II Batalla Por El TIPNIS-Consulta Publica y Movimiento

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    II Batalla por el

    TIPNIS:

    Apuntes sobre la

    consulta pblica1

    Carlos Crespo F.

    [email protected]

    2012

    1Una versin preliminar fue presentada en el foro debate

    TIPNIS: Balance del conflicto, organizado por la Carrera de

    Sociologa (UMSS), el 18/IV/2012. Agradezco a los y las

    activistas del TIPNIS de Cochabamba que facilitaron material

    para la elaboracin del texto.

    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]
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    A principios de junio del 2010, la CONAMAQ, atravs del entonces apumallku, Rafael Quispe,denunci que en una reunin con el presidente EvoMorales das antes, ste les dijo que la consulta(pblica) ahuyenta las inversiones y perjudica la

    ejecucin de obras por lo que no se podr aplicar,mientras que el senador por el Movimiento AlSocialismo (MAS) y ex ejecutivo de la CSUTCB,

    Isaac valos, afirmaba que la consulta directa a lospueblos est establecida en la CPE, pero que debe

    ser regulada y que hay un problema con ladirigencia de indgenas y campesinos, que se oponen

    a que los inversionistas construyan escuelas,

    hospitales o carreteras y prefieren recibir recursos

    econmicos. A nosotros nos parece sospechoso(Los Tiempos, 10-VI-2010). En diciembre del 2011,en la presentacin del plan de exploracin de YPFB2012-2020, el gobernante boliviano segua afirmandoque estos procesos (de consulta pblica) no deben

    retrasar la actividad exploratoria. En las reas deexploracin, es necesario garantizar la consultaprevia, coadyuvar y apoyar a la consulta y no

    mediante la consulta, perjudicar la exploracin; son

    los problemas que se nos han presentado en los

    ltimos aos (El Da, 20-XII-2011)

    Desde el inicio de su gestin, la consulta previa hasido considerada un obstculo a la estrategia delgran salto industrial en la que halla empeada elgobierno del MAS. Hoy, que el gobierno defiende a

    capa y espada la consulta pblica para laconstruccin de la carretera, como expresin dederecho democrtico, constitucional y colectivo que

    tienen los pueblos indgenas2

    El proceso de consulta pblica a realizarse a partirdel 10 de mayo evidencia varios problemas que nosolo inviabilizan su implementacin, sino quereproducen patrones de conducta del gobierno en sumanejo del pas, los que sern analizados en elpresente texto. Para ello, se analizan, laLey No 222.De consulta a los pueblos indgenas del TIPNIS y el

    , uno se pregunta: porqu este cambio? En realidad como veremos, es unatctica para neutralizar la marcha indgena ycontinuar con su propsito de construir la carreterapor el TIPNIS.

    2Ver Mara Lohman (2012)Ley 222 de Consulta Previa

    lo no dicho en la campaa meditica. 8 pp.

    http://somossur.net/documentos/lohman_campana_mediatica.p

    df

    Protocolo para consulta participativa a los pueblos

    indgenas del TIPNIS, documento que establece losprocedimientos de su implementacin.

    Este texto est dividido en cuatro secciones; en laprimera se defiende el argumento que la consulta noincluye directamente a la carretera, objeto central dela disputa. La ambigedad de los alcances y trminos

    de la consulta, expresados en el Protocolo, sonanalizados en la segunda parte, mientras que en latercera se sostiene que el estado es quien controlatodo el proceso de consulta, vulnerando la normaconstitucional y la autonoma indgena. Finalmentese realizan consideraciones crticas de la metodologautilizada para la consulta, evidenciando perspectivasneocoloniales tpicas del estado racista.

