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IAO- 09-2019

OBJETO: “Arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada

para la prestación del servicio de aseo del Distrito Especial, Industrial y Portuario de

Barranquilla”

Barranquilla D.E.I.P., septiembre de 2019

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PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

Con el presente documento, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., publica en su página web www.aaa.com.co, opción “proveedores y contratistas/procesos de contratación/abiertas”, el aviso de convocatoria y el proyecto de Pliego de Condiciones correspondiente a la selección de un contratista que se encargue de “El arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio de aseo del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla “conforme a las especificaciones técnicas y condiciones estipuladas en el presente proyecto de pliego de condiciones. A través de la modalidad de Invitación Abierta a Ofertar, TRIPLE A convoca o invita a un número indeterminado de interesados con la finalidad que presenten propuestas, y seleccionar aquella que le resulte más favorable a sus intereses, conforme a los criterios de evaluación y calificación que defina la empresa. En este proceso de contratación podrán participar las personas jurídicas,

individualmente, consideradas legalmente capaces de acuerdo con las disposiciones

legales vigentes, que cumplan con las condiciones requeridas.

En el momento de presentación de la oferta, el Oferente debe estar inscrito en el

Registro de Proveedores de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P,

http://www.aaa.com.co/contratistas-y proveedores-ariba/. En caso de que no se

cumpla con este requerimiento, se rechazará la oferta.

Esta publicación se realiza con el propósito que los interesados en participar conozcan

las reglas, el objeto y el alcance de este proceso de concurrencia, donde en igualdad

de condiciones puedan solicitar aclaraciones y/o modificaciones sobre dicho

documento, dentro de los términos que establece el cronograma de esta invitación

abierta.

Las observaciones al proyecto de Pliego de Condiciones deberán ser presentadas por los interesados mediante correo electrónico dirigidas a la cuenta [email protected], hasta el plazo que para tal efecto se señale en el cronograma. Vencido este plazo, no se recibirán nuevas observaciones y de radicarse, no estará obligada TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. a darles respuesta, sin perjuicio que oficiosamente ajuste el Pliego de Condiciones cuantas veces considere necesario.

Todas las inquietudes formuladas debida y oportunamente por cualquiera de los interesados respecto al proyecto de Pliego de Condiciones serán respondidas por parte de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., a través de publicación en la página Web de la empresa: www.aaa.com.co Cualquier aclaración o modificación a los documentos de este proceso de contratación, que TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. considere oportuno hacer, será notificada por medio

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de aclaratorios o adendas, las cuales serán publicadas en la página Web de la empresa: www.aaa.com.co., antes de vencerse el plazo para la entrega de las propuestas. Estas aclaraciones o modificaciones formarán parte del Pliego de Condiciones Generales. La publicación del proyecto de Pliego de Condiciones no genera obligación para TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. de dar apertura al proceso de selección.

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Contenido

1. CAPITULO PRIMERO. GENERALIDADES DEL PROCESO ................................ 8

1.1. Introducción e información general: ...................................................................... 8

1.2. RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN ................ 8

1.3. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN: ................................................................ 9

1.3.1. Justificación de la necesidad: .................................................................................. 9

1.3.2. Definición de la necesidad: ...................................................................................... 9

1.4. OBJETO Y ALCANCE: ....................................................................................... 10

1.4.1. Objeto: ................................................................................................................ 10

1.4.2. Alcance: .............................................................................................................. 10

1.5. PRESUPUESTO: ................................................................................................ 10

1.6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: ............................................................... 10

1.7. FORMA DE PAGO: ............................................................................................. 12

1.8. PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: .................................. 13

1.9. CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN PÚBLICA ABIERTA A OFERTAR: ........... 13

1.10. CONVOCATORIA DE OFERENTES: .................................................................. 15

1.11. PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y DOCUMENTACIÓN

RELACIONADA CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN: ............................. 15

1.12. TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN CONTRACTUAL: ..................................... 16

1.13. DEFINICIONES: ................................................................................................. 16

2. CAPITULO SEGUNDO. INFORMACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN ...... 20

2.1. DOCUMENTOS DEL CONTRATO Y REGLAS DE INTERPRETACIÓN: ............ 20

2.2. ACLARACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES, EXPEDICIÓN

DE ADENDAS: .................................................................................................... 20

2.2.1. Aclaración: ................................................................................................................ 21

2.2.2. Modificación: ............................................................................................................ 21

2.3. COMUNICACIONES: .......................................................................................... 21

2.4. REUNIÓN ACLARATORIA DE DUDAS: ............................................................. 22

2.5. GASTOS PARA LA PREPARACIÓN DE PROPUESTAS. .................................. 22

2.5.1. Impuestos y gastos para la celebración y ejecución del contrato. ....................... 22

2.6. IDIOMA OFICIAL ................................................................................................ 23

2.7. MONEDA OFICIAL DE LA PROPUESTA: .......................................................... 23

2.8. DOCUMENTOS EMITIDOS EN EL EXTERIOR: ................................................. 23

2.9. TERMINACIÓN DEL PROCESO: ....................................................................... 23

3. CAPITULO TERCERO. OFERENTES, PROPUESTA Y PRESENTACIÓN DE LA

PROPUESTA. ..................................................................................................... 24

3.1. OFERENTES Y FORMAS DE PARTICIPACIÓN: ............................................... 24

3.2. PROPUESTA, CONTENIDO, RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS: ........ 24

3.2.1. Propuesta: ................................................................................................................ 24

3.2.2. Contenido de la Propuesta: ................................................................................... 25

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3.2.3. Vigencia de la Oferta .............................................................................................. 27

3.2.4. Propuestas Parciales o Alternativas:.................................................................... 27

3.2.5. Presentación y Apertura de Propuestas: ............................................................. 27

3.2.5.1. Presentación: .............................................................................................. 27

3.2.5.2. Apertura de Ofertas- Diligencia de cierre: ........................................................... 27

3.2.5.3. Propuestas Tardías o Extemporáneas o Radicadas en otra Dependencia: .. 28

4. CAPITULO CUARTO. REQUISITOS HABILITANTES ........................................ 29

4.1. REQUISITOS HABILITANTES: ........................................................................... 29

4.1.1. Capacidad Jurídica: ................................................................................................ 29

4.1.1.1. Carta de presentación de la Propuesta. .............................................................. 29

4.1.1.2. Certificado de existencia y representación legal. ............................................... 30

4.1.1.3. Garantía de seriedad de la Oferta. ....................................................................... 31

4.1.1.4. Certificación de pago de aportes a seguridad social y aportes parafiscales: 31

4.1.1.5. Certificado de no responsabilidad fiscal del Oferente y su representante legal

emitido por la Contraloría General de la República: ........................................................ 32

4.1.1.6. Certificado de antecedentes disciplinarios del Oferente y su representante legal

emitido por la Procuraduría General de la Nación: .......................................................... 32

4.1.1.7. Certificado de antecedentes judiciales emitido por la Policía Nacional: ......... 32

4.1.1.8. Copia del registro único tributario (RUT): ............................................................ 33

4.1.1.9. Documento de Identificación Personal de los Representantes Legales de los

Oferente: ................................................................................................................................. 33

4.1.1.10. Acreditación de estado de implementación del Sistema de Gestión en

Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) y sus Estándares Mínimos de conformidad

con la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo el SGSST y el

art. 2.2.4.6.28. Decreto 1072 de 2015:............................................................................... 33

4.1.2. Capacidad Financiera. ............................................................................................ 34

4.1.3. Capacidad Técnica: ................................................................................................ 37

4.1.3.1. Experiencia Técnica del Oferente: ....................................................................... 37

4.2. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA: .................................................... 38

4.2.1. Causales de Rechazo de Propuestas: ................................................................. 39

4.3. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES ............................................ 40

4.4. REGLAS DE SUBSANABILIDAD ........................................................................ 40

5. CAPITULO QUINTO. EVALUACIÓN, PONDERACIÓN O CALIFICACIÓN DE

OFERTAS Y SELECCIÓN DE LAS PROPUESTAS. ........................................... 41

5.1. EVALUACIÓN: .................................................................................................... 41

5.2. DISCREPANCIAS Y ERRORES ARITMÉTICOS: ............................................... 42

5.3. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN O PONDERACIÓN DE LAS OFERTAS: .......... 42

5.4. CRITERIOS DE DESEMPATE EN LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS .. 46

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6. CAPITULO SEXTO. ADJUDICACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL

CONTRATO ........................................................................................................ 46

6.1. ADJUDICACIÓN: ................................................................................................ 47

6.2. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: ....................................................... 47

6.3. LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO: .................................................................... 48

6.4. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA: .......... 49

6.5. EJECUCIÓN: ...................................................................................................... 49

6.5.1. Fase Preoperativa: .................................................................................................. 49

6.5.2. Fase Operativa: ....................................................................................................... 51

6.6. INTERVENTORÍA/SUPERVISIÓN: ..................................................................... 51

7. CAPITULO SEPTIMO. ESTIPULACIONES FINALES: ........................................ 53

7.1. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: ..................................................................... 53

7.2. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: ....................................................................... 54

7.3. CADUCIDAD: ...................................................................................................... 54

7.4. INTERPRETACIÓN UNILATERAL. ..................................................................... 54

7.5. MODIFICACIÓN UNILATERAL: .......................................................................... 55

7.6. TERMINACIÓN UNILATERAL: ........................................................................... 55

7.7. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE CLAUSULAS EXCEPCIONALES: . 55

7.9. GARANTÍAS DEL CONTRATO. .......................................................................... 60

7.9.1. Garantías: ................................................................................................................. 60

7.9.1.1 Garantía de Cumplimiento: ..................................................................................... 60

7.9.1.2 Garantía de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: .................... 60

7.9.1.3 Seguros de daños .................................................................................................... 61

7.9.1.4 Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual: ............................................ 61

7.9.1.5 Póliza Todo Riesgo daños Materiales................................................................... 62

7.9.1.6 Seguro de Responsabilidad Civil Ambiental: ....................................................... 63

7.9.2.1 Seguro Todo Riesgo Equipo y maquinaria.......................................................... 64

7.9.2.2 Seguro de automóviles: ........................................................................................... 64

7.10. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: ................................................................. 64

7.11. CONFLICTOS DE INTERESES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: .. 66

7.12. SIPLAFT - LAVADO DE ACTIVOS: .................................................................... 68

7.13. CONFIDENCIALIDAD: ........................................................................................ 68

7.14. FORMATOS ........................................................................................................ 70

En el presente numeral se pone a disposición de los potenciales oferentes los formatos70

de apoyo descritos a lo largo de este pliego de condiciones. ........................................ 70

FORMATO NO. 1. ........................................................................................................ 71

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Y DECLARACIONES DEL OFERENTE71

FORMATO No. 2 .......................................................................................................... 74

ANEXO TÉCNICO No. .................................................................................................. 74

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TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P FORMATO NO. 3. ......................................................... 99

COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN. .......................................................................... 99

FORMATO NO. 4. ...................................................................................................... 103

DECLARACIONES SOBRE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS

INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES .................................................... 103

FORMATO NO. 5. ...................................................................................................... 104

FORMATO PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA ......................................... 104

FORMATO NO. 6. ...................................................................................................... 106

FORMATO DE RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE .............................. 106

FORMATO NO. 7. ...................................................................................................... 107

CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL, PARAFISCALES

E IMPUESTOS. ................................................................................................ 107

FORMATO NO. 8. ...................................................................................................... 108

COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD

Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST). ............................................................. 108

FORMATO NO. 9: ...................................................................................................... 110

PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO .. 110

FORMATO NO.10. ..................................................................................................... 111

COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO CON LAS POLÍTICAS Y SISTEMA DE

SOSTENIBILDIAD DE TRIPLE A. ..................................................................... 111

FORMATO NO. 11 ..................................................................................................... 112

FORMATO NO. 12 ..................................................................................................... 113

NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE AUTORIZADO Y COMPETENTE PARA

ACTUAR EN SU NOMBRE EN TODO LO RELATIVO A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

EN LOS TÉRMINOS DE LA CLÁUSULA REPRESENTANTE DEL OFERENTE .................. 113

FORMATO NO. 13 ..................................................................................................... 114

MINUTA DE CONTRATO ........................................................................................... 114

FORMATO NO. 15..................................................................................................... 129

FORMATO INFORMACIÓN FINANCIERA y ORGANIZACIONAL .............................. 129

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1. CAPITULO PRIMERO. GENERALIDADES DEL PROCESO 1.1. Introducción e información general:

La Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A. E.S.P. en adelante TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., actualmente es prestadora del servicio público de aseo en el Distrito de Barranquilla. Con fundamento en el principio constitucional de publicidad y su Manual de Compras, Contrataciones y Logística, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., coloca a disposición de todos los posibles interesados el presente Proyecto de Pliego de Condiciones, el cual contiene información específica del proyecto, las condiciones y requisitos del proceso. Los interesados en el presente proceso de contratación a través de la modalidad de Invitación Abierta a Ofertar, cuyas reglas y contenido se indican en este Pliego de Condiciones, deberán evaluar su capacidad para participar teniendo en cuenta lo requerido por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. Para estos efectos, se señalan en este documento, las condiciones básicas y específicas en las que se sustenta el proceso de contratación. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P, en cumplimiento del principio de planeación, pretende

seleccionar al Contratista con el cual ha de suscribirse el Contrato de “El arrendamiento

operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio

de aseo del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.”

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P en cumplimiento del principio de libre concurrencia y de selección objetiva convoca a todos los interesados a que presenten sus ofertas con el fin de seleccionar aquella que resulte más favorable según los criterios y metodología de evaluación y calificación definidos en el presente Pliego de Condiciones, a fin de que el Contratista seleccionado ejecute el objeto de contratación de este proceso abierto. Le corresponde a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., garantizar la prestación eficiente y continúa del servicio público de aseo, por tanto se requiere que en sus áreas de prestación no sólo se continúe con la prestación del servicio, sino que además exista una mejora continua del mismo para la satisfacción de las necesidades de sus habitantes. Con este Pliego de Condiciones, se establecen reglas claras y objetivas que regirán la contratación a celebrarse por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., el cual contiene normas de obligatorio cumplimiento para todos los intervinientes. El oferente deberá estructurar la Propuesta, de acuerdo con los requerimientos formulados en el presente Pliego de Condiciones y anexar toda la documentación exigida. 1.2. RÉGIMEN LEGAL APLICABLE Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

El régimen legal aplicable a todos los procesos de contratación de TRIPLE A DE B/Q S.A.

E.S.P, es el del derecho privado, en los términos establecidos en el artículo 32 de la Ley 142

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de 1994, modificada por la Ley 689 de 2001, entendiéndose que su regulación corresponde a

las normas comerciales y civiles pertinentes.

Adicionalmente, la actividad contractual de la empresa se regirá por las disposiciones

contenidas en las Resoluciones CRA 151 de 2001 y CRA 242 del 2003, en lo que resulten

aplicables, las previstas en el Manual de compras, contrataciones y logísticas de la empresa

y demás que le sean aplicadas por su naturaleza.

1.3. NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN: 1.3.1. Justificación de la necesidad:

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., es el prestador del servicio público de aseo del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla. En su calidad de prestador del servicio público de aseo, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. realiza las actividades relacionadas en el artículo 2.3.2.2.2.1.13 del Decreto 1077 de 2015, entre ellas: (i) la recolección y transporte de residuos sólidos, (ii) el barrido y limpieza de vías y áreas públicas, (iii) el corte de césped y poda de árboles, y (iv) la disposición final. Soportados en la experticia y capacidades estratégicas y logísticas de TRIPLE A DE B/Q S.A.

E.S.P, la finalidad que se persigue con el presente proceso es contratar los vehículos que

soportan la operación de aseo, para garantizar mejoras continuas y eficiencias en la

prestación del servicio público.

1.3.2. Definición de la necesidad:

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. necesita contratar: “El arrendamiento operativo (renting) de

vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio de aseo del Distrito

Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.”

Para este fin, el oferente y/o contratista, deberá garantizar a Triple A:

1. Que la escogencia de los vehículos, equipos y maquinaria pesada se realice mediante un proceso bajo los principios de transparencia, igualdad y objetividad.

2. La disponibilidad de los vehículos y su correcta operación durante toda la vida del contrato dando cumplimiento a los planes de mantenimiento predictivo, correctivo y preventivo diseñados.

El Contratista estará obligado a contar con los equipos, personal, insumos, repuestos y demás

elementos que garanticen el cumplimiento de las especificaciones descritas en el presente

pliego de condiciones durante la vigencia del contrato.

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1.4. OBJETO Y ALCANCE:

1.4.1. Objeto: El objeto de la presente Invitación Abierta a Ofertar es “El arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio de aseo del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.”

1.4.2. Alcance: El Contratista que resulte seleccionado, prestará el arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio de aseo. Este servicio se prestará en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, y solo para eventos excepcionales y con el propósito de soportar la operación, se podrá destinar el uso de vehículos para los municipios de Sabanalarga, Puerto Colombia, Galapa, Ponedera y Tubará. Adicionalmente, el Contratista deberá contar con una Base de Operaciones, conforme a las

especificaciones descritas en el numeral No. 2 del anexo técnico, en la cual realizará las

actividades de mantenimiento preventivo, correctivo, predictivo, lavado y las demás

operaciones necesarias para tener los equipos disponibles y operativos para que TRIPLE A

DE B/Q S.A. E.S.P., pueda ejecutar las actividades de recolección y transporte de los residuos

generados en la fuente hasta el sitio de disposición final de los mismos, en el Relleno Sanitario

los Pocitos.

El objeto del presente contrato, se prestará en las condiciones descritas en el presente pliego

de Condiciones, sus anexos y adendas respectivas.

1.5. PRESUPUESTO: El presupuesto estimado para esta contratación es de hasta Mil Quinientos Cuarenta y Un millones trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres pesos M/CTE($1.541.333.333) mensuales, el cual incluye todos los gastos, impuestos, tasas, pólizas, retribuciones y demás costos en los que incurra el contratista en la ejecución del contrato. El presente proceso de selección se encuentra incluido en su Plan de Gestión y en el Presupuesto Anual de Operación de Ingresos y Gastos. 1.6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:

El Contrato a suscribirse se remunerará con un canon de arrendamiento, en moneda local, por el número de ítems suministrados de acuerdo a los kilómetros, horas y el margen de tolerancia definidos en el anexo técnico. El canon de arrendamiento se reconecerá a partir de la entrega y puesta en marcha a

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satisfacción por parte de Triple A de cada uno de los vehículos incorporados en la oferta. El canon de arrendamiento podrá ser indexado con base al INDICADOR BANCARIO DE

REFERENCIA (IBR), siempre y cuando exista una volatibilidad del indicador superior o inferior

a 30 puntos básicos.

Se señala expresamente que los precios indicados por los oferentes en la modalidad del renting operativo, deberán incluir: el suministro de los vehículos y equipos (chasis y cajas compactadoras, lifters, cajas estacionarias), trámites iniciales y anuales, permisos a nivel local y nacional que permitan la operación de los vehículos y dando cumplimiento a lo establecido en normatividad vigente del Ministerio de Tránsito y Transporte, SOAT durante la vigencia del contrato, pago de impuestos anuales, seguro general del vehículo, impuesto de rodamiento, mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos, cambio de llantas por desgaste, lavado, base de operaciones , y demás servicios que el oferente considere que debe contener el pago de los servicios y/o actividades propias de esta modalidad, para garantizar la operación las 24 horas del día de dichos equipos. Al preparar su oferta, el oferente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales como: el Impuesto de Renta, IVA, y el de Industria y Comercio, entre otros, así como los aranceles y gastos de importación y otras deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con la ley. Es entendido que EL CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas de conformidad a lo establecido legalmente. La remuneración que recibirá el Contratista, será la ofertada en la Propuesta que resulte

adjudicada dentro del proceso de selección.

Los oferentes en sus propuestas, deben ajustarse al presupuesto definido en el presente

pliego de condiciones. En caso de recibirse propuestas que superen el presupuesto oficial del

proceso, será meramente facultativo para TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S. proceder a evaluarlas,

siempre y cuando no exista otra u otras propuestas habilitadas cuya oferta económica sea

igual o menor al presupuesto oficial.

Nota: el oferente deberá tener en cuenta la realización del trámite para la exclusión del IVA,

en la compra e importación de los vehículos a la que da lugar la regulación tributaria vigente,

y llevar a cabo los trámites correspondientes ante la Autoridad Nacional de Licencia

Ambientales (ANLA).

El tramite debe ser realizado de manera conjunta entre el oferente y la TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., quien destinará los vehículos y equipos a los fines previstos en los artículos 424 numeral 7, 428 literales f) e i) del estatuto tributario, por lo cual se enmarcarían en lo establecido en el literal a) del artículo primero de la Resolución 978 de 2007. Cabe resaltar que en dicho evento el oferente debe dar cumplimiento a los requisitos establecidos en los

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numerales 1, 2 y 3 del artículo segundo de la mencionada resolución, así como presentar copia del documento donde vinculo jurídico entre los solicitantes. Se deja expresa constancia que el beneficio que resulte de esta exclusión del IVA pertenece única y exclusivamente a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. Así mismo se deja constancia, que si no se llegare a obtener la exclusión del IVA por causas imputables a la TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., ésta reconocerá el valor del IVA. Este trámite solo será obligatorio, en el caso que las importaciones o adquisiciones de los

vehículos no hayan sido objeto de éste beneficio tributario.

1.7. FORMA DE PAGO: Se pagarán los servicios ejecutados en moneda nacional colombiana, a los treinta (30) días

siguientes a la presentación de la factura correspondiente, previo cumplimiento de todos los

requisitos legales, tanto de forma como de contenido, la cual deberá ser aprobada por el

respectivo interventor. EL CONTRATISTA facturará mes vencido el canon de acuerdo al

número de ítems suministrados con base a los kilómetros, horas y margen de tolerancia

definidos en el anexo técnico.

Es requisito indispensable para efectuar los pagos, que EL CONTRATISTA acompañe con la factura de cobro la constancia de cancelación de los salarios y prestaciones sociales a los trabajadores, así como copia de pago al sistema de seguridad social integral (EPS, AFP, ARL), y parafiscales (Caja de compensación familiar, ICBF y SENA), donde se detalle el periodo de cotización, número de cédula y salario base de cotización. Es entendido que el oferente favorecido con la aceptación de la oferta y en su calidad de Contratista faculta expresamente a la empresa para: a). Revisar y verificar los pagos por los anteriores conceptos en las entidades correspondientes, durante la vigencia del contrato, según lo definido en el Art. 50 de la ley 789 de 2002 y acorde con la Ley 1607 de 2012 cuando corresponda. b). Retener los pagos que EL CONTRATISTA tenga a su favor, en caso de presentar mora en los aportes a la seguridad social y parafiscales y/o en el pago a los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo o a cualquiera de los ex trabajadores del mismo, por concepto de salarios, prestaciones sociales ó cualquiera otra obligación de carácter laboral pendiente. c). Pagar todos los conceptos laborales contemplados en el literal b de esta cláusula, como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien corresponda con cargo a las sumas adeudadas a EL CONTRATISTA, sin que ello implique que la empresa se convierta en empleador y mucho menos que sustituya las obligaciones laborales a cargo de EL CONTRATISTA. d). Exigir, a través de la interventoría, las constancias de pago correspondientes a salarios, prestaciones sociales, seguridad social, parafiscales y cualquier otro concepto de pago que se hubiere causado a cargo del CONTRATISTA empleador en favor de cualquiera de sus trabajadores durante el plazo contractual. NOTA 1: Para efectos del contrato que resulte del proceso de contratación se dejará constancia de la fecha de inicio y fin de la etapa preoperativa, indicando que en esta fase no

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se causará ningún reconocimiento al contratista por tratarse de una fase de alistamiento, y el inicio de la etapa operativa donde empieza el plazo de ejecución del contrato. 1.8. PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato comprenderá las siguientes fases:

Fase Desde Hasta

Fase Preoperativa El cumplimiento de los requisitos de legalización y la firma del acta de inicio.

30 de marzo de 2020

Fase operativa

Desde el 30 de marzo de 2020 (el cotrantista contará con un plazo de un mes para la entrega y puesta en marcha, el cual culminará el 30 de abril de 2020)

7 años.

El contrato tendrá una vigencia comprendida, entre, la fecha de suscripción del contrato hasta la liquidación del mismo, incluido el plazo de ejecución. 1.9. CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN PÚBLICA ABIERTA A OFERTAR: El cronograma previsto para el presente proceso es el siguiente:

Actividad Fecha y Hora Lugar Observación

Publicación de la convocatoria. 10 de septiembre de

2019.

A través de la página

web:http://www.aaa.com.co

/l/?cat=2;

Publicación del Proyecto de

Pliego de Condiciones y sus

Anexos.

10 de septiembre de

2019.

A través de la página web:

http://www.aaa.com.co/l/?c

at=2

Presentación de

observaciones al Proyecto de

Pliego de Condiciones y sus

Anexos.

Hasta el 13 de

septiembre de 2019.

A través del correo

electrónico:

[email protected]

om.co

Respuesta a observaciones al

proyecto de Pliego de

Condiciones y sus Anexos.

19 de septiembre de

2019

A través de la página web:

http://www.aaa.com.co/l/?c

at=2

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Publicación de Pliego de

Condiciones

19 de septiembre de

2019

A través de la página web:

http://www.aaa.com.co/l/?c

at=2

Reunión aclaratoria de dudas 20 de septiembre de

2019 8:30 a.m.

Se realizará en las

instalaciones de la Entidad

Salón Prado a las 8:30 am.

Observaciones y aclaraciones

al Pliego de Condiciones

definitivo

Hasta el 20 de

septiembre de 2019

Hora: hasta las 5:00

P.M.

A través del correo

electrónico:

[email protected]

om.co

Respuesta a las observaciones

y aclaraciones al Pliego de

Condiciones definitivo.

Hasta el 23 de

septiembre de 2019

A través de la página web:

http://www.aaa.com.co/l/?c

at=2

Plazo máximo expedición de

Adendas.

Hasta el 23 de

septiembre de 2019.

A través de la página web:

http://www.aaa.com.co/l/?c

at=2,opción “proveedores y

contratistas/procesos de

contratación/abiertas”

Cierre de la convocatoria y

plazo máximo para la

presentación de Ofertas – Acta

de Cierre y Apertura de

Ofertas.

El día 24 de

septiembre de 2019

Hora: hasta las 3:00

P.M.

Apertura de Ofertas:

3:00 pm

Radicación ofertas:

OFICINA DE GESTIÓN

DOCUMENTAL de TRIPLE

A DE B/Q S.A. E.S.P.,

ubicada en la Cra. 58 #67 -

09, Barranquilla – Atlántico,

República de Colombia.

Apertura de Ofertas: en el

salón Prado de TRIPLE A

DE B/Q S.A. E.S.P.

Plazo de comunicación de la

oferta ganadora

Hasta el 1 de octubre

de 2019

Se comunicará por escrito a

cada uno de los oferentes

acerca de la aceptación o

rechazo de las mismas, a la

dirección que figure

reportada en la respectiva

oferta.

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Firma del contrato Dentro de dos (2)

días hábiles

siguientes a partir de

la comunicación de

aceptación de la

propuesta.

Oficinas de TRIPLE A DE

B/Q S.A. E.S.P., ubicada en

la Cra. 58 #67 - 09,

Barranquilla – Atlántico,

República de Colombia.

Este plazo

incluye el

término para que

TRIPLE A remita

dos (2)

ejemplares

originales del

contrato y sus

anexos.

Legalización del Contrato Dentro de los tres (3)

días hábiles

siguientes a partir de

la Firma del Contrato.

Oficinas de TRIPLE A DE

B/Q S.A. E.S.P., ubicada en

la Cra. 58 #67 - 09,

Barranquilla – Atlántico,

República de Colombia.

Acta de inicio Dentro de los dos (2)

días hábiles

siguientes a partir de

la Firma del Contrato.

Oficinas de TRIPLE A DE

B/Q S.A. E.S.P., ubicada en

la Cra. 58 #67 - 09,

Barranquilla – Atlántico,

República de Colombia.

Las fechas antes indicadas podrán variar por decisión de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P., con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones. Cualquier modificación al cronograma será efectuada mediante Adenda, la cual será publicada en la página web de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: http://www.aaa.com.co/l/?cat=2

1.10. CONVOCATORIA DE OFERENTES: La convocatoria a los interesados para que participen en el presente proceso de Invitación Abierta a Ofertar y el pliego de Condiciones con sus Anexos y formatos se realiza mediante publicación en la página web de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: www.aaa.com.co. En dicho aviso de convocatoria se indicará el link, vínculo u opción, a través del cual los interesados podrán consultar o tener acceso al Pliego de Condiciones, sus Adendas, Anexos y en general a todas las reglas que se deben cumplir en este proceso de contratación. 1.11. PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y DOCUMENTACIÓN

RELACIONADA CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN: Para dar cumplimiento al principio de publicidad que aplica a este proceso de concurrencia de Oferentes, el Pliego de Condiciones así como todos los documentos del presente proceso de selección podrán ser consultados, y/o descargados a través de la página web de TRIPLE A

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DE B/Q S.A. E.S.P.:http://www.aaa.com.co/l/?cat=2”, con el fin de que todos los interesados

conozcan la información sobre la contratación objeto de este proceso de selección. Accediendo a ese link, enlace, vinculo u opción podrán consultar la información contenida en el Pliego de Condiciones generales, información de Adendas, aclaración de dudas y en general todas las reglas que rigen el proceso de contratación. 1.12. TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN CONTRACTUAL:

Todos los documentos del presente proceso de selección podrán ser consultados, adquiridos y/o descargados a través de la página web de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: www.aaa.com.co, opción “proveedores y Contratistas/procesos de contratación/abiertas”. En caso de solicitar copias físicas, se aplicará el procedimiento de expedición de copias previsto en el artículo 29 del CPACA. 1.13. DEFINICIONES:

(i) Acta de Inicio: Es el documento que suscribe el Contratista y TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P, donde las partes dejan constancia de la fecha de iniciación del objeto de este proceso de contratación, una vez cumplidos los requisitos de legalización, con la respectiva aprobación de pólizas.

(ii) Adenda: Es el documento mediante el cual se modifica, adiciona o aclara el Pliego de Condiciones, sus Anexos y formatos.

(iii) Adjudicación: Es el acto por medio del cual TRIPLE A DE B/Q S.A. selecciona al Contratista, que ejecutará el objeto de este proceso de contratación.

(iv) Anexos: Es el conjunto de documentos que se adjuntan al Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo.

(v) Base de Operaciones: Inmueble destinado por el contratista para que funja como centro de operación de las actividades conexas previstas en el anexo técnico.

(vi) Contratante: Es la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A. E.S.P., cuya sigla es TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

(vii) Contratista: Es la persona jurídica, que resulta adjudicatario en este proceso de selección y que se obliga a ejecutar la prestación del servicio materia de la Invitación Abierta a Ofertar asumiendo todos los riesgos y utilizando sus propios medios, en la relación vinculante que se formaliza a través del Contrato.

(viii) Contrato: Es el documento suscrito entre la TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y el Contratista que resulte seleccionado como adjudicatario, con plenos efectos legales para las partes contratantes.

(ix) Días calendario: Se entiende días corridos de veinticuatro (24) horas.

(x) Día hábil: Es cualquier día de la semana comprendido entre el lunes y el viernes, excluyendo de éstos los días vacantes y feriados determinados por la Ley en la República de Colombia. Lo anterior, en concordancia con lo establecido en el Código de Régimen Político y Municipal (Ley 4 de 1913).

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(xi) Fecha de Cierre: Es la fecha límite en la cual, las Propuestas deben ser entregadas para que sean evaluadas y analizadas por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

(xii) Garantía de Seriedad de la Propuesta: Es la garantía que deberán constituir los Oferentes a favor de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. con el propósito de garantizar la seriedad de la Oferta presentada, de acuerdo con lo establecido en este Pliego de Condiciones.

(xiii) Interventor o Supervisor: Es un delegado de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P quien desempeña funciones de seguimiento, supervisión, control y verificación de las obligaciones técnicas, administrativas, legales, medioambientales, de seguridad y salud en el trabajo, y demás adquiridas por el contratista a través del contrato.

(xiv) Invitación Abierta a Ofertar: Es la modalidad mediante la cual TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. convoca o invita a través de su página web, periódicos de amplia circulación local y/o nacional y los distintos medios de comunicación disponibles, mediante la publicación de los proyectos de pliegos de condiciones y aviso de convocatoria, a un número indeterminado de interesados con la finalidad de que presenten Propuestas, con el propósito de seleccionar aquella que resulte más favorable para los intereses de la empresa, conforme a los criterios de evaluación y calificación que se defina en el pliego de condiciones respectivos.

