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SECRETARIA DE EDUCACION Y CULTURA DEL TOLIMA INSTITUCION EDUCATIVA LA FILA ICONONZO RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN N¬ 2157 DEL 14 DE SEPTIEMBRE 2010 CODIGO DANE: 273352000201 NIT: 809006850 REG. EDUC.: 13522048 COD. ICFES: 123703 “Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected] Pag. Web. Lafila.colegiosonline.com INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA FILA DE ICONONZO MANUAL DE CONVIVENCIA

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“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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MANUAL DE CONVIVENCIA

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013.

EMBLEMAS INSTITUCIONALES

LEMA JUVENTUD DE LA FILA: “El deporte nos honra, el civismo nos identifica y la paz nos glorifica” BANDERA ESCUDO

HIMNO

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. VISIÓN La Institución Educativa La Fila, ofrece una educación integral, para que sus estudiantes sean agentes activos de su propio desarrollo cognitivo y científico, contribuyendo con una cultura ciudadana en el logro de una convivencia pacífica. MISIÓN Fomentar el desarrollo de la creatividad, el análisis y la capacidad crítica de los educandos, interiorizando los valores éticos y morales adquiridos en la interacción con los demás miembros de la comunidad, logrando así el respeto por la vida y la honra de los seres humanos. FILOSOFIA Propiciar el cambio de conductas a través del desarrollo integral del individuo, fortaleciendo su identidad cultural y así lograr ser útil a la sociedad. RESEÑA HISTORICA En el año 1945 fue fundada la concentración Rural Mixta La Fila, en la finca denominada “Birmania” de propiedad del señor JUAN DE DIOS TORRES, con la colaboración de los señores miembros de la junta de acción comunal. En el año 1957 el señor Miguel García donó el lote para construir la escuela y en 1976 se compró un lote para el campo de la recreación. En 1980 se comenzó una nueva planta física con el 80% de aportes del Comité de cafeteros y el restante por la comunidad. Fueron inauguradas las construcciones el 27 de noviembre de 1981. La Institución Educativa la Fila está ubicada en zona agrícola y ganadera, al oriente del Tolima, región limítrofe con el Departamento de Cundinamarca separados por el rio Sumapaz y a 125 kilómetros de la capital de la República, su población es campesina de origen Cundiboyacence, es emprendedora, activa y bastante solidaria.

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. Su sede Central se encuentra a 11 Km. De la cabecera Municipal, por vía carreteable, situada al oriente del Municipio de Icononzo, su temperatura oscila entre 16º. Y 18º.C. Limita por el Norte con La Vereda Buenos Aires y El Alto de Icononzo, por el sur con la Vereda La Georgina, por el oriente con La Vereda San José de Guatimbol y por el Occidente con La Vereda La Laja. Cuenta con una población aproximada de 700 habitantes distribuidas en 150 familias distantes unas de otras. El relieve de esta vereda y región es quebrado sobresaliendo las colinas. Se encuentra a unos 1350 metros de altura sobre el nivel del mar; posee un ambiente climático de piso térmico templado. En el aspecto de producción está en primer lugar el Café, segundo lugar los frutales al igual que los pastos; la cría de aves de corral, ganadería y porcinos se realiza en forma no convencional. La institución Educativa la FILA de Icononzo Tolima esta conformada por siete sedes así: Sede 1: La Fila Vereda La Fila Sede 2: Mundo Nuevo Vereda Mundo Nuevo Sede 3: La paz de Balconcitos Vereda Balcones Sede 4: La Georgina Vereda La Georgina Sede 5: Esperanza Vereda La Esperanza Sede 6: Las Lajas Vereda Las Lajas Sede 7: Buenos Aires Vereda Buenos Aires

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RESOLUCIÓN No. 010 Por el cual se adopta el Manual de Convivencia de la Institución Educativa LA FILA de Icononzo Tolima. La Rectora de la Institución Educativa La FILA de Icononzo y el Consejo Directivo, en uso de las facultades legales concedidas por la Ley 115 de 1994, el Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, la Ley 715 del 21 de diciembre de 2001.

CONSIDERANDO

Que es necesario establecer criterios y procedimientos para la organización, ejecución, control y evaluación de los distintos procesos que se desarrollan al interior de la Institución Educativa la FILA, o fuera de ella, siempre y cuando intervenga o participe la comunidad Educativa de la FILA. Que el objetivo del presente Manual de Convivencia es establecer una herramienta normativa que contribuye a la regulación de las relaciones de los estudiantes entre sí y con los demás miembros de la comunidad educativa promoviendo la armonía, el desarrollo creativo y agradable de las actividades programadas en la Institución Educativa La FILA de Icononzo. Que en reunión de Consejo Directivo de la Institución Educativa La FILA de Icononzo, a la fecha 6 de Diciembre del año 2013 fue analizado, aprobado y adoptado como Manual de Convivencia de la Institución Educativa LA FILA de Icononzo Tolima.

RESUELVE

ARTICULO 1. Adoptar, el Manual de Convivencia para la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA FILA DE ICONONZO TOLIMA. PARAGRAFO: Este manual solo podrá ser reformado de conformidad con la Ley, mediante consenso de Directivos, Docentes, Estudiantes, Administrativos y Padres de Familia de la Institución.

ARTICULO 2. El presente Manual de Convivencia rige a partir de la expedición de la presente providencia.

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Comuníquese y cúmplase, dada en Icononzo a los 6 días del mes de diciembre de 2013.

______________________________ ___________________________ ADRIANA MARIA ORTEGON WILCHES MIRIAN VARGAS REPRES. DE PADRES DE FAMILIA REPRES. DE PADRES DE FAMILIA ______________________________ ___________________________ JUAN DAVID RAMIREZ CELIS GINA PIRAQUIVE REPRES. DE LOS ESTUDIANTES REPRES. DE LOS EXALUMNOS ______________________________ ___________________________ JOSE FERNANDO CARDENAS MUÑOZ CRISTIAN CAMILO TORRES ALVAREZ REPRES. DE LOS DOCENTES REPRES. DE LOS DOCENTES ______________________________ ___________________________ TRINIDAD RODRIGUEZ VASQUEZ DIANA YOLANDA PARRA RODRIGUEZ REPRES. DEL SECTOR PRODUCTIVO RECTORA (E) ______________________________ ___________________________ VICTOR ALFONSO MAYORGA LOPEZ PAOLA ANDREA CRUZ QUINTERO PERSONERO ESTUDIANTIL CONTRALORA ESTUDIANTIL

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TABLA DE CONTENIDO CAPITULO I. FUNDAMENTACIÓN Concepto Justificación Principios Referentes legales Objetivos Derechos de la institución Deberes de la institución CAPITULO II. GOBIERNO ESCOLAR Órganos escolares. Consejo Directivo y funciones. Consejo Académico y funciones Rector y funciones Consejo De Estudiantes y funciones Consejo De Padres y funciones Representante de los Estudiantes Personero de los Estudiantes Contralor estudiantil Elecciones Consejo electoral Asociación de Padres de Familia o acudiente Comité de Convivencia y Promoción CAPITULO III. ESTUDIANTES Perfil del Estudiante Admisión. Matricula. Debido proceso Conducto regular Horario de Clases Presentación de Estudiantes. Observador del estudiante. Derechos de Los Estudiantes. Deberes de los Estudiantes. Prohibiciones de los Estudiantes. Inhabilidades de los Estudiantes. Correctivos Evaluación Representantes de curso Estímulos de los Estudiantes. Actividades complementarias.

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. CAPITULO IV. PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE Perfil del Padre de Familia y/o acudiente Derechos de Los Padres de Familia y/o acudiente. Deberes de los Padres de Familia y/o acudiente. Prohibiciones de los Padres de Familia y/o acudiente. Inhabilidades de los Padres de Familia y/o acudiente. Correctivos Estímulos de los Padres de Familia y/o acudiente. CAPITULO V. PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y ADMINISTRATIVO Perfil del Personal Directivo Docente y funciones Rector Derechos, deberes y prohibiciones del Rector Coordinador Perfil de los Docentes Derechos, deberes y prohibiciones de los Docentes Personal Administrativo. Derechos, deberes y prohibiciones del Personal Administrativo Estímulos del Personal Directivo, Docente y Administrativo. Jefe de Área Director de Grupo Docente de disciplina CAPITULO VI. EGRESADOS Perfil del Egresado Egresado Derechos Deberes Prohibiciones Inhabilidades Correctivo CAPITULO VII. SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN Concepto. Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes Criterios de evaluación y promoción Distribución académica de los estudiantes Criterios para la graduación de bachilleres Concepto y escala de valoración institucional Promoción anticipada de grado Estrategias de situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes Funciones del comité de análisis Acciones de los procesos evaluativos Periodicidad de entrega de informes a los padres de familia desde preescolar hasta la media

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. Estructura de los informes de los estudiantes Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones Derechos y deberes del estudiante Derechos y deberes de los padres de familia Registro escolar Constancias de desempeño CAPITULO VIII. NORMAS DE CONVIVENCIA SOCIAL Principios Clasificación de las situaciones Situaciones Tipo l. Protocolos Para La Atención de situaciones Tipo I. Situaciones Tipo II. Protocolos Para La Atención de situaciones Tipo II. Situaciones Tipo III. Protocolo Para La Atención de situaciones Tipo III. Activación De Los Protocolos de otras Entidades. CAPITULO IX. OTROS SERVICIOS. Comités Dinamizadores. Tienda Escolar. Alimentación Escolar. Transporte Escolar. Biblioteca. Laboratorios. Sala de sistemas. Internet. Actividades lúdicas. CAPITULO X. EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD Servicio social obligatorio Proyectos Pedagógicos Convivencias, prácticas o salidas de campo

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CAPITULO I FUNDAMENTACIÓN

CONCEPTO. Es el instrumento elaborado concertadamente por todos los miembros de la comunidad Educativa como el acuerdo social centrado en el estudiante y sus relaciones con los demás miembros de la comunidad educativa y con el ambiente institucional. De acuerdo con el marco jurídico y conceptual, el manual de convivencia es un conjunto de normas relacionadas con el estudiante, el sistema de comunicación, el uso de los muebles, enseres y equipos, el aprovisionamiento de materiales, los servicios conexos, los criterios para el servicio social obligatorio y los costos educativos teniendo en cuenta la normatividad jurídica vigente con el fin de facilitar el proceso educativo, la sana convivencia y la formación integral de la persona humana. JUSTIFICACION. Por cuanto en el departamento del Tolima no existe una norma que sirva de patrón para reglamentar, controlar, y ejecutar todo lo pertinente a la organización y administración de la Institución Educativa y las escuelas integradas, se hace indispensable un reglamento interno, que unifique criterios para que las decisiones que se tomen no sean el resultado autocrático de una sola persona sino el consenso general de la comunidad educativa que busque una mejor utilización y aprovechamiento de los recursos con que cuenta la Institución. El presente Manual de convivencia parte del principio fundamental de que toda persona por ser miembro de una comunidad es ser social por naturaleza. Se gesta, evoluciona, se educa y se realiza como un ser situado frente a unas circunstancias que le son inherentes a su misma naturaleza y que por lo tanto el espíritu filosófico que lo ilumina y orienta apunta hacia el desarrollo equilibrado de todas las dimensiones de la persona humana y de a la sociedad, mediante el conocimiento, respeto y vivencia de los valores fundamentales: la vida, la libertad, la ética, la comunicación, la justicia, la paz dentro de un marco jurídico, democrático y participativo. La estructura de este manual propende ante todo unificar criterios que responda a unos lineamientos generales de los diferentes estamentos educativos, creando conciencia y conocimiento de los mismos en un ambiente de respeto de las ideas para el manejo adecuado de las contradicciones. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA INSTITUCION En la comunidad de la Institución Educativa Fila, se propenderá por la interiorización de los siguientes principios y valores.

El trabajo honesto y responsable como fundamento de éxito personal y social

El dialogo y la concertación como medios esenciales para la solución de todo conflicto

El respeto a las ideas ajenas, la tolerancia como fundamento de paz.

El cuidado del entorno, como fundamento de supervivencia.

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La estimación de los saberse, culturales y académicos, como factores de convivencia y respeto

Evitar todo tipo de agresión a los semejantes, como base al respeto a la vida y modelo de convivencia social.

La participación y el respeto a las determinaciones tomadas por consenso, como fundamento del desarrollo político y democrático.

El reconocimiento de los valores, meritos y actitudes personales (autoestima) para afrontar los retos que la vida les depare

El ejercicio de la libertad con las limitaciones propias de la vida en sociedad.

El deporte y la recreación como factores esenciales para el sano desarrollo de la personalidad.

Cumplimiento de los deberes y obligaciones establecidas en la Constitución Política de Colombia (CAPIT.5 art. 95.)

REFERENTE LEGAL Que la disciplina y el orden constituyen el pilar de la organización de toda institución, siendo indispensable para el buen desarrollo de las actividades y el logro de los objetivos. Que el presente Manual de Convivencia (Reglamento Interno) está encaminado a brindar a los estudiantes el conocimiento de las normas y patrones de conducta y disciplina que la comunidad educativa deberán cumplir a fin de favorecer el crecimiento personal y comunitario. Que es deber de quienes orientamos y acompañamos el proceso educativo forjar en los estudiantes principios de respeto a la persona, autonomía, libertad, responsabilidad y solidaridad. Que para la elaboración del presente manual de convivencia se tuvieron en cuenta los siguientes elementos: La Constitución Política de Colombia. Es la norma de normas porque supera y prevalece sobre cualquier disposición jurídica que exista o se promulgue sus mandatos guían sus conductas sociales y administrativas de la comunidad educativa en los Artículos 41 al 45; 67, 68, 73, 78, 79, 80, 82, 85, y 86. Ley 115 de 1994. Por la cual se expide la ley general de educación. Señala los fines Educativos en concepto de currículos, los diferentes tipos y niveles de educación, la participación de estudiantes, docente, administrativos, el Gobierno Escolar y otros aspectos relacionados con la profesionalización del servicio Educativo. Para ello se consideraron los artículos: 73, 87 y 96 Decreto 1860 de 1994. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. Especificando y concretando aspectos para prestación del servicio Educativo, su planeamiento, organización, evaluación y la conformación del gobierno escolar, participativo y democrático: Sirven como fundamento legal los artículos del 14, 17, 28, 32 y del 47 al 56. Decreto 1290 de 2009. Nuevo sistema de evaluación para los estudiantes.

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. Ley 1098 de 2006. Código de la infancia y la adolescencia. Por la cual se expide el código que tiene que ver con la educación y la garantía a los niños, niñas y adolescentes de su pleno y armónico desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión y la consagración de los derechos del menor, las formas de protección y las obligaciones que le corresponde a la familia, a los padres o acudientes, a la Institución Educativa y las autoridades del estado. Decreto 2277 de 1979 y 1278 de 2002. Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente. Decreto 2247 de 1997. Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones. Ley 715 de 2001. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros. Decreto 1286 de 2005. Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, y se adoptan otras disposiciones. Decreto 2253 de 1995. Adopta el reglamento general para definir las tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos, originados en la prestación del servicio público educativo, por parte de los establecimientos privados de Educación formal y se dictan otras disposiciones. Resolución 4210 de 1996. Por la cual se establecen reglas generales para la organización y el funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio. Ley 734 de 2002. Régimen disciplinario de los servicios públicos. DECRETO 3011 DE 1997. Establece normas para el ofrecimiento de la educación de adultos y se dictan otras disposiciones. Ley 30 DE 1986, Decreto 3788 y Decreto 1108 de 1994. Determina las responsabilidades de los entes Educativos, el desarrollo de los programas preventivos de drogadicción, construcción y fortalecimiento de organizaciones creativas estudiantiles. También sistematizan coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo Estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Ley 1620 DE 2013, Decreto 1965 DE 2013. Que contribuye a la formación de ciudadanos activos que aportan a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intelectual en concordancia con el mandato constitucional y la ley general de Educación. LA ORGANIZACIÓN INTERNA DEL PLANTEL: Gobierno Escolar, Consejo Directivo, Consejo Académico, Asociación de Padres de Familia, Comités de Áreas y demás colectivos docentes que desarrollen los diferentes proyectos. El Proyecto Educativo Institucional, el Modelo Pedagógico Institucional, el Plan de Mejoramiento Institucional, el entorno socio cultural, político y comunitario de la Institución Educativa, las características y particularidades de la Institución Educativa en lo que tiene que ver con planta física, dotación y cobertura. Entre otras legislaciones tenemos: Decreto 1850 de 2002. Jornada laboral docente. Decreto 3012 de 2002. Plantas de personal docente y administrativo. Ley 882 de 2004. Violencia intrafamiliar.

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. Ley 1010 de junio 2006. Ley de acoso laboral. Ley 1257 de abril 5 2008. Ley de la mujer. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Carta Internacional de los Derechos de la niñez y la juventud. Doctrina y Jurisprudencia de la Corte Constitucional. PARÁGRAFO 1: De igual manera se tiene en cuenta las sentencias emanadas por la Corte Constitucional: 098-3-III-1.994, 596-7-XII-1.994, 316-12-VII-1.994, 439-12-X-1.994, 439-2-X-1.994, 967 de 2.007, T-430 de 2.007, Sentencias 762-767-569-671. OBJETIVOS

Dotar a la Institución Educativa La FILA de un MANUAL DE CONVIVENCIA que permita unificar criterios administrativos, pedagógicos, educativos y disciplinarios entre las diferentes instancias de la comunidad educativa.

Formar, concienciar a nuestros discentes a ser capaces de dirigir, organizar, dialogar, tolerar, vivir en convivencia y solucionar los diferentes conflictos que se le presenten en la vida cotidiana.

Reglamentar las normas mínimas de convivencia social, cumpliendo la legislación que en materia educativa ha expedido el gobierno nacional, departamental, municipal e institucional.

Estructurar un proceso de formación permanente, sobre el fundamento de una concepción integral de la persona humana, donde se constituya prenda de garantía por el respeto a la dignidad, de los derechos y el cumplimiento de los deberes de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa.

