GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ,...

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SESIÓN ORDINARIA DEL R. AYUNTAMIENTO 28 DE ABRIL DEL 2016 ACTA NÚMERO 08/2016 En la Ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, siendo las (13:45) trece horas, con cuarenta y cinco minutos del día (28) veintiocho de Abril del (2016) dos mil dieciséis, reunidos en la sala de Sesiones del H. Cabildo con el objeto de celebrar Sesión Ordinaria del Republicano Ayuntamiento, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Gobierno Municipal el Estado De Nuevo León. Acto seguido, el Ciudadano Presidente Municipal, Doctor JOS ANTIAGO PRECIADO ROBLES, instruye al Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledez Martínez, para que proceda a pasar lista de asistencia de los integrantes del Republicano Ayuntamiento, haciéndolo de la siguiente forma: Síndico Primero Síndico Segundo Primer Regidor Segundo Regidor Tercer Regidor Cuarto Regidor Quinto Regidor Sexto Regidor Séptimo Regidor Octavo Regidor Noveno Regidor Décimo Regidor Onceavo Regidor Doceavo Regidor C. Emma Claudia Garza Burnes C. Master Roberto Antonio Mendoza Negrete C. Lic. Eduardo Leal Buenfil C. Reyna María Guadalupe Lagunes Balderas C. Patricia Janneth González Rodríguez C. José Ramírez Baeza C. Cecilia Maricela de la Paz Ibarra C. Nora Nilda Segura Morales C. Lic. Guillermo Alejandro Santillán Arredondo C. Maestro Gabriel Valdez de León C. Juan Bautista González Franco C. Lic. Nora Nilda Tamez Pérez C. Lic. Ángel Mario Rodríguez Montemayor C. Lic. Mónica María Treviño Sada Una vez pasada lista de áistencia, el Secretario del R. Ayuntamiento, Ciuda o Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, hace uso de la palabra y certifica y hace constar que, ésta Sesión Ordinaria se encuentran presentes (13) trece, miembros del Ayuntan) además del Presklente Municipal, faltando la presencia de la Ciudadana Nora Hilda Morales, Sexto Regidor, quien previamente aviso que no le seria posible asistir a la preseqte Sesión. Acto continuo, el Ciudadano Presidente Municipal declara que existe Quórum Legal para la celebración de la presenSqsión y se declaran válidos los acuerd s que se alcancen en la misma. GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

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SESIÓN ORDINARIA DEL R. AYUNTAMIENTO 28 DE ABRIL DEL 2016 ACTA NÚMERO 08/2016

En la Ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, siendo las (13:45) trece horas, con cuarenta y cinco minutos del día (28) veintiocho de Abril del (2016) dos mil dieciséis, reunidos en la sala de Sesiones del H. Cabildo con el objeto de celebrar Sesión Ordinaria del Republicano Ayuntamiento, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Gobierno Municipal el Estado De Nuevo León.

Acto seguido, el Ciudadano Presidente Municipal, Doctor JOS ANTIAGO PRECIADO ROBLES, instruye al Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledez

Martínez, para que proceda a pasar lista de asistencia de los integrantes del Republicano

Ayuntamiento, haciéndolo de la siguiente forma:

Síndico Primero Síndico Segundo Primer Regidor Segundo Regidor Tercer Regidor Cuarto Regidor

Quinto Regidor Sexto Regidor Séptimo Regidor Octavo Regidor Noveno Regidor Décimo Regidor Onceavo Regidor Doceavo Regidor

C. Emma Claudia Garza Burnes C. Master Roberto Antonio Mendoza Negrete C. Lic. Eduardo Leal Buenfil C. Reyna María Guadalupe Lagunes Balderas C. Patricia Janneth González Rodríguez

C. José Ramírez Baeza C. Cecilia Maricela de la Paz Ibarra

C. Nora Nilda Segura Morales C. Lic. Guillermo Alejandro Santillán Arredondo C. Maestro Gabriel Valdez de León C. Juan Bautista González Franco C. Lic. Nora Nilda Tamez Pérez C. Lic. Ángel Mario Rodríguez Montemayor C. Lic. Mónica María Treviño Sada

Una vez pasada lista de áistencia, el Secretario del R. Ayuntamiento, Ciuda o

Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, hace uso de la palabra y certifica y hace constar que,

ésta Sesión Ordinaria se encuentran presentes (13) trece, miembros del Ayuntan)

además del Presklente Municipal, faltando la presencia de la Ciudadana Nora Hilda Morales, Sexto Regidor, quien previamente aviso que no le seria posible asistir a la preseqte

Sesión.

Acto continuo, el Ciudadano Presidente Municipal declara que existe Quórum Legal para la celebración de la presenSqsión y se declaran válidos los acuerd s que

se alcancen en la misma.

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: El Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, procede a dar lectura al orden del dia, haciéndolo de la siguiente forma:

ORDEN DEL DÍA:

Inicio de la Sesión Ordinaria de Cabildo, declaración de quórum, y declaración de válidos los acuerdos que se alcancen en la presente Sesión Ordinaria.

Verificación de Asistencia a la Sesión Ordinaria de los Integrantes del Republicano Ayuntamiento.

Presentación y aprobación del Orden del Día.

Lectura, aprobación, corrección o enmienda del Acta número 7, de la Sesión Ordinaria del día 14 de Abril del 2016.

V. Propuesta de remoción del Secretario de Seguridad Publica.

Propuesta y Aprobación del Nombramiento del Secretario de Seguridad Pública,

VIL- Propuesta de revocación de acuerdo de Cabildo del Acta número 19 de fecha 14 de Octubre del 2014.

Dictamen con propuesta de acuerdo deja Comisión de Servicios Públicos Municipales.

IX.- Presentación del nuevo Reglamento de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, para su consulta pública y subsecuente aprobación.

Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión de Ecología y Protección al Ambiente.

Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión de Servicios Públicos Municipales.

Clausura de la Sesión.

kt

El Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.S. Arnoldo Ledezma Martínez, obiete a consideración del Pleno del Republicano Ayuntamiento para su aprobación el orden

de día a tratar en la presente Sesión Ordinaria, solicitando que los que estén de acuerdo por la aprobación lo hagan en la forma acostumbrada, los integrantes el H. Cabildo en vía

económica y por Unanimidad de los presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO: Se aprueba el Orden del Día de la presente Sesión Ordinaria de

Cabildo.

CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: En uso de la palabra el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, comenta que en virtud de que el Acta 07/2016, de la Sesión Ordinaria celebrada en fecha (14) catorce de Abril del (2016) dos mil dieciséis, les fue entregada con anticipación, solicita la dispensa de la lectura;

así como su aprobación corrección o enmienda.

En uso de la palabra el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo

Ledezma Martí one a consideración del Pleno del R. Ayuntamiento la dispensa de la

lectura, del Acta 07)216, de la Sesión celebrada en fecha (14) catorce de Abril del (2016) dos

s, los integrantes del H. Cabildo en vía económica y por Unanimidad de presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO PRIMERO: Se aprueba la dispensa de la lectura del Acta 072016, Sesión Ordinaria de fecha (14) catorce de Abril del (2016) dos mil dieciséis.

