Gerencia comunitaria2

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INTRODUCCION En la presente investigación se aborda lo referente a la organización comunitaria, consejo comunal y formas de organización. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela enmarca tanto la organización comunitaria como las formas de organización, en el Capitulo III que trata sobre los Derechos Civiles específicamente en el artículos 52 establece el Derecho de Asociación, en el Capitulo VII De los Derechos Económicos el articulo 118 prevé la labor solidaria y cooperativista. En cuanto a los Derechos Políticos el artículo 70 mencionan a las cooperativas; el articulo 308 Capitulo VI del Sistema Socio-Económico el Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro…En el Capitulo IV Del Poder Publico Municipal se consagra en el articulo 184 la descentralización a favor de grupos vecinales por Estados y Municipios y en el numeral 4 se menciona a las cooperativas, siendo esta materia regulada por la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, que canaliza y da carta de naturaleza a las organizaciones que la ciudadanía quiera formar para los mas diversos asuntos que afecten a la comunidad

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DEFENSA INTEGRAL

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INTRODUCCION

En la presente investigación se aborda lo referente a la organización comunitaria, consejo comunal y formas de organización. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela enmarca tanto la organización comunitaria como las formas de organización, en el Capitulo III que trata sobre los Derechos Civiles específicamente en el artículos 52 establece el Derecho de Asociación, en el Capitulo VII De los Derechos Económicos el articulo 118 prevé la labor solidaria y cooperativista. En cuanto a los Derechos Políticos el artículo 70 mencionan a las cooperativas; el articulo 308 Capitulo VI del Sistema Socio-Económico el Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro…En el Capitulo IV Del Poder Publico Municipal se consagra en el articulo 184 la descentralización a favor de grupos vecinales por Estados y Municipios y en el numeral 4 se menciona a las cooperativas, siendo esta materia regulada por la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, que canaliza y da carta de naturaleza a las organizaciones que la ciudadanía quiera formar para los mas diversos asuntos que afecten a la comunidad

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ADMINISTRACIÓN Y ORGANIZACIÓN COMUNITARIA:

La organización comunitaria no es más que el hecho de crear una estructura dentro de las comunidades dirigida a satisfacer las demandas y exigencias de dicha comunidad, integrada por los miembros de la comunidad. En Venezuela este proceso es ejercido a través de una figura llamada los Concejos Comunales, que son entes de participación ciudadana orientados a solventar las necesidades de la comunidad que los forma e integra, en general este proceso fortalece el Poder Popular y el desarrollo y defensa de una nación.

ORGANIZACIÓN COMUNITARIA:

Forma en que los habitantes de una comunidad se agrupan y ordenan en diferentes ocupaciones, funciones y responsabilidades de manera en que toda la organización logre funcionar como un conjunto. Las organizaciones comunitarias no son exclusivas de un determinado grupo o sector de la población, estas pueden ser constituidas por todas las personas; buscando enfrentar problemas que les afecten y mejoren su situación.

BASES TEÓRICAS:

GERENCIA COMUNITARIA:Es una estrategia que se basa en los criterios de equidad, eficacia, la eficiencia y la

sostenibilidad, que permite orientar la toma de decisiones , las acciones a seguir y el seguimiento y evaluación de los resultados alcanzados. La gerencia comunitaria es un nuevo enfoque administrativo social que surge como una necesidad de las sociedades que tratan a través de éste modelo involucrar a la comunidad, en cualquiera de sus formas, para que sean parte de la transformación que las mismas viven, debido a los factores económicos que rigen el mundo globalizado. Dentro de este orden de ideas, la gerencia comunitaria trata del empoderamiento de las comunidades, es decir del acercamiento de los procesos gerenciales y hacer más eficiente la utilización de los recursos humanos como materiales para que los proyectos sociales sean ejecutados por la misma comunidad, pero para que esto suceda es necesario la participación activa de todos los actores sociales.

LIDERAZGO COMUNITARIO.Es cuando una persona tiene la capacidad de influir más que otros miembros de la

comunidad en el desarrollo de actividades o la toma de decisiones a favor de la comunidad.

