GUÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA PLANIFICACIÓN DE LOS GAD´S SENPLADES REGIONAL 4

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    Gua de ParticipacinCiudadana en laPlanicacin de los GAD

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    Gua de ParticipacinCiudadana en laPlanicacin de los GAD

    Planifcacin11

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    Los contenidos de esta gua se pueden citar y reproducir, siempre quesea sin fnes comerciales, y con la condicin de reconocer los crditoscorrespondientes refriendo la uente bibliogrfca.

    SENPLADES, 2011

    De esta edicin:Secretara Nacional de Planifcacin y Desarrollo,

    SENPLADES.Av. Juan Len Mera N 130 y PatriaQuito, EcuadorTel: (593) 2 3978900Fax: (593) 2 2563332www.senplades.gob.ec

    Elaboracin:Carmita lvarez SantanaSENPLADES Zonal 4

    Equipo de Revisin y Aprobacin:Katiuska Miranda GilerGuido Concha Gonzlez

    Revisin y asesora legalJaneth Parrales Lourido

    Colaboracin LogsticaLeonor HuayamaveElsa Santana VlizAnyelito Solrzano

    Asesora TcnicaGuido Espinoza Prez

    Diseo de lnea editorial: Vernica vila Activa

    Diagramacin: Alejandro AguirreImpresin:

    SENPLADESSubsecretara de Planifcacin Nacional, Territorial y Polticas Pblicas

    Gua de Participacin Ciudadana en la Planifcacin de los GAD

    SENPLADES / 1a edicin Quito, 201181 p., 206 x 297 mm (Serie Discusin, N 1)

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    1 Presentacin Marco legal 9

    Atrbus d L SENPLADES 9

    Mr Lg d Prtp Cudd 0

    Csttu d Rpb d Eudr0

    Ly Org d Prtp Cudd (LOPC) 12Cdg Org d Orgz Trrtr, Autms

    y Dstrz (COOTAD)13

    Cdg d Pf y Fzs Pbs (COPFP) 13

    Dumt: Lmts d SENPLADES pr Pf d

    Dsrr y Ordmt Trrtr13

    Otrs ys y rgmts 14

    Implementacin de la participacinen las acciones de planifcacin de los GAD:Elaboracin de los PDOT 15

    E Sstm d Prtp Cudd: Ns,Msms sts d prtp udd 16

    Asmbs Cudds17

    Msms d prtp udd 20

    Ls Csjs Ls d Pf 21

    Equp T d Pf (Of d P) 23

    Contenidos

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    Implementacin de la Participacin enla elaboracin de los PDOT 25

    I 25

    Dgst 26

    Prpust 27

    Md d Gst 28

    Aprb d PDOT 29

    Cuss 29

    Bbgrf 30

    Modelo de Ordenanza del Sistemade Participacin Ciudadana Provincial

    31

    6 Modelo de Ordenanza del Sistemade Participacin Ciudadana Cantonal

    45

    7 Modelo de Resolucin del Sistemade Participacin Ciudadana Parroquial

    59

    8 Modelo de Reglamento de la AsambleaCiudadana Local

    73

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    ndice de Ilustraciones

    y Cuadros

    Fgur 1. Atrbus d SENPLADES,sg rtu 26, 40; y sgud y trrdsps trstr d Cdg Orgd Pf y Fzs Pbs 7

    Fgur 2. L prtp udd Csttu 8

    Fgur 3. L d d prtp8

    Fgur 4. Msms d Dmr9

    Fgur 5. Nu rgz d Estd pr grr Bu Vr 9

    Fgur 6. E Sstm N Dstrzdd Pf Prtpt 10

    Fgur 7. Sustts d PDOT 13

    Fgur 8. Sstm d prtp udd ds GAD, d urd rtu 304 d COOTAD 14

    Fgur 9. Ls s rsus s stsd prtp udd 14

    Fgur 10. Ls s, sts, msmsy prdmts d prtp udd 15

    Fgur 11. Ls Asmbs Cuddspr Bu Vr 16

    Fgur 12. Ls Asmbs Cudds Ls 22

    Fgur 13. Prs pr struturr AsmbCudd L

    Fgur 14. E Csj d Pf Rg 22

    Fgur 15. E Csj d Pf Pr 22

    Fgur 16. E Csj d Pf Ct 22

    Fgur 17. E Csj d Pf Prrqu 23

    Fgur 18. Ls qups d pfpr brr PDOT 23

    Fgur 19. Ls sts d rdpr br d PDOT 24

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    6

    Fgur 20. Crm d s stsd rd pr brr PDOT 24

    Fgur 21. Prs d br d

    dgst prtp udd 26Fgur 22. Prs d br d prpustd PDOT prtp udd 27

    Fgur 23. Prs d br d md dgst d PDOT prtp udd 27

    Fgur 24. L prb d PDOT t gst d s GAD 28

    ndice de tablas

    Tb 1. L prtp LyOrg d Prtp Cudd 12

    Tb 2. L prtp udd COOTAD 13

    Tb 3. L prtp udd Cdg d Pf y Fzs Pbs 13

    Tb 4. L prtp udd s Lmts d SENPLADES 13

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    Los siguientes son los instrumentos lega-les que sustentan la planicacin partici-pativa, y el rol de la SENPLADES en su cali-dad de secretara tcnica para impulsarlos procesos:

    Atribuciones

    de la SENPLADES

    La SENPLADES, en su calidad de secretaratcnica del Sistema Nacional Descentralizadode Planicacin Participativa (SNDPP), tieneuna serie de unciones con su respaldo legal en:

    LaConstitucindelaRepblicadel Ecuador (art. 9);

    CdigoOrgnicodeOrganizacinTerritorial, Autonoma y Descentralizacin(COOTAD), arts. 9 y 99;

    CdigodePlanicacinyFinanzasPblicas(COPFP),arts.26,40y50.

    Por lo tanto, la SENPLADES, como secreta-ra tcnica del SNDPP y por sus atribucio-nes generales de Coordinadora de la Pla-nicacin Nacional; cumple su cometidoa travs de un proceso de asistencia tcnica

    Marco legal 2

    SENPLADES:

    Coordinarel SNDPP

    Brindar AsesoraTcnica permante a lasentidades del SNDPP

    Promover lacapacitacin de

    las entidades queconorman el SNDPP

    Formularlineamientos generales

    para seguimientoy evaluaccinde los PDOT

    Integrar y coordinarla planifcacin nacional

    con la sectorial y

    territorial descentralizada

    Dictar instrumentosy metodologas para

    elaborar la planifcacinen coordinacin con

    los gremios GAD

    Proponer insumostcnicos para laconsideracin

    del Consejo Nacionalde Planifcacin

    Presentar lineamientosy polticas que orientarn

    el SNDPP, obligatoriopara los GAD

    Asistir tnicamente enla ormulacin

    de los PDOT, cuandol0 requieran los GAD

    Concertarmetodologas para

    el desarrollode la planifcacin

    Figura 1.

    Atribuciones dela SENPLADES.

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

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    a los GAD, para la elaboracin de los PDOT,que comprender:

    Formulacindepropuesta delineamientos y polticas; e insumos

    tcnicos: instrumentos y metodologas

    Coordinacin y concertacinconlos gremios de los GAD, y los GADpropiamente dichos.

    AprobacindelConsejoNacionaldePlanicacin.

    Brindarasesora tcnica y promover lacapacitacin permanente a los miembrosdel SNDPP.

    La asesora tcnica para coordinar la plani-cacin, y ms especcamente para asis-tencia tcnica en la elaboracin de los PDOT,se har a travs de la aplicacin concertada de:

    Lineamientosypolticas,

    Metodologas,e

    Instrumentos.

    E fgur 1 (r P. 9). s dgrm s

    trbus d SENPLADES sg

    rtu 26, 40; y sgud y trr ds-

    ps trstr d Cdg Org

    d Pf y Fzs Pbs

    Marco legal de la

    participacin ciudadana

    La participacin ciudadana est considerada

    en la Constitucin ecuatoriana como underecho, una garanta y un principio. Dentrode este marco se reconoce a la participaciny se instrumenta en los siguientes articula-dos de la legislacin vigente.

    Constitucinde la Repblica del Ecuador

    La Constitucin del Ecuador reconoce a todoslos ecuatorianos y ecuatorianas como ciu-dadanos que gozan de derechos (art ), yconsagra a la participacin de la ciudadanacomo un principio undamental, al recono-cer que la soberana radica en el pueblo y su

    voluntad se ejerce a travs de los rganos delpoder pblico y de las ormas de participacindirecta previstas en la Constitucin (art ).Los derechos de las personas, comunidades,pueblos, nacionalidades y colectivos, podrnser ejercidos, promovidos y exigidos antelas autoridades competentes, que garantiza-rn su cumplimiento (art 0 y ). Se recono-cen los derechos a participar en asuntos deinters pblico, a presentar proyectos de ini-ciativa popular normativa, a ser consultados,revocar el mandato, scalizar los actos delpoder pblico, entre otros (art ).

    Se obliga a normar los derechos que estnen la Constitucin; y el Estado deber garan-tizar (garantas constitucionales) la parti-

    cipacin ciudadana en la ormulacin, eje-cucin, evaluacin y control de las polticaspblicas y servicios pblicos (art ). Parala Constitucin, la participacin ciudadanase consagra como un principio undamentalde la democracia:

    El principio de participacin reconoce alos ciudadanos y ciudadanas (art. 9) a

    participar de manera protagnica en latoma de decisiones, control social, y pla-niicacin y gestin.

    PARTICIPACINCIUDADANA

    GARANTACONSTITUCIONAL

    PRINCIPIO DERECHO

    Figura 2.La participacinciudadana en laConstitucin

    Figura 3.

    La incidencia dela participacin

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    PARTICIPACINCIUDADANA

    Tomade decisiones

    Controlsocial

    Planifcaciny gestin

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    El principio de participacin ciudadana, entreotros, que sustentar la gestin de los nive-les de Gobierno, establecido en el art

    de la Constitucin, se hace eectivo a travsde los mecanismos de la democracia (art de la Ley Orgnica de Participacin Ciudadana).

    MECANISMOS DE DEMOCRACIA

    CIUDADANOS Y CIUDADANAS

    REPRESENTATIVA

    Es la participacinde los ciudadanos

    en las distintasunciones

    del Estado atravs del voto.

    Ciudadanos electos paracargos de representacin

    en las unciones delEstado: Ejecutiva,

    Legislativa,Judicial, Electoraly de Transparencia

    y Control Social.

    Facultad normativapara proponer, crear,reormar o derogar

    normas jurdicas antecualquier rgano de

    competencia normativa.

    Iniciativa popularnormativa,

    Reerndum,consulta popular,Revocatoria del

    mandato.

    Formasde organizacinde la sociedadpara deensa

    de sus derechosy actividades

    de servicio social.

