Impacto Ambiental de Suelos

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ANEXO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS AMBIENTALES (ETA) RP Nº 3 – Tramo Pampa del Indio – Villa Río Bermejito Estudio de Impacto Ambiental - ANEXO ETA 345

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IMPACTO AMBIENTAL DE SUELOS Y CONCEPTOS

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

ANEXO

ESPECIFICACIONES TCNICAS AMBIENTALES

(ETA)

7.2. Especificaciones Tcnicas Ambientales7.2.1. ObjetoLa presente especificacin establece las normas a seguir para cumplir con las Medidas de Prevencin, Mitigacin y Plan de Manejo Ambiental previstos para la etapa de construccin, mantenimiento y operacin de las obras hasta su recepcin definitiva, con el objeto de prevenir y mitigar los Impactos Ambientales negativos y potenciar los positivos, producidos por la ejecucin de las distintas tareas necesarias para su materializacin.

Complementa lo establecido en el Pliego General de las Obras, constituyendo una Especificacin Tcnica Particular para la Licitacin de las Obras, en cuanto a Obligaciones del Contratista con relacin a aspectos especficos con el Medio Ambiente.

El Objetivo fundamental del Plan de Manejo Ambiental es:

El desarrollo del Plan de Manejo para el cumplimiento de la Legislacin Ambiental vigente

El mismo comprende:

La elaboracin de los Requerimientos Ambientales a incorporar, dentro del marco del Pliego de Bases y Condiciones y de Especificaciones Tcnicas - Generales y Particulares para la Licitacin de las Obras, como obligaciones a cumplir por El Contratista, para garantizar el cumplimiento de la Legislacin aplicable a la Obra.

En dicho marco se presenta el Plan de Manejo Ambiental, comprendiendo los diferentes Programas relacionados directamente con las Especificaciones Tcnicas de las Obras, que determina las responsabilidades a asumir por El Contratista como parte de su Oferta, para la evaluacin y adjudicacin de la Propuesta ms conveniente.

En este Documento se incorporan las Especificaciones Tcnicas Particulares enmarcadas dentro del Plan de Manejo Ambiental, consideradas como obligaciones bsicas a cumplir por El Contratista, durante la Etapa de Construccin y Operacin Inicial de la Obra, pruebas de recepcin, hasta su Recepcin Definitiva.

7.2.2. IntroduccinLa Legislacin Ambiental vigente aplicable a las obras principales y complementarias del Proyecto RUTA PROVINCIAL N 3 TRAMO PAMPA DEL INDIO VILLA RIO BERMEJITO y los requerimientos de los Organismos de Crdito en materia Ambiental, debern ser considerados como requisitos de cumplimiento obligatorio por parte del Contratista, en los ajustes de los diseos y de la planificacin para ejecucin de la Obra, la construccin, puesta en marcha, pruebas de recepcin e instrucciones para la operacin y el mantenimiento de la obra, los que formarn parte de la Oferta.

En particular deber dar cumplimiento a la Ley Nacional N 25.675, Ley General del Ambiente, sancionada el 6 de noviembre de 2002, promulgada parcialmente el 27 de noviembre de 2002, que establece en su Artculo 1, los presupuestos mnimos para el logro de una gestin sustentable y adecuada del ambiente, la preservacin y proteccin de la diversidad biolgica y la implementacin del desarrollo sustentable y su Decreto Reglamentario Decreto N 2413/02, del 27/12/2002 y a la normativa Provincial concurrente.

7.2.3. Requerimientos Generales a Considerar por el Oferente

El Oferente deber tener en cuenta, en la preparacin de su propuesta, que ante eventuales discrepancias en la Legislacin, requerimientos de los Organismos de Crdito y lo indicado en los pliegos y anexos, se debern considerar los requerimientos ms exigentes.

El Oferente deber incluir en su propuesta los lineamientos fundamentales de la Gestin Ambiental.

El Oferente deber incluir en su propuesta el Organigrama Funcional del rea responsable de la Gestin Ambiental. A tal fin deber incorporar un listado detallado del Personal Profesional y Tcnico que se desempear en la obra, acompaando el Curriculum Vitae, el Compromiso de ejecutar las tareas asignadas y los meses hombre asignados para el cumplimiento de las tareas.

El Oferente deber incluir el Presupuesto Total de los Costos del Plan de Manejo Ambiental, incorporando los Costos dentro del Costo de la Obra.

El Contratista deber cumplir, durante todo el perodo del contrato, con todas las normativas ambientales, laborales, de riesgos del trabajo y de higiene y seguridad, y con toda aquella legislacin que preserve el derecho del trabajador y de terceros, que corresponda aplicar, vigente a la fecha de la adjudicacin, se encuentre o no indicada en las especificaciones tcnicas del Pliego de Licitacin. Asimismo deber cumplir con las normas que pudieran dictarse durante el desarrollo del contrato.

El Contratista deber cumplir con las observaciones, requerimientos o sanciones realizadas por las autoridades y organismos de control, nacionales, provinciales y/o municipales, asumiendo a su exclusivo cargo los costos, impuestos, derechos, multas o sumas debidas por cualquier concepto.

El Contratista, tendr la obligacin de cumplir con lo indicado en los puntos precedentes, no aceptndose por estos conceptos y bajo ninguna circunstancia, la solicitud de pagos adicionales ni de ampliacin de los plazos de entrega de la Obra.

El Contratista deber respetar estrictamente las medidas que correspondan aplicar, en lo referente a contaminacin de suelos, aguas subterrneas y superficiales, aire, ruido y vibraciones, contingencias tales como incendios, derrames, etc., utilizacin de productos peligrosos o contaminantes y explosivos, disposicin final de residuos contaminados, peligrosos o patolgicos, reas de prstamo y diseo de explotacin, proteccin del patrimonio histrico cultural, arqueolgico, paleontolgico, arquitectnico, escnico, antropolgico y natural, prevencin de enfermedades endmicas, epidmicas o infecto contagiosas, higiene y seguridad, riesgos del trabajo, proteccin de la flora y la fauna, control de procesos erosivos y calidad de vida del personal de la obra y de la poblacin afectada, evitando afectar la infraestructura y equipamiento de servicios existente en el rea de localizacin e influencia directa de las obras.

El Contratista previo a la iniciacin de excavaciones o movimientos de suelos para la preparacin del terreno deber realizar un reconocimiento cuidadoso del sitio, analizar su historial, la informacin disponible y sacar sus propias conclusiones respecto de la naturaleza de las condiciones existentes que acompaarn el desarrollo de los trabajos de la obra. En funcin de ello determinar las medidas de seguridad que ser necesario tomar en cada una de las reas de trabajo de preparacin del terreno.

En particular, frente al hallazgo de restos de inters Arqueolgico, Antropolgico, Histrico, Cultural, Paleontolgico, proceder a detener las tareas, en el punto del hallazgo, y notificar a la Inspeccin y a las Autoridades de Aplicacin en la materia, segn corresponda, en cada jurisdiccin. Podr continuar con las tareas que realice en los frentes de trabajo situados fuera del punto de hallazgo y su entorno inmediato.

El Contratista deber mantener indemne a El Comitente frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial por incumplimiento de la reglamentacin ambiental en las tareas a su cargo.

A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista ser responsable del anlisis y evaluacin de los datos climticos, con el objeto de establecer mecanismos de alerta y actuaciones frente a contingencias, que resulten necesarios para adoptar medidas que eviten afectaciones a las obras, personas y bienes corriendo a su exclusivo riesgo los potenciales daos por contingencias climticas.

A partir del momento de inicio del Contrato, El Contratista ser responsable del anlisis y evaluacin del estado de situacin de los cursos de aguas superficiales y de los niveles freticos, con el objeto de establecer los mecanismos de alerta, que resulten necesarios para adoptar medidas que eviten afectaciones a las obras, corriendo a su exclusivo riesgo los potenciales daos a las mismas por contingencias por inundaciones y anegamientos.

