GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE … · Nuevo Leon,Miercoles, 01 de Septiembre de 2004...

52
GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON PERIODIC0 OPlCIAl Se publica 10s dias Lunes, Mikcotes y Viemes, las Leyes. Decretos y demks Disposiciones Superiores son Obligatorias par el solo Hecbo de ser Publicadas en este Peri6dico. RE.YP0NSABL.E: LA SECRETARLA GENERAL DE GOBIERNO Reglstrado coma Artlculo de Ssgunda Clata 01 18 de Septlembre de 1903 TOM0 CXLI Monterrey. Nuevo Leon, Miercoles, 01 de Septiembre de 2004 N&uI. 111 SUMARIO PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LE6N DECRETO NUM. 123.- POR EL QUE SE REFORMA LA LEY QUE REGULA LA EJECUCl6N DE SANCIONES PENALES... .,. .,. .., ,., 3-7 REGLAMENTO INTERIOR DE LA CORPORACl6N PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO DE N U E V O LE6N... 6-22 OFlClALiA MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LE6N CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL.- CONCURS0 No. 46090001026-04. D.A.S. 26&t.- REFERENTE A ADQUlSlCl6N DE CHALECOS ANTlBAlAS PARA EL CONSEJO DE SEGURIDAD PUBLICA... .._. .._... ._. .._... ,.. .,_ .,.,,, ...,, .,. ._.... .._... ._. ..__.. .., 2524 Visite la Pagina del PERldDlCO OFICIAL DEL ESTADO: httpz~/gsnersl.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

Transcript of GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE … · Nuevo Leon,Miercoles, 01 de Septiembre de 2004...

GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON

PERIODIC0 OPlCIAlSe publica 10s dias Lunes, Mikcotes y Viemes, las Leyes. Decretos y demks Disposiciones

Superiores son Obligatorias par el solo Hecbo de ser Publicadas en este Peri6dico.RE.YP0NSABL.E: LA SECRETARLA GENERAL DE GOBIERNO

Reglstrado coma Artlculo de Ssgunda Clata 01 18 de Septlembre de 1903

TOM0 CXLI Monterrey. Nuevo Leon, Miercoles, 01 de Septiembre de 2004 N&uI. 111

SUMARIO

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LE6N

DECRETO NUM. 123.- POR EL QUE SE REFORMA LA LEY QUE REGULA LA EJECUCl6N DE

SANCIONES PENALES... .,. .,. .., ,., 3 - 7

REGLAMENTO INTERIOR DE LA CORPORACl6N PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO DE

N U E V O LE6N...6-22

OFlClALiA MAYOR DE GOBIERNO

DEL ESTADO DE NUEVO LE6N

CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL.- CONCURS0 No. 46090001026-04. D .A .S . 26&t.-

REFERENTE A ADQUlSlCl6N DE CHALECOS ANTlBAlAS PARA EL CONSEJO DE SEGURIDAD

PUBLICA... .._. .._... ._. .._... ,.. .,_ .,.,,, ...,, .,. ._.... .._... ._. ..__.. .., 2524

Visite la Pagina del PERldDlCO OFICIAL DEL ESTADO: httpz~/gsnersl.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

PAGINA 2 Monterrev. N.L.. Mi&coles 01 de SeDtiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

AVISOS JUDICIALES Y GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25-52

JUZGADO S~PTIMO DE LO FAMIL!AR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY. N.L.,3ER. EDICT0 EXPEDIENTE JUDICIAL 091 l/2003 .._... .._,.. ..,,.. 2 5

JUZGADO QUINT0 MENOR DE MONTERREY. N.L., 1ER. EDICT0 EXPEDIENTE NOMERO74w2003... 2 6

CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE GENERALESCOBEDO. N.L... ._. _._ ._. _.. ._. .._ _.. ._. .._ .._ .._ ._. _.. _.. 2 7

RESOLUTIVO.- SE OTORGA EL ESTABLECIMIENTO DE UN NUEVO PLANTEL UBICADO EN LACALLE PROGRESO No. 200. ZONA CENTRO DE CADEREYTA JIM~NEZ, NUEVO LE6N. A LAINSTITUCl6N EDUCATIVA ‘INSTITUTO SUPERIOR DE COMPUTAC16N, S.C.” ._. ,,, ,.. .,. 28-32

RESOLUTIVO.- SE OTORGA RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFiClAL Y APROBACl6N AL PLANY PROGRAMA DE ESTUDIOS DEL BACHILLERATO GENERAL A LA INSTITUCl6N EDUCATIVA‘ I N S T I T U T O S U P E R I O R D E COMPUTAClbN, S . C . ” 33-39

RESOLUTIVO.- SE OTORGA EL ESTABLECIMIENTO DE UN NUEVO PLANTEL UBICADO EN LAAV. R6MULO GARZA No. 999, COL. DEL LAGO. SAN NlCOtiS DE LOS GARZA. NUEVO LE6N, ALA INSTITUCl6N EDUCATIVA “INSTITUTO SUPERIOR DE COMPUTACl6N. S.C.“... .,. .., .,. ,.. .., 40-44

AVIS0 DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD MERCANTIL DENOMINADACORPORACl6N DINAMICA INDUSTRIAL, S.A ,..... ,.. .., .., .,. ,..

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITO JUDICIAL LINARES. N.L.,EDICT0 EXPEDIENTE NOMERO 69/2004... .., .,. ,., .,...

JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY. N.L., 2’.EDICT0 EXPEDIENTE NljMERO 505/03... .., .., .,. .., .,. .,. ,..

JUZGADO QUINT0 DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERR’EY. N.L., 2’.EDICT0 EXPEDIENTE JUDICIAL NOMERO 391/2004... ,.. .,....

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.. 3ER.EDICT0 EXPEDIENTE NOMERO 1021/2003. JUZGADO TERCERO MENOR DE MONTERREY.N.L., 3ER. EDICT0 EXPEDIENTE NOMERO 1219/2004

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L..3ER. EDICT0 EXPEDIENTE NOMERO 582/2004. JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR DELPRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.. 3ER. EDICT0 EXPEDIENTE JUDICIAL NOMERO1304i2003..

JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L..3ER. EDICT0 EXPEDIENTE NljMERO 689/2004. JUZGADO DCCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DELPRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L.. 3ER. EDICT0 EXPEDIENTE JUDICIAL NOMERO11Roo3 ......

JUZGADO TERCERO DE JURISDICCl6N CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIALMONTERREY. N.L., 3ER. EDICT0 EXPEDIENTE NLiMERO 980/2000 .,..,..........,.,....,...,.....,.,...,...

4 5

4 6

4 7

4 6

49

50

5 1

5 2

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mikcoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 3

EL C. JO-Sk NATIVIDAD GONtiLEZ PAWS, GOBERNADORCONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DENUEVO LE6N, A TODOS SUS HABITANTES HAG0 SABER:

Que el H. Congreso del Estado ha tenido a bien decretar loque sigue:

D E C R E T O

Ntim . . . . . . . . 123

Articulo &ico.- Se reforma por modification 10s Articulos 7, 8 primer parrafoy fraction XV 10, 16, 20 Segundo parrafo, 21, 36, 41, 45 fraction V, 46, 48 primerparrafo, 50, 52, 53, 54, 61 primer phrrafo, 65 primer parrafo y de la denomination delTitulo Segundo “De la Secretaria de Seguridad Publica”; por adicion de las fraccionesXVI a la XXI al Articulo 8; y por derogation de 10s Articulos 9 y 13, la Ley que Regula laEjecucion de Sanciones Penales, para quedar coma sigue:

TiTULO SEGUNDODE LA SECRETARiA DE SEGURIDAD PljBLlCA

Articulo 7.- La ejecucion de las sanciones corresponde al Ejecutivo delEstado, por conducts de la Secretaria de Seguridad Publica, salvo la ejecucion que laLey reserve expresamente a otra autoridad.

Articulo 8.- Para 10s efectos del articulo anterior, la Secretaria de SeguridadPublica tendra las siguientes atribuciones:

I a XIV

xv.-

XVI.

XVII.

XVIII.

XIX.

. . ..__..................................................................................................

lntervenir en la selection de 10s candidates a la preliberacion y reclusion eninstituciones abiertas;

Vigilar durante un afio, la conducta de 10s inculpados a quienes el MinisterioPublic0 les haya dictado la reserva del ejercicio de la action Penal;

Vigilar la conducta de 10s inculpados, respect0 a quienes el Juez les hayadecretado la suspension del procedimiento a prueba;

Vigilar la conducta de 10s inculpados que en el case del delito de violenciafamiliar hayan obtenido su libertad mediante acuerdo. Asimismo, veritkar que10s inculpados se sujetaron a tratamiento de rehabilitation medicopsicologico;

lnformar al Ministerio Public0 o al Juez, segun sea el case, si 10s inculpados aque se refieren las fracciones XVI, XVII y XVIII de este articulo, reiteraron ono su conducta delictiva;

PAGINA 4 Monterrey, N.L.. Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

xx. Organizar y supervisar el cumplimiento del trabajo en beneficio de lacomunidad. cuando sea impuesto coma pena por la autoridad jurisdictional; y

XXI. Las demas que fijen Bsta u otras leyes y reglamentos.

Articulo 9.- Derogado.

Articulo IO.- El funcionamiento de la Secretaria de Seguridad Publicarespect0 a la ejecucion de las sanciones penales se sujetara a esta Ley y al reglamentorespective.

Articulo 13.. Derogado.

Atticulo 16~ En la construction de nuevos establecimientos preventivos y deejecucion de sanciones y en el remozamiento o la adaptation de 10s existentes, laSecretaria de Seguridad Publica tendra funciones de orientation y asistencia tecnica.

Articulo 20.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaria de Seguridad Publica contara con un Consejo TecnicoGeneral, integrado por las mismas disciplinas indicadas y tendra coma funcion revisar10s dictamenes que envien 10s Consejos Tecnicos de 10s Centros Penitenciarios, asicoma realizar 10s estudios de 10s internos que se encuentren recluidos ‘en 10se.stablecimientos carcelarios de 10s distintos Distritos.

Articulo 21.- Los Municipios del Estado adoptaran las medidas necesarias aefecto de que sus carceles cuenten con las instalaciones adecuadas para 10s reclusesde uno y otro sexo y se mantengan en buenas condiciones de higiene y seguridad. LaSecretaria de Seguridad Publica vigilara que se cumpla con esta disposition.

Articulo 36.. La ejecucion de sanciones penales no privativas de libertadcuyo cumplimiento incumba al Ejecutivo, debera ser comunicada por 10s tribunales delEstado a la Secretaria de Seguridad Publica.

Articulo 41.. Al quedar en libertad definitiva una persona, la Secretaria deSeguridad Publica le entregara una constancia de la legalidad de su salida, de laconducta observada durante su reclusion y de su aptitud para el trabajo.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 5

Art&lo 45 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Que el beneficiado con la libertad preparatoria resida en el lugar que sedetermine, del cual no podr& ausentarse sin el permiso de la Secretaria deSeguridad Pliblica. La designacibn se har& conciliando la circunstancia de quepuedan realizarse las gestiones para que obtenga trabajo en el lugar que sefije, con el hecho de que su permanencia en 61 no sea obstkzulo para suenmienda; y

VI. ..,._._......,,..,.......................................,................,..,.....,..........,......

Articulo 46.- El recluse que crea tener derecho a la libertad preparatoria,elevars su solicitud a la Secretaria de Seguridad PLiblica, exhibiendo copia para laDireccibn del establecimiento penitenciario.

Articulo 48.- La resoluci6n que conceda la libertad preparatoria tomarh enconsideracibn todos 10s informes y conclusiones recabados por la Secretaria deSeguridad Pljblica, incluyendo la solvencia e idoneidad del fiador.

Articulo 50.- Otorgada la caucibn, se expedir5 por la Secretaria deSeguridad Pliblica la orden de libertad del reo beneficiado, hacikndole entrega al mismode una copia de la resoluci6n que haya concedido el beneficio.

Articulo 52.- Para darse cumplimiento a lo dispuesto en la fracci6n II delarticulo anterior, la autoridad judicial que tenga conocimiento del o de 10s nuevos delitosen que haya incurrido el iiberado, darA parte al Ejecutivo y a la Secretaria de SeguridadPtiblica.

Articulo 53.- Los individuos que disfruten de la libertad preparatoriaquedarsn sujetos a la vigilancia de la Secretaria de Seguridad ~Pliblica, por el tiempoque les faltare para extinguir su sancibn.

Articulo 54.- Cuando hubiere expirado el termino de la condena que faltarepor compurgar, el recluse ocurrirti a la Secretaria de Seguridad Pliblica, para que, envista de la sentencia y de 10s informes que se recaben, se haga de piano la declaracibnde quedar el reo en libertad definitiva.

PAGINA 6 Monterrey. N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

Articulo 61.. El Ejecutivo, tratandose de delitos de caracter politico, podra, atraves de la Secretaria de Seguridad Publica, hater la conmutacion de las sanciones,despues de la sentencia ejecutoriada, cpnforme a las siguientes reglas:

I ............................................................................................................................

II. ............................................................................................................................

Articulo 65 El Ejecutivo del Estado, a propuesta de la Secretaria deSeguridad Publica, designara a 10s integrantes del Patronato con 10s ciudadanos masrepresentativos de 10s diferentes sectores de la sociedad, en cuya integration, en todocase, habra un representante de la Comision Estatal de Derechos Humanos designadopor esta.

T R A N S I T O R I O S

Articulo Primero.- El presente Decreto entrara en vigor al dia siguiente desu publication en el Periodic0 Oficial del Estado.

Articulo Segundo.- Los procedimientos administrativos que en cualquierinstancia esten en tramite al iniciar la vigencia de este Decreto, se tramitaran con lasdisposiciones de caracter general que estuvieran vigentes al moment0 del inicio dedichos procedimientos.

Articulo Tercero.- Se derogan todas las disposiciones legales que seopongan a esta Ley.

Por lo tanto enviese al Ejecutivo para su promulgation y publication en elPeriodic0 Oficial del Estado.

Dado en el Salon de Sesiones del H. Congreso del Estado Libre y Soberanode Nuevo Leon, en Monterrey, su Capital, al primer dia del mes de agosto del ano dosmil cuatro.- PRESIDENTE: DIP. CARLA PAOLA LLARENA MENARD; DIP.sEcRETmi0: A N G E L A L B E R T O ALA M E D A PEDRAZA; D I P . SECRETARIO: RAULALEJANDRO MONCADA LEAL.- Rtibricas.-

PERIODIC0 OFICIAL Monterrev. N.L.. Mi&coles 01 de Seotiembre de 2004 PAGINA 7

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le de el debidocumplimiento. Dado en el Despacho del Poder Ejecutivo del Estado de NuevoLeon, en Monterrey, su Capital, a 10s 16 dias del mes de agosto del atio dos milcuatro.

