GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA

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GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA GERENCIA GENERAL REGIONAL GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA "Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres" "Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia" Jr. Santa Teresa de Journet N° 351 – Urb. La Alameda 076 600040 www.regioncajamarca.gob.pe Pág. 1 / 5 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la sede del Gobierno Regional Cajamarca, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://mesavirtual.regioncajamarca.gob.pe/validadorDocumental e ingresando la siguiente clave: ILPIERK VISTOS: El Oficio N° D000832-2020-GRC-GRI, de fecha 30 de diciembre de 2020, Oficio N° D0001258-2020-GRC- SGSL, Informe N° D00085-2020-GRC-SGSL-NOQ, Carta 10-2020-CONSORCIO SANTA CRUZ, Contrato N° 001-2020- GRC-GGR, derivado de la Licitación Pública N° 005-2020-GR.CAJ – Primera Convocatoria, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de octubre del 2020, se suscribió el Contrato N° 001-2020-GRC-GGR, derivado de la Licitación Pública N° 005-2020-GR.CAJ – Primera Convocatoria; entre el Gobierno Regional de Cajamarca y el CONSORCIO CARRETERA CAJAMARCA, a través de su Representante Legal Sr. CHEN JUNKUN; cuyo objeto es la ejecución de la obra denominada: “Mejoramiento Carretera CA-103: EM.PE 06B (Santa Cruz de Succhubamba) - Romero Circa - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP.PE - 06C (El Empalme) - Cajamarca" - Saldo de Obra”, por el monto de S/. 88´760,837.60 (Ochenta y Ocho Millones Setecientos Sesenta Mil Ochocientos Treinta y Siete con 60/100 Soles), con un plazo de ejecución de Quinientos Cuarenta (540) días calendario; contrato regido bajo los alcances del TUO de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con D.S No. 082-2019-EF; y del Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, Reglamento de la Ley No. 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Que, mediante Carta N° 010-2020/CSSC, de fecha 29 de diciembre de 2020, Exp. SGD 2020-17970, la Representante Legal del CONSORCIO SUPERVISOR SANTA CRUZ, señorita Paola Antonieta Biondi Ríos; informa ante la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, que mediante Carta N° 021-2020-CCC, la Empresa Contratista, presenta la programación y Calendarios Adecuados a la fecha de inicio 28 de diciembre de 2020, mismos que fueron evaluados por el Supervisor General de Obra, quien emite pronunciamiento contenido en el Informe N° 003-2020/CSSC/SGO/JMSP, de fecha 29 de diciembre de 2020; siendo el pronunciamiento de la supervisión el siguiente: La supervisión de obra luego de la evaluación de la Carta N° 021-2020-CCC, con la Programación y Calendarios Adecuados a la fecha de inicio de fecha 28 de diciembre de 2020. El Consorcio Supervisor Santa Cruz en cumplimiento al Artículo 176, inicio de plazo de ejecución, comunica que luego de la verificación de la documentación emite pronunciamiento favorable de aprobación de los Cronogramas como son: Programación PER-CPM; GANT, Calendario de Adquisición de materiales y Calendario de Adquisición de Equipos del Real inicio de obra. Cuyo plazo de inicio es desde el 24 de noviembre de 2020 y de acuerdo al plazo de ejecución es de 540 días calendarios cuya fecha fin de obra es el 17 de mayo de 2022.

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GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA GERENCIA GENERAL REGIONAL

GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"

"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"

Jr. Santa Teresa de Journet N° 351 – Urb. La Alameda 076 600040 www.regioncajamarca.gob.pe Pág. 1 / 5

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la sede del Gobierno Regional Cajamarca, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://mesavirtual.regioncajamarca.gob.pe/validadorDocumental e ingresando la siguiente clave: ILPIERK

VISTOS:

El Oficio N° D000832-2020-GRC-GRI, de fecha 30 de diciembre de 2020, Oficio N° D0001258-2020-GRC-

SGSL, Informe N° D00085-2020-GRC-SGSL-NOQ, Carta 10-2020-CONSORCIO SANTA CRUZ, Contrato N° 001-2020-

GRC-GGR, derivado de la Licitación Pública N° 005-2020-GR.CAJ – Primera Convocatoria, y;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 26 de octubre del 2020, se suscribió el Contrato N° 001-2020-GRC-GGR, derivado de la