Las Normativas y Reglamentaciones (Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones Nacionales, Provinciales y Municipales, etc.) que se indican dentro de este pliego, deben ser consideradas como referencia y al simple ttulo de informativas. En consecuencia El Contratista tendr la obligacin de respetar la totalidad del ordenamiento jurdico, sin que ello de motivo a la solicitud de pagos adicionales ni de ampliacin de los plazos de entrega, ni responsabilidad alguna del Comitente.7.2.4. Responsabilidades Ambientales

7.2.4.1. Del Contratista

El Contratista asumir la responsabilidad total de los requerimientos ambientales, incluyendo Higiene y Seguridad, Medicina del Trabajo y Riesgos del Trabajo, debiendo contar, dentro de su personal, con profesionales habilitados para el ejercicio de las funciones bajo su responsabilidad, en las etapas de diseo, construccin, puesta en marcha y perodo de prueba hasta la recepcin final de la obra.

Los Profesionales designados por El Contratista para ejercer las funciones de Responsable Ambiental y Responsable en Higiene y Seguridad, debern poseer habilitacin profesional, y antecedentes adecuados para la funcin a desarrollar.

7.2.4.2. Permisos Ambientales

El Contratista obtendr los permisos ambientales y los permisos de utilizacin, aprovechamiento o afectacin de los recursos correspondientes. Est facultado para contactar las autoridades ambientales para obtener los permisos ambientales o en la eventualidad de ser necesaria una modificacin a cualquiera de los permisos o autorizaciones requeridos para la ejecucin de proyecto.

El Contratista deber presentar a la Inspeccin un programa detallado y un plan de manejo de todos los permisos y licencias requeridos para la obra que no les sean suministrados y que se requieran para ejecutar el trabajo.

Los permisos que debe obtener el Contratista incluyen (pero no estarn limitado a) los permisos operacionales tales como:

Autorizacin ambiental provincial

Permiso de Liberacin de traza (Ley Nacional N 21.499 y N 21.626)

Certificado de calidad ambiental o declaracin de impacto ambiental de las canteras (Marco jurdico Ambiental para la Actividad Minera)

Permiso de captacin de agua

Disposicin de materiales de desbosque y de excavaciones

Localizacin de campamentos

Disposicin de residuos slidos

Disposicin de efluentes.

Permisos de transporte: incluyendo de materiales y de residuos peligrosos (combustibles, lubricantes)

Continuacin de la construccin despus de hallazgos Arqueolgicos Histricos, Culturales, Paleontolgico, etc.

Cierre temporal de accesos a propiedades privadas, o construccin de vas de acceso

Permisos para el manejo de especies naturales protegidas

El Contratista debe acatar todas las estipulaciones y debe cumplir con todos los requisitos para cada permiso procesado, sujetando la ejecucin de las obras a las resoluciones y dictmenes que emitan las autoridades provinciales competentes.

7.2.4.2.1. Responsable Ambiental

El Contratista designar una persona fsica, profesional con ttulo universitario, como Responsable Ambiental, que tendr a su cargo el cumplimiento de los requerimientos ambientales durante la totalidad de las etapas de la Obra.

El profesional deber poseer amplios y probados conocimientos y experiencia como Responsable Ambiental de proyectos y obras; quien asimismo deber acreditar el cumplimiento de las normas y reglamentaciones provinciales que lo habiliten a desempearse en tales funciones.

El Contratista deber presentar su currculum, y constancias de los principales antecedentes, a los efectos de su aprobacin por la Inspeccin del Comitente.

El Responsable Ambiental efectuar las presentaciones, ante las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales y/o Organismos de Control, segn corresponda y ser el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.

El Responsable Ambiental ser el representante del Contratista en relacin con la Inspeccin designada por El Comitente.

El Responsable Ambiental actuar como interlocutor en todos los Aspectos Ambientales entre la Empresa Contratista, las Autoridades Municipales, Provinciales y Nacionales Competentes y la Comunidades Locales.

7.2.4.2.2. Responsable en Higiene y Seguridad

El Contratista designar un profesional responsable de la Higiene y Seguridad de la Obra, que posea ttulo universitario que lo habilite para el ejercicio de sus funciones.

El profesional deber poseer amplios y probados conocimientos sobre el tema bajo su responsabilidad y experiencia en obras de similar magnitud y caractersticas a la sujeta a contrato. El Contratista deber presentar su currculum, a los efectos de su aprobacin por la Inspeccin del Comitente.

El profesional deber estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los requerimientos de la legislacin vigente en las diferentes jurisdicciones.

El Responsable de Higiene y Seguridad efectuar las presentaciones pertinentes a su rea y solicitar los permisos correspondientes, ante las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, segn corresponda y ser el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.

Ser obligacin del Profesional Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad del Contratista llevar durante todo el desarrollo de la Obra, un libro en donde asentar los aspectos ms importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro ser firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, segn corresponda, y por la inspeccin del Comitente.

En este libro la inspeccin asentar sus observaciones, a los efectos de que El Contratista las implemente. El Contratista tiene la obligacin de asentar en el citado libro los aspectos ms relevantes en Higiene y Seguridad, tales como accidentes, incendios, contingencias, cursos de capacitacin, entrega de elementos de proteccin personal, etc., que se presenten o desarrollen durante la obra.

El Responsable de Higiene y Seguridad ser el representante de El Contratista, sobre los temas de su competencia, en relacin con la Inspeccin designada por El Comitente.

7.2.4.2.3. Responsable en Medicina del Trabajo

El Contratista arbitrar los medios para cumplir con las disposiciones de las normativas aplicables en materia de Medicina del Trabajo. Asimismo, El profesional deber estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los requerimientos de la legislacin vigente en las diferentes jurisdicciones.

La Empresa o el Profesional designado, deber poseer amplios y probados conocimientos sobre el tema bajo su responsabilidad y experiencia en obras similares a la sujeta a contrato. El Contratista deber presentar sus antecedentes y currculum del/los Profesionales habilitados, a los efectos de su aprobacin por la Inspeccin del Comitente.

Deber estar inscripto en los registros profesionales pertinentes, acorde con los requerimientos de la legislacin vigente en las diferentes jurisdicciones.

El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo efectuar las presentaciones y solicitar los permisos correspondientes, sobre los temas de su competencia, ante las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales y/u Organismos de Control, segn corresponda y ser el responsable de su cumplimiento durante todo el desarrollo de la obra.

Ser obligacin del Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo llevar durante todo el desarrollo de la Obra, un libro con hojas foliadas por triplicado, en donde asentar los aspectos ms importantes y relevantes relacionados con el tema a su cargo. Este libro ser firmado en su primer hoja, por el responsable del Contratista, segn corresponda, y por la inspeccin del Comitente. En este libro la inspeccin asentar sus observaciones, a los efectos de que el Contratista las implemente.

El Contratista tiene la obligacin de asentar en el citado libro los aspectos ms relevantes, tales como enfermedades, control de vectores de enfermedades, exmenes mdicos, derivaciones frente a contingencias, entrega de documentacin estadstica, cursos de capacitacin en salud, medidas correctivas, etc., que se presenten o desarrollen durante la ejecucin del Proyecto.

El Responsable del Servicio de Medicina del Trabajo ser el representante del Contratista, sobre los temas de su competencia, en relacin con la Inspeccin designada por El Comitente.

7.2.4.3. Del Comitente

7.2.4.3.1. Inspeccin

La Inspeccin designada por El Comitente, tendr a su cargo el control del rea Ambiental, de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo durante todo el desarrollo del Proyecto y ser el representante del Comitente frente a El Contratista.

Toda la documentacin elaborada por El Contratista, en el marco de los Programas especficos o ante requerimiento del Comitente o de Autoridades de Aplicacin, deber ser presentada a la Inspeccin.

Durante la ejecucin de la Obra, la Inspeccin tendr libre acceso, a todos los sectores de obra, a campamentos, obradores, gabinetes o laboratorios del Contratista, estando facultada para verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del compromiso contractual y para efectuar observaciones por escrito.

El Contratista esta obligado a considerar las observaciones de la Inspeccin Ambiental y a desarrollar las acciones requeridas, sin que ello de motivo a la solicitud de reclamos o a la ampliacin de los plazos de entrega.