Señalar las normas y procedimientos institucionales de la comunidad educativa, especialmente en las relaciones existentes entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

Lograr la integración y/o interacción de todos los miembros que forman la comunidad educativa.

Lograr el cumplimiento de los objetivos de la educación, estándares y competencias en calidad de educación.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Concienciar a los diferentes estamentos de la Institución Educativa La FILA la función que le corresponde como miembro activo de la comunidad educativa.

Desarrollar actitudes favorables al conocimiento, valoración y conservación del medio ambiente para la propia supervivencia y de las generaciones futuras.

Informar a la comunidad educativa La FILA, sobre los derechos, deberes correctivos, sanciones, estímulos, debido proceso y conducto regular que ofrece la Institución.

Establecer normas de convivencia que permitan la buena marcha de la labor educativa, normas que generen cambios positivos en comunidad educativa, beneficien el aprendizaje y contribuyan a la formación integral del estudiante.

Respetar a sus compañeros, con sus diferencias individuales, modos de pensar, sentir y actuar.

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013.

Desarrollar actitudes positivas hacia la adquisición de conocimientos, habilidades, destrezas, doctrinas, valores y procedimientos que permitan el enriquecimiento personal y comunitario.

Reconocer que todas las actividades se realizan cuando hay mentalidad de compromiso y responsabilidad.

Desarrollar actividades de integración a través de la participación de la comunidad educativa.

Desarrollar la responsabilidad en cada integrante de la comunidad educativa para que tenga acceso a la cultura, al conocimiento científico, a la formación de valores éticos, estéticos, de un buen ciudadano para facilitar la realización de actividades útiles para el desarrollo de nuestra Institución.

Despertar el sentido de la tolerancia, honradez y transparencia en la elección de los candidatos y representantes.

La inclusión de personas con Necesidades Educativas Especiales (NEE) al proceso social y cultural que les permita interactuar como parte importante de la institución

Acordar pautas de cordialidad, tolerancia, reciprocidad y respeto en las relaciones interpersonales entre los estamentos de la comunidad educativa.

Fomentar el espíritu de solidaridad y de compromiso con las personas y las instituciones en todas las situaciones que lo requieran.

Resignificar el valor por el respeto, la preservación del medio ambiente y los recursos naturales, así como los bienes de la comunidad.

Desarrollar una sana sexualidad que promueva el conocimiento de si mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de los sexos, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar, armónica y responsable.

Desarrollar acciones de orientación escolar profesional y ocupacional.

DERECHOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

1. Desarrollar el PEI. 2. Reservarse el derecho de admisión de un estudiante de acuerdo con las Normas legales

vigentes 3. Exigir el cumplimiento de los deberes establecidos en el presente manual por todos los

miembros de la comunidad educativa 4. Recibir de los padres de familia la colaboración necesaria para el desarrollo de las

actividades propuestas en beneficio de la institución 5. Tener reconocimiento y respeto de los padres de familia y demás usuarios de la institución 6. Exigir a todo graduando del grado once (11) el cumplimiento previo de haber prestado el

servicio social de conformidad con las normas vigentes.

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“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. DEBERES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

1. Reconocer y proteger los procesos evolutivos, sicosomáticos y cognoscitivos contemplados en los derechos del niño y código de la infancia y la adolescencia

2. Dar cumplimiento a la Constitución Nacional, Leyes vigentes y Directivas Ministeriales 3. Fomentar las formas de convivencia socio - comunitaria dentro y fuera de la institución 4. Orientar al estudiante dentro de los parámetros establecidos por la ley según la filosofía y

objetivos del plantel 5. Brindar el servicio de tienda escolar de acuerdo a la normatividad vigente y a las

establecidas por la Institución. 6. Cumplir el con el Manual de Convivencia 7. Prestar en forma regular el servicio educativo contenidos dentro de las prescripciones

legales. 8. Entregar oportunamente las constancias y certificados solicitados por los padres de familia

docentes y comunidad en general.

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CAPITULO II GOBIERNO ESCOLAR Y OTROS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

La comunidad educativa La FILA de Icononzo, se compone de los siguientes estamentos:

1. Los estudiantes que se han matriculado en la Institución 2. Los padres y madres, los acudientes, o en su defecto, los responsables de la educación de

los estudiantes matriculados en la institución. 3. Los docentes vinculados, que laboren en la Institución. 4. Los directivos docentes y los administradores escolares que cumplen funciones directas en

la prestación del servicio educativo en la Institución. 5. Los egresados de la Institución organizados para participar.

Todos los miembros de la comunidad educativa La FILA, son componentes para participar en la dirección de la Institución, por medio de sus representantes en los órganos del gobierno escolar, legalmente elegidos. ENTES DE DECISION: 1. Consejo Directivo 2. Consejo Académico 3. Rector ENTES DE PARTICIPACION: 1. Consejo de estudiantes 2. Personero, contralor y representante de los estudiantes 3. Consejo de Padres de Familia. 4. Asociación de Padres de Familia. 5. Asociación de egresados 6. Comité de convivencia

El gobierno escolar en los establecimientos educativos estatales está constituido por los siguientes órganos ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR.

1. EL CONSEJO DIRECTIVO, como instancia de la comunidad educativa y de la orientación académica y administrativa del plantel.

2. EL CONSEJO ACADÉMICO, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.

3. EL RECTOR, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

4. LOS REPRESENTANTES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS, serán elegidos para periodos anuales, pero continuara ejerciendo sus funciones hasta que sean reemplazados. En caso de vacancia; se elegirá su reemplazo por el resto del periodo.

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ELECCIÓN ENTES DEL GOBIERNO ESCOLAR

Todos los entes de la Institución Educativa La FILA deben estar conformados dentro de los 60 días calendario siguiente a la iniciación de clases. Para los que requiera de elección, se deberá emplear procesos democráticos. CONSEJO DIRECTIVO.

El consejo del establecimiento estará integrado por: 1. El rector, quien lo presidirá y convocara ordinariamente una vez por mes y

extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. Dos representantes del personal docente elegidos por la mayoría de los votantes, en una

asamblea de docentes. 3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la asociación

o el consejo de padres de familia. 4. Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes, entre los

estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecida por la institución o el segundo en votación de los representantes a la personería.

5. Un representante de los egresados elegido por el consejo de ternas representadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes, personero o compañero de grado de buen rendimiento académico y disciplinario.

6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el consejo directivo de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competente de otra autoridad

2. Servir de instancia para resolver los conflictos entre docentes y administrativos con los estudiantes del plantel educativo.

3. Adoptar el manual de convivencia de la institución de conformidad con las normas vigentes. 4. Fijar los criterio para la asignación de cupos disponibles 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando

alguno de sus miembros se sienta lesionado. 6. Aprobar el plan anual de actualización del personal de la Institución, presentada por el

Rector. 7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y

del plan de estudio y someterlo a consideración en la Secretaria de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

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9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante. 10. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades culturales, recreativas

y deportivas. 11. Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas,

culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. 12. Promover las relaciones de tipo académico, deportiva y cultural con otras instituciones

educativas. 13. Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante Acuerdo el presupuesto de

ingresos y gastos a partir del proyecto presentado por el rector o director. 14. Definir la administración y manejo del Fondo en concordancia con el artículo 7° del decreto

0992 de 2002, y hacer seguimiento y control permanente al Flujo de Caja ejecutado. 15. Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los traslados

presupuéstales que afecten el acuerdo anual del presupuesto. 16. Probar los estados financieros del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva institución,

elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes. 17. Reglamentar los procedimientos presupuéstales, las compras, la contratación de servicios

personales, el control interno, el manejo de inventarios y el calendario presupuestal, con sujeción a las normas vigentes;

18. Determinar los actos y contratos que requieran su autorización expresa, cuando no sobrepasen los veinte (20) salarios mínimos mensuales vigentes y reglamentar sus procedimientos, formalidades y garantías, cuando lo considere conveniente. Para los de cuantías superiores se aplicarán las reglas del estatuto de contratación vigente;

19. Establecer mecanismos de control para el funcionamiento del Fondo de Servicios Educativos. 20. Determinar la forma de realización de los pagos y de los recaudos del Fondo de Servicios

Educativos de la institución, además: a) Fijar las prioridades en la ejecución del gasto con los recursos del Fondo de Servicios

Educativos. b) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la institución y la forma de recolectarlos. c) Manejar y utilizar adecuadamente sus recursos, incluyendo las operaciones de carácter:

civil, comercial o administrativa a que haya lugar, siempre y cuando sirvan al mejoramiento de la calidad educativa y salvo las excepciones contempladas en el Artículo 8 del Decreto 1857 de 1994 que hace referencia a las prohibiciones de gasto.

d) Aprobar el presupuesto anual de apropiaciones y el plan anual mensualizado de caja, PAC, previo proyecto, que para el efecto presente el Rector.

e) Los estados financieros que presenten el Rector o Director del Establecimiento educativo estatal podrán estar certificados por un Revisor Fiscal si lo hubiere autorizado el Consejo Directivo.

f) Evaluar los activos patrimoniales y dar las autorizaciones a que haya lugar, en el caso de una fusión con otro establecimiento,

g) Hacer la liquidación patrimonial, en el evento de liquidarse el establecimiento educativo. h) fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes. i) Reglamentar los procesos electorales previstos en el 1860.

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También el Consejo Directivo vigilará el manejo de los fondos de la asociación de padres de familia y de servicio docentes, toda irregularidad será informada a las autoridades competentes.

PARAGRAFO: Para las reuniones y la toma de decisiones se considerara quórum la mitad más uno de los miembros del consejo Directivo. Las decisiones del consejo Directivo se tomaran por mayoría siempre de quienes lo conforman.

EL CONSEJO ACADÉMICO El consejo académico esta integrado por: 1. El Rector quien lo preside 2. Los directivos docentes 3. Un docente por cada área definida en el plan de estudios. 4. Un representante docente de Preescolar. 5. Un representante docente del grado 1º. A 3º. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la Institución. 2. Resolver los conflictos académicos que se presenten entre docentes y de estos con los

estudiantes de acuerdo con su competencia y el conducto regular establecido. 3. Establecer necesidades de ayudas y recursos didácticos requeridos para cada una de las

secciones de la Institución. 4. Fijar los criterios y diseñar los instrumentos necesarios para la evaluación académica del PEI

hacerlo cumplir y revisar su eficacia periódicamente. 5. Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la propuesta del PEI y sugerir los ajustes

académicos necesarios. 6. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución. 7. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones

y ajustes que sean pertinentes. 8. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el P.E.I. 9. Integrar los comités de docentes que sean necesarios para la evaluación periódica del

rendimiento y la promoción de los estudiantes cuando sean necesarios. 10. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre evaluación educativa. 11. Establecer estímulos de carácter académico para docentes y estudiantes. 12. Participar en la evaluación institucional anual.

EL RECTOR Es el representante legal de la Institución, quien se regirá por las disposiciones vigentes y ejecutará las políticas trazadas por el Consejo Directivo, es nombrado por la autoridad competente.

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El Rector de la Institución Educativa La FILA es la máxima autoridad de la Institución, en el orden académico y disciplinario. Es también el orientador del proceso educativo. FUNCIONES DEL RECTOR. Le corresponde al Rector de la Institución Educativa.

FUNCIONES DE DIRECCIÓN Y DE REPRESENTACION a. Mantener las relaciones con las autoridades educativas y la comunidad local. b. Ejercer las funciones disciplinarias y académicas que le asigna la ley y el presente manual

de convivencia. c. Convocar y presidir el consejo directivo y el consejo académico, y coordinar los distintos

órganos del gobierno Escolar. d. Dirigir la reestructuración del PEI con la participación de los distintos autores de la

comunidad Educativa. e. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y el gobierno escolar. f. Dirigir el trabajo de los equipos docente y establecer contactos interinstitucionales para el

logro de las metas educativas. g. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y

permisos. h. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y

administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. i. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y

administrativos a su cargo, de acuerdo con el decreto 2582 del 12 de Septiembre de 2003. j. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen. k. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al terminar cada periodo

académico.

FUNCIONES DE GESTIÓN

a. Aplicar las decisiones del gobierno escolar. b. Establecer los canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad

educativa. c. Identificar las nuevas tendencias aspiraciones e influencias pedagógicas para canalizarlas al

favor del mejoramiento del PEI d. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado atinente a la Prestación del

servicio público de la educación. e. Presentar anualmente el plan de formación docente al consejo directivo.

FUNCIONES DE APOYO, ORIENTACION Y ANIMACION

a. Orientar la ejecución del PEI y demás proyectos Institucionales b. Orientar el proceso Educativo con la asistencia del consejo Académico. c. Promover el continuo progreso académico de la Institución y el mejoramiento de la vida

comunitaria. d. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su

selección definitiva.

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FUNCIONES DE CONTROL a. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes b. Reportar las novedades y regularidades del personal docente y administrativo a la

Secretaria de Educación Departamental. c. Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las

novedades y permisos. d. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno de

conformidad con las normas vigentes. e. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos

docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.

CONSEJO DE ESTUDIANTES (LEY 115, DECRETO 1860) Es el máximo organismo colegiado que asegura y garantiza el ejercicio de la participación por parte de los educandos, el cual es autónomo en la toma de decisiones y reuniones. Esta integrado por un vocero representante de los estudiantes de cada grado ofrecidos por sede principal y un vocero de cada sede, para presentar sus inquietudes ante los docentes, directores de grupo, coordinador, y Rector. Esta persona se designará en cada grado al iniciar las labores académicas del año respectivo, por elección democrática de los estudiantes. El conjunto de los representantes de cada grado conformará el Consejo Estudiantil. Para ser representante de grupo se deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Estar debidamente matriculado en la institución. 2. Ser elegido democráticamente por sus compañeros. 3. Acatar y cumplir el Manual de Convivencia.

El consejo directivo deberá convocar dentro de las ocho primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los estudiantes de cada grado con el fin de elegir por voto secreto un vocero estudiantil para el año lectivo. La junta directiva del consejo de estudiantes estará integrada por un presidente, vicepresidente y secretario. PARAGRAFO: Los estudiantes de preescolar, primero, segundo y tercero, serán convocados a una Asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan 3º. Grado. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

1. Darse su propia organización interna eligiendo una junta directiva para poder desempeñar correctamente su labor acatando lo estipulado en el presente manual de convivencia.

2. Elegir el representante de los estudiantes al consejo Directivo y asesorarlo en él cumplimiento de su representación.

3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativa sobre el desarrollo de su vida estudiantil.

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4. Promover campañas de colaboración sobre aseo y ayuda a la comunidad educativa de la

FILA. 5. Fomentar actividades que resalten los valores humanos para buscar mayor participación y

responsabilidad. 6. Recibir y evaluar las quejas y reclamos por intermedio de sus representantes y mediadores. 7. Motivar el rendimiento intelectual y participativo de los estudiantes. 8. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.

CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA (DECRETO 1286 DE 27 ABRIL DE 2005) El consejo de padres de familia es un órgano de participación de los padres y / o acudientes del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad y servicio. Esta integrado por mínimo (1) y máximo (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrece la Institución, de acuerdo al proyecto Educativo Institucional PEI El Rector, convocará dentro de los primeros treinta días calendario siguiente al de la iniciación de clases del periodo lectivo anual, a sendas asambleas de los padres de familias de cada grado para que ellos elijan su vocero para el año lectivo. La elección se efectuará por mayoría de votos de los miembros presentes de, al menos el (50%) de los padres, después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

1. Promover la participación de los padres en el proceso formativo integral del estudiante. 2. Informar a las directivas los casos de convivencia extremos tales como abuso sexual,

maltrato infantil y drogadicción. 3. Aportar iniciativas sobre el rendimiento académico y situaciones de convivencia para ser

estudiados por los comités. 4. Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones

periódicas de competencias y las pruebas de estado. 5. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de

competencias y de Estado realizadas por el ICFES. 6. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el

establecimiento, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas.

7. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

8. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

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9. Propiciar un ambiente de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación

entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 10. Elegir al padre de familia que participará en el comité de disciplina y promoción. 11. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la

constitución y la ley. 12. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los

educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

13. 14. Presentar propuestas de modificación del P.E.I. que surjan de los padres de familia de

conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del decreto 1860 de 1994. 15. Elegir los dos representantes de los padres de familia al Consejo Directivo del

establecimiento.

REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES AL CONSEJO DIRECTIVO: De conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley 115 de 1.994, los estudiantes podrán elegir su representante ante el Consejo Directivo. Quien deberá cumplir las siguientes condiciones:

1. Estar debidamente matriculado en la institución.

2. Estar cursando el último grado.

3. Acatar y cumplir el Manual de Convivencia.

4. Ser elegido por el consejo estudiantil.

5. Debe haber cursado siquiera dos años en la Institución.

6. Durante los dos años debe haberse destacado por su excelente comportamiento, buen rendimiento escolar y cumplimiento de las normas establecidas en el presente manual.

7. Demostrar liderazgo positivo y vocación de servicio a la comunidad.

8. No pertenecer a ningún otro comité del gobierno escolar.

FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES. 1. Coordinar con el personero estrategias y gestiones a desarrollar en beneficio de los

estudiantes. 2. Representar a los estudiantes ante el Consejo Directivo. 3. Presentar iniciativas para beneficio de los compañeros y la Institución con los diferentes

aspectos de la vida comunitaria. 4. Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin

de buscar participación responsable, justa democrática de los compañeros en la vida y gobierno escolar.

5. Reunir el consejo estudiantil cuando se presente un motivo especial. 6. Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin de

buscar participación responsable justa y democrática de los compañeros en la vida. 7. Presentar iniciativas de divulgación y cumplimiento del manual de convivencia

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PERSONERO ESCOLAR: De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 115 de 1.994, los estudiantes tendrán derecho a elegir un Personero Escolar, quien deberá velar por el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes de la Institución y deberá cumplir las siguientes condiciones: 1. Estar debidamente matriculado en la Institución. 2. Estar cursando el último grado. 3. Acatar y cumplir el Manual de Convivencia. 4. Debe haber cursado siquiera dos años en la Institución. 5. Durante los dos años debe haberse destacado por su excelente comportamiento, buen

rendimiento escolar y cumplimiento de las normas establecidas en el presente manual. 6. Demostrar liderazgo positivo y vocación de servicio a la comunidad. 7. No pertenecer a ningún otro comité del gobierno escolar.