En uso de la voz el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Amo Ledezma Martínez, pone a consideración del Pleno del R. Ayuntamiento la aprobación, corrección o enmienda del Acta 06/2016, de la Sesión celebrada en fecha (14) catorce de Abril del (2016) dos mil dieciséis, una vez hecha la corrección, los integrantes del H. Cabildo en vía económica y por Unanimidad de los presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO SEGUNDO: Se aprueba en todas y cada una de sus partes el Acta 07/2016, de la Sesión Ordinaria de fecha (14) catorce de Abril del (2016) dos mir dieciséis.

Acto seguido y con fundamento en el artículo 49 de La Ley De Gobierno Municipal Del Estado de Nuevo León, el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Amoldo \ Ledezma Martínez da lectura al seguimiento de acuerdos.

QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: En uso de la palabra el Ciudadano Secreta del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, da lectura al quinto punto del or

del día, referente a la Propuesta de remoción del Secretario de Seguridad Pública Municipal

Acto seguido, en el uso de la palabra el Ciudadano Presidente Municipal, Doctor SANTIAGO PRECIADO ROBLES, manifiesta entre otras cosas lo siguiente: "Tenemos resultados del Secretario de Seguridad Pública, donde nos da acreditado con ciertas restricciones y queremos someter a su consideración el removerlo de su cargo por la que les acabo de mencionar".

En el uso de la voz el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arno Ledezma Martínez, somete a consideración del Pleno del R. Ayuntamiento, la Propuesta d Ciudadano Presidente Municipal, Doctor JOSÉ SANTIAGO PRECIADO ROBLES, sob remoción del Secretario de Seguridad Pública Municipal, manifestando su voto a favor (6) seis y (7) siete abStenbiones, los integrantes del H. Cabildo en vía económica y por Mayoría de los

presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO: Se aprueba por Mayoría la Propuesta de remoción del Secretario de Seguridad Pública Municipal, Ciudadano Licenciado Jesús Homero Fonseca Moreno, a partir del día 28 de Abril del 2016.

SEXTO PUNTO DEL ORDEN DIA: En uso de la palabra e udadano Secretario del

R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, da lectura al s'k4o punto del orden del

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

día, referente a la Propuesta y probación del Nombramiento del Secretario de Seguridad Pública.

Acto seguido, en el uso de la palabra el Ciudadano Presidente Municipal, Doctor JOSÉ

SANTIAGO PRECIADO ROBLES, manifiesta entre otras cosas lo siguiente: "La propuesta que tenemos para Secretario de Seguridad Pública Municipal es el Ciudadano Licenciado ABUNDIO BARRAGAN DOMINGUEZ, militar jubilado, teniendo como experiencia laboral de Comandante de destacamentos militares, Comandante Escolta de Trenes pagadores, Jefe de Grupo del servicio de Inteligencia militar, Comandante de partida de diferentes estados de la República mexicana, Instructor en Jefe de Defensa .Personal de cuerpos especiales de la SEDENA, ha estado como Secretario de Seguridad Publica y Transito de Santiago Nuevo León y como Coordinador de Seguridad y Vigilancia en el Hospital Santa Engracia entre otros cargos como lo describe en su currículo."

Acto seguido el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez somete a aprobación de este Honorable Ayuntamiento la propuesta de nombramiento del Ciudadano Licenciado ABUNDIO BARRAGAN DOMINGUEZ, como Secretario de Seguridad Publica de este Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, de acuerdo al artículo 64 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Cadereyta Jiménez. Las Votaciones para elegir personas, se harán por Cédula Impersonal, asegurando el secreto del voto y se depositaran en un.ánfora, por lo cual solicito al personal de apoyo que proceda al reparto de las cédulas de votación y su posterior deposito en la urna

correspondiente."

Por lo que, una vez realizadas las votaciones por cédula impersonal y una vez hecho el recuento de cada voto, el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo

Ledezma Martínez, manifiesta lo siguiente:

Los integrantes del R. Ayuntamiento por medio de la vía de votación por Cédula Impersonal y por Unanimidad de los presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO: Se aprueba la designación del Ciudadano Licenciado ABUNDIO BARRAGAN DOMINGUEZ, como Secretario de Seguridad Pública Municipal, a partir de

la Protesta de Ley y hasta el 31 (treinta y uno) de Octubre del 2018.

Se anexan y forman parte del Acta las cédulas impersonales de votaciones.

Acto continúo, a fin de dar a conocer la designación emanada del republicano Ayuntamiento, solicito del Ciudadano Licenciado ABUNDIO BARRAGAN DOMINGUEZ, su

presencia en este recinto oficial.

El Ciudadano Presidente Municipal Doctor JOSE SANTIAGO PRECIADO ROBLES,

hace un receso para que acuda la persona.

"Encontrándose presente el Ciudadano Licenciado ABUNDIO BARRAGAN

DOMIN Z expreso que este Honorable Ayuntamiento, ha aprobado su designación como

e ario de Seguridad Pública Municipal, del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo por lo que procedo a tomarle la protesta de Ley.

En estos momentos procederemos a tomar Protesta de Ley, de su cargo como Secretario de Seguridad Pública Municipal, para lo cual les solicito nos pongamos de pie por

favor.

"PROTESTAIS USTED CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LAS LEYES QUE DE ELLA EMANAN, LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, LAS LEYES Y REGLAMENTOS QUE DE ELLAS EMANEN, LA LEY DE GOBIERNO MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ASI COMO SUS REGLAMENTOS, Y LOS ACUERDOS DE ESTE AYUNTAMIENTO SE APRUEBEN, MIRANDO EN TODO POR EL BIEN DEL MUNICIPIO Y LA PROSPERIDAD GENERAL A PARTIR DE LA PROTESTA DE LEY Y HASTA EL 31 (TREINTA Y UNO) DE OCTUBRE DEL 2018"

A lo que el Ciudadano Licenciado ABUNDIO BARRAGAN DOMINGUEZ, respond

"SI, PROTESTO"

El Ciudadano Presidente Municipal Doctor JOSE SANTIAGO PRECIADO RO manifiesta: "SI ASI LO HICIERE, QUE ESTE AYUNTAMIENTO Y EL PUEBL• D

EREYTA JIMÉNEZ, NUEVO LEÓN, LO PREMIEN Y SI NO QUE SE LO DEMANDEN

SEPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: En uso de la palabra el Ciudadano

Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. !Amoldo Ledezma Martínez, da lectura al sépti o

punto del Orden del Día, referente ala Propuesta de revocación de acuerdo de Cabildo

Acta número 19 de fecha 14 de' Octubre del 2014.

El Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, le otorga el uso de la voz a la Ciudadana Licenciada Nora Nilda Tamez Pérez, Décimo Regidor,

quien manifiesta entre otras HcOsas lo siguiente: " Se trata de un acuerdo que estamos

revocando que se llevó acabo en la Administración pasada, me voy a permitir dar lectura al acuerdo: "ACUERDO: Se aprueba al Sindicato de la Industria Fotográfica y Video permiso para que los afiliados al sindicato, le sean asignados de manera directa y/o exclusiva u espacio para prestar a la comunidad el servicio de fotografía o toma de imágenes gráfica videografía, para su posterior venta mediante el pago de una retribución; en los esp públicos como por ejemplo en las•plazas o centros de recreación y deportivos, en eve t especiales organizados por la administración pública municipal, iglesias, templos religiosos,

escuelas, secundarias y cualquier otro tipo de centros educativos que tengan una relación con la administración pública municipal." Esto privaba a los fotógrafos de ser contratados de manera independiente, entonces consideramos pues que el Cabildo no tiene por qué privar de

ese derecho que tienen y para evitar que caigan en el error de que e acuerdo tiene validez,

le damos en nutruptáincólo,_ para que ellos se sientan on libertad d MUNICIPAL

ser

DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

"El día Jueves 21-veintiuno- de Abril del 2016-dos mil dieciséis-, reunidos en la sala de sesiones del R. Ayuntamiento de Cadereyta Jiménez, Nuevo León; se procedió a efectuar la reunión de Trabajo de la Comisión de Servicios Públicos Municipales, os CC. JOSE

RAMIREZ BAEZA, Cuarto regidor, Presidente de la Comisión, REYNA MARIA GUADALUPE LAGUNES BALDERAS, Segundo Regidor y JUAN BAUTISTA GONZALEZ FRANCO, Noveno

Regidor, vocales de la Comisión, bajo el siguiente:

11\ Para dar cumplimiento al SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA DE LA COMISION

DE SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES - el C José Ramírez Baeza, en su carácter de

Presidente dkecitada Comisión, presenta a os asistentes el Proyecto de la citada empresa

donde se solicikrmiso para instalación y mantenimiento de Nomenclaturas.

*Solicitud de la empresa Nomenclaturas y Señalamientos del Norte.

ORDEN DEL DIA

ACUERDO

contratados, que ellos decidan si quieren pertenecer o no a un sindicato y adíe ene ning derecho de quitarles ese contrato que de manera particular ellos obtuvieron

Una vez explicado el contenido del mismo, el Ciudadano Secretario del R.

Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, somete a su aprobación lo antes expuesto, por la Ciudadana Licenciada Nora Nilda Tamez Pérez, Décimo Regidor, manifestando su voto en contra el Ciudadano licenciado Angel Mario Roderíguez Montemayor, tos integrantes d Cabildo en vía económica y por Mayoría de los presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO: Se aprueba por Mayoría la revocación del acuerdo de Cabildo del

ao, n't

Acta número 19/2014, de fecha 14 de Octubre del 2014, en relación a la solicitud del Sindicato de la Industria Fotográfica y Video, que a la letra señala "permiso para que los afiliados al sindicato, le sean asignados de manera directa y/o exclusiva un espacio - para prestar a la comunidad el servicio de fotografía o toma de imágenes gráfic videografía, para su posterior venta mediante el pago de una retribución; en I espacios públicos como por ejemplo en las plazas o centros de recreación y deportivos, en eventos especiales organizados por la administración pública municipal, iglesias, templos religiosos, escuelas, secundarias y cualquier otro tipo de centros os:-

S. educativos que tengan una relación con la administración pública municipal".

OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: En uso de la palabra el Ciudadano

Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, da lectura al octavo punto del Orden del Día, referente al Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión de

Servicios Públicos Municipales

El Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, le otorga el uso de la voz a la Ciudadana REYNA MARIA GUADALUPE LAGUNES BALDERAS, Segundo Regidor, quien procede a explicar los trabajos realizados por la Comisión de

Servicios Públicos Municipales.

y analizado por los asistentes se aprueba por mayoría.

Haciendo la recomendación de que la nomenclatura que sea retirada se entregue al municipio para sU reinstalación en áreas donde no exista nomenclatura alguna.

Además se solicita se agregue al contrato las siguientes clausulas.

Clausula Primera:- Que antes de empezar dichos trabajos se le de vista a el área de Desarrollo Urbano Municipal de acuerdo al plan de trabajos de la empresa en virtud de que los mismos los efectuara en vías públicas (banquetas) para que sea emitida la opinión técnica de dicha área de Desarrollo Urbano, en la cual se emitirá ciertas recomendaciones, por I ubicaciones de la nomenclatura de tal manera que le sea marcado el lineamiento técnico q comprende.

41111

cláusula lo cual quedara asentado en acta circunstanciada. dichas nomenclaturas para efecto de requerir a la empresa efectué los trabajos objeto de e N

Clausula Tercera:- Que el presente convenio de instalación no faculta ni otorga a la empresa permiso-autorización para instalar anuncios distintos a lo acordado en este ccinvenio.

Urbano Cualquier anuncio distinto requerirá el permiso por parte de la Dirección de Desarrollo Municipal." (Rubricas)

Una vez explicado el contenido del mismo, el Ciudadano Secretario Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, somete a su aprobación lo antes expues t.

por la Comisión de Servicios Públicos Municipales, los integrantes del H. Cabildo en vía económica y por Unanimidad de los presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO: Se aprueba el Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión de Servicios Públicos Municipales, referente a la solicitud de la Empresa Nomenclaturas y Señalamientos del Norte, para instalación y mantenimiento de Nomenclaturas en Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, señalando que se agreguen al contrat

las siguientes clausulas:

Clausula Primera:- Que antes de empezar dichos trabajos se le de vista a el ,

de Desarrollo Urbano Municipal de acuerdo al plan de trabajos de la empresa en y de que los mismos los efectuara en vías públicas (banquetas) para que sea emitid opinión técnica de dicha área de Desarrollo Urbano, en la cual se emitirá cierta

tal

recomendaciones, por las ubicaciones de la nomenclatura de tal manera que le

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Clausula Segunda:- Que por parte del área de Desarrollo Urbano sean revisadas

dichas nomenclaturas para efecto de requerir a la empresa efec de esta cláusula lo cual quedara asentado n acta circunstanciada.

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

marcado el lineamiento técnico que comprende.

Clausula Segunda:- Que por parte del área de Desarrollo Urbano sean revisad

é los trabajos objeto

Clausula Tercera:- Que el presente convenio de instalación no faculta ni otorga a la empresa permiso-autorización para instalar anuncios distintos a lo acordado en este

convenio. Cualquier anuncio distinto requerirá el permiso por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano Municipal.

Se anexa y forma parte de la presente acta el Dictamen con propuesta de Acuerdo de la Comisión de Servicios Públicos Municipales.

c k(-

NOVENO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: En uso de la palabra el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma• Martínez, da lectura al noveno punto del Orden del Día, referente al Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión de

Gobierno y Reglamentación en relación a la Presentación del nuevo Reglamento de Honor y

Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Cadereyta Jiménez,

Nuevo León, para su consulta pública y subsecuente aprobación.

El Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, le

orga el uso de la voz al Ciudadano Licenciado EDUARDO LEAL BUENFIL, Presidente de la

omisión, quien procede a explicar los trabajos realizados por la Comisión de Gobierno y eglamentación.

"Los suscritos, integrantes de la Comisión de Gobierno y Reglamentación del Ayuntamiento del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, tienen a bien poner a su consideración la iniciativa por Expedición del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMENEZ, NUEVO LEÓN, por lo que en términos de los artículos 70 fracción I, punto 2, y 6, 79, 80, 81, 82 y 83 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, presentamos a este órgano Colegiado el siguiente DICTAMEN PARA SU CONSULTA PUBLICA bajo las siguientes consideraciones de orden legal:

ANTECEDENTES

En el presente mes abril del 2016-dos mil dieciséis, esta Comisión de Gobierno y Reglamentación del Ayuntamiento del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, procedió hacer la elaboración, análisis, estudio y dictamen referente a la iniciativa del Reglamento de la Comisión de Honor y Justicia de los cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad del municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Es de conocimiento público, que en el municipio que actualmente representaos como parte el Republicano Ayuntamiento, no se cuenta con un órgano o comisión encargada de velar

por que prevalezca el honor y justicia en los cuerpos de seguridad pública y de vialidad.

Siendo

de suma importancia contar con una Comisión de tal naturaleza, pues es la autoridad competente para resolver las quejas y denuncias que se interpongan en relación con la actuación de los Elementos de la Secretaria de Seguridad Pública y Vialidad, asi como de revisar e imponer las distintas sanciones a las que puedan ser acreedores los elementos de Seguridad Pública y Vialidad.

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Además, dicho órgano colegiado sería el encargado de velar por la honorabilidad, la buena imagen, funcionamiento y reputación del personal operativo de la Secretaría de Seguridad Pública y de los uerpos de Vialidad.

r " as aún, es preciso destacar que actualmente nuestro Municipio de Cadereyta Jiménez,

Nuevo León, ha avanzado en temas de Seguridad Pública, contratando más elementos, mejores capacitados, y actualizados en temas de Seguridad Pública y de Vialidad, motivo por el cual esta. Comisión de Gobierno y Reglamentación debe estar a la altura de dichos avances, y es necesaria la elaboración, expedición y publicación del Reglamento de la Comisión de Honor y Justicia, para atender las necesidades actuales de los cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad.

En este orden de ideas y, CONSIDERANDO

PRIMERO: Esta Comisión de Gobierno y Reglamentación del Ayuntamiento de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, tiene atribuciones para estudiar, dictaminar y proponer al Ayuntamiento lo relativo a la iniciativa de Expedición del Nuevo Reglamento de la Comisión de Honor y Justicia de los cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad del municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, en observancia a lo dispuesto por el artículo artículos 70 fracción I, punto 2, y 6, 79, 80, 81, 82 y 83 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Cadereyta Jiménez; por ello, esta Comisión presenta a la consideración de este Órgano Colegiado de conformidad con lo establecido el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y el arábigo 33 fracción I inciso b) y demás disposiciones de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

SEGUNDO: El Ayuntamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la-Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, el arábigo 33 fracción I inciso b) de la Ley de e Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León y lo dispuesto por el artículo 70 fracción punto 2 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de la Ciudad de Cadereyta, Jiménez, Nuevo León, le corresponde la aprobación, la derogación, abrogación y modificación de los reglamentos municipales.

TERCERO: Esta Comisión considera pertinente aprobar la CONSULTA PÚBLICA de la presente iniciativa de Expedición del nuevo Reglamento de la Comisión de Honor y Juilkia de los cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad del municipio de Cadereyta Jiménez,, León.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a la consideración de este Ayuntamiento de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, los siguientes:

PRIMERO: Se aprueba el inicio de la CONSULTA PÚBLICA la presente iniciativa Expedición 'del - nuevo Reglamento de la Comisión de Honor y Justicia de los cuerpos Seguridad Pública y Vialidad del municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, confor

ACUERDOS: \141.

texto literal que a continuación se cita:

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMEN NUEVO"

LEÓN. \ •

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

,,,.. ,1/4imeassi

al

14-

4

JO

ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular las fac ltades y obligaciones de la Comisión de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, as! como las atribuciones del Delegado de I Comisión de Honor y Justicia.

ARTÍCULO 2. La Comisión de Honor y Justicia de los Cuerpos de Segur/da' u li y Vialidad del Municipio de Cadereyta Jiménez, es la autoridad competente para resolver las quejas y denuncias que se interpongan en relación con la actuación de los Elemento e la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad.

ARTÍCULO 3. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:

Comisión: La Comisión de Honor y Justicia de loé Cuirpos de Seguridad Pública y Vial/da' del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León;

Contraloría: Secretaría de la Contraloría Municipal de Cadereyta Jiménez, Nuevo León;

Delegado: Funcionario Público designado por la Corhisión de Honor y Justicia con las atribuciones establecidas en el presente Reglamento;

Elementos: Servidores Públicos del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, pertenecientes a la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad que desempeñan labores operativas;

Ley de Responsabilidades: Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León; y,

Ley de Seguridad: Ley de Seguridad Pública para el Estado de Nuevo León.

ARTÍCULO 4. Para lo no previsto en este Reglamento, así corno para lo no previsto en la ubstanciación del procedimiento de responsabilidad administrativa que señala el presente glamento, se sujetará de manera supletoria a las disposiciones de la Ley de Seguridad, a

falta de dicha ley, serán aplicables las disposiciones de la Ley de Responsabilidades y a falta de esta, el Código de Procedimientos Civiles, todas del Estado de Nuevo León.

CAPÍTULO II DE LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN

ARTÍCULO 5. La Comisión estará integrada por:

Presidente. Será el Director de Fiscalización de Activos y de Sistemas de Control Administrativos.

Secretario. Será el Director Jurídico de la Secretaria del R Ayuntamiento de Cadereyta 'ménez, Nuevo León.

Vocal. Será un Regidor de la fracción mayoritaria.

Vocal: Será el Presidente de la Comisión de Seguridad Pública Municipal;

Vocal: Será el titular de la Dirección de Prevención Social y Participación Ciudadana;

Vocal: Será el titular de la Sub-Dirección de la Secretaría de Seguridad Pública;

Vocal: Será el titular de la Dirección Administrativa de la Secretaría de Seguridad Pública;

Vocal: Será el Titular de la Dirección de Tránsito y Vialidad; y

X. Consejo Ciudadano: Que será integrado por un ciudadano elegido por el Ayuntamiento.

tes de las fracciones de la I a la IV tendrán derecho a voz y a voto én las sesiones de la Comisión, a excepción de los señalados en las fracciones V a IX, los cuales sólo tend derecho a voz.

Los integrantes de la Comisión señalados en las fracciones V, VI, VII, y VIII podrán desigt un suplente, el cual solo podrá ser personal adscrito de la misma área.

