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NORMATIVA• Ley de Presupuestos de la

Comunidad de Madrid• Ley de la Hacienda de la

Comunidad de Madrid• Decreto 149/2000• Ordenes e Instrucciones de las

Consejerías.

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FASES DE LA GESTIÓN ECONÓMICA

• Elaboración del Presupuesto• Ejecución del Presupuesto• Rendición de la Cuenta de Gestión• Fiscalización

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ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO

• Anteproyecto (Equipo Directivo)

• Proyecto (Consejo Escolar)• Presupuesto aprobado (DAT)• Modificaciones de Presupuesto

aprobado. (Consejo Escolar + DAT)

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Presupuesto

• El proyecto a presentar ante el Consejo Escolar incluirá:– Una memoria justificativa– Un estado de ingresos– Un estado de gastos– Un resumen del estado de ingresos y

gastos por programa presupuestario.

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EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

• Reflejo del día a día.• Apuntes de Banco.

– Ingreso– Pago

• Apuntes de Caja.– Ingreso– Pago

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FISCALIZACION• Bien por la Intervención, bien por

la Cámara de Cuentas.

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PRESUPUESTO• Expresión cifrada y sistemática de

la previsión de ingresos y de los gastos que como máximo se pueden efectuar con cargo a dichos ingresos.

• Carácter estimativo de los ingresos y limitativo de los gastos.

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PRESUPUESTO

• Principio de equilibrio • Principio de Imputación de todas las

transacciones (no compensación)• Principio de Registro• Principio de Caja (frente al de

devengo)• Principio de prudencia.

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Principio de equilibrio

• Ingresos = Gastos– Saldo Inicial + Ingresos – Gastos

= 0– Saldo Inicial = Remanente ejercicio

anterior, luego:– Remanente ejercicio anterior +

ingresos = Gastos.

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Principio de imputación de todas las

transacciones• Se deben reflejar todos los

Ingresos así como todos los Gastos, no permitiéndose compensaciones entre ellos.

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Principio de Registro

• Todos los apuntes deben reflejarse en el Sistema Informático (GECD).

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Principio de Caja

• Los asientos contables deben reflejarse sólo en el momento en el que ingresos y gastos queden reflejados en la cuenta bancaria.

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Principio de prudencia• El saldo de la cuenta bancaria no

debe arrojar saldo negativo en ningún caso (se incurre en responsabilidad)

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COMPETENCIA

• El director autoriza los gastos y ordena los pagos

• El límite cuantitativo es el correspondiente al Contrato Menor (50.000 € para obras, 18.000 € para suministros etc). La vigencia de estos contratos menores no será superior a 1 año y no pueden ser prorrogados.

• En ningún caso pueden efectuarse contrataciones de personal.

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Elaboración del Presupuesto

• Los ingresos de los centros proceden de los Programas de Gasto de la Consejería de Educación.

• Ver Tabla de Programas de Gasto por Unidades Administrativas

• Ver Tabla de Programas de Gasto por nivel educativo.

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Elaboración del Presupuesto

• Traslado de los Ingresos al programa GECD a través de los Códigos de Ingreso

• Traslado de los Gastos al programa GECD a través de las Partidas de Gasto.

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Códigos de Ingreso• 101 Ingresos para gastos de funcionamiento

operativo. (Subconcepto 2900)• 102 Ingresos para gastos de distintos a los de

funcionamiento operativo (Subconceptos distintos del 2900, cualquiera que sean)

• 103 Ingresos obtenidos en virtud de la autonomía de gestión.

• 104 Procedentes de la Gestión del Seguro Escolar

• 105 Procedentes de la Gestión del Comedor Escolar

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Códigos de Ingreso (102)

• 1021 - Consejería de Educación• 1022 - Comunidad de Madrid distintos

Consejería de Educación• 1023 - Otras AAPP distintas de la

Comunidad de Madrid.• 1024 - Unión Europea.• 1025 – Otros organismos

Internacionales.