EL C. GOBERNADOR CONSTlTUClOklAL

EL C. SECRETARIO GENERAL DE L 6:P

SECRETARIO DE SEGURIDADGOBIERNO PUBLICA 1

NAPOLEON CANTU CERNA JOSE DOMINGO RAMiREZ GARRIDO-ABREU

LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA PROMULGACl6N DEL DECRETO NOM. 123, EXPEDIDO POR EL HCONGRESO EN FECHA PRlMERO DE AGOSTO DE 2004.

PAGINA 8 Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

JO& NATIVIDAD GONZALEZ PAR&, Gobernador Constitutional del EstadoLibre y Soberano de Nuevo Leon, y Presidente de la Junta de Gobierno de laCorporation para el Desarrollo Agropecuario de Nuevo Leon, a todos 10shabitantes hago saber:

Que en sesion de la Junta mencionada, celebrada en fecha 27 de enero de 2004,se aprobo el Reglamento Interior del organismo, mismo que ordeno se imprima,publique y circule:

REGLAMENTO INTERIORDE LA CORPORACIQN PARA EL DESARROLLO

AGROPECUARIO DE NUEVO LEQN

Capitulo IDisposiciones Generales

Articulo 1. Este Reglamento Interior tiene por objet0 precisar y regular laestructura administrativa y operativa de la Corporation para el DesarrolloAgropecuario de Nuevo Leon.

Aticulo 2. Ademas de lo serialado en la Ley de la Corporation para el DesarrolloAgropecuario de Nuevo Leon, para 10s efectos de este Reglamento Interior seentendera por:

I. Consejo: Consejo Ciudadano Agropecuario;

II. Corporation: Corporation para el Desarrollo Agropecuario de Nuevo Leon;

Ill. Director General: Director General de la Corporation para el DesarrolloAgropecuario de Nuevo Leon;

IV. Junta de Gobierno: Junta de Gobierno de la Corporation para el DesarrolloAgropecuario de Nuevo Leon;

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey. N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 9

V. Presidente Delegado: Presidente Delegado del Consejo CiudadanoAgropecuario;

VI. Ley: Ley de la Corporation para el Desarrollo Agropecuario de Nuevo Leon,Y

VII. Reglamento: Reglamento Interior de la Ley de la Corporation para elDesarrollo Agropecuario de Nuevo Leon.

Capitulo II.De la Estructura Administrativa

Articulo 3. La Corporation contara, con un Presidente Delegado, de acuerdo a loestablecido por el articulo 7 de la Ley de la Corporation para el DesarrolloAgropecuario de Nuevo Leon, el cual desempetiara su cargo, segun lasatribuciones que le confrere dicha Ley, este Reglamento. las disposicionesjuridicas aplicables, el Consejo o las que le delegue el Presidente Honorario.

Articulo 4. Para el cumplimiento de sus atribuciones, el Presidente Delegado de laCorporation podra contar con personal de asistencia, asesoria, investigation y engeneral, de apoyo direct0 a las funciones del Presidente Delegado, sin perjuicio dela colaboracion que le debera proporcionar la estructura administrativa y operativade la Corporation.

Articulo 5. Para el ejercicio de las funciones, atribuciones y despacho de 10sasuntos de su competencia, la Corporation contara con la siguiente estructuraadministrativa y operativa:

I. Direction General de la Corporation,

II. Unidades:

a . Unidad General de Finanzas y Administration;b. Unidad General de Planeacion y Evaluation;c. Unidad Jurfdica;d. Unidad de Comunicacion Social, ye. Secretaria Particular.

PAGINA 10 Monterrey, N.L.. Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

III. Direcciones:a. Pecuaria;b . Agricola;c. De Desarrollo Rural;d. De Agronegocios y Comercializach’i;e. De Sanidad e lnocuidad Agroalimentaria, yf. De Capacitacih y Organizacih de Productores.

IV. Coordinackh Forestal y de Acuicultura.

V. Las dem& unidades y personal administrativo, operativo y tknico quescan creadas por acuerdo de la Junta de Gobierno.

Articulo 6. Los servidores pliblicos que integran la estructura administrativa yoperativa de la Corporacih, ejercerh sus funciones de acuerdo con las politicas,programas, estrategias y prioridades que para el logro de sus objetivos y metas seestablezcan por conduct0 de la Direccibn General.

Capitulo IllDel Director General

Articulo 7. El Director General de la Corporacih, contar& con las atribucionesexpresamente seAaladas en el articulo 20 de la Ley.

Articulo 6. El Director General podra para el debido cumplimiento de susfunciones. conferir sus facultades delegables a 10s servidores pljblicos de lasunidades administrativas y/o direcciones que le auxilien.

Artkulo 9. Para la delegaci6n de las atribuciones que le corresponde, el DirectorGeneral expedih 10s acuerdos relativos, sin que esto implique que no puedaintervenir en ellos.

Articulo IO. Son atribuciones indelegables del Director General, las setialadas enlas fracciones XVII, XXII y XXIII del articulo 20 de la Ley.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 11

Capitulo IVDe las Unidades Administrativas y sus Funciones

Articulo 11. Son funciones para el Jefe de la Unidad General de Finanzas yAdministracibn, las siguientes:

I.

II.

III.

IV.

V.

VI.

VII.

Acordar con el Director General y realizar el despacho de 10s asuntosinherentes de la unidad administrativa a su cargo y responsabilidad, einformarle oportunamente sobre 10s mismos;

Elaborar, dirigir y dar seguimiento a la administracibn de 10s recursosfinancieros que se deriven de 10s presupuestos de egresos para gastocorriente y de inversidn en coordinaci6n con las Direcciones y las Unidadesde la Corporacibn;

Dirigir y supervisar el manejo financier0 de la dependencia de recursosprovenientes del Estado y del Gobierno Federal o cualquier otro organism0o dependencia que beneficie al sector;

Brindar apoyo al Director General en la coordinacibn de acciones de 10sfideicomisos instituidos por el Gobierno Federal y por el Estado para laaplicaci6n de 10s recursos de la alianza para el campo;

Dirigir y supervisar 10s procesos relacionados con la administracibn delpersonal. conduciendo las relaciones del mismo y 10s asuntos quecomprenden e l desarro l lo , la profesionalizaci6n y evaluack de ldesempeiio;

Llevar a cabo la administrackjn, resguardo, mantenimiento, suministro yadquisicibn de recursos materiales, patrimoniales y servicios generales alservicio de la Corporaci6n, y

Auditar internamente, por encargo de la Direccibn General, la operacibnfinanciera de Fideicomisos y Organismos sectorizados a la Corporaci6n.para su buena marcha y proponer las recomendaciones necesarias.

Articulo 12. Son funciones para el Jefe de la Unidad General de Planeacibn yEvaluackjn, las siguientes:

PAGINA 12 Monterrey,~N.L., Mihcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL,

1.

Il.

Ill.

IV.

V.

VI. I

Acordar con el Director General y realizar el despacho de 10s asuntosinherentes de la unidad administrativa a su cargo y responsabilidad, einformarle oportunamente sobre 10s mismos;

Coordinar las politicas de planeacion y evaluation, atendiendo a lasDirecciones de la Corporation en temas de planeacion estrategica;

Integrar, consolidar y administrar la estadistica en materia de desarrolloagropecuario y otorgar 10s servicios de prccesamiento de datos a lasDirecciones de la Corporation, sus organos desconcentrados y entidadesdel Sector, incorporando la information que en ellas se genere, para suconsulta y aprovechamiento, mediante sistemas de information y bases dedatos;

Apoyar la realization de 10s estudios y proyectos que se requieran por cadaDirection para la formulation y evaluation de 10s programas, asi comaformular y llevar a cabo procesos de seguimiento de 10s programas;

lntegrar y actualizar 10s padrones de 10s programas que incidan en elsector, asi coma diseriar y administrar un sistema de identification debeneficiaries, sujeto a criterios de objetividad, transparencia, selectividad ytemporalidad, y

Establecer 10s criterios y mecanismos para la evaluation interna de 10sprogramas dentro del sector y acciones de la Corporation; asi comacoordinar. supervisar y difundir 10s resultados de las evaluaciones externasrealizadas por instituciones academicas y otras especializadas en aspectosagropecuarios.

Articulo 13. Son funciones para el Jefe de la Unidad Juridica, las siguientes:

I. Acordar con el Director General y realizar el despacho de 10s asuntosinherentes de la unidad administrativa a su cargo y responsabilidad, einformarle oportunamente sobre 10s mismos;

II. Conocer de 10s asuntos juridicos de la Corporation y, dentro de sucompetencia, resolverlos o proponer 10s proyectos de resolution conestricto apego a las disposiciones legales vigentes;

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Miholes 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 13

III. Revisar y someter a consideration del Director General, acuerdos,convenios y demas instrumentos juridicos que la Corporation celebre conotras instancias de la administration publica federal, estatal, municipal,organizaciones sociales y educativas, cuya competencia sea de laCorporation;

IV. Estudiar las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demas disposicionesque tienen que ver con las funciones que desemperia la Corporation parasu estricta observation;

V . Asesorar juridicamente y, en general, resolver las consultas que le Seanplanteadas por la Direction General y por el resto de las Direcciones yUnidades de la Corporation; asi coma plantear respuestas en materia deamparos y demandas laborales y fiscales. y

VI. Participar en todos 10s procesos de concursos, licitaciones y contratos, queesten apegados a la legislation vigente estatal y federal segun sea el origende 10s recursos.

Articulo 14. Son funciones para el Jefe de la Unidad de Comunicacion Social, lassiguientes:

I. Acordar con el Director General y realizar el despacho de 10s asuntosinherentes de la unidad administrativa a su cargo y responsabilidad, einformarle oportunamente sobre 10s mismos;

II. Dirigir el enlace y la comunicacion de la Corporation con otrasdependencias estatales, municipales y federales, asi coma coordinar eltrabajo con otras areas de comunicacion social;

Ill. Dirigir y coordinar la realization de entrevistas, conferencias, boletines y, engeneral, las actividades de comunicacion social de las actividades, actos oacontecimientos de la Corporation, para su difusion en medios decomunicacion, asi corn0 rntegrar las bases de datos de information denoticias en materia de desarrollo rural;

PAGINA 14 Monterrey, N.L., Miholes 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

IV.

V.

VI.

VII.

VIII.

Emitir information a traves de 10s diferentes medios de comunicacion yrelaciones pljblicas sobre el desarrollo de 10s programas y actividades de laCorporation;

DiseAar y administrar la information del sitio de Internet de la Corporation;

Procesar y coordinar las acciones de difusion y divulgacion de materialinformativo del Sector Rural del Estado en medios masivos alternativos, asicoma proporcionar al public0 solicitante information y orientation sobre lasactividades, tramites y programas de la Corporation;

Coordinar las comparecencias y presentaciones del Director General y deotros servidores pljblicos de la Corporation ante diversos medios decomunicacion, y

Planear y organizar programas y campaiias institucionales para la difusionde actividades tendientes al desarrollo agropecuario en 10s diferentessectores educativos y productivos.

Articulo 15. Son funciones para el Titular de la Secretaria Particular, lassiguientes:

I.

II.

Ill.

IV.

V.

VI.

Recibir, clasificar y turnar a las areas correspondientes, 10s oficios ycorrespondencia recibida en la Corporation.

Dar seguimiento a la contestacion oportuna de oficios y correspondencia.

Llevar el control de la agenda de compromises del Director General de laCorporation.

Organizar y presentar al Director General la documentation enviada por lasdiferentes areas para su aprobacion y firma.

Elaborar las actas de acuerdos tomados por el Director General con lasdiferentes areas de la Corporation.

Preparar las tichas e informes ejecutivos para el Director General.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 15

VII.

VIII.,

IX.

X.

Xl.

Convocar por instrucciones del Director General a las diferentes areas de laCorporation a reuniones y acuerdos de trabajo.

Apoyar al Director General de la Corporation en la elaboration demensajes y discursos.

Mantener actualizado el directorio de servidores publicos del Gobierno delEstado.

Apoyar al Director General en sus enlaces de comunicacion con servidorespublicos de 10s diferentes ordenes de gobierno municipal, estatal y federal,Y

Organizar, coordinar y controlar las actividades de choferes, mensajeros ysecretarlas adscritos a la Direccidn General.

Capitulo VDe las Direcciones y sus Funciones

Articulo 16. Son funciones comunes ,para 10s titulares de las Direcciones, lassiguientes:

I. Acordar con el Director General y realizar el despacho de 10s asuntosinherentes de las unidades administrativas adscritas a su cargo yresponsabilidad e informarle oportunamente sobre 10s mismos;

I I . Apl icar las po l i t i cas que normen e l sec tor productive rural y laadministraci6n del aprovechamiento sustentable de 10s recursos naturalesdel Estado;

Ill. En el ambito de su competencia, dar el debido seguimiento a 10s programasfederales y estatales, de acuerdo con lo previsto en 10s convenioscelebrados entre la Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Desarrollo Rural,Pesca y Alimentaci6n u otras dependencias o entidades federales y elGobierno del Estado;

PAGINA 16 Monterrey, N.L., Mibrcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

IV. Apoyar al Presidente Delegado en el ejercicio de SW funciones, dentro delambito de su competencia;

V. Asignar funciones y responsabilidades al personal a su cargo, conforme alas disposiciones legales aplicables y a las politicas y lineamientosseiialados en 10s manuales de organizacih y procedimientos de laCorporacih;

VI. Coordinarse con las unidades administrativas de la Corporacibn para elmejor desempeiio de 10s asuntos de su competencia, y

VII. Las dem& que les confieran las disposiciones legales aplicables y elDirector General, en la esfera de sus atribuciones.

Articulo 17. Ademh de las sefialadas en el articulo anterior son funciones para elDirector Pecuario, las siguientes:

I.

II.

III.

IV.

V.

