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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 Pág. 6 B.O.C.M. Núm. 138 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Presidencia, Justicia e Interior 1955 DECRETO 58/2009, de 4 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emer- gencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA). El artículo 10 de la Ley 2/1985, de 21 de enero (RCL 1985/174), de Protección Civil, prevé que los Planes y Programas de Protección Civil de las Comunidades Autónomas y, por tanto, el Plan de Pro- tección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, deberán ser aprobados por el Consejo de Gobierno de las mismas y ser homolo- gados por la Comisión Nacional de Protección Civil. Por Decreto 49/1993, de 20 de mayo (LCM 1993/137), se apro- bó el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Fores- tales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), adaptado a la Direc- triz Básica de Planificación de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales, y que fue homologado por la Comisión Nacional de Protección Civil en reunión celebrada el día 22 de marzo de 1994. Modificaciones que no afectaron a la estructura y organización del Plan, se llevaron a cabo mediante Decreto 65/1994, de 23 de junio (LCM 1994/200); Decreto 66/1997, de 29 de mayo (LCM 1997/191), y Decreto 95/1998, de 4 de junio (LCM 1998/251). Posteriormente, el Decreto 111/2000, de 1 de junio (LCM 2000/314), derogó el anterior Plan de 1998, introduciendo modificaciones sustanciales, al igual que hizo, aunque en menor medida, el Decreto 59/2006, de 20 de julio (LCM 2006/360), que aprobó el hasta ahora vigente Plan de Protec- ción Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA). La aprobación en el momento actual de un nuevo plan, persigue una doble finalidad: En primer lugar, es necesario ajustar el ejer- cicio de competencias al contenido del Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican par- cialmente las competencias y la estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, dado que las competen- cias que correspondían a la Dirección General de Medio Natu- ral en materia de prevención y extinción de incendios forestales pasan a ser ejercidas por la Dirección General del Protección Ciudadana. Por otra parte, se pretende ahondar en la mejora de la operatividad de los diferentes medios y organizaciones inter- vinientes. Este nuevo Plan ha sido informado favorablemente por la Comi- sión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid. Finalmente, y a fin de agilizar en el futuro la adaptación de las re- ferencias integradas en Anexos al Plan que pudiera ser requerida con posterioridad, se faculta al Consejero competente en materia de pro- tección ciudadana para la actualización, mediante orden, de los da- tos que contienen los Anexos. En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su sesión del día 4 de junio de 2009. DISPONE Artículo 1 Aprobación del Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) Se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incen- dios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) y sus Anexos, cuyo texto se inserta a continuación. DISPOSICIÓN DEROGATORIA PRIMERA Derogación del Decreto 59/2006, de 20 de julio, y de normativa relativa al uso del fuego en áreas forestales Se derogan expresamente el Decreto 59/2006, de 20 de julio (LCM 2006/360), por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), y la Orden 1838/2006, de 25 de mayo (LCM 2006/278), por la que se regula el uso de barbacoas en áreas recreativas ubicadas en los montes y terrenos forestales de la Comunidad de Madrid. DISPOSICIÓN DEROGATORIA SEGUNDA Derogación normativa en materia de prevención de incendios Asimismo, se derogan expresamente el Decreto 31/2003, de 13 de marzo (LCM 2003/136), por el que se aprobó el Reglamento de Pre- vención de Incendios de la Comunidad de Madrid, en la parte que queda vigente, así como el anterior Decreto 341/1999, de 23 de di- ciembre (LCM 2000/37), y disposiciones sobre materia regulada en el Reglamento, de igual o inferior rango, existentes a su entrada en vigor. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Habilitación de desarrollo Se faculta al Consejero competente en materia de protección ciu- dadana para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el de- sarrollo de este Decreto en materia de sus competencias, así como para modificar las épocas de peligro de incendios forestales en el te- rritorio de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta las condi- ciones meteorológicas y el método de elaboración del mapa de ries- gos, y para actualizar los datos que contienen los Anexos al Plan. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Entrada en vigor El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publica- ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 4 de junio de 2009. El Consejero de Presidencia, La Presidenta, Justicia e Interior, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA FRANCISCO GRANADOS LERENA

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 6 B.O.C.M. Núm. 138

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

1955 DECRETO 58/2009, de 4 de junio, del Consejo de Gobierno,por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emer-gencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid(INFOMA).

El artículo 10 de la Ley 2/1985, de 21 de enero (RCL 1985/174),de Protección Civil, prevé que los Planes y Programas de ProtecciónCivil de las Comunidades Autónomas y, por tanto, el Plan de Pro-tección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, deberán seraprobados por el Consejo de Gobierno de las mismas y ser homolo-gados por la Comisión Nacional de Protección Civil.

Por Decreto 49/1993, de 20 de mayo (LCM 1993/137), se apro-bó el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Fores-tales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), adaptado a la Direc-triz Básica de Planificación de Protección Civil ante Emergenciaspor Incendios Forestales, y que fue homologado por la ComisiónNacional de Protección Civil en reunión celebrada el día 22 demarzo de 1994.

Modificaciones que no afectaron a la estructura y organización delPlan, se llevaron a cabo mediante Decreto 65/1994, de 23 de junio(LCM 1994/200); Decreto 66/1997, de 29 de mayo (LCM 1997/191),y Decreto 95/1998, de 4 de junio (LCM 1998/251). Posteriormente, elDecreto 111/2000, de 1 de junio (LCM 2000/314), derogó el anteriorPlan de 1998, introduciendo modificaciones sustanciales, al igual quehizo, aunque en menor medida, el Decreto 59/2006, de 20 de julio(LCM 2006/360), que aprobó el hasta ahora vigente Plan de Protec-ción Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Comunidadde Madrid (INFOMA).

La aprobación en el momento actual de un nuevo plan, persigueuna doble finalidad: En primer lugar, es necesario ajustar el ejer-cicio de competencias al contenido del Decreto 102/2008, de 17de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican par-cialmente las competencias y la estructura orgánica de algunasConsejerías de la Comunidad de Madrid, dado que las competen-cias que correspondían a la Dirección General de Medio Natu-ral en materia de prevención y extinción de incendios forestalespasan a ser ejercidas por la Dirección General del ProtecciónCiudadana. Por otra parte, se pretende ahondar en la mejora de laoperatividad de los diferentes medios y organizaciones inter-vinientes.

Este nuevo Plan ha sido informado favorablemente por la Comi-sión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.

Finalmente, y a fin de agilizar en el futuro la adaptación de las re-ferencias integradas en Anexos al Plan que pudiera ser requerida conposterioridad, se faculta al Consejero competente en materia de pro-tección ciudadana para la actualización, mediante orden, de los da-tos que contienen los Anexos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia eInterior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su sesióndel día 4 de junio de 2009.

DISPONE

Artículo 1

Aprobación del Plan de Protección Civil de Emergenciapor Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA)

Se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incen-dios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) y susAnexos, cuyo texto se inserta a continuación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA PRIMERA

Derogación del Decreto 59/2006, de 20 de julio, y de normativarelativa al uso del fuego en áreas forestales

Se derogan expresamente el Decreto 59/2006, de 20 de julio(LCM 2006/360), por el que se aprueba el Plan de Protección Civilde Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid(INFOMA), y la Orden 1838/2006, de 25 de mayo (LCM 2006/278),por la que se regula el uso de barbacoas en áreas recreativas ubicadasen los montes y terrenos forestales de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA SEGUNDA

Derogación normativa en materia de prevención de incendios

Asimismo, se derogan expresamente el Decreto 31/2003, de 13 demarzo (LCM 2003/136), por el que se aprobó el Reglamento de Pre-vención de Incendios de la Comunidad de Madrid, en la parte quequeda vigente, así como el anterior Decreto 341/1999, de 23 de di-ciembre (LCM 2000/37), y disposiciones sobre materia regulada enel Reglamento, de igual o inferior rango, existentes a su entrada envigor.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación de desarrollo

Se faculta al Consejero competente en materia de protección ciu-dadana para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el de-sarrollo de este Decreto en materia de sus competencias, así comopara modificar las épocas de peligro de incendios forestales en el te-rritorio de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta las condi-ciones meteorológicas y el método de elaboración del mapa de ries-gos, y para actualizar los datos que contienen los Anexos al Plan.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 4 de junio de 2009.

El Consejero de Presidencia, La Presidenta,Justicia e Interior, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

FRANCISCO GRANADOS LERENA

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PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EMERGENCIAPOR INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD

DE MADRID (INFOMA)

Capítulo 1Introducción

1.1. AntecedentesAunque los incendios forestales son un elemento presente desde

siempre en los montes españoles, fue a partir de 1973 cuando las su-perficies afectadas por ellos empezaron a crecer vertiginosamente.

La permanencia en el tiempo del problema de los incendios y suprogresivo aumento en magnitud plantearon la necesidad de inten-sificar las medidas de planificación específica para este tipo de ries-go. El Plan Básico de Lucha Contra Incendios Forestales y normascomplementarias, aprobado por Orden del Ministerio del Interiorde 17 de junio de 1982 (Plan INFO-82), fue hasta 1993 la normati-va básica para la elaboración de los planes correspondientes al ries-go de incendios forestales. La Comunidad de Madrid, ejerciendo lasfunciones que en materia de conservación de la naturaleza le fuerontransferidas, en consecuencia, elaboró planes INFO correspondien-tes a su ámbito territorial.

La aprobación, por Acuerdo del Consejo de Ministros el 18 demarzo de 1993, de la Directriz Básica de Planificación de ProtecciónCivil de Emergencia por Incendios Forestales, implicó que la Co-munidad de Madrid adaptara su normativa a dicha directriz, median-te aprobación, dos meses más tarde, de su Plan de Protección Civilde Emergencia por Incendios Forestales, denominado INFOMA.

1.2. Marco legalPara la elaboración del INFOMA se ha tenido en cuenta el Real

Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la NormaBásica de Protección Civil (“Boletín Oficial del Estado” de 1 demayo de 1992), y la Directriz Básica de Planificación de ProtecciónCivil de Emergencia por Incendios Forestales, informada favorable-mente por el Pleno de la Comisión Nacional de Protección Civil eldía 22 de diciembre de 1992 y aprobada por el Consejo de Ministrosmediante Acuerdo de 18 de marzo de 1993 (“Boletín Oficial del Es-tado” de 15 de abril de 1993).

Asimismo, para situar el marco normativo del INFOMA, en suversión actual, se señalan las siguientes normas:

— En el ámbito estatal:� Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se

aprueba el Reglamento sobre Incendios Forestales.� Ley 23/1982, de 16 de junio, Reguladora del Patrimonio

Nacional.� Real Decreto 1703/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de

funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madriden materia de conservación de la naturaleza.

� Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.� Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régi-

men Local.� Real Decreto 875/1988, de 29 de julio, por el que se regula

la compensación de gastos derivados de la extinción de in-cendios forestales.

� Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por In-cendios Forestales, aprobado por Consejo de Ministros eldía 31 de marzo de 1995.

� Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.� Real Decreto-Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprue-

ban medidas urgentes en materia de incendios forestales.� Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y

de la Biodiversidad.— En el ámbito autonómico:

� Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Ma-drid (PLATERCAM), aprobado mediante Decreto 85/1992,de 17 diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 15 de enero de 1993), e informado favorable-mente por la Comisión Nacional de Protección Civil el 15de abril de 1993.

� Ley 16/1995, de 4 de mayo, de la Comunidad de Madrid,Forestal y de Protección de la Naturaleza.

� Decreto 125/1998, de 2 de julio, por el que se aprueba elReglamento de Organización y Funcionamiento del Vo-luntariado Municipal de Protección Civil.

� Ley 4/2000, de 8 de mayo, Reguladora de las Escalas yFunciones del Personal de Emergencias Sanitarias de laComunidad de Madrid.

� Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo deAgentes Forestales de la Comunidad de Madrid.

� Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de laComunidad de Madrid.

� Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley por la que se re-gulan los Servicios de Prevención y Extinción de Incendiosy Salvamentos.

� Orden 2507/2005, de 9 de agosto, del Consejero de MedioAmbiente y Ordenación del Territorio, por la que se deter-minan las Zonas de Alto Riesgo de Incendios Forestales dela Comunidad de Madrid y se establece el régimen de trán-sito de personas por dichas zonas.

� Orden 1838/2006, de 25 de mayo, del Consejero de MedioAmbiente y Ordenación del Territorio, por la que se regulael uso de barbacoas en las áreas recreativas ubicadas en losmontes y terrenos forestales de la Comunidad de Madrid.

1.3. Objeto y finalidad

Los incendios forestales constituyen un grave problema, tanto porlos daños que ocasionan de modo inmediato a las personas y bienescomo por la grave repercusión que tiene la destrucción de extensasmasas forestales sobre el medio ambiente, lo que contribuye a de-gradar las condiciones básicas para asegurar la necesaria calidad devida a la población. Las características especiales que se dan en laComunidad de Madrid por tener una gran población, y muy disper-sa, unas infraestructuras viarias muy numerosas y la existencia demasas forestales de alto valor, hacen necesario considerar este tipode riesgo como desencadenante de una posible emergencia en la quedeba protegerse a personas y bienes, sin descuidar la defensa de losecosistemas contra los incendios forestales.

Las circunstancias que concurren en los incendios forestales,como factores capaces de originar situaciones de grave riesgo, ca-tástrofe o calamidad pública a que se refiere la Ley 2/1985, de 21 deenero, sobre Protección Civil, hacen necesario el empleo coordina-do de todos los medios y recursos pertenecientes a las distintas Ad-ministraciones Públicas e incluso a los particulares.

Estas características configuran a los incendios forestales en suconjunto como un riesgo que es materia de planificación de protec-ción civil y así se considera en la Norma Básica de Protección Civil,aprobada por Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, y que en su ca-pítulo II, artículo 6, determina que el riesgo de incendios forestaleses motivo de planes especiales en aquellos ámbitos territoriales quelos requieran.

En base a ello, el presente Plan, calificado como plan especial,tiene por objeto el recoger básicamente aquellos aspectos más im-portantes que, de forma directa o indirecta, afectan a la población ya las masas forestales de la Comunidad, con la finalidad de hacerfrente de forma ágil y coordinada a los distintos supuestos que pue-dan presentarse, estableciendo para ello un marco orgánico-funcio-nal específicamente adaptado al riesgo en cuestión.

El INFOMA se integra en el Plan Territorial de Protección Civilde la Comunidad de Madrid.

Por otra parte, este Plan concreta los adecuados mecanismos decoordinación e integración de todos los medios y organizaciones in-tervinientes bajo una dirección única, con objeto de asegurar la ne-cesaria eficacia operativa entre los mismos y evitar que puedan dar-se situaciones disfuncionales.

En consecuencia, la estructura general de planificación desarro-llada en este Plan obedece a los siguientes principios:

— Complementariedad de las funciones asignadas a cada nivelde planificación.

— Coordinación y asistencia recíproca entre las organizacionescorrespondientes a Administraciones diferentes.

— Integrabilidad de los distintos niveles.— Coherencia organizativa con la planificación territorial.

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Adicionalmente, en el Anexo 2 se establecen medidas de tipo pre-ventivo en el uso del fuego, encuadradas en el ámbito de competen-cias de la Comunidad de Madrid.

1.4. Ámbito de aplicaciónEl ámbito de aplicación del INFOMA es todo el territorio de la

Comunidad de Madrid, si bien se presta una atención especial aaquellos municipios relacionados en el Anexo 1, como consecuen-cia de su riesgo de incendio forestal.

El Monte de El Pardo, cuya propiedad y gestión viene reguladapor la Ley 23/1982, de 16 de junio, Reguladora del Patrimonio Na-cional, requiere un tratamiento especial, ya que el Consejo de Admi-nistración del Patrimonio Nacional tiene atribuidas las competen-cias para su conservación. Asimismo, por estar situado dentro delmunicipio de Madrid, corresponderá a su Cuerpo Municipal deBomberos la primera colaboración.

Sin perjuicio de todo lo anterior, los medios de la Comunidad deMadrid podrán intervenir en la extinción de incendios, tanto en elMonte de El Pardo como en otras Comunidades Autónomas, cuan-do sean requeridos por las Administraciones competentes o así locontemple un protocolo o acuerdo de colaboración.

Están afectados por el presente Plan todos los terrenos forestales,tanto si están poblados con especies arbóreas y arbustivas como pormatorral o pastizal, así como otros terrenos de vegetación o urbanosno construidos, en una franja de 500 metros de ancho que circundeal terreno forestal.

1.5. Funciones básicasEl INFOMA desarrolla las siguientes funciones básicas:— Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la

intervención en la lucha contra incendios que se produzcanen los ecosistemas forestales de la Comunidad de Madrid.

— Prever los mecanismos y procedimientos de coordinacióncon el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de In-cendios Forestales.

— Establecer los sistemas de articulación con las organizacionesde las Administraciones Locales de su ámbito territorial.

— Zonificar el territorio en función del riesgo y las previsiblesconsecuencias de los incendios forestales, delimitar áreas se-gún posibles requerimientos de intervención y despliegue demedios y recursos, así como localizar la infraestructura físicaa utilizar en operaciones de emergencia.

— Establecer las épocas de peligro, relacionadas con el riesgode incendios forestales, en función de las previsiones gene-rales y de los diferentes parámetros locales que definen elriesgo.

— Prever sistemas organizativos para el encuadramiento de per-sonal voluntario y colaborador.

— Especificar los procedimientos de información al público.— Catalogar los medios y recursos específicos a disposición de

las actuaciones previstas.

Capítulo 2

Elementos básicos para la planificación de protección civilde emergencia por incendios forestales

Las bases del Plan están constituidas por:2.1. Análisis del riesgo, vulnerabilidad y zonificación del territorio.2.2. Épocas de peligro.2.3. Clasificación de los incendios forestales según su Nivel de

Gravedad Potencial.2.4. Actuaciones básicas.

2.1. Análisis del riesgo, vulnerabilidad y zonificación del territorioa) Análisis del riesgo: El análisis del riesgo que puede generarse

por los incendios forestales se efectúa integrando el riesgohistórico con el riesgo específico (orografía, sustrato geológi-co, climatología, tipo de vegetación, presencia de personas,etcétera).

b) Vulnerabilidad: Las consecuencias de los incendios foresta-les son objeto de un análisis cuantitativo en función de loselementos vulnerables expuestos al fenómeno de incendiosforestales: Personas, bienes y medio ambiente.

c) Zonificación del territorio: Para zonificar el ámbito territorialde la Comunidad de Madrid en función del riesgo de incen-dio y la vulnerabilidad, se han identificado y analizado todoslos componentes que forman parte del fenómeno fuego en losterrenos forestales.

En el Anexo 2, punto 1, puede verse el mapa de riesgos elabo-rado, teniendo en cuenta el análisis de riesgo para unas condi-ciones meteorológicas determinadas y la vulnerabilidad que sirvede orientación para la determinación de los recursos y medios deque se deben disponer para las emergencias, así como su distribu-ción territorial.

El método de elaboración del mapa de riesgos podrá modificarseanualmente en función de las experiencias obtenidas y los paráme-tros de cálculo disponibles.

2.2. Épocas de peligroEn el territorio de la Comunidad de Madrid se consideran tres ti-

pos de situaciones de peligro de incendios forestales, las cuales que-dan definidas de la siguiente manera:

— Época de peligro alto: Desde el 15 de junio hasta el 30 de sep-tiembre. Durante este tiempo se aplican las medidas limitati-vas y prohibitivas establecidas en el Anexo 2 y la Comunidadde Madrid refuerza gradualmente los medios para la luchacontra incendios forestales.

— Época de peligro medio: Del 16 de mayo al 14 de junio y del 1al 31 de octubre. Las medidas limitativas que correspondansegún el Anexo 2 serán de aplicación también en este período.

— Época de peligro bajo: Del 1 de noviembre al 15 de mayo. Nose adoptarán medidas o precauciones especiales, pero las me-didas limitativas que correspondan según el Anexo 2 serántambién de aplicación.

No obstante, las fechas de las épocas descritas podrán modificar-se por orden del Consejero competente en materia de protección ciu-dadana cuando se compruebe o se puedan prever circunstancias me-teorológicas que así lo justifiquen.

2.3. Clasificación de los incendios forestales según su nivelde gravedad

En función del análisis del riesgo, vulnerabilidad y zonificación delterritorio se realiza la siguiente previsión de la gravedad potencial:

— Nivel 0: Referido a aquellos incendios que pueden ser contro-lados con los medios de extinción previstos en el Plan y que,aun en situación más desfavorable, no se prevé peligro paralas personas no relacionadas con las labores de extinción nipara bienes distintos a los de naturaleza forestal sin especialvalor ecológico.

— Nivel 1: Referido a aquellos incendios que, pudiendo ser con-trolados con los medios previstos en el Plan, se prevé por suposible evolución la necesidad de la puesta en práctica de me-didas para la protección de las personas y de bienes no fores-tales o forestales de especial valor ecológico.

— Nivel 2: Referido a aquellos incendios para cuya extinción seprevé la necesidad de que, a solicitud del Director del Plan,sean incorporados medios estatales no asignados al Plan oque puedan comportar situaciones de emergencia que derivenhacia el interés nacional.

— Nivel 3: Referido a aquellos incendios en que, habiéndoseconsiderado que está en juego el interés nacional, así sean de-clarados por el Ministro de Interior.

La clasificación inicial acerca de la gravedad potencial de un in-cendio o incendios simultáneos podrá variar de acuerdo con la evo-lución experimentada por estos.

2.4. Actuaciones básicasEl Plan contempla, las siguientes actuaciones básicas, cuyo conte-

nido concreto variará en función del Nivel de Gravedad declarado:a) Detección, aviso y extinción.b) Seguridad ciudadana.c) Apoyo sanitario.d) Evacuación y albergue.e) Información a la población.f) Apoyo logístico.

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Capítulo 3

Contenido del Plan

El Plan establece una estructura organizativa y el conjunto de lasacciones y medios necesarios para la consecución de sus objetivos yse divide, a su vez, en los siguientes apartados:

3.1. Estructura organizativa y funciones.

3.2. Operatividad.3.3. Aplicación del Plan en función de las situaciones contempla-

das.3.4. Medios y recursos.

3.1. Estructura organizativa y funciones

El esquema estructural es el siguiente:

DIRECTOR DEL

PLAN

DIRECTOR DE OPERACIONES

COMITÉ ASESOR

GABINETE DE INFORMACIÓN

PUESTO DE MANDO AVANZADO

GRUPO DE INTER-

VENCIÓN

GRUPO DE SEGURIDAD

GRUPO SANITARIO

GRUPO DE APOYO

LOGÍSTICO

CECOP

Las figuras y sus funciones se detallan a continuación:3.1.1. Director del Plan.La dirección del Plan de Protección Civil de Emergencia por In-

cendios Forestales corresponde a la Consejería competente en mate-ria de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid, con las ex-cepciones que se mencionan.

En los Niveles de Gravedad 0, 1 y 2, y con la salvedad que puededarse con el municipio de Madrid, tal y como se indica más adelan-te, la dirección del Plan recae en el Consejero competente en mate-ria de Protección Ciudadana o persona en quien este delegue, me-diante la orden correspondiente, siendo el responsable máximo delas acciones a realizar.

En el Nivel de Gravedad 0, el Consejero competente en materia deProtección Ciudadana podrá delegar la dirección del Plan en el Jefe delCuerpo de Bomberos de la Comunidad. En el Nivel de Gravedad 1, elConsejero competente en materia de Protección Ciudadana podrá de-legar la dirección del Plan en el Director General de Protección Ciuda-dana, y en el Nivel de Gravedad 2 será el Consejero competente en ma-teria de protección ciudadana quien asuma la dirección del Plan.

Cuando por declaración de la emergencia de interés nacional porparte del Ministro del Interior, sea decretado por la Comunidad deMadrid Nivel de Gravedad 3 del Plan, le corresponde al Estado la di-rección y coordinación de las actuaciones, funciones que serán ejerci-das dentro de un Comité de Dirección, que estará formado por el De-legado del Gobierno en la Comunidad de Madrid y el Consejerocompetente en materia de protección ciudadana o persona en quieneste delegue, ejerciendo el Delegado del Gobierno la dirección supe-rior de las actuaciones del conjunto de las Administraciones Públicas.

Son funciones básicas de la dirección del Plan:— Declarar la activación y desactivación del Plan.— Declarar los Niveles de Gravedad establecidos en este Plan.— Supervisar las actuaciones más convenientes para combatir

los incendios producidos y para aplicar las medidas de pro-tección a la población, al medio ambiente y a los bienes. Enespecial, centralizar las actuaciones que deriven de una posi-ble evacuación.

— Determinar y coordinar la información a la población, tantola destinada a adoptar medidas de protección como la generalsobre la situación.

— Solicitar la intervención de medios no asignados al Plan.— Garantizar la información a la Delegación del Gobierno en

Niveles de Gravedad 1 y 2 e informar de las situaciones quepuedan evolucionar a Nivel de Gravedad 3.

— Propiciar la coordinación entre los diferentes organismos in-tervinientes.

— Asegurar la adecuada aplicación del Plan de la ComunidadAutónoma ante el riesgo de incendios forestales.

Especialidad del municipio de Madrid: La capacidad de respues-ta del municipio de Madrid en materia de protección civil, permiteal Ayuntamiento, en caso de incendio forestal limitado a su términomunicipal, asumir la dirección del Plan en los Niveles de Grave-dad 0, 1 y 2, asunción que deberá ser comunicada previamente alConsejero competente en materia de Protección Ciudadana de laComunidad Autónoma. En caso de asunción, la dirección del Planrecaerá en la persona designada para tal fin por el Ayuntamiento.

En todo caso, el Director del Plan, en los niveles 1 y 2, deberámantener informados al Consejero competente en materia de protec-ción ciudadana de la Comunidad de Madrid y a la Delegación delGobierno sobre la situación, su posible evolución y necesidad demedios.

En todo caso, el Ayuntamiento solamente podrá movilizar direc-tamente medios que sean de su titularidad o de entidad pública o pri-vada dependiente, debiendo solicitar cualquier otro tipo de medioque fuera a necesitar, a través de la Dirección General de ProtecciónCiudadana de la Comunidad de Madrid.

La referencias hechas en este Plan a las jefaturas del Centro deCoordinación Operativa, en adelante CECOP; Puesto de MandoAvanzado, en adelante PMA, y Grupo de Intervención y de ApoyoLogístico, no serán de aplicación en caso de dirigir el Ayuntamientoel Plan, instrumentándose dichas jefaturas conforme establezca elpropio Ayuntamiento e integrándose los posibles medios de la Comu-nidad de Madrid en los grupos de acción que se configuren. Asimis-mo, la ubicación del CECOP será la que determine el Consistorio.

En los Niveles 1 y 2 de Gravedad deberá incorporase al ComitéAsesor y al Gabinete de Información constituidos por el municipioun representante de la Comunidad de Madrid.

3.1.2. Comité Asesor.Establecido para el asesoramiento del Director del Plan, se cons-

tituye como un comité específico, cuya composición varía en fun-

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ción de la emergencia y que el Director del Plan reunirá total o par-cialmente conforme considere oportuno, teniendo en cuenta el nivelde gravedad declarado y los medios intervinientes. En pleno estáconstituido por:

— Un representante de la Delegación de Gobierno en la Comu-nidad de Madrid.

— Un representante de cada municipio afectado.— Representantes de la Consejería de Presidencia, Justicia e In-

terior.— Representantes de la Consejería de Medio Ambiente, Vivien-

da y Ordenación del Territorio.— Un representante del Grupo de Seguridad.— Un representante del Grupo Sanitario.— Un representante del Grupo de Apoyo Logístico.— Un representante de las Fuerzas Armadas, en adelante FAS,

en caso de que estén actuando.— Representantes de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.— El Jefe del Gabinete de Información.— Otros cuya presencia se estime necesaria para la gestión de la

emergencia.Las Consejerías u Organismos designarán a sus representantes,

previa solicitud del Director del Plan, y su función básica será la deasesorar en el ámbito de sus conocimientos al Director del Plan parala resolución de la emergencia.

El rango de los representantes será determinado por las Consejeríasu Organismos teniendo en cuenta la función anteriormente señalada.

En el caso en el que, de acuerdo con la relación anterior, corres-ponda la designación de más de un representante, el número de losmismos será concretado por el Director del Plan.

El Comité Asesor constituido en el Nivel de Gravedad 2 pasará aserlo del Comité de Dirección cuando se declara un Nivel 3, con lasagregaciones que se estimen convenientes en función de las carac-terísticas de la emergencia.

3.1.3. CECOP-CECOPI.El Centro de Coordinación Operativa (CECOP) es fundamental-

mente el órgano de trabajo del Director del Plan, tanto para la coor-dinación entre planes de distinto nivel como de las acciones en eje-cución y gestión de medios.

El CECOP está ubicado en el Centro de Atención de Llamadas deUrgencia 1-1-2, sito en el Paseo del Río, número 1, de Pozuelo deAlarcón, y es el centro receptor de alarmas y de todas aquellas infor-maciones en las que el Director del Plan se apoya para su toma dedecisiones.

En el CECOP se sitúan los terminales específicos para el segui-miento, activación y control de todos los recursos del operativo delucha contra incendios forestales y, en especial, los de los recursosde la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidadde Madrid, que estarán bajo la dirección y mando del Director deOperaciones.

En el CECOP se centralizará toda la información y se gestionarála movilización de todos los medios puestos a disposición del plan.

Con el fin de garantizar una adecuada coordinación, se establece-rá la existencia de, al menos, un canal específico de comunicacióneficaz en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, para su uti-lización por todos los participantes en las labores de extinción, conindependencia de su adscripción orgánica.

Al frente del CECOP está el Director de Operaciones, que es elprincipal auxiliar del Director del Plan, tanto en el proceso de tomade decisiones como en el traslado y materialización de las órdenes acursar.

La función del Director de Operaciones en los Niveles 0, 1 y 2será desempeñada por el correspondiente responsable de guardia delCuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid; en el Nivel 3 seestará a lo determinado por el Comité de Dirección.

El Director de Operaciones lleva a cabo las siguientes funciones,sin perjuicio de otras que le encomiende, en su caso, la dirección delPlan:

— Valorar y proponer a la dirección del Plan la clasificación ini-cial del incendio y la movilización de recursos ajenos a la Di-rección General de Protección Ciudadana.

— Movilizar los recursos de dicha Dirección General.— Mantener informada a la dirección del Plan.

El CECOP, para el desarrollo de la operatividad, se relacionarácon todos los organismos intervinientes en el Plan, teniendo encuenta lo siguiente:

— El CECOP se mantendrá en contacto con la Delegación en Ma-drid de la Agencia Estatal de Meteorología, solicitando aquellosdatos necesarios para determinar las características de propaga-ción del fuego en función de las condiciones meteorológicas.

— El contacto con el Ministerio de Interior se hará a través de laDelegación del Gobierno, tanto para petición de medioscomo para facilitar las informaciones oportunas.

— La intervención de las Fuerzas Armadas será solicitada por elDirector del Plan a la Delegación del Gobierno. En caso deintervenir deberá tener prevista la incorporación de un repre-sentante al Comité Asesor.

— En caso de solicitarse medios aéreos del Ministerio de MedioAmbiente, el CECOP especificará el nombre del lugar y lasreferencias geográficas del incendio, así como la frecuenciade comunicación.

En caso de declaración de la emergencia de interés nacional, lasfunciones de dirección y coordinación de la emergencia serán ejerci-das dentro de un Comité de Dirección, a través del Centro de Coor-dinación Operativa, quedando a estos efectos constituido el Centrode Coordinación Operativa Integrado (CECOPI). La ubicación delCECOPI se ha establecido en el Centro de Atención de Llamadas deUrgencia 1-1-2, por Acuerdo de 1 de junio de 2005, entre la Delega-ción del Gobierno en Madrid y la Consejería de Justicia e Interior.

3.1.4. Puesto de Mando Avanzado.El Puesto de Mando Avanzado, que constituye el órgano de traba-

jo del Director del Plan en el lugar de la emergencia, realizará fun-ciones de análisis de conjunto y continuado del siniestro, coordinarálas actuaciones de los Grupos de Acción en la zona de intervención,manteniendo al CECOP, al que solicitará los medios que considerenecesarios, permanentemente informado.

El Puesto de Mando Avanzado se constituye en los Niveles deGravedad 0, 1, 2 y 3.

No obstante, en el nivel de gravedad 0, cuando se produzcan in-cendios que puedan ser controlados por los equipos de primera in-tervención y que no conlleven peligro significativo alguno para losequipos de actuación ni para los bienes de naturaleza forestal, noserá precisa la constitución del Puesto de Mando Avanzado. En casode no constituirse, los grupos presentes actuarán bajo el mando di-recto de sus jefes naturales, que velarán por su seguridad y actuaránde acuerdo con su equipamiento y formación.

Según el nivel declarado y en función de las operaciones que seestén realizando y de los organismos actuantes, el Puesto de MandoAvanzado puede estar constituido por:

— El Jefe del Grupo de Intervención.— Un asesor de la Dirección General de Protección Ciudadana.— Un asesor de la Consejería de Medioambiente, Vivienda y

Ordenación del Territorio.— Un representante del Grupo de Seguridad.— Un representante del Grupo Sanitario.— Un representante del Grupo de Apoyo Logístico.— Un responsable de cada Ayuntamiento afectado.— Representante de la Delegación del Gobierno en la Comuni-

dad de Madrid.— Asesor del Ministerio de Medio Ambiente.— Representante de las Fuerzas Armadas.— Otros representantes de los servicios actuantes.El Jefe del Puesto de Mando Avanzado será el miembro del Cuer-

po de Bomberos de la Comunidad de Madrid de mayor graduaciónque esté presente en el lugar del siniestro y estará al mando de todoslos medios asignados a la emergencia, si bien estos mantendrán elmando directo sobre sus efectivos y velarán por su seguridad.

El Jefe del Puesto de Mando Avanzado es asimismo el Jefe delGrupo de Intervención, si bien, excepcionalmente, podrá delegar lasfunciones correspondientes a la Jefatura del Grupo de Intervenciónen otro miembro del Cuerpo de Bomberos.

Corresponden al Jefe del Puesto de Mando Avanzado los siguien-tes cometidos, sobre los cuales informará al Director del Plan a pe-tición de este:

a) Analizar la situación: Comprenderá el estudio de los factoresque pueden incidir en la elección entre distintas alternativasde extinción, y entre ellos destacan las prioridades forestales,

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ambientales y sociales para la protección, los daños previsi-bles, los bienes amenazados, la seguridad del personal y elcoste de la extinción.

b) Elegir la alternativa y las tácticas que se correspondan con laestrategia elegida, previa descripción, a modo de esquema, delas distintas posibilidades de acción frente al incendio.

c) Determinar las zonas de intervención y de alerta y transmitirla información sobre dichas zonas y sobre la alternativa deextinción elegida, tanto al Director del Plan como a los Jefesde los Grupos de Acción.

d) Realizar un seguimiento continuo del desarrollo de las actua-ciones previstas en el plan de operaciones, con el fin de revi-sar el funcionamiento y la efectividad del mismo e introducir,en su caso, las modificaciones necesarias.

e) Una vez extinguido el incendio, determinar el número y ladistribución de los medios que han de vigilar la zona afecta-da, así como el tiempo de vigilancia, para evitar que el incen-dio se reproduzca.

3.1.5. Gabinete de Información.Depende directamente de la dirección del Plan. Sus funciones son:— Difundir las orientaciones y recomendaciones emanadas de

la dirección del Plan.— Centralizar, coordinar y preparar la información general sobre

la emergencia y facilitarla a los medios de comunicación social.— Informar sobre la emergencia a cuantas personas u organis-

mos lo soliciten.— Obtener, centralizar y facilitar la información que correspon-

da relativa a posibles afectados, facilitando contactos fami-liares y la localización de personal.

El Jefe del Gabinete de Información será el Jefe de Prensa de laConsejería competente en materia de protección ciudadana.

3.1.6. Grupos de Acción.Para la ejecución de las acciones previstas en el INFOMA, se

constituyen los Grupos de Acción abajo referenciados, que en casode activación llevarán a cabo las misiones que se les encomienden,de acuerdo con los procedimientos de actuación determinados en elapartado 3.2 (operatividad del Plan):

3.1.6.1. Grupo de Intervención.3.1.6.2. Grupo de Seguridad.3.1.6.3. Grupo Sanitario.3.1.6.4. Grupo de Apoyo Logístico.3.1.6.1. Grupo de Intervención.

Lo constituye el conjunto de medios materiales y huma-nos organizados, equipados y entrenados, cuya actuaciónprincipal consiste en las operaciones de extinción del in-cendio y salvamento de personas, animales y bienes.Lo integran los medios del Cuerpo de Bomberos de la Co-munidad de Madrid, los medios del Cuerpo de Bomberosde los Ayuntamientos afectados, si lo tuvieren, y en casode ser movilizados los Grupos de Extinción de empresaspúblicas o privadas, los grupos municipales de ProntoAuxilio organizados por los Ayuntamientos y bomberoscolaboradores organizados por la Comunidad de Madrid,así como las agrupaciones de bomberos voluntarios.Asimismo, formarán parte de este grupo los miembros delCuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Ma-drid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1.g)de la Ley 1/2002, de 27 de marzo, relativa a la creacióndel mismo.La Jefatura del Grupo de Intervención corresponderá alJefe del Puesto de Mando Avanzado o a la persona enquien este último haya delegado. El Jefe del Puesto deMando Avanzado solo podrá delegar la Jefatura del Gru-po de Intervención en una persona del Cuerpo de Bom-beros de la Comunidad de Madrid que esté presente en elincendio y ostente un rango igual o inferior al suyo.

3.1.6.2. Grupo de Seguridad.Este Grupo es el encargado de asegurar que las opera-ciones del Plan se realicen en las mejores condiciones deseguridad y orden y lo integrarán los miembros de Poli-cía Local y/o Guardia Civil.Destacan entre sus funciones el control de accesos y lavigilancia vial en las proximidades de las zonas afecta-

das, así como la facilitación del tráfico a los medios detransporte relacionados con la emergencia.El mando del Grupo de Seguridad corresponde al mandode mayor graduación de la Comandancia de Madrid dela Guardia Civil que se encuentre en el lugar y, en ausen-cia de la Guardia Civil, corresponderá al mando presen-te de mayor graduación de la Policía Local.En los Niveles de Gravedad 2 y 3, el representante delGrupo de Seguridad que se incorporará al Comité Ase-sor será necesariamente un componente de la Coman-dancia de Madrid de la Guardia Civil.

3.1.6.3. Grupo Sanitario.Lo integran los medios sanitarios de urgencias y deemergencias vinculados o dependientes de la Consejeríacompetente en materia de Sanidad, Cruz Roja y, en casode ser movilizados, medios dependientes de los Ayunta-mientos o de otras entidades.Es el encargado de ejecutar las medidas de protección ysocorro a la población e intervinientes y debe constituir-se en emergencia de Nivel 0 cuando la situación lo re-quiera o aconseje, y, en todo caso, cuando se declaranlos Niveles 1, 2 y 3.El mando y la coordinación del Grupo Sanitario recae-rán en el SUMMA 112.

3.1.6.4. Grupo de Apoyo Logístico.Lo integra el personal de Protección Civil de la Conseje-ría competente en la materia, el personal de ProtecciónCivil de los Ayuntamientos afectados, y en caso de sermovilizados los voluntarios de Protección Civil.Sus funciones son, en la medida que no correspondan aotros grupos, cuerpos profesionales u organismos, la or-ganización de la provisión de todos los equipamientos ysuministros necesarios para que puedan llevarse a cabolas acciones que derivan del siniestro.En los Niveles de Gravedad 0 y 1 asume el mando delgrupo el responsable de Protección Civil Municipal, siel incendio afecta a un solo municipio. En caso contra-rio y en el Nivel 2, asume el mando el responsable deProtección Civil de la Comunidad de Madrid. En el Ni-vel 3 el responsable de Protección Civil de la Delega-ción del Gobierno.

La funciones y actuaciones que corresponden a los Ayuntamientosde municipios con riesgo de incendio forestal se deben concretar ensus respectivos planes de actuación, conforme a lo establecido en elAnexo 4, todo ello sin perjuicio de su integración en el INFOMA ycoordinación de la emergencia por parte de la Comunidad de Madrido del Estado en función del nivel de gravedad declarado. En ningúncaso compete a los Ayuntamientos la solicitud al Estado de la activa-ción de las Fuerzas Armadas, incluyendo la Unidad Militar de Emer-gencia, aunque la emergencia se limite a sus términos municipales.

Otras funciones de la Comunidad de Madrid o del Estado, relacio-nadas con la lucha contra incendios forestales y con la aplicación delINFOMA, se refieren en el Anexo 6, indicando el organismo o enti-dad competente y la Administración territorial de pertenencia.

3.2. Operatividad del PlanEn este apartado se regulan el conjunto de acciones que, aplica-

das en tiempo y lugar oportuno, permiten la consecución de los ob-jetivos del Plan.

A tal fin, la Dirección General de Protección Ciudadana definirála activación de los recursos necesarios, mediante los correspon-dientes procedimientos de despacho de medios establecidos.

La operatividad en el INFOMA se concreta en:3.2.1. Procedimientos de detección, alarma, evaluación y acti-

vación del Plan.3.2.2. Procedimientos de actuación.3.2.1. Procedimientos de detección, alarma, evaluación y acti-

vación del Plan:3.2.1.1. Detección de incendio.

La detección de los incendios forestales se ha de carac-terizar por la precisión en la identificación de la zonaafectada, por la urgente transmisión de la alarma y porla aportación suficiente de datos para permitir una eva-luación ajustada.

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Estas acciones recaen en la Dirección General de Protec-ción Ciudadana a través de una red de puestos de vigilan-cia en las comarcas con riesgo de incendio forestal. Es-tos puestos de vigilancia se comunicarán con el CECOPa través de la Red de Emergencias de la Comunidad deMadrid y estarán en servicio según los horarios estable-cidos en cada zona en función de las horas con mayorprobabilidad de inicio de incendio forestal. Se utilizarán,igualmente, para la vigilancia móvil, los Agentes Fores-tales y los recursos de extinción de la Dirección Generalde Protección Ciudadana.La referencia geográfica del incendio será objetivo in-mediato del CECOP a partir de la alarma de incendio, yse realizará mediante los recursos disponibles en lospuestos de vigilancia, la información recibida en el avi-so inicial o, en su defecto, del primer recurso que llegueal incendio.Colaborarán, igualmente, la Guardia Civil, la Policía Lo-cal, los Ayuntamientos y el personal civil, mediante avi-so al Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2,que comunicará de inmediato la alarma al CECOP.

3.2.1.2. Proceso de alarma.Todas las alarmas de incendio forestal deberán ser co-municadas de inmediato al CECOP a través del Teléfo-no General de Emergencias de la Comunidad de Madrid1-1-2, o bien por la Red de Comunicaciones de Emer-gencias de la Comunidad de Madrid.Si la recepción directa de la alarma se produce por losmedios asignados al Plan, estos efectuarán su salida deataque inmediato según el protocolo correspondientepara actuar en el siniestro. Al mismo tiempo, lo comuni-carán al CECOP.

3.2.1.3. Evaluación del incendio y activación del Plan.La primera evaluación del incendio realizada en el CE-COP con la información recibida en el proceso de alar-ma o con la procedente de los primeros medios de extin-ción determinará la necesidad de movilización inicial derecursos y el establecimiento del nivel de gravedad.

Una vez detectado y referenciado geográficamente un incendio,se procederá a valorar desde el CECOP el riesgo existente. En fun-ción del mismo, el Director de Operaciones:

— Solicitará al Director del Plan la activación del Plan si no es-tuviese activado con anterioridad y sugerirá el nivel de acti-vación que le parece más adecuado.

— Movilizará los medios complementarios de acuerdo con losprocedimientos establecidos.

— Procederá a valorar el riesgo para la zona y el ecosistemaafectado, así como los puntos sensibles próximos al foco deinicio.

— De acuerdo con los parámetros físicos y la información remi-tida por los primeros recursos movilizados, estimará la pro-pagación previsible del incendio, realizando una evaluaciónde su comportamiento teórico.

La evaluación del incendio será permanente y se realizará por el Di-rector de Operaciones, con el seguimiento de las actuaciones de losmedios de que se disponen, de las medidas que se han ido aplicandoy de los pronósticos meteorológicos que afectan a su desarrollo.

3.2.2. Procedimientos de actuación.Los componentes del Grupo de Intervención actuarán coordina-

damente con los de los Grupos de Apoyo Logístico, Sanitario y Se-guridad, situándose un representante de cada Grupo de Acción en elPuesto de Mando Avanzado, y tendrán como misión la de contener,controlar y reducir la emergencia bajo la dirección del Jefe del Pues-to de Mando Avanzado.

Las misiones a realizar son:3.2.2.1. Ataque y extinción.