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los 60 días calendarios siguientes al de la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto el Rector convocara a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo pro el sistema de mayoría simple mediante voto secreto. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el consejo directivo. Todo el proceso de motivación, ambientación y elección estará a cargo del consejo electoral. FUNCIONES DEL PERSONERO ESCOLAR

1. Promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la constitución, las leyes, códigos del menor los reglamentos y el manual de Convivencia.

2. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes como miembros de la comunidad educativa, para lo cual puede utilizar los medios de Comunicación; organizar foros y otras formas de liberación, reclamos, colaboración al consejo de estudiantes.

3. Recibir y evaluar las quejas de los estudiantes sobre lecciones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de la obligaciones, deberes compromisos y recomendaciones de los alumnos.

4. Presentar ante el Rector las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y faciliten el cumplimiento de los deberes.

5. Desarrollar actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y Sociales con el fin de buscar participación responsable.

6. Apelar ante el consejo directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

7. Liderar el desarrollo de cada propósito contenido en el manual de convivencia

CONTRALOR ESCOLAR: Establézcase las contralorías Estudiantiles en todas las Instituciones Educativas como organismo pedagógico, en el ejercicio del control fiscal, que estimule la cultura del control social, tendrán como

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“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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propósito general una cultura del control y del cuidado de lo público que contribuyan a la creación de un nuevo concepto cultural participativo, en donde los estudiantes actúen como defensores delos recursos públicos y entiendan la importancia de su cuidado, del sentido de pertenencia y el respeto hacia los mismos. El contralor será elegido por un periodo fijo de un año, elecciones que se realizaran el mismo día de la elección del personero mediante voto universal secreto.

FUNCIONES DEL CONTRALOR ESCOLAR 1. Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo

de los recursos y bienes públicos de la Institución a través de las actividades formativas y/o lúdicas con el apoyo de la Institución.

2. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social de su Institución.

3. Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la Institución. 4. Velar por el mejoramiento de la calidad de la Educación. 5. Participar en las reuniones de contralores estudiantiles promovidas por la secretaria de

Educación.

ELECCIONES DEL GOBIERNO ESCOLAR. La organización y realización de las elecciones de personero de estudiantes y consejo estudiantil, estará a cargo de un comité de elecciones, integrado por tres docentes, designados en asamblea de los mismos, durante la planeación institucional. Los dos representantes de los docentes ante el Consejo Directivo, serán elegidos por mayoría, en asamblea convocada por el rector, durante la planeación. La renovación de la junta directiva de la asociación de padres de familia, se hará en asamblea general de padres y/o acudientes convocada por la directiva saliente dentro de los treinta días siguientes al de la iniciación de clases, de conformidad con los respectivos estatutos y el decreto 1625 de sep de 1.972 emanada de la presidencia de la República. PARÁGRAFO: En todo caso las elecciones de representantes a los cuerpos colegiados y demás organismos del Gobierno Escolar se realizan de conformidad con el decreto 1860 de agosto 3 de 1.994. MECANISMOS DE ELECCIÓN: El consejo estudiantil elegirá el representante mediante una terna propuesta por los estudiantes del grado once en reunión y como evidencia se levantará un acta.

1. Se establecerá una registraduría con participación de estudiantes y docentes. 2. El estudiante se candidatizará a voluntad propia o lo hará un grupo de estudiantes que le

preste apoyo decidido.

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3. Una vez hechas las postulaciones los candidatos someterán a consideración del consejo

electoral su hoja de vida, quien hará un análisis del estudiante. 4. Cada candidato que responda al perfil definido para personero puede presentar ante el

estudiantado su hoja de vida y sus planes y proyectos a realizar. REQUISITOS: El Rector quien convoca a todos los estudiantes del plantel y el área de sociales se encargará de hacer las elecciones y procurar que sea una jornada democrática, participativa y lo más ajustada a la realidad de nuestras elecciones.

1. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes.

2. Conocer la historia y la filosofía de la Institución. 3. Demostrar que conoce y se identifica con el Manual de convivencia. 4. Tener un comportamiento y una hoja de vida académica y disciplina intachable. 5. Los candidatos que cometan faltas graves se les hará la revocatoria de su candidatura o

mandato. 6. Presentar al consejo electoral su hoja de vida y un proyecto de trabajo para él Año lectivo. 7. No ocupar otros cargos simultáneamente como monitor de curso o de otra área de

disciplina o representante. EL CONSEJO ELECTORAL Es el órgano principal que tiene la responsabilidad de aplicar las normas necesarias en la aplicación de las elecciones en forma transparente. Será conformado por el Rector, los docentes del área de sociales y el presidente del consejo estudiantil. FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL

1. Organizar las elecciones. 2. Programar las actividades de elección de los representantes. 3. Dar a conocer las instrucciones, procesos de escrutinios y los días de votación. 4. Nombrar un integrante como el registrador y hacer su propio reglamento interno. 5. Promover los mecanismos que se van a utilizar con la votación y el escrutinio. 6. El proceso de elección seguirá las siguientes instrucciones: Instalación, duración de las

elecciones- proceso de votación –cierre de votación conteo inicial y por ultimo escrutinio. 7. El consejo anulara las elecciones cuando descubra fraude o saboteo como también

deslealtad y deshonestidad. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (DECRETO 1286 DE 27 ABRIL DE 2005) La asociación de padres de familia, es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes

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matriculados en la institución. Esta entidad se encarga de orientar, coordinar y respaldar las actividades de la Comunidad Educativa, mediante la participación en las mismas. FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

1. Integrar e impulsar la educación familiar y escolar. 2. Colaborar con docentes en lo que corresponde a la seguridad moral, higiene y bienestar de

los estudiantes. 3. Procurar una coordinación entre padres y educadores, a fin de descubrir y conocer las

inclinaciones y capacidades del educando y orientarlo hacia su pleno desarrollo. 4. Autorizar cambio de uniformes. 5. Ofrecer a los planteles el concurso intelectual y moral necesario para la solución de aquellos

problemas que perturben la formación integral de los educandos. 6. Recibir informes personales y directos sobre asistencia, conducta y aprovechamiento de sus

hijos, así como sobre la marcha del establecimiento. 7. Promover conferencias periódicas y demás acciones que producen en el mayor

conocimiento de la comunidad educativa y de la sociedad en general. 8. Autorizar la financiación de servicios especiales. 9. Manejar los fondos de la asociación. 10. Velar por el cumplimiento del P.E.I. y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar

asesorías especializadas. 11. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea

educativa que les corresponde. 12. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del

establecimiento educativo. 13. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los

miembros de la comunidad educativa. 14. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los

conflictos y compromisos con la legalidad. 15. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar

acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del decreto2737 de 1989.

16. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia. 17. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para

mejorar los resultados de aprendizaje. COMITÉ INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLARY PROMOCION Este Sistema reconoce a los estudiantes como sujetos de derechos, y a la comunidad educativa en los niveles de Preescolar, Básica y Media como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política Nacional, las Leyes 115 de 1994 y 1098 de 2006, las disposiciones del Consejo Nacional de Política Social y demás normas asociadas a violencia escolar, que plantean demandas específicas al sistema escolar

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INTEGRANTES

1. El rector del establecimiento educativo quien lo preside. 2. Los directivos docentes 3. El personero estudiantil 4. El docente orientador 5. El presidente de consejo de padres de familia 6. El presidente de consejo de estudiantes 7. Un docente que lidere los procesos o estrategias de convivencia escolar. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y PROMOCION

1. Liderar la revisión periódica del manual de convivencia y garantizar la participación activa de toda la comunidad educativa, particularmente de los estudiantes, en este proceso.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa. El estudiante, estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo que haga las veces de amigable conciliador.

5. Documentar, analizar y mediar los conflictos que se presenten entre estudiantes, entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, y entre docentes.

6. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 28 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte del Sistema y de la Ruta.

7. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los Derechos Humanos Sexuales y Reproductivos.

8. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, así como de los casos o situaciones que hayan sido mediados y conciliados por este.

9. La comisión de evaluación y promoción, al finalizar cada periodo escolar, analizará los casos de educandos con valoración insuficiente o deficiente.

10. Al finalizar el año determinar cuáles educados deben repetir un grado determinado. 11. Convocar a padres de familia o acudientes, al educando y al educador con el fin de presentarles

un informe junto con el plan de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

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12. Analizar los casos de educados con desempeños excepcionalmente altos con el fin de

recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. 13. Establecer si los educadores siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del

periodo anterior. 14. Consignar en actas las observaciones y recomendaciones de cada reunión, que servirán de

evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educados. 15. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y

estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 16. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de

convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

17. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. “El éxito de un Proyecto Educativo depende de la unión de trabajo de quienes conforman la comunidad educativa: padres de familia, estudiantes y educadores; por eso es importante comprometerse y cumplir para que la educación sea un triangulo de calidad “

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CAPITULO III

ESTUDIANTES

El estudiante de la Institución Educativa La FILA es el eje del proceso educativo, es un ser activo en la sociedad y alrededor de él giran las actividades académicas y de la comunidad en pro de su formación integral. PERFILES DE LOS ESTUDIANTES Se pretende que desde el Preescolar hasta la Educación Media, desarrollen la reflexión y fortalezcan sus capacidades cognitivas, comunicativas, axiológicas, evolutivas e investigativas, que se evidencien en las siguientes características:

1. Expresarse libremente y permitir a otros la misma libertad. 2. Asumir la autonomía con responsabilidad en cada una de sus acciones. 3. Aceptar sus errores con humildad y cada situación como una experiencia de aprendizaje y

como un escalón en su vida. 4. Competente, disciplinar y profesional. 5. Comprometido en su quehacer académico, en la búsqueda de máximos niveles de

desempeño a través de la investigación continua, con metas precisas que lo conduzca a la exploración científica del conocimiento.

6. Defensor del medio ambiente para alcanzar un armonioso proceso que asegure el desarrollo sostenible y el mejoramiento de la calidad de vida.

7. Constructor de su proyecto de vida, enmarcado en principios de libertad, responsabilidad, autoestima, que culmine en un buen proceso de autorrealización.

8. Creativo y capaz de interpretar su contexto a través del proceso lector-escritor. 9. Fortalecer las cosas buenas acerca de si mismo para convertirlas en hábitos. 10. Asumir que la actitud hacia lo que se hace debe ser siempre abierta, receptiva y positiva. 11. Valorar y comprender a cada persona con sus cualidades y limitaciones. 12. Tener espíritu de investigación, reflexión y análisis crítico para obtener un rendimiento

académico y un buen comportamiento. 13. Ejercer su liderazgo positivamente en servicio de la comunidad. 14. Adquirir conciencia para la conservación, protección y mejoramiento de su medio ambiente. 15. Vivir siempre pulcro en su presentación personal. 16. Respetuoso con los demás, con los símbolos patrios y con las diferentes creencias políticas y

religiosas.

ADMISION La admisión es el acto por el cual se otorga el derecho de matricularse e ingresar al plantel siempre y cuando se cumpla con los requisitos institucionales fijados. CONDICIONES DE INGRESO Se establecen como condiciones de ingreso para quienes aspiran a cursar sus estudios en la Institución Educativa La Fila, los siguientes requisitos:

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1. Presentarse personalmente y con el padre de familia o acudiente, a firmar la

matrícula. 2. Aceptar lo expuesto en el Manual de Convivencia. 3. Firmar el contrato de matricula 4. Fotocopia de la cedula de sus padres y/ acudiente 5. Registro Civil de Nacimiento y/o tarjeta de Identidad. 6. Fotocopia del seguro de salud 7. Fotocopia del documento del RH 8. Fotocopia del carnet de vacunas 9. Dos fotos 3x4 10. Informe final del año anterior 11. Paz y salvo del año anterior 12. Certificado de buena conducta. 13. Fotocopia del observador del estudiante 14. Certificados de estudio correspondientes a los grados cursados en otros planteles.

PARÁGRAFO: Dichos requisitos deben permanecer en la carpeta de cada estudiante. Se considera que para los estudiantes antiguos renovaran su matrícula cumpliendo con los numerales 1, 2, 3, 9, 10 y 11 PARÁGRAFO: En caso que el estudiante provenga de establecimientos de zonas alejadas o desplazado por dificultades de orden público, este será evaluado por parte del Consejo académico. MATRÍCULA La matrícula es el acto voluntario y jurídico mediante el cual el estudiante y el padre de familia aceptan las condiciones establecidas por el establecimiento y así la institución le otorga el carácter de estudiante de la Institución Educativa La Fila.

Al firmar la matrícula, el estudiante y el Padre de Familia o acudiente en la Institución Educativa LA FILA se comprometen a respetar la filosofía y objetivos y a la vez aceptar y cumplir con el Manual de Convivencia.

La matrícula tiene vigencia para el período académico correspondiente que establece el MEN y las Secretarías de Educación Departamental y Municipal.

MATRICULA CONDICIONAL Es la que esta sujeta a condiciones especiales para el estudiante a través del consejo directivo bien sea por problemas graves de disciplina y/o insuficiencias continuas académicas. Se elaborará un acta compromisoria firmada por el padre o acudiente y el estudiante. Este es un estado de alerta sobre la relación, la responsabilidad y deberes del estudiante con la comunidad educativa.

CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA Se entiende por cancelación de matrícula la suspensión por lo que resta de un año lectivo, determinación que el establecimiento podrá tomar en cualquier época del año, previo estudio de la Hoja de Vida del estudiante y el concepto del Consejo Directivo.

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1. VOLUNTARIA: Cuando el padre o acudiente decide retirar al estudiante del plantel, en este caso

la institución se reserva el derecho a recibirlo nuevamente. si se autoriza su ingreso deberá realizar todo el proceso y se considerará como estudiante nuevo.

2. INVOLUNTARIA: Cuando por fuerza mayor por caso fortuito comprobado no puede terminar el año en la institución. para el siguiente año se matriculará como estudiante antiguo.

3. POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN: Cuando se incumple lo convenido en el manual de convivencia la institución se reserva el derecho de admisión por los siguientes años según lo establecido en la misma resolución. Cuando un estudiante al matricularse ha firmado un acta de compromiso e incumple con lo aceptado en ella. – Cuando un estudiante repruebe consecutivamente en dos ocasiones un mismo grado. –Cuando se haya cumplido totalmente el debido proceso disciplinario y el Consejo Directivo haya tomado la decisión de la exclusión.

PARÁGRAFO: Si un estudiante no asiste a clases durante 15 días hábiles consecutivos de la jornada escolar sin causa justificada su matrícula queda automáticamente cancelada. PARÁGRAFO: El establecimiento podrá negar el ingreso o matrícula de un estudiante cuando por motivos de salud, previo dictamen médico, la institución considera inconveniente su permanencia, bien sea por enfermedad infecto-contagiosa, o psíquico-mentales. PARAGRAFO: Cuando un estudiante no cumple con las edades establecidas por el ente territorial según el nivel o grado a cursar pero certifica buen comportamiento y rendimiento académico el consejo directivo autorizará su matrícula con actas de compromiso según el caso y según disposición de cupos. DEBIDO PROCESO PARA SITUACIONES ACADEMICAS Y/O DISCIPLINARIAS: INSTANCIAS DEL DEBIDO PROCESO POR INFRACCIONES AL MANUAL DE CONVIVENCIA.

1. Instancia del dialogo, conciliación, persuasión y convencimiento con constancia escrita. 2. Amonestación verbal con constancia escrita, informa al acudiente. Informe de la situación

presentada por parte de la persona conocedora del hecho o con la cual ocurrió el incidente. Descargos del implicado, presentación de pruebas, acuerdo y compromisos obtenidos del alumno y padre de familia o acudiente.

3. Remisión del caso al director de grupo. Análisis de la información y seguimiento realizado por la persona conocedora del caso, notificación al padre de familia, acuerdo de compromisos personales, familiares e institucionales y remisión a consejería escolar de ser necesaria.

4. Remisión al directivo. Presentación de seguimiento, notificación al padre de familia o acudiente, acuerdo de acciones pedagógicas: Dialogo formativo, acuerdo de compromisos personales, familiares e institucionales, obligación de reponer el daño entre otros.

5. Remisión al comité de convivencia, en su primera fase. Presentación de seguimiento, notificación al padre de familia, fijación de acciones pedagógicas: Dialogo formativo, asignación de trabajos y talleres de reflexión en valores y crecimiento personal, fijación de compromisos personales, familiares e institucionales, obligación de reponer el daño, entre otros. Talleres de reflexión en valores y crecimiento personal y compromisos institucionales. En el caso de que un estudiante se ausente de la institución educativa hasta por tres días, comité de convivencia debe informar a consejería escolar para citar a los acudientes a través de comisaria de familia.

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6. Remisión al comité de convivencia, en su segunda fase, presentación de seguimiento,

notificación al padre de familia, fijación de acciones pedagógicas: Dialogo formativo, asignación de trabajos y talleres de reflexión en valores y crecimiento personal, fijación de compromisos personales, familiares e institucionales, obligación de reponer el daño, entre otros. Matricula con compromiso. Talleres de reflexión en valores y crecimiento personal y compromisos institucionales. En el caso de que un estudiante se ausente de la institución educativa hasta por tres días, comité de convivencia debe informar a consejería escolar para citar a los acudientes a través de comisaria de familia.

7. Remisión al consejo directivo, por parte de coordinación, para el estudio y análisis del caso y determinar las acciones pertinentes a seguir. Entrega de todos los documentos que demuestren el seguimiento realizado.

8. Expedición de acuerdo por parte del consejo directivo y ejecución del mismo a través de resolución del rector o director.

9. Notificación de la resolución al estudiante y acudiente. 10. Presentación de recurso de reposición y respuesta al mismo.

CONDUCTO REGULAR. Para el análisis y solución de cualquier reclamo que se presente en el transcurso de las actividades escolares, tanto los estudiantes como los padres de familia deben tener en cuenta los siguientes parámetros:

Docente de la asignatura.

