Ilícito tributario.. Derecho Tributario

10
Ilícito Tributario Herianny Figueroa C.I: 22,322,600

Transcript of Ilícito tributario.. Derecho Tributario

  1. 1. Ilcito Tributario Herianny Figueroa C.I: 22,322,600
  2. 2. Ilcitos Tributarios Son mandatos coactivos para ser cumplidos. Son los actos y acciones que van contra o atentan contra las normas tributarias.
  3. 3. Derecho Penal Tributario Regula todo lo atinente a los delitos tributarios. Infraccin Tributaria Acciones tipificadas en el COP. Omisiones. Quebrantamiento de una norma. Violacin a las obligaciones Tributaria Formales y Sustanciales.
  4. 4. Elucin Fiscal Con pago Traslacin Progresiva, Regresiva, oblicua, Sin pago Con la ley (Lagunas de la ley) Contra la ley (Evasin, delito Fiscal)
  5. 5. Ilcito Tributario. Ilcito Tributario Accin: Actos o hechos que violan una norma. Omisin: dejar de hacer un hecho o una accin que era obligatorio hacerla. Causas de Extincin Error de Derecho: desconoce la existencia de la norma y sus conceccuencias. Error de hecho: situacin real del conocimiento imperfecto de las cosas o personas.
  6. 6. Principios Fundamentales en la Constitucin. Principio de la Legalidad. Principio de la Irretroactividad. Principio del Derecho a la Defensa. Principio a no declarar contra s mismo. Derecho a ser Juzgados por sus Jueces Naturales. Derecho al Debido Proceso. Prohibicin de Analoga Principio de Presuncin de Inocencia. Principio de no Concurrencia Sancionatoria
  7. 7. Clasificacin de los Ilcitos T Tributarios. El Cdigo Orgnico Tributario, por su parte, tipifica los diversos delitos o modos de incumplimiento de las obligaciones fiscales, denominndolas ilcitos tributarios. En este sentido dicho cuerpo legislativo en su artculo 80, consagra los siguientes ilcitos: Ilcitos Formales: Los deberes formales son todos aquellos impuestos a los contribuyentes, responsables o terceros, tendientes a facilitar la determinacin de la obligacin tributaria o la verificacin o fiscalizacin del cumplimiento de ella Ilcitos relativos a Especies Fiscales y Gravadas: Este se encuentra contemplado en el artculo 108 del COT, el mismo, establece una serie de sanciones, para casos especficos, relativos a las especies fiscales y gravadas, algunas de las penas establecidas son de carcter personal Ilcitos Materiales: Los ilcitos materiales son aquellos que estn vinculados con la omisin del pago del tributo debido a la obtencin indebida de reintegros, los incumplimientos por parte de los agentes de retencin o percepcin y los pagos a cuenta de obligaciones futuras. Ilcitos con penas privativas de la libertad: Este tipo de ilcitos es una novedad dentro del COT, por cuanto implica la restriccin de la libertad como sancin, ante el incumplimiento de los deberes. Estos estn consagrados en los artculos 115 y 116.
  8. 8. Reincidencia Articulo 82 COT Responsabilidad por Ilcitos Tributarios art 84 COT Inhabilitacin Profesional Articulo 89 COT
  9. 9. El hecho de no haber cumplido 18 aos. La incapacidad mental debidamente comprobada. La obediencia legtima y debida. El caso fortuito y la fuerza mayor. Circunstancias que eximen de responsabilidad por ilcitos tributarios
  10. 10. Sanciones