    Organizacionessociales, voluntariado,

    organizacionescomunitarias, etc.; atravs de instancias

    de participacin:veeduras, audiencias,

    asambleas,cabildos populares,observatorios, etc.

    DIRECTA COMUNITARIA

    Figura 4.Mecanismosde Democracia

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    La participacin se da en los distintosniveles de gobierno (art 00), en estosse conormarn instancias de partici-pacin integradas por autoridades electas,representantes del rgimen dependiente yrepresentantes de la sociedad del mbitoterritorial de cada nivel de gobierno. La par-ticipacin, entre otras acciones, se ejercer

    para: elaborar planes y polticas nacionales,locales y sectoriales, entre los gobiernos yla ciudadana; denir agendas de desarro-llo, elaborar presupuestos, etc.

    ORGANIZACIN DEL ESTADO

    PLANIFICACIN PARTICIPATIVA

    BUEN VIVIR

    AUTORIDADES ELECTAS

    RGIMEN DEDESARROLLO

    RGIMEN DEPENDIENTE SOCIEDAD CIVIL

    RGIMEN DELBUEN VIVIR

    Los GAD gozan de autonoma y se rigen,entre otros principios, por el de participa-cin ciudadana (art. ). Para cumplir conesto, el Estado planicar el desarrollo parapropiciar equidad social y territorial, pro-ceso que debe ser participativo, buscandoel Buen Vivir de las personas, comunida-des, pueblos y nacionalidades. Las personas

    y colectividades deben participar en todaslas ases de la gestin pblica: planicacin,ejecucin y control de los planes en todossus niveles (arts. - y ).

    Figura 5.Nuevaorganizacin delEstado para lograrel Buen Vivir

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

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    Ley Orgnica de ParticipacinCiudadana (LOPC)

    A continuacin haremos un sealamientode la participacin ciudadana contempladaen las leyes y cdigos, que sirva de gua para

    Figura 6.

    El Sistema NacionalDescentralizadode Planifcacin

    ParticipativaElaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    GOBIERNO CENTRALGAD

    PLAN NACIONAL PARA EL BUEN VIVIR

    AGENDA ZONALPD & OT

    Planifcacin Institucional

    Programacin(Pluri) anual

    Genero Etario P & N Discapacidades Movilidad

    AGENDA SECTORIAL AGENDA IGUALDAD

    EstrategiasModelode gestin

    Provincial Cantonal Parroquial

    Polticas y Metas

    Programas y proyectos

    Programas

    y proyectos

    Sinergias

    Rgimen de competencias

    descentralizacin

    Polticas y Metasde Igualdad

    Para alcanzar el Buen Vivir, a travs de unproceso consensuado y participativo, sedebe implementar el Sistema NacionalDescentralizado de Planicacin Partici-pativa, que integra a los distintos nivelesde gobierno, y cuya secretara tcnica es la

    SENPLADES (art 9). Para concluir, sea-lamos que la participacin ciudadana, deacuerdo a las disposiciones constitucio-nales, se da en todo el ciclo de la polticapblica, que abarca desde la planicaciny ejecucin, hasta la evaluacin y control.

    los tcnicos, autoridades de los GAD, y ciu-dadanos, a manera de orientaciones derpida reerencia:

    Tema Artculos Tema Artculos

    Objeto 1 Apoyo a las Asambleas Locales 62

    mbito 2Instancia de participacin ciudadana

    a nivel local64

    Objetivos 3Composicin y convocatoria

    de las instancias de participacin65

    Principios 4 Consejos Locales de Planifcacin 66

    La participacin y la construccin

    del poder ciudadano29 Funciones de las Asambleas Locales 60

    La participacin ciudadana en los dierentesniveles de Gobierno: nacional

    y local.

    50- 57

    Tabla 1. La participacin en la Ley Orgnica de Participacin Ciudadana

    Elaboracin: SENPLADES Zonal 4.

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    Tema Artculos Tema Artculos

    Principios del ejercicio de la autoridad:participacin ciudadana

    3La participacin ciudadana en

    los GAD302 al 305

    Funciones integradas de los GAD 29 Silla vaca 311

    La participacin ciudadana en la aproba-

    cin del anteproyecto de ParticipacinCiudadana 241-245

    Sancin al incumplimiento de la

    participacin ciudadana

    312 y 332

    literal g

    La planifcacin del desarrollo 295

    Lineamientos N

    Promocin de la participacin, la rendicin decuentas y el control social en los procesos de pla-

    nifcacin y de ordenamiento territorial, que reco-

    nozca la diversidad de identidades.

    5

    Tabla 2. La participacin ciudadana en el COOTAD

    Tabla 4. La participacin ciudadana en los Lineamientos de la SENPLADES

    Elaboracin: SENPLADES Zonal 4.

    Elaboracin: SENPLADES Zonal 4.

    Cdigo Orgnico de Organizacin Territorial, Autonomasy Descentralizacin (COOTAD)

    Tema Artculos Tema Artculos

    De la coordinacin del Sistema Nacio-

    nal Descentralizado de Planifcacin

    Participativa

    26Funciones de los Consejos de

    Planifcacin de los GAD29

    Conormacin de los Consejos de Planifca-

    cin de los GAD28

    Formulacin participativa del

    PDOT46

    Tabla 3. La participacin ciudadana en el Cdigo de Planifcacin y Finanzas Pblicas

    Elaboracin: SENPLADES Zonal 4.

    Cdigo de Planifcacin y Finanzas Pblicas (COPFP)

    Documento: Lineamientos de SENPLADES para laPlanifcacin del Desarrollo y Ordenamiento Territorial

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    Otras leyes y reglamentaciones

    Las siguientes son las leyes y cuerpos regla-mentarios en la que se dan las directricespara la implementacin de la participacinen los distintos niveles de gobierno:

    PlanNacionalparaelBuenVivir:Obje-tivo 0. Garantizar el acceso a la partici-pacin pblica y poltica (PNBV, 009:).

    Agenda Zonal 4: Objetivo del SistemaSociocultural: Abrir espacios a la par-ticipacin organizada de ciudadanos enlos asuntos pblicos. Objetivo del Sis-tema Institucional y de Gestin: Insti-

    tucionalizar los espacios de participa-cin ciudadana para generar procesosdinmicos que omenten la evaluacin,vigilancia y control, orientados a la

    gobernabilidad y el desarrollo regional,en el marco de una cultura de concer-tacin y ciudadana inclusiva (AgendaZonal , 00:0-).

    Reglamento General de VeedurasCiudadanas: Emitido por el ConsejoNacional de Participacin Ciudadanay Control Social, que en el artculo dice: El presente reglamento tienepor objeto regular la conormacin,atribuciones, competencias y uncio-namiento de las veeduras ciudadanas,como mecanismos para garantizar elejercicio de los derechos ciudadanos

    a participar en los asuntos de interspblico, y llevar adelante actividadesde control social (Reglamento de Vee-duras, 00: ).

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    Implementacin de la participacin

    en las acciones de planicacin delos GAD: Elaboracin de los PDOT

    Para esto se deben dierenciar tres momen-tos, que pueden ir paralelamente activn-dose, para implementar la planicacin, enla que se debe incluir a la ciudadana:

    Denir el SistemadeParticipacinCiu-dadana que activar las instancias departicipacin.

    ConformarsuConsejodePlanificacinLocal.

    Denirelequipotcnicoqueformular

    el Plan, que debe ser validado y consen-suado con la ciudadana.

    Para esto es importante sealar que deacuerdo a la Gua de contenidos y procesos

    para la ormulacin de los PDOT, de provin-cias, cantones y parroquias, publicada por laSENPLADES, se parte de contenidos de losplanes de los tres niveles territoriales, [que]deben insertarse en los denominados sopor-tes o sustentos en los que se undamentano adquieren vigencia. Se identican trestipos: Soporte Legal, Soporte Tcnico...y Soporte Social:

    Esta Gua orientar los procesos para que se

    implemente el Sistema de Participacin Ciu-dadana para sustentar las ases de elaboracindel PDOT, a travs de las distintitas instancias,mecanismos e instrumentos de participacinciudadana que establece la LOPC.

    Figura 7.Sustentos del PDOT

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    ORDENANZAS Y/ORESOLUCIONES

    DE LOS GAD

    DIAGNSTICO: PROPUESTA MODELO DE GESTIN

    REGISTRO DE PARTICIPACIN: GRADO DE ACUERDO COMPROMISOS PROCESOS

    DE PLANIFICACINPARTICIPATIVA

    LEGAL

    TCNICOSOCIAL

    3

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    PARA

    NIVELES DE PARTICIPACIN CIUDADANA

    DELIBERAR

    Prioridadesde desarrollo.

    Formulacin,Seguimientoy evaluacinde los PDOT.

    Propuestade inversin deinversin pblica.

    PROPSITOS

    Fortalecer la democracia local: mecanismos de transparencia, rendicin de cuentas y control social. Participar en el ciclo de la poltica pblica. Promover la participacin de la ciudadana en las decisiones para el desarrollo territorial. Impulsar la formacin ciudadana. Su mxima instancia ser convocada al menos dos veces al ao. Designar a los representantes de la ciudadana a los Consejos de Planicacin Local.

    Presupuestoparticipativos.

    Objetivosde desarrollo.

    Lneas de accin. Metas.

    PARTICIPAR ELABORAR DEFINIR

    SISTEMA DE PARTICIPACINCIUDADANA DE LOS GAD

    Autoridades electas. Rgimen dependiente. Representantes de

    la sociedad civil.

    Gestin y planifcacin Toma de decisiones

    INSTANCIAS, MECANISMOS, PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIN CIUDADANA

    Control social

    Figura 8.

    Sistemade participacinciudadanade los GAD,de acuerdoal artculo 304

    del COOTADElaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Figura 9.Los niveles versuslas instanciasde participacin

    ciudadana

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    El artculo 0 del COOTAD seala

    que los GAD, deben implementar un Sis-tema de Participacin Ciudadana, que se

    E

    l siguiente esquema describe los nive-les de participacin, de manera deta-llada en lo nacional y local; estos nive-

    les se activan a travs de la participacin y la

    regular por acto normativo del correspon-

    diente GAD y que se explica en el siguienteesquema:

    construccin del poder ciudadano. Para estose debe dierenciar los niveles y las instan-cias, mecanismos, procedimientos e instrumen-

    tos de participacin ciudadana.

    Dilogoy consulta

    Deliberacinpblica

    Planifcaciny gestin

    Tomade decisiones

    Control Social

    El sistema de participacin ciudadana:

    niveles, mecanismos e instancias

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    Para la activacin del Sistema de ParticipacinCiudadana en las acciones de los GAD, hay querecordar que uno de los principios del ejerciciode la autoridad de los GAD se regula por la par-ticipacin ciudadana (art. , literal g del COO-TAD), y que este principio debe ser respetado, promovido y acilitado por todos los rganosdel Estado de manera obligatoria, para garanti-zar la toma compartida de decisiones entre losdierentes niveles de gobierno y la ciudadana,garantizando adems la transparencia y la ren-dicin de cuentas.

