barrio Mario Rodríguez Espinan, en el Municipio de Limay, con un área total de 2613.61 Mts2, igual a 3,707.18 Vis2, con una casa construida de 132.41 Mts2 valor : Trece mil córdobas, dentro de los siguientes lindero ESTE: Calle de por medio, Cristina Calderón y Rosa Calderón; OESTE: Calle de por medio, Olga María Batanco e Inés Rodríguez, NORTE: Calle de por medio Sucs, José Miguel Castellón; y SUR: Migdalia Canales y Julia Santamaría.

Oponerse término Legal.

RNESTO CANALES CABALLERO, solicita Título Supleto-rio dé un predio rústico ubicado en la Comarca El Marañonal de esta jurisdicción. Lindande: NORTE: Gregorio Hernández Jirón; SUR: Julia Alvarez Gómez; ESTE: Sebastián Canales Caballero; y OESTE: Margarita Canales Caballero..

Opóngase.

uzgado Local Unico. Telica, tres de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- Enmendado: Ernesto-t-valen.- María Gioconda Castillo Calvo, Secretaria.

3-1

Dado en el Juzgado Local Unico de San Juan de Limay del depar-tamento de Estelí, a los veinticuatro días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho: Lic. Hernaldo A. Briones, Juez Local Unica, Limay.- Gregoria Hermila Castellón M, Sria.

Reg. No. 6850 - M - 246896 Valor C$ 180.00

JUAN LEONARDO SOLIS CALDERON y ROS

Reg. No. 6852 - M - 1287895 Valor C$ 60.00 M - 246756 Valor 30.00

SANTIAGO VARGAS RIOS, solicita Título Supletorio de pro-piedad ubicada en el poblado de Telica en el Departamento de León, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle enmedio suceso-

s de Elías Gómez; SUR: María Pereira; ESTE: Calle enmedio Rosa Calvo; y OESTE. Medardo Sevilla.

Opónganse.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Juzgado Primero Civil de Distrito, León, diecisiete de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Testado rústica-No vale.- Socorro García I, Sría.

3-1

Reg. No. 6854 - M - 246882 Valor 90.00

ROSAURA BLANDON PAUTH, solicita Titulo Supletorio de un solar y casa ubicado en el Barrio San Antonio en La Trinidad, Estelí, con los siguientes linderos: NORTE: Carlos Blandón; SUR: Ramón Pauth y calle pública; ESTE: Terrenos de la Municipali-dad; y OESTE: Propiedad de Lorenzo Lazo, carretera Panamerica-na, río y puente La Trinidad enmedio.

Opóngase legalmente.

Juzgado Local Unico, La Trinidad, veintisiete de Julio de mil no-vecientos noventa y ocho.- Leticia Osegueda Mejía, Sria.

3-1

Reg. No. 6855 - M - 245508 Valor 90.00

BLAS GREGORIO MONTERREY, solicita Supletorio urbano, Barrio Pedro Joaquín Chamorro, esta ciudad, doce varas y ocho pulgadas frente por treinta varas y doce pulgadas fondo, lindantes: NORTE: Domingo Fernández; SUR: Pastor Mejía Duarte, calle interpuesta; ESTE: Hermenegildo Duarte Duarte; y OESTE: Sofía Urbina y Roger Miranda,

Oponerse término Legal.

Juzgado Local Unico, Camoapa, diecisiete Julio de mil novecien tos noventa y ocho.- A. Hurtado V, Sria.

3-1

Reg. No. 6857 - M - 245564 Valor C$ 90.00

BONIFACIA AGUILAR CARAZO, solicita Título Supletorio, casa y solar ubicado en el sector número nueve de Jalapa, exten-

sión del solar veinticinco varas de frente por veinticinco varas de fondo, construida una casa de habitación de paredes de adobes, techo de zinc, piso natural, linda: NORTE: Ulises Gutiérrez; SUR: Lucía Obando; ESTE: victoriano Gutiérrez; OESTE: Faustino Ruiz.

Opóngase.

Juzgado Local Unico, Jalapa, dieciocho de Junio de mil noveeie tos noventa y ocho.- M. Irías A, Sria.

3 - 1

Reg. No. 6858 - M - 246765 - Valor 90.00

BOANERGES GARCIA SILVA, como Presidente y Represen-tante Legal de la Cooperativa Agropecuaria y de producción Hilario Sánchez R.L., según certificación de Personalidad Jurídica, cuyo documento está cotejado notarialmente, solicita Título Supletorio predio rústica rural, de 4 Mz 8,901 Vrs2 (Cuatro manzanas ocho mil novecientos una varas cuadradas), situada en la Comarca Ce, dro Galán, departamento de Managua, kilómetro doce carretera vieja León y un kilómetro al sur cuatrocientos ochenta metros al Oeste, linderos: NORTE: Camino viejo de los Dávilas de por medio y Leopoldo Dávila Caripio; SUR: Linda Gregorio Dávila Caripio: ESTE: Linda con Pedro Dávila Caripio : y OESTE: Camino viejo de los Dávila y Horacio Salís.

Oponerse término Legal.

Dado Juzgado Primero Civil de Distrito, Managua, quince de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Venta Aguilera Espinoza, Juez Primero Civil de Distrito de Managua.- Ivania Barahona, Sria.

5-1

Reg. No. 6919 - M - 246223 Valor 90.00

SALVADOR NAVARRETE VARGAS, en su carácter de Gerente de «ENITEL», solicita Título Supletorio, tinca urbana situada San Juan de la Concepción, lindante: NORTE: Carretera, midiendo veintitres punto cuarenta metros; SUR: Propiedad Municipal. mi-diendo veintitres punto doce metros; ESTE: Propiedad Municipal, midiendo veintidos punto setenta metros; OESTE: Pompilio Blas, midiendo treinta y tres punto veinticinco metros.

Oponerse término Legal.

Dado Juzgado Unico del Distrito, Rama Civil, Masatepe, veinticin-

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co de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- Juan Román Robleto, Srio.

Reg. No. 6922 - M - 246208 Valor 90.00

ISIDRO y VILMA, ambos Crespo López, solicitan Titulo Suple-torio de una finca rústica de noventicinco manzanas de superficie, ubicada en la comarca Bulún, jurisdicción de Santo Domingo Chontales, y linda: NORTE: Raúl Arguello; SUR: y ESTE: Efráin Mena Sobalvarro; y OESTE: Senovia López Ríos.

3-1

Reg. No. 6920 - M - 246224 Valor 90.00

PABLO AVON, mayor de edad, casado, Ingeniero y de este domi-cilio, en nombre y representación de la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones ENITEL de esta ciudad, solicita se publiquen Edictos de propiedad, ubicada en las Banderas jurisdicción de Managua, la cual tiene los siguientes linderos y medidas, NORTE: Carretera Panamericana mide 5,730 metros cuadrados; SUR: Antonia Espinoza mide 7,320 metros cuadrados; ESTE: Ronal

Brenes mide 5,487 metros cuadrados; y OESTE: Aydalina Delgadillo callejón de por medio, mide 13,390 metros cuadrados.