7.2.4.4. Medidas y Acciones de Prevencin, Mitigacin de Impactos Negativos y Optimizacin de Impactos PositivosLas medidas y acciones de prevencin, mitigacin de impactos negativos y de optimizacin de impactos positivos deben ser consideradas como una parte fundamental del Plan de Manejo Ambiental, tanto como en los criterios aplicables al planeamiento y a su desarrollo concreto, durante las etapas de construccin y de operacin de la obra, comprendiendo las Condiciones Generales de Diseo relacionadas con:

1. Construccin de las Obras

2. reas de asentamientos humano

3. La proteccin contra accidentes y contingencias

4. La proteccin de la salud

5. El control de ruidos

6. La geologa y geomorfologa

7. La hidrologa superficial y subterrnea

8. La proteccin de los suelos

9. La vegetacin

10. La fauna

11. El paisaje

12. El Desarrollo Sustentable

13. La Capacitacin Laboral

Para la programacin de las medidas y acciones de prevencin y mitigacin debern considerarse los aspectos relacionados con:

1. Medidas de Ingeniera

2. Medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental

3. Medidas de poltica de desarrollo econmico social sustentable

4. Medidas de participacin social

Las medidas de Ingeniera se fundamentan en la incorporacin de criterios de Ingeniera Ambiental dentro del diseo del Proyecto, Programacin de la Obra y su efectiva aplicacin durante la ejecucin de la obra.

Los lineamientos principales a los que se ajustar la construccin y operacin de las obras debern demostrar que:

1. Las condiciones de vulnerabilidad ambiental a que pudiera estar sometido el proyecto, han sido compensadas por el diseo de obras y estrategia constructiva, y/o a travs de medidas preventivas o correctivas especficas, de manera de garantizar la sustentabilidad de las inversiones y la proteccin del ambiente, y el bienestar de la poblacin afectada.

2. Los potenciales impactos negativos del proyecto, tanto en su etapa de construccin como de operacin, han sido neutralizados apropiadamente por el diseo de obras, y/o a travs de medidas de mitigacin que garanticen que no se afecta a la poblacin y que no disminuye la calidad ambiental tanto en el nivel local como regional.

3. Las condiciones ambientales positivas han sido puestas en valor por el proyecto, mantenidas o incrementadas por el diseo de obras, y/o acciones ambientales recomendadas para sus etapas de construccin y de operacin.

Las medidas de manejo de la obra y del sistema ambiental involucran el conocimiento de las condiciones de operacin del aprovechamiento y de las ofertas y demandas sobre el medio natural y socioeconmico, ejercidas por la operacin, con el objeto de adecuar el proceso operativo al ambiente.

Las medidas de poltica de desarrollo sustentable comprenden al marco legal e institucional que regir durante la operacin del aprovechamiento y a los criterios de desarrollo socioeconmico aplicables a los distintos recursos y usos involucrados en y por la obra.Las medidas de participacin social comprenden:

La adopcin de formas eficaces y eficientes de comunicacin e intercambio de opiniones con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con las Entidades Intermedias y con Universidades, entre otros, respecto del proyecto, de los planes y acciones previstas durante la Etapa de Construccin y de Operacin de las Obras.

La incorporacin dentro del Proyecto de las opiniones y observaciones, de los actores sociales involucrados, que resulten pertinentes.

La induccin a la participacin de los actores sociales locales y regionales, en la prestacin de servicios directos e indirectos relacionados con la Construccin y Operacin de la Obra, comprendiendo la capacitacin laboral pertinente para el caso de prestacin de servicios directos a El Contratista.

Se denominan medidas de mitigacin de impactos negativos a aquellas que:

a) Minimizan el impacto negativo, mediante el correcto diseo del Proyecto, y lo ubican dentro de una magnitud de importancia de valor bajo, existiendo dentro de la regin, recursos que constituyan rplicas o son anlogos al sistema afectado.

b) Permiten alcanzar un nuevo equilibrio sustentable a corto plazo.

c) Posibilitan que a mediano o largo plazo se revierta el proceso, por la adopcin de operaciones de conservacin y manejo, restituyndose las condiciones iniciales, total o parcialmente.

d) Constituyan mecanismos de respuestas frente a contingencias, para acotar los efectos y posibiliten la restauracin de la situacin original.

e) Permitan la remediacin de las reas afectadas, por mtodos viables desde la perspectiva econmica y ambiental.

f) Compensan el efecto negativo mediante el suministro de recursos sustitutivos al ecosistema.

En el caso particular de la obra sujeta a estudio, cabe incorporar dentro del punto:

a) Diseo: la seleccin de la ubicacin de las obras, campamentos y obradores, evitando las reas sensibles tanto del sistema natural como socioeconmico.

El Contratista deber dar prioridad a las medidas de atenuacin comprendidas en los puntos a, b y c; tomar medidas de prevencin y de capacitacin laboral para las situaciones comprendidas en el punto d y dar cumplimiento a los compromisos asumidos en su Oferta con relacin a los puntos e y f.

Se denominan medidas de optimizacin de Impactos Positivos a todas aquellas concurrentes a alcanzar un mximo de beneficio durante las etapas de construccin de la obra y de su operacin.

Tanto las medidas de prevencin, mitigacin de impactos negativos como de optimizacin de impactos positivos, debern constituir un conjunto integrado de medidas y acciones, que se complementen entre s, para alcanzar superiores metas de beneficio de la obra durante su construccin y operacin, con especial nfasis en los beneficios locales y regionales.

Para la elaboracin de su propuesta el Oferente debern considerarse cuatro (4) escenarios temporales para la incorporacin de los criterios de Ingeniera ambiental a la Obra:

* Medidas y acciones de prevencin, mitigacin de impactos negativos y optimizacin de impactos positivos durante:

a) La ejecucin de los ajustes de la Ingeniera de detalle y de la Ampliacin del Estudio de Impacto Ambiental Bsico (AEIAB).

b) La planificacin de la construccin durante el perodo de movilizacin de obra, comprendiendo la toma y capacitacin de mano de obra, de preparacin de la infraestructura y del equipamiento para la ejecucin de la obra y de acopio de insumos.

c) La Etapa de Construccin de la Obra.

d) El Manual de Operacin a entregar por El Contratista con la Recepcin de la Obra.

7.2.5. Estudio de Impacto Ambiental

7.2.5.1. Estudio de Impacto Ambiental Bsico

El Oferente deber tener en cuenta para la elaboracin de su Oferta, la documentacin de Estudio de Impacto Ambiental, desarrollada en el marco del Proyecto, el cual como Anexo forma parte del presente pliego. Esta documentacin debe ser tomada como referencia, denominndosela a tal efecto como Estudio de Impacto Ambiental Bsico.

El Comitente pondr a disposicin del Oferente toda la documentacin existente, para su consulta.

7.2.5.2. Ampliacin del Estudio de Impacto Ambiental

El Contratista tendr la obligacin contractual de profundizar el Estudio de Impacto Ambiental Bsico, en funcin de los ajustes del Proyecto de Ingeniera a desarrollar segn tecnologa constructiva, debiendo elaborar un informe de Ampliacin del Estudio de Impacto Ambiental Bsico, a desarrollar durante la Etapa de movilizacin de Obras y a entregar al finalizar dicha etapa.

En funcin de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo Ambiental, durante la Construccin de la Obra, completar y ajustar en forma sistemtica las conclusiones de la Ampliacin del Estudio de Impacto Ambiental, incorporando los resultados alcanzados durante la ejecucin de los Programas y sus correspondientes relevamientos en el medio natural o en el medio socioeconmico directamente involucrados con la Obra.

Al finalizar la Obra, La Contratista elaborar un documento de Estudio de Impacto Ambiental de la Etapa Constructiva, ajustada segn los resultados alcanzados durante la ejecucin de los Programas y sus relevamientos

A tal fin proceder a elaborar mensualmente un informe de avance del Plan de Manejo Ambiental (PMA), que refleje los avances registrados en el Estudio de Impacto Ambiental, que demanden adecuaciones del PMA. Un Informe Final de los resultados del Estudio de Impacto Ambiental correspondientes a la ejecucin de la Etapa de Construccin y un Estudio de Impacto Ambiental de la Etapa de Operacin, a partir de la experiencia acumulada durante la Construccin del Proyecto formar parte de la Documentacin a entregar con la Recepcin de la Obra.