    1. No se consulta sobre la carreteraLa Fundacin Tierra denunci que "el protocolo estenfocado a preguntar a los indgenas sobre las

    caractersticas de la ruta y no su aprobacin odesaprobacin"(Pgina 7, 18-IV-2012)Efectivamente, veamos la finalidad de la consulta enla ley 222

    Artculo 4. (Finalidad de la consulta). Lograr

    un acuerdo entre el Estado Plurinacional de

    Bolivia y los pueblos indgena originario

    campesinos Mojeo-Trinitario, Chimane y

    Yuracar, sobre los siguientes asuntos:

    a. Definir si el Territorio Indgena y ParqueNacional Isiboro Scure TIPNIS debe ser

    zona intangible o no, para viabilizar e

    desarrollo de las actividades de los pueblos

    indgenas Mojeo-Trinitario, Chimane y

    Yuracar, as como la construccin de la

    Carretera Villa Tunari San Ignacio de

    Moxos.

    http://somossur.net/documentos/lohman_campana_mediatica.pdfhttp://somossur.net/documentos/lohman_campana_mediatica.pdfhttp://somossur.net/documentos/lohman_campana_mediatica.pdfhttp://somossur.net/documentos/lohman_campana_mediatica.pdfhttp://somossur.net/documentos/lohman_campana_mediatica.pdf
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    b. Establecer las medidas de salvaguarda para

    la proteccin del Territorio Indgena y

    Parque Nacional Isiboro Scure TIPNIS,

    as como las destinadas a la prohibicin y

    desalojo inmediato de asentamientos ilegales

    respetando la lnea demarcatoria del

    TIPNIS.

    Esta misma perspectiva se reproduce en elProtocolo; veamos los objetivos de la consultasealados en el documento:

    - Establecer acuerdos con las comunidades

    indgenas del TIPNIS a travs del desarrollo

    de la Consulta Previa; Libre e Informada con

    relacin a las condiciones necesarias que

    deben establecerse en el TIPNIS para su

    proteccin, el desarrollo de programas de

    manejo de recursos y el desarrollo de

    infraestructura que no provoque cambiosserios en la funcionalidad de los ecosistemas.

    - Determinar las condiciones y oportunidades

    para establecer la implementacin de

    programas y proyectos de desarrollo en el

    territorio, a partir del establecimiento de

    mecanismos que permitan establecer un

    aprovechamiento racional y sostenible de los

    recursos naturales y contribuir al desarrollo

    ms armnico de las poblaciones del

    territorio, respetando sus valores, creencias,

    usos y costumbresObjetivos especficos:

    - Desarrollar el proceso de consulta con la

    informacin presentada a travs de un

    proceso de dilogo y construccin colectiva

    de las posibles alternativas para establecer

    acuerdo con relacin a: si la intangibilidad

    garantizar los criterios culturales y principios

    de convivencia armnica con la naturaleza y

    la conservacin de la biodiversidad del

    territorio.

    - Si la intangibilidad permitir y garantizar la

    conservacin de las principales reas de

    produccin y explotacin, aprovechamiento y

    conservacin de los RRNN y espacios de

    reproduccin econmica, social, espiritual y

    cultural, as como el ejercicio pleno de los

    derechos y obligaciones con la madre tierra.

    - Desarrollar el proceso de consulta para

    establecer todas las condiciones y

    mecanismos necesarios para la proteccin de

    TIPNIS en relacin a las acciones

    depredadoras y de asentamientos ilegales, as

    como garantizar sus lmites y la integridad

    territorial.

    -Desarrollar el proceso de consulta previa,

    libre e informada y determinar acuerdosentre las partes para establecer las mejores

    condiciones posibles para la construccin de

    la primera carretera ecolgica en Bolivia que

    incorpore el diseo, uso y aplicacin de

    tecnologas innovadoras para la conservacin

    y preservacin de los RRNN

    para reducir al mnimo los posibles impactos

    ambientales, y se puedan asegurar un

    desarrollo armnico con el menor impacto

    ambiental para alcanzar mayores beneficios

    para el desarrollo, como parte de losconsensos que permitirn iniciar un proceso

    transformador en el TIPNIS.

    Los contenidos de la consulta segn el Protocolo sedividen en tres: salvaguardas y proteccin a laintegridad del TIPNIS, el anlisis de laintangibilidad y finalmente la carretera ecolgica(punto 5).