1 ra

En caso de ausencia del titular, el integrante suplente podrá acudir a la sesión respectiva,

t

derecho a voz y voto, excepto los titulares de las fracciones V, VI, VII, y VIII, quienes só tendrán derecho a voz.

ARTÍCULO 6. A fin de verificar el buen desempeño y transparencia en los procedimientos de la Comisión, será creado un Consejo Ciudadano, el cual tendrá derecho a voz dentro de las sesiones de la Comisión y será elegido por el Ayuntamiento de entre una lista que se integrará, previa convocatoria pública, en la que se fijen las reglas correspondientes, mis a que será expedida por el Ayuntamiento a propuesta de la Comisión de Participa Ciudadana.

Para ser integrante Ciudadano se deberán acreditar los siguientes requisitos:

Tener una residencia mínima de un año en el Municipio de Cadereyta Jimén

N evo León;

Tener como mínimo veinticinco años cumplidos al día de su nominación;

No haber desempeñado en el período de tres años anteriores a su designación, ningún cargo público en la Federación, las Entidades Federativas, Municipios u Organismos Descentralizados, excepto aquellas relacionadas con la docencia;

No haber sido condenado por delitos de carácter intencional o que hayan sido sancionados con la privación de la libertad;

No haber sido dirigente de ningún Partido Politico a nivel Nacional, Estatal o Municipal, o de una Asociación Política en el período de cinco años anteriores a la fecha de u designación ; y

No ser ministro o dirigente de algún culto o asociación religiosa.

El cargo durará-, des años, y podrán ser removidos por las mismas causas que Reglamento prevé para los integrantes de la Comisión.

ARTÍCULO 7. Los integrantes de la Comisión, son inamovibles a excepción de que algun éstos incurra en alguna de las siguientes causas:

Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento;

Por faltas graves a la ética o a la legalidad ene! ejercicio de sus funciones;

Los integrantes de la Comisión de Honor y Justicia señalados de la fracción I la IV, p drán designar a un suplente, el cual podrá ser empleado de la Administración Pública o integrante del Ayuntamiento.

e la Comisión, sin causa III. Por no asistir en forma consecutiva a más de tres sesion justificada; y

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

IV. Por causas que se estimen graves a juicio del R. Ayuntamiento d Cadereyta Jiménez, Nuevo León.

71% ARTÍCULO 8. Los cargos antes conferidos, serán solamente por el período de la administración en la que desempeñan sus funciones, a excepción de lo establecido el artículo 5 fracción IX de este Reglamento.

z

CAPÍTULO III ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA .

DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMENEZ, NUEVO LEÓN

ARTÍCULO 9. Son atribuciones de la Comisión:

apjI. Conocimiento, trámite y resolución de las quejas y denuncias que se interpongan relación con la actuación de los Elementos pertenecientes a la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad;

Iniciar de oficio o a instancia de parte el procedimiento administrativo;

Desahogar el procedimiento de responsabilidad administrativa en términos del presente Reglamento;

Remitir a la Contraloría Municipal y a la Contraloría Interna del Gobierno del Estado de Nuevo León, copia de las resoluciones mediante las cuales se impongan sanciones a los pertenecientes a la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad, para efecto de inscribirlas en el Registro de Servidores Públicos Sancionados e Inhabilitados o para efectos laborales en los términos de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León, dejando constancia de ello en el expediente respectivo;

V Tener acceso a los expedientes personales de los elementos denunciados o implicados en alguna queja o denuncia, así como a la documentación necesaria para el mejor desempeño de sus funciones.

Comunicar al Ministerio Público la posible comisión de algún delito previsto Legislación Penal en vigor;

Rendir un informe al Presidente Municipal sobre sus actividades, así como respecto a sanciones impuestas a los Elementos a más tardar el último día de cada mes; y,

VIII. Las demás atribuciones que sean conferidas en la Ley de Responsabilidades y en la Ley de Seguridad.

ARTÍCULO 10. La Comisión en pleno designará un delegado de entre una terna de aspirantes que le presente la Contraloría, siendo facultad de dicha Comisión su ombramiento, remoción o ratificación en el cargo.

ARTÍCULO 11. Para ser Delegado de la Comisión, se deberán acreditar los siguientes equisitos:

Tener residencia mínima de un año en el Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León; Tener como mínimo 25-veinticinco años cumplidos al día de su designación;

Ser licenciado en Derecho con titulo legalmente expedido por la autoridad correspondiente y como mínimo de 3-tres años en el ejercicio de la profesión; \\NN,

V. No ser ministro o dirigente de algún culto o asociación religiosa.

No haber sido condenados por delitos de carácter intencional o que haya sido sancionado con la privación de la libertad; y,

12. El Delegado de la Comisión representará a la Comisión de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León y tendrá además de las atribuciones que señala el artículo 9 del presente Reglamento, las siguientes:

Iniciar de oficio o a instancia de parte el Procedimiento Administrativo;

Recibir las quejas o denuncias que se interpongan en relación con la actuación de los Elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad;

Resolver la admisión o desechamiento de las quejas o denuncias;

Desahogar el procedimiento de responsabilidad administrativa en términos del p Reglamento;

Realizar los proyectos de resolución derivados de las quejas y denuncias que se interpongan en relación con la actuación de los Elementos pertenecientes a la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad;

Someter ante la Comisión de Honor y Justicia, para su aprobación, modificación o rechazo, el proyecto de resolución referido en la fracción que antecede;

Tener a su cargo módulos que operen como oficialía de partes para la recepción quejas y denuncias, los cuales se situarán en la Secretaría de la Contraloría Municipal y e Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad; y,

Las demás que sean conferidas por la Comisión, las cuales deberán estar publicadas el Periódico Oficial del Estado.

CAPÍTULO IV DE LAS SESIONES DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE LOS CUERPOS DE

SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMENEZ, NUEVO LEÓN

ARTÍCULO 13. Las sesiones de la Comisión tendrán el carácter de privadas y se realizara de manera ordinaria mensualmente, de acuerdo a un calendario que será aprobado en s primera sesión ordinaria del año. Serán extraordinarias las sesiones a que convoque el Presidente de la Comisión con ese carácter.

La convocatoria, así como el orden del día, deberán ser notificados con una antelación mínima de 2-dos días hábiles antes de su realización en el caso de que la sesión tenga I carácter de ordinaria, mientras que se requerirá notificación de por lo menos 1-un día' para las extraordinarias, señalándose en todo caso lugar, fecha y hora para su realización como el correspondiente orden del día. La Comisión sesionará válidamente con la mitad más uno de sus integrantes, con dere o voto, siempre y cuando entre ellos se encuentre su Presidente, en primera convocatoria, o con la asistencia de la mayoría de los presentes en segunda convocatoria, para la cual bastará que sean convocados con acuse de recibo de forma indubitable. Sus acuerdos o resoluciones se adoptarán por mayoría simple de los integrantes de la Comisión presentes.