    Asimismo, se seala (art. 0, literal c; art., literal d; y art. , literal c del COOTAD),entre las unciones de los distintos niveles

    de Gobierno, la de implementar un sistema departicipacin ciudadana para el ejercicio delos derechos, que permita avanzar en la ges-tin democrtica.

    De igual manera para la priorizacin delgasto, elaboracin y aprobacin del ante-proyecto de presupuesto, se deber contarcon una resolucin de la mxima instanciade participacin. (arts. - del COOTAD).

    Para una comprensin ms didctica delsistema de participacin ciudadana, consus dierentes niveles, mecanismos, instan-cias e instrumentos para hacer eectivo estederecho, se presenta el siguiente esquema:

    POLTICAS PBLICAS Y SERVICIOS PBLICOS

    Figura 10.

    Los niveles,

    instancias,mecanismos yprocedimientosde participacinciudadana

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    PDOT

    Agendas Zonales

    PNBV

    Agendassectoriales

    Control social(Vigilancia,

    fscalizacin,seguimiento)

    Niveles

    Toma dedecisiones(Rendicinde cuentas)

    ConsultaPlanifcacin

    y gestinDeliberacin

    pblica

    Consultay dilogo

    mbito local mbito nacional

    Silla Vaca

    Observatorios

    VeedurasInstancias,Mecanismos

    Procedimientos

    Instrumentos

    Revocatoriadel mandato

    Presupuestosparticipativos

    Consultaprevia y

    ambiental

    Audienciapblica

    Cabildospopulares

    ConsejosLocales de

    Planifcacin

    ConsejoNacional dePlanifcacin

    Consejosciudadanossectoriales

    Org.sociales

    nacionales

    ConsejosConsultivos

    Asamblea CiudadanaPlurinacional e Intercultural

    para el Buen Vivir

    Asambleas Localesde Participacin

    Asambleas Ciudadanas

    En cada nivel de gobierno, la ciudadanapodr organizar una asamblea para inci-dir en el ciclo de las polticas pblicas. LaAsamblea Ciudadana Plurinacional e Inter-cultural para el Buen Vivir estar conor-mada por delegadas y delegados de las asam-bleas locales, de cada consejo ciudadanosectorial y representantes de las organiza-ciones sociales de carcter nacional (art. 0de la LOPC). La Asamblea Local constituye

    el espacio de deliberacin pblica, ortale-cimiento, e interlocucin con las autori-dades (art. de la LOPC). Los GAD deberndenir, al momento de activar su sistema departicipacin ciudadana, si es la Asamblea sumxima instancia de participacin, sin desco-

    nocer las otras instancias que deben comple-mentar la accin de su gestin. Lo ideal seraque esto ocurra, y que de la Asamblea Ciuda-dana se propicien o surjan otras instancias de

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    participacin, sin desconocer el derecho quetienen los ciudadanos y ciudadanas de maneraindividual o colectiva, hacer uso del derecho

    de participacin. En los siguientes gr-cos se esquematiza su conormacin a nivelnacional y local:

    Asambleas

    Locales de

    Participacin

    Consejos

    Ciudadanos

    Sectoriales

    Organizaciones

    Sociales Nacionales

    Ciudadana que

    exprese deseo

    de participacin

    Identidades

    territoriales

    y temticas

    Organizaciones

    Sociales Territoriales

    Asamblea Ciudadana Plurinacionale Intercultural para el Buen Vivir

    Asamblea Ciudadana Local

    Nivel Nacional: Asamblea Ciudadana Plurinacional e Intercultural para el Buen Vivir

    Nivel Local:Asambleas Locales Ciudadanas (Territoriales): Provincial, Cantonal, Parroquial

    CONSULTA

    DELIBERACININTERLOCUCION

    PNBV

    Planes, Programasy Polticas Locales

    (PDOT)

    Figura 11.

    Las AsambleasCiudadanas parael Buen Vivir

    Figura 12.

    Las AsambleasCiudadanas Locales

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Individual Colectiva

    Anivel local, las asambleas provin-ciales, cantonales y parroquiales, seconormarn con actores sociales desu nivel de gobierno (organizaciones socia-les, identidades territoriales y ciudadana), ydelegados de las asambleas del nivel terri-torial inerior. En el caso de las asambleasparroquiales, debern contar con repre-

    sentantes de barrios, recintos, comunas ycomunidades. (art. de la LOPC).

    Los GAD, las autoridades locales y/o el Consejode Participacin Ciudadana y Control Social(CPCCS), pueden propiciar y apoyar a las Asam-bleas Locales, para hacer eectivo un verdaderosistema de participacin, con criterios para laentrega de ondos (arts y de la LOPC).

    Caracterizacin de lasAsambleas Locales

    Para conormar las instancias de partici-pacin ciudadana en todos los niveles degobierno, segn lo establecido en la LeyOrgnica de Participacin Ciudadana, se

    debe considerar a los delegados y delegadasde la sociedad, en el mbito territorial res-pectivo, designados prioritariamente por lasasambleas ciudadanas locales (art. de laLOPC), sin dejar de considerar la represen-tacin ciudadana de otras instancias que seactiven de manera independiente a la Asam-blea Local.

    Lo siguiente constituye el sustento legal res-pecto de la caracterizacin de las Asambleas:

    Garantizar en la conformacin de laAsamblea los principios de: demo-cracia, equidad de gnero, generacio-nal, alternabilidad, rendicin de cuen-tas; principios que deben plasmarse ensus propios reglamentos o estatutos, deacuerdo a lo que establece la ley (art. de la LOPC).

    Identicaryconvocaralosactoressocia-les presentes en su territorio, a travs deorganizaciones sociales, identidadesterritoriales, temticas, y ciudadana en

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    Figura 13. Procesopara estructurarla AsambleaCiudadana Local

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    general, para que se conorme la Asam-blea Local, (art. de la LOPC).

    Asignarfondosparaelfuncionamientode la Asamblea en base a los criteriosestablecidos en la ley correspondiente,(art. de la LOPC).

    Promover la formacin ciudadanae impulsar procesos de comunica-cin Estado-sociedad, (art. 00 de laConstitucin).

    Promover la eleccin de tres represen-tantes ciudadanos al Consejo de Plani-cacinlocal(art.28delCOPFP).

    Acoger las propuestas de agendas dedesarrollo, planes, programas y polti-cas pblicas, que realice la Asamblea,para la deliberacin y toma de decisio-nes (arts. 0 y de la LOPC).

    Atender losmecanismos de rendicinde cuentas que adopte la Asamblea, a lagestin pblica, ajustados a la tica y laley (art. 0 de la LOPC).

    Acogeralosdelegadosdesignadosporla

    Asamblea para poner en uncin todos losmecanismos, procedimientos e instan-cias de participacin ciudadana imple-mentados en los GAD (art. de la LOPC).

    La mxima autoridad que preside elConsejo de Planicacin deber pro-mover que se designe la representacintcnica a la Asamblea Local, para aslograr la articulacin y comunicacinentrestayelGAD(art.29delCOPFP).

    Funciones de las Asambleas Locales

    La LOPC establece en su art. 0: Estos espa-cios de participacin ciudadana tendrn,entre otras, las siguientes responsabilidades:

    . Respetar los derechos y exigir su cum-plimiento, particularmente, en lo quecorresponde a los servicios pblicospor pedido de la mayora simple de susintegrantes en el mbito de los territo-rios locales;

    . Proponer agendas de desarrollo, planes,programas y polticas pblicas locales;

    . Promover la organizacin social y la or-

    macin de la ciudadana en temas rela-cionados con la participacin y el con-trol social;

    . Organizar, de manera independiente,el ejercicio de rendicin de cuentasal que estn obligadas las autoridadeselectas;

    . Propiciar el debate, la deliberacin yconcertacin sobre asuntos de intersgeneral, tanto en lo local como en lonacional; y,

    . Ejecutar el correspondiente controlsocial con sujecin a la tica y bajo elamparo de la Ley (LOPC, 00: ).

    Proceso para estructurarla Asamblea Local

    Los GAD, pueden propiciar la conormacinde las Asambleas Locales en base a lo queestablece la ley. Para esto se sugiere utilizarlos siguientes pasos:

    Elaboracin deMapeo de Actores.

    Defnicin de estrategiacomunicacin e inormacin.

    Hacer convocatoria pblicapara su conormacin.

    Elaboracin de reglamentode uncionamiento.

    Defnicin de Plan de Trabajo.

    Integracin de la representacin tcnicadel Consejo de Planifcacin a la AsambleaCiudadana para la elaboracin del PDOT.

    Levantamiento de actade constitucin.

    Notifcacin al ConcejoCantonal, Provincial y/o JuntaParroquial, de acuerdo al caso.

    Eleccin de directiva de la Asamblea,va procedimientos parlamentarios.

    Declaracin del Concejo Cantonal,Provincial y/o Junta Parroquial,

    de acuerdo al caso, de que laAsamblea Ciudadana es la mxima

    instancia de participacin y losotros mecanismos que activar.

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    Mecanismos de participacinciudadana localLas instancias locales de participacin son

    espacios conormados por: autoridades elec-tas, representantes del rgimen dependientey representantes de la sociedad en el mbitoterritorial de cada nivel de gobierno. Lamxima autoridad de cada gobierno es el res-ponsable de la convocatoria, y cuyos delega-dos sern designadosprioritariamente por lasAsambleas Ciudadanas Locales. Las instanciasde participacin se deben convocar cuandose requieran para cumplir sus nalidades, nomenos de tres veces al ao (art. de la LOPC).

    Para la implementacin de las instancias

    locales de participacin se utiliza un con- junto articulado y contino de: mecanis-mos, procedimientos e instrumentos, descri-tos anteriormente en el grco No. 0. LaLOPC seala como instrumentos con losque cuenta la ciudadana, de orma indivi-dual o colectiva, para participar en la ges-tin pblica de todos los niveles de gobier-nos (art. de la LOPC):

    LasAudienciasPblicas(arts. - de la LOPC).

    CabildosPopulares(art.76delaLOPC).

    Sillavaca(art.77delaLOPC).

    Veeduras(arts.78y84delaLOPC).

    Observatorios(art.79delaLOPC).

    Consejosconsultivos(art. 0 de la LOPC).

    Consultaprevia(art.81delaLOPC).

    Consultaambientalalacomunidad(art. de la LOPC).

    Rendicindecuentas(art. de la LOPC).

    Presupuestosparticipativos(arts. - de la LOPC).

    ConsejosLocalesdePlanicacin,(art. de la LOPC).