    Ms all de la retrica ideolgica, en realidad la

    consulta gubernamental busca concertar con losindgenas la eliminacin de la intangibilidad deTIPNIS que permita desarrollar actividades en prodel desarrollo de la regin, incluyendo la carreteraVilla Tunari San Ignacio de Moxos, y por otroestablecer con los indgenas medidas de mitigacin yprevencin por los impactos provocados por losproyectos de desarrollo, entre ellos la carretera, y losasentamientos cocaleros. Pero, la construccin de lacarretera por el TIPNIS no es objeto directo deconsulta.

    Ms grave an, se asume que la carretera pasar porel TIPNIS y la consulta solo sirve para identificarprobables impactos y medidas de mitigacin yprevencin. En el Protocolo la carretera es un temams, por ello en la matriz de identificacin ymitigacin de impactos (punto 4.g) aparece laconstruccin de la carretera San Ignacio de MoxosVilla Tunari (ver cuadro 3 en Anexo), pero las

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    preguntas estn referidas a los programas y proyectosque propondran, una valoracin de los impactos ysus recomendaciones de mitigacin, pero laexistencia misma de la carretera por el TIPNIS no espuesta en discusin, se asume que ser construida.

    La exclusin de la carretera como objeto de laconsulta desplaza el tema central del conflicto - la

    construccin de la carretera por medio del TIPNIS,hacia sus efectos e impactos; de esta manera el ejecentral de las discusiones sern beneficios,compensaciones, medidas de mitigacin, prevencin,a cambio de la carretera; expresin de unasalida porcooptacinal conflicto por parte del gobierno, peroque no resuelve el origen de la resistencia indgena.

    2. Ambigedad conceptual en el ProtocoloSe esperara que el Protocolo tenga claridad yprecisin sobre los conceptos, procedimientos,alcances de la consulta, dada la sensibilidad del tema,ms an cuando existen valoraciones diferentes de labioregin del TIPNIS y sus recursos, por ello llamala atencin la ambigedad de los trminos yconceptos utilizados para definir los alcances de laconsulta.

    Volvamos a leer los objetivos sealados en elProtocolo: se intenta definir la intangibilidad, sebusca viabilizar el desarrollo de las actividades delos pueblos indgenas, que los acuerdos eviten.cambios serios en la funcionalidad de los

    ecosistemas, adems de buscar el aprovechamientoracional y sostenible de los recursos naturales, eldesarrollo ms armnico, en base a principios deconvivencia armnica con la naturaleza,protegiendo el TIPNIS contra acciones

    depredadoras, y utilizando tecnologas innovadoraspara la conservacin y preservacin de los RRNNComo se mide la intangibilidad, el desarrollo yconvivencia armnica o la seriedad de los cambios?Segn qu criterios de valoracin? Racional ysostenible segn quien? Segn los indgenas o segnlos estndares gubernamentales y corporativos?Quien y como se define lo que es accin

    depredadora? Son innovadoras las tecnologasinformticas y satelitales en las que estn basados losmercados de carbono, por ejemplo? La ambigedadde los alcances de la consulta hacen manipulables losresultados, pues cada sector tiene su criterio devaloracin, pero al ser una relacin de fuerzas, esector ms fuerte normalmente el estado y lascorporaciones privadas, quien impone finalmente sucriterio. Ms an, se excluyen enfoques crticos decapitalismo verde y su discurso de sustentabilidad3

    por ejemplo, por que no incluir enfoques

    multicriteriales o criterios de valoracin basados enel metabolismo ecosocial del territorio indgena, oincorporar las nociones de lmites ecolgicos yprincipios precautorios como guas de la consulta?