Oponerse.

Dado en el Juzgado Cuarto del Distrito para lo Civil, Managua. Managua, veintisiete de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Dr. Medardo Mendoza Yescas, Abogado y Juez Cuarto del Distrito para lo Civil de Managua.

3-1

Reg. No. 6921 - M - 246213 Valor 90.00

YO, FRANCISCO CACERES OLIVERA, solicito Título Su-pletorio de un lote de terreno ubicado en la Comarca la «Quemazon», jurisdicción de Santa Marta, departamento de Nueva Segovia, con una extensión de más o menos de una manzana (1 manzana) de extensión, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Camino que conduce a la tejera, casa de Nicolás Montenegro; ORIENTE: ca-mino de por medio, casa de Teodocio Barahona; SUR: Camino de por medio, solar de Teodocio Barahona; y OCCIDENTE: Camino de por medio, solar y casa del señor Nicolas Montenegro.

Opónganse legalmente.

Juzgado Local Unico de Santa Maria, departamento de Nueva Segovia, Santa Maria, departamento de Nueva Segovia, a los quin-ce días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.: Co-rregido: extensión.- Vale.- Firma ilegible, Juez Local Unico de Santa María, DEP. de N.S.- Castillo López, Srio.

3 -I

Opónganse.

Término Legal.

Dado en el Juzgado de Distrito Civil de Juigalpa, a los veintinueve días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- S. Caro-lina Castro S, Sria.

3-1

Reg. No. 6929 - M - 246207 Valor 90.00

PAN FILO RA FA EL LABIOS C ARC IA, como Representante de la cooperativa de taxis «Rigoberto López Pérez Coostal León», solicita Titulo Supletorio para su representada en el Reparto Pri-mero de Mayo en la ciudad de León, lindando: NORTE: Natividad Cabrera; SUR: Predio valdío; ORIENTE: Calle en medio Mercado terminal de buses; PONIENTE: Predio valdío.

Opónganse

Juzgado Primero Civil de Distrito, León, veinticuatro de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Socorro García I, Sria.

3- 1

Reg. No. 6975 - M - 246243 Valor 90.00

ELIDA CASTILLO RAMOS, solicita Título Supletorio, de una propiedad urbana, ubicada en el Barrio La Primavera de esta ciu-dad, con una extensión superficial de catorce varas de frente por veinticinco varas de fondo, con los siguientes linderos particulares: NORTE: Marta Félix Rojas Ramirez; SUR: Salvadora Martínez; ESTE: Calle de por medio con David Peck; OESTE : Rolando Vanegas.

Interesados opónganse en el Término de Ley.

Dado en Juzgado Unico de Distrito, ciudad Rama, veintidos de Ju- lio de mil novecientos noventa y ocho.- Lic.- Renee Lucía Delgado,

6801

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL. 155

Juez Unico Distrito. Juzgado Local Unico para lo Civil deban Juan del Río Coco, vein-

tiocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- María Azucena 3-1 Matus González, Sria.

Reg. No. 6973 - M - 1158071 Valor C$ 90.00

FRANCISCO DIAZ CASCO, solicita Titulo Supletorio de pro-piedad rural, Sabana Grande Totogalpa, NORTE Propiedad del solicitante Francisco Díaz Casco; SUR: Propiedad de Santos Rive-ra Olivas; ESTE: Propiedad de Máximo Lovo Moncada; OESTE: Propiedad de Rodrigo Pérez Vargas.

Opóngase.

Juzgado Local Unico, Totogalpa, 27 de Julio de 1998.- Magda Clarisa Quiñonez Guillén, Sria.

Reg. No. 6974 - M - [158069 Valor 90.00

LILLIAM ESPERANZA RODEZNO RODEZNO, solicita Su-pletorio, ubicado esta ciudad de Somoto, NORTE: Gilma Tercero; SUR: Gregoria Espinoza, calle de por medio; ESTE: María del Carmen y Anielka Martínez Rivera; OESTE: Orlando Matamoros.

Opónganse.

Juzgado Un ico de Distrito, Somoto, Julio 30/1998.- Reyn Hernandez de Cano, Sria.

Reg. No. 6976 - M - 1158060 Valor C$ 90.00

3-1

Reg. No. 7015 - M - 246783 Valor 90.00

EDDY ALI VELASQUEZ ALVAREZ, solicita Título Supletorio de una propiedad urbana ubicada en San Juan de la Concepciónm. con dirección de la Escuela República de Cuba, media cuadra al Norte y media cuadra arriba dentro de los siguientes linderos: NOR-TE: Calle de por medio, Orante Rosales y Juan Rojas; SUR: Minis-terio de Educación; ESTE: Antonio Blás; y OESTE: Marina López.

Opónganse.

Dado en el Juzgado Local Unico de lo Civil de La Concepción, a los cuatro días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y

ha Sánchez J, Sria.

3-1

Reg. No. 7016 - M - 023815 Valo r

FELIPE TOMAS MORENO BAQUEDANO, solicita Título Supletorio de terreno rural de un área de nueve mil cuatrocientos doce punto setenticuatro metros cuadrados, equivalentes a tres mil trescientos cincuenta y uno punto dieciseis varas cuadradas, ubica-do en la Comarca La Palma, Municipio de El Sauce, lindante: NOR-TE: Resto de la propiedad; SUR: Felipe Tórrez; ESTE: Línea Fé-rrea de por medio Manuel Moreno y Douglas Moreno; y OESTE: Carretera Sauce-Achuapa de por medio y resto de la propiedad.

Opóngase.

Dado en la ciudad de El Sauce, a los veintisiete días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Sonia Marín Rivera, Sria.

3-1

GLORIA JIMENEZ LOPEZ, solicita Título Supletorio, rústico ubicado en Cerro Blanco arriba de esta jurisdicción, NORT E: Victoriano Dávila, y quebrada de por medio; SUR: Asentamiento Sanmarkanda; ORIENTE: Gumercindo López; OCCIDENT E: Paulino Espinoza.

Opóngase.

Reg. No. 7017 - M - 023818 Valor CS 90.00

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ESPERANZA HUETE, solicita Titulo Supletorio de terreno ur-bano que mide según planó topográfico un área total de cuatrocien-tos treintiseis punto setenta metros cuadrados, equivalentes a seis-cientas cuarenta y dos varas cuadradas, ubicado en la ciudad de El Sauce, con los siguientes linderos: NORTE: Clementina Quintana; SUR: Pío Dolmus; ESTE: José Zepeda y Miryam Treminio; OES-TE: Roger Mendoza.

Opóngase.

Dado en la ciudad de El Sauce, a los veintitres días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Sonia Marín Rivera, Sria.

