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GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE TITO YUPANQUI 3ra. SECCION PROV. MANCO KAPAC FUNDADO: 6 DE FEBRERO DE 1985 H. CONCEJO MUNICIPAL LA PAZ - BOLIVIA Ley Municipal 006/2014 "ADMINISTRACION Y REGULARIZACIÓN DE LOS FONDOS EN AVANCE, ANTICIPOS Y CUENTAS POR COBRAR" 25 DE JUNIO DE 2014 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Toda entidad, funcionario o persona que recaude, reciba, pague o custodie fondos, valores o bienes del Estado, tiene la obligación de rendir cuenta de la administración a su cargo por intermedio del sistema contable, La documentación que sustenta y respalda su manejo y las condiciones de su arch ivo hacen al manejo administrativo propio de la Entidad Territorial denominada Gobierno Autónomo Municipal de Tito Yupanqui. El ni vel ce ntr al del Estado a lo ha le gislado en la denomin a da Ley 1178 de Admini s tración y Control Gubernamental de 20 de Julio de 1990 Por ello se justifica dictar la presente Ley Municipal de administración de fondos en avance , anticipos y cuentas por cobrar, que será la norma principal para que el Municipio y las personas que hacen a su manejo administrativo como servidores públicos o en su condición de contrat istas , proveedores, consultores u otros sean quienes respondan por su responsabilidad administrativa y se opere la regularización que permita al municipio cobrar y regularizar sus cuentas fiscales de la gestión administrativa presente y las anteriores . La Ley 482 de Gobi e rnos Autónom os Mun i cip a les en su Artículo 13 In c. a) de la JERARQUÍA NORMATIVA MUNICIPAL, establece qu e una facul tad del Órgano Legislativo Municipal es la de emitir "Ley es Municipales sobre sus facu l tades, competencias exclusivas y el de sarroll o de las competenci as compartidas". Por su parte la Ley Municipal 01/2014 de Ordenamiento Jurídico Administrativo promulgada en fecha 13 de junio de 2014 , regula en su Art. 17 y siguientes; el tratamiento de las Leyes Municipales , su régimen y tratamiento. Lo expresado líneas arriba justifican en gran manera Municipal

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GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE TITO YUPANQUI 3ra. SECCION PROV. MANCO KAPAC FUNDADO: 6 DE FEBRERO DE 1985

H. CONCEJO MUNICIPAL LA PAZ - BOLIVIA

Ley Municipal N° 006/2014 "ADMINISTRACION Y REGULARIZACIÓN DE LOS FONDOS EN AVANCE,

ANTICIPOS Y CUENTAS POR COBRAR" 25 DE JUNIO DE 2014

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Toda entidad, funcionario o persona que recaude, reciba, pague o custodie fondos, valores o bienes del Estado, tiene la obligación de rendir cuenta de la administración a su cargo por intermedio del sistema contable,

La documentación que sustenta y respalda su manejo y las condiciones de su archivo hacen al manejo administrativo propio de la Entidad Territorial denominada Gobierno Autónomo Municipal de Tito Yupanqui.

El nive l centra l del Estado a sí lo ha legislado en la denominada Ley 1178 de Adminis tración y Control Gubernamental de 20 de Julio de 1990

Por ello se justifica dictar la presente Ley Municipal de administración de fondos en avance, anticipos y cuentas por cobrar, que será la norma principal para que el Municipio y las personas que hacen a su manejo administrativo como servidores públicos o en su condición de contratistas, proveedores, consultores u otros sean quienes respondan por su responsabilidad administrativa y se opere la regularización que permita al municipio cobrar y regularizar sus cuentas fiscales de la gestión administrativa presente y las anteriores.

La Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipa les en su Artículo 13 Inc . a) de la JERARQUÍA NORMATIVA MUNICIPAL, esta blece que una facul tad del Órgano Legislativo Municipal es la de emitir "Leyes Municipales sobre sus facultades, competencias exclusivas y el desarrollo de las competencias compartidas".