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¿Qué habilidades debe tener una persona para ser líder?

Hay tres grandes grupos de habilidades que la persona líder debe manejar para poder orientar adecuadamente una comunidad.

La primera: ´Habilidades humanas´

Incentivos: Reconocer públicamente el trabajo de los miembros de su grupo o de su comunidad. Motivación: Mantener a los miembros del grupo animados a continuar trabajando por el desarrollo dela comunidad.

Conducción: Saber orientar a su grupo, esto quiere decir saber cuando convocar a reunión, delegar actividades, entre otras tareas.

La segunda: ³Habilidades técnicas´.

El manejo de los recursos: Administrar de una buena forma, el dinero y los bienes de la comunidad.

La coordinación: Buscar apoyo o asesoría con otros grupos o instituciones y mantener una buena comunicación. Afrontar adecuadamente los problemas: Buscar la forma pacífica de resolver los conflictos en su grupo o comunidad. Ésta puede ser el dialogo.

La tercera: Habilidades del conocimiento teórico´.Organización: Saber cómo distribuir las actividades de su grupo o comunidad, lo que le permitirá una mejor utilización del tiempo, espacio y recursos.

Planificación: Ordenar adecuadamente todas las actividades y distribuir los recursos para cada una de ellas.

Evaluación: Después de cada actividad, promover una evaluación con los miembros del grupo o la comunidad para darse cuenta de cómo va el trabajo, y con esto, poder mejorarlo en las próximas actividades planificadas. Reflexión y análisis: Saber interpretar los acontecimientos que se dan en el país y su comunidad lo que le permite actuar de forma adecuada en el qué hacer del desarrollo comunitario por lo que es una de las principales habilidades.

CONSEJO COMUNAL:El Art. 1º de la Ley Especial de los Consejos Comunales: define a los Consejos Comunales de la siguiente manera: En el marco del ejercicio de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las d iversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permitan

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al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. Podemos interpretar al Consejo comunal como una expresión de gobierno comunitario, cuya misión primordial es promover y consolidar la democracia participativa y protagónica, mediante el fortalecimiento y organización de todas aquellas expresiones organizativas e individualidades que propicien la corresponsabilidad social en la gestión pública en el seno de la comunidad vinculada. Organización del consejo comunal. Está conformado por un conjunto de personas que se organizan a partir de un factor común la conciencia de una carencia o necesidad e intentan producir una transformación de esa realidad. Su accionar se orienta según valores e intereses compartidos por sus integrantes, imágenes y creencias comunes sobre la sociedad y su transformación.

Según el Art. 2º: Es la organización más avanzada que se puede construir entre vecinos de una misma comunidad, para afrontar problemas comunes en lo social, en lo político, en lo económico, etc., desarrollando proyectos de hábitat, complejos agro productivos, industriales, granjas integrales, vialidad, núcleos de desarrollo endógeno, factorías, plantas procesadoras, viveros, centros recreacionales, etc.

Las organizaciones de la comunidad enfrentan l a necesidad de organizar las demandas y elaborar respuestas buscando mejores condiciones para resolver la gestión de las políticas sociales implementadas desde el Estado para la resolución de problemas y resolver la urgencia, contener conflictos que sólo conocen aquellos referentes que con trabajo y presencia lograron legitimidad y respeto.

LAS FUNCIONES DEL ÓRGANO EJECUTIVO DEL CONSEJO COMUNAL:

Ejecuta las decisiones de la Asamblea Local de Voceros.*Articula al Consejo con las organizaciones presentes en la comunidad y promueve nuevas organizaciones donde sea necesario, en defensa del interés colectivo y el desarrollo integral de las comunidades.*Elabora planes de trabajo, tomando en cuenta todas las proposiciones y sugerencias de la Asamblea Local de Voceros.*Organiza y reactiva la plataforma social de la comunidad, para integrarla y animarla a una participación activa y positiva

FORMAS DE ORGANIZACIÓN:

Los habitantes de una comunidad pueden organizarse en diferentes formas según su interés común:

MANO DEVUELTA: Forma de organización rural en la que los campesinos se agrupan con el fin de colaborarse mutuamente en el proceso agrícola, en la fase de la recolección de la

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cosecha favoreciendo de esta manera la participación y el trabajo organizado de sus miembros y la disminución de los costos que se pueden generar por la mano de obra remunerada.

