I.- DISPOSICIONES GENERALES · Usuarios de la Marca Castilla-La Mancha. [2020/5917] La Ley 8/1999,...

33
I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Economía, Empresas y Empleo Decreto 46/2020, de 18 de agosto, por el que se regula el derecho de uso y se crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca Castilla-La Mancha. [2020/5917] La Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, tiene por objeto regular, en el ejercicio de la competencia exclusiva que sobre la materia tiene la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, entre otras, la promoción y el fomento del turismo en su ámbito territorial. Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Man- cha en la consecución del objeto de esta Ley, persigue potenciar y consolidar la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha como uno de los principales destinos turísticos de interior, y mejorar la posición competitiva del sector turístico regional, como fines específicos; incluyendo, como medida concreta de mejora de la competitividad del sector, la mejora de la imagen turística de Castilla-La Mancha. Presente lo anterior, el artículo 14.i) del Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, determina que la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía ejercerá, entre otras funciones, la relativa a la creación y promo- ción de marcas turísticas y artesanales de Castilla-La Mancha y sus cinco provincias, concediendo especial atención a su calidad y autenticidad. Bajo esta premisa, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha creado la Marca “Castilla-La Mancha”, como mar- ca colectiva, con el fin de promocionar los productos, entidades y actividades de la región, que conforman nuestra propia identidad, además de difundir los valores universales de justicia, libertad y solidaridad, que la propia Marca simboliza. Actualmente, se encuentra disponible el Manual de Uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, en el portal web del Gobierno de Castilla-La Mancha, donde se incluyen las características técnicas y gráficas a las que deberá ajustarse su repro- ducción. Teniendo en cuenta el carácter limitado de este Manual, relativo solo al uso gráfico de la Marca, resulta necesario completar el régimen aplicable a la misma, para lo cual la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través del presente decreto, viene a regular el derecho de uso de la mencionada marca. Podrán ser usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha” las personas físicas o jurídicas privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar conforme al ordenamiento jurídico español, y desarrollen una actividad económica en el territorio de la región, así como las entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica alguna, siempre y cuando tengan su domicilio social radicado en el territorio de Castilla-La Mancha. Asimismo, y con la finalidad de mantener actualizada una referencia de las distintas personas y entidades respecto de las cuales se concede el derecho a usar la Marca “Castilla-La Mancha”, se procede a crear un registro regional de usua- rios de la misma, en donde se recogerá, con las debidas garantías, la información relativa a su actividad, así como la de los productos y servicios para cuyo uso está permitida. La Disposición Final Tercera de la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, auto- riza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la misma, mandato que se acomoda a lo dispuesto en el artículo 37.1.c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, en cuanto atribuye al Consejo de Gobierno el ejercicio de la potestad reglamentaria mediante decreto. En este marco normativo, el Gobierno de Castilla-La Mancha, viene a regular con este decreto, el derecho de uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, con la decidida pretensión de potenciar turísticamente un conjunto de productos, servicios y actuaciones, así como a las entidades que los generan y que convierten a nuestra Comunidad Autónoma en un lugar único, con identidad propia; contribuyendo su uso al desarrollo social, cultural y económico de Castilla-La Mancha. En el proceso de elaboración, este decreto se ha sometido al trámite de información pública y ha sido informado favora- blemente por el Consejo de Turismo de Castilla-La Mancha. AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24316

Transcript of I.- DISPOSICIONES GENERALES · Usuarios de la Marca Castilla-La Mancha. [2020/5917] La Ley 8/1999,...

  • I.- DISPOSICIONES GENERALES

    Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Decreto 46/2020, de 18 de agosto, por el que se regula el derecho de uso y se crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca Castilla-La Mancha. [2020/5917]

    La Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, tiene por objeto regular, en el ejercicio de la competencia exclusiva que sobre la materia tiene la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, entre otras, la promoción y el fomento del turismo en su ámbito territorial. Asimismo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Man-cha en la consecución del objeto de esta Ley, persigue potenciar y consolidar la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha como uno de los principales destinos turísticos de interior, y mejorar la posición competitiva del sector turístico regional, como fines específicos; incluyendo, como medida concreta de mejora de la competitividad del sector, la mejora de la imagen turística de Castilla-La Mancha.

    Presente lo anterior, el artículo 14.i) del Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, determina que la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía ejercerá, entre otras funciones, la relativa a la creación y promo-ción de marcas turísticas y artesanales de Castilla-La Mancha y sus cinco provincias, concediendo especial atención a su calidad y autenticidad.

    Bajo esta premisa, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha creado la Marca “Castilla-La Mancha”, como mar-ca colectiva, con el fin de promocionar los productos, entidades y actividades de la región, que conforman nuestra propia identidad, además de difundir los valores universales de justicia, libertad y solidaridad, que la propia Marca simboliza.

    Actualmente, se encuentra disponible el Manual de Uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, en el portal web del Gobierno de Castilla-La Mancha, donde se incluyen las características técnicas y gráficas a las que deberá ajustarse su repro-ducción.

    Teniendo en cuenta el carácter limitado de este Manual, relativo solo al uso gráfico de la Marca, resulta necesario completar el régimen aplicable a la misma, para lo cual la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través del presente decreto, viene a regular el derecho de uso de la mencionada marca.

    Podrán ser usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha” las personas físicas o jurídicas privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar conforme al ordenamiento jurídico español, y desarrollen una actividad económica en el territorio de la región, así como las entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica alguna, siempre y cuando tengan su domicilio social radicado en el territorio de Castilla-La Mancha.

    Asimismo, y con la finalidad de mantener actualizada una referencia de las distintas personas y entidades respecto de las cuales se concede el derecho a usar la Marca “Castilla-La Mancha”, se procede a crear un registro regional de usua-rios de la misma, en donde se recogerá, con las debidas garantías, la información relativa a su actividad, así como la de los productos y servicios para cuyo uso está permitida.

    La Disposición Final Tercera de la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha, auto-riza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la misma, mandato que se acomoda a lo dispuesto en el artículo 37.1.c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, en cuanto atribuye al Consejo de Gobierno el ejercicio de la potestad reglamentaria mediante decreto.

    En este marco normativo, el Gobierno de Castilla-La Mancha, viene a regular con este decreto, el derecho de uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, con la decidida pretensión de potenciar turísticamente un conjunto de productos, servicios y actuaciones, así como a las entidades que los generan y que convierten a nuestra Comunidad Autónoma en un lugar único, con identidad propia; contribuyendo su uso al desarrollo social, cultural y económico de Castilla-La Mancha.

    En el proceso de elaboración, este decreto se ha sometido al trámite de información pública y ha sido informado favora-blemente por el Consejo de Turismo de Castilla-La Mancha.

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24316

  • En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Empresas y Empleo, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 18 de agosto de 2020,

    Dispongo:

    Artículo 1. Objeto.

    El presente decreto tiene por objeto establecer y determinar las condiciones que regirán el uso de la imagen corres-pondiente a la Marca “Castilla-La Mancha”, y los requisitos que habrán de cumplir sus usuarios, así como la creación del Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”.

    Artículo 2. Titularidad de la Marca “Castilla-La Mancha”.

    1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es titular de la Marca “Castilla-La Mancha” que se presenta como un signo distintivo denominativo y gráfico, debidamente protegido mediante su inscripción, tanto en el registro de Marcas de la Oficina Española de Patentes y Marcas como en el Registro de Marcas de la Unión Europea.