7.2.6. Plan de Manejo Ambiental - Programas

Las medidas y acciones que conformarn el Plan de Manejo Ambiental (P.M.A.), debern integrarse en un conjunto de Programas organizados en actividades singulares dentro de cada uno de ellos, pero a la vez planificados dentro de una red de actividades complementarias, relacionadas entre s, con el objeto de optimizar los objetivos de la Obra, atenuando sus efectos negativos.

Los Programas y las medidas del P.M.A. considerarn los efectos de la Obra durante las Etapas de Construccin y de Operacin.

Las actividades previstas dentro de ellos, considerarn los impactos de la Obra, positivos y negativos, en forma integral, comprendiendo los efectos sobre el medio natural y sobre el medio socioeconmico, los aspectos relacionados con el trabajo, la higiene y seguridad, los riesgos y las contingencias.

Las medidas y acciones previstas y las actividades resultantes de su desarrollo debern fundamentarse en aspectos preventivos, adoptados en el marco del Estudio de Impacto Ambiental y de los Riesgos propios de las condiciones del medio ambiente en el que se desarrollar la Obra, mtodos constructivos, recursos humanos y materiales utilizados para la construccin y operacin.

En funcin del Estudio de Impacto Ambiental, debern extremarse las precauciones a adoptar para evitar acciones accidentales y en el caso de su ocurrencia tener previsto la adecuada planificacin de medidas para actuar frente a contingencias y la capacitacin del Personal para su ejecucin.

El conjunto de medidas, a adoptar por El Contratista, no solamente comprender los aspectos estructurales de diseo y construccin de las obras principales y complementarias, sino que tambin incorporarn las medidas no estructurales preventivas de acciones accidentales no deseadas, correctivas de situaciones de degradacin del medio natural o de problemticas del medio social preexistentes o generadas por la obra y de mejoramiento integral de los sistemas.

En particular deber dar nfasis a las acciones de capacitacin para el trabajo, la higiene y seguridad, la salud y la proteccin ambiental, concentrando los esfuerzos en la generacin de capacidades y empleos en los que participen con carcter prioritario la poblacin local y regional. Los mecanismos de Comunicacin Social debern de mantener, en forma permanente, correctamente informado al Comitente, Las Autoridades y la poblacin, en la medida de sus competencias, sobre el desarrollo del P.M.A.

Las actividades debern estar programadas para toda la vida til de la obra, por lo que con la Recepcin de la misma, El Contratista, deber incorporar dentro del Manual de Operacin a aquellos Programas requeridos para el buen manejo del sistema ambiental, en el marco de la legislacin aplicable a dicha Etapa.

7.2.6.1. Programa de Higiene y Seguridad en la Obra

El Oferente deber incorporar en su Oferta un Programa de Higiene y Seguridad en la Obra que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de afectacin directa, incorporando los costos del Programa dentro del Costo de la Obra. La Oferta deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente.

El Oferente deber incorporar en su Oferta una propuesta de organizacin del Servicio para el desarrollo del Programa.

A este Programa General deben acoplarse todos los Subcontratistas que operen bajo su rbita.

El Contratista ser el nico responsable frente a las autoridades pertinentes y a terceros, del cumplimiento de sus obligaciones, acorde con las leyes y reglamentaciones en materia de Higiene y Seguridad vigentes, con la ley sobre Riesgos de Trabajo y de la transferencia de responsabilidades a sus subcontratistas y proveedores.

Todo trabajador que ingrese a la Obra deber disponer de capacitacin sobre las medidas de Higiene y Seguridad, de Riesgos del Trabajo y del Programa de Contingencias, implementadas para la ejecucin del Proyecto. Para el cumplimiento de este requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparar cursos simplificados a dictarse previo a la incorporacin de los trabajadores y en forma sistemtica durante todo el desarrollo de la obra.

Todo trabajador que ingrese a la Obra deber disponer de vestimenta adecuada y de medios de seguridad acorde con cada puesto y ambiente de trabajo, y recibir capacitacin previa al inicio de sus tareas, sobre el correcto uso y mantenimiento de los elementos de seguridad provisto por el contratista, para cada tipologa de trabajo y caractersticas particulares del terreno en el que se realice la tarea. Para el cumplimiento de este requerimiento, el responsable de Higiene y Seguridad del Contratista preparar cursos simplificados.

El diseo y mantenimiento de los obradores y de existir, de los campamentos, la planificacin de las tareas en los distintos frentes de obras, las prevenciones adoptadas para cada puesto de trabajo y los planes de contingencia debern tener especialmente en cuenta las caractersticas de cada zona de desarrollo de la obra, condiciones climticas e hidrolgicas particulares y existencia de enfermedades endmicas y/o infecciosas del lugar.

El Contratista, para la consideracin y aprobacin del Comitente y previo a la iniciacin de sus trabajos en obra, deber presentar documentacin suficiente que acredite la organizacin de su Servicio de Higiene y Seguridad. Dicha documentacin deber contar con especificaciones referidas a los aspectos de su organizacin y funcionamiento, al cumplimiento de las previsiones y contenidos que establece la legislacin vigente y a los planes que hayan elaborado para la integracin y operacin de sus programas en el contexto de las polticas globales definidas para la atencin de estas materias en todo el mbito del Proyecto.

De modificarse la planificacin de las tareas por la introduccin de nueva maquinaria, modificacin de la existente o la incorporacin de nueva tecnologa, El Contratista entregar los planes especiales de seguridad aplicables al caso, para su aprobacin por El Comitente. El Contratista, haciendo uso de la tecnologa ms moderna en materia de higiene y seguridad, en cada rea o etapa de la obra, adoptar todas las medidas necesarias para evitar que los trabajadores y terceros, se encuentren expuestos a accidentes o enfermedades.

Ser responsabilidad ineludible del Contratista eliminar o reducir los riesgos que puedan amenazar la seguridad y salud de los trabajadores y de terceros, como consecuencia de la obra, como tambin disminuir los efectos y consecuencias de dichos riesgos.

Se debern enfatizar las acciones preventivas, tomndose los recaudos necesarios para la inmediata y efectiva atencin en los casos en que se produzcan accidentes o daos. En particular deber realizar en forma permanente, sistemtica y peridica programas de formacin del personal, por los que se capacite al mismo en lo referido a los riesgos de las actividades a cumplir, como tambin respecto de los medios disponibles para evitarlos y de las medidas de prevencin y proteccin que se debern tomar en cada caso.

El Contratista deber prever sistemas preventivos para eliminar potenciales riesgos, que puedan amenazar la seguridad de los trabajadores por acciones delictivas, dentro de los sectores afectados por las obras.

Con respecto a la construccin del proyecto, las acciones a desarrollar por el Contratista para mantener una baja incidencia de accidentes personales y alto grado de seguridad en las instalaciones y procedimientos operativos se sintetizan en:

Capacitacin peridica de empleados y subcontratistas.

Control mdico de salud.

Emisin y control de Permisos de Trabajo.

Inspeccin de Seguridad de los Equipos.

Auditoria Regular de Seguridad de Equipos y Procedimientos.

Programa de Reuniones Mensuales de Seguridad.

Informes e Investigacin de Accidentes y difusin de los mismos.

Revisin del Plan de Contingencias de Obra.

Curso de induccin a la seguridad para nuevos empleados.

Curso de induccin a la seguridad para nuevos subcontratistas.

Actualizacin de procedimientos operativos.

Mantenimiento de Estadsticas de Seguridad propias y de subcontratistas.

El Responsable de Higiene y Seguridad presentar informes mensuales al Comitente. Estos informes incluirn una descripcin sinttica de nuevos asientos y constancias que se hayan registrado en el perodo, todo ello acorde con sus planes y programas operativos aprobados, y de conformidad con las obligaciones establecidas.

Finalizada la obra, el responsable incluir en el informe ambiental final de la obra las estadsticas de Higiene y Seguridad.

El cumplimiento de las condiciones exigibles de Higiene y Seguridad por parte del contratista ser condicin necesaria para la aprobacin de los certificados de obra. Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a la ART correspondiente

7.2.6.2. Programa de Salud

El Oferente deber incorporar en su Oferta un Programa de Salud que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de afectacin directa, considerando la atencin mdica y el saneamiento, incorporando los costos del Programa dentro del Costo de la Obra. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente.