Coordinar las politicas pecuarias, mediante la participacih en 10s ConsejosDistritales, Distritos de Desarrollo Rural y 10s Centros de Apoyo para elDesarrollo Rural, y en atencih a la demanda de 10s productores delEstado;

Establecer las politicas, estrategias, programas y proyectos que fomenten yapoyen tkcnicamente la produccih ganadera, porcicola, avicola, apicola ydemhs especies menores;

lmpulsar el acceso de 10s productores pecuarios a fuentes definanciamiento, asi coma a programas de apoyo instrumentados pordependencias y organismos oficiales;

Promover la comercializacih de 10s productos pecuarios en el mercadonational y extranjero, y

lmpulsar la adecuacih del servicio de Clasificacih de Carnes, de acuerdoa las disposiciones establecidas’ y al entorno actual de la industria de lacame, a fin de dar cumplimiento a las normas de certificackh exigidas a 10sproductos pecuarios en 10s mercados national e international.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mi6rcoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 17

Articulo 18. Ademas de las seiialadas en el articulo 16 de este ReglamentoInterior, son funciones para el Director Agricola. las siguientes:

I. Coordinar las politicas agrkolas, mediante la participation en 10s ConsejosDistritales y 10s Centros de Apoyo para el Desarrollo Rural, y en atencion ala demanda de 10s agricultores del Estado;

II. Promover un ordenamiento de la production para desarrollar una estructurade cultivos orientada a satisfacer las necesidades del mercado;

Ill. Estimular la production y la productividad agricola mediante un uso rationaly eficiente de 10s recursos del suelo, agua y vegetation; promoviendo unacultura de protection, conservation, mejoramiento y restauracion de 10smismos;

IV. lmpulsar el desarrollo y el crecimiento de la superficie dedicada a laproduction de cultivos agroindustriales, horticolas y ornamentales, tratandode mejorar la rentabilidad de las unidades de production, dando valoragregado a 10s productos e incentivando la generation de empleos;

V. Activar la capitalization del sector mediante la tecnificacion de la productiona traves de obras de infraestructura productiva y de servicios y laadquisicion de maquinaria y equip0 que haga ehciente la production, e

VI. lmpulsar la production y productividad de 10s cultivos fruticolas, a traves desu modernization y promoviendo con 10s productores nuevos esquemas decomercializacion.

Articulo 19. Ademas de las setialadas en el articulo 16 de este ReglamentoInterior, son funciones para et Director de Desarrollo Rural, las siguientes:

I. Coordinar 10s programas orientados al desarrollo rural de las dependenciasque participen en el sector, para armonizar acciones, recursos y obras;

II. Participar en 10s Consejos Distritales y 10s Centros de Apoyo para elDesarrollo Rural, de acuerdo a las instrucciones que le determine etDirector General;

PAGINA 1 8 Monterrev. N.L.. Mikcoles 01 de .Seot,fembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

III.

IV.

V.

VI.

VII.

lncrementar la participaci6n y gesti6n social de la poblacidn rural en la tomade decisiones en 10s diferentes Bmbitos de su desarrollo;

Proponer programas estatales para el desarrolio rural, de acuerdo aldiagnostic0 que se efectne en el seno de 10s Consejos Municipales yDistritales. asi coma en 10s analisis y decisiones del Consejo Estatal deDesarrollo Rural;

Promover sinergias entre las organizaciones economicas y de serviciosfinancieros rurales, asi coma fortalecer procesos de autogestion;

Apoyar a las organizaciones sociales de sector, atendiendo sus demandasy planteamientos a traves del frnanciamiento a la formulacibn de estudios yproyectos productivos de desarrollo rural, asi coma para el desarrollo desus recursos humanos y el fortalecimiento de sus estructuras operativas, y

Apoyar proyectos productivos integrales de desarrollo rural que promuevancambios estructurales y que detonen inversion agroempresarial, queimpulsen el increment0 en el empleo rural y derrama econ6mica en elambito regional, el establecimiento de alianzas estrategicas, asi coma lacomplementariedad y las sinergias con otros programas que involucrenacciones con productores de bajos ingresos.

Artfculo 20. Ademas de las seiialadas en el arhculo 16 de este ReglamentoInterior, son funciones para el Director de Agronegocios y Comercializacion, lassiguientes:

I. Coordinar las politicas de comercializacion, mediante la participacibn en 10sConsejos Distritales y 10s Centros de Apoyo para el Desarrollo Rural, y enatencion a la demanda de 10s productores del Estado;

II. Apoyar 10s procesos de transformation, logistica y comercializackk paraotorgar un valor agregado a 10s productos e incentivar la generation deempleos;

Ill. lncentivar la formation de cadenas productivas que generen valor agregadoa 10s productos primarios;

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L.. Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 19.

IV. lntegrar y fomentar variaciones en el tipo de produccidn y sus procesos, conestricto apego a un estudio de mercado y factibilidad, asi coma promoverrelaciones comerciales con 10s estados vecinos y fronterizos , asi coma conotros paises;

V. Promover 10s agronegocios. la integraci6n de empresas en cadenasproductivas y la comercializacidn de productos agropecuarios, mediante laorganizacih de productores, y

VI. Promover, coordinar y organizar la difuslon de 10s productos agropecuarios yforestales, asi coma las actividades y beneficios de la acuacultura.

Articulo 21. Ademb de las sefialadas en el articulo 16 de este ReglamentoInterior, son funciones para el Director de Sanidad e lnocuidad Agroalimentaria,las siguientes:

I. Coordinar las politicas de sarudad e inocuidad agroalimentaria, mediante laparticipacitk en 10s Consejos Distritales y 10s Centros de Apoyo para elDesarro l lo Rural , y en atencih a las exigencias nac iona les einternacionales y a la demanda de 10s productores del Estado;

II. Establecef politicas, lineamientos, criterios, sistemas, estrategias,programas, proyectos, procedimientos y servicios que coadyuven amejorar la condicih sanitaria de 10s vegetales, animales, y la faunaacuhtica, sus productos y subproductos asi coma la inocuidad de 10salimentos de origen animal, vegetal y acuicola;

Ill. Verificar que las especies, productos, insumos, y equipos agricolas,pecuarios y acuicolas que se pretendan introducir al Estado o semovilicen por su territorio, cumplan con la normatividad correspondiente yen su case, se constate su condicih sanitaria o su inocuidad;

IV. Evaluar, en el hmbito de su competencia, 10s programas operativos desanidad agropecuaria, acuicola y de inocuidad agroalimentaria que selleven a cabo en coordinacih con 10s Gobiernos Federal y Municipal yOrganismos Auxiliares, asi coma e m i t i r u n dictamen s o b r e sucumplimiento y recomendar las medidas correctivas que procedan;

PAGINA 20 Monterrey, N.L.. Mi.9cole.s 0~1 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

V.

VI.

VII.

VIII

Participar en el establecimiento de lineamientos y programas decapacitaci6n dirigidos a productores, comerciantes y pljblico en general,asi coma al personal tknico, referentes a la aplicacih de disposicionesregulatorias y programas en materia de sanidad agropecuaria, acuicola yde inocuidad de alimentos;

Promover las normas y regulaciones en thminos de inocuidad de 10salimentos, la produccih, captura, transporte, alma&n, conservacih,distribucih y expendio, asi coma l a importacih d e p r o d u c t o sagropecuarios y acuicolas e impulsar el control y erradicacih de plagas yenfermedades agricolas, pecuarias y acuicolas;

Coordinar en el gmbito de su competencia, 10s programas y acciones desanidad agricola, animal y forestal, el combate y la prevencih de plagas yenfermedades fitozoosanitarias y forestales, y

Coordinar la movilizacih de 10s productos agropecuarios y forestales,considerando 10s conceptos de inocuidad alimentaria y bioterrorismo en10s procesos de produccih y comercializaci6n.

Articulo 22. Ademhs de las seiialadas en el articulo 16 de este ReglamentoInterior, son funciones para el Director de Capacitacih y Organizacih deProductores, las siguientes:

I. Coordinar las politicas de capacitacih y organizacih de 10s productores,mediante la participacih en 10s Consejos Distritales y 10s Centros deApoyo para el Desarrollo Rural, y en atencih a la demanda de 10sproductores del Estado;

II. lmpulsar la capacitacih y transferencia de tecnologia en desarrolloagropecuario;

Ill. Promover y fomentar, en el medio rural del Estado, la asociacih y laorganizacih ecokmica y social de 10s productores;

IV. Apoyar la investigacih y transferencia de tecnologia acorde con laspotencialidades locales y regionales, que promuevan el increment0 de larentabilidad del sector rural para satisfacer las necesidades de las

PERIODIC0 OFICIAL Monterrev, N.L.. Mikcoles 01 de SeDtiembre de 2004 PAGINA 21

cadenas productivas, en concordancia con la sustentabilidad de 10srecursos naturales;

V . Procurar la integracibn de las instituciones de educacibn agricola y de 10ssistemas de investigacibn para el desarrollo rural en el Estado y suvinculaci6n con la transferencia de tecnologia y la capacitacibn de 10sproductores;

VI. Promover la organizaci6n productiva y social en la sociedad ruralpropiciando 10s encadenamientos productivos en la actividad y l ageneracidn de empleos, y

VII. Procurar que en las actividades promovidas por 10s productores yapoyadas por el Esiado, se cuente con el apoyo de capacitackn de 10sproductores.

Capitulo VIDe la Coordinaci6n Forestal

y de Acuicultura y sus Funciones

Articulo 23. El Coordinador Forestal y de Acuicultura ejercerh las funcionesseiialadas en el articulo 16 de este Reglamento Interior, asi coma las siguientes:

I. Coordinar las politicas forestales y acuicolas, mediante la participacibnen 10s Consejos Distritales y 10s Centros de Apoyo para el DesarrolloRural, y en atenci6n a la demanda de 10s productores del Estado;

II. Apoyar acciones forestales y acuicolas en las regiones del Estado, a finde incentivar la actividad econ6mica y la generaci6n de empleos;

Ill. Participar, en el ambito de competencia de la Corporacirk en elejercicio de funciones y realizacibn de acciones derivadas de laNormatividad Federal en materia de aprovechamiento forestal,restauracibn y conservacibn del suelo y acuicultura en el Estado, y

IV. Promover, en el gmbito de competencia de la Corporaci6n, el usorational y eficiente del suelo, agua y vegetacibn, en las actividadesproductivas del desarrollo agropecuario.

PAGINA 22 Monterrey, N.L., Mikrcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

capkldo VIIDe la Suplencla de IWT Tltulareo

Artlculo 24. En ausencia temporal del Director General, serh suplido por elDirector que &e designe.

Cuando la ausencia sea definittva. el Gobemador del Estado designa& al servidorphblico que lo suplirh en forma intedna. en tanto se designe un nuew titular deacuerdo a la Ley.

Artfculo 25. Las ausencias temporales de lx demils titulares de las unidadesadministrativas y direcciones sefoaladas en este Reglamento Interior. serhnsuplidas por el selvidor pdblico que designare el superior jerhquico.

ArUculo 2 6 . Para las suplencias d e 10s Vocales Consejeros d e l ConsejoCiudadano Agropecuario, se atendera a lo establecido por el articulo 12 de la Leyde la Corporaci6n para el Desarrollo Agropecuario de Nuevo Ledn.

TRANSITORIO

IjNICO: Este Reglamento Interior entrati en vigor el dia siguiente al de supublicacidn en el Pert6dico Oficial del Estado.

Lo anterior se fundamenta en 10s articulos 81, 85 fraccih XXVIII y 87 de laConstitucMn Politica del Estado, 2. 4 y 8 de la Ley Orghica de la AdministracidnPliblica para el Estado de Nuevo Le6n. asi coma en 10s articulos 2 y 10 fraccionesVIII y IX de la Ley del Pert6dico Oficial del Estado de Nuevo Lebn.

Por tanto mando se imprima, publique. circule y se le d6 et debido cumplimiento.Dado en Monterrey. Nuevo L&n. el dia 28 de julio de 2004.

EL C. SECRETARIO GENERAL DE EL C. DIRECTOR GENERAL DE LAGOBIERNO CORPORACl6N PARA EL

DESARROLLO AGROPECUARIO DE

NAPOLE6N CANTlj CERNA

PERlOulCO OFICIAL Monterrey, N.L., Mihcoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 23

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEONOFICIALIA MAYOR DE GOBIERNO

CONVOCATORIA PUBLICA ESTATAL

El Gobierno del Estado de Nuevo Leon, a traves de la Oficialia Mayor deGobierno, en cumplimiento con lo dispuesto por el articulo 29 fracciones II, Ill yIV y octave transitorio de la Ley Organica de la Administration Publica para elEstado de Nuevo Leon, con fundamento en 10s articulos 5, 21, 23, 25 y 26 ydemas relativos a la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos yPrestaci6n de Servicios para la Administration Publica del Estado de NuevoLeon, en debida concordancia con el articulo 8” incise d) de la Ley de Egresospara el ario 2004, CONVOCA a participar en el siguiente concurso:

Nota: La description de 10s bienes y las demas especificaciones ycondiciones se serialan dentro de las Bases del Concurso.

1. INSCRIPCION DE PARTICIPANTES:

Los interesados deberan acudir a solicitar su inscription en las oficinas de laDirection de Adquisiciones y Servicios ubicadas en el 4to. Piso de la BibliotecaCentral (Fray Servando Teresa de Mier) sita en la calle Gral. Zuazua No. 655Sur zona centro en Monterrey, Nuevo Leon, a partir de la fecha de publicationde la presente Convocatoria, de Lunes a Viernes de 9:00 a 13:00 horas d ensu case podran inscribirse via electronica en la pagina www.compranet.qob.mx.en este mismo domicilio tendra verificativo el desahogo de 10s eventos de estalicitacion.

II. AL MOMENT0 DE LA INSCRIPCION LOS INTERESADOS DEBERANENTREGAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

a) Registro vigente en el Padron de Proveedores de Gobierno del Estado.

b) Escritura Publica Constitutiva y/o Poder ratificado ante Notario (paraactos de Administration), con que acredite la personalidad que ostentael representante de la empresa para participar en el concurso eidentification oficial con fotografia.

PAGINA 24 Monterrey, N.L., Micrcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

c) Documentation que compruebe el capital contable minim0 requerido,debera acreditarse con la declaration correspondiente al ejercicio fiscaldel 2003. o con estados financieros auditados y/o dictaminados porcontador public0 externo autorizado por la Secretaria de Hacienda yCredit0 Publico.

J) Declaration bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en 10ssupuestos del articulo 34 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,Arrendamientos y Prestacion de Servicios para la Administration Publicadel Estado de Nuevo Leon.

La Convocante, con base en la information presentada por 10s interesados,procedera a la inscription de aquellos que cumplan con 10s requisitosserialados, previo pago del costo de las Bases, reservandose el derecho deverificar la information proporcionada por 10s participantes en cualquier etapadel proceso.

La Convocante, con base en el analisis comparative de las proposicionesadmitidas y en sus propios presupuestos y programa base, previa opinion delComite para el Control de Operaciones Patrimoniales emitira un dictamen queservira coma fundamento para el fallo mediante el cual se adjudicara elsuministro de 10s bienes requeridos al participante que retina las condicioneslegales, tecnicas y economicas requeridas por la Convocante y que garanticesatisfactoriamente el suministro de 10s bienes objet0 de la presenteConvocatoria.