    2. El uso de la Marca “Castilla-La Mancha” se regirá, además de por la legislación nacional y de la Unión Europea en materia de marcas, por lo dispuesto en este decreto. En lo no dispuesto por dicha legislación específica se estará a lo establecido en el ordenamiento jurídico privado.

    3. A efectos de conocimiento público se incorpora en el anexo I, la imagen de la Marca “Castilla-La Mancha”, con el fin de que se visualice expresamente por los futuros usuarios.

    Artículo 3. Finalidad.

    Mediante este signo distintivo se quiere potenciar turísticamente la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sus productos, sus entidades, sus actividades y sus servicios.

    Artículo 4. Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”.

    Podrán utilizar la Marca “Castilla-La Mancha”, las personas físicas o jurídicas privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar conforme al ordenamiento jurídico español, y desarrollen una actividad económica en el territorio de la región. Asimismo, las entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica al-guna, deberán tener su domicilio social radicado en el territorio de Castilla-La Mancha.

    Artículo 5. Requisitos de los usuarios.

    Son requisitos de los usuarios, los siguientes:

    a) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, con la Segu-ridad Social y por reintegro de subvenciones públicas.b) Que la actividad económica desarrollada en el territorio de Castilla-La Mancha e incluida, tanto en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09), como en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas, sea coincidente con alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha”.c) En el caso de entidades sin ánimo de lucro que carezcan de actividad económica, tener el domicilio social radica-do en el territorio de Castilla-La Mancha y realizar una actividad que sea coincidente con alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha”.

    Artículo 6. Condiciones de uso de la Marca “Castilla-La Mancha”.

    1. El uso de la Marca “Castilla-La Mancha” tendrá que acomodarse a las siguientes condiciones:

    a) Sólo podrá hacerse un uso corporativo y/o publicitario, de la Marca “Castilla-La Mancha”, según la actividad princi-pal desarrollada. Para ello, el usuario deberá cumplir todas las exigencias establecidas por la normativa que resulte de aplicación a la entidad, persona física o jurídica, establecimiento y actividad, en cuestión.

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24317

  • b) El uso de la Marca “Castilla-La Mancha” deberá realizarse conforme al Manual de Uso disponible en el portal web del Gobierno de Castilla-La Mancha, cuya versión resumida se recoge en el anexo II, en el que se incluye las diferentes clases para las que se puede realizar dicho uso.La reproducción deberá ajustarse con exactitud a las características técnicas y gráficas contempladas en el corres-pondiente Manual de Uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, que esté en vigor en cada momento. c) En ningún caso, la Marca “Castilla-La Mancha” será utilizada de manera que pueda causar descrédito o inducir a error, sobre las características del establecimiento, actividad, origen y/o calidad del producto relacionado.d) En ningún caso, se efectuará un uso indebido o ilícito de la Marca “Castilla-La Mancha”.e) Deberá realizarse siempre con posterioridad a la presentación de la declaración responsable contemplada en el artículo 8.f) Deberá utilizarse siempre de forma accesoria y nunca a título principal o sustitutivo de la propia marca del usuario.

    2. Cualquier modificación o transformación de la Marca “Castilla-La Mancha” es exclusiva responsabilidad de la Di-rección General competente en materia de turismo y, de producirse, se comunicará a los usuarios de la misma.

    Artículo 7. Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”.

    1. Se crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”, con carácter público, no constitutivo, con el objeto de mantener actualizada una referencia de las distintas personas y entidades que pueden usar la Mar-ca “Castilla-La Mancha”, así como de los productos o servicios, respecto de los cuales se pretende utilizar.

    2. El Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla La Mancha” dependerá de la Dirección General compe-tente en materia de turismo.

    3. En el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla La Mancha” figurará la siguiente información:

    a) Los datos identificativos de las personas físicas o jurídicas privadas, españolas o extranjeras así como de las entidades sin ánimo de lucro, usuarias de la Marca “Castilla-La Mancha” y de aquellas cuyo uso ha sido denegado. b) La clase de productos y/o servicios respecto de los cuales los interesados prevén la utilización de la Marca.

    4. La información sobre los datos de carácter personal contenida en las declaraciones y comunicaciones presenta-das y aquella a la que se tenga acceso como consecuencia de las inscripciones practicadas, quedará sometida a la normativa vigente en materia de protección de datos, pudiendo los interesados ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión y limitación del tratamiento de sus datos.

    Artículo 8. Declaración responsable e inscripción en el Registro.

    1. El uso de la Marca “Castilla-La Mancha” exigirá, por parte de la persona o entidad interesada y con anterioridad a su utilización, la cumplimentación de una declaración responsable que se dirigirá a la Dirección General competente en materia de turismo.

    2. Las declaraciones efectuadas por personas físicas podrán presentarse de las siguientes formas:

    a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica a través del modelo normalizado que se establece como anexo III, el cual estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada junto a la declaración como archivos anexos a la misma.b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    3. Las declaraciones efectuadas por personas jurídicas se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del modelo normalizado que se establece como anexo III, el cual estará disponible en la sede electrónica de la Adminis-tración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la docu-mentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada junto a la declaración como archivos anexos a la misma.

    4. Tras presentar la declaración responsable, el interesado podrá usar la Marca “Castilla-La Mancha” para los pro-ductos o servicios solicitados, dentro de los límites y con las condiciones establecidas en el presente decreto. Asimis-mo, el uso de la Marca “Castilla-La Mancha” será compatible con el uso de otras marcas debidamente autorizadas.

    5. Recibida la citada declaración, la Dirección General competente en materia de turismo, procederá a comprobar que el interesado reúne los requisitos y cumple las condiciones de uso de la Marca. En el caso de que la declaración

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24318

  • responsable no reúna los requisitos establecidos en este decreto, la Dirección General competente en materia de turismo concederá al interesado un plazo de 10 días para subsanar los defectos advertidos o los errores existentes, transcurrido el cual sin haber subsanado los mismos, se adoptará resolución motivada en la que se tendrá por no realizada la declaración responsable.

    6. En cualquier caso, la presentación de una declaración responsable faculta a la Dirección General competente en materia de turismo a comprobar, en cualquier momento, la veracidad de los documentos, datos o manifestaciones presentados o aportados por los interesados.

    7. La Dirección General competente en materia de turismo dará de alta en el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha” a todas aquellas personas o entidades que cumplan los requisitos establecidos para el uso de la misma, comunicándoselo a los interesados.

    8. Todos los trámites relacionados con las declaraciones presentadas al amparo del presente decreto se notificarán de la siguiente manera:

    a) Respecto de las declaraciones realizadas por personas jurídicas, las notificaciones se realizarán por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas, en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para ello, en el momento de la presentación, el interesado deberá estar dado de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/Notifica/.b) Respecto de las declaraciones realizadas por personas físicas, las notificaciones se realizarán por el medio ele-gido por el interesado. En el supuesto de haber elegido la notificación por medios electrónicos, el interesado, en el momento de la presentación, deberá estar dado de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/. En caso de haber elegido la notificación en pa-pel, ésta se practicará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    Artículo 9. Plazo de vigencia y baja voluntaria.

    1. El derecho a utilizar la Marca “Castilla-La Mancha” se mantendrá en tanto la persona o entidad interesada no cau-se baja voluntaria en el Registro Regional, se implante un nuevo tipo o modelo de marca sustitutiva de la anterior, o, producido el uso indebido o ilícito de la misma, se prohíba su uso por la Dirección General competente en materia de turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.