El Oferente ser responsable de los exmenes mdicos y del cumplimiento de los requerimientos de la Legislacin vigente en materia de Medicina del Trabajo, en particular de los anlisis mdicos reglamentados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, segn el Artculo 9 del Decreto 1338/96 y toda otra legislacin que lo reemplace, modifique o complemente, y los aconsejados por las Autoridades Sanitarias de cada zona en particular, adoptando todos los controles y requerimientos que indiquen. Es obligacin del Contratista disponer de los servicios autorizados necesarios para cumplir con estos exmenes.

El Contratista, dada la naturaleza y caractersticas propias del Proyecto, deber dar cumplimiento, a las siguientes funciones:

a) Proveer a la atencin primaria completa de las enfermedades que sufra el personal afectado a la obra.

b) Programar y efectuar campaas de proteccin de la salud, que se refieran a riesgos particulares del mbito de trabajo en el que se desarrollan las tareas. En particular se ubicarn los sectores contaminados por basuras, residuos industriales y efluentes de diverso tipo y se determinarn los riesgos de contraer enfermedades, as como aquellos en los que existe riesgo para el personal frente al potencial ataque de animales ponzoosos o peligrosos, para efectuar la planificacin de la limpieza del rea y saneamiento previo al inicio de las actividades constructivas, en el sector directamente afectado por la localizacin de las obras principales y complementarias, segn cronograma de trabajo para cada frente de obra colaborando con el Programa de higiene y seguridad para determinar la vestimenta y medios de seguridad adecuado a cada caso.

c) Establecer pautas para la atencin de los diferentes tipos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y disponer de medios y formas operativos que permitan una rpida y eficaz derivacin a centros de salud o unidades hospitalarias bien equipadas para la atencin de todo tipo de accidentes, inclusive aquellos de tratamiento complejo. A tal fin, durante el perodo de movilizacin de Obra, previo al inicio de las actividades de construccin, El Contratista deber presentar un plan de accin para derivacin de accidentados segn frente de trabajo, para su aprobacin por parte de la inspeccin.

d) Mantener, en estrecha colaboracin con los rganos tcnicos del Comitente, un contacto permanente con las instituciones y centros asistenciales de la comunidad.

e) Organizar entre los trabajadores brigadas de primeros auxilios y capacitarlas para el cumplimiento de su cometido.

El Contratista deber cumplir con los requerimientos establecidos en reglamentaciones vigentes en materia Primeros Auxilios.

Deber contar en lugar visible y de fcil acceso con un nmero adecuado de botiquines de primeros auxilios, dotados de elementos que permitan la atencin inmediata en caso de accidentes. Es responsabilidad de Medicina del Trabajo determinar el instrumental y los medicamentos que debern contener dichos botiquines, de acuerdo con las necesidades particulares que puedan preverse en los distintos lugares en que se ejecuta la obra y de instrumentar un Servicio de Emergencias Mdicas para derivacin de Accidentados.

7.2.6.3. Programa de Riesgos del Trabajo

El Oferente deber incorporar en su Oferta un Programa de Riesgos del Trabajo que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo la directa responsabilidad del Contratista, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente.

El Oferente deber presentar su propuesta de Programa de Riesgos del Trabajo en el marco de la Ley 24.557 y sus Decretos Reglamentarios y toda otra que la reemplace o complemente.

El Oferente deber incorporar en su Oferta una propuesta de relacin con una empresa Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, y de poseer antecedentes en otras obras, incorporarlos en la documentacin.

El Contratista deber desarrollar el anlisis de los riesgos particulares de cada puesto de trabajo, para el desarrollo detallado del Programa de Riesgos del Trabajo y contratar los Servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Mediante el Programa de Riesgos del Trabajo El Contratista deber:

Asegurar la reduccin de la siniestralidad laboral a travs de la prevencin de los riesgos derivados del trabajo.

Reparar los daos derivados de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitacin del trabajador damnificado, acorde con la legislacin vigente.

Promover la recalificacin y la recolocacin de los trabajadores damnificados.

El Contratista ser el nico responsable del cumplimiento de los requerimientos de la Legislacin vigente en materia de Riesgos del Trabajo.

7.2.6.4. Programa de Calidad de Vida y Condiciones de Trabajo en Obra

El Objetivo es disear y formular propuestas para garantizar un elevado nivel de calidad de vida y de condiciones de trabajo que comprendan la adecuada provisin y operacin de instalaciones sanitarias, agua potable y transporte. En el caso de que la empresa ofrezca alojamiento y comida a sus operarios debe extenderse la obligacin a los comedores y alojamientos.

El Oferente deber incorporar en su Oferta un Programa de Calidad de Vida y Condiciones de Trabajo que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente.

El Oferente deber incorporar en su Oferta la planificacin de los servicios y prestaciones e informar sobre las caractersticas de los mismos, acorde con la legislacin vigente, con las caractersticas de las obras y con las particularidades en los distintos frentes de trabajo en materia de provisin de agua potable, alimentos, servicios sanitarios, alojamientos, comedores y transportes.

El Contratista ser responsable del cumplimiento de los requerimientos de la Legislacin vigente en la materia y de las obligaciones asumidas en su Oferta.

El Oferente deber presentar su Oferta considerando la Provisin de Agua para Bebida de los Trabajadores a cumplir por El Contratista, acorde con los requisitos de Calidad exigibles. El Contratista, deber adoptar preferentemente el sistema de abastecimiento de agua a partir de un servicio de agua potable corriente. De no disponerse de sistemas de agua potable corriente, El Oferente deber especificar, los medios previstos para la Provisin de Agua Potable.

El Contratista tomar a su cargo la instalacin de baos aptos desde el punto de vista higinico, en nmero suficiente, y en condiciones adecuadas de mantenimiento para su uso por los trabajadores. Debern responder a las ms avanzadas tecnologas y adecuarse a las particularidades de la obra, diversos frentes de trabajo y amplia longitud de avance de las tareas, en funcin de asegurar la correcta prestacin del servicio, evitar riesgos sobre la salud y la contaminacin del ambiente y asegurar el mantenimiento de estos servicios en buenas condiciones de uso.

La desinfeccin, supresin de emanaciones, ventilacin, luz y desniveles de los pisos debern permitir el mantenimiento de condiciones satisfactorias de higiene. Cuando se disponga de alcantarillado, deben unirse a ste los inodoros, letrinas, mingitorios u orinales. En caso de no existir dicho alcantarillado, deber recurrirse a fosas spticas u otra clase de tratamiento adecuado.

Las instalaciones o grupos sanitarios debern ser ubicados en lugares cercanos a los sitios de trabajo.

El Contratista deber proveer locales destinados al aseo del personal, los que debern tener amplitud suficiente y buenas condiciones de higiene, pudiendo estar ubicados sobre vehculos, debiendo proveer los elementos de aseo. Los servicios para el personal femenino y los del personal masculino debern ser instalados separadamente.

El agua utilizada en los lavabos y duchas no debe presentar ningn peligro para la salud de los trabajadores. Cuando el agua que se use en los mismos no sea potable, deber procederse a la sealizacin de dicha situacin.

En el caso de que se programen alojamientos transitorios para el personal, los mismos debern cumplir con las condiciones de higiene, seguridad y confort que aseguren una adecuada calidad de vida de los trabajadores.

En el caso de que se programen comedores, se localizarn en sitio separado y alejado de todo lugar donde exista la posibilidad de exposicin a sustancias txicas o contaminantes. Sus instalaciones podrn ser fijas o mviles, al igual que las de la cocina, en funcin de las caractersticas particulares de las Obras y de los diferentes frentes de trabajo, debiendo en todos los casos cumplir con los requisitos de aptitud desde el punto de vista higinico sanitario.

Las caractersticas de construccin del comedor debern asegurar un adecuado confort. Deben observarse las normas bsicas sobre ventilacin e iluminacin y cantidad y calidad de artefactos.

Los comedores debern ser sometidos a procesos de desinfeccin y de control de insectos con la debida periodicidad, conservarse en las mejores condiciones de limpieza y con instalaciones que permitan mantener condiciones satisfactorias de iluminacin, ventilacin y temperatura, atendiendo a la humedad ambiente caracterstica de la zona.