(xv) Personal del Contratista/Oferente o “Personal”: Cualquier persona que el Oferente o el Contratista, según el caso, encomiende labores relacionadas con la presentación de la Propuesta y/o con la ejecución del Contrato. Esta expresión incluye aquellas personas con quienes el Oferente/Contratista contrata o subcontrata mediante vínculo laboral, por prestación de servicios o cualquier otra forma contractual. Este personal no tiene vinculación alguna con TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

(xvi) Periodo Preoperativo o Fase Preoperativa: Es el periodo en el que se deberán adelantar las siguientes actividades: (i) Gestionar la compra de vehículos y equipos que garanticen su disponibilidad para el inicio de la etapa operativa y el correspondiente alistamiento de la base de operaciones que empleará de conformidad al anexo técnico (ii) verificación por parte del interventor/supervisor del contrato de los vehículos y equipos entregados por el contratista, previo al inicio de la etapa operativa (iii) Contratar y capacitar el personal necesario para la ejecución del contrato (iv) Obtener todos los insumos y elementos necesarios para iniciar la ejecución de todas las actividades objeto del Contrato. (v)Todas las gestiones que sean necesarias para la iniciación de las operaciones en las condiciones establecidas en este pliego de condiciones, adendas y anexos. En la presente fase no se causará pago alguno a favor del contratista

(xvii) Fase operativa: Es el periodo dispuesto para el inicio de la operación, que parte desde 30 de marzo de 2020 (entre el 30 de marzo y el 30 de abril el contratista deberá entregar la totalidad de los vehículos y equipos incorporados en el presente pliego) hasta la culminación del plazo de ejecución del contrato de siete (7) años, donde el contratista deberán cumplir el objeto contractual con la entrega de los vehículos, equipos y base de operaciones, de conformidad con las especificaciones señaladas en el presente pliego de condiciones, sus anexos y adendas respectivas

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(xviii) Plazos: Para efectos de este proceso de contratación, los plazos en días establecidos por la ley que no señalan expresamente si se trata de días hábiles o días calendario deben entenderse como días hábiles excluyendo los feriados y vacantes conforme a lo previsto por el parágrafo 1 del artículo 829 del Código de Comercio, artículo 62 de la Ley 4 de 1913 y el artículo 70 del Código Civil. Los plazos expresados en meses y años se computan según el calendario; pero si el último día fuere feriado o de vacante, se extenderá el plazo hasta el primer día hábil.

(xix) Plazo de vigencia del contrato: Es el periodo comprendido entre la fecha de la suscripción del Contrato y la fecha en que queda aprobada la liquidación definitiva del mismo. Se entiende la Vigencia del Contrato como el término dentro del cual el Contrato como acto jurídico está vigente, lo cual debe incluir el Plazo de Ejecución más el necesario para la liquidación del mismo.

(xx) Pliego de Condiciones: Es el documento elaborado por TRIPLE A DE B/Q S.A. ESP, facilitado a los interesados en presentar Propuestas, en el cual se señalan las condiciones técnicas, económicas, financieras y jurídicas del objeto a contratar en este proceso de contratación. Hacen parte del Pliego de Condiciones los Anexos, formatos, las Adendas y demás documentos que de él se deriven.

(xxi) Oferente: Es la persona jurídica, nacional que ha presentado propuesta en este proceso de selección, bajo la modalidad de Oferente Individual.

(xxii) Oferta: Es el documento (Oferta) que, durante el desarrollo de este proceso de selección, presentan los Oferentes, de acuerdo con lo exigido en este Pliego de Condiciones.

(xxiii) Propuesta Hábil: Se entiende por propuesta hábil, aquella que cumple con la totalidad de requisitos jurídicos, técnicos, organizacionales y financieros habilitantes exigidos en el presente Pliego de Condiciones y que no ha sido rechazada durante el estudio y evaluación de las Ofertas.

(xxiv) Propuesta Inhábil: Se entiende por Propuesta inhábil, aquella que no cumple cualquiera de los requisitos jurídicos, técnicos, organizacionales y financieros habilitantes exigidos en el presente Pliego de Condiciones, y es rechazada durante el proceso de estudio y evaluación de Ofertas.

(xxv) Relleno Sanitario o Sitio de Disposición Final: Es el lugar técnicamente seleccionado, diseñado y operado para la disposición final controlada de residuos sólidos, sin causar peligro, daño o riesgo a la salud pública, minimizando y controlando los impactos ambientales y utilizando principios de ingeniería, para la confinación y aislamiento de los residuos sólidos en un área mínima, con compactación de residuos, cobertura diaria de los mismos, control de gases y lixiviados, y cobertura final, para los efectos de este proceso y del contrato a celebrarse el Relleno Sanitario es el Relleno sanitario “Parque Ambiental Los Pocitos”, ubicado a 15 km en el costado izquierdo de la vía que conduce de Barranquilla al municipio de Tubará-Departamento del Atlántico, con licencia ambiental otorgada por la Corporación Autónoma Regional del Atlántico – CRA Resolución 00049 de 2007. La Disposición Final se realizará en el sitio previamente indicado o en casos de emergencia o por orden de autoridad, en el sitio que determine TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., Residuo Sólido: Es cualquier objeto,

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material, sustancia o elemento principalmente sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales o de servicios, que el generador presenta para su recolección por parte de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y que, en virtud del objeto y alcance del presente proceso de contratación, será transportado en los vehículos arrendados.

(xxvi) Residuo Sólido no Aprovechable: Es cualquier material o sustancia sólida o semisólida de origen orgánico e inorgánico, putrescible o no, proveniente de actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios, que es presentado por el generador para recolección por parte de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y que, en virtud del objeto y alcance del presente proceso de contratación, será transportado en los vehículos arrendados.

(xxvii) Residuo Sólido Especial. Es todo residuo sólido qué por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso, necesidades de transporte, condiciones de almacenaje y compactación, no puede ser recolectado y transportado en vehículos compactadores.

(xxviii) Residuo Sólido Ordinario. Es todo residuo sólido de características no peligrosas que por su naturaleza, composición, tamaño, volumen y peso puede ser recolectado y transportado en vehículos compactadores.

(xxix) Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST): “Es la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo”. (Artículo 2.2.4.6.4. del Decreto, 1082 de 2015). El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), debe ser aplicado (…) “por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión”. (Artículo 2.2.4.6.1 del Decreto de 1072 de 2015).

(xxx) SUI (Sistema Único de Información): Es un sistema de información establecido, administrado, mantenido y operado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su control, inspección y vigilancia, para que su presentación al público sea confiable, conforme a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 142 de 1994.

(xxxi) Vehículos, maquinaria y equipos: Son la parte principal del contrato y sus especificaciones son las descritas en el anexo técnico, documento adjunto a la presente invitación.

(xxxii) Siniestro: daño o accidente ocasionado por diferentes acontecimientos los cuales puedan afectar la disponibilidad del equipo, como hurto, incendio, responsabilidad civil, muerte, y lesión, entre otros.

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2. CAPITULO SEGUNDO. INFORMACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. DOCUMENTOS DEL CONTRATO Y REGLAS DE INTERPRETACIÓN:

Los documentos que conformen la presente Invitación Abierta a Ofertar y el Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos. Se entenderán integrados al Pliego de Condiciones, los Anexos, Formatos y Adendas. Adicionalmente deberán tenerse presente los siguientes aspectos: (a) Las palabras en masculino también incluyen el femenino; (b) Las palabras en singular también incluyen el plural y viceversa; (c) Las disposiciones que incluyen la palabra “pactar”, “acordar,” “acordado” o “acuerdo”

exigen que el acuerdo se haga constar por escrito firmado por ambas partes, las cuales deben ser previamente autorizadas para la firma por los órganos competentes.

(d) El orden de los capítulos y cláusulas de este Pliego de Condiciones no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos;

(e) Las palabras al margen y otros encabezamientos no se tomarán en cuenta en la interpretación.

(f) Los plazos establecidos en “días” dentro de este Pliego de Condiciones se entenderán como días hábiles. Cuando se trate de “días calendario”, se deberá indicar de manera expresa. Por ello, los días sábado no se considerarán días hábiles. Los “meses” y “años” como términos naturales o comunes.

(g) Cuando durante el proceso de selección el día de vencimiento de un plazo fuese un día festivo o vacante dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente. Las interpretaciones que los interesados hagan de las estipulaciones del Pliego de Condiciones o de las aclaraciones hechas al mismo serán de su exclusiva responsabilidad.

(h) Las expresiones utilizadas en el presente pliego con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que se asigna en el numeral 1.13.

(i) Cuando exista una definición de orden legal de alguna de las definiciones previstas en el presente pliego, la interpretación será conforme a lo definido en el numeral 1.13, pero en todo caso, cumpliendo como mínimo los requisitos y alcance que le ha dado la Ley a la respectiva definición.

(j) Si se encuentra alguna ambigüedad o discrepancia en los documentos del Contrato, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. emitirá las aclaraciones o instrucciones necesarias para brindar claridad a los oferentes.

2.2. ACLARACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES, EXPEDICIÓN DE

ADENDAS: Las solicitudes de aclaración y/o modificación al Pliego de Condiciones definitivo, podrán

formularse por los interesados por medio escrito y electrónico al correo

[email protected] durante el término establecido en numeral 1.9.

Cronograma de la invitación pública abierta a ofertar.

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Toda aclaración o modificación se hará mediante Adendas que se consideren pertinentes al Pliego de Condiciones definitivo, las cuales se publicarán de la misma manera y por los mismos medios que indique este pliego, es decir, en la página web de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: http://www.aaa.com.co/l/?cat=2

2.2.1. Aclaración:

Todas las solicitudes escritas y remitidas al correo electrónico

[email protected] de aclaraciones de los Oferentes serán contestadas por

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., durante el término establecido en el numeral 1.9. Cronograma

de la Invitación Abierta a Ofertar y antes de la fecha de cierre del proceso de selección.

Para el efecto se publicarán las respuestas en la página web: www.aaa.com.co opción “proveedores y Contratistas/procesos de contratación/abiertas”. 2.2.2. Modificación:

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., si lo considera conveniente, expedirá las modificaciones pertinentes al Pliego de Condiciones hasta la fecha establecida en numeral 1.9. Cronograma de la Invitación Abierta a Ofertar y ajustará, si fuere necesario, el cronograma que rige esta Invitación Pública. Las modificaciones al Pliego de Condiciones que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., considere oportuno hacer, serán comunicadas, por medio de Adenda las cuales se publicarán de la misma manera y por los mismos medios que indique este pliego, es decir, en la página web de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: www.aaa.com.co, opción “proveedores y Contratistas/procesos de contratación/abiertas”, y serán de obligatorio cumplimiento para la preparación de las Ofertas. 2.3. COMUNICACIONES:

Las comunicaciones en el marco del proceso de contratación deben hacerse por escrito

dirigido a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. a través del correo electrónico:

[email protected]

La comunicación debe contener: (a) El asunto: que debe indicar el número del presente

Proceso de Contratación iniciando por IAO-09-2019; (b) Los datos del remitente que incluyen

nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (c) Identificación de los anexos que se presenten con la comunicación, los cuales deben estar en formato .pdf. Las comunicaciones y solicitudes enviadas a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. por canales distintos al mencionado no serán tenidas en cuenta para los propósitos del proceso de contratación.

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TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. responderá las consultas mediante publicación en la página web: www.aaa.com.co, opción “proveedores y Contratistas/ procesos de contratación/abiertas. 2.4. REUNIÓN ACLARATORIA DE DUDAS:

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. organizará una reunión aclaratoria de dudas, la cual NO es de obligatoria asistencia para los OFERENTES, la cual se realizará la fecha y hora establecida en el cronograma. Los OFERENTES interesados en asistir a esta reunión, deberán inscribirse previamente al

correo electrónico [email protected]

Para facilitar el ingreso en cualquier instalación de Triple A, las empresas interesadas deberán presentar en portería los documentos que le acrediten como representante legal o apoderado, estos últimos otorgados de acuerdo con la normatividad vigente. Quien no acredite la calidad con que actúa no podrá participar en la ronda de preguntas. La Entidad se reserva el derecho de responder las observaciones en la diligencia, y de las que no se emita pronunciamiento ante su complejidad, serán respondidas en el término de respuestas a observaciones establecido en el cronograma del proceso. 2.5. GASTOS PARA LA PREPARACIÓN DE PROPUESTAS.

El Oferente sufragará todos los Gastos relacionados con el análisis de los documentos del proceso de contratación, la presentación de observaciones, preparación y presentación de su propuesta, pólizas de seriedad y cualquier otro gasto relacionado con la participación en el proceso de selección estará a cargo exclusivo del oferente. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. no será responsable en ningún caso de dichos gastos cualquiera que sea la forma en que se realice la presentación de la misma o el resultado del proceso de evaluación y adjudicación. 2.5.1. Impuestos y gastos para la celebración y ejecución del contrato. El adjudicatario se obliga a cubrir los gastos y pagar los impuestos, tasas, contribuciones y similares, vigentes al momento de la suscripción y legalización del contrato. Una vez suscrito el contrato, el Contratista seleccionado deberá pagar todos los gastos legales, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto de la prestación del servicio contratado y/o ejecución del Contrato, en cumplimiento de las normas aplicables a la materia. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P deducirá del valor a pagar como remuneración del Contrato las retenciones en la fuente a que haya lugar y los impuestos que estén a cargo del Contratista, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

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2.6. IDIOMA OFICIAL

Las consultas, preguntas, respuestas, actuaciones y procedimientos relacionados con este proceso, al igual que la oferta y los documentos que la acompañen deberán presentarse en idioma castellano. Las traducciones de documentos en idiomas distintos al castellano deberán acompañarse de una traducción al idioma castellano realizada por intérprete oficial y aportar el documento a que se refiere el artículo 33 de la ley 962 de 2005 para acreditar la idoneidad del traductor. 2.7. MONEDA OFICIAL DE LA PROPUESTA:

El valor de la oferta presentada por el OFERENTE deberá especificar el valor unitario y ajustarse de acuerdo a lo señalado en el Formulario de cantidades y precios, conforme a la duración del contrato.

La moneda que se establece para la presentación de ofertas es en Pesos Colombianos (COP). 2.8. DOCUMENTOS EMITIDOS EN EL EXTERIOR: Los documentos otorgados en el extranjero, de naturaleza pública o privada, que pretendan hacerse valer en el presente proceso de selección deberán presentarse teniendo en cuenta lo siguiente:

(i) En caso de tratarse de un documento otorgado en el exterior en idioma diferente al castellano, deberá acompañarse de su respectiva traducción oficial al castellano, por traductor oficial y/o certificado, con el debido reconocimiento o autenticación de la firma del traductor ante Notario Público y aportar el documento a que se refiere el artículo 33 de la ley 962 de 2005 para acreditar la idoneidad del traductor.

(ii) Las traducciones de documentos otorgados en el exterior y los documentos otorgados en el exterior deben adicionalmente (i) estar apostillados si el país de origen es signatario del convenio de la Haya, y en caso contrario (ii) Estar legalizados por la Entidad competente desde el país de origen. El trámite de apostilla y/o legalización de documentos otorgados en el exterior se encuentra reglado en la Resolución No. 10547 del 14 de diciembre de 2018, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia.

2.9. TERMINACIÓN DEL PROCESO:

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. podrá en cualquier momento del proceso, suspender y/o dar por terminado el mismo.

Con la presentación de su oferta el oferente acepta esta situación y que en el evento de ocurrir no se genera a favor del oferente o interesado ningún derecho ni podrá reclamar a

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Triple A por los costos en que ha incurrido.

3. CAPITULO TERCERO. OFERENTES, PROPUESTA Y PRESENTACIÓN DE LA

PROPUESTA.

3.1. OFERENTES Y FORMAS DE PARTICIPACIÓN: En este proceso de selección, podrán participar únicamente Oferentes Individuales integrados por personas jurídicas legalmente constituidas en Colombia y que por su naturaleza pueden prestar el servicio de renting estando la actividad contenida en su objeto social. Las personas previamente indicadas podrán participar siempre que cumplan los requisitos indicados en el presente pliego de condiciones. Solo podrán participar en el presente proceso de invitación abierta a ofertar los interesados que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores y Contratistas de la empresa TRIPLE A. No se admite la participación de consorcios, Promesas de sociedad futura, uniones temporales y personas naturales. 3.2. PROPUESTA, CONTENIDO, RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS: 3.2.1. Propuesta:

La Oferta deberá elaborarse, con sujeción a las estipulaciones de este pliego de condiciones, sus anexos, formatos, especificaciones y adendas, que hacen parte de este proceso de contratación, los cuales constituyen los documentos de la contratación válidos para la información. Con la presentación de la oferta, el oferente deberá manifestar que revisó y estudió tanto el pliego de condiciones como los demás documentos del proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado como dudosas y qué además, conoce la naturaleza del objeto a contratar, su costo, tiempo de ejecución, y que formuló su propuesta de manera libre y responsable. Por tanto, el riesgo por las diferencias que puedan presentarse entre la información suministrada y la realidad corre por cuenta del oferente. No serán aceptables las propuestas que sean presentadas por oferentes que se encuentren incursos en causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y la Ley, contenidas en el numeral 7.10 del presente pliego de condiciones, y en las prohibiciones del artículo 81 del Código de Buen Gobierno descritas en el mismo numeral. Le corresponde a los oferentes, conocer el régimen de permisos y licencias que deban tramitar por la naturaleza misma del proyecto, conocer las leyes y reglamentos, incluyendo las

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disposiciones laborales, de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo y las del régimen tributario que le aplican como potencial Contratista, respecto al objeto del contrato y cualquier otra clase de leyes o reglamentos que le puedan ser aplicables. La información y datos que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. pone a disposición de los Oferentes para la preparación de las Ofertas no eximirán a estos de la responsabilidad de verificar las condiciones que puedan afectar el costo para la ejecución del objeto del Contrato materia de esta invitación abierta. Las interpretaciones o deducciones que haga el Oferente de lo establecido en este Pliego de Condiciones serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el Oferente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su Propuesta. La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del oferente de la asignación de riesgos que prevé TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. en el Anexo denominado Matriz de Riesgos, de este pliego de condiciones y sus modificaciones. 3.2.2. Contenido de la Propuesta:

Los Oferentes deberán presentar sus Propuestas en un sobre cerrado, marcado con el número y nombre de la presente invitación abierta, indicando el nombre y la dirección del Oferente, correo electrónico, teléfono, especificando que van dirigidos a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. La Propuesta deberá presentarse en original, una (1) copia y un (1) medio magnético (CD) en formato PDF., debidamente marcados e identificados con dichas denominaciones. La Oferta debe estar sin enmendaduras, tachones, ni borrones. Los documentos de la Oferta deben estar foliados de forma consecutiva y la numeración debe iniciar con el número uno (1). En caso de divergencia entre la Propuesta original y las copias, prevalecerán los datos consignados en el original. Los Oferentes deben adjuntar todos los documentos exigidos en el Pliego de Condiciones tanto en el documento original como en las copias, de tal manera que el número de folios de los cuadernillos coincidan con exactitud. La Propuesta se presentará en un sobre cerrado que deberá contener, a su vez, tres (3) sobres o carpetas, nombrados como SOBRE A, SOBRE B y SOBRE C, cerrados y sellados, los cuales deberán contener los siguientes documentos e información: SOBRE A. Propuesta Económica. Deberá contener los requisitos económicos y el valor de la Oferta de acuerdo con el Formato contenido en el Formato No. 5 del Pliego de Condiciones, diligenciado en su integridad.

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El valor de la oferta deberá expresarse en pesos colombianos, y deberá contener el valor unitario de cada uno de los ítems así como el valor total de la propuesta. La Propuesta Económica no podrá estar sujeta a condición alguna. SOBRE B. Documentos Generales.

1. Carta de presentación de la Propuesta, según Formato contenido en formato No. 1 debidamente firmada por el representante legal del Oferente Individual o su apoderado con poder Anexo con presentación personal ante Notario.

2. Acreditación de las facultades del representante legal o apoderado con facultades suficientes otorgadas por el Oferente para presentar la Oferta y obligarse en representación del Oferente de conformidad al Formato No. 12.

3. Acreditación de la existencia y representación legal de los Oferentes con un plazo no mayor a treinta (30) días de expedición.

4. Garantía de seriedad de la Oferta. 5. Certificación de pago de aportes a seguridad social y aportes parafiscales, según

Formato No. 7. 6. Certificado de no responsabilidad fiscal emitido por la Contraloría General de la

República del Oferente. 7. Certificado de antecedentes disciplinarios del Oferente emitido por la Procuraduría

General de la Nación. 8. Certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional. 9. Copia del Registro Único Tributario (RUT) del Oferente cuando sea persona jurídica

nacional o extranjera con sucursal en Colombia. 10. Documento de Identificación personal del Representante Legal del Oferente. 11. Certificado de cumplimiento de la implementación del Sistema de Gestión de la

Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de conformidad al formato No. 8. 12. Compromiso anticorrupción, según formato contenido en el formato No. 3. 13. Declaraciones sobre ausencia de conflictos de interés en el formato No. 4. 14. Prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, según formato No. 9. 15. Compromiso de cumplimiento con las políticas de Sostenibilidad de TRIPLE A DE B/Q

S.A. E.S.P. según formato No. 10. 16. Compromiso de confidencialidad del Oferente y tratamiento de datos personales,

según formato No. 11.

SOBRE C. Propuesta Técnica.

1. Relación de experiencia específica del Oferente, según formato contenido en el formato No. 6.

2. Certificados donde conste la ejecución de Contratos, conforme a lo exigido en el presente pliego.

3. Información financiera mediante el diligenciamiento del formato No. 15, y los documentos relacionados en el numeral 4.1.2.

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4. Información sobre vehículos de respaldo adicionales de conformidad con el formato No 14.

3.2.3. Vigencia de la Oferta

La Oferta deberá tener una vigencia de tres (3) meses, que se contarán a partir de su presentación. En caso de que se amplíe el plazo para la evaluación de las Propuestas, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. podrá solicitar la ampliación de la vigencia de las mismas y los Oferentes deberán cumplir con esa determinación de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y ampliar por igual término la garantía de seriedad de la Oferta a presentar. 3.2.4. Propuestas Parciales o Alternativas:

Para el presente proceso de selección no se aceptan propuestas parciales, alternativas, ni propuestas que condicionen la adjudicación en ningún aspecto. En consecuencia, para que la Oferta pueda ser considerada debe estar completa, referirse a todos y cada uno de los aspectos solicitados. Toda Propuesta presentada supone la aceptación de cada componente del Pliego de Condiciones, sus Adendas y sus Anexos. 3.2.5. Presentación y Apertura de Propuestas:

3.2.5.1. Presentación:

Los Oferentes deberán depositar sus Ofertas en la fecha y hora para la recepción de las mismas, conforme al término establecido en el cronograma de este proceso de selección. El sitio previsto para esos efectos es la OFICINA DE GESTIÓN DOCUMENTAL de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., ubicada en la siguiente dirección: Cra. 58 # 67 - 09 en la ciudad de Barranquilla – Departamento del Atlántico, República de Colombia. 3.2.5.2. Apertura de Ofertas- Diligencia de cierre: Concluido el plazo para la presentación de Propuestas en el lugar, la fecha y hora prevista para el cierre de la convocatoria según el cronograma de este proceso de selección, TRIPLE A DE B/Q S.A. ESP, en el salón Prado de la Sede Prado ubicada en la Carrera 58 No 67 – 09, se abrirán las Propuestas originales recibidas dentro del plazo establecido y se leerán los términos básicos de cada una de las propuestas presentadas. A esta diligencia podrán asistir un (1) representante por cada Oferente, quienes deberán presentar poder especial para representar al Oferente en aquellos eventos en que no sean Representantes Legales, según lo indique el Certificado de Existencia y Representación Legal o documento equivalente. El documento que acredite la representación del Oferente deberá ser exhibido para participar

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en la diligencia. Del acto de cierre de la Contratación y apertura de las propuestas, se levantará un Acta la cual será publicada en la página de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P www.aaa.com.co., que contendrá:

- Nombre de los proponentes - Carta de presentación de la oferta firmada por el Representante

Legal - Verificación de la recepción de carpetas señalando el medio

físico o digital, y el número de folios cuando se trate de medio físico

- Valor de la oferta - Número de Póliza de Seriedad de la Oferta - Observaciones

En el caso que alguna empresa no presente su oferta foliada, el delegado asistente del OFERENTE procederá al momento de la apertura de la oferta a foliarla para dejar constancia de los folios entregados en cada uno de los sobres; si la oferta no se presenta foliada TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. no se hace responsable del número de folios resultado de la revisión. En la diligencia de cierre se dejará constancia de las Propuestas presentadas con posterioridad a la hora indicada en el cronograma y/o adenda modificatoria del Pliego de Condiciones o radicadas en dependencia distinta siempre que para ese momento tenga conocimiento de ello. 3.2.5.3. Propuestas Tardías o Extemporáneas o Radicadas en otra Dependencia:

Las Propuestas que reciba TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. posterior a la fecha y hora límites estipuladas para el cierre de la convocatoria, serán rechazadas y devueltas al Oferente en las mismas condiciones en que fueron recibidas. 3.2.5.4. Prórroga del Plazo de Cierre del Proceso: TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., cuando lo considere conveniente, podrá prorrogar la fecha de cierre de la Invitación Abierta a Ofertar antes de su vencimiento, mediante Adenda. Una vez se prorrogue la fecha de cierre de este proceso, lo anunciará a los Oferentes, por medio de Adenda que hará parte del Pliego de Condiciones y se publicará a través de la página web de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: www.aaa.com.co., opción “proveedores y Contratistas” / “procesos de contratación/abiertas”.

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4. CAPITULO CUARTO. REQUISITOS HABILITANTES

4.1. REQUISITOS HABILITANTES:

Los requisitos habilitantes constituyen la capacidad jurídica, organizacional, financiera y técnica de los Oferentes para participar en el presente proceso de contratación. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., verificará que cada Propuesta cumpla con los requisitos habilitantes y solo en caso positivo, procederá a efectuar la valoración de los requisitos ponderables, es decir, aquellos que de acuerdo con lo prescrito en este Pliego de Condiciones otorgan puntaje. El cumplimiento de los requisitos habilitantes no dará puntaje. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. verificará el cumplimiento de los siguientes requisitos habilitantes en la fecha establecida para tal fin en el cronograma que rige este proceso de selección. Los requisitos habilitantes son subsanables, pudiendo ser solicitados para la revisión de la oferta sin que se permita que el proponente la mejore, complemente, adicione o modifique, con el propósito de que se garantice el principio de igualdad. Los documentos requeridos por TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. para subsanar la oferta, deberán ser entregados para su revisión y aceptación dentro del plazo establecido durante el proceso de evaluación de las ofertas. 4.1.1. Capacidad Jurídica:

En el presente proceso de selección pueden participar los Oferentes indicados en el numeral 3.1 de este Pliego de Condiciones, que acrediten capacidad jurídica y que dentro de su objeto social relacionado en la Cámara de Comercio se encuentre la actividad específica de arrendamiento operativo (renting) y no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el Contrato objeto de la presente invitación, para ello el Oferente realizara las declaraciones contenidas en la carta de presentación de la Propuesta, entre otros aspectos, que permitan acreditar la capacidad jurídica exigida en el presente Pliego de Condiciones, acompañadas de los documentos respectivos. El Oferente acreditará la capacidad jurídica conforme a lo que se exige a continuación. 4.1.1.1. Carta de presentación de la Propuesta.

El Oferente debe radicar en TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P, carta de presentación de la propuesta conforme al formato contenido en el formato No. 1, junto con los documentos de la Propuesta. Esta carta debe estar firmada por el representante legal de la persona jurídica, bien sea

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directamente o mediante apoderado constituido para tal efecto, en este caso el poder debe encontrarse autenticado. La carta de presentación de la Propuesta debe ir acompañada de las autorizaciones necesarias para presentar la Propuesta conforme a los documentos de existencia y representación legal. En esta carta, el Oferente manifestará bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones establecidas en la Constitución Política, en la Ley, en el Manual de Contratación y en el presente Pliego. En el formato de carta de presentación de la Propuesta es indispensable incluir el correo electrónico y demás datos relacionados en el citado formato, a fin de que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., responda todas y cada una de las aclaraciones y observaciones y sean canalizadas a través de dichos medios, cuando así se disponga. La carta de presentación de la propuesta deberá contener, entre otras manifestaciones, que el Oferente se compromete a cumplir con la totalidad de los requerimientos mínimos señalados en estos pliegos, anexos y adendas. La firma de la carta de presentación de la Propuesta comporta la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan la Oferta. 4.1.1.2. Certificado de existencia y representación legal.

El Oferente como persona jurídica, deberá probar su existencia y representación legal, aportando el certificado expedido por la autoridad competente, el cual deberá acreditar los requisitos señalados en el numeral 3.1 y los siguientes:

(i) El Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por una Cámara de Comercio su fecha de expedición no podrá ser mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del plazo de la presente invitación abierta a ofertar

(ii) El tiempo de duración de la persona jurídica no podrá ser inferior a la vigencia del contrato.

(iii) Dentro del objeto social se debe acreditar la capacidad jurídica para desarrollar la actividad de arrendamiento operativo renting y que la matrícula mercantil se encuentre renovada.

Si del certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica Oferente se desprende que las facultades del representante legal se encuentran limitadas para presentar la Propuesta y firmar el respectivo Contrato, deberá anexarse la correspondiente autorización de la Junta Directiva o de Asamblea General de Accionistas acorde al Código de Comercio, según se anote en los estatutos de la persona jurídica que representa. Dicha autorización deberá comprender la presentación de la Propuesta, documentos anexos a la misma suscripción del contrato y demás documentos necesarios para la ejecución del mismo, así como su correspondiente liquidación.

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4.1.1.3. Garantía de seriedad de la Oferta. Con la presentación de su Oferta, el Oferente deberá constituir a favor de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., una garantía de seriedad de la Propuesta expedida en formato para entidades prestadoras de servicios públicos, por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, por un valor correspondiente al diez por ciento (10%) del valor estimado del presupuesto. La Vigencia de la garantía deberá ser igual o superior a tres (3) meses contados a partir de la fecha y hora fijadas para el cierre del proceso de contratación. La vigencia de la garantía deberá ser ampliada en caso de que el término del proceso de contratación se prorrogue. Le corresponde al Oferente presentar ante TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. la constancia de pago de la prima correspondiente. Con la garantía de seriedad de la Oferta, el Oferente garantizará: (i) Que mantendrá lo Ofertado sin modificación, retiro o adición, desde la fecha de cierre del

proceso de contratación, el período de validez de la Oferta y hasta la legalización del Contrato.

(ii) Que constituirá las garantías exigidas y presentará los documentos requeridos por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para la legalización del Contrato en el término establecido en el numeral 1.9 de este documento.

(iii) Que aportará el certificado de modificación de la vigencia de la garantía cuando TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. determine la ampliación del término de la validez de la Propuesta.

La póliza de seriedad de la Oferta deberá establecer que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., sea el asegurado y beneficiario. En todo caso, la garantía de seriedad de la Oferta tramitada por los Oferentes y expedida por las compañías de seguros a través de medios electrónicos, tendrá plena validez si se presenta impresa, firmada por los Oferentes e incorporadas a la respectiva Propuesta, acompañadas del correo electrónico por medio del cual fue recibida y de la constancia de pago de la misma. 4.1.1.4. Certificación de pago de aportes a seguridad social y aportes parafiscales:

Los oferentes presentarán con su oferta, la certificación de estar al día con el pago de los aportes de los empleados, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos laborales (ARL), cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del proceso. Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003, el Decreto 1670 de 2007 y demás disposiciones concordantes aplicables.

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Dicha certificación deberá aportarse en original de acuerdo con el formato No. 8 y estar suscrita por el revisor fiscal de la sociedad, si existe obligación legal de tenerlo, o en su defecto por el Contador Público y el Representante Legal de la sociedad Oferente. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. se reserva el derecho de verificar la veracidad de las certificaciones a través de los medios expeditos que considere pertinentes. 4.1.1.5. Certificado de no responsabilidad fiscal del Oferente y su representante legal

emitido por la Contraloría General de la República: De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 Ley 610 de 2000 y el parágrafo primero del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, ningún Oferente y representante legal de las personas jurídicas, podrá estar registrado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Los antecedentes fiscales tanto del Oferente como de su representante legal podrán ser consultados directamente por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., en la página web de la Contraloría General de la República. En caso, que el Oferente aparezca reportado en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría, su Propuesta será considerada NO HÁBIL y en consecuencia RECHAZADA. 4.1.1.6. Certificado de antecedentes disciplinarios del Oferente y su representante

legal emitido por la Procuraduría General de la Nación:

Todo Oferente con domicilio en Colombia, así como el representante legal deberán presentar certificado de antecedentes disciplinarios vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección, emitido por la Procuraduría General de la Nación (Artículo 174 de la Ley 734 de 2002). Los antecedentes disciplinarios tanto del Oferente como de su representante legal podrán ser consultados directamente por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., en la página web de la Procuraduría General de la Nación. En caso, que en el certificado de antecedentes disciplinarios conste que el Oferente presente anotaciones disciplinarias vigentes que impliquen inhabilidad para contratar, su Propuesta será declarada NO HÁBIL y en consecuencia RECHAZADA. 4.1.1.7. Certificado de antecedentes judiciales emitido por la Policía Nacional:

Todo Oferente con domicilio en Colombia, así como el representante legal deberán aportar el certificado de antecedentes judiciales emitido por la Policía Nacional.