CONVITES: Sistema de organización comunitaria en la que un grupo de personas se reúne para llevar a cabo mejoras en infraestructura (caminos veredales, carreteras, puentes, adecuación de lugares comunitarios como escuelas). Quien convoca el convite, se encarga del alimento durante la jornada y del transporte al lugar correspondiente, si fuera necesario. Las personas que colaborarán deben llevar su propia herramienta de trabajo; su única remuneración se traduce en beneficio de la colectividad.

ASOCIACIONES: Conjunto de personas que se unen para alcanzar un fin común, específico y legal. La asociación se constituye por medio de un acta, en ella se integran los estatutos que la regulan, en donde deben figurar las siguientes especificaciones: denominación, fines que se propone cumplir, dirección, ámbito territorial de acción previsto, órganos directivos y forma de administración, procedimiento de admisión y pérdida de la cualidad de socio, derechos y deberes de los socios, patrimonio fundacional, recursos económicos previstos, límites del presupuesto anual y aplicación que haya de darse al patrimonio en caso de disolución.

COOPERATIVAS: Agrupación de personas que se organizan por un fin económico y productivo que pretenda brindar bienestar y beneficio a sus integrantes así como también dar respuesta a algunas necesidades y problemas que se pueden solucionar mediante la unión y colaboración de todos.

Existe una Ley de asociaciones cooperativas que regula esta actividad.

El estado se compromete en el artículo 118 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a proteger a estas asociaciones a fin de fomentar la economía popular y alternativa. Asimismo se menciona en el artículo 308 a las cooperativas con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país.

• Cooperativas de Carpinterías• Cooperativa de Producción Agrícola• Cooperativa de Producción Pesquera

COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN DE SERVICIOS: Son aquellas empresas cooperativas que prestan servicios a la comunidad en diferentes áreas, transporte, reparaciones, mantenimiento, tapicería, fumigación, recolección de basura, jardinería, distribución de gas doméstico, transporte escolar, entre tantas como sea posible imaginar.Cooperativas

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de Consumo de Bienes y Servicios: Existen las Cooperativas de obtención de bienes y servicios. Aquí entran las Cooperativas de Consumo y las Cooperativas de Ahorro y Préstamo. La primera tiene como objetivo satisfacer mejor y más económicamente las necesidades de sus miembros. Esto, se da por medio de la mejora de los servicios de compra y venta de artículos de primera necesidad.

GLOSARIO DE TERMINOS:

Sociedad Civil:La sociedad civil está constituida por dos o más personas que ponen en común dinero, bienes o industria con el propósito de repartir entre si las ganancias. Se regulan por lo establecido en el contrato suscrito por las partes y en lo no pactado se estará a lo dispuesto en el Código Civil. El término sociedad civil, como concepto de la ciencia política, designa a la diversidad de personas con categoría de ciudadanos que actúan generalmente de manera colectiva para tomar decisiones en el ámbito público que conciernen a todo ciudadano fuera de las estructuras gubernamentales.

Comunidad:Una comunidad es un grupo o conjunto de individuos, seres humanos, o de animales que comparten elementos en común, tales como un idioma, costumbres, valores, tareas, visión del mundo, edad, ubicación geográfica (un barrio por ejemplo), estatus social, roles. Por lo general en una comunidad se crea una identidad común, mediante la diferenciación de otros grupos o comunidades (generalmente por signos o acciones), que es compartida y elaborada entre sus integrantes y socializada. Generalmente, una comunidad se une bajo la necesidad o meta de un objetivo en común, como puede ser el bien común; si bien esto no es algo necesario, basta una identidad común para conformar una comunidad sin la necesidad de un objetivo específico. En términos de administración o de división territorial, una comunidad puede considerarse una entidad singular de población, una mancomunidad, un suburbio, etc.