De proveer El Contratista la alimentacin, los comedores deber observar las reglas de una dieta sana, acorde con las determinaciones de la Organizacin Mundial de la Salud, y en relacin con el clima de la zona. La dieta podr ser controlada por el Comitente, sin perjuicio del control de alimentos que deber realizar Medicina del Trabajo del Contratista.

La eliminacin de residuos de los comedores deber realizarse con una frecuencia que evite la descomposicin de los mismos, de acuerdo con la normativa. Este proceso deber efectuarse con camiones con caja preparada con ese fin, los que debern descargar los residuos en el sitio que sealen las oficinas tcnicas de El Comitente o establezcan la Autoridades locales.

En todos los casos, no podr ubicarse instalacin alguna para las prestaciones de servicios de aseo, sanitarios, comedores, provisin de agua, prestaciones de salud, depsitos de materiales y equipos, obradores, campamentos, etc, dentro de reas detectadas como contaminadas por el Programa de Salud, hasta que se realice el saneamiento total de las mismas. A tal fin el Contratista deber presentar, para su aprobacin por la Inspeccin, una propuesta de ubicacin de las distintas instalaciones a su cargo y los planos de distribucin de las distintas unidades de servicio.

El trnsito en el rea de la localizacin de la obra estar sujeto al cumplimiento de las normas jurisdiccionales vigentes en materia de trnsito. Las caractersticas y condiciones de los vehculos que circulen y operen en el mbito del Proyecto debern observar la normativa que sobre el particular prescribe la Legislacin vigente, en particular la establecida por la Resolucin 38/96 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo II Varios, 18: Vehculos, Reglamentaria de la Ley 24.557 y toda otra posterior que la reemplace o complemente. Los vehculos debern estar sujetos a mantenimiento cuidadoso y permanente.

Las velocidades a desarrollar para el trnsito en el emplazamiento de las obras, campamentos, obradores, accesos y otras reas controladas por el Contratista, debern ser establecidas, en el marco de la legislacin vigente, por el Servicio de Higiene y Seguridad de el Contratista, debiendo tambin ser de responsabilidad de dicho servicio el control del cumplimiento de los lmites y regulaciones que se establezcan con ese fin. La normativa correspondiente deber instrumentarse con especial consideracin a las caractersticas de los caminos y accesos, los tipos de vehculos y los riesgos potenciales existentes, tanto para los trabajadores y para terceros, cuanto para edificios y construcciones.

El Contratista implantar un sistema de control de conductores que asegure el entrenamiento permanente en el manejo seguro de los vehculos y equipos, y el cumplimiento de las normas legales de habilitacin de los operadores de todos los vehculos en obra, en especial los de maquinarias y camiones pesados.

Los caminos que construya el Contratista para el acceso a los lugares de trabajo, debern ser adecuados para el transporte del personal y, en general, para la circulacin de los vehculos que deban transitarlos. Debern tenerse en especial consideracin las condiciones de seguridad que presente cada caso particular. En el caso de ser accesos temporarios, la restauracin del sitio deber formar parte del Programa de Retiro de la Contratista incorporado en este Plan de Manejo Ambiental.

En las zonas de la obra que entraen peligro para los vehculos de carretera y para el personal y terceros, se debern colocar vallas de proteccin, seales y avisos adecuados, fcilmente observables. Las seales de peligro debern ser claramente visibles de da y de noche.

En general y en particular para el caso de Excavaciones, deber incluirse dentro del Plan de Capacitacin del Personal de la Obra, en Higiene y Seguridad y Riesgo en el Trabajo, la formacin del Personal en cuanto a procedimientos de entubamiento y refuerzos de los trabajos en pozos de drenaje durante la construccin, de Iluminacin y ventilacin de los sitios de trabajo y de manejo de circuitos y cables elctricos.

7.2.6.5. Programa de CapacitacinEl Oferente deber incorporar en su Oferta un Programa de Capacitacin que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente.

El Contratista deber desarrollar su Programa de Capacitacin, en sus aspectos laborales, en el marco de la Ley de Empleo vigente, incorporando la formacin profesional como componente bsico de las polticas y programas de empleo, fomentando las oportunidades de empleo para los grupos que enfrentan mayores dificultades de insercin laboral y para los jvenes locales y de la regin, sin formacin previa, en busca de su primer empleo, con el fin de adquirir una formacin terica prctica para desempearse en un puesto de trabajo.

El Contratista deber desarrollar su Programa de Capacitacin, en Higiene y Seguridad y Riesgos del Trabajo, en el marco del Decreto 351/79, Reglamentario de la Ley 19.587/72, Ttulo VII, Captulo 21, Artculos 208 a 214 y Ley 24.557/95, Decreto 170/ 96, Resolucin Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Grupo III, 16, Capacitacin y Decreto 1338/96, Artculo 5, Servicio de Medicina del Trabajo, acciones de Educacin Sanitaria y toda otra legislacin pertinente que la reemplace, complemente o modifique.

El Contratista tomar los recaudos necesarios y acordar las facilidades correspondientes, para la concurrencia de su personal a cursos de capacitacin laboral y formacin profesional que organice, por s mismo o por terceros, con el fin de optimizar la capacitacin de los trabajadores en todo el mbito del Proyecto, con particular nfasis en la capacitacin de la mano de obra local y regional.

El Contratista tomar a su cargo el financiamiento de los Programas de Capacitacin, pudiendo recurrir a las fuentes de financiamiento a cargo de terceros, ya sean Organismos Gubernamentales o Privados, existentes en nuestro pas u otra fuente del exterior.

El Contratista elaborar y desarrollar un Plan Especial de Entrenamiento y Capacitacin del Personal frente a Contingencias, necesario para que una efectiva operacin en los distintos frentes de trabajo asegure que los trabajadores puedan cumplir sus funciones de una manera segura y efectiva para responder ante emergencias y contingencias.

El Contratista informar mensualmente a El Comitente respecto del cumplimiento del Proyecto de Capacitacin, actividades cumplidas y programadas.

En su propuesta deber incluir distintas formas de prevencin y de ejecucin.

Recibir capacitacin todo el personal en sus distintos niveles:

La planificacin y ejecucin del Programa de Capacitacin para Contingencias ser responsabilidad conjunta de los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo. El Oferente, deber incorporar en su oferta un Proyecto General de Capacitacin Laboral local ya regional, en funcin de sus demandas de Mano de Obra y de la Oferta Local y Regional del rea en la que se inserta la obra. El Contratista desarrollar dicho proyecto en forma detallada, sometindolo a su aprobacin por El Comitente.

El Proyecto General de Capacitacin Laboral, deber incluir Proyectos Especficos de Capacitacin segn Puestos de Trabajo, en particular para aquellos que entraen mayor riesgo (conduccin de vehculos y manejo de maquinarias; y zanjas; manejo de instalaciones elctricas; uso de elementos qumicos, desmontes y deforestaciones, etc.), debiendo definir el Responsable en Higiene y Seguridad de El Contratista, los puestos de trabajo de mayor riesgo y presentar los Proyectos Especficos de Capacitacin para su aprobacin por la Inspeccin.

7.2.6.6. Programa de Manejo de Residuos, Emisiones y Efluentes

El Oferente deber incorporar en su Oferta un Programa de Manejo de Residuos que comprenda los servicios y prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, en la zona de localizacin de las obras, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente.

El Oferente deber incorporar en su Oferta la planificacin de los servicios y prestaciones y un informe sobre las caractersticas de los mismos, acorde con la legislacin vigente y con las caractersticas de las obras principales y complementarias. A tal efecto deber adoptar las precauciones y prever la disponibilidad del equipamiento adecuado para la recoleccin, almacenamiento y disposicin final de los desechos, excedentes y desperdicios.

Los mismos comprenden la adecuada disposicin de los materiales residuales producidos durante la limpieza de los sitios de trabajo, los materiales excedentes de las excavaciones y cualquier otro material desechable, excedente y desperdicios generados durante las acciones de preparacin y construccin de obra y del funcionamiento de campamentos y obradores.