    Estos instrumentos se activan para la elabora-cin de planes y polticas pblicas locales y sec-toriales, denir agendas de desarrollo, mejo-rar la inversin pblica, elaborar presupuestos,

    establecer rendicin de cuentas, responder al

    control social, generar procesos de comunica-cin entre Estado-sociedad y promover la or-macin ciudadana. Algunas de estas uncionesson de carcter obligatorio y deben ser imple-mentadas por las mximas autoridades de losGAD. Se har una descripcin breve de cadauna de estas unciones obligatorias, cuya pro-undizacin se puede reerir a la Ley Orgnicade Participacin Ciudadana. Se hace nasis enel Consejo de Planicacin por ser la instanciaen la que se activa directamente el Sistema dePlanicacin Participativa entre los GAD y laciudadana.

    Audiencias pblicas

    Es la instancia de participacin habilitadapor la autoridad del GAD, ya sea por inicia-tiva propia o a pedido de la ciudadana, paraatender pronunciamientos o peticiones ciu-dadanas y para undamentar decisiones oacciones de gobierno. Las audiencias pbli-cas sern convocadas obligatoriamente, entodos los niveles de gobierno.

    Cabildos populares

    Es una instancia de participacin cantonalpara realizar sesiones pblicas de convoca-toria abierta a toda la ciudadana, con el nde discutir asuntos especcos vinculados ala gestin municipal.

    Silla vaca

    Es la instancia que activa cada GAD en sussesiones pblicas, en la que se dispondr deuna silla vaca que ser ocupada por una o unrepresentante, varias o varios representan-tes de la ciudadana, en uncin de los temas

    que se van a tratar, con el propsito de parti-cipar en el debate y en la toma de decisiones.En las asambleas locales, cabildos populares oaudiencias pblicas, se determinar el/los ciu-dadanos/ ciudadanas que debern intervenir.La o las personas acreditadas lo harn con vozy voto. En el caso de que representen posturasdierentes, se establecer un mecanismo paraconsensuar. Si no se lograra un consenso, solosern escuchadas sus posturas sin voto.

    Veeduras

    Son mecanismos de seguimiento, vigilan-cia, scalizacin y control social de la gestinpblica, de las personas naturales o jurdi-cas que manejen ondos pblicos, presenten

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    servicios pblicos o desarrollen actividadesde inters pblico, para conocer e inormarsemonitorear, opinar, presentar observacio-nes, antes, durante o despus de la ejecucinde los planes, programas y proyectos o actoadministrativo, y exigir rendicin de cuentas.Son de carcter cvico, voluntario y proactivo.

    Observatorios

    Se constituyen por grupos de personas uorganizaciones ciudadanas que no tenganconicto de intereses con el objeto obser-vado. Tendrn como objetivo elaborar diag-nsticos, inormes y reportes con indepen-dencia y criterios tcnicos, con el objeto deimpulsar, evaluar, monitorear y vigilar el

    cumplimiento de las polticas pblicas.

    Consejos consultivos

    Los consejos consultivos son mecanis-mos de asesoramiento compuestos porciudadanas y ciudadanos, o por organi-zaciones civiles, que se constituyen enespacios y organismos de consulta. Lasautoridades o las instancias mixtas oparitarias podrn convocar en cualquiermomento dichos consejos.

    Consulta previaSe reconocer y garantizar a las comu-nas, comunidades, pueblos y nacionali-dades indgenas, pueblos aroecuatorianoy montubio, el derecho colectivo a la con-sulta previa, libre e inormada. Cuando setrate sobre planes y programas de prospec-cin, explotacin y comercializacin derecursos no renovables, ellos, a travs desus autoridades, participarn en los bene-cios; y recibirn indemnizaciones por per- juicios sociales, culturales y ambientales.La consulta la deben realizar las autorida-des competentes.

    Consulta ambiental a la comunidad

    La comunidad deber ser consultada sobretoda decisin o autorizacin estatal queaecte su ambiente, previo una inorma-cin amplia y oportuna. El sujeto con-sultante ser el Estado, quien valorara laopinin de la comunidad, segn la Consti-tucin, Leyes e Instrumento Internaciona-les de Derechos Humanos.

    Rendicin de cuentas

    Es un proceso sistemtico, deliberado,interactivo y universal, que involucra a

    autoridades, uncionarias y unciona-rios, o sus representantes y representan-tes legales, segn sea el caso, que estnobligadas u obligados a inormar y some-terse a evaluacin de la ciudadana por lasacciones u omisiones en el ejercicio de sugestin y en la administracin de recursospblicos. Las ciudadanas y ciudadanos,en orma individual o colectiva, comu-nas, comunidades, pueblos y nacionalida-des indgenas, pueblos aro ecuatoriano ymontubio, y dems ormas lcitas de orga-nizacin, podrn solicitar una vez al ao larendicin de cuentas.

    Presupuestos participativos

    Es el proceso mediante el cual las ciudada-nas y ciudadanos contribuyen voluntaria-mente a la toma de decisiones respecto delos presupuestos de los gobiernos. Se imple-mentarn de manera inmediata y obligato-ria en los GAD. El debate del presupuesto sellevar a cabo en el marco de los lineamien-tos del Plan de Desarrollo o PDOT, elaboradopor el Consejo Local de Planicacin delnivel territorial correspondiente. Es deberde todos los GAD ormular los presupuestosanuales, y estn obligados a brindar inor-macin y rendir cuentas de los resultados de

    la ejecucin presupuestaria.

    Consejo Locales de Planifcacin

    Por ser una instancia decisoria en la elabo-racin del PDOT, se reerir de manera deta-llada en el siguiente subnumeral.

    Los consejos locales

    de planifcacinSon espacios encargados de la ormulacinde los planes de desarrollo, as como de laspolticas locales y sectoriales que se elabo-rarn a partir de las prioridades, objetivosestratgicos del territorio, ejes y lneas deaccin, denidos en las instancias de par-ticipacin; estarn articulados al SistemaNacional Descentralizado de PlanicacinParticipativa. Estos Consejos estarn inte-grados por, al menos un treinta por ciento(0%) de representantes de la ciudadana.(art de la LOPC). Los siguientes grcosdetallan la conormacin de los ConsejosLocales de Planicacin, del nivel: regio-nal, provincial, cantonal y parroquial.

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    Consejo Regional

    de Planifcacin

    Consejo Regional

    Asamblea CiudadanaRegional u otras

    instancias departicipacin

    SENPLADES(Asesora tcnica)

    REGIONAL

    PDOT

    - Gobernador/a Regional (preside).- Un representante del legislativo local (consejero regional).- El servidor pblico encargado de planifcacin del GAD.- Tres funcionarios del GAD designando por la mxima autoridad.- Tres representantes delegados de las instancias de participacin.- Un representante por los gobiernos provinciales.

    Figura 14.

    El Consejode PlanifcacinRegional

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Consejo Provincialde Planifcacin

    Consejo Provincial

    Asamblea CiudadanaProvincial u otras

    instancias departicipacin

    SENPLADES

    (Asesora tcnica)

    PROVINCIAL

    PDOT

    - Preecto/a (preside).- Un representante del legislativo local (consejero provincial).- El servidor pblico encargado de planifcacin del GAD.- Tres funcionarios del GAD designados por la mxima autoridad.- Tres representantes delegados de las instancias de participacin.- Un representante por los gobiernos municipales.

    Figura 15.

    Consejode PlanifcacinProvincial

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Consejo Cantonalde Planifcacin

    Consejo Cantonal

    Asamblea CiudadanaCantonal u otras

    instancias departicipacin

    SENPLADES(Asesora tcnica)

    CANTONAL

    PDOT

    - Alcalde/sa (preside).- Un representante del legislativo local (concejal).- El servidor pblico encargado de planifcacin del GAD.

    - Tres funcionarios del GAD designados por la mxima autoridad.- Tres representantes delegados de las instancias de participacin.- Un representante por los gobiernos parroquiales.

    Figura 16.

    Consejode PlanifcacinCantonal

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

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    Los Consejos Locales de Planicacin, al serespacios de ormulacin del PDOT, requeri-rn de equipos tcnicos especializados queaciliten la construccin participativa decada una de las ases del PDOT: diagnstico,propuesta y modelo de gestin.

    Equipo tcnico

    de planifcacin

    (Ofcina del Plan)

    Se recomienda desde la SENPLADES en lasGuas de contenidos y procesos para la or-

    mulacin de los PDOT, que el GAD designeun Equipo Tcnico de Planicacin (ETP),

    que ser el encargado de acilitar la cons-truccin tcnica del PDOT. El ETP ser pre-sidido por el Director de Planicacin oquien haga sus veces, cuya uncin ser eldireccionamiento y elaboracin del PDOT.Se establecern los recursos necesariospara su diseo (SENPLADES, 00: 0). ElETP puede activar una asamblea mixta uotra denominacin -para nes de elabora-cin del PDOT- con: los representantes de laciudadana y la Asamblea Local, los delega-

    dos de las entidades desconcentradas en elterritorio (Comits Sectoriales), para que setrabaje en mesas temticas. Esto se explicams adelante.

    Existen tres modalidades de conormacindel ETP, que se describen a continuacin:

    Consejo Parroquial

    de Planifcacin

    Junta Parroquial

    Asamblea CiudadanaParroquial u otras

    instancias departicipacin

    SENPLADES(Asesora tcnica)

    PARROQUIAL

    PDOT

    - Presidente (preside).- Un representante de los dems vocales de la Junta Parroquial.- Un tcnico ad honorem o servidor designado por el Presidente de la JP.- Tres representantes delegados de las instancias de participacin.

    Figura 17.

    Consejode PlanifcacinParroquial

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Figura 18.

    Los equipos deplanifcacin paraelaborar el PDOT

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    EQUIPO PROPIO DEL GAD EQUIPO MIXTO EQUIPO EXTERNO

    Personal del mismo GADcon amplia experiencia

    en planifcacin.(Puede contar con asesores

    en temas de especializacin.)

    Conormado porpersonal del GAD y

    personal contratado.

    Personal contratado para la

    acilitacin/asesora en laconstruccin del PDOT bajosupervisin del responsable

    de planifcacin del GAD.

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    Implementacin de la Participacinen la elaboracin de los PDOT 4Inicio

    Comprende la decisin poltica y mandata-ria de iniciar el proceso. Aqu se debepromo-ver y acilitar la conormacin de la Asam-blea Ciudadana Local, considerando queesta es autnoma y que el nivel de enlace esde coordinacin y busca propiciar la mayorparticipacin a n de asegurar mayor legiti-midad social de lo que se va a realizar.