Comprende las acciones para contener el avance de unincendio, controlarlo y extinguirlo, así como el rescate ysalvamento de personas y animales, y, en su caso, res-guardo de bienes amenazados por el incendio.La estrategia y las tácticas de extinción serán definidaspor el Jefe del Grupo de Intervención, el cual define lasacciones a ejecutar por los medios de extinción, mediosque, constituidos en grupos de extinción, dependerán de

sus mandos naturales que, a su vez, deberán velar por elcumplimiento de los procedimientos y por la seguridadde su personal.Los mandos inmediatos de los Grupos de Extinción, ac-tuantes en un lugar determinado del incendio, valorarán“in situ” si las misiones encomendadas suponen alto ries-go para la seguridad del personal a su cargo. En caso deser así, se retirarán a una zona segura, comunicándolo a susuperior para que se le encomienden misiones adecuadas.Producida una alarma, se realizará el despacho inmedia-to de los medios según los procedimientos establecidosy se dará salida inmediata a los medios de extinción máscercanos.Cuando se establezcan por el Jefe del Grupo de Inter-vención sectores de intervención y se designe jefe desector, este será el responsable de la coordinación de to-dos los efectivos intervinientes, independientemente desu adscripción. Los jefes de sector estarán en permanen-te comunicación y coordinación con el Jefe del Grupode Intervención.La coordinación e incorporación de nuevos efectivos serealiza a través del Jefe de Grupo de Intervención.El CECOP debe tener conocimiento, en todo momento,de quién es el Jefe del Grupo de Intervención, por lo quelos relevos que se produzcan deberán ser inmediatamen-te comunicados al CECOP.La primera intervención se realizará según se produzcala llegada al incendio. La dirección de la extinción seajustará siempre al principio de mando único, que co-rresponde al Jefe del Puesto de Mando Avanzado en sucalidad de Jefe del Grupo de Intervención, salvo quehaya delegado esta última jefatura en persona de igual oinferior rango del Cuerpo de Bomberos de la Comuni-dad de Madrid que esté presente en el incendio.En caso de que no se encontrara actuando personal delCuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, losintervinientes, encuadrados en los diferentes Grupos deExtinción, intervendrán bajo las órdenes de sus mandosnaturales, actuando de acuerdo con su formación y equi-pamiento, no constituyéndose Grupo de Intervenciónpropiamente dicho hasta la llegada de los recursos delCuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.Con la llegada de estos y puestos en contacto directo conlos mandos de los Grupos de Extinción, una vez trans-mitida la información necesaria sobre los intervinientesy su situación, se efectuará la constitución del Grupo deIntervención y la asunción de su Jefatura por el respon-sable del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Ma-drid que corresponda, previa comunicación de su identi-dad y ubicación al CECOP y a los responsables de losmedios presentes en el lugar. El CECOP informará deello, a su vez, a los centros de comunicaciones de los or-ganismos que se encuentren interviniendo cuando le seasolicitado.Los Agentes Forestales actuarán de acuerdo con la legis-lación vigente y los protocolos que se establezcan.En el caso de que se incorporen medios aéreos ajenos ala Dirección General de Protección Ciudadana, actuaránbajo las indicaciones del helicóptero de Coordinacióndel Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid o,en su defecto, recibirán las instrucciones directamentedel Jefe del Grupo de Intervención.

3.2.2.2. Acciones de Seguridad.Son acciones de seguridad:— Medidas de seguridad ciudadana.— Control de accesos y regulación del tráfico.— Conducción de los medios de extinción a las zonas

indicadas por el Jefe de Puesto de Mando Avanzado.— Cooperación con sus medios en los avisos a la po-

blación que pueda verse afectada.— Cooperación con sus medios en la evacuación de la

población.El Jefe del Grupo de Seguridad señalará los objetivosdel Grupo de Seguridad, cuyos integrantes actuarán

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conforme a su ámbito competencial respectivo, a las ór-denes de sus mandos naturales.

3.2.2.3. Actuaciones Sanitarias.Son actuaciones sanitarias derivadas de una emergencia,entre otras que pudieran ser necesarias y fueran a determi-narse por la Jefatura del Grupo sanitario, las siguientes:— Clasificar “in situ” a las víctimas.— Primeros auxilios.— Estabilizar a accidentados y heridos.— Trasladar accidentados y heridos a los centros sani-

tarios apropiados y organizar la infraestructura derecepción hospitalaria.

— Colaborar en el salvamento de las víctimas con elGrupo de Intervención.

— Colaborar con los otros grupos en la adopción de lasrestantes medidas de protección a la población.

— Organizar la evacuación sanitaria.— Determinar las áreas de socorro y base, en colabora-

ción con el Grupo Logístico.— Evaluar y proponer a la dirección del Plan medidas

sanitarias preventivas y, en su caso, ejecutarlas.— Realizar la inspección sanitaria de la población ile-

sa evacuada en los albergues de emergencia.— Suministrar productos farmacéuticos a la población

afectada.— Vigilar los riesgos latentes que afecten a la salud y

vida de la población, una vez controlada la emer-gencia.

— Emitir informes para la dirección del Plan sobre elestado de las víctimas producidas o las que pudie-ran producirse y la viabilidad de las operaciones arealizar.

3.2.2.4. Apoyo logístico.Son acciones de apoyo logístico aquellas relacionadascon el área logística y, en especial:— Cooperación en la evacuación.— Abastecimiento.— Transporte.— Albergue.— Determinación de las áreas de socorro y base, en

colaboración con el Grupo Sanitario.El abastecimiento se realiza con los medios de cada unode los grupos intervinientes, correspondiendo al Ayun-tamiento o Ayuntamientos afectados el abastecimientoy la distribución a las dotaciones municipales y a losgrupos gestionados por él.

3.2.2.5. Información a la población.En aquellas situaciones en las que la dirección del Planlo considere oportuno, informará sobre el suceso a laspersonas posiblemente afectadas y al público en generalmediante el Gabinete de Información de la Consejeríacompetente en materia de protección ciudadana y a tra-vés de los medios de comunicación social.

3.3. Aplicación del plan en función de los niveles de gravedadactivados

De acuerdo con el capítulo 2, punto 2.3, los incendios forestales seclasifican en función de los medios necesarios para su control, de losposibles elementos afectados y de su declaración de interés nacional,en su caso, en Niveles de Gravedad, que, a su vez, determinarán laestructura activada y las características de los medios empleados.

Dichos medios, así como los restantes intervinientes, actuarán deacuerdo a los procedimientos previstos en el presente Plan y susAnexos, conforme a los protocolos internos de actuación que loscompleten en su caso.

3.3.1. Nivel de Gravedad 0.La declaración inicial de Nivel de Gravedad 0 corresponde, por

delegación de la dirección del Plan, al Jefe del Cuerpo de Bomberosde la Comunidad de Madrid, y será este el nivel que se declare(siempre en defecto de información inicial que aconseje la declara-ción inmediata de un nivel superior) cuando el CECOP reciba unaviso de incendio forestal y/o cuando se inicia la salida al incendiode los medios de extinción del Cuerpo de Bomberos de la Comuni-

dad de Madrid. Terminará cuando el incendio quede extinguido o sedetermine el pase a un Nivel de Gravedad superior.

La declaración de Nivel de Gravedad 0 supone la activación delpresente Plan, con utilización de los medios previstos que resultennecesarios para su control y para la protección de las personas rela-cionadas con las labores de extinción, o los bienes de naturaleza fo-restal sin especial valor ecológico que puedan verse afectados. Dadoque en incendios declarados de este nivel no se considera que exis-ta peligro para otras personas o tipo de bienes, no se prevé la adop-ción de medidas especiales de protección para estos.

3.3.2. Nivel de Gravedad 1.La declaración inicial de Nivel de Gravedad 1 corresponde por

delegación de la dirección del Plan al Director General de Protec-ción Ciudadana, y se efectúa cuando, en función de las informacio-nes existentes y pudiendo el incendio ser controlado con los mediosprevistos en el Plan, sin embargo se prevé que pueda requerirse lapuesta en práctica de:

— Medidas para la protección de personas ajenas a las laboresde extinción.

— Medidas para la protección de bienes no forestales o de bie-nes forestales de especial valor ecológico.

En esta situación el Director del Plan mantendrá informada a laDelegación del Gobierno de la Comunidad de Madrid.

El Nivel 1 terminará cuando el Director del Plan declare el fin dela emergencia o el pase a nivel inferior o superior, acorde con las cir-cunstancias.

3.3.3. Nivel de Gravedad 2.La declaración inicial de Nivel de Gravedad 2 la efectúa el Con-

sejero competente en materia de Protección Ciudadana en su condi-ción de Director del Plan, en aquellos incendios para cuya extinciónse prevé la necesidad de que, a su solicitud, sean incorporados me-dios estatales no asignados al Plan o que puedan comportar situacio-nes de emergencia que deriven hacia el interés nacional.

En el Nivel 2 el Director del Plan mantendrá informada a la De-legación del Gobierno en la Comunidad de Madrid y dicho Niveltermina cuando el Director declara el fin de la emergencia o el pasea Nivel inferior o superior, acorde con las circunstancias.

3.3.4. Nivel de Gravedad 3.La declaración de Nivel de Gravedad 3 la efectúa el Consejero

competente en materia de Protección Ciudadana, cuando así le seasolicitada por el Ministro del Interior, previa declaración formal dela emergencia de interés nacional por este, de acuerdo con lo esta-blecido en la Norma Básica de Protección Civil.

Declarado este nivel, las funciones de dirección y coordinaciónde la emergencia serán ejercidas, conforme lo mencionado anterior-mente en el punto 3.1.1, dentro de un Comité de Dirección que es-tará formado por el Delegado del Gobierno en la Comunidad de Ma-drid y el Consejero competente en materia de protección ciudadana.Corresponderá al Delegado del Gobierno la dirección de las actua-ciones del conjunto de las Administraciones Públicas, conservandoel Consejero competente en materia de Protección Ciudadana o per-sona en quien delegue el mando de los efectivos desplegados por laComunidad de Madrid.

Esta situación termina cuando el Ministro de Interior dictamina elfin de la emergencia o la vuelta a un nivel de gravedad inferior.

3.4. Medios y recursosLos medios y recursos que utiliza el INFOMA son aquellos con-

templados en el Anexo 3.

Capítulo 4

Implantación y mantenimiento del Plan

4.1. ImplantaciónLa implantación del Plan comprende el conjunto de acciones que

se deben llevar a cabo para asegurar su correcta aplicación.Con anterioridad a las fechas previstas como época de peligro

medio y alto, es preciso realizar las siguientes actuaciones:— Comprobar la disponibilidad de todos los medios que figuran

en el Plan.— Asegurar que las misiones previas que se asignan a los orga-

nismos y entidades participantes han sido cumplimentadas.

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Por otra parte, es necesario asegurar el conocimiento del Plan porparte de todos los intervinientes en la medida necesaria para realizarcorrectamente sus cometidos.

En consecuencia, se procederá a la difusión total o parcial delPlan de manera que sea adecuada a las acciones que corresponden acada interviniente o grupo de intervinientes.

Esta difusión debe complementarse con las sesiones informativasque determine el Consejero competente en materia de ProtecciónCiudadana.

Asimismo, se realizarán simulacros con los siguientes objetivos:— Comprobar la eficacia del modelo implantado.— Comprobar el adiestramiento del personal y la disponibilidad

de medios.En caso de no realizarse, al menos, un simulacro total, se realiza-

rán los simulacros parciales que, a juicio del Director General deProtección Ciudadana, sean imprescindibles.

Para la comprobación de aspectos parciales del Plan se realizaránejercicios dependiendo del número de personas y servicios que pue-dan involucrarse y de sus objetivos específicos.

Dichos ejercicios pueden ser de:— Comunicaciones.— Localización de mandos y personal operativo.— Movilización de medios.— Comprobación de datos.— Coordinación con organismos y entidades participantes.— Otros.

4.2. Mantenimiento del PlanUna vez conseguida la implantación del Plan, se procederá al

mantenimiento de su eficacia a lo largo del tiempo por medio de:— Simulacros planteados como una comprobación de la opera-

tividad del Plan en su conjunto.— Ejercicios planteados como una actividad que tiende a fami-

liarizar a los distintos grupos y organismos con los equipos ytécnicas que han de utilizar en caso de incendio.

— Comprobaciones.— Revisiones, periódicas y extraordinarias.El INFOMA se revisará periódicamente para introducir las actua-

lizaciones de datos correspondientes a las informaciones básicas delPlan y a los medios y personal actuante.

Tendrán carácter de revisiones extraordinarias aquellas que debanefectuarse como consecuencia de experiencias adquiridas, cambiosen la normativa aplicable o en la organización, cuando afecten a al-guno de los aspectos fundamentales del Plan.

Corresponderá a la Dirección General competente en materia deProtección Ciudadana velar por el mantenimiento de la operatividaddel Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios Foresta-les de la Comunidad de Madrid.

Independientemente de los medios previstos en el Plan, si se detec-tase una carencia, tanto en la fase de implantación como en la de man-tenimiento, el Director General competente en materia de protecciónciudadana solicitará, cuando corresponda, a la Delegación del Gobier-no la asignación al Plan del correspondiente medio o recurso.

ANEXO 1

RELACIÓN DE MUNICIPIOS CON RIESGO FORESTAL

1. Acebeda (La).2. Alameda del Valle.3. Alcalá de Henares.4. Alcobendas.5. Aldea del Fresno.6. Alpedrete.7. Ambite.8. Anchuelo.9. Aranjuez.

10. Arganda del Rey.11. Arroyomolinos.12. Atazar (El).13. Batres.14. Becerril de la Sierra.15. Belmonte de Tajo.16. Berzosa del Lozoya.

17. Berrueco (El).18. Boadilla del Monte.19. Boalo (El).20. Braojos.21. Brea de Tajo.22. Brunete.23. Buitrago del Lozoya.24. Bustarviejo.25. Cabanillas.26. Cabrera (La).27. Cadalso de los Vidrios.28. Campo Real.29. Canencia.30. Carabaña.31. Cenicientos.32. Cercedilla.33. Cervera de Buitrago.34. Ciempozuelos.35. Cobeña.36. Colmenar del Arroyo.37. Colmenar de Oreja.38. Colmenarejo.39. Colmenar Viejo.40. Collado Mediano.41. Collado Villalba.42. Corpa.43. Coslada.44. Chapinería.45. Chinchón.46. Escorial (El).47. Fresnedillas de la Oliva.48. Fresno de Torote.49. Fuente el Saz de Jarama.50. Fuentidueña de Tajo.51. Galapagar.52. Garganta de los Montes.53. Gargantilla del Lozoya.54. Gascones.55. Getafe.56. Guadalix de la Sierra.57. Guadarrama.58. Hiruela (La).59. Horcajo de la Sierra.60. Horcajuelo de la Sierra.61. Hoyo de Manzanares.62. Loeches.63. Lozoya.64. Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias.65. Madarcos.66. Madrid.67. Majadahonda.68. Manzanares el Real.69. Mejorada del Campo.70. Miraflores de la Sierra.71. Molar (El).72. Molinos (Los).73. Montejo de la Sierra.74. Moralzarzal.75. Morata de Tajuña.76. Navacerrada.77. Navalafuente.78. Navalagamella.79. Navalcarnero.80. Navarredonda.81. Navas del Rey.82. Nuevo Baztán.83. Olmeda de las Fuentes.84. Orusco.85. Paracuellos de Jarama.86. Patones.87. Pedrezuela.88. Pelayos de la Presa.89. Perales de Tajuña.90. Pezuela de las Torres.

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91. Pinilla del Valle.92. Piñuécar.93. Pozuelo de Alarcón.94. Prádena del Rincón.95. Puebla de la Sierra.96. Puentes Viejas.97. Quijorna.98. Rascafría.99. Redueña.

100. Ribatejada.101. Rivas-Vaciamadrid.102. Robledillo de la Jara.103. Robledo de Chavela.104. Robregordo.105. Rozas de Madrid (Las).106. Rozas de Puerto Real.107. San Agustín del Guadalix.108. San Fernando de Henares.109. San Lorenzo del Escorial.110. San Martín de la Vega.111. San Martín de Valdeiglesias.112. San Sebastián de los Reyes.113. Santa María de la Alameda.114. Santorcaz.115. Santos de la Humosa (Los).116. Serna del Monte (La).117. Sevilla la Nueva.118. Somosierra.119. Soto del Real.120. Talamanca de Jarama.121. Tielmes.122. Titulcia.123. Torrejón de Velasco.124. Torrelaguna.125. Torrelodones.126. Torremocha de Jarama.127. Torres de la Alameda.128. Tres Cantos.129. Valdaracete.130. Valdelaguna.131. Valdemanco.132. Valdemaqueda.133. Valdemorillo.134. Valdemoro.135. Valdeolmos.136. Valdilecha.137. Valverde de Alcalá.138. Vellón (El).139. Venturada.140. Villaconejos.141. Villa del Prado.142. Villalbilla.143. Villamanrique de Tajo.

144. Villamanta.145. Villamantilla.146. Villanueva de la Cañada.147. Villanueva del Pardillo.148. Villanueva de Perales.149. Villar del Olmo.150. Villarejo de Salvanés.151. Villaviciosa de Odón.152. Villavieja del Lozoya.153. Zarzalejo.

ANEXO 2

MAPA DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS

1. Mapa de riesgos

En la elaboración del mapa de riesgos se han tenido en cuenta los va-lores obtenidos del análisis de riesgo y los factores de vulnerabilidad.

Para elaborar este mapa es preciso conocer y analizar todos loscomponentes que forman parte del fenómeno fuego en los terrenosforestales. Para ello se integra el riesgo histórico (que mide la dis-tribución espacial de la frecuencia de riesgo de incendio en eltiempo), con el estudio de riesgo intrínseco (que es el debido a lascaracterísticas, tanto naturales como antrópicas, que contiene el te-rritorio).

A las características presentes en las distintas zonas geográficasse le asignan unos valores calculados en función del peligro de igni-ción (posibilidad de que comience en la zona un incendio) y del pe-ligro de propagación (probabilidad de que el incendio se propagueuna vez iniciado), y se suman los valores que resultan del estudio dela protección del territorio, estudio que determina las zonas de pro-tección preferente en base a los elementos vulnerables expuestos alfenómeno de incendios forestales, que son las personas, los bienes yel medioambiente, y a la existencia en la zona de factores talescomo:

— Interfaz urbano-forestal.— Vegetación.— Máxima protección de los Espacios Naturales Protegidos.— Vertederos.— Zonas de especial afluencia de visitantes (carreteras y pistas

en Espacios Naturales Protegidos, ríos y embalses, red viaria).— Modelos de combustible.— Áreas recreativas.— Áreas protegidas (Lugares de Interés Comunitario y Espacios

Naturales Protegidos).— Vías férreas.Deberá tenerse en cuenta, asimismo, que algunos de los factores

mencionados afectan a uno solo de los elementos vulnerables, comoes el medio ambiente, en el caso de vertederos o modelos de com-bustible, y otros afectan a varios elementos, como es el caso de uninterfaz urbano-forestal.

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En el mapa que se muestra en el presente Plan y que ha sido elaborado conforme a unas condiciones meteorológicas determinadas,se observa una zonificación del territorio según la siguiente escala de Riesgo de Incendio Forestal:

Zonas de riesgo muy alto Zonas de riesgo alto Zonas de riesgo moderado Zonas de riesgo bajo

Esta zonificación permite determinar, de una forma objetiva y para cada ubicación territorial, el nivel de gravedad del incendio y,consecuentemente, los procedimientos de intervención de los medios y recursos que intervienen en el siniestro.

MAPA TIPO

2. Medidas preventivas

2.1. Medidas preventivas en terrenos no forestalesLas medidas preventivas que deban cumplirse en terrenos rústi-

cos no forestales serán las que determine la normativa de aplicación,debiendo solicitarse las autorizaciones preceptivas para la utiliza-ción de cualquier tipo de fuego durante todo el año en dichos terre-

nos a los organismos competentes, conforme a lo expuesto a conti-nuación. Los autorizados, a su vez, comunicarán a la Dirección Ge-neral de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid, con an-terioridad al uso del fuego, el día, hora y lugar previstos, medianteenvío de correo electrónico a “[email protected]” o al númerode fax 915 801 848 o llamada telefónica al 915 801 849 o al núme-ro gratuito 900 720 300.

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En función del tipo de terreno en el que vaya a utilizarse fuego, elotorgamiento de autorización corresponde:

— Para suelo urbano y urbanizaciones: Al Ayuntamiento encuyo término municipal se haga uso del fuego.

— Para vías pecuarias: Al Área de Vías Pecuarias de la Direc-ción General de Medio Ambiente (ronda de Atocha, núme-ro 17, 28012 Madrid).

— Para terrenos agrícolas: Al Área de Agricultura de la Conseje-ría de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio(ronda de Atocha, número 17, segunda planta, 28012 Madrid).(Por Orden 3816/2003, de 22 de mayo, de la Consejería deEconomía e Innovación Tecnológica, se establecen las nor-mas sobre las autorizaciones para realizar quemas en tierrasagrícolas.)

Sin perjuicio de lo anterior, para los terrenos rústicos no foresta-les afectados por el punto 2.2, serán asimismo de aplicación las me-didas preventivas determinadas en dicho punto, por lo que los inte-resados deberán cumplir adicionalmente con las obligaciones queestablece y recabar las autorizaciones que se indican.

2.2. Medidas preventivas en montes o terrenos forestalesy determinados terrenos no forestales

2.2.1. Ámbito de aplicación.Lo establecido en el punto 2.2 de este Anexo y las medidas deter-

minadas en el punto 2.3 serán de aplicación a todos los montes o te-rrenos forestales, entendiendo como tales los definidos en los artícu-los 5.1 y 5.2 de la Ley Estatal 43/2003, de 21 de noviembre, deMontes, y en el artículo 3 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Fores-tal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, y,además, en una franja que los circunda de anchura variable en fun-ción del uso o actividad de que se trate y/o del suelo en el que se lle-ven a cabo. Si bien las medidas se aplican en toda la Comunidad deMadrid, se deberá prestar una atención especial, por su importanciaforestal, a los municipios relacionados en el Anexo 1. Asimismo, sedeberá tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 42/2007, de 13 de di-ciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

2.2.2. Usos y actividades prohibidos.Durante todo el año estará prohibido:a) Arrojar fósforos o restos de cigarrillos, tanto transitando a pie

como desde vehículos.b) Arrojar basuras, restos industriales o de cualquier clase, espe-

cialmente aquellos que contengan fuego o puedan inflamarse.c) Transitar con vehículos fuera de las vías de circulación.d) Realizar quemas de residuos en vertederos.e) Producir y utilizar fuego en cualquier tipo de operaciones o

actividades, así como el almacenamiento, transporte y utili-zación de materias inflamables o explosivas, lanzamiento decohetes, globos o artefactos, salvo autorización expresa deacuerdo con lo determinado en el punto 2.2.3.

f) Utilizar fuego para cocinar o calentarse, salvo en los casos quese autorice de acuerdo con lo determinado en el punto 2.2.3.Asimismo, en las áreas señaladas al efecto dentro de las zonasrecreativas, estará permitido en época de peligro bajo, siemprey cuando no medie prohibición expresa por riesgo de incendioforestal.

2.2.3. Usos del fuego susceptibles de obtener autorización.Las autorizaciones que se regulan en este apartado deben entender-

se sin perjuicio de la posible obligación de recabar, cuando correspon-da, autorizaciones o permisos adicionales del Estado y/o Administra-ción Local:

2.2.3.1. Quemas de residuos vegetales, prácticas con fuego yeventos varios:a) En época de peligro bajo de incendios: Efectuar una

quema para eliminación de residuos vegetales en te-rrenos forestales o en la franja de terreno de 200 me-tros de ancho que los circunda. En caso de ser el terre-no suelo no urbano, requerirá autorización del Cuerpode Agentes Forestales, que se tramitará conforme a loestablecido en el punto 2.2.4.a) de este Anexo.No obstante lo anterior, en los terrenos mencionadosrequerirán autorización del Director General de Pro-tección Ciudadana, regulada conforme al pun-

to 2.2.4.b), las quemas solicitadas por el ente Patri-monio Nacional, las quemas prescritas dentro deprogramas específicos y las quemas solicitadas parael mantenimiento de líneas eléctricas y vías férreas.Asimismo, el Director General de Protección Ciuda-dana autorizará, conforme al punto 2.2.4.b), el usodel fuego en los siguientes supuestos especiales:— Prácticas con fuego llevadas a cabo por el per-

sonal del Ministerio de Defensa o del Cuerpo deBomberos de la Comunidad.

— Uso del fuego para cocinar y calentarse para lostrabajadores forestales que estén realizandoobras autorizadas en el monte.

— Uso del fuego para cocinar y calentarse los tra-bajadores de edificaciones en construcción,

— Empleo de fuego en fiestas y romerías tradicio-nales, eventos culturales, festejos o similares,distinto al lanzamiento de cohetes, fuegos artifi-ciales y material pirotécnico que se regula espe-cíficamente en el apartado 2.2.3.2, “Lanzamien-to de cohetes, fuegos artificiales y materialpirotécnico”, y 2.3.2, “Medidas preventivas es-pecíficas para el lanzamiento de fuegos artificia-les y material pirotécnico”.

En caso de querer efectuar una quema u otro uso delos referidos en una zona que se encuentra en suelourbano (con la salvedad de lo mencionado en el pá-rrafo anterior para lanzamiento de cohetes, fuegosartificiales y material pirotécnico). El interesado de-berá dirigirse al Ayuntamiento correspondiente con-forme a lo establecido en el punto 2.1.

b) En épocas de peligro medio y alto de incendios: Eluso del fuego en terrenos forestales y en una franja deterreno de 200 metros a su alrededor, en caso de ser elterreno suelo no urbano, requerirá autorización delDirector General de Protección Ciudadana, que se tra-mitará conforme a lo establecido en el punto 2.2.4.b)de este Anexo.Si el uso del fuego se va a realizar en suelo urbano quedista a menos de 50 metros de terrenos forestales, debe-rá comunicarse con carácter previo por el interesado a laDirección General de Protección Ciudadana medianteenvío de correo electrónico a “[email protected]”o al número de fax 915 801 848 o llamada telefónicaal 915 801 849 o al número gratuito 900 720 300.

2.2.3.2. Lanzamiento de cohetes, fuegos artificiales y material pi-rotécnico: Durante todo el año, en terrenos forestales yen una franja de 500 metros a su alrededor, independien-temente del tipo de suelo de que se trate. Para el lanza-miento de cohetes, fuegos artificiales y material pirotéc-nico se requerirá autorización de la Dirección General deProtección Ciudadana, que se tramitará conforme a lo es-tablecido en el punto 2.2.4.b) de este Anexo.

2.2.3.2. Uso de maquinaria y equipos cuyo funcionamiento puedagenerar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas:a) En época de peligro bajo de incendios: No será nece-

sario recabar la autorización del Cuerpo de AgentesForestales ni de la Dirección General de ProtecciónCiudadana, si bien deberán adoptarse las medidasadecuadas y razonablemente exigibles para evitar oaminorar, en su caso, un posible riesgo de ignición.No obstante, será de aplicación lo establecido en elpunto 2.2.4.d), por lo que podrá suspenderse el usopor la Dirección General de Protección Ciudadanacuando las condiciones así lo aconsejen.

b) En épocas de peligro medio y alto de incendios: En te-rrenos forestales y en una franja de 200 metros de te-rreno a su alrededor. En caso de ser el terreno suelo nourbano, la utilización de maquinaria y equipos cuyofuncionamiento pueda generar deflagraciones, chis-pas o descargas eléctricas requerirá autorización delDirector General de Protección Ciudadana, que se tra-mitará conforme a lo establecido en el punto 2.2.4.b)de este Anexo.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 18 B.O.C.M. Núm. 138

c) En los terrenos urbanos que disten menos de 50metros de terreno forestal, el uso de la maquinariao equipos deberá comunicarse con carácter previopor el interesado a la Dirección General de Protec-ción Ciudadana mediante envío de correo electró-nico a “[email protected]” o al número defax 915 801 848 o llamada telefónica al 915 801 849o al número gratuito 900 720 300.

d) Para el uso de maquinaria y equipos gestionados porla Comunidad de Madrid solamente será necesaria lacomunicación previa de acuerdo con el punto 2.2.4.

2.2.4. Tramitación de autorizaciones:a) En los casos en los que corresponda al Cuerpo de Agentes Fores-

tales el otorgamiento de la autorización, la solicitud correspon-diente se hará mediante llamada al teléfono gratuito 900 181 628con cinco días de antelación, indicando el emplazamiento con-creto, día y horas previstos del uso del fuego y demás extremosrelevantes. Previa inspección del lugar, estudio y valoración delas condiciones de la operación por parte del Cuerpo de AgentesForestales, este otorgará, si lo considera adecuado, la autoriza-ción correspondiente y la comunicará a la Dirección General deProtección Ciudadana con indicación de las medidas preventi-vas establecidas. La Dirección General de Protección Ciudada-na podrá exigir el cumplimiento de otras medidas preventivasadicionales que considere oportunas, que serán comunicadas alautorizado por el Cuerpo de Agentes Forestales.En todos los casos, el autorizado deberá confirmar el uso delfuego el mismo día del uso, pero con carácter previo, a la Di-rección General de Protección Ciudadana, mediante envío decorreo electrónico a “[email protected]” o al número defax 915 801 848 o llamada telefónica al 915 801 849 o al nú-mero gratuito 900 720 300.

b) En los casos en los que corresponda al Director General de Pro-tección Ciudadana el otorgamiento de la autorización, la solicitudcorrespondiente habrá de presentarse por escrito, con antelaciónmínima de quince días, en la Dirección General del ProtecciónCiudadana de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (ca-rretera de La Coruña, kilómetro 22, 28230 Madrid), indicando elemplazamiento concreto, día y horas previstos del uso del fuego,maquinaria o equipos y demás extremos relevantes.

c) Las autorizaciones se concederán o denegarán en función delriesgo que implique el uso o actividad prevista y detallarán, encaso de otorgarse, las medidas preventivas mínimas que los so-licitantes deberán cumplir para evitar incendios forestales. Sinperjuicio de ello, de los siniestros que se produzcan como con-secuencia del uso del fuego, será responsable el autorizado.

d) En todos los casos, la Dirección General de Protección Ciu-dadana podrá paralizar el uso del fuego, maquinaria y equi-pos, por causas tales como el cambio en las condiciones me-teorológicas, por crearse alarma social o cuando otrascircunstancias lo aconsejen, comunicándose al interesado lafecha en la que puede reiniciar el uso una vez que hayan de-saparecido las causas que motivaron la paralización.Lo anterior se debe entender sin perjuicio de posibles compe-tencias de paralización del uso del fuego que puedan corres-ponder al Estado o Administración Local en cuestión.

2.3. Medidas preventivas específicas

2.3.1. Medidas preventivas específicas para la quema de restosvegetales.

Para la quema de restos vegetales, así como con motivo de cualquieruso del fuego en tratamientos selvícolas, eventos culturales, festejos osimilares, deberán adoptarse las siguientes medidas preventivas:

— Seleccionar zonas despejadas para evitar la propagación delfuego y la soflamación de la vegetación circundante.

— No realizar grandes acumulaciones de restos vegetales paraquemar.

— Contar para todas las quemas y demás usos referidos con per-sonal o material suficiente para su debido control.

— No iniciar ninguna hoguera antes de salir el sol, debiendo te-nerla totalmente extinguida en el momento de su puesta o alfinalizar la jornada de trabajo, si esta finaliza antes de la pues-ta del sol.

— No iniciar ninguna hoguera en los días de viento y, si una veziniciado el fuego se empezase a levantar viento, apagarlo in-mediatamente.

— No abandonar la vigilancia de las zonas quemadas hasta quelas hogueras estén totalmente apagadas y transcurridas doshoras después de verse rescoldos o brasas.

— En zonas de recreo o uso público intensivo se eliminarán losrestos de la hoguera.

— Atender siempre las indicaciones del personal del Cuerpo Pro-fesional de Bomberos y del Cuerpo de Agentes Forestales.

2.3.2. Medidas preventivas específicas para el lanzamiento defuegos artificiales.

En el caso de lanzamiento de cohetes, fuegos artificiales y lanza-miento de material pirotécnico, los requisitos mínimos que se fija-rán en las autorizaciones que se concedan en época de peligro me-dio y alto de incendios serán los siguientes:

— Avisar el día del lanzamiento, pero con carácter previo, alCentro de Atención de Llamadas de Urgencia 112, mediantellamada al mismo.

— Eliminar el pasto y demás combustibles ligeros existentes enla zona de lanzamiento y caída para evitar la propagación delfuego.

— No utilizar cohetes con descenso de paracaídas ni con caña.— Mientras dure el lanzamiento, así como posteriormente, hasta

asegurarse de que no se ha producido ninguna ignición, man-tener una cuadrilla de tres o cuatro personas capacitadas paraextinción de incendios de vegetación, con extintores, palas yazadas, y con un vehículo con capacidad de extinción dotadocon sistema de impulsión y depósito con una capacidad míni-ma de 300 litros de agua.

— Atender siempre las indicaciones del personal del Cuerpo Pro-fesional de Bomberos y del Cuerpo de Agentes Forestales.

— Recoger todos los restos de carcasas y cohetes una vez finali-zada la exhibición.

2.3.3. Medidas preventivas específicas para márgenes de zonasde servidumbre de carreteras, vías férreas, líneas de transporteaéreo, cortafuegos, vertederos y zonas edificadas.

De acuerdo con lo preceptuado en el Reglamento de IncendiosForestales, aprobado por Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, ensu capítulo 3, y en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes,las empresas o particulares concesionarios de ferrocarriles, teleféri-cos, líneas de transporte o distribución de energía eléctrica de altatensión, depósitos de explosivos o materias combustibles, instala-ciones de productos o transformación de energía eléctrica, fábricasy otras instalaciones que puedan originar incendios deberán mante-ner durante las épocas de peligro medio y alto fijadas en el aparta-do 2.2 del presente Decreto, limpias de malezas y residuos combus-tibles las zonas de protección que en cada concesión se les hayafijado, y cumplir, en todo caso, las medidas preventivas que se con-sideren oportunas.

Asimismo, las empresas dedicadas a explotaciones forestales ha-brán de mantener limpios de vegetación y residuos los parques ycargaderos y dotar a su personal de los materiales y equipos necesa-rios para que pueda sofocar cualquier conato de incendio que se pro-duzca en la zona de trabajo.

Los vertederos y las zonas edificadas limítrofes o interiores a te-rrenos forestales deberán cumplir las condiciones establecidas en lanormativa que les sea de aplicación y, en especial, deben contar conuna franja de 25 metros de anchura, separando el vertedero o la zonaedificada de la forestal, libre de arbustos o vegetación que puedapropagar un incendio al área forestal, así como con un camino peri-metral de 5 metros, que podrá estar incluido en dicha franja.

2.4. Infracciones y su sanción

Las acciones u omisiones constitutivas de infracciones administra-tivas serán sancionables con arreglo a lo dispuesto en la Ley 43/2003,de 21 de noviembre, de Montes, y en la Ley 16/1995, de 4 de mayo,Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Ma-drid, sin perjuicio de pasar el tanto de culpa a la jurisdicción ordina-ria si los hechos pudieran ser constitutivos de delito.

Las infracciones serán denunciadas y se instruirán los atestados ydiligencias oportunas para el esclarecimiento de los hechos, remi-tiéndose, cuando corresponda, las actuaciones a la Consejería com-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 19

petente de acuerdo con la normativa vigente en cada momento, quellevará a cabo la tramitación pertinente e impondrá la sanción a quehubiere lugar en su caso.

2.5. PublicidadSe interesa de los jefes de estación de ferrocarriles o autobuses,

así como de las empresas dedicadas a excursiones que tengan acce-so a zonas forestales, que coloquen en sus dependencias y vehículosavisos o carteles llamativos con las precauciones establecidas por laComunidad de Madrid, que deben tomarse para evitar incendios enlos montes. Asimismo, deben colocar dichos carteles todos los esta-blecimientos públicos situados dentro o en las proximidades de zo-nas forestales.

Todo ello se entiende sin perjuicio de lo que determinen losAyuntamientos en relación con los bandos que dicte la Alcaldía.

ANEXO 3

MEDIOS Y RECURSOS DEL PLAN DE PROTECCIÓN CIVILDE EMERGENCIA POR INCENDIOS FORESTALES

1. Comunidad de Madrid

1.1. Consejería de Presidencia, Justicia e Interior1.1.1. Dirección General de Protección Ciudadana.—Relación

de medios materiales:a) Red de Infraestructuras.—Parques de Bomberos de la Comu-

nidad de Madrid:1. Alcalá de Henares.2. Alcobendas.3. Aldea del Fresno.4. Aranjuez.5. Arganda del Rey.6. Collado Villalba.7. Coslada.8. Getafe.9. Las Rozas (Parque Central).10. Lozoyuela.11. Navacerrada.12. Parla.13. Pozuelo de Alarcón.14. Rascafría.15. San Lorenzo de El Escorial.16. San Martín de Valdeiglesias.17. Torrejón de Ardoz.18. Tres Cantos.19. Villaviciosa de Odón.

b) Retén de extinción de incendios:1. Alcalá de Henares.2. Alcalá de Henares.3. Aldea del Fresno.4. Aranjuez.5. Berrueco, El.6. Buitrago de Lozoya.7. Cabanillas de la Sierra.8. Cadalso.9. Canencia.10. Cenicientos.11. Cercedilla.12. Colmenar de Oreja.13. Colmenar Viejo.14. Colmenarejo.15. Fuente el Saz de Jarama.16. Galapagar.17. Guadarrama.18. Hoyo de Manzanares.19. Lozoya.20. Manzanares el Real.21. Miraflores.

22. Montejo de la Sierra.23. Moralzarzal.24. Morata de Tajuña.25. Nuevo Baztán.26. Pelayos de la Presa.27. Puebla de la Sierra, La.28. Puentes Viejas.29. Rascafría.30. Robledo de Chavela.31. San Lorenzo de El Escorial.32. San Lorenzo de El Escorial.33. San Martín de la Vega.34. San Martín de Valdeiglesias.35. San Sebastián de los Reyes.36. Villa del Prado.

c) Patrulla-retén:1. Alcalá de Henares.2. Arganda.3. Buitrago del Lozoya.4. Guadarrama.5. San Martín de Valdeiglesias.6. Valdemorillo.

d) Puestos de vigilancia: 40 puestos fijos distribuidos por lageografía madrileña, con las funciones de coordinación, vigi-lancia y detección de incendios, así como los puestos móvi-les que se establezcan.

e) Bases de helicópteros:1. Alcalá de Henares/Navacerrada (Helibomba).2. Arganda del Rey (Brigada Helitransportada).3. Bustarviejo (Brigada Helitransportada).4. Las Rozas (Helibomba + Helicóptero de Coordinación).5. Lozoyuela (Helibomba).6. San Martín de Valdeiglesias (Brigada Helitransportada +

Helibomba).7. Valdemorillo (Brigada Helitransportada).

f) Medios auxiliares:— Doce autobombas nodriza.— Tres equipos de maquinaria pesada.— Una Unidad Móvil de Meteorología y Transmisiones.— Dos puestos de mando.

g) Bomberos voluntarios, por municipios de ubicación: Daganzode Arriba.

h) Otros medios: Todos los medios del Cuerpo de Bomberos dela Comunidad de Madrid disponibles y adecuados para la ex-tinción de los incendios forestales y, como mínimo, los esta-blecidos en los procedimientos de activación de medios.

i) CECOP: Centro de Coordinación Operativa.1.1.2. Dirección General de Seguridad e Interior.Todos los medios humanos y materiales del Cuerpo de Agentes

Forestales.

1.2. Consejería competente en materia de Sanidad

Los medios de la Consejería de Sanidad asignados a situacionesde emergencia.

1.3. Consejería competente en materia de Medio Ambiente

Los representantes que correspondan en el Comité Asesor y elasesor que corresponda en el Puesto de Mando Avanzado.

1.4. Consejería competente en materia de Asuntos Sociales

Los representantes que correspondan en el Comité Asesor, así comolos medios de la Consejería asignados a situaciones de emergencia.

2. Administración del Estado

En general, todos los medios necesarios y, en especial, los que siguen:a) Los recursos de Protección Civil para la extinción de incen-

dios forestales del Ministerio del Interior.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 20 B.O.C.M. Núm. 138

b) Unidades móviles de meteorología de la Agencia Estatal deMeteorología del Ministerio del Medioambiente e Hidroa-viones del mismo Ministerio.

c) Guardia Civil.d) Fuerzas Armadas, en su caso.

3. Ayuntamientos

En general, todos los medios necesarios de los Ayuntamientosafectados por el incendio y, en especial, los que siguen:

— Unidades de colaboradores de bomberos, por municipios:1. Becerril de la Sierra2. Berzosa del Lozoya.3. Brea de Tajo.4. Brunete.5. Cadalso de los Vidrios.6. Canencia.7. Carabaña.8. Cenicientos.9. Cercedilla.10. Chinchón.11. Colmenar de Oreja.12. El Atazar.13. El Berrueco.14. El Boalo.15. El Vellón.16. Fuente el Saz de Jarama.17. Fuentidueña de Tajo.18. Garganta de los Montes.19. Guadalix de la Sierra.20. Guadarrama.21. Horcajo de la Sierra.22. Hoyo de Manzanares.23. La Hiruela.24. Lozoya.25. Manzanares el Real.26. Miraflores de la Sierra.27. Montejo de la Sierra.28. Moralzarzal.29. Nuevo Baztán.30. Paracuellos de Jarama.31. Pezuela de las Torres.32. Puebla de la Sierra.33. Robledo de Chavela.34. San Agustín del Guadalix.35. Santa María de la Alameda.36. Sevilla la Nueva.37. Soto del Real.38. Torrelaguna.39. Torrelodones.40. Torremocha del Jarama.41. Torres de la Alameda.42. Valdemaqueda.43. Valdemorillo.44. Valdemoro.45. Valdilecha.46. Venturada.

ANEXO 4

PLANES DE ACTUACIÓN DE ÁMBITO LOCAL

Los municipios afectados ante el riesgo de incendios forestales yque se relacionan en el Anexo 1 del presente Plan, deberán disponerde un plan de actuación municipal ante emergencias por incendiosforestales, para cuya elaboración, aprobación, homologación y con-tenido se estará a lo establecido para dicho ámbito territorial en laDirectriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergen-cias por Incendios Forestales, aprobada por acuerdo del Consejo de

Ministros, en su reunión de 18 de marzo de 1993, y que fue publica-do por Orden de 2 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 15 deabril de 1993).

Sin perjuicio de lo anterior, respecto de la organización local, pro-cedimientos operativos y procedimientos de información a la pobla-ción que se establezcan, deberá tenerse en cuenta la necesaria capa-cidad de integración en el INFOMA y adicionalmente las directricesque se indican a continuación:

1. Organización

Corresponde al Alcalde la dirección de las acciones de sus pro-pios medios y recursos, teniendo en cuenta que estas acciones estánintegradas en el INFOMA y que, por lo tanto, debe actuar en conso-nancia con las instrucciones y orientaciones que reciba de la direc-ción del mencionado Plan.

En ningún caso compete a los Ayuntamientos la solicitud al Esta-do de la activación de las Fuerzas Armadas, incluyendo la UnidadMilitar de Emergencia, aunque la emergencia se limite a sus térmi-nos municipales.

Debe tener prevista la delegación en un Concejal, que será prefe-rentemente el competente en materia de protección civil o de segu-ridad, para su incorporación al Comité Asesor, así como asegurar lapresencia de un representante del Ayuntamiento en el Puesto deMando Avanzado cuando se constituya.

En función de los propios medios del Ayuntamiento y parapoder actuar desde los primeros momentos en los trabajos de ex-tinción, deberá tener organizado un Grupo o Grupos de ProntoAuxilio, en el que se encuadrarán el personal voluntario, y poste-riormente las ayudas espontáneas, debiendo tener siempre encuenta la formación y experiencia del personal interviniente, conla finalidad de asignarle exclusivamente las tareas que razonable-mente pueda desempeñar.

Se recomienda que cada Grupo de Pronto Auxilio esté constitui-do por un mínimo de ocho personas, con un Jefe al frente, que de-penderá, a su vez, del Concejal en el que el Alcalde haya delegadola incorporación al Comité Asesor.

Si el Ayuntamiento dispone de parque de bomberos, el Grupo dePronto Auxilio actuará en apoyo de este.

Los componentes de la Policía Local, los medios sanitarios loca-les y los de apoyo logístico deben tener prevista su integración, res-pectivamente, en el Grupo de Seguridad, en el Grupo Sanitario y enel Grupo de Apoyo Logístico, cuando se constituyan en aplicacióndel INFOMA.

Asimismo, las autoridades y los gestores del Ayuntamiento,como complemento de las de extinción, deben tener previsto:

— Provisión del material pesado, ligero y de transporte disponi-ble en el municipio.

— Abastecimiento y suministro de agua para la extinción.— Abastecimiento y distribución de víveres para el personal de-

pendiente del Ayuntamiento.— Información a la población.— Posibles albergues para el caso en que núcleos habitados del

municipio tengan que proceder a una evacuación.

2. Procedimientos operativos

Los procedimientos operativos se elaborarán con arreglo a lo dis-puesto en cada una de las situaciones establecidas en el INFOMA yse refieren a:

1. Detección de incendio y proceso de alarma.2. Iniciación del ataque al fuego conforme a la capacitación del

personal de los grupos de extinción y sin poner en peligro la seguri-dad propia y ajena, incorporándose dichos grupos, en su caso, en elGrupo de Intervención, cuando se constituya. Una vez extinguido elincendio, los grupos de extinción colaborarán con el establecimientode los retenes de vigilancia para evitar la reproducción del mismo.

3. Iniciación de las tareas de Apoyo Logístico y Apoyo Sanita-rio hasta su integración en los respectivos Grupos de Apoyo Logís-tico y Sanitario.

4. Medidas de protección a la población, para lo cual se debe, asu vez, tener previstos los procedimientos necesarios para:

a) Información a la población afectada.b) Evacuación.c) Albergue.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 21

5. Facilitación a los medios de la Comunidad de Madridde toda la información necesaria para hacerse cargo de la emer-gencia.

Procedimientos de información a la población: Sin perjuicio delo que se establezca en caso de emergencias, conforme a lo seña-lado en el anterior punto 4, los Alcaldes de los municipios relacio-nados en el Anexo 1 publicarán un bando en el que se indiquen,además de las medidas mencionadas en el Anexo 2, aquellos as-pectos de la actuación municipal que deben ser conocidos por lapoblación.

ANEXO 5

PLANES DE AUTOPROTECCIÓN ANTE INCENDIOSFORESTALES

1. Naturaleza, funciones básicas y medidas de prevención

Los planes de autoprotección constituyen un instrumento de ac-tuación que recogen todos los medios personales y materiales exis-tentes en una empresa, núcleo de población aislada, urbanizaciones,campings, etcétera radicados en una zona forestal o en las proximi-dades de la misma, así como las normas de actuación encaminadasa la prevención, iniciación de la extinción conforme a sus posibili-dades y protección a la población hasta la llegada e intervención delos Grupos de Acción exteriores.