Involucran la localizacin e identificacin adecuada de contenedores para almacenar diferentes materiales de desecho, la recoleccin y disposicin de residuos orgnicos, de grasas, aceites, combustibles y el desarrollo de medidas y acciones para evitar los derrames, prdidas y la generacin innecesaria de desperdicios.

Comprenden los lugares en que se emplazarn los vaciaderos.

El Contratista, al inicio de las obras, segn frente de trabajo, deber proceder a la limpieza y acondicionamiento del sector afectado por las obras principales y complementarias, de las reas aledaas segn requerimientos constructivos, sectores de sistematizacin de desages, accesos y otras reas necesarias de afectar por requerimientos constructivos. Previo a la puesta en marcha de las obras deber proceder a la limpieza de los residuos existentes Todos los residuos procedentes de las obras y limpiezas debern estar sujetos a un proceso de disposicin final autorizado por la Autoridad de Aplicacin y El Comitente.

El Programa ser de estricto cumplimiento para todos los subcontratistas.El Contratista ser responsable del cumplimiento de los requerimientos de la Legislacin vigente en la materia, segn los diferentes tipos de residuos, y de las obligaciones asumidas en su Oferta.

El Contratista deber proveer un sistema adecuado de contenedores para el almacenamiento transitorio de residuos slidos contaminados, debiendo prever su retiro del lugar de su instalacin, con una periodicidad adecuada a cada circunstancia, debiendo cumplir con las indicaciones de la Inspeccin.

El Contratista destinar un sector especfico del obrador para la disposicin transitoria de los residuos peligrosos dentro del cual se ubicarn los contenedores especialmente habilitados para tal fin, debidamente rotulados e identificados respecto al tipo de contaminantes que poseen los residuos y los riesgos que implican. Dicho sector deber presentar carteles en los que se advierte el riesgo. Asimismo deber disponer de piso de cemento y un peralte lateral o muro de contencin en todo su entorno que asegure la retencin del material dentro del sector, ante cualquier derrame.

El Contratista deber realizar el transporte de los distintos residuos, en equipos habilitados segn la naturaleza de los residuos, en el marco de la legislacin aplicable a esas tareas y de los requerimientos especficos de la o las autoridades de aplicacin.

La disposicin final de los residuos peligrosos deber efectuarse en lugares o plantas de tratamiento expresamente autorizadas para tal fin, por la Autoridad de Aplicacin que corresponda.

Todo otro tipo de residuo slido no contaminado, deber ser convenientemente recolectado y almacenado en un sistema de contenedores apropiados, con tapa hermtica, debiendo ser transportados por transportistas habilitados a tal fin, hasta las reas aprobadas por las autoridades locales para su disposicin final.

El contratista deber contar con la autorizacin previa de la Inspeccin para la utilizacin de materiales productos de las excavaciones y limpieza que resulten aptos para ser usados como rellenos demandados por la construccin de las obras.

En el caso de que se prevea el almacenamiento de combustibles y lubricantes demandados por los equipos afectados a la construccin de la obra, dentro del sector de obradores, los depsitos de combustibles y lubricantes deben cumplir con las reglas de mxima seguridad, incluyendo un recinto de contencin. La impermeabilizacin del piso y de bordes es obligatoria, para evitar que cualquier derrame contamine el suelo. Las caeras debern estar a la vista, protegidas del trnsito, evitando derrames subterrneos. Se dispondr en obra de tambores plsticos debidamente rotulados para almacenar trapos y estopas con hidrocarburos. El almacenamiento de combustibles debe cumplir con la normativa vigente provincial que fijen las normas de seguridad para estas instalaciones.

En el caso de que se prevea la provisin de combustibles y el cambio de lubricantes demandados por los equipos y vehculos afectados a la construccin de la obra, dentro del sector de obradores, El Contratista deber presentar un proyecto que comprenda los mecanismos para la provisin y las instalaciones afectadas a tales fines, el que deber ser autorizado mediante aprobacin explcita de la Inspeccin y, de requerirse, de los organismos de aplicacin. Deber asegurar la disposicin final de los lubricantes utilizados segn la normativa vigente.

En el caso que se prevea la provisin de combustible y el cambio de lubricantes demandados por los equipos y vehculos afectados a la construccin de la obra, por servicios de terceros, el servicio pertinente deber estar habilitado para la prestacin de dichos servicios, por la autoridad competente.

Para suelos Afectados por Derrame Accidental de Combustible o Rotura de Vehculos, la accin inmediata es atender rpidamente el accidente para minimizar el vuelco de hidrocarburos. En este sentido la accin prioritaria ser interrumpir el vuelco evitando su propagacin y eventual afectacin de suelos o cursos de agua.

Si por cuestiones de pendiente local existiera el riesgo de arrastre de hidrocarburos a algn curso de agua, debern implementarse barreras de contencin de escurrimientos que funcionen como trampas de fluidos.

Aplicar sobre los lquidos derramados material absorbente especial para hidrocarburos. Este tipo de materiales deben estar almacenados en lugar seguro en el Obrador durante el desarrollo de las tareas.

Cuando el derrame supere los 5 m2, el suelo afectado debe ser delimitado (cercado) y sealizado como sitio en recuperacin ambiental y aplicar en l tcnicas de laboreo y tecnologas de biorremediacin. El sitio debe ser monitoreado bimensualmente, mediante extraccin de muestras para verificar el decaimiento en la concentracin de hidrocarburos. Una vez saneado definitivamente puede liberarse el sitio a sus usos originales.

Para todos los casos en que la legislacin vigente exija la adopcin de mecanismos de transporte y de disposicin final de residuos por operadores autorizados, El Contratista deber presentar a la Inspeccin, constancia del cumplimiento de la norma legal.

Todos los materiales procedentes de las excavaciones que no sean necesarios para rellenos u otros fines, debern llevarse a las zonas designadas como escombreras o a sitios de disposicin final a cargo del Contratista, quien deber sometidas a la aprobacin del Comitente, Autoridades locales y competentes, siendo la tramitacin y el logro de las autorizaciones correspondientes de exclusiva responsabilidad del mismo. Deber preverse dentro del Programa de Capacitacin del punto anterior, la capacitacin general del Personal sobre el manejo de residuos, y la capacitacin especfica segn puesto de trabajo y residuos especficos resultantes del desarrollo de su tarea.

El Contratista deber tomar todas las medidas del caso para preservar las vas de drenaje existentes, prevenir cualquier acumulacin de agua objetable que resulte de la formacin de las escombreras y la contaminacin de las aguas superficiales y subterrneas por residuos de distinto tipo.

El Contratista deber tomar las medidas que se establezcan en los planos del Proyecto, Especificaciones Particulares o en su proposicin de escombrera, para la preservacin de los aspectos ambientales y ecolgicos que pudieran alterarse.

7.2.6.7. Programa de Prevencin de Emergencias Plan de Contingencias

El Oferente deber disear un Programa de Contingencias comprendiendo planes particulares de Contingencias, segn distintos riesgos, para la Etapa de Construccin de la Obra, el que formar parte de la Propuesta Tcnica de la Obra y de las Obligaciones a cumplimentar bajo su directa responsabilidad, en la zona de obras y de afectacin directa, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente.

El Contratista deber elaborar un Programa detallado y ajustado de prevencin y de actuacin frente a Contingencias, en funcin de los lineamientos de la oferta. El programa debe ser elevado para su aprobacin por la Inspeccin, previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deber ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la construccin de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.

El Contratista deber elaborar un Programa para la Etapa de Operacin, comprendiendo los diferentes planes especficos, programa que deber formar parte del Manual de Operacin de la Obra a entregar como parte del proceso de Recepcin de la Obra.

El Objetivo de dichos Programas es el de dar respuestas a Contingencias para cada una de dichas Etapas.

Los Programas y sus Planes particulares se sustentarn en el anlisis previo de los distintos factores de riesgos que existan, tanto sean fsicos, qumicos o biolgicos. Tambin se considerar la magnitud en que se presenten dichos riesgos.

El Contratista est obligado a denunciar, inmediatamente de conocido, todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes. La denuncia deber contener como mnimo los datos que a tal fin requiera la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

7.2.6.8. Programa de Comunicacin Social

El Oferente deber incorporar en su Propuesta, un Programa de Comunicacin Social que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente y con el compromiso asumido en la Oferta.