Los interesados queConvocante copia delAclaraciones, ademas

~~_. _._~--

MARIO GUERRERO DAVILA

PERIODIC0 OFICIAL Monterrev, N.L.. Mi&coles 01 de Seotiembre de 2004 PAGINA 25

EDICT0A LA C. JOSE MAURO GARCIA CASTLLO.

DOMICILIO IGNORADO.

Con fecha 30 treinta de Julio del a60 X04-dos mil cuatro. seadmitib a trbmite en este Juzgado. co” el nOrnero de expedientejudicial 0911/3003, el JUICIO ORDlNARIO CIVIL DE DIVORCIONBCESARIO promovidd par MARTHA ALICIA GARCIA SALA2ARen contra de USTED. Habibndose ordenado en fecha antesindicada. la publicacibn de un edicto pa’ tres xesea consecutivastanto en elPerihdirnn(irjal”mo en el Boletln Judicial y en elperibdico El Porvenir, we se editan en la Entidad, emplaztidoselede esta fornm. para we dentro del tbrn5”” de 09-“ueve dlas acudaal local de este Juzgado a producir su contestacibn y a op”“er, SWexcepciones si asl las t&era. Aclarac,ibn h e c h a de’ ‘que l anotificacibn realizada de esta forma surtirb sus efectos a 10s lo-diez dlas contados desde el siguiente al de la bltima publicacibn de1edicto ordenado. Quedando e’n la secretaria ‘de este Juzgado adisposicibn de la parte reo las copias de traslado de la demanda yde& documentos acompanados para su debida instruccibn.

Monterey. Nuev6 Lebn a 20 de Asosto del aflo 2004,

LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO SI%‘TIMO DE LOFAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

&g&$J@$LIC. BERTHA ALICIA

PAGINA 26 Monterrey, N.L., MiC?rcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

EDI C T 0

JUAN FRANCISCO OYERVIDES GONZdrLEZ Y SILVIA ISABELCHUC DURAN DE OYERVIDES.

DOMICILIO IGNORADO.

En et Juzgado Quint0 Menor de Monterrey, Nuevo Leon, mediante autode fecha II-once de Abril del afio 2003-dos mil tres, se admitio atramite el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por HOMER0GAMEZ MARTINEZ, en su caracter de Apoderado General para Pleitosy Cobranzas de BANCO NACIONAL DE MEXICO, S.A., en contra deJUAN FRANCISCO OYERVIDES GONtiLEZ Y SILVIA ISABELCHUC DURAN DE OYERVIDES, formando el expediente numero74412003, y mediante auto de fecha 05-cinco de Agosto del afio 2004-dos mil cuatro, se orden emplazar al demandado por medio deedictos publicados por 3-tres veces consecutivos, en el Periodic0 Dficialdel Estado, Boletin Judicial y el Periodic0 “El Norte”, a fin de que dentrodel termino de Obcinco dias ocurran a Bste Juzgado a producir sucontestacion y a oponer sus excepciones si las tuvieren, surtiendo susefectos dicha notification a 10s IO-diez dias contados desde el siguienteal de la tiltlma publicaclon, quedando las coplas de la demanda ydocument0 acompafiados debidamente selladas y requisitadas a sudisposicibn en la Secretaria de Bste Juzgado y previniendoseles a fin deque seiialen domicilio para oir y recibir notificaciones en Bsta ciudad deMonterrey, Nuevo Le6n, apercibidos de que en case de no hacerlo asi,las posteriores de caracter personal, se le haran en la forma prevista enel articulo 68 del codioo de Procedimientos Civiles y 1069 del Codigode Comercio. -

_‘.“’/”/

/’LA C. PRlMER,SECRETARlO DE ACU DOS DEL

+UkGADO QUINT0_::~,, : . :. i

Orden No. 1220.- l-3-6

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 27

PRESiMNClAM”N,C,PAL DE GENERAL ESCOEEDO. N. L.SECRETARlA DE OBRAS PiNKASCON”OCATORlA POSLICA ESTATAL

PAGINA 28 Monterrey, N.L.. Miholes 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

Monterroy. Nuevo Le6n. a 10s cinco dias det mes dejulio del aiio 2004-dos mil cuatro.

V I S T A: Para resolver la solicitud presentada al Ejecutivo del Estado, por el C.Jorge Velle Zambrano. en so carkter de representante legal de la Instituci6n Educativa“lnstituto Superior de Computaci6n. S.C.‘. con domicilio en la celle Picn Misti y Av. DiegoDiaz de Serlanga No.1143. Cal. Las Puentes. 17. sector, en San NicolBs de 10s Gana.Nuevo L&n, por la coat soticite la aprobacidn det esteblecimiento de on nuevo ptantetubicado en la calte Progreso No. 200. Zona Centro en Cadereyta Jim&w. Nuevo L&I,M&&o, para impardr los Planes y Programas de Estudios de: Sachillerato General,Sachillerato TBcnico con acentuaci6n en Ana11sla Pwgramador y Bachftlerato Tknicocon acentuaci(m en Mantenimiento y Reperacl6n de Mkrocomputadoras. con durxibnde seis tetramestres. mod&dad eswladuda. con antecedente de certificado de secundaiaterminada. vistas tos documentos acompafiados por el interesado. cuanto n6s debi verse.tenerse present+ y;

RESULTAND

PRIMERO: Que el Ejecutivo del Estado mediante resolucibn administrativa de fecha 4de abrit de 2003. publicada en el Peri&ko Oft&l del Es&do cl 12 de mayo del mismo aAo,otorgd reconocimiento de validez oficial de estudios a la Sociedad Civil ‘Instiluto Superior doComputaci611, SC.“. mnstituida legalmente m&ante Escritura Ptiblica No. 2814. Volumen X.Libro 4, Folio 52. de fecha 27 de agoeto de 1986, ante !a le del Lit. Jesljs Salazer Venegn!Titular de la Noterla PObke No. 63. con ejercicio en Monterrey. N.L., inscrita en el RegistroPljbtico de la Propiedad y del Comercio bajo el No. 35, Volumen 26, / ibro 1, Secci6n 111,Asociaciones Civites, con fecha 24 de febrero de 19R7. en Monterrey, N.L.; y modifiwdo soobjeto social mediante Escritura POblica No. 757, Volumen IV, Libra 5, PBginas 69 a 73. defecha 30 de enero de 1990. ante la fe del Lit. Es&ban Gonz$lez Ardines, Titular de la NotarioPtibtica No. 21. con ejercicio en Monterrey, N.L., inscrita en PI Registro Pdblico de laPropiedad y del Comercio bajo et No. 93, Votumen 29, Libro 2, Secci6n 111, SociedadesCiviles, con fecha 30 de abrit de 1990. en Monterrey, N.L., para quedar de la siguientemanera: imptantar la educaci6n g e n e r a l y cspecificamente l a educx:i6n m e d i a . m e d i a t&xka,do pregrado y post-grade, inciuyendo especializaci6n. maestria y doctorado.

SEGUNDO: Clue en fecha 13 de agosto de 2003, compareci6 ante et Ejecutivo Estetalel C. Jorge Vak? Zembreno. en su carkter de representante legal de la InstituciSn Educativa‘tnstitoto Superior de Computacibn. S.C.“, coma lo acredita mediante la Escritura Pljblica No.810, Volumen IV, Libra 8. Peginas 122 a 127, de fecha 18 de abrit de 1990, ante la fe del Lit.Esteban Gonzdlez Ardinos. Titular de la Notaria Ptiblic:r No. 21. co17 ojercicio en Monteney.N.L., inwxite en el Registro Pirbtico de la Propiedad y det Comercio bajo cl No. 85. Volumen2 9 . L i b r o 2 . Secci6n 111, S o c i e d a d e s Civiles. c o n fecha 2 5 d e abril d e 1 9 9 0 , e n M o n t e r r e y , N . L . .a solicit.% la aprobaci6n det estabtecimiento de on nuevo planted, ubicado en la calle ProgresoNo. 200. Zona Centro en Cadereyta Jimbnez. Nuevo L&n, Mkdco. pare impartir 10s Planes yPragramas de Estudios det Sachillereto General. Sachitterato Tknico con acentuaci6n enAnalista Programador y S a c h i l l e r a t o TBcnico c o n acantuaci6n en M a n t e n i m i e n t o y ReparaciOn

Orden NO. ,216.. 1

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 29

de Microcomputadoras, con duracibn de seis tetramestres modalidad escolarizada, anexandoa su solicitud el Plan y Programa de Estudios correspondiente.

TERCERO: Due la Secretaria de Educaci6n, determini, favorablemente la solicitudplanteada mediante oficio No. SE-871/2004 de fecha 2 de julio de 2004, en base al dictamenemitido mediante oficio No. SEES-CEMSyCSS/584/2003, por la Lit. Lorenza Herrera Garza,Coordinadora de Educaci6n Media Superior y de Servicio Social, expedido et 18 deseptiembre de 2003 y a la recomendaci6n academica emitida mediante oficioCOEPES/EMS/109/2003, por la Mtra. Ma. Natividad Flores Medina, Coordinadora de laSubcomisi6n Academica de Estudios y Dictamenes de la Comisi6n Estatal para laPlaneaci6n de la Educaci6n Superior en Nuevo Le6n. en fecha 18 de septiembre de 2003,por cumplir con 10s requisitos de 10s articulos 55 de la Ley General de Educaci6n y 107 de laLey de Educaci6n del Estado de Nuevo Le6n, toda vez que cuenta con personal con lapreparaci6n adecuada para impartir educacibn. instalaciones, infraestructura y equipamientoen condiciones higiknicas, de seguridad y pedag6gicas satisfactorias. plan y programa deestudios procedentes, y ha cumplido ademas con 10s requisitos que esta autoridad le hadeterminado.

CONSIDER&ND0

PRIMERO: Cue acorde a 10s articulos 3O fracci6n VI, de la Constituci6n Politica de 10sEstados Unidos Mexicanos; 54, 55. 57, 58 de la Ley General de Educaci6n; 106, 107, 109 y112 de la Ley de EducaciCln del Estado de Nuevo Le6n, 10s particulares podran impartireducaci6n en todos sus tipos y modalidades. debiendo solicitar a la autoridad educativa elReconocimiento de Validez Oficial de Estudios, que en cada case sera otorgado dentro suambito de jurisdicci6n por el Gobierno del Estado, cuando se acaten 10s requisitosestablecidos en las Leyes antes sefialadas.

SEGUNDO: Clue 10s articulos 55 fracci6n II, de la Ley General de Educacicin y 107fraccibn II, de la Ley de Educacibn del Estado de Nuevo Le6n, establecen en lo conducente,que 10s reconocimientos de validez oticial de estudios se otorgaran cuando 10s solicitantescuenten con instalaciones, infraestructura y equipamiento que satisfagan las condicioneshigknicas, de seguridad y pedagbgicas que la autoridad otorgante determine. Paraestablecer un nuevo plantel se requerira un nuevo reconocimiento.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el Ejecutivo del Estado en ejercicio de susfacultades:

R E S U E L V E

PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto por el articulo 107 fracci6n II, de la Leyde Educaci6n del Estado de Nuevo ~Le6n. se otorga a la Instituci6n Educativa “lnstitutoSuperior de Computaci6n. SC.“, cuyo lema es “Superaci6n con exito”, el establecimiento deun nuevo plantel, ubicado en la calle Progreso No. 200, Zona Centro en Cadereyta Jimenez,Nuevo Le6n, Mexico, para impartir 10s Planes y Programas de Estudios de: Bachillerato

PAGINA 30 Monterrey, N.L., Micrcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

General, Bachillerato Tecnico con acentuaci6n en Analista Programador y BachilleratoTecnico con acentuaci6n en Mantenimiento y Reparaci6n de Microcomputadoras, conduraci6n de sets tetramestres, modalidad escolarizada, exigiendo para el ingreso a 10sestudios que mediante esta resoluci6n se le autoriza impartir, certificado de secundariaterminada, con retroactividad a partir del 13 de agosto de 2003. en 10s tkminos de laresoluci6n del Ejecutiw, del E&ado publicada en el Peri6dico Oficial del Estado el 12 demayo de 2003, emitidos a favor de la propia Sociedad Civil.

SEGUNDO: De acuerdo al articulo 114 de la Ley de Educacibn del Estado de NuevoLe6n, se faculta a la Instituci6n Educativa ‘Institute Superior de Computaci6r-r. S.C.“. para queotorgue diplomas y certificados respect0 a 10s estudios que mediante esta resoluci6n seaprueban, pudiendo realizar las actividades administrativas y acad6micas necesarias para laimpartici6n de dichos estudios.

TERCERO: Con fundamento en 10s articulos 55, 57 y 75 de la Ley General deEducaci6n y 10s correlativos articulos 107, 109 y 120 de la Ley de Educaci6n del Estado, y porel presente reconocimiento, la Instituci6n Educativa “lnstituto Superior de Computaci6n S.C.“.debera:

1. Cumplir con 10s planes y programas de estudios aprobados en esta resoluci6n;

2. Beneficiar al 10% del total de 10s alumnos inscritos, coma minimo, con betasecon6micas con exclusi6n de 10s hijos de 10s trabajadores de la instituci6n educativa;

3. Contar con personal academic0 que acredite la preparaci6n adecuada y en proporci6nsuficiente al avance a 10s ciclos escolares, a la matricula de alumnos, a 10s horarios y a10s turnos en que se impartira el plan de estudios, asi coma 10s documentos respectivosque avalen su pet-51 profesional y el listado de 10s mismos;

4 . Mantener y, en su case, mejorar las condiciones higienicas, de seguridad y pedag6gicasde las instalaciones, materia del reconocimiento;

5. Facilitar y colaborar en las actividades de evaluaci6n inspecci6n y vigilancia que laautoridad educativa estatal o escolar realice u ordene;

6. Solicitar ante el Ejecutivo del Estado y demas autoridades competentes, la aprobaci6ncorrespondiente, cuando pretenda la impartici6n de nuevos estudios,,~ la apertura denuevos planteles educativos, cambio de domicilio y/o demas modificaciones a susituaci6n legal;

7. Sujetar a la normatividad legal aplicable la aceptacibn de estudiantes extranjeros y a 10slineamientos establecidos por la Secretaria de Educaci6n para el tramite de revalidaci6nde estudios;

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 31

8 . Usar en su documentation la inscription oficial siguiente: “Estudios con Reconocimientode Validez Oficial No. UB-13082003 I 124 2003, de fecha 5 de julio de 2004, otorgado porel Gobierno del Estado de Nuevo Leon”;

9. Solicitar ante el Ejecutivo Estatal, en case de suspension del servicio. educative, el retirodel Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios que mediante esta resolution se leotorga, hacienda entrega a la Secretaria de Education de 10s sellos y archives escolarescorrespondientes; previo al integro cumplimiento con 10s ciclos escolares y de lasobligaciones inherentes al citado Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, y

10. Otorgar a la Secretaria de Educaci6n las facilidades necesarias para la supervision yvigilancia del cumplimiento con la presente resolution.

