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435.726 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

VICEPRESIDENCIA SECTORIAL DE ECONOMÍA

REPÚ BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA V IC EP R ESID EN C IA SEC TO R IA L DE ECONOMÍA

CARACAS, 08 DE MAYO DE 2017 RESO LUCIÓN N°. V SE-005-17

AÑOS 206°, 158° y 18°

El V icepresidente Sectoria l de Econom ía, RAMÓN AUGUSTO LOBO MORENO, titu la r de la cédula de identidad N° V -9 .4 7 2 .4 8 5 , designado m ediante Decreto N“ 2 .6 5 2 , publicado en G aceta Oficial de la República Bo livariana de Venezuela N° 4 1 .0 67 de fecha 04 de Enero de 2017 , en e je rc id o de las atribuciones conferidas en los artícu los 49 y 5 0 , num eral 16 del Decreto con Rango, V a lo r y Fuerza de Ley O rgánica de la Adm inistración Púb lica, publicado en la Gaceta O fitia l de la República Bolivariana de Venezuela N° 6 .14 7 Extraord inario , de fe ch a 17 de noviem bre de 2014 , en concordando con lo dispuesto en el artícu lo 29 num eral 6 de la Ley del Estatuto de la Fund ón Pública.

RESU ELV E

P RIM ERO : D esignar al ciudadano ALEXANDER SARM IENTO MORENO, titu lar de la cédula de Identidad N° V -9 .378 .085 , D irector General de Proyectos Estratég icos y Em blem áticos (E ) , adscrito a la Vicepresidencia Sectoria l de Econom ía a partir del 09 de M ayo de 2017.

SEG UN D O: El prenom brado ciudadano e je rcerá las fu nd ones e stab lecidas en el artículo 17 del Decreto N° 1 .898 , de fecha 16 de ju lio de 2015 , mediante el cual se d icta el Reglam ento Orgánico de la V icepresidencia Sectoria l para Econom ía y F inanzas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bo livariana de Venezuela N° 6 .191 Extraord inario de la m ism a fecha .

T ER C E R O : De igual fo rm a, se delega en el ciudadano ALEXAN D ER SARM IEN TO MORENO las siguientes atribuciones:

1 . - Desarro llar m ecanism os para el seguim iento a la e jecución de m edias y decisiones adoptadas en Consejo de M inistros y M inistras Revolucionarios del Gobierno Bolivariano por parte de los m in isterios del poder popular y aque llas de naturaleza juríd ica con adscripción operativa y funciona), coordinados por la V icepresidencia Secto ria l.

2 . - A nalizar la e jecución de las actuac iones p uestas eri m archa desde los d iferentes m in isterios y aquellas de natu ra leza juríd ica con adscripción operativa y funcional, bajo la coordinación de la V icepresidencia Sectorial en cum plim iento de las decisiones em anad as del Conse jo de Ministro y M inistras Revolucionarios del Gobierno Bo livariano y p resentar inform es periódicos de ello al V icepresidente o a la V icepresidenta Secto ria l.

3 . - E fectuar e l seguim iento a aquellos proyectos que tengan re levancia en í^las á reas prioritarias del desarro llo de la Nación a cargo de los m inisterios ,$ je l poder popular y aquellas de natu ra leza ju ríd ica con adscripción operativa y funcional, bajo la coordinación de la V icepresidencia Sectoria l para Economía y F inanzas.

4 . - Participar en la determ inación de criterio s para priorizar la aprobación y aplicación de recursos del sector y e laborar las p ropuestas y las recom endaciones correspondientes.

5 . - Eva luar y fo rm ular recom endaciones sobre el desarro llo de p lanes y proyectos em blem áticos en atención a los lincam ientos y políticas dictadas conform e a la p lanificación centralizada, que garanticen un im pacto positivo

' en ia consolidación, desarrollo y fortalecim iento de la econom ía nacional.

6 . - Las d em ás funciones que le confieren las leyes , reglam entos, reso luciones y otros actos norm ativos en m ateria de su com petencia.

CU ARTO : De conform idad con lo d ispuesto en el últim o aparte del artículo 35 del Decreto con rango, va lo r y fuerza de Ley Orgánica de la Adm inistración Pública, el ciudadano ALEXAN D ER SARM IEN TO MORENO presentará inform es trim estra les al V icepresidente Sectoria l de Econom ía, sobre las actividades realizadas en e je rc ic io de las atribuciones que le han sido delegadas.

Q U IN TO : La presente Resolución en trará eÁ v igencia a partir de la fecha de su publicación en la G aceta Oficial de la República de Venezuela .

/|R A rtfiN Y w M jS T O LOBObWjftENO V IC ® P I^ 8 t i^ T ^ E C T O E -W Ú D E ECONOMIA

D e s ig n io publicado en G acstaOficial de la R d p ú b ^ ^ ^ íw ía n a j de Venezuela N° 41 .0 67 de fecha 04 de

v á ^Pnr0 2017\ DESPACHO / /

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES,

JUSTICIA Y PAZREPÚ BLICA BO LIVA RIAN A DE VENEZUELA UN IVERSID A D NACIONAL EXPERIM EN TAL

DE LA SEG U R ID A D (UN ES)CONSEJO U N IV ER SITA R IO

206°, 157° y 17»

Acuerdo N° 0000243 C aracas, 31 de enero de 2017

El Consejo U n iversitario de la U niversidad Nacional Experim enta l de la

Seguridad (U N E S ), en uso de la atribución conten ida en el num eral 15 del

Artículo 18, del Reglam ento de O rganización y Funcionam iento de la

Universidad Nacional Experim enta l d e la Seguridad (U N E S ), publicado en la

Gaceta Oficial de la República Bo livariana de Venezuela N° 3 9 .6 02 de fecha

25 de enero de 2011 , re im preso en la Gaceta Oficial de la República

Bo livariana de Venezuela N° 3 9 .6 2 0 de fecha 21 de febrero de 2011 ,

concatenado con lo establecido en el Artículo 8 del Decreto N° 6 .6 1 6 de

fecha 10 de febrero de 2 .0 0 9 , publicado en la G aceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N ° 3 9 .1 2 0 de fecha 13 de febrero de 2 .0 0 9 ,

reim preso en la Gaceta O ficial de la República Bo livariana de Venezuela N°

39 .2 28 de fecha 27 de ju lio de 2 .0 0 9 , en consonancia con lo establecido en

el Artículo 109 de la Constitución de la República Bo livariana de Venezuela y

el num eral 2 del Artículo 9 de la Ley de U niversidades.

CONSIDERANDOQue el artícu lo 18 del reg lam ento de organización y funcionam iento de la

Universidad Nacional Experim enta l de la Seguridad (U N E S ), publicado en la

Gaceta O ficial de la República Bo livariana de Venezuela N° 3 9 .6 02 de fecha

26 de enero del 2011 , re im preso en la Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela N ° 39620 de fecha 21 de feb rero del 2011 ,

establecido en su num eral 12 , com o una de las atribuciones del ConsejoUniversitario , designar a la com isión de contrataciones de la Universidad

Nacional Experim ental de la Seguridad.

ACUERDA

Artículo 1. D esignar con ca rác te r perm anente la Com isión de

Contrataciones de la U niversidad Nacional Experim ental de la Seguridad

(U N ES), encargada de d irig ir la s actuaciones re lativas a los procesos de

selección de con tratistas para la e jecución de obras, adquisición de bienes y

prestación de se rv ic io s; cuya actuación se regirá por las d isposiciones

consagradas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas y su Reg lam ento, a s í com o por todos los

instrum entos legales y sub legales que regulen la m ateria .

Artículo 2. La Comisión de Contrataciones estará conform ada por tres (0 3 )

Miembros Principales y tre s (0 3 ) M iem bros Suplentes, responsab les del Área

Legal, Área Técn ica y Área Económ ica-Financiera , respectivam ente ; a s í

com o por una (0 1 ) Secre taria y su respectiva Sup lente , con derecho a voz

m ás no a voto , quedando integrada de la s iguiente m anera :

' " M 'h S & t t A á Ufe k ’C C íe S ú r

'í í& L tá ir iLí í f l S Y f P i ’Y'£$@ U J0 Q$

LEGAL JO S É ANTONIO R O D RÍG U EZ V -5 .3 11 .51 6 R O B ER T N EIV

U Ñ A R ES¡ v-

12 .953 .547ECONÓMICAFIN AN CIERA YURAIM A DÍAZ V -14 .566 .432 LIN IU SKA

GONZÁLEZV-

6 .44 4 .505TÉCN ICA YOSM IRA

FERNÁN DEZ V - l l .1 6 1 .7 4 7 ED Y JH O A N A PORRAS

V-18 .879 .628

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.727

A r t íc u lo 3 . Se designa com o Secre taria de la Comisión de Contrataciones,

a la c iudadana KARLA ALEXANDRA CO RCO VA U R IEP E R O , titu la r de la

cédula de identidad N ° V -1 8 .9 6 7 .1 5 9 , y com o Secre taria Suplente a la

ciudadana M ARÍA ELEN A PADRÓN R EQ U EN A , titu lar de la cédula de identidad N° V -1 7 .2 72 .25 4 , quienes actuarán con derecho a voz , m ás no a

voto.

A r t íc u lo 4 . La Com isión de Contrataciones tendrá la s siguientes

atribuciones:

1. Convocar previa solicitud de la unidad con tratante o usuaria , a la

ap ertura del proceso de contratación respectivo , de acuerdo a la

disponibilidad p resupuestaria y el n ivel de contratación requerido.

2 . Recibir, ab rir, ana lizar, d irecta o ind irectam ente a trav é s de un grupo

evaluador ¡nterdiscip linario , los docum entos re lativos a la calificación de

los o fe ren tes , e xam in ar, e va luar y com p arar las o fertas recib idas, según

aplique la m odalidad de contratación .

3 . Verificar o hacer que se verifique la inscripción de los o ferentes en ei

Registro Nacional de Contratistas.

4 . Apoyar la s políticas del Estado para fom entar la prom oción de la

pequeña y m ediana industria , cooperativas y otras fo rm as asociativas,

a s í com o la producción nacional y la utilización del financiam iento .

5. Asegurar la transparencia adm in istra tivas de los procesos de

contratación.

6 . Participar, p lan ificar y e jecutar la s m odalidades de selección de

contratistas para esta Universidad Nacional Experim enta l de la Seguridad

(U N ES) y constatar que los procedim ientos de contratación se realicen

de conform idad con lo estab lecido en la Ley , a s í com o con las

no rm ativas in te rnas de la U niversidad Nacional Experim enta l de la

Seguridad (U N ES) y cualqu ier otra disposición que regule la m ateria .

7 . E laborar el Cronogram a de Ejecución de acto s de recepción de los sobres

y su ap ertu ra , según la modalidad a ap licar, y v e la r por el cum plim iento

de los p lazos establecidos para la e jecución de las d iferentes

m odalidades de contratación.

8. E laborar, rev isa r y aprobar los pliegos de condiciones y d iscutir las

recom endaciones fo rm uladas por la s d iferentes á re as si fu e re e l caso , an tes de su respectiva publicación. Las observaciones fo rm uladas por la

Com isión de Contrataciones tendrán carácte r v incu lante .

9 . Considerar y em itir recom endación sobre el régim en legal ap licable , la

estrateg ia de contratación adoptada, la m odalidad de selección de

con tratistas, parám etros, ponderaciones y criterio ; de selección de

o ferentes y evaluación de o fe rtas , el com prom iso de responsabilidad

social, y sobre cualqu ier otra propuesta que le presente la Unidad

Usuaria o la Unidad Contratante .10. Calificar y d escalificar o ferentes o rechazar o fertas, según el caso , que

no cum plan con los requisitos o condiciones e stab lecidas en el pliego de

condiciones, o que sean inadecuadas a los fines del órgano o ente

contratante .

11. D eterm inar, visto el inform e del grupo evaluador, las o fertas que en

form a in tegra l, resu lten m ás favo rab le s a los in tereses de la Universidad

Nacional Experim ental de la Seguridad (U N ES), de conform idad con los

requisitos establecidos en el pliego de condiciones, em itiendo la

recom endación consiguiente.

12. Considerar y aprobar los inform es de recom endación por Consu ltas de

Precios, que deriven de un Concurso Cerrado que haya sido declarado

desierto , o en las contrataciones efectuad as en el m arco de planes

excepcionales que por su cuantía superen las cinco mil unidades

tributarias (5 .0 0 0 U .T .) , para adquisición de bienes, d iez mil unidades

tributarias (1 0 .0 0 0 U .T ) para prestación de serv icios y veinte mil

unidades (20 .0 0 0 U .T ) para la e jecución de obras.

13. Considerar y opinar acerca del acto m otivado que se som eta a la

m áxim a autoridad de la U niversidad Nacional Experim enta l de la

Seguridad (U N E S ), para proceder por Contratación Directa com o

modalidad excepcional de selección de Contratistas, en especial las

razones que justifican el uso de d icha m odalidad, el fundam ento legal, la

contratista seleccionada y las v en ta ja s e stratég icas, operacionales o adm in istrativas para d icha selección .

14. Decidir los recursos de reconsideración interpuestos por los o ferentes

en contra de las decisiones de descalificación para partic ipar en una

determ inada m odalidad de selección de Co ntratistas , con la asesoría de

la Consu ltaría ju ríd ica de la U niversidad Nacional Experim enta l de la

Seguridad (U N E S ).

15. Conocer y recom endar la s propuestas d e m odificaciones en los

contratos conform e a lo estab lecido en la Ley de Contrataciones

Públicas.

16. Conocer y recom endar las variacion es en los precios estab lecidos en

el contrato , en los caso s que le corresponda conocer o que sea solicitado

por la Unidad U suaria o Unidad Contratante .

17. Aprobar el c ie rre del con trato y la eva luación sobre la actuación o

desem peño del contratista , en el sum in istro de b ienes, p restación de

serv icios y la e jecución de ob ras de con trataciones que hayan sido

recom endadas por la Com isión , an tes de su envío al Se rv ic io Nacional de

Contrataciones.

18. Rem itir a la unidad de Auditoría In terna del órgano o ente contratante

ios casos que, producto de la eva luación de actuación o desem peño del

contratista , p resente sup uesto s que puedan g en era r averiguación

adm in istrativa para determ inación de responsab ilidades y

estab lecim iento de la s sanciones correspond ientes.

19. Conocer y em itir recom endación acerca de la adquisición de b ienes,

prestación de se rv id o s y e jecud ón de ob ras , destinados a proyectos

socia les, ap licando los recursos finan cie ros p roven ientes derivados de los

Com prom isos de Responsabilidad Social que asum en los C o n tratistas.

20. E je rcer cualqu ier otra que le seña le la leg islación ap licable y las

norm as in te rnas de la U niversidad Nacional Experim enta l de la Seguridad

(U N ES).