    3. El Estado controla el proceso de consultaQuien lleva a cabo el proceso de consulta pblica?El senador por el MAS Adolfo Mendoza afirma que

    3La ambigedad de los trminos utilizados en el Protocolo

    recuerda al concepto de desarrollo sostenible, dominante en elmarco normativo, institucional del actual gobierno; es un

    concepto que pretende articular crecimiento econmico

    indefinido y conservacin de los RRNN y el medio ambiente

    en la realidad imposible pues no es posible crecer

    indefinidamente en un planeta finito. Poro otro lado, es un

    concepto que describe una situacin ideal como desearamos

    que funcione la sociedad, el gobierno o el medio ambiente

    pero que no existe en la realidad. Esta ambigedad le permite

    ser un concepto utilizado por los neoliberales y los socialistas

    los amantes del mercado y los estatolatras.

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    el Estado estar presente en todas las etapas delproceso de consulta para llegar a acuerdos con losindgenas. En todo momento, el Estado tiene queestar presente, porque el que consulta es el Estado y

    el que tiene derecho a ser consultado es el pueblo

    indgena (20-03-12).

    Que dice al respecto la Constitucin Poltica del

    Estado Plurinacional de Bolivia (CPEP)? En suartculo 30. Inc. 15. entre los derechos indgenasseala:

    A ser consultados mediante procedimientos

    apropiados, y en particular a travs de sus

    instituciones, cada vez que se prevean

    medidas legislativas o administrativas

    susceptibles de afectarles. En este marco, se

    respetar y garantizar el derecho a la

    consulta previa obligatoria, realizada por el

    Estado, de buena fe y concertada, respecto a

    la explotacin de los recursos naturales norenovables en el territorio que habitan.Y el art 352. La explotacin de recursosnaturales en determinado territorio estar

    sujeta a un proceso de consulta a la poblacin

    afectada, convocada por el Estado, que ser

    libre, previa e informada. Se garantiza la

    participacin ciudadana en el proceso de

    gestin ambiental y se promover la

    conservacin de los ecosistemas, de acuerdo

    con la Constitucin y la ley. En las naciones y

    pueblos indgena originario campesinos, laconsulta tendr lugar respetando sus normas

    y procedimientos propios.

    De acuerdo a la CPEP, la consulta, si bien esconvocada y realizada por el Estado, se ladesarrolla a travs de las instituciones, normas yprocedimientos propios. Es decir, son lasorganizaciones indgenas las protagonistas delproceso, expresin del respeto de su autonoma. Elestado acompaa el proceso, verifica su legalidad yque se lleve a cabo dentro sus criterios detransparencia y democracia.

    Contradiciendo lo anterior, tanto de la Ley 222como el Protocolo son documentos que ordenan yregulan la consulta como hecho estatal, pues son lasautoridades gubernamentales quienes convocan,organizan, facilitan, sistematizan, emiten juicio sobreel proceso, vulnerando el sentido de proteccin a los

    sistemas comunitarios en el acceso y uso a losRRNN y sus servicios, que tiene la normaconstitucional. En el punto 4.ii.a del ProtocoloDesarrollo de la consulta en las comunidades, seestablece la conformacin y capacitacin de 15brigadas, quienes llevarn a cabo el proceso deconsulta, compuestas por 5 representantes cada una1 del ministerio de OOPP, 1 del ministerio de MA y

    agua, dos indgenas que apoyarn en el proceso deconsulta -solo apoyan, y 1 encargado de logstica.

    En las bases de la consulta del Protocolopunto 3,referido al marco normativo, en sus consideracionesprevias establece "que los alcances de los resultadosde esta consulta tiene algunos lmites. Los acuerdos

    alcanzados deben:- Estar con concordancia con los principios

    del Estado plurinacional de Bolivia

    expresados en la CPEP y del Plan Nacional

    de Desarrollo- Considerar que el TIPNIS tiene una doble

    condicin de Parque Nacional y Territorio

    Indgena. No puede fragmentarse su

    territorio (ANEXOS II)

    - El Territorio Indgena TIPNIS (TCO) es

    parte del Territorio del estado Plurinaciona

    de Bolivia, y en este marco debe ser parte de

    las decisiones estratgicas que se deben tomar

    para las regiones, los departamentos y e

    pas".