Por su parte la Ley Municipal N° 01/2014 de Ordenamiento Jurídico Administrativo promulgada en fecha 13 de junio de 2014, regula en su Art. 17 y siguientes; el tratamiento de las Leyes Municipales, su régimen y tratamiento.

Lo expresado líneas arriba justifican en gran manera Municipal

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GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE TITO YUPANQUI 3ra. SECCION PROV. MANCO KAPAC FUNDADO: 6 DE FEBRERO DE 1985

H. CONCEJO MUNICIPAL LA PAZ- BOLIVIA

LEY MUNICIPAL N° 006/2014

ADMINISTRACION Y REGULARIZACIÓN DE LOS FONDOS EN AVANCE, ANTICIPOS Y CUENTAS POR COBRAR

25 DE JUNIO DE 2014

EUGENIO ACHU

ALCALDE MUNICIPAL DE TITO YUPANQUI

Por cuanto, el Concejo Municipal, ha sancionado la siguiente, LEY MUNICIPAL

TITULO I

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

Artículo l. (FUNDAMENTO LEGAL)

La presente Ley Municipal de Administración de Fondos en Avance, Anticipos y Cuentas por Cobrar, se emite en cumplimiento el artículo 27 inciso e) , de la ley 1178 de Administración y Control Gubernamental de 20 de Julio de 1990 que establece que toda entidad, funcionario o persona que recaude, reciba, pague o custodie fondos, valores o bienes del Estado, tiene la obligación de ren dir cuenta de la administración a su cargo por intermedio del sistema contable, especificand o la documentación sustentatoria y las condiciones de su archivo_

Las disposiciones de la presente norma municipal se aplican a l dictamen y a la determinación de la responsabilidad por la función pública, de m anera independient e y s in p erjuicio d e aplicarse de man era previa a la presentación del Informe Final de Auditoría así como a las normas legales que regulen las relaciones de orden la boral.

ARTICULO 2 . (Base Legal General)

El presente reglamento se sujetara a las siguientes disposiciones:

• Ley del Sistema de Administración y Control Gubernamental 1178 ,_, Jl~/~4 ............ ~

.• Decreto Supremo 21781 referido a l uso indebido de fondos ,/_ ~JO !vt&."~

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• Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios

• Normas Básicas de Contabilidad Integrada

• Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios

• Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales

ARTICULO 3. (Ámbito de Aplicación)

La presente norma es de aplicación obligatoria en el Gobierno Autónomo Municipal de TITO YUPANQUI, cualquiera sea la fuente de su financiamiento (Cuenta Única Municipal, Coparticipación tributaria, SUMI, Recursos Propios, HIPC (70 , 20 y 1 0), I D H y otras fuentes).

ARTICULO 4. (Objeto)

La presente norma, tiene por objeto regular la administración y el cobro de Fondos en Avance, Anticipos y Cuentas por Cobrar.

ARTICULO 5. (Objetivos específicos)

a) Establecer normas y procedimientos administrativos para la asignación de recursos por con cepto de Fondos en Avance y anticipos.

b) Contribuir a l manejo eficiente, efectivo y transparente de recursos otorgados bajo d ichas modalidades.

e) Regular la rendición y o descargo de todo recurso otorgado bajo estas modalida des y la de cuentas por cobrar.

Artículo 6. (Definición)

propias de municipio.

TITULO 11

DE LOS FONDOS EN AVANCE

CAPITULO I

Dirección: Plaza 8 de Diciembre-Parquipujio- Tito Yupanqui Cel. 73

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Artículo 7. (Objetivo de la asignación de los Fondos en Avance)

El principal objetivo de la asignación de recursos o Fondos en avance es para el cumplimiento de actividades programadas y presupuestadas que por su cuantía y 1 o naturaleza no pueden ser contratadas bajo un proceso regular. Estará a cargo de la Secretaria Municipal Administrativa.