En caso de empate, el Presidente ejercerá el voto de calidad.

De cada sesión, el Secretario formulará el acta que deberá folia con un número Qnico e irrepetible, el cual incluirá el año al que corresponde y contendr os pormenores e los

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

acuerdos tomados, indicándose el sentido de cada votación y la firma de los asistentes con derecho a voz y voto, así como del Delegado.

CAPÍTULO V DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMENEZ, NUEVO LEÓN

ARTÍCULO 14. Las quejas o denuncias deberán • presenta. r se —Por escrito o por comparecencia, en las instalaciones o módulos de la Comisión, ubicados en la Secretaria de Seguridad Pública y Vialidad, o en su defecto deberán presentarse en las oficinas de la Contraloría, debiendo turnarse inmediatamente por escrito, adjuntando los documentos recibidos en un término que no exceda de 24-veinticuatro horas al Delegado de la Comisión.

ARTÍCULO 15. La Comisión de Honor y Justicia, impondrá las sanciones administrativas a través del siguiente procedimiento, el cual será desahogado por el Delegado:

I. Las quejas o denuncias deberán presentarse bajo protesta de decir verdad por comparecencia o por escrito. La persona que presente por escrito la queja o denuncia deberá ser citada para que la ratifique, bajo el apercibimiento de que, de no hacerlo así y de no presentar en un término de 5-cinco días hábiles de prueba que hagan presumir la existencia de los hechos referidos en su promoción, se desechará la queja o denuncia correspondiente, quedando a salvo los derechos de iniciar el procedimiento de oficio; H. En caso de que el quejoso o denunciante cumpla con lo previsto en este artículo o que la Comisión o el Delegado lo determinen, se procederá a iniciar el procedimiento de responsabilidades, se notificará el acuerdo de inicio del procedimiento al servidor pú haciéndole saber la infracción o infracciones que se le imputan, corriéndosele traslado pruebas ofrecidas, asi como los documentos o anexos respectivos;

En el mismo acuerdo de inicio se señalará el lugar, día y hora para la verificación de audiencia que deberá realizarse dentro de un plazo no mayor de 5-cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación. Se le indicará al presunto responsable que en la audiencia podrá alegar verbal o por escrito lo que a su derecho convenga respecto a la infracción o infracciones que se le imputan y tendrá derecho a ofrecer las pruebas y alegatos de su intención. El Delegado podrá fijar un término no mayor de 10-diez dias para-desahogo de las pruebas;

En cualquier momento, previo o posterior al acuerdo de inicio al que se refiere la fracc anterior, se podrá determinar la suspensión cautelar de su cargo, empleo o comisión, 'al presunto responsable, previa autorización de quien haya hecho la designación del servidor público;

Si celebrada la audiencia se advierten que impliquen la configuración de otras causales de responsabilidad administrativa del presunto responsable o de otros servidores públicos, se podrá disponer la práctica de investigaciones, y mediante diverso acuerdo de inicio fundado y 'çnotivado, se emplazará para otra u otras audiencias, con las mismas formalidades señaladas

n la fracción II de este artículo; y,

I. Cerrada la instrucción, se resolverá dentro de los 10-diez días hábiles siguientes, sobre la existencia o inexistencia de responsabilidad y, en su caso, se impondrán al infractor las sanciones correspondientes, debiéndose notificar la resolución dentro de las 72-setenta y dos horas siguientes, al servidor público responsable ya su jefe inmediato.

RTÍCULO 16. Dentro del procedimiento de investigación, las actuaciones podrán realizarse incluso en los días inhábiles y a toda hora, sin necesidad de habilitarlos.

ARTÍCULO 17. Podrá la Comisión por conducto del Delegado iniciar de oficio el procedimiento a que se refiere el artículo 15.

18. La suspensión cautelar a que se refiere la frac n II del artículo 25 de este ordenamiento no prejuzga sobre la responsabilidad que se impute. El Delegado hará constar esta salvedad.

La suspensión cautelar a que se refiere el párrafo anterior interrumpe los efectos del acto que haya dado origen a la ocupación del empleo, cargo o comisión, y regirá desde el momento en que sea notificada al interesado o a partir del momento que este último quede enterado de la resolución por cualquier medio.

La suspensión cautelar cesará cuando así lo resuelva la autoridad instructora, independientemente de la iniciación, continuación o conclusión del procedimiento a que se refiere este artículo.

Si los servidores públicos suspendidos cautelarmente no resultaren responsables de la falta o faltas que se les imputan, serán restituidos en el goce de sus derechos y se les cubrirán las percepciones que debieron percibir durante el tiempo de la suspensión.

ARTÍCULO 19. Si el servidor público a quien se le impute la queja o denuncia confesare su responsabilidad, se procederá de inmediato a dictar resolución, a no ser que la Comisión disponga la recepción de pruebas para acreditar la veracidad de su confesión. En caso de que se acredite la plena validez probatoria de la confesión, la misma será considerada al momento de emitirse la resolución final en beneficio del imputado.

ARTÍCULO 20. Para el cumplimiento de las atribuciones que les confiere la Ley de Responsabilidades, la Ley de Seguridad y el presente Reglamento, la Comisión de Honor y ct Justicia a través del Delegado podrá emplear los siguientes medios de apremio:

I. Sanción económica de 10-diez hasta 80-ochenta veces el salario mínimo diario vigente en el área geográfica de la capital del Estado;

Auxilio de la fuerza pública; o,

Si existe resistencia al mandamiento legítimo de autoridad, se estará a lo que legislación penal en vigor.

CAPÍTULO VI DE LAS SANCIONES

ARTÍCULO. 21. Se entiende por Sanción, la medida a que se hace acreedor el servidor público que corneta alguna falla a los principios de actuación previstos en la Ley Responsabilidades, en la Ley de Seguridad, el presente Reglamento y en las nofin diSciplinarias específicas. •La aplicación de sanciones será proporcional a la grave reiteración dila falta cometida.

Las sanciones deberán registrarse en el expediente personal de los infractores:

La imposición de las sanciones que determinen las autoridades correspondientes se h rá co • independencia de las que correspondan por responsabilidad civil, penal o administrativa, ej que incurran los integrantes de las Instituciones Policiales de conformidad con la legislación 1 aplicable. ARTÍCULO 22. Para la aplicación de las sanciones, omisión tom

siguiente:

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

La conveniencia de suprimir prácticas que afecten a la ciudadanía o s onen la imagen de la institución;

La naturaleza del hecho o gravedad de la conducta del infractor;

Los antecedentes y nivel jerárquico del infractor;

IV La repercusión en la disciplina o comportamiento de• los .ciernas integrantes de la institución;

V Las condiciones exteriores y los medios de ejecución;

La antigüedad en el servicio policial;

La reincidencia de/infractor; y,

El daño o perjuicio ocasionado a terceras personas..

ARTÍCULO 23. Las resoluciones que dicte la Comisión deberán ser dictadas en términos de lo establecido por el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la Ley de Seguridad, ya falta de ésta, en la Ley de Responsabilidades, y a falta de ambas, se fundará en los principios generales del derecho.