Para fortaker, la ,ide.ntidad national y 10s valores civicos sociales en la poblacionestudiantil y’ ,!a ~ comunidad, se recomienda practicar con frecuencia razonable 10shonores a 10s simbolos patrios con el apoyo y la asesorla del personal de laComandancia de la Septima Zona Militar y la Secretaria de Education en el Estado.

En eventos culturales especiales y en la entrega de documentos terminales se sugierecontar con la presencia de las autoridades civiles, militares y educativas del area dondeesta ubicada la Institucibn.

CUARTO: De conformidad con lo dispuesto por 10s articulos 112, 120 y 121 de la Leyde Educaci6n del Estado de Nuevo Leon, la Secretaria de Education en el Estado, cuentacon facultades de evaluation, supervision y vigilancia respect0 de 10s servicios educativosprestados en 10s terminos de la presente resolution, por parte de la Institution Educativa“Instituto Superior de Computacibn, SC.“, a efecto de que se cumplan las disposicionesestablecidas en la misma, en la propia Ley de Education del Estado y 10s demasordenamientos legales aplicables, so pena en case de incumplimiento. de sancionarselehasta con el retiro del reconocimiento de validez oficial de estudios que mediante estaresolution se le otorga.

QUINTO: Notifiquese, cljmplase y publiquese en el Periodico Oficial del Estado acosta del interesado. Asi lo resuelve y firma el C. Gobernador Constitutional del Estadq,JOSE NATIVIDAD GONZALEZ PAR& con la asistencia de 10s CC. NAPOLEON CANTUCERNA, Secretario General de Gobierno y MARjA YOLANDA BLANC0 GARCjA, Secretariade Education en el Estado.- DAMOS FE.

PAGINA 32 Monterrev. N.L.. Mihxles 01 de SeDtiembre de 2004 PERi6blCO OFICIAL

T R A N S I T O R I O S

UNICO: Para 10s efectos de la presente resolution se tendra acreditado coma directorde la Instituci6n Educativa ‘Instituto Superior de Computaci6n, S.C.“. al C. Lit. FranciscoFranc0 Avaios. En case de ser substituido en el cargo por una persona distinta, se deberahater del conocimiento del Ejecutivo del Estado conforme a la normatividad que expida laSecretaria de Educaci6n.

El C. GOBERNADOR CONSTITU

EL C. SECRETARIO GENERAL DE LA C. SECRETARIA DE EDUCACIGN ENGOBIERNO EL ESTADO

---d

NAPOLEGN CANTU CERNA

PERlODlCO~OFlClAL Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 33

Acuordo No.: ABG-21082003 IO23 2004Expedlente: 82-018 I2003Aaunto: Rasolucidn administrativa de

reconocimianto da validez oficialde estudios.Tipo: Medio SuperiorNivel: Bachillerato General

IERNO DEL ESTADOIE NUEVO LEONODER EJECUTIVO

Monterrey, Nuevo Le6n, a 10s cinco dias del mes de julio del afio 2004-dos mil cuatro.

V I S T A: Para resolver la solicitud presentada al Ejecutivo del Estado. por el C.Jorge Valle Zambrano, en su car&ter de representante legal de la Instituci6n Educativa‘Instituto Superior de Computaci6n, S.C.“, por la cual solicita Reconocimiento de ValidezOficial y Aprobaci6n al Plan y Programa de Estudios del Bachillerato General. a cursarse enseis tetramestres, modalidad mixta, con antecedente de certiticado de secundaria terminada.con domicilio en la calle Pica Misti y Av. Diego Diaz de Berlanga No. 1143, Col. Las Puentes12” sector, San NicolSrs de 10s Garza, Nuevo Lebn, MBxico, vistos 10s documentosacompaiiados por el interesado, cuanto m& debi verse, tenerse presente; y

R E S U L T A N D O

PRIMERO: Que mediante resoluci6n administrativa de fecha 4 de abril del 2003publicada en el Peri6dico Oficial del Estado el 12 de mayo del mismo aiio, el Ejecutivo otorg6Reconocimiento de Validez Oficial de Estudio a la Sociedad Civil “lnstituto Superior deComputacibn, SC.“, constituida legalmente mediante Escritura Pliblica No. 2814, Volumen X,Libro 4, Folio 52, de fecha 27 de agosto de 1986, ante la fe del Lit. Jesirs Salazar Venegas,Titular de la Notaria Pliblica No. 63, con ejercicio en Monterrey, N.L., inscrita en el RegistroPliblico de la Propiedad y del Comercio bajo el No. 35, Volumen 26, Libro 1, Secci6n III,Asociaciones Civiles, con fecha 24 de febrero de 1987. en Monterrey, N.L.; y modificado suobjet0 social mediante Escritura Pirblica No. 757, Volumen IV. Libro 5, paginas 69 a 73, defecha 30 de enero de 1990, ante la fe del Lit. Esteban Gontilez Ardines, Titular de laNotaria Pljblica No. 21, con ejercicio en Monterrey, N.L., inscrita en el Registro Ptiblico de laPropiedad y del Comercio bajo el No. 93, Volumen 29, Libro 2, Secci6n Ill, SociedadesCiviles, con fecha 30 de abril de 1990, en Monterrey, N.L., para quedar de la siguientemanera: implantar la educaci6n general y especificamente la educaci6n media, mediatkcnica, de pregrado y post-grado, incluyendo especializaci6n, maestria y doctorado.

SEGUNDO: Que en fecha 21 de agosto de 2003, comparecib ante el EjecutivoEstatal el C. Jorge Valle Zambrano, en su caracter de representante legal de la lnstitucibnEducativa “lnstituto Superior de Computaci6n. S.C.“, coma lo acredita mediante la EscrituraPliblica No. 810, Volumen IV, Libro 8, PBginas 122 a 127, de fecha 18 de abril de 1990, antela fe del Lit. Esteban Gonz&lez Ardines, Titular de la Notaria Pirblica No. 21, con ejercicio enMonterrey, N.L., inscrita en el Registro Ptiblico de la Propiedad y del Comercio bajo el No.85, Volumen 29, Libro 2, Seccibn Ill, Sociedades Civiles, con fecha 25 de abril de 1990, enMonterrey. N.L.. a solicitar Reconocimiento de Validez Otkial y aprobaci6n al Plan yPrograma de Estudios del Bachillerato General, a cursarse en seis tetramestres modalidadmixtat anexando a su solicitud el Plan y Programa de Estudios correspondiente.

Orden No. 1217.- 1

PAGINA 34 Monterrey, N.L.. Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

TERCERO: Que la Secretaria de Educaci6n determin6 favorablemente la solicitudplanteada mediante oficio No. SE-869/2004 de fecha 2 de julio de 2004, en base al dictamenemitido mediante oficio No. SEES/CEMSyCSS1334/2004, de la Lit. Lorenza Herrera Garza,Coordinadora de Educaci6n Media Superior y de Servicio Social, expedido el 31 de matzode 2004 y a la recomendaci6n academica emitida mediante oficio No.COEPES/EMS/174/2004, por la Mtra. Ma. Natividad Flores Medina, Coordinadora de laSubcomisibn Academica de Estudios y Dictdmenes de la Comisi6n Estatal para laPlaneacibn de la Educaci6n Superior en Nuevo Le6n, en fecha 31 de marzo de 2004, porcumplir con 10s requisitos de 10s articulos 55 de la Ley General de Educaci6n y 107 de la Leyde Educacidn del Estado de Nuevo Lebn, toda vez que cuenta con personal con lapreparacibn adecuada para impartir educacibn, instalaciones, infraestructura y equipamientoen condiciones higienicas. de seguridad y pedag6gicas satisfactorias. plan y programa deestudios procedentes. y ha cumplido ademas con 10s requisitos que esta autoridad le hadeterminado.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO: Cue acorde a 10s articulos 3O fracci6n VI, de la Constituci6n Politica de 10sEstados Unidos Mexicanos; 54,55,57,58 de la Ley General de Educaci6n; 106, 107.109 y112 de la Ley de Educaci6n del Estado de Nuevo Le6n, 10s particulares podran impartireducaci6n en todos sus tipos y modalidades, debiendo solicitar a la autoridad educaliva elReconocimiento de Validez Oficial de Estudios, que en cada

Tso sera otorgado dentro su

ambito de jurisdicci6n por el Gobiemo del Estado. cuand se acaten 10s requisitosestablecidos en las Leyes antes seiraladas.

SEGUNDO: Que conforme a 10s articulos 1, 3, 4 fracciones III incise f), y VI, 7, 8, 11,22 fracci6n Ill, 25, 27 fracci6n VI, y demas aplicables de la Ley de Educaci6n del Estado deNuevo Le6n, la misma tiene por objet0 regular la educaci6n que imparte el Estado, susMunicipios, 10s organismos descentralizados y 10s particulares con Autorizaci6n oReconocimiento de Validez Oficial de Estudios, bajo 10s lineamientos de la Ley General deEducaci6n y la Constituci6n Politica del Estado de Nuevo Le6n, correspondiendo a lasautoridades estatales o municipales en el ambito de su competencia, la aplicaci6n de lareferida Ley de Educaci6n del Estado.

TERCERO: Que en 10s terminos de 10s articulos 52, 53, 54 y 106 de la Ley deEducaci6n del Estado de Nuevo Le6n, la educaci6n media superior tiene coma objet0 ofreceral alumno la formaci6n que le permita desarrollar competencias generales para continuar suescolaridad y. especfficas, para su inserci6n en el sector laboral, pudiendo ser propedeutica,terminal o bivalente. El Reconocimiento~ de Validez Oficial de Estudios en este rubro ~610 seotorgara cuando se satisfagan 10s requisitos de 10s articulos 107 y 109 de la misma.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el Ejecutivo del Estado en ejercicio de susfacultades resuelve:

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 35

R E S U E L V E

PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto por 10s articulos 3, phrrafo sexto, de laConstitucih Politica del Estado de Nuevo Le6n. 106 y 107. de Ia Ley de Educacih de1Estado, se otorga al C. Jorge Valle Zambrano. se otorgs a la~lnstituci& Educativa “lnstitutoSuperior de Computacih, S.C.“, cuyo lema es “Superacibn con bxito”, Reconocimiento deValidez Oficial y aprobacih al Plan y Programa de Estudios del Bachillerato General, acursarse en seis tetramestres, modalidad mixta, exigiendo para el ingreso a 10s estudios quemediante esta resolucih se le autoriza impartir, certificado de secundaria terminada, conretroactividad a partir del 21 de agosto de 2003. a impartirse en el domicilio ubicado en lacalle Pica Misti y Av. Diego Diaz de Berlanga No. 1143, Col. Las Puentes 12” sector, SanNicol& de 10s Garza, Nuevo Le6n. MBxico, siendo el Plan y Programa de Estudiosautorizado el siguiente:

“INSTITUTO SUPERIOR DE COMPUTACIbN, S.C.”BACHILLERATO GENERAL

ASIGNATURAS CLAVE SERIACIbN HORAS SEMANALESPRIMER TETRAMESTRE HEUS HClS T O T A L CRtDITOS MODALIDAD

MATEMATICAS IGEOGRAFiAQUiMlCA IBlOLOGlA IINTRODUCCI6N A LASCIENCIAS SOCIALESTALLER DE LECTURA YREDACCl6N ILENGUA ADICIONAL ALESPAflOL IINFORMk!TlCA I

FBMA-11FBCN-18FBCN-13FBCN-12FBHS-16

FBLC-14

FBLC-15

FBLC-17

ASIGNATURAS CLAVESEGUNDO TETRAMESTREMATEMATICAS II FBMA-21VALORES I FHDH-27QUiMlCA II FBCN-23BIOLOGiA II FBCN-22HISTORIA DE MCXICO I FBHS-26TALLER DE LECTURA Y FBLC-24REDACCldN IILENGUA ADICIONAL AL FBLC-25ESPAQOL IIINFORMATICA II FBLC-28

TOTAL

SERIACl6N

FBMA-11

FBCN-13FBCN-12FBHS-16FBLC-14

FBLC-15

FBLC-17TOTAL

0 5 5 9 ESC4 1 5 6 E.I.0 5 5 9 ESC4 1 5 6 E.I.4 1 5 6 E.I.

4 1 5 6 E.1,

0 4 4 7 ESC

0 5 5 9 ESC16 23 39 58

HORAS SEMANALESHEWS HClS T O T A L

0 5 54 1 50 5 54 1 54 1 54 1 5

CR6DITOS MODALIDAD

9 ESC6 E.I.9 ESC6 E.I.6 E.I.6 E.I.

0 3 3 6 ESC

0 5 5 5 ESC16 22 36 53

PAGINA 36 Monterrey, N.L., Mikcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

ASIGNATURASTERCER TETRAMESTREMATEMATICAS IllVALORES IIQUiMlCA IllECOLOGh Y MEDIOAMBIENTEHISTORIA DE MEXICO IILITERATURA ILENGUA ADICIONAL ALESPANOL IllINFORMATICA Ill

ASIGNATURASCUARTO TETRAMESTREMATEMATICAS IVFfSICA IINDIVIDUO Y SOCIEDADMETODOLOGiA DE LAINVESTlGACldNESTRUCTURASSOCIOECON6MICAS DEMCXICOLITERATURA IILENGUA ADICIONAL ALESPAfiOL IVPSlCOLOGiA GENERAL

ASIGNATURASQUINT0 TETRAMESTREMATEMATICAS VFiSlCA IIFlLOSOFiACREATIVIDAD YDESARROLLO DELPENSAMIENTOHISTORIA DE NUESTROTIEMPOORlENTACldNVOCACIONAL ILENGUA ADICIONAL ALESPANOL VTEMAS SELECTOS DEINFORMATICA

CLAVE SERIACI6N

FBMA-31 FBMA-21FHDH-33 FHDH-27FBC-34 FBCN-23FBCN-37 -

FBHS-36 FBHS-26FBLC-32 FBLC-24FBLC-35 FBLC-25

FTCT-38 FBLC-28TOTAL

CLAVE SERIACli)N

FBMA-41 FBMA-31FBCN-43 -FBHS-46 -FBLC-44 -

FBHS-45 -

FBLC-42 FBLC-32FBLC-47 FBLC-35

FHDH-48 -TOTAL

C L A V E SERIACbN

4 1 5 6 E.I.0 5 5 9 ESC

4 1 5 6 E.I.20 20 40 57

HORAS SEMANALESHEWS HClS. T O T A L CRCDITOS MODALIDAD

FPA-51FBCN-52FBHS-53FHDH-54

FBMA-41 : 5FBCN-43 5

4 1 5 64 1 5 6

HORAS SEMANALESHEWS HC/S T O T A L CR.bITOS MODALIDAD

0 5 5 9 ESC4 1 5 6 E.I.0 5 5 9 ESC4 1 5 6 E.I.