    Es decir, la autonoma indgena opera mientras estsometida al estado nacin. Las autonomas indgenasconstituan el desafo de construir, cohesionar deotra manera al pas, que no sea a travs de la formaestado homogeneizador. En lo concreto, estnrayando la cancha dentro sus reglas 4

    Finalmente, el estado asume como vinculantes losresultados de la consulta? Como se sabe,previamente los funcionarios de gobierno fueronreacios a definir la consulta pblica como vinculante

    .

    De esta manera, reproducen una posturaestadocntrica de la autonoma indgena en el temade la consulta pblica.

    4Lo mismo en las finalidades; se seala que los acuerdos

    finales "buscan reconstruir un balance entre los beneficios a

    los pueblos indgenas y los beneficios para la poblacin

    nacional". Donde lo nacional estatal tiene las de ganar.

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    Pero, el artculo 10 de la ley 222, referido al carcterde los acuerdos de la Consulta, seala que Losacuerdos logrados en el proceso de Consulta son de

    cumplimiento obligatorio para el Estado

    Plurinacional y los pueblos indgena originario

    campesinos Mojeo-Trinitario, Chimane y

    Yuracar. Es obligatorio pero no vinculante; lovinculante es un concepto ligado a la democracia

    representativa y tiene que ver con el referndum. Elhecho vinculante est en la eleccin con voto

    ciudadano, dice el senador Mendoza,reproduciendo la ambigedad del proceso.

    4. Metodologa (neo)colonial de consultaHay varios aspectos metodolgicos a destacar. En elpunto e) Identificacin de aspiraciones y demandascomunales, se dice que Los facilitadores y lasautoridades comunales recogern las aspiraciones y

    demandas de la comunidad (ver cuadro No 1 enANEXO). Aspiracin es su idea de futuro, tiempolineal aplicado a sociedades cclicas, sin historia;qu criterios se utilizan para determinar lasaspiraciones y demandas? Ms aun, los sueos defuturo tienen un lmite, el alcance de la consulta:cual es tal alcance? Como se lo determina?Asimismo, se introduce una valoracin de losimpactos en trminos (+) o (-): segn queparmetros o criterios de valoracin?

    Para el diagnstico de necesidades, aspiraciones,identificacin de impactos y medidas de mitigacin,han decidido adoptar tcnicas provenientes de losdiagnsticos rurales rpidos, que en general secaracterizan por su reduccionismo y fragmentacinde la realidad5

    5

    Estas tcnicas estn muy presentes en los instrumentos para

    la elaboracin de planes operativos anuales y planes de

    . Son culturas orales, donde el habla,

    los gestos, ritos, son la base para la formacin de losconsensos en el grupo, y no pueden ser reducidos amatrices temticas, lineales, inadecuadas paraentender las complejas interacciones de lassociedades indgenas con su territorio y losimaginarios que emergen. El Protocolo evidencia laprctica (neo)colonial del estado sobre los indgenasesta vez considerados como nios y sobre los cuales

    se aplica una serie de tcnicas didcticas deprovisin de informacin y valoracin. Sin duda unaforma de racismo estatal.

    La incompatibilidad entre el formato de la consulta ylas prcticas indgenas se explica tambin porque eProtocolo nunca fue concertado con las autoridadesy organizaciones indgenas, una evidencia ms de laintervencin estatal en este proceso6. De yapa, comoest expresado en el punto 4.b), referido a lainstalacin de la consulta, entre la informacin

    pertinente que difundir, solo se incluye informacinoficial o favorable al gobierno, incluyendo unapropuesta de carreta ecolgica en los idiomas delos pueblos indgenas, pero ningn informe oreporte crtico a la carretera (ver Cuadro 2 enANEXO). Cmo se puede establecer una consultatransparente cuando solo un actor el estado, conmayor capacidad de desplegar dispositivos de poderes el que puede comunicar? 7