ARTÍCULO 24. La ejecución de las sanciones administrativas impuestas en resolución firme, se llevará a cabo de inmediato en los términos que disponga la resolución. Dichas sancion surtirán efectos al notificarse la resolución y se considerarán de orden público.

ARTÍCULO 25. Las sanciones son: I. Suspensión temporal: Que consiste en aquella que procede en contra de los Elementos que incurran en faltas o indisciplinas que por su naturaleza no ameritan la destitución del cargo. En este caso, la suspensión será de 1-un día a 3-tres meses. La sanción a que se refiere esta fracción será sin la percepción de su retribución; en el supuesto de que el Elemento sea declarado sin responsabilidad por la instancia competente, se le pagaran las percepciones retenidas y se le reincorporará inmediatamente a su puesto, recuperando sus derechos de antigüedad;

Suspensión cautelar: Que consiste en la medida cautelar al elemento que se encuentre - sujeto a investigación administrativa o de averiguación previa, por actos u omisiones graves que pudieran derivarse en presuntas responsabilidades y cuya permanencia en el servicio pudiera afectar a la corporación policial, de tránsito o a la comunidad en general; será decretada por la autoridad que conozca del procedimiento, mediante resolución fundada y motivada y, en todo caso, respetando la garantía de audiencia del elemento sancionado;

Destitución del cargo: Que consiste en la separación y baja definitiva del elemento policial, por causa grave en el desempeño de sus funciones; lo anterior sin que proceda ningún medio de defensa legal ordinario para su reinstalación, quedando impedido para desempeñar el servicio policial o de tránsito; y,

Inhabilitación: Que consiste en el impedimento para desempeñar cualquier cargo público hasta por 10-diez años.

ARTÍCULO 26. La suspensión cautelar subsistirá hasta que el asunto de que se trate quede definitivamente resuelto en la instancia final del procedimiento correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades o Ley de Seguridad. En caso de que el elemento resulte declarado sin responsabilidad, se le pagaran los salarios y prestaciones que hubiese dejado de percibir hasta ese momento, por motivo de la suspensión autelar, y en caso contrario se declarará la sanción que conforme a las constancias resulte

procedente aplicar

CAPÍTULO VII DE LOS RECURSOS

ARTÍCULO 27. ,Lpp resoluciones absolutorias que dicte la Comisión, podrán ser impugnadas en los términos. del presente Reglamento, por el quejoso o denunciante.

ARTÍCULO 28. Si la resolución impone sanciones administrativas el servidor público sancionado podrá podrá interponer recurso de revocación ante la autoridad que hubiese e do la k. resolución, o acudir ante el Tribunal de Justicia Administrativa correspondiente.

El Recurso de Revocación se tramitará de la siguiente forma:

Se interpondrá dentro de los 3-tres días hábiles siguientes a la fecha en que surta ef c os notificación de la resolución recurrida, mediante escrito en el que se expresarán los agravios; y,

La autoridad acordará sobre la admisibilidad del recurso y citará a una audiencia que tendrá verificativo dentro de los 10-diez días hábiles siguientes, en la cual el servidor público podrá alegar lo que a su derecho convenga. En un plazo igual, la autoridad resolverá el recurso.

ARTÍCULO 29. Al interponer el recurso se podrá solicitar la suspensión de la ejecución de la resolución, la cual se decretará conforme a las siguientes reglas:

Que la ejecución de la resolución recurrida produzca daños o perjuicios de imposible reparación en contra del recurrente; y,

Que la suspensión no traiga como consecuencia la consumación o continuación de actos u omisiones que impliquen perjuicio al interés social o al servicio público.

CAPÍTULO VIII SUPLETORIEDAD

ARTÍCULO 30. Las reglas y casos no previstos en el presente Reglamento, serán resue conforme la Ley de Seguridad Pública SI estado de Nuevo León, y conforme el Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Reglamento entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Qficial del Estado de Nuevo León.

ARTÍCULO SEGUNDO, La Comisión de Participación Ciudadana deberá en un plaz -de treinta días hábiles a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, expedir convocatoria para la integración del Consejo Ciudadano.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, por la Comisión de Gobierno y Reglamentación del Ayuntamiento del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, que suscribe solicita a este H. Cuerpo Colegiado tenga a bien aprobar el siguiente:

ACUERDO:

PRIMERO: Se aprueba dar inicio a la consulta pública respect I REO MENTO DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA DE LOS CUERPOS DE -4. URIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE CADEREYTA JIMENEZ, NUEVO L ¿Io N, por un término de 10-diez días hábiles a partir de su publicación en el Periódico Ofici del Estado, on el

GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

propósito de que los ciudadanos realicen las aportaciones qu así deseen respecto a la misma, y una vez hecho lo anterior: esta Comisión analice, estudie y dictamine las propuestas que se hayan presentado y proponga ante este Ayuntamiento su aprobación.

SEGUNDO: Publiquese la presente consulta públiba en el Periódico Oficial del Estado, así como en el portal de Internet del Municipio www.caderevta.00b.mx.

TERCERO: Girense las instrucciones necesarias para el exacto cumplimiento de los presentes acuerdos, a fin de que se realicen las respectivas publicaCioneS

Dado en la Presidencia Municipal en la Sala de Sesiones del R. Ayuntamiento del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, a los 28 días del mes de abril del año 2016-dos mil dieciséis." (Rubricas)

Una vez explicado el contenido del mismo, el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, somete. a su aprobación la consulta pública el Dictamen con propuesta de acuerdo de la Con"i' istón de Gobierno y Reglamentación, referente al nuevo Reglamento de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública Vialidad del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, los integrantes del H. Cabil vía económica y por Unanimidad de los presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO: Se aprueba el Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión Gobierno y Reglamentación referente a la presentación a consulta pública a través de Periódico Oficial y en estrados del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, del nuevo Reglamento de Honor y Justicia de los Cuerpos de Seguridad Pública y Vialidad

del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León.

Se anexa y forma parte de la presente acta el Dictamen con propuesta

Acuerdo de la Comisión de Gobierno y Reglamentación.

DECIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: En uso de la palabra el Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, da lectura al décimo punto del Orden del Día, referente al Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión de

Ecología y Protección al Ambiente.