Director de grupo

Rectoría

Consejo Académico

Comité de convivencia y promoción

Consejo Directivo

Director de Núcleo

Secretaría de Educación Departamental

Ministerio de Educación Nacional

HORARIO DE CLASES PREESCOLAR: Entrada 8:00 a.m. SALIDA 12:00 M PRIMARIA: Entrada 7:30 a.m. SALIDA 12:35 P.M. Primera clase: 7:30 a 8:25 Segunda clase: 8:25 a 9:20 Receso: 9:20 a 9:35 Tercera clase: 9:35 a 10:30 Cuarta clase: 10:30 a 11:25 Receso: 11:25 a 11:40 Quinta clase 11:40 a 12:35

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SECUNDARIA: Entrada 7:30 a.m. SALIDA 1:30 P.M Primera clase: 7:30 a 8:25 Segunda clase: 8:25 a 9:20 Receso: 9:20 a 9:35 Tercera clase: 9:35 a 10:30 Cuarta clase: 10:30 a 11:25 Receso: 11:25 a 11:40 Quinta clase: 11:40 a 12:35 Sexta clase: 12:35 a 1:30 PROGRAMA DE CAPACITACION DE ADULTOS Horario flexible. JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS 6 horas semanales PRESENTACION DE ESTUDIANTES “UNIFORMES” Los uniformes se deberán usar desde el momento que se inician las labores académicas y únicamente serán portados para asistir a la Institución ó actividades programadas por ésta. La presentación de los estudiantes a la institución debe ser portando el uniforme establecido para cada ocasión el cual llevará con agrado, dignidad y decoro, adquiriendo el sentido de pertenencia con la misma, respetando sus colores y diseños originales, ya que así se protege de discriminación por razones de apariencia, de la siguiente manera. UNIFORME DIARIO. Mujeres: Falda azul oscura prensada, con un prense chato al frente y atrás, dos bolsillos laterales, el largo de la falda debe ser hasta la rodilla (según modelo), camisilla blanca, camibuso blanco de manga corta con sus respectivas insignias institucionales (el escudo de la Institución en la parte superior izquierda) el cual deberá usarse por dentro de la falda, medias largas blancas abajo de la rodilla (colegial), zapatos negros bien lustrados, saco blanco o azul oscuro Hombres: Pantalón color azul oscuro de tela con pretina, pasadores, dos prenses a cada lado, con una bota de 18 cm de ancho mínimo, medias azules no tobilleras, camisilla blanca, camibuso blanco de manga corta con sus respectivas insignias institucionales (el escudo de la Institución en la parte superior izquierda) el cual deberá usarse por dentro del pantalón, permitiendo que se vea la correa de color negro, zapatos de color negro bien lustrados, saco de color blanco o azul oscuro. UNIFORME DE EDUCACION FISICA. Utilizar el uniforme de Educación Física en los horarios establecidos para esta actividad y para las ocasiones que disponga la Institución teniendo en cuenta el modelo institucional así:

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INSTITUCION EDUCATIVA LA FILA ICONONZO RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN N¬ 2157 DEL 14 DE SEPTIEMBRE 2010

CODIGO DANE: 273352000201 NIT: 809006850

REG. EDUC.: 13522048 COD. ICFES: 123703

“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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sudadera vino tinto y oro, la bota de ésta debe tener un ancho mínimo de 18 cm, camisilla blanca, buso blanco con sus respectivas insignias institucionales (cuello “v” con birrete en vino tinto de manga corta con el escudo de la Institución en la parte superior izquierda), tenis rojos y medias blancas deportivas (no taloneras ni tobilleras), saco blanco o azul oscuro. PARAGRAFO: Para los estudiantes del Programa de Alfabetización no es obligatorio el uso del uniforme

PORTE DEL UNIFORME: Los estudiantes deberán portar el uniforme con respeto y orgullo por su Institución

El uniforme debe estar bien presentado (limpio, planchado)

El camibuso debe permanecer dentro de la falda o del pantalón.

La correa debe ser de color negra.

Las medias de las mujeres deben ir abajo de la rodilla y por encima de la pantorrilla.

Los zapatos deben estar lustrados.

El largo de la falda de las mujeres debe ser hasta la rodilla.

Las mujeres podrán utilizar aretes siempre y cuando sean topos de color blanco o azul.

No utilizar accesorios extravagantes.

No utilizar maquillaje (esmaltes, labial, rubor, sombras, pestañina y otros).

El cabello de las mujeres debe permanecer recogido utilizando accesorio de color blanco o azul.

La sudadera del uniforme de Educación Física y pantalón de diario no debe estar entubada, el ancho mínimo de bota es de 18 cm..

Los hombres no podrá utilizar aretes, pirsin, extensiones, etc.

Los hombres deben de tener un corte de cabello corto (clásico).

También tener en cuenta que cuando deba asistir al establecimiento sin el uniforme lo haré presentándome de manera culta y decorosa. PARÁGRAFO: Si un estudiante no se puede presentar con el uniforme correspondiente, el padre de familia ó acudiente debe informar la justificación al director de grado, para que sea otorgado el permiso por escrito, sin el cual no podrá ingresar a la Institución. OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE El Observador del estudiante es una herramienta que permite el registro de todo el proceso académico, de comportamiento y disciplina, además de la información personal que en determinado momento necesite la Institución del estudiante. 1. Esta herramienta debe ser controlada, observando constantemente la discreción en lo

consignado. El estudiante y el padre de familia ó acudiente, pueden solicitar el observador del estudiante en cualquier momento, y pedir copias de éste si así lo desean.

2. Para su manejo, el observador debe estar bajo la responsabilidad del director de grupo para permitir un fácil manejo.

3. En este control se deben registrar las fortalezas y debilidades observadas en los estudiantes.

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“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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4. El diligenciamiento del observador será exclusivo de los directores de grado; y el control se

hará periódicamente por parte de los directivos. 5. Estos comportamientos deben ser consignados por el docente o directivo docente que observe

la falta o la fortaleza diligenciándolo correctamente. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: Conjunto de principios y normas de convivencia basadas en la costumbre y promulgados por la autoridad competente, para regular las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa y la institución. Los estudiantes de la Institución Educativa La FILA gozarán de los siguientes derechos:

1. Conocer el manual de convivencia y sus aplicaciones para así aceptar formar parte de la comunidad educativa.

2. Ser tratado como persona, con justicia y respeto por mi dignidad, individualidad y diferencia étnicas, religiosas, culturales y físicas.

3. Elegir y ser elegido para cada uno de los órganos que conforman el Gobierno Escolar y sus representantes estudiantiles.

4. Participar en la reconstrucción del PEI, conocer los planes de estudio diseñados por la institución, la metodología utilizada y los criterios de evaluación y promoción.

5. Recibir un trato respetuoso de sus compañeros, profesores, directivos, y demás personas que laboran en la Institución.

6. Ser tratados con igualdad dentro de la comunidad educativa, teniendo en cuenta los valores y la formación, que como personas deben poseer, para el bien de los mismos, la familia, la sociedad y el estado.

7. Presentar sus quejas y reclamos frente a la evaluación y promoción al comité de evaluación y promoción. (Decreto 1290).

8. Participar activamente en los eventos sociales, cívicos, culturales y deportivos programados por el plantel, demostrando siempre buen comportamiento y presentación.

9. A que se conmemore el día del estudiante y del niño en las fechas establecidas en el cronograma de las actividades de la institución.

10. A que se le expida el carné que lo identifique como miembro de la institución. 11. Ser orientado y protegido contra el consumo y distribución de sustancias psicoactivas que

puedan producir dependencia y afectar su bienestar físico-mental. 12. Reconocimiento escrito en el registro anecdótico por destacarse en actividades académicas,

culturales, deportivas y todas aquellas que desarrolle la institución. 13. Recibir una formación integral( moral y académica y profesional) que le permita

desenvolverse en cualquier contexto 14. Disfrutar de la planta física, y demás recursos que la institución disponga para el desarrollo

de las actividades académicas, recreativas, culturales haciendo buen uso de estos. 15. Expresar libremente sus ideas, ser escuchados por directivos, profesores, y recibir respuestas

y orientaciones tendientes a resolver sus interrogantes. 16. Solicitar al respectivo docente aclaraciones o rectificaciones en las valoraciones en caso de

inconformidad o de desacuerdo con ellas.

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17. Recibir estímulos cuando sobresalgan en actividades académicas, disciplinarias, deportivas,

culturales, etc. 18. Conocer oportunamente las valoraciones, evaluaciones, antes de ser consignadas en los

Registros de Valoración de la Institución. 19. Ser evaluados en forma integral, teniendo en cuenta sus diferencias individuales, tales

como: ritmo de trabajo, aprendizaje, capacidad intelectual, quebrantos de salud, y dentro de la normatividad vigente.

20. Recibir información oportuna de docentes y directivos sobre las causas que determinen un correctivo disciplinario.

21. Presentar evaluaciones durante los cinco (5) días hábiles siguientes a una ausencia con excusa justificada.

22. Ser respetado en su privacidad, siempre y cuando sus actos no alteren, la moralidad y buena imagen de la institución

23. Obtener permisos cuando el estudiante debe ausentarse de la institución siempre y cuando tenga la justificación y el reconocimiento respectivo del padre de familia y/o acudiente.

24. Conocer oportunamente las fechas de evaluación y de actividades escolares propuestas en cada área y/o asignatura.

25. Exigir a los docentes una preparación académica y metodología adecuada a los adelantos científicos, culturales y al modelo pedagógico de la institución.

26. A una evaluación que comprenda los siguientes aspectos: niveles de competencias, desarrollo de procesos, utilización de recursos, adquisición y progreso en el ejercicio de las habilidades y destrezas.

27. Recibir la información necesaria para el desarrollo de actividades académicas (dentro y fuera de la institución) en las diferentes áreas: fuentes bibliográficas, tiempo de ejecución, plan que deben seguir, etc.

28. Dosificación de tareas y realización actividades de superación de manera permanente con base a la normatividad vigente.

29. Ser escuchados sus descargos en forma individual, ya sea verbalmente o por escrito haciendo buen uso del derecho de la defensa y del debido proceso.

30. En caso de sanción, interponer los recursos de reposición y apelación, para lo cual tiene derecho a cinco días hábiles a partir del momento de la notificación de la sanción.

31. Que se le expidan certificados de estudios y comportamiento general, constancia de asistencia dentro de un plazo de 3 días hábiles previa cancelación de los costos.

32. Todos los demás derechos consagrados por la Constitución, Derechos Humanos y demás normas de derecho que sean establecidas con posterioridad a la expedición del presente Manual de Convivencia.

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: Compromiso que los miembros de la comunidad educativa tienen para consigo mismo, la comunidad y la sociedad, que redunda en el respeto, el mejoramiento de las relaciones interpersonales y el bienestar general.

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Son deberes de los estudiantes de la Institución Educativa La FILA los siguientes: 1. Asistir a la institución con puntualidad, regularidad y cumplimiento. 2. Cumplir el horario establecido para la jornada. En caso contrario, presentar excusa justificada. 3. Asistir a los actos de comunidad y demás actividades programadas por el Plantel. 4. Presentar excusa justificada cuando tenga que faltar o ausentarse de la institución. 5. Dar trato cortés y delicado a los directivos, docentes, compañeros y demás personas que laboran

en la institución. 6. Acatar las sugerencias de los superiores y las normas del Manual de Convivencia. 7. Velar por el mantenimiento de su salud física y mental y la de sus compañeros, fomentando

hábitos positivos de relaciones humanas, y absteniéndose del consumo de sustancias psicoactivas dentro de la institución.

8. Colaborar en las comisiones de aseo, mantenimiento diario de las aulas y demás dependencias de la Institución.

9. Responder por los elementos de aseo, muebles, equipos y materiales de enseñanza que posea la institución, destinados a su servicio y responsabilizarse de los daños que ocasionen.

10. Darle buena imagen a la Institución dentro y fuera de ella, observando buena conducta moral y social.

11. Representar a la Institución en los actos científicos, culturales, cívicos, deportivos, académicos y de proyección a la comunidad, así como en las izadas de bandera y demás actos patrióticos y culturales.

12. Participar en los comités y demás organizaciones que se implementen dentro de la institución. 13. Portar adecuadamente los uniformes de la institución: Diario y de Educación física. 14. Cultivar los valores humanos de la autenticidad, la búsqueda de la verdad, la sinceridad, la

honestidad, la justicia, el dialogo, la gratitud, la constancia, en el cumplimiento del deber, espíritu de servicio y solidaridad con los demás.

15. Informar a padres y/o acudientes de las citaciones a reuniones y otras actividades a realizarse en la institución.

16. Entregar oportunamente la documentación requerida para participar en las diferentes actividades programadas por la institución.

17. Favorecer el ambiente de estudio y convivencia social y no entorpecer el normal desarrollo de las clases.

18. Usar los baños asignados de acuerdo al sexo, únicamente en las horas de descanso, el tiempo necesario, y en casos de emergencia, haciendo el uso correcto de ellos y dejándolos en perfecto estado de limpieza.

19. Respetar los implementos de trabajo y demás pertenencias de sus compañeros y de la institución no apropiándose indebidamente de ellos.

20. Preservar, cuidar y mantener en buen estado la institución, así como el material de enseñanza muebles, enseres, equipos, instalaciones eléctricas y acueducto.

21. Respetar los símbolos patrios o institucionales y entonar con espíritu cívico los himnos. 22. Formular sus quejas, reclamos e inquietudes con respeto, veracidad, responsabilidad y

objetividad en el momento oportuno, siguiendo el conducto regular establecido. 23. Atender las recomendaciones y orientaciones de los docentes de disciplina, del director de grupo

o de cualquier docente de la institución. 24. Conservar la disciplina, el orden y el aseo durante las prácticas y salidas pedagógicas.

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25. Guardar el debido respeto, orden y atención en las formaciones realizadas en el patio, izadas de

bandera, desfiles, etc. 26. Cuidar y conservar los bienes muebles e inmuebles de la institución y responder por los daños

ocasionados a ellos.

PARÁGRAFO: Los Usuarios del Restaurante y el Transporte escolar se rigieran por las siguientes cláusulas: * Usuarios del Restaurante Escolar 1. No formar corrillos o tumultos que impidan la entrega oportuna de los alimentos. 2. Estar puntualmente en el momento de servir los alimentos 3. Hacer uso adecuado de los utensilios (cucharas, platos tasas, tenedores cuchillos) 4. Acatar las sugerencias de las personas que sirven los alimentos 5. Guardar compostura en las horas de consumir los alimentos 6. No hacer comentarios desagradables en el momento de consumir los alimentos 7. Dar trato cortes y respetuoso a las personas que sirven y elaboran los alimentos * Usuarios del Transporte Escolar 1. Hacer uso adecuado del vehículo. 2. Acatar las sugerencias del conductor. 3. Dar trato cortes y respetuoso al conductor y compañeros de ruta 4. Usar un vocabulario adecuado en el recorrido del Vehículo. 5. Estar a tiempo en momento de tomar el vehículo. 6. No jugar con los compañeros dentro del vehículo. 7. Acatar las normas de transito requeridas para el transporte escolar. La violación reiterada de las anteriores normas serán causales suficientes para suspender el servicio respectivo. Se considera acción incorrecta la realizada por un estudiante cuando incumple los deberes, y/o abusa de los derechos, o que atenta contra la dignidad humana, el bienestar social, y la comunidad educativa. PARAGRAFO:

El incumplimiento a los deberes acarreara una falta leve y por ende la iniciación del debido proceso.

Toda falta sancionada por la legislación civil o penal, será considerada como falta grave en nuestra institución. Teniendo en cuenta que se considera como tal:

a. El no cumplimiento de un deber especifico. b. La violación de una norma de carácter general y que provoque daño a personas,

institución o entorno de las cosas. Las faltas cometidas por una persona o grupo, intencionadas o no, implican siempre la responsabilidad de los infractores.

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PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES:

1. Fumar en el interior de las aulas, oficinas o predios de la institución. 2. Presentarse en estado de embriagues o bajo el efecto de sustancias alucinógenas o hacer

apología de su consumo, consumirlas en el interior de la Institución, en actos públicos que comprometan el nombre de la institución.

3. Portar armas de cualquier tipo en el interior de la institución. 4. El acoso sexual. 5. Toda conducta lujuriosa o lasciva dentro de la institución o portando el uniforme fuera de

ella. 6. Realizar rifas, apostar en juegos de azar y portar revistas pornográficas dentro de la

institución. 7. Denigrar de los miembros de la comunidad Educativa (directivos, docentes, padres de

familia, estudiantes, personal administrativo y servicios generales). 8. Incumplimiento sistemático de los acuerdos escritos en actas de compromiso. 9. Empleo de modales, gestos o ademanes vulgares e irrespetuosos con cualquier miembro de

la comunidad, dentro o fuera del plantel. 10. Agredir física, verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad. 11. Fraude en las pruebas académicas 12. Robo, hurto o daño en útiles, objetos o cosa ajena, debidamente comprobado. 13. Comportamiento inmoral dentro y/o fuera de la Institución. 14. Consumir y/o distribuir cigarrillo, drogas, alucinógenos, alcohol, dentro y fuera del colegio. 15. Conservar ver o distribuir revistas, videos o programas de internet pornográficos. 16. Alterar firmas y documentos. 17. Rebeldía o desacato persistente a las órdenes de los educadores. 18. Irrespeto a las creencias y prácticas religiosas, cívicas y culturales de la Institución, de la

región y/o nación. 19. Difamar de la Institución, injuriar o calumniar de cualquiera de los miembros de la

comunidad educativa y utilizar los medios de comunicación para al efecto. 20. Apatía o desprecio por la Institución, su filosofía y las actividades programadas. 21. Utilizar el soborno o el chantaje para obtener beneficios personales y/o comerciar con

trabajos, evaluaciones y otros. 22. Salir de la Institución sin autorización o no entrar e irse a otro lugar. 23. Engañar a los padres de familia haciendo creer que se está en la Institución. 24. Escribir y distribuir anónimos, amenazas, acusaciones falsas. 25. Participar en ritos satánicos, espiritismo, brujería y otros actos que atenten contra la

dignidad humana, dentro y fuera de la Institución. 26. Participar e inducir a los compañeros a realizar actos indebidos, tales como hurto,

tabaquismo, fraude, drogadicción, alcoholismo, satanismo, practica sexuales. 27. Afirmar juicios falsos sobre cualquier miembro de la comunidad. 28. Vocabulario soez o desmedido en contra de compañeros, docentes, directivos y demás

personas. 29. Incumplimiento sistemático de los deberes o la violación de las prohibiciones contempladas

en el presente manual. 30. La cleptomanía, el hurto y demás actos dolosos.