3-1

Reg. No. 7018 - M - 246261 Valor C$ 90.00

CECILIO CERDA VELASQUEZ, solicita Título Supletorio Fin-ca Urbina, situada en el Reparto Pancasán 2da. calle, Masaya, con un área de trescientos seis punto cero tres metros cuadrados (305.03 mts2), comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Propiedad de Ana Benitez, 10.10 mts; SUR: Calle de por medio de 10.10 mts.; ESTE: Propiedad de José Martínez de 30.30 mis.; OESTE: Propiedad de Ernesto Mercado de 30.30 mts.

Oponerse

Juzgado Local Civil de Masaya, veintisiete de Julio de ove-

cientos noventa y ocho.- Jamileth García López, Sria.

3-1

Reg. No. 7019 - M - 246262 Valor C$ 90.00

EDDIE FRANCISCO FLORES BLANCO, en nombre y repre-sentación legal de la Compañía Nicaragüense de Productos de Le-che, Sociedad Anónima, Sociedad conocida comercialmente como La Selecta, solicita Título Supletorio, de una propiedad Sub-urba-na, ubicada en el Municipio de San José de los Remates, compues-ta de un lote de terreno que mide veinticinco varas en cuadro, sien-do sus linderos particulares los siguientes, NORTE: Propiedad de Jacinto Palacios; SUR: Propiedad de Ramón Ernesto Alcántara Flo-res; ESTE: Propiedad de Bolivar Rayo; y OESTE: Camino a Esquipulas y propiedad de Dinorah Alcántara Flores.

Interesados opónganse en el término de ley.

San José de los Remates, dieciseis de Julio de mil novecientos no- venta y ocho.- Lic. J. Rivas G., Juez Local Unico de San José de los

Remates.- Lucrecia de los A. Urbina S., Sria.

3-

Reg. No. 7104 - M - 1158078 Valor CS 90.00

JUAN CARLOS LOPEZ MUÑOZ, solicita Título Supletorio de un predio ubicado en el Valle de Ducualí, jurisdicción de Palacaguina, NORTE: Pedro Aguirre; SUR: Osman Alberto López; ORIENTE: Santos Flores, carretera Panamericana de por medio; OCCIDENTE: Felipe Olivas, sucesores.

Opóngase.

Palacaguina, Juzgado Local Unico 29 de Julio de 1998.- Betty Martínez M, Sria.

3-1

Reg. No. 7103 - M - 026497 Valor 90.00

MANUEL SALVADOR FLORES AGUILAR, solicita Supleto-rio Rural, con los siguientes linderos; NORTE: Fernando Cajina; SUR: Callejón de por medio, Guadalupe Cruz Rodríguez; ESTE: Socorro Cruz Rodríguez; y OESTE: Camino de por medio Norberto Ortíz.

Opóngase.

Juzgado Local Unico de Niquinohomo, treinta de Julio de mil no-vecientos noventa y ocho.- Marina Pérez, Sria.

3-1

Reg. No. 7059 - M - 245582 Valor 90.00

DANILO HUMBERTO ALVAREZ MORA, solicita Titulo Su-pletorio de un lote de terreno situado en el Barrio Carlos Aguilar, Rivas, con los siguientes linderos: NORTE: Calle enmedio El Chile hoy Rafael Sacara;. SUR: Graciela Tinoco Estrada; ESTE: Javier López Ortíz; y OESTE: Ana Julia Torres.

Rivas, treinta y uno de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Juzgado Unico de Distrito de la ciudad de Rivas.- Brenda Lee

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Villareal C, Sria. 3-1

Reg. No. 7058 - M - 246344 Valor 90.00

JUAN TERCERO MORALES, solicita Título Supletorio Semi urbano, esta ciudad dentro de los siguientes linderos: NORTE: Colegio Centroamérica; SUR: Raúl Arana; ESTE: Jorge Berrios; y OESTE: Armando Rufz, área 13,099.727 M2, equivalente a 18,580.850 V2, Comarca Jocote Dulce.

Oponerse.

Juzgado Cuarto Civil de Distrito, Managua, seis de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Medardo Mendoza Yescas, Juez Cuar-to Civil de Distrito.

3-1

Reg. No. 7137 - M - 1325453 Valor C$ 90.00

MARTHA VICTORIA DUARTE MOLINA, solicita Supletorio de Ley, propiedad urbana ubicada Barrio Rosa Cerda Amador de esta ciudad, linderos: NORTE: Martha Victoria Duarte Molina; SUR: Socorro Lira; ESTE: Cándida de Lira; y OESTE: Calle de por medio propiedad de Porfirio Rocha.

Opónganse término legal.

Dado en el Juzgado de Distrito Civil de Boaco, a los cuatro días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- Lic. Celeste Isabel Noguera Vega, Juez de Distrito Civil de Boaco.- María D'Los Angeles Cubas Rivera, Sria.

3 - 1

Reg. No. 7138 - M - 215834 Valor C$ 90.00

RUFINO ORTIZ LOPEZ, solicita Título Supletorio de un lote de terreno ubicado en el Barrio de Santa Rosa de la ciudad de Masaya, descrita según los linderos así: NORTE: dieciséis punto noventa y siete metros (16.97 m) y linda con propiedad de Manuela Márquez; sur: Mide ocho punto setenta y siete metros (8.77 m) y linda con Alvaro González; ESTE: Mide dieciocho punto cincuenta y siete metros (18.57 m) y linda con propiedades de María Elena Rivas y

Auxiliadora Chavarría, calle enmedio; y al OESTE: Mide en línea quebrada once punto cincuenta y cinco metros (11.55 m) y linda con propiedad de sucesores de Raúl González, teniendo todo el lote un área total de ciento setenta y nueve punto ochenta y cinco metros cuadrados (179.85 M2).

Oponerse.

Juzgado Local Civil de Masaya, Masaya tres de Junio de mil nove-cientos noventa y ocho.- María Amanda Castellón Tiffer, Juez Lo-cal Civil Masaya.- Jamileth García López, Sria.

3-I

Reg. No. 7216 - M - 245792 Valor C$ 90.00

ADALIGIA PORRAS BOJORGE, solicita Título Supletorio, urbano Barrio Veracruz esta ciudad, lindante: ORIENTE: Manuel Bojorge y otro, 17 mts 79 ctm.; PONIENTE: Matilde Guerrero, 15 mts. 97 ctm.; NORTE: Luis Quintero, 15 mts y 99 ctm.; SUR: Car-men Martínez, 15 mts. y 99 ctm.

Oponerse término legal.

Dado Juzgado Unico del Distrito, Rama Civil, Masatepe, veinti-cuatro de Julio de mil novecientos noventiocho.- Juan Román Robleto, Srio.

3-1

Reg. No. 7217 - M - 105780 Valor C$ 90.00

AQUILINO CERROS MORENO, solicita Título Supletorio de lote de terreno urbano ubicado en el Municipio de Achuapa, depar-tamento de León, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Anastasio Reyes; SUR: Angela Cerros Castillo; ESTE: Calle de por medio, Escuela Adelita Sorto ; y OESTE: Candelaria Cerros Calderón.