    Se implementa la estrategia comunicacio-nal que asegure la asistencia de los ciuda-danos y ciudadanas que deseen compro-meterse activamente en los espacios departicipacin que implementar el GAD.Se sugiere de parte de la SENPLADES armarlas siguientes instancias para la ejecucindel Plan:

    Estas instancias se conormaran de acuerdo al siguiente detalle:

    GAD PROVINCIAL

    GAD CANTONAL

    GAD PARROQUIAL

    OFICINA DEL PLAN (ETP)

    COMISIONESTCNICAS

    PROVINCIALES

    MESASTEMTICAS PORCADA UNO DELOS SISTEMAS

    OFICINA DEL PLAN (ETP)

    OFICINA DEL PLAN (ETP)

    GRUPODE

    PLANIFICACIN

    Figura 20.

    Conormacin delas instancias de

    coordinacin paraelaborar el PDOT

    Figura 19.

    Las instancias decoordinacin parala elaboracindel PDOT

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    GRUPO DE PLANIFICACIN

    CONSEJOS DEPLANIFICACIN

    MESAS TEMTICAS

    POR SISTEMA

    -Ciudadanos yrepresentantesde la AsambleaCiudadana Local.

    - Representantes de loscomits sectoriales.

    Representantes tcnicosde gremios GAD locales:

    -AME.-ASOJUPAR.-Consejo Provincial.-SENPLADES.

    ZONAL:-Subsecretara de la SENPLADES (preside).

    -Gobernador/a.-Autoridades de las EntidadesDesconcentradas Zonales.

    -Gremios GAD.

    PROVINCIAL:-Gobernador/a (preside).

    -Subsecretara de la SENPLADES.-Autoridades de Entidades Desconcentradas Provinciales.-Preectos.-Representantes de los GAD por microrregiones.

    COMISIONES TCNICASPROVINCIALES

    - Tcnico del GAD (Directorde Planifcacin).

    - Asistentes tcnicos:(expertos en planicacin,manejo de herramientasde geo reerenciacin,estadsticas, participacinciudadana, fnanciero, etc.).

    OFICINAS DEL PLAN (ETP)

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    El Grupo de Planiicacin es una ins-tancia poltica, que puede contem-plar dos niveles: zonal y provincial.El nivel zonal es acilitado y presididopor la SENPLADES, y aqu se buscacrear espacios para tomar decisio-nes concertadas sobre temas vincula-dos a la globalidad del territorio de laszonas administrativas. El Grupo ZonalProvincial es presidido por los Gober-nadores, y su objetivo es posibilitarla planiicacin, evaluacin y rendi-cin de cuentas permanente, produ-ciendo sinergias para solucionar pro-blemas complejos e integrales demanera articulada. Pueden despren-derse o tomarse como tales los Gabi-

    netes Zonales y Provinciales actuales,para mejorar su gestin.

    Las Comisiones Tcnicas Provincialesson un espacio tcnico de coordina-cin y deinicin de acuerdos respectoa las metodologas y matrices para laelaboracin del PDOT, consensuadoentre los gremios de los GAD y la SEN-PLADES zonal.

    LasOicinas del Plan (ETP) -provincial,cantonal o parroquial-, son instan-cias netamente tcnicas, acilitadaspor cada GAD, responsables de promo-ver el proceso de ormulacin, ejecu-cin y seguimiento de los PDOT. Sernpresididas por el Director de Planii-cacin o quien haga sus veces. Inor-marn al Consejo de Planiicacin delGAD correspondiente, que es el res-ponsable directo del proceso de or-mulacin del PDOT.

    Las Mesas Temticas y/o Comisiones porsistema, integrada por representan-tes de: Comits Sectoriales, -que se des-criben ms adelante-, junto a repre-sentantes de la ciudadana y de la Asamblea Ciudadana Local, que en suconjunto conormaran la igura deuna asamblea mixta, u otra denomi-nacin que decida el GAD.

    Recordemos que para ormar el Sistema deParticipacin Ciudadana se establecen trestipos de integrantes: autoridades, represen-tantes del rgimen dependiente y represen-tantes de la sociedad.

    Para nes de elaboracin del PDOT se debenreunir mesas de trabajo, o comisiones, paracada sistema, en la que puede ser una asam-blea mixta:

    a. Mesa y/o comisin del SistemaAmbiental.

    b. Mesa y/o comisin del SistemaEconmico.

    c. Mesa y/o comisin del SistemaSociocultural.

    d. Mesa y/o comisin del SistemaPoltico-Institucional.

    e. Mesa y/o comisin del Sistemade Asentamientos Humanos.

    Los representantes del rgimen depen-diente pueden integrase a las mesas detrabajo o comisiones por sistemas, quepudieran constituirse en un denominadoComit Sectorial, que estar integrado porautoridades y/o tcnicos de las entidadesdesconcentradas.

    Los representantes de la sociedad que seintegran al proceso de elaboracin del

    PDOT lo harn desde las distintas instan-cias de participacin, de preerencia desdela Asamblea Ciudadana Local. Tambin seintegrarn en una denominada asambleamixta (que no es la Asamblea CiudadanaLocal) para trabajar en mesas y/o comi-siones, con los representantes del ComitSectorial, de acuerdo a los Sistemas delRgimen del Buen Vivir y a los que se hanactivado para el Ordenamiento Territorial.

    DiagnsticoLa teora consultada descrita por PLANTEL-plus, nos seala que esta etapa contemplael acopio de inormacin, su anlisis y esta-blecimiento de la situacin global y espe-cca y el procedimiento de discusin yvalidacin por parte de la ciudadana y lasinstancias pertinentes (De Leus y Leenders,00-00: 9).

    De acuerdo a las Guas de la SENPLADES, eldiagnstico se elabora por sistema,y establecela situacin actual y tendencial del territorio.

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    En un determinado momento se puede con-vocar a los Consejos Consultivos, por tem-tica especcas a tratar, para que asesoren alos miembros de la Ocina del Plan, al GrupoProvincial de Planicacin, e inclusive alConsejo de Planicacin si creyera necesarioampliar alguna inormacin adicional sobrela elaboracin del diagnstico, antes del pro-ceso de ajuste o validacin.

    El siguiente esquema se orienta sobre la or-mulacin y validacin del diagnstico, endonde los miembros de la Ocina del Planactivarn la participacin de la ciudadanaen su elaboracin:

    A

    dems, la ciudadana a travs de suAsamblea, o de manera indepen-diente, puede tambin generar pro-

    cesos de control y scalizacin a travs deotros mecanismos de participacin ciuda-dana: audiencias pblicas, veeduras, obser-vatorios, silla vaca, etc.

    Propuesta

    Se tomar en cuenta la visin a mediano ylargo plazo, los objetivos, polticas, estra-tegias, resultados y metas deseadas y elmodelo territorial que debe implementarsepara viabilizar el logro de los objetivos.

    La validacin requiere de un proceso parti-cipativo y de dilogo social y coordinacininterinstitucional.

    1. ASAMBLEACIUDADANA

    2.-MESASTEMTICAS

    7.- VERSIN

    FINALAPROBADA

    3.- Formulacindel diagnstico:

    por sistemasy diagnsticoestratgico

    4.-Presentacina las instanciasde participacin

    5.- Anlisis

    de lasobservaciones

    6.- Validacinciudadana

    Figura 21.Procesode elaboracindel diagnsticocon participacinciudadana

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Como se explic anteriormente, el pro-ceso participativo se puede realizar a tra-vs de la activacin de varios mecanismos

    para que, en orma individual o colectiva,la ciudadana pueda realizar sus propues-tas: audiencias pblicas, cabildos amplia-dos (en los GAD cantonales), silla vaca,consejos consultivos, consulta previao ambiental si se consideran propues-tas que pueden aectar a determinadascomunidades, comunas o nacionalida-des. Aparte de las que pueden salir de lasmesas temticas.

    La LOPC da libertad para que cada GAD,en base a su autonoma, considere lasopciones que contienen la Ley y las apli-que al menos tres de ellas al ao; perorespetando los principios de la participa-cin ciudadana. Debe haber articulacin

    De la Asamblea Ciudadana, como mximainstancia de participacin declarada por elGAD, se recomienda conormar mesas temti-cas o comisiones por sistemas o nombres anes(segn establezca el GAD), de acuerdo a lossistemas (ecolgico-ambiental, econmicos,socioculturales, gestin institucional y movi-lidad, energa y conectividad) que se estable-cen en el Rgimen de Desarrollo. Las invita-ciones para conormar las mesas se harna los integrantes de la Asamblea CiudadanaLocal, pudiendo integrarse otros ciudadanosu organizaciones locales que deseen partici-par activamente, de acuerdo a la legislacinestablecida por el GAD.

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    con las entidades del Ejecutivo, a tra-vs de reuniones con los representan-tes locales ministeriales que acten en

    el nivel territorial. As como tambin espreciso considerar la correlacionalidadpresupuestaria.

    1.- Elaboracin dela propuesta del

    PDOT, diseada porla Ofcina del Plan y

    con participacin delas mesas temticas

    1.- Elaboracin delmodelo de gestin,

    diseada por laOfcina del Plan y

    con participacin delas mesas temticas

    2.- Presentacina la AsambleaCiudadana einstancias departicin que

    establezcael GAD

    2.- Presentacina la AsambleaCiudadana einstancias departicipacin

    que establezcael GAD.

    7.- VERSIN

    FINALAPROBADA

    7.- VERSIN

    FINAL

    3.- Observaciones

    3.- Observaciones

    4.- Presentacina las instanciasde participacin

    4.- Anlisis deobservaciones

    5.- Versincorregidadel PDO

    5.- Versincorregidadel PDOT

    6.- ValidacinCiudadana

    6.- ValidacinCiudadana

    Figura 22.Procesode elaboracinde la propuestadel PDOT conparticipacinciudadana

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Figura 23.

    Procesode elaboracindel modelo degestin del PDOTcon participacinciudadana

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Modelo de gestinContempla el ortalecimiento institucio-nal con una institucionalidad de soportepara la ejecucin y seguimiento. El modelode gestin se reiere a los mecanis-mos de gestin que permiten concre-tar el PDOT: es el instrumento que per-mitir al GAD llevar a la prctica losPDOT, es decir lograr los objetivos y los

    resultados de desarrollo previstos parael largo plazo (SENPLADES, 00: 0).En esta ase se pueden activar los disposi-tivos de participacin: presupuestos parti-cipativos, consejos consultivos, audienciapblica, y las mesas temticas, de acuerdoa como establezca el GAD. Para su elabo-racin se sigue el mismo proceso anterior.

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    Se hace un llamado, a ms de los princi-pios para la participacin ciudadana con-sagrados en la Constitucin y leyes per-tinentes, a que en la construccin de losPDOT se considere de manera impera-tiva las cosmovisiones de los pueblos ynacionalidades, a in de dar vigencia a lainterculturalidad.