Artículo 8. (Responsabilidad del manejo y Descargo de Fondos en Avance)

La responsabilidad de manejo, descargo y resultados de la aplicación de "Fondos en Avance" recae sobre:

a. La Autoridad que hubiese autorizado la asignación de recu rsos bajo esta modalida d.

b. El Solicitante, servidor público o consultor en línea encargado del manejo del "Fondo en Avance"

c. El solicitante obligatoriamente deberá descargar los recursos recibidos; para este fin presentará una rendición de cuentas con documentos amplios y suficientes, dentro del período fiscal en el que se efectuó la entrega.

Artículo 9 . (Responsabilidad civil por falta de rendición de cuentas)

Por con siderar que la falta de rendición de cuentas de recursos implica una responsabilidad de índole civil y que el daño debe ser resarcido, ésta será solidaria y mancomunada entre las autoridades que hubiesen solicitado y 1 o autorizado la asignación de recursos en esta modalidad de entrega de recursos y el Solicitante , h asta la recuperación total de los recursos.

CAPITULO 11

SOLICITUD Y ENTREGA DE FONDOS EN AVANCE

Artículo 10. (Unidad Solicitante)

Es. la unidad de tra bajo municipal que de acuerdo a su necesidad solicita la asignación de recursos bajo la modalidad de "Fon dos en Avance",

Artículo 11. (Solicitante)

Es el servidor público o consultor de línea, al que le económicos bajo la m odalidad de Fondos en Avance.

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ARTICULO 12. (Solicitud de fondos para gastos)

El Solicitante debe presentar nota dirigida a la MAE, en esta nota debe manifestar lo siguientes requisitos:

a. Cantidad y destin o de los recursos

b. Detalle de partida presupuestaria

c. Nombre del Solicitante.

ARTICULO 13. (Revisión y Visto bueno de existencia de presupuesto)

La Secretaria Municipal Administrativa y Financiera o el Encargado de contabilida d debe revisar y dar su visto bueno, confirmando en la certificación presupuestaria, la existencia de presupuesto suficiente y r ecursos financieros disponibles, precisando la fuente de financiamiento.

ARTICULO 14. (Instrucción de desembolso de fondos)

Previa revisión y aprob ación, el Alcalde Municipal y 1 o Secretaría (o) Municipal Administrativa, instruye, mediante memorándum, hoja de ruta y 1 o formula rio el desembolso correspondiente a nombre del servidor público solicitante.

ARTICULO 15. (Entrega de recursos y elaboración de comprobante)

Aprobado el desembolso, se entrega los recursos solicitados a través de Ch eque o en efectivo . En cualquiera de los casos se debe elaborar el comprobante de contabilida d ( 1 Original, 1 copia a contabilidad y 1 copia a l beneficiario)

CAPITULO III

DESCARGO DE FONDOS EN AVANCE

ARTICULO 16. (Descargo de los montos entregados)

Una vez r ealizados las compras, el servidor público responsable deberá proceder a e laborar la rendición de cuentas y presentar con nota d irigida a l Alcalde Municipal.

En lo posible se debe elaborar un Formulario de Rendición de Cuentas que describa las compras y precios.

Dirección: P laza 8 de Diciembre-Parquipujio- Tito Yupanqui Cel. 73588

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. l. Fotocopia del Cheque asignado o fotocopia de recibo oficial de entrega de recursos,

2 . Fotocopia de Cedula de Identidad del responsable de la rendición de cuentas,

3. Cotizaciones,

4. Cuadro comparativo de cotizaciones (si corresponde),

5. Acta o comprobante de ingreso a almacenes municipales, debidamente firmado por el responsable de almacenes,

6. Facturas,

7. Recibos originales,

8. Contrato (si corresponde),

9. Orden de compra (si corresponde),

10. Actas de entrega a la comunidad yjo Junta de Vecinos firmadas por sus autoridades,

11. otros documentos que se vean pertinentes

En todos los documentos arriba citados se deberá obligatoriamente consignar el nombre del Municipio de TITO YUPANQUI

ARTICULO 18. (Saldos)

a) Los recursos entregados a los servidores públicos que no llega a utilizarse se consideran saldos; estos deben ser devueltos al Municipio a través del depósito en la misma cuenta bancaria de donde se giró el cheque; y la papeleta de depósito deberá ser adjuntada al informe de rendición de cuentas.

b) Los saldos de recursos entregados en efectivo, deberán ser devueltos en la rendición de cuentas al responsable de caja, quien otorgará un recibo de ingreso y descargo por el monto que sea devuelto.