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Los antecedentes judiciales tanto del Oferente como de su representante legal podrán ser consultados directamente por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., en la página web de la Procuraduría General de la Nación. En el evento que el oferente o el representante legal de la persona jurídica registren antecedentes judiciales que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado, su Propuesta será declarada NO HÁBIL y en consecuencia RECHAZADA. 4.1.1.8. Copia del registro único tributario (RUT):

El Oferente persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberán presentar el certificado Registro Único Tributario - RUT expedido por la DIAN. 4.1.1.9. Documento de Identificación Personal de los Representantes Legales de los

Oferente:

Los representantes legales de las personas jurídicas nacionales o extranjeras, que participen como Oferentes, deberán anexar copia del documento de identidad, esto es, copia de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o pasaporte según el caso. La falta de presentación del documento de identificación personal de los representantes legales del oferente podrá ser subsanada dentro del término establecido en el cronograma de este Pliego de Condiciones. En el evento de no ser subsanado en el plazo otorgado, la Oferta será considerada NO HÁBIL y en consecuencia RECHAZADA. 4.1.1.10. Acreditación de estado de implementación del Sistema de Gestión en

Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) y sus Estándares Mínimos de conformidad con la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo el SGSST y el art. 2.2.4.6.28. Decreto 1072 de 2015:

El Oferente, persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia deberán acreditar el desarrollo de cada una de las fases para la adecuación, transición y aplicación tendiente a la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con Estándares Mínimos de conformidad con la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo, en el entendido que dichas fases cuentan con una evaluación inicial, plan mejoramiento, ejecución, seguimiento y plan de mejora e inspección, vigilancia y control, en los períodos de tiempo indicados en dicha Resolución. Estas fases serán acreditadas de conformidad con lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo y las demás normas que las modifiquen, complementen, aclaren o sustituyan, las cuales deberán adjuntarse a la Oferta junto al formato No. 8 de este pliego, suscrito por el representante legal del Oferente.

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El artículo 2.2.4.6.28 del Decreto de 1072 de 2015, establece que “El empleador debe adoptar y mantener las disposiciones que garanticen el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo de su empresa, por parte de los proveedores, trabajadores dependientes, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, Contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, durante el desempeño de las actividades objeto del Contrato. Para este propósito, el empleador debe considerar como mínimo, los siguientes aspectos en materia de seguridad y salud en el trabajo: 1. Incluir los aspectos de seguridad y salud en el trabajo en la evaluación y selección de proveedores y Contratistas; (…)”. El Formato No. 8 contiene el compromiso del oferente de continuar con el cumplimiento de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales, de conformidad con la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo y el Decreto 1072 de 2015,durante todas las etapas que lo rigen para la ejecución de las actividades a contratar, así como su compromiso de cumplir y/o respetar las Cláusulas de Seguridad y Salud en el Trabajo de TRIPLE DE B/Q S.A. E.S.P. contenidas en el Formato No. 8 de este proceso de contratación. En todo caso, conforme al Decreto 1072 de 2015 y Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo, el Oferente está obligado a cumplir con la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Durante la ejecución del Contrato, en el evento que el Oferente resulte seleccionado como adjudicatario, el proceso de implementación del SGSST será revisado y verificado por la Interventoría/Supervisión del Contrato designada por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. El no aporte de la acreditación respecto a la implementación y/o estado y/o fases de cumplimiento del SGSST, de acuerdo con lo señalado en el presente numeral por parte del Oferente mediante el Formato precitado, podrá ser objeto de subsanación hasta el término del traslado del informe de evaluación indicado en el cronograma de este proceso de selección. La no subsanación de este requisito habilitante dentro del plazo establecido dará lugar a que la Propuesta sea considerada NO HÁBIL y en consecuencia RECHAZADA. 4.1.2. Capacidad Financiera.

La Capacidad Financiera de los Oferentes se acredita de la siguiente manera:

- Estados Financieros a diciembre 31 de 2018 (Balance General y Estado de Resultados), debidamente clasificados y firmados por el Representante Legal, el Contador y el Revisor fiscal si lo tuviere conforme a la ley.

- Estados Financieros a junio 30 de 2019 (Balance General y Estado de Resultados debidamente clasificados y firmados por el Representante Legal, el Contador. En caso de cierres semestrales, también se requiere firma del Revisor fiscal si lo tuviere conforme a la ley.

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- Fotocopia de la tarjeta profesional del contador y del revisor fiscal que firman los Estados Financieros adjuntando el certificado de su vigencia.

- Certificación de los Estados Financieros a diciembre 31 de 2018, conforme lo establecido en el artículo 37 de la ley 222 de 1995.

- Las notas a los estados financieros a diciembre 31 de 2018. - Dictamen a los estados financieros a diciembre 31 de 2018, si

está obligado a tener revisor fiscal. - Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT).

Los Estados Financieros deben estar acompañados de la certificación suscrita por el Representante Legal y el Contador Público de la sociedad; y del dictamen del Revisor Fiscal, si está obligado a tenerlo, aportando la tarjeta profesional y de la certificación de Vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores del Contador Público que preparó y elaboró los Estados Financieros y del Revisor Fiscal o Contador Público independiente que los hubiere auditado, si le aplica.

La verificación de este requisito habilitante que haga TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. determinará la habilitación o no de la Propuesta, es decir, para el proceso de selección los Proponentes deben tener en cuenta el cumplimiento de la totalidad de los indicadores financieros exigidos por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. Los indicadores de capacidad financiera buscan establecer unas condiciones mínimas que reflejen la situación financiera de los Proponentes a través de su liquidez, endeudamiento, y patrimonio; y su capacidad organizacional a través de :(i) rentabilidad sobre activo y (ii) rentabilidad sobre patrimonio,. Estás condiciones muestran la aptitud del Proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del Contrato.

La presentación de los documentos necesarios para acreditar la capacidad financiera podrán ser objeto de subsanación, a criterio de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., dentro del plazo que se indique para estos efectos en el cronograma del presente Pliego de Condiciones, el cual en ningún caso podrá superar el plazo señalado para el traslado del informe de evaluación. Lo anterior deberá observar las reglas de subsanabilidad de que trata este Pliego de Condiciones.

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. se reserva en todo caso, la facultad de verificar la información que le hayan suministrado los Proponentes y podrá solicitar información, aclaraciones, copias o certificaciones adicionales, si lo considera pertinente, las cuales deberán ser entregadas por el Proponente, dentro del término que se establezca en el cronograma de este proceso de selección.

Si en alguno de los Indicadores Financieros relacionados con este requisito habilitante se determina por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. que el Proponente no cumple con lo aquí

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requerido o no ha subsanado dentro del plazo indicado para ello, la Oferta se considerará NO HABIL y en consecuencia será RECHAZADA.

El Proponente deberá demostrar que cuenta con la capacidad financiera adecuada para ejecutar el Contrato, la cual se medirá de conformidad con los parámetros o indicadores que se describen a continuación: Indicadores Financieros: Los Indicadores financieros que se verificarán en el presente proceso de selección son: 4.1.2.1.1. Indicador de Liquidez: El Indicador de Liquidez refleja la capacidad del Oferente para hacer frente a sus deudas a corto plazo, comprometiendo sus activos corrientes. Por cada peso de deuda corriente cuánto se tiene de respaldo en activo corriente. Entre más alto sea este indicador, menor riesgo existe que resulten impagadas las deudas a corto plazo. Para determinar la Liquidez se empleará la siguiente fórmula y la oferta se considerará hábil si este indicador es Mayor a cero (0):

INDICE FORMULA RANGO

Indicador de Liquidez

IL = Activo Corriente

Pasivo Corriente IL > 0

4.1.2.1.2. Indicador de Endeudamiento:

Refleja el grado de apalancamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos del Oferente. Para determinar el nivel de endeudamiento se empleará la siguiente fórmula y la oferta se considerará hábil si este indicador es menor o igual a ochenta por ciento (80%):

INDICE FORMULA RANGO

Índice de Endeudamiento

(IE) IE =

Pasivo total

Activo total IE > 80%

4.1.2.1.3. Indicador Patrimonio: Entendiendo el patrimonio como participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos todos los pasivos. Para determinar este indicador se empleará la siguiente fórmula y la oferta se considerará

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hábil si este indicador es Mayor a veinticinco mil millones de pesos ($25.000.000.000):

INDICE FORMULA RANGO

Patrimonio (P)

P = Activo Total – Pasivo Total P > 25.000.000.000

4.1.2.1.4. Indicador Capacidad Organizacional: Para determinar los indicadores organizacionales se empleará la siguiente fórmula y los criterios habilitantes se describen a continuación:

INDICE FORMULA RANGO

Rentabilidad del

patrimonio (RDP)

RDP = Utilidad Operacional

Patrimonio𝑥 100 RDP > 1

INDICE FORMULA RANGO

Rentabilidad del Activo

(RDA) RDA =

Utilidad Operacional

activo total𝑥 100 RDA > 1

4.1.3. Capacidad Técnica:

La capacidad técnica, son los requisitos técnicos mínimos que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. exige en el presente proceso de contratación a los participantes, para la celebración del contrato y su correcta ejecución. La presentación de los documentos necesarios para acreditar la capacidad técnica podrán ser objeto de subsanación, dentro del plazo que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., indique para estos efectos en el cronograma del presente Pliego de Condiciones, el cual en ningún caso podrá superar el plazo señalado para el traslado del informe de evaluación. Lo anterior deberá observar las reglas de subsanabilidad de que trata este Pliego de Condiciones. Si en alguno de los requisitos técnicos habilitantes se determina por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. que el Oferente no cumple con lo aquí requerido o no ha subsanado dentro del plazo indicado para ello, la Oferta se considerará NO HABIL y en consecuencia será RECHAZADA. 4.1.3.1. Experiencia Técnica del Oferente: Para acreditar este requisito habilitante el oferente deberá aportar en un máximo de cinco (5) certificaciones de Contratos que haya ejecutado y que tengan como objeto el arrendamiento

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operativo de vehículos y equipos de transporte pesado, cuya sumatoria deben ser mayores o iguales a la suma de SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($64.736.000.000), y en cuanto al número de vehículos en operación mayores o iguales a 400 vehículos. . Cuando el Oferente acredite experiencia en un Contrato donde haya participado bajo la conformación de estructuras Plurales (consorcio, o unión temporal) para efectos de acreditar la experiencia mínima habilitante, se tomará el porcentaje de participación del Oferente en dicho consorcio, unión temporal. En todo caso esta certificación deberá mostrar el porcentaje de su participación, caso contrario, el oferente deberá aportar el documento de constitución de la estructura plural No obstante, lo anterior, los Oferentes, deberán presentar simultáneamente con su Propuesta: (i) El Formato No.7 del presente pliego completamente diligenciado. (ii) Las certificaciones, en documento original o copia, de los Contratos terminados y en ejecución expedidas por las entidades públicas y/o privadas contratantes, las cuales deberán contener cómo mínimo la siguiente información necesaria para verificar el cumplimiento de este requisito habilitante:

1. La naturaleza del Contrato. 2. La modalidad bajo la cual el Oferente ejecutó o ejecuta el Contrato (Individual,

consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, indicando su porcentaje de participación).

3. El objeto. 4. El Plazo de Ejecución, señalando fecha de inicio y fecha de terminación. 5. El valor. 6. Las partes contratantes. 7. El estado del Contrato. 8. El cumplimiento del Contrato. 9. Número de vehículos 10. Datos de quien emite la certificación (teléfono, dirección)

La Entidad se reserva en todo caso la facultad de verificar la información que le hayan suministrado los Oferentes. 4.2. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA:

Una Propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y cumpla con los requisitos de este Pliego de Condiciones. Se rechaza una Propuesta por la ausencia o incumplimiento de alguno de los requisitos de participación establecidos en este pliego.

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4.2.1. Causales de Rechazo de Propuestas:

Las causales para rechazar la Oferta serán, entre otras, las siguientes:

1. Cuando las Propuestas no se ajusten a las exigencias del Pliego de Condiciones o no hayan sido subsanadas conforme a lo previsto en este pliego y en la ley.

2. Cuando su presentación sea extemporánea, es decir, se presente luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de esta invitación abierta a ofertar, o en lugar distinto al señalado.

3. Cuando el Oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de interés establecidas en la Ley, en el Manual de Compras y Contratación de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y en este Pliego de Condiciones.

4. Cuando el Oferente no cumpla con los requisitos habilitantes de capacidad jurídica, financiera, organizacional y técnica para presentar Propuesta y celebrar el Contrato conforme a las exigencias de este Pliego de Condiciones y cuando no subsane lo que le sea requerido dentro del término señalado en el cronograma de este Pliego de Condiciones para esos efectos.

5. Las Propuestas que contengan tachaduras o enmendaduras graves o presenten alteraciones e irregularidades que no permitan el análisis o estudio de las mismas.

6. Cuando existan varias Propuestas presentadas por el mismo Oferente y/o su representante legal bajo el mismo nombre.

7. Cuando existan varias Propuestas presentadas por una sociedad en situación de control (directa o indirecta) de otra participante.

8. Cuando el Oferente haya presentado información inexacta o incorrecta. 9. Cuando el Oferente no aporte dentro del plazo que le sea requerido, los documentos

que se le soliciten con la finalidad de aclarar, o precisar los documentos de la Propuesta en la etapa de calificación de las mismas.

10. Cuando el Oferente se encuentre en causal de disolución o liquidación a la fecha de cierre del presente proceso de selección.

11. Cuando la Propuesta sea condicional o resulte incompleta o parcial o no incluya algún documento que, de acuerdo con el Pliego de Condiciones se requiera adjuntar y dicha deficiencia impida la comparación objetiva con otras Propuestas y este pliego no permita expresamente subsanarlo.

12. Cuando se compruebe que la información suministrada por los Oferentes sea contradictoria o no corresponda en algún aspecto a la verdad o sea artificiosamente incompleta, o resulte condicionada, confusa, indefinida o ambigua.

13. La ausencia definitiva de autorización al representante legal de la persona jurídica o apoderado del Oferente para presentar la Propuesta como Oferente, cuando esta sea necesaria según el documento que acredita la existencia y representación legal.

14. Ausencia de subsanación, subsanación incompleta o subsanación extemporánea de alguno de los aspectos requeridos por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para que el Oferente subsane el requisito habilitante que permita este Pliego de Condiciones.

15. Cuando EL OFERENTE altere la descripción, unidad o cantidad de al menos uno de los ítems que forman parte del cuadro de la Oferta o cuando no se consigne el precio unitario de uno o varios ítems del formulario (s) de Precios Unitarios.

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16. Cuando EL OFERENTE presente documentación que sea inexacta, adulterada, o que no sea veraz y fiel reflejo de la realidad financiera, jurídica, técnica y comercial

17. Cuando no se presente la carta de Presentación de la Propuesta o cuando esta no se encuentre debidamente firmada en original por el Representante Legal del OFERENTE.

18. Cuando la Propuesta o sus aclaraciones contengan información falsa. 19. Cuando se compruebe que el Oferente ha contactado funcionarios o administradores

de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. encargados del estudio y evaluación de las Propuestas, con el ánimo de influenciar y/o incidir en asuntos relacionados con el proceso de contratación, por fuera de los canales de comunicación establecidos para ello en el presente pliego.

4.3. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES El análisis y verificación por parte TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. de todos y cada uno de los documentos exigidos para el cumplimiento de la capacidad jurídica, organizacional, financiera y técnica, no da derecho a la asignación de puntaje, pero conducirá a establecer si la Propuesta es habilitada o no por esta condición. Por lo tanto, el resultado de la verificación se establecerá de conformidad al siguiente cuadro descriptivo:

No. CONDICIONES RESULTADOS DE LA VERIFICACIÓN

1 Jurídica Hábil / No Hábil

2 Financiera Hábil / No Hábil

3 Organizacional Hábil / No Hábil

4 Técnica Hábil / No Hábil

La Propuesta que como resultado de la verificación sea considerada NO HÁBIL, en alguna de las cuatro (4) condiciones no será objeto de evaluación, ni ponderación o calificación. 4.4. REGLAS DE SUBSANABILIDAD En caso, que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. identifique inconsistencias o errores en los documentos con los cuales los Oferentes acrediten el cumplimiento de los requisitos habilitantes, solicitará al Oferente la subsanación de los mismos en el plazo indicado en la comunicación y en todo caso dentro del plazo indicado en el cronograma de este proceso. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P hará esta solicitud en igualdad de condiciones para todos los Oferentes, en el término indicado dentro del cronograma de este proceso contractual. Serán objeto de RECHAZO las Ofertas de quienes no hayan subsanado en su integridad lo requerido por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. en el plazo establecido para el efecto.

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Podrán subsanarse aquellos requisitos o documentos que no sean necesarios para la comparación de las Propuestas, es decir aquellos que no otorgan puntaje y que no constituyan requisitos habilitantes según los términos de los pliegos de condiciones, pudiendo ser solicitados para la revisión de la oferta sin que se permita que el proponente la mejore, complemente, adicione o modifique, con el propósito de que se garantice el principio de

igualdad. La falta de capacidad para presentar la Oferta no será subsanable, tampoco se podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. Cualquier solicitud de subsanación requerida por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. no dará lugar a la mejora de la Oferta en detrimento de los demás Oferentes. Con la presentación de la Propuesta, los Oferentes autorizan a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para que requiera informes a terceros, cuando lo considere conveniente o necesario para el análisis y evaluación de las Propuestas.

5. CAPITULO QUINTO. EVALUACIÓN, PONDERACIÓN O CALIFICACIÓN DE OFERTAS Y SELECCIÓN DE LAS PROPUESTAS.

5.1. EVALUACIÓN:

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. realizará las evaluaciones de acuerdo con lo establecido en su Manual de Compras, Contrataciones y Logística para la verificación de los requisitos habilitantes y la ponderación señalada en el Pliego de Condiciones, dentro del término establecido en el cronograma previsto para este proceso de selección, el cual podrá ser modificado y/o prorrogado mediante Adenda. Durante esta etapa TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., podrá solicitar por escrito a los Oferentes que, en el plazo perentorio fijado para el efecto, presenten las aclaraciones o subsanaciones de sus Propuestas o de los documentos que conduzcan a ello, conforme a lo establecido en este Pliego de Condiciones, sin que por ello el Oferente pueda completar, adicionar, modificar o mejorar su Propuesta. Durante la etapa de evaluación, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. en el término definido en el cronograma de esta invitación pública abierta, verificará los requisitos habilitantes y solicitará, dentro de este término, la subsanación de los requisitos habilitantes de aquellas Ofertas que no los cumplan. Las ofertas habilitadas pasaran a la etapa de calificación dejando constancia de ello en un informe final de consolidación de calificación de ofertas. Este informe consolidado será de conocimiento únicamente de la empresa.

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Vencido el término anterior, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. Se comunicará por escrito a cada

uno de los oferentes acerca de la aceptación o rechazo de las mismas, a la dirección que

figure reportada en la respectiva oferta.

5.2. DISCREPANCIAS Y ERRORES ARITMÉTICOS: Si existiere discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto en palabras, si existe discrepancia entre parciales y totales, o entre factores y los totales, prevalecerán los parciales o factores. CORRECCIONES ARITMÉTICAS: Por error aritmético e imprecisión de tipo aritmético, se entiende aquel en que se incurre, cuando el resultado final no corresponde a las operaciones matemáticas aplicadas sobre valores unitarios. En todo caso no se considerará error o imprecisión de tipo aritmético cualquier imprecisión o diferencia o ausencia de información referente a los valores unitarios ofertados para cada bien y/o servicio. Los errores e imprecisiones de tipo aritmético que sean cometidos por el proponente en su oferta serán corregidos por la Entidad y éste será el valor que tomará la entidad para efectos de verificar su propuesta, el cual será de forzosa aceptación para el oferente. Si en la propuesta se incluye más de un valor unitario por cada bien o servicio, la Entidad tomará en cuenta para efectos de la evaluación de la propuesta adjudicación y ejecución del contrato el valor más bajo. El proponente deberá ofertar la totalidad de los ítems señalados en el Formato, so pena del rechazo de su propuesta; el oferente deberá tener en cuenta en el valor de su propuesta la totalidad de los costos y las demás erogaciones necesarias para cumplir con el objeto contratado durante la ejecución del mismo. 5.3. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN O PONDERACIÓN DE LAS OFERTAS: Los criterios de calificación para evaluar las Propuestas se aplicarán sobre los factores de ponderación: Beneficios Técnicos Adicionales y Oferta Económica (precio) establecidos en este Pliego de Condiciones, los cuales se evaluarán con los puntajes correspondientes. La Oferta más favorable será aquella que teniendo en cuenta los criterios de escogencia y la ponderación precisa y contenida en este Pliego de Condiciones y sus equivalentes, resulte ser la más conveniente para TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. obteniendo el mayor puntaje dentro del proceso. La calificación de las Propuestas, siempre que éstas se encuentren habilitadas, se realizará teniendo en cuenta los parámetros establecidos en el Pliego de Condiciones, así:

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Factores a Evaluar Puntaje

Evaluación del Factor de Beneficios Técnicos adicionales

Equipos de respaldo adicionales 100

Evaluación de Oferta Económica del Oferente

Oferta Económica (Precio compactadoras)

550

Oferta Económica (Precio otros equipos)

350

5.3.1. Evaluación del Factor de Beneficios Técnicos adicionales (100 PUNTOS), de acuerdo al siguiente método: 5.3.1.1. Equipos de respaldo adicional (100 PUNTOS): Se entenderá como equipos de respaldo adicional, los vehículos adicionales que ofrezca el

proponente para respaldar una mejor operación y en todo caso son diferentes a los mínimos

obligatorios exigidos en el presente pliego.

Para efectos de la ponderación de este factor, se asignará un puntaje máximo al proponente

que oferte la mayor cantidad de vehículos adicionales por cada tipo de acuerdo al cuadro que

se relaciona a continuación:

Ítem Tipo de Vehículo No. Equipo

Adicionales

Puntaje máximo

para asignar por

vehículo

1 Grapple 30

2 Ampliroll 25

3 Volqueta Dobletroque 25

4 Compactador Dobletroque 20

100

Para la aplicación de este método, se procederá a determinar el mayor número de

equipos de respaldo ofrecidos de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de

acuerdo con la siguiente fórmula:

Grapple 30 puntos

Puntaje i = 30 x ((NER𝑖)/ NMER)

Donde,

NMER= Número Mayor de Equipos de Respaldo ofrecidos de las Ofertas válidas.

NER𝑖 = Numero ofrecido de cada una de las Ofertas i Equipos de Respaldo

𝑖 = Número de oferta.

En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el mayor valor y el valor

de la Oferta a evaluar, como se observa en la fórmula de ponderación.

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Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del

valor obtenido como puntaje.

Ampliroll 25 puntos

Puntaje i = 25 x ((NER𝑖)/ NMER)

Donde,

NMER= Número Mayor de Equipos de Respaldo ofrecidos de las Ofertas válidas.

NER𝑖 = Numero ofrecido de equipos de cada una de las Ofertas i Equipos de Respaldo

𝑖 = Número de oferta.

En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el mayor valor y el valor

de la Oferta a evaluar, como se observa en la fórmula de ponderación.

Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del

valor obtenido como puntaje.

Volqueta Dobletroque 25 puntos

Puntaje i = 25 x ((NER𝑖)/ NMER)

Donde,

NMER= Número Mayor de Equipos de Respaldo ofrecidos de las Ofertas válidas.

NER𝑖 = Numero ofrecido de equipos de cada una de las Ofertas i Equipos de Respaldo

𝑖 = Número de oferta.

En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el mayor valor y el valor

de la Oferta a evaluar, como se observa en la fórmula de ponderación.

Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del

valor obtenido como puntaje.

Compactador Dobletroque 20 puntos

Puntaje i = 20 x ((NER𝑖)/ NMER)

Donde, NMER= Número Mayor de Equipos de Respaldo ofrecidos de las Ofertas válidas.

NER𝑖 = Numero ofrecido de equipos de cada una de las Ofertas i Equipos de Respaldo

𝑖 = Número de oferta.

En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el mayor valor y el valor

de la Oferta a evaluar, como se observa en la fórmula de ponderación.

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Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del

valor obtenido como puntaje.

NOTA 1: El proponente que no oferte equipos adicionales a los mínimos requeridos en la tabla No. 2 y Tabla No.3 del Anexo Técnico, no obtendrá puntaje. NOTA 2: El oferente que ofrezca el mayor número de equipos o vehículos adicionales

obtendrá el máximo puntaje asignado a cada Ítem, y consecuentemente a los demás

oferentes se les otorgará el puntaje con aplicación de la fórmula antes descrita.

NOTA 3: Para acreditar el ofrecimiento de los vehículos ofertados, se deberá utilizar el Formato No. 14

5.3.1.2. Evaluación de Oferta Económica del Oferente PRECIO 900 PUNTOS: TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., a partir del valor de las Ofertas debe asignar un máximo de novecientos (900) puntos acumulables de acuerdo con el método menor valor, diferenciados así: Oferta Económica (Precio compactadoras) 550 Oferta Económica (Precio otros equipos) 350 5.3.1.2.1. OFERTA ECONÓMICA (PRECIO COMPACTADORAS) 550 La Entidad tomará los valores consignados en el formato de ofrecimiento económico y aplicará, la siguiente formula: Método Menor valor: consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican a continuación. Para la aplicación de este método TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje i = 550x ((𝑉𝑀𝐼𝑁)/ 𝑉𝑖) Donde, 𝑉𝑀𝐼𝑁=Menor valor de las Ofertas válidas. 𝑉𝑖 = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i i = Número de oferta. En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación. Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del valor

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obtenido como puntaje. 5.3.1.2.2. OFERTA ECONÓMICA (PRECIO OTROS EQUIPOS) 350 PUNTOS La Entidad tomará los valores consignados en el formato de ofrecimiento económico y aplicará, la siguiente formula: Método Menor valor: consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican a continuación. Para la aplicación de este método TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje i = 350x ((𝑉𝑀𝐼𝑁)/ 𝑉𝑖) Donde,

𝑉𝑀𝐼𝑁=Menor valor de las Ofertas válidas. 𝑉𝑖 = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i i = Número de oferta. En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación. Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del valor obtenido como puntaje.

5.4. CRITERIOS DE DESEMPATE EN LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

En el evento de presentarse empate en el puntaje total asignado, este será dirimido aplicando las reglas que se indican a continuación y en este orden: 1. Se seleccionará al proponente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio precio. 2. Se seleccionará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en los beneficios técnicos adicionales. 3. Se seleccionará al proponente que presentó el mayor valor en las certificaciones o contratos, de acuerdo con el numeral la EXPERIENCIA MÍNIMA CERTIFICADA DEL PROPONENTE, cuando ello aplique.

6. CAPITULO SEXTO. ADJUDICACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL

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CONTRATO

6.1. ADJUDICACIÓN: La decisión de Adjudicación se realizará conforme con lo establecido en el Manual de Compras y Contratación en las fechas indicadas en el cronograma de este proceso de selección. La empresa TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. adjudicará el proceso de selección a la Propuesta que cumpla con las exigencias sustanciales del Pliego de Condiciones, y que le sea más favorable a la empresa y que obtenga el más alto puntaje teniendo en cuenta los criterios de Adjudicación o factores de ponderación previstos en este Pliego de Condiciones. La notificación al Oferente que resulte seleccionado y a los demás Oferentes que no resulten favorecidos se les comunicará por escrito a la dirección electrónica indicada por ellos en su Oferta y se publicará en la página web de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: www.aaa.com.co., opción “proveedores y Contratistas/ procesos de contratación/abiertas”. La carta remisoria al Contratista seleccionado deberá contener la siguiente información: Descripción del proyecto a contratar, objeto del Contrato, monto del valor total a contratar, Plazo de Ejecución del Contrato y los demás aspectos que se indiquen en el Pliego de Condiciones. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., podrá adjudicar el presente proceso de contratación, aún en el evento de que sólo se presente una Propuesta hábil que cumpla con todos los requisitos contenidos en este Pliego de Condiciones. Una vez efectuada la Adjudicación, se procederá en la fecha prevista en el cronograma de este proceso de concurrencia de Oferentes, a la firma del Contrato con el adjudicatario. Adicionalmente TRIPLE A S.A. ESP aclara que el presente documento, es la guía para que los oferentes presenten sus ofertas. Este proceso no corresponde a Licitación, ni ninguna modalidad de la contratación pública, por lo tanto la presentación de las ofertas no tiene carácter vinculante y no genera responsabilidad ni obligación de nuestra parte de suscribir contrato, a menos que se comunique, en la oportunidad aquí previstas, que la oferta ha sido aceptada. En consecuencia, durante cualquiera de las etapas, TRIPLE A S.A. ESP podrá decidir no continuar con el proceso, mediante comunicación a los oferentes que participaron en el mismo, también podrá en cualquier momento del proceso, suspender y /o dar por terminado en proceso, situación que es aceptada por los oferentes y en el evento de ocurrir el oferente no podría reclamar a la empresa indemnizaciones o devoluciones de costos. 6.2. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:

El Contrato se perfecciona cuando se suscriba por las partes, de conformidad con lo estipulado en el Manual de Compras y Contratación.

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TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., dentro del término indicado en el Cronograma de este proceso, citará al contratistas en la oficina principal de la empresa para la revisión y la suscripción del contrato. El Oferente seleccionado deberá firmar el Contrato conforme al término definido en el cronograma a partir de la comunicación de Adjudicación. El adjudicatario deberá devolver el Contrato firmado junto con los documentos requeridos para la legalización del Contrato y las pólizas contractuales en el plazo máximo fijado en el cronograma del presente Pliego de Condiciones. De no hacerlo en el plazo allí contemplado, se entenderá que el Oferente ha desistido de la celebración del Contrato y se hará efectiva el valor de la garantía de seriedad constituida a favor de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. En este evento, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. podrá adjudicar el Contrato al Oferente calificado en segundo lugar según el orden de elegibilidad, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la póliza. Si el Oferente ubicado en el segundo lugar en el orden de elegibilidad tampoco cumple con la suscripción del Contrato y remisión de la documentación necesaria para su legalización en los términos establecidos en el cronograma, se repetirá el procedimiento descrito con el Oferente que sigue y así sucesivamente, hasta agotar el orden de elegibilidad. Si ninguno de los Oferentes hábiles cumple con la suscripción y remisión de la documentación exigida para la legalización del Contrato, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., lo declarará fallido. Si TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., comprobare que el Oferente escogido incurrió en algunas causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones en la Ley o logró la Adjudicación por medios ilegales revocará la Adjudicación del mismo y podrá adjudicar el Contrato al Oferente calificado en segundo lugar si lo hubiere, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes que correspondan según el caso o si el Contrato se encontrare suscrito lo dará por terminado y se ordenará su liquidación en el estado en el que se encuentre, sin que haya lugar a reconocimiento o pago de indemnización. La minuta anexa al presente pliego, constituye un modelo de contrato a suscribir entre las partes, y no vincula sin el consentimiento de las partes en la etapa correspondiente. 6.3. LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO:

El Contrato debe ser legalizado dentro del plazo señalado en el cronograma de este proceso de selección. Con la finalidad de legalizar la contratación, el adjudicatario remitirá a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. la siguiente documentación:

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(i) Dos (2) ejemplares del Contrato firmado y sus Anexos. (ii) El original de las pólizas firmadas y el original del pago de la prima correspondiente. (iii) Las Cláusulas de Seguridad y Salud en el Trabajo firmadas por el Contratista (iv) La constancia de pago de los impuestos que le apliquen. Presentadas las garantías exigidas en el Pliego de Condiciones y el Contrato por parte del Contratista, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. procederá a verificar que éstas se encuentran conformes, o si por el contrario son objeto de corrección o ampliación o rechazo y le deberá dar a conocer en éste último evento dicha situación al Contratista a efectos que subsane lo pertinente, dentro del plazo que señale la Empresa, a partir de la recepción de la solicitud para realizar las correcciones correspondientes. 6.4. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA: TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. no devolverá la garantía de seriedad de la Propuesta al adjudicatario del Contrato sino hasta tanto éste haya cumplido a cabalidad con los requisitos previos de perfeccionamiento y legalización del mismo. A los demás Oferentes, se les devolverá previa solicitud de los interesados en su devolución, después de la legalización del Contrato celebrado con el adjudicatario. En el evento en que se declare fallida la adjudicación o termine por inconveniencia el proceso licitatorio sin Adjudicación, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. pondrá a disposición de los Oferentes la Garantía de Seriedad de la Propuesta, a partir de los diez (10) días hábiles siguientes al acto que así lo declare, de lo contrario, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. procederá al archivo de la Oferta. 6.5. EJECUCIÓN: Una vez legalizado el Contrato y que las garantías exigidas se encuentren aprobadas por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., se agotarán las siguientes fases o periodos con el fin de dar inicio al Contrato: 6.5.1. Fase Preoperativa:

Es el periodo comprendido entre la fecha de legalización del contrato y firma del acta de inicio, hasta la fecha prevista para iniciar la fase operativa, en la cual se deberán adelantar todas las actuaciones necesarias para que una vez se inicie la operación, se garantice la continuidad de la prestación del servicio público de aseo en el Distrito de Barranquilla, mediante la realización de las siguientes actividades:

1.1.1. Los vehículos recolectores deberán ser motorizados, y estar claramente identificados.

1.1.2. Las especificaciones de los vehículos deberán corresponder a la capacidad y dimensión de las vías públicas, que le permitan circular en vías angostas o con radios de giro estrechos.