Opónganse.

Juzgado Primero Civil de Di o, León, treinta de Junio de mil

novecientos noventa y ocho.- :orco García I., Sria. 3-1

Reg. No. 7218 - M - 1296172 Valor CS 90.00

6804

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ALEJANDRO ORTEZ CACERES, solicita Titulo Supletorio propiedad rural ubicada Comarca La Explosión, San Fernando, Nueva Segovia, sesenta manzanas, construida una casa, linderos: NORTE: Ronmel Ortéz Urbina; SUR: Juan Bautista Ortéz; ESTE: Río enmedio Juan José Ortéz; OESTE: Martín Estrada.

Opónganse.

Juzgado Civil de Distrito, Ocotal, diez de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Esperanza Barahona O, Sria.

3-1

Reg. No. 7219 - M - 1296171 Valor C$ 90.00

JUAN JOSE ESCOTO MERCADO, solicita Titulo Supletorio, finca rústica ubicada Comarca San Bartulo, Municipio Quilalí, Nueva Segovia, nueve manzanas, linderos : NORTE: Propiedad de Lázaro Ruiz González; SUR: Armando Blandón; ESTE: Lázaro Ruiz González; OESTE: luan Hernández.

Opónganse.

Juzgado Civil de Distrito Ocotal, veinte de Abril de mil novecien-tos noventa y ocho.- Esperanza Barahona O, Sria.

3-1

Reg. No. 7220 - M - 1296170 Valor C$ 90.00

JOSE SAUL PASTRANA GOMEZ, EFRAIN ANTONIO PASTRANA GOMEZ, LUIS ARNOLDO PASTRANA GOMEZ Y ARMANDO JOSE PASTRANA MARADIAGA, solicitan Titulo Supletorio rural, propiedad rústica «La Unión», ubi-cada en Comarca Los Arados, Mozonte, Nueva Segovia. Area tre-ce manzanas con nueve mil ciento noventa y siete varas cuadradas, linderos: NORTE: Francisco Javier Pastrana; SUR: Cornelio Pastrana; ESTE: Pedro Antonio Florian, Daniel Gómez y Celio Gómez; y OESTE: Ramón Figueroa, mejoras: Una casa de habita-ción, una manzana de café en desarrollo y huatales.

Opónganse.

Juzgado Local Unico, Mozonte, treinta de Junio de mil novecien-tos noventa y ocho.- Ariel Lozano Martínez, Srio.

3-1

CONCEPCION ROCHA NAVAS, solícita Título Supletorio de un predio ubicado en la Comarca El Paciente, jursidiccion de Quezalguaque, lindando: NORTE: Camino en medio, Anita Pérez y Pedro Sirias; SUR: Federico Báez; ESTE: Santos Toruño; y OES-TE: Federico Báez.

Opónganse.

Juzgado Primero Civil de Distrito, León, veintiséis de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- Angela Castillo Polanco, Sria.

3-1

Reg. No. 7222 - M - 246406 Valor C$ 90.00

JACOBA CANALES CABALLERO. solicita Título Supletorio de un predio rústico ubicado en la Comarca El Marañonal, de esta jurisdicción, lindando: NORTE: Sebastián Canales Caballero; SUR: Rodolfo Canales; ESTE: Narciso Arbizú; y OESTE: Julia Alvarez Gómez.

Opóngase.

Juzgado Local Unico, Telica, veintisiete de Julio de mil novecien-tos noventa y ocho.- Gioconda Castillo Calvo, Sria.

3-1

Reg. No. 7223 - M - 246404 Valor C$ 90.00

EVERT ENRIQUE QUINTERO MARTINEZ, solicita Titulo Supletorio de un predio rústico ubicado en la Comarca El Marañonal de esta jurisdicción. lindando: NORTE: Familia Díaz Bustamante: SUR: Rosa Salazar Meza; ESTE: Hermanos Hernández Canales; y OESTE: Segundo Ruiz Osejo.

Opóngase.

Juzgado Local Unico Telica, tres de Agosto de mil noveeiento noventa y ocho.- María Gioconda Castillo Calvo, Sria.

3-1

Reg. No. 7224 - M - 246407 Valor C4 90.00

Reg. No. 7221 - M - 246410 Valor C$ 90.00 GUILLERMO JOSE, TERESA DELCARMEN y ELISA DE

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LA CONCEPCION HERNANDEZ CANALES, solicitan Títu-lo Supletorio de un predio rústico ubicado en la comarca El Marañonal de esta jurisdicción, lindando: NORTE: Familia Diaz Bustamante; SUR: Rosa Salazar Meza; ESTE: Narciso Arbizú; y OESTE. Evert Quintero Martínez.

Opóngase.

Juzgado Local Unico, Telica, veintisiete de Julio de mil novecien-tosnoventa y ocho.- Gíoconda Castillo Calvo, Sria.

3-1

SUBASTAS

Reg. No. 7315 M.247628 - Valor C$ 180.00

Sáquese a subasta a la venta al martillo del bien mueble, en el local de este Juzgado Civil de Distrito de Matagalpa, para el día diez de Septiembre de este año, a las tres de la tarde, el que se describe así: Vehículo autobus marca Internacional; Modelo S-1800, chasis .

G HA 54027, motor 90DM2U73203, Vin. 1 HVLPHWLOGHA54027, CC: 5000, CME3, Fracción Trasera, puertas dos, cilindros ocho, ejes uno, asiento 23, peso 5,000 k1 5, color azul combustible diesel, trasmisión mecánicas.

Ejecuta: Dr. Reynaldo Averruz Calderón APIX Liseth Torrez Suárez.

Contra: Pedro Pablo Picado Blandón.

Base de la subasta: Ciento veintinueve mil ciento ochenta y un córdobas, correspondiente al principal del Adeudo, más intereses corrientes, moratorios riesgos cambiario, más una tercera parte de dicha suma para responder por las costas de ejecución.

Dado en el Juzgado Civil de Distrito. Matagalpa, trece de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Karla E. Sáenz Terán, Juez Civil de Distrito, Matagalpa.

3-2

Reg. No. 7263 - M. 159844 - Valor CE 90.00

propiedad que se describe así inmueble de cincuenta y cuatro punto seis manzanas (54.6 mzs.), ubicado en la Comarca Laguna Verde, Municipio de Matagalpa, que linda: NORTE: Propiedad de Federi-co Lang; SUR: José Rosales y Pedro Sánchez; ORIENTE: Propie-dad de David Montes; OCCIDENTE: Propiedad de Alonso Díaz Ochoa; e inscrito bajo el número sesenta y ocho mil seiscientos ochenta (68680), tomo trescientos (300), folios ochenta y cuatro al ochenta y cinco (84-85), asiento (1°)de la Columna Marginal, Sec-ción de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Públi-co de Matagalpa.