Gerencia: consiste básicamente en planificar, organizar, controlar y dirigir los recursos de forma eficaz y eficiente, para el logro de los objetivos. De allí que el gerente es la persona o individuo que logra metas u objetivos por medio de otras personas, a través de un procesos de toma de decisiones, distribución de recursos y dirección de actividades. Al respecto, Ruiz ( 1992) expresa: El término gerencia se refiere a las organizaciones que efectúan actividades de planificación, organización, dirección y control a objeto de utilizar sus recursos humanos, físicos y financieros con la finalidad de alcanzar objetivos comúnmente relacionados con beneficios económicos.

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Proceso Gerencial: Es un proceso que consta de cuatro funciones básicas: planificación, organización, dirección y control.

Planificación: la planificación consiste en la selección de misiones y objetivos y acciones para lograrlos; requiere toma de decisiones, es decir, seleccionar recursos futuros d e acción entre varias opciones. Koontz (1994).

Organización: La organización es la segunda etapa del proceso gerencial, que consiste básicamente en determinar las actividades que se realizarán, quienes las realizarán y de qué forma. Según Robbins (1994): " la organización incluye la determinación de las tareas que se realizarán, quién las hará, cómo se agruparán las labores y quién reportará a quién y dónde se tomarán las decisiones."Por otra parte, organizar es el proceso de determinar y establecer la estructura, los procedimientos y los recursos necesarios para el logros de los objetivos establecidos en la planificación. De allí que el docente debe seleccionar junto con los educandos las actividades, definir las actividades y sus responsables, entre otras.

Dirección: La Dirección, es el elemento de la administración en el que se logra la realización efectiva de todo lo planeado, por medio de la autoridad del administrador, ejercida a base de decisiones, y asea tomada directamente, y con más frecuencia, delegando dicha autoridad, y se vigila simultáneamente que se cumpla en la forma adecuada todas las ordenes emitidas.

Control: El control en el transcurso de enseñanza básicamente está determinado por el proceso de evaluación, ésta es la función que consiste en verificar el logro de los objetivos planteados en la planificación.

Aptitudes: características personales que predisponen a la persona a realizar eficiente y competentemente alguna acción.

Calidad: es el producto de un esfuerzo por hacer las cosas bien, en el transcurso de la aplicación de nuevas tecnologías, para el logro de la excelencia. (Ruiz, 1992, p.14)

Capacidades: conjunto de aptitudes y habilidades que tiene una persona como características individuales.

Eficacia se refiere al logro de los objetivos planteados.

Eficiencia: se refiere al logro de los objetivos utilizando los recursos de forma óptima.

Estrategia: conjunto planificado de acciones ordenadas dirigidas a lograr unos objetivos particulares de aprendizaje.

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Toma de Decisiones: es el resultado de las acciones producto de conductas muy personales

Toma de decisiones.Los resultados de cualquier decisión y acción gerencial tienen determinaciones

sociales relacionadas con quiénes, para quiénes y en qué medios se realizan las intervenciones. La consistencia de la actuación gerencial, no se define en sí misma, sino en relación dependiente con las poblaciones donde actúa. Las acciones arbitrarias e impuestas tendrán resultados más improbables, así como serán inútiles y dispendiosos los gastos, independientemente de sus magnitudes, porque las poblaciones son sujetos de las acciones que los comprometen. Ya que la gerencia debe ser participativa, se agrega también, el hecho de que las decisiones se deben llevar en conjunto, tomando en cuenta la opinión de las personas de acuerdo a su especialidad, conocimientos y experiencia

CONSEJOS COMUNALES:El proceso de revitalización de la democracia en nuestro país se fundamenta en la

construcción de canales de participación entre los sujetos populares y las instituciones públicas para generar espacios de diálogo, reflexión y toma de decisiones que permitan diseñar políticas públicas que respondan a las necesidades del pueblo y que incidan en la transformación de las situaciones de injusticia, exclusión y opresión que han predominado históricamente en nuestro país.