Licitación Pública N° 005-2020-GR.CAJ – Primera Convocatoria; entre el Gobierno Regional de Cajamarca y el

CONSORCIO CARRETERA CAJAMARCA, a través de su Representante Legal Sr. CHEN JUNKUN; cuyo objeto es la

ejecución de la obra denominada: “Mejoramiento Carretera CA-103: EM.PE 06B (Santa Cruz de Succhubamba) -

Romero Circa - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP.PE - 06C (El Empalme) - Cajamarca" - Saldo de Obra”, por el

monto de S/. 88´760,837.60 (Ochenta y Ocho Millones Setecientos Sesenta Mil Ochocientos Treinta y Siete con

60/100 Soles), con un plazo de ejecución de Quinientos Cuarenta (540) días calendario; contrato regido bajo los

alcances del TUO de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con D.S No. 082-2019-EF; y del

Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, Reglamento de la Ley No. 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

Que, mediante Carta N° 010-2020/CSSC, de fecha 29 de diciembre de 2020, Exp. SGD 2020-17970, la

Representante Legal del CONSORCIO SUPERVISOR SANTA CRUZ, señorita Paola Antonieta Biondi Ríos; informa

ante la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, que mediante Carta N° 021-2020-CCC, la Empresa Contratista,

presenta la programación y Calendarios Adecuados a la fecha de inicio 28 de diciembre de 2020, mismos que

fueron evaluados por el Supervisor General de Obra, quien emite pronunciamiento contenido en el Informe N°

003-2020/CSSC/SGO/JMSP, de fecha 29 de diciembre de 2020; siendo el pronunciamiento de la supervisión el

siguiente:

“La supervisión de obra luego de la evaluación de la Carta N° 021-2020-CCC, con la

Programación y Calendarios Adecuados a la fecha de inicio de fecha 28 de diciembre de 2020.

“El Consorcio Supervisor Santa Cruz en cumplimiento al Artículo 176, inicio de plazo de

ejecución, comunica que luego de la verificación de la documentación emite pronunciamiento

favorable de aprobación de los Cronogramas como son: Programación PER-CPM; GANT,

Calendario de Adquisición de materiales y Calendario de Adquisición de Equipos del Real inicio

de obra.

“Cuyo plazo de inicio es desde el 24 de noviembre de 2020 y de acuerdo al plazo de ejecución

es de 540 días calendarios cuya fecha fin de obra es el 17 de mayo de 2022.

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Que, mediante Informe N° D00085-2020-GRC-SGSL-NOQ, de fecha 30 de diciembre de 2020; el Ing.

Nelson Francisco Oblitas Quispe, profesional adscrito a la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, informa

ante dicha Sub Gerencia, que:

“….en razón a los calendarios (adquisición de materiales e insumos, Utilización de maquinaria

pesada y equipos livianos) y cronogramas (Valorizado de obra y PERT CPM), presentados por

la empresa Contratista “Consorcio Carretera Cajamarca”, a la supervisión de obra “Consorcio

supervisor Santa Cruz”, se ha verificado que los dichos calendarios y cronogramas, han sido

evaluados por dicha supervisión encontrándolos conforme, emitiendo su pronunciamiento

favorable para su aprobación, luego del análisis al informe N° 003-2020-CSSC/SGO/JMSP,

emitido por el jefe de la supervisión.”

“Como es de verse el equipo de coordinación se ha limitado a verificar que la documentación

presentada por la supervisión este completa y debidamente firmada por los profesionales

responsables de obra que sustenta los cronogramas y calendarios, indicando que es

responsabilidad de la supervisión la revisión de los contenidos y su análisis respectivo”

“Por lo que alcanzamos a su despecho para su análisis, tramite y aprobación vía resolutiva,

de dichos calendarios, en cumplimiento a lo indicado en el artículo N° 176, del reglamento de

la ley de contrataciones del estado, indicándole que la entidad cuenta con 05 días hábiles para

su aprobación, luego del análisis y opinión favorable de su despacho”

Que, con Oficio N° D001258-2020-GRC-SGSL, de fecha 30 de diciembre de 2020; el Sub Gerente de