Base: Ciento veintiocho mil córdobas netosS 128,000.00)

Posturas estricto contado.

Ejecuta: Alvaro José Travers García.

Ejecutado: Rogelio Díaz Ochoa.

Dado en el Juzgado Sexto Civil de Distrito, a las once y treinta minutos de la mañana del tres de Agosto de mil novecientos no-venta y ocho.- María de los Angeles Mendoza Espinoza, Juez Sex-to Civil de Distrito de Managua.- Rolando Zambrana Arias, Secre-tario de Actuaciones.

3-2

Reg. No. 7262 - M. 159915 - Valor CS 90.00

Sáquese a subasta el bien inmueble, embargado que se describe así lote de terreno ubicado en la Comarca Laguna Verde, Municipio de Matagalpa, comprendido dentro de los siguientes linderos particu-lares: NORTE: Hacienda «El Limón» de Federico Lang; SUR: Juan González Villagra, Domingo Pérez Martínez y José Rosales; ESTE: Rogelio Díaz Ochoa y José Rosales; OESTE: Hacienda El Paraíso; con una extensión ciento doce manzanas con veintidós varas cua-dradas (112 mzns., 22 vrs.2), y se encuentra inscrita bajo No. 74,311; Tomo CDXVI; Folio 146/147; Asiento 2°, Columna de Inscripcio-nes, Sección de Derechos Reales del Libro de Propiedades del Re-gistro Público de la Propiedad de Matagalpa.

Base de la Subasta: Doscientos sesenta y dos mil córdobas (C$262,000.00).

Ejecuta: Alvaro José Travers García.

Ejecutados: Señores Alonso Díaz Ochoa.

Fecha de la Subasta: Diecisiete de Septiembre de mil novecien-tos noventa y ocho, a las once de la mañana en el local de este despacho judicial.

Posturas estricto contado. En el local de este Juzgado, a las diez de la mañana del diecisiete de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho, subastarase

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Dado en el Juzgado Sexto Civil de Distrito de Managua, a los tres días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. María de los Angeles Mendoza Espinoza, Juez Sexto Civil de Dis-trito de Managua.- Josefma González, Sria. de Actuaciones.

3-2

Reg. No. 7312 - M. 057508 - Valor C$ 90.00

Diecisiete de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho, a las once de la mañana, en el local de este Juzgado se llevará a efecto la subasta pública y venta al martillo, del inmueble consis-tente en lote de 1,980 varas cuadradas, con casa de concreto de tres habitaciones, sala-comedor y cocina, ubicada en el kilómetro diez de la carretera Panamericana, comprendida dentro de los siguien-tes linderos: NORTE: Victoria Peñalba; SUR: Interglobal, S.A.; ESTE: carretera Panamericana; y OESTE: Interglobal, S.A., ins-crita con el No. 17,988, Tomo 1663, Folio 200, Asiento Quinto, Libro de Propiedades, Registro Público de Managua.

Base de la Subasta: Trescientos mil córdobas (C$300.000.00).

Todo dentro de Juicio promovido por INTERGLOBAL, S.A., contra de Emerzon Velásquez Bucardo.

Dado en el Juzgado Segundo Local Civil de Managua, a los cuatro días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Ruth Chamorro Martínez, Juez Segundo Local Civil de Managua.

Ejecutado. Aniceto Valle Pérez.

Base: Cinco mil.

Oyense posturas.

Dado Juzgado Local Unico. San Ramón. Depto. Matagalpa, vein-tisiete de Julio de mil novecientos noventiocho.- Lic. Juana Rodríguez Torres, Juez Local Unico. San Ramón.

3-2

Reg. No. 7033 9 M. 246787 - Valor C$ 90.00

Nueve mañana, dos Septiembre año corriente, local este Juzga-do subastarese rústica «El Bambú», sita Comarca San Antonio, Río Blanco, Depto. Matagalpa, cincuenta manzanas de extensión -su-perficial, con mejoras, lindantes así: NORTE: Juan Castro; SUR: Antonio Solano; ESTE: Pablo Orozco; y OESTE: Juan Castro.

Ejecuta: Pablo Antonio Mejía Jarquín.

Ejecutado: Antonio León Arróliga.

Base: Dos mil córdobas. Oyense posturas.

Dado Juzgado Local Unico. Matiguás, Depto. Matagalpa, treintiuno 3-2 de Julio de mil novecientos noventiocho.- Marco Tulio Celedón,

Juez Local Unico. Matiguás.

3-2

Reg. No. 6829 - M. 245502 - Valor C 90.00

Ocho mañana veintiuno de Septiembre año corriente, local este

Juzgado Subastarese rústica, sita Cerro del Padre, Esquipulas, de este Departamento Matagalpa de cincuenta y cinco manzanas de extensión superficial, con mejoras, lindante así: NORTE: Nicolasa Espinoza y otros; SUR: Oswaldo Ortega y Leopoldo Loalsiga; ESTE: Coop. David René Espinoza.; y OESTE: Antonio Urbina y Eusebio Morales.

Ejecuta: Julia García Mendoza.

Reg. No. 7037 - M. 144856 - Valor CS 60.00 NI. 144857 - Valor CS 60.00 M. 144858 - Valor CS 60.00

En Juzgado Civil Distrito, Ocotal, Nueva Segovia, se subastará diez de la mañana del veintiuno de Septiembre del corriente año, inmueble Barrio Sandino, Ocotal. Linderos: NORTE: Carretera, Laura Gradiz; SUR: Juan Manuel Ventura Hernández; ESTE: Pa-blo Casco; OESTE: Calle, Ventura Hernández. Inscrito No. 16,018,

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Folio 135, Asiento 1°, Tomo 155, Columna de Inscripciones de Registro de la Propiedad de Ocotal, N.S.

Base Subasta: C$40,850.00 (cuarenta mil ochocientos cincuen córdobas).

Ejecutante: Banco Intercontinental S.A (INTERBANK).

Ejecutado: José Ventura Ventura.

Dado Juzgado Civil de Distrito. Ocotal, trece de Julio de mil nove-cientos noventa y ocho.- Lic. Rosa Maria Rodríguez Herrera, Juez Civil de Distrito.- M. A. Bonilla M., Sría.

3-2

Reg. No. 7322 - M. 274652 - Valor CS 180.00

Sáquese a subasta inmueble urbano sita banda oriental Avenida Bodán consta de solar y una casa en construcción, linda: NORTE: Predio de los señores Prego y Guerrero, quince varas; SUR: Lote de Rosa Fuertes, quince varas; ORIENTE: Juana Rodríguez, diez varas; y PONIENTE: Avenida Bodán, diez varas; inscrito en el Registro Público de Inmuebles de este Departamento con el No. 24,734, Folios 198/99, Tomo 355, Libro de Propiedades, Asiento 2, Sección de Derechos Reales.