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31. Malversar fondos o bienes escolares que pertenezcan a la institución o a las cooperativas escolares.

32. Alterar libros reglamentarios de la institución, informes, registros de asistencias, de valoración, u otros.

33. Destruir o hacer desaparecer documentos, muebles, libros u otros elementos pertenecientes a la Institución y a la comunidad en general.

34. Escribir o hacer circular frases o dibujos obscenos dentro del plantel. 35. La incitación al desorden y todo acto que configure la alteración de las tareas del plantel. 36. Hacer reclamos o solicitudes a los superiores o docentes y demás personas de manera

grosera o agresiva o presionar con amenazas la solución a problemas académicos y disciplinarios.

37. Fomentar desórdenes o realizar actos que desdigan de la buena imagen de la institución en lugares públicos.

38. Fomentar escándalos de parejas dentro de la institución. 39. No presentar excusas justificadas ante la inasistencia a las labores normales de la institución. 40. El uso de celulares durante clase y actos solemnes. La institución no se hace responsable por

la pérdida de estos.

PARAGRAFO: Toda falta contra la conducta es una prohibición y se categoriza como falta grave y puede llegar a la cancelación de la matrícula.

INHABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES: Se consideran faltas de inhabilidad, los siguientes hechos debidamente comprobados:

1. Agresión física a directivos, docentes, administrativos, compañeros u otras personas que laboran en la institución.

2. La práctica de exhibiciones obscenas.

3. El expendio y consumo de estupefacientes dentro y fuera del establecimiento.

4. La extorsión a compañeros, directivos, docentes o demás personas que laboran en la institución.

5. Portar armas de cualquier tipo (navajas, cuchillos, pistolas, revólveres, metralletas, etc.)

6. Presentar documentos falsos en la matrícula.

7. La práctica de actividades sexuales dentro del plantel o cerca de él, de manera pública, que atenten contra el pudor y la moral de la institución.

PARAGRAFO: Las anteriores inhabilidades debidamente comprobadas serán sancionadas con la suspensión de la matrícula por el resto del año en curso. CORRECTIVOS Es la acción que previene y modifica en forma positiva un comportamiento determinado. Los correctivos se realizaran de acuerdo al debido proceso según a merite la falta. CRITERIOS PARA APLICAR CORRECTIVOS Para proceder a calificar una falta y su correctivo, se tendrá en cuentan las circunstancias y particularidades dentro de las cuales se cometió la infracción así:

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La naturaleza de las faltas y sus efectos, las cuales se apreciaran según haya causado perjuicio.

Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciarán de acuerdo con el grado de participación en la comisión de la falta y a la existencia de circunstancias agravantes y/o atenuantes.

Los motivos determinantes se apreciaran según se haya procedido por causas in nobles o fútiles o por nobles y altruistas.

Los antecedentes del infractor se apreciaran por ser condiciones personales. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O EXIMENTES:

El haber observado anteriormente buena conducta.

El haber obrado por motivos nobles o altruistas.

El haber confesado voluntariamente la comisión de la falta.

El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la falta, antes de iniciarse la acción de estudio correctivo.

La ignorancia invencible.

El haber sido inducido a cometer la falta por otra persona. En tal caso los dos recibirán la sanción.

Cometer la falta en estado de alteración, motivada por la concurrencia de circunstancias o condiciones difícilmente previsibles y de gravedad extrema.

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES:

El haber sido sancionado por falta grave en el mismo año.

El efecto perturbador que la conducta produzca en la formación del estudiantado.

El haber procedido por motivos innobles o fútiles.

El haber actuado con premeditación.

El haber actuado en complicidad con otra u otras personas.

El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en el por sus compañeros y/o sus superiores.

SANCIONES Son las que se aplican a un estudiante con quien se ha agotado los recursos y su comportamiento continúa siendo incorrecto atentando contra la sana convivencia institucional. La decisión de la sanción estará dada con base en las pruebas allegadas al proceso y puede determinar una absolución de la persona si no se logra probar, si hay varios estudiantes implicados en un proceso se debe especificar quienes quedan implicados en la falta y el nivel de responsabilidad de cada uno. La sanción debe hacerse mediante resolución, si se trata de privación de actividades, de suspensión del establecimiento o de exclusión de la institución.

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Continuación del Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Fila de Icononzo DICIEMBRE 6 de 2013. EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO: La evaluación del comportamiento debe seguir el mismo método empleado para cualquier proceso curricular y por lo tanto debe ser continuo y permanente. Deben participar todas las personas que tienen que ver con la formación del estudiante, especialmente el director de grado; para que haya más objetividad se ha establecido el observador donde se consignan los comportamientos específicos y el tratamiento dado a cada uno de ellos, compromisos, cambios de actitud y resultados al igual que toda buena acción y actitudes positivas. REPRESERNTANTES ESTUDIANTILES: Los estudiantes de la Institución Educativa La FILA pueden acreditarse a ser parte de los representantes si cumplen con los siguientes funciones:

REPRESENTANTE DE CURSO El representante del curso en el Consejo de Estudiantes y vocero de sus compañeros de aula, elegido democráticamente en cada curso en la segunda semana de clases del año lectivo. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE CURSO Son funciones del representante de curso: a. Colaborar con el director de grado en la administración del grupo en todos los aspectos. b. Controlar a los estudiantes del curso para permanecer en el sitio correspondiente a las

actividades desarrolladas. c. Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo cumplimiento

de sus funciones y la buna marcha del curso. d. Reportar al director del curso y a los docentes la ausencia de sus compañeros. e. Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitar comentarios y actitudes que

lesionen a la persona, para pretender una educación integral. f. Llevar la vocería de sus compañeros ante el director de curso, docentes, comités y

representantes de los estudiantes. g. Representar a su grupo en el Consejo de estudiantes. Parágrafo. Revocatoria del mandato:

a. Si el representante de los estudiantes no cumple con sus funciones o tienen comportamientos inadecuados, será relevado del cargo a través del Consejo de estudiantes.

b. Si se trata del Personero, será relevado a través del Consejo de Estudiantes, previo plebiscito en cada grado.

c. Si se trata de los representantes de curso, serán relevados del cargo, previo acuerdo de los compañeros del respectivo curso.

MONITORES DE CURSO a. Un monitor de curso debe ser un estudiante activo que se destaque por su rendimiento

académico y su comportamiento. b. El monitor de curso debe portar su distintivo que lo acredite como tal.

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INSTITUCION EDUCATIVA LA FILA ICONONZO RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN N¬ 2157 DEL 14 DE SEPTIEMBRE 2010

CODIGO DANE: 273352000201 NIT: 809006850

REG. EDUC.: 13522048 COD. ICFES: 123703

“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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c. Debe ser elegido por sus compañeros mediante un proceso democrático coordinado por el

director de curso. d. El monitor puede ser sustituido en el momento en que su rendimiento académico baje o no

cumpla con sus funciones o cuando el director de curso lo considere conveniente. e. El monitor se elige no para sustituir al docente sino para ayudar a coordinar algunas

actividades y servir de enlace ante los órganos del gobierno escolar. FUNCIONES DEL MONITOR

a. Colaborar a los compañeros que tengan deficiencias b. Informar al docente, al Director de grupo o a la instancia que considere necesaria sobre las

anomalías que se presenten. c. Orientar el desarrollo de tareas a los compañeros que soliciten ayuda. d. Recoger trabajos del Área o asignatura. e. Organizar actividades en ausencia del docente cuando esté autorizado. f. Alistar el material didáctico que el docente requiera siempre y cuando esté en la Institución.

ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES: La Institución Educativa La FILA reconocerá, estimulará y exaltará acciones positivas de sus estudiantes, en el cumplimiento de sus deberes, iniciativas, participación, superación y rendimiento en general tienen derecho a los siguientes estímulos: 1. Quienes se destaquen por su positiva participación en diferentes actividades. Esta actitud debe

ser registrada en el observador; los estímulos no son transferibles. 2. Reconocimiento en público por sus participaciones dentro y fuera de la Institución, que dejen

en alto la buena imagen de la misma. Este será registrado en el observador con la firma de los responsables.

3. Izar el pabellón Nacional como signo de reconocimiento a la superación ó al desempeño meritorio de un estudiante cuando se destaque por compañerismo, rendimiento, académico, responsabilidad, sentido de pertenencia, colaboración, buen comportamiento y otros valores.

4. Conceder un día, para una salida recreativa ó de convivencia al curso que ocupe el primer lugar en rendimiento académico y disciplinario por sede. Se otorgará una vez finalizado el año lectivo.

5. MENCIÓN HONORÍFICA: Por medio de resoluciones motivadas, la Institución otorgará menciones honoríficas a los estudiantes de cada grado que se destaquen durante el año lectivo en la actividad académica, cultural, artística, deportiva, comportamiento social, colaboración, puntualidad, proyección a la comunidad u otros criterios que tengan como filosofía la buena imagen de la institución y el mejoramiento de la calidad educativa, durante el acto de clausura.

6. CASOS ESPECIALES: Si un estudiante realiza una acción importante enalteciendo el nombre de la Institución, del municipio, del Departamento ó la Nación. Este reconocimiento y estímulo será designado por el Consejo Directivo.

7. PREMIO EXCELENCIA: Se otorgará a un estudiante escogido entre los mejores de cada uno de cada nivel educativo (Pre-escolar, Básica primaria y Básica Secundaria y Media) que se haya destacado por su Excelente Comportamiento Académico y Social, según concepto emitido por el Consejo Académico y los Directores de grupo durante el acto de clausura.

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PARA LOS ESTUDIANTES DEL GRADO UNDÉCIMO

1. MEDALLA AL HIJO DE LA INSTITUCIÓN: Se le otorgara a los estudiantes que hayan realizado todos sus estudios desde transición hasta grado Undécimo en la Institución Educativa La FILA de Icononzo durante el acto de graduación.

2. MEDALLA AL MEJOR DEPORTISTA: Se le otorgara a los estudiantes que se hayan destacado en su vida estudiantil con un excelente rendimiento deportivo.

3. MENCIÓN AL MEJOR BACHILLER: Se otorgará al estudiante durante el acto de graduación al haber cumplido con el siguiente requisito: “Que al graduarse sea evaluado como el Mejor en Comportamiento Académico y Social, según concepto emitido por el Consejo Académico y el Director del grupo. Los estudiantes del grado Undécimo podrán tener un representante dentro del Consejo Académico que conceptúe sobre este premio”.

4. MENCIÓN AL MEJOR RESULTADO PRUEBA SABER 11: Se le otorgara al estudiante que haya obtenido el mejor icfes del año lectivo en la Institución Educativa La FILA de Icononzo durante el acto de graduación.

5. EXONERACIÓN: Los estudiantes que obtengan puntaje superior a 60 puntos en el resultado pruebas SABER 11 en cualquier asignatura o área se considerará promocionado en dicha asignatura o área.

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Para realizar una actividad complementaria o salida pedagógica de un grupo y comunidad en general, el director de curso o coordinador de proyecto, deberá presentar por escrito la solicitud ante las directivas de la institución mediante un proyecto, cumpliendo con la reglamentación vigente, autorización de los padres y seguro estudiantil.

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CAPITULO IV

PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Los Padres de Familia son los primeros educadores en la formación de sus hijos allí se recibe bases primordiales para la construcción de valores espirituales éticos y morales. por lo tanto, la comunicación y colaboración con el plantel deben ser permanentes para lograr los objetivos propuestos en la educación integral de su hijo(a).

a. La unidad familiar es el ambiente ideal en la formación del hijo(a) y buen desarrollo escolar.

b. En el hogar se deben fomentar el amor, respeto, apoyo y diálogo. c. La familia inculcara en sus hijos la cultura ambiental (higiene, orden y porte de los

uniformes) d. Los padres de familia colaboraran con sus hijos(as) en los procesos de formación. e. Comprometido con la educación y trabajo de la institución en todo proyecto que promueva

la formación integral de sus hijos(as) o acudidos. f. Generador de un ambiente adecuado para la sana convivencia en valores éticos, morales,

sociales, políticos, religiosos y culturales. g. Partícipe de cada una de las reuniones y citaciones que programe la institución. h. Propositivo y facilitador de alternativas de solución a problemas detectados. i. Respetuoso de los convenios o acuerdos pactados con la institución. j. Seguidor del continuo proceso de formación de los futuros ciudadanos. k. Cumplidor en los pagos de las obligaciones contraídas con la institución.

La familia, la sociedad y el estado, tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizarle desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos (constitución política de Colombia art. 44). Son los padres de familia los primeros impulsores y conectores de los hijos, puesto que desde la edad temprana reciben la influencia de su hogar y es allí donde constituyen sus primeras vivencias y patrones de comportamiento, los cuales proyectan al inicio y en el transcurso de su vida escolar y les da pautas para la sana convivencia con sus padres y docentes.

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES: Los padres de familia como miembros activos de la Institución tienen derecho a: a. Ser atendidos y escuchados cuando acudan a la Institución para tratar asuntos relacionados con

la educación de sus hijos. b. Que sus hijos sean objeto de un trato respetuoso y cordial. c. Ser informados oportunamente y con responsabilidad sobre el rendimiento académico y el

comportamiento de sus hijos y/o acudidos. d. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del proyecto educativo institucional. e. Participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias de padres de familia.

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f. Sostener diálogo directo con los docentes y directivas del establecimiento Educativo siempre que

las circunstancias lo ameriten. g. Opinar y sugerir acciones tendientes al mejoramiento de la Institución. h. Interponer todos los recursos de reposición y de apelación cuando se apliquen sanciones a sus

hijos y/o acudidos. i. Elegir y ser elegidos para los organismos de participación democrática que presenta la Ley

General de Educación, con sujeción a los estatutos y reglamentos. (Consejo Directivo, comité de disciplina y promoción y consejo de padres).

j. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES: Los Padres de Familia, como miembros de la Institución, tienen el deber de: a. Firmar personalmente la matrícula de sus hijos y/o acudidos. b. Conocer y apoyar los principios educativos y el Manual de Convivencia de la Institución. c. Pagar y/o cancelar daños y perjuicios que sus hijos causen al establecimiento o a cualquier

miembro de la comunidad educativa dentro del plantel. d. Proveer a sus hijos de los materiales de trabajo y de estudio que sean requeridos para la buena

marcha académica de la Institución. e. Fomentar las buenas relaciones de sus hijos o acudidos con los docentes, directivas y demás

personas que laboran en la Institución. f. Colaborar con la asistencia de sus hijos o acudidos a las diferentes actividades que programe el

plantel. g. Aportar ideas y sugerencias que conduzcan al mejoramiento institucional. h. Organizar y participar en las actividades que programe la institución o Asociación de Padres de

Familia, para beneficio del plantel. i. Asistir puntualmente a las reuniones de padres, Escuela de padres y cuando se solicite su

presencia en la institución. j. Proteger a sus hijos de toda forma de abandono físico o moral, descuido o trato negligente,

abuso sexual, explotación, uso de sustancias que producen dependencia, influencia de grupos satánicos, espiritistas u otros.

k. Asumir con responsabilidad la justificación de las ausencias de sus hij@s en la institución. (En caso de enfermedad adjuntar certificado médico).

l. Hacer respetar las normas elementales de urbanidad para una sana convivencia dentro y fuera de la institución.

m. Propiciar la puntualidad y responsabilidad de sus hijos y/o acudidos en la llegada y salida del plantel.

n. Colaborar para que sus hijos cumplan con el presente manual de convivencia.

PROHIBICIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES a. Respaldar comportamientos inadecuados de sus hijos, dentro ni fuera del plantel. b. Ingresar a la institución educativa en jornadas contrarias a la escolar.

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c. Asistir a las reuniones programadas por la institución en estado de alicoramiento o bajo

efectos de sustancias psicoactivas. d. Facilitar y comercializar bebidas embriagantes y/o alucinógenos dentro y fuera del plantel

educativo. e. Propiciar acciones tendientes a la vulneración del manual de convivencia y leyes por las

cuales se rige la institución educativa. f. Apropiarse de recursos propios de la Asociación de Padres de Familia y/o Consejo directivo

INHABILIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES a. Ingresar a las reuniones de padres de familia sin tener hijos y/o acudidos en la institución

educativa b. Pertenecer a la Asociación de padres de Familia, Consejo directivo sin tener hijos o acudidos en

el plantel educativo.

CORRECTIVO: Las faltas cometidas por una persona o grupo, intencionadas o no, implican siempre la responsabilidad de los infractores. El incumplimiento a los deberes acarreara una falta y por ende se registrara en el observador del estudiante. Toda falta contra la conducta debidamente comprobada es una prohibición o inhabilidad, las cuales serán sancionadas por la legislación civil o penal.

ESTIMULOS A PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES 1. Reconocimiento público, por las acciones realizadas en beneficio de la Institución. 2. Celebración del Día de la madre y/o Día de la Familia. Responsabilidad directa del Consejo

Directivo y la Asociación de Padres de Familia.

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CAPITULO V

PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y ADMINISTRATIVO El educador es el orientador en los establecimientos educativos, de un proceso de formación enseñanza y aprendizaje de los educandos, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad. PERFIL DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES.

1. Ser idóneos responsables y cumplidores de sus deberes. 2. Imparciales honestos y abiertos al cambio. 3. conocedores de la legislación escolar vigente y practicantes de la democracia. 4. Excelentes orientadores con espíritu de liderazgo. 5. Tolerantes y con buenas relaciones humanas interesados por el mejoramiento de la calidad

educativa.