ARTICULO 19. (Saldos acreedores)

de fondos en

Dirección: Plaza 8 de Diciembre-Parqulpujio- Tito Yupanqul Cel. 73

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ARTICULO 20. (Descargo por el mismo concepto y monto)

El descargo que realice el servidor público debe ser por el mismo concepto y el mismo monto por el cual recibió los recur sos económicos; en caso que se intente realizar un descargo por con ceptos y montos diferentes al que recibió

. }.~-~ .-__ r~~-~~I~~B-~-- --:~·S9.~n?sf~~i9:·~~.:/é~l~;·:=·~~~I?-9~-~- -~~~=~}~~~i-Yqr:~~:. -·:.~~~K~.:~_.~qM~:~ ;~C?SJP~~= ~Je·:::.f.:~;tJS\~~!-é?.P..:;::~4S(.~:-.-~~:.- ~ = ! --~·-cuentas deberá rechazar de manera inmediata baj o conminatoria de denuncia ante las autoridades superiores del municipio y ante la Comisión Sumariante.

CAPITULO IV

TRAMITE POSTERIOR A LA PRESENTACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS

ARTICULO 21. (Aprobación del descargo de Fondos en Avance)

l. Derivada la documentación a través de hoja de ruta al responsable de contabilidad , éste debe verificar que el descargo cu ente con toda la documentación de respaldo, de acuerdo al presente Reglamento Interno.

2 . Aprobado el descargo, el r esponsable de Contabilidad elaborará el respectivo comprobante de contabilida d apropiando y debitando a las aperturas programáticas, partida de gastos, fuente, organismo financiador y las respectivas cuentas fiscales, identificando al servidor por e l monto descargado.

ARTICULO 22. (Rechazo del descargo de Fondos en Avance)

En caso de existir irregularidades en el manejo de fondos en avance, se otorgara un plazo de setenta y dos (72) horas para la presentación de documentación respaldatoria adicion a l, caso contrario solicitará a la Secretaría Administrativa y Fina nciera la suspensión de nuevos desembolsos e informara al Alcalde y a Asesoría Legal para el establecimiento de responsabilidad.

ARTICULO 23. (Certificado de descargo)

Aprobada la rendición de cuentas, el responsable

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CAPITULO V

PLAZO Y CIERRE DE GESTION DE FONDOS EN AVANCE

ARTICULO 24. (Plazo de descargo)

Se otorgar u n plazo de diez ( 1 O) días hábiles para realizar el descargo, pasados estos diez ( 1 O) días, el responsable de contabilidad informará a la Secretaría Municipal Administrativa y Financiera para tomar las acciones administrativas correspondientes.

ARTICULO 25. - (Fecha límite de presentación de descargos)

La -presentación de rendición de cuentas y descargos de los Fondos en Avance deben otor garse sola m ente hasta la fecha definida en el Programa de cierre (15 de diciembre).

ARTICULO 26. (Traspaso del monto a rendir)

Si hasta e l 31 de diciembre el servidor público o consultor de línea no realizo el respectivo informe de Rendición de cuentas, la Secretaría Municipal Administrativa y Finandera deberá realizar el trasp Rso dd monto a rendir de la cuenta Fondos en Avance a Cu entas por Cobrar a Corto Plazo identificando así a l responsable como deu dor al Gobierno Autón omo Municipal de TITO YUPANQUI.

CAPITULO VI

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE GASTOS

ARTICULO 27. (Grupos y partidas presupuestarias)

Se autoriza realizar gastos con Fondos en avance de acuerdo al Clasificador Presupuestario en los siguientes grupos:

• Servicios No Personales

• Materia les y Suministros

• Activos Reales

ARTICULO 28. (Información de programa, actividad, partidas y monto o saldo presupuestario)

l.