    2. La baja voluntaria en el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha” exigirá la cumplimenta-ción de una comunicación que se dirigirá a la Dirección General competente en materia de turismo.

    3. Las comunicaciones efectuadas por personas físicas podrán presentarse de las siguientes formas:

    a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica a través del modelo normalizado que se establece como anexo IV, el cual estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada junto a la declaración como archivos anexos a la misma.b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    4. Las comunicaciones efectuadas por personas jurídicas se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del modelo normalizado que se establece como anexo IV, el cual estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá ser digitalizada y presentada junto a la declaración como archivos anexos a la misma.

    5. Todos los trámites relacionados con las comunicaciones presentadas al amparo del presente decreto se notifica-rán de la misma forma que la descrita en el artículo 8.8.

    Artículo 10. Uso indebido o ilícito de la marca “Castilla-La Mancha”.

    1. Se consideran usos indebidos o ilícitos de la Marca “Castilla-La Mancha” los siguientes:

    a) El incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 por parte de los usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”.

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24319

  • b) El incumplimiento por parte del usuario de las condiciones y requisitos de uso gráfico de la Marca “Castilla-La Mancha” previstas en el Manual de Uso de la misma.c) La utilización de la Marca “Castilla-La Mancha” en etiquetas o cualquier otro material, en productos que no se correspondan con aquellos para los que está regulado su uso.d) La utilización de la Marca “Castilla-La Mancha” de manera que pueda causar descrédito o inducir a error, sobre las características del establecimiento, actividad, origen y/o calidad del producto relacionado. e) La utilización de la Marca “Castilla-La Mancha” con anterioridad a la presentación de la correspondiente declara-ción responsable.f) La utilización de la Marca “Castilla-La Mancha” a título principal o sustitutivo de la propia marca del usuario.g) Cualquiera de los supuestos que contempla el artículo 34 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

    2. La Dirección General competente en materia de turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas podrá prohibir el derecho de uso de la Marca “Castilla-La Mancha”, a cualquier usuario que ya la esté utilizando, cuando tenga conocimiento de la realización de un uso indebido o ilícito de la misma.

    3. La prohibición señalada en el apartado anterior, conllevará la imposibilidad de continuar utilizando la Marca “Castilla-La Mancha” o la declaración de pérdida de efectos de una declaración responsable, según corresponda, y se llevará a cabo por la Dirección General competente en materia de turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa, ajustándose a los trámites descritos en dicho precepto.

    4. La utilización indebida o ilícita de la Marca “Castilla-La Mancha” será causa suficiente para que la Junta de Comu-nidades de Castilla-La Mancha pueda ejercitar las actuaciones judiciales que para su defensa permite el artículo 41 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, con independencia de las indemnizaciones que procedan.

    Disposición adicional única. Excepciones de aplicación.

    No resultará de aplicación el presente decreto a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Man-cha, sus organismos autónomos, las entidades públicas, fundaciones públicas y empresas públicas pertenecientes al sector público regional, así como al conjunto de las entidades locales de Castilla-La Mancha, que podrán utilizar la Marca “Castilla-La Mancha” sin necesidad de cumplir los requisitos y procedimientos establecidos en este decreto, salvo en lo que se refiere a las características técnicas y gráficas del Manual de Uso de la Marca.

    Disposición final primera. Habilitación normativa.

    1. Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo para dictar cuantas disposicio-nes sean necesarias para la aplicación y desarrollo de este decreto.

    2. Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de turismo para actualizar y modifi-car los anexos recogidos en el presente decreto.

    Disposición final segunda. Entrada en vigor.

    El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

    Dado en Toledo, el 18 de agosto de 2020El Presidente

    EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ

    La Consejera de Economía, Empresas y EmpleoPATRICIA FRANCO JIMÉNEZ

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24320

  • AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24321

  • AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24322

  • Man

    ual

    de

    mar

    ca r

    esu

    mid

    o

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24323

  • Esta

    ver

    sió

    n r

    esu

    mid

    a d

    el m

    anu

    al p

    rete

    nd

    e se

    rvir

    de

    ayu

    da

    a to

    do

    s aq

    uel

    los

    pro

    fesi

    on

    ales

    qu

    e n

    eces

    itan

    co

    nsu

    ltar

    lo

    s as

    pec

    tos

    más

    rel

    evan

    tes

    de

    la n

    uev

    a M

    arca

    “ C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a”,

    solu

    cio

    nan

    do

    las

    du

    das

    más

    co

    mu

    nes

    so

    bre

    su

    ap

    licac

    ión

    a lo

    s d

    isti

    nto

    s so

    po

    rtes

    ; así

    co

    mo

    fam

    iliar

    izar

    les

    con

    el e

    spír

    itu

    co

    n e

    l qu

    e h

    a si

    do

    cre

    ada

    par

    a q

    ue

    sus

    trab

    ajo

    s re

    spir

    en e

    l to

    no

    de

    com

    un

    icac

    ión

    qu

    e la

    mar

    ca

    qu

    iere

    tra

    nsm

    itir

    a p

    arti

    r d

    e ah

    ora

    .

    Man

    ual

    Res

    um

    ido

    de

    uso

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    PR

    ESEN

    TAC

    IÓN

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24324

  • 3

    I. C

    AR

    AC

    TER

    ÍSTI

    CA

    S D

    E LA

    MA

    RC

    A C

    AST

    ILLA

    LA

    MA

    NC

    HA

    La M

    arca

    “C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a”5

    Dec

    on

    stru

    cció

    n d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a.

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    .6

    Tab

    la d

    e C

    olo

    res

    .

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    8

    Tip

    og

    rafí

    a .

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    11

    Vers

    ion

    es e

    n c

    olo

    r, m

    edio

    to

    no

    y m

    on

    oco

    lor

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    .12

    Erro

    res

    más

    co

    mu

    nes

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    .13

    II. E

    XTE

    NSI

    ÓN

    DE

    LA M

    AR

    CA

    A O

    TRO

    S Á

    MB

    ITO

    S

    Mar

    cas

    pro

    vin

    cial

    es .

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    15

    Áre

    a d

    e se

    gu

    rid

    ad y

    red

    ucc

    ión

    mín

    ima

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    9

    Cla

    ims

    y fr

    ases

    pu

    blic

    itar

    ias

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    .19

    Man

    ual

    de

    uso

    de

    la m

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    ÍND

    ICE

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    17

    Org

    anis

    mo

    s.

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    18

    Co

    nst

    rucc

    ión

    .

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    .7

    Áco

    mp

    añam

    ien

    to ti

    pog

    ráfic

    o10

    .

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    ..

    .

    Pro

    du

    cto

    s

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24325

  • CA

    RA

    CTE

    RÍS

    TIC

    AS

    DE

    LA M

    AR

    CA

    Man

    ual

    Res

    um

    ido

    de

    uso

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24326

  • 5LA M

    AR

    CA

    CA

    STIL

    LA L

    A M

    AN

    CH

    A

    I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    Los

    elem

    ento

    s b

    ásic

    os

    qu

    e co

    nfo

    rman

    la

    iden

    tid

    ad v

    isu

    al s

    on

    un

    co

    nju

    nto

    de

    úti

    les

    grá

    fico

    s q

    ue

    será

    n u

    tiliz

    ado

    s d

    e ac

    uer

    do

    a r

    egla

    s es

    pec

    ífica

    s. L

    a M

    arca

    “C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a” e

    stá

    com

    pu

    esta

    po

    r d

    os

    elem

    ento

    s:

    El s

    ímb

    olo

    : Es

    el c

    on

    jun

    to d

    e la

    par

    te t

    ipo

    grá

    fica,

    jun

    to c

    on

    las

    form

    as

    del

    “y

    elm

    o/r

    egió

    n”,

    la

    “o

    rla/

    libro

    ab

    iert

    o”

    y la

    “b

    arb

    a/as

    pas

    d

    el

    mo

    lino

    ”.

