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Nueva época, No. Extraordinario Guatemala noviembre de 2006 Pobreza y derechos humanos BBC

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Nueva época, No. Extraordinario Guatemala noviembre de 2006

Pobreza yderechos humanos

BBC

2 / noviembre 2006, No. Extraordinario

Secretario general de FLACSOFrancisco Rojas Aravena

San José, Costa RicaCONSEJO ACADÉMICO DE FLACSO-GUATEMALA

Víctor Gálvez Borrell-directorClaudia Dary / Virgilio Álvarez / Oscar López / Luis F. Mack

Virgilio Reyes / Simona V. Yagenova

Publicación mensual de FLACSO-Guatemalay elPeriódico

Edición: Víctor Gálvez Borrell;coordinación y diagramación: Hugo de León P.

Tel. PBX (502) 2362-1431 Fax: (502) 2332-6729Correo electrónico: [email protected]

Página web: http://www.flacso.edu.gt

Esta publicación es posible gracias al apoyofinanciero de ASDI/SAREC

30,000 ejemplares

IntroducciónIntroducciónIntroducciónIntroducciónIntroducción

Ana Gabriela Contreras García*

La pobreza ha sido considerada como unaimportante violación a los derechos humanos. Elloporque es universalmente reconocido el principiode que todo ser humano tiene el derecho a viviren condiciones aptas para su desarrollo integral,lo que incluye el acceso a recursos materiales parallevar una vida digna. Esta premisa ha funda-mentado innumerables programas, políticas ydiscursos, cuyo impacto real resulta cuestionabley cuyo efecto ha sido “vaciar” de contenido el

discurso de los derechos humanos y poner en entredicho su aplicabilidada casos concretos. ¿Por qué habría de ser útil un enfoque de derechoshumanos para entender ycombatir el fenómeno de lapobreza en Guatemala? ¿Quédiferencia hace un análisisdesde esta perspectiva en unasociedad donde los derechosno se conocen, no se ejercen,no se respetan y se arrebatanimpunemente? ¿Cuál es el valorde un enfoque de derechoshumanos que aborda la po-breza, en un contexto en don-de el derecho más vulneradoes la vida misma?

En este marco tan pocoalentador, que no es ajeno asituaciones también comunesen otras latitudes, el reto deanalistas y académicos con-siste en ubicar el enfoque dederechos humanos, con suspotencialidades y debilidades, dentro de las nuevas fronteras de lainvestigación sobre pobreza. Ello, para discutir en qué medida elconocimiento producido y acumulado por los trabajos elaborados dentrode tal tendencia, contribuyen al diseño y ejecución de políticas y accionesefectivas para el combate a la pobreza.

El reto entonces, es preguntarse por el aporte del enfoque dederechos humanos en la identificación de los procesos que producen yreproducen la pobreza. Tal como Else Oyen lo ha afirmado, la pobrezano es un fenómeno natural, es el producto de complejos e intrincadosprocesos en que las violaciones a derechos humanos están presentescomo parte, pero también como resultado de tales procesos.

Relación entre pobreza y derechos humanos

Por derechos humanos entenderemos en este artículo, las facultadeso atributos inherentes a la personalidad del ser humano, necesariaspara su desarrollo integral, que independientemente de su recono-cimiento formal por un Estado, tienen existencia y validez universal.Para su operativización y exigibilidad frente a actores concretos, estasfacultades o atributos se han consagrado en instrumentos legalesnacionales e internacionales. Debe quedar claro, sin embargo, que lacodificación de estos derechos en cuerpos jurídicos, tiene naturalezaúnicamente declarativa, no constitutiva, por lo que facilitan su exigibilidad.

Para comprender de ma-nera adecuada este enfoque,es necesario partir señalando,aún en una forma minimalista,la compleja pero indisolublerelación existente entre ne-cesidades y derechos, lo quese expresa de muy variadasformas. Por ejemplo, el dis-frute de un derecho es im-posible sin la satisfacción denecesidades mínimas y vice-versa. Esto puede ser anali-zado desde otro ángulo cuan-do se afirma que la insa-tisfacción de una necesidadbásica deriva del déficit en elejercicio efectivo de un de-recho. Por ejemplo, el niñoque se incorpora al mercadode trabajo en condiciones

extremas, debido a la necesidad inmediata de alimentarse, tiene detráscausas de naturaleza más profunda, identificadas con el déficit en elejercicio de derechos tales como el acceso de los padres a la educación,al crédito, a un puesto de trabajo, al poder de decisión sobre los alimentosy otros recursos.