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partidas y el monto o saldo presupuestario, esto para que no ocurra un sobre giro.

2. En caso de no existir saldo presupuestario suficiente en dichas partidas, no se debe sobregirar, s iendo d irecta responsabilidad de la Secretaria Municipal Administrativa y Financiera.

ARTICULO 29. (Retención de Impuestos)

En caso de existir adquisiciones, prestación de serv1c10s de terceros, pago de a lquileres y otros que n o cuenten con la factura que correspond e, se debe realizar las retenciones de impuestos que cor responden por ley. Esto se lo hará con el llenado de los formularios de Impuestos Nacionales y se hará constar en el registro conta ble.

CAPITULO VII

PROHIBICIONES

ARTICULO 30. (Prohibiciones)

Se prohíbe lo siguiente:

• Utilización de recursos de Fondos en Avance para gastos de otros grupos y partidas que no sean las programadas.

• Pagos fraccionados de compra de mat eriales que excedan los límites autorizados.

• Gastos con fecha anterior a la entrega de fondos en avance.

• Gastos con fecha posterior a l periodo correspondiente a l descargo.

• Gastos cuyas facturas no estén a nombre del Gobierno Municipal y con el número de NIT del Municipio.

• Gastos con facturas alteradas, sobrescritas o emitidas a nombre de personas naturales.

TITULO III

DE LOS ANTICIPOS

CAPITULO I

Artículo 31. (Definición)

Se define como An ticipo, a la adelantada y que corresponde

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con tratación o al salario de un servidor público que es abonada con anteriorida d a la fecha acordada para su pago. Estos recursos deben estar previamente justificados, programados y presupuestados y deben ser obligatoriamente descargados con documentos amplios y suficientes, dentro del período fiscal en el que se efectuó la entrega.

Eri el presente caso los beneficiarios de anticipos pueden ser servidores públicos, Consultores por producto, Consultores en Línea, contratistas y proveedores del Gobierno Autónomo Municipal de TITO YUPANQUI.

CAPITULO 11

SOLICITUD Y ENTREGA DE ANTICIPOS

ARTICULO 32. (Solicitud de Anticipos)

La entrega d e anticipos opera a la solicitud que realice e l interesado a través de nota escrita, y en otros casos opera a la suscripción de contrato siempre que esté en una clausula debidamente expresada.

ARTICULO 33. (Cobro directo de Anticipos a servidores públicos y consultores en línea)

En el caso de otorgarse anticipos por salarios a Ser vidores Públicos o Consultores en línea; a final de m es se consolidaran como parte del pago de salario mensual. Para este fin el Municipio realizará la cancelación solamente del saldo adeuda do.

CAPITULO 111

DESCARGO DE LOS ANTICIPOS

ARTICULO 34. (Descargo de los montos entregados)

La persona beneficiaria del Anticipo deberá realizar el descargo que corresponde a través de la presentación de una nota dirigida al Ejecutivo Municipal adjuntando los documentos de respaldo.

ARTICULO 35. (Documentos de respaldo)

La Nota debe estar debidamente respaldada con:

l. Fotocop ia de Cedula de Identidad

2 . Contrato

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3. Actas de conformidad firmada por las autoridades de la comunidad o junta vecinal (si corresponde)

4. Acta o comprobante de ingreso a almacenes municipales, debidamente firmado por el responsable de almacenes (si corresponde)

5. Facturas

6. Fotocopia del Cheque

7. otros documentos que se vean pertinentes

En todos los documentos arriba citados se deberá obligatoriamente consignar el nombre del Municipio de TITO YUPANQUI

ARTICULO 36. (Conciliación de Cuentas)

Procede únicamente en aquellos procesos de contratación que no hayan sido publicados en el SICOES

l. En caso que contratos hayan quedado inconclusos; excepcionalmente y por única vez después de ser n otificado se procederá a la conciliación de avance físico y avance financiero;

2. En caso de existir menor avance físico, el Contratado deberá depositar el saldo a la misma cu enta bancaria de donde se giró el cheque y la papeleta de depósito deberá ser presentada al Gobierno Autónomo Municipal.