Son funciones básicas de los planes de autoprotección las si-guientes:

— Complementar las labores de vigilancia y detección previstasen los planes de ámbito superior.

— Organizar los medios humanos y materiales disponibles parala actuación en emergencia por incendios forestales, hasta lallegada e intervención de los Grupos de Acción previstos enlos planes de ámbito superior.

— Preparar la intervención de ayudas exteriores en caso deemergencia y garantizar la posible evacuación.

En materia de prevención, debe prestarse especial atención a:

— Cumplimiento de las medidas preventivas dictadas por lasAdministraciones Públicas.

— Labores de supervisión de instalaciones con mayor riesgo deiniciación y/o propagación de un incendio.

— Verificación del estado de hidrantes.— Labores de limpieza de viales, que deben quedar libres de

material inflamable.

2. Normas para la elaboración de los planes de autoproteccióny contenido mínimo

Estos planes, según un esquema simple, serán elaborados porlos propietarios de las empresas, urbanizaciones u otros núcleoshabitados, con el fin de organizar la colaboración ciudadana y do-tarse de una mínima estructura para hacer frente a los daños queprovocan los incendios forestales, debiendo asegurarse que las ta-reas encomendadas se adecuan a la formación y experiencia delpersonal disponible.

Los planes contendrán, como mínimo:

2.1. Referencia de la zona

Se definirá la delimitación y situación de la zona sujeta al Plan.

2.2. Identificación de riesgos

Se efectuará en base a toda la información de la que se dispongasobre incendios forestales que hayan ocasionado daños a personas obienes, analizando aquellas situaciones potenciales que puedan lle-gar a materializarse.

2.3. Catalogación de medios y recursos

Se relacionarán todos los medios y recursos disponibles, tanto lospersonales como los materiales, así como los lugares en los que seencuentran.

2.4. Organización

Para el cumplimiento de las funciones básicas es necesario esta-blecer una mínima organización de autoprotección para ser activadaen caso de emergencia.

Esta organización estará en función del tamaño y complejidad dela entidad considerada, personal disponible, formación y experien-cia del mismo.

Como mínimo, habrá que designar:a) Un Jefe de Autoprotección responsable de todas las actuaciones.

Se procurará que esta Jefatura quede asegurada en todo mo-mento y para cada una de las circunstancias en que puede en-contrarse la entidad: En actividad o descanso, en días festivoso laborables, de día o de noche, etcétera.Si fuera posible, se constituirá una Junta como apoyo del Jefede Autoprotección, designando nominativamente a sus com-ponentes.

b) Personas y sus sustitutos a las que se encomiendan determi-nadas misiones en situaciones de emergencia, tales como:— Alerta.— Mantenimiento del orden.— Extinción de incendios.— Primeros auxilios.— Evacuación.

En todo caso, las personas serán seleccionadas en función de susocupaciones profesionales cotidianas y los conocimientos y faculta-des que requieren las misiones encomendadas.

Si la magnitud de la empresa lo permite, estas personas puedenconstituirse en grupos que actuarán bajo el mando de un Jefe y conlos medios que puedan asignársele.

2.5. Operatividad

Se establecerán, como mínimo, los procedimientos operativos para:a) Alarma.

En caso de incendio forestal, cualquiera que sea su importan-cia, debe asegurarse el aviso para conocimiento del hecho,tanto a los ocupantes de la instalación como a las autoridadeslocales y autonómicas, a través del Centro de Atención deLlamadas de Urgencia Madrid 112.Este aviso tiene por objeto que:— Los ocupantes adopten medidas de protección e interven-

ción, si procede.— Las autoridades activen su plan correspondiente, si procede.

b) Intervención.Las personas o grupos que componen la organización de au-toprotección procederán a:— Intentar la extinción del incendio, conforme a sus posibi-

lidades y sin poner en peligro la propia seguridad o la delos demás.

— Mantener el orden.— Auxiliar a los accidentados o víctimas, si las hubiera, en

caso de estar capacitados para ello.— Ejecutar las acciones que faciliten la intervención exterior.— Proceder a la evacuación parcial o total, si fuera necesa-

rio, evacuación que deberá ser planificada detalladamen-te para garantizar su éxito.

2.6. Datos informativos

Los planes de autoprotección contendrán todos los datos informa-tivos que se estimen oportunos y, en todo caso:

a) Plano o croquis de situación de la zona o núcleos a los que serefiere el plan.

b) Planos o croquis de vías de acceso y tránsito, tomas y depósi-tos de agua y lugares de concentración.

2.7. Actividades sujetas a la obligación de disponer de plande autoprotección

Cuando la empresa o actividad ubicada en zona forestal o en lasproximidades de la misma se encuentre sujeta, plena o supletoriamen-te, al Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 22 B.O.C.M. Núm. 138

Norma Básica de Autoprotección de los Centros, establecimientos ydependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a cita-ciones de emergencia o a su normativa de desarrollo en la Comunidadde Madrid, deberá cumplimentar su plan de autoprotección conformedetermine dicha normativa, sin perjuicio de incorporar los extremosnecesarios que le permitan cumplir con las funciones que este Anexoencomienda en materia de incendios forestales.

ANEXO 6

OTRAS FUNCIONES ADICIONALES DE LA COMUNIDADDE MADRID Y DEL ESTADO

En el presente Anexo figuran de modo enunciativo y no limitati-vo otras funciones que corresponden a órganos, organismos y enti-dades dependientes de la Comunidad de Madrid y del Estado en lalucha contra los incendios forestales.

1. Comunidad de Madrid

Consejería competente en materia de Protección Ciudadana

La Consejería competente en materia de Protección Ciudadanatiene, entre otras, las competencias en los trabajos de prevención deincendios, vigilancia, detección y extinción de incendios forestalesen los ecosistemas forestales de la región de Madrid, correspondién-dole la organización de las campañas de información y divulgaciónciudadana e información a los medios de comunicación social enmateria de incendios forestales, sin perjuicio de lo establecido en re-lación con la divulgación de información en caso de activación delINFOMA.

Dirección General de Protección Ciudadana

La Dirección General de Protección Ciudadana cumplirá, entreotras que puedan corresponderle, las siguientes funciones:

— Asumir la organización y mantenimiento del CECOP/CE-COPI de forma que puedan realizarse las acciones descritasen el presente Plan.

— Establecer la red de detección y alarma de incendios forestales.— Evaluar el riesgo de incendio, realizando el Mapa de Riesgos

de Incendio Forestal.— Realizar una investigación de todos aquellos incendios que

por su importancia o peculiaridades lo requieran.— Elaborar las estadísticas de incendios forestales, redactando

los partes de incendios que procedan de acuerdo con las nor-mas vigentes del Ministerio de Medio Ambiente, según loprescrito en el apartado C.5 del Real Decreto 1703/1984, de 1de agosto, por el que se traspasan a la Comunidad de Madridlas funciones y servicios del Estado en materia de Conserva-ción de la Naturaleza.

— Colaborar con entidades públicas y privadas en la redacción,conforme al Anexo 5, de Planes de Autoprotección.

— Organizar reuniones e impulsar convenios con otros organis-mos para establecer los mecanismos de coordinación y cola-boración en incendios forestales, así como clarificar las ac-tuaciones que a cada uno le correspondan.

— Proceder a la redacción y ejecución del Plan de Mitigación dela Desertificación y Prevención de Incendios Forestales.

Dirección General de Seguridad e Interior

La Dirección General de Seguridad e Interior cumplirá, entreotras que puedan corresponderle, las siguientes funciones:

— Gestionar y mantener la red y emisora de comunicacionesPMR, siempre que se utilice como instrumento de apoyo decomunicaciones relativas a incendios forestales durante laépoca de peligro alto.

— Realizar las rutas de vigilancia móvil, desempeñadas por elCuerpo de Agentes Forestales en coordinación con la Direc-ción General de Protección Ciudadana.

— Organizar y mantener las brigadas de investigación delas causas de los incendios forestales de la Comunidad deMadrid (BIIF), constituidas por miembros del Cuerpo deAgentes Forestales, coordinación de sus actuaciones y re-

misión de las denuncias o atestados que de estas investiga-ciones puedan derivarse a los órganos instructores que co-rrespondan.

— Colaboración con la Dirección General de Protección Ciuda-dana en la elaboración de las estadísticas de incendios fores-tales, a través de la cumplimentación de los partes de incen-dios forestales y de la determinación de sus causas.

Consejería competente en materia de Medio Ambiente

La Consejería referida tendrá las funciones que le sean asignadasen desarrollo de sus competencias.

2. Administración del Estado

Delegación del Gobierno

El Delegado del Gobierno dará, cuando corresponda, las órdenesoportunas para que la Guardia Civil u otros efectivos que fuerancompetentes, en su caso, efectúen labores de:

— Vigilancia y reconocimiento de las zonas forestales y controlde personas que transiten por zonas de peligro en cuanto quepuede significar la evitación de posibles incendios.

— Colaboración en la redacción de planes de prevención,aportando el conocimiento que tengan las Comandancias dePuesto de la Guardia Civil de zonas boscosas, caminos, sen-deros, pozos de agua, zonas habitadas, casas de campo ycuantos datos sean oportunos para la prevención y extinciónde incendios y, en su caso, la eventual protección de las per-sonas y bienes.

— Denuncias por infracciones y tramitación de las mismasconforme ordenamiento, remitiendo las actuaciones a laautoridad judicial y a la Consejería competente de la Co-munidad de Madrid cuando los hechos pueden revestir elcarácter de delito o falta, dando cuenta de las actuaciones ala referida Consejería en caso de simples infracciones ad-ministrativas.

Ministerio de Medio Ambiente

El Ministerio de Medio Ambiente participa en el INFOMA pres-tando apoyo técnico y de información meteorológica, de acuerdocon los medios disponibles destinados a cumplir misiones de extin-ción de incendios forestales. Entre sus funciones destacan:

— Sistematización de informaciones y suministro de datos.— Experimentación sobre técnicas y equipos de prevención y

extinción y desarrollo de los mismos.— Perfeccionamiento técnico del personal.

A través de la Agencia Estatal de Meteorología, proporcionarálos datos meteorológicos básicos y la información complementa-ria necesaria que solicite el Director del Plan, en caso de activar-se este.

Asimismo, la Agencia Estatal de Meteorología enviará a la Di-rección General de Protección Ciudadana diariamente durante lasépocas de peligro alto y medio el correspondiente parte meteoro-lógico.

(03/18.652/09)

Consejería de Educación

1956 CORRECCIÓN de errores de la Orden 1669/2009, de 16de abril, por la que se regula para la Comunidad de Ma-drid el acceso a los ciclos formativos de grado medio y degrado superior de las enseñanzas profesionales de ArtesPlásticas y Diseño.

Apreciado error tipográfico en la publicación de los Anexos II, Vy VI de la citada Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID número 107, correspondiente al día 7 de mayo de 2009,páginas 4 a 15 (número inserción 03/13.693/09), se procede de nue-vo a la inserción de los mencionados Anexos.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 23

ANEXO II

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LA PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO …………………………….. DE GRADO ….………

DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (REGULADA POR ORDEN …../ ………, DE ….. DE ………….)

DATOS DEL SOLICITANTE

NOMBRE Y APELLIDOS: …………………………………………………………………………………………………………………...

DNI, NIE o Pasaporte: ………………………………………….. FECHA DE NACIMIENTO: ………………………………………….

DOMICILIO: CALLE/PLAZA: ………………………………………………………………………………………..Nº: ………………….

C.P.: ……………….. LOCALIDAD: …………………………………………………… TELÉFONO: …………………………………..

ESTUDIOS CURSADOS CON ANTERIORIDAD

ESTUDIOS CENTRO CURSO ESCOLAR

DOCUMENTACIÓN APORTADA

FOTOCOPIA DEL DNI, NIE o Pasaporte.

………………………………………………………………………………………………………………………………………….

………………………………………………………………………………………………………………………………………….

………………………………………………………………………………………………………………………………………….

………………………………………………………………………………………………………………………………………….

………………………………………………………………………………………………………………………………………….

En ……………………… a ……… de ……………………… de 20….

Fdo.: EL/LA SOLICITANTE

Los datos personales recogidos serán tratados con su consentimiento informado en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de datos de carácter personal y de conformidad a los principios dispuestos en la misma y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del fichero. Para cualquier cuestión relacionada con esta materia, o si tiene usted alguna sugerencia que permita mejorar este impreso, puede dirigirse al teléfono de información administrativa “012”.

SR/ SRA. DIRECTOR/A DE LA ESCUELA DE ARTE

Etiqueta de Registro Nº. Inscripción………..…/….………..…

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 24 B.O.C.M. Núm. 138

ANEXO V

E S P A Ñ A COMUNIDAD DE MADRID

D/D.ª ……………………………………………..………………………………………….…………………………,

Secretario/a de la Escuela de Arte ……………………………………………………………….………………….....,

de ………………………………………..., provincia de Madrid

CERTIFICA

Que D/D.ª …………………………………………….…………con DNI, NIE o pasaporte………………….........

ha superado, con fecha ..…./..…./…….. y con la calificación de .……………..……………., la parte general de la

prueba establecida por Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, que le permite la realización de los ejercicios

correspondientes a la parte específica de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado ..……………………..

de Artes Plásticas y Diseño.

En …………………….., a ……. de …………………….. de 20……

EL/LA SECRETARIO/A Vº.Bº.:

EL/LA DIRECTOR/A

Fdo.: ………………………………… (Nombre y apellidos)

Fdo.: ………………………………….. (Nombre y apellidos)

SELLO DE LA ESCUELA DE ARTE

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 25

ANEXO VI

(03/18.750/09)

E S P A Ñ A COMUNIDAD DE MADRID

D/D.ª ……………………………………………………………..………………………………………………………,

Secretario/a de la Escuela de Arte ……………………………………………………………………….……………....,

de ………………………….………………..., provincia de Madrid

CERTIFICA

Que D/D.ª ………………………………………..…………………... con DNI, NIE o pasaporte…………………

ha superado, con fecha ...…../..….../..……. y con la calificación de ……………..………, la prueba específica de

acceso establecida por Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, a los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño de

grado …………………...… correspondientes a la familia profesional de …………………………….

En …………………….., a ……. de …………………….. de 20……

EL/LA SECRETARIO/A Vº.Bº.:

EL/LA DIRECTOR/A

Fdo.: ………………………………… (Nombre y apellidos)

Fdo.: ………………………………….. (Nombre y apellidos)

SELLO DE LA ESCUELA DE ARTE

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 26 B.O.C.M. Núm. 138

B) Autoridades y Personal

Asamblea de Madrid

1957 RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2007, de la SecretaríaGeneral de la Asamblea de Madrid, por la que se estable-ce el orden de actuación de los aspirantes en todas laspruebas selectivas de ingreso que se celebren durante esteaño.

Esta Secretaría General, en virtud de las atribuciones conferidaspor el artículo 8 del Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid,

RESUELVE

Primero

Comunicar que la letra “T” es el resultado del sorteo celebrado elpasado día 25 de mayo en la sede de la Cámara, por el que se esta-blece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas se-lectivas de ingreso que se celebren durante este año.

Segundo

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

Madrid, a 1 de junio de 2009.—El Secretario General, FabioPascua Mateo.

(01/2.106/09)

Consejería de Economía y Hacienda

1958 ORDEN de 26 de mayo de 2009, por la que se resuelve laconvocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sis-tema de Concurso de Méritos en la Consejería de Economíay Hacienda, realizada por Orden de 10 de febrero de 2009(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de fe-brero).

Mediante Orden de 10 de febrero de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 27 de febrero), fue aprobada convocato-ria para provisión de puestos de trabajo por el sistema de Concurso deMéritos en la Consejería de Economía y Hacienda.

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cum-plido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión dePuestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comu-nidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), modifica-da por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regiren las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas deConcurso de Méritos y Libre Designación, y de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regulael sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias

que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de tra-bajo, así como las demás prescripciones contenidas en las bases deconvocatoria ya mencionadas.

Considerando que esta Consejería tiene competencia para proce-der a la adjudicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.2 dela Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comuni-dad de Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por laJunta de Méritos y el informe favorable emitido por la DirecciónGeneral de Gestión de Recursos Humanos,

DISPONGO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios quese expresan en el Anexo.

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el datode la “Puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso” seentiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expusoen su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dadoque en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propues-tas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vincu-lantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se reali-zarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990,de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a par-tir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra lamisma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de re-posición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la hadictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrati-vo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencio-so-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir deldía siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso quese estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispues-to en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa.

Dado en Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El Consejero de Econo-mía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008),el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE CONVOCATORIA DE PROVISIÓN DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 27

(03/18.438/09)

Consejería de Economía y Hacienda

1959 ORDEN de 26 de mayo de 2009, por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión, por el sistema de Con-curso de Méritos, en la Consejería de Economía y Hacienda.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de laComunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de varios puestos detrabajo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómi-ca que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante elsistema de Concurso de Méritos.

Segundo

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública; en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Públi-ca de la Comunidad de Madrid; en la Ley 4/1989, de 6 de abril, deProvisión de Puestos de Trabajo reservados a Personal Funcionariode la Comunidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril),modificada parcialmente por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), dela Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases genera-les que han de regir en las convocatorias para la provisión de pues-tos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; enla Orden 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en lasdiferentes convocatorias que se publiquen para los concursos deprovisión de puestos de trabajo, y en el Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de In-greso del Personal al Servicio de la Administración General del Es-tado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesionalde los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdocon las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en larelación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación, Cuer-po, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida en su caso.

Cuarto

Los funcionarios con adscripción provisional están obligados aparticipar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestosde trabajo a que puedan acceder.

Quinto

5.1. De conformidad con lo establecido en la base sexta de laOrden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), modificada parcialmente por la Or-den de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de marzo), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Economía y Hacienda, y se presentarán en el plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de laconvocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma esta-blecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, según modelo regulado en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

5.2. Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas so-licitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas, ydeberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El certificado de Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Conse-jería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre). En el supuesto de funcionariosintegrados en la Comunidad de Madrid y procedentes deotras Administraciones Públicas, deberán aportar certificadode Registro de su Administración de origen cuando el tiem-po de servicios prestados en la Administración de la Comu-nidad de Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de podervalorar el trabajo desarrollado.

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administra-

ción Pública como en la empresa privada, especialmente re-feridos a los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria.

— Estudios, cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.c) Para la valoración de los méritos preferentes y no preferentes

alegados, los interesados deberán aportar fotocopias cotejadasu originales de documentación acreditativa de los mismos.

d) Certificado firmado por el Secretario General Técnico o Ge-rente de la Consejería u Organismo donde el funcionariopreste servicios en la fecha de la convocatoria de Concurso deMéritos, acreditativo de los períodos de ausencia motivadapor incapacidad temporal derivada de contingencias comu-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 28 B.O.C.M. Núm. 138

nes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando si di-chas ausencias superan, o no, el 20 por 100 de la jornada pre-vista según el calendario laboral, dentro de cada año natural,a partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 de di-ciembre, y durante un período máximo de cinco años.

5.3. Finalizada la valoración de las instancias, y con carácterprevio al fallo de la Junta de Méritos, se publicará en los tablones deanuncios de la Consejería de Economía y Hacienda, la relación delos aspirantes admitidos y no admitidos al proceso de provisión, conindicación de la puntuación reconocida por cada uno de los méritospreferentes y no preferentes alegados, así como la puntuación obte-nida por ambos conceptos. Contra esta publicación se podrán formu-lar alegaciones al respecto en el plazo de diez días hábiles, a contardesde el día siguiente a su exposición en los tablones de anuncios.

Sexto

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta dela Ley 4/1989, de 6 de abril, no se podrán adjudicar puestos con unapuntuación inferior a 10 puntos. No obstante, la Junta de Méritos po-drá adjudicar excepcionalmente algún puesto de trabajo con puntua-

ción inferior, de conformidad con lo establecido en el punto 4 de labase undécima de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 1989).

Séptimo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mismapodrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en elplazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, direc-tamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambosplazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquierotro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conformea lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El Consejero de Econo-mía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008),el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

(03/18.439/09)

Consejería de Economía y Hacienda

1960 ORDEN de 26 de mayo de 2009, por la que se convocanpuestos de trabajo para su provisión, por el sistema de Con-curso de Méritos, en la Consejería de Economía y Hacienda.

Existiendo puestos de trabajo vacantes reservados a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de laComunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión de los puestos de traba-jo reservados a funcionarios de esta Administración Autonómica

que se incluyen dentro del correspondiente Anexo, mediante el sis-tema de Concurso de Méritos.

Segundo

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública; en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Públi-ca de la Comunidad de Madrid; en la Ley 4/1989, de 6 de abril, deProvisión de Puestos de Trabajo reservados a Personal Funcionariode la Comunidad de Madrid; en la Orden 923/1989, de 20 de abril(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril),modificada parcialmente por la Orden de 22 de marzo de 2002 (BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo), dela Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases genera-les que han de regir en las convocatorias para la provisión de pues-tos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación; enla Orden 2094/1990, de 31 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 29

MUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), de la Consejería de Ha-cienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en lasdiferentes convocatorias que se publiquen para los concursos deprovisión de puestos de trabajo, y en el Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de In-greso del Personal al Servicio de la Administración General del Es-tado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesionalde los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdocon las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en larelación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación, Cuer-po, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida en su caso.

Cuarto

Los funcionarios con adscripción provisional están obligados aparticipar en esta convocatoria, debiendo solicitar todos los puestosde trabajo a que puedan acceder.

Quinto

5.1. De conformidad con lo establecido en la base sexta de laOrden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), modificada parcialmente por la Or-den de 22 de marzo de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de marzo), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de Economía y Hacienda, y se presentarán en el plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de laconvocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma esta-blecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, según modelo regulado en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

5.2. Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas so-licitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas, ydeberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) El certificado de Registro de Personal que se publica comoAnexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Conse-jería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 10 de septiembre). En el supuesto de funcionariosintegrados en la Comunidad de Madrid y procedentes deotras Administraciones Públicas, deberán aportar certificadode Registro de su Administración de origen cuando el tiem-po de servicios prestados en la Administración de la Comu-nidad de Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de podervalorar el trabajo desarrollado.

b) El historial académico y profesional, que se publica comoAnexo II de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, en el que sehará constar:— Los títulos académicos.— Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Adminis-

tración Pública como en la empresa privada, especial-mente referidos a los requisitos mínimos exigidos en laconvocatoria.

— Estudios, cursos realizados y conocimientos de idiomas.— Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante po-

ner de manifiesto.c) Para la valoración de los méritos preferentes y no preferen-

tes alegados, los interesados deberán aportar fotocopias co-tejadas u originales de documentación acreditativa de losmismos.

d) Certificado firmado por el Secretario General Técnico oGerente de la Consejería u Organismo donde el funcionariopreste servicios en la fecha de la convocatoria de Concursode Méritos, acreditativo de los períodos de ausencia motiva-da por incapacidad temporal derivada de contingencias co-munes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinandosi dichas ausencias superan, o no, el 20 por 100 de la jorna-da prevista según el calendario laboral, dentro de cada añonatural, a partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008,de 29 de diciembre, y durante un período máximo de cincoaños.

5.3. Finalizada la valoración de las instancias, y con carácterprevio al fallo de la Junta de Méritos, se publicará en los tablonesde anuncios de la Consejería de Economía y Hacienda, la relaciónde los aspirantes admitidos y no admitidos al proceso de provi-sión, con indicación de la puntuación reconocida por cada uno delos méritos preferentes y no preferentes alegados, así como lapuntuación obtenida por ambos conceptos. Contra esta publica-ción se podrán formular alegaciones al respecto en el plazo dediez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su exposiciónen los tablones de anuncios.

Sexto

Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta dela Ley 4/1989, de 6 de abril, no se podrán adjudicar puestos con unapuntuación inferior a 10 puntos. No obstante, la Junta de Méritos po-drá adjudicar excepcionalmente algún puesto de trabajo con puntua-ción inferior, de conformidad con lo establecido en el punto 4 de labase undécima de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril de 1989).

Séptimo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposiciónen el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dosmeses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ma-drid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin per-juicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El Consejero de Econo-mía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008),el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOSEN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 30 B.O.C.M. Núm. 138

(03/18.440/09)

Consejería de Transportes e Infraestructuras

1961 ORDEN de 19 de mayo de 2009, por la que se procede alnombramiento de nuevos vocales titulares en la Junta Arbi-tral del Transporte de Viajeros de la Comunidad de Madrid.

La Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres,crea las Juntas Arbitrales del Transporte como instrumento de pro-tección y defensa de las partes intervinientes en el transporte, esta-bleciendo que deberán en todo caso formar parte de las Juntas repre-sentantes de las empresas de transporte y representaciones de loscargadores y usuarios.

Mediante Ley Orgánica 5/1987, se delegó en las ComunidadesAutónomas en las que las mismas hayan de estar radicadas, las fun-ciones que la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres atri-buye a las Juntas Arbitrales del Transporte. A estos efectos, el fun-cionamiento de las referidas Juntas se realizará respetando laorganización, funciones y régimen jurídico establecidos en dichaLey y en sus normas de desarrollo.

Por su parte, el punto 3 del artículo 8 del Real Decreto 1211/1990,por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 16/1987,establece que una de las dos vocalías obligatorias será ocupada porun representante de los cargadores o de los usuarios, y el punto 4 es-tablece que la otra será ocupada por el representante de las empresasde transporte o de actividades auxiliares o complementarias de este.

El Decreto Autonómico 42/1991, de 24 de mayo, modificadopor el Decreto 18/2006, de 9 de febrero, por el que se constituyen

las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid, recoge este man-dato y dispone en el último párrafo de su artículo 4 que se nombra-rá un representante, entre otros, de las empresas de transporte pú-blico de viajeros, de las empresas de transporte urbano de viajerosen autobús, de las empresas de transporte público de viajeros envehículos de turismo, de las empresas de arrendamiento de vehícu-los y de las estaciones de autobuses, los cuales serán designadospor la sección o secciones afectadas del Departamento de Trans-porte de Viajeros del Comité Madrileño de Transporte por Carre-tera. Por último, el artículo 2 del citado Decreto, en la redaccióndada por el Decreto 18/2006, establece que el nombramiento de losvocales se efectuará mediante Orden de la Consejería con compe-tencias en materia de transportes, a propuesta de la Dirección Ge-neral de Transportes.

Por todo ello, a la vista de las designaciones efectuadas por el Co-mité Madrileño del Transporte por Carretera y de la propuesta delilustrísimo señor Director General de Transportes, esta Consejeríaha tenido a bien disponer lo siguiente:

Nombrar nuevo vocal de la Junta Arbitral del Transporte de Via-jeros de Madrid, en representación de las empresas de transporte pú-blico de viajeros, a don Juan Manuel Muro López y a don Jesús Gar-cía Gómez, este último en sustitución de don José Lorenzo ChacónGutiérrez, a quien se cesa como vocal de dicha Junta.

Nombrar nuevos vocales de la Junta Arbitral del Transporte deViajeros de Madrid, en representación de las empresas de transpor-te urbano de viajeros en autobús, a don Francisco Ferrán Viada, adoña Rosa Menéndez González y a don Jesús García Gómez.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 31

Nombrar nuevo vocal de la Junta Arbitral del Transporte de Via-jeros de Madrid, en representación de las empresas de transporte pú-blico de viajeros en vehículos de turismo, a don Mariano SánchezLópez.

Nombrar nuevos vocales de la Junta Arbitral del Transporte deViajeros de Madrid, en representación de las empresas de arrenda-miento de vehículos, a don José Miguel Mostaza, en sustitución dedon Carlos Jiménez Rodríguez y doña Cristina Jiménez del Barrio,a quienes se cesa como vocales de dicha Junta.

Nombrar nuevos vocales de la Junta Arbitral del Transporte deViajeros de Madrid, en representación de las estaciones de auto-buses, a doña Rosa Menéndez González y a don Jesús GarcíaGómez.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Madrid, a 19 de mayo de 2009.

El Consejero de Transportes e Infraestructuras,JOSÉ IGNACIO ECHEVERRÍA ECHÁNIZ

(03/19.054/09)

Consejería de Transportes e Infraestructuras

1962 ORDEN de 19 de mayo de 2009, por la que se procede alnombramiento de nuevos vocales titulares en la Junta Ar-bitral del Transporte de Mercancías de la Comunidad deMadrid.

La Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres,crea las Juntas Arbitrales del Transporte como instrumento de pro-tección y defensa de las partes intervinientes en el transporte, esta-bleciendo que deberán, en todo caso, formar parte de las Juntas re-presentantes de las empresas de transporte y representantes de loscargadores y usuarios.

Mediante Ley Orgánica 5/1987, se delegó en las ComunidadesAutónomas en las que las mismas hayan de estar radicadas, las fun-ciones que la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres atri-buye a las Juntas Arbitrales del Transporte. A estos efectos, el fun-cionamiento de las referidas Juntas se realizará respetando laorganización, funciones y régimen jurídico establecidos en dichaLey y en sus normas de desarrollo.

Por su parte, el punto 3 del artículo 8 del Real Decreto 1211/1990,por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 16/1987,establece que una de las dos vocalías obligatorias será ocupada porun representante de los cargadores o de los usuarios, y el punto 4 es-tablece que la otra será ocupada por el representante de las empresasde transporte o de actividades auxiliares o complementarias de este.

El Decreto Autonómico 42/1991, de 24 de mayo, modificado porel Decreto 18/2006, de 9 de febrero, por el que se constituyen lasJuntas Arbitrales del Transporte de Madrid, recoge este mandato ydispone, en el segundo párrafo de su artículo 3, que se nombrará unrepresentante, entre otros, de las empresas de transporte público demercancías, de las agencias de transporte de mercancías de cargafraccionada, de las empresas de transporte público internacional demercancías y de las empresas de almacenistas-distribuidores, loscuales serán designados por la sección o secciones afectadas del De-partamento de Transporte de Mercancías del Comité Madrileño deTransporte por Carretera.

Por último, el artículo 2 del citado Decreto, en la redacción dadapor el Decreto 18/2006, establece que el nombramiento de los voca-les se efectuará mediante Orden de la Consejería con competenciasen materia de transportes, a propuesta de la Dirección General deTransportes.

Por todo ello, a la vista de las propuestas realizadas por la Asocia-ción Empresarial Española de Carga Fraccionada (AECAF) y laAsociación de Transporte Internacional por Carretera (ASTIC), delos informes favorables emitidos y de las designaciones efectuadaspor el Comité Madrileño del Transporte por Carretera y de la pro-puesta del ilustrísimo señor Director General de Transportes, estaConsejería ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Nombrar nuevo vocal de la Junta Arbitral del Transporte de Mer-cancías de Madrid, en representación de las agencias de transportede carga fraccionada, a don Rafael Sanz Herrero en sustitución de

don Daniel Fernández de Lis, a quien se cesa como vocal de dichaJunta. Nombrar nuevos vocales de la Junta Arbitral del Transportede Mercancías de Madrid, en representación de las empresas detransporte público de mercancías, a don Miguel Ángel FernándezCrespo y a don Jorge Somoza Martín.

Nombrar nuevo vocal de la Junta Arbitral del Transporte de Mer-cancías de Madrid, en representación de las empresas de transportepúblico internacional de mercancías, a don José Manuel Pardo Ve-gezzi en sustitución de don Manuel Tolón Jiménez, a quien se cesacomo vocal de dicha Junta.

Nombrar como vocales de la Junta Arbitral del Transporte deMercancías de Madrid, en representación de las empresas de alma-cenistas-distribuidores, a doña Consili Rodríguez Rodríguez y a donAntonio García Delgado, y cesar a don Gregorio Rayón Gil y a donPedro Rubín Iglesias como vocales de dicha Junta.

Lo que se hace público para general conocimiento.En Madrid, a 19 de mayo de 2009.

El Consejero de Transportes e Infraestructuras,JOSÉ IGNACIO ECHEVERRÍA ECHÁNIZ

(03/19.055/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

1963 ORDEN 2137/2009, de 3 de junio, por la que se convocaun puesto de trabajo para su provisión, por el sistema deLibre Designación, en la referida Consejería.

Existiendo un puesto de trabajo vacante reservado a funcionariosde esta Administración Autonómica, y siendo necesario proceder asu inmediata provisión, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública dela Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión del puesto de trabajonúmero 1275, reservado a funcionarios de esta Administración Au-tonómica, que se incluye dentro del correspondiente Anexo, me-diante el sistema de Libre Designación.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organi-zación y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto,de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en la Ley 1/1986,de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; enla Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de Hacienda, por laque se aprueban las bases generales que han de regir en las convocato-rias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Mé-ritos y Libre Designación; en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiem-bre), de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema ge-neral que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquenpara los concursos de provisión de puestos de trabajo, y en el Real De-creto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración Ge-neral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración Generaldel Estado.

Tercero

Los participantes deberán reunir los requisitos indispensablespara el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten, de acuer-do con las circunstancias y condiciones que para los mismos figurenen la relación de puestos de trabajo en cuanto a Administración depertenencia, Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad fun-cionarial y titulación exigida, en su caso.

Page 27: I. COMUNIDAD DE MADRIDw3.bocm.es/boletin/CM_Seccion_BOCM/2009/06/12/i.pdf · Pág. 6 VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 138 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales

VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 32 B.O.C.M. Núm. 138

Cuarto

De conformidad con lo establecido en la base sexta de la Or-den 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID de 27 de abril), las solicitudes para tomar parte en estaconvocatoria se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Con-sejería de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenacióndel Territorio, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles acontar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria, en elRegistro de dicha Consejería o en la forma establecida en el artícu-lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-

den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recur-so de reposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Me-dio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, o bien, di-rectamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dosmeses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo deMadrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de junio de 2009.—La Consejera de Medio Ambien-te, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 2967/2008,de 19 de diciembre), el Secretario General Técnico, Alfonso More-no Gómez.

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓNEN LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

(03/18.441/09)

Universidad Complutense de Madrid

1964 RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2009, por la que se corri-ge error material en la de fecha 22 de abril de 2009, por laque se anuncia convocatoria pública para la provisión depuestos de trabajo vacantes de este Organismo, medianteel sistema de Libre Designación.

Detectado error material en la Resolución de 22 de abril de 2009,por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión de pues-tos de trabajo de la Universidad Complutense de Madrid, mediante elsistema de Libre Designación, este Rectorado, de conformidad con elartículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuel-to la rectificación y subsanación del mismo en el siguiente sentido:

En la página 39 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de 18 de mayo de 2009, correspondiente al Anexo I de la con-vocatoria, en el Código del Puesto Técnico de Apoyo de la Oficinade Personas con Discapacidad (Moncloa), donde dice: “006.1”,debe decir: “006.2”.

Contra la presente Resolución cabe interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo deMadrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publica-ción, o potestativo de reposición en el plazo de un mes, de acuerdo conlo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, modificada por Ley 4/1999.

Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El Rector, Carlos Berzosa Alonso-Martínez.

(03/18.840/09)

Universidad Autónoma de Madrid

1965 RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2009, por la que se nom-bra personal docente e investigador funcionario de dichaUniversidad.

1. De conformidad con la propuesta de la Comisión nombradapara juzgar el concurso de acceso para la provisión de plazas de losCuerpos Docentes Universitarios convocada por Resolución de estaUniversidad, de acuerdo con lo establecido en e artículo 65 de la LeyOrgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (“BoletínOficial del Estado” de 24 de diciembre), y demás disposiciones quela desarrollan, habiendo cumplido el interesado los requisitos a quealude el artículo 15 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio. EsteRectorado ha resuelto nombrar a los siguientes funcionarios docen-tes universitarios:

Clase de convocatoria: Concurso.Fecha de la Resolución de publicación de la convocatoria: 19 de

febrero de 2009 (“Boletín Oficial del Estado” de 7 de marzo).Código de la plaza en la convocatoria: UAML200TU.Categoría: Profesora titular de Universidad.Nombre y apellidos: Doña Cecilia Simón Rueda.DNI: 5.265.749.Área de conocimiento de “Psicología evolutiva y de la educa-

ción”.Adscrita al departamento de Psicología evolutiva y de la educa-

ción.Facultad de Formación de Profesorado y Educación.2. Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar des-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 33

de el día siguiente a su publicación en el “Boletín Oficial del Es-tado”, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, regu-ladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previa-mente, y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso dereposición ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidadcon el artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Madrid, a 22 de mayo de 2009.—El Rector, PD (Resoluciónde 25 de mayo de 2006), el Vicerrector de Profesorado, Carlos Gar-cía de la Vega.

(03/18.851/09)

Universidad Politécnica de Madrid

1966 RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2009, del Rectorado, por laque se convocan concursos de acceso a cuerpos docentesuniversitarios.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 64, 65 y 66, y enla disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/2007, de 12de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril de 2007), deUniversidades (“Boletín Oficial del Estado” del 8), por el que se re-gula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes uni-versitarios, y, a tenor de lo establecido en el artículo 154 de los Es-tatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados porDecreto 215/2003, de 16 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID del 29), del Consejo de Gobierno de la Comu-nidad de Madrid (en adelante, EUPM), y la Resolución Rectoralde 25 de enero de 2005, por la que se publican las bases que rigen laconvocatoria del concurso de acceso (publicada en el “Boletín Ofi-cial del Estado” de fecha 1 de marzo de 2005), excluida cualquier re-ferencia al artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001 (al haber quedadosin contenido por la Ley Orgánica 4/2007).

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las pla-zas que se relacionan en el Anexo I de la Resolución Rectoral de 4de mayo de 2009, remitida al “Boletín Oficial del Estado”. Las ba-ses, el modelo de la solicitud y currículum vítae podrán consultarse,asimismo, en la dirección siguiente: www.upm.es

La composición de las Comisiones de Acceso son las que figuranen el Anexo III de la Resolución Rectoral de 4 de mayo de 2009, re-mitida al “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, a 4 de mayo de 2009.—El Rector, Javier Uceda Antolín.(02/5.833/09)

C) Otras Disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

1967 ORDEN de 10 de junio de 2009, por la que se establecen lascondiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comu-nidad de Madrid por un importe máximo de 350.000.000 deeuros.

Mediante Acuerdo de 28 de mayo de 2009, el Consejo de Gobier-no de la Comunidad de Madrid ha dispuesto la realización de una ovarias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximode 1.874.500.000 euros, dentro del límite de endeudamiento estable-cido en el artículo 37 de la Ley 2/2008, de 22 de diciembre, de Presu-puestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2009, enrelación en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financie-ra 3/2007, de 24 de abril, por el que se establecen los criterios genera-les para la aplicación del déficit por inversiones previsto en la Ley Or-gánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley Generalde Estabilidad Presupuestaria, según la redacción dada por la Ley Or-gánica 3/2006, de 26 de mayo, y en el Acuerdo del Consejo de Políti-ca Fiscal y Financiera 4/2008, de 8 de octubre, por el que se adoptanmedidas en materia de endeudamiento de las Comunidades Autóno-

mas para 2009, y conforme al Programa Anual de Endeudamientopara el ejercicio 2009 suscrito entre la Comunidad de Madrid y el Mi-nisterio de Economía y Hacienda el 7 de mayo de 2009.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley Or-gánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comu-nidades Autónomas, el Consejo de Ministros, en su reunión de 22 demayo de 2009, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar opera-ciones de préstamo en el exterior y una o varias emisiones de Deu-da Pública hasta un importe máximo de 1.374.500.000 euros.

Que en virtud del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno,previa autorización estatal y de conformidad con las facultades con-feridas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Re-guladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artícu-lo 38.5 de la citada Ley 2/2008, de 22 de diciembre,

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes carac-terísticas:

— Importe máximo: 350.000.000 de euros.— Modalidad: Obligaciones a seis años.— Fecha de emisión y desembolso: 23 de junio de 2009.— Precio de emisión: Al 100 por 100 sobre el importe nominal

de la emisión.— Fecha de vencimiento: 23 de junio de 2015.— Precio de amortización: Al 100 por 100 sobre el importe no-

minal de la emisión.— Representación de las obligaciones: Las obligaciones se re-

presentan mediante anotaciones en cuentas registradas a tra-vés del Sistema de Registro, Compensación y Liquidacióndel Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionadopor “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Com-pensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima”(IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de nego-ciación de 1.000 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública enAnotaciones.

— Entidades colocadoras: La Consejería de Economía y Ha-cienda ha seleccionado como entidades colocadoras a “Ban-co Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, “CreditSuisse” y “Société Generale”.

— Suscripción: La suscripción de las obligaciones se realizará através de las entidades colocadoras mediante el procedimien-to de “book building”. El importe total de la emisión se adju-dicará a cada entidad inversora adjudicataria proporcional-mente al importe solicitado y precio adjudicado, y se anotaráen las cuentas de valores de los miembros del Mercado deDeuda Pública en Anotaciones que determinen las citadas en-tidades inversoras adjudicatarias.

— Período de suscripción: Las peticiones de suscripción, queserán vinculantes para los inversores, tendrán lugar en las fe-chas que determine la Dirección General de Política Finan-ciera, Tesorería y Patrimonio, y contendrán el importe cuyaadjudicación se solicita y el precio en forma de margen sobrela referencia.

— Tipo de interés nominal: Anual fijo para toda la vida de laemisión, pagadero en los aniversarios de la fecha de emi-sión hasta e incluyendo la fecha de vencimiento final, a de-terminar según el resultado del procedimiento de adjudica-ción.Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act. Si una fe-cha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistemaTARGET de pagos europeo, el pago de intereses se diferiráal día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor delas obligaciones tenga derecho a percibir intereses adiciona-les por dicho diferimiento.

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable alas Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutaráde los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Públi-ca del Estado.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 34 B.O.C.M. Núm. 138

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en elDirector General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, enlas condiciones dispuestas en la presente Orden, la realización decuantas actuaciones sean necesarias para hacer efectiva la emisión y,en concreto, la publicación de las condiciones de la emisión de lasobligaciones, la determinación de la fecha de apertura del período desuscripción, la selección de los suscriptores, determinando el precioy volumen a adjudicar, la determinación, conforme a la oferta presen-tada y a la adjudicación realizada, de la cuantía definitiva en concep-to de comisión a abonar a las entidades colocadoras, la realización delas actuaciones necesarias ante el “Banco de España” para anotar laemisión en el Mercado de Deuda Pública y la suscripción de cuantosdocumentos sean necesarios para realizar las operaciones anteriores.

Madrid, a 10 de junio de 2009.

El Consejero de Economía y Hacienda,ANTONIO BETETA BARREDA

(03/19.172/09)

Consejería de Educación

1968 RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2009, del Director Gene-ral de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publi-ca la parte dispositiva de la Orden 2195/2009, de 12 demayo, de la Consejera de Educación, de autorización deapertura y funcionamiento de la escuela infantil privada“Ángeles”, de Torrejón de Velasco.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de latitularidad solicitando la autorización de apertura y funcionamiento deuna escuela infantil privada denominada “Ángeles”, con domicilio enla calle General Sanjurjo, número 32, de Torrejón de Velasco, esta Di-rección General, a tenor de lo previsto en el artículo 7.3 del Real De-creto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la par-te dispositiva de las órdenes de autorización de apertura yfuncionamiento de los centros privados, procede por la presente Re-solución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación dela parte dispositiva de la Orden 2195/2009, de 12 de mayo, de la Con-sejera de Educación:

Primero

Autorizar, de conformidad con el artículo 7 del Real Decre-to 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privadospara impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la es-cuela infantil privada “Ángeles”, para dos unidades de primer ciclode Educación Infantil.

Segundo

La configuración del centro queda establecida de la siguiente forma:Denominación genérica: Escuela infantil privada.Denominación específica: “Ángeles”.Número de código: 28071358.Titular: Doña María Ángeles Quiroga Cubas.Domicilio: Calle General Sanjurjo, número 32.Localidad: Torrejón de Velasco.Municipio: Torrejón de Velasco.Enseñanzas a impartir: Primer ciclo de Educación Infantil.Capacidad: 2 unidades.El número de alumnos que podrán ser escolarizados en las uni-

dades autorizadas por la presente Orden no podrá exceder del nú-mero máximo de alumnos por unidad escolar que se determina, enfunción de la edad de los alumnos, en el artículo 8 del Decre-to 18/2008, de 6 de marzo.

Tercero

Con anterioridad al inicio de las actividades, la Dirección de ÁreaTerritorial de Madrid-Sur aprobará expresamente, previo informe delServicio de Inspección Educativa, la relación de personal de que dis-pondrá el centro con indicación de sus titulaciones respectivas.

Cuarto

El centro deberá cumplir la Norma Básica de EdificaciónNBE-CPI/96 de condiciones de protección contra incendios delos edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de oc-tubre (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Todo ello sin perjui-cio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por lanormativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto

La presente autorización surtirá efecto a partir de la fecha de lapresente Orden, y se comunicará de oficio al Registro de Centros alos efectos oportunos.

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, po-drá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de repo-sición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en elplazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a par-tir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuiciode cuantos recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—El Director General de Be-cas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(01/1.993/09)

Consejería de Educación

1969 RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2009, del Director Gene-ral de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publi-ca la parte dispositiva de la Orden 2196/2009, de 12 demayo, de la Consejera de Educación, de modificación de laautorización de la escuela infantil privada “Bea Coletas”,de Tres Cantos.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representante dela titularidad solicitando modificación de la autorización de la es-cuela infantil privada denominada “Bea Coletas”, con domicilio enla avenida de Labradores, números 5 y 6, de Tres Cantos, esta Di-rección General, a tenor de lo previsto en el artículo 14.4 del RealDecreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de laparte dispositiva de las órdenes de modificación de la autorizaciónde los centros privados, procede por la presente Resolución a darcumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispo-sitiva de la Orden 2196/2009, de la Consejera de Educación:

Primero

Modificar, de conformidad con el artículo 13.1.a) del Real Decre-to 332/1992, de 3 de abril, la autorización, por cambio de denomi-nación específica, de la escuela infantil privada “Bea Coletas”, condomicilio en la avenida de Labradores, números 5 y 6, número decódigo 28056710, que en lo sucesivo pasará a denominarse “Luna-lunera”.