Ahora bien: la participación de las comunidades populares se materializa en la organización comunitaria, instrumento que permite a los miembros de las comunidades compartir sus necesidades e intereses y ser sujetos protagonistas de la solución de sus problemas. La organización comunitaria favorece las prácticas de distribución de actividades, delegación de responsabilidades, administración de recursos, toma de decisiones, ejecución de proyectos, entre muchas otras.

Creemos en la capacidad creadora de nuestro pueblo y en este sentido queremos contribuir con los procesos de organización y participación que llevan adelante actualmente a través del programa FOCO, apostando al fortalecimiento de la organización comunitaria como instrumento de participación y protagonismo popular.

Su objeto es el tratamiento de aspectos conceptuales y metodológicos del quehacer comunitario, que abarca áreas relacionadas con la organización y la participación, así como con la cogestión entre comunidades e instituciones. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONESFavorecer los procesos de inclusión y equidad social:

Promoviendo el desarrollo de las capacidades asociativas y organizativas.

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Aumentando la participación comunitaria. Fortaleciendo el liderazgo en sectores vulnerables social y económicamente.

OBJETIVO GENERAL:

Contribuir al fortalecimiento de los procesos de organización y participación de las comunidades populares a través de un programa de formación que abarca temas relacionados con el quehacer comunitario y la cogestión entre comunidades e instituciones públicas.

LOS CONSEJOS COMUNALES COMO BASES PARA LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE CALIDAD:Analizando los distintos conceptos y se determinó que un Consejo Comunal es la

nueva estructura Social, que funcionara como el ente planificador de proyecto de necesidad y de proyectos de producción que desarrollen nuevas fuentes de trabajos e impulsen el desarrollo social y económico de la comunidad mediante un mecanismo de la participación ciudadana, en diversos sectores como en el sector Rural en donde será conformado al partir de 20 familias su estructura estará conformada por un mínimo 9 voceros definido de la siguiente manera, en el sector rural uno será electo como vocero o vocera delegado principal, el segundo como secretario o secretaria, los siete (7) restantes serán voceros principales de las comisiones de trabajo que son Contraloría social, salud, deporte, cultura, economía popular, producción, infraestructura, seguridad, defensa, educación y comunicación. En el sector Urbano será conformado de acuerdo al artículo 113 de la ley del poder publico Municipal, que establece que en cada una de las comunidades se conformara un consejo comunal, que estará integrado por un vocero o vocera delegado principal y un secretario o secretaria y un vocero o vocera de cada comité, cooperativa y ONG. En este proceso se debe llevar una Administración Comunitaria: En donde se debe permanente y continuamente reflexionar y realizar análisis sobre la realidad. Partiendo de la colecta, integración, sistematización y análisis de información del territorio de la comunidad o del ejido. En donde quien lo elabora es la propia comunidad

Después de ellos se debe realizar un Diagnóstico Social como Herramienta de Desarrollo Comunitario: En lo cual se debe tener conocimientos acerca de la labor cotidiana con los destinatarios de los proyectos, ¿Qué nivel de conocimiento tengo acerca de sus necesidades y expectativas?, ¿Cómo he obtenido dicho conocimiento?, ¿Qué necesito para disponer de una mayor comprensión de su situación?, En donde con estas respuesta se realiza un diagnostico de la situación que debemos hacer la premura. Es así como la palabra diagnóstico es utilizada en diferentes momentos o contextos, para hacer referencia a la caracterización de una situación, mediante el análisis de algunos eventos. “Conocer para actuar” es uno de los principios fundamentales del diagnóstico que no debe terminar en el “conocer por conocer” para saber qué pasa con un grupo o una comunidad porque finalmente no se termina priorizando lo que se debe priorizar. La necesidad de realizar un diagnóstico esta basada en el hecho de que es necesario conocer

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para actuar con eficacia. En este sentido, todo diagnóstico social se convierte en uno de los primeros pasos para un proceso de planeación o proyecto en la medida que a través de él se puede tener un conocimiento real y concreto de una situación sobre la que se va a intervenir, teniendo en cuenta que las acciones de un programa o proyecto buscan resolver una situación-problema.