A r t ic u lo 5 . La Comisión de C o ntratado nes se constitu irá vá lid am ente con

la p resencia de la m ayoría de su s m iem bros p rincipales o de su s respectivos

sup lentes y su s decisiones se tom arán con el voto favo rab le d e la m ayoría .

A r t íc u lo 6 . La Comisión de C o ntratado nes podrá nom brar sub-com isiones para eva luar aspectos técn icos dependiendo de la com plejidad del caso .

A r t íc u lo 7 . La Comisión de Contrataciones designada, deberá cum plir con

las ob ligadones que le son propias conform e a la Ley que regula la m ateria

y velará por su estricto cum plim iento .

A r t íc u lo 8 . De conform idad con lo estab lecido en el artículo 15 del

Reglam ento de la Ley de Contrataciones Púb licas, la designación de los

funcionarios an tes m encionados deberá pub licarse en la Gaceta O ficial de la

República Bolivariana de Venezuela .

A r t íc u lo 9 . Los m iem bros perm anentes de la Com isión de Contrataciones

que por e ste instrum ento han sido designados e je rcerán sus atribuciones y

com petencias dando fiel cum plim iento a lo establecido en la Ley de

Contrataciones Públicas y su Reg lam ento.

A r t íc u lo 1 0 . El presente acuerdo en trará en vigencia a partir de su

publicación en la Gaceta U n iversitaria , de conformidad con lo previsto en el

artículo 72 de la Ley O rgánica de Procedim ientos Adm in istrativos.

435.728 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

Dado f rm ado y sellado en el salón de sesiones del Consejo U niversitario de

la Universidad Nacional Experim ental de la Seguridad en la dud ad de

caracas a los 31 d ías del m es enero de 2017 ano s 2 0 6 ° 157° 17°.

Com uniqúese y Publíquese,

RONALD JO SÉ BLANCO LA CRUcu jRector I , ¿ j f c ú jDesignado según Decreto N° 727 del.07 r i ¡Iíero 2014

G aceta Oficial N ° 40 .3 28 de fecha C7 de'-^per^Ce ¿ 1 4

D A ISY S O F ÍA R O D R ÍG U EZ U GU ETO

V ice rre c to ra de D e sa rro llo A cad ém ico

D esig nad o seg ú n R eso lu c ió n R ecto ra l N ° 0 0 0 0 8 4 -2 0 1 6 d e fe c h a 13 de

Abril de 2 0 1 6

^ s c ju c l

NANCY COROM OTO G A R C ÍA CA STELLA N OV icerrec to ra de C reac ió n In te le c tu a l y V incu lac ió n Socia l

D e sig nad a seg ún R eso luc ión R ecto ra l N ° 0 0 0 0 8 5 -2 0 1 6 d e fe ch a 13 de

Ab ril de 2 0 1 6

JO S E L U IS G A R C IA P IN TOS e c re ta rio

Designado seg ún R eso luc ión R ecto ra l N °N °0 0 0 0 3 4 -2 0 1 5 del 26 de

feb rero de 2 0 1 5 .

JE S U S O SW ALDO ESCO BA RR ep re se n tan te del M in istro del P od er Po p u la r para R e la c io n e s In te r io re s ,

Ju stic ia y Paz.

D esignado seg ún oficio N° 0671

REPUBLICA BOLIVARIAN A DE VENEZUELA M IN ISTER IO DEL PODER POPULAR PARA

RELACIO N ES IN TER IO R ES , JU ST IC IA Y PAZ S ER V IC IO AUTÓNOMO DE R EG ISTR O S Y NOTARÍAS

207°, 158° y 18°

! PRO VID EN CIA ADM IN ISTRA TIVA N° ~ 0 6 6 5 "i

Caracas , 12 HATO 2017

Quien suscribe, NELSON JO SÉ GARCÍA, Director General (E ) del Servicio Autónomo de Registros y Notarías, nombrado a través del Decreto Presidencial N° 1 ,979 de fecha 04 de Septiem bre de 2015 , publicado en Gaceta Oficial de la República Bo livariana de Venezuela N° 6 .19 5 , Extraordinarioj de la m ism a fecha , en e jercicio de la delegación de las atribuciones y| firm as de los actos y docum entos conten ida en el Artículo 1, num eral 1 ° , eje la Resolución N° 162, de fecha 09 de Septiem bre de 2015, publicada en j Gaceta O ficial de la República Bo livariana de Venezuela N° 40 .743 , dé fecha 10 de Sepüem bre de 2015 , en atención a lo d ispuesto en el numera) 10 del artículo 5 de la Resolución N ° 31 de fecha 24 de Febrero de 2|011, reim presa por e rror m ateria l en Gaceta Oficial de la República Boljvariana de Venezuela N° 3 9 .6 6 7 , de fecha 05 de Mayo de 2011 contentjva de la Estructura O rganizativa y Funcional del Servicio Autónomo de R eg istres y Notarías, conform e a lo previsto en los artículos 12 y 15 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Registros y del Notariado, publicado en G aceta Oficial de la República Bo livariana de Venezuela N° 6 .1 5 6 , Extraord inario de fecha 19 de Noviembre de 2014, y según Punto de Cuenta N° 028 , de fecha 13 de Marzo de 2017 , aprobado por el Ministro del Poder Popular para Relaciones In terio res , Ju stic ia y Paz, procedo a DESIGNAR al ciudadano D A N IEL ALBERTO LONGA JIM EN EZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.350 .019 , como REG ISTRA DO R en calidad de ENCARGADO, adscrito al REG ISTRO PÚBLICO CÍEL PRIM ER C IR C U ITO M U N ICIP IO LIBERTADOR, D ISTR IT O CAPITAL (OFICIÓLA 214) del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SA REN ).

"Comuniques^ y publíquese"

Director General (E) delDecreto Presidencial N° 1.3

de la República Bolívar ana

ARCIAEcónomo de Registros y Notarías (SAREN)Septiembre de 2015, publicado en Gaceta Oficial

fFuela N° 6.195 Extraordinario de la misma fecha.

Vocero del Perso na l D o cen teDesignado según Acta de Ju ram entación de los voceros del Consejo

U niversitario de la Universidad Nacional Experim enta l de la Seguridad N°

0001 del 08 de m ayo de 2013 .

JO S É G R EG O R IO C A S T ILLOVocero A d m in istra tivo-O b rero

Designado según A cta de Ju ram e n tac ió n d e los vo cero s del C o nse jo

U n ive rs ita r io de la U nivers id ad N acional Exp e rim en ta l d e la Seg urid ad del

24 de sep tiem b re de 2 0 1 4 .

¡REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA i M IN ISTER IO DEL PODER POPULAR PARA RELACIO N ES IN TER IO R ES, JU ST IC IA Y PAZ

SER V IC IO AUTÓNOMO DE R EG ISTRO S Y NOTARÍAS207°, 158° y 18°

PROVIDEN CIA ADM IN ISTRATIVA N 4T0 6 6 6 *

Caracas , 22 JUlfff 2017

Quien susci Servicio A l|i Decreto Pi publicado 6 .19 5 , E x tra las atribuci Artículo 1, Septiem bre Bolivariana en atención N° 31 de ft Gaceta Ofiqi. fecha 05 Funcional previsto en Ley de

ribe, NELSON JO SÉ GARCÍA, Director General (E ) del tónomo de Registros y Notarías, nombrado a través del

'rpsidenciaIN0 1 .979 de fecha 04 de Septiem bre de 2015, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°

lordinario de la m ism a fecha , en e jercicio de la delegación de in es y firm as de los actos y docum entos contenida en el num eral 1 ° , de la Resolución N ° 162, de fecha 09 de de 2015, publicada en Gaceta Oficial de la República

de Venezuela N° 4 0 .7 4 3 , de fecha 10 de Septiem bre de 2015, a lo dispuesto en el num eral 10 del artículo 5 de la Resolución

■$cha 24 de Febrero de 2011 , re im presa por error m aterial en ial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39 .667 , de

Mayo de 2011 contentiva de la Estructura O rganizativa y Servicio Autónomo de Reg istros y Notarías, conform e a lo

los artículos 12 y 15 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de stros y del Notariado, publicado en Gaceta Oficial de laRegí:

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.729

República Ejolivariana de Venezuela N ° 6 .1 5 6 , Extraord inario de fecha 19 de Noviembre de 2014, y según Punto de Cuenta N“ 038 , de fecha 05 de Mayo de 2017 , aprobado por el Ministro del Poder Popular para Relaciones In terio res , Ju stic ia y Paz, procedo a D ESIGN AR al ciudadano BIRDANY ARNULFO CONTRERAS MARIN, titu lar de la cédula de identidad N° V-17.057 .1S1 , com o NOTARIO, adscrito a la NOTARIA PÚBLICA D É C IM S ^ O C T A V A DE CARACAS M UNICIPIO (O FIC IN A 0 2 5 )yS íf l£ iS és '.''C io Autónomo de Registros y Notarías (SA REN ).

"Comuniques^ y publíquese"

Director General (EDecreto Presidepciai N° f

N OOSE GARCIAAutónomo de Registros y Notarías (SAREN)

de Septiembre de 2015, publicado en Gaceta Oficia!de la República Boiivariana de Venezuela N° 6.195 Extraordinario de la misma fecha.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y FINANZAS

REPÚ BLICA BOLIVARIAN A DE VENEZUELA M IN ISTER IO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y FINANZAS

DESPACHO D EL M IN ISTRO

NȆ 5 2

Caracas, 2 6 «,ty 3B17

confieren el artículo 78 numeral 19 del Decreto N° 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre de 2014, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 numeral 20 del Decreto N“ 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Boiivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Boiivariana de Venezuela Extraordinaria Nc 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, habida consideración del artículo 17 del Decreto N° 2.174 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, publicado en la Gaceta Oficial de la República Boiivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.210 de fecha 30 de diciembre de 2015, y lo señalado en los artículos 47 y 51 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 del Decreto N“ 1.410 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley Contra la Corrupción, publicado en la Gaoeta Oficial de la República Boiivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.1S5 de fecha 19 de noviembre de 2014,

R ES U ELV E \

UNICO: Designar a partir del 25 de abril de 20 17 ,.a la Mayor DARKIS YUSBEY MANZANEDA CANCHICA, C .I. N° 12.816.398, eomp responsable del manejo- de los Fondos de Funcionam iento (Partidas 4,G2‘y-4 .03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada sin firm a, CENTRO DEíOUCAC^ÓN IN IC IA L BASE AÉREA "EL LIBERTADOR", Código N° 04433.

Comuniqúese y publiques^'.Por el Ejecutivo Nacional,

«DIM IR PADRINO,Ld. _ _ _ General en Jefe

Ministro del Poder Popular para la Defensa

207°, 158° y 18“

RESOLUCIÓN

El Ministro del Poder Popular de Econom ía y F inanzas, designado m ediante Decreto N° 2 .652 de fecha 04 de enero de 2017 , publicado en la Gaceta Oficial de la República Boiivariana de Venezuela N° 41 .067 de la misma fecha , en e je rc ic io de la atribuciones que le confiere lo dispuesto en los num erales, 2 , 19 y 27 del artículo 78 del Decreto N“ 1.424 con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Adm inistración Pública, en concordancia con lo establecido en el num eral 2 del artículo 5, segundo aparte del artículo 19 y num eral 6 del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, designa al ciudadano B IL L B E IK ER ALMAO CALANCHE, titu lar de la cédula de identidad N ° V- 15.369.774, com o Director -en calidad de Encargado-, de la D irección de Recursos Flum anos adscrita a la D irecdón General de Adm inistración de la Oficina Nacional de Crédito Público, a partir del 07 de abril de 2017 .

Com uniqúese y Publíquese,

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

R EP Ú B LIC A BO LIVA RIA N A DE V EN EZU ELA M IN IS T E R IO D EL PO D ER PO PU LA R PARA LA DEFEN SA

DESPACHO D EL M IN ISTR O

Caracas, 19MAY2017

RESOLUCIÓN NQ 019051207“, 158“ y 18“

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JE F E VLADIMIR PADRINO LÓPE2, nombrado mediante Decreto N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Boiivariana de Venezuela ND 40 .526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le

REPÚ BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAM IN ISTER IO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

DESPACHO DEL M IN ISTR OCaracas, 22MAY2017

207“, 158° y 18“RESOLUCIÓN N° 019093

El Ministro del Poder Popular para la Defensa, GENERAL EN JEFE VLADIMIR PADRINO LÓPEZ, designado mediante Decreto Presidencial N° 1.346 de fecha 24 de octubre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Boiivariana de Venezuela N° 40.526 de fecha 24 de octubre de 2014, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 78 numeral 3 ; en concordancia con el contenido de ios artículos 38 y 40 del Decreto N“ 1.424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 17 de noviembre-de-2014, en conoordada relación con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 numeral 4 del Decreto N“ 1.439 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacionai Boiivariana, publicado en la Gaceta Oficial de la República Boiivariana de Venezuela Extraordinaria N° 6.156 de fecha 19 de noviembre de 2014, y vista la solicitud presentada por la Almirante ELISA AMELIA D I 71ZIO ARIAS, Viceministra de Educación para la Defensa mediante Punto de Cuenta N° VMED-090 de fecha 11 de mayo de 2017,

RESUELVEPRIMERO: A los fines de garantizar una educación de calidad para asegurar el cumplimiento de la defensa militar y vista la necesidad de efectuar ampliaciones en los centros de educación inicial, a fin de mejorar sus instalaciones, aumentar la matrícula y así prestar bienestar al personal militar y civil e incrementar el apresto del eje educativo; además del fortalecimiento ético y moral del personal como parte de la nueva estructura establecida en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Boiivariana, se considera como estrategia más conveniente para la ejecución de obra, ENCOMENDAR a la Empresa del Estado "CONSTRUCTORA IPSFA, C.A", ente adscrito a este Ministerio y en función del objeto para el cual fue constituida, la procura de la obra y realización de las actividades que se mencionan a continuación, la cual seré ejecutada en el "MATERNAL SANTIAGO MARINO", ubicado en el Fuerte T iuna, aoscritoal Vlceministerio de Educación para la Defensa:

- CONSTRUCCIÓN DE UN (01) AULA.£Ó$EnGUA EN EL MATERNAL SANTIAGO MARINO, ubicado en el Fuerte Tiuna, adscrito al Vicemlnisterio de Educación para la Defensa, con una asignación de recursos hasta por un monto de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 100.000.000,00) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado

SEGUNDO: La obra antes descrita constituye el objeto de la presente Encomienda de Gestión asignada a la Empresa del Estado "CONSTRUCTORA IPSFA, C.A" para lo cual dispondrá de un monto total de CIEN MILLONES DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 100.000.000,00) incluyendo el Impuesto al Valor

435.730 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

Agregado (IVA ) y deberá efectuar la procura de la misma en ur^^jafd máximo de dieciséis (16) semanas, contados a partir de la publicación en Gaceta Oficial de lá presente Resolución.