Segundo

La presente autorización surtirá efectos a partir de la fecha de lapresente Orden y se comunicará de oficio al Registro de Centros alos efectos oportunos.

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, po-drá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de repo-sición ante el Consejero de Educación, o bien, directamente, en elplazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a par-tir del día siguiente a la notificación de la misma, y sin perjuicio decuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—El Director General de Becasy Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(01/1.994/09)

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 35

Consejería de Educación

1970 RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2009, del Director Generalde Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica laparte dispositiva de la Orden 2197/2009, de 12 de mayo, dela Consejera de Educación, de modificación de la autoriza-ción de la escuela infantil privada “El Parque de Parchís”,de Villalbilla.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representantede la titularidad solicitando modificación de la autorización de laescuela infantil privada denominada “El Parque de Parchís”, condomicilio en la avenida Severo Ochoa, sin número, nave 7, de Vi-llalbilla, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artícu-lo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa lapublicación de la parte dispositiva de las órdenes de modificaciónde la autorización de los centros privados, procede por la presenteResolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publica-ción de la parte dispositiva de la Orden 2197/2009, de la Conseje-ra de Educación:

Primero

Modificar, de conformidad con el artículo 13.1.a) del Real Decre-to 332/1992, de 3 de abril, la autorización, por cambio de denomina-ción específica, de la escuela infantil privada “El Parque de Parchís”,con domicilio en la avenida Severo Ochoa, sin número, nave 7, deVillalbilla, número de código 28068840, que en lo sucesivo pasará adenominarse “El Principito”.

Segundo

Modificar la autorización, por cambio de la titularidad, de acuer-do con el artículo 13.1.g) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril,sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzasde régimen general no universitarias, de la escuela infantil privada“El Principito”, con domicilio en la Avenida Severo Ochoa, sin nú-mero, nave 7, de Villalbilla, número de código 28068840, que en losucesivo ostentará “Tierra de Ávalon, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, quedando subrogada en la totalidad de las obligaciones y car-gas que afecten al centro cuya titularidad se le reconoce y, especial-mente, las relacionadas con las ayudas y préstamos que elmencionado centro pueda tener concedidos por la AdministraciónEducativa, aquellas que le correspondan en el orden docente y lasque se deriven de la vigente legislación laboral.

Tercero

La modificación de la titularidad, que surtirá efecto desde la fechade la presente Orden, no afecta al régimen de funcionamiento delcentro, y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efec-tos oportunos.

Cuarto

En el supuesto de que la nueva titularidad, que por la presente Or-den se autoriza, prevea la modificación de los actuales proyectos edu-cativo y/o idearios de los centros, dicha modificación deberá ser co-municada previamente a las familias de los alumnos matriculados y aesta Administración Educativa, sin que, en cualquier caso, pueda im-plantarse el nuevo proyecto o ideario con anterioridad a la finalizacióndel presente curso.

Quinto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, po-drá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de repo-sición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en elplazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tri-bunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a par-tir del día siguiente a la notificación de la misma, y sin perjuicio decuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—El Director General de Becasy Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(01/1.995/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

1971 RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2009, por la que se some-te a la fase de alegaciones el proyecto de Orden de la Con-sejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Te-rritorio, por la que se regularizan ficheros de datos decarácter personal adscritos a la Consejería de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

El artículo 5.5 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección deDatos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en relacióncon el artículo 9 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulacióndel procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter per-sonal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de DatosPersonales, exige la apertura de una fase de alegaciones para quecuantas organizaciones o asociaciones legalmente constituidas ycon intereses legítimos en el proyecto de disposición puedan formu-lar observaciones y sugerencias relativas a la adecuación, pertinen-cia o proporcionalidad de los datos de carácter personal.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación delTerritorio ha elaborado un proyecto de disposición por la que se re-gularizan determinados ficheros de carácter personal, por lo que, enuso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposi-ciones vigentes,

RESUELVO

Primero

Someter a la fase de alegaciones el proyecto de Orden por la quese regularizan ficheros de datos de carácter personal adscritos a laConsejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territo-rio, por el plazo de quince días hábiles, que se computarán a partirdel día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo

El texto íntegro del proyecto de Orden, así como su documenta-ción complementaria, puede ser consultado en la Secretaría GeneralTécnica, calle Jorge Juan, número 35, primera planta.

Las alegaciones, dirigidas al Secretario General Técnico de laConsejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territo-rio, podrán ser presentadas en el Registro de la Consejería de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sito en la callePrincesa, número 3, primera planta, en horario de nueve a catorce, oen cualquier Registro, de acuerdo con lo establecido en el artícu-lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Madrid, a 27 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,Alfonso Moreno Gómez.

(03/17.816/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

1972 RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2009, por la que se hacepública la Orden 1808/2009, por la que se aprueba defini-tivamente la Modificación Puntual número 6 de las Nor-mas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Colmena-rejo, en el ámbito del Sector S.12.I, “El Robledillo”, delsuelo apto para urbanizar (Ac. 70/2009).

Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vi-vienda y Ordenación del Territorio, con fecha 26 de mayo de 2009,se dictó la Orden 1808/2009, del siguiente tenor literal:

«Examinado el expediente obrante en esta Consejería de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de AprobaciónDefinitiva de la Modificación Puntual número 6 de las Normas Sub-sidiarias de Planeamiento Municipal de Colmenarejo, en el ámbito

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 36 B.O.C.M. Núm. 138

del Sector S.12.I, “El Robledillo”, del suelo apto para urbanizar,procede hacer constar cuanto sigue:

I. El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes:1. Con fecha 29 de junio de 2006, el Pleno del Ayuntamiento de

Colmenarejo adoptó el acuerdo de Aprobación Inicial de la Modifi-cación Puntual de referencia y someter el expediente al trámite deinformación pública por el plazo de un mes.

El trámite de información pública fue cumplimentado mediante lapublicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 160, de 7 de juliode 2006, y en el diario “La Razón”, de 24 de agosto de 2006. Se pre-sentaron cuatro alegaciones.

2. El Pleno del Ayuntamiento de Colmenarejo, en sesión de 28de septiembre de 2006, aprobó provisionalmente la ModificaciónPuntual, y posteriormente, el mismo órgano municipal realizó sen-das aprobaciones, con fechas 17 de octubre de 2006, 26 de juniode 2008 y de 5 de marzo de 2009, sin que hayan supuesto modifica-ciones sustanciales de la Modificación Puntual.

3. Constan en el expediente los informes favorables de la Direc-ción General de Evaluación Ambiental de 29 de abril de 2008, esta-bleciendo diversas prescripciones, y de la Dirección General de Vi-vienda y Rehabilitación de 21 de abril de 2009, que establece lanecesidad de recabar su informe cuando se proceda a su desarrollopor el correspondiente Plan Parcial.

II. La presente Modificación Puntual tiene por objeto modificarel uso global industrial del Sector S.12.I, “El Robledillo”, del sueloapto para urbanizar por el residencial, admitiendo como compatibleel de servicios, previéndose que más del 50 por 100 de las viviendasque se construyan lo hagan acogiéndose a algún régimen de protec-ción pública, de las que dos tercios se acogerán al Plan de ViviendaJoven de la Comunidad de Madrid.

El número máximo orientativo de viviendas previstas, y que seajustarán en el Plan Parcial del sector por tener carácter de determi-naciones de ordenación pormenorizada, son las siguientes:

— Unifamiliar: 75 viviendas.— Colectiva: 50 viviendas.— Vivienda protegida: 50 viviendas.— Vivienda joven: 100 viviendas.Total viviendas: 275 viviendas.El uso residencial se regirá por lo regulado en el artículo 4.4 de

las Normas Subsidiarias. Mientras que el uso servicios se definirá enel Plan Parcial que desarrolle el Sector.

Asimismo, se pretende ajustar la delimitación del Sector a la rea-lidad actual, corrigiendo las superficies como resultado de una me-jor medición.

Normas Subsidiariasvigentes (m2)

ModificaciónPuntual

Superficie bruta propuestadel Sector

116.725 116.477

Superficie de vía pecuaria 4.898 4.898 Superficie neta propuesta delSector

111.827 111.579

Igualmente, tiene por objeto modificar el viario estructurante paraadecuarlo a la realidad del entorno y a las previsiones del Avance delPlan General, preservando la vía pecuaria y destinarla a los usos pro-pios de su categoría.

Otro objeto de la Modificación Puntual es definir las redes genera-les y supramunicipales, de conformidad con los artículos 36.5 y 91.3de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid.

Con ello, se incrementa la reserva de suelo destinado a redes pú-blicas con respecto a los estándares establecidos en los artículos se-ñalados de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, en la si-guiente cuantía:

Superficies (m2s) Ley 9/2001 Modif.

puntual Sector S.12.R

2 2 2 2

Del mismo modo, con la Modificación se redacta una nueva fichade desarrollo de Sector de suelo apto para urbanizar S.12.R, “Roble-dillo”, para el nuevo uso residencial en la que además de los pará-metros anteriores se establecen los siguientes:

— Densidad bruta residencial: 23,61 viv/Ha.— Número estimado de viviendas: 275 viv.— Aprovechamiento tipo (unitario): 0,20 m2/m2

— Índice de edificabilidad bruta: 0,2857 m2c/m2s— Edificabilidad homog: 111.579 m2 × 0,2857 m2c/m2c × 0,7 =

= 22.315 m2 de uso residencial.— Cesiones obligatorias y gratuitas: Redes supramunicipales,

redes generales, redes locales, 10 por 100 del aprovecha-miento.

— Sistema de ejecución: Cooperación.— Iniciativa del planeamiento: Pública.— Planeamiento de desarrollo: Plan Parcial.— Instrumentos de ejecución: Proyecto de reparcelación y pro-

yecto urbanización.— Condiciones de ordenación: Se regulan las determinaciones

establecidas por el informe de la Dirección General de Agri-cultura y Desarrollo Rural.

En el límite del Sector con el Parque Regional se establece unafranja de afección de 100 metros.

Se describe la localización de las redes supramunicipales, genera-les y locales que se concretarán en el Plan Parcial.

La Modificación afecta a los siguientes planos del planeamientovigente:

— Plano P2. Estructura general del núcleo urbano: Califica-ción en suelo urbano, determinaciones en el suelo apto paraurbanizar, gestión y áreas de reparto.

— Plano P3b. Calificación del suelo urbano. Determinaciónen suelo apto para urbanizar.

— Plano P4b. Gestión áreas de reparto.— Plano P5b. Alineaciones.III. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual

propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territo-rial emite informe técnico jurídico, con fecha 12 de marzo de 2009,e informe técnico complementario de 22 de abril de 2009, informan-do favorablemente la Modificación Puntual, al considerarse técnicay jurídicamente correcta la propuesta municipal, con las prescripcio-nes que para su desarrollo se establecen en el informe de la Direc-ción General de Evaluación Ambiental, de 29 de abril de 2008. ElPlan Parcial que lo desarrolle, además de los informes preceptivosque sean necesarios, deberá recabar el informe de la Dirección Ge-neral de Vivienda y Rehabilitación y de la Dirección General delSuelo.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se señala por lacitada Dirección General que se han cumplimentado los trámites pre-vistos en el artículo 57 y siguientes de la Ley 9/2001, de 17 de julio,del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimientode aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Re-visiones en su fase municipal. Asimismo, se han cumplido los requi-sitos que establece el artículo 69 de dicho cuerpo legal para alterar elcontenido de los Planes de Ordenación Urbanística.

IV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de laLey 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Orde-nación del Territorio aprobar definitivamente, previo informe de laComisión de Urbanismo, las modificaciones de los Planes Genera-les y de los Planes de Sectorización de los municipios con poblaciónde derecho inferior a 15.000 habitantes, como en el presente caso.

REDES GENERALES (70m2s/100m2e) 19.127,50 m2s 38.369 m2sInfraestructuras 20 m2s/100 m2e 5.465,00 m2s 9.052 m2sEspacios Libres y Z. Verdes 20 m2s/100 m2e 5.465,00 m2s 17.534 m2sServicios Urbanos 30 m2s/100 m2e 9.197,50 m2s 10.920 m2s — — 863 m2sREDES LOCALES (30m2s/100m2e) 8.197,50 m2s 9.428 m2sEspacios Libres y Z. Verdes Mín 1/2 4.098,75 m2s 4.778 m2s Mín 1/2 4.098,75 m2s 4.650 m2s

REDES SUPRAMUNICIPALES

(20m2s/100m2e) 5.465,00 m2s 5.761 m2s

Equipamientos Mín 2/3 3.643,33 m2s 3.728 m2sViv. Integración Social Mín 1/3 1.821,66 m2s 2.033 m2s

Superficies (m2s) Ley 9/2001 Modif.

puntual Sector S.12.R

2 2 2 2

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 37

En virtud de la fundamentación expuesta, previo informe favora-ble de la Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada eldía 30 de abril de 2009,

DISPONGO

Primero

Aprobar definitivamente las Modificaciones Puntuales número 6de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Colme-narejo en el ámbito del Sector S.12.I, “El Robledillo”, del suelo aptopara urbanizar, con las condiciones que para el desarrollo del PlanParcial se establecen en el informe de la Dirección General de Eva-luación Ambiental, de fecha 29 de abril de 2008, obrante en el expe-diente.

Asimismo, el Plan Parcial que desarrolle el Sector S.12.I deberárecabar, además de los informes preceptivos, el informe de la Direc-ción General de Vivienda y Rehabilitación y de la Dirección Gene-ral del Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Or-denación del Territorio.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamen-te se significa que un ejemplar del citado expediente, se encuentradepositado en la Unidad de Información Urbanística de la Conseje-ría de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sitaen la calle Maudes, número 17, de Madrid donde puede ser consul-tado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándo-se que contra la presente Orden podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a supublicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimeoportuno deducir.

Madrid, a 27 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,Alfonso Moreno Gómez.

(03/18.586/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

1973 RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2009, por la que se hacepública la Orden 1810/2009, por la que se aprueba defini-tivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsi-diarias de Planeamiento Municipal Navalagamella, relativaa la delimitación de los Polígonos 1, 2 y 18 (Ac. 73/2009).

Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vi-vienda y Ordenación del Territorio, con fecha 26 de mayo de 2009,se dictó la Orden 1810/2009, del siguiente tenor literal:

«Examinado el expediente obrante en esta Consejería de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de AprobaciónDefinitiva de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias dePlaneamiento Municipal de Navalagamella, relativa a la delimita-ción de los polígonos 1, 2 y 18, procede hacer constar cuanto sigue:

I. El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes:1. Con fecha 8 de noviembre de 2007, el Pleno del Ayuntamien-

to de Navalagamella adoptó el acuerdo de aprobación inicial de laModificación Puntual de referencia y someter el expediente al trá-mite de información pública por el plazo de un mes.

El trámite de información pública fue cumplimentado mediante lapublicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 106, de 15 de noviem-bre de 2007, y en el diario “El Mundo”, de 21 de noviembre de 2007.No se presentaron alegaciones.

2. El Pleno del Ayuntamiento de Navalagamella, en su sesión de19 de diciembre de 2007, adoptó el acuerdo de aprobación provisio-nal de la Modificación Puntual señalada, y remitirlo a la Comunidad

de Madrid para su aprobación definitiva por el órgano autonómicocompetente, conforme lo regulado en los artículos 57.e) y 61.2 de laLey 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid.

3. Constan en el expediente los informes favorables de la Direc-ción General de Evaluación Ambiental, de 21 de noviembre de2008, y de 20 de febrero de 2009, estableciéndose en el primero con-diciones para su desarrollo.

II. La presente Modificación Puntual tiene por objeto realizarun reajuste en la delimitación de los Polígonos de suelo urbano 1, 2y 18, de las Normas Complementarias y Subsidiarias de Planea-miento Municipal de Navalagamella, así como delimitar, en la con-fluencia de dichos polígonos, un nuevo polígono singular para regu-lar un conjunto de edificaciones existentes.

El Ayuntamiento de Navalagamella propone concretar y realizaruna correcta delimitación de los Polígonos 1, 2 y 18, derivada de ladeficiente definición gráfica de la cartografía de las Normas Com-plementarias y Subsidiarias de planeamiento municipal de Navala-gamella de 1976, con lo que se posibilitaría el desarrollo de solaresde titularidad municipal localizados en dichos polígonos.

La Modificación Puntual propone una nueva delimitación de losPolígonos P1, P2 y P18, así como la creación de un Polígono S (sin-gular) regulado por la Ordenanza de mantenimiento de la edifica-ción existente, también de nueva creación.

La superficie total de suelo urbano afectado por el reajuste de lasdelimitaciones de los polígonos es de 10.931,00 m2 de suelo. El Po-lígono 1 se amplía hacia el Norte incorporando dentro de su ámbi-to 6.959 m2 de suelo actualmente pertenecientes al Polígono 2,y 2.030 m2 de suelo del Polígono 18. A su vez, el Polígono Singularqueda constituido por 1.942 m2 de suelo que se incorporan desde elPolígono 2, que se convierte en un polígono discontinuo.

La cuantificación de las propuestas realizadas se resume en el si-guiente cuadro:

Planeamiento vigente Modificación puntual Polígono 2 Polígono 1

Clase de suelo Suelo Urbano Suelo urbano Superficie suelo 6.959,00 m2 6.959,00 m2

Edificabilidad 3.479,50 m2c 1.827,00 m2cOrdenanza Ensanche Casco antiguo (1.218 m2s) Espacio libre (5.741 m2s)

Polígono 2 Polígono singular Clase de suelo Suelo Urbano Suelo urbano Superficie suelo 1.942,00 m2 1.942,00 m2

Edificabilidad 971,00 m2c 1.540,50 m2cOrdenanza Ensanche Mantenimiento de la edific.

Polígono 18 Polígono 1 Clase de suelo Suelo Urbano Suelo urbano Superficie suelo 2.030,00 m2 2.030,00 m2

Edificabilidad 1.421,00 m2c 2.436,00 m2cOrdenanza Ensanche Casco antiguo Superficie suelo total 10.931,00 m2 10.931,00 m2

Edificabilidad total 5.871,50 m2c 5.803,50 m2c

En la modificación puntual no se produce cambio de clasificaciónde suelo y no hay incremento de edificabilidad ni reducción de zonasverdes. La edificabilidad se reduce ligeramente con respecto a la pre-vista por el planeamiento vigente de 5.871,50 m2c a 5.803,50 m2c. Asu vez, se produce un incremento de 5.741 m2 de suelo destinado aEspacios Libres y Zonas verdes públicas.

Las condiciones de ordenación definidas por el planeamiento vi-gente para los Polígonos de Suelo Urbano P1 (Casco Antiguo MC-2),P2 (Ensanche RU-4) y P18 (Ensanche RU-5) no se ven afectadas,manteniéndose todas las condiciones de volumen y regulación deusos previstas en las Normas Complementarias y Subsidiarias dePlaneamiento Municipal.

Se establece la regulación del nuevo Polígono S (singular) esta-bleciéndose una “Ordenanza de mantenimiento de la edificaciónexistente, con las siguientes características:

— Tipología de Usos: Los definidos para RU-4 y MC-2.— Edificabilidad: La existente.— Ocupación: La existente.— Retranqueos: Los existentes en la actualidad.— Alturas: II plantas o la existente.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 38 B.O.C.M. Núm. 138

III. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Pun-tual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Terri-torial, emite informe técnico-jurídico, con fecha 16 de abril de 2009,informando favorablemente la Modificación Puntual, al considerar-se técnica y jurídicamente correcta la propuesta municipal, propo-niendo su aprobación definitiva con las condiciones que para su de-sarrollo se señalan en el informe de la Dirección General deEvaluación Ambiental de 21 de noviembre de 2008.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se señala porla citada Dirección General, que se han cumplimentado los trá-mites previstos en los artículos 57 y siguientes de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regulael procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de susModificaciones y Revisiones en su fase municipal. Asimismo, sehan cumplido los requisitos que establece el artículo 69 de dichocuerpo legal para alterar el contenido de los Planes de OrdenaciónUrbanística.

IV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de laLey 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Or-denación del Territorio aprobar definitivamente, previo informede la Comisión de Urbanismo, las modificaciones de los PlanesGenerales y de los Planes de Sectorización de los municipios conpoblación de derecho inferior a 15.000 habitantes, como en el pre-sente caso.

En virtud de la fundamentación expuesta, previo informe favora-ble de la Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada eldía 30 de abril de 2009,

DISPONGO

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las NormasSubsidiarias de Planeamiento Municipal de Navalagamella, relativaa la delimitación de los Polígonos 1, 2 y 18, con las condiciones quepara su desarrollo se señalan en el informe de la Dirección Generalde Evaluación Ambiental, de 21 de noviembre de 2008.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresa-mente se significa que un ejemplar del citado expediente, se en-cuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de laConsejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Terri-torio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde pue-de ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándo-se que contra la presente Orden podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madriden el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publi-cación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportunodeducir.

Madrid, a 27 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,Alfonso Moreno Gómez.

(03/18.588/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

1974 RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2009, por la que sehace pública la Orden 1811/2009, por la que se apruebadefinitivamente la Modificacion Puntual número 6, de lasNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal deLozoyuelaNavas-Sieteiglesias, consistente en la crea-ción de la ordenanza denominada Ensanche E-4, yla asignación de dicha ordenanza al ámbito localizadoentre las calles Manuel de Falla, Isaac Albéniz, Turina yFresnedillas (Ac. 75/2009).

Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vi-vienda y Ordenación del Territorio, con fecha 26 de mayo de 2009,se dictó la Orden 1811/2009, del siguiente tenor literal:

«Examinado el expediente obrante en esta Consejería de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de aprobación de-finitiva de la Modificación Puntual número 6 de las Normas Subsidia-rias de Planeamiento Municipal de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias,consistente en la creación de la ordenanza denominada Ensanche E-4,y la asignación de dicha ordenanza al ámbito localizado entre las ca-lles Manuel de Falla, Isaac Albéniz, Turina y Fresnedillas, procedehacer constar cuanto sigue:

I. El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes:1. Con fecha 29 de abril de 2008, el Pleno del Ayuntamiento

de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias adoptó el acuerdo de apro-bación inicial de la Modificación Puntual de referencia y someterel expediente al trámite de información pública por el plazo de unmes.

El trámite de información pública fue cumplimentado mediante lapublicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, de 20 de junio de2008, y en el diario “El Mundo”, de 8 de mayo de 2008. No se pre-sentaron alegaciones.

2. El Pleno del Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteigle-sias, en su sesión de 29 de diciembre de 2008, adoptó el acuerdo deaprobación provisional de la Modificación Puntual señalada, y remi-tirlo a la Comunidad de Madrid para su aprobación definitiva por elórgano autonómico competente, conforme lo regulado en los artícu-los 57.e) y 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Co-munidad de Madrid.

3. Consta en el expediente el informe favorable de la DirecciónGeneral de Evaluación Ambiental, de 28 de mayo de 2008.

II. La presente Modificación Puntual tiene por objeto la crea-ción de una nueva ordenanza denominada E-4 que sustituya a laexistente E-1 en tres ámbitos de suelo urbano con unas característi-cas físicas que hacen inviable la aplicación de la E-1. La Orde-nanza E-1 no desaparece, su aplicación se mantiene en el resto deámbitos que así se determina en las Normas Subsidiarias.

Se pretende solucionar el problema generado en la parte de Sue-lo Urbano Consolidado constituido por la barriada situada en la zonaNorte del núcleo urbano, entre las calles Manuel de Falla, Isaac Al-béniz, Turina y Fresnedillas, cuyas parcelas se encuentran edifica-das con anterioridad a la aprobación definitiva de las Normas Sub-sidiarias.

Dichas construcciones se encuentran fuera de ordenación al nocumplirlos retranqueos de la Ordenanza Ensanche E-1, que con pos-terioridad fue asignada a la zona por el planeamiento general apro-bado. Esas edificaciones se construyeron dando frente a la parcela.Las pocas parcelas que actualmente se encuentran sin edificar, al te-ner que cumplir los 3 metros de retranqueo a alineación oficial, re-sultan inedificables como consecuencia de la dimensión que poseeel fondo de parcela.

La Ordenanza Ensanche 1, de aplicación en la zona de referen-cia, tiene como uso característico el Residencial Unifamiliar, ycomo tipología edificatoria la edificación adosada, semiadosada oaislada. Las Normas Particulares para la Ordenanza Ensanche E-1establecen las condiciones de ocupación-área de movimientode la edificación, secciones, condiciones estéticas, usos, con-diciones de parcela para nuevas segregaciones, condiciones deaprovechamiento, posición de la edificación-retranqueos y obser-vaciones.

La Modificación Puntual crea una nueva Ordenanza denominadaEnsanche E-4, que manteniendo las condiciones de uso, tipología ycondiciones de volumen con respecto a la Ordenanza E-1, modificalas condiciones de posición de la edificación-retranqueos, estable-ciendo la posibilidad de retranquearse de 0 a 3 metros en las parce-las cuyo fondo sea menor a 15 metros y retranqueo de 3 metros enel resto de parcelas.

Con la Modificación, permanecen inalteradas las restantes condi-ciones previstas en la Ordenanza, por lo que la modificación no al-tera la intensidad de uso prevista en el planeamiento actual para elSector, ni las condiciones de volumen.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 39

En la nueva Ordenanza se modifica la alineación exterior, pasan-do de 3 metros, a una alineación exterior de 0 a 3 metros, para unfondo inferior de 15 metros, y 3 metros en el resto.

Asimismo, se cambia de calificación al ámbito localizado entrelas calles Manuel de Falla, Isaac Albéniz, Turina y Fresnedillas, quepasa de la Ordenanza Ensanche E-1 a estar regulado por la Ordenan-za de Ensanche E-4 de nueva creación.

La Modificación afecta a los siguientes planos de las NormasSubsidiarias:

— Plano 2.1. Clasificación, calificación y gestión del suelo.Se incorporan nuevos documentos a las Normas Subsidiarias:— Plano 2.1. Clasificación, calificación y gestión del suelo (es-

cala 1:1.000). Sustituirá al vigente.— Plano 2.1. Clasificación, calificación y gestión del suelo (es-

cala 1:2.000). Sustituirá al vigente.— Normas particulares de Zona E-4 (tres hojas numeradas del 1

al 3).III. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Pun-

tual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Terri-torial, emite informes técnico y jurídico, con fechas 30 de marzo y 2de abril de 2009, respectivamente, informando favorablemente laModificación Puntual, y el 3 de abril de 2009, al considerar técnicay jurídicamente correcta la propuesta municipal y proponiendo suaprobación definitiva.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se señala porla citada Dirección General, que se han cumplimentado los trámi-tes previstos en los artículos 57 y siguientes de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regulael procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de susModificaciones y Revisiones en su fase municipal. Asimismo, sehan cumplido los requisitos que establece el artículo 69 de dichocuerpo legal para alterar el contenido de los Planes de OrdenaciónUrbanística.

IV. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de laLey 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Orde-nación del Territorio aprobar definitivamente, previo informe de laComisión de Urbanismo, las modificaciones de los Planes Genera-les y de los Planes de Sectorización de los municipios con poblaciónde derecho inferior a 15.000 habitantes, como en el presente caso.

En virtud de la fundamentación expuesta, previo informe favora-ble de la Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada eldía 30 de abril de 2009,

DISPONGO

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 6 de lasNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, consistente en la creación de la Ordenanza deno-minada Ensanche E-4.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se sig-nifica que un ejemplar del citado expediente se encuentra deposita-do en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de MedioAmbiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calleMaudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándo-se que contra la presente Orden podrá interponerse recurso conten-cioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madriden el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publi-cación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportunodeducir.

Madrid, a 27 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,Alfonso Moreno Gómez.

(03/18.589/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

1975 RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2009, por la que se hacepúblico el Acuerdo Relativo al Plan Especial “Proyecto demejora y extensión del vertedero controlado de residuosurbanos”, en el término municipal de Colmenar Viejo,promovido por la Consejería de Medio Ambiente, Vivien-da y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Ma-drid (Ac. 77/09).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada eldía 30 de abril de 2009, examinó el expediente relativo al Plan Es-pecial “Proyecto de mejora y extensión del vertedero controlado deresiduos urbanos”, en el término municipal de Colmenar Viejo, pro-movido por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordena-ción del Territorio de la Comunidad de Madrid, adoptando acuerdodel siguiente tenor literal:

«En virtud del contenido del informe urbanístico, de fecha 27 deabril de 2009, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Es-trategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda yOrdenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expe-diente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección Ge-neral en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión deUrbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comuni-dad de Madrid,

ACORDÓ

Primero

Desestimar todas las alegaciones presentadas conforme a lo recogi-do en el “informe de contestación a las alegaciones presentadas en elPlan Especial de Infraestructuras de Mejora y Extensión del Vertede-ro controlado de residuos urbanos de Colmenar Viejo”, de fecha 30 deoctubre de 2008, remitido por el Área de Infraestructuras de la Direc-ción General del Medio Ambiente.

Segundo

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de-nominado “Mejora y extensión del vertedero controlado de residuosurbanos de Colmenar Viejo”.

No obstante, la viabilidad de la ejecución de cada una de las actua-ciones previstas en el Plan Especial queda condicionada al contenidode la Resolución que ponga fin al correspondiente procedimiento deAutorización Ambiental Integrada, que incluirá, en su caso, el proce-dimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, tal y como se recogeen los informes de la Dirección General de Evaluación Ambiental dela Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Terri-torio, de fechas 6 de junio y 18 de julio de 2008.

Asimismo, para el desarrollo y ejecución de las actuaciones quese derivan del Plan Especial, deberán observarse las condiciones yprescripciones que se establecen en los siguientes informes sectoria-les, obrantes en el expediente:

— Confederación Hidrográfica del Tajo, de fecha 12 de juniode 2008.

— Dirección General de Patrimonio Histórico, de fecha 5 de ju-nio de 2008.

— Canal de Isabel II, de fechas 16 de septiembre y 29 de diciem-bre de 2008.

— Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Con-sejería de Economía y Consumo, de fecha 2 de abril de 2008.

— ADIF, de fecha 31 de marzo de 2008.

Tercero

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamentese significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra de-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 40 B.O.C.M. Núm. 138

positado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería deMedio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la ca-lle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándo-se que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso con-tencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a supublicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimeoportuno deducir.

Madrid, a 28 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,Alfonso Moreno Gómez.

(03/18.378/09)

Consejería de Sanidad

HOSPITAL CENTRAL CRUZ ROJA“SAN JOSÉ Y SANTA ADELA”

1976 RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2009, de la Gerencia, porla que se hace pública la composición de la Mesa de Con-tratación de este hospital, con carácter permanente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 295 de laLey 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, yen el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por elque se desarrolla parcialmente la mencionada Ley, esta Dirección-Gerencia, en uso de las atribuciones que le confiere la Resoluciónde 20 de enero de 2009, de la Viceconsejera de Asistencia Sanitariade delegación de competencias en materia de contratación y gestiónpresupuestaria en los Gerentes de Atención Especializada, AtenciónPrimaria, Servicio de Urgencias Médicas de Madrid y Centro deTransfusión, apartado segundo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID número 28, de 3 de febrero de 2009),

RESUELVE

Primero

Constituir la Mesa de Contratación del Hospital Central de laCruz Roja “San José y Santa Adela”, con las funciones que tieneconferidas por la Ley.

Segundo

Designar, con carácter permanente, a lo siguientes miembros dela Mesa de Contratación del Hospital Central de la Cruz Roja “SanJosé y Santa Adela”.

Presidente:— Titular, un representante de la Dirección Médica; suplente,

un representante de la Dirección de Gestión.Secretario:— Titular, el Jefe de la Unidad de Contratación; suplente, un

miembro de la Unidad de Contratación.Vocales:— Un letrado asesor, que podrá ser letrado habilitado por la Vi-

cepresidencia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad deMadrid.

— Un interventor o funcionario encargado del control económi-co presupuestario designado por la Intervención General dela Comunidad de Madrid.

— Un representante de la Dirección de Enfermería.— Un representante de la Dirección de Gestión.— Un representante del Servicio de Suministros.

Tercero

Cuando las circunstancias del expediente así lo aconsejen, podráconstituirse una Mesa de Contratación específica a tal fin.

En Madrid, a 2 de junio de 2009.—El Director-Gerente, ManuelGalindo Gallego.

(03/18.848/09)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

1977 RESOLUCIÓN 1296/2009, de 22 de mayo, por la que sehace pública la apertura del trámite de información públi-ca para participar en el proceso de elaboración del Pro-yecto de Orden por la que se crea un fichero de datos decarácter personal denominado RMI.

Habiendo concluido la fase de estudios e informes sobre la nece-sidad y oportunidad, así como estimación del coste económico a quese refiere el artículo 5 de la Ley 8/2001, de 13 de junio, de Protecciónde Datos de la Comunidad de Madrid, se ha redactado el Proyecto deDisposición General por el que se crea un fichero de datos de carác-ter personal denominado RMI, cuya finalidad es la gestión de los de-rechos reconocidos en la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de RentaMínima de Inserción de la Comunidad de Madrid: Prestación econó-mica de renta mínima de inserción y apoyos personalizados para lainserción social y laboral.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.5 de la citadaLey, y en aplicación de lo establecido en el artículo 9 del Decre-to 99/2002, por el que se regula el procedimiento de elaboraciónde disposiciones de carácter general de creación, modificación ysupresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, seabre una fase de alegaciones para que, cuantas entidades, asocia-ciones y personas relacionadas con la actividad que es objeto deregulación y estén interesadas, puedan formular alegaciones rela-tivas a la adecuación, pertinencia o proporcionalidad de los datosde carácter personal que se pretende tratar en relación con la fina-lidad del fichero mencionado.

Por lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas en laLey 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración dela Comunidad de Madrid, y en el Decreto 126/2004, de 29 de julio,por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fa-milia y Asuntos Sociales,

RESUELVO

Someter el Proyecto de Orden por el que se crea el fichero de da-tos de carácter personal RMI al trámite de información pública, porel plazo de quince días hábiles, mediante la inserción del corres-pondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Lo que se hace público, para general conocimiento, significán-dose que los interesados podrán solicitar un ejemplar del citadoproyecto de Orden en el Servicio de Prevención de la Exclusión yRentas Mínimas, dependiente de la Dirección General de ServiciosSociales de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, sito en lacalle Alcalá número 63, cuarta planta, de Madrid, en días hábiles,de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, y exponer su parecerrazonado en informe, mediante escrito dirigido a la Dirección Ge-neral de Servicios Sociales de la Consejería de Familia y AsuntosSociales, sita en calle Alcalá, número 63, de Madrid, en el plazo alefecto concedido, contado a partir del día siguiente al de la publi-cación de la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Madrid, a 22 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,Antonio Luis Carrasco Reija.

(03/18.386/09)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

1978 NOTIFICACIÓN de petición de reintegro de la ayuda con-cedida correspondiente a la convocatoria de ayudas paratransporte en taxi para personas con discapacidad efec-tuada por Orden 2/2008, de 9 de enero, de la Consejería deFamilia y Asuntos Sociales (publicada en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 25 de enero de 2008)de la Comunidad de Madrid.

Intentada sin efecto la práctica de notificaciones en los domiciliosde los destinatarios que se relacionan en el Anexo I de las peticiones

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 41

de reintegro de la ayuda concedida correspondientes a la convocato-ria de ayudas para transporte en taxi para personas con discapacidad,efectuada por Orden 2/2008, de 9 de enero, de la Consejería de Fami-lia y Asuntos Sociales (publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID el 25 de enero de 2008), se procede a ordenarsu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, en aplicación del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero.

Lo que se comunica a las personas interesadas a efectos de loprevisto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado”de 27 de noviembre), según la redacción dada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14de enero), y por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, que establecesu nueva nomenclatura, en concordancia con lo dispuesto en el ar-tículo 61 de la citada Ley 30/1992, por considerar esta DirecciónGeneral de Servicios Sociales que la publicación íntegra de la Re-solución lesiona los derechos o intereses legítimos del titular. Losdatos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fi-chero “Bonotaxi”, cuya finalidad es la gestión de las ayudas indi-viduales para transporte en taxi y la realización de estadísticas in-ternas, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales dela Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. Noestá prevista ninguna cesión de datos. El órgano responsable de di-cho fichero es la Dirección General de Servicios Sociales, y la di-rección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso,rectificación, cancelación y oposición ante el mismo, es la Subdi-rección General de Recursos y Programas para Personas con Dis-capacidad, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5de la Ley Orgánica 215/1999, de 13 de diciembre, de Protección deDatos de Carácter Personal.

Contra esta Resolución se podrá interponer potestativamente re-curso de reposición ante el titular de la Consejería de Familia yAsuntos Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el día si-guiente a esta publicación, o bien, directamente, recursos contencio-so-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos mesescontados desde el día siguiente al de publicación de la presente no-tificación, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro que es-time oportuno para la mejor defensa de sus derechos. No se podráinterponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuel-to expresamente o se haya producido la desestimación presunta delrecurso de reposición interpuesto. Asimismo, puede retirarse la Re-solución que se notifica en la Subdirección General de Recursos yProgramas para personas con discapacidad, sita en la calle Alcalá,número 63, primera planta.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—La Subdirectora General de Re-cursos y Programas para Personas con Discapacidad, María InésMarín Carrera.

ANEXO I

Notificación de petición de reintegro de la ayuda concedidacorrespondiente a la convocatoria de ayudas para transporte entaxi para personas con discapacidad efectuada por Orden 2/2008,de 9 de enero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales (pu-blicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

del 25 de enero de 2008) de la Comunidad de Madrid

Número de expediente. — Apellidos y nombre. — DNI. — Dirección

08-TX-00300.2/2008-R. — Martín Bullido, Ángel. — 50117747-B. — Paseo de Perales, número 5, bajo, 28011 Madrid.

08-TX-00584.1/2008-R. — Hlal, Mimoun. — X-1391814-S. —Calle Río Guadalquivir, número 9, primero B, 28980 Parla (Madrid).

08-TX-00698.1/2008-R. — Sánchez Muñoz, María Isabel. —51662714-E. — Plaza del Castillo de la Mota, número 2, noveno 2,28037 Madrid.

(03/16.977/09)

Consejería de Empleo y Mujer

1979 ORDEN 1147/2009, de 4 de mayo, por la que se crea el fi-chero de datos de carácter personal denominado “Partici-pantes”, del Servicio Regional de Empleo de la Comuni-dad de Madrid.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carác-ter Personal en la Comunidad de Madrid, en relación con el Decre-to 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de ela-boración de disposición general de creación, modificación ysupresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, es-tablecen que la competencia de aprobación de disposiciones de ca-rácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficherosde datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación dela referida Ley, en los Organismos Autónomos se ajustará a lo pre-visto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, así como enla Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional.

Para hacer posible la gestión informatizada de las subvenciones, enlo que respecta a los solicitantes y beneficiarios de las mismas, a tra-vés de sus representantes o personas de contacto, es preciso crear elcorrespondiente fichero de datos personales que será tratado de formaautomatizada mediante la aplicación informática correspondiente.

Los datos personales recogidos con este fin serán tratados confor-me a lo dispuesto en la citada Ley 8/2001, de 13 de julio; como elReal Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se apruebael Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La presente resolución ha sido sometida al preceptivo informe dela Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido atri-buidas,

DISPONGO

Artículo Único

1. La creación del fichero automatizado de datos de carácterpersonal denominado “Participantes”, del Servicio Regional de Em-pleo de la Comunidad de Madrid, regulado en el Anexo I a la pre-sente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001,de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Co-munidad de Madrid.

2. En relación con las medidas de seguridad para la protecciónde los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se darácumplimiento, en los términos que se establecen en la regularizaciónefectuada en el Anexo citado, a lo previsto en el Real Decre-to 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Regla-mento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 12 de diciem-bre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 4 de mayo de 2009.

La Consejera de Empleo y Mujer,MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: PARTICIPANTES.Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero:

Consejería de Empleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Di-rección General.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los de-rechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo encaso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería deEmpleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Dirección del Áreade Formación Continua y Emprendedores.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 42 B.O.C.M. Núm. 138

Nombre y descripción del fichero: PARTICIPANTES.Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: infor-

matizado.Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica,

número SS/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, telé-fono, marcas físicas.

— Otros tipos de datos: Datos de características personales, da-tos académicos y profesionales, datos de detalles de empleo.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previs-tos del mismo: GESTIÓN DE TRABAJADORES OCUPADOS ODESEMPLEADOS PARTICIPANTES EN PLANES FORMATI-VOS DE CONTRATOS, PROGRAMAS O CONVENIOS DESTI-NADOS A MEJORAR LA CAPACITACIÓN PROFESIONAL DELOS TRABAJADORES DE LA COMUNIDAD.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos oque resultan obligados a suministrarlos: EMPLEADOS. DEMAN-DANTES DE EMPLEO.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propiointeresado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indi-cando las transferencias internacionales:

— Organismos de la Seguridad Social, otros órganos de la Admi-nistración del Estado, Sindicatos y Juntas de Personal.

(03/17.813/09)

Consejería de Empleo y Mujer

1980 ORDEN 1223/2009, de 13 de mayo, por la que se crea el fi-chero de datos de carácter personal denominado “Certifi-cados y Acreditaciones” del Servicio Regional de Empleode la Comunidad de Madrid.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carác-ter Personal en la Comunidad de Madrid, en relación con el Decre-to 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de ela-boración de disposición general de creación, modificación ysupresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, es-tablecen que la competencia de aprobación de disposiciones de ca-rácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficherosde datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación dela referida Ley, en los Organismos Autónomos se ajustará a lo pre-visto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, así como enla Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional.

El Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula elsubsistema de formación profesional para el empleo, establece en elapartado 2, letra e), de su artículo 2, que uno de los fines de la for-mación profesional para el empleo es que sean objeto de acredita-ción las competencias profesionales adquiridas por los trabajadorestanto a través de procesos formativos (formales y no formales), asícomo de la experiencia laboral. Asimismo, en el apartado 4 del ar-tículo 11 de dicho Real Decreto, se indica que los órganos compe-tentes de las Comunidades Autónomas deberán llevar un registronominal y por especialidades de los certificados de profesionalidady de las acreditaciones parciales acumulables expedidas.

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan loscertificados de profesionalidad, establece en el apartado a) de su ar-tículo 3 que tienen por finalidad acreditar las cualificaciones profe-sionales o las unidades de competencia recogidas en los mismos, in-dependientemente de su vía de adquisición, bien sea a través de lavía formativa o mediante la experiencia laboral o vías no formalesde formación, según lo que se establezca en el desarrollo del artícu-lo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificacio-nes y de la formación profesional.

También en el apartado 1 del artículo 16 se indica que los certifi-cados de profesionalidad se expedirán a quienes lo hayan solicitadoy demuestren haber superado los módulos correspondientes a dichocertificado, o bien hayan obtenido el reconocimiento y la acredita-ción de todas las unidades de competencia que lo componen me-diante el procedimiento que se establezca en el desarrollo normati-vo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las

Cualificaciones y de la Formación Profesional. Igualmente, en elapartado 1 del artículo 17, establece que las Administraciones labo-rales competentes deberán llevar un registro nominal y por especia-lidades (denominación) de los certificados de profesionalidad y delas acreditaciones parciales acumulables expedidas.

Para hacer posible la gestión informatizada del registro de certifi-cados y acreditaciones parciales acumulables es preciso crear el co-rrespondiente fichero de datos personales, que será tratado de formaautomatizada mediante la aplicación informática correspondiente.

Los datos personales recogidos con este fin serán tratados confor-me lo dispuesto en la citada Ley 8/2001, de 13 de julio, citada; comoel Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprue-ba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La presente resolución ha sido sometida al preceptivo informe dela Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido atribuidas,

DISPONGO

Artículo Único

1. La creación del fichero automatizado de datos de carácterpersonal denominado “Certificados y Acreditaciones” del ServicioRegional de Empleo de la Comunidad de Madrid, regulado en elAnexo a la presente Orden, en los términos y condiciones fijados enal Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de CarácterPersonal de la Comunidad de Madrid.

2. En relación con las medidas de seguridad para la protecciónde los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se darácumplimiento, en los términos que se establecen en la regularizaciónefectuada en el Anexo citado, a lo previsto en el Real Decre-to 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Regla-mento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciem-bre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 13 de mayo de 2009.

La Consejera de Empleo y Mujer,MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: CERTIFICADOS Y ACREDITACIONES.Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero:

Consejería de Empleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Di-rección General.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los de-rechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo encaso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería deEmpleo y Mujer, Servicio Regional de Empleo, Dirección General.

Nombre y descripción del fichero: CERTIFICADOS Y ACRE-DITACIONES.

Caracter informatizado o manual estructurado del fichero: Infor-matizado.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica,

número SS/Mutualidad, nombre y apellidos, dirección, telé-fono, firma/huella.

— Otros tipos de datos: Datos de caraterísticas personales, datosacadémicos y profesionales, datos de detalles de empleo, da-tos de transacciones de bienes y servicios.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previs-tos del mismo: REGISTRO DE CERTIFICADOS DE PROFESIO-NALIDAD Y ACREDITACIONES PARCIALES ACUMULA-BLES. TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE CERTIFICA-CIONES Y EMISIÓN DE LAS MISMAS.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 43

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos oque resultan obligados a suministrarlos: SOLICITANTES. REPRE-SENTANTES LEGALES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propiointeresado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indi-cando las transferencias internacionales:

— Otros órganos de la Administración del Estado.— Otros órganos de la Comunidad Autónoma.

(03/17.814/09)

Universidad Carlos III

1981 RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2009, por la que seaprueba la creación de dos nuevos ficheros de datos de ca-rácter personal de esta Universidad.