3 . Asimismo es posible que se devuelva los recursos al responsable de caja, quien otorgará un recibo de ingreso y descargo por el monto que sea devuelto.

4. Cuando el avance físico fuera mayor al avance financiero, se realizara la conciliación en favor del contr atista.

CAPITULO IV

TRAMITE ADMINISTRATIVO INTERNO

ARTICULO 37. (Aprobación del descargo de Anticipos)

l. Derivada la documentación a través de hoja de ruta al responsable de contabilidad ; éste debe verificar que el descargo cuente con toda la documentación de respaldo, de acuerdo a la presente norma.

2. Aprobado respectivo aperturas

el descargo, el comprobante de programáticas,

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financiador y las respectivas cuentas fiscales, identificando al respon sable por el monto descargado.

ARTICULO 38. (Rechazo del descargo)

En caso de n o h aberse pr esen tado todos los documentos y requisitos exigidos; se otorgara u n plazo de setenta y dos (2} horas para subsanar esta omisión. Concluido el plazo otorgado y de no haberse subsanado se informará a la Secretaría Administrativa y Financiera para la suspensión de nuevas contrataciones e informara al Alcalde y a Asesoría Legal para el establecimiento de responsabilidad.

ARTICULO 39. (Certificado de descargo)

Aprobada la rendición de cuentas, el responsable de contabilidad, emitirá un Certificado de Descargo que deberá ser firmado por él, por el Secretario(a) Municipal Administrativo y Financiero y por el interesado.

Este docum en to servirá de suficiente pru eba de los descargos r ealizados

TITULO IV

DE LAS CUENTAS POR COBRAR

CAPITULO I

ARTICULO 40. (DEFINICIÓN)

Cuentas por cobrar es el nombre de la cuenta donde se registran los incrementos y los recortes vinculados a los ingresos y egresos municipales anuales . Está compuesta por recursos asignados como fondos en avance, a nticipos u otros otorgados en una gestión fiscal y que no fueron debidamente descargados, justificados a través de una rendición de cuentas.

Las cuentas por cobrar forman parte del balance general del Gobierno Municipal de Tito Yupanqui como parte de su Crédito o Haber, ya que con el tiempo se convertirán en efectivo.

ARTICULO 41. (EXCEPCIÓN DE DESCARGO Y COBRO DE CUENTAS POR COBRAR)

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documentación que sea pertinente y que demuestre que estos recursos no son haberes del municipio.

ARTICULO 42. (HOMOLOGACIÓN DE NORMAS)

Las Cuentas por cobrar, pueden ser descargadas o justificadas antes de ser sometidas a proceso judicial, mediante la aplicación de todas las normas establecidas en el presente reglamento, y que se refieren a aprobación, rechazo, plazo de descargo, fecha límite de presentación de descargos, traspaso de monto a rendir referidos a fondos en avance y anticipos establecidos en el presente reglamento.

ARTICULO 43. (DOCUMENTOS DE DESCARGO O JUSTIFICACIÓN DE RENDICION DE CUENTAS)

Para la rendición de cuentas y j o presentación de descargos se debe adjuntar todos los documentos que hacen referencia a fondos en avance, anticipos y otros, establecidos en los Arts. 17 y 35 de la presente norma municipal.

ARTICULO 44. (CONCLUSIÓN DE PLAZO PARA DESCARGO, JUSTIFICACIÓN Y/0 RENDICION DE CUENTAS)

Habiéndose agotado las vías de notificación y habiendo transcurrido el plazo otorgado, de manera inmediata debe someterse a proceso de acción legal que la Unidad Jurídica debe llevar delante de acuerdo a disposiciones legales.