TERCERO: Para la ejecución de la presente Encomienda de Gestión, la Empresa del Estado "CONSTRUCTORA IPSFA, C A ”, deberá cumplir con las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloria General de la República y Sistema Nacional de Control Fiscal, con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento y demás procesos administrativos correspondientes.

El Ministro del Poder Popular para la Defensa podrá dlsaecionalmente, firmar los actos y documentos delegados en la presente Resolución.

Cl IARTO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,

CIENCIA Y TECNOLOGÍAR EP Ú B LIC A BO LIVA RIAN A DE V EN EZ U ELA

M IN ISTERIO D E L PO D ER PO PU LA R PARA LA ED U CACIÓ N U N IVERSITA RIA , C IEN CIA Y TECN O LO G ÍA

D ESPA CH O D EL M IN ISTRO

FECH A : 24/05/2017 ' ' ' t ■ N ” 072t - ‘ •> •’í f i í í Y

2 0 ?* , 158» y 18»

A R TICU LO 2 : E l C o n se jo D ire c t iv o P ro v is io n a l e je rc e rá d e fo rm a co le g ia d a la a u to rid a d a c a d é m ic a y a d m in is t ra t iv a d e la u n iv e rs id a d , h a s ta ta n to s e a p ro m u lg ad o e l R e g la m e n to d e O rg a n iz a c ió n y F u n c io n a m ie n to .

A R TÍCU LO 3 : L a s c iu d a d a n a s y c iu d a d a n o s d e s ig n a d o s m e d ia n te ia p re s e n te R e so lu c ió n , e n m a rc a ra n s u s a c tu a c io n e s , d e n tro de lo e s ta b le c id o e n la C o n st itu c ió n d e la. R e p ú b lica B o liv a r ia n a de V e n e z u e la , y d e m á s L e y e s ; y re n d irá n c q e p ta de s u s a c tu a c io n e s a l M in is tro o M in is tra de l P o d er P o p u la r p a ja y á E d u c a c ió n U n iv e rs ita r ia , C ie n c ia y Tecn o lo g ía e n lo s té rm in o s y c o n d ic io n e s q u e d e te rm in e la Ley .

A rtícu lo 4: S e d e ja s in e fe c to la R e so lu c ió n N® 5 1 8 de fe c h a 01 d e Ju lio d e 2 0 1 5 , p u b lic a d a en la G a c e ta O fic ia l d e la R e p ú b lica B o liv a r ia n a de V e n e zu e la N® 4 0 .6 9 3 d e fe c h a 0 1 de Ju lio de 2 0 1 5 .

A R TÍCU LO 5 : S e d e ja s in e fe c to la R e so lu c ió n N® 5 2 6 d e fe c h a 08 de Ju lio de 2 0 1 5 , p u b lica d a en la G a c e ta O fic ia l (Je la R e p ú b lica B o liv a r ia n a d e V e n e zu e la N® 4 0 .6 9 8 d é fe c n a 08 d é J i j j ío . ’d e 2 0 1 5 .

AR TÍCU LO 6 : S e d e ja p a rc ia lm e n te s in e fé c to la R e so lu c ió n N® 5 9 8 de fe c h a 08 d e o c tu b re d e 2 0 1 5 , p u b lic a d a en la G a c e ta O fic ia l de la R e p ú b lica B o liv a r ia n a de V e n e zu e la N® 4 0 .7 6 5 de fe c h a 13 de octu b re d e 2 0 1 5 , m a n te n ié n d o se v ig e n te e l R e sp o n sa b le d e l Á re a E s tu d ia n t il .

A R TÍCU LO 7 : La p re se n te R e so lu c ió n e n tra rá e n v ig e n c ia a p a rt ir de ia fe c h a d e s u p u b lic a c ió n en G a c e ta O fic ia l d e la R e p ú b lica B o liv a r ia n a d e V e n e zu e la .

C o m u n iq ú e se y P u b llq u e se , Por e l E je c u t iv o N acio na l

HUGBEM inistro del Poder Popular js

D ecreto N°j G ace ta O ficial

RESO LU CIÓ ND e co n fo rm id a d co n el a rt íc u lo 3 d e l D e c re to P re s id e n c ia l N® 2 .6 5 2 de fe c h a 0 4 d e e n e ro d e 2 0 1 7 , p u b lica d o e n la G a c e ta O fic ia l d e la R e p ú b lica B o liv a r ia n a d e V e n e zu e la N® 4 1 .0 6 7 d e fe c h a 0 4 d e e n e ro de 2 0 1 7 ; lo e s ta b le c id o e n los a r t íc u lo s 6 5 y 78 n u m e ra l 19 d e l D e cre to co n R an g o , V a lo r y F u e rza de L e y O rg á n ic a de la A d m in is tra c ió n P ú b lica , p u b lic a d o en la G a c e ta O fic ia l d e j la R e p ú b lic a B o liv a r ia n a de V e n e zu e la N® 6 .1 4 7 E x tra o rd in a r io d e fe ch á 'b .7 d e n o v ie m b re d e 2 0 1 4 ; e n la D isp o s ic ió n T ra n s ito r ia P r im e ra y S e c u n d a d e l D e cre to N “ 9 3 8 de fe c h a 0 2 d e m a y o d e 2 0 1 4 , p u b lic a d o en la G a c e ta O fic ia l de la R e p ú b lica d e V e n e zu e la N° 4 0 .4 Q 3 d e la m ism a fe c h a , m e d ia n te e l cu a l s e c re a la U n iv e rs id a d P o lité c n ic a T e rr ito r ia l d e l e s ta d o T ru jillo " M ARIO B R IC E Ñ O IR A G O R R Y " .

CO N SID ER A N D O

Q ue e s c o m p e te n c ia d e l M in is te rio .d e h P b d é th P o p u la r p a ra la E d u ca c ió n U n iv e rs ita r ia , C ie n c ia y T e c n q lq ó ía ,j-4 á ílf |» g u la c ió n , fo rm u la c ió n y s e g u im ie n to de p o lít ic a s , p la; 'Vfióáo?Qri 'y *Veál¡zación de la s a c t iv id a d e s d e l E je c u t iv o N ac io n a l e n m a te r ia de E d u ca c ió n U n iv e rs ita r ia , lo c u a l c o m p re n d e la o r ie n ta c ió n , p ro g ra m a c ió n , d e sa rro llo , p ro m o ció n , co o rd in a c ió n , su p e rv is ió n , c o n tro l y e v a lu a c ió n e n e s e n iv e l,

CO N SID ER A N D O

Q u e el su p re m o c o m p ro m iso , la m a y o r e f ic a c ia p o lít ica y ca lid a d re v o lu c io n a r ia en la c o n stru c c ió n dpi. S o c ia lism o y la re fu n d a c ió n de la R ep ú b lica B o liv a r ia n a de V e n e z u e la , b a sa d o s en p rin c ip io s h u m a n is ta s se s u s te n ta n en c o n d ic io n e s m o ra le sx y .in é t ic a s q u e p e rs ig u e n el d e sa rro llo d e la p a tria y de l c o le c t iv o ; e s t é D e sp a c h o M in is te r ia l,

R ESU ELV E

A R TÍCU LO 1: S e d e s ig n a el C o n se jo D ire c t iv o P ro v is io n a l de la U n iv e rs id a d P o lité cn ica T e rr ito r ia l d e l -.estado T ru jillo " M ARIO B R IC EÑ O IR A G O R R Y ", e l c u a l e s ta rá co n fo rm a d o p o r la s c iu d a d a n a s y c iu d a d a n o s q u e s e m e n c io h á B ta fC d n flA ü á c ié h P e v

NOMBRES Y APELLIDOS ^ c . í " CARGO

NINOSKA DAfUYSBETH OKTIZ RAMIREZ 14.982 430 RECTORA

LISDRELI2 DUGNEY GODOY DE 5ANTAELLA 12.722,613 SECRETARIA

OSWAI.DO JOSE ESPINOZA MANZANILLA 12.030.840 RESPONSABLE AREA ACADÉMICA

KARIOS LLICH DAVILA SAAVEDRA 16.014.924p. h -Fm

RESPONSABLE AREA TERRITORIAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,

CIENCIA Y,TECNOLOGÍAFONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

(FONACIT)

Años 206° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana

Caracas, 05 de mayo de 2017

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 015-005

DIRECTORIODEL FONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

(FONACIT)

El Directorio del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), en su Reunión Ordinaria N° 01 de fecha 05 de mayo de 2017, actuando de conformidad con la Resolución N° 159 de fecha J.7 fr»3W&&f2:0i6f emanada del Ministerio delPoder Popular para Educación UniMei^Ha;r£<S}ncia, y Tecnología, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.906 de fecha 18 de mayo de 2016, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Contrataciones Públicas conjuntamente con lo establecido en el artículo 16 de su Reglamento resuelve:

CONSIDERANDO

PRIMERO: Constituir la Comisión de Contrataciones Permanente del Fondo Nacional de Gencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), como órgano colegiado y autónomo, que ejecutará los procedimientos de selección :de contratistas, para la ejecución de obras, adjudicación de bienes muebles y la prestación de servicios.

SEGUNDO: La Comisión de Contrataciones estará integrada por tres (3) miembros principales con sus respectivos suplentes, todos funcionarlos y/o empleados de este Fondo, en la cual estarán representadas el área jurídica, la económico financiera y el á rea técn ica. • * /. *•; *

■ nw ^ *H > .,;'É ¡en rv 'TERCERO: La Comisión de Contrataciones dél FONACIT estará integrada de la siguiente manera:_____________________________________ _______________________ __________________

ÁREA MIEMBROSPRINCIPALES

CÉDULA DE IDENTIDAD

MIEMBROSSUPLENTES

CÉDULA DE IDENTIDAD

JURÍDICA Rafael Méndez V-12.499.304 Luis ñores V-T7.643.532

ECONÓMICOFINANCIERA

Mayte Briceño V-13.7I3.286 •r,,

Denil Flores V-15.586.112

TÉCNICALenin Suárez V-13.217.629 María 3. Polachini V-20.088.241

435.732 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓN VENEZOLANA DE MINERÍA, S.A.,

CELEBRADA EL DÍA 25 DE AGOSTO DE 2016

En el día de hoy veinticinco (25) de agosto de 2016, siendo las 9:00 a.m., se celebró en el vCentro Empresarial Sabana Grande, piso 13, Sala Bicentenaria, ubicado en la Avenida

ncisco Solano de la ciudad de Caracas, Distrito Capital, Venezuela, sede de la empresa i |Pt>VSA Industrial, S.A., una Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la empresa

GfORPÓRACIÓN VENEZOLANA DE MINERÍA, S.A., sociedad mercantil domiciliada la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil

Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de diciembre de 2012, quedando anotada bajo el N° 48, Tomo 86 A- RM1., siendo su última actualización mediante Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 25 de marzo de 2015, debidamente protocolizada en fecha 25 de mayo de 2015, ante el Registro antes mencionado, bajo el N° 36, Tomo - 26-A RM1. Acto seguido, se procedió a verificar el quórum de esta reunión, encontrándose presente el ciudadano ERLING PERKINS1̂ ROJAS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas y titular de la cédula de identidad N° V-6.182,49^actuando con el carácter de Presidente, según se evidencia del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 19 de noviembre de 2014, inscrita ante la precitada Oficina de Registro Mercantil en fecha 19 de enero de 2015, bajo el N° 182, Tomo 3-A SDO, de la sociedad mercantil PDVSA INDUSTRIAL, S.A, Filial de Petróleos de Venezuela, S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del estado Bolivariano de Miranda, en fecha 27 de diciembre de 2007, bajo el N° 7, Tomo 265-A SDO/siendo su última modificación estatutaria mediante Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, celebrada en fecha 24 de abril de 2015, debidamente protocolizada ante el Registro Mercantil antes indicado, en fecha 08 de octubre de 20T5, bajo el N° 52, Tomo 320-A SDO, identificada en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) con el N® J-29535597-1, Accionista Universal de la empresa Corporación Venezolana de Minería, S^A.; el ciudadano JOSÉ SALAMAT ! KHAN FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas y titular de la cédula de identidad N° V-4.348.784, actuando en su carácter de Presidente de la Junta Directiva de, la Corporación Venezolana de Minería, S.A., y la ciudadana MIRIAM Y. BIANCO M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.723.498, en su carácter de Secretaria Ad Hoc de la Asamblea de Accionistas de esta sociedad. De a

f A igual manera, se encuentran presentes, en calidad de invitados: el ciudadano ROBERTO»/ >P|lGNACIO MIRABAL ACOSTA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas

titular de la cédula de identidad N° V-12.605.647, actuando con el carácter de Ministro delx ' Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico, de conformidad con lo establecido en el

Decreto N° 2.351, de fecha 9 de junio de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de República Bolivariana de Venezuela N° 40.922, de esa misma fecha y REINALffQ \

ENRIQUE MUÑOZ PEDROZA, titular de la cédula de identidad N° V-10.llb9.426, en su carácter de Procurador General de la República (E). Encontrándose representadas el cien por ciento (100%) de las acciones que conforman el capital social de la empresa y habiendo manifestado expresamente el accionista estar de acuerdo con la agenda a tratar, se omitió el requisito de la convocatoria previa y se procedió a declarar validamente constituida la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, de conformidad con lo establecido en la Cláusula , j Décima Cuarta de los Estatutos Sociales de la empresa. En este sentido, la Secretaria jfá/5 Hoc de la Asamblea dio lectura a los Puntos que conforman el Orden del Día, siendo laV agenda del tenor siguiente: PUNTO UNICO: Decidir sobre la transferencia del cien po r/ ciento (100%) de las acciones propiedad de PDVSA Industrial, S.A.. en ia sociedad N mercantil Corporación Venezolana de Minería, S.A., a la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero y Ecológico, Acto seguido tomó la palabra el ciudadano ERLING PERKINS ROJAS CASTILLO, quien en ejercicio de la facultad conferida en el numeral 6o de la Cláusula Décima Quinta del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la sociedad, la cual otorga a PDVSA INDUSTRIAL S.A., en su condición de único accionista, la facultad de decidir sobre la venta del activo social de la empresa, y de acuerdo con lo decidido por el Comité Ejecutivo de PDVSA en su Reunión N° 2016-34 de fecha 24 de agosto de 2016, en concordancia con lo establecido en el Articulo 6® del Decreto 2.350, de fecha H de junio de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.922, de esa misma fecha, procede en este acto a transferir a la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico, la totalidad de las acciones suscritas y pagadas, las cuales representan el cien por ciento (100%) del capital social de la empresa CORPORACIÓN VENEZOLANA DE MINERÍA, S.A., conformado por DIEZ ACCIONES (10) de una misma clase, cuyo valor nominal es de CIEN MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 100.000,00) cada una de ellas, para un valor total de UN MILLÓN DE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 1.000.000,00). Seguidamente, toma la palabra el ciudadano REINALDO ENRIQUE MUÑOZ PEDROZA, en su carácter de Procurador General de la República, quien acepta plenamente la referida transferencia de acciones en beneficio de los intereses patrimoniales de la República Bolivariana de Venezuela, así mismo, el ciudadano ROBERTO