La existencia de ficheros de carácter personal y los avances tec-nológicos pueden suponer una intromisión en el ámbito de la priva-cidad e intimidad de las personas, por ello, el ordenamiento jurídicoestablece un conjunto de medidas para garantizar y proteger, en loque concierne al tratamiento de los datos personales, las libertadespúblicas y los derechos fundamentales y, especialmente, el derechoal honor e intimidad personal y familiar y a la propia imagen, garan-tizado por el artículo 18 de la Constitución española.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección deDatos de Carácter Personal (“Boletín Oficial del Estado” núme-ro 298, de 14 de diciembre), y en el ámbito de la Comunidad de Ma-drid, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carác-ter Personal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDnúmero 175, de 25 de julio), establecen un conjunto de medidas paragarantizar y proteger este derecho fundamental.

De acuerdo con el derecho fundamental a la autonomía universi-taria proclamado en el artículo 27.10 de la Constitución española,regulada en los términos de, entre otros preceptos, el artículo 2 de laLey Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (“Bo-letín Oficial del Estado” número 307, de 24 de diciembre), modifi-cada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial delEstado” número 89, de 13 de abril), la competencia para aprobar,modificar y suprimir los ficheros que contengan datos personales esatribuida a las Universidades por el artículo 4.1 de la Ley 8/2001,de 13 de julio. En el mismo sentido, el artículo 4.5 del Decre-to 99/2002, de 13 de junio, por el que se regula el procedimiento deelaboración de disposiciones de carácter general de creación, modi-ficación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter per-sonal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núme-ro 145, de 20 de junio), establece que las Universidades Públicasincluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 8/2001, de 13 de ju-lio, crearán, modificarán y suprimirán sus ficheros mediante dispo-sición de carácter general que elaborarán de conformidad con lo pre-visto en sus propios estatutos.

La presente Resolución ha sido sometida al informe preceptivo dela Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, y ainformación pública por Resolución de 25 de marzo de 2009 de laUniversidad Carlos III de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID número 92, de 20 de abril). Por cuanto antecede,una vez transcurrido el plazo de alegaciones, y habiéndose cumpli-do los trámites establecidos en la Ley 8/2001, de 13 de julio, y en elDecreto 99/2002, de 13 de junio,

DISPONGO

Primero

Creación de nuevos ficherosAprobar la creación de los ficheros de datos de carácter personal

que se relacionan en el Anexo I de esta disposición.

Segundo

Medidas de seguridadLos ficheros automatizados que por la presente Resolución se

crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real De-creto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Re-

glamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de di-ciembre, de Protección Datos de Carácter Personal (“Boletín Oficialdel Estado” número 17, de 19 de enero de 2008).

Los responsables de los ficheros automatizados adoptarán las me-didas de índole técnica y organizativas necesarias para garantizar laseguridad de los datos de carácter personal y asegurarán que el tra-tamiento de los datos se utiliza exclusivamente para las finalidadespara las que fueron recogidos, que son las que se concretan en elAnexo I.

Tercero

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposiciónLos interesados tendrán derecho al acceso, rectificación, cancela-

ción y oposición de sus datos de carácter personal, en la forma pre-vista en la mencionada Ley Orgánica 15/1999, y demás normativade aplicación, ante el órgano que para cada fichero se concreta enesta Resolución.

Cuarto

Entrada en vigorLa presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su pu-

blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.Getafe, a 20 de mayo de 2009.—El Rector, Daniel Peña Sánchez

de Rivera.

ANEXO

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero 1

Fichero: DEFENSOR UNIVERSITARIO.Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero:

Universidad Carlos III de Madrid, Defensor Universitario.Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los de-

rechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo encaso de que sea diferente al responsable del fichero): UniversidadCarlos III de Madrid, Defensor Universitario.

Nombre y descripción del fichero: DEFENSOR UNIVERSITARIO.Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.Medidas de seguridad: Medidas de nivel alto.Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:— Datos especialmente protegidos: Ideología, afiliación sindi-

cal, religión, creencias. Otros datos especialmente protegi-dos: Origen racial o étnico, salud, vida sexual.

— Datos relativos a infracciones: Datos relativos a infraccionespenales, Infracciones administrativas.

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, número de regis-tro de personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros tipos de datos: Datos de circunstancias sociales, datosde características personales, datos académicos y profesiona-les, datos de detalles de empleo.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previs-tos del mismo: TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DE LAS ACTUA-CIONES DEL DEFENSOR UNIVERSITARIO.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos oque resultan obligados a suministrarlos: EMPLEADOS. ESTU-DIANTES. REPRESENTANTES LEGALES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propiointeresado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indi-cando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

Fichero 2

Fichero: ALOJAMIENTO.Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero:

Universidad Carlos III de Madrid, Gerencia de la Universidad Car-los III de Madrid.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los de-rechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en casode que sea diferente al responsable del fichero): Universidad Car-los III de Madrid, Gerencia de la Universidad Carlos III de Madrid.

Nombre y descripción del fichero: ALOJAMIENTO.Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Infor-

matizado.

Page 39: I. COMUNIDAD DE MADRIDw3.bocm.es/boletin/CM_Seccion_BOCM/2009/06/12/i.pdf · Pág. 6 VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 138 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales

VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 44 B.O.C.M. Núm. 138

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apelli-

dos, dirección, teléfono.— Otros datos de carácter identificativo: Correo electrónico.Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previs-

tos del mismo: PUBLICACIÓN DE LAS OFERTAS DE VIVIEN-DAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos oque resultan obligados a suministrarlos: ESTUDIANTES. REPRE-SENTANTES LEGALES. PROPIETARIOS O ARRENDATA-RIOS. EMPLEADOS.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propiointeresado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indi-cando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

(03/18.133/09)

D) Anuncios

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

Resolución de 5 de mayo de 2009, del Registro Territorial de la Pro-piedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que seacuerda publicar las resoluciones favorables de determinados ex-pedientes de solicitud de inscripción de derechos.

Vistas las solicitudes de inscripción de derechos sobre las obras,actuaciones o producciones relacionadas en el Anexo, y examinadala documentación aportada junto a ellas, han obtenido calificaciónjurídica favorable.

Intentada por dos veces sin efecto la notificación de las Resolu-ciones en este Registro Territorial, por las que se acuerda practicarla inscripción de derechos instada mediante las solicitudes que se re-lacionan en el Anexo, procede su publicación a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de ene-ro, renumerado por el artículo 68.2 de la Ley 24/2001, de 27 de di-ciembre (en adelante LRJPAC).

Por ello, de conformidad con las funciones atribuidas a los RegistrosTerritoriales por el artículo 3 del Reglamento del Registro General dela Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto 281/2003, de 7de marzo (en adelante RRGPI),

RESUELVO

Publicar las Resoluciones de este Registro Territorial por las quese acuerda practicar la inscripción de derechos instada mediante lassolicitudes que se relacionan en el Anexo.

Lo que se notifica a los interesados, indicándoles que, de confor-midad con lo establecido en los artículos 145.2 del Texto Refundi-do de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real DecretoLegislativo 1/1996, de 26 de abril, y 25.1 del RRGPI, contra losacuerdos del Registrador podrán ejercitarse directamente ante la ju-risdicción civil las acciones correspondientes.

Madrid, a 5 de mayo de 2009.—La Registradora Territorial, Emi-lia del Campo Ruiz.

ANEXO

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 45

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 46 B.O.C.M. Núm. 138

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 47

(03/17.189/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

Resolución de 7 de mayo de 2009, del Registro Territorial de la Pro-piedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que se pu-blican las Resoluciones acordando comunicar a los posibles inte-resados la presentación de determinadas solicitudes de inscripciónde derechos.

Vistas las solicitudes de inscripción de derechos sobre las obras,actuaciones o producciones relacionadas en el Anexo y examinadala documentación aportada, se observa que en ellas se hace referen-cia a terceros, posibles interesados en dichos expedientes.

Dado que la inscripción en el Registro crea una presunción “iuristantum” de autoría y titularidad de derechos a favor de quien inscri-be, relevándole de la carga de la prueba, el Registro, antes de resol-ver sobre estas solicitudes de inscripción, debe adoptar las cautelasnecesarias para no perjudicar derechos de terceros.

El artículo 145.2 del texto refundido de la Ley de Propiedad Inte-lectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 deabril (TRLPI), establece que el Registrador calificará las solicitudespresentadas y la legalidad de los actos y contratos relativos a los de-rechos inscribibles, pudiendo denegar o suspender la práctica de losasientos correspondientes.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 145.2del TRLPI y 34 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común (LRJPAC), se dictan las correspondientes Re-soluciones acordando comunicar a los posibles interesados la pre-sentación de las referidas solicitudes de inscripción, concediéndolesun plazo de diez días para que, en caso de ser titulares de derechoso intereses legítimos que pudieran verse afectados por las Resolu-ciones que se dicten, puedan comparecer en el expediente, alegar yaportar los documentos que estimen convenientes, con la adverten-cia de que, en caso de incomparecencia, se declarará que ha decaídosu derecho al trámite, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76de la LRJPAC.

En dichas Resoluciones se indica a los posibles interesados que, enel supuesto de que fueran titulares de algún derecho sobre la obra dereferencia, será necesario justificar dicha titularidad en los términosestablecidos en los títulos V y VI del Libro Primero (artículos 42 y si-guientes) del TRLPI, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996,de 12 de abril (en adelante TRLPI), y artículos 10 y 23 del RRGPI.

Un caso especial, contemplado por los artículos 51 y 97 del textorefundido de la Ley de Propiedad Intelectual, es la transmisión delos derechos de explotación cuando el autor ha realizado la obra envirtud de una relación laboral. En tal caso, la transmisión se regirápor lo pactado en el contrato, debiendo este estar formalizado por es-crito, y a falta de pacto escrito, se presumirá que los derechos de ex-plotación han sido cedidos en exclusiva al empresario.

Finalmente, se indica que para la aplicación de la presunción es-tablecida en los referidos artículos 51 y 97 del TRLPI, habrá de acre-ditarse documentalmente la existencia de la relación laboral invoca-da, mediante los correspondientes contratos de trabajo y certificadode cotización a la Seguridad Social, así como declaración del traba-jador, con firma legitimada por notario o funcionario de este Regis-tro, en la que se especifique el período de realización de la obra.

Intentada por dos veces sin efecto la notificación al solicitante y/oa los posibles interesados en el expediente de las Resoluciones deeste Registro Territorial, por las que se comunica a los posibles in-teresados la presentación de las solicitudes de inscripción de dere-chos que se relacionan en el Anexo, procede su publicación a losefectos previstos en el artículo 59.5 de la LRJPAC, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero, renumerado por el artículo 68.2 deLey 24/2001, de 27 de diciembre.

Por ello, de conformidad con las funciones atribuidas a los Regis-tros Territoriales por los artículos 145.2 del TRLPI y 3 del RRGPI,

RESUELVO

Publicar las Resoluciones de este Registro que se relacionan en elAnexo, acordando comunicar a los posibles interesados la presenta-ción de las solicitudes de inscripción de derechos que se detallan,por si fueran titulares de derechos o intereses legítimos y directos

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 48 B.O.C.M. Núm. 138

que puedan resultar afectados por la Resolución que se dicte, conce-diéndoles un plazo de diez días hábiles para que puedan compareceren el expediente, alegar y presentar los documentos que considerenpertinentes, con la advertencia de que, en caso de no comparecer enel plazo concedido, se entenderá que ha decaído su derecho al trámi-te, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la LRJPAC.

Contra las citadas Resoluciones, que no ponen fin a la vía admi-nistrativa, no cabe recurso alguno, por tratarse de un acto de trámi-te, de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.1 de la LRJPAC.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—La Registradora Territorial, Emi-lia del Campo Ruiz.

ANEXO

(03/17.192/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

Resolución de 8 de mayo de 2009, del Registro Territorial de la Pro-piedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que seacuerda publicar las resoluciones denegatorias de determinadosexpedientes de solicitud de inscripción de derechos.

Intentada por dos veces sin efecto la notificación de las Resolu-ciones en este Registro Territorial, por las que se deniega practicarla inscripción de derechos instada mediante las solicitudes que se re-lacionan en el Anexo, procede su publicación a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de ene-ro, renumerado por el artículo 68.2 de la Ley 24/2001, de 27 de di-ciembre (en adelante LRJPAC).

Por ello, de conformidad con las funciones atribuidas a los RegistrosTerritoriales por el artículo 3 del Reglamento del Registro General dela Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto 281/2003, de 7de marzo (en adelante RRGPI),

RESUELVO

Publicar la denegación de las inscripciones de derechos instadasmediante las solicitudes presentadas en el Registro de la PropiedadIntelectual que se relacionan en el Anexo, por los motivos que se in-dican en el mismo.

Lo que se notifica a los interesados, indicándoles que, de confor-midad con lo establecido en los artículos 145.2 del Texto Refundi-do de la Ley de Propiedad Intelectual, y 25.1 del RRGPI, contra losacuerdos del Registrador podrán ejercitarse directamente ante la ju-risdicción civil las acciones correspondientes.

Madrid, a 8 de mayo de 2009.—La Registradora Territorial, Emi-lia del Campo Ruiz.

ANEXO

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 49

(03/17.184/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

Resolución de 18 de mayo de 2009, del Registro Territorial de laPropiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que seacuerda publicar las Resoluciones por las que se tiene por desis-tidos a los interesados de determinados expedientes de solicitudde inscripción de derechos.

Vistas las Resoluciones requiriendo a los interesados para que sub-sanaran los defectos observados, y habiendo transcurrido el plazo con-cedido al efecto sin que se haya llevado a cabo la subsanación indica-

da, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artícu-lo 19 del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelec-tual aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo (en adelan-te RRGPI), se dictaron las Resoluciones que se relacionan en elAnexo, teniendo por desistidos a los interesados de sus solicitudesde inscripción de derechos.

Intentada por dos veces sin efecto la notificación de dichas Reso-luciones, procese su publicación a los efectos previstos en el artícu-lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 50 B.O.C.M. Núm. 138

vo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, renumera-do por el artículo 68.2 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (enadelante JRJPAC).

Por todo ello, de conformidad con las funciones atribuidas a losRegistros Territoriales por el artículo 3 del RRGPI,

RESUELVO

Publicar las Resoluciones de este Registro Territorial por las quese tiene por desistidos de sus solicitudes a los interesados que se re-

lacionan en el Anexo, por no haber subsanado los defectos observa-dos en el plazo concedido para ello.

Lo que se notifica a los interesados, indicándoles que contra lascitadas Resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, po-drán interponer recurso de alzada presentándolo ante la Registrado-ra Territorial o el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte yPortavoz del Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente al de la publicación de la presente Resolución. Sin perjui-cio de que puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente.

Madrid, a 18 de mayo de 2009.—La Registradora Territorial,Emilia del Campo Ruiz.

ANEXO

(03/18.055/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

Resolución de 22 de mayo de 2009, del Registro Territorial de laPropiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que seacuerda publicar las Resoluciones por las que se declara el decai-miento del derecho de posibles interesados a comparecer en de-terminados expedientes.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelanteLRJPAC), se comunicó a los posibles interesados la presentación eneste Registro Territorial de las solicitudes de inscripción de derechossobre las obras que se detallan en el Anexo, concediéndoles un plazode diez días hábiles para comparecer en el expediente, alegar y pre-sentar los documentos y justificaciones que considerasen pertinentes.

Habiendo transcurrido el plazo concedido al efecto sin que se hu-bieran personado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76.3 dela LRJPAC, se dictaron las Resoluciones que se relacionan median-te las que se declara el decaimiento de su derecho al referido trámite.

Intentada por dos veces sin efecto la notificación de dichas Re-soluciones, procede su publicación a los efectos previstos en el ar-tículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-

rídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, renumerado por el artículo 68.2 de Ley 24/2001, de 27 dediciembre.

Por todo ello, de conformidad con las funciones atribuidas a losRegistros Territoriales por los artículos 145.2 del TRLPI y 3 del Re-glamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, aproba-do por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo (RRGPI),

RESUELVO

Publicar las Resoluciones de este Registro Territorial, mediantelas que se declara el decaimiento del derecho de los posibles intere-sados que se relacionan en el Anexo, al trámite de comparecer en losexpedientes detallados.

Lo que se notifica a los interesados, indicándoles que contra di-chas Resoluciones, que no ponen fin a la vía administrativa, podráninterponer recurso de alzada ante la Registradora Territorial o el Vi-cepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Go-bierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al dela presente publicación. Sin perjuicio de que puedan ejercitar cual-quier otro que estimen procedente.

Madrid, a 22 de mayo de 2009.—La Registradora Territorial,Emilia del Campo Ruiz.

ANEXO

(03/18.050/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

CANAL DE ISABEL II

Contrato, por procedimiento abierto, para la explotación del área re-creativa del embalse de Riosequillo.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Canal de Isabel II.b) Número de expediente: 294/2009.

2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Explotación del área recreativa del

embalse de Riosequillo.b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.d) Plazo de duración: La duración del contrato será desde el 27

de junio de 2009 hasta el 30 de agosto de 2009, ambas fechasinclusive.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 51

c) Forma: Adjudicación a la oferta económicamente más venta-josa de acuerdo con los criterios de valoración establecidosen el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 194.080 euros,sin incluir IVA.

5. Garantía definitiva: el 5 por 100 del importe de adjudicación.6. Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Canal de Isabel II. Departamento de Áreas Recrea-tivas.

b) Domicilio: Calle Santa Engracia, número 108, séptimo, iz-quierda.

c) Localidad y código postal: 28003 Madrid.d) Teléfono: 915 451 025.e) Los Pliegos de Condiciones se pueden obtener también en las

siguientes direcciones de Internet: http://www.madrid.org yhttp://www.cyii.es

7. Requisitos específicos del contratista:

a) Otros requisitos: Cuando se trate de empresarios no españo-les de Estados miembros de la Unión Europea, deberá acre-ditar su inscripción en un registro profesional o comercialcuando este requisito sea exigido por la legislación del Es-tado respectivo, según establecen los artículos 47 y 61.2 dela Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del SectorPúblico. Los demás empresarios extranjeros deberán acre-ditar su capacidad de obrar con certificación expedida por laMisión Diplomática Permanente de España en el Estado co-rrespondiente, así como los requisitos previstos en los ar-tículos 44, 61.3 y 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octu-bre, de Contratos del Sector Público. En ambos casosdeberán, a su vez, presentar la documentación acreditativade la solvencia económica y técnica prevista en los aparta-dos 7.4.6 y 7.4.7 de este pliego.

8. Presentación de ofertas:

a) Fecha límite de presentación: 17 de junio de 2009, a las trecehoras.

b) Documentación a presentar: La indicada en el apartado 7 delPliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de la presentación:

1.o Entidad: Canal de Isabel II. Subdirección de Contratación.2.o Calle: Santa Engracia, número 125, edificio 9, planta baja.3.o Localidad y código postal: 28003 Madrid.

9. Apertura de ofertas:

a) Lugar de apertura:

1.o Entidad: Canal de Isabel II. Salón de Actos.2.o Domicilio: Santa Engracia, número 125, edificio 1, planta

baja.3.o Localidad: 28003 Madrid.

b) Fecha: 22 de junio de 2009.c) Hora: A las nueve y treinta.

10. Otras informaciones:

a) Forma de pago: Mediante facturas según la forma prevista enla cláusula 4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particu-lares.

b) Idioma en que se redactarán las ofertas: Castellano.Las ofertas se presentarán en sobres cerrados, con las letras A“Propuesta económica”, B “Documentación administrativa”y C “Referencias técnicas”, en cada uno de los cuales figura-rá el nombre del proponente y el título del contrato.La propuesta económica se formulará con arreglo al mode-lo Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Par-ticulares.

11. Gastos de anuncios: El pago de los anuncios será por cuentade la empresa adjudicataria.

Madrid, a 5 de junio de 2009.—La Secretaria General Técnica,María Luisa Carrillo Aguado.

(01/2.065/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONESDE LA COMUNIDAD DE MADRID

Resolución de 23 de febrero de 2009, del Consejero-Delegado, porla que se hace pública la adjudicación del contrato privado de su-ministro titulado: “Suministro, instalación y puesta en marcha delas infraestructuras y comunicaciones del Plan de Mejora y Mo-dernización de las TIC en los centros de Educación Secundaria dela Comunidad de Madrid (tres lotes)”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Agencia de Informática y Comunicaciones de la

Comunidad de Madrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contrata-

ción.c) Número de expediente: ECON/000951/2007.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Contrato de suministro.b) Descripción del objeto: “Suministro, instalación y puesta en

marcha de las infraestructuras y comunicaciones del Plan deMejora y Modernización de las TIC en los centros de Educa-ción Secundaria de la Comunidad de Madrid (tres lotes)”.

c) Lotes: Tres.d) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación:— “Diario Oficial de la Unión Europea”: 27 de octubre

de 2007.— “Boletín Oficial del Estado”: 7 de noviembre de 2007.— BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID: 7 de

noviembre de 2007.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4. Presupuesto base de licitación:— Lote 1: 2.815.655 euros (IVA incluido).— Lote 2: 15.668.544 euros (IVA incluido).— Lote 3: 16.188.606 euros (IVA incluido).5. Adjudicación:a) Fecha: 7 de enero de 2009.b) Contratistas: “Hewlett Packard Española, Sociedad Limita-

da” (lote 1); “Informática El Corte Inglés, Sociedad Anóni-ma” (lote 2), y UTE “BT España, Compañía de ServiciosGlobales de Telecomunicaciones, Sociedad Anónima Uni-personal-Business Integration, Sociedad Limitada Uniperso-nal-TDI Sistemas, Sociedad Limitada” (lote 3).

c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación:

— Lote 1: 2.787.498,51 euros (IVA incluido).— Lote 2: 15.668.544 euros (IVA incluido).— Lote 3: 16.188.606 euros (IVA incluido).

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 23 de febrero de 2009.—El Consejero-Delegado de la

Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad deMadrid, José Martínez Nicolás.

(03/18.417/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONESDE LA COMUNIDAD DE MADRID

Resolución de 22 de mayo de 2009, del Consejero-Delegado, por laque se hace pública la adjudicación definitiva del contrato priva-do de suministro titulado: “Adquisición de vales de comida parael personal al servicio de la Agencia ICM”.

Page 47: I. COMUNIDAD DE MADRIDw3.bocm.es/boletin/CM_Seccion_BOCM/2009/06/12/i.pdf · Pág. 6 VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 138 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales

VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 52 B.O.C.M. Núm. 138

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Agencia de Informática y Comunicaciones de la

Comunidad de Madrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contrata-

ción.c) Número de expediente: ECON/000007/2009.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Contrato de suministro.b) Descripción del objeto: Adquisición de vales de comida para

el personal al servicio de la Agencia ICM.c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio

de licitación: “Diario Oficial de la Unión Europea” de 20 defebrero de 2009.

3. Procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato:a) Presupuesto base de licitación:

— Importe total (sin IVA) 1.362.541,38 euros.— Importe IVA 16 por 100 (sobre la comisión de ges-

tión): 3.749,51 euros.— Importe total: 1.366.290,89 euros.

b) Valor estimado del contrato: 2.007.955,72 euros.5. Adjudicación definitiva:a) Fecha: 22 de mayo de 2009.b) Contratista: “Accor Servicios Empresariales, Sociedad Anó-

nima”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: Importe total máximo, 1.366.290,89

euros (IVA incluido).Precios unitarios:— Porcentaje de la comisión de gestión por vale utilizado:

1,35 por 100 (IVA excluido).— Porcentaje de descuento por vales de comida entregados,

no consumidos y devueltos: 0,75 por 100 (IVA excluido).Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 22 de mayo de 2009.—El Consejero-Delegado de la

Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad deMadrid, José Martínez Nicolás.

(03/18.418/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e InteriorACADEMIA DE POLICÍA LOCALDE LA COMUNIDAD DE MADRID

Resolución de 5 de junio de 2009, del Gerente, por la que se empla-za a los posibles interesados para que se personen en el recursocontencioso-administrativo interpuesto por la Federación deServicios y Administraciones Públicas de Comisiones Obreras,contra la Orden de 25 de febrero de 2009, del Consejero de Presi-dencia, Justicia e Interior, por la que se establece el procedimien-to de gestión, liquidación y recaudación de la tasa académica dela Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

La Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Co-misiones Obreras ha interpuesto recurso contencioso-administrativocontra la Orden de 25 de febrero de 2009, del Consejero de Presi-dencia, Justicia e Interior, por la que se establece el procedimientode gestión, liquidación y recaudación de la tasa académica de laAcademia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Mediante escrito de 11 de mayo de 2009 (recibido en este órganodirectivo el 26 de mayo), el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Octava, ha instadoa la Comunidad de Madrid, según lo establecido en el artículo 49 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa, a que realice los emplazamientos a cuan-tos aparezcan como interesados en dicha Orden, a fin de que puedan

personarse en el plazo de nueve días ante dicho órgano jurisdiccio-nal si a su derecho conviene.

La personalización de los interesados, en su caso, deberá ser anteel Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso-Administra-tivo, Sección Octava, calle General Castaños, número 1, de Madrid,en el recurso número 375/2009-01-X (número de identificación:28079 3 126504/2009).

En Madrid, a 5 de junio de 2009.—El Gerente de la Academia dePolicía Local de la Comunidad de Madrid, Agustín Carretero Sánchez.

(03/18.852/09)

Consejería de Economía y HaciendaResolución de 12 de mayo de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas, por la que se somete a información pú-blica el proyecto de construcción de una línea en calle Tomás Re-dondo, número 2, en el término municipal de Madrid (28033Madrid), solicitado por “Unión Fenosa Distribución, SociedadAnónima”.

2009P255

De acuerdo a lo previsto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,y en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27de diciembre), se somete a información pública la solicitud de auto-rización administrativa de construcción de la instalación eléctricareferenciada, cuyas características y datos principales se describen acontinuación:

a) Solicitante: “Unión Fenosa Distribución, Sociedad Anónima”.b) Ubicación de la instalación: Calle Tomás Redondo, núme-

ro 2, del término municipal de Madrid.c) Objeto de la instalación: Suministrar energía eléctrica a los

usuarios de la zona.d) Características principales y situación en coordenadas UTM:

2009P255 ULE3923 446709 4480605 90Nueva 446746 4480552 15

1 Subterránea /RHZ1-12/20 kV, 240 mm2, Al

Referencia línea UTM origen X-Y Long. (m)

Actuación UTM final X-Y T. serv. (kV)

N.o c. Tipo Conductor aéreo/subterráneo

e) Presupuesto total: 17.075,02 euros.Lo que se hace público para que puedan ser examinados los pro-

yectos de las instalaciones en esta Dirección General de Industria,Energía y Minas, sita en Madrid, calle Cardenal Marcelo Spínola,número 14, edificio F-4, y formular las alegaciones que se estimenoportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la pu-blicación de este anuncio.

Madrid, a 12 de mayo de 2009.—El Director General de Indus-tria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/6.583/09)

Consejería de Economía y HaciendaResolución de 27 de abril de 2009, del Director General de Tributos y

Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del ar-tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se publica el requerimiento a doña Aurora IonelaTanasoiu de subsanación de la solicitud de cambio de titularidadpara el establecimiento de hostelería denominado “Barraquer”, sitoen Getafe (Madrid), calle Doctor Barraquer, número 18.

Por la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión delJuego de la Consejería de Economía y Hacienda se ha requerido do-cumentación a efectos de poder subsanar la solicitud de cambio detitularidad para el establecimiento de hostelería citado en el título dela presente Resolución. La notificación al interesado se ha intentado

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en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artícu-lo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas noimputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 delmismo texto legal, se procede por la presente a publicar el conteni-do de dicha Resolución de requerimiento de documentación, cuyotexto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesa-do de que también se ha efectuado la publicación en el tablón deedictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

En Madrid, a 27 de abril de 2009.—El Director General de Tribu-tos y Ordenación y Gestión del Juego, Fernando Prats Máñez.

ANEXO

Examinada la solicitud de autorización para la instalación de má-quinas recreativas y recreativas con premio programado y con pre-mio en el local sito en Getafe (Madrid), calle Doctor Barraquer, nú-mero 18, presentada en fecha 2 de marzo de 2009, le comunico quedeberá remitir la documentación que a continuación se especifica enel plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente ala notificación. Se le informa de que el transcurso de dicho plazo sinque se hayan aportado todos los documentos requeridos impide ha-cer constar el cambio de titularidad mediante la diligencia correspon-diente en el cajetín de la autorización prevista a tal efecto y puedeconstituir una infracción tipificada como grave en el artículo 29.c) dela Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid,y que el transcurso del plazo máximo legal para resolver el proce-dimiento y notificar la resolución queda suspendido hasta la aporta-ción de la documentación solicitada, conforme a lo establecido en elartículo 42.5.a) de la citada Ley.

Documentación solicitada:— Copia debidamente compulsada del cambio de titularidad so-

bre la licencia municipal de apertura del establecimiento con-cedida o, en su caso, acreditación del Ayuntamiento que in-dique la situación en la que se encuentra la tramitación delmismo.

— Original de la autorización para la instalación de máquinasrecreativas, recreativas con premio programado y de azarpara bares y cafeterías (ejemplar de la empresa operadora ydel titular del establecimiento).

Madrid, a 4 de marzo de 2009.—La Jefe del Área de Gestión delJuego, Rosario García Sanz.

(03/17.041/09)

Consejería de Economía y HaciendaResolución de 27 de abril de 2009, del Director General de Tributos y

Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del ar-tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se publica Resolución de Desistimiento de lasolicitud de autorización para instalar máquinas recreativas y má-quinas recreativas con premio programado para el establecimientode hostelería denominado “Álbum”, presentada conjuntamente pordoña Lyubov Skala, como titular del establecimiento, y la empresaoperadora “Recreativos Lama, Sociedad Limitada”.

La Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión delJuego de la Consejería de Economía y Hacienda ha dictado Resolu-ción de desistimiento de la solicitud de autorización para instalarmáquinas recreativas y máquinas recreativas con premio programa-do en el establecimiento de hostelería citado en el título de la pre-sente Resolución. La notificación al interesado se ha intentado endos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputablesa esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 delmismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha Reso-

lución de desistimiento, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asi-mismo, se informa al interesado de que también se ha efectuado lapublicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su últimodomicilio conocido.

Madrid, a 27 de abril de 2009.—El Director General de Tributosy Ordenación y Gestión del Juego, Fernando Prats Máñez.

ANEXO

Vista la solicitud de autorización de instalación para máquinas re-creativas con premio programado presentada en 21 de noviembrede 2008 conjuntamente por doña Lyubov Skala, como titular delestablecimiento de hostelería denominado “Álbum” y “RecreativosLama, Sociedad Limitada”, inscrita como empresa operadora núme-ro 20.463, y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Primero

El 21 de noviembre de 2008, al amparo de lo dispuesto en el ar-tículo 17 del Decreto 97/1998, de 4 de junio, por el que se apruebael Reglamento de Explotación e Instalación de Máquinas Recreati-vas, Recreativas con Premio Programado y de Azar en la Comuni-dad de Madrid, se presentó conjuntamente por doña Lyubov Skala y“Recreativos Lama, Sociedad Limitada”, inscrita como empresaoperadora número 20.463, una solicitud de autorización de instala-ción de máquinas recreativas con premio programado para el esta-blecimiento de hostelería denominado “Álbum”, sito en calle Gil deOntañón, número 8, de Alcalá de Henares, Madrid.

Segundo

Examinada la documentación aportada con la solicitud de autori-zación de instalación se solicitó subsanación por falta de acredita-ción de lo establecido en el artículo 18.1 y su apartado a) del Decre-to 97/1998, de 4 de junio, por el que se aprobó el Reglamento deExplotación e Instalación de Máquinas Recreativas, Recreativas conPremio Programado y de Azar en la Comunidad de Madrid (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de junio de 1998).

Tercero

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 71 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, se concedió un plazo de quince días hábiles para aportar la do-cumentación preceptiva, con advertencia expresa de que si así no sehiciese se les tendría por desistidos de su petición, previa resoluciónque deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 dela citada Ley.

Cuarto

La anterior comunicación fue notificada a los interesados el 9 dediciembre de 2008.

Quinto

Transcurrido el plazo concedido de acuerdo con lo establecido enel artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, no se ha presentado documentación alguna.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

El apartado 1 del artículo 17 del Decreto 97/1998, de 4 de junio,por el que se aprobó el Reglamento de Explotación e Instalación deMáquinas Recreativas, Recreativas con Premio Programado y deAzar en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 22 de junio de 1998) determina que la autori-zación de instalación es el documento administrativo que habilitapara la instalación de máquinas recreativas y recreativas con premioprogramado en un local concreto de los contemplados en los artícu-los 13.a) y 14.1.a) del presente Reglamento y por una sola y deter-

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minada empresa operadora debidamente inscrita en el Registro delJuego de la Comunidad de Madrid, Sección de Empresas.

Segundo

El apartado 1 del artículo 18 del Decreto 97/1998, de 4 de junio,por el que se aprobó el Reglamento de Explotación e Instalación deMáquinas Recreativas, Recreativas con Premio Programado y deAzar en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID de 22 de junio de 1998) establece que la solicitudde autorización deberá estar suscrita conjuntamente por la empresaoperadora y por el titular de la explotación del establecimiento, cu-yas firmas deberán estar reconocidas o adveradas por entidad banca-ria o legitimadas por fedatario público, en el modelo normalizadoque se acompaña como Anexo III del presente Reglamento, pudien-do consignar en la misma persona autorizada por ambos para trami-tar dicha petición.

Tercero

El apartado 1.a) del artículo 18 del mencionado Decreto 97/1998,establece que la solicitud de autorización de instalación deberá sersuscrita conjuntamente por la empresa operadora y por el titular dela explotación del establecimiento, y debiéndose adjuntar copias de-bidamente compulsadas de la licencia municipal de apertura delestablecimiento a nombre del solicitante de la autorización y, en sucaso, de la solicitud de dicha licencia o de cambio de titularidad dela misma ante el Ayuntamiento correspondiente, sin perjuicio de ad-mitirse cualquier documento municipal que aporte el interesado enlo que se refiere a la situación administrativa del expediente de li-cencia al momento de la solicitud de autorización de instalación y enel que, en todo caso, deberá constar la categoría de la actividad asícomo la ubicación del mismo, especificándose en concreto si el mis-mo se encuentra o no situado en un centro comercial.

Cuarto

El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, determina que si la solicitud de iniciaciónno reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos,en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al in-teresado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acom-pañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lohiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resoluciónque deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.

Quinto

El apartado 1 del artículo 42 de la citada Ley 30/1992, de 26 denoviembre, especifica que “la Administración está obligada a dictarresolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cual-quiera que sea su forma de iniciación. En los casos de prescripción,renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimientode la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto delprocedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la cir-cunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechosproducidos y las normas aplicables. Se exceptúan de la obligación aque se refiere el párrafo primero los supuestos de terminación delprocedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientosrelativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber decomunicación previa a la Administración”.

Por todo lo expuesto, y en virtud de las competencias legalmen-te atribuidas,

RESUELVO

Tener por desistido al interesado de su solicitud de autorizaciónpara instalar máquinas recreativas y máquinas recreativas con pre-mio programado para el establecimiento de hostelería denominado“Álbum”, sito en calle Gil de Ontañón, número 8, de Alcalá de He-nares, Madrid, presentada el 21 de noviembre de 2008 conjuntamen-te por doña Lyubov Skala y “Recreativos Lama, Sociedad Limita-da”, inscrita como empresa operadora número 20.463.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa,podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Economíay Hacienda en el plazo de un mes, a contar desde la presente notifi-

cación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 y siguien-tes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Madrid, a 20 de marzo de 2009.—El Director General de Tributosy Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 9 de octubrede 2008), la Subdirectora General de Gestión y Control del Juego,María Luisa Arbiza Jiménez.

(03/17.358/09)

Consejería de Economía y HaciendaResolución de 4 de mayo de 2009, de la Dirección General de Co-

mercio, por la que se acuerda publicar la notificación de resoluciónejecutiva e información de pago de procedimiento sancionador porinfracción en materia de comercio (expediente 12L/2008).

Intentada sin efecto en el domicilio de su destinatario la prácticade la notificación de resolución ejecutiva e información de pago deprocedimiento sancionador por infracción en materia de comercio,

HE RESUELTO

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos delAyuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artícu-lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, segúnse especifica en el Anexo Único.

Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La Directora General de Comer-cio, Carmen Cárdeno Pardo.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN EJECUTIVAE INFORMACIÓN DE PAGO

Por tratarse de una resolución ejecutiva, deberá hacerse efectivala sanción impuesta en la Resolución del expediente, en virtud de lodispuesto en los artículos 138.3 y 115.1 de la citada Ley 30/1992, in-formándose de lo siguiente:

Primero

A tenor de lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003,de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado”número 302, de 18 de diciembre), el importe de la multa se hará efec-tivo por ingreso directo en la cuenta restringida número 6000262539,Comunidad de Madrid, Dirección General de Comercio, Sanciones,abierta en la oficina 2038, Sucursal 1738, con dígito de control 26, de“Caja Madrid”, calle General Zabala, número 24, 28002 Madrid, ha-ciendo constar el número de expediente arriba reseñado y empresa,en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notifica-ción hasta el día 20 del mes posterior, o, si este no fuera há-bil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la noti-ficación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o, si este nofuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Segundo

Se le apercibe de que, de no abonarse dentro de dicho período vo-luntario, se procederá a su exacción, con los recargos que resultenaplicables, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de laLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En su interés, y en evitación de cualquier confusión, será impres-cindible que nos remita copia del justificante o resguardo acreditativodel ingreso en el plazo de diez días siguientes al mismo ante la Direc-ción General de Comercio (calle Príncipe de Vergara, número 132),para su anotación y constancia en el expediente. En dicho justificantese hará constar nombre de la empresa y número del expediente.

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Tercero

De la notificación de esta obligación contraída con la Comunidadde Madrid se da comunicación a la Dirección General de Política Fi-nanciera, Tesorería y Patrimonio.

Expediente. — Imputado. — CIF. — Último domicilio conocido. —Sanción

12L/2008. — Dasa Ediciones y Colecciones, Sociedad Limitada. —B-84291517. — Gamonal, 16, 3.o S, PI de Vallecas. — 3.005,07 euros.

(01/1.898/09)

Consejería de Economía y HaciendaResolución de 8 de mayo de 2009, del Director General de Tributos

y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se procede a publi-car la Orden de 28 de abril de 2009, del Consejero de Economíay Hacienda, por la que se deniega la solicitud de suspensión de laejecución de la Resolución de 2 de marzo de 2009, del DirectorGeneral de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, contenidaen el recurso de alzada interpuesto contra la misma por don JoséAntonio Tejada Ferrer, que se relaciona en el Anexo Único.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domiciliode don Arnulfo Cadena, en calidad de interesado, de la Orden de 28de abril de 2009, del Consejero de Economía y Hacienda, que se re-laciona en el Anexo Único,

HE RESUELTO

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corres-ponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El Director General de Tributosy Ordenación y Gestión del Juego, Fernando Prats Máñez.

ANEXO ÚNICO

Orden de 28 de abril de 2009, de la Consejería de Economía y Ha-cienda, por la que se deniega la solicitud de suspensión de la ejecu-ción de la Resolución de 2 de marzo de 2009, del Director Generalde Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.

Vista la petición de suspensión de la ejecución de la Resoluciónde 2 de marzo de 2009, del Director General de Tributos y Ordena-ción y Gestión del Juego, por la que se denegaba la solicitud de re-vocación de la autorización para instalar máquinas recreativas y re-creativas con premio programado en el establecimiento dehostelería denominado “Alhambra”, antes “Sotanito”, contenida enel recurso de alzada presentado por don José Antonio Tejada Ferrer,como titular del establecimiento, de fecha 30 de marzo de 2009 y,teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 3 de marzo de 2006, don Arnulfo Cadena Amador,como titular del establecimiento de hostelería denominado “Alham-bra”, antes “Sotanito”, y la empresa operadora “Opema, SociedadAnónima”, presentaron conjuntamente solicitud de autorizaciónpara la instalación de máquinas recreativas y recreativas con premioprogramado en el mencionado establecimiento.

Segundo

El 15 de marzo de 2006, el Director General de Ordenación yGestión del Juego resolvió conceder la autorización solicitada.

Tercero

El 6 de octubre de 2008 se presentó escrito suscrito por don JoséAntonio Tejada Ferrer, nuevo titular del establecimiento, por el quese solicitaba la revocación de la autorización anteriormente referida.

Cuarto

Tramitado el correspondiente procedimiento el 2 de marzode 2009, el Director General de Tributos y Ordenación y Gestión delJuego dictó Resolución por la que se denegaba la solicitud formula-da por no acreditar de forma fehaciente que el local hubiera perma-necido cerrado por un tiempo superior a nueve meses.

Quinto

Dicha Resolución fue notificada, el 10 de marzo de 2009, a donJosé Antonio Tejada Ferrer, que interpuso recurso de alzada contrala misma, con fecha 30 de marzo de 2009, en el que solicita la sus-pensión de la ejecución de la Resolución impugnada.

Sexto

El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Jue-go emite informe, con fecha 23 de abril de 2009, proponiendo la de-negación de la suspensión de la ejecución de la citada Resoluciónde 2 de marzo de 2009.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para decidir sobre la petición de suspensión co-rresponde al Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidadde Madrid, al ser el órgano competente para la resolución del recur-so de alzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.g) dela Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administraciónde la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 114.1 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún; en el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno,por el que se establece el número y denominación de las Consejeríasde la Comunidad de Madrid; en el Decreto 25/2009, de 18 de mar-zo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura or-gánica de la Consejería de Economía y Hacienda, y, a su vez, en re-lación con lo previsto en el artículo 111.2 de la citada Ley 30/1992,de 26 de noviembre.

Segundo

El recurrente solicita en el recurso de alzada la suspensión de laejecutividad de la Resolución impugnada, ya que, al no poder insta-lar otras máquinas y haber retirado el operador las que estaban ins-taladas, se están causando perjuicios económicos importantísimosde difícil reparación.

En este sentido, es preciso señalar que el artículo 111.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, fa-culta al órgano competente para resolver el recurso para suspender laejecución de la Resolución recurrida cuando esta pudiera causar per-juicios de imposible o difícil reparación o cuando la impugnación sefundamente en alguna causa de nulidad de pleno derecho del artícu-lo 62.1 de la mencionada Ley, y siempre “previa ponderación sufi-cientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés públi-co o a terceros la suspensión y el perjuicio que se causa al recurrentecomo consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido”.

En el presente caso, el recurrente no alega causa de nulidad del ar-tículo 62.1, y lo que establece es que la ejecución del acto impugna-do ocasionaría perjuicios económicos de difícil reparación, sin acre-ditarlos, concretarlos ni cuantificarlos y limitándose a invocarlos demodo genérico.

En este sentido, debe recordarse que la jurisprudencia más reitera-da tiene establecido que la suspensión es una medida de carácter ex-cepcional y, por tanto, de interpretación restrictiva, siendo requisitoindispensable para concederla que se acredite la concurrencia decualquiera de las circunstancias señaladas por los textos legales, yque cuando estas consistan en que la ejecución pudiese irrogar dañosde imposible o difícil reparación, estos deben acreditarse para poderrealizar la adecuada ponderación de intereses exigida por la ley.

Entre otras, recoge esta línea jurisprudencial la sentencia del Tri-bunal Supremo de 26 de enero de 1998, en su Fundamento JurídicoTercero: “(...) debiendo, en todo caso, ser ponderada la medida enque el interés público demanda la ejecución, habiendo venido por

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 56 B.O.C.M. Núm. 138

ello la jurisprudencia a exigir el relato o concreción de los daños operjuicios susceptibles de causarse y una prueba al menos indiciariade la posibilidad de que los mismos se produzcan”.

Esta exigencia viene derivada de que, como también tiene esta-blecido el Tribunal Supremo, “el interés público reside, por princi-pio, en la ejecución de las resoluciones administrativas, que consti-tuye la regla general” (Sentencia de 22 de diciembre de 2000,Fundamento Jurídico cuarto).

En definitiva, la regla general de no suspensión de la ejecucióndel acto impugnado, establecida en el artículo 111.1 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, no cede ante la mera alegación de eventuales daños no proba-dos ni concretados.

En el presente caso, el recurrente se limita a solicitar la suspen-sión apelando a los daños económicos que se le causan al no poderinstalar otras máquinas y el operador haber retirado la que tenía ins-talada, pero sin acreditar económicamente ningún tipo de perjuicio.

A lo anterior, hay que añadir, sin entrar en el fondo del asunto,que, dado que la finalidad de la suspensión es el mantenimiento dela situación existente con anterioridad a la ejecución del acto, y queel acto recurrido es la denegación de la solicitud de revocación de laautorización concedida en su día, carece de sentido la suspensión so-licitada, pues su concesión no puede invertir la situación preexisten-te y revocar la autorización instada en su solicitud, sin perjuicio deque la revocación de la autorización concedida no implicaría por sísola una nueva autorización a nombre del recurrente sino únicamen-te la posibilidad de iniciar un procedimiento de solicitud de nuevaautorización.

En su virtud,

RESUELVE

Denegar la petición de suspensión de la ejecución de la Resolu-ción de 2 de marzo de 2009, del Director General de Tributos y Or-denación y Gestión del Juego, referida en el encabezamiento, conte-nida en el recurso de alzada interpuesto contra la misma por donJosé Antonio Tejada Ferrer.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la mis-ma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante elTribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, acontar desde el día siguiente a la fecha de notificación, de conformi-dad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquierotro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 28 de abril de 2009.

El Consejero de Economía y Hacienda,ANTONIO BETETA BARREDA

(03/17.017/09)

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de 7 de abril de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas, a “CP calle Princesa 96” del requeri-miento de 28 de enero de 2009, de la Subdirección General dePromoción Industrial y Energética, sobre presentación de docu-mentación en relación con la solicitud de subvención al programade ayudas para la promoción de actuaciones de ahorro y eficien-cia energética 2008.

