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iMélflieiPAÚDÁD DISTRITAL DG PU€BID NUEVO "Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional" ORDENANZA MUNICIPAL N°003-2018-MDPN Pueblo Nuevo, 23 de Mayo del 2018 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO POR CUANTO En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha de 23 Mayo del 2018, bajo la presidencia de la Señor Alcalde José Ruperto Suing Barrueto, contando con la asistencia de los señores Regidores, Segundo Manuel Quispe Mendoza, Janis Kelly Dávila Campos, Hugo Hernán Rivadeneyra Fernández, Dina Janet Espinazo Eneo y José Eduardo Balarezo Albitres; '8' . , -RJfvr/^Ac) El proyecto de Ordenanza Municipal, que contiene el Reglamento del Proceso de Presupuesto participativo para el ejercicio fiscal 2019 presentado por la Oficina de Planificación y Presupuesto a través 'el Informe N°i6s-2oi8/CPC.NJAR de fecha 18 Mayo 2018; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. %\ Que elArt. N°^o de la Ley Orgánica de Municipalidades N" 27972, establece que las Ordenanzas ipf las Municipalidades Distritales en la materia de su competencia son las normas de carácter general de '--.^.-<c<i -'/'^y°'' jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio del cual se aprueba la organización "^•^S^'^^^ interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y la materia en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo el Art. inciso 8 de ta referida Ley orgánica de Municipalidades señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, medicínte la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°i42-2oo9-EF, se establecen disposiciones y lineamientos para la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso del presupuesto participativo que convoquen los gobiernos locales y regionales. Que, el artículo 20°, numeral 20.1 de la Ley N" 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los gobiernos locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos anuales, como instrumento de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme al marco legal pertinente. Que, el artículo 53° de la Ley N" 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades precisa que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos que forman parte del sistema de planificación municipal y son definidos como instrumentos de administración y gestión. Que, la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que las municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos. A Calle Arco 301 - Pueblo Nuevo Q 044 574040 @ [email protected] ^ Chepén - La Libertad Tiahya^da c^. UMcf... www.munipueblonuevo-chepen.gob.pe/

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  • iMélflieiPAÚDÁD DISTRITAL DG PU€BID NUEVO

    "Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional"

    ORDENANZA MUNICIPAL N°003-2018-MDPN

    Pueblo Nuevo, 23 de Mayo del 2018

    EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO

    POR CUANTO

    En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha de 23 Mayo del 2018, bajo la presidencia de la Señor Alcalde José Ruperto Suing Barrueto, contando con la asistencia de los señores Regidores, Segundo Manuel Quispe Mendoza, Janis Kelly Dávila Campos, Hugo Hernán Rivadeneyra Fernández, Dina Janet Espinazo Eneo y José Eduardo Balarezo Albitres;

    '8' . , -RJfvr/^Ac) El proyecto de Ordenanza Municipal, que contiene el Reglamento del Proceso de Presupuesto

    participativo para el ejercicio fiscal 2019 presentado por la Oficina de Planificación y Presupuesto a través 'el Informe N°i6s-2oi8/CPC.NJAR de fecha 18 Mayo 2018;

    CONSIDERANDO:

    Que, el articulo 1 9 4 ° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. %\

    Que elArt. N°^o de la Ley Orgánica de Municipalidades N" 27972, establece que las Ordenanzas ipf las Municipalidades Distritales en la materia de su competencia son las normas de carácter general de

    ' í ' - - . ^ . - < c < i - ' / ' ^ y ° ' ' jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio del cual se aprueba la organización "^•^S^'^^^ interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y la materia en las que la

    Municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo el Art. 9° inciso 8 de ta referida Ley orgánica de Municipalidades señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.

    Que, medicínte la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°i42-2oo9-EF, se establecen disposiciones y lineamientos para la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso del presupuesto participativo que convoquen los gobiernos locales y regionales.

    Que, el artículo 20°, numeral 20.1 de la Ley N" 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los gobiernos locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos anuales, como instrumento de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme al marco legal pertinente.

    Que, el artículo 53° de la Ley N" 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades precisa que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos que forman parte del sistema de planificación municipal y son definidos como instrumentos de administración y gestión.

    Que, la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que las municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos.

    A Calle Arco N° 301 - Pueblo Nuevo Q 044 574040 @ [email protected] ^ Chepén - La Libertad Tiahya^da c^. UMcf... www.munipueblonuevo-chepen.gob.pe/

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    Que, la Oficina de Planificación, Presupuesto mediante carta N° ois-2018-CPC/NJAR, presenta el Proyecto de Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados" sugiriendo poner de conocimiento al pleno del concejo para su aprobación y dotar de legalidad al desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo del 20ig.

    Que, en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 23 Mayo de mayo del presente año, El Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, acordó, aprobarla Ordenanza, que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el Año Fiscal 2oig, con el objeto de regularlas distintas acciones y procedimientos que realizaran los distintos actores, asimismo para establecer mecanismos para las acciones de seguimiento, control, transparencia y rendición de cuentas.

    De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y

    ^ , . aprobación del acta, aprobó la siguiente: '^^"^^