IGNACIO MIRABAL ACOSTA, intervino para señalar que asume en nombre de la./ República la representación que en el ámbito de las competencias del Despacho a su cargó; corresponden. RESUELTO: Suficientemente debatido el Punto, la Asamblea dV"" Accionistas, en ejercicio de sus facultades como órgano supremo de las decisiones de la j Empresa, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Octava del Acta Constitutiva y I Estatutos Sociales de la empresa, decidió aprobar por unanimidad, la transferencia a título gratuito a la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerií del Poderá Popular de Desarrollo Minero Ecológico, del cien por ciento (100%) de las acciones qtre ' posee PDVSA INDUSTRIAL, S.A., en la sociedad mercantil CORPORACIÓN VENEZOLANA DE MINERÍA, S.A. En tal sentido, se acuerda asentar la presente cesión en el libro dé accionistas de la empresa, a ser suscrita por los mencionados ciudadanos en su condición de representantes del cedente y del cesionario, en sujeción al mandato contenido en el Artículo 276 del Código de Comercio venezolano vigente. Tratado y aprobado como ha sido el Orden del Día, se dio por terminada la Asamblea y leída como file dicha Acta, firman en señal de conformidad. La Asamblea acordó ordenar la inscripción y publicación de la presente Acta, de conformidad con lo establecido en la legislación que

i rige la materia. También acordó, autorizar suficientemente a los ciudadanos JOHSUA iJDANIEL AÑEZ ORDOÑEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de / identidad Nro V-17.415.745, para que realice, conjunta o separadamente, todos los trámites _ _

y participaciones que sean necesarias para que el presente documento sea inscrito registrado por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estad!Zulia, y luego, debidamente publicado, pudiendo en consecuencia, firmar toda lm j V*B. documentación correspoi diente. No habiendo otro asunto que tratar, se levanto la sesión,

probaciói y firma de la presente Acta.

R E P U B L IC A B O L IV A R IA N A D E V E N E Z U E L A M IN IS T E R IO D E L P O D E R P O P U LA R D E D E S A R R O LL O M IN E R O E C O LÓ G IC O

O F IC IN A N A C IO N A L D E F IS C A L IZ A C IÓ N E IN S P E C C IÓ N M IN E R A

N» O N A FIM - 0 0 2 C a ra c a s , 18 de m a yo d e 2 0 1 7 2 0 7 ° , 1 5 8 ° y 1 8 °

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

El c iu d a d a n o H ig in io A lfre d o B e n íte z C a lza d illa , t itu la r d e la C é d u la de Id e n tid ad N ° 1 6 .0 1 2 .7 3 9 , a c tu a n d o en s u c a rá c te r d e Je fe ( E ) d e la O fic in a N acio na l d e F isc a liza c ió n e In sp e c c ió n M in e ra , d es ig n ad o m e d ia n te D e cre to N ° 2 .7 5 3 , d e fe c h a 15 de m arzo de 2 0 1 7 , p ub licado e n la G a ce ta O fic ia l d e la R e p ú b lica ¡B o liva rian a d e V e n e zu e la N ° 4 1 .1 1 4 , de e sa m ism a fe c h a , en e je rc ic io de la s co m p e te n c ia s q ue m e c o n fie re e l a rt ic u lo 9 d e l D e cre to N ° 2 .9 4 5 de fe c h a 26 d e ag o sto d e 2 0 1 6 , p ub licado en la G a c e ta O fic ia l d e la

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.733

República Bolivariana de Venezuela N° 40.975, de esa misma fecha, y según lo establecido en los artículos 19, 22 y 34, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública. MINISTERIO DEL PODER POPULAR

PARA LA ALIMENTACIÓNRESUELVE:

Artículo 1: Designar al ciudadano, RICARDO ANDRÉS TORREALBA BOLÍVAR, titular de la cédula de identidad N° V-15.420.159, como Consultor Jurídico, titular del cargo, dependiente de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera.

i i 1 '| ! I

Artículo 2: El funcionario designado ejercerá las funciones que le otorgue el reglamento interno de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera, y se le autoriza para firmar los actos y documentos que a continuación se indican:

1. Las circulares, memoranda, oficios y comunicaciones inherentes a la oficina a su cargo, dirigidas a las oficinas dependientes de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera.

2. La correspondencia inherente a la oficina a su cargo, dirigida a los funcionarios subalternos, administrativos, judiciales, municipales, de los Estados y del Distrito Capital.

¡£ ¡g V 3 . I-3 correspondencia de cualquier naturaleza inherente a su Oficina, é v í f i j en respuesta a solicitudes dirigidas a su Despacho por losr . ! w ! P a r t ic u la re s -

Artículo 3: Delegar la firma de los actos y documentos que a continuación se especifican:

1. La correspondencia extema, postal, telegráfica, teiefacsímil, física, mediante medios electrónicos, informáticos, en contestación a solicitudes dirigidas por particulares y por comunidades organizadas, sobre asuntos jurídicos y administrativos derivados de las actividades propias de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera.

2. La correspondencia dirigida a los Tribunales de la República, sin determinación decisiva, sobre asuntos de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera.

3. La certificación de las copias de los documentos cuyos originalesi reposan en el archivo de la Consultaría Jurídica o en expedientes

administrativos de fiscalizaciones e inspecciones que cursen ante Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera, a solicitud de parte interesada o de las autoridades competentes.

4. Los autos de apertura y decisiones de trámite, en ios procesos administrativos que deba decidir el Jefe de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera.

Artículo 4: El Servidor Público delegado deberá presentar mensualmente al Jefe de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera, una lista detallada de los actos y documentos que suscriba en el ejercicio de la delegación que se le otorga.

REPUBLICA BOLIVARIANA PE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

¡N 5TITU T0 NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N» 354

Caracas.24 óe Octubre de 2016

20fi", 157» V IT»

Quien suscribe. Lie. M ARILYN C I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4 892 publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley de! Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela: según lo dispuesto en el artículo 6 de ¡a le y del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarlos o Empleados de la Administración Pública Nacional, de tos Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA CE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 056 . de fecha 17 de marzo de 2015. alfa) ciudadano(a) RO SALES PEÑA M ARIA JO S E f íN A , titular de la Cédula de Identidad N° 10,617,991, quien se desempeñaba como (P I)P R O FE S IO N A L N IVELADO , adscrto(a) a la Unidad de Nutrición del Estado APURE, por cuanto laboró 26 años en la Administración Pública y tiene 46 anos de edad El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de V E IN TIC IN C O M IL DOSCIENTOS CUARENTA Y S IE T E B O LIV A R ES CON C IEC IO C H O CÉNTIM OS (B s .2 5 .2 4 7 ,1 8 ) mensuales, que equivalen al sesenta y cinco por dentó (6 5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo National vigente, así como lo establece el A rt 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado APURE, una (1) copia de la cédula de Identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal: procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

ViXfv>C) .

Sírvale firmar, colocar número de cédula y fechar en señal de notificación, Comuniqúese y publíquese

Lie. M arilyn |D i Lúea Sa’riteeJIa Directora Ejecutiva^ -

Instituto Nacional de NutriciónDesignada mediente Decreto PrestddnciaLN? 4.892, publicado en

Gaceta Oficial Nu 38.540 de fecha'LO dejje tubre de 2006.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 359

Caracas 02 de Noviembre de 2016

206®. 157® y 17»

Artículo 5: La delegación otorgada en el artículo anterior no conlleva, ni entraña la facultad de subdelegar las atribuciones delegadas.

Artículo 6: Los actos y documentos suscritos en ejercido de la delegación otorgada, deberán indicar bajo la firma del Servidor Público delegado, la fecha y el número de esta Providenda Administrativa, asi como la fecha y el número de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en la que se publique, conforme a lo establecido en los artículos 34 y 40 delDecreto con Rango, Pública.

Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración

Artículo 7: La presente Providenda Administrativa, entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuniqúese y Publíquese.

m m “mMihHIGINIO ALFREDO BENlTErCAUEADILLA

l (E) de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera' to N° 2.753 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana

de Venezuela N° 41.114 de fecha 15 de marzo de 2017.

Quien suscribe. Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA . Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribudones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto National de Nutrición. Por disposición del audadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administradón Pública Nacional, de los Estados y los MunidpiOS, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA O FICIAL el beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 057 , de fecha 02 de octubre de 2015, alfa) ciudadano(a) R IV E R O G U T IE R R E Z M ERCI G ISELA , titular de la Cédula de Identidad N° 5,560,870, quien se desempeñaba como BA CH ILLER I , adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado Z U L IA , por cuanto laboró 20 años y 29 d ias en la Administración Pública y tiene 59 año s de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de CATORCE M IL DOSCIENTOS TR E IN TA Y UN B O LIV A R ES CON C IN CUEN TA Y S IE T E CÉNTIM O S ( 8 s . l 4 .23 1 ,5 7 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA por dentó (5 0 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. £1 cual será ajustado al Sueldo Mínimo National vigente, así como lo establece el A rt 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado Z U L IA , una (1 ) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la cortstantia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para lacontinuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de Comuniqúese y publíquese

cédula y fechar en señal de notificación.

W OLie. M arilyn ¿ i Lúea Sanráelte

C i rectora Ejecutiva,Instituto Nacional de Nutrición

Designada mediante Decrete PresidenriaLN'M 892r publicado enGaceta Oficial N° 38.540 de fecha 10 de octubre de 2006.

435.734 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N» 361

Caracas.02 de Noviembre de 2016

2 0 6 ° , 157“ y 17“

Quien suscribe, Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892. publicado en la Gaceta Ofidal N° 38.540. de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribudones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutrldón. Por dlsposidón del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funtíonarios o Empleados de la Admlnlstradón Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 058, de fecha 23 de Noviembre de 2015, alfa) dudadano(a) SALAS M AGALI COROMOTO, titular de la Cédula de Identidad N° 4.924.584. quien se desempeñaba como BA C H ILLER I . adscrito(a) a la Unidad de Nutíidón del Estado BA R IN A S , por cuanto laboró 19 añ o s .02 m eses y29 d ías en la Administración Pública y tiene 59 años de edad, El monto correspondiente de la Jubilación es por la canbdad de TRECE M IL COSC1ENTOS C IN CUENTA Y OCHO B O L IV A R E S CON SETEN TA Y CINCO CÉN TIM O S (B s . 1 3 .2 5 8 ,7 5 ) mensuales, que equivalen al cuarenta y siete coma anco por ciento (4 7 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el Art 80 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M lN !Sr EP.!0 DEL PODER POPULAR PARA LA AUMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N“ 360

Ca-acas.02 de Noviembre de 2016

2 0 6 “ , 1 5 7 “ y 17“

Quien suscribe, Lie. M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4.B92, publicado en la Gaceta Ofidal N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribudones que me confiere el artículo 5. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en el articulo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutrición. Por disposidón del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 059 , de fecha 16 de octubre de 2015, al(a) dudadano(a) VELASQ U EZ B E N IT E Z FLOR M ARIA . titular de la Cédula de Identidad N° 5.075.729, quien se desempeñaba oomo BA CH ILLER I , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado SU CRE, por cuanto laboró 21 años.01 m es y29 d ias en la Administración Pública y bene 60 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de CATORCE M IL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO BO LIV A R ES CON OCHENTA Y S IE T E CÉNTIM OS (B s .1 4 ,8 4 8 ,8 7 ) mensuales, que equivalen al cincuenta y dos coma cinco por ciento (5 2 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Consbtudón de la República Bolivariana de Venezuela,

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado BAR IN AS , una (1) copia de la cédula de Identidad legible, y presentar anualmente onginal de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libre, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, cg ^ riíTO m ero de cédula y fechar en señal de notificación. Comuniqúese y p.,r..jqagse

/ ' j f ,n<5r , s j X _ _ r .¡■’ t ‘ ..- ,l|c?M ¿rllyP D i Lúea San tae lla i * ' Directora Ejecutiva.

'"'instituto Nadonal de NutíidónDesignada mediante Decreto Presidencial N® 4,892, publicado en

Gaceta Oficial ND 38.540 de fecha 10 de octubre de 2006.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado SU CRE, una ( I ) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cuaí tiene ei mismo fin iegal; procedimiento éste exigido para lacontinuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula Comuniqúese y publíquese

Lie. M arilynDirectora Ej*

Instituto NadonalDesignada mediante Decreto Presid

Gaceta Oficial N° 38.540 de “

en señal de notificación.

, publicado en e de 2006.

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N“ 353

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N“ 253

Caracas,24 de Octubre de 2016 Caracas,30 de Abril de 2016

20G®, 157®y 17® 206®. 157® y 17®

Quien suscribe, Lie, M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en el articulo 11, ordinal 11 de ia Ley del Instituto Nadonal de Nutrición. Por disposidón del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 5 de !a Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de j U BÍLACIÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP02G N° 055 , de fecha 18 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) BA ST ID A S PRADO M ARIA ANTONIA , titular de la Cédula de Identidad N° 10.988 692, quien se desempeñaba como (P I}P R O FE S IO N A L N IVELADO , adscritofa) a 5a Unidad de Nutrición del Estado CO JED ES , por cuanto laboró 24 años. 10 m eses yOO dias en la Administración Pública y tiene 45 años de edad. El monto correspondiente de la jubilación es por la cantidad de V E IN TIC U A TR O M IL CU ATRO CIEN TO S CIN CUENTA Y CINCO BO LIV A R ES CON OCHENTA Y UN CÉNTIM OS {B s .2 4 ,4 5 5 ,8 1 ) mensuales, que equivalen al SESENTA por dentó (6 0 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el A rt 80 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela.

Quien suscribe. Lie. M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutridón, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerdclo de las atribudones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de ia Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela: según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PU8UCAGÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de J U BÍLACIÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 060, de fecha 08 de octubre de 2015, al(a) ciudadano(a) RONDON MOLINA M ARIA BELEN , titular de ia Cédula de Identidad N° 8 .037 743, quien se desempeñaba como AYUDANTE DE SE R V IC IO S DE COCIN A . adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado MERID-A . por cuanto laboró 23 años, en la Administración Pública y tiene 58 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de V EIN TIU N M IL DO CIENTO S C IN CUEN TA Y UN BO LIV A R ES CON SETEN TA Y OCHO CENTIM OS (B s .2 1 .2 5 1 ,7 8 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y SIETE coma CINCO por ciento (5 7 .5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses, El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado CO JED ES , una (1) copia de ia cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago,

Sírvale firmar, colocar número de cédula Comuniqúese y publíquese

señal de notificación.