4 1 5 6 E.I.4 1 5 6 E.I.0 5 5 9 ESC

0 3 3 6 ESC16 22 38 57

HORAS SEMANALESHEW HClS T O T A L CR~DITOS MODALIDAD

0 5 5 9 ESC0 5 5 9 ESC4 1 5 6 E.I.4 1 5 6 E.I.

4 1 5 6 E.I.

FBHS-56

FTCT-55

FTCT-57

FTCT-56

4 1 5 6

4 1 5 6

FBLC-47 0 4 4 7

FTCT-38 0 3 3 6

TOTAL 16 21 37 55

ESCESCE.I.E.I.

E.I.

E.I.

ESC

ESC

PERIODIC0 OFICIAL Monterrev. N.L.. Micrcoles 01 de Sectiembre de 2004 PAGINA 37

ASIGNATURAS C L A V E SERIACIGN HORAS SEMANALESSEXTO TETRAMESTREINTRODUCCI6N A LASCIENCIASADMINSTRATIVASFiSlCA IllINTRODUCCldN A LAESTADjSTICARELACIONES HUMANASTEORiAS DE LACALIDADORIENTACI6NVOCACIONAL IIETICA C~UDADANATEORiA Y PRACTICADEL SERVICIO SOCIAL

FPC-61 -

FPA-66 FBCN-52FPC-63 -

FTCT-64 -FTCT-65 -

FTCT-62 FTCT-55

FHDH-67 -FTCT-68 -

TOTALSUMATOTAL

ASIGNATURAS

HEUS HClS T O T A L CR!hTOS MODALIDAD

4 1 5 6 E.I.

00

44

4

40

20104

46

54

11

1

15

19f27

5 94 7

5 65 6

5 6

5 65 9

39 55231 335

ESC.ESC.

E.I.E.I.

E.I

E.I.ESC

26 ASIGNATURAS DE ESTUDIO INDEPENDlENTES 22 ASIGNATURAS ESCOLARIZADASEl = ESTUDIO INDEPENDlENTE ESC = ESCOLARIZADAHEVS = HORAS ESTUDIO INDEPENDIENTE POR SEMANAHC/S = HORAS CIASE POR SEMANA

SEGUNDO: De acuerdo al articulo 114 de la Ley de Education del Estado de NuevoLeon, se faculta a la Institution Educativa “lnstituto Superior de Computation, SC.“. para queotorgue diplomas y certificados respect0 a 10s estudios que mediante esta resolution seaprueban, pudiendo realizar las actividades administrativas y academicas necesarias para laimparticion de dichos estudios.

TERCERO: Con fundamento en 10s articulos 55, 57 y 75 de la Ley General deEducation y 10s correlativos articulos 107, 109 y 120 de la Ley de Education del Estado, y porel presente reconocimiento, al C. Jorge Valle Zambrano, representante legal de la Institution“lnstituto Superior de Computation. S.C.“, debera;

1. Cumplir con el plan y programa de estudios aprobado en esta resolution;

2. Beneficiar al 10% del total de 10s alumnos inscritos, coma minimo, con betaseconomicas, con exclusion de 10s hijos de 10s trabajadores de la institution educativa;

PAGINA 38 Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

3. Contar con personal academic0 que acredite la preparaci6n adecuada y en proportionsuficiente al avance a 10s ciclos escolares, a la matricula de alumnos, a 10s horarios y a10s turnos en que se impartira el plan de estudios, asf coma 10s documentos respectivosque avalen su perfil profesional y el listado de 10s mismos;

-4. Mantener y, en su case, mejorar las condiciones higienicas, de seguridad y pedagogicasde las instalaciones, materia del reconocimiento;

5. Facilitar y colaborar en las actividades de evaluation. inspection y vigilancia que laautoridad educativa estatal o escolar realice u ordene;

6. Solicitar ante el Ejecutivo del Estado y demas autoridades competentes. la aprobaci6ncorrespondiente, cuando pretenda la imparticion de nuevos estudios. la apertura denuevos planteles educativos, cambio de domicilio y/o demas modificaciones a susituaci6n legal;

7. Sujetar a la normatividad legal aplicable la aceptacion de estudiantes extranjeros y a 10slineamientos establecidos por la Secretaria de Education para el tramite de revalidacionde estudios;

8. Usar en su documentation la inscripcibn oficial siguiente: “Estudios con Reconocimientode Validez Oficial No. ABG-21082003 / 023 2004, de fecha 5 de julio de 2004, otorgadopor el Gobierno del Estado de Nuevo Leon”;

9. Solicitar ante el Ejecutivo Estatal, en case de suspension del servicio educative, el retirodel Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios que mediante esta resolution se leotorga, hacienda entrega a la Secretaria de Education de 10s sellos y archives escolarescorrespondientes; previo el integro cumplimiento con 10s ciclos escolares y de lasobligaciones inherentes al citado Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, y

10. Otorgar a la Secretaria de Educaci6n las facilidades necesarias para la supervision yvigilancia del cumplimiento con la presente resolution.

Para fortalecer la identidad national y 10s valores civicos sociales en la poblacionestudiantil y la comunidad, se recomienda practicar con frecuencia razonable 10shonores a 10s simbolos patrios con el apoyo y la asesoria del personal de laComandancia de la Septima Zona Military la Secretaria de Education en el Estado.

En eventos culturales especiales y en la entrega de documentos terminales se sugierecontar con la presencia de las autoridades civiles, militares y educativas del area dondeesta ubicada la Institution.

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mikcoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 3s

CUARTO: De conformidad con lo dispuesto por 10s articulos 112, 120 y 121 de la Leyde Education del Estado de Nuevo Leon, la Secretaria de Education en el Estado, cuentacon facultades de evaluation, supervision y vigilancia wspecto de 10s servicios educativosprestados en 10s terminos de la presente resolution, por parte de la Instituci6n Educativa“Institute Superior de Computaci6n, SC.“, a efecto de que se cumplan las disposicionesestablecidas en la misma, en la propia Ley de Education del Estado y 10s demasordenamientos legales aplicables. so pena en case de incumplimiento, de sancionarsele hastacon el retiro del reconocimiento de validez oficial de estudios que mediante esta resolution sele otorga.

QUINTO: Notifiquese, cumplase y publiquese en el Periodic0 Oficial del Estado acosta del interesado. Asi lo resuelve y firma el C. Gobernador Constitutional del Estadq,JOSE NATIVIDAD GONZALEZ PAR& con la asistencia de 10s CC. NAPOLEON CANTUCERNA. Secretario General de Gobierno y MARIA YOLANDA BLANC0 GARCjA. Secretariade Education en el Estado.- DAMOS FE.

T R A N S I T O R I O S

UNICO: Para 10s efectos de la presente resolution se tendra acreditado coma directorde la Instituci6n Educativa “lnstituto Superior de Computation, SC.“, al C. Lit. AlejandroFahrat Gordillo. En case de ser substituido en el cargo por una persona distinta, se deberahater del conocimiento del Ejecutivo del Estado conforme a la normatividad que expida laSecretaria de Education.

E L C . SECRETARlO G E N E + LA C. SECRETARIA DE EDUCACIdN ENGOBIERNO EL ESTADO

-uzG#+

NAPOLEdN CANTO CERNA

PAGINA 40 Monterrey. N.L.. Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

Monterey. Nuevo Leh. a 10s c inm dias del mes de julio det alio 2004dos mil cuatro.

V t S T A: Para resolver la solicitud presentada al Ejecutivo del Estado. par el C.Jorge Valle Zambrano, en su car&cter de representante legal de la tnstitucidn EducativaYnstituto Superior de Computaciirn, S.C.“, con domicilio en la calte Pica Misti y Av. DiegoDiaz de Berlanga No.1145 Cot. Las Puentes. 120. sector. en San Nicok de 10s Garza,Nuevo L&n. par la cual soticita la aprobaci6n del establecimiento de un nuevo plantelubicado en la Av. Rtrmuto Garza NO. 999, Cot. Del Lago. San Niwlas de 10s Garza. NuevoL&n. MBxiw. para imp&k tos Planes y Programas de Estudios del Bachftferato General,Sachitterato TCcnico eon acentuaci6n en *.nalfsta Programador y Bachifferato Tknicocon acentuaclh en Mantenimianto y Reparaci6n de Mlcrocomputadoras. con duraci6nde seis tetramestres, modatidad escolarizada. con antecedente de certificado de secundariaterminada. vistas 10s documentos acompafiados par et interesado. cuanto m8s debi verse.tenerse present*. y;

RESULTAND

PRIMERO: Que et Ejecutivo det Estado media& resoluci6n administmtiva de fecha 4de abrit de 2003. publicada en el PerBdim Oficiat det E&do el 12 de mayo det mismo ano.otorg6 reconocimiento de validez oficiat de estudios a la So&dad Civil “tnstittio Superior deComputacibn, SC.‘, constituida lqatmente mediante Esnitura Ptiblica No. 2814, Votumen X.Libm 4, Folio 52, de fecha 27 de agosto de 1986. ante la fe del Lit. Jes(ls Salazar Venegas.Titular de la Notaria Ptiblica No. 63, con ejercicio en Monterrey. N.L.. ,inscrita en el RegistmPliblico de la Propiedad y det Comercio bajo et No. 35. Volumen 26. Libra 1 , Secci6n Ill,Asociaciones Civites. con fecha 24 de febrem de 1907. en Monterrey. N.L.: y modificado suobjeto social media& Escritura POblica No. 757, V&men IV, Libm 5, pttginas 69 a 73. defecha 30 de enem de 1990. ante la fe del Lit. Esteban Gonti lez Ardines. Titular de la NotariaPljblica No. 21, con ejercicio en Monterrey. N.L., inscrita en el Registm POblico de laPropiedad y det ,Comercio bajo et No. 93, Votumen 29, Libra 2, Seccidn 111, SociedadesCivites, con fecha 30 de abrit de 1990. en Monterrey, N.L.. para quedar de la siguientemanera: imptantar l a educacidn g e n e r a l y e s p e c i f i c a m e n t e l a educacidn m e d i a . m e d i a t8cnicade pregrado y postgrado, incluyendo especializaci6n. maestria y doctorado.

SEGUNDO: Que en fecha 21 de agosto de 2003, compareci6 ante este EjecutivoEstatal el C. Jorge Vatle Zambrano. en su carkter de representante legal de la Instituci6nEducativa ‘tnstituto Superior de ComputacMn, SC.“, coma to acredita mediante la EscrituraPtiblica No. 810. Votumen IV. Libra 8. Paginas 122 a 127. de fecha IS de abril de 1990, antela fe det Lit. Esteban Go&lez Ardines, Titular de la N&aria Ptiblica No. 21, mn ejercicio enMonterrey. N.L., insuita en el Registm P(lbtim de la Pmpiedad y det Come& bajo el No. 85.Votumen 29, Libra 2, Secci6n Ill, Sodedades Civiles, con fecha 25 de abril de 1990, enMonterrey. N.L., a solicita la apmbact in del establecimiento de un nuevo plantel. ubicado enla Av. Rdmuto Garza No. 999, Cal. Del Lago, San Niml& de los Garza, Nuevo Lebn. pamimpartir to8 Planes y Programas de Estudios def Bachilfeato General. BaciWerato T&n immn acentuaci6n e n Ansli ita Pmgramador y Bachillemto T6cn im con acentuacidn e n

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 41

Mantenimiento y Reparation de Microcomputadoras, con duration de seis tetramestresmodalidad escolarizada. anexando a su solicitud el Plan y Programa de Estudioscorrespondiente.

TERCERO: Que la Secretaria de Educacibn. determine favorablemente la solicitudplanteada mediante oficio No. SE-870/2004 de fecha 2 de julio de 2004, en base al dictamenemitido mediante oficio No. SEES/CEMSyCSS/586/2003, de la Lit. Lorenza Herrera Garza,Coordinadora de Educacibn Media Superior y de Servicio Social, expedido el 18 deseptiembre de 2093 y a la recomendacion academica emitida mediante oficioCOEPES/EMS/l15/2003. por la Mtra. Ma. Natividad Flores Medina, Coordinadora de laSubcomision Academica de Estudios y Dictamenes de la Comision Estatal para laPlaneacion de la Education Superior en Nuevo Leon, en fecha 18 de septiembre de 2003,por cumplir con 10s requisitos de 10s articulos 55 de la Ley General de Education y 107 de laLey de Education del Estado de Nuevo Leon, toda vez que cuenta con personal con lapreparation adecuada para impartir education, instalaciones, infraestructura y equipamientoen condiciones higienicas, de seguridad y pedagogicas satisfactorias, plan y programa deestudios procedentes, y ha cumplido ademas con 10s requisitos que esta autoridad le hadeterminado.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO: Que acorde a 10s articulos 3O fraction VI, de la Constitution Politica de 10sEstados Unidos Mexicanos; 54, 55, 57, 58 de la Ley General de Education; 106, 107, 109 y112 de la Ley de Education del Estado de Nuevo Leon. 10s particulares podran impartiredudacion en todos sus tipos y modalidades, debiendo solicitar a la autoridad educativa elReconocimiento de Validez Oficial de Estudios, que en cada case sera otorgado dentro suambito de jurisdiction por el Gobierno del Estado. cuando se acaten 10s requisitosestablecidos en las Leyes antes setialadas.