    Aprobacin del PDOT

    Una vez emitida la resolucin avorable porel Consejo de Planicacin del GAD corres-pondiente, se enviar a la instancia de deci-sin poltica de cada GAD (el Consejo legis-lativo respectivo), y la promulgacin de laordenanza o resolucin de acuerdo al caso.

    El proceso participativo no concluyecon la puesta en vigencia del docu-mento del PDOT, se extiende tambin alseguimiento, evaluacin y control de laspolticas pblicas, y a la gestin de los

    ORDENANZAS(GAD PROVINCIAL)

    RESOLUCIONES(GAD PARROQUIAL)

    PDOT

    Figura 24.

    La aprobacindel PDOT vaacto legislativode los GAD

    Elaboracin:SENPLADES Zonal 4.

    Conclusiones

    Esta Gua de Participacin Ciudadana para laelaboracin de los PDOT en los GAD remarca elejercicio pleno de ciudadana en la que la ela-boracin participativa del plan es un mandatoconstruido por ciudadanos y ciudadanas y nopor el nivel poltico de los GAD. Por tanto, elPDOT es un maniesto ciudadano construidopor el colectivo social con perspectiva de uturo.

    programas y proyectos contemplados enel PDOT. Se requiere entonces un din-mica sostenida (que complemente el pro-ceso de participacin ciudadana en la pla-niicacin que promueve la SENPLADES)de ormacin ciudadana que d sentidoy proundidad a la accin misional de lasentidades llamadas a este eecto, comoson la Secretara de Pueblos, Movimien-tos Sociales y Participacin Ciudadana; yel Consejo de Participacin Ciudadana yControl Social.

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    transormar la realidad y el impulso de la eco-noma popular y solidaria con el propsitode erradicar la pobreza, distribuir equitati-vamente los recursos y la riqueza y alcanzarel buen vivir.

    Que, el Artculo , literal d, del CdigoOrgnico de Organizacin Territorial, Auto-noma y Descentralizacin, seala que sonunciones de los Gobiernos Autnomos Des-centralizados Provinciales, implementar unsistema de participacin ciudadana para elejercicio de los derechos y la gestin demo-crtica de la accin provincial.

    Que, el Artculo del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Des-

    centralizacin, seala que las prioridadesde gasto se establecern desde las unidadesbsicas de participacin y sern recogidaspor la asamblea local o el organismo que encada gobierno autnomo descentralizado seestablezca como mxima instancia de par-ticipacin. El clculo denitivo de ingresosser presentado en el mismo plazo del (arti-culo del COOTAD) inciso anterior (hastael de agosto), por el ejecutivo, en la asam-blea local como insumo para la denicinparticipativa de las prioridades de inversindel ao siguiente.

    La asamblea local o el organismo que en cadaGobierno Autnomo Descentralizado, seestablezca como mxima instancia de parti-cipacin, considerando el limite presupues-tario, denir prioridades anuales de inver-sin en uncin de los lineamientos del plande desarrollo y de ordenamiento territorial,que sern procesados por el ejecutivo locale incorporadas en los proyectos de presu-puestos de las dependencias y servicios delos gobiernos autnomos descentralizados.

    Que, al Artculo del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Des-centralizacin, seala que en el antepro-yecto de presupuesto ser conocido por laasamblea local o el organismo que en cadaGobierno Autnomo Descentralizado seestablezca como mxima instancia de par-ticipacin, antes de su presentacin alrgano legislativo correspondiente, y emi-tir mediante resolucin su conormidadcon las prioridades de inversin denidasen dicho instrumento.

    Que el Artculo , del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Descen-tralizacin, seala que la aprobacin y sancindel presupuesto, los representantes ciudadanos

    de la Asamblea territorial o del organismoque en cada Gobierno Autnomo Descen-tralizado se establezca como mxima ins-tancia de participacin, podrn asistir a lassesiones del legislativo local y participarne ellas, mediante los mecanismos previstosen la Constitucin y la ley.

    Que, el Artculo 9, del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Des-centralizacin, seala que debe de haber par-ticipacin pblica y social en la gestin delas intervenciones de desarrollo en el terri-torio, debindose propiciar la participacinde actores pblicos y de la sociedad, relacio-nados con la economa popular y solidariade conormidad con la Constitucin y la Ley

    Orgnica de Empresas Pblicas, para la eje-cucin de proyectos de desarrollo regional,provincial, cantonal o parroquial rural pre-vistos en los planes de desarrollo y ordena-miento territorial, especialmente en los quese requiera la reserva del uso del suelo.

    Que, el Artculo 9 del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Des-centralizacin, seala que los GobiernosAutnomos Descentralizados con partici-pacin protagnica de la ciudadana plani-car estratgicamente su desarrollo con

    visin de largo plazo, considerando las par-ticularidades de su jurisdiccin, que ade-ms permitan ordenar la localizacin de lasacciones pblicas en uncin de las cuali-dades territoriales, contenidos al menos loscuatro elementos sealados en este artculo.

    Para la ormulacin de los planes de desa-rrollo y ordenamiento territorial de los GADdebern cumplir con un proceso que apliquelos mecanismos participativos establecidosen la Constitucin, la ley y este Cdigo.

    Que, el Artculo 0 del Cdigo Org-nico de Organizacin Territorial, Auto-noma y Descentralizacin, seala que laciudadana en orma individual y colec-tiva podr participar de manera protag-nica en la toma de decisiones, la planii-cacin y la gestin de los asuntos pblicosy el control social de las instituciones delos Gobiernos Autnomos Descentraliza-dos y de sus representantes, en un procesopermanente de construccin del poderciudadano.

    La participacin se orientar por los prin-cipios de igualdad, autonoma, delibera-cin pblica, respeto a la dierencia, controlpopular, solidaridad e interculturalidad.

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    Los Gobiernos Autnomos Descentraliza-dos reconocern todas las ormas de parti-cipacin ciudadana, incluyendo aquellasque se generen en las unidades territoria-les de base, barrios, comunidades, comunas,recintos y aquellas organizaciones propiasde los pueblos y nacionalidades, en el marcode la Constitucin y la ley.

    Las autoridades ejecutivas y legislativas delos Gobiernos Autnomos Descentralizadostendrn la obligacin de establecer un sis-tema de rendicin de cuentas a la ciudada-na conorme el mandato de la ley y de suspropias normativas.

    Que, el Artculo 0 del Cdigo Orgnico de

    Organizacin Territorial, Autonoma y Des-centralizacin, seala que el derecho de laparticipacin ciudadana se ejercer en todoslos niveles de los Gobiernos AutnomosDescentralizados a travs de los mecanis-mos de democracia representativa, directa ycomunitaria.

    Las personas, comunidades, pueblos, nacio-nalidades y colectivos de la circunscripcindel Gobierno Autnomo Descentralizado,correspondiente, deben ser consultadosrente a la adopcin de medidas normativas

    o de gestin que puedan aectar sus dere-chos colectivos.

    La ciudadana tiene derecho a ejercer lademocracia directa a travs de la presen-tacin de proyectos de normas regionales,ordenanzas provinciales, distritales o canto-nales, acuerdos y resoluciones parroquiales.Tambin tienen derecho a ejercer el controlsocial de los actos de los Gobiernos Autno-mos Descentralizados y a la revocatoria delmandato de sus autoridades en el marco dela Constitucin y la Ley.

    La ciudadana, en orma individual ocolectiva, tiene derecho a participar enlas audiencias pblicas, asambleas, cabil-dos populares, consejos consultivos, deacuerdo con lo establecido en la Consti-tucin, la ley y dems normativa; ademspodr solicitar la convocatoria a consultapopular sobre cualquier asunto de intersde la circunscripcin territorial y revocato-ria del mandato en el marco de lo dispuestoen la Constitucin y la ley.

    Los grupos de atencin prioritaria, ten-drn instancias especcas de participa-cin, para la toma de decisiones relaciona-das con su derecho.

    Para eectos de logar una participacin ciu-dadana inormada, los gobiernos autno-mos descentralizados acilitarn la inorma-cin general y particular generadas por susinstituciones; adems adoptarn medidas deaccin armativa que promuevan la igualdadreal a avor de los titulares de derechos que seencuentren en situacin de desigualdad.

    Que, el Artculo 0 del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Des-centralizacin, determina que los gobiernosautnomos descentralizados conormarnun sistema de participacin ciudadana quese regular por acto normativo.

    El sistema de participacin est integrado

    por autoridades electas, representantes delrgimen dependiente y representantes de lasociedad de su mbito territorial.

    La mxima instancia de decisin del sistemade participacin ser convocada a asambleaal menos dos veces por ao a travs del eje-cutivo del respectivo gobierno autnomodescentralizado.

    El sistema de participacin ciudadana desig-nar a los tres representantes de la ciudada-na a los consejos de planicacin del desa-

    rrollo correspondiente.

    Que, el Artculo 0, del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Des-centralizacin, seala que los gobiernosautnomos descentralizados promoverne implementarn en conjunto con los acto-res sociales, los espacios, procedimientosinstitucionales, instrumentos y mecanis-mos reconocidos expresamente en la Cons-titucin y la ley: as como otras expresionese iniciativas ciudadanas de participacinnecesarias para garantizar el ejercicio de

    este derecho y la democratizacin de la ges-tin pblica en sus territorios.

    Que, el Artculo 0, del Cdigo Orgnico deOrganizacin Territorial, Autonoma y Des-centralizacin, as tambin seala que enlas sesiones de los gobiernos autnomosdescentralizados que son pblicas, habruna silla vaca ocupadas por representantesde la ciudadana. El ejercicio de este meca-nismo de participacin ser regido por la leyy las normas establecidas por el respectivogobierno autnomo descentralizado.

    Que, el Artculo de del Cdigo Org-nico de Organizacin Territorial, Auto-noma y Descentralizacin, seala que

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    el incumplimiento de las disposicionesrelativas a la participacin ciudadana porparte de las autoridades de los GAD, gene-rar responsabilidades y sanciones decarcter poltico y administrativo, inclu-yendo la remocin del cargo para los un-cionarios responsables de la omisin ypodr ser causal de revocatoria del man-dato para la autoridad respectiva, con-orme a la ley.

    Que, el Artculo del Cdigo Orgnico dePlanicacinyFinanzasPblicas(COPFP),establece como lineamiento para el desa-rrollo, y el omento de la participacin ciu-dadana y control social en la ormulacinde las polticas publicas.

    Que, el Artculo , numeral del CdigoOrgnico de Planificacin y FinanzasPblicas, establece como uno de los prin-cipios comunes de la planiicacin, a laparticipacin ciudadana, donde se sealaque todas las entidades del sistema de pla-niicacin y de inanzas pblicas tienenel deber de garantizar la participacin.

    Que, el Artculo del Cdigo Orgnico dePlanicacin y Finanzas Pblicas numeral, establece que los Consejos de Planica-

    cin de los Gobiernos Autnomos Descen-tralizados sern integrados por tres repre-sentantes delegados de las instancias departicipacin.