Por medio del presente anuncio se notifica a “CP Princesa 96”,con domicilio en la calle Princesa, número 96, de Madrid, el oficioemitido el 5 de febrero de 2009 por la Subdirección General de Pro-moción Industrial y Energética de la Dirección General de Industria,Energía y Minas, sobre requerimiento para la presentación de la do-cumentación en relación con la solicitud de subvención al programade ayudas para la promoción de actuaciones de ahorro y eficienciaenergética, con el siguiente tenor literal:

«Vista la solicitud de ayudas por el Instituto Madrileño de Desarrollopara promoción de actuaciones de ahorro y eficiencia energética para

el año 2008 presentada por “CP Princesa 96”, con número de expedien-te 166/2008, y a efectos de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, y en la Ordende 16 de octubre de 2008 de la Consejería de Economía y Hacienda,deberán presentarse los documentos que se indican en el Anexo ad-junto, dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del díasiguiente a la notificación de este requerimiento, en la Dirección Ge-neral de Industria, Energía y Minas, Subdirección General de Pro-moción Industrial y Energética, sita en calle Cardenal Marcelo Spí-nola, número 14, edificio F4, 28016 Madrid, o en cualquiera de lasformas previstas en el artículo 38 de la citada Ley 30/1992.

En caso de no presentar la totalidad de la documentación requeri-da dentro del plazo anteriormente indicado, se le tendrá por desisti-do de su petición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 ci-tado.

ANEXO

Documentación a presentar (deberá aportarse en original o foto-copia compulsada):

— Instancia de solicitud debidamente cumplimentada.— Impreso normalizado 1a, 1b y 1c debidamente cumplimentado.— Acta de la última reunión donde figure como presidente o ad-

ministrador la persona solicitante, u otra documentaciónacreditativa de esta.

— Acta en la que conste acuerdo de la comunidad de propieta-rios para realizar la instalación objeto de la ayuda solicitada,adoptado con el quórum legalmente establecido.

— Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tribu-tarias y con la Seguridad Social, o, en su defecto, tener con-cedido aplazamiento o moratoria, a efectos de solicitar unasubvención.

— Tarjeta de identificación fiscal».Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, modificada por Ley 4/1999, del 3 de enero, toda vez que no hapodido practicarse la notificación del oficio mencionado.

Madrid, a 7 de abril de 2009.—El Director General de Industria,Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/17.365/09)

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de 30 de abril de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas, a don Ernesto Paz Rodríguez de la Pro-puesta de Resolución de 6 de marzo de 2009 del Servicio de Ges-tión Administrativa y Jurídica sobre expediente de solicitud dedevolución de tasas.

Por medio del presente anuncio se notifica a don Ernesto Paz Ro-dríguez, con domicilio en la calle Bilbao, número 4, 28921 Alcor-cón, Madrid, la propuesta de resolución emitida el 6 de marzode 2009 por el Servicio de Gestión Administrativa y Jurídica de laDirección General de Industria, Energía y Minas, en relación con lasolicitud de devolución de tasas, con el siguiente tenor literal:

«Examinado el procedimiento de devolución de ingresos indebi-dos de referencia, se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

El día 3 de noviembre de 2008 tuvo entrada en esta Dirección Ge-neral de Industria, Energía y Minas, solicitud de devolución de tasaspresentada por don Ernesto Paz Rodríguez relativa al recibo núme-ro 030772194682 2, de fecha 16 de julio de 2008, y por un importede 42,73 euros, alegando como motivo no tener la documentaciónrequerida.

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Segundo

Con fecha 11 de noviembre de 2008, se requiere a la Área de Ins-talaciones Industriales y Capacitación Reglamentaria emisión de in-forme necesario para la resolución del procedimiento.

El informe emitido en fecha 6 de marzo de 2009 contiene las si-guientes manifestaciones:

“El interesado presentó con fecha 16 de julio de 2008, con abonode la tasa correspondiente, solicitud de validez y vigencia del carnéde instalador de fontanería IA-4444 del que era titular, expedido poresta Dirección General con fecha 5 de junio de 2002 y caducidad el 5de junio de 2007.

En este caso en el momento de presentar la solicitud del carné es-taba caducado hacía más de un año, por lo que no hubiera sido po-sible renovarlo aunque presentase simultáneamente la solicitud derenovación (que no es caso), solicitud que sería claramente extem-poránea, por lo que el carné queda sin validez y, en consecuencia, noes posible expedir el certificado solicitado.

Por ello se propone, en aplicación del artículo 10 de la Ley de Ta-sas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, la no devolucióndel importe de la tasa abonada, dado que se aprecia causa imputableal sujeto pasivo”.

A los referidos antecedentes de hecho son de aplicación los si-guientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

En la tramitación del presente procedimiento se han observado lasprescripciones legales y reglamentarias, de conformidad con lo pre-visto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común; la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,y el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicosde la Comunidad de Madrid.

Segundo

Examinada la solicitud del expediente y el informe emitido por launidad oportuna para conocer de este asunto, se constata que no con-curren ninguno de los supuestos de devolución recogidos en el ar-tículo 221.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tribu-taria, ni en el artículo 10 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 deoctubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid,que establece.

Tercero

En aplicación del artículo 18.3 del Real Decreto 520/2005,de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General deDesarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tribu-taria, en materia de revisión en vía administrativa, durante el pla-zo de los diez días hábiles siguientes a partir del día siguiente a larecepción de esta Propuesta de Resolución, podrá efectuar las ale-gaciones y presentar los documentos y justificantes que estimenecesarios.

Igualmente, en el caso de que lo estimase conveniente a sus inte-reses, durante el citado plazo podrá solicitar la puesta de manifiestodel expediente, previa cita concertada, mediante solicitud por escri-to o llamada telefónica al número 914 206 460, en horario de oncey treinta a trece y treinta. Si se actúa por medio de representante de-berá acreditarse la representación por cualquier medio válido en de-recho que deje constancia fidedigna.

Transcurrido dicho plazo, la propuesta de resolución, junto contodos los documentos, actuaciones y alegaciones que obren en el ex-pediente, se cursará al órgano competente para resolver.

Cuarto

El órgano competente para la adopción de la correspondiente Re-solución es la Dirección General de Industria, Energía y Minas, deconformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 1/1983,

de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comuni-dad de Madrid, y en el Decreto 10/2008, de 21 de febrero, de Es-tructura Orgánica de la Consejería de Economía y Consumo, ac-tualmente denominada Consejería de Economía y Hacienda porDecreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número ydenominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, enrelación con el Decreto 115/2008, de 24 de julio, por el que se mo-difican las competencias y estructura orgánica de esta Consejería.

Quinto

Mediante este documento se notifica al interesado la Propuesta deResolución formulada en el procedimiento de referencia, de confor-midad con lo previsto en el artículo 18 del Real Decreto 520/2005,de 13 de mayo.

Madrid, 6 de marzo de 2009.—La Jefa del Servicio de GestiónAdministrativa y Jurídica, Marina Serrano Álvarez».

Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, todavez que no ha podido practicarse la notificación del oficio men-cionado.

Madrid, a 30 de abril de 2009.—El Director General de Industria,Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/17.364/09)

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de 7 de mayo de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, de baja enel Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnósticomédico de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la persona acontinuación reseñada que en esta Dirección General de Industria,Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictado trámiteque en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

María Esperanza Martínez García, Méjico, 7, posterior, 28820Coslada (Madrid). — IRCAM-1766. — Sobre Resolución de expe-diente de baja de la inscripción en el Registro de Instalaciones deRayos X con fines de diagnóstico médico de la Comunidad de Ma-drid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstos en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,y con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto le-gal, por entender esta Dirección General que la publicación íntegradel escrito lesionaría los derechos o intereses legítimos de dicho ti-tular.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrati-va, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, apartir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio,ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Haciendade la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecidoen el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada porla Ley 4/1999, de 13 de enero, por no ser el presente acto defini-tivo en vía administrativa. El interesado tiene a su disposición elexpediente de referencia en la Dirección General de Industria,Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14,edificio F4, 28016 Madrid.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—El Director General de Industria,Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/17.322/09)

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 58 B.O.C.M. Núm. 138

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de 7 de mayo de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, de baja enel Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnósticomédico de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la persona acontinuación reseñada, que en esta Dirección General de Industria,Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictado trámiteque en este acto se notifica.

ANEXO

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto delrequerimiento

“Snow Dent, Sociedad Limitada”. Puerto de Valencia, 6, local 2,28820 Coslada (Madrid). — IRCAM-4758. — Resolución de expe-diente de baja de la inscripción en el Registro de instalaciones de Ra-yos X con fines de diagnóstico médico de la Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica al titular indicado a efectos de lo previsto en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ycon el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal,por entender esta Dirección General que la publicación íntegra delescrito lesionaría los derechos o intereses legítimos de dicho titular.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía adminis-trativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes,a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio,ante el excentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de laComunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el ar-tículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, por no ser el presente acto definitivo en vía adminis-trativa. El interesado tiene a su disposición el expediente de referen-cia en la Dirección General de Industria, Energía y Minas, calle Car-denal Marcelo Spínola, número 14, edificio F4, 28016 Madrid.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—El Director General de Industria,Energía y Minas, Carlos López Jimeno

(03/17.326/09)

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de 7 de mayo de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, de baja enel Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnósticomédico de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la persona acontinuación reseñada que en esta Dirección General de Industria,Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictado trámiteque en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Dental Vicálvaro, Sociedad Limitada; Artilleros, 23, posterior,28032 Madrid. — IRCAM-4277. — Sobre Resolución de expedien-te de baja de la inscripción en el Registro de Instalaciones de Ra-yos X con fines de diagnóstico médico de la Comunidad de Madrid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstos en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,y con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto le-gal, por entender esta Dirección General que la publicación íntegradel escrito lesionaría los derechos o intereses legítimos de dicho ti-tular.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, sepodrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del

día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el exce-lentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comuni-dad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 114de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,por no ser el presente acto definitivo en vía administrativa. El inte-resado tiene a su disposición el expediente de referencia en la Direc-ción General de Industria, Energía y Minas, calle Cardenal MarceloSpínola, número 14, edificio F4, 28016 Madrid.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—El Director General de Industria,Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/17.323/09)

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de 7 de mayo de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, de baja enel Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnósticomédico de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la persona acontinuación reseñada que en esta Dirección General de Industria,Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictado trámiteque en este acto se notifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Laboratorio de Prótesis Dental Marher, Sociedad Limitada Labo-ral; avenida del Marqués de la Valdavia, 36, local, 28100 Alcoben-das (Madrid). — IRCAM-4290. — Sobre Resolución de expedien-te de baja de la inscripción en el Registro de Instalaciones deRayos X con fines de diagnóstico médico de la Comunidad de Ma-drid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstos en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,y con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto le-gal, por entender esta Dirección General que la publicación íntegradel escrito lesionaría los derechos o intereses legítimos de dicho ti-tular.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, sepodrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir deldía siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el exce-lentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comuni-dad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 114de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,por no ser el presente acto definitivo en vía administrativa. El inte-resado tiene a su disposición el expediente de referencia en la Direc-ción General de Industria, Energía y Minas, calle Cardenal MarceloSpínola, número 14, edificio F4, 28016 Madrid.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—El Director General de Industria,Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/17.324/09)

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de 7 de mayo de 2009, de la Dirección General de In-

dustria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, de baja enel Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnósticomédico de la Comunidad de Madrid.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la persona acontinuación reseñada que en esta Dirección General de Industria,Energía y Minas se sigue expediente en el que se ha dictado trámiteque en este acto se notifica.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 59

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Miguel Valdivieso Hernando, Río, 20, local, 28850 Torrejón deArdoz (Madrid). — IRCAM-4583. — Sobre Resolución de expe-diente de baja de la inscripción en el Registro de Instalaciones deRayos X con fines de diagnóstico médico de la Comunidad de Ma-drid.

Lo que se notifica al titular indicado a los efectos previstos en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,y con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto le-gal, por entender esta Dirección General que la publicación íntegradel escrito lesionaría los derechos o intereses legítimos de dicho ti-tular.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, sepodrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir deldía siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el exce-lentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comuni-dad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 114de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,por no ser el presente acto definitivo en vía administrativa. El inte-resado tiene a su disposición el expediente de referencia en la Direc-ción General de Industria, Energía y Minas, calle Cardenal MarceloSpínola, número 14, edificio F4, 28016 Madrid.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—El Director General de Industria,Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/17.325/09)

Consejería de Economía y HaciendaNotificación de expediente administrativo por supuestas infraccio-

nes en materia de consumo.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de la empre-sa a continuación reseñada, en relación a los procedimientos de re-ferencia, que en esta Dirección General de Consumo se sigue ex-pediente en el que se ha dictado el trámite que en este acto senotifica.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del reque-rimiento

Elite Vacaciones, Sociedad Limitada. Calle Franciscode Rojas, número 2, primero derecha, 28010 Madrid. —05-SM-00022.2/2009. — Acuerdo de Inicio, con un plazo dequince días hábiles para formular alegaciones.

Lo que se comunica al titular indicado a efectos de lo previsto enel artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviem-bre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enerode 1999), en concordancia con lo dispuesto por el artículo 61 delmismo texto legal por considerar esta Dirección General de Consu-mo que la publicación íntegra del acto lesiona los derechos o intere-ses legítimos de dichos titulares.

Madrid, a 7 de mayo de 2009.—La Directora General de Consu-mo, Carmen Martínez de Sola y Coello de Portugal.

(03/17.471/09)

Consejería de Economía y Hacienda

ARPROMA, ARRENDAMIENTOS Y PROMOCIONESDE LA COMUNIDAD DE MADRID, S.A.

Resolución de 30 de abril de 2009, por la que se hace pública con-vocatoria de contrato de ejecución de obra.

1. Entidad adjudicadora:Organismo: ARPROMA, Arrendamientos y Promociones dela Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima. Calle Alcalá,número 21, cuarto, 28014 Madrid. Teléfono: 915 240 436;Fax: 915 240 437.Número de expediente: 34/2009.

2. Objeto del contrato:Descripción del objeto: Ejecución de las obras de restaura-ción de la Ermita de San Sebastián.Lugar de ejecución: Perales de Tajuña (Madrid).División por lotes y número: No se admite.Plazo de ejecución: Cinco meses.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:Tramitación: Ordinaria.Procedimiento: Abierto con pluralidad de criterios.

4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 232.200,56euros (IVA excluido).

5. Garantía provisional: 5.387,05 euros.6. Obtención de documentación e información:6.1. Entidad: ARPROMA, Arrendamientos y Promociones de

la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima.Domicilio: Calle Alcalá, número 21, cuarto, 28014 Madrid.Teléfonos: 915 240 436.Telefax: 915 240 437.

6.2. Página web: http://www.madrid.org/contratospublicos6.3. Documentación: COPY 5.

Domicilio: Calle Cristóbal Bordiú, número 40, 28003Madrid.Teléfono: 915 341 094.

7. Requisitos específicos del contratista:Clasificación: Grupo K, subgrupo 7, categoría d.8. Presentación de las ofertas:

Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas deldía 29 de junio de 2009.Lugar de presentación: ARPROMA, Arrendamientos y Pro-mociones de la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima.Domicilio: Calle Alcalá, número 21, cuarto.Localidad y código postal: 28014 Madrid.Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses desde la apertura de la proposición eco-nómica.Admisión de variantes: No.

9. Apertura de las ofertas:Entidad: ARPROMA, Arrendamientos y Promociones de laComunidad de Madrid, Sociedad Anónima.Domicilio: Calle Alcalá, número 21, cuarto.Localidad: Madrid.Fecha: 10 de julio de 2009.Hora: A las once.

10. Gastos de los anuncios: Los anuncios de publicación corre-rán a cargo del adjudicatario.

Madrid, a 30 de abril de 2009.—El Gerente, Jesús Ruiz Cosín.(01/2.071/09)

Consejería de EducaciónResolución de 8 de mayo de 2009, por la que se publica el requeri-

miento de subsanación de la solicitud presentada en el proce-dimiento de responsabilidad patrimonial iniciado como conse-cuencia de la reclamación presentada por doña Cristina CuencaJurado.

De conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se ha procedido a requerir ala interesada la subsanación de la solicitud presentada en el proce-dimiento de responsabilidad patrimonial número RP/60/2009. La no-tificación a la interesada de dicho requerimiento de subsanación se haintentado en dos ocasiones, sin que se haya conseguido practicar.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 60 B.O.C.M. Núm. 138

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59, aparta-dos 2 y 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, citada, se proce-de a su publicación, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimis-mo, se informa a la interesada de que también se ha remitido dichorequerimiento de subsanación a la exposición en el tablón de edic-tos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,PD (Resolución de 20 de febrero de 2008, BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), la Subdirectora General deRégimen Jurídico, Natalia Romero Frigols.

ANEXO

Número de expediente: RP/60/2009.Reclamante: Doña Cristina Cuenca Jurado.

En relación con el procedimiento en materia de presunta respon-sabilidad patrimonial contra la Comunidad de Madrid, al que sehace referencia, en aplicación del artículo 71.1 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificadapor la Ley 4/1999, de 13 de enero, el artículo 139 de la mismaLey 30/1992 y el artículo 6 del Reglamento de Procedimientos enMateria de Responsabilidad Patrimonial, aprobado mediante RealDecreto 429/1993, de 26 de marzo, teniendo en cuenta la reiteradajurisprudencia del Tribunal Supremo, estableciendo que correspon-de al reclamante probar fehacientemente la existencia de un perjui-cio real, efectivo y evaluable económicamente; se requiere, ya queno figura en la solicitud presentada, la acreditación del importe in-demnizatorio pretendido (11.199,24 euros) mediante la aportaciónde la siguiente documentación en el plazo de diez días a partir de lafecha de recepción de este oficio, con indicación de que si no lo hi-ciera, se la tendrá por desistida en su petición.

Relación de documentos a aportar:

a) Fotocopia compulsada del informe de sanidad emitido el 9 deoctubre de 2008 por el Juzgado de instrucción número 36 deMadrid, pues solo se ha aportado su simple copia.

b) Informe médico, de fecha posterior al anteriormente citado,de secuelas estabilizadas y debidamente valoradas o cual-quier otro tipo de prueba legalmente aceptado, también endocumentación original o sus fotocopias compulsadas.

No obstante, se recuerda a la reclamante que tal como establecenlos artículos 142.5 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, y 4.2, segundo párrafo, del citado Reglamento de Procedimien-tos en Materia de Responsabilidad Patrimonial, el derecho a recla-mar prescribe, en el caso de daños de carácter físico o psíquico a laspersonas, transcurrido un año desde la curación o la determinacióndel alcance de las secuelas.

La compulsa de documentos podrá obtenerse en el mismo centrodocente mediante la presentación de los documentos originales yuna copia de los mismos para su validación administrativa.

Madrid, a 6 de marzo de 2009.—El Secretario General Técnico,PD (Resolución de 20 de febrero de 2008, BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2008), la SubdirectoraGeneral de Régimen Jurídico, Natalia Romero Frigols.

(03/17.362/09)

Consejería de EducaciónResolución de 3 de junio de 2009, por la que se hace pública convo-

catoria de procedimiento abierto para la adjudicación del contra-to de servicios titulado «Limpieza en el Centro Integrado de For-mación Profesional Escuela de Hostelería y Turismo “SimoneOrtega”, de Móstoles (Madrid)».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Educación.b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General

Técnica.c) Número de expediente: C-508/003-09 (09-AT-00035.2/2009).

2. Objeto del contrato:a) Descripción: Limpieza en el Centro Integrado de Formación

Profesional Escuela de Hostelería y Turismo “Simone Ortega”,de Móstoles (Madrid).

b) División por lotes y número: No se admiten.c) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.d) Plazo de ejecución: Del 1 de octubre de 2009 al 30 de sep-

tiembre de 2011.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Criterio único.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 222.309 euros.5. Garantía provisional: 3.832,91 euros.6. Obtención de documentación e información:— Obtención de copias de los pliegos: En la sede de la Conseje-

ría de Educación, calle Alcalá, número 32, mostrador de re-cepción (quinta planta), 28014 Madrid.

— Información sobre los pliegos: Área de Contratación, calleAlcalá, número 32, quinta planta (28014 Madrid). Teléfo-no: 917 200 446. Fax: 917 200 146.

7. Requisitos de solvencia económica, financiera y técnica:Clasificación: Grupo U, subgrupo 1 y categoría A. Según Pliego deCláusulas Administrativas Particulares.

8. Presentación de las ofertas:a) Fecha límite y hora límite de presentación: Hasta las catorce

horas del día 13 de julio de 2009.b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán sus

proposiciones en dos sobres cerrados que se titularán: Sobre“1: Documentación administrativa” y sobre “2: Propuestaeconómica”, indicando, además, en cada uno de ellos, el con-trato a que concurre, razón social y número de CIF de la em-presa, teléfono y fax de esta, nombre y apellidos de quien fir-me la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello enforma legible.La proposición se redactará con arreglo al modelo delAnexo II del Pliego de Cláusulas Administrativas Particula-res y la documentación a presentar en cada sobre será la esta-blecida en la cláusula 12 de dicho Pliego.

c) Lugar de presentación: Registro de la Consejería de Educa-ción, Gran Vía, número 10 (28013 Madrid), de nueve a cator-ce horas.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Quince días.

e) En el presente contrato no se admiten variantes o alternativasofertadas por los licitadores.

9. Mesa de contratación:a) Calificación de la documentación administrativa y comuni-

cación a los interesados de los defectos u omisiones subsana-bles: El resultado de la calificación de la documentación ad-ministrativa se comunicará en el Perfil del Contratante de lapágina web de la Comunidad de Madrid (http://www.ma-drid.org), a partir de las trece horas del día 15 de juliode 2009.

b) Apertura de ofertas: El acto público de apertura de proposi-ciones tendrá lugar en la Sala de Juntas de la Consejería deEducación, calle Alcalá, número 32, planta baja, a las diez ytreinta horas del día 21 de julio de 2009.

10. Gastos de los anuncios: Por cuenta del adjudicatario.11. Fecha de envío al “Diario Oficial de la Unión Europea” (en

su caso): 3 de junio de 2009.12. Página web donde pueden consultarse y obtenerse los plie-

gos: http://www.madrid.orgHágase público para general conocimiento.Madrid, a 3 de junio de 2009.—El Secretario General Técnico,

Manuel Pérez Gómez.(01/2.077/09)

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 61

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Vi-vienda y Rehabilitación, por la que se procede a la publicación denotificación a diversos promotores de expedientes de rehabilita-ción, relativos a resoluciones recaídas como consecuencia de latramitación de los mismos.

Por no haber sido posible practicar a los promotores de diversosexpedientes de rehabilitación de edificio o de vivienda en sus res-pectivos últimos domicilios, notificación de la Resolución recaída

sobre los mismos, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en elartículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los promotores de los expedientes incluidos en el Anexo I podráninterponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante la excelentí-sima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenacióndel Territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, contra la Resolución recaída.

Madrid, a 24 de abril de 2008.—El Director General de Vivienday Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez.

ANEXO I

EXPTE. SOLICITANTE DOMICILIO RESOLUCIÓN RECAÍDA

RHE 4/06-02 ZRI 2004/06-02PR

LUIS CARRETERO GUIJARRO PZA. NICARAGUA, 4 ACEPTACIÓN RENUNCIA

RHE 106/05-04 CECILIO ACEÑE APONTE AVDA. DEL EJERCITO, 9 (ALCALA DE HENARES)

DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 80/04-02 ABILIO BARROSO MORENO BOLIVIA, 19 (COSLADA) DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 79/04-02 MARIA LUISA BARROSO IGLESIAS URUGUAY, 17 (COSLADA) DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 324/02-01 MARIA EULOGIA CASO PEREZ LOS YÉBENES, 88 LOCAL E DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 62/06-05 PERFECTO DIAZ LOPEZ RESIDENCIAL ABANTOS, 6 LOCAL(SAN L. ESCORIAL)

DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

ZRI 2067/05-01 BASILIO GIL SUAREZ SERRADILLA, 5 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 57/01-01 ZRI 2001/01-01

FERNANDO JOSE GONZALE GONZALEZ JARDINES, 23 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 542/04-01 SIMON MARTINEZ CAMPOS AVDA. ALBUFERA, 300 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

ZRI 2076/02-01 MANUEL MUÑOZ GODOY ALMOGIA, 10 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 180/03-01 MARIA CECILIA ORELLANA REDONDO VILLALOBOS, 119 DENEGACION SOLICITUD AYUDA

RHE 180/03-01 RAMON SANCHEZ GAÑAN VILLALOBOS, 119 DENEGACION SOLICITUD AYUDA

RHE 79/04-02 MANUEL PEREZ PORTOLES URUGUAY, 17 (COSLADA) DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 377/01-01 ZRI 2072/01-01

PEDRO BENITEZ SAEZ QUINTA DEL PILAR, 11 ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 13/99-02 ANGEL LUIS BERLANGA FERNANDEZ EMPECINADO, 33 (MOSTOLES) ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 127/04-01 ZRI 2075/04-01

JOSE ANTONIO CASTELLANO RUIZ DUQUESA DE PARCENT, 40 ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 25/03-01 ZRI 2025/03-01

GREGORIO GARCIA FERNANDEZ PZA. FRANCISCA PACHECO, 4 ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 131/05-04 EVA MARIA GONZALEZ PERALTA JUAN DE VERGARA, 23 (ALCALA DE HENARES)

ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 507/04-01 ZRI 2202/04-01

ENCARNACIÓN MARTIN DORADO SAN CLAUDIO, 142 ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 105/01-02 BEATRIZ MARTINEZ NOGUERA EMPECINADO, 40 (MOSTOTES) ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 350/03-01 ZRI 2242/03-01

JOSEFA NUÑO GARRIDO SAN CLAUDIO, 72 ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 90/03-01 ZRI 2072/03-01

CLARA PATRICIA POPO CASTELLAR CAMPO DE LA PALOMA, 66 ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 284/04-01 ZRI 2126/04-01

ALONSO MELCHOR ROBLES FORNIELES JARANDILLA, 1 ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 69/03-05 ZRI 2006/03-05

FRANCISCO RODRÍGUEZ TELO RIO ALBERCHE, 15 (NAVALCARNERO)

ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 237/03-01 ZRI 2187/03-01

ANTONIO RUIZ MARTIN SAN CLAUDIO, 80 ARCHIVO DE LA UNIDAD

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 62 B.O.C.M. Núm. 138

EXPTE. SOLICITANTE DOMICILIO RESOLUCIÓN RECAÍDA

RHE 104/01-02 ALICIA VILLOTA GUTIERREZ EMPECINADO, 47 (MOSTOTES) ARCHIVO DE LA UNIDAD

RHE 46705-05 ANA BELÉN VILLA VIAND DUQUE DE MEDINACELI, 6 (SAN LORENZO DE EL ESCORIAL)

DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 20/07-01 ZRI 2016/07-01

JENNY L. JAVIER VALDEZ ALBARES DE LA RIBERA, 24 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 72/01-05 ZRI 2006/01-05

JOSE ANTONIO PÉREZ HERNÁNDEZ URB. EL PRADERON, 8 (GALAPAGAR)

DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 530/05-01 ZRI 2126/05-01

DOLORES GUTIÉRREZ GONZÁLEZ-ALEJANDREZ

MADRIGAL DE LA VERA, 1 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 1/06-02 ZRI 2001/06-02

DOLORES RODRÍGUEZ SERRANO PLAZA DE NICARAGUA, 1 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

RHE 125/05-01 ZRI 2028/05-01

JOSE LUIS TRAPERO VIZCAÍNO LOGROSÁN, 8 DENEGACIÓN SOLICITUD AYUDA

(03/18.607/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Resolución 960/AD/08, del Director-Gerente, por la que se resuelvela devolución a favor de don Francisco Suero Leva de la cantidadde 800,85 euros.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación de la Resolu-ción 960/AD/08, del Director-Gerente del Instituto de la Viviendade Madrid, por la que se resuelve la devolución a favor de donFrancisco Suero Leva de la cantidad de 800,85 euros, se procede asu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrá serexaminado en el Área de Administración III del Instituto de la Vi-vienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y denueve a catorce horas.

En Madrid, a 4 de mayo de 2009.—El Director-Gerente, José An-tonio Martínez Páramo.

(03/17.010/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Resolución 534/AD/09, del Director-Gerente, por la que se resuelvela no renovación del contrato de arrendamiento que don Juan Fé-lix Gómez González, tiene suscrito con el Instituto de la Vivien-da de Madrid.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación de la Resolu-ción 534/AD/09, del Director-Gerente del Instituto de la Viviendade Madrid, por la que se resuelve la no renovación del contrato dearrendamiento que don Juan Félix Gómez González tiene suscritocon este Instituto, respecto de la vivienda sita en Galapagar, carrete-ra de Villalba, número 16, 1, AT. A, se procede a su publicación enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectosprevistos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrá serexaminado en el Área de Administración III del Instituto de la Vi-vienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y denueve a catorce horas.

En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—El Director-Gerente, JoséAntonio Martínez Páramo.

(03/17.003/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Notificación de Resolución 330/AD/2009, del Director-Gerente,por la que se acuerda el desahucio administrativo de la viviendasita en la calle Mamolar, número 8, de Madrid, y por la que seacuerda dejar sin efecto la adjudicación de la vivienda sita en laavenida Llano Castellano, número 22-F, segundo B, y plaza degaraje número 81, de Madrid, y apercibimiento de ejecución for-zosa de dicha Resolución.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio desu destinataria, doña Pilar Trigo Galán, de Resolución 330/AD/2009,del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda de Madrid, porla que se acuerda el desahucio administrativo de la vivienda sitaen la calle Mamolar, número 8, de Madrid, y por la que se acuer-da dejar sin efecto la adjudicación de la vivienda sita en la ave-nida Llano Castellano, número 22-F, segundo B, y plaza de gara-je número 81, de Madrid, así como su apercibimiento de ejecuciónforzosa, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 3/2001, de 21de junio, procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 59.5 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrá serexaminado en el Servicio de Inspección de Vivienda del Instituto dela Vivienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a vier-nes, y de nueve a catorce horas.

Esta Resolución agota la vía administrativa y contra la misma po-drá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismoórgano, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificacióno directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzga-dos de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses acontar igualmente desde el día siguiente a su publicación, de acuer-do con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio. Todo ellosin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro re-curso que estime procedente.

Los datos personales contenidos en este documento son objeto detratamiento informático en los términos del artículo 5 de la Ley Or-gánica 15/1999 y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pu-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 63

diendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición ante la Dirección-Gerencia de este organismo, como res-ponsable del fichero.

En Madrid, a 24 de abril de 2009.—El Director-Gerente, José An-tonio Martínez Páramo.

(03/17.002/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Notificación de Resolución 334/AD/2009, del Director-Gerente,por la que se acuerda el desahucio administrativo de la viviendasita en la calle Villafruela, número 20, de Madrid, y por la que seacuerda dejar sin efecto la adjudicación de la vivienda sita en laavenida Llano Castellano, número 22, portal D, primero A, y pla-za de garaje número 110, de Madrid, y apercibimiento de ejecu-ción forzosa de dicha Resolución.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domiciliode su destinatario, don Inocencio Ginés Salguero, de Resolución334/AD/2009, del Director-Gerente del Instituto de la Vivienda deMadrid, por la que se acuerda el desahucio administrativo de la vi-vienda sita en la calle Villafruela, número 20, de Madrid, y por el quese acuerda dejar sin efecto la adjudicación de la vivienda sita en laavenida Llano Castellano, número 22, portal D, primero A, y plaza degaraje número 110, de Madrid, así como su apercibimiento de ejecu-ción forzosa, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 3/2001,de 21 de junio, procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 59.5 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrá serexaminado en el Servicio de Inspección de Vivienda del Instituto dela Vivienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a vier-nes, y de nueve a catorce horas.

Esta Resolución agota la vía administrativa y contra la misma po-drá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismoórgano, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificacióno directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzga-dos de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses acontar igualmente desde el día siguiente a su publicación, de acuer-do con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio. Todo ellosin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro re-curso que estime procedente.

Los datos personales contenidos en este documento son objeto detratamiento informático en los términos del artículo 5 de la Ley Or-gánica 15/1999 y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pu-diendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición ante la Dirección-Gerencia de este organismo, como res-ponsable del fichero.

En Madrid, a 24 de abril de 2009.—El Director-Gerente, José An-tonio Martínez Páramo.

(03/17.001/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Notificación de Resolución 335/AD/2009, del Director-Gerente,por la que se acuerda el desahucio administrativo de la viviendasita en la avenida Soto Palacios, número 19, de Madrid, y por laque se acuerda dejar sin efecto la adjudicación de la vivienda sitaen la avenida Llano Castellano, número 22-C, cuarto B, y plazade garaje número 134, de Madrid, y apercibimiento de ejecuciónforzosa de dicha Resolución.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domici-lio de su destinataria, doña Dolores Gómez Chamorro, de Resolu-ción 335/AD/2009, del Director-Gerente del Instituto de la Vivien-da de Madrid, por la que se acuerda el desahucio administrativo dela vivienda sita en la avenida Soto Palacios, número 19, de Ma-drid, y por el que se acuerda dejar sin efecto la adjudicación de lavivienda sita en la avenida Llano Castellano, número 22-C, cuar-to B, y plaza de garaje número 134, de Madrid, así como su aper-cibimiento de ejecución forzosa, de conformidad con el artículo 11de la Ley 3/2001, de 21 de junio, procede su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previs-tos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la Resolución que se notifica podrá serexaminado en el Servicio de Inspección de Vivienda del Instituto dela Vivienda de Madrid, calle Basílica, número 23, de lunes a vier-nes, y de nueve a catorce horas.

Esta Resolución agota la vía administrativa y contra la misma po-drá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismoórgano, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificacióno directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzga-dos de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses acontar igualmente desde el día siguiente a su publicación, de acuer-do con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio. Todo ellosin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro re-curso que estime procedente.

Los datos personales contenidos en este documento son objeto detratamiento informático en los términos del artículo 5 de la Ley Or-gánica 15/1999 y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pu-diendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición ante la Dirección-Gerencia de este organismo, como res-ponsable del fichero.

En Madrid, a 24 de abril de 2009.—El Director-Gerente, José An-tonio Martínez Páramo.

(03/17.007/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Requerimiento de pago de abril de 2009, del Director del Área Eco-nómico-Administrativa, por la que se comunica y requiere elpago de la deuda que a favor del Instituto de la Vivienda de Ma-drid tiene don Jesús Roldán Fernández por el préstamo suscritopara obras de mejora de la vivienda rural.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación de la carta dereferencia 0091-00986, de abril de 2009, del Director del Área Eco-nómico-Administrativa del Instituto de la Vivienda de Madrid, porla que se comunica y requiere de pago a don Jesús Roldán Fernán-dez para que abone el importe de los vencimientos que adeuda alInstituto de la Vivienda de Madrid como titular de un contrato depréstamo para obras de mejora de la vivienda rural, suscrito el 6 deoctubre de 1978 con el Patronato de Gestión para la mejora de la vi-vienda rural, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artícu-lo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

El contenido íntegro de la carta que se notifica podrá ser exami-nado en el Área de Administración I del Instituto de la Vivienda deMadrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve acatorce horas.

En Madrid, a 27 de abril de 2009.—El Director del Área Económico-Administrativa del Instituto de la Vivienda de Madrid (firmado).

(01/2.044/09)

Page 59: I. COMUNIDAD DE MADRIDw3.bocm.es/boletin/CM_Seccion_BOCM/2009/06/12/i.pdf · Pág. 6 VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 138 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales

VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 64 B.O.C.M. Núm. 138

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Requerimiento de pago de abril de 2009, del Director del Área Eco-nómico-Administrativa, por la que se comunica y requiere elpago de la deuda que a favor del Instituto de la Vivienda de Ma-drid tiene don Luis Alberquilla Contreras por el préstamo suscri-to para obras de mejora de la vivienda rural.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación de la carta de re-ferencia 0125-01353, de abril de 2009, del Director del Área Econó-mico-Administrativa del Instituto de la Vivienda de Madrid, por laque se comunica y requiere de pago a don Luis Alberquilla Contreraspara que abone el importe de los vencimientos que adeuda al Institu-to de la Vivienda de Madrid como titular de un contrato de préstamopara obras de mejora de la vivienda rural, suscrito el 6 de octubrede 1978 con el Patronato de Gestión para la mejora de la vivienda ru-ral, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la carta que se notifica podrá ser examinadoen el Área de Administración I del Instituto de la Vivienda de Madrid,calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.

En Madrid, a 27 de abril de 2009.—El Director del Área Económico-Administrativa del Instituto de la Vivienda de Madrid (firmado).

(01/2.045/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MADRID (IVIMA)

Requerimiento de pago de abril de 2009, del Director del Área Eco-nómico-Administrativa, por la que se comunica y requiere elpago de la deuda que a favor del Instituto de la Vivienda de Ma-drid tiene doña Teresa Jiménez Milano por el préstamo suscritopara obras de mejora de la vivienda rural.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación de la carta de re-ferencia 0146-01969, de abril de 2009, del Director del Área Econó-mico-Administrativa del Instituto de la Vivienda de Madrid, por laque se comunica y requiere de pago a doña Teresa Jiménez Milanopara que abone el importe de los vencimientos que adeuda al Institu-to de la Vivienda de Madrid como titular de un contrato de préstamopara obras de mejora de la vivienda rural, suscrito el 2 de diciembrede 1981 con el Patronato de Gestión para la mejora de la vivienda ru-ral, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de la carta que se notifica podrá ser exami-nado en el Área de Administración I del Instituto de la Vivienda deMadrid, calle Basílica, número 23, de lunes a viernes y de nueve acatorce horas.

En Madrid, a 27 de abril de 2009.—El Director del Área Económico-Administrativa del Instituto de la Vivienda de Madrid (firmado).

(01/2.046/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

TRES CANTOS, S. A.

Acuerdo de 28 de mayo de 2009, de la empresa pública “Tres Can-tos, Sociedad Anónima”, por el que se hace pública la convocato-ria para la contratación de los servicios de “Apoyo a la gestión deactuaciones consorciadas”, a adjudicar por procedimiento ordina-rio con pluralidad de criterios.

1. Entidad adjudicadora:Nombre: “Tres Cantos, Sociedad Anónima”, Empresa Pública de

la Comunidad de Madrid, adscrita a la Consejería de Medio Am-biente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Dirección: Calle Antonio López, número 249, quinta planta,28041 Madrid.

Teléfono: 915 005 101. Fax: 915 005 102.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Contratación de los servicios de apo-

yo a la gestión de actuaciones consorciadas que lleva a cabola sociedad “Tres Cantos, Sociedad Anónima”.

b) Lugar de realización: Comunidad de Madrid.c) Plazo de realización: Doce meses.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Procedimiento: Ordinario con pluralidad de criterios.b) Criterios de adjudicación: Los establecidos en el apartado 6

del Anexo I del Pliego de Condiciones Particulares.4. Presupuesto base de licitación:— Base imponible: 345.000 euros.— Importe del IVA: 55.200 euros.— Importe total: 400.200 euros.5. Garantías:— Provisional: 3 por 100 del presupuesto de licitación, IVA ex-

cluido (10.350 euros).— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación del contra-

to, IVA excluido, mediante retenciones en las certificacionesmensuales de los trabajos.

6. Obtención de documentación e información: Los Pliegos sepodrán obtener en:

a) Entidad: “Tres Cantos, Sociedad Anónima”.b) Domicilio: Calle Antonio López, número 249, quinta planta.c) Localidad y código postal: 28041 Madrid.d) Teléfono: 915 005 101.e) Fax: 915 005 102.f) Correo electrónico: [email protected]) Perfil de contratante: www.madrid.org/contratospublicosh) Hora y fecha límite de obtención de documentos e informa-

ción: Hasta las catorce del día anterior a la fecha límite de pre-sentación de ofertas.

i) Idioma: Español.7. Requisitos específicos del contratista:a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profe-

sional: Según apartado 4 del Anexo I del Pliego de Condicio-nes Particulares.

8. Presentación de ofertas:a) Hora y fecha límite de presentación: A las once del décimo

día natural a contar desde la fecha de publicación del anuncioen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Documentación a presentar: Las proposiciones se presenta-rán en tres sobres cerrados y firmados, bajo el título de “Con-trato de servicios de apoyo a la gestión de actuaciones con-sorciadas”, y con los siguientes subtítulos:Sobre número 1: “Documentación administrativa”.Sobre número 2: “Documentación técnica”.Sobre número 3: “Documentación económica”.

c) Lugar de presentación: Véase el punto 1.d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su

oferta: Tres meses.9. Apertura pública de las ofertas:a) Entidad, b) Domicilio y c) Localidad: Véase punto 1.d) Hora y fecha: A las once del séptimo día natural, a contar des-

de el último día de presentación de ofertas.e) Personas admitidas en la apertura de plicas: Se permitirá la

asistencia de una persona por licitador.10. Revisión de precios: No.11. Forma de pago: Por certificaciones mensuales, mediante

pagaré con vencimiento a noventa días desde la fecha de aprobaciónde la certificación.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 65

12. Gastos de los anuncios: Los gastos derivados de la publica-ción de los anuncios de licitación y adjudicación correrán de cuentadel adjudicatario.

13. Fecha de envío del anuncio: 29 de mayo de 2009.14. Fecha de recepción del anuncio: 29 de mayo de 2009.Madrid, a 28 de mayo de 2009.—El Consejero-Delegado de

“Tres Cantos, Sociedad Anónima” (firmado).(01/2.093/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

GEDESMA, GESTIÓN Y DESARROLLO DEL MEDIOAMBIENTE DE MADRID, S. A.

Acuerdo de 25 de mayo de 2009, del órgano de contratación, por elque se hace pública la adjudicación de un contrato de obra.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: “Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de

Madrid, Sociedad Anónima”.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Redacción del proyecto y ejecución

de una acometida eléctrica sin conexión a red en El Molar.Expediente: 2.40.01.08

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Oferta económicamente más ventajosa.4. Presupuesto base de licitación:Importe total: 179.903,86 euros, IVA incluido. Proyecto cofinan-

ciado por Fondo de Cohesión. Tasa de financiación: 80 por 100.5. Adjudicación:a) Contratista: “Grupo Render Industrial, Ingeniería y Monta-

jes, Sociedad Limitada”.b) Importe de adjudicación: 144.502,12 euros, IVA incluido.Madrid, a 25 de mayo de 2009.—El Consejero-Delegado, Carlos

Rivero Moreno.(01/2.049/09)

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

GEDESMA, GESTIÓN Y DESARROLLO DEL MEDIOAMBIENTE DE MADRID, S. A.

Acuerdo de 25 de mayo de 2009, del órgano de contratación, por elque se hace pública la adjudicación de un contrato de obra.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: “Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de

Madrid, Sociedad Anónima”.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Redacción del proyecto y ejecución

de una acometida eléctrica con conexión a red en ColmenarViejo. Expediente: 2.40.01.09

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Oferta económicamente más ventajosa.4. Presupuesto base de licitación:Importe total: 318.952,42 euros, IVA incluido. Proyecto cofinan-

ciado por Fondo de Cohesión. Tasa de financiación: 80 por 100.5. Adjudicación:a) Contratista: “Ángel Vera, Sociedad Limitada Unipersonal”.b) Importe de adjudicación: 151.770,20 euros, IVA incluido.

Madrid, a 25 de mayo de 2009.—El Consejero-Delegado, CarlosRivero Moreno.

(01/2.050/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO “12 DE OCTUBRE”

Resolución de 27 de mayo de 2009, de la Gerencia, por la que seanuncia procedimiento abierto con pluralidad de criterios para lacontratación del suministro 2009-0-31, de implantes intracorona-rios stent farmacoactivos y convencionales para el Hospital Uni-versitario “12 de Octubre”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud, Hospital Universi-

tario “12 de Octubre”.b) Dependencia que tramita el expediente: Unidad de Contrata-

ción Administrativa, Hospital Universitario “12 de Octubre”.c) Número de expediente: 2009-0-31.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Implantes intracoronarios stent far-

macoactivos y convencionales para el Hospital Universitario“12 de Octubre”.

b) División por lotes y número: Siete lotes.c) Lugar de entrega: Ver Pliegos.d) Plazo de entrega: Ver Pliegos.3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Adjudicación: Pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación. Importe total euros: Base im-

ponible, 2.733.797,10 euros; importe del IVA, 191.365,80 euros;importe total, 2.925.162,90 euros; valor estimado del contrato (ar-tículo 76 de la LCSP), 5.466.725 euros.

5. Garantía provisional: No procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Hospital Universitario “12 de Octubre”, Unidad de

Contratación, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, yen la web del Hospital Universitario “12 de Octubre”.

b) Domicilio: Avenida de Córdoba, sin número.c) Localidad y código postal: 28041 Madrid.d) Teléfonos: 913 908 591/913 908 552.e) Telefax: 913 908 181.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 8 de

julio de 2009.7. Requisitos específicos del contratista: Los especificados en

los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.a) Solvencia económica y financiera: Artículo 64.c). Ver Pliegos.b) Solvencia técnica: Artículo 66.a). Ver Pliegos.8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: 20 de julio de 2009.b) Documentación a presentar: La establecida en el Pliego de

Cláusulas Administrativas.c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Registro General del Hospital Universitario “12de Octubre”. Hasta las catorce horas (excepto sábados), opor correo certificado.

2. Domicilio: Avenida de Córdoba, sin número.Localidad y código postal: 28041 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses, contados a partir de la apertura de lasproposiciones económicas.

e) Admisión de variantes: Si procede.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Hospital Universitario “12 de Octubre”, Sala de

Reuniones 2, planta primera, Residencia General.b) Domicilio: Avenida de Córdoba, sin número.c) Localidad y código postal: 28041 Madrid.d) Fecha: 19 de agosto de 2009.e) Hora: A las diez.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 66 B.O.C.M. Núm. 138

10. Gastos de anuncios: El importe de este anuncio será porcuenta de los adjudicatarios.

11. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea”: 27 de mayo de 2009.