Por otra parte, la satisfacción de las necesidades humanas, es en símisma un derecho, principio en cuya aceptación descansan tanto losEstados individualmente considerados, como los organismosinternacionales que han admitido en sus normas constitutivas estarconfigurados para la protección de la persona y la garantía desatisfacción de sus necesidades.

* Abogada y Notaria por la Universidad Rafael Landívar (URL), estudios de maestría enderechos humanos en la misma Universidad, diploma en Derechos de las mujeres y teoría degénero por la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC). Ex becaria del Programa deestudios multidisciplinarios sobre pobreza de la FLACSO-Guatemala.

BBC

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Una tercera expresión de la relación entre derechos y pobreza esque la gran mayoría de derechos codificados y en especial los derechoshumanos, son el reflejo de una serie de necesidades humanas querequieren ser satisfechas. Ejemplo de esto es la consagración de losderechos laborales, que surgen a partir de necesidades reclamadaspor los trabajadores, quienes históricamente han luchado para lograrmejoras en las condiciones de trabajo, las que sólo han podido exigirsecoercitivamente, al estar contempladas en normas legales.

Explorando las relaciones entre derechos y necesidades, vale lapena señalar la contribución formulada por Amartya Sen mediante laTeoría de las capacidades y su comprensión de la pobreza como déficitde capacidades y derechos. Según el autor, se puede definir la pobrezacomo la incapacidad de adquirir las habilidades y capacidadesnecesarias para salir de la situación de privación en que un individuo seencuentra. De acuerdo con Sen, el conjunto de capacidades en poderde una persona determina sus oportunidades de salir de la pobreza yvivir mejor. Las capacidades comprenden todo lo que una persona esapta de hacer o tener. Estar bien nutrido, escribir y comunicarse, tomarparte de la vida comunitaria, forman parte de estas capacidades. Elnúmero de opciones que las personas tienen y la libertad de elecciónsobre estas opciones también contribuye al bienestar humano. Siguiendoesta perspectiva, el bienestar se incrementará cuando las personasestén en el pleno ejercicio de sus derechos, y cuando sus necesidadeshumanas estén satisfechas, dado que es esto lo que permitirá adquirircapacidades para vivir en bienestar.

Los antecedentes señalados, al ser considerados desde una ópticapolítico-jurídica, han sido redefinidos en las últimas décadas, desde laperspectiva del Derecho internacional, de los derechos humanos y delos sistemas universales y regionales de protección de los mismos. Elloha configurado uno de los enfoques más holistas para el abordaje delfenómeno de la pobreza. La protección de naturaleza sustantiva queprovee esta rama del Derecho, constituye hoy en día, el marco másdesarrollado y completo en cuanto a reconocimiento de las condicionesde dignidad en que debe desarrollarse la vida humana. En este sentido,es posible afirmar que pocos enfoques sobre la pobreza alcanzan aabarcar –como sí lo hace el enfoque de derechos humanos– unaprotección en contra de cualquier privación o carencia a distintos niveles,éstos van desde la garantía de bienestar individual (normas que protegenlos derechos civiles y políticos), pasando por la garantía de bienestarcolectivo (normas que protegen los derechos económicos, sociales yculturales), hasta llegar a las garantías establecidas para los grupossociales más vulnerables (normas que garantizan el respeto, protección

y promoción de los derechos de los pueblos indígenas, de la niñez, dela mujer, etc.).

Tanto la Declaración Universal sobre Derechos Humanos como elPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el PactoInternacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales coincidenen sus preámbulos, en la necesidad de liberar al hombre de la miseria ygarantizan el derecho a un nivel de vida digno, además de sualimentación, salud, educación y, en general, a condiciones idóneaspara el pleno ejercicio de la ciudadanía. Sin embargo, ninguno de losprincipales instrumentos en materia de derechos humanos emanado deNaciones Unidas, se refiere específicamente al término “pobreza”, locual ocurre también en la Declaración sobre Derecho al Desarrollo.