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Códigos de Ingreso (103)

• 1030 Convenios F.C.T.• 1031 Disposiciones Testamentarias y donaciones• 1032 Convenios con entidades sin ánimo de lucro para actividades

extraescolares o complementarias.• 1033 Prestación de servicios y venta de bienes muebles producto

actividades educativas..• 1034 Ingresos obtenidos por venta bienes muebles obsoletos e

innecesarios.• 1035 Derivados de la cesión de instalaciones. • 1036 Intereses bancarios.• 1037 Fondos procedentes de Fundaciones.• 1038 Cualquier otro para el que cuente con autorización.• 1039 Premios y becas por participación en actividades didácticas,

deportivas y culturales.

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Códigos de ingreso(104)

• 1041 Ingresos alumnos Seguro Escolar

• 1042 Colaboración con la TGSS.

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Códigos de Ingreso (105)

• 1051 Comedor Escolar Programa503

• 1052 Comedor Escolar Programa 507

• 1053 Comedor Escolar Ayuntamiento

• 1054 Usuarios no subvencionados.

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Partidas de Gasto

• Siempre asociadas a un código de ingreso.• De la 2120 a la 2909 asociadas al Códigos 101, y 103• 2205 asociada al Código 1021 02• 2269, 2602, 4820, 4850 y 6900 asociados al código

102.• 5550 Compensación empresas colaboradoras en F.C.T

asociada al Código de ingreso 101• 5551 Compensación desplazamiento profesores tutores

F.C.T. asociada al Código de ingreso 101• 5552 Compensación desplazamiento alumnos en

prácticas asociada al Código de ingreso 101• 8888 Comedor Escolar • 9999 Seguro Escolar

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Tesorería

• La Tesorería es igual a la suma del saldo del Banco mas el saldo de Caja.

• También es igual al saldo de la cuenta de Gestión.

• Los pagos por Banco deben efectuarse por transferencia o por cheque nominativo (prohibido expresamente emitir talones al portador).

• Los pagos siempre por servicio realizado y contra factura correctamente emitida (en la forma y en el fondo).

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Ejecución del Presupuesto

• Criterio de contabilización y soporte documental.

• Facturas.• Normas sobre prescripción de

obligaciones y de pago.

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Normas particulares en la ejecución del presupuesto• Venta de bienes obsoletos e innecesarios (Baja

de Inventario)• Prestación de servicios y venta de bienes

muebles.• Cesión ocasional de las instalaciones del Centro.• Cualquier otro ingreso con autorización.

– Uso particular de fotocopiadoras teléfonos y Fax.– Obtención de ingresos por instalación de máquinas de

“vending”.– Ingresos autorizados de forma implícita.– Indemnizaciones por razón del servicio (“dietas):

desplazamiento.

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RENDICIÓN DE LA CUENTA DE GESTIÓN

• Finalizado el ejercicio económico se envían a la D.A.T. los siguientes documentos:– Libro de Banco– Libro de Caja– Libro Diario– Certificado de Saldo Bancario– Certificado de Arqueo de Caja de efectivo.– Otros documentos solicitados por la DAT.

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El Remanente

• El saldo final del ejercicio se incorporará al ejercicio siguiente como Saldo Inicial del mismo.

• El Remanente se atribuye a los Gastos de Funcionamiento excepto si procede de créditos finalistas en cuyo caso debe atribuirse a éstos en la cantidad que reste del año precedente.

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El Seguro Escolar.

• Recaudación• Pago a la TGSS.• Premio de cobranza. Cambio del

Código 1041 al 1042• Gasto asociado al Premio de

Cobranza

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Obligaciones Fiscales

• Declaraciones de IRPF.• Declaraciones de IVA• Declaración de operaciones

anuales con terceros.

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Precios Públicos

• Breve referencia.• Exenciones.• Pago Fraccionado• Excepciones.• Devoluciones de Ingresos

indebidos.