TITULO V

DISPOSICIONES GENERALES A LOS FONDOS EN AVANCE, ANTICIPOS Y CUENTAS POR COBRAR

CAPITULO 1

PROCEDIMIENTO DE COBRO

II . El informe debe con signar necesariamente:

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a ) Nombre completo de la persona,

b) Objeto por el cual se le entregaron recursos fiscales,

e) La suma adeudada,

d) Partida presupuestaria de la que se desembolsó los recursos,

e ) Numero de cheque o recibo de entrega

f) Fecha de entrega de los recursos

g) Otros datos que se vean convenientes

En lo posible se deberá adjuntar la copia de registro contable que consta la entrega de recursos.

ARTICULO 46. (NOTIFICACIÓN)

El Área Jurídica del Municipio procederá a realizar la notificación a cada persona de manera individual.

ARTICULO 47. (CONTENIDO DE LA NOTIFICACIÓN)

La n otificación será realizada en nota oficial y membretada del municipio, la misma que estará dirigida a la persona que esta consignada en lista de fondos en avance, anticipos y cuentas por cobrar , esta deberá contener:

• fecha de realización de la notificación

• nombre de la persona que se notifica

• la referencia de cobro

• indicación en detalle de lo que se requiere de la persona

• fecha de plazo para el descargo y/ o justificación

• documentos que respalden la solicitud (si corresponde)

ARTICULO 48. (FORMAS DE NOTIFICACIÓN)

La notificación será realizada en los siguientes pasos:

• Notificación personal

• Notificación por cedula

• Notificación por m edio de prensa (escrito, oral)

• Notificación vía Notario de Fe Publica

Dirección: Plaza 8 de Diciembre-Parquipujio- Tito Yupanqui Cel. 73588530

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La notificación personal podrá ser realizada en el domicilio real, laboral, en ofi~inas del Gobierno Municipal o en otro lugar que sea h abido la person a.

Cuando la persona no sea habida de manera personal, es posible notificarla mediante cedula con testigo de actuación en su domicilio real, laboral o en el que ella haya declarado como domicilio

De no ser habida o en caso de desconocer su domicilio, se practicara notificación mediante prensa escrita de circulación nacional, radiodifusora o televisión, en todos los casos también se publicará en la mesa de partes del Gobierno Municipal de TITO YUPANQUI.

Realizada la notificación , estas se tendrán válidas para interponer las acciones legales que correspondan.

ARTICULO 49. (DE LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE NOTARIO DE FE PUBLICA)

La notificación mediante Notario de Fe Publica procederá en los casos que la Unidad Jurídica municipal la considere pertinente y tomando en cuenta la cuantía exigible .

TITULO VI

CAPITULO 1

DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 50. (Incumplimiento a la presente Norma)

El incumplimiento a la presente norma municipal, generará responsabilidad de acuerdo a lo establecido en el Capitulo V de Responsabilidad por la Función Pública de la Ley 1178 y en el Decreto Supremo Reglamentario 23318-A.

ARTICULO 51. (Presupuesto)

El Gobierno Autónomo Municipal de Tito Yupanqui, otorgará un presu puesto para la ejecución de las disposiciones de la presente norma.

Dirección: Plaza 8 de Diciembre-Parquipujio· Tito Yupanqul Cel. 73588530

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POR TANTO: En cumplimiento a lo que establece y manda el Art. 23 Inc. k) de la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales y lo que determina el Art. 24 de la Ley Municipal N° 01/2014; LA PROMULGO PARA QUE SE TENGA Y CUMPLA COMO LEY MUNICIPAL N° 006/2014 EN TODA LA JURISDICCIÓN DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE TITO YUPANQUI

Tito Yupanqui, a los 25 días del mes de junio del año 2014.

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ANEXO 1 CARTA DE RENDICION DE CUENTAS DE FONDOS EN AVANCE

TITO YUPANQUI , ..... . .. de ............................... . de 2014

Señor Eugenio Achu ALCALDE: MUNCIPAL DE TITO YUPANQUI P r e s e n t e . -

Señor Alcalde :

Ref. : Rendición de Cuentas de Fondos en Avance

En cumplimiento al inciso e) del artículo 27 de la Ley 1178 del 20 de julio de 1990 de Administración y Control Gubernamental, presento la rendición de cuentas de recursos recibidos .