DIRECTIVOS DOCENTES. Son el Rector y los Coordinadores. Son los agentes responsables de la dirección de la institución y por consiguiente de los procesos educativos que se realizan. Su misión fundamental es liderar los procesos formativos por lo tanto su gestión debe concentrarse en la formación de directrices y en la orientación y asesoría para el desarrollo de los procesos. FUNCIONES DE LOS DIRECTIVOS DOCENTES.

1. La atención a los estudiantes en los aspectos académicos, de evaluación y de promoción. 2. La orientación en el desempeño de los docentes de acuerdo con el plan de estudios. Con tal

fin se podrán agrupar por afinidad de las disciplinas o especialidades pedagógicas.

3. La interacción y participación de la comunidad educativa para seguir el bienestar de la misma. Para ello podrá impulsar programas y proyectos que respondan a necesidades y

convivencias. RECTOR: El rector es la primera autoridad administrativa y docente del plantel. Tiene la responsabilidad de lograr la oferta por parte de la institución de los servicios educativos adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. DERECHOS DEL RECTOR: Los establecidos por el estatuto docente y demás normas reglamentarias. DEBERES DEL RECTOR:

Representar legalmente el plantel.

Presidir los comités de administración del Fondo de Servicios Docentes, Directivo y Académico y participar en los demás cuando se consideren convenientes.

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Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.

Planear y organizar con los coordinadores las actividades curriculares de la institución.

Establecer canales y mecanismos de comunicación.

Dirigir y supervisar las actividades de bienestar de proyección a la comunidad.

Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas.

Elaborar anteproyectos tanto del presupuesto como del fondo de servicios docentes, en colaboración con el pagador presentarlos en el Ministerio o entidad correspondiente para su aprobación y controlar su ejecución de acuerdo a las normas vigentes.

Ordenar al gasto del plantel.

Administrar los bienes del plantel en coordinación con el pagador y almacenista.

Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo a las normas vigentes.

Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de la institución y enviar el informe a la institución administrativa correspondiente.

Asignar en su ausencia temporal las funciones del rector, a un coordinador, de acuerdo a las normas vigentes.

Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

La Ley 175 de diciembre 12 de 2001 replantea estas funciones, a saber, Artículo 10. Funciones de Rectores o Directores: El Rector o Director de las instituciones educativas públicas, que serán designados por concurso, además de las funciones señaladas en otras normas, tendrán las siguientes:

Dirigir la preparación del proyecto educativo institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.

Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.

Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.

Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación Distrital, Municipal, Departamental, o a quien haga sus veces.

Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.

Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente y en su selección definitiva.

Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.

Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.

Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.

Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.

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Suministrar información oportuna a Departamento, Distrito o Municipio, de acuerdo con sus requerimientos.

Responder por la calidad de la prestación del servicio de sustitución.

Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses.

Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente Ley.

Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito o verbal a padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y asignación académica de cada uno de ellos.

Los demás que le asigne el Gobernador o Alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.

Realizar traslados de docentes en las mismas sedes de la institución favoreciendo el logro los objetivos previstos en el PEI así como la dinamización adecuada de cada una de las gestiones del PEI.

Orientar la ejecución del P.E.I. y aplicar las decisiones del gobierno escolar.

Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal efecto.

Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en la institución y las sedes.

Mantener las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el mejoramiento de la vida comunitaria.

Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de al comunidad educativa.

Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico

Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley los reglamentos y el Manual de convivencia.

Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.

Promover actividades de servicio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.

Aplicar las disposiciones que se despidan por parte del estado, a tenientes a la prestación del servicio público educativo.

Las demás funciones afines o complementarias con a las anteriores que le atribuye el P.E.I. Parágrafo 1°. El desempeño de los rectores y directores será evaluado anualmente por el Departamento, Distrito o Municipio, atendiendo al reglamento que para tal fin expida el Gobierno Nacional. La no aprobación de evaluación en dos años consecutivos implica el retiro del cargo y el regreso al ejercicio de la docencia en el grado y con la asignación salarial que le corresponda en el escalafón. PROHIBICIONES DEL RECTOR Las establecidas por la ley.

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EL COORDINADOR. El coordinador auxilia y colabora con el rector en las labores propias de su cargo y en las funciones de disciplina de los estudiantes o en funciones académicas o curriculares no lectivas. Art.6° Decreto 1278 de junio 19 de 2002.

Los coordinadores dependen del rector les corresponde la administración de los procesos académicos y de convivencia, los de programas de formación y de desarrollo humano de los estudiantes. De ellos dependen por relación funcional los docentes.

FUNCIONES DE LOS COORDINADORES:

1. Asistir a las reuniones de los comités en los cuales sea requerido. 2. Colaborar con el rector en la planeación y en la evaluación institucional. 3. Orientar la planeación de áreas de acuerdo con las normas vigentes. 4. Coordinar la acción con la administración de los estudiantes y docentes. 5. Establecer canales y mecanismos de comunicación entre la comunidad educativa. 6. Programar la asignación académica de los docentes, elaborar el horario general de clases en

colaboración con los jefes de áreas y presentarlo para su aprobación. 7. Fomentar el rendimiento académico y disciplinario para el logro de los propósitos educativos. 8. Rendir informes periódicos al rector sobre las actividades a su cargo. 9. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales a él

confiados. 10. Conceder permisos a estudiantes para salir del establecimiento en horas laborables. 11. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su

cargo. 12. Realizar el debido proceso a estudiantes que presentan problemas disciplinarios.

PERFIL DEL DOCENTE DE LA INSTITUCIÓN 1. El docente de la institución tendrá el siguiente perfil: 2. Íntegro, con elevados valores morales, éticos y estéticos. 3. Profesional con calidad en su tarea pedagógica. 4. Creativo, eficaz, con capacidad de explorar el potencial intelectual y emocional de los

estudiantes, motivándolos a formular su proyecto de vida encaminando todas sus acciones a su plena autorrealización.

5. Trabaja por el desarrollo personal y del pensamiento, ayudando a crear identidad cultural, institucional y arraigado sentido de pertenencia.

6. Puntual, respetuoso, solidario y cordial en el trato con sus semejantes. 7. Responsable en el cumplimiento de los deberes de su profesión. 8. Propicia el mejoramiento de la Institución con base en los requerimientos del PEI LOS DOCENTES. Son los principales agentes dinamizadores y orientadores del proceso formativo del alumno. Son los mediadores más importantes entre el sujeto que construye su saber y el objeto mismo del conocimiento.

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Los docentes de la institución La FILA, se distinguen por su actitud abierta a las políticas de la Institución con disposición de aceptación y apropiación de filosofía, principios, lema y manual de convivencia, tendientes a mejorar los procesos internos de la institución que transciendan en beneficio de la comunidad. Los docentes dependen del directivo y por relación de autoridad funcional del jefe de Área. Les corresponde planear, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar el proceso de desarrollo formativo del estudiante de conformidad con los lineamientos del P.E.I. DERECHOS DE LOS DOCENTES.

1. Recibir trato respetuoso por parte de Directivos y demás miembros de la Comunidad educativa a ejercer la profesión de acuerdo con lo consagrado en artículo 27 de la constitución Política de Colombia “ El trabajo es un derecho y un obligación social y goza en todas sus modalidades, de la especial protección del estado, toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones dignas y justas “

2. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para las diferentes instancias del Gobierno Escolar (Consejo Directivo, Consejo Académico, comisión de Evaluación y promoción).

3. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización que organiza la institución y otras instituciones del orden estatal.

4. Recibir información oportuna sobre decisiones relacionadas con su labor docente y tomadas por el Consejo Directivo.

5. Ser informado con anticipación sobre reuniones y actos especiales programados por la institución.

6. Presentar ideas y sugerencias que propendan por el buen funcionamiento de la Institución.

7. Ser escuchado cuando las circunstancias lo ameriten. 8. Ser respetado en su privacidad y en libre desarrollo de su personalidad. Siempre y cuando

sus actuaciones no afecten la vida institucional. 9. Participar en la elaboración del manual de convivencia y reestructuración del PEI. 10. A que se le siga el debido proceso de acuerdo con la normatividad legal vigente (

Conocimiento de causa, interponer los recursos de ley , Hacer los descargos respectivos , y ser asesorado por abogado titulado )

11. A solicitar permiso por escrito, debidamente justificado hasta por tres días.

DEBERES DE LOS DOCENTES

1. Conocer y respetar los acuerdos consignados en el manual de convivencia. 2. Dar un trato justo, equitativo, respetuoso a los estudiantes y demás miembros de la

comunidad educativa. 3. Responder cabalmente con la jornada escolar y laboral, además con las actividades

programadas por la institución. 4. Dar información oportuna sobre el rendimiento académico y comportamiento del

estudiante cuando este sea requerido.

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CODIGO DANE: 273352000201 NIT: 809006850

REG. EDUC.: 13522048 COD. ICFES: 123703

“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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5. Hacer el seguimiento académico y disciplinario respectivo a los estudiantes 6. Mantener y fomentar la educación a todos miembros de la comunidad educativa,

utilizando un vocabulario adecuado. 7. Estimular a los estudiantes cuando estos se destaquen en alcance significativo de logros. 8. Solicitar por escrito y con anticipación permisos cuando deba ausentarse del colegio. 9. Preparar en forma oportuna y adecuada las clases, utilizando los recursos y la metodología

de acuerdo al modelo pedagógico de la Institución. 10. Permanecer en el colegio durante la jornada escolar y laboral. 11. Comprometerse con la adecuada aplicación de la Metodología Institucional y sus

proyectos de fortalecimiento: Escuela y Café, Educación para Adultos Alfabetización. 12. Participar en la reconstrucción del PEI y la formulación de planes de mejoramiento con

base a los resultados de la evaluación de desempeño de docentes y la evaluación de competencias de estudiantes.

13. Desarrollar de manera periódica actividades de refuerzo para estudiantes con insuficiencias. 14. Ambientar pedagógicamente las aulas de clase consecuente con el modelo pedagógico

Escuela Nueva y las orientaciones directivas. 15. Todos los docentes y directivos sin excepción alguna independiente del nivel o grado que

orienten se comprometerán con la adecuada implementación y desarrollo del proyecto de educación técnica y contribuirán con el desarrollo de competencias a todo nivel y la dinamización de todo tipo de proyectos productivos.

PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES:

1. Abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin autorización previa. 2. Aplicar sanciones colectivas de tipo académico, disciplinario o de conducto. 3. Incurrir en causales de mala conducta contempladas en al artículo 46 del Estatuto Docente. 4. La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o toxicomanía. 5. La práctica de homosexualismo. 6. La malversación de fondos y bienes escolares o cooperativos. 7. El tráfico de calificaciones, certificados de estudio, de trabajo o de documentos públicos. 8. La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos. 9. El cumplimiento sistemático de los deberes y violación reiterada de las prohibiciones. 10. El ser condenado por delito o delitos dolosos. 11. El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascenso en el escalafón, o

para obtener nombramiento, traslados, licencias o comisiones. 12. El abandono del cargo.

PERSONAL ADMINISTRATIVO. Son las personas encargadas del desempeño de funciones administrativas que deben cumplir funciones específicas con responsabilidad y dedicación según el cargo. Son ellos:

a. PAGADOR. Le corresponde manejar los fondos del plantel y registrar las operaciones en los libros respectivos:

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FUNCIONES DEL PAGADOR

Colaborar con el rector en la elaboración de los proyectos de presupuesto.

Manejar y controlar los recursos financieros de la institución.

Manejar la cuenta corriente y llevar los libros reglamentarios de acuerdo con las normas vigentes.

Elaborar los documentos soporte de acuerdo con las normas exigidas por la Contraloría Departamental.

Presentar en el momento indicado la rendición de cuentas a la Contraloría y/o demás dependencias que lo soliciten.

Liquidar y pagar las cuentas de cobro contraídas y girar los cheques correspondientes oportunamente.

Responder ante la DIAN por las retenciones y obligaciones tributarias.

b. PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES. Son personas que atienden los oficios necesarios para el mantenimiento y conservación de la planta física.

FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIOS:

Cumplir con los horarios establecidos. Atender el aseo, el mantenimiento y conservación de todas las dependencias de la

institución. Responder por los elementos de aseo confiados a su cargo. Solicitarlos oportunamente y

hacer el uso adecuado de ellos. Informar a quien corresponda sobre posibles comportamientos y daños en los bienes

institucionales ocasionados por los estudiantes y demás integrantes de la comunidad educativa.

Lavar las instalaciones al mes, aseando paredes y techos. Contribuir con el cuidado permanente de los muebles y enseres de la institución. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas.

PARAGRAFO: Los servicios de aseo, vigilancia y portería serán contratados con una cooperativa debidamente legalizada y ésta asumirá la responsabilidad de hacer cumplir las funciones anteriormente mencionadas con la supervisión de la Administración de la Institución.

DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO: 1. Recibir capacitación adecuada para el mejor desempeño de sus funciones 1. Obtener permisos especiales, licencias y estímulos internos. 2. Contar con el material técnico y tecnológico adecuado para el desarrollo de las actividades. 3. Recibir un trato respetuoso de parte de sus superiores, compañeros, estudiantes, docentes y

demás integrantes de la comunidad educativa. 4. Obtener cupo para sus hijos cuando van a ingresar al centro educativo.

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5. Conocer en primera instancia los hechos o situaciones que vayan en su contra, antes de ser tratados en las instancias superiores.

DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS:

1. Cumplir con los horarios establecidos. 2. Dar buen trato a estudiantes como a los demás miembros de la comunidad educativa 3. Solicitar oportunamente los permisos por horas o por la jornada, de acuerdo con las normas

establecidas internamente 4. Utilizar adecuadamente los servicios que ofrece la institución (cafetería, biblioteca, salud,

espacios deportivos, recreativos y culturales). 5. Evitar los conflictos personales con los miembros de la comunidad puesto que interfieren

directamente en sus labores profesionales y afectan las relaciones interpersonales. 6. Cumplir con la jornada de trabajo de acuerdo al horario establecido 7. Informar oportunamente a quien corresponda, situaciones anómalas que atenten contra el

buen nombre de la institución 8. Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones que

les sean asignadas 9. Colaborar decididamente en el control de las normas que tengan que ver con los estudiantes 10. Responder por la pérdida de los elementos asignados por inventario para el desempeño de

sus funciones 11. Abstenerse de abandonar ni suspender sus labores injustificadamente o sin previa

autorización 12. Evitar difundir, interna o externamente, información tendenciosa sobre la institución 13. Respetar la diferencia de los demás miembros de la comunidad educativa.

PROHIBICIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO Las establecidas por la ley. ESTÍMULOS AL PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTES Y ADMINISTRATIVO.

1. Reconocimiento especial por parte de la Institución educativa, con anotación en la hoja de vida por el buen desempeño laboral y aporte a la comunidad educativa.

2. Exaltar ante la comunidad educativa aquel personal directivo, docente y administrativo que se destaquen a nivel Nacional, Departamental, o Municipal con estímulos o condecoraciones otorgados por estos entes territoriales.

3. Distinciones por parte del gobierno Escolar a aquel personal directivo, docente y administrativo destacado en el trabajo con estudiantes y comunidad Educativa.

4. Elección anual democrática y participativa del personal directivo, docente y administrativo destacado del año, por su trabajo y proyección de la comunidad educativa.

5. Resaltar aquellos docentes que se destaquen por obras escritas legalmente reconocidas. 6. Reconocimiento público de acuerdo a hechos realizados en beneficio de nuestra Institución. 7. Exaltación al Mérito Educativo, medalla al mejor docente, con resolución anexa a su hoja de

vida. Esta designación se hace en asamblea de docentes asesorada por el Rector. 8. Designación para que asista a cursos de actualización, seminarios y conferencias.

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JEFE DE ÁREA Es un educador de la Institución, con capacidad de liderazgo que coordina y supervisa las actividades de sus compañeros para asegurar que los objetivos académicos propuestos se cumplan. Depende del coordinador, es responsable de lograr la eficiencia en el desarrollo de los procesos curriculares y proyectos pedagógicos del área a su cargo. Tiene autoridad funcional sobre los docentes que la integran. Es elegido democráticamente por los integrantes del área en reunión convocada por la rectoría. FUNCIONES DEL JEFE DE ÁREA Representar el área en el consejo académico.

1. Participar y presidir en ausencia del coordinador las reuniones del consejo de área. 2. Participar en los comités que sea requerido. 3. Dirigir y organizar las actividades del Área conforme a los criterios establecidos en el plan de

estudios y la coordinación respectiva. 4. Establecer canales de comunicación entre las personas que guardan relación en

cumplimiento de sus funciones. 5. Rendir periódicamente informe a los coordinadores. 6. Dirigir y asesorar a los docentes en el planeamiento de las actividades y proyectos

pedagógicos que ofrece el área. 7. Ejecutar las acciones con los demás jefes de área. 8. Promover la actualización de los docentes del área. 9. Desarrollar conjuntamente con sus docentes, programas de investigación en el campo de la

pedagogía y de la especialidad del Área. 10. Revisar en primera instancia los procesos de evaluación del rendimiento escolar aplicado

por los docentes de su área. 11. Colaborar con el coordinador en la administración de estudiantes y docentes de su área. 12. Responder por la adecuada utilización, mantenimiento y conservación de muebles, equipos y

materiales confiados a su manejo. 13. Cumplir con la asignación académica. 14. Revisar los materiales y medios técnicos que dispone el área y solicitar a la administración

los que hagan falta. 15. Contribuir con la articulación del PEI 16. Diseñar y ejecutar proyectos de innovación que impulsen el área 17. Formular propuestas requeridas al mejoramiento institucional.

DEL DIRECTOR DE GRUPO. Es un docente responsable de la implementación orientación de las actividades del grupo y el interlocutor entre los estudiantes y las demás estancias institucionales, además de cumplir las funciones propias de su cargo para el cual fue nombrado. Los directores de grupo son designados por el rector de acuerdo a la solicitud hecha por los docentes, estudiantes y padres de familia, quien deberá tener en cuenta su perfil.