Si bien el Sistema de Protección Universal de los DerechosHumanos, ha mantenido desde 1945 en su agenda, la discusión sobrelas múltiples facetas de las carencias y las privaciones, no es sino hasta1990 que la Comisión de Derechos Humanos, en su resolución 1990/15, pidió a la Subcomisión de Promoción y Protección de los DerechosHumanos que estudiara esta cuestión. Para ello se nombró un Relatorespecial sobre derechos humanos y extrema pobreza, que publicó suinforme final en 1996 (E/CN.4/Sub.2/1996/13). Este estudio constituye elprimer análisis amplio de la pobreza, vista desde la óptica del Derechointernacional de los derechos humanos. Al año siguiente, se proclamóel Primer Decenio de las Naciones Unidas para la Erradicación de laPobreza (1997-2006).

Más recientemente, la Declaración del Milenio, utilizó espe-cíficamente el término “pobreza”, estableciendo la meta específica deerradicarla y reducir a la mitad el número de personas con ingresosinferiores a un dólar de EE.UU. diario, para el año 2015. Adicionalmentea ello, su contenido está íntimamente ligado con la superación de lasmúltiples facetas de la pobreza.

Con base en estas conceptualizaciones, Naciones Unidas haformulado un marco teórico y una serie de principios que, aunqueinacabados, orientan sobre las relaciones existentes entre los derechoshumanos y la pobreza.

Una cuestión fundamental para entender los derechos humanos ysu relación con la pobreza, es delimitar quién está obligado agarantizarlos y a protegerlos, y quién está facultado a exigir sucumplimiento. En este sentido, la teoría clásica de los derechos humanos

David Parra

Patricia Anariva

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afirma que éstos son esencialmente, una normativa que protege a laspersonas frente a los Estados, y que son éstos los responsablesexclusivos para cumplirlos y vigilar su respeto. Visto el Estado comoúnico representante legítimo del bien común, éste es el garante de losderechos de sus ciudadanos; por tanto, el único que puede ser requeridoen caso de violación de los mismos. La teoría clásica afirma que si seaceptara una responsabilidad de actores ajenos al Estado por presuntasviolaciones de derechos humanos, tendría que aceptarse también laexistencia de una fuerza distinta de la del Estado, para garantizarlos(Huhle, 1993: s/p). Más recientemente, la doctrina ha empezado aestudiar la viabilidad de considerar dos casos en los que sujetos distintosal Estado violan los derechos humanos, tal es el caso de los gruposarmados organizados y los casos de quienes cometen violenciaintrafamiliar.

A pesar de las doctrinas predominantes y del reconocimiento deque los Sistemas de Protección de Derechos Humanos se configuraronbajo la premisa de que el Estado era el único capaz de garantizarlos –y por ende de violarlos–, es imposible obviar el hecho de que hoy díacoexisten una multiplicidad de sujetos no estatales, tales como lascorporaciones transnacionales, cuyo poder fáctico compite o supera aldel Estado, existiendo en éstos capacidad plena, tanto para garantizarderechos, como para transgredirlos, siendo evidente la preeminenciade su poder frente a la debilidad estatal.

La utilidad del enfoque de derechos humanos

Entre los aportes del enfoque de derechos humanos sobre la pobreza,pueden considerarse, por lo menos, los siguientes:

! Primero: visibilizar al ser humano que vive en pobreza yen extrema pobreza como sujeto de derecho; por lo tanto,dotado con facultad de exigir al Estado el establecimiento decondiciones mediante las cuales pueda tener acceso amedios materiales que le permitan satisfacer sus necesidades.Esta concepción deja por fuera la obsoleta idea de los pobrescomo sujetos de obras sociales y de caridad, y los convierte

en actores de su propia historia, otorgándoles un estatus decontraparte frente a otros.

! Segundo: El enfoque de derechos humanos hace aportesal estudio y abordaje del fenómeno de la pobreza, a travésde categorías antes desvinculadas de este fenómeno, entreellas: obligación, responsabilidad, violación, víctima orestitución, categorías que otorgan facultades o compromisosa favor y a cargo de sujetos determinados.

! Tercero: El enfoque de derechos humanos coadyuva a laidentificación de las responsabilidades de los actoresrelacionados con la pobreza, particularmente en el caso delEstado, cuyas obligaciones positivas y negativas en lageneración de condiciones adecuadas para tener acceso amedios materiales adecuados para la vida en dignidad,aparecen en forma explícita y abierta con esta perspectiva.