SEGUNDO: Que 10s articulos 55 fraction II, de la Ley General de Education y 107fraction II, de la Ley de Education del Estado de Nuevo Leon, establecen en lo conducente.que 10s reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgaran cuando 10s solicitantescuenten con instalaciones, infraestructura y equipamiento que satisfagan las condicioneshigienicas, de seguridad y pedagogicas que la autoridad otorgante determine. Paraestablecer un nuevo plantel se requerira un nuevo reconocimiento.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el Ejecutivo del Estado en ejercicio de susfacultades:

RESUELVEPRIMERO: De conformidad con lo dispuesto por el articulo 107 fraction II, de la Ley deEducation del Estado de Nuevo Le6n. se otorga a la Instituci6n Educativa “Instituto Superiorde Computation, S.C.“, cuyo lema es “Superacion con Bxito”, el establecimiento de un nuevoplantel, ubicado en la Av. Romulo Garza No. 999, Col. Del Lago, San Nicolas de 10s Garza,

PAGINA 42 Monterrey, N.L.. Mikrcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

Nuevo Le6n. Mbxico. para impartir 10s Planes y Programas de Estudios del BachilleratoGeneral, Bachillerato Tknico con acentuacibn en Analista Programador y BachilleratoTBcnico con acentuacibn en Mantenimiento ,y Reparacibn de Microcomputadoras, conduraci6n de seis tetramestres. modalidad escolarizada, exigiendo para el ingreso a Iosestudios que mediante esta resoluci6n se le autoriza impartir. certificado de secundariaterminada, con retroactividad a partir del 21 de agosto de 2003, en 10s tkminos de laresoluci6n del Ejecutivo del Estado publicada en el Peri6dico Oficial del Estado el 12 demayo de 2003, emitidos a favor de la propia Sociedad Civil.

SEGUNDO: De acuerdo al articulo 114 de la Ley de Educaci6n del Estado de NuevoLebn, se faculta a la Institucibn Educativa “lnstituto Superior de Computack, SC.“, para queotorgue diplomas y certificados respect0 a 10s estudios que mediante esta resolucibn seaprueban, pudiendo realizar las actividades administrativas y academicas necesarias para laimparticibn de dichos estudios.

TERCERO: Con fundamento en 10s articulos 55, 57 y 75 de la Ley General deEducaci6n y 10s correlativos articulos 107, 109 y 120 de la Ley de Educaci6n del Estado, y porel presente reconocimiento, la Institucibn Educativa “lnstituto Superior de Computaci6n, S.C.“,debera:

I. Cumplir con 10s planes y programas de estudios aprobados en esta resoluci6n;

2. Beneficiar al 10% del total de 10s alumnos inscritos. coma minimo, con betasecon6micas. con exclusi6n de 10s hijos de 10s trabajadores de la institucibn educativa;

3. Contar con personal acad6mico que acredite la preparacibn adecuada y en proporci6nsuticiente al avance a 10s ciclos escolares. a la matricula de alumnos, a 10s horarios y a10s turnos en que se impartirh el plan de, estudios, asi coma 10s documentos respectivosque avalen su perfil profesional y el listado de 10s mismos;

4 . Mantener y, en su case, mejorar las condiciones higihnicas, de seguridad y pedagbgicasde las instalaciones, materia del reconocimiento;

5. Facilitar y colaborar en las actividades de evaluaci6n. inspecci6n y vigilancia que laautoridad educativa e&tat o escolar realice u ordene;

PERIODIC0 OFlClA~ Monterrey. N.L.. Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PAGINA 43

6.

7 .

8.

9.

Solicitar ante el Ejecutivo del Estado y demas autoridades competentes, la aprobacioncorrespondiente. cuando pretenda la imparticion de nuevos estudios, la apertura denuevos planteles educativos, cambio de domicilio y/o demas modificaciones a susituation legal;

Sujetar a la normatividad legal~ aplicable la aceptacion de estudiantes extranjeros y a 10slineamientos establecidos por ,la Secretaria ‘de Education para el tramite de revalidacionde estudios;

Usar en su documentation la inscripcton oficial siguiente: ‘Estudios con Reconocimientode Validez Oficial No. UB-21032003 I 125 2.903, de fecha 5 de julio de 2004, otorgado porel Gobierno del Estado de Nuevo LeW,

Solicitar ante el Ejecutivo Estatal, en case de suspension del setvicio educative, el retirodel Reconocimiento de Validez Oficlal de Estudios que mediante esta resolution se leotorga, hacienda entrega a la Secretaria de Education de 10s sellos y archives eswlarescorrespondientes; previo al lntegro cumplimiento con 10s ciclos escolares y de lasobligaciones inherentes al citado Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, y

10. Otorgar a la Secretaria de Educaci6n las facilidades necesarias para la supervision yvigilancia del cumplimiento con la presente resolution.

Para fortalecer la identidad national y 10s valores civicos sociales en la poblacionestudiantil y la wmunidad, se rewmienda practicar con frecuencia razonable 10shonores a 10s simbolos patrios con el apoyo y la asesoria del personal de laComandancia de la Septima Zona Military la Secretaria de Education en el Estado.

En eventos culturales especiales y en la entrega de documentos terminales se sugierecontar con la presencia de las autoridades civiles, militares y educativas del area dondeesta ubicada la Instituci6n.

CUARTO: De conformidad con lo dispuesto por 10s articulos 112, 120 y 121 de la Leyde Education del Estado de Nuevo Leon, la Secretaria de Education en el Estado, cuentacon facultades de evaluation. supervisi6n y vigilancia respect0 de 10s setvicios educativosprestados en 10s terminos de la presente resolution. por parte de la Institution Educativa“lnstituto Superior de Computation, S.C.“, a efecto de que se cumplan las disposicionesestablecidas en la misma, en la propia Ley de Education del Estado y 10s demasordenamientos legales aplicables, so pena en case de incumplimiento, de sancionarselehasta con el retiro del rewnocimiento de validez oficial de estudios que mediante estaresolution se le otorga.

PAGINA 44 Monterrey, N.L., Micrcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

QUINTO: Notifiquese, cumplase y publiquese en el Peri6dico Oficial del Estado acosta del interesado. Asi lo resuelve y firma el C. Gobernador Constitutional del Estado.JOSE NATIVIDAD GONZALEZ PAR&i, con la asistencia de 10s CC. NAPOLEdN CANTOCERNA, Secretario General de Gobierno y MARjA YOLANDA BLANC0 GARCjA, Secretariade Education en el Estado.- DAMOS FE.

UNICO: Para 10s efectos de la presente resolution se tendra acreditada comadirectora de la Instituci6n Educativa “Institute Superior de Computaci&, S.C.“, a la C. Lit.Elida de la Cruz de Leon. En case de ser substituida en el cargo por una persona distinta, sedebera hater del conocimiento del Ejecutivo del Estado conforme a la normatividad queexpida la Secretaria de Education.

‘(..:>xy (, El C. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL$ ,,, ;. +,:.‘i-/A DEL ESTADO DE NUEVO L&N

EL C. SECRETARIO GENE LA C. SECRETARIA DE EDUCACIGN ENGOBIERNO EL ESTADO

NAPOLEGN CANTU CERNA ANDA BLANC0 GAR

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mikrcoles 01 de Septiembre de 2004 PAGlNA45

AY!$O DE AUMENTO DE CAPITAL SDClAl

Se amanta al Cqital Sccial de CORPORAClON MNAMICA INCUSTWL. SA. en w p;rte %)a en la cerhdad de$2OO,ooO.M) (WSCIENTOS MIL PESOS OO/lOO M.N.) n-ediite emki% de 200,lW (h&+tas mil) acdonescifdth-ls, !!andnatlvas, saria A-2 cwquxdii a !a parte @a dal capital sod& con valor nomind da $l.aO (UNPESO WlKI M.N.) cada wa. a fm de pue sine% d capiW sodd actual de 5410.ORl.00 (CUATROCIENTOS OIEZMlL PESOS OlVlW MN.), el c@4d so@ I!+ de CORPORAClON DlNAhUCA INDUSTlWL, SA. q&e alavado a hsuma de $610,OL%l.00 (SELWENTOS DIEZ ML PESOS OWllXl M.N.). Es@ c@id a&a repcesentado en ashesc&Was mhaliw se% X-2.

SANTACATARIN4. N.L. A 18 DE AKISTO DEL MO4

ATENTAMNTENAMICA INWSTR!AL, SA.

~~MISARIO DE LA S&IEDAD

Orden No. 1219.- 1

PAGINA 46 Monterrey, N.L., Mikrcoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

EDICT0

Con fecha veintiocho de Mayo del’2004-DOS mil cuatro, se radico en

este Juzgado, el Juicio Sucesorio de lntestado a bienes de MARGARITA

QUINTANILLA ELIZONDO, formandose el expediente numero 69/2004,

ordenandose publicar un Edict0 por una sola vez, tanto en el periodic0 Oficial

del Estado y Diario El Porvenir que se editan en la Ciudad de Monterrey, Nuevo

Leon, convocando a las personas que se crean con derecho a la herencia, para

que comparezcan al local de este Juzgado a deducirlos dentro del termino de

treinta dias, contados a partir de la fecha de la ultima publication. DOY FE.-

LINARES, N. L. A 27 DE JULIO DEL 2004.EL C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO MIXTO

DE PRIMERA INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITOJUDICIAL EN EL ESTADO:

LIC. JOAQUiN EN HERNANDEZ

Orden No. 1221.- 1

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Mihrcoles 01 de Septiembre de 2004 PAGlNA47

SEGUNDO EDICT0

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Cuarto de lo Civil del PrimerDistrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.

A LOS C.C. IRMA ORENDAIN MORALES Y ELIAS ALONSO ORENDAIN.-DOMICILIO: IGNORADO.-

EN FECHA 26.VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL TRES, SE RADICO EN EL LOCAL DE ESTE

JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO, EL

EXPEDIENTE NUMERO 505/03, RELATIVO AL JUICIO ESPECIAL MERCANTIL PROMOVIDO POR

GUADALUPE JAVIER ELIZONDO OROZCO EN CONTRA DE IRMA ORENDAIN MORALES Y ELIAS

ALONSO ORENDAIN Y POR AUTO DE FECHA 07-SIETE DE JULIO DEL DOS MIL CUATRO, SE

ORDENO EMPLAZAR A LA PARTE DEMANDADA IRMA ORENDAIN MORALES Y ELIAS ALONSO

ORENDAIN, P O R MEDIC D E EDICT• S Q U E DEBERAN D E PUELICARSE P O R TRES V E C E S

CONSECUTIVAS EN EL PERIODIC0 OFICIAL DEL ESTADOA FIN DE WE DENTRO DELTERMINO

DE 05CINCO DIAS PRODUZCA SU CONTESTACION. DEBIENDOSELE PREVENIR A FIN DE QUE

SEI;IALE DOMICILIO EN ESTACIUDAD PARALOS EFECTOS DE OIRY RECIBIR NOTIFICACIONES,

APERCIBIDO DE WE EN CASO DE NO HACERLO ASI LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES,

LAS PENDIENTESYAUN LAS DE CARACTER PERSONALSE LE PRACTICARAN CONFORME

LAS REGLAS QUE PARA TAL EFECTO ESTABLECE EL ARTICULO 1069 DEL CODIGO DE

COMERCIO EN VIGOR. EN LA INTELIGENCIA DE QUE EL EMPLAZAMIENTO HECHO DE ESTA

MANERA SURTIRASUS EFECTOSA LOS DIEZ DIAS DESPUES CONTADOS DESDE ELSIGUIENTE

DE LA ULTIMA PUBLICACION. EN LA lNTE.LlGENClA DE QUE QUEDAN A DISPOSICION DE LA

PARTE DEMANDADA LAS COPIAS DE TRASLADO DEL PRESENTE JUICIO DEBIDAMENTE

SELLADAS Y RUBRICADAS POR LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO: DOY FE:

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO.LIC. ATANASIO LOPEZ HERRERA.

RUBRICA.-

Orden No. 1215.-30-l-3

PAGINA 48 Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

SEGUNDO EDICT0

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Quint0 de lo Civil delPrimer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L.-

AL C. REPRESENTANTE LEGAL 0 APODERADO DE FASEL-MEX. S.A. DE C.V.-

Dentro de 10s autos que integran el expediente judicial nrimero 391/2004. relative al JUICIO ESPECIAL

SOBRE CUESTIONES DE ARRENDAMIENTO, promovido por FRANCISCO JAVIER GUERRA

SEPULVEDA, en su carkter de Apoderado Juridico General para Pleitos y Cobranzas de la Sucesi6n

Testamentaria a bienes del SeAor Ing. MANUEL HECTOR CANTU GARZA, en contra de la persona

moral denominada FABEL-MEX, %A. DE C.V., por auto de fecha II-once de Agosto del ario 2004.

dos mil cuatro, se orden emplazar a juicio a la persona moral denominada FABEL-MEX. S.A. DE

C.V., por medio de edictos que se publicakin por tres veces consecutivas en et PeriOdico Oficial del

Estado y en el peri6dico El Porvenir que se edita en esta Ciudad; asi coma en el Boletin Judicial del

Estado. esto an 10s tkrminos del articulo 639 del C6digo de Procedimientos Civiles vigente en el

Entidad concedi&ndosele a la parte demandada un termino de 5.cinco dias a fin de que ocurra al

local de Bste Juzgado a dar contestaci6n a la demanda instaurada en su contra si para ello tuviere

excepciones legales que hater valer, debikndosele prevenir asi mismo para que seriale domullo en

el Primer Distrito Judicial en el Estado, para el efecto de air y recibir notificaciones, bajo el

apercibimiento de que en case de no hacerlo asi, las posteriores notificaciones que deban hac6rsele

atin las de carkter personal se le hark conforme a las reglas de las notificaciones que no Sean

personales, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el articulo 69 del C6digo de

Procedimientos Civiles vigente en la Entidad. En la inteligencia de que las copias de traslado de Ley

quedaran en la Secretaria de Bste Juzgado para su debida instrucci0n: DOY FE:

LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO QUINT0 DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITOJUDICIAL EN EL ESTADO: DOY FE.-

LICENCIADA FLORINDA LOPEZ MORENO.RUBRICA.-

Orden No. 1198.-30-l-3

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey, N.L., Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PAGlNA49

TERCER EDICT0

Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.- Juzgado Segundo de lo Civil delPrimer Distrito Judicial en el Estado.-Monterrey, N.L.-

Dentro de los autos del expedient% numero 10211

2003, relative al JUICIO ORDINARIO CIVIL

promovido por JOSE GUADALUPE CARRANZA

GUTIERREZ en contra de OSCAR SEPULVEDA

GARZA Y JOSE GUADALUPE MORENO CANTU,

en fecha 20-veinte de Mayo del dos mil cuatro y

a fin de dar cumplimiento al auto dictado en fecha

10.diez de Febrero del afio en curso, se orden

emplazar al codemandado JOSE GUADALUPE

MORENO C A N T U , p o r m e d i o d e edictos,

publicados por 03-tres veces consecutivas en el

Peri6dico Oficial del Estado, en el Diario El

Porvenir que se edita en esta Ciudad y en el

Boletin Judicial; para que dentro del termino de

09.nueve dias produzca su contestacion si para

ello tuviere excepciones legales que hater vale,;

en la inteligencia de que la notificaci6n hecha

de esta manera surtira sus efectos a 10s lo-diez

dias contados a partir del siguiente al en que se

realice la ultima publicacibn; apercibiendose a

la demandada de que en case de no comparecer

se les haran las posteriores notificaciones aljn

las de caracter personal por medio de la forma

prevista en el articulo 73 del Cddigo Procesal

Civil en vigor en el Estado. Haciendosefe saber

al citado demandado que las copias de traslado

quedan a su disposlci6n en la Secretaria de Bste

Juzgado.- DOY FE.-

LA C. SECRETARIO DEL JUZGADOSEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMERDISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. JESSICA VIELMA TORRES.RUBRICA.-