1.1.3. Deberán estar provistos de equipo de comunicaciones (como mínimo radioteléfonos o similares). Deberán contar con un radioteléfono base conectado

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a la base de operaciones y con cobertura total en el perímetro de la ciudad de Barranquilla y el relleno sanitario, este sistema de comunicación será suministrado por Triple A, el contratista deberá permitir la instalación.

1.1.4. Todos los vehículos deberán contar con equipos de compactación de residuos. Se exceptúan aquellos que se destinen al manejo de residuos de construcción y demolición y otros residuos que no sean susceptibles de ser compactados.

1.1.5. La salida del tubo de escape debe estar hacia arriba y 15 cm por encima del techo de la cabina del vehículo. Se deberá cumplir con las demás normas vigentes para emisiones atmosféricas y ajustarse a los requerimientos estipulados en el código nacional de tránsito.

1.1.6. Los vehículos con caja compactadora deberán tener un sistema de compactación que pueda ser detenido en caso de emergencia o sistema de detención del desplazamiento del sistema hidráulico en cualquier punto del recorrido.

1.1.7. Las cajas compactadoras de los vehículos destinados a la recolección y transporte de los residuos sólidos con destino a disposición final, deberán contar con compactación cerrada, de manera que impidan la pérdida del líquido percolado o lixiviado, y contar con un mecanismo automático que permita una rápida acción de descarga y tener un dimensionamiento que contemple la capacidad total de transporte de las toneladas generadas en el Distrito de Barranquilla para ser transportadas al sitio de disposición de los residuos sólidos. Las cajas compactadoras deberán tener una capacidad de 25 Y3.

1.1.8. Los equipos destinados a la recolección deberán tener estribos con superficies antideslizantes, y manijas adecuadas para sujetarse, de tal forma que el personal pueda transportarse momentáneamente en forma segura.

1.1.9. Los equipos deberán posibilitar el cargue y el descargue de los residuos sólidos almacenados, de forma tal que evite la dispersión de estos y la emisión de partículas.

1.1.10. Deberán estar diseñados de tal forma que no se permita el esparcimiento de los residuos sólidos durante el recorrido.

1.1.11. En los vehículos destinados a la recolección a partir de cajas de almacenamiento y/o contenedores, deberán contar con un sistema adecuado para el levantamiento y descargue de su contenido en el vehículo recolector, es decir sistemas lifters que sean compatibles con el sistema utilizado para levantar cajas metálicas (winches de mínimo 6 toneladas) de tal forma que se evite el esparcimiento en la vía o área pública.

1.1.12. Deberán cumplir con las especificaciones técnicas existentes para no afectar la salud ocupacional de los conductores y operarios.

1.1.13. Deberán estar dotados con equipos de carretera completos y de atención de incendios.

1.1.14. Deberán estar dotados de dispositivos que minimicen el ruido, especialmente aquellos utilizados en la recolección de residuos sólidos en zonas residenciales y en las vecindades de hoteles, hospitales, clínicas, centros educativos, centros asistenciales e instituciones similares.

1.1.15. Deberán estar dotados de balizas o luces de tipo estroboscópico, ubicadas una sobre la cabina y otra en la parte posterior de la caja de compactación, así como

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de luces en la zona de la tolva. Para los vehículos recolectores sin compactación las luces deberán estar ubicadas sobre la cabina.

1.1.16. El 100% de los vehículos compactadores (incluyendo la carrocería) deberán ser cero (0) kilómetros y modelo 2020 en adelante.

1.1.17. Las cajas compactadoras que se instalen en los vehículos de los que trata el numeral anterior deberán ser nuevas (modelo 2020).

1.1.18. La flota vehicular debe contar con un tanque especial para el almacenamiento de los percolados y/o lixiviados. La capacidad del tanque de almacenamiento de lixiviado debe ser mayor a 100 galones y sello de seguridad hermético en la tolva y canaleta inferior de la tolva, así como tener un kit de derrames de sustancias químicas.

1.1.19. Los vehículos compactadores destinados a la recolección de recipientes o contenedores podrán contar con un sistema de carga lateral y/o trasera de acuerdo a las necesidades operativas del servicio.

1.1.20. Los vehículos deben estar dotados, con aire acondicionado, silla con suspensión neumática, y cabina con suspensión independiente.

1.1.21. El proveedor deberá realizar todas las reparaciones necesarias para garantizar la disponibilidad de los vehículos requeridos para la operación.

1.1.22. El proveedor debe establecer un Plan de Mantenimiento de acuerdo con las sugerencias del fabricante, así mismo debe asegurarse la provisión de repuestos necesarios para atender cualquier imprevisto.

1.1.23. Deberá mantener vigentes todas las licencias y demás permisos y/o autorizaciones de cualquier otra índole requeridas para el adecuado desarrollo del objeto contractual.

Las anteriores actividades serán verificadas por el Interventor/supervisor del contrato previo al inicio de la fase operativa. El Acta de Inicio será suscrita por el Contratista y el Interventor/supervisor designado y ella contendrá como mínimo los siguientes aspectos: 1. Identificación del Contrato (Modalidad contractual, Objeto y número). 2. Identificación de quienes asisten al acto (Contratista e Interventor/supervisor). 3. La fecha en que se suscribe el acta. 4. La fecha en que empieza a contarse el Plazo de Ejecución y la fecha de su finalización. 5. La Vigencia del Contrato.

6.5.2. Fase Operativa:

Fase contractual que inicia el 30 de marzo de 2020 hasta la terminación del plazo de ejecución del contrato, la cual se deberá ejecutar con el cumplimiento pleno y total de las obligaciones derivadas del objeto, alcance y demás requerimientos definidos en el presente pliego de condiciones, sus adendas y anexos respectivos. 6.6. INTERVENTORÍA/SUPERVISIÓN:

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TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. designará un Interventor o Supervisor quien la representará para la supervisión y verificación de cumplimiento de obligaciones derivadas del contrato. El Contratista deberá atender los requerimientos de la Interventoría o Supervisión desde la Adjudicación hasta la liquidación del Contrato. Las funciones del Interventor serán las siguientes:

1. Una vez suscrito el Contrato, el área Interventora o de Supervisión, deberá realizar el ingreso del mismo en el sistema de información SAP para efectos del pago y la formalización de las condiciones contractuales pactadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recibo.

2. Exigir al Contratista la presentación oportuna de las pólizas del Contrato, comprobar la autenticidad y pago de las primas correspondientes y sus modificaciones subsiguientes.

3. Exigir soportes de que el Contratista ha informado a los empleados de los riesgos de Seguridad y Salud en el Trabajo, que ha realizado los controles conforme a lo previsto en el Manual de Seguridad para Contratistas de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y demás requisitos que le sean informados por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. relacionados con SG-SST y SIGMA.

4. Verificar que el Contratista haya realizado el pago de salarios, prestaciones sociales, aportes a seguridad social y conexa como requisito previo al pago de cada factura.

5. Exigir soportes de pago de los aportes a la seguridad social y parafiscal y verificar su coincidencia con el listado de Personal del Contratista.

6. Realizar una muestra del 5% de los empleados del Contratista para verificar por medios virtuales o telefónicos el pago de prestaciones sociales y parafiscales: (i) antes de iniciar el Contrato, (ii) al momento de presentar cada factura y (iii) cuando se programen trabajos peligrosos.

7. Verificar que el Contratista se encuentre a paz y salvo con la factura de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para inmuebles de propiedad, arriendo o uso del Contratista que se encuentren ubicados en el Área de Prestación de Servicios de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., esta verificación deberá realizarse antes de que el Contratista presente cada factura.

8. Realizar la evaluación periódica del Contratista conforme a lo descrito en el procedimiento “Evaluación y re-evaluación de proveedores y Contratistas de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.”

9. Emitir o validar el valor liquidado al Contratista para efectos de facturación. 10. Enviar las comunicaciones al Contratista informando la realización de actuaciones que

afecten el buen desempeño del Contrato e imponer las penas conforme al procedimiento contractual previsto.

11. Solicitar al Contratista el panorama de riesgos al inicio de las actividades y validar que las actividades descritas correspondan a las definidas contractualmente.

12. Exigir y revisar los informes de Gestión del Contratista, los cuales deben contener como mínimo: (i) Cumplimiento de indicadores y especificaciones técnicas (ii) Informe de la gestión del programa de Salud en el Trabajo y Planes de Gestión Ambiental (iii) Informe de cumplimiento de requisitos legales relacionados con el SG-SST y SIGMA

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(iv) Índice de disponibilidad de vehículos y equipos, conforme a la metodología que se adopte para este fin (v) Resultados de auditorías de Sistemas de Gestión del Consejo Colombiano de Seguridad y estado de las no conformidades (v) Observaciones e inspecciones realizadas por el Contratista.

13. Realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de: (i) Cláusulas de seguridad y salud en el trabajo, (ii) Programas medioambientales, de seguridad y salud en el trabajo del Contratista, (iii) Reglamento de Higiene y seguridad del Contratista, (iii) Plan de Manejo Ambiental del Contratista (iv) Disponibilidad y uso adecuado de los elementos de protección personal (iv) Implementación de los controles definidos en el Programa de Riesgos del contratista y (v) Políticas, controles operacionales “Manual de Seguridad para Contratistas”, documento “Funciones, responsabilidades, rendición de cuentas y autoridad del sistema de gestión en SYSO” y demás documentos del SG-SST y SIGMA de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., que apliquen.

14. Solicitar la suspensión de actividades del Contratista o sus subcontratistas cuando pongan en peligro su vida y/o la salud de las personas o causen daños a la propiedad.

15. Confirmar la Vigencia y estado del RUC y/o certificados de sistemas de gestión, los planes de acción implementados como producto de las auditorías recibidas y revisar los resultados de las Auditorías realizadas al Contratista.

16. Diligenciar el formato “Verificación de SST a Contratistas” 17. Verificar el porte de los documentos obligatorios y las condiciones de los vehículos

utilizados por el Contratista para ejecutar el objeto del Contrato. 18. Informar los siniestros ocurridos bajo las pólizas otorgadas en virtud del Contrato. 19. Verificar con los soportes respectivos y en el marco de las obligaciones del contrato

quien debe realizar los pagos derivados de sinietros o extravió de documentos u otros gastos que no cubran la pólizas de seguros, es decir, si es el contratante o el contratista a quien les es imputable los hechos que originaron el siniestro o extravió de los documentos, y según el caso, mediante escrito debidamente motivado se determinara el responsable de realizarlo.

20. Enviar un correo informando la finalización de los Contratos con RUC e informar al Consejo Colombiano de Seguridad.

21. Suscripción de los documentos necesarios para la terminación y liquidación del Contrato.

22. Las demás funciones establecidas en la Minuta de Contrato.

7. CAPITULO SEPTIMO. ESTIPULACIONES FINALES:

7.1. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, las partes convienen que en caso de incumplimiento de EL CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de la terminación del mismo por hechos imputables a él, éste pagará a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.,

en calidad de cláusula penal pecuniaria una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato, la cual será considerada como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados a TRIPLE A. El procedimiento para la imposición de la cláusula penal

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pecuniaria será establecido por TRIPLE A 7.2. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES: El artículo 1.3.3.3 de la Resolución CRA 151 de 2001, modificado por el artículo 3° de la Resolución CRA 293 de 2004, dispone que las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo deberán solicitar a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, autorización cuando deseen incluir cláusulas exorbitantes, de conformidad con el artículo 1° de la citada Resolución. En el eventual caso de que la CRA autorice la inclusión de cláusulas exorbitantes para el presente proceso, se deberán establecer en el contrato de la siguiente manera: 7.3. CADUCIDAD:

Se podrá declarar la caducidad del contrato por la ocurrencia de hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización. Igualmente, procederá en los supuestos de caducidad contemplados legalmente, tales como: numeral 5 del artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada posteriormente por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002 y 1106 de 2006 y 1421 de 2010. Se declara la caducidad conforme al procedimiento que tenga para tal fin. En caso de que se decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. Si se declara la caducidad, no habrá lugar a indemnización para EL CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la ley. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento.

7.4. INTERPRETACIÓN UNILATERAL.

Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes, sobre la interpretación de alguna o algunas de sus estipulaciones, que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, si no se logra acuerdo con EL CONTRATISTA, interpretará las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia, mediante acto administrativo debidamente motivado. En firme el acto empresarial, el cumplimiento del contrato se hará conforme allí se disponga, sin perjuicio de las acciones contencioso administrativas que pueda promover EL CONTRATISTA.

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7.5. MODIFICACIÓN UNILATERAL:

Si durante la ejecución del contrato y para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el contrato, y previamente las partes no lleguen al acuerdo respectivo, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P mediante acto administrativo debidamente motivado, notificará al contratista la supresión o adición de obra, trabajos, suministros y servicios.

7.6. TERMINACIÓN UNILATERAL:

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. dispondrá la terminación anticipada y unilateral del contrato, mediante acto empresarial motivado, en los siguientes eventos:

Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga.

Por disolución de la persona jurídica de EL CONTRATISTA. En este caso, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. podrá optar por continuar la ejecución del contrato con el garante de las obligaciones de EL CONTRATISTA.

Por interdicción judicial o liquidación obligatoria del CONTRATISTA. En este caso, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. podrá optar por continuar la ejecución del contrato con el garante de las obligaciones del CONTRATISTA.

Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA que afecten de manera grave el cumplimiento del contrato. En los demás eventos previstos legalmente.

Si los bienes objeto del contrato celebrado son embargados o perseguidos por cualquier persona en ejercicio de cualquier acción, de tal manera que afecte la ejecución del objeto contractual.

Si bajo las leyes aplicables, EL CONTRATISTA inicia o se presenta solicitud de admisión a cualquier proceso de insolvencia, reestructuración de deudas, intervención, liquidación forzosa administrativa, o cualquier otro tipo de proceso de concurso de acreedores.

Una vez en firme el acto empresarial que declaró la terminación unilateral del contrato, se procederá a su liquidación.

7.7. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE CLAUSULAS EXCEPCIONALES:

Cuando TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P, diere aplicación a cualquiera de las anteriores cláusulas, lo hará a través de acto empresarial motivado, susceptible del recurso de reposición, de conformidad con las reglas del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los actos administrativos en los que se ejerciten esas facultades

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se regirán por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y estarán sujetos al control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en la forma que lo dispone el inciso 2o. del Artículo 31o. de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 3 de la Ley 689 de 2001. Para la declaratoria de caducidad del contrato, además se podrá dar aplicación al procedimiento previsto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. 7.8 MEDIDAS DE APREMIO PROVISIONALES

Con fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1592 y otras normas concordantes como el artículo 1602 del Código Civil Colombiano, el proponente al presentar la propuesta acepta que en la ejecución del contrato se dé aplicación a lo previsto en éste numeral, en cuanto a las denominadas “medidas de apremio provisionales”, consideradas como un mecanismo de solución directa de controversias que puedan surgir entre LAS PARTES, por el incumplimiento de obligaciones de EL CONTRATISTA La aplicación de la medida de apremio provisional no libera ni atenúa la responsabilidad de EL CONTRATISTA del cumplimiento de las obligaciones adquiridas con la celebración del contrato. Los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del retardo o del incumplimiento podrán hacerse efectivos en forma separada. Las medidas de apremio provisionales tendrán un límite máximo igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato. 7.8.1 PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE APREMIO

PROVISIONALES: Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de medida de apremio provisional pactadas en el contrato, a través del supervisor del contrato, se le comunicará por escrito la causal en que presuntamente incurrió. En la mencionada comunicación se le concederá un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, para que exponga o justifique las razones del incumplimiento. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P analizará las razones expuestas por EL CONTRATISTA y le comunicará una de las siguientes decisiones: 1. Que no se aplicará la medida de apremio provisional, de aceptarse las justificaciones y explicaciones presentadas, si es el caso o,

2. Que se aplicará la medida de apremio provisional, si no manifestaron las razones que

justifiquen el incumplimiento de la respectiva obligación, o de haberlas presentado, que no se

encuentra justificado el incumplimiento correspondiente.

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De considerarse aplicable la medida de apremio provisional, en la respectiva comunicación se concederá un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la misma, para que presente los argumentos que sustentarían la inaplicabilidad de la medida de apremio. Cumplido este término se enviará una nueva comunicación escrita confirmando la aplicación de medida de apremio o revocándola. Cuando la comunicación establezca la aplicación de la medida de apremio provisional, se procederá así: El valor de la medida de apremio se deducirá directamente (aunque con carácter

provisional) de cualquier suma que se adeude a EL CONTRATISTA si la hay, de no

haberla se solicitará a éste que la pague voluntariamente dentro de los quince (15) días

hábiles siguientes. Si incumple la obligación de pagar la medida de apremio provisional

se hará efectiva la garantía de cumplimiento respectivo, y en última instancia se acudirá

a la vía judicial.

Adicionalmente a las demás obligaciones contempladas para cada parte en presente pliego de condiciones, EL CONTRATISTA acepta que confirmada la aplicación de la medida provisional del apremio, surge para él la obligación de pago de la misma, la cual será exigible en los términos señalados con antelación. Carácter definitivo de la medida de apremio La medida de apremio provisional, se volverá definitiva y en consecuencia será reportada, en los siguientes eventos: 1. -Cuando haya caducado la acción para controvertirla ante la jurisdicción. 2. - Cuando esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la procedencia de su aplicación. 3. - Cuando EL CONTRATISTA reconozca su incumplimiento. Se considerará como fecha de la medida de apremio, aquella en la que se impuso. Pérdida de efectos de la medida de apremio y devolución de las sumas cobradas o pagadas. La medida de apremio deberá dejarse sin efectos: 1. Cuando esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la improcedencia de su aplicación. El valor de la medida de apremio se devolverá en las condiciones que se fijen en el fallo. 2. Cuando EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad. En este caso habrá lugar a la entrega del dinero cobrado o deducido,

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indexado de conformidad con la Circular 1295 de diciembre 27 de 2004 o el acto que lo modifique. 7.8.2 Causales para la aplicación de medidas de apremio provisionales: .Por retardo en la entrega definitiva de los vehículos y/ o equipos que hacen parte contrato. Los vehículos y/o equipos deben estar completamente terminados conforme a las especificaciones técnicas requeridas en el pliego de Condiciones y deben ser entregados dentro de los plazos establecidos para su ejecución. El incumplimiento de EL CONTRATISTA podrá dar lugar a la aplicación de una medida de apremio provisional equivalente a dos salarios mínimos legales vigentes mensuales (2 SMLVM) por cada vehículo y por cada día de retraso en la entrega, acorde a los plazos solicitados por cada tipo de vehículo. Si EL CONTRATISTA no cumple con esta obligación pasados 60 días calendario, se entenderá que hay incumplimiento en la ejecución del contrato y se podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento por el respectivo valor o se podrá acudir a la vía judicial para su cobro.

Descuentos o deducciones por incumplimiento de Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS) y otros Acuerdos Contractuales. Los Acuerdos de Niveles de Servicios – ANS - son acuerdos entre LAS PARTES, que se pactan con el fin de establecer estándares de calidad en la prestación del servicio o en la ejecución de tareas y pueden establecerse a través de aspectos tales como tiempos de respuesta, rendimientos, tiempos de mantenimiento, entre otros. Los ANS constituyen una herramienta de mejoramiento de la calidad y un elemento de medición en la ejecución del contrato. La empresa deberá prestar los servicios con mayor calidad, eficiencia, efectividad y cobertura, so pena de incurrir en los descuentos previstos en el presente documento. Con los resultados de la medición de los ANS, se podrá establecer consecuencias legales y contractuales con la empresa que resulte adjudicataria del contrato, por lo que se podrá iniciar procesos de multa de incumplimiento o caducidad del contrato, tras evidenciar que el incumplimiento de los ANS siguen en el tiempo, afectando las condiciones del arrendamiento de los vehículos o equipos. Se harán efectivos los descuentos al CONTRATISTA en las actas de pago, es decir, que pagará al CONTRATISTA el valor que resulte luego de hacer las deducciones o descuentos legales y contractuales.

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EL CONTRATISTA será informado por el supervisor del contrato del incumplimiento en el que incurrió. En la mencionada comunicación se le concederá un término de ocho (8) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, para que exponga o justifique las razones del incumplimiento. De considerarse aplicable o no la deducción conforme al ANS, se enviará una comunicación escrita confirmando este hecho.

Por incumplimiento en la disponibilidad y utilización de los vehículos o equipos ofrecidos. Ante la imposibilidad de contar con los vehículos o equipos del contrato para la realización de su operación, se podrá aplicar un descuento equivalente a dos salarios mínimos legales vigentes mensuales (2 SMLVM), por cada vehículo o equipo que no esté disponible para salir a realizar el turno de trabajo, aclarando lo siguiente: Si al inicio del turno el vehículo o equipo presenta una falla no prevista, EL CONTRATISTA contará hasta con 3 horas para habilitar el vehículo para la operación. Ante la imposibilidad de contar con los vehículos o equipos del contrato para la realización de su operación, se podrá aplicar un descuento equivalente a dos salarios mínimos legales vigentes mensuales (2 SMLVM), por cada vehículo o equipo que no esté disponible para salir a realizar el turno de trabajo, aclarando lo siguiente: Si al inicio del turno el vehículo o equipo presenta una falla no prevista, EL CONTRATISTA contará hasta con 3 horas para habilitar el vehículo para la operación.

Si el vehículo o equipo está operando su ruta y sufre un desperfecto EL CONTRATISTA contará hasta con 3 horas para realizar la reparación o reemplazar el vehículo o equipo , si el turno se ve afectado por un desfase mayor a 3 horas se aplicará el descuento de dos salarios mínimos legales vigentes mensuales (2 SMLVM).

Cuando no se pueda contar con al menos el 98% de los vehículos o equipos por turno se podrá aplicar un descuento equivalente a cuatro salarios mínimos legales vigentes mensuales (4 SMLVM), por cada vehículo que no esté disponible para salir a realizar el turno de trabajo.

Por Incumplimiento de las órdenes de Interventoría. Cuando EL CONTRATISTA incumple una (1) o más órdenes de la supervisión se podrá aplicar un descuento equivalente a un salario mínimo legal vigente mensual (1 SMLVM),

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por cada día calendario que incumpla una o las demás órdenes. Las ordenes de interventoría constarán por escrito con firma de recibido por parte del CONTRATISTA.

Por retraso en la entrega de los documentos para la liquidación del contrato o cierre de cuentas según sea el caso. Si pasados treinta (30) días calendario EL CONTRATISTA no hiciere entrega de los documentos para la liquidación del contrato, contados a partir del recibo de los servicios o las actividades a satisfacción, se podrá por los primeros quince (15) días calendario adicionales, cobrar o descontar dos salarios mínimos legales vigentes mensual (2 SMLVM) cada día de retraso.

7.9. GARANTÍAS DEL CONTRATO.

7.9.1. Garantías:

El contratista adjudicado se obliga a constituir las siguientes garantías a su costo y dentro de los 10 días siguientes a la notificación de adjudicación y como requisito para iniciar la ejecución deberán estar aceptadas y aprobadas por Triple A S.A. ESP. Podrán ser pólizas de seguros en formato para empresas de servicios públicos domiciliarios o garantías bancarias sin beneficio de excusión y a primer requerimiento. Estas garantías no podrán ser modificadas ni revocadas, salvo que así lo apruebe expresamente Triple A S.A. ESP. Todas las garantías se actualizarán en su valor asegurado, cada 30 de marzo según el IPC del periodo anual anterior, certificado por el DANE. En caso de reducciones del valor asegurado por el pago de siniestros, el contratista se obliga a restablecer o ampliar la garantía, de tal forma que se conserven las sumas aseguradoras exigidas en todo momento.

7.9.1.1 Garantía de Cumplimiento: Cubre los perjuicios las, multas y cláusula penal derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones pactadas, por un valor asegurado del 15% del valor del contrato y su vigencia debe ser igual al plazo del contrato y un (1) mes más. Si fuere póliza de seguros podrá ser expedida por cuatrienios y renovarla con 60 días de anticipación a su vencimiento y el garante podrá notificar con al menos seis (6) meses de anticipación que no continuará otorgando la garantía para el siguiente cuatrienio, caso en el cual el contratista se obliga a constituir una nueva garantía para el siguiente cuatrienio, ya sea póliza o garantía bancaria. 7.9.1.2 Garantía de prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Ampara el incumplimiento de las obligaciones laborales del Contratista, tendrá por asegurado a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y se constituirá por una cuantía del 5% del valor del contrato y su vigencia debe ser igual al plazo del contrato y tres (3) años más. Si fuere póliza de seguros

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podrá ser expedida por cuatrienios y renovarla con 60 días de anticipación a su vencimiento y el garante podrá notificar con al menos seis (6) meses de anticipación que no continuará otorgando la garantía para el siguiente cuatrienio, caso en el cual el contratista se obliga a constituir una nueva garantía para el siguiente cuatrienio, ya sea póliza o garantía bancaria.

7.9.1.3 Seguros de daños

El contratista adjudicado se obliga a constituir las siguientes pólizas de seguros a su costo, dentro de los 10 días siguientes a la notificación de adjudicación y como requisito para iniciar la ejecución deberán estar aceptadas y aprobadas por Triple A S.A. ESP. En todo caso, la póliza debe contar con una cláusula de revocación o de no renovación no inferior a noventa (90) días. Estos seguros únicamente podrán modificarse con la previa aprobación de Triple A. de no ser así las modificaciones y cambios que perjudiquen los intereses de Triple A se tendrán por no escritos. En todos los casos el contratista debe aportar el recibo o constancia de pago total de las primas a la aseguradora por la vigencia requerida. No son válidas constancias de no revocación por falta de pago. 7.9.1.4 Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual:

Este seguro cubrirá la responsabilidad civil incluyendo la culpa grave, imputable al Contratista o a Triple A, así como las de sus agentes, Contratistas y/o subcontratistas, y la que eventualmente le pueda ser atribuida a Triple A, con ocasión de la ejecución del contrato y por el uso de los vehículos y equipos en la operaciones de Triple A S.A, ESP sin restringir ninguna de las actividades propias del mismo y las necesarias para cumplir con el objeto, La cobertura incluye los perjuicios patrimoniales (daños materiales incluyendo daño emergente y lucro cesante), y extra patrimoniales (incluidos el daño moral, daño a la salud u otras denominaciones que la jurisprudencia llegue a establecer). El valor asegurado o límite principal para responsabilidad civil extracontractual será 75.000 SMMLV.

Amparos Valor asegurado mínimo

Daños patrimoniales, incluidos el daño

emergente y el lucro cesante y daños

extrapatrimoniales

100% del límite principal

Responsabilidad civil causada por

contratistas y subcontratistas 100% del límite principal.

Actividades recreacionales y culturales,

participación en ferias y exposiciones Mínimo 20% del límite principal

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Responsabilidad civil cruzada, Mínimo 20% del límite principal

Responsabilidad civil patronal Mínimo 20% del límite principal

Responsabilidad civil por gastos médicos

Mínimo 1% del límite principal por evento

Mínimo 2% del límite principal por

vigencia

Vehículos propios y no propios (en exceso

del seguro de automóviles, si este

operase)

1.000 SMMLV por evento, y un valor

agregado mínimo de 13.556 SMMLV.

Este seguro se mantendrá vigente de forma ininterrumpida hasta la fecha de terminación del Contrato mediante la suscripción de pólizas bienales, renovables. Ocurrido cualquier siniestro, el Contratista está obligado a obtener el restablecimiento de la cobertura completa. El Contratista estará obligado a ajustar esta póliza o presentar una nueva a más tardar el 30 de marzo de cada año, de acuerdo con el valor del Salario Mínimo Legal vigente aplicable al momento de su renovación o constitución. En caso de culpa grave o dolo de dependientes el seguro seguirá operativo y podrá hacerse el recobro total al responsable directo, pero no a Triple A.

7.9.1.5 Póliza Todo Riesgo daños Materiales

El Contratista deberá constituir un seguro todo riesgo que cubra los activos asignados para la prestación del servicio incluyendo y sin limitarse a la Base de Operaciones. El valor asegurado será equivalente al valor de reconstrucción de los bienes amparados el cual será reajustado anualmente con el IPC de la construcción para conservar actualizado el valor asegurado de cobertura y el valor de reposición de las obras nuevas y/o complementarias. TRIPLE A DE B/Q S.A. deberá figurar como asegurado en esta póliza. El Contratista deberá constituir esta póliza por el plazo de un (1) año y prorrogarla por periodos iguales de tal forma que dichos bienes estén cubiertos durante toda la Vigencia del Contrato. En todo caso las prórrogas deberán realizarse dentro de los 30 días anteriores a la expiración de la vigencia de cada póliza. En Vigencia del Contrato, el Contratista deberá asumir a su costa todos los gastos y expensas necesarios para reparar, reconstruir o reponer los bienes, elementos y equipos afectados por la ocurrencia de siniestros los cuales se encuentra obligado a mantener disponibles para la ejecución del Contrato.

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7.9.1.6 Seguro de Responsabilidad Civil Ambiental:

El Contratista deberá constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil ambiental con amparo de $5.000.000.000 que deberá mantener vigente durante toda la vigencia del Contrato, siendo válido expedir este seguro mediante vigencias anuales, renovables. En esta póliza, debe figurar como asegurado y beneficiario adicional TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

Esta póliza amparará daños ambientales que se ocasionen en el desarrollo de las labores y obligaciones relacionadas con el Contrato, así como los perjuicios que se causen a terceros derivados de una contaminación gradual y paulatina. Así mismo, se extenderá la cobertura a daños propios del asegurado y a daños a los recursos naturales que provengan de una contaminación, ya sea, accidental o gradual.

Esta póliza deberá contar con los siguientes amparos:

(i) Contaminación gradual y paulatina, (ii) Daño ambiental, medidas compensatorias, (iii) Gastos de limpieza para evitar la propagación del siniestro a tercero, Gastos de limpieza

en los predios del asegurado previo a que exista un daño a un tercero, Gastos de descontaminación en predios de terceros,

(iv) Gastos de descontaminación en predios propios, (v) Gastos propios del asegurado, condiciones preexistentes desconocidas.

La póliza de responsabilidad civil ambiental deberá contar con una cláusula de renovación no inferior a noventa (90) días. Esta póliza no podrá modificarse en ninguna de sus condiciones durante la Vigencia del Contrato y en caso de que la afectación del valor asegurado se consuma en un porcentaje superior al 75% del límite asegurado el Contratista se obliga a adquirir un nuevo seguro en iguales condiciones antes de que se extinga el límite asegurado contratado.

7.9.2 Garantías Fase Operativa El contratista adjudicado se obliga a constituir las siguientes garantías a su costo con 5 días de antelación del inicio de la fase operativa, y como requisito para iniciar ésta fase deberán estar aceptadas y aprobadas por Triple A S.A. ESP. Podrán ser pólizas de seguros en formato para empresas de servicios públicos domiciliarios o garantías bancarias sin beneficio de excusión y a primer requerimiento. Estas garantías no podrán ser modificadas ni revocadas, salvo que así lo apruebe expresamente Triple A S.A. ESP. Todas las garantías se actualizarán en su valor asegurado, cada 20 de marzo según el IPC del periodo anual anterior, certificado por el DANE. En caso de reducciones del valor asegurado por el pago de siniestros, el contratista se obliga a restablecer o ampliar la garantía, de tal forma que se conserven las sumas aseguradoras exigidas en todo momento.

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7.9.2.1 Seguro Todo Riesgo Equipo y maquinaria

Cada uno de los cargadores, cajas, equipos autónomos o acoplados a los vehículos y en general la maquinaria amarilla que se utilice en el marco del contrato, debe contar con las coberturas daño físico y hurto por el valor comercial del equipo, y de responsabilidad civil extracontractual en cuantía no inferior a 500 SMMLV para lesiones o muerte para daños de una o varias personas, así como daños a bienes de terceros. En este seguro debe quedar como asegurado adicional Triple A y sus dependientes autorizados para conducir los vehículos y operar equipos suministrados por el contratista. Este seguro podrá tener un deducible agregado estimado por el contratista, u otro financieramente viable, pero para efectos de los recobros de valores a cargo de Triple A no operará ningún deducible. En todo caso, la póliza de todo riesgo vehículos debe contar con una cláusula de revocación o de no renovación no inferior a noventa (90) días, y no podrá modificarse en ninguna de sus condiciones. 7.9.2.2 Seguro de automóviles:

Cada uno de los vehículos que se empleen en desarrollo del Contrato, debe contar con una póliza de automóviles, con amparo de responsabilidad civil en cuantía no inferior a 2000 SMMLV para lesiones o muerte de una o varias personas, así como daños a bienes de terceros.