Atendiendo la metodología planteada por Else Oyen –en relacióncon los procesos de producción y reproducción de la pobreza– laperspectiva de derechos permite afirmar que quien participa con accionesu omisiones concretas en procesos que producen y reproducen lapobreza, viola un derecho humano, incurre en responsabilidad nacionale internacional y, por ende, está obligado a hacer cesar el daño yrepararlo e incluso garantizar su no repetición. La identificación de lasviolaciones a derechos humanos en los procesos de producción yreproducción de la pobreza, no sólo permiten la deducción de laresponsabilidad, sino que pueden favorecer la limitación y la reversiónde los procesos de reproducción de la pobreza.

La aplicación práctica del enfoque de derechoshumanos a la pobreza

El antecedente inmediato y más desarrollado dentro de este abordajede la pobreza, es el análisis de los derechos humanos en el ámbito dela política pública. El mismo encontró un sólida alianza con la teoría delas capacidades y habilidades de Amartya Sen, el que, al combinarse

Erwin Cardona

Álvaro Cuevas

noviembre 2006, No. Extraordinario/ 5

con los criterios de los sistemas universales y regionales de proteccióna los derechos humanos, resultó ser una herramienta útil para el diseñoy ejecución de tales políticas. No obstante, cabe resaltar, que suutilización ha sido más discursiva que práctica. Esta línea puedeidentificarse como la más desarrollada dentro del marco de los derechoshumanos, pero no es la única.

Como expresión de otra vertiente del enfoque de los derechoshumanos en el contexto de la pobreza, encontramos la idea de lajusticiabilidad o reclamo jurisdiccional de los derechos humanos en losámbitos nacional e internacional, por la ausencia de condicionesadecuadas para la vida humana. Este reclamo jurisdiccional buscarestituir el equilibrio en favor de la persona o del grupo empobrecido,amparado en un derecho humano violentado, mediante una resoluciónjudicial que tienda a garantizar la prestación de un servicio, la cesaciónde una acción u omisión que produce o reproduce pobreza o elrestablecimiento del equilibrio de derechos en casos específicos. Estaúltima línea, abarca aspectos de aplicación procesal en los sistemasnacionales e internacional de protección de los derechos humanos. Enlos estudios de esta naturaleza, sepone énfasis en el aspecto emi-nentemente jurídico de los de-rechos humanos, lo que implica unanálisis sustantivo o de contenidode éstos y un análisis adjetivo oprocesal, referido a la forma oprocedimiento existente para hacerconcretos los mismos, así como delas instituciones relacionadas con talposibilidad.

A una tercera vertiente per-tenecen aquellos análisis queintentan –como lo hace PierreSané– acercar la pobreza a loscrímenes de lesa humanidad, envirtud de su carácter continuo,sistemático y generalizado, lo quehoy día puede parecer una ideautópica como lo fue en su momentola abolición de la esclavitud.

Los cuestionamientosal enfoque de los

derechos humanos yla pobreza

Se ha cuestionado ampliamente que los derechos humanos estánrelacionados con una idea de necesidades y dignidad, que puede variarsustancialmente de acuerdo con la cultura, el momento histórico y lapersona. Manfred Max Neef planteó en la década de 1980, en su Teoríasobre el Desarrollo a Escala Humana, que tales necesidadesfundamentales son finitas, pocas y clasificables bajo categoríasaxiológicas y existenciales y, en consecuencia, son las mismas en todaslas culturas y en todos los períodos históricos. Son entonces, lossatisfactores o los medios utilizados para satisfacer las necesidades losque varían según tiempo y espacio. La idea de Max Neef sobre el carácterfinito de las necesidades es perfectamente congruente con la aplicacióndel tema de los derechos humanos a la pobreza, toda vez que hayconsenso en en el sentido que, a pesar de las diferencias culturales,políticas, sociales y económicas, hay derechos que le corresponden alser humano de manera incuestionable, y que tienen naturaleza universale indivisible.

