HISTORIA DEL DERECHO - FILOSOFIA DEL DERECHO
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HISTORIA DEL DERECHO
FILOSOFIA DEL DERECHO
ALUMNA: KATHERINE POTOSI H.
NIVEL: 7mo.
IBARRA-ECUADOR.
HISTORIA DEL DERECHO.
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO.
Para estudiar los antecedentes del derecho, primero debiéramos hacer una recapitulación
a lo largo de la historia de cómo ha evolucionado el derecho y las razones por las que ha
ido cambiando.
La historia del Derecho está estrechamente relacionada con el desarrollo de las
civilizaciones y se fija en el contexto más amplio de la historia social. Muchos juristas e
investigadores de la historia del Derecho han visto en la historia jurídica un camino más
contextualizado y en consonancia con el pensamiento de los historiadores sociales.
Siempre han buscado dentro de las instituciones jurídicas complejos sistemas de reglas,
de códigos de conducta, y elementos que interactúan con la sociedad para lograr
cambios, promover o adaptar determinados aspectos de la sociedad civil. Estos
historiadores han tenido que investigar, utilizando métodos estadísticos, analizando toda
clase de distinciones entre litigantes. Es al analizar todos estos resultados cuando es
posible organizar de una manera coherente los procedimientos y escritos, que otorgan
esa imagen de complejidad, y que logran por último cumplir su razón de ser. Un
resultado justo que comparta toda la sociedad.
Evolución de la disciplina. Los propios historiadores del Derecho han realizado una
meta-análisis histórica sobre el devenir de la Historia del Derecho. De esta manera
parten desde el momento en que adquiere la categoría de ciencia, gracias quizás a la
inmensa labor de los historiadores alemanes del siglo XIX, hasta la época actual. En
sus inicios, la Historia del Derecho no era más que una especialización de la Historia
general, de manera que se utilizaría el método histórico-crítico propio de la ciencia
histórica. Tal consideración se mantendría estable hasta que Alfonso García-Gallo
escribiera su crítica, compuesta por una serie de observaciones que destacaban la
problemática de considerar a la Historia del Derecho como una ciencia histórica.
HISTORIA DEL DERECHO.
La Historia del Derecho se ocupa de la «historia de la formulación, aplicación y
comentarios del Derecho, y la historia de las instituciones sociales reguladas por él». De
esta manera, se integra la historia del mundo del derecho, obtenida de los textos
jurídicos, y la historia de las instituciones, bien sean públicas o privadas. La naturaleza
propia de la Historia del Derecho como disciplina hace que haya de situarse entre otras
dos grandes ramas del saber, como son la Historia y el Derecho, habiéndose llegado a
afirmar que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo considerado
buen historiador entre los juristas y buen jurista entre los historiadores. De esta manera,
la Historia del Derecho ha tenido la necesidad de elaborar una justificación que sustente
su propia existencia, así como su independencia del resto de disciplinas. La disciplina se
imparte mayoritariamente en las facultades de Derecho.
EL DERECHO COMO CIENCIA.
Para que haya ciencia hace falta una esfera científica delimitada, y un método científico.
Para estudiar esta asignatura hay que hacer un estudio de cada período histórico. Las
fuentes histórico-jurídicas, en un principio, harían referencia exclusiva a la ley. Tal
atribución procede de la concepción racionalista asentada en el siglo XVII. No obstante,
a lo largo de los dos siglos siguientes, una serie de corrientes científicas europeas
incluirían dentro de las fuentes directas a la costumbre, las sentencias judiciales y la
doctrina jurídica.
ESPECIFICACIÓN MATERIAL.
Existe unanimidad a la hora de precisar con claridad el ámbito material del que se ocupa
la Historia del Derecho. A priori se dice que la norma moral queda excluida. En lo
referido a los usos sociales, existe mayor desacuerdo, pese a que la mayor parte de la
historiografía jurídica toma su base en la distinción realizada por Ortega y Gasset entre
usos sociales "fuertes" y "débiles".
Por otro lado, también se ha intentado establecer la frontera de la norma jurídica
basándose en su coactividad. No obstante, es un planteamiento que no acaba de resolver
el problema, pues excluiría de la Historia del derecho a campos jurídicos tan evidentes
como el derecho internacional por no existir una fuerza coactiva válida para restablecer
la juridicidad. Por otro lado, existen multitud de casos en los que una norma coactiva
tiene de ninguna manera carácter jurídico, como por ejemplo la norma que obliga a
mantenerse dentro de un canon de belleza, seguramente.
La postura mayoritaria trata de distinguir el campo de actuación de la Historia del
Derecho dentro de las normas cuya violación es perseguida por el grupo social
organizado mediante coacción. Otros autores van más allá, y aportan una serie de rasgos
que consideran indiciarios para la existencia de materia jurídica. Así, puede
considerarse que las consecuencias derivadas de la infracción de la norma que incluyan
una "conducta distinta y clara del infractor, modificaciones en el rango jurídico-social o
la satisfacción de una pena" son, en principio, norma jurídica.