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FUNCIONES DEL DIRECTOR DE GRUPO: 1. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y rendimiento

académico. 2. Analizar las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros

estamentos las soluciones más adecuadas. 3. Establecer comunicación permanente con docentes, padres de familia o acudientes. 4. Diligenciar correctamente el observador del estudiante y hacerlo funcional. 5. Recibir oportunamente los boletines debidamente diligenciados para su revisión, hacer la

consignación de las observaciones requeridas y hacer entrega de estos a los padres de familia.

6. Propender por el aseo y el orden del salón a su cargo. 7. Hacer el acompañamiento del curso a su cargo en todas las actividades programadas. 8. Promover el cumplimiento del manual de convivencia y presentar informe de los casos

especiales a quien corresponda. 9. Participar en la administración de los estudiantes conforme lo determine el manual de

convivencia. 10. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con la naturaleza de su

cargo. 11. Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido por el plantel. 12. Ejecutar acciones de carácter formativo a sus dirigidos. 13. Llevar el control de asistencia del curso a su cargo y darle el aval a la justificación de la

inasistencia de sus estudiantes. DOCENTES DE DISCIPLINA. Son las personas encargadas de manejar el comportamiento disciplinario de todo el estudiantado de una jornada determinada. FUNCIONES DE LOS DOCENTES DE DISCIPLINA:

1. Presentarse a la institución puntualmente en el horario establecido. 2. Controlar la entrada y salida de los estudiantes al plantel. 3. Revisar el aseo y la buena presentación al iniciar la jornada. 4. Vigilar el porte adecuado del uniforme y aplicar los correctivos pertinentes. 5. Realizar formación general de estudiantes los días Lunes o cuando se considere necesario y

hacer las observaciones del caso. 6. Controlar la disciplina en horas del descanso con los demás docentes. 7. Controlar el cumplimiento de los horarios y cronogramas establecidos. 8. En ausencia del coordinador autorizar la salida de los estudiantes en circunstancias especiales 9. Ser permanente defensor y promotor de actitudes que contribuyan al bienestar institucional

en estudiantes y docentes. 10. Participar en los actos de comunidad para ejercer control de comportamiento y proporcionar

la información requerida. 11. Promover acciones que contribuyan a la decoración, orden y aseo de los espacios

institucionales.

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12. Atenderle al estudiante sus quejas y darles solución. 13. Ser responsable de la organización en caso de salidas en actos de comunidad. 14. Poner en consideración de quien corresponda, los casos que ameritan otro tratamiento para

la solución del problema.

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CAPITULO VI EGRESADOS

Los exalumnos podrán organizar asociaciones para propender por el mejoramiento de la Institución y elegir su representante al Consejo Directivo.

PERFIL DEL EGRESADO: De acuerdo con nuestro PEI, el egresado debe tener una sólida formación:

1. Humanístico. 2. Manejo de conflictos 3. Relaciones interpersonales 4. Proyección a la comunidad. 5. Sentido común (solidaridad, tolerancia, don ciudadano. 6. Liderazgo comunitario (proyección) 7. Conocedor del contexto (local, regional, nacional e internacional). 8. Sensibilidad social (sentir los problemas que aquejan a la sociedad).

DERECHOS DE LOS EGRESADOS Conjunto de principios y normas de convivencia basadas en la costumbre y promulgados por la autoridad competente, para regular las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa y la institución.

1. Los egresados de la Institución Educativa La FILA gozarán de los siguientes derechos: 2. Conocer el manual de convivencia y sus aplicaciones 3. Ser tratado como persona, con justicia y respeto por mi dignidad, individualidad y diferencia 4. Elegir y ser elegido 5. Participar en la reconstrucción del PEI 6. Participar activamente en los eventos sociales, cívicos, culturales y deportivos programados 7. Recibir la información necesaria para el desarrollo de actividades académicas 8. Ser escuchados sus descargos en forma individual 9. Que se le expidan certificados de estudios y comportamiento general 10. Todos los demás derechos consagrados por la Constitución, Derechos Humanos y demás

normas de derecho que sean establecidas con posterioridad a la expedición del presente Manual de Convivencia.

DEBERES DE LOS EGRESADOS: Compromiso que los miembros de la comunidad educativa tienen para consigo mismo, la comunidad y la sociedad, que redunda en el respeto, el mejoramiento de las relaciones interpersonales y el bienestar general. Son deberes de los egresados de la Institución Educativa La FILA los siguientes: 1. Dar trato cortés a la comunidad educativa de la institución.

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2. Acatar las normas del Manual de Convivencia. 3. Velar por el mantenimiento de su salud física y mental de la comunidad educativa 4. Darle buena imagen a la Institución 5. Participar en los comités y demás organizaciones que se implementen dentro de la institución. 6. Cultivar los valores humanos de la autenticidad, la búsqueda de la verdad, la sinceridad, la

honestidad, la justicia, el dialogo, la gratitud, la constancia, en el cumplimiento del deber, espíritu de servicio y solidaridad con los demás.

7. Favorecer el ambiente educativo y no entorpecer el normal desarrollo de las clases. 8. Preservar, cuidar y mantener en buen estado la institución 9. Respetar los símbolos patrios o institucionales. 10. Seguir el conducto regular establecido para formular sus quejas, reclamos e inquietudes 11. Atender las recomendaciones y orientaciones de los miembros de la Institución. 12. Cuidar y conservar los bienes muebles e inmuebles de la institución y responder por los daños

ocasionados a ellos.

Se considera acción incorrecta la realizada por un egresado cuando incumple los deberes, y/o abusa de los derechos, o que atenta contra la dignidad humana, el bienestar social, y la comunidad educativa. PARAGRAFO:

Se inicia el debido proceso y/o se coloca en conocimiento a las autoridades competentes cuando un egresado comete:

a. El incumplimiento de un deber especifico. b. La violación de una norma de carácter general y que provoque daño a personas,

institución o entorno de las cosas. Las faltas cometidas por una persona o grupo, intencionadas o no, implican siempre la responsabilidad de los infractores.

PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES: Toda falta contra la conducta es una prohibición:

1. Fumar en el interior de las aulas, oficinas o predios de la institución. 2. Presentarse en estado de embriagues o bajo el efecto de sustancias alucinógenas o hacer

apología de su consumo, consumirlas en el interior de la Institución, en actos públicos que comprometan el nombre de la institución.

3. Portar armas de cualquier tipo en el interior de la institución. 4. El acoso sexual. 5. Toda conducta lujuriosa o lasciva dentro de la institución 6. Realizar rifas, apostar en juegos de azar y portar revistas pornográficas dentro de la

institución. 7. Denigrar de los miembros de la comunidad Educativa 8. Empleo de modales, gestos o ademanes vulgares e irrespetuosos con algun miembro de la

comunidad 9. Agredir física, verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad.

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10. Robo, hurto o daño a los enseres de la Institución 11. Comportamiento inmoral dentro de la Institución 12. Consumir y/o distribuir cigarrillo, drogas, alucinógenos, alcohol, dentro del colegio. 13. Conservar ver o distribuir revistas, videos o programas de internet pornográficos. 14. Alterar firmas y documentos. 15. Irrespeto a las creencias y prácticas religiosas, cívicas y culturales de la Institución 16. Incumplimiento sistemático de los deberes o la violación de las prohibiciones contempladas

en el presente manual. 17. La cleptomanía, el hurto y demás actos dolosos. 18. Alterar libros reglamentarios de la institución

INHABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES: Se consideran faltas de inhabilidad, los siguientes hechos debidamente comprobados:

1. Agresión física a los miembros de la Institución. 2. La práctica de exhibiciones obscenas. 3. El expendio y consumo de estupefacientes dentro del establecimiento. 4. La extorsión a a los miembros de la 5. La práctica de actividades sexuales dentro del plantel

PARAGRAFO: Las anteriores inhabilidades debidamente comprobadas serán sancionadas con las autoridades competentes.

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CAPITULO VII SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACION

Según el Acuerdo N° 007 de Diciembre de 2013, Por medio del cual se adopta el Sistema de evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de Educación Básica y Media. En la Institución Educativa La Fila de Icononzo Tolima. El sistema de evaluación institucional de los estudiantes que hace parte del proyecto educativo institucional contiene:

Los criterios de evaluación y promoción.

La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional.

Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.

Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.

Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.

Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.

Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.

La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.

La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación.

La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación.

Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.

Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Los criterios de evaluación están dados por las competencias generales y específicas de cada área a través de sus respectivos componentes. Cada estudiante en el transcurso de año escolar debe evidenciar la aplicación de las competencias y componentes de cada área para que la valoración final o quinto informe sea el producto alcanzado durante los cuatros periodos académicos o año escolar. CRITERIOS DE PROMOCIÓN La Institución Educativa la Fila de Icononzo Tolima ofrece los niveles en Educación Pre-Escolar, Educación Básica y Media, en la modalidad gradual en la sede principal y Escuela Nueva y Post-Primaria en el nivel de Básica primaria y sedes. La Institución Educativa La Fila de Icononzo Tolima determina los siguientes criterios de promoción de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

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Promoción escolar. La Institución Educativa La Fila de Icononzo Tolima adopta el siguiente sistema de promoción escolar. Para el nivel de Educación Pre-Escolar el sistema de evaluación está fundamentado por el Decreto 2247 del 11 de Septiembre de 1997, por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel Pre-Escolar, La Institución Educativa La Fila de Icononzo Tolima en este nivel aplica su sistema de evaluación que se rige bajo los parámetros establecidos en los artículos 10 y 14. Para la Educación Básica y Media la promoción corresponde al año escolar y la valoración de los desempeños alcanzados por cada estudiante para su promoción se realiza por áreas para la Educación Básica y Media.

Los estudiantes de Básica y Media que hayan obtenido un desempeño superior, alto o básico en la totalidad de las áreas fundamentales serán promovidos al siguiente grado.

Los estudiantes de Educación Básica y Media que hayan obtenido un desempeño bajo en tres (3) o más áreas, reprobarán el año escolar.

Cuando un estudiante repruebe una o dos áreas, tendrá derecho a las actividades de apoyo. En caso de no demostrar como mínimo en las actividades de apoyo un nivel de desempeño básico (6.0) se considerara reprobado. Los estudiantes que dejen de asistir a las clases reprobarán el área correspondiente con el 10% de la intensidad horaria establecida.

Los estudiantes de Educación Básica y Media que reprueben algún área por inasistencia injustificada no tienen derecho a las actividades de apoyo, trayendo como consecuencia la reprobación de año escolar.

Los estudiantes de Educación Básica y Media que hayan obtenido un desempeño bajo en dos áreas deben presentar las siguientes actividades de apoyo evidenciando el alcance de las competencias antes de finalizar el año escolar en fechas establecidas por la Institución:

Documento escrito (consulta y/o taller).

Evaluación tipo ICFES.

Producción Textual.

Sustentación. Los estudiantes de Educación Básica y Media que hayan presentado las actividades de apoyo y obtenido una valoración mínima (desempeño básico) en el área reprobada serán promovidos al grado siguiente.

Los estudiantes de Educación Básica y Media que hayan presentado las actividades de apoyo y obtenido una valoración menor al desempeño básico en el área reprobada NO serán promovidos al grado siguiente.

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REG. EDUC.: 13522048 COD. ICFES: 123703

“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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Los estudiantes que sin causa justificada no se presenten a las actividades de apoyo en las fechas establecidas por la institución pierden el derecho a ellas, lo cual traerá como consecuencia la reprobación del año escolar y se le consignara en el libro de actas respectivo.

Cuando la Institución Educativa determine que un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que continúe con su proceso formativo por una sola vez. Criterios para la graduación. Los estudiantes serán graduados cuando hayan cumplido todos los requisitos de promoción adoptados por la Institución en su proyecto educativo, de acuerdo con lo contemplado en el decreto 1290. Además de cumplir con las normas reglamentarias exigidas por el MEN y la secretaría de educación del Tolima para tal efecto, como el servicio social obligatorio, las pruebas externas “SABER” en cada nivel (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 1994), estar a paz y salvo con la institución por todo concepto, entre otros.

Los estudiantes que culminen la Educación Media obtendrán el título de BACHILLER ACADÉMICO. Escala de valoración institucional: La Institución Educativa La Fila Icononzo Tolima adopta la siguiente escala de valores, en concordancia con la escala de valoración nacional:

Valoración entre 9.0 a 10.0 Equivalente a Desempeño Superior. Valoración entre 8.0 a 8.9 Equivalente a Desempeño Alto. Valoración entre 6.0 a 7.9 Equivalente a Desempeño Básico. Valoración entre 1.0 a 5.9 Equivalente a Desempeño Bajo.

La denominación desempeño básico se entiende como la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). El desempeño bajo se entiende como la NO superación de los mismos. Promoción anticipada de grado. La promoción anticipada a los estudiantes de Educación Básica y Media durante el primer período del año escolar, el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia y valoraciones obtenidas por los estudiantes, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un desempeño superior en el desarrollo Integral (cognitivo, personal y social) en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Directivo y, si es positiva en el registro escolar. El Comité de casos especiales diseñará las estrategias de evaluación específicas para los estudiantes con Necesidades Especiales NEE, teniendo en cuenta las directrices emitidas por el MEN. En la valoración integral de los desempeños de los estudiantes, se tendrá en cuenta los juicios curriculares por conjuntos de grados para los distintos niveles de la educación formal, establecidos de acuerdo en la ley 115 de 1994 y la resolución 2343 del 5 de junio de 1993.

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REG. EDUC.: 13522048 COD. ICFES: 123703

“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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Estos juicios serán ubicados dentro de cada una las competencias (comunicativa, cognitiva, cognoscitiva, axiológica y comportamental), y convivencia social. Los estudiantes realizaran su autoevaluación en todos las áreas y para cada periodo académico, se favorecerá la autoevaluación y coevaluación de los estudiantes con una intención netamente formativa que beneficie la toma de conciencia del proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a establecer dificultades y avances en su desempeño. La autoevaluación y coevaluación como una práctica de reflexión, análisis e interpretación debe estar orientada de tal manera que el estudiante asuma con honestidad y responsabilidad sus juicios en concordancia con las realidades vividas. Periodicidad de entrega de informes a los padres de familia. En cumplimiento del artículo 11 numerales 4 y 6 del decreto 1290, la institución establece que:

La evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro periodos.

Al finalizar cada uno de los cuatro periodos el padre de familia o acudiente recibirá un informe escrito de evaluación en el que se muestra la valoración asignada de las competencias en cada área y los criterios de evaluación que describen el desempeño del estudiante en el transcurso del periodo escolar.

Al finalizar el año escolar se entregará a padres de familia o acudientes el informe del cuarto periodo y el informe final que incluirá la valoración integral del desempeño en las competencias de cada una de las áreas durante el año escolar. Esta valoración tendrá en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades en períodos anteriores.

Para la elaboración del informe final de los estudiantes de Educación Básica y Media se promediará las valoraciones de las competencias de cada una de las áreas obtenidas en los cuatro periodos académicos. La valoración final debe ser igual o superior a seis cero (6.0) para que el grupo de áreas se considere aprobado.

La valoración definitiva de cada periodo será el promedio del resultado de las actividades programadas en cada competencia, como son: Interpretativa: Actividades curriculares (consultas, tareas, kuis, ejercicios, participaciones, ejemplos, materiales, etc.) Argumentativa: Taller-Guía y Evaluación tipo ICFES Propositiva: Puesta en escena y Producción textual Actitudinal: Valoración personal y Valoración social

Debido proceso: Para el estudio de circunstancias académicas es necesario establecer unos canales y unos procedimientos sobre los cuales se actúa y se toman decisiones. Instancias: a. El Docente encargado del área b. Rectoría

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“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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c. Comité de análisis de casos especiales académicos y disciplinarios d. Consejo Académico e. Consejo Directivo, dentro de su competencia señalada en el Decreto 1860/94, literal b Art. 23., y el Decreto 1290 art. 11 numeral 7. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamación en relación con la evaluación o la promoción deberá seguir el conducto regular o enviar una solicitud por escrito al Consejo Académico. Distribución académica de los estudiantes. La distribución académica será valorada en cada nivel por las siguientes áreas: Nivel De Educación Pre-Escolar:

Dimensión Corporal

Dimensión comunicativa

Dimensión Cognitiva

Dimensión Estética

Dimensión Ética y Valores Nivel De Educación Básica:

Ciencias Naturales y Educación Ambiental

Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia

Educación Artística y Cultural

Educación Ética y en Valores Humanos

Lengua Castellana

Idioma extranjero “Ingles”

Educación Física, Recreación y Deportes

Educación Religiosa

Matemáticas (Aritmética, geometría y estadística)

Tecnología e Informática (para BASICA PRIMARIA “1° A 5”)

Tecnología “Escuela y Café”

Informática

Optativa (Emprendimiento, Contabilidad) Nivel De Educación Media:

Ciencias Naturales y Educación Ambiental (Química, Física)

Ciencias Sociales, Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia

Educación Artística y Cultural

Educación Ética y en Valores Humanos

Lengua Castellana

Idioma Extranjero “Inglés”

Educación Física, Recreación y Deportes

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Educación Religiosa

Matemáticas (Trigonometría o calculo, geometría y estadística)

Tecnología e Informática

Ciencias Económicas y Políticas

Filosofía

Optativa (Emprendimiento, Contabilidad)

Proyecto de vida (Grado Undécimo)

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CAPITULO VIII NORMAS DE CONVIVENCIA SOCIAL

Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y prevención y mitigación de la violencia escolar: 1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y ?88 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. 2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. 3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones 4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes. Además de los enunciados la Institución Educativa La Fila de Icononzo Tolima, tendrá en cuenta los siguientes principios en el desarrollo de los protocolos para la atención de situaciones de tipo convivencial:

El debido proceso

La legalidad

Presunción de inocencia

Doble instancia CLASIFICACION DE LAS SITUACIONES: Para efectos del presente documento se entiende por:

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Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: 1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y

aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

Protocolos Para La Atención De Situaciones Tipo I. Se deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

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Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia.

Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto.

Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia. 2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Protocolos Para La Atención De Situaciones Tipo II. Se deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia.

S. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

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El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

Parágrafo. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto. 3. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Protocolo Para La Atención De Situaciones Tipo III. Se deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

Activación De Los Protocolos De Otras Entidades. Las autoridades que reciban por competencia las situaciones reportadas por los comités escolares de convivencia deberán cumplir con lo siguiente:

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Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o de restablecimiento de derechos de las partes involucradas en la situación reportada a que hubiere lugar, acorde con las facultades que para tal efecto les confiera la Constitución y la ley, y conforme a los protocolos internos o procedimientos que para el efecto tengan implementados las respectivas entidades.

Realizar el reporte en el aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados.

En aquellos lugares en donde no exista Policía de Infancia y Adolescencia para la atención de las situaciones tipo III, las mismas serán reportadas o puestas en conocimiento ante la Policía de Vigilancia. Frente a las situaciones que requieran atención en salud se deberá acudir al prestador del servicio de salud más cercano, el cual en ningún caso podrá abstenerse de prestar el servicio, "Atención Preferente y Diferencial para la Infancia y la Adolescencia" y sus normas concordantes. ' En los municipios en donde no haya Defensor de Familia, las funciones le atribuye serán cumplidas por el Comisario de Familia. En ausencia de este último, las funciones asignadas al Defensor y al Comisario de Familia corresponderán al Inspector de Policía o la norma que lo modifique, sustituya o derogue. En los municipios en donde exista Defensoría de Familia y Comisaría de Familia o Comisaría de Familia e Inspección de Policía, cualquiera de estas autoridades competentes asumirá a prevención, el conocimiento del caso de inobservancia, amenaza o vulneración; verificará inmediatamente el estado de derechos; protegerá al niño, niña o adolescente a través de una medida provisional, si es del caso, y a la primera hora hábil siguiente remitirá las diligencias a la autoridad competente. Parágrafo 1. En materia de prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente, además de la aplicación del protocolo correspondiente, se deberá aplicar lo contemplado en la Ley 1146 de 2007 y en su reglamentación. Parágrafo 2. Cuando surjan conflictos de competencia administrativa éstos se superarán conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley 1437 de 2011. Las actuaciones administrativas de las autoridades deberán desarrollarse acorde con los principios Constitucionales y los consagrados en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011. Parágrafo 3. Cuando la Policía Nacional tenga conocimiento de las situaciones tipo III deberá informar a las autoridades administrativas competentes, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 4840 de 2007, con el fin de que éstas adopten las medidas de restablecimiento de derechos a que haya lugar. De esta actuación se deberá dejar constancia.

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CAPITULO IX OTROS SERVICIOS

La Institución Educativa La FILA aporta varios servicios de bienestar con el objetivo de darle un manejo eficiente y oportuno a todo lo que implique satisfacción, apoyo atención y ayuda para que la comunidad educativa se sienta comprometida, y en especial el estudiante se sienta a gusto sea una persona feliz y logre un proceso de formación y desarrollo su personalidad.

SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN:

Comités Dinamizadores.

Tienda Escolar.

Alimentación Escolar.

Transporte Escolar.

Biblioteca.

Laboratorios.

Sala de sistemas.

Internet.

Actividades lúdicas. COMITÉS DINAMIZADORES. Son grupos de estudiantes que en forma voluntaria o por elección, según los criterios de la mayoría de los estudiantes se conforman con el fin de cumplir funciones específicas que contribuyen al buen funcionamiento de la Institución, en aras de propiciar un agradable ambiente estudiantil, aprovechamiento del tiempo libre, desarrollo integral del estudiante y aplicación del conocimiento. Los comités se organizan por cursos y están dirigidos por una mesa directiva conformada por: presidencia, secretaría, tesorería, y coordinación de eventos. Se organiza un comité por curso, los presidentes de cada comité por curso se reúnen para conformar el comité de jornada, éstos eligen un comité de sede, que a la vez elige un comité Institucional. Las reuniones para planear, ejecutar y evaluar sus actividades son convocadas y orientadas por el consejo de estudiantes, con previa autorización de rectoría.

Comité Sociocultural: Le corresponde promover, participar y desarrollar actividades cívicas, sociales y culturales. Debe cumplir algunas funciones como:

Organizar y participar en campañas de solidaridad a favor de la institución y de la comunidad.

Asistir a eventos culturales programados dentro y fuera de la institución

Socializar novedades noticiosas relacionadas con la cultura y la pedagogía.

Fomentar el folclor y participar en las actividades programadas para los distintos eventos

Destacar en actos públicos a las personas que por algún motivo merezcan reconocimiento.

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Comité Ambiental: Debe proponer, participar y desarrollar actividades y proyectos que proporcionen un ambiente de convivencia armónico y placentero. Debe cumplir algunas funciones como:

Conciencia ambiental e incentivar a los estudiantes con el ánimo de fomentar hábitos que despierten el interés, el respeto y el amor por la naturaleza

Valorar la higiene y la salud del propio cuerpo y la formación, para la protección de la naturaleza y el ambiente.

Coordinar campañas de aseo y embellecimiento general a nivel institucional.

Velar para que cada dependencia de la institución esté en completo orden y aseo.

Realizar la decoración del aula de acuerdo a los eventos más significativos del mes.

Fomentar el cuidado del ambiente, el orden y el aseo del aula de clase.

Estar atentos a que sus compañeros mantenga el salón en perfecto estado de limpieza.

En coordinación con el director de curso organizar la realización de jornadas de aseo y embellecimiento del salón

Exigir a los estudiantes que depositen las basuras en los respectivos recipientes.

Comité de recreación y deportes: Debe planear, promover, proponer y desarrollar actividades que preserven la salud y fomentar la recreación y el deporte. Debe cumplir algunas funciones como:

Realizar actividades recreativas y deportivas.

Organizar y desarrollar los campeonatos intercursos.

Crear buenas expectativas deportivas en la juventud.

Fomentar la participación en todas las actividades lúdicas de la institución y el municipio En coordinación con el director, organizar la participación en los eventos deportivos

Organizar el horario de entrenamientos y la participación o encuentros programados por los docentes de área y autorizados por el director del plantel.

Organizar, programar y dirigir los juegos ínter cursos y la representación del colegio en juegos ínter colegiado y festivales escolares, como también en los interinstitucionales.

Comité de primeros auxilios: Debe establecer programas que ayuden a la formación integral de los estudiantes buscando siempre la protección y el cuidado de ellos. Debe cumplir algunas funciones como:

Brindar información básica sobre cómo prestar ayuda en un accidente o catástrofe.

Informar sobre las salidas de emergencia en la institución para evacuar en casos de incendios, sismos o cualquier catástrofe.

Realizar campañas educativas con el fin de orientar a los estudiantes sobre cómo sobrevivir a los posibles riesgos que estén expuestos

Buscar capacitación para aprender a atender a una persona en una calamidad.

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CODIGO DANE: 273352000201 NIT: 809006850

REG. EDUC.: 13522048 COD. ICFES: 123703

“Según Articulo 11 del Decreto 2150 del 5 de Diciembre de 1995, esta constancia no requiere de sellos para su validez”. Vereda La FILA Teléfono: 3102248125 E-mail: [email protected]

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Ilustrar a los estudiantes sobre el cuidado que se debe tener al realizar ciertas actividades.

Organizar el botiquín del plantel de común acuerdo con los demás compañeros

Prestar los primeros auxilios a quien lo requiera

Fomentar la solidaridad entre los compañeros.

Procurar el desarrollo de actividades de capacitación en primeros auxilios a los compañeros.

TIENDA ESCOLAR El objetivo primordial es brindarle bienestar a la comunidad educativa, por lo tanto ofrece precios más bajos que el comercio regular y debe garantizar excelente calidad de sus productos. La tienda escolar es un servicio prestado por particulares, pero bajo la supervisión y vigilancia de las directivas del establecimiento. La compra y venta de los productos en la tienda escolar, solo debe hacerse en las horas de descanso, excepto cuando por motivos especiales exista previa autorización de las directivas de la institución. ALIMENTACIÓN ESCOLAR: Por intermedio del instituto colombiano de bienestar familiar (ICBF), sistema general de participación (SGP.) y con los aportes de los padres de familia, se les ofrece el servicio de desayunos a un grupo de (80) estudiantes y almuerzos a un grupo de (35) estudiantes, teniendo en cuenta el nivel de nutrición en el educando, la distancia de sus hogares y la edad escolar. TRANSPORTE ESCOLAR: Por intermedio del sistema general de participación (SGP.) y con los aportes de los padres de familia, se les ofrece el servicio de transporte escolar a un grupo de (100) estudiantes, teniendo en cuenta la distancia de sus hogares. BIBLIOTECA Es un fundamento en el desarrollo académico y en el bienestar social y de la comunidad educativa, en especial del estudiante como su principal usuario; permite la consulta, la lectura y la información mediante el uso de textos mapas, láminas, revistas, periódicos y demás documentos que en ella se encuentren. El servicio de la biblioteca se ofrece a toda la comunidad, como medio para incrementar el interés por la investigación.

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REQUISITOS PARA EL USO DE LA BIBLIOTECA. 1. Todo servicio prestado por la biblioteca debe quedar registrado. 2. Los docentes deben responder por el uso, la conservación y el cuidado de los textos

a su cargo. 3. Responder por la devolución o restitución del material prestado. 4. Velar por el buen uso y la conservación de los materiales existentes. 5. Portar el uniforme para hacer uso de la biblioteca. 6. Respetar todos los elementos de uso de la biblioteca. 7. Contribuir al orden y el aseo de los espacios de la biblioteca.

LABORATORIOS. Es una ayuda pedagógica que ofrece la institución como material de apoyo en el avance del proceso educativo en las áreas de ciencias naturales, biología, física y química. Debe ser utilizado bajo el estricto control del docente responsable. SALA DE SISTEMAS. La institución cuenta con una sala de sistemas en la sede principal como ayuda pedagógica en las diferentes áreas del conocimiento pero especialmente para fortalecer el área de tecnología e informática y así los estudiantes se motiven a obtener una capacitación virtual, aprendan a manejar variedad de programas que le ayudarán a asimilar con mayor facilidad todas las áreas del conocimiento. Se les facilita dentro del plantel educativo los computadores, para realizar sus prácticas, tanto a los estudiantes como a los egresados y demás miembros de la comunidad.

INTERNET. Los sistemas de redes como Internet permiten intercambiar información entre computadoras, conectarse a un ordenador desde otro lugar; transferir ficheros entre una computadora local y una computadora remota, leer, investigar, intercambiar mensajes de correo electrónico (e-mail) chatear, tener acceso a grupos de noticias y foros de debate, incursionar a todas las empresas del mundo para que manejen sus mercados, ventas, compras, transacciones bancarias e.t.c. ACTIVIDAD LÚDICA: Son parte integral de la programación académica de la institución y por tanto se exige el mismo compromiso, puntualidad, disciplina y responsabilidad.

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CAPITULO X EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD

La Institución educativa La FILA en el servicio a la comunidad ofrece: 1. Servicio social obligatorio 2. Proyectos Pedagógicos 3. Convivencias, prácticas o salidas de campo. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO. El servicio social que prestan los estudiantes de la Educación Media tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico colaborando en los proyectos y trabajo que se llevan a cabo y así desarrollar valores de solidaridad y conocimiento del educando respecto a su entorno social. El servicio social obligatorio es asesorado por el coordinador del proyecto. Debe estar dirigido por un docente. Debe apoyarse en un proyecto. Cada proyecto debe ser planeado, elaborado y controlado por el docente responsable. Las actividades deben estar centradas en beneficio de la comunidad. El tiempo de ejecución debe ser planificado para al culminar el año lectivo de Undécimo puedan otorgársele 120 horas. PROYECTOS PEDAGÓGICOS. Es una actividad dentro del plan de estudios, que de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas cotidianos seleccionados por tener relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del estudiante. Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas así como la experiencia acumulada. 1. Para la elaboración, presentación y ejecución de proyectos debe seguir los lineamientos

adoptados por el consejo académico. 2. Los proyectos Institucionales son:

PESCC

PRAES

Democracia y constitución.

Aprovechamiento del Tiempo Libre

Institucional “Plan Lecto-Escritor” 3. Los proyectos de área deben ser entregados por escrito y presentados al consejo académico en

las fechas determinadas, con el fin de ser analizados y si se aprueban, incluirlos en el cronograma de actividades.

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4. Las condiciones y responsables de los proyectos institucionales serán determinadas por el consejo académico.

5. Los proyectos que impliquen costos económicos para la institución o para los estudiantes en caso de aprobarlos el consejo académico deben ser autorizados por el consejo directivo quien establece las condiciones de ejecución.

6. Requisitos para elaborar un proyecto:

Nombre

Responsable

Justificación

Problema

Ejes integradores

Contenidos

Objetivos generales

Metodología.

Actividades en formación.

Actividades complementarias

Recursos

Criterios de evaluación CONVIVENCIAS, PRÁCTICAS O SALIDAS DE CAMPO. Las convivencias, las prácticas o salidas de campo permiten que el estudiante vivencie nuevas expectativas que conllevan a la sana convivencia, el mejoramiento académico y el crecimiento personal. 1. Toda salida convivencia o actividad debe estar programada en el cronograma de actividades. 2. El proyecto debe estar inmerso en el plan de Área o por lo menos debe ser de carácter

netamente pedagógico; debe cumplir los siguientes lineamientos:

Nombre de la actividad

Responsables

Objetivos

Presentación

Justificación

Recursos

Itinerario (lugares)

Tiempo

Guías de trabajo para los asistentes

Guías de trabajo para los no asistentes. 3. El único grado autorizado para realizar actividades económicas es el grado Undécimo. 4. Condiciones:

En toda práctica o actividad debe acatarse el manual de convivencia.

Para salir debe estar aprobada por el consejo académico.

Las prácticas de cada área se debe desarrollar de acuerdo al plan de estudio y el currículo institucional.

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En caso de costos también debe tener aprobación del consejo directivo

Los objetivos deben ser claros y acordes con el área

Debe contar con la aprobación de la mayoría de los padres de familia explicándoles organización, ejecución, itinerario contemplada en un acta.

Solamente pueden asistir los estudiantes del grado en el que se programó la actividad.

En cada salida asiste el docente responsable y el director de curso.

Los costos económicos son asumidos por el padre de familia y administrados por el comité organizador elegido por sus padres de familia.

Terminada la actividad el docente responsable debe rendir un informe a las directivas de la institución sobre los resultados pedagógicos, ingresos y egresos, publicando una copia donde se enteren los interesados.

Para cada práctica el docente responsable debe elaborar un plan de trabajo para los que asisten y otro para los que no asisten basado en los temas de estudio

Para que haya salida debe asistir mínimo el 70 % de los estudiantes del grado 5. Requisitos para los estudiantes:

Autorización escrita y firmada del padre de familia

Fotocopia del documento de identidad.

Fotocopia del carné de salud

Copia de un seguro de accidentes.

Carnet estudiantil SALIDA PEDAGOGICA DE FIN DE AÑO DEL GRADO UNDECIMO Para la excursión del grado undécimo deben cumplir las condiciones y requisitos anteriores más las siguientes: 1. A esta actividad solo pueden asistir los estudiantes del grado undécimo matriculados en

nuestra institución 2. El comité organizador son las personas encargadas de coordinar, dirigir las actividades y

acompañar a los estudiantes a la salida pedagógica. 3. Los costos económicos son asumidos por los padres y/o acudientes, estudiantes y serán

manejados por comité organizador. 4. Esta salida pedagógica se considera un estimulo o un premio por los resultados de un buen

rendimiento académico y un excelente comportamiento social demostrado por el estudiante durante toda su vida escolar. Por lo tanto quien no cumpla este requisito no será autorizado.

5. El proyecto debe ser presentado al iniciar el año escolar para su aprobación. 6. El proyecto debe estar avalado por el Consejo de Padres de la Institución. 7. Los estudiantes que deseen participar en el proyecto deben tener permiso autorizado y de

responsabilidad firmado por los padres de Familia o Acudiente. 8. Este proyecto debe llevarse a cabo en días que no afecten el calendario escolar y los procesos

educativos (vacaciones). 9. Terminada la actividad el director de curso debe rendir un informe escrito de los resultados

de la misma a los directivos del plantel, padres de familia y estudiantes.

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PARAGRAFO: La Institución no se hace responsable de lo que pueda suceder en esta salida pedagógica ya que esta es una decisión libre y de responsabilidad única del padre de Familia o Acudiente que autoriza la participación de su hijo o acudido. El presente Manual de Convivencia rige a partir de su sanción y publicación con efectos retroactivos a partir del primero (1°) de Enero de 2014.

SANCIÓNESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE: Dado en Icononzo Tolima, a los seis (6) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Trece (2013).

INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO

______________________________ ___________________________ ADRIANA MARIA ORTEGON WILCHES MIRIAN VARGAS REPRES. DE PADRES DE FAMILIA REPRES. DE PADRES DE FAMILIA ______________________________ ___________________________ JUAN DAVID RAMIREZ CELIS GINA PIRAQUIVE REPRES. DE LOS ESTUDIANTES REPRES. DE LOS EXALUMNOS ______________________________ ___________________________ JOSE FERNANDO CARDENAS MUÑOZ CRISTIAN CAMILO TORRES ALVAREZ REPRES. DE LOS DOCENTES REPRES. DE LOS DOCENTES ______________________________ ___________________________ TRINIDAD RODRIGUEZ VASQUEZ DIANA YOLANDA PARRA RODRIGUEZ REPRES. DEL SECTOR PRODUCTIVO RECTORA (E) ______________________________ ___________________________ VICTOR ALFONSO MAYORGA LOPEZ PAOLA ANDREA CRUZ QUINTERO PERSONERO ESTUDIANTIL CONTRALORA ESTUDIANTIL

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ACTA DE DIVULGACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA FECHA: HORA: LUGAR: RESPONSABLE:

ACTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA QUE RECIBIERON LA DIVULGACIÓN

CAPITULOS DIVULGADOS

N¬ DENOMINACIÓN

1

2

3

4

5

6

7

EVALUACIÓN

LOGRO DIFICULTAD

ASISTENTES

N¬ NOMBRE CURSO FIRMA

1

2

3

4

5

6

7

FIRMA DEL RESPONSABLE: _________________________________