Base de la Subasta: Veinticinco mil ciento sesenta córdobas.

Local: Juzgado Civil de Distrito Granada.

Ejecuta: Maria de los Angeles Vega Palma.

A: María del Socorro Lugo Morales.

Estricto contado.

Fecha de Subasta: Treinta de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho, con hora de las nueve de la mañana.

Oponerse.

Juzgado Civil Distrito. Granada, diecisiete de Agosto de mil nove-cientos noventa y ocho.- Adriana María Cristina Huete López, Juez Civil de Distrito de Granada.- Bernarda Cruz, Sria.

3-2

CITACION DE ACCIONISTA

Reg. No. 7324 - M. 213 132 - Valor C$ 180.00

La Junta Directiva de la Sociedad «Bolsa Agropecuaria de Nica-ragua, S.A., (BAGSA)», en cumplimiento a lo establecido en los Artos. 19 y 21 de sus Estatutos, se permite citar a todos sus Accio-n istas a «Asamblea General Ordinaria», la que se llevará a efecto en la fecha, lugar y hora abajo señalados:

Fecha: Viernes 25 de Septiembre de 1998.

Lugar: Edificio BAGSA, Mercado Mayoreo, Shell Mayoreo 25 vrs. al Sur.

Hora: 5:00 p.m.

Los puntos de Agenda a tratarse en dicha Asamblea serán os si-guientes:

1. Constatación de quórum 2. Lectura del Acta anterior 3. Presentación de Estados Financieros 4. Informe del Vigilante 5. Informe del Presidente 6. Elección de Junta Directiva y Vigilante 7. Puntos varios.

De acuerdo a los dispuesto en el Arto. 25 de los estatutos de BAGSA,en caso que no se pueda realizar la sesión por falta de quórum, la Asamblea se verificará definitivamente el dia 2 de Oc-tubre de 1998, en el mismo lugar y hora, con cualquiera que sea el número de accionistas que estén representados en la reunión.- Mario Hanon Talavera, Presidente Junta Directiva de BAGSA.- Juan López Zeledón, Secretario Juan Directiva de BAGSA.

3-2

EMPLAZAMIENTO

Reg. No. 6274 - M. 242954 - Valor CS 180.00

Juzgado Quinto Civil del Distrito. Managua, veinticinco de Junio de mrl novecientos noventa y ocho. Las nueve y cuarenta y siete minutos de la mañana.

I. Razónense las fotocopias de los documentos acompañados y devuélvanse los originales al interesado.- II. De conformidad con el instrumento de Poder acompañado, téngase al Licenciado Ariel Antonio Medrano Rocha como Apoderado General Judicial de la COOPERATIVA DE VIVIENDA MANOLO MORALES PERALTA, R.L., y désele la intervención de Ley.- III. Visto el escrito que antecede, conforme el Arto. 3842 C., cítese y emplázase

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a la Compañia «PRODUCTOS CARNIC, SOCIEDAD ANO-NIMA», representada por el señor Alfonso Robles Sobalvarro, para que en el término de quince días después de notificada, com-parezca ante ésta autoridad a entablar el correspondiente juicio para el pago de suma de dinero que es en deberle el señor Teodoro Fredersdorff Madrigal, con garantía hipotecaria inscrita bajo el Número Sesenta y nueve mil novecientos cuatro, Tomo Un mil cien-tos ochenta y uno, Folio Seis, Asiento Primero, Columna de Ins-cripciones, Sección de Hipotecas, Libro de Propiedades del Regis-tro Público de este Departamento. Este EMPLAZAMIENTO se hace bajo el apercibimiento legal de que, sino compareciere dicha compañía en el término mencionado a entablar el juicio, se dictará sentencia declarando cancelado el gravamen relacionado.- IV. A como se pide, notifiquese esta providencia de conformidad con el Arto. 122 Pr., fijándose la Cédula en la Tabla de Avisos del Juzga-do y publicáhdose la misma por tres veces consecutivas en el Dia-rio Oficial, La Gaceta, contándose el término del emplazamiento, a partir de la última publicación en La Gaceta.- Notifíquese.- A. C. Corea 0.- S. Linart.

Es conforme. Y notifico a Ud, en Managua, a las nueve y cinco minutos de la mañana del seis de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Hay un sello que dice: Juzgado Quinto Civil de Distrito de Managua.- Corte Suprema de Justicia.

3-2

DECLARATORIAS DE HEREDEROS

Reg. No. 6769 - M. 246115 - Valor C$ 30.00

MARTHTA BLANDON HODGSON, solicita se le declare here-dera universal de todos los bienes,derechos y acciones que al morir dejara la señora : Carlota González Gutiérrez.

Opóngase.

Juzgado Segundo de Distrito Civil y Laboral. Chinandega, veinti-cinco de Junio de mil novecientos noventiocho.- L. de Sandoval, Sria.

Reg. No. 6770 - M. 246114 - Valor C$ 30.00

ISABEL GUTIERREZ VDA. DE DAVILA, solicita se le declare heredera universal de todos los bienes,derechos y acciones que al morir dejara su esposo Trinidad Dávila Bustamante.

Opóngase.

Juzgado Segundo de Distrito Civil y Laboral. Chinandega, ocho de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- L. de Sandoval, Sria.

Reg. No. 6806 - M. 246815 - Valor C$ 30.00

RAFAELA CAROLINA ORELLANA, solicita se le declare he-redera universal de todos los bienes, derechos y acciones que al morir dejara su madre señora: Florencia Orellana Guardado.

Opóngase.

Juzgado Segundo de Distrito Civil y Laboral. Chinandega, veinti-trés Julio de mil novecientos noventa y ocho.- M. Auxiliadora Chávez M., Sria.

Reg. No. 6807 - M. 246813 - Valor CE 30.00

IGNACIO ANTONIO LAZO MORENO, solicita se le declare heredero de todos los bienes, derechos y acciones que al fallecer dejara la señora Amalia Alaniz Alaniz, menciona bienes.

Opónganse.

Juzgado Civil de Distrito. Estelí, tres de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Mercedes Elisa Jirón, Juez Civil de Distrito.- Estelí, Hilda Amaya U, Sria.

Reg. No. 6803 - M. 246831 - Valor C$ 60.00

PETRONILA VALVERDE FLORES, mayor de edad, viuda, ama de casa y de este domicilio, en su nombre y representación de su hijo Héctor Danilo Gaitan Valverde, solicita se les declare here-dero universal a su hijo, de todos los bienes, derechos y acciones que al morir dejara el señor Héctor Orlando Gaitán Vargas, sin perjuicio de la cuarta conyugal,

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Interesados oponerse en el término legal.

Dado en el Juzgado Primero Civil de Distrito de Managua, a los diez y siete días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Yelba Aguilera Espinoza, Juez Primero Civil de Distri-to de Managua, H. Vanegas M., Srio.