Para el efecto , se adjunta a la presente la Re ndición de Cuentas, los respectivos documentos de de scargo (fact uras y recibos a nombre del Gobierno Autónomo Municipal de TITO YUPANQUI}

Sin ot r o partic ular, reitero mis consideraciones mas distinguidas.

Atentamente

Adju .: Detalle de gasLos y documentos de descargo C. c .: Archivo

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ANEXO N° 2 Gobierno Autónomo Municipal de TITO YUPANQUI Provincia Manco Kapac

RENDICION DE CUENTAS

Destino de los r ecursos: .. . . ... . . . ..... . . .. .... ...... .. . . .. .. . .............. . . . .. .

N° de cheque o recibo ......................................................... Cuenta Fiscal : ............................................................ .

Nombre d e l Responsabl e ...................................................................................... Monto Recibido Bs: ................... ..

Fecha No Proveedor o Empre sa Descripción Importe

Factura/ Recibo Bs.

T

Son: .... ..................................... ............................................................................................................... . . Bolivianos

RESUMEN

Valo r de compra del bien o servicio Saldo

Bs : .................. . . Bs : .................. .

Total Bs : .................. .

Respons abl e de la administrac ión del Fo ndo V0 B0 del Resp .Con~ltdad

~JO~"~ t; O~ ~~~O.ul 8r<l ílt..;; ~1\

/Jo~~ m·~%\\ IJ ::é~ Q: ~~~ ~~ \ t 1 ~ . . ~;

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Dirección: Plaza 8 de Diciembre-Parquipujio- Tito Yupanqul Cel. ~~a neo ~\~-.i\'b- /' loO: q~-\30 \ ;

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....-

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ANEXO N° 3 ACTA DE ENTREGA DE MATERIALES y SUMINISTROS

En TITO YUPANQUI , Provincia Manco Kapac del Departamento de La Paz , si endo a en la señor

horas ······· ······· ···· del día .......... .... .................... . de ........................ .. de Dos Mil catorce Años , oficina de almacenes del Gobierno Autónomo Munici pal el ·······························································• hace l a entrega de lo siguiente :

DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD P/U. BS. COSTO TOTAL

TOTAL Bs .

El acto de entrega se suspendió a horas ...... .. del día ............. ............ de .......... ...... de Dos Mil ca t orce Años .

Firmando a continuación los responsables en un original y dos copias tod as del mi s mo tenor.

Firmas y Sellos

~ .... ~""' ~x.JO M&,~

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Dirección: Plaza 8 de Dic iem bre-Parquipuj io- T ito Yupanqui Cel. 73588530

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ANEXO N° 4 NOTA DE INGRESO AL ALMACEN

Gobierno Municipal de TITO YUPANQUI Provincia Manco Kapac

La Paz- Bolivia

NOTA DE ENTRADA AL ALMACÉN

TITO YUPANQUI: ............. ................................ .. ........... . .

Proveedor.: ..... .. .. ........................................ .... .

Orden de compra o contrato No: ........... ............................ .

Fecha: ................... ..

CÓDIGO DESCRIPCI N DEL PRODUCTO

RECIBIDO POR:

~·-·"'"""''" ·z;;~~~a Quispe 9damani

vocAL ~. CO NCEJO IIUHICI P~L 'TITO YUP~NtUI ' , ,8, SECC. PROV. MANCO KAPAC

CANTIDAD U/M

BRUTO TARA

AUTORIZADO POR:

Fi r ma s y Se llos

Í,.~a.'!J..L~.Jll1.!.1i&--· Filome11a Llanqur rlr Qtwfe

V O C A L H. CONCEJO MUNICIPAL TITO YUPANOUI

Jra. SECC. PROV. MAilCO KAPAC

No ............ .......... .

COSTO IMPORTE NETO UNITARIO TOTAL

REGISTRADO POR:

• <ll na T ~ófila Chal leo Qui3pe UCE Pr t.::::DENT '

rl {' ' '· ':., lf'Al 11 U YU?ANQUI ' - . · • r.,, '1. 1. ¡¡;¡¡ K~PAC

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