    El L

    og

    oti

    po

    o N

    om

    bre

    : Es

    la e

    xpre

    sió

    n v

    isib

    le d

    e la

    mar

    ca, e

    s la

    form

    a g

    ráfic

    a d

    el n

    om

    bre

    , dif

    eren

    ciad

    o p

    or

    esti

    lo t

    ipo

    grá

    fico

    y c

    olo

    r, y

    qu

    e,

    aun

    qu

    e h

    a si

    do

    co

    mp

    ues

    to c

    on

    la

    tip

    og

    rafí

    a “H

    ercu

    lan

    o”,

    deb

    e se

    r si

    emp

    re in

    terp

    reta

    do

    co

    mo

    un

    a im

    agen

    , po

    r lo

    cu

    al e

    s im

    pre

    scin

    dib

    le

    resp

    etar

    su

    mo

    rfo

    log

    ía p

    ara

    no

    dis

    tors

    ion

    ar s

    us

    cara

    cter

    ísti

    cas.

    El lo

    go

    tip

    o n

    o s

    er d

    ebe

    ser

    uti

    lizad

    o c

    om

    o t

    exto

    ni d

    ebe

    crea

    rse

    un

    a ti

    po

    gra

    fía

    a p

    arti

    r d

    el m

    ism

    o*.

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    *Par

    a ev

    itar

    in

    curr

    ir e

    n e

    rro

    res,

    se

    reco

    mie

    nd

    a si

    emp

    re a

    plic

    ar l

    am

    arca

    a p

    arti

    r de

    un

    do

    cum

    ento

    dig

    ital

    ori

    gin

    al y

    pu

    eden

    des

    carg

    arse

    en

    h

    ttp

    ://w

    ww

    .cas

    tilla

    lam

    anch

    a.es

    /go

    bie

    rno

    /mar

    ca-c

    om

    erci

    al-y

    -tu

    -ri

    stic

    a

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24327

  • DEC

    ON

    STR

    UC

    CIÓ

    N D

    E LA

    MA

    RC

    A C

    AST

    ILLA

    LA

    MA

    NC

    HA

    I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    Yelm

    o/Re

    gió

    n

    Big

    ote/

    Lib

    ro a

    bie

    rto

    Barb

    a/Lo

    got

    ipo

    + + x+

    Barb

    a/A

    spas

    de

    mol

    ino

    *Par

    a ev

    itar

    incu

    rrir

    en

    err

    ore

    s, s

    e re

    com

    ien

    da

    siem

    pre

    ap

    licar

    la m

    arca

    a p

    arti

    r d

    e u

    nd

    ocu

    men

    to d

    igit

    al o

    rig

    inal

    .y

    pu

    ede

    des

    carg

    arse

    en

    :

    htt

    p:/

    /ww

    w.c

    asti

    llala

    man

    cha.

    es/g

    ob

    iern

    o/m

    arca

    -co

    mer

    cial

    -y-t

    uri

    stic

    a

    A f

    ín d

    e fa

    mili

    ariz

    arn

    os

    con

    lo

    s d

    isti

    nto

    s el

    emen

    tos

    del

    sím

    bo

    lo y

    ay

    ud

    ar a

    en

    ten

    der

    de

    qu

    é p

    arte

    de

    la m

    arca

    est

    amo

    s h

    abla

    nd

    o,

    hem

    os

    bau

    tiza

    do

    a lo

    s d

    isti

    nto

    s el

    emen

    tos

    con

    no

    mb

    res.

    Esto

    no

    qu

    iere

    dec

    ir q

    ue

    pu

    edan

    inte

    rpre

    tars

    e p

    o s

    epar

    ado

    cam

    bia

    n-

    do

    su

    s p

    rop

    orc

    ion

    es, s

    ino

    qu

    e h

    an d

    e m

    ante

    ner

    sie

    mp

    re la

    s p

    rop

    or-

    cio

    nes

    qu

    e d

    icta

    est

    e m

    anu

    al.*

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    6

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24328

  • 7CO

    NST

    RU

    CC

    IÓN

    I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    En e

    sta

    pág

    ina

    se m

    ues

    tran

    las

    rel

    acio

    nes

    en

    tre

    elem

    ento

    s y

    su

    dis

    po

    sici

    ón

    en

    el p

    lan

    o.

    Dic

    has

    rel

    acio

    nes

    no

    po

    drá

    n s

    er m

    od

    ifica

    das

    ni a

    lter

    adas

    , a fi

    n d

    e co

    nse

    rvar

    inta

    cta

    la id

    enti

    dad

    vis

    ual

    de

    la m

    arca

    .El

    grá

    fico

    de

    la p

    rese

    nte

    pág

    ina

    ha

    sid

    o c

    on

    stru

    ido

    a p

    arti

    r de

    du

    los

    qu

    e su

    bd

    ivid

    en la

    to

    talid

    ad d

    e la

    mar

    ca e

    n p

    arte

    s ig

    ual

    es, a

    la v

    ez

    qu

    e in

    dic

    an q

    pro

    po

    rció

    n o

    cup

    a ca

    da

    elem

    ento

    . Lo

    s el

    emen

    tos

    deb

    erán

    man

    ten

    er s

    iem

    pre

    las

    rela

    cio

    nes

    qu

    e le

    s h

    an s

    ido

    asi

    gn

    adas

    .

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    2 +

    1/2

    2 +

    1/2

    Las

    hen

    did

    ura

    s en

    el y

    elm

    o s

    on

    frag

    men

    tos

    de

    círc

    ulo

    s, c

    uyo

    s ra

    dio

    s ti

    enen

    un

    a d

    ista

    nci

    a si

    emp

    re ig

    ual

    al l

    ado

    de

    un

    du

    lo.

    3 +

    1/2

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24329

  • TAB

    LA D

    E C

    OLO

    RES

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    R:2

    29

    G:2

    6 B

    :76

    C:4

    M:1

    00

    Y:6

    4 K

    :01

    92

    5 C

    R:1

    02

    G:1

    02

    B:1

    02

    C:0

    M:0

    Y

    :0 K

    :60

    Co

    ol G

    ray

    10

    C

    R:1

    50

    G:2

    02

    B:2

    25

    C:0

    M:0

    Y

    :0 K

    :0B

    lack

    6 C

    1

    1

    2

    3

    1 2 3

    I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    CM

    YK

    PAN

    TON

    E SO

    LID

    CO

    ATE

    DR

    GB

    WEB

    e51

    a4c

    66

    66

    66

    96

    cae1

    La m

    arca

    est

    á co

    mp

    ues

    ta d

    e tr

    es c

    olo

    res:

    Ro

    jo “

    carm

    esí”

    , gri

    s y

    neg

    ro.

    El c

    olo

    r ro

    jo “

    carm

    esí”

    , del

    qu

    e h

    abla

    rem

    os

    más

    ad

    elan

    te, s

    e re

    serv

    a p

    ara

    la p

    arte

    del

    “Y

    elm

    o/r

    egió

    n”,

    po

    r se

    r la

    su

    per

    ficie

    may

    or

    del

    mb

    olo

    y q

    uer

    ien

    do

    co

    n e

    llo s

    imb

    oliz

    ar e

    l co

    lor

    de

    la b

    and

    era

    de

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha.