Reg. No. 6808 - M. 246817 - Valor CS 30.00

MANUEL MUNGUIA ROBELO, solicita se le declare heredero en unión de sus hijos CristMan José, Martha Eugenia, Manuel, Francisco Javier y Milagros, todos de apellidos Munguía Alvarado, de todos los bienes, acciones y derechos que al fallecer dejara la señora Martha Alvarado Mayorga, menciona bienes.

Opónganse legalmente.

Juzgado Civil de Distrito. Estelí, veintidós de Julio de mil nove-cientos noventa y ocho.- Dra. Mercedes Elisa Jirón, Juez Civil de Distrito. Estelí, Hilda Amaya U, Sria.

hermana María Lastenia Miranda Miranda, todos s bienes de-rechos y acciones.

Oponerse.

Juzgado Civil de Distrito. Granada, veintitrés de Julio de mil nove-cientos noventa y ocho.- Dra. Adriana María Cristina Huete López, Juez Civil de Distristo de Granada.

Reg. No. 6835 - A1. 1157798Valor CS 30.00

IRMA DEL CARMEN URBINA BLANDON, solicita declárasele heredera, bienes, derechos, acciones, dejó su esposo José de Jesús Morales Gómez, bienes jurisdicción Somoto.

Opónganse.

Juzgado Unico de Distrito. Somoto, I Julio/ I 998.- Reyna Hernández Cano, Sec retaria.

Reg. No. 6836 - hl. 1 157473 - Valor CS 30.00

Reg. No. 6834 - M. 246754 - Valor C$ 30.00

IGNACIA ESPERANZA MIRANDA SANDOVAL, mayor de edad casada ama de casa y de éste domicilio, solicita se le declare heredera universal de todos los bienes derechos y acciones que al morir dejan su madre Sra. María Leticia Sandoval Gómez.

Interesados oponerse en el término de ley.

Dado en el Juzgado Primero Civil de Distrito de Managua,a los quince días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.-Dra. Yelba Aguilera Espinoza, Juez Primero Civil de Distrito. Ma-nagua.

Reg. No, 6833 M. 1208733 - Valor CS 30.00

EDMUNDO MIRANDA MIRANDA, unión hermano Francisco Adolfo Miranda Miranda, solicitan decláreseles herederos difunta

PEDRO RAFAEL PADILLA DIAZ, solicita declárasele herede-ro, bienes, derechos, acciones, dejó su padre: José de los Angeles Padilla, bienes:jurisdicción somis- Somoto.

Opónganse.

Juzgado Unico de Distrito. Somoto, Junio 16/ 1998- Reyna Hernández de Cano, Secretaria.

Reg. No. 7337 - M. 274430 - Valor C 30.00

WILLIAM RENE NUÑEZ GONZALEZ, solicita declárasele heredero en representación de su padre René Núñez Martínez, de todos los bienes, derechos y acciones al morir dejara su abuela pa-terna María Irene Martínez de Núñez.

Opónganse.

Juzgado Primero Distrito Civil y Laboral. Chinandega, seis de Agos-

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to de mil novecientos noventa y ocho.- Esperanza Martínez, Sria.

Reg. No. 6838 M. 245559 - Valor CE 30.00

MARITZA DEL CARMEN MIRANDA GOMEZ, solicita declárasele heredera difunto padre Miguel Miranda Morales, bie-nes, derechos y acciones.

Oponerse.

Juzgado Civil Distrito.Granada, diez y siete de Julio de mil nove-cientos noventa y ocho: Adriana María Cristina Huete López, Juez Civil de Distrito de Granada.- Ana 1. Chavarría, Sria.

Reg. No. 6839 - M. 245558 - Valor C$ 30.00

JUANA DOMINGA CRUZ LORIA, solicita declárasele herede-ra del bien Inmueble a su persona adquirida por cesión de derechos hereditarios de su difunto hermano Juan Cruz Loria.

Juzgado Unico de Distrito de Rivas, veintiuno de julio de mil nove-cientos noventa y ocho.- Brenda Lee Villarreal C. Secretaria de Actuaciones, Juzgado Unico de Distrito. Rivas.

Reg. No. 6851- M. 246155 - Valor CS 30.00

MARIA OLGA GONZALEZ MARTINEZ, solicita se le declare única y universal heredera de todos los bienes derechos y acciones que dejara su difunto esposo Armando de Jesús González Mi-randa.

Todo sin perjuicio de quien tenga igual o mejor derecho. podra oponerse, señalo bienes.

Opóngase Término legal.

Dado en el Juzgado de Distrito para lo Civil de Juigalpa, a los vein-tiocho días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y ocho.- A. Hernández S. M. Suárez M., Sria.

Reg. No. 6856- M. 245566 - Valor CS 30.00

JULIO CESAR BALMACEDA CASTRILLO, solicita decláresele heredero del Sr. Crisanto Adán Balmaceda Castillo, por cesión que le hicieran los Sres. Luis, Javier, Amanda y Mar-tín. todos Balmaceda Alvarez y la Sra. Socorro Balmaceda Castrillo, bienes, derechos, acciones.

Oponerse

Juzgado Civil Distrito. Granada, diecisiete de Julio de mil nove-cientos noventa y. ocho. Adriana María Cristina Huete López, Juez Civil de Distrito de Granada, Bernarda Cruz, Sria.

Reg. No. 6840 - M. 246766 - Valor CS 30.00

La Señora HELEN NOFFAL ZEPEDA, quien es mayor de edad, soltera por viudez contadora y de este domicilio, solicita se le de-clare heredera universal de todos los bienes derechos y acciones que a su muerte dejara su esposo el señor Eugenio Ramiro Alvarez González.

Interesados que se crean con mejor o igual derecho opónganse dentro del término de ley.

Juzgado Segundo Civil del Distríto. Managua, veintiocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Patricia Brenes Alvarez, Juez Segundo Civil del Distrito de Managua.

Reg. No. 6915- M. 246222 - Valor C$ 30.00

BAYARDO VINICIO URCUYO CASCO, solicita se le declare heredero universal de todos los bienes, derechos y acciones que al morir dejara su madre: Ana Francisca Casco Aguilar.

Opóngase:

Juzgado Segundo de Distrito Civil y Laboral. Chinandega, veinti-cuatro de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- M. Auxiliadora Chávez M. Sria.

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Reg. No. 6917- M. 148705 - Valor C$ 30.00

LUIS ALFONSO GONZALEZ MOLINA, solicita decláresele heredera en unión de sus hermanos: Germán, Andrés del Car-men, Donatila, Anselmo y Santos, todos de apellidos Molina, de todos los bienes, derechos y acciones que al fallecer dejara su Pa-dre: Lorenzo González.

Opónganse.

Juzgado Segundo de Distrito Civil. León, veintinueve de julio de mil novecientos noventa y ocho.- J.E.Bermejo C. Sria.