Supervisión y Liquidaciones, informa ante la Gerencia Regional de Infraestructura, respecto a la presentación de

los Cronogramas presentados por la Empresa Contratista, indicando lo siguiente:

“…hacerle llegar la Programación PERT - CPM, GANTT y los Calendarios de Adquisición de

Materiales y Calendario de Adquisición de Equipos con la fecha de Inicio de ejecución de obra,

correspondiente a la ejecución del proyecto: “Mejoramiento Carretera CA-103: EM.PE 06B

(Santa Cruz de Succhubamba) - Romero Circa - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP.PE - 06C (El

Empalme) - Cajamarca" - Saldo de Obra”, elaborado por la empresa contratista – CONSORCIO

CARRETERA CAJAMARCA; revisado y encontrado CONFORME por el Ing. Juan Sánchez Portal –

Jefe de Supervisión de Obra y presentado por la Sra. Paola Antonela Biondi Ríos – Representante

Legal de la empresa supervisora CONSORCIO SUPERVISOR SANTA CRUZ; por lo que con el visto

bueno del Ing. Nelson Oblitas Quispe – Jefe de Coordinación de Obra y el suscrito en mi calidad

de Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de Obra, elevo a su Despacho para su

conocimiento y trámite de aprobación vía resolutiva.

Que, en mérito a lo solicitado por la citada Sub Gerencia, mediante Oficio N° D000832-2020-GRC-GRI, de

fecha 30 de diciembre de 2020, ésta Gerencia Regional de Infraestructura, solicitó ante la Dirección Regional de

Asesoría Jurídica, proceda e emitir el proyecto de resolución correspondiente, con el cual se aprueba los

Calendarios y Programación PERT-CPM, GANT - Proyecto: “Mejoramiento Carretera CA-103: EM.PE 06B (Santa

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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la sede del Gobierno Regional Cajamarca, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://mesavirtual.regioncajamarca.gob.pe/validadorDocumental e ingresando la siguiente clave: ILPIERK

Cruz de Succhubamba) - Romero Circa - La Laguna - Tongod - Catilluc - EMP.PE - 06C (El Empalme) - Cajamarca"

- Saldo de Obra”.

Que, conforme lo dispuesto en la Opinión N° 052-2014/DTN, la Dirección Técnico Normativa del

Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, establece en su fundamento 2.2 segundo párrafo

lo siguiente:

"La elaboración del mencionado calendario se realiza en función al programa de ejecución de

obra y tiene por finalidad que la Entidad controle el avance de la obra pues le permite

identificar atrasos en su ejecución, programar el presupuesto para el pago de las

valorizaciones y, de ser el caso, tomar las decisiones que sean necesarias para culminar la obra

en el plazo previsto".

Que, los numerales 175.1, 176.4 y 176.5 del Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 377-2019-

EF, señala:

“175.1 Para la suscripción del contrato de ejecución de obra, adicionalmente a la previsto en el

artículo 139 el postor ganador cumple los siguientes requisitos:

a) Presentar la constancia de Capacidad Libre de Contratación expedida por el RNP, salvo en los

contratos derivados de procedimientos de contrataciones directas por la causal de carácter de

secreto, secreto militar o por razones de orden interno.

b) Entregar el Programa de Ejecución de Obra (CPM), el cual presenta la ruta crítica y el calendario

de avance de obra valorizado.

c) Entregar el calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de

obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado. Este calendario se

actualiza con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance

de obra valorizado vigente.

d) Entregar el calendario de utilización de equipo, en caso la naturaleza de la contratación lo

requiera.

“176.4 Para efectos de la aprobación de los documentos indicados en los literales b), c) y d) del

numeral 175.1 del artículo 175, el supervisor o inspector dentro de los siete (7) días de suscrito del

contrato de obra, emite su conformidad sobre dichos documentos e informa a la Entidad. En caso

se encuentren observaciones, las hace de conocimiento del contratista, quien dentro de los ocho (8)

días siguientes las absuelve y, de ser el caso, concuerda la versión definitiva de los mismos. En caso

de falta de acuerdo, se considera como válidas las observaciones del supervisor o inspector que no

hubieran sido levantadas concordadas debiendo remitir a la Entidad la versión final de dichos

documentos como máximo dentro de las quince (15) días de suscrito el contrato.