U ípdO M jLie. M arilyn Di Lucaí¡5

Directora Ejecutíy?.,Instituto Nadonal de Nútrfdón

Designada mediante Decreto Presidenci¿L,N®'4f 8 9 2 /publicado enGaceta Oficial N® 38.540 de facha 10 déuiclubre de 2006.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado MER1DA , una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de céduli Comuniqúese y publíquese

en señal de notificadón.

Lie. M arilynDirectora Ej>

Instituto Nadonal d<Designada mediante Decreto Presidei

Gaceta Oficial N° 38.540 de fecha

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.735

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N» 754

REPUSUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AUMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 25S

Caracas. 25 de Octubre de 2016

206®, 157 » y 17»

Quien suscribe, Lie. M ARILVN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892 publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que rre confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición, Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBUCACIÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 061, de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) riudadano(a) RONDON C E GONZALEZ CO R SIN IA ANDREA , titular de la Cédula de Identidad N° 4 .3 7 2 .0 0 4 , quien se desempeñaba como AYUDANTE D E S E R V IC IO S DE COCINA , adscrib ía) a la Unidad de Nutrición del Estado M IRANDA , por cuanto laboró 22 años, en la Administración Pública y tiene 61 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de V E IN TE M IL T R EC IEN TO S TR E IN TA Y CIN CO B O LIV A R ES CON TR E IN TA Y CUATRO CÉN TIM O S (B s .2 0 .3 3 5 ,3 4 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y CINCO por ciento (5 5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como to establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Caracas,25 de Octubre de 2016

206» , 157» y 17»

Quien suscribe, Lie . M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecubva del Instítuto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral S de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en e! artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de ios Fundonarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de los Estados y los Munidpios, concede a partir de la FECHA DE PUBUCACIÓN EN GACETA O FIC IAL el beneficio de J U BILACIÓ N E S P E C IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 063 , de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano!a) M ONTILLA C E HERNANDEZ IR IS DEL CARMEN, titular de la Cédula de Identídad N° 5 ,6 3 7 .4 0 0 , quien se desempeñaba como AYUDANTE DE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado T R U JIL L O , por cuanto laboró 20 años, en la Administración Pública y Sene 62 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por !a cantidad de D IEC IO CH O M IL CU ATRO CIEN TO S SESENTA BO LIV A R ES CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIM OS (B s I B .4 6 0 ,8 8 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA por ciento (5 0 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, asi como lo establece el Art, 80 de la Constítudón de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado M IRANDA , una ( l ) copla de la cédula de identídad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tíene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula Comuniqúese y publíquese

fJ O u bLie, M srilyn 'it i Lu

Directora Ejec Instituto Nacional de., ,

Designada iviodiante Decreto Presídenc , Gaceta Oficial Nu 3B.540 de fecha in

señal de nottfcadón.

publicado on tíre (le 2006,

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado T R U JILL O , una (1) copia de la cédula de identídad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tíene el mismo fin legal; procedimiento ésteexigido para la continuidad del pago, ^

Sírvate firmar, colocar número de céd u lf ig 'te & if ir^ n señal de notificación. Comuniqúese y publíquese

Lie. M arilyn ’fífi LucaaSerriíe lta ,J Directora Ej &úutíya7~ ̂ ?

Instítuto Nacional d é Nutrición ,Designada m ediante Decreto PresideneíahN» 4.UÚ2, publicado en

Gaceta Oficial N» 38.540 de focha r0k4&bFfubre de 2006.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AUMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N« 2S5

Caracas,25 de Octubre de 2016

206», 157» y 17»

Quien suscribe. Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora ^ecutíva del Instituto Nadonal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4,892, publicado en ia Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerdeio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón de) dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Le/ del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Fundonarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de los Estados y los Munidpios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N“ 062 , de fecha 13 de Agosto de 2015, alia) dudadano(a) ESCOBAR C E QUESADA GUADALUPE BERN ARDA , titular de la Cédula de Identidad N° S .6 0 2 .1 0 4 , quien se desempeñaba como AYUDAN TE CE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado M IRANDA , por cuanto laboró 19 anos, en la Administradón Pública y tiene 57 años de edad . El monto correspondiente de la Jubiiación es por ia cantidad de D EC 1S IETE M IL Q U IN IEN TO S TR E IN TA Y TRES BO LIV A R ES CON S IE T E CÉN TIM O S (B s ,1 7 .5 3 3 .0 7 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y S IETE coma CINCO por ciento (4 7 ,5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, as; como lo establece el Art. 80 de la Constitución de ia República Bolivariana de Venezuela.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M INISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N» 262

Caracas,25 de Octubre de 2016

206» , 157» y 17»

Quien suscribe. Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutridón, carácter que consta en el Decreto Presidendal NP 4.892, publicado en la Gaceta Ofidal N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribudones que me confiere ei artículo S, numeral S de la Ley dei Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Fundonarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de ios Estados y los Munidpios. concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL ei beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P E C IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 069 , de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) c>udadano(a) GUEVARA CE CARVAJAL AURA M ARGARITA , titular de la Cédula de Identidad N° 5 ,1 9 4 .5 8 6 , quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE S E R V IC IO S DE COCIN A , adscritofa) a la Unidad de Nutridón del Estado D IS T R IT O CA P ITA L , por cuanto laboró 23 años, en la Administradón Pública y tiene 64 años de edad. El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de VE IN TIU N M IL D O CIEN TO S CUARENTA Y T R E S B O LIV A R ES CON CUARENTA Y S IE T E CÉN TIM O S (B s .2 1 .2 4 3 ,4 7 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y S IETE coma CINCO por ciento (5 7 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. Ei cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado M IRANDA , una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvate firmar, colocar número de cédula \/r Comuniqúese y publíquese '•

L I C . M !Directora Eje

Instituto Nadonal de\'ftóritiéri /•'Designada mediante Decreto P resid en tí^ N » 4.84Í, publicado en

Gaceta Oficial N» 38.540 de fecha ldjd^.optutíre de 2006.

señal de notjficadón.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado D IS T R IT O CA P ITA L mente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene ei mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

sirvaie nrmar, colocar numero Ge cédula y /Comuniqúese y publíquese

Lie . M arfíyn í ji Lucft S o t a s # * fi Directora Eje

Instituto Nacional deDesignada mediante Decreto P r e s i d e n c i a p u b l i c a d o en

Gaceta Oficial Nu 38.540 de fecha K úá^ftíáabre de 2006.

435.736 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 257

Caracas.25 de Octubre de 2016

206®, 157® y 17®

Quien suscribe, Lie. M ARILYN D I LUCA 5AN TAELLA , Directora Ejecutiva det Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892. publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Publica, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal I I de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposidón del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de ¡a República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de ¡os Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA CE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 064 , de fecha 02 de Noviembre de 2015. alfa) dudadano(a) RANGEL GU ERRERO C E L IA ESTH ER . titular de la Cédula de Identidad N° 4 .4 7 1 .2 7 7 . quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE S ER V IC IO S CE COCINA , adscrlto(a) a la Unidad de Nutrición del Estado ZULJA . por cuanto laboró 23 años, en !a Administración Pública y tiene 69 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de V E IN TIU N M IL COCIEN TO S CUARENTA V CUATRO BO LIV A R ES CON OCHENTA Y CIN CO CÉN TIM O S (B s ,2 1 .2 4 4 ,8 5 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y SIETE coma CINCO por ciento (5 7 ,5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado Z U U A mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, A locar-Ternero de cédula y fechar en señal de notificación. Comuniqúese y publíquese '

: . í t o a p l'W o* :;s¿33<f. NfarilyrtiDi Lúea San tae lla

-jt - , ̂ /Directora Ej ecutiva.\ ^ístitXito Nadonal de Nutrición

Designada. Decreto Presidencia] N® 4.892, publicado enG aceta’OíiefcC N® 38.540 de fecha 10 de octubre de 2006.

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 259

Caracas.25 de Octubre de 2016

206», 157» y 17»

Quien suscribe, L ie . M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva de) Instituto Nadonal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutrición, Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de ¡os Funcionarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P E C IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 066 , de fecha 02 de Noviembre de 2015, al(a) ciudadano(a) M ORALES POLANCO NELLY M ARGARITA , btular de la Cédula de Identidad N° 5 .8 4 7 .5 2 6 , quien se desempeñaba como AYUDANTE DE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad deNutíidón del Estado Z U U A , por cuanto laboró 19 años, en la Administradón Pública y tiene 66 años de edad, El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de D IE C IS IE T E M IL Q U IN IEN TO S SESEN TA Y DOS B O LIV A R ES CON T R E IN TA Y CUATRO CÉN TIM O S (B s , 17 ,5 6 2 ,3 4 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y SIETE coma CINCO por ciento (4 7 ,5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art, 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado Z U U A mente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para ia continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula en señal de notificación.Comuniqúese y publíquese

Lie . M a rily n iJ i L U c ^ S a ^ e JU j ,Directora Eje^utiváh^' ¡f

Instituto Nadonal d&flutridójy /Designada m ediante Decreto P r e s i N $ * 4 v 8 Ó 2 , publicado en

Gaceta Oficial N® 38.540 de F e c h a H ^ ^ ^ p ó ib re de 2006.

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 2S8

Caracas,25 de Octubre de 2016

206®, 157® y 17»

Quien suscribe, Lie . M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutridón, carácter que consta en el Decreto Presidenaal Nc 4.892, publicado en la Gaceta Ofitial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribuaones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL el benefide de JU B ILA C IÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N ° 065. de fecha 04 de Noviembre de 2015, alfa) ciudadano(a) PARED ES PARRA CARMEN ZO RAIDA , titular de la Cédula de Identidad N° 8 .1 3 3 .4 2 0 , quien se desempeñaba como AYUDANTE CE S E R V IC IO S DE COCIN A , adscrib ía) a la Unidad de Nutridón cel Estado M ER IC A , por cuanto laboró 20 años, en la Administradón Pública y tiene 60 años de edad. El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de C IEC IO C H O M IL CU ATRO CIEN TO S OCHENTA Y S E IS BO LIV A R ES CON SESEN TA Y OCHO CÉN TIM O S (B s .1 8 .4 8 6 ,6 8 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA por dentó (5 0 % } de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, as/ como lo establece el A rt 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N« 261

C aracas.25 de O ctubre de 2016

20 6 °, 157» y 17®

Quien suscribe. Lie . M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.832, publicado en ia Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutrición. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administradón Publica Nadonal, de los Estados y los Muniapios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el benefiaode JU B ILA C IÓ N E S P EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 068 , de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) dudadano(a) AREVALO JU A N ITA RUMALDA, titular de la Cédula de Identidad N° 4 .1 6 4 .2 1 6 , quien se desempeñaba como SU PER V ISO R DE S E R V IC IO S IN TER N O S . adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado D IS T R IT O CA P ITA L , por cuanto laboró 23 años, en la Administradón Pública y tiene 62 años de edad. El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de V E IN TID O S M IL NO VECIEN TO S V E IN T IT R E S B O LIV A R ES CON OCHENTA Y CIN CO CÉN TIM O S (B s .2 2 .9 2 3 ,8 5 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y SIETE coma CINCO por dentó (5 7 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el A rt 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado M ER ID A mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado D IS T R IT O CAPITAL mente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula en señal de notificadón.Comuniqúese y publíquese

Lie . Mar¡tyn\fcl L u £ a ]p á iá ^ lja ^Directora Ejeditiva'sLi* /»

Instituto Nadonal delftrtjidórvDesignada m ediante Decreto Presideñct^J4® 4 ® ^- publicado en

Gaceta Oficial N° 38.540 de fecha íj^ d á o^túbre de 2006.

o i ív a ie in m a i , l u i u l í j i n u m e roComuniqúese y publíquese

íüQojUOá.l ie . M arllyn B i Lúea

Directora Ejecutí Insbtuto Nadonal de Ni

Designada mediante Decreto Presidencií Gaceta Oficial 38.540 de fecha 10

señal de notificadón.

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.737

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Caracas.25 de Octu bre de 2016 Caracas.05 de Octubre de 2016206a. 157a y 17a 206», 157» y 17a

Quien suscribe, Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA . Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA O FICIAL el benefido de JU B ILA C IÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N“ 067 , de fecha 11 de Septiembre de 2015, a!(a) ciudadano(a) MENDOZA D E PAEZ DOR1S LOURDES , titular de la Cédula de Identidad N° 5 .1 3 9 .6 7 1 . quien se desempeñaba como CO CIN ERO , adscríto(a) a la Unidad de Nutridón del Estado M IRANDA , por cuanto laboró 22 años, en la Administradón Pública y tiene 59 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de V E IN TIU N M IL SESEN TA V S E IS BO LIV A R ES CON OCHENTA Y T R ES CÉNTIM OS (B S -21 .066 ,83 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y CINCO por dentó ( 55% ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el A rt 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado M IRANDA mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual bene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la conbnuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula Comuniqúese y publíquese

L ie . M arilyn Di L u Directora Eji

Instituto Nadonal Designada m ediante Decreto Presidei

Gaceta Oficial Na 33.540 de fecha

fechar en señal de notificación.

Quien suscribe. Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutridón, carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38,540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el articulo 11, ordinal 11 de 1a Ley del Instituto Nadonal de Nutrición, Por disposición del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de J U BILACIÓ N E S P E C IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 045, de fecha 18 de Agosto de 2015, al(a) dudadano(a) GOTÓPO ROM ERO M ARITZA JO SEF IN A , titular de la Cédula de Identidad N° 8.842.637, quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado FALCON, por cuanto laboró 19 anos y 01 m es en la Administradón Pública y tiene 54 años de edad. El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de D IE C IS IE T E M IL CU ATRO CIEN TO S T R E IN T A Y DOS BO LIV A R ES CON SESEN TA Y UN CÉN TIM O S (B s .1 7 .43 2 ,6 1 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y S IETE CON CINCO por dentó (4 7 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, asi como lo establece el Art. 80 de la Constituaón de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado FALCON, una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual bene el mismo fin legal; procedimiento ésteexigido para la continuidad del pago.