Reg. No. 69 I 8- NI. 246202 - Valor C$ 30.00

RAMON ARISTIDES MONCADA ESPINOZA, solicita decláresele heredero unión hermanos: Jenny Amada Moncada Espinoza y Doris del Socorro Moncada Espinoza, bienes, dere-chos y acciones al morir dejara su Padre: Aristides Montada Espinal.

Opónganse

Juzgado Primero Distrito Civil y Laboral. Chinandega, veintinue-ve de julio de mil novecientos noventa y ocho.- Enmendados -decláresele heredero - valen. Esperanza Martínez, Sria.

ERSILIA BERMUDEZ VALLE, mayor de edad, soltera por viudez y del domicilio de Chapemo, jurisdicción de Muy Muy, de este Departamento de Matagalpa, solicita se le declare única y uni-versal heredera de todos los bienes, derechos y acciones que al morir dejara su esposo, señor: Humberto Ruíz Zamora, todo en unión de sus hijos: Marvin Ruíz Bermúdez y Carla María Ruíz Bermúdez.

Interesados oponerse dentro del término de ley.

Dado en el Juzgado Civil de Distrito. Matagalpa, ocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Dra. Karla Emilia Sáenz Terán, Juez Civil de Distrito. Matagalpa, Mercedes Chavarría Gamez, Sria.

Reg. No. 6979- M. 091735 - Valor C$ 30.00

LENNIN RAFAEL MURILLO GALLO, solicita declárarsele heredero de todos los bienes,derechos y acciones que al fallecer dejara su padre, señor: Cebo Rafael Murillo Pichardo, sin perjui-cio de la cuarta conyugal de la señora Aurora Gallo Torrez y de quien tenga mejor o igual derecho.

Oponerse.

Juzgado Civil de Distrito. Masaya, veinticuatro de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Sandra María López Báez, Secreta-ria.

Reg. No. 6980- M. 252461 - Valor a 30.00

Reg. No. 6977- M. 1158070 - Valor C$ 30.00

AURA MARIA JIMENEZ PONCE, solicita decláresele herede-ra bienes, derechos, acciones dejó Cleotilde Jiménez Cruz.

Opónganse.

Juzgado Unico de Distrito. Somoto, Julio 30/1998 Reyn Hernández de Cano, Secretaria.

Juzgado Primero Civil de Distrito. León, diez de junio de mil nove-cientos noventa y ocho.- Angela Castillo Polanco, Secretaria.

MIRIAM DEL CARMEN GONZALEZ BENAVIDEZ, unión hijo Juan Alberto Meza González, solicitante decláreseles here-dera de los bienes, derechos y acciones que al fallecer dejara su esposo y padre respectivamente señor Víctor Manuel. Meza, co-nocido como Víctor Manuel Meza Alvarez.

Opónganse,

Reg. No. 6978- M. 246245 - Valor 30.00 Reg. No. 6982- M. 419844 - Valor C$ 30.00

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MODESTA FERNANDEZ PERALTA, en unión de sus herma-nos Santos, Felipe, y Matilde, todos Peralta Fernández,solicitan se declare único y universal heredero, de todos los bienes y derechos y que a su muerte dejó su madre Santos Gertrudis Fernández, al señor Marvin José Martínez Sandigo, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios.

Opónganse término legal.

Dado en el Juzgado de Distrito Civil de Juigalpa, a los veintitrés días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Carolina Castro S. Sria.

Reg. No. 6983- M. 246235 - Valor CE 30.00

ANA LOAISIGA Y MARTHA DUARTE LOAISIGA, en re-presentación de los menores Saraly Stephanie y Walter Omar ambos de apellidos Duarte Alvarez, solícita, se les declare here-deros universales de todos los bienes derechos y acciones que a su muerte dejara el señor Walter Basilio Duarte Loáisiga.

Opónganse término legal.

Dado en el Juzgado de Distrito Civil de Boaco, a los siete días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- corregidos; ANA: valen.- Lic. Celeste Isabel Noguera Vega, Juez de Distrito Civil de Boaco, María D' Los Angeles Cubas Rivera, Secretaria,

Reg. No. 6984- M. 246227 - Valor CE 30.00

MARIA DE JESUS ORTIZ VIUDA DE OCAMPO, solicita declárarsele heredera de todos los bienes,derechos y acciones que al fallecer dejan su hijo el señor Juan Ocampo Ortiz, sin perjui-cio de quien tenga mejor o igual derecho.

Oponerse.

Juzgado Civil de Distrito. Masaya, veiñtinueve de Julio de mil no-vecientos noventa y ocho.- Sandra María López Báez, Secretaria.

Reg. No. 6981- M. 084815 - Valor CE 65.00

MANUELA VANEGAS GUEVARA, mayor de edad,soltera, viuda,ama de casa,de este domicilio, solicita se le declare única y universal heredera de todos los bienes , derechos y acciones de su difunto esposo señor Jorge Dipp Fonseca (q.e.p.d.), así como los derechos hereditarios que corresponde a sus hijos Jorge Dipp Venegas, Said Dipp Venegas, Iván Dipp Venegas y Martha Dipp de Niño, quienes cedieron sus derechos hereditarios a la señora Manuela Vanegas Guevara, a través de Escritura Pública número siete de Cesión de Derechos Hereditarios.

Interesados oponerse término de legal.

Dado Juzgado Cuarto Civil de Distrito. Managua, veintiocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Dr. Medardo Mendoza Yescas, Juez Civil de Distrito de Managua, Johanna Pérez V., Sria.

Reg. No. 6764- M. 246734 - Valor C$ 60.00

La doctora IVETTE ALEMAN DELGADO, como apoderada General Judicial de las señoras: Daysi del Carmen y Cristina de los Angeles Lanuza Melendez, solicita se les declare a su representa-das herederas universales de todos los bienes que al fallecer dejara la señora Elida Socorro Melendez Quintero,especialmente de la

tercera parte indivisa que correspondía a la causante del inmueble consistente en un lote de terreno ubicado en el Barrio «San Cristó-bal» de esta ciudad, identificado con el número veintisiete (27), con una extensión de trescientas veintisiete varas cuadradas con treinta centésimas de varas cuadradas (327.30 vrs.2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Lote del señor Pío Castellón ; SUR: Iglesia de San Cristóbal, calle de por medio; ESTE: Lote de Ricardo Rojas; y OESTE: Lote de Pío Castellón Castellón, inscrito con el número sesenta y un mil seiscientos noventa y cuatro (61694), folios ochenta y uno y ochenta y dos (81,82), Torno: Novecientos setenta y cinco (CMLXXV),asiento primero (1°) Columna de Ins-cripciones, sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro Público de este Departamento .

Interesados opónganse dentro del término legal de ocho días.

Dado en el Juzgado Quinto Civil de Distrito de Managua, a los dieciséis días del mes de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- Lic. Ana Clememcia Corea Ocón, Juez Quinto Civil de Distrito de Managua.

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