“176.5 Recibido el informe del supervisor, la Entidad tiene cinco (5) días hábiles para aprobarlo. En

caso se observe, se consideran los calendarios del expediente técnico de la obra, sin perjuicio de que

cualquier discrepancia pueda ser sometida por el contratista al mecanismo de solución de

controversias que corresponda”; (subrayado y resaltado agregado);

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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la sede del Gobierno Regional Cajamarca, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://mesavirtual.regioncajamarca.gob.pe/validadorDocumental e ingresando la siguiente clave: ILPIERK

Que, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, como órgano de asesoramiento ha procedido a la

correspondiente revisión únicamente de los aspectos formales que deben cumplirse para efectos de la atención

de la presente solicitud; (informes de área usuaria, conformidad de Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones; y

conformidad técnica de Gerencia Regional de Infraestructura); verificándose que éstos se encuentran conformes.

Cabe señalar que en lo que compete a los aspectos de competencia y especialidad, la citada Dirección no puede

avocarse a la revisión del contenido de carácter técnico de los documentos remitidos, los mismos que han sido

revisados y ameritaron un pronunciamiento de la Gerencia Regional de Infraestructura y demás órganos técnicos,

por consiguiente, son de absoluta responsabilidad de la Gerencia en mención; por lo que, en virtud a la verificación

técnica efectuada por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, la Programación PERT - CPM, GANTT y los

Calendarios de Adquisición de Materiales y Calendario de Adquisición de Equipos con la fecha de Inicio de

ejecución de obra, cumpliría con los requisitos técnicos exigidos; siendo procedente su aprobación.

En uso de las facultades conferidas por la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,

modificada por la Ley No.27902, y Ley No.27783 – Ley de Bases de la Descentralización, TUO de la Ley Nº 30225 -

Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con D.S No. 082-2019-EF; y del Decreto Supremo Nº 344-2018-EF,

Reglamento de la Ley No. 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 377-

2019-EF, y a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 481-2019-GR.CAJ/P, de fecha 11 de setiembre de 2019, donde se

delegó a la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional, la función de aprobar los Calendarios de

Avance de Obras, se constituye en la instancia competente para emitir el acto resolutivo correspondiente; y con la

visación de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones y Dirección Regional de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. - APROBAR la Programación PERT - CPM, GANTT y los Calendarios de Adquisición

de Materiales y Calendario de Adquisición de Equipos con la fecha de Inicio de ejecución de la obra:

“Mejoramiento Carretera CA-103: EM.PE 06B (Santa Cruz de Succhubamba) - Romero Circa - La Laguna - Tongod

- Catilluc - EMP.PE - 06C (El Empalme) - Cajamarca" - Saldo de Obra”, en virtud de la verificación y evaluación

técnica efectuada por la Supervisión de Obra CONSORCIO SUPERVISOR SANTA CRUZ y la Sub Gerencia de

Supervisión y Liquidaciones, descritos en los considerandos y que forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER, que la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, es

exclusivamente responsable de la evaluación y conformidad, del presente Expediente de Aprobación de la

Programación PERT - CPM, GANTT y los Calendarios de Adquisición de Materiales y Calendario de Adquisición de

Equipos con la fecha de Inicio de ejecución de obra; así como de la información técnica que remite y del contenido

de la misma.

ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER que la Secretaría General del Gobierno Regional de Cajamarca, cumpla

con notificar la presente a la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones, a la empresa contratista CONSORCIO

CARRETERA CAJAMARCA, en su domicilio sito en: Av. Paseo de la República N° 5895, Interior N° 605, Distrito de

Miraflores – Lima, y a los correos: [email protected], [email protected],

[email protected],[email protected],[email protected]

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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la sede del Gobierno Regional Cajamarca, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://mesavirtual.regioncajamarca.gob.pe/validadorDocumental e ingresando la siguiente clave: ILPIERK

om.pe, conforme a la Cláusula Vigésima Tercera del Contrato; así como a la Empresa Supervisora CONSORCIO

SUPERVISOR SANTA CRUZ, en su domicilio sito en: Calle Mártir José Olaya N° 129 Of. 1401 Distrito de Miraflores

– Lima, de acuerdo a Ley.

COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE

Documento firmado digitalmente VICTOR ABEL RODRIGUEZ ARANA

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