    desarrollo municipal, introducidos por la participacin popular(LPP).6

    Entre los defensores del discurso de los derechos, oficialistas

    y opositores, se ha planteado un debate acerca de la

    pertinencia o no, de aplicar la consulta a los habitantes

    indgenas asimilados por el sindicalismo cocalero, que tienen

    su titulacin individual y estn afiliados a la CONISUR

    Apoyado en el convenio 169 de la OIT constitucionalizado po

    el pas, el senador Mendoza ha acusado de racistas a quienes

    se oponen su aplicacin en estas zonas, pues se estara

    discriminando a estos indgenas. El tema es que tanto el

    convenio como la CPEP relacionan la aplicacin de la

    consulta pblica con los llamados derechos colectivos, pues

    se busca protegerlos y promoverlos, dado que se asume suindefensin. El derecho individual, como en el caso de los

    indgenas titulados individualmente, est protegido por e

    derecho positivo vigente, por tanto no es parte del alcance de

    la consulta pblica.7

    En el punto 4.i. Agregacin de los resultados de la consulta

    en niveles supracomunales, seala que "concluida la consulta

    en las comunidades se organizar la informacin segn

    criterios tradicionales de sub-cuenca; zonificacin de plan de

    manejo y/o formas propias de organizacin. Desconociendo

    que tal zonificacin ha sido introducida por el Estado y las

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    Finalmente, la consulta pblica promovida por elgobierno ha dejado de ser de buena fe y no esprevia, como establece la norma. No es de buena feporque el gobierno es actor del conflicto y al mismotiempo maneja y control todo el proceso de consultapblica; asimismo, hay desconfianza de las accionesdel gobierno y sus operadores, por tanto no existe un

    ambiente para alcanzar acuerdos. Tampoco es unaconsulta previa porque el gobierno, a pesar de haberroto el contrato con OAS, ha decidido construir lacarretera por el TIPNIS s o s, cuenta con undiseo y un crdito. Con esos antecedentes, por queinsistir en realizar la consulta en el TIPNIS?

    Cochabamba, 20 de abril 2012

    BIBLIOGRAFIAGaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia(2012) Ley No 222. De consulta a los pueblosindgenas del TIPNIS. 7 pp.www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo

    NN (23012) Protocolo para consulta participativa alos pueblos indgenas del TIPNIS (Documento detrabajo 24 de marzo de 2012). 17 pp.

    Scott, James C. (1998) Seeing Like a State.HowCertain Schemes to Improve the Human

    Condition Have Failed.Yale University Press: NewHaven and London. 445 pp.

    ONGs, como parte de un proceso de legibilizacin (Scott,

    1998), es decir de su reconocimiento y registro por el estado.

    BIBLIOTECA CESAREO CAPRILES

    http://www.anarquiacochabamba.blogspot.com/

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    ANEXOCUADRO 1IDENTIFICACION DE ASPIRACIONES Y DEMANDAS COMUNALES SEGNTEMASTemas Demandas

    Educacin, salud, deporteSeguridad y soberana alimentaria y nutricinAgua, vivienda y servicios bsicosAprovechamiento sostenible de los RRNNIntegracin, transporte y comunicacinGestin territorialOtros

    CUADRO 2PRESENTACION DE LA INFORMACION PERTINENTE SEGN TEMASTemas DemandasLeyes, normas y decretos relacionados a l consultaProtocoloSalvaguardasIntangibilidad y planes de manejo y planes de gestinConstruccin de la carretera Villa Tunari SanIgnacio de MoxosDesarrollo IntegralOtra informacin necesaria

    CUADRO 3MATRIZ DE IDENTIFICACION Y MITIGACION DE IMPACTOSTemas Programas y/o

    proyectosIdentificacin de

    impactosRecomendacin de

    mitigacin deimpactos negativos

    Positivos Negativos

    SalvaguardasIntangibilidad yplanes de manejo y

    planes de gestinConstruccin de lacarretera VillaTunari San Ignaciode MoxosOtros