Sírcale firmar, colocar número de cédula^ ?reS fi|t'Sfn señal de notificación. Comuniqúese y publíquese / te i _ V '\

_ J t e - - il ie . M arilyn ü j L *

Directora EjeInstituto Nadonal dk Nutridón

Designada m ediante Decreto PresidencíaPW* 4,892. publicado enGaceta Oficial Nü 38,540 de fecha t’ftjfe-ffótubrfi de 2006.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AUMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 341

Caracas.05 de Octubre de 2016

206» 157» y 17»

Quien suscribe, Lie. M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA . Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutridón, carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribudones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarlos o Empleados de la Administración Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de J UBILACIO N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 044 , de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) MATOS ALVAR ACO ZA ICA M ERCEDES , titular de la Cédula de Identidad N° 7.509.488, quien se desempeñaba como AYUDAN TE CE SE R V IC IO S DE COCINA , adscritofa) a la Unidad de Nutridón del Estado YARACU Y, por cuanto laboró 20 años y 01 m es en la Administradón Publica y tiene 58 años de edad. El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de D IEC IO CH O M IL D O SC IEN TO S SESEN TA BO LIV A R ES CON V E IN T IT R E S CÉN TIM O S ( B s .1 8 .2 60 ,23 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA por ciento (5 0 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el A rt 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M INISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 343

Caracas.05 de Octubre de 2016

206», 157» y 17»

Quien suscribe. Lie. M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral S de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposición del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el benefido de JU B ILA C IÓ N E S P E C IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 046 , de fecha 20 de Octubre de 2015, al(a) dudadano(a) R IV A S ESPARRAGOZA M AGALIS TER ESA , titular de la Cédula de Identidad N° 8.436.220, quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado SU CRE, por cuanto laboró 19 años y 01 m es en la Administradón Pública y tiene 56 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de D IE C IS IE T E M IL TR ESC IEN TO S V E IN TIO C H O BO LIV A R ES CON SETEN TA Y UN CÉNTIM OS (B s .1 7 .32 8 .71 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON CINCO por ciento (4 7 ,5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece e’ Art. 80 de ‘a Constitución de la República Bolivanana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado YA RACU Y, una (1) copia de la cédula de Identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula y ar en señal de notificación. Comuniqúese y publíquese ff

L ie . M arilyn D i LucaUSarifofiMa Directora E jecutra^

Instituto Nadonal de N u m ó ri.Designada mediante Decreto P residenciart^4..39Z , publicado en

Gaceta Oficial N‘° 38.540 de fecha 10 deoCfúbre de 2006.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado SU C R E , una (1) copia de la cédula de Identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para lacontinuidad del pago.

Comuniqúese y publíquese--

Lie . í ía r i i ín Di Lúea S á a tae lla Directora ^ecutiva.

Instituto Nadonal cfeNutrioénDesignada m ediante Decreto Presideftjdrü^N» 4.892, publicado en

Gaceta Oficial N° 38.540 de fecJx{ 'lt^p>íctubre de 2006.

435.738 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 344

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INSTITUTQ'N ACION AL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 251

Caracas.05 de Octubre de 2016 Caracas, 19 de Octubre de 2016

206°, 157® y 17® 206® 157®y 17®

Quien suscribe, Lie . M ARILYN DI LUCA SA N TA ELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el articulo 11 ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivanana de Venezuela; según lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de J U BILACIÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 047 . de fecha 20 de Octubre de 2015, a!(a) ciudadano(a) CEL1S ROSAURA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.713.307, quien se desempeñaba como AYUDANTE DE SE R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado ZU LIA , por cuanto laboró 21 años y 05 m eses en la Administración Pública y tiene 58 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de D IEC IN U EV E M IL SE IS C IE N T O S OCHENTA Y CIN CO B O LIV A R ES CON OCHENTA Y T R ES CÉNTIM OS (B s .1 9 .6 8 5 ,8 3 ) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y DOS CON CINCO por dentó (5 2 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art, 80 de la Constitudón de la República Bolivanana de Venezuela.

Quien suscribe, Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutridón, carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de ¡a República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de J U BILACIÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 020, de fecha 06 de Agosto de 2014, al(a) dudadano(a) M EJIA S DE MENDOZA B EA TR IZ M ERCECES , titular de la Cédula de Identidad N° 5 .1 0 9 .5 7 9 , quien se desempeñaba como AYUDANTE DE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado LARA , por cuanto laboró 19 años, er la Administración Pública y tiene 60 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de DI E S I S E IS M IL CU ATRO CIEN TO S NOVENTA Y S IE T E B O LIV A R ES CON SETEN TA Y CIN CO CÉN TIM O S ( Bs. 1 6 .4 97 .75 ) mensuales, que equivalen al cuarenta y siete .cinco por ciento (4 7 .5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado Z U LIA , una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cé d id t^ fe d ^ v e Comuniqúese y publíquese

señal de notificadón.

Lie. M arilyn 61 L¿ca S t á ta e l l»Directora EjefcúSva, ,-r /

Instituto Nadonal d ^ f í t e ió r i/ 'Designada mediante Decreto lYe&idcndi$LNj£?.89'2, publicado en

Gaceta Oficial 38.540 de fecha 10 de octubre de 2006.

Por consiguiente, debe consignar ante ía Unidad del Estado LARA, una ( 1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de céd u já¿í^ fég »r en señal de notificadón. Comuniqúese y publíquese

Lie. M arilyn Di Lu Cb 5$Directora Ejpcdtfo¿lr'

Instituto Nadonardfe^utridófy-'/Designada mediante Decreto Presidencial Ñ.MJÍ92, publicado en

Gaceta Oficial N® 38.540 de fecha ÍÓ ifeoetubre de 2006.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 346

Caracas,05 de Octubre de 2016

206®, 157® y 17®

Quien suscribe, Lie. M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4,892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de ¡a Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de JU B ILA C IÓ N E SP EC IA L , aprobada medíante planilla FP026 N° 048. de fecha 20 de Octubre de 2015, al(a) ciudadano(a) R IV A S Y A JA IR A DEL V A LLE, titular de la Cédula de Identidad N° 5.082.742, quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE S E R V IC IO S DE COCIN A , adscrltoja) a la Unidad de Nutridón del Estado SUCRE, por cuanto laboró 19 años en la Administración Pública y tiene 59 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de D IE C IS IE T E M IL T R ES C IEN TO S VEIN TIO CH O B O LIV A R ES CON SETEN TA Y UN CÉNTIM OS (B s .1 7 .3 2 8 ,7 1 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON CINCO por ciento (4 7 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M INISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 338

Caracas,05 de Octubre de 2016

2 0 6 “ , 157“ y 17“

Quien suscribe, Lie. M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutridón. carácter que consta en el Decreto Presidendal N° 4.892, publicado en la Gaceta Ofidal N° 38.540. de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerodo de las atribudones que me confiere el artículo 5. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Muñidpios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA O FICIAL el beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P E C IA L , aprobada mediante planilla FP026 N ° 041 , de fecha 23 de Octubre de 2014, al(a) dudadano(a) RO JAS TOMASA M ARGARITA , titular de la Cédula de Identidad N° S .3 3 4 .4 7 3 , quien se desempeñaba como AYUDANTE DE S E R V IC IO S DE COCIN A . adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado D ELTA AMACURO, por cuanto laboró 19 año s en la Administración Pública y tiene 66 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de D IE C IS IE T E M IL TR E S C IE N TO S CUARENTA Y S IE T E B O LIV A R ES CON V E IN TID O S CÉN TIM O S ( B s .1 7 .3 4 7 ,2 2 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON CINCO por ciento (4 7 ,5 % ) de la remuneradón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado SU CR E , una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado DELTA AMACURO, una ( 1) copla de la cédula de Identidad legible, y presentar anualmente original de la constanda de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar e! libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula y Comuniqúese y publíquese \

Lie. ManTyVOCI Luc;Directora Ejecul

Instituto Nadonal deDesiqilñdti mnriifintf. Decreto Presiden

G acela Oficial N“ :ía.S40 de fochñ

señal de notificadón. Sírvale firmar, colocar número de cédula Comuniqúese y publíquese

en señal de notificación.

Lie . M arilyn Di Lucp Sép l Directora E jeo jM s.% '

Instituto Nadonal de^utrfdüfiDesignada m ediante Decreto P residen tas N° 4.892, publicado en

Gaceta Oficial N° 38,540 de fecha líTd.e octubre de 2006.

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.739

REPUBLICA BOLIVARIANA CE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AUMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 247

Caracas, 19 de Octubre de 2016

20 6 °, 1570 y 170

Quien suscribe, L ie . M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ej erado de las atribudones que me confiere e! artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaaones y Pensiones de los Fundonarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IO N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 052, de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) R O D R IG U EZ V ICTO RIA N A , titular de la Cédula de Identidad N° 5 .5 4 8 .2 5 3 , quien se desempeñaba como ASEADOR , adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado D IS T R IT O C A P ITA L , por cuanto laboró 21 añ o s,05 m eses Y 02d ias en la Administradón Pública y tiene 57 años de edad. El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de D IES IN U EV E M IL Q U IN IE N T 05 OCHENTA Y NUEVE B O LIV A R ES CON CUARENTA CÉNTIM OS { Bs. 1 9 .5 89 .40 ) mensuales, que equivalen al ancuenta y dos ,dnco por ciento (5 2 ,5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce ( 12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de !a Reoública Bolivariana de Venezuela

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N° 340

Caracas,05 de Octubre de 2016

206®, 157® y 17®

Quien suscribe, Lie . M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4,892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutrición. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaaones y Pensiones de los Fundonarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal. de los Estados y los Munidpios. concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA O FIGAL, el benefiao de JU B ILA C IÓ N ESP EC IA L , aprobada mediante planilla FP0 26 N° 043 , de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano^) SANCHEZ DE M IR ELE S OLGA L E T IC IA , titular de la Cédula de Identidad N° 2.506.710, quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado G U A RICO , por cuanto laboró 24 años y 01 m es en la Administradón Pública y tiene 72 años de edad. 0 monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de V E IN TID O S M IL C IENTO OCHENTA Y CUATRO B O LIV A R ES CON CERO DOS CÉN TIM O S (B s .2 2 .184 ,02) mensuales, que equivalen al SESENTA por ciento (6 0 % ) de la remuneraaón promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al SuekJo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art 80 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado D IS T R IT O CAPITAL, una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la refenda Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula y//fechar en señal de notificadón. Comuniqúese y publíquese

Lie . M arilyn CN Ludfe Satttp^tla Directora Ejecúpya. s— '

Instituto Nadonal de NufcjdónDesignada medíante Decreto Presidencial Mfú4:892. publicado en

Gaceta Oficial N° 38.540 de fecha lO^dt^QjtMbre de 2006.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado G U ARICO , una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento ésteexigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédujá y tó c íík en señal de notificación. Comuniqúese y pubiíquese

Lie . M arilynJDi l^jca Satttaell#Directora Ejeótfjva, *

Instituto Nadonal de NwpjdónDesignada mediante Decreto P rB sidertcM ^X .892 , publicado en

Gaceta Oficial N® 38.540 de fecha l í r á e octubre de 2006.

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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N® 345

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Caracas.05 de Octubre de 2016 C aracas.05 de O ctubre d e 2016

206® 157®y 17» 206®, 157® y 1 ?®

Quien suscribe, Lie . M ARILYN DI LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nadonal de Nutridón, carácter que consta en el Decreto Presidenda! N° 4,892. publicado en la Gaceta Ofidal N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribudones que me confiere el articulo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaaones y Pensiones de los Fundonarios o Empleados de la Administradón Pública Nadonal, de los Estados y los Munidpios, concede a partir de la FECHA DE PUBUCAGÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de J UBILACIO N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 04B, de fecha 18 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) P ER EZ DE N IEV E B E L K IS EM ER ITA , titular de la Cédula de Identidad N° 5.938.987, quien se desempeñaba como AYUDANTE DE SE R V IC IO S DE COCINA . adscrito(a) a la Unidad de Nutndón del Estado LARA. por cuanto laboró 19 año s en la Administración Pública y tiene S I años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de D IE C IS IE T E M IL CU ATRO CIEN TO S SESEN TA Y NUEVE BO LIV A R ES CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIM OS (B s . 1 7 .4 6 9 ,8 9 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON CINCO por ciento (4 7 .5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado LARA, una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para lacontinuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar Comuniqúese y publíquese

Designada m ediante Decreto PresidencW Ñ®.4.M2, publicado en Gaceta Oficial N® 38.540 de fecha 10 oéuocwíbre de 2006.

número de cédul. señal de notificadón.

Lie. M a r íy n ^ ¡jDirectora Q

Instituto Nadonal de riaón

Quien suscribe, Lie. M ARILYN D I LUCA SAN TAELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejerddo de las atribudones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordanda con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados ¡de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBUCAGÓN EN GACETA O FICIAL el beneficio de JU B ILA C IÓ N E S P E C IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 042 , de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) dudadano(a) G ARCIA V ILLA R R O EL M ARIA ANG ELIN A , titular de la Cédula de Identidad N° 6 .5 8 9 .5 9 1 , quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE S E R V IC IO S DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado ANZO ATEGUI, por cuanto laboró 19 años y 01 m es en la Administradón Pública y tiene 62 años de ¿dad . El monto correspondiente de la Jubiladón es por la cantidad de D IE S IC IE T E M IL CU ATRO CIEN TO S T R E IN T A Y OCHO BO LIV A R ES CON OCHENTA Y S E IS CEN TIM O S (B s .17 .4 3 8 ,8 6 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y S IETE CON CÍNCO por dentó (4 7 .5 % ) de la remuneraaón promedio mensual de los últimos doqe (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nadonal vigente, así como Ib establece el A rt 80 de la Constitudón de la República Bolivariana de Venezuela.

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado AN ZO ATEG UI, una ( 1 ) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referidaUnidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de Comuniqúese y publíquese

cédula ,4 fechar ^n señal de notificadón.

Lie. M arilyn tu caDirectora E jecfltiva :L i- , ¡¡

Instituto Nadonal daftatririón /Designada m ediante Decreto Presi dencíaLN®,4.<f92, publicado en

Gaceta Oficial N® 38.540 de fecha octubre de 2006.

435.740 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M IN ISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM INISTRATIVA N» 063

Caracas,30 da Abril de 2016

206», 157» y 17»

Quien suscribe, L ie . M ARILYN D I LUCA SA N TA ELLA , Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.832, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Fundón Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nadonal de Nutridón. Por disposidón del dudadano Vicepresidente Ejecubvo de la República Bollvariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de! Estatuto sobre el Régimen de Jubiladones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nadonal, de los Estados y los Munidpios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL, el beneficio de JU B ILA C IÓ N E SP EC IA L , aprobada mediante planilla FP026 N° 070 , de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) GONZALEZ C E C H IR IN O S R A IZA JO S EF IN A DEL CARMEN , titular de la Cédula de Identidad N° 6 .0 1 9 .3 1 3 , quien se desempeñaba como AYUDAN TE DE SE R V IC IO S C E COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutridón del Estado VARGAS , por cuanto laboró 19 a ñ o s ,00 m eses Y 30dias en la Administración Pública y tiene 58 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de D IE C IS IE T E M IL O U IN IEN TO S C IN CUEN TA B O LIV A R ES CON ONCE CÉN TIM O S (B s . 1 7 .5 5 0 ,1 1 ) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y S IETE coma CINCO por dentó (4 7 ,5 % ) de la remuneración promedio mensual de los úlbmos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bollvariana de Venezuela,

Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado VARG AS, una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenda ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.