"El día Jueves 28-veintiocho- de Abril del 2016-dos mil dieciséis- reunidos en la sala de sesiones del R. Ayuntamiento de Cadereyta Jiménez, Nuevo León, se procedió a efectuar la Reunión de Trabajo de la Comisión de Ecología y Protección al Ambiente, las CC. NORA HILDA SEGURA MORALES, Sexto Regidor, Presidente de la Comisión, EMMA CLAUDIA GARZA BURNES, Síndico Primero y LICENCIADA NORA NILDA TAMEZ PEREZ, Décimo

egidor, Vocales de la Comisión, bajo el siguiente: ORDEN DEL DIA

*Solicitar información sobre la situación que guarda el municipio en cuanto a la recolección y disposición de la basura en un predio particular el cual no cumple con los

requisitos para relleno sanitario y cuales estrategias se seguirán para dar solución a esta

oblemática PREVINIENDO UN DAÑO ECOLOGICO.

a dar cumplimiento al SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA DE LA COMISION DE ECOLOGIA Y PROTECION AL AMBIENTE:- las Ciudadanas, y en apego al artículo 33,

raccion II, inciso a), de la Ley de Gobierno del Estado de Nuevo León, los Ciudadanos EMMA CLAUDIA GARZA BURNES, Síndico Primero y LICENCIADA NORA HILDA TAMEZ PEREZ, Décimo Regidor, en su carácter de vocales de la citada Comisión presentan dicho acuerdo.

ACUERDO

Visto y analizado por los asistentes se aprueba por MAYORIA, el solicitar al Secretario de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos, información sobre la situación que guarda el municipio en cuanto a la recolección y disposición de la basura en un predio particular el cual no cumple con los requisitos para un relleno sanitario y cuales estrategias se seguirán para dar solución a esta problemática PREVINIENDO UN DAÑO ECOLOGICO." (Rubricas)

Acto seguido, haciendo el uso de la palabra el Ciudadano Presidente Municipal, Doctor JOSÉ SANTIAGO PRECIADO ROBLES, manifiesta entre otras cosas lo siguiente; "Ayer estuvimos platicando con los encargados de PASA, ya abrieron el relleno sanitario, hoy a

partir de la mañana ya se están recibiendo nuevamente los camiones y obviamente el compromiso ya es limpiar el predio que estábamos ocupando y llevarlo nuevamente al relleno sanitario, eso ya está resuelto, el Martes tengo una reunión con ellos para finiquita

asunto."

Una vez explicado el contenido del mismo, el Ciudadano Secretario del Ayuntamiento, a F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, somete a su aprobación lo antes expue

por la Comisión de Ecología y Protección al Ambiente, los integrantes del H. Cabildo e

económica y por Unanimidad de los presentes, acuerdan lo siguiente:

ACUERDO: Se aprueba el dictamen con propuesta de acuerdo de la Comi o

Ecología y Protección al Ambiente.

Se anexa y forma parte de la presente acta el Dictamen con propuesta

Acuerdo de la Comisión de Ecología y Protección al Ambiente.

ONCEAVO PUNTO. DEL ORDEN DEL DIA: En uso de la palabra el Ciudadano

Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Martínez, da lectura al once punto del Orden del Día, referente al Dictamen con propuesta de acuerdo de la Com

Servicios Públicó&Municipales.

El Ciudadano Secretario del R. Ayuntamiento, Q.F.B. Arnoldo Ledezma Ma z, le

otorga el uso de la voz al Ciudadano JUAN BAUTISTA GONZALEZ FRANCO, Noveno Regidor, quien procede a explicar los trabajos realizados por la Comisión de Servicios

Públicos Municipales.

"El día Jueves 28-veintiocho- de Abril del 2016-dos mil dieci éis reunidos en la ala de

sesiones del R. Ayuntamiento de Cadereyta Jiménez, Nuevo León procedió a efec ar la

Reunión de TraldodültoftLindeiert,ilkitiinut les, los C

DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

AGO PRECIADO

ROBLES Presidente Municipal

RAMIREZ BAEZA, Cuarto Regidor, Presidente de la Comisión, REY A M 1A GUADALUPE LAGUNES BALDERAS, Segundo Regidor y JUAN BAUTISTA GONZALEZ FRANCO, Noven Regidor, vocales de la Comisión, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DIA

*Solicitar información sobre la situación que guarda el municipio en cuanto a la recolección y disposición de la basura en un predio particular el cual no cumple con los requisitos para relleno sanitario y cuales estrategias se seguirán para dar solución a esta problemática.

Para dar cumplimiento al SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA DE LA COMISION DE SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES:- y en apego al artículo 33, fracción II, inciso a), de la Ley de Gobierno del Estado de Nuevo León, los Ciudadanos REYNA MARIA GUADALUPE LAGUNES BALDERAS y JUAN BAUTISTA GONZALEZ FRANCO, que integran la Comisión de Servicios Públicos Municipales, en su carácter de vocales de la citada Comisión, presentan dicho acuerdo.

ACUERDO

Visto y analizado por los asistentes se aprueba por MAYORIA, el solicitar al Secretar de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios Públicos, información sobre la situación que guarda el Municipio en cuanto a la recolección de basura en un predio particular el cual no cumple con los requisitos para un relleno sanitario y cuales estrategias se seguirán para dar soluci n

a esta problemática.

Se aprueba el Dictamen con propuesta de acuerdo de la Comisión de Servicio

Públicos Municipales.

Se anexa y forma parte de la presente acta el Dictamen con propuesta de

Acuerdo de la Comisión de Servicios Públicos Municipales.

DOCEAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA: En el uso de la palabra el Ciudadano

Presidente Municipal, Doctor JOSÉ SANTIAGO PRECIADO ROBLES, da lectura al doceavo unto del Orden del Día, al no haber otro asunto que tratar, da por clausurada la presente

Sesión Ordinaria de Cabildo siendo las (14:13) catorce horas con trece minutos del día (28)

veintiocho de Abril del año (2016) dos mil dieciséis.

ARZA BURNE

Sindic rimero

C. MASTER ROBERTO ANTONIO MENDOZA NEGRETE

Síndico Segundo

C. LIC. EDUARDO LEAL C. REYNA MARIA GUADALUPE BUENFIL LAGUNES BALDERAS

Primer Regidor Segundo Regidor

C. PAT ar: GONZÁLW7

NNETH RÍGUEZ

C. JOSE RAMIREZ BAEZA Cuarto Regidor

Tercer Regidor

C. CECILI ELA DE LA C. NOYADC2 SEGURA

PAZ IBARRA MORALES

Quinto Regidor Sexto Regidor

C. LIC. GUILLERMO ALEJANDRO SANTILLAN ARREDONDO

Séptimo Regidor

C. E R GABRIEL VALDEZ DE LEON

Octavo Regidor

21 GOBIERNO MUNICIPAL DE CADEREYTA JIMÉNEZ, N.L.

NZALEZ . JUAN 8 FRANCO

Noveno Regidor

NILDA TA EZ PÉREZ

Décimo Regidor

_AA( . EL MARIO

RODRIGUEZ MONTEMAYOR Onceavo Regidor

TREVIÑO SACA Doceavo Regidor

Q.F.B. A NOLDO LEDEZMA MARTÍNEZ

Secretario del R. Ayuntamiento

C.P. EL JESUS MARTINEZ GARZA

Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal

ry.- L

Hoja de firmas correspondiente al Acta Número 08/2016 de fecha 28 de Abril del 2016, levantada por Sesión Ordinaria del Ayuntamiento del Municipio de Cadereyta Jiménez, Nuevo León. Inca!