En este seguro debe quedar como asegurado adicional Triple A y sus dependientes autorizados para conducir los vehículos y operar equipos suministrados por el contratista.

Este seguro podrá tener un deducible agregado estimado por el contratista, u otro financieramente viable, pero para efectos de eventuales recobros, a cargo de Triple A no operará ningún deducible. 7.10. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN:

El Oferente, representante legal, apoderados, empleados y Contratistas se obligan a cumplir con la Política de Cumplimiento Anticorrupción y Anti soborno de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. así como el Programa de Cumplimiento Anticorrupción y Anti soborno, en todo caso a lo siguiente: (i) Cumplir con las normas definidas en el Código de Ética Empresarial de TRIPLE A DE

B/Q S.A. E.S.P. (ii) Comunicar todo acto de corrupción y soborno a través de los canales definidos por

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

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(iii) Prescindir de ofrecer, prometer, conceder, solicitar, recibir o aceptar dádivas indebidas, peticionarias o de otro tipo para obtener ventaja ilegítima o cualquier tipo de beneficio dentro del presente proceso de contratación, o en la ejecución del Contrato que pueda celebrarse como resultado de su Propuesta.

(iv) No permitir que sus empleados, asesores, consultores, socios, miembros de junta directiva o representantes legales realicen las acciones a que se refiere el numeral anterior en su beneficio o en su nombre o representación.

(v) El Contratista, sus directivos, administradores, colaboradores y asesores se abstendrán de recibir sumas de dinero, objetos de valor pecuniario, u otro beneficio o utilidad, o dádiva alguna, de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. o sus colaboradores con el fin de obtener cualquier ventaja injustificada en un negocio o relación comercial con dichas personas.

(vi) Abstenerse de realizar pago de facilitación bien sea para la agilidad en trámites, desarrollo de proyectos, obtención de modificaciones al contrato, contraprestación por servicios y en general para alcanzar cualquier beneficio o ventaja indebida propia o para terceros.

(vii) Abstenerse de realizar pago de facilitación bien sea para la agilidad en trámites, desarrollo de proyectos, obtención de Contratos, contraprestación por servicios y en general para alcanzar cualquier beneficio o ventaja indebida propia o para terceros.

(viii) Excluir de sus prácticas el pago de contribuciones ilícitas a candidatos a cargos públicos, a partidos políticos, u otras organizaciones políticas. Las contribuciones políticas deben respetar íntegramente los requisitos en materia de publicación de información a los ciudadanos y ser notificadas a la alta dirección de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

(ix) Utilizar los bienes y recursos destinados a la ejecución del Contrato evitando fines políticos ni patrocinio o promoción de los mismos.

(x) Repudiar el cohecho en los ámbitos nacional e internacional, en relación con aspectos tales como; regalos, hospitalidad; agasajos y Gastos de representación; viajes de clientes; contribuciones políticas; donaciones para fines benéficos y patrocinios; dádivas, instigación y extorsión. Todos los empleados del Contratista deberán realizar controles internos que se establezcan para su prevención.

(xi) Abstenerse de realizar pagos indebidos a través de agentes, cabilderos u otro tipo de intermediarios.

(xii) Responder a la política o lineamientos que un gremio tenga establecido para actuaciones y objetivos de colectivo, al participar públicamente a través de éste, y en ningún caso, la Empresa usa su filiación al gremio para obtener beneficio particular.

(xiii) No realizar donativos de caridad y pagos a la comunidad o comunidades con las cuales se relaciona TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., para obtener un beneficio económico o de cualquier índole. Ajustarse estrictamente a lo contractual y en ningún caso para obtener ventaja en algún proceso de contratación o de provecho económico para TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., derivado de la relación con las administraciones de los municipios cubiertos por esta en la prestación de los servicios.

(xiv) Los viajes de los empleados de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. sufragados por el Contratista se realizan en función de cumplir con las obligaciones de su cargo y en ningún caso obedecen a viajes de recreación o por motivos personales.

(xv) Impartir instrucciones a todos sus empleados y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las Leyes de

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la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de selección y la relación contractual que podría derivarse del mismo.

(xvi) Rechazar el trabajo infantil o cualquier forma de trabajo forzado. Rechazamos también cualquier tipo de pago destinado a patrocinar grupos armados al margen de la ley o que contribuya de algún modo con el financiamiento de actos terroristas o al lavado de activos.

(xvii) Denunciar (i) cualquier situación que pudiera suponer un incumplimiento o vulneración de cualesquiera de los principios y normas éticas o de conducta establecidas en el Código de Ética de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. (ii) posibles irregularidades o hechos de soborno y/o corrupción (iii) Hechos y circunstancias que puedan atentar de manera grave contra el cumplimiento de las normas nacionales o internacionales que previenen el fraude, (iv) Situaciones de conflicto de interés, (v) Hechos constitutivos de corrupción, (vi) casos de lavado de activos, (vii) casos de financiación del terrorismo, (viii) asuntos relacionados con cualquier violación a los Derechos Humanos y regulaciones internacionales frente a alguna de estas conductas (ix) así como cualquier otra circunstancia, para lo cual deberá comunicarlo a la línea ética a través de la siguiente dirección: http://www.aaa.com.co/contactenos/contacto-etico/.

Si durante el proceso de selección, se comprobare el incumplimiento del Oferente, sus representantes o sus empleados o agentes, a los compromisos antes enunciados, procederá el rechazo de la Propuesta presentada. En caso, que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. advierta hechos constitutivos de corrupción de parte del Oferente durante el proceso de selección, adelantará las acciones legales correspondientes. 7.11. CONFLICTOS DE INTERESES, INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. requiere a los Oferentes presentar la declaración a que se refiere el formato contemplado en el formato No. 4, bajo la gravedad de juramento, que no se haya incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar señalados en las leyes colombianas vigentes aplicables, en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés señaladas en la Constitución, en la Ley y en el Manual de Compras y Contrataciones y el Código de Buen Gobierno y su respectivas modificaciones de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. Será rechazada la Propuesta presentada por un Oferente que se encuentre incurso en inhabilidad o incompatibilidad. Adicionalmente, en aplicación de la sentencia C- 736 de 2007 y el numeral 44.4 del artículo 44 de la Ley 142 de 1994 que establece que en los Contratos de las entidades a que ella se refiere, que presten servicios públicos, se aplicarán las reglas sobre inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Ley 80 de 1993, en este proceso se aplicarán las siguientes reglas de inhabilidad e incompatibilidad y por lo tanto no podrán participar:

1. Los Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar por la Constitución y las leyes.

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2. Los Oferentes que hayan participado en las invitaciones abiertas o celebradas Contratos estando inhabilitados.

3. Los Oferentes que hayan sido objeto de declaratoria de caducidad. 4. Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de

interdicción de derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con destitución.

5. Los Oferentes que sin justa causa se hayan abstenido de suscribir el Contrato estatal adjudicado.

6. Los Oferentes, en los cuales el representante legal o cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que formalmente haya presentado Propuesta para un mismo proceso de contratación.

7. Los Oferentes constituidos como sociedades de personas que cuenten con socios a los que se les haya declarado la caducidad.

8. Los Oferentes personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables administrativamente por la conducta de soborno transnacional. Esta inhabilidad procederá preventivamente aun en los casos en los que esté pendiente la decisión sobre la impugnación de la sentencia condenatoria.

9. Asimismo, la inhabilidad se extenderá a los Oferentes de las que hagan parte dichas personas o participen en calidad de socios personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la administración pública o de cualquiera de los delitos o faltas contemplados por la Ley 1474 de 2011 y sus normas modificatorias, o de cualquiera de las conductas delictivas contempladas por las convenciones o tratados de lucha contra la corrupción suscritos y ratificados por Colombia, en calidad de administradores, representantes legales, miembros de junta directiva o de socios controlantes, a sus matrices y a sus subordinadas y a las sucursales de sociedades extranjeras, con excepción de las sociedades anónimas abiertas.

10. Los Oferentes que actuando en calidad de Interventores que incumpla el deber de entregar información a la entidad contratante relacionada con el incumplimiento del Contrato, con hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del Contrato

11. Los Oferentes en los que tenga participación funcionarios de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. de nivel directivo, asesor o ejecutivo o el miembro de la Junta Directiva, el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ellos, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo.

12. Los Oferentes en los que tenga participación funcionarios que sean miembros de la Junta Directiva de TRIPLE A DE B/Q S.A.E.S.P.

13. Los Oferentes en los cuales hagan parte personas que hayan ejercido cargos en el nivel directivo de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., o sus parientes se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, primero de afinidad, o primero civil, esta incompatibilidad estará vigente durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo, cuando el objeto que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios.

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7.12. SIPLAFT - LAVADO DE ACTIVOS: No podrá participar en el presente proceso de contratación, ninguna persona natural o jurídica con régimen público, privado o mixto que aparezca en los registros del sistema de administración de riesgos de lavado de activos y de la financiación del terrorismo. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. podrá rechazar las Propuestas que provengan de Oferentes, con relación a los cuales se acredite o cuestione ante autoridades judiciales o administrativas, durante el proceso de contratación, que han realizado cualquier tipo de pago destinado a sufragar grupos armados al margen de la Ley o que contribuyan de algún modo con el financiamiento de actos terroristas o al lavado de activos. TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. requiere que los Oferentes aporten entre otros documentos una declaración extraprocesal firmada por el Representante Legal de la empresa o por quien haga sus veces, debidamente facultado, dirigida a TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P., acreditando la no ocurrencia de pagos descritos según el párrafo anterior. El Oferente acepta y declara que dentro de las cláusulas de cumplimiento del Contrato se contemplará como causal de terminación del mismo por parte de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., que (i) el Contratista aparezca en cualquier momento de la Vigencia del Contrato en los Registros del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo o bien (ii) se acredite que ha realizado cualquier tipo de pago destinado a sufragar grupos armados al margen de la Ley, que han participado en actos de corrupción o que contribuyan de algún modo con el financiamiento de actos terroristas o al lavado de activos. El Oferente acepta y declara que si resultare adjudicatario del proceso de selección, TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P, efectuará los controles para validar que al momento de generar cada pago en ejecución del Contrato, que no aparezca en los registros del sistema de administración de riesgos de lavado de activos y de la financiación del terrorismo o se acredite que ha realizado cualquier tipo de pago destinado a sufragar grupos armados al margen de la Ley, que ha participado en actos de corrupción o que contribuya de algún modo con el financiamiento de actos terroristas o al lavado de activos. Con la presentación de su oferta el Oferente acepta que no reclamará pago de intereses ni perjuicio alguno, en el evento en que TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. suspenda los pagos por ocurrir cualquier de las circunstancias anteriormente previstas. 7.13. CONFIDENCIALIDAD:

El Oferente se obliga a mantener estricta reserva de la información de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. o de la prestación del servicio público de aseo en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, a la que tenga acceso y que no esté disponible al público. Por lo tanto, el Oferente se obliga a guardar la debida confidencialidad de dicha información, no usarla en provecho propio o ajeno, no divulgarla a terceros ni hacer uso de la misma para

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finalidades distintas a las señaladas en el objeto del presente proceso de contratación y del Contrato que se celebre. En el evento de ser requerido legalmente para revelar información confidencial como consecuencia de un proceso judicial o actuación administrativa, quien participe dentro de la presente invitación pública, deberá notificar oportunamente y por escrito a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para permitir que está pueda iniciar las acciones legales o administrativas que sean necesarias para efectos de proteger dicha información confidencial o para autorizar al Oferente, al adjudicatario, o Contratista, según el caso, que haga la divulgación parcial o total de dicha información confidencial. La presente obligación de confidencialidad se mantendrá vigente mientras la información catalogada como tal conserve el carácter de reservada o bien durante todo el término de duración del Contrato que resulte del presente proceso de selección, luego de que dicha información fuera compartida con las otras partes, cualquiera de los dos que ocurra primero. En todo caso, esta obligación de confidencialidad, estará sujeta a la reglamentación sobre información confidencial de los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y lo previsto en el artículo 24 de la Ley 1437 de4 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, respecto de la información y documentos reservados, Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones” , y en las demás normas concordantes y complementarias que regulen la materia.

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7.14. FORMATOS En el presente numeral se pone a disposición de los potenciales oferentes los formatos de apoyo descritos a lo largo de este pliego de condiciones.

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FORMATO NO. 1.

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Y DECLARACIONES DEL OFERENTE

[Ciudad y fecha] Doctor: GUILLEMO PEÑA BERNAL Representante Legal SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P.

Ref.: Presentación de Oferta dentro de la Invitación Abierta a Ofertar IAO- 09-2019

El abajo firmante, actuando en nombre y representación de: (indicar nombre del oferente), presentamos Oferta dentro del proceso de Invitación Abierta a Ofertar de la referencia conforme a la oferta económica indicada en el Formato 5 (numeral 5.3. del Pliego de Condiciones) y declaro (amos), bajo la gravedad del juramento lo siguiente:

1. Que en el evento de resultar adjudicatarios, nos obligamos de forma irrevocable para con TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. a cumplir con las obligaciones relacionadas con la adjudicación del proceso, a suscribir el Contrato y el Acta de Inicio de ejecución del Contrato en las fechas establecidas en el Cronograma del Pliego de Condiciones, así como al cumplimiento total de la Propuesta, de las obligaciones que emanen de la presentación de la Propuesta, cumpliendo con la totalidad de los requerimientos mínimos señalados en el Pliego de Condiciones dentro del cual se presenta la Oferta.

2. Que, en el evento de resultar adjudicatarios, nos obligamos solidaria e ilimitadamente a la celebración, legalización y ejecución del Contrato en los términos previstos en el Pliego de Condiciones, Anexos y Adendas.

3. El 100% de los vehículos, compactadores incluyendo la carrocería que se utilicen para la ejecución del Contrato, cumplen con las epecificacione técnicas definidas en el presente pliego, y deberán ser cero (0) kilómetros. Todos los vehículos serán mínimo modelo 2020 con las características previstas en el Reglamento Técnico Operativo. Para el dimensionamiento del parque automotor revisamos la totalidad de información correspondiente al presente proceso de contratación.

4. Que hemos analizado todas las Adendas, formatos y Anexos a los documentos de la Invitación Abierta a Ofertar, que tuvimos la oportunidad de solicitar aclaraciones en relación a su contenido, recibimos de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. respuesta oportuna y suficiente a cada una de las mismas y que conocemos las respuestas a preguntas formuladas por los otros interesados en el proceso y en general toda la información relacionada con la Invitación hasta la fecha de cierre.

5. Que hemos obtenido información suficiente, clara y precisa sobre los factores que puedan afectar la ejecución del Contrato.

6. Que los documentos que presento con la Oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.

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7. Que con la presentación de la Propuesta estoy aceptando los riesgos establecidos en el proceso de Invitación.

8. Que renunciamos a cualquier reclamo por ignorancia o errónea interpretación de los documentos de esta invitación.

9. Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta Propuesta ni en el Contrato probable que de ella se derive.

10. Que la Oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas del Pliego de Condiciones y sus Anexos.

11. Que la Oferta económica fue elaborada teniendo en cuenta todos los Gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del Contrato y qué en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión tales conceptos. Qué en el evento de resultar adjudicatarios, nos comprometemos a constituir las pólizas necesarias para la suscripción del contrato de acuerdo con las condiciones y normas exigidas por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para tal fin, acompañadas del original del pago de la prima, dentro del término para el perfeccionamiento y legalización del contrato.

12. Que manifestamos bajo la gravedad del juramento, no encontrarnos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones establecidas en la Constitución Política, en la Ley y en el Pliego de Condiciones correspondiente al proceso de contratación dentro de la cual presentamos esta Oferta.

13. Que se declara bajo juramento Que los recursos o bienes de la empresa no provienen de ninguna actividad de manejo de lavado de activos o ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o adicione, no nos encontramos en ninguna lista de reporte internacional, o bloqueados por actividades de narcotráfico, lavado de activos, o delitos asociados al turismo sexual, y que en nuestra contra no se adelanta ningún proceso en instancias nacionales o internacionales por ninguno de los aspectos anteriores.

14. Que garantizamos que, en cada una de las actuaciones, se dignificará el trabajo y no se permitirán actos discriminatorios, se promoverá la seguridad y protección en el trabajo, se pagarán las remuneraciones de acuerdo a la ley, se promoverá la equidad de género y no se permitirá el trabajo infantil.

15. Que en todo caso en el evento de resultar adjudicatarios nos obligamos a incluir los equipos, personal e insumos que sean necesarios para la correcta ejecución del contrato, en el evento de que los indicados previamente sean insuficientes para cumplir con las obligaciones del contrato y renunciamos a exigir un mayor valor por la remuneración ofertada en el evento en que ello ocurra.

16. Que el original de la presente Propuesta consta de _____. folios. 17. Que se adjunta Garantía de seriedad de Oferta número ______ otorgada por la

compañía de seguros _______ la cual cumple con lo establecido en los pliegos de condiciones correspondiente del proceso de Invitación Pública a Ofertar indicado en la referencia.

La presente Propuesta tiene una Vigencia de tres (3) meses conforme a lo requerido en el Pliego de Condiciones.

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El suscrito señala como dirección comercial, número de teléfono y fax a donde se puede remitir o enviar por correo y realizar notificaciones y comunicaciones relacionadas con esta Oferta, los siguientes: Oferente: Representante Legal: Dirección: Ciudad: Teléfono: Fax: E-mail: Cordialmente, __________________________________ FIRMA Nombre: Tipo y Número de documento de identificación:

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FORMATO No. 2

ANEXO TÉCNICO

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS DE ASEO Y DE LA BASE DE

OPERACIONES

1. CARACTERÍSTICAS DE LOS EQUIPOS

1.2. Características generales de los vehículos de recolección y transporte de

residuos sólidos. Los vehículos empleados en las actividades de recolección y transporte de residuos sólidos con destino a disposición final deberán cumplir con las especificaciones técnicas descritas en el presente Anexo, aparte de Especificaciones de Equipos, y adicionalmente cumplir los requisitos contenidos en el Decreto 1077 de 2015, incluidos las siguientes características:

1.2.1. Los vehículos recolectores deberán ser motorizados, y estar claramente

identificados. 1.2.2. Las especificaciones de los vehículos deberán corresponder a la capacidad y

dimensión de las vías públicas, que le permitan circular en vías angostas o con radios de giro estrechos. El radio de giro sería el formado a una intersección a 90 grados de vía doble carril con un ancho total de 5 metros. En el caso de giro estrecho sería intersecciones a 90 grados en calles a un solo carril entre 3 y 4 metros de ancho, por las cuales el equipo deberá dar el giro.

1.2.3. Deberán estar provistos de equipo de comunicaciones (como celulares o similares). Deberán contar con un equipo de comunicaciones conectado a la base de operaciones y con cobertura total en el perímetro de la ciudad de Barranquilla y el relleno sanitario. El equipo de comunicación será asumido por Triple A, se requiere de parte del Renting el permiso para instalar el equipo de comunicación seleccionado.

1.2.4. Todos los vehículos deberán contar con cajas compactadoras de residuos. Se entiende por compactación de residuos, la reducción del volumen de los residuos recolectados por medio de una ayuda mecánica. De tal manera que se aumente la densidad y se pueda transportar mayor cantidad de residuos sólidos dentro del volumen de transporte disponible en la caja compactadora. Estas cajas de compactación de cargue trasero deberá ser instaladas en los chasis solicitados. Se exceptúan aquellos equipos que se destinen al manejo de residuos de construcción y demolición y otros residuos que no sean susceptibles de ser compactados, como es el caso de las volquetas, ampliroll y grapple.

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1.2.5. La salida del tubo de escape debe estar hacia arriba y 15 cm por encima del techo de la cabina del vehículo. Se deberá cumplir con las demás normas vigentes para emisiones atmosféricas y ajustarse a los requerimientos estipulados en el código nacional de tránsito.

1.2.6. Los vehículos con caja compactadora deberán tener un sistema de compactación que pueda ser detenido en caso de emergencia o sistema de detención del desplazamiento del sistema hidráulico en cualquier punto del recorrido.

1.2.7. Las cajas compactadoras de los vehículos destinados a la recolección y transporte de los residuos sólidos con destino a disposición final, deberán contar con compactación cerrada, de manera que impidan la pérdida del líquido percolado o lixiviado, y contar con un mecanismo automático que permita una rápida acción de descarga y tener un dimensionamiento que contemple la capacidad total de transporte de las toneladas generadas en el Distrito de Barranquilla para ser transportadas al sitio de disposición de los residuos sólidos. Las cajas compactadoras deberán tener una capacidad de 25 Y3.

1.2.8. Los equipos destinados a la recolección deberán tener estribos con superficies antideslizantes, y manijas adecuadas para sujetarse, de tal forma que el personal pueda transportarse momentáneamente en forma segura.

1.2.9. Los equipos deberán posibilitar el cargue y el descargue de los residuos sólidos almacenados, de forma tal que evite la dispersión de estos y la emisión de partículas.

1.2.10. Deberán estar diseñados de tal forma que no se permita el esparcimiento de los residuos sólidos durante el recorrido.

1.2.11. En los vehículos destinados a la recolección a partir de cajas de almacenamiento y/o contenedores, deberán contar con un sistema adecuado para el levantamiento y descargue de su contenido en el vehículo recolector, es decir sistemas lifters que sean compatibles con el sistema utilizado para levantar cajas metálicas (winches de mínimo 6 toneladas) de tal forma que se evite el esparcimiento en la vía o área pública.

1.2.12. Deberán cumplir con las especificaciones técnicas existentes para no afectar la salud ocupacional de los conductores y operarios.

1.2.13. Deberán estar dotados con equipos de carretera completos y de atención de incendios.

1.2.14. Deberán estar dotados de dispositivos que minimicen el ruido, especialmente aquellos utilizados en la recolección de residuos sólidos en zonas residenciales y en las vecindades de hoteles, hospitales, clínicas, centros educativos, centros asistenciales e instituciones similares.

1.2.15. Deberán estar dotados de balizas o luces de tipo estroboscópico, ubicadas una sobre la cabina y otra en la parte posterior de la caja de compactación, así como de luces en la zona de la tolva. Para los vehículos recolectores sin compactación las luces deberán estar ubicadas sobre la cabina.

1.2.16. El 100% de los vehículos compactadores (incluyendo la carrocería) deberán ser nuevos, modelo 2020 en adelante. El kilometraje no debe exceder el estimado por el Renting para temas de pruebas, ensambles y movilizaciones hasta la entrega final del equipo. Por lo anterior, es importante que el Renting especifique dicho kilometraje.

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1.2.17. Las cajas compactadoras que se instalen en los vehículos de los que trata el numeral anterior deberán ser nuevas (modelo 2020).

1.2.18. La flota vehicular debe contar con un tanque especial para el almacenamiento de los percolados y/o lixiviados. La capacidad del tanque de almacenamiento de lixiviado debe ser como mínimo 52,84 para vehículos a GNV, contar con sello de seguridad hermético en la tolva y canaleta inferior de la tolva, así como tener un kit de derrames de sustancias químicas.

1.2.19. Los vehículos compactadores destinados a la recolección de recipientes o contenedores podrán contar con un sistema de carga lateral y/o trasera de acuerdo a las necesidades operativas del servicio.

1.2.20. Los vehículos deben estar dotados, con aire acondicionado, silla con suspensión neumática, y cabina con suspensión independiente.

1.2.21. El proveedor deberá realizar todas las reparaciones necesarias para garantizar la disponibilidad de los vehículos requeridos para la operación.

1.2.22. El proveedor debe establecer un Plan de Mantenimiento de acuerdo con las sugerencias del fabricante y ajustarse a las horas de trabajo de los equipos, así mismo debe asegurarse la provisión de repuestos necesarios para atender cualquier imprevisto

1.3. Condiciones de equipos y accesorios para recolección y transporte de residuos

sólidos. Los equipos, accesorios y ayudas de que estén dotados los vehículos destinados para transporte de residuos sólidos, deberán mantenerse siempre en óptimas condiciones de funcionamiento para la prestación del servicio y contar con los registros que evidencien el seguimiento a las condiciones de operación. 1.4. Lavado de los vehículos y equipos de recolección y transporte. El Decreto 1077 de 2015, establece el lavado diario de la flota destinada a la prestación del servicio público de aseo, con el objetivo de minimizar el impacto por la generación de olores ofensivos, los vehículos deben salir lavados al iniciar la ruta de recolección, este lavado deberá ser realizado por el Renting en horarios que no afecte la normal prestación del servicio público de aseo. El equipo debe ser lavado después de cada turno, se realiza un lavado general externo a la cabina, caja compactadora y la tolva en la parte interna, los demás equipos como volquetas, grapple y ampliroll se deben lavar externamente. Todos los equipos deben ser lavados con Jabón líquido con Bactericida. Una vez a la semana se debe lavar el interior de la caja compactadora (Container) así como realizar la limpieza al interior a la cabina. El lavado del motor se debe realizar una vez al mes. Desmanchar o Polichar los laterales y la cabina cada 6 meses.

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El lavado debe realizarse en el sitio destinado para tal fin (en las instalaciones de la Base de Operaciones, tras la última descarga en el relleno sanitario de cada turno) y no puede efectuarse en áreas públicas ni en fuentes o cuerpos de agua, ni afectar o impactar negativamente las condiciones de trabajo del personal. Los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos deberán emplear un protocolo de limpieza que garantice la remoción de residuos y contaminantes de todo tipo incluyendo microorganismos. 1.5. Requerimientos del Parque Automotor. El contratista, deberá disponer en todo momento y a su propio costo del equipo en las cantidades definidas en el presente anexo para atender todas las obligaciones y garantizar el cumplimiento del objeto propuesto. Los vehículos y equipos deberán reunir las condiciones y características definidas en la normatividad vigente y deberán ser conservados en óptimas condiciones técnicas de operatividad, higiene y presentación durante toda la vigencia del contrato, debiendo ser sustituidos en el momento en el que por su desgaste natural o por fallas o daños no puedan ser utilizados eficientemente. El 100% de los vehículos y equipos empleados para la prestación de las actividades de recolección y transporte deberán ser nuevos y modelo 2020. El Contratista garantizará que la tecnología del parque automotor, según el tipo de vehículo, certifique el cumplimiento como mínimo de las normas Euro V o EPA 10 o cualquier tipo de tecnología que permita cumplir con las normas citadas como referentes en la normativa de emisión de fuentes móviles Colombiana Resolución No. 1111 de 2013 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, teniendo en cuenta las especificaciones propias de cada automotor contenidas en el anexo técnico. Con respecto al combustible, se debe garantizar que la flota se opere con el que ofrezca mejores condiciones en términos de calidad de emisiones atmosféricas disponible en el mercado

1.6. Disponibilidad del Equipo para Recolección de Residuos Sólidos. El contratista deberá suministrar el tipo y cantidad de equipos solicitados para el inicio de operación, los cuales han sido definidos con base a las toneladas mensuales recogidas y transportadas para el año base 2018, generadas en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.

Tabla 1. Promedio de Toneladas Mensuales Recogidas 2018.

Actividades de Recolección Toneladas

Recolección Domiciliaria 24.825,88

Recolección Domiciliaria Centro 695,63

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Recolección Domiciliaria Mercado Público 1.347,73

Recolección Escombros 2.935,41

Recolección Grandes Productores 4.256,34

Recolección Rechazo Aprovechamiento 7,27

Recolección Servicios Especiales (GP) 220,64

Limpieza de Puntos Críticos 2.347,13

Recolección Raspes (Arenas) 33,11

Recolección Servicios Especiales (Carnavales) 137

Total de Toneladas a Recolectar 36.806,15

Fuente: Triple A DE B/Q S.A. E.S.P Teniendo en cuenta la generación de residuos y la dinámica actual del servicio público de aseo en el Distrito de Barranquilla, el requerimiento de equipos se detalla en la tabla No. 2 que se relaciona a continuación:

Tabla 2. Requerimiento de Equipos para la Operación del Servicio de Aseo.

Tipo de Equipo Cantidad

Requerida Kilómetros (Total Año)

Horas de Trabajo (Año)*

Ampliroll 7 59.290,27 4.200

Compactador Dobletroque

45 40.987,53 4.800

Grapple 2 31.664,85 1.900

Volqueta Dobletroque 3 51.998,87 3.500

Volqueta Sencilla 8 51.988,89 3.800

Total 65

*Nota: En el contrato se deberá controlar el odómetro de los equipos como una bolsa total.

Tabla 3. Margen de Tolerancia Anual.

Tipo de Vehículo Margen de tolerancia anual Kilómetros/Horas

Exceso Déficit

Ampliroll +210 horas +2.900 Km -210 horas -2.900 Km

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Compactador Dobletroque

+240 horas +2.000 Km -240 horas -2.000 Km

Grapple +95 horas +1.500 Km -95 horas -1.500 Km

Volqueta Dobletroque

+175 horas +2.600 Km -175 horas -2.600 Km

Volqueta Sencilla +190 horas +2.600 Km -190 horas -2.600 Km

Tabla. 4. Contenedores, cajas y equipos para levante Tipo de Accesorios Cantidad Requerida

Cajas Compactadoras 45

Winches para levante cajas 45

Cajas para Ampliroll

Lifter para Levante de Contenedores plásticos

30

20

Total 140

Nota: las cajas compactadoras y winches hacen parte de las compactadoras dobletroque. Así mismo, para asegurar continuidad, calidad y cobertura del servicio público de aseo, el proveedor deberá contar con unos equipos de respaldo disponibles de acuerdo con lo establecido en la Tabla No. 4, los cuales deberán permanecer en la base de operaciones y siempre estar en disponibilidad operativa para reemplazar aquellos equipos que no estén disponibles por mantenimientos preventivos, correctivos y/o siniestrados. Estos equipos deben contar con las mismas características de los vehículos utilizados para las actividades de recolección y transporte.

Tabla 4. Requerimiento de Equipos Disponibles para el Servicio de Aseo.

Tipo de Equipo No. Equipo Disponible

Compactador Dobletroque 5

Grapple 1

Volqueta Dobletroque 1

Total 7

Los vehículos y equipos deberán ser conservados en óptimas condiciones de limpieza y disponibilidad operativa durante la vigencia del contrato, por lo cual, cuando un compactador haya cumplido su vida útil1, éste deberá ser valorado con el fin de determinar su estado de operatividad, y si fuere el caso deberá ser reemplazado por otro que cumpla con todo lo establecido en este reglamento. La Interventoría/Supervisión verificará esta obligación y emitirá concepto técnico donde

1 Vida útil definida en el numeral 6.4.3 del Documento de Trabajo de la Resolución CRA 720 de 2015.

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concluya si es necesario la reposición del equipo, de acuerdo con la valoración que realice. Los desperfectos mecánicos diferentes a pinchazos que sufran los vehículos en vía pública y por cuyo efecto queden fuera de servicio por un lapso mayor de tres (03) horas, deberán ser reemplazados de manera que las actividades de recolección y transporte, sólo se vean afectadas por la demora normal como consecuencia del desperfecto mecánico. Por lo anterior, el Contratista deberá contar con un carro taller disponible las 24 horas del día, a cargo y manejo del mismo, el cual será de uso exclusivo para la operación de Triple A. Éste servirá para desplazar al personal técnico con insumos y herramientas mínimas requeridas para el desvare inmediato de los equipos. En el caso de que los equipos presenten una avería mecánica y éste se encuentre cargado con residuos, el Contratista deberá realizar el descargue de los residuos en el relleno sanitario Los Pocitos, para luego poder efectuar el mantenimiento que le corresponda. Los vehículos deberán encontrarse en buen estado mecánico y de limpieza al comienzo de cada jornada. Así mismo, el Contratista deberá contar con un software que permita la administración de los datos de la flota vehicular tales como odómetros, revoluciones, registro de novedades, historiales de mantenimiento, entre otros. La responsabilidad del cargue y actualización constante de esta información estará a cargo y uso del Contratista; quien debe otorgar a Triple A usuarios de acceso para la consulta de esta información.

1.7. Uso Exclusivo de los Equipos.

Todos los vehículos y equipos que el contratista suministre en arriendo operativo serán de uso exclusivo para la TRIPLE A, en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.