El análisis de la pobreza a partir de los derechos humanos ha sidoobjeto de críticas. Una de las razones de tal crítica es la supuestaausencia de contenido de los derechos o falta de concreción,especialmente de los económicos, sociales y culturales. Respecto deello, importantes aportes de juristas sudamericanos como Abramovich yCourtis nos recuerdan que esta ausencia de contenido, debe ser suplidapor procesos de determinabilidad semántica y fáctica; es decir, porprocesos mediante los cuales, los jueces en la aplicación de la ley acasos concretos, determinen el contenido de dichos derechos. Elloporque las posibilidades de aplicabilidad de un derecho humano a uncaso concreto no son infinitas, sino que exigen medidas concretas atomar. El contenido de los derechos económicos, sociales y culturalestambién puede desarrollarse por la vía legislativa y reglamentaria, ycomo señalan los autores antes indicados, la obsesividad en el desarrollodel derecho a la propiedad (por citar sólo un ejemplo), demuestra elcamino que cualquier otro derecho podría seguir en función de sudesarrollo normativo y efectiva aplicabilidad.

Sin lugar a dudas, uno de los mayores retos que enfrenta la tendenciaanalítica relacionada con los dere-chos humanos, es la contradicciónentre el paradigma de derechoshumanos y el paradigma neoliberal,en función del cual, la idea de laintegralidad e indivisibilidad de losderechos humanos –es decir la ideade que se puede gozar simul-táneamente de derechos civiles ypolíticos y de derechos económicos,sociales y culturales, que es fun-damental en el enfoque– se vemermado por la preeminencia de unexacerbado ejercicio de la libertadindividual por sobre cual-quier otroderecho. Del mismo modo, desdeel discurso de derechos humanosse aboga por una institucionalidadfuerte y responsable para garantizarel ejercicio integral de los derechoshumanos, incluido el bienestarsocial y las condiciones de vidadignas, mientras en el paradigmacontrastante, la idea prevalecientees la de una institucionalidadmínima, responsable únicamente degarantizar la libertad de mercado yla seguridad.

Las contradicciones del enfoque se expresan también en una especiede tensión o esquizofrenia que padecen los Estados, derivada de loscompromisos contradictorios que adquieren frente a la comunidadinternacional, mediante la suscripción de tratados en distintas materiasque les obligan a diseñar e implementar políticas contradictorias. Así,mientras se acrecientan las demandas sobre los Estados por parte delos organismos que conforman los sistemas universal y regionales deprotección de los derechos humanos para garantizar condiciones devida dignas y reducción de la pobreza, se incrementan también lasexigencias de los organismos financieros multilaterales y se obliga a losEstados a involucrarse en procesos que reproducen la pobreza,violentando las obligaciones que adquieren en materia de derechoshumanos.

A manera de conclusión, se puede afirmar que el enfoque dederechos humanos sobre la pobreza constituye uno de los más ampliossobre el fenómeno, puesto que en virtud de los principios de integralidade indivisibilidad de tales derechos, es posible abarcar la multi-dimensionalidad de la pobreza. El Derecho internacional de los derechos

Manuel Larrea

6 / noviembre 2006, No. Extraordinario

humanos provee un marco amplio y suficientemente desarrollado, encuanto a derechos sustantivos para la protección de la vida humana ysu desarrollo en dignidad, y se encuentra en este momento ante losdesafíos de su operativización.

El enfoque mencionado, es capaz de aportar elementos concretosa ser incorporados con una visión multidisciplinaria y polifacética endistintos ámbitos de acción institucionales y sociales. La flexibilidad delenfoque permite su adaptación a situaciones de prevención, pero tambiénde intervención concreta, desde el contexto de la política pública, hastael ámbito de la administración de justicia, pasando por el fortalecimientode los sujetos empobrecidos, organizados en colectividades oindividualmente considerados. Su aplicación tiene la ventaja de fortalecerla perspectiva institucional, pero al mismo tiempo, de favorecer el ejerciciode la ciudadanía individual y colectiva, respetando las diversidades.

Las nuevas fronteras en la investigación y combate a la pobrezanos obligan a demostrar la relación simbiótica entre ejercicio de derechoshumanos y superación de la pobreza. Ello lleva igualmente a operarcambios concretos en situaciones evidenciadas mediante lainvestigación, como situaciones que pasan por una legislacióndiscriminatoria, instituciones y procedimientos dentro del sistema dejusticia inaccesibles para los pobres, omisiones y acciones del Estado yotros sujetos, que violan el derecho a gozar de un nivel de vida adecuadode sus habitantes, entre muchas otras situaciones.