    Tam

    bié

    n lo

    usa

    n l

    as “

    Bar

    ba/

    asp

    as d

    el m

    olin

    o”.

    El g

    ris

    lo u

    sa e

    l “B

    igo

    te/L

    ibro

    ab

    iert

    o”.

    Y e

    l neg

    ro, e

    stá

    rese

    rvad

    o p

    ara

    la “

    Bar

    ba/

    log

    oti

    po

    ”.En

    el c

    uad

    ro in

    feri

    or

    está

    n e

    spec

    ifica

    das

    las

    pro

    po

    rcio

    nes

    de

    uso

    del

    co

    lor

    en v

    ario

    s si

    stem

    as o

    mo

    del

    os

    de

    colo

    r, in

    clu

    ido

    el f

    orm

    ato

    web

    , ca

    da

    vez

    más

    usa

    do

    , al s

    er e

    l med

    io d

    igit

    al u

    n c

    anal

    de

    com

    un

    icac

    ión

    fu

    nd

    amen

    tal e

    n la

    pro

    mo

    ció

    n d

    e la

    reg

    ión

    .

    8

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24330

  • 9ÁR

    EA D

    E SE

    GU

    RID

    AD

    Y R

    EDU

    CC

    IÓN

    MÍN

    IMA

    Alr

    eded

    or

    de

    la m

    arca

    sie

    mp

    re d

    ebe

    resp

    etar

    se u

    n á

    rea

    de

    seg

    uri

    -d

    ad e

    n l

    a q

    ue

    nin

    n e

    lem

    ento

    grá

    fico

    pu

    ede

    esta

    r p

    rese

    nte

    . C

    on

    sid

    eran

    do

    co

    mo

    tal

    es: c

    olo

    res,

    tex

    tos,

    fo

    tos,

    fo

    rmas

    , tex

    tura

    s,

    línea

    s...

    El a

    rea

    de

    seg

    uri

    dad

    vie

    ne

    defi

    nid

    a p

    or

    el a

    nch

    o q

    ue

    ocu

    pa

    la

    pal

    abra

    “C

    AST

    ILLA

    ” en

    el l

    og

    oti

    po

    y h

    a d

    e re

    spet

    arse

    arr

    iba,

    ab

    ajo

    , a

    la iz

    qu

    ierd

    a y

    a la

    der

    ech

    a d

    e la

    mar

    ca.

    Cu

    anto

    may

    or

    sea

    ese

    esp

    acio

    , may

    or

    será

    el i

    mp

    acto

    de

    la m

    arca

    .Ta

    mb

    ién

    par

    a p

    rese

    rvar

    la

    leg

    ibili

    dad

    de

    la t

    ipo

    gra

    fía

    el t

    amañ

    o

    mín

    imo

    qu

    e p

    ued

    e te

    ner

    la m

    arca

    nu

    nca

    deb

    e se

    r in

    feri

    or a

    2´5

    cm

    d

    e an

    cho

    .

    2´5

    cm

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CASTILLA

    CASTILLA

    CASTILLA CASTILLA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    aAÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24331

  • 10I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    Siem

    pre

    qu

    e u

    n t

    exto

    aco

    mp

    añe

    a la

    mar

    ca,

    ya s

    ea u

    n

    clai

    m, u

    na

    den

    om

    inac

    ión

    de

    un

    org

    anis

    mo

    , un

    a p

    rovi

    nci

    a,

    un

    pro

    du

    cto

    ... ,

    la

    par

    te t

    ipo

    grá

    fica

    del

    im

    ago

    tip

    o h

    a d

    e cu

    mp

    lir u

    na

    seri

    e d

    e n

    orm

    as e

    n c

    uan

    to a

    co

    loca

    ció

    n y

    ta

    mañ

    o:

    Un

    a lín

    ea v

    erti

    cal d

    el la

    rgo

    de

    cuat

    ro m

    ód

    ulo

    s (c

    on

    sid

    eran

    -d

    o q

    ue

    la m

    arca

    tie

    ne

    6 m

    ód

    ulo

    s d

    e an

    cho

    po

    r 6

    du

    los

    de

    alto

    ) se

    par

    ará

    dic

    ho

    tex

    to d

    e la

    mar

    ca. A

    sim

    ism

    o, e

    sta

    línea

    est

    ará

    a u

    n m

    ód

    ulo

    de

    dis

    tan

    cia

    de

    la m

    arca

    po

    r su

    la

    do

    izq

    uie

    rdo

    y a

    otr

    o m

    ód

    ulo

    de

    dis

    tan

    cia

    po

    r su

    lad

    o

    der

    ech

    o d

    e la

    pri

    mer

    a le

    tra

    del

    tex

    to.

    El c

    olo

    r re

    com

    end

    ado

    par

    a la

    lín

    ea d

    e se

    par

    ació

    n y

    par

    a la

    ti

    po

    gra

    fía

    siem

    pre

    ser

    á el

    mis

    mo

    de

    la m

    arca

    . En

    co

    ncr

    eto

    el

    Pan

    ton

    e So

    lid C

    oat

    ed 1

    925

    C o

    #e5

    1a4c

    (p

    ara

    su u

    so

    web

    ). A

    un

    qu

    e se

    pro

    du

    cirá

    n e

    xcep

    cio

    nes

    co

    mo

    ver

    emo

    s m

    ás a

    del

    ante

    . So

    bre

    fo

    nd

    os

    de

    colo

    r u

    otr

    os

    bac

    kgro

    un

    ds

    está

    per

    mit

    ido

    y m

    uch

    as v

    eces

    aco

    nse

    jad

    o e

    l uso

    del

    co

    lor

    bla

    nco

    .

    Se r

    eco

    mie

    nd

    a n

    o s

    up

    erar

    el n

    úm

    ero

    de

    8 ca

    ract

    éres

    y e

    n

    tal c

    aso

    (ej.

    Ciu

    dad

    Rea

    l), p

    roce

    der

    a u

    sar u

    na

    seg

    un

    da

    línea

    se

    n e

    l cri

    teri

    o a

    dju

    nto

    de

    esp

    acio

    s y

    tam

    año

    s.

    Pu

    eden

    par

    tirs

    e p

    alab

    ras

    siem

    pre

    y c

    uan

    do

    el e

    fect

    o n

    o s

    ea

    dem

    asia

    do

    per

    turb

    ado

    r.

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CIU

    DAD

    REAL

    1 +

    1/2

    1 +

    1/2

    6

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    61

    + 1

    /2

    2 +

    1/2

    2

    AC

    OM

    PA

    ÑA

    MIE

    NTO

    TIP

    OG

    FIC

    O

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24332

  • I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    ac

    bd

    ef

    gh

    i

    jk

    lm

    op

    q

    rs

    tu

    vw

    xy

    z

    ab

    cd

    ef

    gh

    i

    jk

    lm

    op

    q

    rs

    tu

    vw

    xy

    z

    AC

    BD

    EF

    GH

    I

    JK

    LM

    OP

    Q

    RS

    TU

    VW

    XY

    Z

    AB

    CD

    EF

    GH

    I

    JK

    LM

    OP

    Q

    RS

    TU

    VW

    XY

    Z

    La t

    ipo

    gra

    fía

    “Neu

    tra

    Text

    ” en

    su

    ver

    sió

    n “

    bo

    ld”

    es l

    a el

    egid

    a p

    ara

    aco

    mp

    añar

    sie

    mp

    re a

    la m

    arca

    . Dis

    eñad

    a p

    or

    el a

    rqu

    itec

    toR

    ich

    ard

    Neu

    tra,

    tie

    ne

    un

    lec

    tura

    im

    pec

    able

    y e

    s u

    n e

    xcel

    ente

    ac

    om

    pañ

    amie

    nto

    del

    im

    ago

    tip

    o p

    or

    qu

    e su

    s fo

    rmas

    sen

    cilla

    s n

    o e

    ntr

    an e

    n c

    om

    pet

    ició

    n c

    on

    él.