1.8. Aspectos Legales.

Todo el parque automotor del contratista deberá ser matriculado en el Distrito de Barranquilla y homologado ante las autoridades competentes. Además del seguro obligatorio, el contratista deberá asegurar los equipos contra daños a terceros. Todos los equipos deberán estar permanentemente a paz y salvo por todos los tributos de carácter nacional, local o territorial, así como libres de multas y embargos. El Renting deberá asumir aquellas multas y/o comparendos que sean generadas por el no cumplimiento de la documentación requerida y por aspectos como luces, frenos, estado de placas entre otros que son parte del buen funcionamiento del equipo, para la operación y/o circulación de los diferentes equipos solicitados, por ejemplo: vencimientos de SOAT, Técnico mecánica, Tarjeta de Afiliación, comparendos por no contar con los permisos de circulación, o aquellos

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comparendos o multas por condiciones mecánicas (Fugas, luces, plumillas, etc.) y todas aquellas que sean solicitadas o estipuladas por ley durante la ejecución del contrato. Las multas o comparendos que sean por consecuencia de una acción directa de una mala operación del conductor y/o operador de Triple A, el Renting deberá notificar al siguiente día hábil calendario siguiente a la fecha de recibido, para que Triple A proceda con el trámite correspondiente dentro de los tiempos con descuento. En el vehículo debe permanecer disponible la tarjeta de propiedad, las pólizas de seguro, revisión técnico-mecánica vigente y certificaciones ambientales vigentes que puedan ser requeridas por la autoridad competente. En caso de perdida de los documentos, estos serán asumidos por Triple A si son extraviados por el desarrollo de la actividad de recolección y transporte, pero si son por problemas de pérdidas en las actividades de mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo de ser asumidos por el Contratista. Se realizará un informe al momento de presentarse la pérdida o extravió de los documentos con el fin de determinar las responsabilidades. Todos los vehículos y equipos que se emplean en la prestación del servicio de aseo son de uso exclusivo para el cumplimiento del contrato.

1.9. Control Operativo. El contratista deberá garantizar la disponibilidad de los equipos y vehículos para la operación del servicio público de aseo a un nivel de eficiencia mensual del 98%, el cual será monitoreado por la Interventoría/supervisión, con base en la información estadística que se entregará periódicamente. Esta eficiencia será calculada de la siguiente forma:

𝐸𝑓𝑖𝑐𝑖𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎 𝑀𝑒𝑛𝑠𝑢𝑎𝑙 = 𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝐸𝑞𝑢𝑖𝑝𝑜𝑠 𝐷𝑖𝑠𝑝𝑜𝑛𝑖𝑏𝑙𝑒𝑠

𝑁ú𝑚𝑒𝑟𝑜 𝑑𝑒 𝐸𝑞𝑢𝑖𝑝𝑜𝑠 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙𝑒𝑠 × 100

Nota: El concepto de eficiencia en este caso es equivalente a disponibilidad.

Para calcular este indicador de disponibilidad se debe tener en cuenta aquellos equipos que se encuentren en mantenimiento preventivo y/o correctivo. Se excluirá del cálculo aquellos equipos que se encuentren detenidos por las autoridades de tránsito. Para el control interno de la operación, la programación del mantenimiento preventivo y la generación de estadísticas, los vehículos deberán disponer, entre otros, de los indicadores de kilometraje, temperatura, tacómetro, horómetro. Cada vehículo compactador debe tener una “hoja de vida” digital en donde tiene que relacionar información como: placa, N° interno, marca, motor N°, chasis N°, N° ejes, cilindraje, modelo, capacidad de la caja compactadora (yardas y toneladas), seguros y fechas de vencimiento, el control de mantenimiento preventivo y correctivo (fecha, actividad

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realizada, motivo), mantenimiento, accidentes presentados y las horas de uso diarias de acuerdo con el seguimiento satelital. La totalidad de la flota vehicular debe contar con la acreditación de respaldo de mantenimiento y provisión de repuestos y el Plan de Mantenimiento debe estar basado en lo estipulado por el fabricante. Con el objetivo de realizar seguimiento y control a los vehículos y equipos, el Contratista deberá permitir al Contratante, la instalación de aquellos aditamentos y/o sistemas como GPS, computadoras, o cualquier otro equipo periférico. El incumplimiento o las fallas en el servicio que se presenten por causa o con ocasión de falta de mantenimiento preventivo y/o correctivo serán de exclusiva responsabilidad del Contratista.

1.10. Identificación y Color de los Vehículos: Todas las cabinas de los equipos suministrados por el contratista deberán ser de color blanco o azul, para el caso de las cajas compactadoras serán únicamente blancas; estos colores se deberán mantener durante toda la vigencia del contrato que se establezca. Cada vehículo deberá estar identificado con el logotipo de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., ubicado en el centro superior de ambas puertas y en ambos laterales de la caja compactadora. Adicionalmente, por las campañas de responsabilidad social en el tema de aseo que desarrolle la empresa, Triple A podrá ubicar mensajes alusivos a la misma, en los laterales de las cajas de compactación. Tanto para el manejo del color y logos, el Renting deberá acogerse al instructivo de manual de identidad corporativa suministrado por la Subgerencia de Comunicaciones de TRIPLE A. Además de los logotipos mencionados, los vehículos destinados a la recolección y transporte deberán consignar en sus puertas y cajas la leyenda: “ATENCIÓN A USUARIOS – LÍNEA ATENCIÓN USUARIO 116” y el número interno del vehículo, con caracteres de tamaño adecuado para permitir su visibilidad, de acuerdo a los establecido en el manual de identidad corporativa (Capitulo Infraestructura). Adicionalmente, todos los equipos deben estar señalizados con cintas retro reflectivas según la Resolución No. 3246 del 3 de agosto de 2018 o la norma que lo sustituya o modifique. Queda terminantemente prohibido colocar en cualquier equipo del Contratista, calcomanías y elementos publicitarios ajenos a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. Tampoco podrán instalarse elementos decorativos en la cabina, tales como cortinas, viseras y cromados.

1.11. Requisitos Especiales. Los equipos destinados a la recolección de residuos ordinarios deberán ser de tipo compactación (contar con cajas compactadoras cerradas). Las cajas compactadoras contarán

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con sistemas adecuados que permitan, además de su cometido, una rápida acción de descarga de su contenido, todo de acuerdo con las especificaciones del fabricante. Los vehículos destinados a recolección de residuos ordinarios deberán poseer un sistema de estanqueidad óptimo de mínimo 52,84 galones de capacidad para equipos a GNV, de forma que se evite la fuga de lixiviados especialmente en el momento de compactar. El drenaje deberá realizarse por medio del sistema diseñado por el fabricante para el efecto. Debido a las características corrosivas de los líquidos percolados o lixiviados, el mantenimiento del sistema de estanqueidad y de las cajas compactadoras, debe programarse en conjunto con Triple A, para evitar la fuga de estos líquidos y sin afectar la operación del servicio de aseo. Los vehículos destinados a la recolección en zonas que empleen cajas estacionarias deberán contar con un sistema mecánico que permita el fácil levante (lifters y winches) y descargue del contenido de la cada caja dentro del vehículo. Los vehículos deberán contar con cebras o bandas reflectivas micro prisma como mínimo de 4 pulgadas de ancho y clasificación tipo 9, reflectivas en las defensas delantera y trasera del vehículo, así como en ambos costados laterales definiendo el contorno geométrico del vehículo. De acuerdo a los requerimientos de equipos y accesorios mencionados en la tabla 2, se solicita que la totalidad de las compactadoras deberán estar dotadas con winches, y veinte (20) de estas compactadoras deberán contar con los equipos mecánicos (lifters) para levantar los contenedores plásticos para realizar la labor en forma ágil. Los vehículos destinados a recolectar escombros o residuos no susceptibles de ser compactados, como volquetas, grapple o ampliroll, deberán contar con sistema de encarpado automático que impida la diseminación de partículas y la exposición de los operarios a caídas a diferente nivel. 2. CARACTERÍSTICAS DE LA BASE DE OPERACIONES Con el fin de garantizar la disponibilidad y adecuado estado de los equipos, la compañía de renting debe contar con una base de operaciones en donde realizará las actividades de mantenimiento, lavado y parqueo; que asegure el alistamiento operativo para la ejecución del servicio. La ubicación de la base de operaciones será escogida por la compañía de renting. Esta podrá estar en el interior del Relleno Sanitario Parque Ambiental Los Pocitos (área establecida por Triple A), en cualquier lugar en la ciudad de Barranquilla, o en la Vía al Relleno Sanitario. En el caso que el proponente decida ubicar la base de operaciones en el Relleno Sanitario Los Pocitos, el área para la adecuación de la misma se entregará por parte de TRIPLE A al contratista mediante la figura del comodato, donde por su cuenta y riesgo éste último realizará las adecuaciones necesarias de que trata el presente anexo técnico, y donde las mejoras

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realizadas sobre el inmueble pasaran a propiedad de TRIPLE A al final el plazo del contrato. La base de operaciones deberá cumplir con las siguientes especificaciones:

Contar con instalaciones para el tratamiento de lixiviados, percolados, escorrentías y en general cualquier líquido presente en los vehículos recolectores; conforme a lo establecido en el Decreto 3930 de 2010.

Contar con garajes para el parqueo y zonas apropiadas para la maniobra de la totalidad de los Equipos y/o vehículos destinados para la operación de aseo.

Contar un taller compuesto de bahías de trabajo destinadas para la lubricación de vehículos con sus respectivos cárcamos y herramientas requeridas para esta labor, trabajos de soldadura y metalmecánica, llantería y trabajos de electricidad y mecánica en general. Los talleres deberán estar dotados de sus herramientas, compresor y líneas neumáticas.

Contar con bahías especialmente adecuadas para el lavado diario de equipos y/o vehículos, las cuales deben cumplir con la normatividad aplicable.

Contar con un sistema básico de tratamiento de aguas resultantes del lavado de vehículos recolectores de residuos sólidos (cuando se realice en la base de operaciones) y demás actividades conexas al servicio.

Contar con una adecuada señalización en las diferentes áreas, así como de los sentidos de circulación. Incluso la zona externa y cien (100) metros previos de la entrada, donde se advierta sobre la entrada y salida constante de vehículos de recolección y transporte.

Disponer de luminarias al interior de la base de operaciones y cámaras de seguridad con sistema de grabación, especialmente en las zonas de entrada y salida de vehículos.

Contar con señales y equipo de seguridad para la prevención de accidentes, que permitan la inmediata y oportuna atención cuando se produzcan situaciones de emergencia.

Contar con equipos y red contra incendios para el control y extinción de incendios.

Contar por lo menos con una garita de supervisión con posibilidad de visualizar los diferentes ángulos de la Base de Operaciones.

El patio de maniobras, los talleres y los parqueaderos deberán estar en condiciones que permitan el fácil acceso y maniobra.

Deberá incluirse el plan de manejo de aguas residuales, control de infiltraciones y/o vertimiento de líquidos, control de emisiones, control de ruidos para operaciones diurnas y nocturnas, diseño de accesos buscando minimizar el efecto del flujo de vehículos pesados en el tráfico vehicular circundante, entre otros.

3. Normas de seguridad:

Además de las normas de seguridad industrial establecidas para este tipo de labores y para el tipo de equipos que serán suministrados, el Contratista deberá observar como mínimo los siguientes requisitos:

3.2 Todos los equipos de recolección y limpieza deberán cumplir con las especificaciones legales en materia de señalización. Para la operación nocturna de recolección deberán

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estar dotados de balizas o luces de tipo estroboscópico, ubicadas una sobre la cabina y otra en la parte posterior de la caja de compactación, así como de luces en la tolva.

3.3 No podrá modificarse la disposición de faros o luces provistos por el fabricante, ni agregarse otro tipo de luces exteriores o interiores.

3.4 Todos los equipos de recolección y limpieza deberán disponer de espejos retrovisores con amplia visibilidad.

3.5 Los vehículos deberán contar con alarmas de reversa y levantamiento de la tolva y deberán tener señales de precaución acústicas y ópticas de tipo reflectivo. Los vehículos con caja compactadora deberán tener sistema de compactación que pueda ser detenido en caso de emergencia.

3.6 Los equipos deberán estar dotados de estribos adecuados y con superficie antideslizante para que el personal pueda ascender a la tolva de carga en forma segura

3.7 Todos los equipos y vehículos dispondrán de una cabina con capacidad suficiente para transportar al conductor y los dos tripulantes cumpliendo con las respectivas normas legales y de seguridad.

3.8 Todos los equipos deberán contar con extinguidor, señales preventivas y equipo de seguridad exigido por la legislación colombiana.

4. CONDICIONES AMBIENTALES Todos los equipos suministrados por el contratista deben cumplir con las condiciones ambientales de calidad del aire y emisión de ruidos, tal como se menciona a continuación:

4.1 Calidad del aire Todos los equipos destinados para la actividad de recolección de residuos sólidos ordinarios contarán con el certificado de emisiones de opacidad en condición de aceleración libre, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 0910 de 2008 y Resolución 1111 de 2013 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o las que las modifiquen. Dicha certificación deberá actualizarse anualmente. Además, se solicitará el certificado de emisiones.

4.1.1 Será deber del Contratista revisar y mantener los vehículos destinados para la recolección sincronizados, en buen estado y en condiciones de funcionamiento óptimas de tal manera que no impliquen riesgos para las personas ni para el ambiente.

4.1.2 Los vehículos nuevos se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de gases acorde con lo dispuesto por el Ministerio de Transporte, después de haber cumplido los dos (2) años desde la fecha de matrícula. Después de esa fecha deberá actualizarse anualmente.

4.1.3 El Contratista exigirá al vendedor del chasis el certificado de emisiones por prueba dinámica y visto bueno por protocolo de Montreal de vehículos automotores para comercializadores representantes de marca, ensambladores, importadores, fabricantes o quienes importen vehículos para comercialización. Una copia del mismo debe ser enviado a la Interventoría/Supervisión.

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5. Ruido Para el horario de la frecuencia de recolección entre las 21:00 y las 06:00 horas del día siguiente en zonas residenciales, gastronómicas, hoteleras, hospitales, clínicas y demás centros asistenciales, todos los vehículos recolectores deberán cumplir con lo establecido en la Resolución 627 de 2006, por lo que los decibeles máximos permitidos deben ajustarse a lo que dice a norma. En este sentido, es importante implementar pilotos y buscar alternativas que permitan minimizar este impacto.

5.1.1 PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El Contratista deberá establecer un programa de seguridad y salud en el trabajo, cumpliendo con las normas vigentes y alineado con el programa de se seguridad y salud en el trabajo implementado por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.SP., y el Manual de Seguridad para Contratistas durante todo el contrato, siempre con el objetivo de minimizar los riesgos inherentes a la ejecución del objeto contratado, en procura de garantizar la mayor seguridad posible para todo el personal.

5.1.1.1 El Contratista deberá contar con lo siguiente: 5.1.1 Un profesional con licencia en seguridad y salud en el Trabajo, y con la

experiencia requerida para verificar las actividades mantenimiento para flota pesada.

5.1.2 Garantizar el cumplimento a los requisitos legales en materia de la regulación para la seguridad y salud en el trabajo, protección ambiental y todos otros acuerdos suscritos o establecidos por el contratante en los pertinente con el objeto contratado.

5.1.3 Demostrar y mantener, su Cronograma de actividades anuales, en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, a su Plan o programa de capacitación anual, en materia de seguridad y salud.

5.1.4 Demostrar y mantener, de conformidad con los requisitos legales, con relación a conformación de su COPASST y Comité de Convivencia Laboral, al desarrollo del Programa de Vigilancia. Epidemiológica Riesgo Psicosocial, la existencia de los programas o sistemas de vigilancia epidemiológicas, para cada uno de los riegos identificados en su matriz de identificación de peligros, incluyendo los de exposición a riesgos biológico; en donde se deberá establecer su cuadros y dosis de vacunación para todo el personal expuesto en la operación.

5.1.5 Demostrar y mantener su programa o planes de mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de todos sus equipos, maquinaria y herramientas; incluyendo los vehículos a utilizar y los sistemas o dispositivos alternos instalados sobre los mismos como los (sistemas de carpado y desencarpado).

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5.1.6 Demostrar y mantener, la conformación de su grupo de preparación y respuesta, ante situaciones de emergencia que se puedan originar en la operación del servicio, incluyendo la ejecución de simulaciones y simulacros de emergencia.

5.1.7 Demostrar y mantener, el pago correspondiente a sus trabajadores en (Riesgos laborales, salud, pensión, y caja de compensación), procedimientos para la identificación, análisis, valoración y el control eficaz de los riesgos identificados en cada uno de sus operaciones.

5.1.8 Hacer seguimiento a los indicadores de accidentalidad y fijar metas de reducción de acuerdo a su programa salud y seguridad en el trabajo.

5.1.9 Cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 1072 del año 2015, la Resolución 312 del 2019, y otras normas que apliquen y las que sean emitidas por el Ministerio de Trabajo.

5.1.10 Cumplir con la entrega, dotación y reposición oportuna de uniforme, calzado y elementos de protección individual y/o colectivos, de acuerdo a los riesgos identificados; (Uso de botas de seguridad con puntera, y pantaneras cuando se amerite, gafas de seguridad, mascarillas para polvo, protección auditiva, , guantes de material sintético (nitrilo u otro) de doble capa, resistentes al corte o abrasión, guantes de cuero tipo ingeniero o carnaza cuando se requiera; pecheras, polainas, monogafas de corte, caretas de soldar, ropa de dril o jeans para procesos de soldaduras, mascarillas con filtros para gases o vapores orgánicos e inorgánicos, o para humos de soldadura; equipos y/o elementos de protección contra caídas, para trabajo seguro en alturas, vallas, conos o elementos de señalización vial, paleteros, etc.) cuando se requiera.

5.1.11 Demostrar y mantener, su plan y cronograma de monitoreos higiénicos y/o ambientales, para determinar el grado de posible afectación hacia la salud de los trabajadores y/o impactos que se puedan generar hacia la comunidad y el medio ambiente.

5.1.12 Demostrar y mantener, lo dispuesto en la Resolución 3246 del 3 de agosto del 2018 del Ministerio de Transporte, con relación a la instalación y uso obligatorio de cintas retroreflectivas en los vehículos, equipos y/o maquinaria que lo requiera.

5.1.13 Cumplir con las normas establecidas en el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002 y Ley 1383 de 2010).

5.1.1.2 El contratista deberá evidenciar en carpetas digitales cada uno de los siguientes requisitos:

5.2.1 COPASST: acta de constitución y últimas tres actas de reunión. 5.2.2 Resolución 312 de 2019: resultados de la autoevaluación, plan de mejoramiento

y soportes. 5.2.3 Plan de gestión en SST anual: que incluya capacitaciones, actividades, jornadas

de salud, auditorias e implementación de controles en el sistema de gestión. 5.2.4 Políticas SST: Debe incluir la política SST, objetivos y metas en SST. 5.2.5 Matriz de peligros: de cada actividad a licitar de acuerdo al objeto del contrato,

se deben identificar todos los requisitos, analizar y evaluar el riesgo y definir los

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controles, adjuntar el procedimiento y matrices. 5.2.6 Listado de EPP por cargo. 5.2.7 Requisitos legales: matriz de requisitos legales y evaluación de cumplimiento. 5.2.8 Sustancias químicas: listado de sustancias químicas y su respectiva hoja de

seguridad, todos los envases de las sustancias químicas deben estar rotulados y etiquetados.

5.2.9 Vehículos, equipos, máquinas y herramientas: listado de vehículos, equipos, herramientas y máquinas, incluida el plan de mantenimiento preventivo y correctivo, ficha técnica y una hoja de vida del mismo.

5.2.10 Procedimientos de trabajo seguro: procedimientos de operación de las actividades a realizar que incluya los procedimientos, requisitos y normas para hacer el trabajo de forma segura (hoja de seguridad de las sustancias y demás controles), debe incluir: trabajo seguro en alturas, manejo seguro de sustancias químicas, uso de equipos para izaje, manejo seguro de maquinaria, volqueta y minicargador, y demás que el contratista considere como criticas).

5.2.11 Certificado de aptitud medico: listado del personal y copia de los certificados de aptitud médico del personal, este debe actualizarse cada vez que ingrese personal nuevo y cada año hacer los exámenes médicos periódicos.

5.2.12 Plan de emergencias: plan de emergencias y protocolos operativos normalizados, que incluya como mínimo: análisis de vulnerabilidad, listado de recursos para atención de emergencias, organigrama de atención de emergencias, atención de incendios, primeros auxilios, problemas de salud, que hacer en caso de accidente, protocolo de rescate de alturas, listado de teléfonos en caso de emergencias, plan de formación de brigadistas.

5.2.13 Requisitos del personal: copia del registro de inducción en seguridad y salud, esta inducción debe incluir los riesgos y controles derivados del objeto del contrato, certificado de competencias para trabajo seguro en alturas (mínimo un trabajador certificado por proceso), certificación de competencias para hacer mantenimiento de la maquinaria pesada, hoja de vida de todo el personal y soportes, un coordinador para trabajo seguro en alturas, hoja de vida con soportes y copia de la licencia en seguridad y salud en el trabajo (vigente) del responsable del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, copia de la licencia de conducción de persona que realice la movilización de los equipos tanto a las áreas de lavado como de mantenimiento.

5.2.14 Estadísticas de accidentalidad: El Contratista debe reportar mensualmente un informe de gestión SST que incluya el cuadro de estadísticas suministrado por el interventor y los soportes de gestión que incluyan el reporte del accidente a la ARL, la investigación y evidencias de los correctivos, actividades desarrolladas mes a mes.

Todos los accidentes laborales que se pudieran presentar deben estar debidamente relacionados y realizar todas las acciones pertinentes que pudieren mitigar en el futuro los mismos accidentes. Este programa debe ser presentado a la Interventoría/Supervisión dentro del primer mes de ejecución del contrato. Así mismo debe presentar mensualmente los resultados de la

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incorporación del mismo y la relación de los accidentes laborales y publicarlos en un tablero visible en la base de operaciones.

Especificaciones de Equipos

1.1 Compactadora

ESPECIFICACIONES DEL CHASIS

Ítem Descripción Requerido

1 MODELO 2020

2 TIPO DE CHASIS Cabinado 6x4

3 COLOR DE CAMION Blanco

4 COLOR CAJA COMPACTADORA Blanco

5 COLUMNA DE DIRECCION Abatible

6 SILLA DEL CONDUCTOR Suspension neumatica

7 SILLA DEL COPILOTO Fija de doble asiento

8 BASTIDOR Chasis en C Reforzado

9 DISTANCIA ENTRE EJES 5.8 metros

10 ANCHO TOTAL 3 Metros Maximo

11 LONGITUD TOTAL (Del bomper delantero al estribo trasero de la caja)

11 Metros Maximo

12 ALTURA TOTAL (Punto mas alto de la Caja)

3.3 Metros Maximo

13 EJE DELANTERO Capacidad de 14.000 lbs o Superior

14 EJE TRASERO Capacidad de 46.000 lbs o Superior

15 SUSPENSION DELANTERA Tipo Ballesta. Capacidad 14.000 lbs

16 SUSPENSION TRASERA Fuelle o Neumática Capacidad 46.000 lbs.

17 CABINA CON SUSPENSION NEUMATICA SI

18 DIVISOR DE POTENCIA SI

19 TRANSMISION Manual ó Automatizada 10 Velocidades

20 LLANTAS 12R 22.5 o 295/80 R22.5

21 RINES Disco en acero

22 SISTEMA DE FRENOS Neumatico con secador de aire

23 SISTEMA DE ABS SI

24 TANQUE DE COMBUSTIBLE Tanque de Aluminio. Capacidad 80 Galones

25 AIRE ACONDICIONADO SI

26 SISTEMA ELECTRICO 12 o 24 VOLTIOS

27 STOP TRASEROS Dos en la parte superior de la tolva y dos en la parte inferior de la tolva

28 SISTEMA DE DIRECCION HIDRAULICA

29 INDICADOR DE RESTRICCION DEL FILTRO DE AIRE

SI

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30 INDICADOR DE NIVEL DE COMBUSTIBLE SI

31 INDICADOR PRESION DE ACEITE DEL MOTOR

SI

32 INDICADOR DE TEMPERATURA DEL MOTOR

SI

33 INDICADOR DE VOLTAJE SISTEMA ELECTRICO

SI

34 INDICADOR DE PRESION DEL SISTEMA NEUMATICO

SI

35 HOROMETRO DEL MOTOR SI

36 KILOMENTRAJE DEL EQUIPO SI

37 HOROMETRO DE LA CAJA COMPACTADORA

SI

38 ALARMA DE REVERSA SI

39 LAMPARA DE DESTELLO CON SU PROTECTOR

1 en la parte frontal superior, 1 en la parte trasera superior

40 GANCHOS DELANTEROS PARA REMOLCAR

SI

41 ESPEJOS AUXILIARES SI, en ambos lados

ESPECIFICACIONES DEL MOTOR

Ítem DESCRIPCION REQUERIDO

42 MOTOR POTENCIA MINIMA 300 HP, Motor a GNV Original de Fabrica

43 TIPO DE COMBUSTIBLE Gas

44 SISTEMA DE INYECCION Inyeccion Electronica, Turboalimentado

45 SISTEMA DE ENFRIAMIENTO Sistema con Fan Drive

46 FRENO DE MOTOR SI

ESPECIFICACIONES DE LA CAJA COMPACTADORA

ITEM DESCRIPCION REQUERIDO

47 MODELO 2020

48 COLOR Blanco

49 CAPACIDAD DE LA CAJA COMPACTADORA

25 Yd (19.11 M3)

50 CAPACIDAD DE LA TOLVA 3 Yd (2.3 M3) o 2.5 Yd (1.9 M3),, con forro de tolva

51 CICLO DE BARRIDO 18 - 20 Segundos

52 COMPACTACION Hasta 750 Kg/m3 siempre y cuando no exceda la capacidad de carga de las vías.

53 SISTEMA HIDRAULICO Bomba acoplada directamente al PTO

54 SISTEMA HIDRAULICO Valvulas de control

55 DEPOSITO DE ACEITE 38 - 50 Galones

56 SISTEMA DE WINCHE Winche hidraulico de 6 Toneladas o 12.000 lbs

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57 SISTEMA DE CONTROL Controles mecánicos de accionamiento hidraulico

58 ALTURA TOTAL (Punto mas alto de la Caja)

3.3 Metros Maximo

59 ESTRIBOS Dos en la parte trasera y Dos en la parte trasera lateral de la tolva - ambos lados

60 PASAMANOS Dos en la parte trasera lateral de la tolva - ambos lados

61 TANQUE DE LIXIVIADO En acero inoxidable, forma cilindrica. Capacidad 100 galones

62 SISTEMA DE LIFTER (LEVANTAMIENTO DE CAJAS)

Capacidad de levante de 500 kg o superior, con dispositivos pin macho y peine

63 DISPOSITIVO DE MITIGACION DEL RUIDO EN LA COMPACTACION

SI

64 CINTAS REFLECTIVAS SI, Instalacion según normatividad vigente.

65 HOROMETRO DE LA CAJA COMPACTADORA

SI, Independiente del horometro del chasis.

1.2 Volqueta Dobletroque

ESPECIFICACIONES DEL CHASIS

Ítem Descripción Requerido

1 MODELO 2020

2 TIPO DE CHASIS Cabinado 6x4

3 COLOR DE CAMION Blanco

4 COLOR DEL VOLCO Blanco

5 COLUMNA DE DIRECCION Abatible

6 SILLA DEL CONDUCTOR Suspension neumatica

7 SILLA DEL COPILOTO Fija de doble asiento

8 BASTIDOR Chasis en C Reforzado

9 EJE DELANTERO Capacidad de 18.000 lbs o superior

10 EJE TRASERO Capacidad de 46.000 lbs o superior

11 SUSPENSION DELANTERA Tipo Ballesta. Capacidad 18.000 lbs

12 SUSPENSION TRASERA Tipo Ballesta con Vigas Igualadoras. Capacidad 46.000 lbs

13 CABINA CON SUSPENSION NEUMATICA

SI

14 DIVISOR DE POTENCIA SI

15 TRANSMISION Manual o Automatizada 10 Velocidades

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16 LLANTAS 12R 22.5. o 295/80 R22.5

17 RINES Disco en acero

18 SISTEMA DE FRENOS Neumatico con secador de aire

19 SISTEMA DE ABS SI

20 TANQUE DE COMBUSTIBLE Tanque de Aluminio. Capacidad 100 Galones

21 AIRE ACONDICIONADO SI

22 SISTEMA ELECTRICO 12 o 24 VOLTIOS

23 SISTEMA DE DIRECCION HIDRAULICA

24 INDICADOR DE RESTRICCION DEL FILTRO DE AIRE

SI

25 INDICADOR DE NIVEL DE COMBUSTIBLE

SI

26 INDICADOR PRESION DE ACEITE DEL MOTOR

SI

27 INDICADOR DE TEMPERATURA DEL MOTOR

SI

28 INDICADOR DE VOLTAJE SISTEMA ELECTRICO

SI

29 INDICADOR DE PRESION DEL SISTEMA NEUMATICO

SI

30 HOROMETRO DEL MOTOR SI

31 KILOMENTRAJE DEL EQUIPO SI

32 ALARMA DE REVERSA SI

33 LAMPARA DE DESTELLO CON SU PROTECTOR

1 en la parte frontal superior

34 GANCHOS DELANTEROS PARA REMOLCAR

SI

35 ESPEJOS AUXILIARES SI, en ambos lados

36 SISTEMA DE TIRO SI, Capacidad de arrastre de 6 toneladas fijado en el chasis con pasador de tiro de 2.5 pulgadas

37 PORTALLANTAS (Malacate) SI, Con llanta de repuesto

38 SISTEMA DE AUTOENCARPADO AUTOMATICO

SI

ESPECIFICACIONES DEL MOTOR

Ítem Descripción Requerido

39 MOTOR POTENCIA MINIMA

300 HP, EURO V o Motor GNV Original de Fabrica

40 TIPO DE COMBUSTIBLE Diesel/Gas

41 SISTEMA DE INYECCION

Inyeccion Electronica, Turboalimentado

42 SISTEMA DE ENFRIAMIENTO Sistema con Fan Drive

43 FRENO DE MOTOR SI

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ESPECIFICACIONES DEL VOLCO

Ítem Descripción Requerido

44 MODELO 2020

45 COLOR Blanco

46 CAPACIDAD DEL VOLCO 14 M3

47 MATERIAL DEL VOLCO Acero, lamina antidesgaste

48 SISTEMA DE APERTURA COMPUERTA

Neumatico, con apertura desde la cabina

49 SISTEMA HIDRAULICO Bomba acoplada directamente al PTO

50 SISTEMA HIDRAULICO Valvulas de control

51 DEPOSITO DE ACEITE 30 - 40 Galones

52 CINTAS REFLECTIVAS SI, Instalacion según normatividad vigente.

1.3 Volqueta Sencilla

ESPECIFICACIONES DEL CHASIS

ítem Descripción Requerido

1 MODELO 2020

2 TIPO DE CHASIS Cabinado 4x2

3 COLOR DE CAMION Blanco

4 COLOR DEL VOLCO Blanco

5 COLUMNA DE DIRECCION Abatible

6 SILLA DEL CONDUCTOR Suspension neumatica

7 SILLA DEL COPILOTO Fija de doble asiento

8 BASTIDOR Chasis en C

9 EJE DELANTERO Capacidad de 14.000 lbs o superior

10 EJE TRASERO Capacidad de 23.000 lbs o superior

11 SUSPENSION DELANTERA Tipo Ballesta. Capacidad 14.000 lbs

12 SUSPENSION TRASERA Tipo Ballesta. Capacidad 24.000 lbs

13 TRANSMISION Manual o Automatizada 6 VELOCIDADES

14 LLANTAS 12R 22.5. o 295/80 R22.5

15 RINES Disco en acero

16 SISTEMA DE FRENOS Neumatico con secador de aire

17 SISTEMA DE ABS SI

18 TANQUE DE COMBUSTIBLE Tanque de Aluminio. Capacidad 50 Galones

19 AIRE ACONDICIONADO SI

20 SISTEMA ELECTRICO 12 o 24 VOLTIOS

21 SISTEMA DE DIRECCION HIDRAULICA

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22 INDICADOR DE RESTRICCION DEL FILTRO DE AIRE

SI

23 INDICADOR DE NIVEL DE COMBUSTIBLE

SI

24 INDICADOR PRESION DE ACEITE DEL MOTOR

SI

25 INDICADOR DE TEMPERATURA DEL MOTOR

SI

26 INDICADOR DE VOLTAJE SISTEMA ELECTRICO

SI

27 INDICADOR DE PRESION DEL SISTEMA NEUMATICO

SI

28 HOROMETRO DEL MOTOR SI

29 KILOMENTRAJE DEL EQUIPO SI

30 ALARMA DE REVERSA SI

31 LAMPARA DE DESTELLO CON SU PROTECTOR

1 en la parte frontal superior

32 GANCHOS DELANTEROS PARA REMOLCAR

SI

33 ESPEJOS AUXILIARES SI, en ambos lados

34 SISTEMA DE TIRO SI, Capacidad de arrastre de 6 toneladas fijado en el chasis con pasador de tiro de 2.5 pulgadas

35 PORTALLANTAS (Malacate) SI, Con llanta de repuesto

36 SISTEMA DE AUTOENCARPADO AUTOMATICO

SI

ESPECIFICACIONES DEL MOTOR

ítem Descripción Requerido

37 MOTOR POTENCIA MINIMA 200 HP, EURO V

38 TIPO DE COMBUSTIBLE Diesel

39 SISTEMA DE INYECCION Inyeccion Electronica, Turboalimentado

40 SISTEMA DE ENFRIAMIENTO Sistema con Fan Drive

41 FRENO DE MOTOR SI

ESPECIFICACIONES DEL VOLCO

Ítem Descripción Requerido

42 MODELO 2020

43 COLOR Blanco

44 CAPACIDAD DEL VOLCO 7 M3

45 MATERIAL DEL VOLCO Acero, lamina antidesgaste

46 SISTEMA DE APERTURA COMPUERTA

Apertura lateral manual, con seguros de compuerta y cadena

47 SISTEMA HIDRAULICO Bomba acoplada directamente al PTO

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Página 95 de 131

48 SISTEMA HIDRAULICO Valvulas de control

49 DEPOSITO DE ACEITE 10 -20 Galones

50 CINTAS REFLECTIVAS SI, Instalacion según normatividad vigente.

1.4 Ampliroll

ESPECIFICACIONES DEL CHASIS

ítem Descripción Requerido

1 MODELO 2020

2 TIPO DE CHASIS Cabinado 4x2

3 COLOR DE CAMION Blanco

4 COLOR DE LAS CAJAS Blanco

5 COLUMNA DE DIRECCION Abatible

6 SILLA DEL CONDUCTOR Suspension neumatica

7 SILLA DEL COPILOTO Fija de doble asiento

8 BASTIDOR Chasis en C

9 EJE DELANTERO Capacidad de 14.000 lbs o superior

10 EJE TRASERO Capacidad de 23.000 lbs o superior

11 SUSPENSION DELANTERA Tipo Ballesta. Capacidad 14.000 lbs

12 SUSPENSION TRASERA Tipo Ballesta. Capacidad 24.000 lbs

13 TRANSMISION Manual o Automatizada 6 VELOCIDADES

14 LLANTAS 12R 22.5. o 295/80 R22.5

15 RINES Disco en acero

16 SISTEMA DE FRENOS Neumatico con secador de aire

17 SISTEMA DE ABS SI

18 TANQUE DE COMBUSTIBLE Tanque de Aluminio. Capacidad 50 Galones

19 AIRE ACONDICIONADO SI

20 SISTEMA ELECTRICO 12 VOLTIOS

21 SISTEMA DE DIRECCION HIDRAULICA

22 INDICADOR DE RESTRICCION DEL FILTRO DE AIRE

SI

23 INDICADOR DE NIVEL DE COMBUSTIBLE

SI

24 INDICADOR PRESION DE ACEITE DEL MOTOR

SI

25 INDICADOR DE TEMPERATURA DEL MOTOR

SI

26 INDICADOR DE VOLTAJE SISTEMA ELECTRICO

SI

Page 96: IAO- 09-2019 · 2019-10-02 · Página 1 de 131 IAO- 09-2019 OBJETO: “Arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio

Página 96 de 131

27 INDICADOR DE PRESION DEL SISTEMA NEUMATICO

SI

28 HOROMETRO DEL MOTOR SI

29 KILOMENTRAJE DEL EQUIPO SI

30 ALARMA DE REVERSA SI

31 LAMPARA DE DESTELLO CON SU PROTECTOR

1 en la parte frontal superior

32 GANCHOS DELANTEROS PARA REMOLCAR

SI

33 ESPEJOS AUXILIARES SI, en ambos lados

34 PORTALLANTAS (Malacate) SI, Con llanta de repuesto

ESPECIFICACIONES DEL MOTOR

ítem Descripción Requerido

35 MOTOR POTENCIA MINIMA 200 HP, EURO V

36 TIPO DE COMBUSTIBLE Diesel

37 SISTEMA DE INYECCION Inyeccion Electronica, Turboalimentado

38 SISTEMA DE ENFRIAMIENTO Sistema con Fan Drive

39 FRENO DE MOTOR SI

ESPECIFICACIONES DEL EQUIPO AMPLIROLL

ítem Descripción Requerido

40 MODELO 2020

41 EQUIPO AMPLIROLL Equipo de 30.000 lbs de capacidad, para el manejo de cajas de 16 a 20 ft

42 SISTEMA DE CONTROL Mando de palancas externo

43 CILINDRO DE LEVANTE De 5 Pulgadas con funcion de frenado

44 CILINDRO DE PLUMA De 3 Pulgadas con funcion de frenado

45 ALARMA DE IZAJE CON SEÑAL LUMINOSA

SI

46 TOMA FUERZA CON ACCIONAMIENTO NEUMATICO

SI

47 DEFENSA TRASERA CON LUCES SI

48 CINTAS REFLECTIVAS SI marca 3M, Instalacion según normatividad vigente.

ítem Descripción Requerido

49 CAJAS Cajas de 15 M3 en lamina de acero A-36

50 COLOR Blanco/Azul

51 DIMENSIONES Longitud 4.8 metros, Ancho 2.47 metros, Alto 1.3 metros

52 SISTEMA DE CIERRE Sistema de cierre con tornillo de apriete y cadena

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1.5 Grapple

ESPECIFICACIONES DEL CHASIS

ítem Descripción Requerido

1 MODELO 2020

2 TIPO DE CHASIS Cabinado 4x2

3 COLOR DE CAMION Blanco

4 COLOR DEL VOLCO Blanco

5 COLUMNA DE DIRECCION Abatible

6 SILLA DEL CONDUCTOR Suspension neumatica

7 SILLA DEL COPILOTO Fija de doble asiento

8 BASTIDOR Chasis en C

9 EJE DELANTERO Capacidad de 14.000 lbs o superior

10 EJE TRASERO Capacidad de 23.000 lbs o superior

11 SUSPENSION DELANTERA Tipo Ballesta. Capacidad 14.000 lbs

12 SUSPENSION TRASERA Tipo Ballesta. Capacidad 24.000 lbs

13 TRANSMISION Manual o Automatizada 6 VELOCIDADES

14 LLANTAS 12R 22.5. o 295/80 R22.5

15 RINES Disco en acero

16 SISTEMA DE FRENOS Neumatico con secador de aire

17 SISTEMA DE ABS SI

18 TANQUE DE COMBUSTIBLE Tanque de Aluminio. Capacidad 50 Galones

19 AIRE ACONDICIONADO SI

20 SISTEMA ELECTRICO 12 VOLTIOS

21 SISTEMA DE DIRECCION HIDRAULICA

22 INDICADOR DE RESTRICCION DEL FILTRO DE AIRE

SI

23 INDICADOR DE NIVEL DE COMBUSTIBLE

SI

24 INDICADOR PRESION DE ACEITE DEL MOTOR

SI

25 INDICADOR DE TEMPERATURA DEL MOTOR

SI

26 INDICADOR DE VOLTAJE SISTEMA ELECTRICO

SI

27 INDICADOR DE PRESION DEL SISTEMA NEUMATICO

SI

28 HOROMETRO DEL MOTOR SI

29 KILOMENTRAJE DEL EQUIPO SI

30 ALARMA DE REVERSA SI

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31 LAMPARA DE DESTELLO CON SU PROTECTOR

1 en la parte frontal superior

32 GANCHOS DELANTEROS PARA REMOLCAR

SI

33 ESPEJOS AUXILIARES SI, en ambos lados

34 PORTALLANTAS (Malacate) SI, Con llanta de repuesto

ESPECIFICACIONES DEL MOTOR

ítem DESCRIPCION REQUERIDO

37 MOTOR POTENCIA MINIMA 200 HP, EURO V

38 TIPO DE COMBUSTIBLE Diesel

39 SISTEMA DE INYECCION Inyeccion Electronica, Turboalimentado

40 SISTEMA DE ENFRIAMIENTO Sistema con Fan Drive

41 FRENO DE MOTOR SI

ESPECIFICACIONES DEL EQUIPO GRAPPLE

ítem Descripción Requerido

43 MODELO 2020

44 EQUIPO

Grua con capacidad de 13,9 ton/mt, con limitador hidraulico, gancho giratorio, kit de anclaje, estabilizadores hidraulicos

45 ALCANCE Alcance horizontal de 6.14 mts, alcance vertical de 9.6 mts

46 GIRO 360° de giro o superior

47 SISTEMA DE CONTROL Mando de palancas externo

48 HOROMETRO SI

49 SEGURIDAD Valvula anti sobrepresion de giro, alarma sonora y visual de carga

50 GRAPPLE Grapple con capacidad de carga de 0.5 m3

51 CINTAS REFLECTIVAS SI, Instalacion según normatividad vigente.

ESPECIFICACIONES VOLCO DEL GRAPPLE

ítem Descripción Requerido

52 VOLCO Volco de 14 M3 en lamina de acero A-36

53 COLOR Blanco

54 DIMENSIONES Longitud 5 metros, Ancho 2.5 metros, Alto 1.4 metros

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55 SISTEMA DE CIERRE Compuertas traseras con apertura lateral

56 SISTEMA HIDRAULICO Cilindro de extension telescopico, toma fuerza independiente de la grua

57 SISTEMA DE CONTROL Controles en la cabina

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P FORMATO NO. 3. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN.

[Ciudad y fecha] Señores SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P. Dr. ____________________ Barranquilla, Atlántico

Ref.: Compromiso Anticorrupción. IAO-09-2019.

El (los) abajo firmante(s), actuando en nombre y representación de [nombre del Oferente], por la presente manifiesto(amos) la voluntad de asumir libremente el presente compromiso anticorrupción, en el marco del proceso de contratación indicado en la referencia, teniendo en cuenta las siguientes

CONSIDERACIONES:

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Página 100 de 131

PRIMERO: Que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. adelanta el proceso de contratación por

INVITACIÓN PÚBLICA A OFERTAR No. IAO-09-2019, para la selección de _______, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 142 de 1994, el Derecho Privado y su Manual de Compras, Contrataciones y Logística. SEGUNDO: Que es interés del Oferente ____________________ apoyar la acción del Estado colombiano y de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, siendo esta Invitación pública una de las que debe estar revestida de transparencia. TERCERO: Que siendo del interés del Oferente ____________________ participar en el proceso de selección o contratación adelantado por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., se encuentra dispuesto a obrar con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran, en todas sus actuaciones derivadas de las estipulaciones del Pliego de Condiciones del proceso indicado en la referencia y del Contrato que forma parte del mismo. Para lo cual suministrará la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso, y en tal sentido suscribe el presente documento anticorrupción, regido por las siguientes estipulaciones: PRIMERO: Mediante suscripción del presente documento, el Oferente, se obliga a: 1. Cumplir con la Política de Cumplimiento Anticorrupción y Antisoborno de TRIPLE A DE

B/Q S.A. E.S.P. así como el Programa de Cumplimiento Anticorrupción y en todo caso a lo siguiente:

2. Cumplir con las normas definidas en el Código de Ética Empresarial de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

3. Comunicar todo acto de corrupción y soborno a través de los canales definidos por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

4. Prescindir de ofrecer, prometer, conceder, solicitar, recibir o aceptar dádivas indebidas, peticionarias o de otro tipo para obtener ventaja ilegítima o cualquier tipo de beneficio dentro del presente proceso de contratación, o en la ejecución del Contrato que pueda celebrarse como resultado de su Propuesta., a los empleados, contratistas, miembro de Junta Directiva o asesores de TRIPLE A DE B/A S.A. E.S.P. a partir de la publicación del prepliego de condiciones y por 10 años más.

5. No permitir que nadie, bien sea empleado, asesor, consultor, socio, miembro de junta directiva o representante legal realice las acciones a que se refiere el numeral anterior en su nombre o representación.

6. Abstenerse de realizar pago de facilitación bien sea para la agilidad en trámites, desarrollo de proyectos, obtención de Contratos, contraprestación por servicios y en general para alcanzar cualquier beneficio o ventaja indebida propia o para terceros.

7. Abstenerse de realizar pagos por cualquier concepto a los empleados, contratistas, miembro de Junta Directiva o asesores de TRIPLE A DE B/A S.A. E.S.P. a partir de la publicación del prepliego de condiciones y por 10 años más.

8. Excluir de sus prácticas el pago de contribuciones ilícitas a candidatos a cargos públicos y a partidos políticos, u otras organizaciones políticas. Las contribuciones políticas deben respetar íntegramente los requisitos en materia de publicación de información a los ciudadanos y ser notificadas a la alta dirección de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

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9. Utilizar los bienes y recursos destinados a la ejecución del Contrato evitando fines políticos ni patrocinio o promoción de los mismos.

10. Repudiar el cohecho en los ámbitos nacional e internacional, en relación a aspectos tales como; regalos, hospitalidad; agasajos y Gastos de representación; viajes de clientes; contribuciones políticas; donaciones para fines benéficos y patrocinios; dádivas, instigación y extorsión. Todos los empleados del Contratista deberán realizar controles internos que se establezcan para su prevención.

11. Abstenerse de realizar pagos indebidos a través de agentes, cabilderos u otro tipo de intermediarios.

12. Responder a la política o lineamientos que un gremio tenga establecido para actuaciones y objetivos de colectivo, al participar públicamente a través de éste, y en ningún caso, la Empresa usa su afiliación al gremio para obtener beneficio particular.

13. No realizar donativos de caridad y pagos a la comunidad o comunidades con las cuales se relaciona TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., para obtener un beneficio económico o de cualquier índole. Ajustarse estrictamente a lo contractual y en ningún caso para obtener ventaja en algún proceso de contratación o de provecho económico para TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., derivado de la relación con las administraciones de los municipios cubiertos por esta en la prestación de los servicios.

14. No permitir que nadie, bien sea empleado de su compañía, representante, director o administrador, un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor suyo realice en su nombre pagos a los empleados, contratistas, miembro de Junta Directiva o asesores de TRIPLE A DE B/A S.A. E.S.P. a partir de la publicación del prepliego de condiciones y por 10 años más. En el evento en que el Oferente entre en conocimiento de que esto ha ocurrido deberá informarlo por escrito a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. dentro de los 3 días hábiles siguientes al momento en que tuvo conocimiento

15. No asumir Gastos de viajes empleados de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. 16. Impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros

representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento (i) de lo indicado en los numerales anteriores, de las leyes de la República de Colombia que rigen los procesos de selección y/o contratación de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. (i) De no ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago corrupto a los miembros de Junta Directiva, empleados, trabajadores, contratistas o asesores de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. ni a cualquier otro funcionario público o privado que pueda influir en la selección de su propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre miembros puedan determinar las condiciones de selección o la adjudicación del contrato.

17. Hacer extensivas todas las anteriores obligaciones a las personas que lo integran, sus representantes legales, empleados y Contratistas.

SEGUNDO: El Oferente declara bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar señalados en las leyes colombianas vigentes aplicables, en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés señaladas en la Constitución, en la Ley y en el Manual de Compras y Contrataciones de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. En aplicación de la sentencia C- 736 de 2007 y el numeral 44.4 del artículo 44 de la Ley 142 de 1994 según el cual en los Contratos a este proceso le aplicarán las reglas sobre

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inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Ley 80 de 1993.El Oferente declara bajo la gravedad de juramento que no se encuentra inmerso en infracción a las siguientes reglas de inhabilidad e incompatibilidad y por lo tanto no podrán participar:

1. Que no se encuentra inhabilitados para contratar por la Constitución y las leyes. 2. Que no ha participado en las invitaciones abiertas o celebradas Contratos estando

inhabilitados. 3. Que no ha sido objeto de declaratoria de caducidad. 4. Que no ha sido condenados a la pena accesoria de interdicción de derechos y

funciones públicas y que no ha sido sancionado disciplinariamente con destitución. 5. Que su representante legal o ni los socios del Oferente tienen parentesco en segundo

grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de otro Oferente que formalmente haya presentado Propuesta para el mismo proceso.

6. Que el Oferente no ha sido declarado responsable administrativamente por la conducta de soborno transnacional. Esta inhabilidad procederá preventivamente aun en los casos en los que esté pendiente la decisión sobre la impugnación de la sentencia condenatoria.

7. Que el Oferente no tienen socios personas naturales que hayan sido declaradas responsables judicialmente por la comisión de delitos contra la administración pública o de cualquiera de los delitos o faltas contemplados por la Ley 1474 de 2011 y sus normas modificatorias, o de cualquiera de las conductas delictivas contempladas por las convenciones o tratados de lucha contra la corrupción suscritos y ratificados por Colombia, en calidad de administradores, representantes legales, miembros de junta directiva o de socios controlantes, a sus matrices y a sus subordinadas y a las sucursales de sociedades extranjeras, con excepción de las sociedades anónimas abiertas.

8. Que el Oferente no ha actuado como Interventor que incumpla el deber de entregar información a la entidad contratante relacionada con el incumplimiento de Contratos estatales, con hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del Contrato

9. Que el Oferente no tiene participación de funcionarios de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. de nivel directivo, asesor o ejecutivo o miembros de la junta o consejo directivo, el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o civil de cualquiera de ellos, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo.

10. Que el Oferente no tienen participación de funcionarios que sean miembros de juntas o consejos directivos de TRIPLE A DE B/Q S.A.E.S.P.

11. Que no hacen parte del Oferente personas que hayan ejercido cargos en el nivel directivo de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., o sus parientes se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, primero de afinidad, o primero civil, esta incompatibilidad estará vigente durante los dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo, cuando el objeto que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios.

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Página 103 de 131

TERCERO: El Oferente, sus socios, empleados, representante legal y miembros de Junta Directiva se obligan a revelar de manera clara y en forma total a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. o a los organismos de control que así se lo soliciten, los nombres de todos los beneficiarios reales de los pagos suyos o efectuados en su nombre. En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de _______________, a los _____ ( ) días del mes de _______ del año dos mil ______ (201___) El Oferente ____________________________________ Firma de los Representantes Legales del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación:

FORMATO NO. 4.

DECLARACIONES SOBRE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERÉS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

[Ciudad y fecha]

Señores SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P. Dr. ____________________ Barranquilla, Atlántico

Ref.: Declaraciones sobre ausencia de conflictos de interés, incompatibilidades e

inhabilidades. IAO-09-2019

El (los) abajo firmante(s), actuando en nombre y representación de [nombre del Oferente], por el presente manifiesto(amos) bajo la gravedad de juramento, que no se (nos) encuentra(mos) incurso(s) al momento de presentar oferta, ni se encontrarán en vigencia del Contrato, en ninguna de las prohibiciones para contratar señalados en las leyes colombianas vigentes aplicables, en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés

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señaladas en la Constitución, en la Ley y en el Manual de Compras y Contrataciones y el Código de Buen Gobierno de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. con sus respectivas modificaciones, . El Oferente acepta que si durante el curso de la Invitación Abierta a Ofertar, se comprobare el incumplimiento de las anteriores disposiciones por parte del Oferente o sus representantes o sus empleados o agentes se procederá el rechazo de la propuesta presentada. Adicionalmente, acepta que los conflictos de intereses e impedimentos descritos en el Pliego de Condiciones y en el presente documento aplican no solo para la persona jurídica del oferente propiamente dicho sino también a los socios, independientemente a que sean mayoritarios o minoritarios, representantes legales y miembros de junta directiva. Cordialmente, El Oferente ____________________________________ Firma de los Representantes Legales del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación:

FORMATO NO. 5. FORMATO PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA

[Ciudad y fecha] Señores SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P. Barranquilla, Atlántico

Ref.: Formato de presentación de Oferta económica dentro de la IAO- 09-2019

En calidad de Representante Legal del oferente _________, manifiesto que bajo nuestro propio riesgo y responsabilidad, realizamos el cálculo de los ingresos, costos y gastos, inversiones, impuestos, tasas, contribuciones, flujo de caja y en general cualquier erogación necesaria para el ofrecimiento, el cual discrimino de la siguiente forma:

1. Compactador Dobletroque y/o Equipos

REQUERIMIENTO ITEM

Marca y

referencia

ofertada de

Tipo de

Equipo Y/O

Accesorio

Cantidad

Requerid

a

Vr.

Unitar

IV

A VR

Unitario

VR

mensual

Vr. Anual

incluido

IVA

VR. Total

7 años

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Página 105 de 131

chasis y caja

compactado

ra

io sin

IVA

Incluido

IVA

Incluido

IVA

incluido

IVA

Requerimiento

de Equipos para

la Operación del

Servicio de

Aseo Oferta

Económica

(precio

compactadoras)

500

11

Compactador

Dobletroque 45

Total equipos y accesorios 45 Valor total

2. Otros vehículos y/o equipos

REQUERIMIENTO ITEM

Marca y

referencia

ofertada de

chasis y caja

compactadora

Tipo de Equipo

Y/O Accesorio

Cantidad

Requerida

Vr.

Unitario

sin IVA

IVA

VR

Unitario

Incluido

IVA

VR

mensual

Incluido

IVA

Vr.

Anual

incluido

IVA

VR. Total 7

años

incluido IVA

Requerimiento de

Equipos para la

Operación del

Servicio de Aseo Oferta Económica

(Precio otros

equipos).

1

Ampliroll 7

2

Grapple

2

3 Volqueta

Dobletroque 3

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Página 106 de 131

4 Volqueta Sencilla 8

Total equipos y

accesorios 20

Valor total

Nota: la oferta incluye los equipos, accesorios, kilometraje y horas por vehículos definidos en el anexo técnico, así como las horas y kilometraje de tolerancia señalados en el mismo. Nota: Los vehículos ofertados cumplen las especificaciones técnicas señaladas definidas en el pliego de condiciones.

Teniendo en cuenta el análisis exhaustivo realizado para la presentación de la Oferta, manifestamos que ésta incluye los vehículos de respaldo relacionados en la tabla 3 y la base de operaciones del numeral 2 del anexo técnico, y bajo ninguna circunstancia solicitaremos el restablecimiento del equilibrio económico del contrato, argumentando que la estimación de los costos al momento de la presentación de esta oferta económica, no corresponden a costos reales del objeto del contrato. El posible desfase entre aquellos y éstos es una circunstancia que asumimos. Cordialmente, ____________________________________ Firma Representante Legal del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación:

FORMATO NO. 6. FORMATO DE RELACIÓN DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE

1. EXPERIENCIA DEL OFERENTE ARRENDAMIENTO OPERATIVO DE VEHICULOS

RELACIÓN EXPERIENCIA DEL OFERENTE

No CONTRATANTE CONTRATISTA No de CONTRATO

TIEMPO DE DURACÓN (meses)

FECHA DE INICIO (dd/mm/año)

FECHA DE FINALIZACIÓN (dd/mm/año)

NÚMERO DE VEHÍCULOS O EQUIPOS

VALOR TOTAL DEL CONTRATO

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Página 107 de 131

Se deberá anexar copia de las certificaciones relacionadas en el acápite de Experiencia del Oferente de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.1.3.1. En este formato solo se deben relacionar hasta 5 contratos para acreditar la experiencia técnica del oferente. Cordialmente ___________________________________ Firma Representante Legal del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación:

FORMATO NO. 7. CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL, PARAFISCALES

E IMPUESTOS. [Ciudad y fecha] Señores: SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P.

Page 108: IAO- 09-2019 · 2019-10-02 · Página 1 de 131 IAO- 09-2019 OBJETO: “Arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio

Página 108 de 131

Barranquilla - Atlántico

Ref.: Certificación de pago de aportes parafiscales. IAO-09-2019

El (los) abajo firmante(s), actuando en nombre y representación de [nombre del Oferente.], declaro(amos) bajo la gravedad de juramento y certifico que la firma que represento durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de nuestra Propuesta para el presente proceso de Contratación, ha pagado los aportes de los empleados, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) encontrándonos a paz y salvo por esos conceptos. Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás disposiciones concordantes aplicables. Con esta certificación se anexa la constancia de pago de los aportes a la seguridad social de los seis (6) últimos meses. Cordialmente ___________________________________ Firma Representante Legal del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación: Cordialmente, _________________________________ Firma del Revisor fiscal (cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley) o CN contador Indicación de si es Revisor Fiscal o Contador Público Nombre: Tipo y Número de documento de identificación

FORMATO NO. 8. COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y

SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST).

[Ciudad y fecha] Señores SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P.

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Ref.: Compromiso de cumplimiento del sistema de Gestión de la Seguridad Social y

Salud en el Trabajo. IAO-09-2019

El suscrito ____________________________________________ identificado con cédula No__________________ de ___________________ obrando en calidad de representante legal del Oferente(nombre del Oferente), identificado con Nit No ________________ manifiesto bajo gravedad de juramento, que el Oferente Individual, que represento vienen cumpliendo con las obligaciones establecidas en el Decreto 1072 de 2015 referidas a la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con la aplicación de los Estándares Mínimos exigibles en el marco del “Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales” y conforme a la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo. Con este escrito acreditamos el desarrollo de cada una de las fases para la adecuación, transición y aplicación tendiente a la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con Estándares Mínimos de conformidad con el Decreto 1072 de 2015 de la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo y las demás normas que las modifiquen, complementen, aclaren o sustituyan, en el entendido que dichas fases cuentan con una evaluación inicial, plan mejoramiento, ejecución, seguimiento y plan de mejora, e inspección, vigilancia y control, en los períodos de tiempo indicados en dicha Resolución. Con el presente documento me obligo, en el evento de que sea favorecido con este proceso de contratación, a continuar con el cumplimiento de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales, de conformidad con la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 del Ministerio del Trabajo el SGSST, y el Decreto 1072 de 2015, durante todas las etapas que lo rigen para la ejecución de las actividades a contratar, y a cumplir con las Clausulas de Seguridad y Salud en el Trabajo de TRIPLE DE B/Q S.A. E.S.P. contenidas en el Pliego de Condiciones. Autorizo desde ahora a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P en el evento de que sea adjudicatario del proceso de selección, para que adelante la revisión y verificación en cualquier momento de todo el proceso de implementación del SGSST, los Estándares Mínimos, los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal, herramientas, requisitos legales y documentos, que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y la aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se desarrollen durante la prestación del servicio, como también la programación de medicina preventiva y del trabajo, con la finalidad de prevenir incidentes y/o accidentes de trabajo y enfermedades de origen común y laboral. Igualmente nos obligamos, en el evento de que ostentemos la calidad de adjudicatario, cumplir y acreditar la programación y realización de capacitaciones en Seguridad, Salud en el Trabajo,

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de conformidad con el Decreto 1072 de 2015, la Resolución 0312 de febrero 13 del 2019 y demás normas que las modifiquen, complementen, aclaren o sustituyan. En caso de ser favorecidos como adjudicatarios nos comprometemos a designar un responsable (director) del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con acreditación de los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones en virtud de que el plan de trabajo anual deberá estar firmado por el gerente (representante legal) y por el responsable del SGSST, conforme al artículo 2.2.4.6.12, del Decreto 1072 de 2015., quien deberá velar por el desarrollo del Programa de Prevención de Riesgos y/o Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) Atentamente ___________________________________ Firma Representante Legal del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación: NOTA 1: La acreditación aportada deberá adjuntarse a la Oferta junto al presente formato.

FORMATO NO. 9: PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

[Ciudad y fecha] Señores SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P. Barranquilla - Atlántico

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Ref.: Formato de compromiso de prevención de lavado de activos y financiación del

terrorismo. IAO-09-2019

__________________________________, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en mi calidad de representante legal del Oferente (nombre del Oferente) debidamente facultado declaro bajo la gravedad de juramento que:

El Oferente que represento y sus integrantes no se encuentran registrados en los reportes del sistema de administración de riesgos de lavado de activos y de la financiación del terrorismo.

El Oferente que represento y sus integrantes no realizan manejo de dinero o recursos provenientes de lavado de Activos, financiación del terrorismo o actividades proscritas por la Legislación Colombiana.

Así mismo, el Oferente y sus integrantes, aceptan y declaran que en el evento de ser adjudicados (i) el Contrato a suscribirse, contemplará como causal de terminación el hecho de aparecer en cualquier momento de su Vigencia en los Registros del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo y (ii) Que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. efectuará los controles para validar que al momento de generar los pagos el Contratista no haga parte de actividades de lavado de activos y financiación del terrorismo. Para la constancia se suscribe a los __ días del mes ___ del año ___ ___________________________________ Firma Representante Legal del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación:

FORMATO NO.10. COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO CON LAS POLÍTICAS Y SISTEMA DE

SOSTENIBILDIAD DE TRIPLE A. [Ciudad y fecha] Señores SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P. Barranquilla, Atlántico

Ref.: Compromiso de cumplimiento con las políticas, programas y sistemas de

sostenibilidad de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. IAO-09-2019

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El (los) abajo firmante(s), actuando en nombre y representación de del Oferente (nombre del Oferente), manifiesto (estamos) el (nuestro) compromiso, en el evento de resultar seleccionados como adjudicatarios, de actuar siempre frente a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. de forma transparente, eficiente, responsable con el medioambiente y respetuosa de los Derechos Humanos, acogiendo y cumpliendo para ello con las políticas, los programas y sistemas de sostenibilidad de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., bajo los parámetros GRI, ISO 7001, el Marco COSO, y demás que resulte aplicable, que promueve e implementa TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. en su gestión de prestador del servicio público de aseo en la ciudad de Barranquilla. Con el propósito de que se conozca la situación de (nombre del Oferente) , se adjunta a esta carta el documento de LISTADO DE VERIFICACIÓN - AUTOEVALUACIÓN acerca del estado del Oferente frente a la Responsabilidad Social Empresarial en nuestra(s) empresa(s), que aplica TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para tales efectos y adicionalmente nos comprometemos a diligenciar periódicamente o cuando así sea requerido los documentos de autoevaluación de responsabilidad social, sostenibilidad y conexos, revisar en conjunto con la jefatura de Sostenibilidad de TRIPLE A DE B/Q S.A.E.S.P. la autoevaluación realizada por el Contratista, determinar las fortalezas y aspectos por mejorar que debe tomar el Contratista en materia de Responsabilidad Social empresarial y Sostenibilidad y realizar el seguimiento de acciones que plantee el Contratista. Cordialmente, ___________________________________ Firma Representante Legal del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación: Anexo: LISTA DE VERIFICACIÓN - AUTOEVALUACIÓN DE LOS OFERENTES ACERCA DEL ESTADO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EN SUSEMPRESAS (5 folios)

FORMATO NO. 11 COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD DEL OFERENTE Y TRATAMIENTO DE DATOS

PERSONALES

__________________________________, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en mi calidad de representante legal del Oferente (nombre del Oferente) debidamente facultado me obligo a mantener estricta reserva de la información correspondiente al presente proceso , habiéndose establecido o no tal calidad previamente, y que le sea revelada, o a la cual tenga acceso, con ocasión o como consecuencia de la celebración y/o ejecución del Contrato que se celebre, bien sea de manera oral, escrita o por cualquier otro medio, y relacionada con la actividad o negocio de TRIPLE A DE B/Q S.A.

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E.S.P. o de sus socios o accionistas, compañías relacionadas, subsidiarias, controlantes, controladas, sucursales, o subcontratistas. Así ́mismo, en cumplimiento de las normas vigentes sobre protección de datos personales, el Oferente reconoce que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. cuenta con una Política de Privacidad, Tratamiento, y Protección de Datos Personales (en adelante, la Política de Privacidad) para lo cual la información correspondiente a Datos Personales a la que tenga acceso será tratada conforme a la Política de Privacidad de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. y exclusivamente con la finalidad de formular oferta en el marco del presente proceso. Nos obligamos a mantener indemne a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. por aquellos perjuicios que se generen por el uso de la información ara acciones distintas al de presentar oferta dentro del presente proceso de contratación, incluyendo la entrega o acceso de la información a terceros no autorizados. Firma del Representante legal del Oferente_________________ Nombre del Representante Legal____________________________ Cargo___________________________________________________ Tipo y número de documento de identificación._______________

FORMATO NO. 12

NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE AUTORIZADO Y COMPETENTE PARA

ACTUAR EN SU NOMBRE EN TODO LO RELATIVO A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

EN LOS TÉRMINOS DE LA CLÁUSULA REPRESENTANTE DEL OFERENTE

(A ser diligenciada en papel con membrete del OFERENTE)

Ciudad, Fecha

Señores.

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TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

La Ciudad.

Yo, _____________________________, representante legal de _____________________,

identificado con Cédula de Ciudadanía No. _____________ expedida en_____________,

designo a _____________________________, como representante autorizado y competente

para actuar en nombre de la empresa ________________________ en todo lo relativo a la

ejecución del Proceso de Contratación por la modalidad de Invitación Abierta a Ofertar No.

________, cuyo objeto es

“_________________________________________________________”.

En virtud de lo anterior, todas las comunicaciones relacionadas con la obra deberán ser

dirigidas a mí.

En constancia se firma en la ciudad de __________________, el día _______ del mes_____

del año _______.

_______________________________

Firma Representante Legal

FORMATO NO. 13

MINUTA DE CONTRATO

CONTRATO DE PRESTACION DE: “Arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos

y maquinaria pesada para la prestación del servicio de aseo del Distrito Especial, Industrial y

Portuario de Barranquilla.”