Los cambios que pueden generarse a partir del enfoque anteriorson innumerables; la clave está en no dejar que el discurso de derechoshumanos sea capturado para disfrazar iniciativas que no los promueven.

Entre los resultados positivos de apostar a esta tendenciainvestigativa, resalta la posibilidad de evidenciar cómo detener y revertirlos procesos que producen y reproducen la pobreza, incluso los nointencionales y los más silenciosos, en los cuales por acción o por omisión,los Estados y la comunidad internacional, tendrán siempre una parte deresponsabilidad.

Múltiples retos quedan pendientes para desarrollar el enfoque, entreéstos, la equiparación de los mecanismos de deducción deresponsabilidad, así como de vigilancia y protección de derechoseconómicos, sociales y culturales con los mecanismos establecidos paralos derechos civiles y políticos, en virtud del principio de integralidad eindivisibilidad, evitando toda diferenciación entre ambas categorías queimpida que derechos –como el no padecer hambre– quede enimposibilidad de reivindicarse. Otro reto es la posibilidad de existenciade un órgano jurisdiccional de protección de derechos humanos paraactuar de oficio, sin requerimiento de parte (sin necesidad de denuncia)en casos extremadamente graves y flagrantes, en que las condicionesrequieran decisiones judiciales que hagan cesar la violación de derechoshumanos, la restitución en el goce del derecho e impida la repetición dela violación; por ejemplo, los casos sistemáticos y continuados de pobrezaextrema y hambrunas. Finalmente, el estudio analítico de las nuevassubjetividades jurídicas internacionales y las redes que éstas conforman,imponiendo una nueva dinámica sobre los marcos tradicionales quepermiten entender las violaciones de derechos humanos, a efecto deestablecer las calidades, responsabilidades, derechos y sanciones quees posible atribuir a los nuevos actores en el escenario internacional.

En un contexto en donde el derecho más vulnerado es la vida, tantopor la violencia imperante, como por el hambre, vale la pena explorarestas alternativas, cuando todas las demás han demostrado efectoslimitados.

Bibliografía

Max-Neef, Manfred. 1994 (1994) Desarrollo a Escala Humana. Conceptos, aplicacionesy algunas reflexiones. (Barcelona: Redire)

Oyen, Else s/a Producción de la Pobreza. Un enfoque diferente para comprender lapobreza s/e Traducción libre de Ileana Monterroso.

Sen, Amartya. 1973 (1997). La Desigualdad Económica. (México: Fondo de CulturaEconómica)

Sen, Amartya 2000 (2000) Social exclusion: concept, application and scrutinity Socialdevelopment papers No. 1 (Manila: Asian Development Bank)

noviembre 2006, No. Extraordinario/ 7

El Área de estudios de pobreza de FLACSO-Guatemala está llevandoa cabo los Diálogos sobre pobreza y derechos humanos, una

actividad impulsada en cooperación con ActionAid InternationalGuatemala, y con el apoyo de la Agencia Sueca de CooperaciónInternacional para el Desarrollo, ASDI.

Los Diálogos consisten en un certamen de ponencias sobre el temade derechos humanos y pobreza, cuyos trabajos deberán entregarseantes del 24 de noviembre. Además, tres seminarios y foros públicosregionales que se celebrarán en las ciudades de Huehuetenango,Chiquimula y Cobán los días 27 y 29 de noviembre y 1 de diciembre,respectivamente. Finalmente, los días 4, 5 y 6 de diciembre se realizaránseminarios y foros públicos en la ciudad capital.Entre los conferencistas estarán:

Internacionales: Sra. Helga Serrano (ACJ-YMCA), Ecuador; Dr. MarceloMedeiros (PNUD-IPEA), Brasil; Dr. Camilo Pérez Bustillo (UACM), México;Sr. Roberto Bissio (ACTIONAID-AMÉRICAS); Sr. Faustino Torrez (VÍA