Sírvale firmar, colocar número de cédula en señal de notificación.Comuniqúese y publlquese

Lie. M arilyn Di LúeaDirectora EjeólipyáS-iV ¡¡

Instituto Nadonal ae Nvrtrciórt-Designada medrante Decreto PresidenciaLJN.54.8ti2, publicado en

Gaceta Oficial Ne 38.540 de fecha K> de octubre de 2006.

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE V EN EZU ELA M INISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS

DESPACHO DE LA MINISTRA2 0 7 ° , 1 5 8 ° y 13 °

R e s o lu c ió n N»yV'V-C a ra c a s , 18 de m ayo de 2017

La M in istra del Poder Popu lar para lo s Pueb los In d íg enas en ca lidad de E n ca rg ad a , Aloha jo se lyn Núñez G utiérrez, seg ún D ecreto Presidenc ia l N° 2 .4 6 7 de fecha 01 de octubre de 2 0 1 6 . p ub licado en G ace ta O ficia l E xtrao rd in a rio N” 6 .2 5 8 d e fecha 01 de octubre de 2 0 1 6 , a rtícu lo 1, nu m era l 5 . de la m ism a fe ch a , ra tif icad a a t ra v é s de D ecreto Presidencia l N° 2 .6 5 2 , de fe ch a 04 de enero de 2 0 1 7 , p ub licado en G ace ta O fic ia l de la Rep úb lica B o llva r ian a de V enezu e la N° 4 1 .0 6 7 , de fecha 04 de enero de 2 0 1 7 y con form e a las a trib uc io nes q ue le co n fie re lo d isp uesto en los a rtícu lo s 65 y 78 en s u s n u m e ra le s 3a , 19 a, 26a y 2 7 a del D ecreto con Rango, V a lo r y Fuerza de la Le y O rg án ica d e la A d m in is trac ió n Púb lica , p ub licada en la G ace ta O fic ia l E xtrao rd in a ria de la Rep úb lica Bo llva r ian a de V enezu e la N° 6 .1 4 7 , en co n co rd ancia con lo p rev isto en el num era l 2 , del a rtícu lo 5 de la Ley del Esta tu to de la Función P úb lica , p ub licada en G ace ta O fic ia l N» 3 7 .5 2 2 de fe ch a 06 de se p tie m b re de 2 0 0 2 ,

RESU ELV E:

ARTÍCULO 1»: D esig nar a l c iu dad ano JUAN CARLOS HUAPAYA GÁLVEZ, t itu la r de la céd u la de identidad N °V-23.632.094, com o RESPONSABLE PATRIMONIAL, del M INISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS

ARTÍCULO 2 a : E l c iu dad ano d esignado e je rce rá la s fu n c io n e s e stab lec id as en el a rtícu lo 26 n u m e ra le s B y 9, del D e cre to sobre O rg an ización G enera l de la A d m in is trac ió n P úb lica , p ub licado en G a ce ta O fic ia l de la República

Bo llva r ian a de V enezu e la Na 6 .2 3 8 E xtra o rd in a ria , de fe ch a 13 de ju lio de 2 0 1 6 , m ed ian te D ecreto P res id e n c ia l 2 .3 7 8 , de fecha 12 de ju lio de 2 0 1 6 .

ARTÍCULO 3 a: El fu nc io nario d esign ado en la p rese n te Reso lución com o R esp onsab le P atrim o n ia l, d eb eré d a r cum p lim ien to a la s no rm as co n ten id as en el D ecreto con Rango V a lo r y Fuerza de Ley d e la Reform a Parcial de la Ley O rg án ica de B ien e s Púb licos, no rm as re g lam en ta ria s e In stru ctivo s que a l e fecto d ic te la S u p e rin te n d en cia de B ie n e s Púb licos.

ARTÍCULO 4B: La p rese n te re so luc ió n e n tra rá en v ig e n c ia a p a rtir de su p ub licación en G ace ta O fic ia l de la Repúb lica B o liva r lan a de V e n e zu e la .

Com u niqú ese y Pu blíquese .

Por el E jecutivo N acional

DEFENSA PÚBLICA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

!N° DDPG-2017-107-1 Caracas, 06 de abril de 2017158°, 207° y 18°

i La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular ¡cié ia cédula de identidad N° V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la ¿Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta (¡Oficial de la Repúbtica Bollvariana de Venezuela N° 40.807, de la misma fecha, con ¡fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa |Pública y en ejercicio de sus atribuciones, establecidas en el articulo 14, numerales j t y 11 , ejusdem,

C O N SID ER A N D O

jfQue es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de I j'este Órgano Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la Defensa J f V i l t a . ií CONSIDERANDOt I|Q u(í corresponde a la Defensora Pública General, corno máxima autoridad de este ¡ ¡¡Órgano Constitucional, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, i (¡egreso, ascenso y traslado del personal de este Órgano Constitucional.

CONSIDERANDO

¡Que la ciudadana SORIYUL MARBELLA ALVARADO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.90l.54B, Analista Profesional I I I , adscrita a la Dirección Nacional de Asuntos Internacionales de la Defensa Pública, y que tal nombramiento fue dictado y materializado en su momento, por la sola voluntad ¡unilateral de la Máxima Autoridad de este Órgano Constitucional, competente para ello.

RESUELVEPRIMERO: CESAR, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, la encargaduria contenida en la Resolución N° DDPG-2014-599 de fecha 27 de noviembre de 2014, mediante la cual se designó a la ciudadana SORIYUL MARBELLA ALVARADO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de ¡identidad N° V-16.901.540, Analista Profesional I I I , adscrita a la Dirección Nacional de Asuntos Internacionales de la Defensa Pública, como Directora Nacional en condición de Encargada de esa Dirección Nacional.

i

\ S E GUNDO: Publicar el texto integro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial |d e la República Bolivariana de Venezuela.(Dada, sellada y firmada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas.

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.741

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

í N ° D D P G - 2 0 1 7 -1 7 8 Caracas , 15 de m ayo de 2017158*. 207 “ y 18“

i La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BA R REIRO S RODRÍGUEZ, titu lar de la cédula de identidad N° V-14.851.035, designada m ediante Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de d iciem bre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bollvariana de Venezuela N°4 0 ,8 07 , de la m ism a fecha , con fundam ento en lo d ispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en e jercicio de sus atribuciones, estab lecidas en el artículo 14, num erales 1, 2 , 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública Genera l, com o m áxim a autoridad de este Ó rgano Constitucional, e je rcer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial yadm inistrativo.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública General, com o máxima autoridad, velar por el cumplim iento de los procesos de ingreso, egreso, ascenso y traslado de! personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública Genera l, como m áxim a autoridad, ¡designar y ju ram en tar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.I

RESUELVE

PRIM ERO : DESIGNAR al ciudadano RA IN IERO EDUARDO MÉNDEZ , LÓPEZ, titu lar de la cédula de identidad N° V-18.365.991, com o Defensor Público Auxiliar Prim ero ( I o) , con com petencia en m ateria Laboral, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, extensión Sede Centra l, a partir de la fecha de su notificación.

[SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la p resente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bollvariana de Venezuela .

Dada, firm ada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas.

Com uniqúese y Publíquese,

DRA. SUSANA B A R R EIR O S RODRÍGUEZ DEFENSORA PÚBLteÁ GENERAL j J

licsrgf-.iídó medrante Acuerdo oc u A s a m , oc i«<v¡j.y 10 do diciembre oo JülS. fMjiicirie en la Gaceta OWhLfiW g^HKDiicj uoh-arlarqi ce Venezuela a ' 1 ••■0 BO' de '« 'va 10 de d i«^ Erede íO i !>

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

N° DDPG-2017-179 Caracas , 15 de m ayo de 2017!5 8 “ , 2 07 “ y 18“

La Defensora Pública Genera l, DRA. SUSANA BA R REIRO S RODRÍGUEZ,titular de la cédula de identidad N° V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de diciem bre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bollvariana de Venezuela N°40 .807 , de la m ism a fecha, con fundam ento en lo d ispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en e jercicio de sus atribuciones, establecidas en el artículo 14, num erales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública Genera l, como m áxim a autoridad de este Ó rgano Constitucional, e je rcer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial yadm inistrativo.

CONSIDERANDO

¡Que es com petencia de la Defensora Pública General, como máxim a ‘autoridad, ve la r po el cum plim iento de los procesos de ingreso, egreso, ■ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública Genera l, com o m áxim a autoridad, designar y ju ram entar a los Defensores Públicos o D efensoras Públicas.

RESUELVE

PRIM ERO: DESIGNAR al ciudadano GONZALO ELEAZAR RODRÍGUEZ CHACÓN, itu la r de la cédula de identidad N° V-6.347.422 , com o Defensor Público Auxiliar C e ités im o Décim o Terce ro (1 1 3 ° ) , con com petencia en materia Penal Ordinario, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área M etropolitana de C aracas, a partir de la fecha de su notificación.

[SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta ¡Oficial de la República Bollvariana de Venezuela.

joada, firm ada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la[ciudad de Caracas.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

N° DDPG-2017-180 Caracas , 15 de m ayo de 2017158” , 207 “ y 18*

La Defensora Pública Genera l, DRA. SUSANA BA R REIRO S RODRÍGUEZ,titular de la cédula de identidad N“ V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de diciem bre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bollvariana de Venezuela N°40 .807 , de la m ism a fecha , con fundam ento en lo d ispuesto en el artículo 3, 'de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, jestablecídas en el artículo 14, num erales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública General, com o m áxim a autoridad de este Órgano Constitucional, e je rcer la d irección y supervisión de laDefensa Pública.

CONSIDERANDO

¡Que es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial yadm inistrativo.

CONSIDERANDO

¡Que es com petencia de la Defensora Pública General, com o máxima autoridad, ve la r por el cum plim iento de los procesos de ingreso, egreso,

¡ ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública General, com o m áxim a autoridad, designar y ju ram en ta r a los D efensores Públicos o D efensoras Públicas.

RESUELVE

¡¡PRIM ERO: DESIGNAR al Ciudadano JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZIjGAINZA, titu lar de a cédula de identidad N° V-13.989.253, com o Defensor

435.742 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

■Público Auxiliar Prim ero ( I o) , con com petencia en m ateria Penal Ordinario en jfa se de Proceso, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del 'estad o Carabobo, a la rtir de la fecha de su notificación.

S E G U ü e O ,; Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta ¡Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

¡Dada, firm ada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

N° D D PG -2017-182 Caracas, 15 de m ayo de 2017158". 2D7"y 18»

La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BA R REIRO S RODRÍGUEZ,t itu la r de la cédula de identidad N° V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de diciem bre de 2015, publicado en la G aceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°4 0 .8 0 7 , de la m ism a fecha , con fundam ento en lo d ispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en e jercicio de sus atribuciones, establecidas en el articulo 14, num erales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública G enera l, como m áxim a autoridad de este Órgano Constitucional, e je rcer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el (derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y jjadministrativo.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública General, com o máxima autoridad, ve la r por el cum plim iento de los procesos de ingreso , egreso, ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es com petencia de la Defensora Pública Genera l, com o m áxim a autoridad, designar y ju ram en tar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.

RESUELVEPRIM ERO : DESIGN AR a la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN MONTILLA LUNA, titu lar de la cédula de identidad N° V -5 .958.645, como Defensora Pública Auxiliar Cuarta (4 o) , con com petencia en m ateria de Responsabilidad Penal del Adolescente, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Bolivariano de M iranda, a partir de la fecha de su notificación.

iSEGUNDO; Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta ¡Oficial de la República Bolivariana de Venezuela .

Dada, firm ada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas .

¡Com uniqúese y Publiquese,

RODRÍGUEZDRA. SUSANA BAHREIRDEFENSOR/* PÚBj-ICA GENERAL

Oesjgnada mediante A >0 de diciembre títe 2015, ¿ub(lc*do ei BoíivdridfW Cíe Verwue/zf Nf 40 807. de fecha 10 üe

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

N° DDPG-2017-184 C aracas , 15 de m ayo de 2017isa», 207» y 18“

La Defensora Pública Genera l, DRA. SUSANA BA R REIRO S RODRÍGUEZ,titu lar de la cédula de identidad N° V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de d iciem bre de 2015, publicado en la Gaceta O fid a l d e la República Bolivariana de Venezuela N°4 0 .8 07 , de la m ism a fecha , con fundam ento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, estab lecidas en el artículo 14, num erales 1, 2 , 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDOI Que es com petencia de la Defensora Pública G eneral, com o m áxim a autoridad de este Órgano Constitucional, e je rcer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el (derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y ¡adm inistrativo.

CONSIDERANDOQue es com petencia de la D efensora Pública General, com o máxima autoridad, ve la r por el cum plim iento de los procesos de ingreso , egreso, ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensora Pública Genera l, como m áxim a autoridad, designar y ju ram en tar a los D efensores Públicos o D efensoras Públicas.

RESUELVEPRIM ERO: DESIGN AR a la ciudadana G ISELIM A R KATHERINE GARCÍA VADERNA, titu lar de la cédula de identidad N° V -18.473.443, como Defensora Pública Auxiliar Prim era ( I o) , con com petencia en m ateria Agraria, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Guárico, |extensión Valle de la Pascua, a partir de la fecha de su notificación,

¡SEGUNDO: Publicar el texto integro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dada, firm ada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública Genera l, en la ciudad de Caracas.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

N ° DDPG-2017-185 C aracas , 15 de mayo de 2017158», 207“ y 18»

La Defensora Pública General, DRA. SUSANA B A R REIRO S RODRÍGUEZ,titular de la cédula de identidad N° V -14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de diciem bre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°40 .807 , de la m ism a fecha, con fundam ento en lo d ispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en e jercicio de sus atribuciones, establecidas en el artículo 14, num erales 1, 2 , 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensora Pública Genera l, como m áxim a autoridad de este Órgano Constitucional, e je rcer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO“Que es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el (derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y¡adm inistrativo.

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.743

CONSIDERANDOQue es com petencia Pe la Defensora Pública General, com o máxima ¡autoridad, ve la r por el cum plim iento de los procesos de ingreso, egreso, ¡ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO|Que es com petencia de la Defensora Pública Genera l, como m áxim a autoridad, designar y ju ram en ta r a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.

RESUELVEPRIM ERO: DESIGN AR a la ciudadana OREANA CORITZA JUÁREZ VALOR, titu lar de la cédula de identidad N° V -21.662.096, com o Defensora Pública Auxiliar Prim era ( I o) , con com petencia en m ateria de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Guárico , extensión Valle de la Pascua, a partir de la fecha de su notificación.

SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bollvariana de Venezuela.