    Que, el Artculo del Cdigo Orgnico dePlanicacinyFinanzasPblicas,estableceque los planes de desarrollo y ordenamientoterritorial de los gobiernos autnomos des-centralizados se ormularn y actualizarncon participacin ciudadana.

    Que, el Artculo de la Ley Orgnica de Par-

    ticipacin Ciudadana, establece que unode los objetivos de la ley es: .- Garantizarla democratizacin de las relaciones entrela ciudadana y el Estado en sus dierentesniveles de Gobierno.

    Que, el Artculo 9 de la Ley Orgnicade Participacin Ciudadana, reconoce elpoder ciudadano como el proceso de par-ticipacin individual y colectiva de losciudadanos y ciudadanas de una comuni-dad, quienes de manera protagnica par-ticiparn en la toma de decisiones, plani-icacin y gestin de los asuntos pblicos,as como en el control social de todos losniveles de gobierno.

    Que, el Artculo de la Ley Orgnica deParticipacin Ciudadana, reconoce que elEstado omentar la participacin ciu-dadana a travs de sus instituciones, entodos los niveles de gobierno, mediantela designacin de ondos concursables,becas educativas, crditos y otros.

    En uso de las atribuciones que le con-iere el inciso inal del Articulo de laConstitucin; y, el literal a) del Artculo y Articulo 0 del Cdigo Orgnicode Organizacin Territorial, Autonomay Descentralizacin, expide la siguiente:

    Ordenanza que regula

    la conormacin del sistemade participacin ciudadana:

    El subsistema de transparencia y control

    social; el subsistema de las instancias de pla-

    nifcacin participativa; y el subsistema de

    ormacin ciudadana y diusin de los dere-

    chos y deberes, del gobierno autonmo des-

    centralizado de la provincia...

    CAPTULO I

    DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS, AMBITOY SUJETOS

    Artculo 1. Finalidad.- La presente orde-nanza tiene como n institucionalizar yregular espacios y mecanismos de partici-pacin ciudadana, acceso a la inormacinpblica y transparencia en la gestin delGobierno Provincial, y los procesos de pla-nicacin participativa para que la pobla-cin sea parte del desarrollo local, desdetodas sus organizaciones y sectores, inter-cambiando con el gobierno provincial opi-

    niones y propuestas que propendan mejo-rar la calidad de vida de los habitantes de laprovincia.....

    Artculo 2. Objetivos de la Ordenanza.-Son objetivos de la presente Ordenanza:

    a) Generar una prctica de corresponsabi-lidad entre la poblacin y el gobiernoprovincial en la ormulacin de pro-puestas, toma de decisiones y ejecu-cin de las mismas para benecio de lacolectividad.

    b) Crear mecanismos de acceso a la inor-macin pblica provincial.

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    sexual, estado de salud, portar VIH, dis-capacidad, dierencia sica; ni por cual-quier otra distincin personal o colec-tiva, temporal o permanente, o decualquier otra ndole;

    g) Paridad de gnero.- Es la participacinproporcional de las mujeres y los hom-bres en las instancias, mecanismos e ins-trumentos denidos en la presente Ley;as como, en el control social de las insti-tuciones del Estado para lo cual se adopta-rn medidas de accin armativa que pro-muevan la participacin real y eectiva delas mujeres en este mbito;

    h) Responsabilidad.- Es el compromiso

    legal y tico asumido por las ciudadanasy los ciudadanos de manera individual ocolectiva, en la bsqueda del buen vivir;

    i) Corresponsabilidad.- Es el compro-miso legal y tico asumido por las ciu-dadanas y los ciudadanos, el Estado, ylas instituciones de la sociedad civil,de manera compartida, en la gestinde lo pblico;

    j) Inormacin y transparencia.- Es elderecho al libre acceso de la ciudadana

    a la inormacin pblica, en el marco delos principios de responsabilidad y ticapblica establecidos en la Constituciny la ley, sin censura previa;

    k) Pluralismo.- Es el reconocimiento a lalibertad de pensamiento, expresin ydiusin de las dierentes opiniones,ideologas polticas, sistemas de ideas yprincipios, en el marco del respeto a losderechos humanos, sin censura previa;y,

    l) Solidaridad.- Es el ejercicio de la partici-pacin ciudadana que debe promover eldesarrollo de las relaciones de coopera-cin y ayuda mutua entre las personas ycolectivos.

    Artculo 7. Derechos de las ciudadanasy ciudadanos.- Son derechos de las ciuda-danas y ciudadanos:

    a) Solicitar y recibir inormacin sobrela gestin pblica en orma clara yoportuna.

    b) Conocer sobre las decisiones Munici-pales o Gubernamentales que aecten eldesarrollo local.

    c) Conocer los aspectos de unciona-miento del Gobierno Municipal y delmanejo administrativo.

    d) Intervenir en la denicin de polticaspblicas locales.

    e) Inormarse de las actividades delGobierno Municipalidad a travs de larendicin de cuentas.

    f) Fiscalizar a travs de losmecanismosde participacin ciudadana los actos delpoder pblico.

    g) Integrar la Asamblea Ciudadana.

    h) Formarpartedelasinstanciasdeparti-cipacin ciudadana que establece la Ley.

    i) Ejercer el control social.

    Artculo 8.Deberes de las ciudadanas ylos ciudadanos.- Son deberes de las ciuda-danas y los ciudadanos:

    a) Cumplir con las unciones de represen-tacin comunitaria o sectorial para loscuales haya sido electa/o;

    b) Rendir cuenta de la administracin derecursos pblicos, comunitarios, o sec-toriales, ante su respectiva instancia departicipacin, sin perjuicio de la rendi-cin de cuentas que en cualquier otrainstancia determine la ley.

    Artculo 9. La inormacin pblica.- Deacuerdo a lo que determina la Ley Orgnicade Transparencia y Acceso a la Inormacin,se entender por inormacin pblica, tododocumento en cualquier ormato, que seencuentre en poder del Gobierno Autnomo

    Descentralizado Provincial de.., creados uobtenidos por este, que se encuentren bajosu responsabilidad o se hayan producidocon recursos pblicos, as:

    a) Estructura orgnica uncional, baselegal que la rige, regulaciones y proce-dimientos internos aplicables a la enti-dad; las metas y objetivos de las unida-des administrativas de conormidad consus programas operativos;

    b) El directorio completo de empresas pbli-cas, as como el distributivo de personal;

    c) La remuneracin mensual de los dig-natarios, uncionarios, empleados y

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    obreros por puesto y todo ingreso adi-cional, incluso el sistema de compen-sacin, segn lo establezcan las dispo-siciones correspondientes del GobiernoProvincial y de las Empresas Pblicas;

    d) Los servicios que orece y las ormasde acceder a ellos, horarios de aten-cin y dems indicaciones necesarias,para que la ciudadana pueda ejercer susderechos y cumplir sus obligaciones;

    e) Texto ntegro de todos los contratoscolectivos vigentes en la institucin, ascomo sus anexos y reormas;

    ) Se publicarn los ormularios o or-

    matos de solicitudes que se requie-ran para los trmites inherentes a sucampo de accin;

    g) Inormacin total sobre el presupuestoanual que administra la institucin,especicando ingresos, gastos, nan-ciamiento y resultados operativos deconormidad con los clasicadores pre-supuestarios, as como la liquidacindel presupuesto, especicando destina-tarios de la entrega de recursos pblicos;

    h) Los resultados de las auditorias internasy gubernamentales a los ejercicios sca-les presupuestarios;

    i) Inormacin completa y detalladasobre los procesos precontractuales,contractuales, de adjudicacin y liqui-dacin, de las contrataciones de obras,adquisicin de bienes, prestacin deservicios, arrendamientos mercan-tiles, etc., celebrados por la institu-cin con personas naturales o jurdi-cas, incluidos concesiones, permisos

    o autorizaciones;

    j) Un listado de las empresas y perso-nas que han incumplido contratos condicha institucin;

    k) Planes y programas de la institucin enejecucin;

    l) El detalle de los contratos de crditoexternos o internos; se sealar la uentede los ondos con los que se pagarnesos crditos. Cuando se trate de prs-tamos o contratos de nanciamiento, sehar constar, como lo prev la Ley Org-nica de Administracin Financiera yControl, Ley Orgnica de la Contralora

    General del Estado y la Ley Orgnica deResponsabilidadyTransparenciaFis -cal, las operaciones y contratos de cr-dito, los montos, plazo, costos inan-cieros o tipos de inters;

    m) Mecanismos de rendicin de cuen-tas a la ciudadana, tales como metase inormes de gestin e indicadores dedesempeo;

    n) Los viticos, inormes de trabajo y jus-ticativos de movilizacin nacional ointernacional de las autoridades, digna-tarios, uncionarios pblicos o de parti-culares representantes de la ciudadana;

    o) El nombre, direccin de la ocina, apar-tado postal y direccin electrnica delresponsable de atender la inormacinpblica de que trata esta Ley;

    p) las resoluciones que adoptare el rganolegislativo del Gobierno Autnomo Des-centralizado Provincial, sea medianteordenanzas, reglamentos, acuerdos, oresoluciones, mediante la publicacinde las actas de las respectivas sesionesde estos cuerpos colegiados, as comolos planes de desarrollo local.

    Esta inormacin ser clasicada de acuerdoa su tipo, poblacin metas, para su compren-sin. No ser aplicable esta Ordenanza a lainormacin que no est documentada almomento de la solicitud.

    Si la inormacin solicitada no estuviesedocumentada al momento de la solicitud,el Gobierno Provincial contar con un plazode hasta treinta das para ponerla a disposi-cin de la persona solicitante o se le justi-car por escrito las razones por las cules no

    se cuenta con la inormacin solicitada.

    Artculo 10. De las Excepciones.- Elacceso a la inormacin podr ser denegado,slo en los casos siguientes:

    a) Inormacin que aecte la intimidad ymoral de los servidores as como de loscontribuyentes, la condencialidad dedatos y expedientes personales, de igualorma domicilios, telonos, chas per-sonales, chas mdicas, etc.

    b) Estados nancieros de los contribuyentes;

    c) Documentos cerrados entregados en vir-tud de procedimientos de seleccin de

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    contratistas, con base a la Ley Orgnica delSistema Nacional de Contratacin Pblica.;

    d) Documentos generados por los aboga-dos del Gobierno Autnomo Descentra-lizado Provincial, o preparados a instan-cia o direccin expresa de los mismos,que contengan la estrategia de litigioso teoras legales preparadas exclusiva-mente para ser utilizadas en procesos judiciales o administrativos, o en anti-cipacin de los mismos;

    e) Toda aquella inormacin que generedetrimento a los intereses del municipio.