CAMPESINA), Honduras; Dr. Neptalí Monterroso (UAEMEX),México.Nacionales: Mtra. Irma Yolanda Ávila, Programa de lucha contra lasexclusiones (Unión Europea); Dra. Karin Slowing, coordinadora delInforme Nacional de Desarrollo Humano (PNUD); Mtro. Edgar Gutiérrez,director de la Fundación DESC; Lic. Frank La Rue Lewy, comisionadopresidencial (COPREDEH); Dr. Sergio Morales. procurador de los DerechosHumanos, Monseñor Alvaro Ramazzini, presidente de la ConferenciaEpiscopal de Guatemala (CEG); Lic. John Kraker,Programa Nacional deResarcimiento;Mtro. Óscar A. López Rivera (FLACSO-Guatemala); Sr.Aparicio Pérez (CNOC); Licda. Elizabeth Quiroa (CLADEM);Lic. Carlos

Diálogos sobre pobreza y derechoshumanos,

Barreda (CIIDH-COS); Sr. Edgar Ortíz, representante del Foro PartidosPolíticos; Sr. Sergio de la Torre, presidente del CACIF; Licda. PatriciaOrantes Thomas, secretaria de SEGEPLAN; Sra. Beatriz Villeda; Sr. RobertoCabrera (SESAN); Dr. Miguel Ángel Reyes; Antropóloga Megan Thomas,del Centro de Estudios de Frontera de Guatemala, CEDFOG; Mtro. EdgarPape.

El 9 de noviembre, el Área de estudios de pobreza de FLACSO-Guatemala hizo la presentación pública del libro Acción colectiva y

propuesta de los pueblos indígenas ante la pobreza, de la serie dedebates y propuestas sobre la pobreza No. 3. Juan Tzoc, coautor dellibro, hizo la exposición de su ensayo La identidad cultural, el desafío yla pobreza, que forma parte, junto con otras siete ponencias, de estaobra compilada por Óscar A. López Rivera. Saríah Acevedo y VicenteQuino comentaron los textos del libro que está a la disposición en lalibrería de FLACSO-Guatemala.

presentación pública de libro

Juan Tzoc, Saríah Acevedo y Vicente Quino, comentaristas del libro “Acción colectiva ypropuesta de los pueblos indígenas ante la pobreza”.

Público asistente a la presentación de los Diálogos sobre pobreza y derechos humanos.

8 / noviembre 2006, No. Extraordinario

Con esta publicación se busca recuperarparte de la memoria histórica del magisterio

guatemalteco, aquélla que corresponde a lo quese vivió durante los diez años de la Revoluciónde Octubre. Es un trabajo de investigaciónesencialmente anecdótico e histórico, que brindauna aproximación a lo que fueron las visiones,luchas, aciertos y desaciertos del gremiomagisterial.

La colección de Cuadernos de información política se publica condoble intención: apoyar el análisis de la representación democrática,

ligada indisolublemente al funcionamiento de los partidos políticos y,también, como forma de alimentar el debate académico y la formaciónpolítica de futuros investigadores.

Protestas derivadas de las condicionesambientales y los recursos naturales, surgen

como consecuencia de la degradación aceleradade éstos y de sus irreversibles consecuencias.A pesar de ello, en este trabajo se demuestraque no existe una relación directa o mecánicaentre las protestas identificadas en Guatemalay el interés de sus protagonistas por proteger,conservar y/o hacer un manejo adecuado delambiente y los recursos naturales.

En esta publicación se recopilan variasponencias que, con el tema “Alcances y

limitaciones de las políticas públicas ante lapobreza”, fueron presentadas en el En-cuentro internacional La pobreza unproblema de todos, convocado por el Áreade estudios sobre pobreza de FLACSO-Guate-mala.

Las contribuciones de este estudio sonmúltiples: enfoca el tema de la gestión

forestal en el oriente de Guatemala ycontribuye a complementar el trabajo queFLACSO ha venido desarrollando en el Área depoblación, ambiente y desarrollo rural.Llena un vacío en la historia de esta región, alpresentar una reconstrucción histórica delcondeñuazgo. Proporciona datos cuantitativosy cualitativos que pueden servir de línea debase a estudios sobre el impacto de la políticay el manejo forestal.

Los capítulos del libro Juan Hernández Pico,S.J, son una apuesta por la esperanza, en la

lucha por encontrar a Dios en los acontecimientoscruciales del mundo globalizado de hoy.

Q. 60.00

Q. 70.00

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