TRABAJO COMUNITARIO:Estos Diagnóstico son importante para tener una información básica que sirva para

programar acciones concretas, llámense programas, proyectos o actividades. También para tener un cuadro de la situación, que sirva para las estrategias de actuación. En otras palabras, el diagnóstico es el punto de partida para diseñar operaciones y acciones que permiten enfrentar los problemas y necesidades detectadas en el mismo. El diagnóstico debe ser el fundamento de las estrategias que han de servir en la práctica de acuerdo a las necesidades y aspiraciones de la comunidad y a la influencia de los diferentes factores que inciden en el logro de los objetivos propuestos. Un diagnóstico actualizado permite tomar decisiones en los proyectos con el fin de mantener o corregir el conjunto de actividades en la dirección de la situación objetivo.

ETAPAS DE LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO COMUNITARIO:En un diagnóstico, además de caracterizar un problema social, se debe conocer: 1.-

Cuáles son los problemas y el porqué de esos problemas en una situación determinada. 2.- Cuál es el contexto que condiciona la situación-problema estudiada. 3.- Cuáles son los recursos y medios disponibles para resolver estos problemas. 4.- Cuáles son los factores más significativos que influyen, y los actores sociales implicados. 5.- Qué decisiones hay que adoptar acerca de las prioridades, objetivos y estrategias de intervención y 6.- Cuáles son los factores que determinan que las acciones son viables y factibles.

¿QUÉ ES LA CONTRALORÍA SOCIAL?La Contraloría Social se define como "El conjunto de acciones de control, vigilancia

y evaluación que realizan las personas, de manera organizada o independiente, en un modelo de derechos y compromisos ciudadanos, con el propósito de contribuir a que la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos se realicen en términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, así como para exigir la rendición de cuentas a sus gobernantes".

EQUIPO EFECTIVO DE TRABAJO:Es así como determinamos que los debe haber un líder Comunitario quien va hacer

quien guie y oriente a la comunidad a establecer sus mayores prioridades en donde se caracteriza porque debe aplicar las funciones de líder político para derivar los ordenamientos municipales es decir se ocupa de las funciones que tienen relación con el apoyo a los diferentes proyectos que se lleven a cabo en una comunidad ya que los líderes comunitarios son aquellas personas que pertenecen a una comunidad que saben

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compartir lo que tienen y están dispuestos a colaborar con los demás. Estas características producen en el resto de componentes de su comunidad confianza y seguimiento de sus indicaciones. Todo esto con la finalidad de lograr las mejoras a la comunidad y de priorizar sus problemas para poder realizar determinadas obras que van ayudar a evolucionar al sector o a la población que vive y comparte el día a día en sociedad.

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CONCLUSIÓN

Con todas estas bases se permite crear solidas organizaciones comunales que garantice el bienestar integral de la población, con directrices estratégicas que fundamentan como clave de éxito la capacitación del recurso humano, la comunidad organizada, para lograr un trabajo articulado capas de superar los conflictos y el crecimiento armónico del individuo, familia y comunidad. Este hecho permite evitar las complejas comparaciones de niveles de descentralización dados tanto la multiplicidad, complejidad y subjetividad de los elementos que pueden ser considerados en la definición de un indicador explicativo del fenómeno objeto de estudio, o mejor aún, el área, región o localidad a la cual se pretende desarrollar, ya que cuando se piensa en descentralización a nivel de gobierno, se piensa en desarrollo de una región o de una localidad, así pues, la mejor manera de estudiar el fenómeno de la descentralización es trascender los análisis estáticos y dinamizar el análisis, de modo que se puedan observar tendencias en las instituciones, la concentración del poder, el comportamiento del sector público.