    ) En general la inormacin que de acuerdo a

    la Constitucin y la Ley Orgnica de Trans-parencia y Acceso a la Inormacin Pblicase considere de carcter condencial.

    Se encuentra exentos de articulo, los reque-rimientos que realicen autoridades delMinisterio Publico; Corte de Justicia; Con-tralora General del Estado; SRI, al ser enti-dades administradoras de justicia; Auditoriade la administracin de los ondos pblico;y de scalizacin tributaria.

    CAPTULO III

    DEL SUBSISTEMA DE TRANSPARENCIAPBLICA Y CONTROL CIUDADANO

    Artculo 11. De los procesos de Trans-parencia Pblica y Control Ciudadano.-Son ormas a travs de los cuales se con-cretar el acuerdo que el gobierno local y lapoblacin de la Preectura han tomado paraponer en prctica la transparencia pblica,contando para ello con la inormacin per-tinente y necesaria sobre la administracindel Gobierno Provincial. Adems se reco-

    noce los mecanismos de control ciudadanoa la gestin del GAD de la Provincia de..

    La presente Ordenanza establece y reconocecomo los procesos de transparencia pblicalos siguientes:

    a) Rendicin de Cuentas.

    b) Presupuestos Participativos.

    c) Veeduras.

    d) Observatorios.

    Artculo 12. De lat Rendicin de Cuen-tas.- De acuerdo a lo que dispone la

    Constitucin de la Repblica y el COO-TAD, el Gobierno local rendir cuentasobligatoriamente por lo menos una vez alao de su administracin, inormando alos ciudadanas y ciudadanos sobre aspec-tos relevantes relativos a:

    a) Propuesta o plan de trabajo provincial.

    b) Planes estratgicos, programas, proyec-tos y planes operativos anuales.

    c) Presupuesto general y presupuesto par-ticipativo, con indicacin de presu-puesto aprobado y ejecutado.

    d) Contratacin de obras y servicios, adqui-

    sicin y enajenacin de bienes.

    e) Propuestas, acciones de legislacin, s-calizacin y polticas pblicas.

    ) Propuestas y acciones sobre las delega-ciones realizadas a nivel local, nacionale internacional.

    g) Aquellos aspectos que el Gobierno Pro-vincial considere de trascendentalimportancia que conozca la ciudadana.

    Artculo 13. Del acto de Rendicin deCuentas.- El inorme a que se reiere elartculo anterior comprender lo reali-zado durante el perodo de un ao, conta-dos a partir del inicio de la gestin del Pre-ecto, y ser presentado por medio de unacto pblico que se desarrollar los prime-ros da del mes......se acompaar de car-teleras y a la inormacin que el GobiernoProvincial est impulsando.

    Esta Rendicin de Cuentas ser prepa-rada con la colaboracin de los dieren-

    tes uncionarios y/o directivos, servidoresde los departamentos y reas de la Preec-tura; y, ser el Preecto en representacinde la Corporacin Provincial, quien ren-dir cuentas a la ciudadana; para el eectocontar con la colaboracin de los un-cionarios del nivel directivo quienes derequerirlo la mxima autoridad en el actode rendicin de cuentas darn respuestasa las preguntas de las y los participantes.Del resultado de dicho evento se levantarla respectiva acta.

    Artculo 14. Otros mecanismos parala rendicin de cuentas.- Se promueveel libre acceso a la inormacin de maneraperidica y permanente, a travs de otros

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    mecanismos como: buzn de sugerencia,cartelera inormativa, pgina Web, y entregade inormacin por solicitud.

    Artculo 15. Del Buzn de Sugeren-cias.- Los buzones sern colocados enun lugar visible dentro de las instalacio-nes del Gobierno Provincial de,a disposicin de las usuarias y usuariosde los servicios municipales, cada per-sona visitante podr escribir sus opinio-nes y observaciones sobre el desempeode la administracin de la Preectura enla atencin al pblico y/o las reas que lapersona considere oportuno en el ormu-lario que la municipalidad proporcionarpara tal eecto.

    Los ormularios sern recopilados cadames por el departamento de RecursosHumanos, quien emitir un inorme sobrelas opiniones ciudadanas, el mismo queser revisado y evaluado por el Preecto,quien aplicar, las acciones de estmulos osanciones para los uncionarios, emplea-dos, obreros, previo la veriicacin de laidoneidad y la veracidad, segn lo esta-blece en las Leyes, de las opiniones verti-das, garantizando el legitimo derecho a ladeensa, y el debido proceso.

    Artculo 16. Cartelera Inormativa.- Esun medio que permite presentar de ormaotogrica, recortes de prensa o revis-tas, las diversas actividades y proyectosque la administracin ejecut o ejecuta.Ser colocada igualmente en un lugar visi-ble, actualizndose cada mes por la Direc-cin a cargo de la seccin de RelacionesPblicas.

    Artculo 17. Pgina Web.- Es el medioelectrnico a travs del cual el Gobierno

    Provincial de .., brindar inormacinsobre su administracin en general, den-tro y uera del pas, cumpliendo en su con-tenido con los parmetros de transparen-cia, eiciencia y acceso a la inormacindescritos en la ley de Transparencia.

    Esta pgina ser alimentada por la inor-macin que brinden todas las direccionesy sus reas y ser responsabilidad de quienest a cargo de la pagina Web, de tenerlapermanentemente actualizada.

    Artculo 18. De la solicitud de LibreAcceso a la Inormacin Pblica, porsolicitud.- Las ciudadanas o ciudada-nos, podrn solicitar mediante oicio,

    debidamente irmado y al pie de la mismahacer constar el numero de cdula, porescrito con su irma y numero de cdulade responsabilidad, la inormacin odocumentacin sobre la gestin y admi-nistracin provincial, siempre que pormandato constitucional, legal, o la pre-sente ordenanza, sta no tenga carcterde conidencial o reservada, y de reci-bir la inormacin o documentacin enorma clara oportuna, sencilla, objetivay completa.

    Cada solicitud escrita ser hecha en unormato que la Preectura brindar, y serresuelta por la mxima autoridad del eje-cutivo del GAD, o por el uncionario com-

    petente en el trmino mximo de treintadas, contados a partir de la recepcin dela solicitud.

    Si despus de este perodo el solicitanteo la solicitante no reciben respuestapodr presentar su debido reclamo poralta de atencin a la solicitud a la Cor-poracin Provincial, quien deber resol-ver el particular en el trmino mximode diez das.

    Artculo 19. De las Normas de pro-

    cedimiento para peticiones, quejas,reclamos, y recursos.- Las ciudada-nas y ciudadanos podrn ormular, peti-ciones, quejas, reclamos y recursos anteel Gobierno Autnomo Descentralizadode la Provincia de., cuando con-sideren que uno o ms actos de la admi-nistracin del GAD estn vulnerando susderechos, para tal eecto presentarn lacorrespondiente solicitud por escrito antela secretara de la Preectura en el or-mato que para este in elabore el GobiernoProvincial de ...

    Corresponde a los directores departa-mentales o quienes hagan sus vecesen la estructura organizacional delGobierno Autnomo Descentralizado,en cada rea de la administracin,conocer, sustanciar y resolver solici-tudes, quejas, peticiones, reclamos yrecursos de los administrados, exceptoen las materias que por normativa jur-dica expresa le corresponda a la mximaautoridad administrativa o a la Corpo-racin de la Preectura. Toda resolucinsobre una peticin, queja, reclamo, orecurso los Directores Departamenta-les debern motivarlas, es decir, en sucontenido debe enunciarse normas o

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    principios jurdicos en que se unda yexplicarse la pertinencia de su aplica-cin a los antecedentes de hecho.

    El plazo mximo para resolver las peti-ciones, quejas, o reclamos de los admi-nistrados ser de 0 das, contados desdela echa en que se presenta, para resolversobre los recursos, el inerior tendr unplazo mximo de das, contados a par-tir del da en que se presenta el recursoen todo caso se observar lo que esta-blece el COOTAD, en los procedimien-tos administrativos, contemplados enla Seccin Segunda.

    Artculo 20. Los Presupuestos Parti-

    cipativos.- es el proceso mediante el cuallas y los ciudadanos, de orma individualo por medio de organizaciones sociales,contribuyen voluntariamente a la tomade decisiones respecto de los presupues-tos estatales.

    Artculo 21. El Gobierno Provincial de..convocar pblicamente a los ciudadanosy organizaciones sociales, a travs de laAsamblea Ciudadana Provincial, para quedeinan prioridades anuales de inversinen uncin de los lineamientos del plan

    de desarrollo y ordenamiento territorial ydel Plan Nacional de Desarrollo; y despusconocer el anteproyecto de presupuesto,y emitir resolucin de conormidad conlas prioridades de inversin deinidas.Para lo cual reglamentar el mecanismode implementacin.

    Artculo 22. De las Veeduras.- Sereconoce las veeduras como mecanismode control ciudadano, mismas que obser-varn los requisitos establecidos en laLey y Reglamento General de Veeduras

    del Consejo de Participacin Ciudadana yControl Social.

    Artculo 23. De los Observatorios.-Se reconoce a los observatorios como unespacio autnomo, tcnico, intersecto-rial e interdisciplinario de carcter perma-nente conormado por grupos de ciuda-danos/as u organizaciones con el objetivode elaborar diagnsticos, inormes, repor-tes monitorear, evaluar e incidir en deter-minadas polticas o procesos a travs deuentes e instrumentos propios y externosen beneicio de los ciudadanos. Los obser-vatorios que se activen en el GAD de la Pro-vincia de..sern sujetos a la ley deParticipacin Ciudadana y los reglamentos

    del Consejo de Participacin Ciudadana yControl Social.

    CAPTULO IV

    DEL SUBSISTEMA DE PLANIFICACINPARTICIPATIVA

    Artculo 24. De las instancias de par-ticipacin ciudadana.- Estas instanciasbuscan, que la ciudadana exprese su opi-nin, aporte o propuestas que contribuyanen la toma de decisiones e incidan en lasmismas para garantizar un Gobierno Provin-cial con desarrollo local integral.

    Para eecto de promover la participacin de

    la ciudadana, la presente Ordenanza esta-blece las siguientes instancias:

    a) Asamblea Ciudadana Provincial.

    b) Mesas sectoriales.

    c) Audiencias Pblicas.

    d) Silla Vaca.

    e) Consejos Consultivos.

    ) Consejos de Planicacin Provincial.

    Artculo 25. De la Asamblea Provin-cial.- El Gobierno Autnomo Descentrali-zado Provincial .., promover la creacinde la Asamblea Ciudadana, como el mximoespacio para la deliberacin pblica entrelas ciudadanas y los ciudadanos, a n de or-talecer sus capacidades colectivas de inter-locucin con las autoridades, de rendirinormes sobre las actividades, para cono-cer y pronunciarse sobre el presupuestoparticipativo