12. Portal informático o página web donde figuren las informa-ciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los Plie-gos: http://www.madrid.org/contratospublicos y en la web del Hos-pital Universitario “12 de Octubre”.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—El Director-Gerente del Hos-pital Universitario “12 de Octubre”, Joaquín Martínez Her-nández.

(01/2.047/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO “RAMÓN Y CAJAL”

Resolución de 18 de mayo de 2009, de la Gerencia de Atención Es-pecializada del Área 4, por la que se hace pública la licitación delprocedimiento abierto con pluralidad de criterios para la contrata-ción del mantenimiento hardware del parque de microinformáti-ca del Hospital Universitario “Ramón y Cajal” y Centros de Es-pecialidades.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud.b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección de Gestión

y Servicios Generales, Unidad de Contratación.c) Número de expediente: INF2009-21CS.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Contratación del mantenimiento

hardware del parque de microinformática del Hospital Uni-versitario “Ramón y Cajal” y Centros de Especialidades.

b) División por lotes y número: Único.3. Tramitación, procedimiento y criterios de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto con pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato:

Base imponible, 102.991,38 euros; importe IVA, 16.478,62 euros;importe total, 119.470 euros; valor estimado del contrato (artícu-lo 76 de la LCSP), 205.982,76 euros.

5. Garantía provisional: No procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Hospital “Ramón y Cajal”, Unidad de Contratación

(horario: de lunes a viernes, de nueve a catorce).b) Domicilio: Carretera de Colmenar, kilómetro 9,100.c) Localidad y código postal: 28034 Madrid.d) Teléfono: 913 369 052.e) Telefax: 913 368 765.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 5 de

julio de 2009.7. Requisitos específicos del contratista: Conforme se establece

en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:a) Solvencia económica y financiera: Artículo 64.1.c) LCSP.b) Solvencia técnica y profesional: Artículo 67.a) LCSP.8. Presentación de proposiciones:a) Fecha límite de presentación: 6 de julio de 2009.b) Documentación a presentar: La establecida en los Pliegos de

Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Hospital Universitario “Ramón y Cajal” (Regis-tro General).

2.o Domicilio: Carretera de Colmenar, kilómetro 9,100.3.o Localidad y código postal: 28034 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses desde la apertura de proposiciones eco-nómicas.

9. Apertura de ofertas:a) Entidad: Hospital Universitario “Ramón y Cajal”, Sala de

Juntas número 3, planta 0 izquierda.b) Domicilio: Carretera de Colmenar, kilómetro 9,100.c) Localidad: Madrid.d) Fecha: 23 de julio de 2009.e) Hora: A las diez y treinta.f) Otras informaciones: Pliegos en Internet:

— http://www.madrid.org/contratospublicos10. Gastos de anuncios: Por cuenta del adjudicatario/os.Madrid, a 18 de mayo de 2009.—El Gerente de Atención Especia-

lizada del Área 4, Amador Elena Córdoba.(01/2.022/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO “SANTA CRISTINA”

Resolución de 4 de junio de 2009, de la Directora-Médico, por laque se anuncia procedimiento abierto, expediente númeroSC13/09. (Explotación del servicio de cafetería y máquinas ex-pendedoras de bebidas y sólidos).

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Universi-

tario “Santa Cristina”.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Suministros.c) Número de expediente: SC13/09.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Explotación del servicio de cafetería

y máquinas expendedoras de bebidas y sólidos en el HospitalUniversitario “Santa Cristina”.

b) División por lotes y número: Único.c) Lugar de ejecución: Hospital Universitario “Santa Cristina”.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega (meses): Treinta

y seis meses.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios.4. Canon de explotación. Canon mínimo anual: 13.200 euros (ca-

fetería: 7.200 euros; máquinas expendedoras: 2.000 euros/unidad).5. Garantía provisional: Sí (900 euros).6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Hospital Universitario “Santa Cristina”.b) Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2.c) Localidad y código postal: 28009 Madrid.d) Teléfono: 915 574 458.e) Fax: 915 574 459.f) Fecha límite de obtención de documentos e información:

Hasta el decimoquinto día natural contado a partir del si-guiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación, en su caso (grupos, subgrupos y categoría): No

se exige.b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y pro-

fesional: Ver punto 5 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Ad-ministrativas Particulares.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participa-ción:

a) Fecha límite de presentación: Hasta el decimoquinto día na-tural contado a partir del siguiente al de la publicación de esteanuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID. Si el último día para presentar los documentos coinci-diera con sábado o festivo, se trasladará al primer día hábil si-guiente.

b) Documentación a presentar: La exigida en el Pliego de Cláu-sulas Administrativas Particulares.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 67

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Hospital Universitario “Santa Cristina”. Regis-

tro General.2.o Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2.3.o Localidad y código postal: 28009 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta (concurso): Dos meses.

e) Admisión de variantes: No.f) En su caso, número previsto (o números máximo y mínimo)

de empresas a las que se pretenda invitar a presentar ofertas(procedimiento restringido): ...

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Hospital Universitario “Santa Cristina”.b) Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2.c) Localidad: 28009 Madrid.d) Fecha: 20 de julio de 2009.e) Hora: A las diez.10. Otras informaciones: ...11. Gastos de los anuncios: El abono de los gastos de publici-

dad de este anuncio será de cuenta de la empresa adjudicataria delcontrato.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea” (en su caso): ...

13. En su caso, portal informático o página web donde figurenlas informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden obte-nerse los pliegos: http://www.madrid.org/psga_gestiona

Madrid, a 4 de junio de 2009.—La Directora-Médico del HospitalUniversitario “Santa Cristina”, Rosa Ramos Pérez.

(01/2.066/09)

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo

Resolución de 28 de abril de 2009, del Registro Territorial de la Pro-piedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que seacuerda publicar determinadas Resoluciones de suspensión de lapráctica de la inscripción de derechos para que los interesadospuedan aportar la documentación que se les requiere.

Vistas las solicitudes de inscripción de derechos sobre las obras,actuaciones o producciones relacionadas en el Anexo, y examinadala documentación aportada junto con las mismas, se han observadolos defectos que se indican.

El artículo 145.2 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad In-telectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 deabril (TRLPI), establece que el Registrador calificará las solicitudespresentadas y la legalidad de los actos y contratos relativos a los de-rechos inscribibles, pudiendo denegar o suspender la práctica de losasientos correspondientes.

Intentada por dos veces sin efecto la notificación de las Resolu-ciones de este Registro Territorial, por las que se suspende la prác-tica de la inscripción de derechos, para que los interesados puedanaportar la documentación que se les requiere relativa a sus solicitu-des, que se relacionan en el Anexo, procede su publicación a losefectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, modificada por laLey 4/1999, de 13 de enero, renumerado por el artículo 68.2 de laLey 24/2001, de 27 de diciembre, en adelante LRJPAC.

Por todo lo expuesto y de conformidad con las funciones atribui-das a los Registros Territoriales por los artículos 145.2 del TRLPIy 3 del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual,aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo (RRGPI),

RESUELVO

Publicar la suspensión de la práctica de la inscripción de derechosde las solicitudes que se relacionan en el Anexo, para que los intere-sados aporten la documentación requerida en el plazo de diez díashábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la pre-sente Resolución.

Transcurrido el plazo concedido y vistas las alegaciones y docu-mentos que, en su caso, se incorporen al expediente, se procederá ala calificación de los mismos, acordándose lo que proceda conformea lo dispuesto en el artículo 145.2 del TRLPI.

Según lo dispuesto por los artículos 145.2 del TRLPI y 25.3 delRRGPI, contra la presente Resolución podrán ejercitarse directa-mente ante la jurisdicción civil las acciones correspondientes.

Madrid, a 28 de abril de 2009.—La Registradora Territorial, Emi-lia del Campo Ruiz.

ANEXO

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 68 B.O.C.M. Núm. 138

(03/17.187/09)

Consejería de Familia y Asuntos SocialesResolución de 5 de junio de 2009, por la que se hace pública la con-

vocatoria del concurso por procedimiento abierto para la adjudi-cación del contrato administrativo especial denominado “Progra-ma de rutas culturales para personas mayores de la Comunidad deMadrid. Año 2009”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

(Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 81/2009.

2. Objeto del contrato:a) La realización de una serie de rutas culturales por España y el

extranjero dirigida a las personas mayores de la Comunidadde Madrid que deseen participar en ellas, incluyendo los des-plazamientos, el alojamiento y la manutención, y actividadesculturales y de convivencia, como visitas a museos, exposi-ciones, monumentos o edificios históricos o lugares de inte-rés paisajístico, concursos y otras actividades.

b) Lugar de ejecución: Apartado IV de Pliegos de Prescripcio-nes Técnicas.

c) Plazo de ejecución: El programa se llevará a cabo durante elperíodo comprendido entre el 10 de septiembre y el 30 de oc-tubre de 2009.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 69

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto, mediante pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 5.259.900 euros

(7 por 100 de IVA incluido).a) Base imponible: 4.915.794,39 euros.b) IVA (7 por 100): 344.105,61 euros.A cargo de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales:

2.103.960 euros (IVA incluido).Conforme a lo establecido en el apartado 3 del Anexo I del Plie-

go de Cláusulas Administrativas Particulares.5. Garantía provisional: No procede.6. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación

del contrato, IVA excluido.7. Garantía complementaria (artículo 83.2 de la Ley de Contra-

tos del Sector Público): No procede.8. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Domicilio: Calle Alcalá, número 63, planta quinta.c) Localidad y código postal: 28014 Madrid.d) Teléfono: 914 206 900.e) Telefax: 914 207 118.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 29

de junio de 2008.9. Requisitos específicos del contratista:a) La solvencia técnica y profesional se acreditará de acuerdo

con el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Admi-nistrativas Particulares.

b) La solvencia económica y financiera se acreditará de acuerdocon el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Admi-nistrativas Particulares.

10. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: 29 de junio de 2009.b) Documentación que integrará las ofertas: La indicada en la cláu-

sula 12 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1. Entidad: Registro General de la Secretaría General Téc-nica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, denueve a catorce horas.

2. Domicilio: Calle Pedro Muñoz Seca, número 2.3. Localidad y código postal: 28014 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener suoferta: Tres meses.

11. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Domicilio: Calle Alcalá, número 63, salón de actos, primera

planta.c) Localidad: 28014 Madrid.d) Fecha: 6 de julio de 2009e) Hora: A las once y quince.11. Gastos del anuncio: Los gastos de los anuncios serán de

cuenta de los adjudicatarios.12. Portal informático o página web donde figuran las informa-

ciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org o bien recibirlos por correo electrónicosolicitándolos en [email protected]

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 5 de junio de 2009.—El Secretario General Técnico,

PDF (Resolución de 13 de julio de 2007), el Jefe de Servicio de Con-tratación, José Navarro Vicente

(01/2.078/09)

Consejería de Familia y Asuntos SocialesResolución de 5 de junio de 2009, por la que se hace pública la con-

vocatoria del concurso por procedimiento abierto para la adjudica-ción del contrato de gestión de servicio público denominado«Atención a personas con discapacidad física y alto nivel de depen-dencia en el centro de día “Gregorio Sánchez” de Villaconejos».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

(Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 56/2009.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: La gestión de servicio público de

atención a personas con discapacidad física y alto nivel de de-pendencia en el centro de día “Gregorio Sánchez” de Villaco-nejos.

b) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.c) Plazo de ejecución: Tres años.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto, mediante pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 1.052.110,08 euros

(IVA incluido).a) Base imponible: 983.280,46 euros.b) IVA (7 por 100): 68.829,62 euros.5. Garantía provisional: No procede.6. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación

del contrato, IVA excluido.7. Garantía complementaria (artículo 83.2 de la Ley de Contra-

tos del Sector Público): No procede.8. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Domicilio: Calle Alcalá, número 63, planta quinta.c) Localidad y código postal: 28014 Madrid.d) Teléfono: 914 206 900.e) Telefax: 914 207 118.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 29

de junio de 2009.9. Requisitos específicos del contratista: La solvencia se acredi-

tará de acuerdo con el apartado 10 del Anexo I del Pliego de Cláu-sulas Administrativas Particulares.

10. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: 29 de junio de 2009.b) Documentación que integrarán las ofertas: La indicada en la

cláusula decimotercera del Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares.

c) Lugar de presentación:1. Entidad: Registro General de la Secretaría General Téc-

nica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, denueve a catorce horas.

2. Domicilio: Calle Pedro Muñoz Seca, número 2.3. Localidad y código postal: 28014 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener suoferta: Tres meses.

11. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Domicilio: Calle Alcalá, número 63, salón de actos, primera

planta.c) Localidad: 28014 Madrid.d) Fecha: 6 de julio de 2009.e) Hora: A las once.11. Gastos del anuncio: Los gastos de los anuncios serán de

cuenta de los adjudicatarios.12. Portal informático o página web donde figuran las informa-

ciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org o bien recibirlos por correo electrónicosolicitándolos en [email protected]

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 5 de junio de 2009.—El Secretario General Técnico,

PDF (Resolución de 13 de julio de 2007), el Jefe de Servicio de Con-tratación, José Navarro Vicente.

(01/2.079/09)

Page 65: I. COMUNIDAD DE MADRIDw3.bocm.es/boletin/CM_Seccion_BOCM/2009/06/12/i.pdf · Pág. 6 VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 138 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales

VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 70 B.O.C.M. Núm. 138

Consejería de Familia y Asuntos SocialesNotificación de resolución del expediente de reconocimiento de la

situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sis-tema.

En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podidonotificar a las mismas por causas no imputables a la Administración,por el presente anuncio se notifica a los solicitantes/representantesque se relacionan a continuación la resolución del procedimiento dereconocimiento de la situación de dependencia.

Para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto,los solicitantes/representantes podrán personarse en la sede de la Di-rección General de Coordinación de la Dependencia, sita en la calleEspartinas, número 10, de Madrid, para tomar vista del expediente.

Madrid, a 24 de noviembre de 2008.—La Subdirectora Generalde Coordinación de la Dependencia, Belén Bernabéu González.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTEDE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN

DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHOA LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA

Número de expediente. — Interesado. — Dirección

332/2007. — SERAPIA GARCINUÑO VILLARIN. — RONDA DE LA SANGRE, NÚ-MERO 9. 28640 CADALSO DE LOS VIDRIOS.

808/2007. — MERCEDES FERNANDEZ DEL CAMPO. — CALLE LOS ROBLES,NÚMERO 15. 28794 GUADALIX DE LA SIERRA.

986/2007. — EDUARDO GOMEZ JIMENEZ. — CALLE SEVILLA, NÚMERO 52,PRIMERO 28360 VILLACONEJOS.

1017/2007. — RAFAEL MO NTEGRIFO DE LOPE. — CALLE PINAR, NÚMERO 12,BLOQUE 1 ESCALERA 1 PRIMERO 1. 28294 ROBLEDO DE CHAVELA.

1053/2007. — MANUEL FLORIN SANTIAGO. — CALLE CHIPRE, NÚMERO 3,TERCERO D. 28943 FUENLABRADA.

1205/2007. — ESPERANZA BELVIS SIERRA. — CALLE PERATE, NÚMERO 13,SEGUNDO B. 28901 GETAFE.

1739/2007. — JUAN MIGUEL CORRALES ROSAS. — CALLE VALDEACELADA,NÚMERO 15. 28840 MEJORADA DEL CAMPO.

2373/2007. — SERAFIN FRANCO GOMEZ. — CALLE MAESTRO CABALLERO,NÚMERO 10, SEGUNDO A. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

2987/2007. — ESPERANZA LOMBAO LEGASPI. — AVDA. PADRE PIQUER, NÚ-MERO 52, SEGUNDO A. 28024 MADRID.

5513/2007. — MANUEL PROVENCIO GALERA. — CALLE RIOJA, NÚMERO 138OCTAVO B. 28915 LEGANES.

6159/2007. — LATIFA MOURSSIA ELBGHIYEL. — CALLE CONCEPCION, NÚ-MERO 2, QUINTO B. 28018.

6255/2007. — CAROLINA BARRIO FERNANDEZ. — CALLE ALBAÑILERIA, NÚ-MERO 8, BAJO IZQUIERDA. 28037 MADRID.

7351/2007. — MERCEDES ARIAS OVIEDO. — CALLE SANTIAGO, NÚMERO 18,PRIMERO B. 28200 SAN LORENZO DEL ESCORIAL.

7473/2007. — FRANCISCA DIAZ DEL BARRIO. — CALLE DEL INSTITUTO, NÚ-MERO 13, BAJO 9. 28500 ARGANDA DEL REY.

7595/2007. — ENRIQUETA PINO FRIAS. — CALLE RIO TURIA, NÚMERO 1, SE-GUNDO B. 28913 LEGANES.

8142/2007. — FRANCISCO JOSE REDONDO BLAZQUEZ. — CALLE DUQUESADE PARCENT, NÚMERO 104,, BAJO IZQUIERDA. 28047 MADRID.

8310/2007. — ELENA NIEVES CATENA GARCIA. — CALLE FELIX RODRIGUEZDE LA FUENTE, NÚMERO 34, TERCERO D. 28110 ALGETE.

8341/2007. — M.a EUGENIA HERNANDEZ RESTREPO. — CALLE SAN FERNAN-DO, NÚMERO 4, SEGUNDO C. 28400 COLLADO VILLALBA.

8424/2007. — MANUEL CASERO LORENZO. — CALLE RIO JORDAN, NÚME-RO 16, SEGUNDO D. 28981 PARLA.

8429/2007. — TERESA REDREJO VIGARA. — CALLE ESTRELLA POLAR, NÚ-MERO 9, TERCERO C. 28980 PARLA.

8444/2007. — SEBASTIAN CALVETE DE HITA. — CALLE SAN ANTON, NÚME-RO 34, SEGUNDO G. 28980 PARLA.

8501/2007. — PEDRO PALOMAR SANCHEZ. — CALLE LAUREL, NÚMERO 12,PRIMERO 28230 LAS ROZAS DE MADRID.

8634/2007. — FELISA FUENTES MARTINEZ. — CALLE PEDRO WIGFRIDO, NÚ-MERO 2, BLOQUE 3, PRIMERO 113. 28280 EL ESCORIAL.

8972/2007. — MARIANO AVELLANEDA MENDIVIL. — CALLE RIOJA, NÚME-RO 130, QUINTO D. 28015 MADRID.

8983/2007. — ISRAEL GARCIA BLAZQUEZ. — CALLE MORAÑA, NÚMERO 7,SEGUNDO 1. 28915 LEGANES.

9127/2007. — FRANCISCA HORNILLOS MIRAVALLES. — CALLE SIERRA ELVI-RA, NÚMERO 29, SEGUNDO E. 28038 MADRID.

9303/2007. — LORENZA ROMOJARO BALAGUERA. — CALLE GALICIA, NÚME-RO 30, SEXTO B. 28942 FUENLABRADA.

9367/2007. — HERMINIO MARTINEZ MARTINEZ. — CALLE CALLAO 53, SE-GUNDO D. 28945 FUENLABRADA.

9527/2007. — M.a ASCENSION SECO ALCANTARA. — CALLE ALMENDRALE-JO, NÚMERO 9, PRIMERO D. 28019 MADRID.

9622/2007. — FELISA CANO SORIANO. — AVENIDA FUENLABRADA, NÚME-RO 37, PRIMERO C. 28911 LEGANES.

9961/2007. — GLORIA GOMEZ GOMEZ. — CALLE NOTARIADO, NÚMERO 17.28723 PEDREZUELA.

10146/2007. — ANA CANO RUIZ. — CALLE GIMIALCON, NÚMERO 1, BLO-QUE 1, SEGUNDO B. 28770 COLMENAR VIEJO.

10147/2007. — ANA CANO RUIZ. — CALLE GIMIALCON, NÚMERO 1, BLO-QUE 1, SEGUNDO B. 28770 COLMENAR VIEJO.

10244/2007. — MARIA CASTILLO CASTILLO. — CALLE DE LA ESTACION, NÚ-MERO 18, SEGUNDO C. 28944 FUENLABRADA.

10991/2007. — NIEVES COLLADO LOPEZ. — CALLE MENDIGUCHIA CARRI-CHE, NÚMERO 43, TERCERO B. 28913 LEGANES.

11000/2007. — LORENZA CAMPOS ROLDAN. — CALLE LAS MARGARITAS,NÚMERO 14, CUARTO A. 28912 LEGANES.

11040/2007. — RESTITUTO GABRIEL VILLEGAS. CALLE DE LAS MERAS, NÚ-MERO 15. 28750 PEDREZUELA.

11213/2007. — ARACELI NAVIO VIVO. — CALLE DEL SALIENTE, NÚMERO 24,SEGUNDO A. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

11487/2007. — ANGEL SANZ CAJA. — CALLE BLASCO DE GARAY, NÚMERO 28E. 28007 MADRID.

11587/2007. — CARMEN VILLA RUIZ. — CALLE FERNANDO BARRACHINA,NÚMERO 44,, BAJO B. 28904 GETAFE.

11602/2007. — MARINHA LIDIA GOMES PEDREIRA. — CALLE LAGO CONS-TANZA, NÚMERO 114, CHALE. 28017 MADRID.

11695/2007. — MARIA RAMOS LLERENA. — CALLE SEVILLA, NÚMERO 25.28723 PEDREZUELA.

11815/2007. — M.a LUISA SANZ GARCIA. — CALLE MARIANO SAINZ, NÚME-RO 5, SEGUNDO B. 28200 SAN LORENZO DE EL ESCORIAL.

12010/2007. — M.a ANTONIA NEVES NEVES. — CALLE NUESTRA SEÑORA DELORETO, NÚMERO 2, TERCERO C. 28911 LEGANES.

12011/2007. — JOSEFA SANCHEZ SANCHO. — CALLE RIO TER, NÚMERO 12,SEGUNDO B. 28913 LEGANES.

12017/2007. — GREGORIA LIGERO ROJO. — CALLE GALENO, NÚMERO 38.28332 LAS ROZAS DE MADRID.

12328/2007. — ANTONIO LEON DEL VALLE. — CALLE ALBERTO CONTI, NÚ-MERO 7,, BAJO B. 28935 MOSTOLES.

12571/2007. — M.a DOLORES BLANCO VALDERAS. — CALLE TRIBALDOS, NÚ-MERO 64, PRIMERO 2. 28043 MADRID.

12649/2007. — PILAR GARCIA SANTANDER. — TRAVESIA DE RICARDO ME-DEM, NÚMERO 1, TERCERO C. 28931 MOSTOLES.

12660/2007. — ROMANA DIAZ JIMENEZ. — CALLE LA SAGRA, NÚMERO 37,CUARTO A. 28915 LEGANES.

12809/2007. — MIGUEL MANZANO SANCHEZ. — CALLE SAN PABLO, NÚME-RO 14, ESCALERA 1,, BAJO A. 28912 LEGANES.

12819/2007. — AURORA VILLADANGOS PEREZ. — CALLE LEGAZPI, NÚME-RO 2, SEGUNDO C. 28911 LEGANES.

12966/2007. — FERNANDO ALVAREZ AREVALO. — CALLE HONDURAS, NÚ-MERO 4, PRIMERO A. 28822 COSLADA.

12976/2007. — VALENTINA DZYADYK. — CALLE TORREJON, NÚMEROS 9-11,PRIMERO A. 28982 PARLA.

13018/2007. — FLORENCIA MARTIN SUAREZ. — CALLE SAN ONOFRE, NÚME-RO 5, SEGUNDO C. 28701 SAN SEBASTIAN DE LOS REYES.

13045/2007. — ANTONIO DEL AMO MORALES. — CALLE LAS ROSAS, NÚME-RO 9, PUERTA A. 28400 COLLADO VILLALBA.

13106/2007. — ANA M.a FERNANDEZ MOLINA. — CALLE RAMON FERNANDEZSOLER, NÚMERO 1, ESCALERA DERECHA, PRIMERO C. 28400 COLLADO VI-LLALBA.

13157/2007. — GERMANA RINCON MORENO. — CALLE EL CHARCO, NÚME-RO 54,, BAJO A. 28911 LEGANES.

13233/2007. — NICOLAS DE FRANCISCO BONNARDOT. — CALLE DE LA PLA-ZUELA, NÚMERO 10 BIS,, BAJO A. 28231 LAS ROZAS DE MADRID.

13343/2007. — ANDRES BONET MERTEN. — CALLE ISAAC PERAL, NÚME-RO 35. 28220 MAJADAHONDA.

13503/2007. — FRANCISCO GONZALEZ ABELLO. — CALLE ISABEL LA CATO-LICA, NÚMERO 8, TERCERO D. 28830 PINTO.

13504/2007. — MARIA LOZANO RODRIGUEZ. — CALLE GALIOLA, NÚMERO 4,TERCERO C. 28320 PINTO.

13790/2007. — HELIODORA MONTERO MARTIN. — CALLE M.a TERESA SANZDE HEREDIA, NÚMERO 29, SEGUNDO DERECHA. 28017 MADRID.

13808/2007. — RAMON NARBONA NAVARRO. — CALLE ARTILLEROS, NÚME-RO 29, TERCERO B. 28032 MADRID.

13819/2007. — GARMENDIA LOPEZ PIZARRO. — CALLE HORNERO, NÚME-RO 2, PRIMERO C. 28019 MADRID.

13887/2007. — FRANCISCO CASERO GIL. — CALLE GENERAL FANJUL, NÚME-RO 96 SEPTIMO B. 28044 MADRID.

14178/2007. — EULALIA ORTEGA GONZALEZ. — CALLE PATRIARCA, NÚME-RO 14, BAJO A. 28200 SAN LORENZO DE EL ESCORIAL.

14202/2007. — CARMEN S CASTRO VALDEZ. — CALLE GETAFE, NÚMERO 16, 4.28981 PARLA.

14282/2007. — PILAR RODRIGUEZ ALBA. — CALLE MARIA ZAMBRANO, NÚ-MERO 4, PRIMERO D. 28027 MADRID.

14283/2007. — JULIAN BRAVO RODRIGUEZ. — CALLE LAGO CONSTANZA,NÚMERO 48, SEGUNDO. 28017 MADRID.

14366/2007. — EDUARDO CHINCHILLA DOMINGUEZ. — CALLE REINA DEAFRICA, NÚMERO 20, BAJO B. 28018 MADRID.

Page 66: I. COMUNIDAD DE MADRIDw3.bocm.es/boletin/CM_Seccion_BOCM/2009/06/12/i.pdf · Pág. 6 VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 138 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales

VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 71

14393/2007. — M.a BEATRIZ GARCIA DEL RIO. — CALLE GUADALUPE, NÚME-RO 8, PRIMERO IZQUIERDA. 28019 MADRID.

14454/2007. — FORENTINA ALONSO CLEMENTE. — CALLE VIÑUELAS, NÚ-MERO 10, PRIMERO B. 28045 MADRID.

14514/2007. — FRANCISCO RODRIGUEZ HERRERA. — CALLE GENERALLACY, NÚMERO 6, SEPTIMO DERECHA. 28045 MADRID.

14534/2007. — CONCEPCION SANCHEZ VARGAS. — CALLE OSO, NÚMERO 19,SEGUNDO 2. 28012 MADRID.

14581/2007. — CESAR GARROTE LEIS. — CALLE ARCOS DE JALON, NÚME-RO 38, SEGUNDO B. 28037 MADRID.

14650/2007. — MOSTAFA EL HADARI. — CALLE SANTA TERESA DE JESUS,NÚMERO 4, TERCERO C. 28400 COLLADO VILLABA.

14678/2007. — RUFINA GUTIERREZ ENCINAS. — CALLE FINLANDIA, NÚME-RO 3, SEGUNDO A. 28941 FUENLABRADA.

14687/2007. — CATALINA ALMIRON GARRIDO. — CALLE CANGAS DE ONIS,NÚMERO 32, BAJO B. 28037 MADRID.

14688/2007. — CATALINA ALMIRON GARRIDO. — CALLE CANGAS DE ONIS,NÚMERO 32, BAJO B. 28037 MADRID.

14700/2007. — AMPARO VELASCO PALOMO. — CALLE PADRE CIPRIANO, NÚ-MERO 7, TERCERO B. 28048 MADRID.

14722/2007. — M GLORIA FRANCISCA GONZALEZ CALVO. — CALLE RIO HE-NARES, NÚMERO 2, TERCERO A. 28913 LEGANES.

14744/2007. — AVELINO GISMERA GONZALO. — CALLE VIRGEN DE LAFUENCISLA, NÚMERO 4, CUARTO 1. 28027 MADRID.

14839/2007. — CONRADO MARTINEZ AGUEDA. — CALLE LOE DE HARO, NÚ-MERO 22, SEGUNDO B. 28039 MADRID.

14856/2007. — DORETEA CALVO SIMON. — CALLE LIMA, NÚMERO 34, PRI-MERO B. 28945 MADRID.

14857/2007. — RIBAHA STERIE. — CALLE SAN VENANCIO, NÚMERO 19, TER-CERO C. 28022 MADRID.

14862/2007. — OSCAR GARCIA MUÑOZ. — CALLE CORDOBA, NÚMERO 2BLOQUE A, TERCERO A. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

14921/2007. — MARIA LOPEZ ROMERO. — CALLE VALLE DEL NALON, NÚME-RO 13, SEGUNDO D. 28523 RIVAS-VACIAMADRID.

14928/2007. — JUAN LUIS ALVAREZ PEREZ. — CALLE PRIORATO, NÚME-RO 93, TERCERO C. 28915 LEGANES.

14950/2007. — MATILDE GARCIA MORENO. — CALLE LIBERTAD, NÚME-RO 27, QUINTO B. 28936 MOSTOLES.

15088/2007. — FERNANDO OSPINA ROZO. — CALLE BERCIAL, NÚMERO 7,PRIMERO A. 28005 MADRID.

15106/2007. — JOSE LUIS LUCAS ALVAREZ. — CALLE SAN JUAN DE MATA,NÚMERO 22, ESCALERA IZQUIERDA, CUARTO A. 28011 MADRID.

15303/2007. — GREGORIO GUZMAN MORALES. — CALLE BELZUNEGUI, NÚ-MERO 7, QUINTO C. 28025 MADRID.

15312/2007. — EMILIANO MUÑOZ GUTIERREZ. — CALLE SAN BASILIO, NÚ-MERO 26, ESCALERA C, SEGUNDO E. 28026 MADRID.

15316/2007. — AGUSTIN TORRICO FERNANDEZ. — CALLE EL TOBOSO, NÚ-MERO 119, SEGUNDO B. 28019 MADRID.

15317/2007. — AURELIA TORRICO FERNANDEZ. — CALLE EL TOBOSO, NÚ-MERO 119, SEGUNDO B. 28019 MADRID.

15354/2007. — MARIA LUISA ZAHONERO SAEZ. — CALLE ARROYOMOLINOS,NÚMERO 8, PRIMERO A. 28938 MOSTOLES.

15358/2007. — EUSEBIO GONZALEZ DIAZ. — CALLE PINTOR VELAZQUEZ,NÚMERO 14, ESCALERA CENTRO, BAJO D. 28933 MOSTOLES.

15448/2007. — FRANCISCA LOPEZ ARMESTO. — CALLE VILLAGARCIA, NÚ-MERO 12, SEGUNDO A. 28011 MADRID.

15451/2007. — SOCORRO ARIAS RODRIGUEZ. — CALLE EXTREMADURA NÚ-MERO 244, BLOQUE DPDO, PRIMERO 4. 28011 MADRID.

15501/2007. — JUAN GUERRERO NAVARRO. — CALLE PABLO NERUDA, NÚ-MERO 22, CUARTO A. 28038 MADRID.

15625/2007. — LUCILA IGLESIAS FIDALGO. — CALLE PORTOS, NÚMERO 25,SEGUNDO A. 28011 MADRID.

15627/2007. — FRANCISCO DE ASIS MOYA GUILLEN. — CALLE SECO, NÚME-RO 8, ESCALERA 2, PRIMERO C. 28007 MADRID.

15697/2007. — JUANA ALONSO BRETON. — CIUDAD JARDIN DEL ROSARIO,BLOQUE JULIO ROMERO, NÚMERO 3, SEGUNDO D. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

15735/2007. — FRANCISCO MARTINEZ MESAS. — CALLE CASTILLA 13, BLO-QUE BIS, ESCALERA B, TERCERO CT IZ. 28039 MADRID.

15855/2007. — CAROLINA BENITO CARRASCO. — CALLE SUECIA, NÚME-RO 63, PRIMERO B. 28022 MADRID.

15860/2007. — FERNANDO ARRANZ GONZALEZ. — CALLE PARROCO LUISCALLEJA, NÚMERO 14, BAJO D. 28022 MADRID.

15884/2007. — FERNANDO GOMEZ GARCIA. — CALLE VICENTE CAMARON,NÚMERO 28, PRIMERO. 28011 MADRID.

15914/2007. — ALICIA BARROSO SANCHEZ. — CALLE LUIS RODRIGUEZ ON-TIVEROS, NÚMERO 40. 28100 ALCOBENDAS.

15949/2007. — ANTOLIN BLANCO FOLGADO. — CALLE FALCINELO, NÚME-RO 14, PRIMERO. 28025 MADRID.

16008/2007. — RAUL JIMENEZ NAVARRO. — CALLE HERNANI, NÚMERO 45,ESCALERA EXTERIOR, CUARTO DERECHA. 28020 MADRID.

16016/2007. — DIEGO CASILLAS ATIENZA. — CALLE CACERES, NÚMERO 35,ESCALERA DERECHA, SEXTO B. 28045 MADRID.

16095/2007. — MILAGROS CABRERA VIDAL. — CALLE ESCOSURA, NÚME-RO 19, PRIMERO C. 28015 MADRID.

16100/2007. — MARINA ALBA GUTIERREZ. — CALLE DR. FEDERICO RUBIO YGALI, NÚMERO 94, TERCERO C. 28040 MADRID.

16137/2007. — ANTONIO HERNANDO DE DIOS. — CALLE GENERAL DIAZPORLIER, NÚMERO 38, CENTRO. 28011 MADRID.

16170/2007. — VALENTIN RUIZ DE LA HERMOSA LOPEZ. — CALLE PRIORA-TO, NÚMERO 93, SEGUNDO A. 28915 LEGANES.

16248/2007. — CARMEN MUÑOZ HERVAS. — CALLE CALLAO, NÚMERO 13,TERCERO B. 28945 FUENLABRADA.

16288/2007. — GREGORIO GARCIA YANES. — CALLE ALCALA, NÚMERO 584,PRIMERO B. 28022 MADRID.

16257/2007. — RAMON SANCHEZ ORO VERBO. — CALLE MALLORCA, NÚME-RO 3, PRIMERO C. 28913 LEGANES.

16292/2007. — M.a ANGELES MELA PEREZ. — CALLE DE AGUSTIN CALVO,NÚMERO 15 PB. 28043 MADRID.

16295/2007. — BLANCA PEREZ LEON. — CALLE ROSA DE LUXEMBURGO, NÚ-MERO 4, BLOQUE 2, BAJO B. 28942 FUENLABRADA.

16457/2007. — CARMEN ISIDRO CASARRUBIOS. — AVDA. CIUDAD DE BAR-CELONA, NÚMERO 85. 28007 MADRID.

16460/2007. — FAUSTINO CAMACHO GRUPELI. — AVDA. CIUDAD DE BARCE-LONA, NÚMERO 85. 28007 MADRID .

16465/2007. — ISABEL MUÑOZ ANADON. — AVDA. CIUDAD DE BARCELONA,NÚMERO 85. 28007 MADRID.

16523/2007. — TEODORO GRAU BEATO. — CALLE VALLEHERMOSO, NÚME-RO 20, ESCALERA A, TERCERO D. 28015 MADRID.

16558/2007. — FELICIDAD SANCHEZ RODRIGUEZ. — CALLE AUGUSTO ROABASTROS, NÚMERO 37. 28806 ALCALA DE HENARES.

16650/2007. — JOSEFA TRENADO VALMORISCO. — CALLE MALAGA, NÚME-RO 8, BLOQUE 1, ESCALERA 1, PISO A, PUERTA A. 28945 FUENLABRADA.

16692/2007. — MATILDE MONICA CHAVES GOMEZ. — CALLE JUAN DE AN-DRES, NÚMERO 15, CUARTO 5. 28035 MADRID.

39/2008. — M.a DOLORES JAUREGUI LANSALOT. — RESIDENCIA DE EMI-GRANTES RETORNADOS, CTRA. ALGETE-CASAR DE TALAMANCA, KM 5,500.28130 VALDEOLMOS-ALALPARDO.

66/2008. — VICENTA COGOLLUDO ARANGUREN. — CALLE MAQUEDA, NÚ-MERO 63, PRIMERO C. 28024 MADRID.

174/2008. — MERCEDES ALVAREZ LOPEZ. — CALLE CHOPERA, NÚMERO 2.28440 GUADARRAMA.

195/2008. — ANGELA IZQUIERDO RECIO. — CALLE MAR CANTABRICO, NÚ-MERO 7, SEGUNDO A. 28500 ARGANDA DEL REY.

209/2008. — LUZ ALBA NARANJO CAICEDO. — CALLE FEDERICO MARIN, NÚ-MERO 5, BAJO C. 28340 VALDEMORO.

293/2008. — FELIX VIECO PAREJA. — CALLE DELICIAS, NÚMERO 19, SEXTOEXTERIOR DERECHA. 28045 MADRID.

457/2008. — MARIA ROSARIO TOLOSA DORADO. — CALLE RIO EBRO, NÚME-RO 5, ESCALERA 6, CUARTO D. 28600 NAVALCARNERO.

898/2008. — LUIS CHARRO SEN. — CALLE VEREDA, NÚMERO 4, BAJO A. 28350CIEMPOZUELOS.

1068/2008. — ANA MARIA DE LA FUENTE PASTOR. — CALLE MARQUES DELA VALDAVIA, NÚMERO 93, BLOQUE 3, ESCALERA 3, PRIMERO D. 28100 ALCO-BENDAS.

1074/2008. — MARIA ESTHELA LAPO GOMEZ. — CALLE NICARAGUA, NÚME-RO 3, BAJO 3. 28945 FUENLABRADA.

1118/2008. — AHMED MOUDIYNE LAHLOU. — CALLE PERGAMINO, NÚME-RO 3, BAJO A. 28032 MADRID.

1512/2008. — JUAN FERNANDEZ COBO. — CALLE LABRADORES, NÚMERO 5,ESCALERA 1, PUERTA 3. 28037 MADRID.

1638/2008. — MUSTAPHA EL MASOURI. — CALLE DIEGO ROS Y MEDRANO 4,ESCALERA IZQUIERDA, SEGUNDO B. 28806 ALCALA DE HENARES.

1690/2008. — EMILIANO GONZALEZ GONZALEZ. — CALLE CAMINO DEL MO-LINO, NÚMERO 14, TERCERO D. 28500 ARGANDA DEL REY.

1752/2008. — MANUEL BLANCO HERNANDEZ. — CALLE COSTANILLA DELCASTILLO, NÚMERO 9, ESCALERA 1, TERCERO B. 28680 PELAYOS DE LA PRESA.

2108/2008. — ISABEL CANO CAMPOS. — CALLE RIO NERVION, NÚMERO 6.RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE ANTIGUA. 28670 VILLAVICIOSA DE ODON.

2343/2008. — INMACULADA DELGADO OMS. — CALLE BRUCH, NÚMERO 3.28490 BECERRIL DE LA SIERRA.

2406/2008. — MERCEDES JIMENO ARANA. — CALLE ESPAÑA, NÚMERO 21,TERCERO B. 28903 GETAFE.

2422/2008. — ISABEL RUIZ RODRIGUEZ. — CALLE JOSE GARCIA GRANDA,NÚMERO 11, PRIMERO D. 28038 MADRID.

2861/2008. — ANGELA TORREGO SAIZ. — CALLE ORENSE, NÚMERO 2. 28450COLLADO MEDIANO.

2895/2008. — MALIKA AGHARBI. — CALLE SAN JOSE, NÚMERO 3, BLOQUE 2.28400 COLLADO VILLALBA.

3583/2008. — CELIA CALVO GOMEZ. — CALLE GUADARRAMA, NÚMERO 56,URB. LAS CABEZUELAS. 28840 GUADARRAMA.

3728/2008. — VICTORIA BRETONES SANTOS. — CALLE GARDENIAS, NÚME-RO 11, SEGUNDO B. 28039 MADRID.

3772/2008. — JOSE FERNANDEZ-ACEYTUNO LLORD. — CALLE LAS HUER-TAS, NÚMERO 26, TERCERO A. 28220 MAJADAHONDA.

3886/2008. — PEDRO LOZANO SANCHEZ. — CALLE SARGENTO BARRIGA,NÚMERO 4, TERCERO D. 28021 MADRID.

3924/2008. — FRANCISCA DAVILA MATEOS. — CALLE DE VERIN, NÚMERO 4SEPTIMO 4. 28029 MADRID.

4612/2008-BIS. — LAZARO CASTILLO BONILLA. — CALLE GENERAL CASTA-ÑOS, NÚMERO 1, SEGUNDO F. 28902 GETAFE.

4661/2008. — CAROLINA JULIA TORRADO GARRIDO. — AVENIDA DE LAONU, NÚMERO 21, ESCALERA IZQUIERDA, SEPTIMO B. 28936 MOSTOLES.

5027/2008. — CONCEPCION ALVAREZ FERNANDEZ. — CALLE CARLOS HER-NANDEZ, NÚMERO 38, ESCALERA 2, PRIMERO B. 28017 MADRID.

5257/2008. — INES CHAMIZO SANCHEZ. — CALLE VILLAJOYOSA, NÚME-RO 103, ESCALERA DERECHA, CUARTO F. 28041 MADRID.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 72 B.O.C.M. Núm. 138

5300/2008. — MARIA CRISTINA MIQUEL BESCANSA. — CALLE FUENTES CLA-RAS, NÚMERO 6. 28420 GALAPAGAR.

5646/2008. — MARIA TERESA MUÑOZ RIVERA. — CALLE PIRINEOS, NÚME-RO 37. 28040 MADRID.

5659/2008. — PILAR PEREZ GARCIA. — CALLE TRIBALDOS, NÚMERO 24, SE-GUNDO C. 28043 MADRID.

5677/2008. — INOCENCIA MERCHAN MERCHAN. — CALLE MITJANS, NÚME-RO 6, PRIMERO D. 28007 MADRID.

5682/2007. — MANUEL REAL MOYA. — CALLE CUEVAS DE ALMANZORA,NÚMERO 64, PRIMERO D. 28033 MADRID.

5763/2008. — ESPERANZA CASTRO GARCIA. — CALLE SANTANDERINA, NÚ-MERO 7, BAJO H. 28053 MADRID.

5790/2008. — CONCEPCION SANZ MARTIN. — CALLE VIRGEN DE LA FUEN-CISLA, NÚMERO 30, SEGUNDO 4. 28027 MADRID.

5899/2008. — JESUS JIMENEZ BERNARDINO. — AVENIDA DE MADRID, NÚ-MERO 56, BAJO 2. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

5919/2008. — JULIANA MARCHAL GALLEGO. — CALLE FRANCIA, NÚMERO 6.28850 TORREJON DE ARDOZ.

5943/2008. — GREGORIO LOPEZ HERNANDEZ. — CALLE CLAVEL, NÚME-RO 30. 28981 PARLA.

5944/2008. — FELISA DE LA PEÑA VILLALBA. — CALLE ARENAL, NÚMERO 8,BAJO. 28813 TORRES DE LA ALAMEDA.

5992/2008. — JOSEFA TABERO ZAMBRANO. — CALLE TENIENTE GENERALMUSLERA, NÚMERO 3, BLOQUE 1, ESCALERA 1, BAJO. 28911 LEGANES.

6143/2008. — ISIDORO VALLEJO PAJUELO. — CALLE TREVELEZ, NÚMERO 10,BLOQUE 10, BAJO D. 28041 MADRID.

6301/2008. — ANDREA NOGUES ESTRADA. — CALLE ISLA SAIPAN, NÚME-RO 14, PRIMERO. 28035 MADRID.

6374/2008. — DOLORES AREVALO ENCINA. — CALLE BATALLA DE TRAFAL-GAR, NÚMERO 4, PRIMERO 4. 28912 LEGANES.

6421/2008. — LEOCADIO ZAZO RUIZ. — CALLE GERANIOS, NÚMERO 47, BLO-QUE B, PRIMERO A. 28029 MADRID.

6439/2008. — MARIA DE LOS ANGELES SANCHEZ MARQUEZ. — CALLE SALI-TRE, NÚMERO 32, SEGUNDO 1. 28012 MADRID.

6503/2008. — MARIA GONZALEZ GONZALEZ. — CALLE ARROYO DEL OLI-VAR, NÚMERO 41, BAJO IZQUIERDA. 28018 MADRID.

6527/2008. — M.a PILAR TAMARAL ILLESCAS. — AVENIDA DE LOS ANGELES,NÚMERO 22, PRIMERO 7. 28903 GETAFE.

6570/2008. — MANUELA CAMPANO REINA. — CALLE REY PLAZA, NÚME-RO 2, TERCERO D. 28200 SAN LORENZO DEL ESCORIAL.

6584/2007. — ANTONINA PEDRO CALVO. — CALLE VALENCIA, NÚMERO 6,CUARTO D. 28903 GETAFE.

6613/2008. — VICTORIA ARROYO DIAZ. — CALLE SAN NICOMEDES, NÚME-RO 19, BAJO C. 28026 MADRID.

6657/2008. — MANUEL MERINO PEREZ-PEDRERO. — CALLE DR. MICHAVILA,NÚMERO 1, PRIMERO D. 28820 COSLADA.

6741/2008. — ROBERTO RODRIGUEZ LLORENTE. — CALLE JOSE DE CADAL-SO, NÚMERO 130, OCTAVO E. 28044 MADRID.

6800/2008. — MARIA DEL PRADO LOPEZ-BUENO MORENO. — CALLE LAFLOR, NÚMERO 8, PRIMERO B. 28100 ALCOBENDAS.