    TIP

    OG

    RA

    FÍA

    11

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24333

  • 12VER

    SIO

    NES

    EN

    CO

    LOR

    , MED

    IO T

    ON

    O

    Y M

    ON

    OC

    OLO

    R.

    I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    Tan

    to e

    n s

    olit

    ario

    co

    mo

    aco

    mp

    añad

    a d

    e te

    xto

    , la

    ve

    rsió

    n

    qu

    e d

    ebe

    uti

    lizar

    se,

    siem

    pre

    q

    ue

    sea

    po

    sib

    le, e

    s la

    ver

    sió

    n c

    olo

    r d

    e la

    mar

    ca s

    ob

    re f

    on

    do

    b

    lan

    co. E

    n c

    aso

    de

    qu

    e se

    a im

    po

    sib

    le p

    or

    mo

    tivo

    s té

    cnic

    os

    de

    imp

    resi

    ón

    o re

    pro

    du

    cció

    n, s

    e p

    od

    rá u

    sar

    las

    vers

    ión

    es m

    edio

    to

    no

    o m

    on

    oco

    lor

    rep

    rese

    nta

    -d

    as a

    qu

    í.La

    ver

    sió

    n n

    o p

    ued

    en s

    er o

    bte

    nid

    a p

    or

    adap

    taci

    ón

    d

    irec

    ta d

    e la

    ver

    sió

    n c

    olo

    r y

    pu

    eden

    des

    carg

    arse

    en

    :

    htt

    p:/

    /ww

    w.c

    asti

    llala

    man

    cha.

    es/g

    ob

    iern

    o/

    mar

    ca-c

    om

    erci

    al-y

    -tu

    rist

    ica

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    Uso

    mon

    ocol

    or (s

    obre

    fon

    do

    de

    colo

    r pla

    no)

    Uso

    mon

    ocol

    or (s

    obre

    fon

    do

    de

    colo

    r neg

    ro)

    Uso

    pre

    fere

    nci

    al e

    n c

    olor

    (sob

    re fo

    nd

    o b

    lan

    co)

    Uso

    med

    io to

    no

    (esc

    ala

    de

    gris

    es s

    obre

    fon

    do

    bla

    nco

    ; gris

    : 70%

    ).

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24334

  • CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    ERR

    OR

    ES M

    ÁS

    CO

    MU

    NES

    I.C

    arac

    terí

    stic

    as d

    e la

    Mar

    ca C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    a

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    No

    alte

    re ta

    mañ

    os, c

    olor

    , o p

    osic

    ión

    de

    los

    elem

    ento

    s n

    i del

    aco

    mp

    añam

    ien

    to ti

    pog

    ráfic

    o.

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24335

  • EXTE

    NSI

    ÓN

    DE

    LA M

    AR

    CA

    A O

    TRO

    S Á

    MB

    ITO

    S

    Man

    ual

    Res

    um

    ido

    de

    uso

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24336

  • MA

    RC

    AS

    PR

    OV

    INC

    IALE

    S, U

    SO C

    OR

    PO

    RA

    TIV

    O.

    II.A

    plic

    acio

    nes

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    Las

    cin

    co p

    rovi

    nci

    as h

    arán

    uso

    de

    la m

    arca

    tal

    y

    com

    o

    vim

    os

    en

    el

    apar

    tad

    o

    “Aco

    mp

    añam

    ien

    to

    tip

    og

    ráfic

    o”

    (pag

    . 13

    ). Es

    te s

    erá

    el u

    so h

    abit

    ual

    en

    p

    apel

    ería

    , fir

    mas

    in

    form

    átic

    as,

    com

    un

    icac

    ion

    es

    ofic

    iale

    s, e

    tc.

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CIU

    DAD

    REAL

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    ALBACETE

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    TOLEDO

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    GUADA

    LAJA

    RA

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24337

  • MA

    RC

    AS

    PR

    OV

    INC

    IALE

    S, U

    SO P

    UB

    LIC

    ITA

    RIO

    II.A

    plic

    acio

    nes

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    Las

    cin

    co p

    rovi

    nci

    as p

    ued

    en h

    acer

    est

    e o

    tro

    uso

    más

    p

    ub

    licit

    ario

    , qu

    e ap

    rove

    cha

    un

    imp

    ort

    ante

    esp

    acio

    de

    la

    mar

    ca p

    ara

    po

    ner

    de

    relie

    ve,

    med

    ian

    te f

    oto

    s, a

    lgú

    n

    asp

    ecto

    inte

    resa

    nte

    de

    la p

    rovi

    nci

    a; c

    om

    o, p

    or

    ejem

    plo

    , su

    s es

    pac

    ios

    más

    em

    ble

    mát

    ico

    s.Es

    tos

    ejem

    plo

    s es

    tán

    co

    nte

    nid

    os

    en lo

    s ar

    chiv

    os

    pre

    vis-

    tos

    par

    a d

    esca

    rga

    en:

    htt

    p:/

    /ww

    w.c

    asti

    llala

    man

    cha.

    es/g

    ob

    iern

    o/

    mar

    ca-c

    om

    erci

    al-y

    -tu

    rist

    ica.

    En e

    ste

    mis

    mo

    lin

    k ex

    iste

    un

    ban

    co d

    e im

    ágen

    es a

    d

    isp

    osi

    ció

    n d

    e lo

    s re

    spo

    nsa

    ble

    s d

    e co

    mu

    nic

    ació

    n d

    e la

    s d

    isti

    nta

    s p

    rovi

    nci

    as, i

    nst

    itu

    cio

    nes

    y p

    rod

    uct

    os

    turí

    stic

    os

    par

    a q

    ue

    hag

    an u

    so d

    e el

    las

    med

    ian

    te e

    l cal

    ado

    de

    las

    mis

    mas

    den

    tro

    de

    la m

    arca

    .R

    eco

    men

    dam

    os

    qu

    e el

    uso

    de

    foto

    gra

    fías

    no

    se

    hag

    a d

    e m

    aner

    a ar

    bit

    rari

    a y

    pu

    ede

    con

    sult

    arse

    su

    cal

    idad

    o

    valid

    ez c

    on

    cep

    tual

    en

    ww

    w.n

    airo

    bie

    stu

    dio

    .co

    m

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CUENCA

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    CIU

    DAD

    REAL

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    ALBACETE

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    TOLEDO

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    GUADA

    LAJA

    RA

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24338

  • PR

    OD

    UC

    TOS,

    USO

    CO

    RP

    OR

    ATI

    VO

    Y U

    SO P

    UB

    LIC

    ITA

    RIO

    .

    II.A

    plic

    acio

    nes

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    ENO

    TURISMO

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    ENO

    TURISMO

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    TURISMO

    FAMILIA

    R

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    TURISMO

    FAMILIA

    R

    Los

    dis

    tin

    tos

    pro

    du

    cto

    s y

    sub

    pro

    du

    cto

    s tu

    ríst

    ico

    s se

    d

    ifer

    enci

    arán

    u

    no

    s d

    e o

    tro

    s,

    adem

    ás d

    e p

    or

    su d

    eno

    min

    ació

    n, p

    or

    po

    seer

    dig

    os

    de

    colo

    r p

    rop

    ios.