ESPECIFICACIÓN ESPACIAL.
Tradicionalmente, se ha hecho la distinción entre Historia del Derecho interna y externa.
De esta manera, el objeto habitual de la Historia del Derecho de cada país suele ser el
mundo jurídico de ámbito nacional. No obstante, también se ha pretendido realizar una
Historia Universal del Derecho. En este sentido, el primer intento sólido de elaborar una
historia supranacional del Derecho fue realizado por Heinrich Mitteis en 1891, con
su Derecho imperial y popular en las provincias orientales del Imperio romano. Aquí se
intentó realizar una historia global del derecho utilizando fuentes romanas, griegas,
egipcias, así como en menor cantidad, usando fuentes de pueblos orientales. Pese a ello,
cabe señalar que la obra de Mitteis no tendría un carácter plenamente universal, sino
que adoptaría una posición intermedia, en la que ampliaba el ámbito geográfico a un
nivel supranacional, pero no llegaba a abarcar una Historia global.
Hay que señalar que pese a que en la actualidad la Historia del Derecho Universal y
el Derecho comparado se hallan diferenciados con claridad, debido a que éste último se
centra en el análisis de sistemas jurídicos vigentes, hubo un tiempo en que ambas
disciplinas se confundían. Así, hemos heredado de la escuela comparativa francesa el
término "analogías chocantes" (analogies frappantes), que hacía referencia a situaciones
jurídicas similares entre culturas y ordenamientos extremadamente distantes entre sí,
tanto cronológica como espacialmente.
Hay que destacar que en la actualidad, el deseo de elaborar una Historia Universal del
Derecho plantea los mismos problemas que los proyectos de elaborar una Historia
Universal general. Pese a ello, los intentos por elaborar una Historia del Derecho con un
carácter cada vez más supranacional se han intensificado en los últimos tiempos. En
Europa, por ejemplo, se está avanzando rápidamente gracias, entre otras cosas, a la
creación de cátedras de Historia del Derecho europeo comparado, o al esfuerzo
realizado por instituciones de gran prestigio, como el "Instituto Max Planck de Historia
del Derecho Europeo" de Fráncfort, o el Centro di Studi per la Storia del Pensiero
Giuridico Moderno de la Universidad de Florencia.
ESPECIFICACIÓN CRONOLÓGICA.
La periodificación, o agrupación de los diversos hechos históricos por etapas, realizada
por los historiadores no puede extrapolarse tal cual al mundo jurídico, debido en parte a
las peculiares características que imponen la distinta evolución de los sistemas
iusnormativos. De esta manera, dentro de la Historia del derecho, se han delimitado tres
métodos de análisis histórico:
Método histórico o cronológico: Su análisis comienza realizando una separación de
los hechos históricos en distintos periodos, y con base en tal división, investiga los
diferentes ordenamientos jurídicos.
Método sistemático: Establece que ha de comenzarse el análisis partiendo de una
división de sistemas jurídicos, para posteriormente situar el hecho histórico en la
etapa correspondiente.
Método mixto: Similar al método cronológico, aunque su estudio parte de situar
distintas etapas para cada rama del saber jurídico, de manera que no se sitúa
plenamente dentro de ninguno de los métodos anteriores, siendo así fruto de un
planteamiento sincrético.
UN VISTAZO A LOS ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS
Originalmente, los individuos tenían derechos sólo por pertenecer a un grupo, como una
familia o clase social. Entonces, en el año 539 a.C., Ciro el Grande, tras conquistar la
ciudad de Babilonia, hizo algo totalmente inesperado: liberó a todos los esclavos y les
permitió volver a casa. Aún más, declaró que la gente tenía derecho a escoger su propia
religión. El cilindro de Ciro, una tablilla de arcilla con estas proclamaciones inscritas, se
considera la primera declaración de derechos humanos en toda la historia.
La idea de los derechos humanos se difundió rápidamente hasta India, Grecia y
finalmente Roma. Los hitos más importantes incluyeron:
1215: La Carta Magna, que dio a la gente nuevos derechos e hizo que el rey estuviera
sujeto a la ley.
1628: La Petición de Derechos, que estableció los derechos de la gente.
1776: La Declaración de Independencia de los Estados Unidos, que proclamaba el
derecho a la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.
1789: La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, un documento
de Francia que establecía que todos los ciudadanos son iguales ante la ley.
1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer documento que
proclama los 30 derechos a los que todo ser humano tiene derecho.
Sin duda este tema es uno de los más importantes ya que de aquí en adelante se va
escribiendo una página más de los nuestros derechos, no solo para que nos respeten sino
para respetar a los demás.
FUENTES DE LA NVESTIGACION.
LARREA HOLGUÍN, JUAN IGNACIO; MANUAL DE HISTORIA DEL DERECHO
EN EL ECUADOR.
JOVENES UNIDOS POR LOS DERECHOS HUMANOS.
HISTORIA DEL DERECHO, FUENTES E INSTITUCIONES POLÍTICAS.