Herramientas legales para la prevención de los delitos

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Herramientas legales para la prevención de los Delitos Informáticos en Colombia Heidy Balanta Abogada. Especialista en Derecho Informático y Nuevas Tecnologías

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Herramientas legales para la prevención de los Delitos Informáticos

en Colombia

Heidy BalantaAbogada. Especialista en Derecho Informático y Nuevas Tecnologías

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Marco Legal

• Ley 527 de 1999• Ley 1266 de 2008• Ley 1273 de 2009• Ley 1480 de 2011• Circular 052 de 2007 SIF• CONPES 3701

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Conceptos a tener en cuenta

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Mensaje de datos

La información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefaxArtículo 2. Ley 527 de 1999

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Validez jurídica de los mensajes de datos

No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón de que esté en forma de mensaje de datos. Artículo 5. Ley 527 de 1999

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Dato Personal

Es cualquier pieza de información vinculada a una o varias personas determinadas o determinables o que puedan asociarse con una persona natural o jurídica. Los datos impersonales no se sujetan al régimen de protección de datos de la presente ley. Cuando en la presente ley se haga referencia a un dato, se presume que se trata de uso personal. Los datos personales pueden ser públicos, semiprivados o privados.Artículo 3. Ley 1266 de 2008

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DATO

PER

SO

NA

LPublico

Semiprivado

Privado

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Definiciones• Dato público. Es el dato calificado como tal según los mandatos

de la ley o de la Constitución Política y todos aquellos que no sean semiprivados o privados, de conformidad con la presente ley. Son públicos, entre otros, los datos contenidos en documentos públicos, sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidos a reserva y los relativos al estado civil de las personas

• Dato semiprivado. Es semiprivado el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general, como el dato financiero y crediticio de actividad comercial o de servicios a que se refiere el Título IV de la presente ley.

• Dato privado. Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular.

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¿Qué sucede con todas las definiciones

anteriores?

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LEY 1273 DE 2009

«Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.»

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Tipos Penales

1. Acceso abusivo a un sistema informático.2. Obstaculización ilegítima de sistema

informático o red de telecomunicación.3. Interceptación de datos informáticos4. Uso de software malicioso5. Violación de datos personales6. Suplantación de sitios web para capturar

datos personales7. Hurto por medios informáticos y

semejantes.8. Transferencia no consentida de activos

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HERRAMIENTAS JURÍDICAS PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS INFORMÁTICOS

• Políticas Públicas y Legislación• Contrato• Formación y capacitación

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1. Políticas Públicas y Legislación

• Convenio sobre la Ciberdelincuencia. Budapest

• Documento CONPES 3701 Lineamientos de Política para la ciberseguridad y ciberdefensa

• Ley 1273 de 2009• Circular 052 de 2007 SIF

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2. Contractualmente

• Políticas de Seguridad de la Información

• Anexo a los contratos (de trabajo) (de tratamiento de datos) (outsourcing) – Clausulas de confidencialidad de la

información– Protección de datos personales– Adopción de medidas de seguridad – Uso adecuado de herramientas

tecnológicas

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3. Continua capacitación

• Capacitación sobre:– Legislación vigente– Documentar casos reales– Buenas practicas – Formación con lenguaje coloquial

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@heidybalanta

GRACIAS