    De

    form

    a ex

    trao

    rdin

    aria

    , en

    uso

    s m

    ás p

    ub

    lici-

    tari

    os,

    pu

    ede

    uti

    lizar

    se l

    a ve

    rsió

    n f

    oto

    grá

    fica

    de

    la m

    arca

    , h

    acie

    nd

    o u

    so d

    el a

    rch

    ivo

    de

    imág

    enes

    an

    teri

    orm

    ente

    men

    cio

    nad

    o y

    del

    q

    ue

    esta

    s d

    os

    imág

    enes

    form

    an p

    arte

    :

    htt

    p:/

    /ww

    w.c

    asti

    llala

    man

    cha.

    es/g

    ob

    iern

    o/

    mar

    ca-c

    om

    erci

    al-y

    -tu

    rist

    ica

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24339

  • II.A

    plic

    acio

    nes

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    X

    IPEX

    Insti

    tuto

    de

    Pro

    mo

    ció

    n E

    xte

    rio

    r

    IPEX

    CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    X

    Insti

    tuto

    de

    Pro

    mo

    ció

    n E

    xte

    rio

    r

    OR

    GA

    NIS

    MO

    S (IN

    STIT

    UTO

    DE

    PR

    OM

    OC

    IÓN

    EXTE

    RIO

    R) U

    SO C

    OR

    PO

    RA

    TIV

    O

    Y U

    SO P

    UB

    LIC

    ITA

    RIO

    .

    Los

    org

    anis

    mo

    s ya

    exi

    sten

    tes

    y aq

    uel

    los

    qu

    e su

    rjan

    en

    el

    futu

    ro s

    e d

    ifer

    enci

    arán

    un

    os

    de

    otr

    os,

    ad

    emás

    de

    po

    r su

    den

    om

    inac

    ión

    , p

    or

    po

    seer

    dig

    os

    de

    colo

    r p

    rop

    ios.

    De

    form

    a ex

    trao

    rdin

    aria

    , en

    uso

    s m

    ás p

    ub

    lici-

    tari

    os,

    pu

    ede

    uti

    lizar

    se l

    a ve

    rsió

    n f

    oto

    grá

    fica

    de

    la m

    arca

    , h

    acie

    nd

    o u

    so d

    el a

    rch

    ivo

    de

    imág

    enes

    an

    teri

    orm

    ente

    men

    cio

    nad

    o y

    del

    q

    ue

    esta

    imag

    en fo

    rman

    par

    te:

    htt

    p:/

    /ww

    w.c

    asti

    llala

    man

    cha.

    es/g

    ob

    iern

    o/

    mar

    ca-c

    om

    erci

    al-y

    -tu

    rist

    ica

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24340

  • CASTILLA

    LAM

    AN

    CHA

    x

    EN

    UN

    LU

    GA

    RD

    E T

    U V

    IDA

    II.A

    plic

    acio

    nes

    de

    la M

    arca

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    CLA

    IMS

    Y F

    RA

    SES

    PU

    BLI

    CIT

    AR

    IAS

    La n

    uev

    a m

    arca

    de

    Cas

    tilla

    La

    Man

    cha

    pu

    ede

    ven

    ir

    aco

    mp

    añad

    a co

    n

    un

    cl

    aim

    o

    fr

    ase

    pu

    blic

    itar

    ia q

    ue

    será

    co

    mp

    ues

    ta s

    igu

    ien

    do

    la

    s p

    auta

    s ex

    pu

    esta

    s an

    teri

    orm

    ente

    .

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24341

  • Esta

    mar

    ca h

    a si

    do

    cre

    ada

    po

    r Á

    ng

    el G

    on

    zále

    z y

    cual

    qu

    ier

    con

    sult

    a so

    bre

    el u

    so d

    e la

    mis

    ma

    pu

    ede

    hac

    erse

    en

    ww

    w.n

    airo

    bie

    stu

    dio

    .co

    m.

    Es u

    na

    pu

    blic

    ació

    n d

    e la

    (c) J

    un

    ta d

    e C

    om

    un

    idad

    es d

    e C

    asti

    lla L

    a M

    anch

    ah

    ttp

    ://w

    ww

    .cas

    tilla

    lam

    anch

    a.es

    /go

    bie

    rno

    /mar

    ca-c

    om

    erci

    al-y

    -tu

    rist

    ica

    To

    do

    s lo

    s d

    erec

    ho

    s re

    serv

    ado

    s.

    Dis

    trib

    uci

    ón

    gra

    tuit

    a. P

    roh

    ibid

    a su

    ven

    ta.

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24342

  • Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía

    Página 1 de 4

    DATOS DE LA PERSONA DECLARANTE

    Si elige persona física son obligatorios los campos: tipo de documento, nombre y primer apellido

    Persona física NIF: Pasaporte/NIE: Número de documento:

    Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido:

    Hombre Mujer

    Si elige persona jurídica son obligatorios los campos: número de documento y razón social

    Persona jurídica Número de documento:

    Razón social:

    Domicilio:

    Provincia: C.P.: Población:

    Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico:

    El correo electrónico designado será el medio por el que desea recibir el aviso de notificación, y en su caso de pago.

    DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE

    NIF: Pasaporte/NIE: Número de documento:

    Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido:

    Hombre Mujer

    Domicilio:

    Provincia: C.P.: Población:

    Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico:

    Si existe representante, las comunicaciones que deriven de este escrito se realizarán con el representante designado por el interesado.

    MEDIO DE NOTIFICACIÓN

    Correo postal (Podrán elegir esta opción las personas que NO estén obligadas a la notificación electrónica, de acuerdo con el

    artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Notificación electrónica: (Si elige o está obligado a la notificación electrónica compruebe que está usted registrada/o en la

    Plataforma https://notifica.jccm.es/notifica. y que sus datos son correctos).

    ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE DE USO DE LA MARCA “CASTILLA-LA MANCHA”

    020239

    Nº Procedimiento

    Código SIACI

    DKNB

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24343

  • Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía

    Página 2 de 4

    INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS

    Responsable Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.

    Finalidad Gestión del registro general de empresas, establecimientos, asociaciones de empresarios turísticos y entidades turísticas no

    empresariales de Castilla-La Mancha.

    Legitimación Cumplimiento de una obligación legal - Ley 8/1999, de 26 de mayo de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha

    Destinatarios Existe cesión de datos.

    Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la

    información adicional.

    Información adicional

    Disponible en la dirección electrónica: https://rat.castillalamancha.es/detalle/0994

    DATOS DEL ESTABLECIMIENTO /MARCA COMERCIAL

    Nombre:

    Domicilio: Localidad:

    Provincia: C.P.:

    Teléfono: Fax:

    DATOS DE LA DECLARACIÓN

    Declaraciones responsables:

    La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de la persona interesada o entidad que se indica, DECLARA que

    todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente que:

    Que está en posesión de toda la documentación acreditativa de la condición de persona jurídica que realiza esta declaración, así

    como de la documentación acreditativa de la representación, en su caso.

    Que utilizará la Marca “Castilla-La Mancha”, y hará un uso (marque con un X, la opción que le interese, o en su caso marque las

    dos):

    Corporativo, del producto y/o subproducto (incluir denominación, según el Manual), con el color (indicar el

    color que corresponda, según el Manual)

    Publicitario, del producto y/o subproducto (incluir denominación, según el Manual), con la versión fotográfica que

    incluye el Manual.