Orden No. 1201.- 27-30-l

TERCER EDICT0

Al margen un sell0 que dice: Estados UnidosMexicanos- Juzgado Tercero Menor deMonterrey, N.L.-

A LOS C.C. NORBERTO MARIN NUfiEZ YMARIA GUERRERO DE MARIN.-

EN FECHA lo-DIEZ DEAGOSTO DEL2004.DOSMIL CUATRO, SE RADICO EN ESTE JUZGADOTERCERO MENOR LETRADO EN MONTERREY,NUEVO LEON, BAJO EL EXPEDIENTE NUMERO1219/2004. RELATIVO AL JUICIO ORDINARIOCIVIL SOBRE CUMPLIMIENTO DE CONTRATOD E VENTA Y E L OTORGAMIENTO D EESCRITURA PROMOVIDO POR RUBEN MARINNUNEZ, POR SUS PROPIOS DERECHOS, ENCONTRA DE NORBERTO MARIN NUNEZ YOTRA. MEDIANTE AUTO DE FECHA 29-VEINTIOCHO DE JULIO DELAHO 2004.DOS MILC U A T R O , S E O R D E N O NOTIFICAR YEMPLAZAR A LOS DEMANDADOS POR MEDIODE EDICTOS LOS CUALES DEBERAN DEPUBLICARSE POR TRES VECESCONSECUTIVAS EN EL PERIODIC0 OFICIALDEL ESTADO, PERIODIC0 EL PORVENIR Y ENEL BOLETIN JUDICIAL, EMPLAZANDOSELESPARA QUE EN UN TERMINO DE 09.NUEVEDIAS OCURRAN ANTE ESTAAUTORIDAD A FINDE DAR CONTESTACION A LA DEMANDAINSTAURADA E N S U C O N T R A , E N L AINTELIGENCIA WE E L EMPLAZAMIENTOHECHO DE ESTA MANERA SURTIRA SUSEFECTOS A LOS DIEZ DIAS CONTADOS APARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMAPUBLICACION QUEDANDO A SU DISPOSICIONEN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO LASCOPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA Y DEMASDOCUMENTOS ACOMPANADOS A LA MISMADEBIDAMENTE SELLADAS Y RUBRICADASWE LO FUERON POR LA SECRETARIA DEESTE JUZGADO.- DOY FE.- MONTERREY,NUEVO LEON, A 12.DOCE DE AGOSTO DEL2004-DOS MIL CUATRO. RUBRICAS.

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADOTERCERO MENOR LETRADO DE

MONTERREY, NUEVO LEON.LIC. GABRIEL MANUEL VAZQUEZ LOPEZ.

RUBRICA.-

Orden No. 1197.- 27-30-l

PAGINA 50 Monterrey, N.L., Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PERIODIC0 OFICIAL

TERCER EDICT0

Al margen un sell0 que dice: Estados UnidosMexicanos- Juzgado Segundo de lo Familiardel Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L.-

AL C. LAZARO OLIVARES JIMENEZ-DOMICILIO: IGNORADO.-

Con fecha 28sveintiocho de Julio del afio 2004-dos mil cuatro, se admitio en Bste JuzgadoSegundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicialen el Estado, dentro de 10s autos del expedientenumero 582/2004, el juicio sumario de alimentospromovido por MARIA CONCEPCION ROJASLOPEZ en contra de LAZARO OLIVARESJIMENEZ, ordenandose emplazar al demandado,en sefior OLIVARES JIMENEZ por medio deedictos que se publicaran por 03-tres vecssconsecutivas en el Peri6dico Oficial del Estado.Boletin Judicial y an el peri6dico el Porvenir, quese editan en Bsta ciudad, para que dentro deltermino de 09-nueve dias ocurra a producir su

contestaci6n, en la inteligencia de que lanotificaci6n surtira sus efectos a 10s lo-diez diassiguientes a la tiltima publicaci6n del edict0 quese ordena, quedando en la Secretaria delJuzgado las copias simples de la demanda ydemas documentos que se acomparian para suinstrucci6n. Asimismo, prevengase al demandadoa fin de que seiiale domicilio para oir y recibirnotificaciones en cualquisra de 10s municipiossiguientes: Apodaca, General Escobedo,Guadalupe, Monterrey, San Nicolas de 10s Garza.San Pedro Garza Garcia y Santa Catarina,apercibido de que en case de no hacerlo asi lassubsecuentes notificaciones de caracter personalse le practicaran por msdio de la Tabla de Avisos,lo anterior de conformidad con el articulo 88 delC6digo Adjetivo de la Materia.- DOY FE:

Monterrey, N.L., a 19 de Agosto del ario 2004.LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO.

LIC. CLAUDIA VERONICA MEOELLINGONZALEZ.RUBRICA.-

Orden No. 1200.- 27-30-l

TERCER EDICT0

Al margen un sell0 que dice: Estados UnidosMexicanos.- Juzgado Tercero de lo Familiardel Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L.-

AL C. MARIANO HERNANDEZ VAZQUEZ.-

Con fecha 14-catorce de Julio de 2003-dos miltres, se radic6 en 6ste Juzgado Tercero de loFamiliar, el expediente judicial numero 130412 0 0 3 , fbrmado c o n motive d e JUICIOORDINARIO C I V I L S O B R E DIVORCIONECESARIO promovido por MARIA REYESMUNOZ MARTINEZ en contra de USTEDhabiendose admitido a tramite dicho juicio el dia17-diecisiete de junio de 2004-dos mil cuatro,para posteriormente ordenarse el emplazamientoa juicio respect0 del demandado MARIANOHERNANDEZ VAZQUEZ por msdio de un edictopor 03.tres veces consecutivas tanto en elPeri6dico Oficial, Boletin Judicial como en elperi6dico El Porvenir que se editan en estaciudad. a fin de que dentro del improrrogabletermino de 09-nueve dias acuda al local de BsteJuzgado a producir su contestaci6n y a openerlas excepciones de su intencidn si las tuviere.en la intsligencia de que el emplazamiento hechode Bsta forma comenzara a surtir sus efectos a10s lo-diez dias contados a partir de la tiltimapublicaci6n del edicto ordenado. Aclaraci6nhecha de que las copias simples de la demanday documentos acompanados quedan en laSscrstaria de Bste Juzgado a disposici6n de lapark demandada para qua se imponga de ellos.Asi mismo se apercibe a la park reo a fin de queen 10s terminos del articulo 88 del C6digoProcesal Civil en vigor, sehale domicilio para oiry recibir notificacionss dsntro dsl pressnte juicio,ya que en case de no hacerlo asi, conforme alarticulo 73 da ese cuerpo legal, las subsecuentesnotificaciones de caracter personal se le haranpor medio de 10s estrados de este Juzgado- DOYFE:

Monterrey, N.L., a Ol-primer0 de Julio de 2004.EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO

TERCERO DE LO FAMILIAR.LIC. RAUL GUTIERREZ TREVIIilO.

RUBRICA.-

Orden No. 1202.-27-30-l

PERIODIC0 OFICIAL Monterrey. N.L., Miercoles 01 de Septiembre de 2004 PAGlNA51

TERCER EDICT0

Al margen un sello qua dice: Estados UmdosMexicanos.- Juzgado Segundo de lo Familiardel Primer Oistrito Judicial.- Monterrey, N.L.-

AL C. GERARD0 PATlAO SANCHEZ-DOMICILIO: IGNORADO.-

Con fecha 02.dos de Agosto del afio 2004.dos

mil cuatro. se orden dentro de 10s autos del

expediente nornero 68912004, relative al JUICIO

ORDINARIO C I V I L S O B R E DIVORCIO

NECESARIO promovido por BEATRIZ EUGENIA

GONZALEZ CANALES en contra de GERARD0PATINO SANCHEZ, emplazar al demandado, por

medio de ediotos que se publicaran por 03-tres

veces consecutivas en el Peri6dico Oficial de lEstado, Boletfn Judicial y en el peri6dico El

Porvenir que se editan en esta Ciudad, para quedentro def termino de 09-nueve dlas oourra a

producir su contest&on; en la inteligencia de

que la notificaci6n surtire sus efectos a 10s lo-diez dias siguientes a la riltima publication del

edict0 que se ordena, quedando en la Secretaria

del Juzgado las copias simples de la demanda y

demes documentos que se acompaiian para se

instrucci6n. Asimismo, prevengase al demandado

a fin de que seAale domicilio para oir y recibirnotificaciones en cualquiera de 10s municipios

siguientes: Apodaca, General Escobedo.

Guadalupe, Monterrey, San Nicolas de 10s Garza,San Pedro Garza Garcia y Santa Catarina,

apercibido de que en case de no hacerlo asi las

subsecuentes notificaciones de carecter personal

se ie practicaren por medio de Tabla de Avisos,

que se lleva en Bste Juzgado, lo anterior de

conformidad con el articulo 68 del C6digoAdjetivo de la materie- DOY FE.- Monterrey,

Nuevo Leon, a 24 de Agosto del2004.

LA C. SECRETARIO DEL JUZGADOSEGUNDO DE LO FAMILIAR.

LIC. ADA EVAN TOVAR PEAA.RUBFfICA.-

TERCER EDICT0

Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos- Juzgado Decimo Segundo de loCivil del Primer Distrito Judicial.-Monterrey,N.L.-

A L CIUDADANO JOSE ALEJANDROBOSQUE SANCHEZ.-DOMICILIO: IGNORADO.-

EN FECHA 13-TRECE DE ENERO DEL 2003-D O S M I L T R E S , S E RADICO E N E S T EJUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DELPRIMER DI8TRITO JUDICIAL EN EL ESTADO ELEXPEDIE~NTE JUDICIAL NUMERO 1112003,RELATIVOAL JUICIO ORDINARIO MERCANTILPROMOVIDO P O R FILIBERTO G E R A R D 0SALAZAR SAENZ EN SU CARACTER DEAPODERADOLEGALDE HUEVO FRESCO DEALLENDE, N.L., S.A. DE C.V. EN CONTRA DEJOSE ALEJANDRO BOSQUES SANCHEZ, YMEDIANTE PROVEIDO JUDICIAL DICTADO ELDIA 29-VEINTINUEVE DE MARZO DEL AN02004-DOS M I L C U A T R O . S E DRDENOE M P L A Z A R A L DEMANDADO JOSEALEJANDRO BOSQUES SANCHEZ, MEDIANTEEDICTOS WE DEBERAN PUBLICARSE POR03-TRES V E C E S CONSECUTIVAS E N E LP E R I O D I C 0 O F I C I A L DEL ESTADO,EMPLAZANDOLA PARA QUE DENTRO DELIMPRORROGABLE TERMINO D E 09.NUEVEDIAS OCURRA AL LOCAL DE ESTE JUZGADOA PRODUCIR S U CONTESTACION A L ADEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA, SIPARA ELLO TUVIERA EXCEPCIONES LEGALESWE HACERVALER, PREVINIENDOSELE PARAQUE SENALE DOMICILIO EN ESTA CIUDAD,APERCIBIDO D E Q U E E N C A S O D E N OH A C E R L O ASI S E L E PRACTICARANCONFORME AL NUMERAL 1070 DEL CODIGOD E COMERCIO E N V I G O R . E N L AINTELIGENCIA, DE QUE LA NOTIFICACIONHECHA DE ESTA MANERA SURTIRA SUSEFECTOS A LOS DIEZ DIAS CONTADOS DESDEE L SIGUIENTE A L D E L A U L T I M APUBLICACION: MONTERREY, NUEVO LEON, A23 DE ABRIL DEL AN0 2004.

EL CIUDADANO SECRETARIO DELJUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN ELESTADO.

LICENCIADO GERARD0 CARLOS GARCIARIOS.

RUBRICA.-

drden No. 1189.-27-30-lOrden No. 1188.-27-30-l

PAGINA 52 Monterrey, N.L., Mi&coles 01 de Septiembre de 2004 P E R I O D I C 0 OFICIAL

TERCER EDICT0

Al margen un sell0 que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Tercero de JurisdiccibnConcurrente del Primer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L.-

AL C. GERENTE 0 REPRESENTANTE LEGAL DE ELGAR PROMOTORES, S.A. DE C.V.-DOMICILIO: IGNORADO.-

Por auto de fecha 15-quince de Noviembre del ario 2000-dos mil. se radic6 el expediente nlimero

980/2000, relative a la TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO promovida por MARCO ANTONIO

GARZA MERCADO en contra de BANCO DEL BAJIO. S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE,

PRODESA DESARROLLO INMOBILIARIOS, S.A., ELGAR PROMOTORES, S.A. DE C.V.. EUDELIO

GARZA LOZANO Y ROSALINDA MERCADO DIAZ ordenandose posteriormente por autos de fechas

18-dieciocho y 23.veintitrbs de Agosto del 2004-dos mil cuatro, emplazar al demandado ELGAR

PROMOTORES, S.A. DE C.V., por media de edictos, en virtud de ignorarse so domicilio, 10s wales

deberen publicarse por tres veces consecutivas en el Peri6dico Oficial del Estado, a fin de que

dentro del termino 03.tres dias produzcan su contestaci6n, si para ello tuvieren excepciones legales

que hater valer, en la inteligencia de que el emplazamiento hecho de esta manera, surtir$ sus efectos

IO-die2 dias despu& contados desde el siguiente de la riltima publicachjn, quedando en la Secretaria

de kte Juzgado las copias de traslado del presente juicio a disposicidn de la parte demandada. Asi

mismo se le previene a la demandada para que setiale domicilio en esta Ciudad, bajo el apercibimiento

que de no hacerlo asi, las subsecuentes notificaciones de carkter personal, se le harAn conforme a

las reglas establecidas en el articulo 1069 del C6digo de Comercio: DOY FE:

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE JURISDICCION CONCURRENTE.LIC. JOSE OCTAVIO ZAVALA TORRES.

RUBRICA.-

Orden No. llgO.- 27-30-i

bite la P&ins &I F’ERdDICO OFICIAL DEL ESTADO: htlp://~~.nl.rob.nrx/llNdorcriodico

Sugerenciar y Quejas Escribanos a: sMmail.nl.ti.mx