6868/2008-BIS. — IRENE ALORS GIRON. — CALLE EL BERCIAL, NÚMERO 4,SEGUNDO D. 28907 GETAFE.

6912/2008. — ANA RODRIGUEZ CARVAJAL. — CALLE SALITRE, NÚMERO 38,PRIMERO 8. 28012 MADRID.

6913/2008. — PETRA ROMERA ANDRES. — CALLE EMBAJADORES, NÚME-RO 31, PRIMERO 1. 28012 MADRID.

6960/2008. — JOSEFA CANOVAS LOPEZ. — RESIDENCIA VALLE DE LA OLIVA.CALLE MANUEL DE FALLA, NÚMERO 35. 28220 MAJADAHONDA.

6981/2008. — ENRIQUETA GARCIA LEON. — CALLE ALONSO CANO, NÚME-RO 38, SEGUNDO C. 28003 MADRID.

7019/2008. — JOSE RAMON GONZALEZ FERNANDEZ. — CALLE LAS FUEN-TES, NÚMERO 4, TERCERO DERECHA. 28013 MADRID.

7021/2008. — M.a ANGELES PALACIOS PULIDO. — CALLE BOLIVIA, NÚME-RO 4, PRIMERO D. 28016 MADRID.

7040/2008. — JULIA ROLDAN RODRIGUEZ. — CALLE TOLEDO, NÚMERO 105,CUARTO E. 28005 MADRID.

7090/2008. — ANASTASIA DE DIEGO RIVAS. — CALLE CHURRUCA, NÚME-RO 13, ESCALERA EXTERIOR, BAJO IZQUIERDA. 28004 MADRID.

7104/2008. — ALEJANDRA CABRERA COFRADES. — CALLE PABLO MONTE-SIONS, NÚMERO 4, PRIMERO B. 28019 MADRID.

7107/2008. — ANGEL FERNANDEZ RUIZ. — CALLE DOCTOR SANCHIS BANUS,NÚMERO 33, BAJO DERECHA. 28026 MADRID.

7148/2008. — INES FRANCISCA MAESTRO ESCARPA. — CALLE JUANA ELOR-ZA, NÚMERO 16, BAJO 1. 28230 LAS ROZAS DE MADRID.

7174/2008. — ESTHER FLORES FERNANDEZ. — CALLE JERICO, NÚMERO 14,TERCERO A. 28981 PARLA.

7225/2008. — JOSEFA PEREZ CARRIZO. — CALLE ALAGON, NÚMERO 25, SE-GUNDO A. 28042 MADRID.

7259/2008. — ALEXANDRA RUBIO FERNANDEZ. — CALLE LUIS BUÑUEL, NÚ-MERO 10, CUARTO D. 28038 MADRID.

7305/2008. — ENCARNACION BRETONES JURADO. — CALLE VILLAJIMENA,NÚMERO 8, BAJO C. 28032 MADRID.

7313/2008. — FRANCISCO JAVIER MANZANEQUE VAZQUEZ. — CALLE VI-LLALONSO, NÚMERO 19, BAJO B. 28021 MADRID.

7384/2008. — PIA GALVE BARTOLOME. — CALLE JOSE BARBASTRE, NÚME-RO 24, PRIMERO 2. 28017 MADRID.

7439/2008. — CAPILLA MARTINEZ EXPOSITO. — CALLE CASARABONELA,NÚMERO 5, TERCERO D. 28041 MADRID.

7454/2008. — CONSOLACION MINGO AMORES. — CALLE HINOJAL, NÚME-RO 2, BLOQUE 22, CUARTO B. 28037 MADRID.

7471/2008. — ISABEL GONZALEZ BARRERA. — CALLE HERCE, NÚMERO 10,ESCALERA 2, PUERTA D. 28032 MADRID.

7732/2008. — NATIVIDAD FERNANDEZ ARENAL. — AVDA. DE FATIMA, NÚ-MERO 14, ESCALERA IZQUIERDA, TERCERO J. 28047 MADRID.

7831/2008. — RAIMUNDO GARCIA GOMEZ. — CALLE ITALIA, NÚMERO 27,TERCERO C. 28943 FUENLABRADA.

7898/2008. — ISABEL ROJAS MARTINEZ. — CALLE ALBINO FERNANDEZ LA-ZARO, NÚMERO 31, ESCALERA IZQUIERDA, CUARTO C. 28021 MADRID.

7970/2008. — LUCIANA PEREZ MATARRANZ. — CALLE CACERES, NÚME-RO 31, SEGUNDO 3. 28903 GETAFE.

7996/2008. — M.a ANGELES CASTRO MUÑOZ. — AVDA. CIUDAD DE BARCE-LONA, NÚMERO 204, SEPTIMO A. 28007 MADRID.

8043/2008. — MERCEDES DEL HOYO VALCARCEL. — CALLE DE ALCINA, NÚ-MERO 3, PRIMERO IZQUIERDA. 28039 MADRID.

8077/2008. — ANASTASIA AGUADO RODRIGUEZ. — CALLE DE DRAGON, NÚ-MERO 18, BLOQUE 1, ESCALERA 1, PRIMERO 1. 28140 FUENTE EL SAZ DE JARAMA.

8124/2008. — PEDRO MORALES ESPADA. — AVDA. DEL MEDITERRANEO, NÚ-MERO 50, ESCALERA IZQUIERDA, SEPTIMO D. 28007 MADRID.

8172/2008. — AMPARO DE PABLO VAN CONINGSLOO. — CALLE SALDAÑA,NÚMERO 24. 28013 MADRID.

8182/2008. — DOLORES GUMIEL MARTIN. — CALLE ALPEDRETE, NÚMERO 2IZQUIERDA. 28045 MADRID.

8287/2008. — PILAR MACHUCA FIGUERAS. — CALLE ALCORCON, NÚMERO 4,SEGUNDO A. 28981 PARLA.

8323/2008. — MARIA NUÑO NUÑO. — CALLE MARMOL, NÚMERO 2, ESCALE-RA I, CUARTO 1. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

8347/2008. — MARIA MATEY RIVERA. — CALLE MARTIN MACHIO, NÚME-RO 18, TERCERO IZQUIERDA. 28002 MADRID.

8350/2008. — LORENZA PEREZ ARANCE. — CALLE CASTILLEJOS, NÚME-RO 11, PRIMERO A. 28039 MADRID.

8441/2008. — JUAN MIGUEL GONZALEZ BERMEJO. — CALLE PALOMARES,NÚMERO 61, ESCALERA 1, PRIMERO CENTRO. 28021 MADRID.

8533/2008. — DOLORES ARRIAGA AGUADO. — CALLE AINSA, NÚMERO 24,CUARTO D. 28022 MADRID.

8823/2008. — MARIA ELVIRA ARIAS HERRERO. — PASEO REPUBLICA DOMI-NICANA, NÚMERO 7, ESCALERA 2, SEGUNDO D. 28983 PARLA.

9028/2008. — SUSANA VALDIVIESO DIEZ. — CALLE PARIS, NÚMERO 9, PRI-MERO C. 28938 MOSTOLES.

9053/2008. — BELEN GIL PORTOCARRERO. — CALLE CADIZ, NÚMERO 1,CUARTO A. 28821 COSLADA.

9223/2008. — DOLORES RUIZ ROMERO. — CALLE ARROYO FONTARRON, NÚ-MERO 65, TERCERO A. 28030 MADRID.

9243/2008. — FRANCISCA ARJONA VAZQUEZ. — CALLE MALAGON, NÚME-RO 2, PUERTA 205. 28033 MADRID.

9631/2008. — M.a ENCARNACION ORTIZ PALAZON. — CALLE LAS SUERTES,NÚMERO 37, BAJO. 28292 EL ESCORIAL.

9784/2008. — ADELINA NUÑEZ MANGAS. — CALLE JOSE ORTEGA Y GASSET,NÚMERO 72, SEGUNDO 2. 28006 MADRID.

10713/2008. — MIGUEL MORALES ROJAS. — CALLE ORCASUR, NÚMERO 9,TERCERO A. 28041 MADRID.

11284/2008. — JOSE ARMANDO REYERO GARCIA. — CALLE PABLO MONTE-SINO, NÚMERO 4, PRIMERO F. 28019 MADRID.

11338/2008. — MARIA DIAZ AYUSO. — CALLE VILLARDONDIEGO, NÚME-RO 8, SEGUNDO A. 28032 MADRID.

12684/2008. — FELIX LOPEZ GONZALEZ. — CALLE FERMIN CABALLERO, NÚ-MERO 91, ESCALERA 3, QUINTO K. 28034 MADRID.

15671/2008. — MARIA CARMEN SANCHEZ SANCHEZ. — CALLE MARIBLAN-CA, NÚMERO 24, PRIMERO IZQUIERDA. 28026 MADRID.

19866/2008. — MANUELA REINA NAVARRO. — CALLE HERMANOS GARCIANOBLEJAS, NÚMERO 77, BAJO 8. 28037 MADRID.

(03/16.987/09)

Consejería de Familia y Asuntos SocialesNotificación de requerimiento de documentación del expediente de

reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a lasprestaciones del sistema.

En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podidonotificar a las mismas por causas no imputables a la Administración,por el presente anuncio se notifica a los solicitantes/representantesque se relacionan a continuación el requerimiento de documenta-ción para subsanar la solicitud de documentación del procedimien-to de reconocimiento de la situación de dependencia.

En el plazo de diez días, desde el siguiente a la publicación de esteanuncio, los solicitantes/representantes deberán personarse en lasede de la Dirección General de Coordinación de la Dependencia,sita en la calle Espartinas, número 10, de Madrid, para tomar vistadel expediente instruido, con la advertencia de que, si así no lo hi-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 73

cieran, se les tendrá por desistidos de su solicitud, de acuerdo con loestablecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La Subdirectora General deCoordinación de la Dependencia, Belén Bernabéu González.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTODE DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE

DE RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓNDE DEPENDENCIA Y DEL DERECHOA LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA

Número de expediente. — Interesado. — Dirección

816/2007. — PEDRO ALVAREZ MONGIL. — CALLE PALENCIA, NÚMERO 12.28815 RIBATEJADA.

3472/2007. — GUILLERMO VELASQUEZ CALLE. — CALLE DE LAPONIA, NÚ-MERO 27, TERCERO A. 28030 MADRID.

8329/2007. — GUILLERMO TORRES JIMENEZ. — CALLE RIO EBRO, NÚME-RO 17, SEGUNDO D. 28981 PARLA.

9280/2007. — M.a DEL CARMEN NAVA REDONDO. — CALLE HACIENDA DEPAVONES, NÚMERO 140, CUARTO B. 28030 MADRID.

10788/2007. — CATALINA LOPEZ ORTEGA. — CALLE BERASTEGUI, NÚME-RO 48, PRIMERO C. 28017 MADRID.

11769/2007. — LUIS FRANCISCO FERNANDEZ SAINZ. — CALLE HERMANOSMACHADO, NÚMERO 5-7, BLOQUE 6, PRIMERO D. 28660 BOADILLA DEL MONTE.

14055/2007. — PILAR NAVARRO INFANTES. — CALLE ALAJATE, NÚMERO 9,PRIMERO D. 28041 MADRID.

15012/2007. — MILAGROS RODRIGUEZ PASCUAL. — CALLE REAL, NÚME-RO 10, BAJO D. 28340 VALDEMORO.

16242/2007. — EVA Mª RAMIREZ MONTERO. — AVENIDA CARMEN MARTINGAITE, BLOQUE 55, ESCALERA 3, SEGUNDO D. 28919 LEGANES.

14983/2008. — JUANA TEJERO ALDEA. — CALLE ANGEL GONZALEZ TEJE-DOR, NÚMERO 7, SEGUNDO DERECHA. 28017 MADRID.

16663/2008. — ANGEL ESPINOSA RUBIO. — PLAZA PARQUE BLANCO, NÚME-RO 18, ESCALERA D, SEGUNDO C. 28100 ALCOBENDAS.

17777/2008. — PEDRO ANTONIO ALVARO MARTIN. — CALLE MEJICO, NÚME-RO 23, OCTAVO A. 28823 COSLADA.

19747/2008. — MONICA DOMINGUEZ RODRIGUEZ. — CALLE MARIA SEVILLADIAGO, NÚMERO 5, SEGUNDO D. 28017 MADRID.

20888/2008. — JULIO NIETO LUCIO. — PLAZA DE LAVAPIES, NÚMERO 6, ES-CALERA 2, CUARTO ID. 28012 MADRID.

20989/2008. — PEDRO FRESNO ALVAREZ. — CALLE LOBERA 13, BLOQUE 4,BAJO C. 28723 PEDREZUELA.

21601/2008. — MANUEL SANCHEZ DEL POZO. — CALLE CUEVAS BAJAS, NÚ-MERO 20. 28550 TIELMES.

22020/2008. — CRISTINA PITARCH JORGE. — CAMPO TEJAR 13, BLOQUE 13,ESCALERA 1, PRIMERO D. 28041 MADRID.

22180/2008. — MANUELA CAÑO IZQUIERDO. — CALLE VIRGEN DE LOURDES,NÚMERO 24, QUINTO 1. 28027 MADRID.

22437/2008. — SALOME FLORES VILCHES. — CALLE ESTAFETA, NÚMERO 6,SEXTO C. 28041 MADRID.

22617/2008. — LUIS JOAQUIN DIAZ SANCHEZ. — CALLE JUAN DE JUANES,NÚMERO 8, ESCALERA IZQUIERDA, SEGUNDO C. 28933 MOSTOLES.

22700/2008. — MARIA GONZALO RUIZ. — CALLE SAN BERNABE, NÚMERO 22,PRIMERO B. 28005 MADRID.

22732/2008. — JUAN CARLOS ACEBES CACHAFEIRO. — URB. LOS ARROYOS,NÚMERO 173. 28280 EL ESCORIAL.

22764/2008. — ZVEZDANA RAMUSOVIC. — CALLE DE LA VIA, NÚMERO 8,PRIMERO D. 28019 MADRID.

23365/2008. — VALENTIN GANCEDO DOMINGUEZ. — CALLE HERBOLARIOS,NÚMERO 10, PRIMERO IZQUIERDA. 28037 MADRID.

24021/2008. — FELIX MATE ACEVES. — CALLE FUENTES, NÚMERO 12, BAJODERECHA. 28013 MADRID.

24171/2008. — HIGINIA PACHON MARIN. — CALLE PANTANO, NÚMERO 9.28607 EL ALAMO.

24343/2008. — HERMENEGILDA CASAS MARTIN. — PASEO ESTORIL, NÚME-RO 14, PRIMERO D. 28943 FUENLABRADA.

24353/2008. — VITALIS UCHECHUKWU UMEGBOLU. — CALLE SEVILLA, NÚ-MERO 27, SEGUNDO C. — 28941 FUENLABRADA.

24412/2008. — EDUARDO NAVARRETE DIAZ. — CALLE TOMILLO, NÚMERO 7,BLOQUE 10, PRIMERO D. — 28450 COLLADO MEDIANO.

24562/2008. — SALVADOR NEVADO ESCOBAR. — CALLE CANOA, NÚMERO 9,ESCALERA 2, BAJO D. 28500 ARGANDA DEL REY.

24617/2008. — FELICITAS GARCIA BLANCO. — CALLE MAR MENOR, NÚME-RO 28, CUARTO A. 28033 MADRID.

24618/2008. — TERESA MUÑOZ MARTIN. — CALLE AVE MARIA, NÚMERO 43,PRIMERO A. 28012 MADRID.

24908/2008. — LUIS MARTOS ARJONA. — CALLE ARROYO DEL OLIVAR, NÚ-MERO 72, TERCERO IZQUIERDA. 28018 MADRID.

24980/2008. — DIGNA OTERO GARCIA. — CARRETERA DE CANILLAS, NÚME-RO 76, SEPTIMO D. 28043 MADRID.

25211/2008. — MANUEL FERNANDEZ NORIEGA. — TRAVESIA FELIPE DE DIE-GO, NÚMERO 27, TERCERO B. 28018 MADRID.

25246/2008. — JUAN JOSE CALONGE VALERO. — CALLE FERNAN GONZALEZ,NÚMERO 12, TERCERO. 28009 MADRID.

25413/2008. — AURORA RODRIGUEZ VILLEGAS. — CALLE BRETON DE LOSHERREROS, NÚMERO 3, QUINTO E. 28003 MADRID.

25595/2008. — ANTONIO MONTECINO MONTECINO. — CALLE LONGARES,NÚMERO 32, QUINTO A. 28022 MADRID.

25726/2008. — LUISA MATEOS DIEZ. — CALLE TERESITA GONZALEZ DE QUE-VEDO, NÚMERO 13, BAJO B. 28020 MADRID.

25916/2008. — EMILIANO GARCIA VIGIL. — CALLE CANARIAS, NÚMERO 74,CUARTO A. 28045 MADRID.

25982/2008. — MARTIN OSWALDO SORALUZ CHONG. — CALLE ROCAFORT,NÚMERO 50, SEGUNDO IZQUIERDA. 28021 MADRID.

25990/2008. — FRANCISCO ANTON CORDON. — PLAZA CONDESA DE GAVIA,NÚMERO 1, TERCERO C. 28020 MADRID.

26040/2008. — ROSARIO OTERO SANCASIANO. — CALLE CIUDAD REAL, NÚ-MERO 3, CUARTO A. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

26041/2008. — ROSARIO OTERO SANCASIANO. — CALLE CIUDAD REAL, NÚ-MERO 3, CUARTO A. 28850 TORREJON DE ARDOZ.

26128/2008. — CLARA ISABEL RODRIGUEZ FERNANDEZ. — CALLE ALFON-SO XIII, NÚMERO 24, SEGUNDO B. 28982 PARLA.

26213/2008. — CLARA ISABEL RODRIGUEZ FERNANDEZ. — CALLE ALFON-SO XIII, NÚMERO 24, SEGUNDO B. 28982 PARLA.

26284/2008. — FELISA PEÑA MORO. — CALLE SAN MARCELO, NÚMERO 22,CUARTO B. 28017 MADRID.

26396/2008. — CONCEPCION GINES MARTINEZ. — CALLE RIO JORDAN, NÚ-MERO 9, PRIMERO C. 28981 PARLA.

26700/2008. — ANTONIA ARANDA BARAJAS. — CALLE MIRALMONTE, NÚ-MERO 1, BAJO IZQUIERDA. 28200 SAN LORENZO DE EL ESCORIAL.

26731/2008. — PILAR UCEDA GAMELLA. — CALLE RIO GUADIANA, NÚME-RO 16, SEGUNDO C. 28913 LEGANES.

(03/16.983/09)

Consejería de Familia y Asuntos SocialesNotificación de aviso de caducidad del expediente de reconocimien-

to de la situación de dependencia y del derecho a las prestacionesdel sistema.

En cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podidonotificar a las mismas por causas no imputables a la Administración,por el presente anuncio se notifica a los solicitantes/representantesque se relacionan a continuación el aviso de caducidad del expedien-te de reconocimiento de la situación de dependencia.

Los solicitantes/representantes deberán personarse en la sede dela Dirección General de Coordinación de la Dependencia, sita en lacalle Espartinas, número 10, de Madrid, para tomar vista del expe-diente instruido, con la advertencia de que, si así no lo hicieran,transcurridos tres meses desde la publicación de este anuncio, seproducirá la caducidad del procedimiento, de acuerdo con lo esta-blecido en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

Madrid, a 4 mayo de 2009.—La Subdirectora General de Coordi-nación de la Dependencia, Belén Bernabéu González.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE AVISO DE CADUCIDADDEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO

DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL DERECHOA LAS PRESTACIONES DEL SISTEMA

Número de expediente. — Interesado. — Dirección

175/2007. — BEATRIZ MAESTRE SANCHEZ. — CALLE SEBASTIAN MUÑOZ,NUMERO 31, TERCERO IZQUIERDA. 28600 NAVALCARNERO.

2352/2007. — JUANA GALLEGO LOPEZ. — AVENIDA ESPAÑA, NUMERO 9,CUARTO D. 28903 GETAFE.

3846/2007. — ANTONIA DOMINGUEZ MARQUEZ. — CALLE RAMON SAINZ,NUMERO 23, SEGUNDO IZQUIERDA. 28025 MADRID.

6466/2007. — ISABEL MIRAT CRESPO. — CALLE NUESTRA SEÑORA ESPE-RANZA, NUMERO 6, CUARTO D. 28911 LEGANES.

7231/2007. — PILAR GARCIA PASERO. — CALLE ANICETO GAITAN, NUMERO21, BAJO. 28607 EL ALAMO.

7972/2007. — PILAR CONDE CONDE. — CALLE BARLOVENTO, NUMERO 4.28223 POZUELO DE ALARCON.

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8515/2007. — MARGARITA MARTINEZ RUIZ. — CALLE PABLO CASAL, NUME-RO 37, SEGUNDO D. 28980 PARLA.

8680/2007. — FRANCISCO ACEÑA GARCIA. — CALLE PINTOR SOROLLA, NU-MERO 3. 28400 COLLADO VILLALBA.

12245/2007. — NICOLASA MEJIAS ESPINOSA. — CALLE ALONDRA, NUME-RO 3, PRIMERO A. 28904 GETAFE.

12805/2007. — LUIS DELGADO MARTINEZ. — CALLE SAN PEDRO Y SAN PA-BLO, NUMERO 2, CUARTO A. 28821 COSLADA.

13169/2007. — CARLOS BERMEJO GARCIA. — CALLE ENRIQUE FUENTES, NU-MERO 27, TERCERO C. 28026 MADRID.

13214/2007. — MARIA LAZARO SERRANO. — CALLE ALONSO DE MENDOZA,NUMERO 6, PRIMERO B. 28904 GETAFE.

13725/2007. — J. ANGEL RODRIGUEZ GOMEZ-CARO. — CALLE LOS OLMOS,NUMERO 42, PRIMERO C. 28300 ARANJUEZ.

14117/2007. — CARMEN PORRAS SANCHEZ. — CALLE GUMERSINDO AZCA-RATE, NUMERO 11, PRIMERO IZQUIERDA. 28026 MADRID.

14278/2007. — RICARDO SANTACRUZ MUÑOZ. — CALLE AUTOGIRO, NUME-RO 14, BAJO IZQUIERDA. 28042 MADRID.

14630/2007. — Mª AZUCENA RAMIREZ GABARRE. — CALLE ALHELI, NUME-RO 2, SEGUNDO C I. 28903 GETAFE (MARGARITAS).

15368/2007. — GABINO LA PUENTE RUIZ. — CALLE RIAZOR, NUMERO 11,TERCERO B. 28942 FUENLABRADA.

15883/2007. — JULIA DE LEON GARRIDO. — CALLE CAMARENA, NUME-RO 110, DECIMOTERCERO B. 28047 MADRID.

16245/2007. — SEBASTIAN JIMENEZ SANCHEZ. — CALLE ZORZALES, NUME-RO 13, TERCERO C. 28300 ARANJUEZ .

306/2008. — FLOR CORTES POZO. — CALLE SALAS DE BARBADILLO, NUME-RO 12, CUARTO B. 28017 MADRID.

550/2008. — MARIA PILAR SANJUANES RUIZ. — CALLE NUESTRA SEÑORADE LORETO, NUMERO 12, PRIMERO A. 28905 GETAFE.

746/2008. — LUIS MIGUEL ALBALAT RODRIGUEZ. — CALLE AVILA, NUME-RO 32, CUARTO C. 28937 MOSTOLES.

916/2008. — LUIS MIGUEL GARCIA BRAVO. — CALLE SIERRA DE ATAPUER-CA, NUMERO 31, BLOQUE D, CUARTO B. 28050 MADRID.

971/2008. — FRANCISCA TRUJILLA BALLESTEROS. — CALLE BELGICA, NU-MERO 5, CUARTO A. 28907 GETAFE.

1078/2008. — PABLO GONZALEZ DE PABLO. — CALLE AZCOITIA, NUME-RO 58, PRIMERO C. 28044 MADRID.

1360/2008. — GREGORIO GONZALEZ FERNANDEZ. — CALLE VICEDO, NUME-RO 4, PRIMERO A. 28925 ALCORCON.

1894/2008. — FULGENCIO LOPEZ ESCUDERO. — CALLE FEDERICO MORENOTORREBO, NUMERO 12. 28990 TORREJON DE VELASCO.

2188/2008. — CARMEN ROSA CARVAJAL CARO. — CALLE ALAVA, NUME-RO 10, CUARTO D. 28940 FUENLABRADA.

2397/2008. — FRANCISCA AMORES MUÑOZ. — CALLE AGUSTINA DE ARA-GON, NUMERO 18, BLOQUE 8, BAJO A. 28903 GETAFE.

2966/2008. — LUISA BLANCA PATIÑO NUÑEZ. — CALLE MARTIN DE LOS HE-ROS, NUMERO 30, PRIMERO DERECHA. 28008 MADRID.

3294/2008. — EMILIO CABRERA QUINTANA. — CALLE ALPUJARRAS, NUME-RO 23, SEPTIMO C. 28915 LEGANES.

3691/2008. — PILAR ENCINAS GUADAÑO. — CALLE SANTA INFANCIA, NU-MERO 5, BAJO 4. 28011 MADRID.

4366/2008. — DOMENICO SALVATORE FORTUNA. — CALLE SAN MARCELO,NUMERO 26, SEGUNDO E. 28017 MADRID.

4379/2008. — MARIA DE LA SOLEDAD TAGLE PUENTE. — CALLE MARQUESADE SILVELA, NUMERO 3, BAJO D. 28026 MADRID.

4809/2008. — FRANCISCA CABALLERO CARRASCO. — CALLE GUZMAN ELBUENO, NUMERO 7, SEMISOTANO, EXTERIOR DERECHA. 28015 MADRID.

5140/2008. — MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ BLANCO. — CALLE DOS DEMAYO, NUMERO 22, BAJO B. 28100 ALCOBENDAS.

5210/2008. — AVELINA PEREIRA ESTEVES. — CALLE GAZTAMBIDE, NUME-RO 69, SEXTO B. 28015 MADRID.

5389/2008. — BENILDA SUSANNA HERRERA. — CALLE RAMON FORT, NUME-RO 16, PRIMERO B. 28033 MADRID .

5665/2008. — INMACULADA GARCIA CUESTA. — CALLE CESAR GONZALEZRUANO, NUMERO 9, CUARTO C. 28027 MADRID.

5727/2008. — JUANA ANGULO VILLARROEL. — AVENIDA BETANZOS, NUME-RO 6, DECIMO 4. 28035 MADRID.

6097/2008. — ADORACION HERRANZ BENITO. — CALLE SANTA CRUZ DEMARCENADO, NUMERO 32, PRIMERO A. 28015 MADRID.

6606/2008. — ROBERTO OCHOA CARRILLO. — CALLE SAN HERMENEGILDO,NUMERO 20, TERCERO D. 28015 MADRID.

6975/2008. — CONCEPCION GONZALEZ FRANCES. — CALLE OLIVAR, NUME-RO 54, TERCERO IZQUIERDA. 28012 MADRID.

6993/2008. — JUANA JIMENEZ BARRIOS. — CALLE VELEZ MALAGA, NUME-RO 6, PRIMERO IZQUIERDA. 28018 MADRID.

7070/2008. — GEMA NIETO NUÑEZ. — AVENIDA SOTO PALACIOS, NUMERO 2,CUARTO A. 28034 MADRID.

7106/2008. — ANTONIO FRUTOS CARO. — CALLE DEPORTISTAS 24, PRIMEROIZQUIERDA. 28037 MADRID.

7231/2008. — LUISA CASADO EGIDO. — CALLE SANTA CRUZ DE MUDELA,NUMERO 13, PRIMERO C. 28026 MADRID.

7239/2008. — EUGENIA GARCIA JIMENEZ. — CALLE GUETARIA, NUMERO 88,SEPTIMO B. 28041 MADRID.

7252/2008. — MANUELA FERNANDEZ ARROYO. — AVENIDA DAROCA, NU-MERO 61, BAJO B. 28017 MADRID.

7481/2008. — FRANCISCO RUIZ LOPEZ. — CALLE FRANCISCO REQUENA, NU-MERO 19, PRIMERO C. 28017 MADRID.

7551/2008. — FERNANDA LORENTE REDONDO. — CALLE VALDEHONDILLO,NUMERO 5, TERCERO A. 28944 FUENLABRADA.

7576/2008. — INOCENCIO LAZARO MARTIN. — CALLE RIO SEGURA,NÚEMRO 29, BAJO. 28935 MOSTOLES.

7734/2008. — TOMASA GONZALEZ LORENZO. — CALLE MONFORTE DE LE-MOS, NUMERO 153, QUINTO 4. 28029 MADRID.

7893/2008. — SEBASTIAN CAÑADA ESLAVA. — CALLE PALAZUELOS, NUME-RO 54, PRIMERO DERECHA. 28031 MADRID.

8186/2008. — CONSTANTINA FERNANDEZ RODRIGUEZ. — CALLE LAGO SA-LADO, NUMERO 9, BAJO 2. 28017 MADRID.

8561/2008. — EMILIANA ESTEBAÑEZ MILLAN. — CALLE JUAN SANCHEZ, NU-MERO 16, CUARTO A. 28035 MADRID.

8854/2008. — MARTA ROMAN BLASCO. — CALLE PONZANO, NUMERO 80, ES-CALERA 1, PRIMERO 1. 28003 MADRID.

9560/2008. — MARIA CARMEN GARCIA HERANZ. — CALLE ALCALDE SAINZDE BARANDA, NUMERO 7, PRIMERO C. 28009 MADRID.

9763/2008. — CONSUELO ARREBOLA MOLINA. — CALLE CAVANILLES, NU-MERO 16, SEPTIMO DERECHA. 28007 MADRID.

11002/2008. — EMILIANO LOZANO SANCHEZ. — CALLE CANCION DEL OLVI-DO, NUMERO 45, BAJO D. 28041 MADRID.

11114/2008. — ANGELES JUEZ GONZALO. — CALLE BOHEMIOS, NUMERO 11,SEXTO A. 28041 MADRID.

11527/2008. — LEONOR ALBENDEA GUADALAJARA. — CALLE LAGO CALA-FATE, NUMERO 11, SEGUNDO A. 28018 MADRID.

12076/2008. — FELISA HERNANDEZ CARRASCO. — CALLE LUCHANA 18,CUARTO B. 28010 MADRID.

12153/2008. — AURORA GIL PEREZ. — CALLE SOCORRO, NUMERO 7, PRIME-RO B. 28032 MADRID.

12403/2008. — MILAGROS DIVIU ROCHE. — CALLE AMPARO, NUMERO 88.28012 MADRID.

12553/2008. — VICTOR YLERA MARTIN. — CALLE SAGRADOS CORAZONES,NUMERO 1, SEGUNDO 3. 28011 MADRID.

12590/2008. — ANTONIO BAENA SAN EUFRASIO. — CALLE SAN CLAUDIO,NUMERO 124, PRIMERO B. 28038 MADRID.

12811/2008. — MANUEL CORONEL MONTES. — CALLE HOJALATERIA, NUME-RO 8, PRIMERO IZQUIERDA. 28037 MADRID.

12835/2008. — ISABEL URETA DIEZMA. — CALLE BRUNETE, NUMERO 3, BLO-QUE PB. 28048 MADRID.

13407/2008. — FLORENCIA CARPINTERO. — CALLE CONDE DE ELETA, NU-MERO 9, PRIMERO C. 28025 MADRID.

13660/2008. — MARIO BECEDAS MARTIN. — CALLE SAGRADOS CORAZONES,NUMERO 11, BLOQUE 2 A. 28011 MADRID.

14082/2008. — MARIA PICAZO PUERTA. — CALLE MAESTRO VICTORIA, NU-MERO 1, SEXTO D. 28923 ALCORCON.

14103/2008. — SOLEDAD GARCIA DE LAS MORAS. — CALLE DE LOS BA-RRIOS, NUMERO 24, SEGUNDO A. 28053 MADRID.

14938/2008. — ANTONIO MUÑOZ BRAVO. — CALLE JOSE MARTINEZ DE VE-LASCO, NUMERO 22, TERCERO 103. 28007 MADRID.

15336/2008. — MARCIANA ALEGRE MUELAS. — CALLE ARAGON, NUME-RO 19, PRIMERO D. 28320 PINTO.

15009/2008. — VICENTE NORTES GARCIA. — CALLE AYLLON, NUMERO 3,SEPTIMO B. 28024 MADRID.

15337/2008. — MARCIANA ALEGRE MUELAS. — CALLE ARAGON, NUME-RO 19, PRIMERO D. 28320 PINTO.

15589/2008. — CARMEN MESA OCHOA. — CALLE LENCEROS, NUMERO 4,TERCERO I. 28037 MADRID.

15607/2008. — M.a CARMEN ROMERO GUTIERREZ. — CALLE HERMANOSGARCIA NOBLEJAS, NUMERO 123, NOVENO C. 28037 MADRID.

16213/0008. — JOSE ANTONIO ORTIZ TAPIA. — CALLE FRANCISCO REMIRO,NUMERO 8, SEGUNDO B. 28028 MADRID.

16577/2008. — IRENE ALVAREZ FUERTES. — CALLE HERMOSILLA, NUME-RO 84, QUINTO F. 28001 MADRID.

17064/2008. — MARCA IMEDIO CAMACHO. — CALLE DE LOS JESUITAS, NU-MERO 53, TERCERO B. 28011 MADRID.

17066/2008. — ANTOLINA DIAZ LOPEZ. — CALLE HUERTA DE CASTAÑEDA,NUMERO 23, PRIMERO 2. 28011 MADRID.

17408/2008. — MERCEDES FERNANDEZ TORIL. — CALLE FRANCIA, NUME-RO 40, TERCERO 1. 28941 FUENLABRADA.

17979/2008. — DOLORES DURAN DEL LLANO. — CALLE DE ATOCHA, NUME-RO 16, CUARTO A. 28012 MADRID.

18316/2008. — M.a LUISA SERRANO DEL SAZ. — CALLE GRANADA, NUME-RO 12, SEGUNDO IZQUIERDA. 28007 MADRID.

18780/2008. — HELI CASTILLO CASTILLO. — CALLE VILLOSLADA, NUME-RO 5, SEGUNDO A. 28005 MADRID.

19492/2008. — FRANCISCA HUMANES HERNANDEZ. — CALLE ENCOMIENDA,NUMERO 18, PRIMERO D. 28012 MADRID.

19619/2008. — JULIA ZAMORA ESCRIBESE. — CALLE MARQUES DE CORBE-RA, NUMERO 48, NOVENO B. 28017 MADRID.

19583/2008. — PAULA SANCHEZ-MIRANDA NAJERA. — CALLE MALAGA, NU-MERO 4, BAJO A. 28940 FUENLABRADA.

20055/2008. — VALENTIN BAÑOS PLAZA. — CALLE ANTONIO LOPEZ 42, SE-GUNDO D. 28019 MADRID.

20084/2008. — PERFECTA GARCIA SIRVENT. — CALLE VICENTE FERRER, NU-MERO 74, PRIMERO D. 28015 MADRID.

20900/2008. — ALEJANDRA DE MIER GARCIA. — CALLE ARROYO DEL OLI-VAR, NUMERO 28, BAJO DERECHA. 28018 MADRID.

20919/2008. — OLEGARIA ROSA GARCIA MUÑOZ. — CALLE LA ALBERICIA,NUMERO 24, PRIMERO A. 28037 MADRID.

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 138 Pág. 75

20937/2008. — VICENTA SIERRA RODRIGUEZ. — CALLE SAN HERCULANO,NUMERO 6, PRIMERO D. 28022 MADRID.

21059/2008. — YAISMARY BOTET HERNANDEZ. — CALLE PUERTO SERRANO,NUMERO 9, PRIMERO A. 28045 MADRID.

21291/2008. — JOSE LUIS MIGUEL IGLESIAS. — CALLE MARMOL, NUMERO 3,ESCALERA 2, SEXTO B. 28005 MADRID.

21318/2008. — VICENTE LAYNA DE LA TORRE. — AVENIDA DEL MEDITE-RRANEO, NUMERO 37, SEPTIMO D. 28007 MADRID.

21330/2008. — CASIANO CAMPOS ARINCON. — CALLE LOS ANDALUCES DELPOZO, NUMERO 16, BAJO B. 28053 MADRID.

21485/2008. — SEVERINA PEREZ PALOMAR. — RESIDENCIA NAVASOL. RON-DA DE SAN JUAN, NUMERO 11. 28600 NAVALCARNERO.

22887/2008. — PILAR AMERICA LODEIRO ALVAREZ. — CALLE PIZARRO, NU-MERO 14, BLOQUE 4, ES. 6. 28004 MADRID.

23779/2008. — GLORIA GARCIA HERRERA. — CALLE CALAHORRA, NUME-RO 23, TERCERO A. 28032 MADRID.

23869/2008. — MARGARITA MARTIN GUTIERREZ. — CALLE AZCOITIA, NU-MERO 48, SEGUNDO B. 28044 MADRID.

24137/2008. — ANTONIA ROJAS MACEDO. — CALLE FUENTE DEL BERRO, NU-MERO 37, TERCERO A. 28009 MADRID.

24506/2008. — CARMEN DOMENECH SERRANO. — CALLE CUATROVIENTOS,NUMERO 1, BAJO C. 28940 FUENLABRADA.

24749/2008. — FLOR MARIA AREVALO GONZALEZ. — CALLE CLARA DELREY, NUMERO 3, PRIMERO D. 28002 MADRID.

24756/2008. — LAUREANO PIZARRO RODRIGUEZ. — CALLE VILLALOBOS,NUMERO 111, TERCERO B. 28018 MADRID.

25508/2008. — PRIMITIVA ABAD RAMOS. — CALLE BAENA, NUMERO 5, TER-CERO D. 28011 MADRID.

1275/2009. — ELOISA MUÑOZ GAMARRA. — CALLE CARLOS V, NUMERO 8,TERCERO A. 28982 PARLA.

(03/16.981/09)

Consejería de Familia y Asuntos Sociales

ORGANISMO AUTÓNOMO SERVICIO REGIONALDE BIENESTAR SOCIAL

Resolución de 20 de abril de 2009, del Gerente, por la que se hacepública notificación de la Resolución por la que se declara resuel-to el contrato administrativo de Servicio de cafetería-comedor enel Centro de Mayores “Real Sitio de Aranjuez”.

El Gerente del Servicio Regional de Bienestar Social ha dictadoResolución declarando resuelto el contrato administrativo de servi-cios denominado: Servicio de cafetería-comedor en el Centro deMayores “Real Sitio de Aranjuez”. La notificación al interesado seha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida enel artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por cau-sas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.4 delmismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha noti-ficación de la Resolución citada. Asimismo, se informa al interesa-do de que también se ha efectuado la publicación en el Tablón deEdictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Habiendo recibido escrito presentado por don Manuel SánchezRamos, adjudicatario del servicio de cafetería-comedor en el Centrode Mayores “Real Sitio de Aranjuez”, y en base a los siguientes:

HECHOS

Primero

El 27 de abril de 2004 se formalizó contrato administrativo deServicio de cafetería-comedor en el Centro de Mayores “Real Sitiode Aranjuez”, entre el Gerente del Servicio Regional de BienestarSocial y don Manuel Sánchez Ramos, con un plazo de ejecucióndesde el día siguiente a la formalización del contrato hasta el 31 dediciembre de 2005.

Segundo

El 21 de noviembre de 2005 el Gerente del Servicio Regional de Bie-nestar Social aprobó la prórroga del contrato citado desde el 1 de enerohasta el 31 de diciembre de 2006, formalizándose la misma el 20 de di-ciembre de 2005.

Tercero

El 27 de junio de 2006 don Manuel Sánchez Ramos notifica a laDirección del Centro que dejará de prestar el servicio de cafetería-comedor citado, por motivos económicos, permaneciendo cerrado apartir del día 13 de julio.

Cuarto

Por Resolución del Gerente del Servicio Regional de BienestarSocial de fecha 28 de octubre de 2008, se inicia la resolución delcontrato.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La cláusula tercera del contrato Servicio de cafetería-comedor enel Centro de Mayores “Real Sitio de Aranjuez” establece que “el pla-zo de ejecución será desde el día siguiente a la formalización del con-trato hasta el 31 de diciembre de 2005. En caso de incumplimientodel plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por laresolución del contrato o por la imposición de las penalidades previs-tas en el pliego de cláusulas administrativas particulares...”.

Segundo

El pliego de cláusulas administrativas particulares en las cláusu-las vigésima tercera y siguiente regula la posibilidad de prórroga delcontrato con las limitaciones establecidas en el artículo 198 de laLey de Contratos de las Administraciones Públicas y obliga al con-tratista a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la rea-lización del mismo.

Tercero

El artículo 111 de la Ley de Contratos de las AdministracionesPúblicas (LCAP) enumera, entre otras, como causas de resolucióndel contrato:

— El incumplimiento de las restantes obligaciones contractua-les esenciales,

— y aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.

Cuarto

El artículo 113 de la LCAP establece que “cuando el contrato seresuelva por incumplimiento culpable del contratista le será incau-tada la garantía y deberá, además, indemnizar a la Administraciónlos daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe dela garantía incautada”; no siendo, en este caso necesaria la indemni-zación, ya que la garantía responde suficientemente de los daños yperjuicios ocasionados

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las dis-posiciones vigentes, y previo informe de la Asesoría Jurídica y de laIntervención Delegada,

RESUELVO

Primero

Resolver el contrato Servicio de cafetería-comedor en el Centrode Mayores “Real Sitio de Aranjuez”, suscrito con don Manuel Sán-chez Ramos el día 27 de abril de 2004, a tenor del artículo 111.c) dela Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Segundo

Autorizar la incautación de la garantía definitiva por importede 1.200 euros depositada en la Tesorería de la Comunidad de Ma-drid, según Resguardo de Garantía en Efectivo, Mod. 550, número200455003014R, de fecha 27 de abril de 2004. Todo ello de acuer-do con lo dispuesto en los puntos 4 y 5 del artículo 113 de la LCAP.

La Resolución objeto de la presente notificación pone fin a la víaadministrativa y contra la misma podrá interponer, en el plazo dedos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esteescrito, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de loContencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de ello podrá,potestativamente, interponer en el plazo de un mes recurso de repo-sición ante el mismo órgano que ha dictado la Resolución que se no-

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VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009Pág. 76 B.O.C.M. Núm. 138

tifica, conforme a lo que establecen los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, o ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Hágase publico para general conocimiento.Madrid, a 20 de abril de 2009.—El Gerente del Servicio Regional

de Bienestar Social, Américo Puente Berenguer.(03/17.467/09)

Consejería de Empleo y MujerResolución de 13 de mayo de 2009, por la que se hace pública la ad-

judicación provisional del contrato de servicios denominado“Evaluación del Plan de Acción Integral contra la Violencia deGénero de la Comunidad de Madrid (2005-2008)”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Empleo y Mujer.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

y Estudios.c) Número de expediente: 18-AT-27.3/2009 (05/2009).2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Servicios.b) Descripción del objeto: Evaluación externa del Plan Integral

contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid(2005-2008), que refleje un análisis cualitativo y cuantitativodel grado de cumplimiento de cada una de las medidas y susindicadores, así como los objetivos propuestos, tanto genera-les como específicos, dentro de las cuatro áreas de actuación,estableciendo los puntos de mejora y áreas de continuaciónen los recursos existentes para dar respuesta a las diversasmanifestaciones de este tipo de violencia, realizando reco-mendaciones y propuestas que permitan introducir las correc-ciones en su caso necesarias.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Negociado sin publicidad.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 60.320 euros.5. Adjudicación provisional:a) Fecha: 13 de mayo de 2009.b) Contratista: “Telecyl, Sociedad Anónima”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación provisional: 55.978,89 euros.

Hágase público para su general conocimiento.Madrid, a 13 de mayo de 2009.—La Secretaria General Técnica de

la Consejería de Empleo y Mujer, Rosario Jiménez Santiago.(03/18.522/09)

Consejería de Empleo y MujerComunicación de resolución de recursos RA 1570/03, RA 1310/06,

RA 1426/06, RA 1439/06 y RA 216/07.

Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones en el domici-lio de los destinatarios de las Órdenes resolutorias de los recursos in-terpuestos, que se relacionan a continuación, se procede a su publi-cación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común; en concor-dancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo texto legal. A talefecto, el contenido íntegro de las Órdenes que se notifican podrá serexaminado, en el plazo de diez días en el Área de Recursos de laConsejería de Empleo y Mujer, sito en la calle San Hortensia, núme-ro 30, primera planta, de lunes a viernes, y de nueve a catorce horas.

“Rafael, Ezequiela, Daniel, Red, Sociedad Limitada”, expedientenúmero 299/03, RA 1570/03, Orden 688/2009, de 1 de abril, por laque se resuelve el recurso interpuesto contra la Resolución de 25 deagosto de 2003 de la Dirección General de Trabajo.

“Eiris, Sociedad Anónima”, expediente número 1551/05,RA 1310/06, Orden 539/2009, de 23 de marzo, por la que se resuelveel recurso interpuesto contra la Resolución de 12 de enero de 2006,de la Dirección General de Trabajo.

“Técnicas Constructivas de Vanguardia, Sociedad Limitada”,expediente número 5601/05, RA 1426/06, Orden 694/2009, de 1 deabril, por la que se resuelve el recurso interpuesto contra la Resolu-ción de 27 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo.

“Conservación y Mantenimiento de Madera, Sociedad Limitada”,expediente número 4373/05, RA 1439/06, Orden 695/2009, de 1 deabril, por la que se resuelve el recurso interpuesto contra la Resoluciónde 28 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo.

“Constr. RS, Sociedad Cooperativa”, expediente número 2053/06,RA 216/07, Orden 347/2008, de 14 de febrero, por la que se resuelveel recurso interpuesto contra la Resolución de 16 de enero de 2007,de la Dirección General de Trabajo.

Madrid, a 13 de mayo de 2009.—La Subdirectora General deRecursos y Régimen Jurídico, Ana Castro Pichardo.

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