    Que no ha efectuado ningún uso, ni corporativo ni publicitario, de la Marca “Castilla-La Mancha”, con carácter previo a la

    presentación de esta declaración responsable.

    Que desarrolla la actividad económica de , en la siguiente dirección: , de la localidad de: , Provincia: , incluida en el código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) y está dado de alta en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, cumpliendo además, todas las exigencias establecidas por la normativa que resulte de

    aplicación. (Sólo en el caso de personas físicas o jurídicas).

    Que tiene su domicilio social, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha y que realiza una actividad que sea coincidente con

    alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha” indique la actividad

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24344

  • Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía

    Página 3 de 4

    (Sólo en el caso de entidades sin ánimo de lucro).

    Que esta al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Que esta al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

    Que esta al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

    Que el uso del distintivo gráfico de la Marca “Castilla-La Mancha”, se realizará conforme a las características técnicas y gráficas

    que contempla el Manual de Uso de la Marca, publicado en el portal web del Gobierno de Castilla-La Mancha, cuya versión resumida

    se incluye en el Anexo II.

    Que, en ningún caso, la Marca “Castilla-La Mancha” será utilizada de manera que pueda causar descrédito o inducir a error, sobre

    las características del establecimiento, actividad, origen y/o calidad del producto relacionado.

    Que, en ningún caso, se efectuará un uso indebido o ilícito de la Marca “Castilla-La Mancha”.

    Que usará la Marca “Castilla-La Mancha” de forma accesoria y nunca a título principal o sustitutiva de su propia marca.

    Que conoce que la presentación de esta declaración responsable, conlleva la inscripción en el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”, cuyo responsable es la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, de la Consejería de

    Economía, Empresas y Empleo, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

    Que son ciertos los datos consignados en la presente declaración responsable comprometiéndose a probar documentalmente los

    mismos, cuando se le requiera para ello.

    Igualmente, la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u

    ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este

    procedimiento, podrá ser objeto de sanción y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran

    ser constitutivos de un ilícito penal.

    Autorizaciones:

    Con la presentación de esta declaración responsable, y de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de

    Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Consejería podrá consultar o recabar documentos

    elaborados por cualquier otra Administración salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

    En particular, se recabarán lo siguientes datos, salvo que marque expresamente:

    Me opongo a la consulta de datos de identidad.

    Asimismo, podrá indicar los documentos aportados anteriormente ante cualquier Administración señalando la fecha de presentación y

    unidad administrativa, y serán consultados por la Consejería.

    -

    -

    -

    (En el caso de que se haya opuesto en alguna de las opciones anteriores, deben aportar los datos y documentos requeridos para la

    resolución del presente procedimiento).

    Firma (en su caso, DNI electrónico o certificado válido):

    Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía

    Página 4 de 4

    En , a de de 20

    Organismo destinatario: Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.

    Código DIR 3: A08018752

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24345

  • Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía

    Página 1 de 3

    DATOS DE LA PERSONA DECLARANTE

    Si elige persona física son obligatorios los campos: tipo de documento, nombre y primer apellido

    Persona física NIF: Pasaporte/NIE: Número de documento:

    Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido:

    Hombre Mujer

    Si elige persona jurídica son obligatorios los campos: número de documento y razón social

    Persona jurídica Número de documento:

    Razón social:

    Domicilio:

    Provincia: C.P.: Población:

    Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico:

    El correo electrónico designado será el medio por el que desea recibir el aviso de notificación, y en su caso de pago.

    DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE

    NIF: Pasaporte/NIE: Número de documento:

    Nombre: 1º Apellido: 2º Apellido:

    Hombre Mujer

    Domicilio:

    Provincia: C.P.: Población:

    Teléfono: Teléfono móvil: Correo electrónico:

    Si existe representante, las comunicaciones que deriven de este escrito se realizarán con el representante designado por el interesado.

    MEDIO DE NOTIFICACIÓN

    Correo postal (Podrán elegir esta opción las personas que NO estén obligadas a la notificación electrónica, de acuerdo con el

    artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Notificación electrónica: (Si elige o está obligado a la notificación electrónica compruebe que está usted registrada/o en la

    Plataforma https://notifica.jccm.es/notifica. y que sus datos son correctos).

    ANEXO IV COMUNICACIÓN DE BAJA VOLUNTARIA EN EL REGISTRO REGIONAL DE USUARIOS DE LA MARCA

    “CASTILLA-LA MANCHA”

    020239

    Nº Procedimiento

    Código SIACI

    MKYC

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24346

  • Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía

    Página 2 de 3

    INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS

    Responsable Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.

    Finalidad Gestión del registro general de empresas, establecimientos, asociaciones de empresarios turísticos y entidades turísticas no

    empresariales de Castilla-La Mancha.

    Legitimación Cumplimiento de una obligación legal - Ley 8/1999, de 26 de mayo de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha

    Destinatarios Existe cesión de datos.

    Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la

    información adicional.

    Información adicional

    Disponible en la dirección electrónica: https://rat.castillalamancha.es/detalle/0994

    DATOS DEL ESTABLECIMIENTO /MARCA COMERCIAL

    Nombre:

    Domicilio: Localidad:

    Provincia: C.P.:

    Teléfono: Fax:

    DATOS DE LA COMUNICACIÓN

    La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de la persona interesada o entidad que se indica, COMUNICA

    expresamente:

    Que va a proceder a la baja voluntaria en el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”, donde se encuentra

    registrado con el número:

    Que está en posesión de toda la documentación acreditativa de la condición de persona jurídica que realiza esta declaración, así

    como de la documentación acreditativa de la representación, en su caso.

    Que desarrolla la actividad económica de , en la siguiente dirección: , de la localidad de: , Provincia: , incluida en el código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) y está dado de alta en el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, cumpliendo además, todas las exigencias establecidas por la normativa que resulte de

    aplicación. (Sólo en el caso de personas físicas o jurídicas).

    Que tiene su domicilio social, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. y que realiza una actividad que sea coincidente con alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha” indique la actividad

    (Sólo en el caso de entidades sin ánimo de lucro)

    Que son ciertos los datos consignados en la presente comunicación comprometiéndose a probar documentalmente los mismos, cuando se le requiera para ello.

    Igualmente, la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportados u

    ocultamiento de información, de la que pueda deducirse intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podrá ser excluida de este

    procedimiento, podrá ser objeto de sanción y, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran

    ser constitutivos de un ilícito penal.

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24347

  • Consejería de Economía, Empresas y Empleo

    Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía

    Página 3 de 3

    Autorizaciones:

    Con la presentación de esta comunicación, y de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento

    Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Consejería podrá consultar o recabar documentos elaborados por cualquier

    otra Administración salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

    En particular, se recabarán lo siguientes datos, salvo que marque expresamente:

    Me opongo a la consulta de datos de identidad.

    Asimismo, podrá indicar los documentos aportados anteriormente ante cualquier Administración señalando la fecha de presentación y

    unidad administrativa, y serán consultados por la Consejería.

    -

    -

    -

    (En el caso de que se haya opuesto en alguna de las opciones anteriores, deben aportar los datos y documentos requeridos para la

    resolución del presente procedimiento).

    Firma (DNI electrónico o certificado válido):

    En , a de de 20

    Organismo destinatario: Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.

    Código DIR 3: A08018752

    AÑO XXXIX Núm. 172 27 de agosto de 2020 24348

    2020-08-25T14:24:57+0200