“” CELEBRADO ENTRE TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. Y

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Entre los suscritos,

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con

cédula de ciudadanía número XXXXXXX de XXXXXXXXX en su condición de Gerente

General y Representante Legal de SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y

ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P., sociedad legalmente constituida mediante escritura

pública No. 1667 de fecha 17 de julio de 1991, otorgada en la Notaría Tercera de Barranquilla,

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inscrita en la Cámara de Comercio de Barranquilla, el día 18 de julio de 1991, bajo el número

41.752 del libro respectivo, en adelante TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P por una parte; y por la

otra xxxxxxxxxxx, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número

xxxxxxxxxxx, quien actúa en nombre y representación legal de la sociedad xxxxxxxxxxxx,

sociedad constituida mediante escritura pública No. xxxxxxxxxxx del xxx de xxxxxxxxx de

xxxxxxx, otorgada en la Notaría xxxx de xxxxxxxxxxxx, bajo el número xxxxxxxx del libro

xxxxx, e identificada con NIT. xxxxxxxxxx, en adelante EL OFERENTE hemos decidido

celebrar el presente contrato para la prestación de servicios para la

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Que se sujetará a las normas legales vigentes y

en especial a las siguientes cláusulas, previas las siguientes consideraciones:

CONSIDERACIONES PRIMERA: Que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. cursó la invitación

abierta a ofertar para presentar oferta para la prestación de los servicios para el

“Arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la

prestación del servicio de aseo del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.”

SEGUNDA: Que participaron en la presentación de ofertas para la prestación del servicio las

empresas xxxxxxxxxxxx. Y xxxxxxxxxxxxx.

TERCERA: Que mediante comunicación de fecha xxxxxxxxxx (xxxx) de xxxxxxxxxx

dexxxxxxx, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. informó a la empresa xxxxxxxxxxx., su decisión de

aceptar la oferta presentada para XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

CLÀUSULAS:

CLÀUSULA PRIMERA: OBJETO: Mediante el presente contrato EL CONTRATISTA se obliga,

bajo su plena responsabilidad técnica y directiva a desarrollar a favor de TRIPLE A DE B/Q

S.A. E.S.P. el “Arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada

para la prestación del servicio de aseo del Distrito Especial, Industrial y Portuario de

Barranquilla.” de acuerdo con el alcance señalado en los Pliegos de Condiciones Técnicas

definidas por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

CLÀUSULA SEGUNDA: ALCANCE: En el alcance de este contrato se contempla,

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

CLÀUSULA TERCERA: DURACIÒN: El contrato tendrá una duración de xxxx (xxx) meses

contados a partir del perfeccionamiento del mismo.

CLÀSULA CUARTA: VALOR: TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. pagará a EL CONTRATISTA

como contraprestación por los servicios prestados la suma de xxxxxxxxxxxxxxxx PESOS M/L

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($ xxxxxxxxxxx), incluido IVA., los cuales se pagaran en cuotas mensuales de manera por la

duración del contrato.

CLÀUSULA QUINTA: PRESENTACIÒN DE FACTURAS: El CONTRATISTA presentará

mensualmente ante TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. la factura de los servicios prestados durante

el mes inmediatamente anterior, ante la Dirección de Tesorería de TRIPLE A DE B/Q S.A

E.S.P., en la Casa Prado Carrera 58 No. 67 - 09.

La factura presentada por el CONTRATISTA deberá ir acompañada por el Acta Parcial del

servicio prestado con el Visto Bueno de la Dirección de Sistemas de TRIPLE A DE B/Q S.A

E.S.P., la cual comprobará las cantidades ejecutadas durante el mes.

CLÀUSULA SEXTA: FUENTE DE RECURSOS Y FORMA DE PAGO: TRIPLE A DE B/Q S.A

E.S.P pagará a EL CONTRATISTA la suma acordada, los xxx de cada mes (en caso de

coincidir el día de pago con un día no hábil, el pago se efectuará el día hábil inmediatamente

posterior), previo el cumplimiento de todas y cada una de las siguientes condiciones

- Radicación ante la Dirección de Tesorería de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P ubicada en la

Carrera 58 No. 67-09, esquina Oficina Prado, de cuenta de cobro y/o la factura original y dos

(2) copias.

- Aprobación de la factura y/o cuenta de cobro por parte de la Interventoría de TRIPLE A DE

B/Q S.A E.S.P.

- Presentación de copia de la última factura pagada de los servicios de acueducto,

alcantarillado y aseo de la dirección correspondiente al inmueble en los que EL

CONTRATISTA tiene la calidad de suscriptor, usuario y/o propietario.

- Presentación de la constancia del último pago de la afiliación del personal de EL

CONTRATISTA y propios, para la ejecución del presente contrato a la E.P.S, A.R.P., y Fondo

de Pensiones y Cesantías.

- Constancia del pago de las estampillas del orden nacional, departamental, municipal o

distrital que se generen por la celebración, ejecución y/o pago del presente contrato.

- Encontrarse vigentes las pólizas y garantías objeto del contrato.

- La factura deberá contar con los siguientes requisitos:

- Número, fecha y vigencia del contrato.

- Régimen a que pertenece EL CONTRATISTA (común y simplificado).

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PARAGRAFO PRIMERO. Del valor facturado, TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. aplicará las

siguientes deducciones a que haya lugar:

- Retenciones de tipo fiscal, tributario o legal a cargo de EL CONTRATISTA.

- El valor en mora a que hubiere lugar, en el evento que EL CONTRATISTA no se encuentre

al día en el pago de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo que presta TRIPLE A

DE

B/Q S.A E.S.P respecto de la dirección correspondiente al inmueble en los que EL

CONTRATISTA tenga la calidad de suscriptor, usuario y/o propietario.

- Las sumas de dinero que por cualquier concepto le adeude o le llegare a adeudar a TRIPLE

A DE B/Q S.A E.S.P. o a cualquiera de las sociedades filiales o subsidiarias de TRIPLE A DE

B/Q S.A E.S.P.

- Las demás que en el contrato o en cualquiera de sus anexos se mencionen.

En el evento de no presentarse estos documentos, TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P podrá retener

el pago de las facturas, hasta tanto EL CONTRATISTA aporte prueba de haber realizado los

pagos correspondientes.

Una vez cumplidos los requisitos contemplados en la presente cláusula, TRIPLE A DE B/Q

S.A. E.S.P. pagará a EL CONTRATISTA el valor de la factura a los treinta (30) días siguientes

a la radicación de la misma.

CLÀUSULA SÈPTIMA: RETENCIÒN DE PAGOS: TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. podrá retener

Cualquier monto que deba pagar al CONTRATISTA por la prestación de los servicios, en los

siguientes casos:

1. Cuando TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. instaura reclamación judicial o extrajudicial contra el

CONTRATISTA.

2. Cuando se instauren reclamaciones contra el CONTRATISTA por parte de sus empleados,

subcontratistas, proveedores o terceros que sean notificadas a TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P

y que se originen con ocasión a la ejecución del objeto contratado.

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En cualquiera de estos eventos, se suspenderá el trámite de revisión o pago de todo o parte

de las Actas de Pago o de las facturas, a partir del aviso que en tal sentido dirija TRIPLE A

DE B/Q S.A E.S.P.

TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. liberará los pagos retenidos en los casos siguientes:

1. Cuando el CONTRATISTA satisfaga las reclamaciones presentadas contra él por TRIPLE

A DE B/Q S.A. E.S.P.

2. Cuando el CONTRATISTA asuma responsabilidad por las consecuencias de cualquier

reclamo instaurado en su contra por empleados, subcontratistas, proveedores suyos o

terceros, comprometiéndose a defender, mantener libre y a indemnizar a TRIPLE A DE B/Q

S.A E.S.P. por estos conceptos, presentando garantía suficiente para ello, a juicio del TRIPLE

A DE B/Q S.A E.S.P

Los fondos retenidos por TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. por estos conceptos no serán

reajustables ni generarán intereses para el CONTRATISTA.

CLÀUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Mediante el presente contrato

EL CONTRATISTA se obliga especialmente a:

1. Nombrar a un representante que asuma la dirección de los estudios que se realicen y que

actúe ante TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para todos los efectos que se requieran durante la

ejecución del contrato.

2. Cumplir con todas las responsabilidades consagradas en los pliegos de condiciones

técnicas.

3. Todas aquellas que se desprenden de la naturaleza y objeto del presente contrato.

4. Capacitación en el uso y parametrización del sistema Dentro de las capacitaciones se

deben considerar los siguientes grupos de usuarios:

sistema: quienes realizan parametrización del software

Skype.

5. Utilización de metodologías: estándares para cada una de las etapas del proyecto, de tal

manera que se garantice la calidad y el cumplimiento del cronograma establecido, así como

la entrega del producto estable y normalizado.

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6. Acompañamiento: Presencia de especialistas asesores en las instalaciones de Triple A S.A.

E.S.P que tengan experiencia en la implementación y puesta en marcha de las nuevas

funcionalidades adquiridas.

CLÀUSULA NOVENA: OBLIGACIONES DE TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.: Son obligaciones

a cargo de la TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. las siguientes:

1. Colaborar con EL CONTRATISTA en la correcta ejecución del objeto contractual.

2. Pagar a EL CONTRATISTA el valor acordado en la cláusula cuarta del presente contrato.

CLÀUSULA DÈCIMA: GARANTIAS:

EL CONTRATISTA, se obliga a contratar, mantener vigentes y entregar a satisfacción de

Triple A de B/Q S.A E.S.P., en original y con evidencia del pago de las primas

correspondientes, las siguientes garantías, otorgadas por Compañías de Seguros legalmente

establecidas en Colombia y autorizadas para expedirlas, y que sean aceptables por Triple A

de B/Q S.A E.S.P.

Las pólizas de Garantía deberán expedirse a favor de:

TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. NIT. 800.135.913 – 1

Cada póliza deberá cumplir lo siguiente:

XXXXXXXXXXXXXX

PARAGRAFO PRIMERO: Cualquier deducible incluido en las pólizas de seguro suscritas por

EL CONTRATISTA será a su cargo y en ningún caso el valor de dicho deducible constituirá

un costo reembolsable para éste.

PARAGRAFO SEGUNDO: En las pólizas de seguro figurarán como cláusula adicional la

siguientes: “Se entienden incorporadas a la presente póliza de seguro o garantía, todas las

estipulaciones del contrato garantizado e igualmente todos los documentos que lo determinan,

regulan, complementan o adicionan”.

PARAGRAFO TERCERO: Los riesgos no cubiertos, o cuyas sumas aseguradas no sean

suficientes para cubrir el siniestro, serán asumidos directamente y exclusivamente por el

CONTRATISTA.

Los riesgos no cubiertos serán asumidos directamente y exclusivamente por el

CONTRATISTA.

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CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: LICENCIAS Y/O PERMISOS REQUERIDOS PARA LA

PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: Todos los permisos y/o licencias que las disposiciones

legales vigentes establezcan para llevar a cabo la ejecución de la presente prestación de los

servicios y lo que de ellas se generen o deriven, estarán a cargo del CONTRATISTA al igual

que sus costos, quien las tramitará a nombre de Triple A de B/Q S.A E.S.P

Esta obligación deberá asumirla EL CONTRATISTA previa la iniciación de la prestación de

los servicios y será responsable ante la Triple A de B/Q S.A E.S.P. y/o terceros de las

sanciones y/o perjuicios que con ocasión del incumplimiento se deriven.

CLÀUSULA DÈCIMA SEGUNDA: CONDICIONES ESPECÍFICAS:

1. El CONTRATISTA prestará el servicio conforme a lo estipulado en el pliego de condiciones

y conforme a lo establecido en el anexo de condiciones técnicas específicas.

CLÀUSULA DÈCIMA TERCERA: DISPONIBILIDAD DE RECURSOS: EL CONTRATISTA se

obliga a contratar por su cuenta y riesgo, el personal asalariado necesario para la cumplida

ejecución del contrato, siendo de su cargo el pago de todos los salarios, prestaciones sociales,

indemnizaciones y demás derechos laborales que, de acuerdo con la ley colombiana se

causen como resultado de los contratos que celebre, los cuales se regirán por la ley

colombiana, por lo menos en lo que se refiere al personal de nacionalidad colombiana, o

vinculado laboralmente en Colombia.

El CONTRATISTA deberá disponer, en todo momento, de suficientes medios técnicos y

humanos para la perfecta prestación de los servicios contratados, y para la finalización de su

ejecución en el plazo pactado.

CLÀUSULA DÈCIMA CUARTA: CESIÒN Y SUBCONTRATACIÒN: EL CONTRATISTA

ejecutará las labores objeto del contrato en forma directa. EL CONTRATISTA no podrá ceder

o subcontratar total o parcialmente el presente contrato sin el consentimiento previo y por

escrito del TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P.

La obtención del permiso para la cesión y/o subcontratación no exime a EL CONTRATISTA

de las responsabilidades incluidas en este documento, de tal manera que queda obligado a

responder el CONTRATISTA frente a TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. de la actuación del

subcontratista o cesionario en los mismos términos y condiciones como que si la ejecución

hubiese sido efectuada por él. En todo caso el subcontratista o el cesionario según sea el

caso, deberán cumplir con todas las obligaciones de orden legal impuestas al CONTRATISTA,

en el presente contrato.

CLÀUSULA DÈCIMA QUINTA: INTERVENTORIA: TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P a través de

la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, adscrita a la Gerencia XXXXX, ejecutará las funciones

de Interventoría, supervisión y vigilancia en la ejecución del objeto contratado.

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La Interventoría tendrá las funciones de supervisión y vigilancia de las actividades y

obligaciones de EL CONTRATISTA, verificando el cumplimiento oportuno y eficaz de las

mismas en sus aspectos técnicos, operativos, administrativos y en consecuencia, está

autorizada para impartir instrucciones y órdenes a EL CONTRATISTA, así como para exigirle

la información que considere necesaria.

Las órdenes o instrucciones que imparta la Interventoría a EL CONTRATISTA deberán

comunicarse por escrito al representante de EL CONTRATISTA.

Funciones de la Interventoría:

Las principales funciones de la Interventoría serán las siguientes:

a) Colaborar con El CONTRATISTA para la óptima ejecución del contrato.

b) Exigir el cumplimiento del contrato en todas sus partes.

c) Estudiar y recomendar los cambios que se consideren convenientes o necesarios para la

ejecución del objeto contratado a fin de que sean implementados por EL CONTRATISTA.

d) Aprobar o rechazar - previo examen, análisis o ensayo que fuere del caso - y ejercer

permanente control sobre la calidad de los materiales e insumos que EL CONTRATISTA

asigne para la adecuada ejecución del objeto contratado.

e) Ordenar y verificar que se ejecuten las modificaciones y adiciones que se requieran para la

eficiente ejecución del contrato.

f) Controlar y comprobar que EL CONTRATISTA utilice el personal y los equipos destinados

a la ejecución del objeto contratado.

g) Para efectos de pago, verificar los cómputos de cantidades y aprobar las actas mensuales

por los servicios prestados.

h) Exigir a EL CONTRATISTA el empleo de personal técnico capacitado, así como la

desvinculación del que a su juicio, sea descuidado, incompetente, insubordinado o cuyo

servicio sea perjudicial para los intereses de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P., sin que ello de

lugar al pago de indemnización alguna a cargo de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P.

i) Vigilar que EL CONTRATISTA cumpla con las disposiciones laborales vigentes, para lo cual

podrá exigirle las constancias e inspecciones que sean necesarias.

j) Realizar el procedimiento para la imposición de las penas a que se refiere la Cláusula de

PENAS del presente pliego.

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k) Diligenciar todas las actas requeridas para y en la ejecución del contrato.

l) En general, todas las demás atribuciones que se deriven de la ejecución del contrato.

m) Determinar la calidad de material desperdicio y/o material excedente.

n) Constatar que el personal de EL CONTRATISTA que adelanta las labores objeto de este

contrato estén en todo momento amparados por la Seguridad Social.

Todas las instrucciones, órdenes y autorizaciones que se den a EL CONTRATISTA serán

impartidas por escrito por la Interventoría del contrato. EL CONTRATISTA deberá proceder a

ejecutar el contrato de acuerdo con las instrucciones y órdenes impartidas por la Interventoría.

CLÀUSULA DÈCIMA SEXTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:

El CONTRATISTA será el único responsable de los daños que se causen a terceros, en la

ejecución del objeto contratado. Este riesgo lo deberá garantizar de acuerdo con lo

establecido en la cláusula referente a seguros.

El CONTRATISTA será responsable de la conducta de sus empleados, de tipo civil,

administrativa o penal, siendo de su exclusivo cargo las responsabilidades en que éstos

incurran.

EL CONTRATISTA responderá hasta por culpa leve en la ejecución del objeto contratado, sin

menoscabo de la imposición por parte de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P al CONTRATISTA de

las penas a que se refiere la Cláusula de PENAS Y CLAUSULA PENAL del presente pliego.

No será responsable de fuerza mayor o caso fortuito, a menos que este haya sobrevenido por

su culpa o durante la mora. Para estos efectos no se considerará fuerza mayor o caso fortuito

la falta de supervisores o trabajadores, ineficiencia de éstos o situaciones similares, huelga,

disminuciones en el ritmo de trabajo o paros.

Estará a cargo de EL CONTRATISTA la responsabilidad civil frente a terceros. En

consecuencia, defenderá, indemnizará y mantendrá libre a TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. por

toda reclamación, demanda o proceso instaurado por cualquier persona, sea por daños o

pérdidas de bienes de terceros o por lesiones a terceros, y que surgieren de cualquier acto u

omisión imputable a EL CONTRATISTA, sus funcionarios, empleados, agentes,

representantes o subcontratistas. Aún después de la terminación del contrato, EL

CONTRATISTA continuará obligado a defender e indemnizar a TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P.

por toda demanda, acción o pretensión, sea que provenga de socios, empleados, agentes,

funcionarios, proveedores o subcontratistas de EL CONTRATISTA, o de terceros, por causas

imputables a EL CONTRATISTA.

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CLÀUSULA DÈCIMA SÉPTIMA: PENAS: Si EL CONTRATISTA fuere responsable por una

deficiencia o incumplimiento de sus obligaciones en la ejecución del objeto contratado,

TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. podrá deducir del saldo a su favor, multas por incumplimiento

parcial de las obligaciones contractuales o por mora en su ejecución.

El CONTRATISTA autoriza a que en caso de imposición de pena(s), el monto correspondiente

le sea descontado de cualquier valor que le adeude o llegare a adeudarle a TRIPLE A DE B/Q

S.A E.S.P.

No obstante, las disposiciones precedentes, EL CONTRATISTA, siempre que le fuere posible,

efectuará de inmediato la corrección de la deficiencia, evitando las demoras relativas al

procedimiento de información.

El CONTRATISTA autoriza a que en caso de imposición de pena(s), el monto correspondiente

le sea descontado de cualquier valor que le adeude o llegare a adeudarle a TRIPLE A DE B/Q

S.A E.S.P.

PARAGRAFO PRIMERO. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE PENAS. TRIPLE A

DE B/Q S.A E.S.P. a través de la Interventoría notificará a EL CONTRATISTA, por escrito

dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a la ocurrencia de los hechos o de la fecha

en que tuvo conocimiento, el acaecimiento de cualquier deficiencia o falla detectada en la

ejecución de los servicios contratados que pueda dar lugar a la imposición de las penas

establecidas.

EL CONTRATISTA, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al recibo de dicha

notificación, presentará a la Interventoría de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P., un informe sobre

la investigación de la(s) deficiencia(s) detectada(s), indicando su(s) causa(s), daños

resultantes si los hubiese y la acción realizada para solucionar el problema.

Si las razones expuestas por EL CONTRATISTA son aceptadas por TRIPLE A DE B/Q S.A

E.S.P. como eximentes de su responsabilidad, TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. a través de la

Interventoría lo comunicará a EL CONTRATISTA, mediante escrito en el cual se podrán

solicitar modificaciones o correcciones a las acciones propuestas por EL CONTRATISTA.

Por el contrario, si las explicaciones rendidas por EL CONTRATISTA no son consideradas

causas eximentes de responsabilidad, TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. dentro de los cinco (5)

días hábiles siguientes al recibo del informe de EL CONTRATISTA o vencido el plazo sin que

se hubiere presentado el informe, previo concepto favorable de la Interventoría, procederá a

imponer las penas pertinentes mediante acto empresarial contra el cual procederá el recurso

de Reposición ante TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. dentro de los cinco (5) días hábiles

siguientes a su notificación.

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PARAGRAFO SEGUNDO. La imposición de las penas señaladas en la presente cláusula se

hará sin perjuicio del derecho de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P., a solicitar judicial o

extrajudicialmente la indemnización de perjuicios causados por el incumplimiento del presente

contrato o exigir el cumplimiento de la obligación principal incumplida.

CLÀUSULA DÈCIMA OCTAVA: CLÀUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de

incumplimiento o retardo de EL CONTRATISTA, que a juicio de EL CONTRATANTE pudiese

afectar de manera grave la ejecución del contrato, respecto de cualquiera de las obligaciones

que sean de conformidad con el presente contrato, se causará a su cargo y en favor de

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., como tasación anticipada de perjuicios, el pago de una pena

pecuniaria equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. Lo anterior, sin

perjuicio de que TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. pueda perseguir la indemnización por perjuicios

adicionales causados, que excedan lo aquí establecido. La indemnización aquí establecida,

no extingue la obligación principal y será exigible en forma inmediata una vez se verifique el

incumplimiento, razón por la cual EL CONTRATISTA renuncia de antemano a cualquier

requerimiento judicial o constitución en mora, para el cobro de esta pena.

EL CONTRATISTA autoriza a TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. para descontarle el valor de la

cláusula penal pecuniaria directamente de cualquier suma que le adeude o llegue a adeudarle.

Para aplicar este descuento bastará la simple comunicación de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P

informando a EL CONTRATISTA la efectividad de la cláusula penal pecuniaria, suma que

podrá también ser exigible judicial o extrajudicialmente.

CLÀUSULA DÉCIMA NOVENA: REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA: El CONTRATISTA

designará un representante autorizado y competente para actuar en su nombre en todo lo

relativo a la prestación de los servicios. Todas las comunicaciones relacionadas con la

prestación del servicio deberán provenir de él y dirigirse a los representantes autorizados de

las partes

El representante del CONTRATISTA deberá ser aceptado por TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P y

no podrá ser cambiado sin la previa autorización de éste. Los avisos, notificaciones,

decisiones, instrucciones y demás comunicaciones del representante autorizado del

CONTRATISTA obligarán a EL CONTRATISTA.

CLÀUSULA VIGÈSIMA: CONTRATISTA INDEPENDIENTE: El CONTRATISTA se considera

un CONTRATISTA independiente en los términos del Artículo 3o. del Decreto 2351 de 1965

y no el representante o empleado de TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P. El CONTRATISTA no

tendrá facultad de hacer ninguna declaración, representación o compromiso de ninguna

especie, ni de tomar ninguna acción que pueda comprometer a

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TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P salvo si ha sido autorizado previamente por escrito por esta. El

CONTRATISTA se compromete a asumir todos los riesgos y a prestar los servicios con sus

propios medios y absoluta autonomía técnica y directiva y serán de su cargo y cuenta

exclusiva, los salarios, prestaciones sociales, legales y extralegales, indemnizaciones y/o

cualquier otra obligación laboral que tenga o llegase a tener con el personal utilizado para la

prestación de los servicios, pues el CONTRATISTA es el único y verdadero patrono de dicho

personal. En consecuencia el CONTRATISTA mantendrá libre y defenderá a TRIPLE A DE

B/Q S.A E.S.P de todo reclamo, acción o pretensión relacionado con este concepto.

No obstante lo anterior, TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P se reserva el derecho de exigir la

exclusión de cualquiera de los empleados del CONTRATISTA asignados a la prestación de

los servicios.

CLÀUSULA VIGÈSIMA PRIMERA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO:

El presente contrato se terminará en las formas previstas en la presente cláusula:

a) Por ambas partes

1. Por expiración del término contractual pactado.

2. De común acuerdo entre las partes, en cualquier momento durante la vigencia del presente

contrato, para lo cual, si las partes así lo acuerdan podrán hacer efectiva la terminación de

forma inmediata.

3. Disolución o incapacidad financiera de cualquiera de las partes.

b) Por parte de EL CONTRATANTE:

1. Por aparecer, en cualquier momento de la vigencia del contrato en los Registros del Sistema

de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo.

2. Por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la cláusula de protección de datos

personales.

3. De pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, el contrato terminará, mediante

aviso por escrito por parte de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P. en los siguientes eventos:

a) Incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA, de las obligaciones a su cargo, lo cual

incluye, la inejecución total, ejecución parcial, defectuosa o retrasada del objeto contratado de

tal manera que afecte razonablemente el contrato generando la suspensión o interrupción del

servicio contratado.

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En todo caso, para que se den las causales de terminación por parte del contratante

contemplada en el literal a) del numeral 3 de esta Cláusula en el contrato, deberá seguirse el

siguiente procedimiento: EL CONTRATANTE deberá notificar por escrito a EL CONTRATISTA

el hecho, evento y/o las razones por las cuales se da la causal de terminación, con base en

esta comunicación, EL CONTRATISTA deberá dar una justificación o realizar los actos

necesarios para solucionar el mismo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo

de la comunicación del Contratante. Si transcurridos estos cinco (5) días el Contratante

encuentra que las razones esgrimidas no son valederas o que no se presentaron

explicaciones adecuadas, o encuentra que no se tomaron las acciones necesarias y el

incumplimiento continúa, se declarará la terminación del contrato por parte de TRIPLE A DE

B/Q S.A. E.S.P.

PARAGRAFO: En los eventos descritos en los numerales 1,2 y 3 del literal b de la presente

cláusula, TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P., podrá dar por terminado este contrato sin estar

obligada a realizar requerimiento judicial, ni a pagar indemnización de perjuicios por dicho

concepto a los cuales EL CONTRATISTA renuncia expresamente.

CLÀUSULA VIGÈSIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO:

Harán parte del contrato los siguientes documentos:

1.- Especificaciones Técnicas, los Pliegos de Condiciones Generales junto con sus anexos,

Cláusulas de Seguridad y Salud en el Trabajo, Manual de Seguridad para CONTRATISTAS.

2.- La oferta presentada por EL CONTRATISTA con los documentos adjuntos con la misma,

así como las modificaciones aceptadas por TRIPLE A DE B/Q S.A E.S.P.

3.- La comunicación de aceptación de la oferta.

4.- Los documentos que se produzcan y los convenios adicionales que se acuerden y

suscriban entre las partes durante la ejecución del contrato firmado por TRIPLE A DE B/Q S.A

E.S.P. y/o su representante autorizado. Así mismo las actas a que haya lugar.

5.- Los demás que las partes acuerden. CLÁUSULA VIGÈSIMA TERCERA: ASPECTOS Y

TEMAS TRIBUTARIOS: EL CONTRATISTA será el único responsable económico, esto es,

con cargo a su cuenta, recursos y riesgo, por el pago de todos los tributos pasados, presentes

o futuros de todo orden, que se hayan causado y/o que se causen y/o puedan causarse por

la suscripción, desarrollo, ejecución, modificación, terminación y liquidación del presente

contrato, incluyendo pero no limitado a todos los impuestos, estampillas, aranceles, derechos,

tasas y contribuciones, así como todas las penas y sanciones originadas y/o causadas en

relación con estos. Para estos efectos, EL CONTRATISTA declara: (i) que conoce todos los

tributos que actualmente se originan en virtud de los eventos antes señalados; (ii) que conoce

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y acepta que la normatividad sobre este tema es modificable y; (iii) que tuvo presente los

elementos anteriores al momento de participar en el concurso o invitación abierta a ofertar de

presentar su oferta y de suscribir este contrato, motivos todos los anteriores por los cuales

esta sociedad acepta la realización de las retenciones, descuentos, recaudos, aplicación de

compensaciones y cobros que procedan o pudieren proceder por estos conceptos y se obliga

a defender e indemnizar plenamente a la sociedad TRIPLE A S.A. E.S.P. y/o a sus empleados

por cualquier actuación, proceso, cobro, perjuicio o gasto que llegaren a iniciarse o causarse

en su contra, en relación y/o por el incumplimiento total o parcial de las normas de todo orden

sobre los tributos aquí asumidos por EL CONTRATISTA, siempre que dicha actuación,

proceso, cobro, perjuicio o gasto hubieren sido originados por acciones u omisiones del

CONTRATISTA, tales como planteamiento de disputas, emisión de órdenes, demoras,

oposición a retenciones, recaudos y pagos, encubrimiento y simulación de hechos

generadores, disminución artificiosa de bases gravables, interpretaciones erradas y, en

general, demás acciones u omisiones similares que impidan o conlleven la aplicación y/o la

aplicación correcta y oportuna de las normas; esta responsabilidad del CONTRATISTA

también aplica en todos aquellos casos en que por simple omisión, olvido o negligencia o por

desconocimiento suyo o de TRIPLE A S. A. E.S.P. se incumpla la normativa aplicable. En

desarrollo de estas responsabilidades y obligaciones que asume EL CONTRATISTA, en todo

tiempo la sociedad TRIPLE A S.A. E.S.P. podrá: (i) verificar y exigirle el debido cumplimiento

de la normatividad aplicable y/o cumplirla por cuenta y a cargo de este, (ii) exigirle el cese de

toda acción u omisión perturbadora al respecto, (iii) exigirle el pago y/o reembolso de lo

pagado por estos tributos, según el caso y, (iv) exigirle el pago o reembolso de todo gasto o

perjuicio en que incurriere por los incumplimientos de dichas normas y que sean atribuibles a

acciones u omisiones de dicha sociedad, de acuerdo con lo aquí expuesto. Para estos efectos,

TRIPLE A S.A. E.S.P. podrá aplicar de forma directa la compensación como mecanismo de

pago a su favor, con cualquier obligación por cualquier concepto que deba cumplir en beneficio

del CONTRATISTA, incluso si dicha obligación es originada en causa distinta al presente

contrato y si es anterior o posterior a la causación del tributo o derecho que origina el crédito

en favor de TRIPLE S.A. E.S.P.

CLÀUSULA VIGÈSIMA CUARTA: MODIFICACIONES: Cualquier modificación del presente

contrato se deberá acordar por las partes de común acuerdo y deberá constar en un

documento escrito y firmado por ambas partes.

CLÀUSULA VIGÈSIMA QUINTA: SOLUCIÒN DE CONTROVERSIAS: cualquier diferencia

que surja con ocasión de la celebración, interpretación, desarrollo, terminación y liquidación

del presente contrato serán definidas ante xxxx CLÀUSULA VIGÈSIMA SEXTA:

PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN:

El presente contrato se perfeccionará con la firma de las partes que en el intervienen, y la

aprobación de las pólizas exigidas por parte de TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

Page 128: IAO- 09-2019 · 2019-10-02 · Página 1 de 131 IAO- 09-2019 OBJETO: “Arrendamiento operativo (renting) de vehículos, equipos y maquinaria pesada para la prestación del servicio

Página 128 de 131

En constancia de acuerdo se firma por las partes en dos (2) ejemplares del mismo tenor y

valor a los XXX (XX) días del mes de XXXXX de 2019.

________________________________

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

TRIPLE A DE B/Q S.A. E.S.P.

_________________________________

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

FORMATO 14

OFRECIMENTO EQUIPOS Y VEHÍCULOS DE RESPALDO ADICIONAL

[Ciudad y fecha] Señores: SOCIEDAD DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BARRANQUILLA S.A. E.S.P. Barranquilla - Atlántico

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Página 129 de 131

Ref.: OFRECIMENTO EQUIPOS Y VEHÍCULOS DE RESPALDO ADICIONAL El (los) abajo firmante(s), actuando en nombre y representación de [nombre del Oferente. declaro (amos) bajo la gravedad de juramento y certifico que la firma que represento ofrece los siguientes vehículos de respaldo adicional de la siguiente manera:

Ítem Tipo de Equipo No. Equipo

Adicionales

1 Grapple

2 Ampliroll

3 Volqueta Dobletroque

4 Compactador Dobletroque

___________________________________ Firma Representante Legal del Oferente Nombre: Tipo y Número de documento de identificación: Cordialmente,

FORMATO NO. 15. FORMATO INFORMACIÓN FINANCIERA y ORGANIZACIONAL

Bajo la gravedad de juramento declaro que información que a continuación se transcribe, corresponde en todo a la realidad de la información financiera del Proponente (incluir nombre del Proponente), tal como se encuentra reflejada en sus Estados Financieros:

INFORMACIÓN FINANCIERA

Índice de Liquidez

Índice de Endeudamiento

Patrimonio

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Rentabilidad del Patrimonio

Rentabilidad del Activo

Cordialmente, _________________________________ Firma del Revisor fiscal (cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley) o Contador Indicación de si es Revisor Fiscal o Contador Público Nombre: Tipo y Número de documento de identificación:

ANEXO MATRIZ DE RIESGOS

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