Dada, firm ada y sellada en el Despacho d g ja Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas .

Com uniqúese y Publíquese,

ORA. SUSANA DEFENSO

RODRIGUEZ^ R A L ' " ' " '

Designaos mediante Acuerdo de la A s a r í a Naooftaí, de fecna ^0 ríe diciembre de 7015, ñuscado en la Gaceta Ofloal'de’la República : ' 'doNva-iana de Venezuela N” aO.«C7, ce fecha !3 do diciembre 5 ..^

¡SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la GacetaOficial de la República Bolívariana de Venezuela.

‘¡Dada, firm ada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en lafciudad de Caracas.

¡(Comuniqúese y Publíquese,

DFA. SUSANA BARI DEFENSORA Pt

RO DRIGUEZGENERAL

Naaofíii, de recitaDesignada medíanle Acuerdo de la A ̂10 de diciembre de 2015, puerteado en la Gaceta OfHd^de la^PúbltCÁ' Bou van arta de Venezuela NQ 40.607. de fecha 10 de dicieml>c¿*die'£0J5c'

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

N ° D D P G - 2 0 1 7 -1 8 6 C aracas , 15 de m ayo de 201715S°, 207° y 18»

¡La Defensora Pública General, DRA. SUSANA b a r r e i r o s RODRÍGUEZ,¡titu lar de la cédula de identidad N° V -14.851.035, designada mediante ¡Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de diciem bre de 2015, ¡publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolívariana de Venezuela N° ¡40 .807 , de la m ism a fecha , con fundam ento en lo d ispuesto en el artículo 3, ¡de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en e jercicio de sus atribuciones, ¡establecidas en el artículo 14, num erales 1 , 2, 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDO¡Que es com petencia de la Defensora Pública Genera l, como m áxim a autoridad ¡de este Órgano Constitucional, e je rcer la d irección y supervisión de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO¡Q ue es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el ¡derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y ¡adm in istrativo .

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensora Pública General, com o máxima autoridad, ve la r por el cum plim iento de los procesos de Ingreso, egreso, ¡ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensora Pública G eneral, como m áxim a autoridad, designar y ju ram en tar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.

RESUELVE

PRIM ERO: DESIGNAR al ciudadano OSWALDO JO SÉ BARONA SALAZAR, titu lar de la cédula de identidad N° V-8.615.307, com o Defensor Público Auxiliar Segundo (2 ° ) , con com petencia en m ateria Agraria , adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Guárico , a partir de la fecha de su notificación.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA

N ° DDPG-2017-187 C aracas , 15 de mayo de 20171S8», 207° y 18“

La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIRO S RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° v -1 4 .8 5 l.0 3 5 , designada mediante Acuerdo de la Asam blea Nacional, de fecha 10 de diciem bre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolívariana de Venezuela N°40 .807 , de la m ism a fecha, con fundam ento en lo d ispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, establecidas en el artículo 14, num erales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensora Pública Genera l, como m áxim a autoridad de este Órgano Constitucional, e je rcer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y¡adm inistrativo.

CONSIDERANDOQue es com petencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, velar por el cum plim iento de los procesos de ingreso, egreso, ¡ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO¡Que es com petencia de la Defensora Pública General, como m áxim a autoridad, ¡designar y ju ram entar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.

RESUELVEPRIM ERO: DESIGN AR al ciudadano JO SÉ G REGO RIO PACHECO, titular de la cédula de identidad N° V -19.338.018, com o Defensor Público Auxiliar Segundo (2 o), con com petencia en m ateria de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Portuguesa, a partir de ia fecha de su notificación.

SEGUNDO: Publicar e l texto integro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolívariana de Venezuela.

Dada, firm ada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas.

:Comuniquese y Publíquese,

DRA. SUSAN DEFENSOI

(RODRIGUEZ i GENERAL

Designada mediante ^cuevdo ditií Asarntn» Naspnal, de fecha/’ 10 ae dioemtye de 20 J SLpúiblic*» en ia Gaceta Oficiar, d i M-R.eptáfWita Solivaciano de Venezuela N° 4Q.607. de fecha IC de dróérT*jrifde 20l5.

I

435.744 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

1 REPÚ BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

______ DEFENSA PUBLICA DEFENSA PÚBLICA

N ° D D P G -2 0 1 7 -1 8 8 Caracas, 15 de mayo de 2017158", 207" y 18“

N ° D D P G -2 0 1 7 -1 8 9 Caracas, 15 de mayo de 2017158”, 207° y 18°

La Defensora Pública General, DR A . SU SA N A B A R R E IR O S R O D R ÍG U EZ ,titular de la cédula de identidad N ° V -1 4 .8 5 1 .0 3 5 , designada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,

La Defensora Pública General, DR A . SU SA N A B A R R E IR O S R O D R ÍG U EZ ,¡titular de la cédula de identidad N ° V - 1 4 .8 5 1 .0 3 5 , designada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, ¡establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,

C O N SID ER A N D O

Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Órgano Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la ¡Defensa Pública.

C O N SID ER A N D O

Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y administrativo.

C O N SID ER A N D O

¡Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso, ¡ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

C O N SID ER A N D O

Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Órgano Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.

C O N S ID ER A N D O

Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y 'administrativo.

C O N SID ER A N D O

Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso, ¡ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.

C O N S ID ER A N D O

Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.

R E S U E L V E

P R IM E R O : D E S IG N A R al ciudadano A L I JO S É F A B R IC IO P A R E D E S ,titular de la cédula de Identidad N° V -1 2 .2 5 8 .5 3 0 , como Defensor Público Provisorio Octavo (8°), con competencia en materia Administrativa, Contencioso-Administrativa y Penal para los Funcionarios y Funcionarlas Policiales, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, extensión sede Central, a partir de la fecha de su notificación.

S EG U N D O : Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas.

I C O N SID ER A N D O

Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.

R E S U E L V E

P R IM E R O : D E S IG N A R a la ciudadana CARM EN G R A C IE L A P IC C IO N I ¡IGUZMAN, titular de la cédula de identidad N ° V - l l .7 7 3 .5 7 6 , Defensora ¡ Pública Provisoria Primera (Io) con competencia en materia Penal Ordinario, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Monagas, como Coo rd inad o ra de esa Unidad Regional, en co n d ic ió n de E n carg ad a , a [partir de la fecha de su notificación.¡SEG U N D O : Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta 'Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas.

Comuniqúese y Publíquese,

DRA. SU SA N A B, D EFEN S O R A P

R O D R IG U E ZG EN ER A L

Designada mediante AiWerdo de la Asamblea Naconal, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la Repwbli» Bolivariana de Venezuela N® 40.807. de fecha 10 de dicierobre'fle 2015.

Comuniqúese y Publíquese,

O PA. SU SA N A D EFEN SO R ,

■y-”"

? S R O D R IG U E Z l G EN ER A L

Designada mediai-te Atbefdo de^a AsaJnpiea Naconal, c‘e fecho i C de ti demore de 2015, publicado cu la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuea N* 40.80A de fecha 10 ce diciembre de 2015.

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.745

ALCALDÍA DEL MUNICIPIO URACOA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO MONAGAS MUNICIPIO URACOA

DESPACHO DEL ALCALDE

Dr. LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ VICUÑA ALCALDE DEL MUNICIPIO URACOA

RESOLUCIÓN N° DA/023/2017

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo N° 88, ordinales 1, 2, 3, 7 y 16 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; a tenor de lo preceptuado en los artículos N° 4, aparte Único, Articulo N° 5, ordinal 4 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; Articulo N° 16, 17 y 18 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, publicado en Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela Ns 6.156 extraordinaria del 19 de Noviembre de 2014, se dicta la siguiente RESOLUCIÓN:

CONSIDERANDO

Que el artículo N° 80 de nuestra Carta Magna dispone que "El Estado garantizara a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus derechos y garantías. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, está obligado a respetar su dignidad humana, su autonomía y les garantizará atención integral y los beneficios de Iq^segprldad social que eleven y aseguren su calidad de vida. Las pensiones y jubilaciones otorgadas, mediante el sistema de Seguridad Social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano..."

CONSIDERANDO

Que el artículo N° 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que toda persona tiene derecho a un sistema de seguridad social "(...) que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, Invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social.'' . .

CONSIDERANDO

Que el ciudadano JOSE ISABEL FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° V-2.011.179Jubilado de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas, falleció el día 22 de Marzo del año 2017, según Acta de Defunción asentada bajo el acta N° 8, Folio N“ 8, Año 2017.

CONSIDERANDO

Que la Dirección de Recursos Huraanos.de. la Alcaidía, del Municipio Uracoa del Estado Monagas verifico el cumplimiento de los requisitos exigidos según el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal para el otorgamiento del Beneficio de PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE a la ciudadana DOMINGA MARIA VILLEGAS DE FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° V-4.934.853.

435.746 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Otorgar ei beneficio de PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE a la ciudadana DOMINGA MARIA VILLEGAS DE FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° V-4.934.853, viuda de JOSE ISABEL FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad N° V-2.011.179 Jubilado de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas, a partir del día 23 de Marzo del año 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. La PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE se otorgará por un monto mensual de TREINTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 30.478,62),equivalente al SETENTA CINCO POR CIENTO (75%) de la Jubilación que correspondía al causante, siendo homologado a los montos del salario mínimo decretados por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el Articulo N° 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, "... Las pensiones y Jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano...".

ARTÍCULO TERCERO. Autorizar a la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas a ejecutar esta Resolución

ARTÍCULO CUARTO. Una vez publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, efectuar la correspondiente notificación de la prjesente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo N° 73 de ¡a Ley de Orgánica de Procedimientos Administrativos a la ciudadana DOMINGA MARIA VILLEGAS DE FIGUEREDO, ya identificada.

Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho, del Alcalde del Municipio Uracoa del Estado Monagas, a los Dos (02) días del mes de Mayo del /Año pos mil Diecis¡ete[2L^L Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.

PUBLÍQUESE Y EJECUTESE.

Dr. LUIS ENRIQI ALCALDE DEL

iRIGUEZ VICUÑA UNICIPIO URACOA

Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.747

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO IVÍONAGAS MUNICIPIO URACOA

DESPACHO DEL ALCALDE

Dr. LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ VICUÑA ALCALDE DEL MUNICIPIO URACOA

RESOLUCIÓN N° DA/024/2017

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo N° 88, ordinales 1, 2, 3, 7 y 16 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; a tenor de lo preceptuado en los artículos N° 4, aparte Único, Articulo N° 5, ordinal 4 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; Artículo N° 16, 17 y 18 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, publicado en Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela N2 6.156 extraordinaria del 19 de Noviembre de 2014, se dicta la siguiente RESOLUCIÓN:

CONSIDERANDO

Que el artículo N° 80 de nuestra Carta Magna dispone,que "El Estado garantizara a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus derechos y garantías. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, está obligado a respetar su dignidad humana, su autonomía y les garantizará atención integral y los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren su calidad de vida. Las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de Seguridad Social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano..."

CONSIDERANDO

Que el artículo N“ 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que toda persona tiene derecho a un sistema de seguridad; ;so.Gj a I ■" (. - -) que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, ■patern/tiad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandád, vivienda, porgas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social."

CONSIDERANDO

Que el ciudadano JOSE GREGORIO ZAMBRANO SAGARAY, titular de la cédula de identidad N° V- 2.251.526 Jubilado de la Alcaldía dél Municipio Uracoa del Estado Monagas, falleció el día 19 de Febrero del año 2017, según Acta de Defunción aséntad^tyajo el acta N° 6, Folio N° 6, Año 2017.

CONSIDERANDO

Que la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas verifico el cumplimiento de los requisitos exigidos según el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal para el otorgamiento del Beneficio de PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE a la ciudadana ARELIS DEL CARMEN MARTINEZ DE ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° V-4.514.405.

GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA B OLI VARI ANA

DE VENEZUELA____________ DEPÓSITO LEGAL: ppo 187207DF1_____________

AÑO CXLIV - MES VIII Número 41.160Caracas, lunes 29 de mayo de 2017

Esquina Urapal, edificio Dimase, La Candelaria Caracas - Venezuela

Tarifa sujeta a publicación de fecha 14 de noviembre de 2003 en la Gaceta Oficial N° 37.818

http://www.minci.gob.ve

Esta Gaceta contiene 24 páginas, costo equivalentea 10,05 % valor Unidad Tributaria__________

LEY DE PUBLICACIONES OFICIALES(22 DE JULIO DE 1941)

Artículo I I . La GACETA OFICIAL, creada por Decreto Ejecutivo del 11 de octubre de 1872, continuará editándose en la Imprenta Nacional con la denominación GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.Articulo 12. La GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicará todos los días hábiles, sin perjuicio de que se editen números extraordinarios siempre que fuere necesario; y deberán insertarse en ella sin retardo los actos oficiales que hayan de publicarse. Parágrafo único: Las ediciones extraordinarias de la GACETA OFICIAL tendrán una numeración especialArtículo 13. En la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA se publicarán los actos de los Poderes Públicos que deberán insertarse y aquellos cuya inclusión sea considerada conveniente por el Ejecutivo Nacional.Artículo 14. Las leyes, decretos y demás actos oficiales tendrán carácter de públicos por el hecho de aparecer en la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, cuyos ejemplares tendrán fuerza de documentos públicos.

EL SERVICIO AUTÓNOMO IMPRENTA NACIONAL Y GACETA OFICIAL de la República Bolivariana de Venezuela advierte que esta publicación se procesa por reproducción fotomecánica directa de los originales que recibe del Consejo de Ministros, en consecuencia esta Institución no es responsable de los contenidos publicados.

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Otorgar el beneficio de PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE a la ciudadana ARELIS DEL CARMEN MARTINEZ DE ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° V-4.514.405., viuda de JOSE GREGORIO ZAMBRANO SAGARAY, titular de la cédula de identidad N° V-2.251.526Jubilado de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas, a partir del día 20 de Febrero delaño 2017

ARTÍCULO SEGUNDO. La PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE se otorgará por un monto mensual de TREINTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 30.478,62),equivalente al SETENTA CINCO POR CIENTO (75%) de la Jubilación que correspondía al causante, siendo homologado a los montos del salario mínimo decretados por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el Articulo N° 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, "... Las pensiones y Jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser Inferiores al salario mínimo urbano...''.

ARTÍCULO TERCERO. Autorizar a la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas a ejecutar esta Resolución

ARTÍCULO CUARTO. Una vez publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, efectuar la correspondiente notificación de la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo N° 73 de la Ley de Orgánica de Procedimientos Administrativos a la ciudadana ARELIS DEL CARMEN MARTINEZ DE ZAMBRANO, ya identificada.;,.,; -y

Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Alcalde del Municipio Uracoa del Estado Monagas, a los Dos (02) días del mes de Mayo del Año Dos mil Diecisiete (2017). Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.

PUBLIQUESE Y EJECUTESE.