El Objetivo del Programa ser el de desarrollar formas eficaces y eficientes de comunicacin entre y con la comunidad involucrada con la obra, con las Autoridades Competentes a Nivel Nacional, Provincial y Municipal, con El Comitente, con los Subcontratistas, con las Entidades Intermedias y Universidades, entre otros, respecto de los planes y acciones previstas y desarrolladas durante la Etapa de Construccin.

En particular deber desarrollar mecanismo de comunicacin efectivo respecto a la informacin sobre los impactos ambientales del Proyecto y las previsiones adoptadas, las fuentes de trabajo para la construccin y operacin de la obra, los propsitos de la obra, los cursos de capacitacin laboral, los planes de contingencia y todo otro efecto y actividad relacionada con el medio ambiente de la obra.

El Contratista deber relevar, en forma permanente, los temas relacionados con el Plan de Manejo Ambiental que requieran difusin y un intercambio activo de opiniones o acciones con las Autoridades, Actores Sociales, Instituciones Intermedias, Universidades, Organizaciones No Gubernamentales, Poblacin afectada, El Comitente y Organizaciones o personas involucradas. En particular deber mantener actualizada la informacin del desarrollo de los distintos Programas, para dar respuesta inmediata a todo tipo de consulta, observaciones u objeciones, identificando los problemas y adoptando las acciones para su solucin

En el caso de que como resultado de procedimientos administrativos o judiciales, peticin de Autoridades, Organizaciones o personas, resulte necesario o conveniente, a juicio de El Comitente, celebrar reuniones, seminarios, talleres u otra forma de comunicacin y discusin de la Obra, de carcter privado o pblico, incluidas las denominadas Audiencias Pblicas, El Contratista deber preparar toda la documentacin y prestar el apoyo tcnico necesario durante el desarrollo de las mismas. Para el caso de las Audiencias Pblicas deber tomar como referencia las instrucciones que a sus efectos determinar El Comitente o los Organismos de Aplicacin.

El Programa de Comunicaciones ser desarrollado por el Contratista y deber ser aprobado por el Comitente. Ser implementado por el responsable de medio ambiente del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.

Las acciones prioritarias a desarrollar son las siguientes:

Colocar un cartel al frente de la obra indicando: Nombre del Proyecto, nombre del Comitente, nombre del Contratista, sus direcciones y telfonos.

Establecer un procedimiento de comunicacin formal y documentado, que facilite la comunicacin con la sociedad y al mismo tiempo permita recibir sus opiniones, sugerencias o reclamos relacionados con el desarrollo de la obra.

Realizar consultas a los directamente relacionados con el desarrollo del proyecto respecto de la obra y sus alternativas de ejecucin, con el propsito de incorporar sus observaciones al proceso de toma de decisiones y de esta manera minimizar el riesgo de conflictos sociales.

Comunicar a las autoridades, vecinos, ocupantes de campos, empresas u organismos que posean instalaciones prximas a la obra, con la suficiente anticipacin a las obras que se ejecutarn en los das subsiguientes.

Comunicar con anticipacin a los posibles afectados o a las autoridades pertinentes aquellas acciones de la obra que pudieran generar conflictos con actividades de terceros. La notificacin podr realizarse telefnicamente y registrarse en un libro para su seguimiento.

Notificar mensualmente a las autoridades locales, provinciales y nacionales del avance de la obra y lo programado para el mes siguiente.

7.2.6.9. Programa de Seguimiento de las Medidas de Mitigacin

El Oferente deber incorporar en su Propuesta, un Programa de seguimiento de las medidas de que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente y con el compromiso asumido en la Oferta.

El Contratista deber elaborar un Programa detallado y ajustado de seguimiento de las medidas de mitigacin. El programa debe ser elevado para su aprobacin por la Inspeccin, previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deber ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la construccin de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.

El programa de seguimiento de las Medidas de Mitigacin ser instrumentado por el Responsable de Medio Ambiente del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.

Se confeccionarn a tal efecto listas de chequeo elaboradas a partir de las medidas de mitigacin propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.

El responsable de medio ambiente inspeccionar la obra regularmente para verificar el cumplimiento de las medidas de mitigacin. Deber evaluar la eficacia de las medidas propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer al Comitente para su aprobacin los cambios necesarios cuando lo considere oportuno. El objetivo ser en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.

El responsable de medio ambiente deber manifestar disposicin al dilogo y al intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de aquellos directamente involucrados y de las autoridades.

El responsable de medio ambiente controlar quincenalmente el grado de cumplimiento de las Medidas de Mitigacin aplicando listas de chequeo y emitir un Informe Ambiental Mensual. En el informe se indicarn las acciones pertinentes para efectuar los ajustes necesarios. El responsable presentar su Informe Ambiental Mensual al Comitente destacando la situacin, las mejoras obtenidas, los ajustes pendientes de realizacin y las metas logradas.

Finalizada la obra, el responsable emitir un INFORME AMBIENTAL DE FINAL DE OBRA donde consten las metas alcanzadas.

El cumplimiento de las Medidas de Mitigacin por parte del Contratista ser condicin necesaria para la aprobacin de los certificados de obra. Debe ser puesta en evidencia en los informes y debe notificarse a las autoridades correspondientes.

7.2.6.10. Programa de Control Ambiental de la Obra

El Oferente deber incorporar en su Propuesta, un Programa de de control ambiental de la obra que comprenda las tareas, los servicios y las prestaciones a desarrollar, bajo su directa responsabilidad, incorporando los costos del Programa dentro del Costo del Contrato. El Programa deber cumplir con las obligaciones emergentes de la Legislacin vigente y con el compromiso asumido en la Oferta.

El Contratista deber cumplir con el compromiso asumido en su Oferta.

El Contratista deber elaborar un Programa de Control Ambiental de la Obra detallado y ajustado. El programa debe ser elevado para su aprobacin por la Inspeccin, previo al inicio de las obras. Una vez autorizado El Contratista deber ejecutarlo, siendo su responsabilidad mantenerlo en funcionamiento hasta el retiro total de la Obra al finalizar la construccin de la misma y ser recibida en conformidad por el Comitente.

El programa de Control Ambiental de la Obra ser instrumentado por el responsable de medio ambiente del Contratista o por terceros calificados designados especialmente.

Durante la etapa de construccin, este programa estar muy ligado al de verificacin de cumplimiento de las Medidas de Mitigacin. Sin embargo su espectro de accin debe ser ms amplio para detectar eventuales conflictos ambientales eventualmente no percibidos en el Estudio de Impacto Ambiental y aplicar las medidas correctivas pertinentes. En funcin de los ajustes del Proyecto de Ingeniera a desarrollar segn tecnologa constructiva y singularidades Empresarias.

En funcin de los avances registrados en los distintos Programas del Plan de Manejo Ambiental, durante al Construccin de la Obra, completar y ajustar en forma sistemtica las conclusiones de la Ampliacin del Estudio de Impacto Ambiental, incorporando los resultados alcanzados durante la ejecucin de los Programas y sus correspondientes relevamientos en el mbito fsico del medio natural o en el medio socioeconmico directamente involucrados con la Obra. Se confeccionarn listas de chequeo a partir del Estudio de Impacto Ambiental elaborada, con posibilidad de incluir elementos ambientales nuevos.

El responsable de medio ambiente inspeccionar la obra regularmente para verificar la situacin ambiental del proyecto. Deber evaluar la eficacia de las medidas propuestas para mitigar los impactos negativos y proponer los cambios cuando lo considere necesario. El objetivo ser en todo momento minimizar efectos no deseados vinculados a la obra.

El responsable de medio ambiente deber manifestar disposicin al dilogo y al intercambio de ideas con el objeto de incorporar opiniones de terceros que pudieran enriquecer y mejorar las metas a lograr. En particular de las autoridades.

El responsable de medio ambiente controlar quincenalmente la situacin ambiental de la obra aplicando listas de chequeo y emitir un INFORME AMBIENTAL MENSUAL de situacin.

En el informe se indicarn las acciones pertinentes para efectuar los ajustes necesarios. El responsable incluir en su Informe Ambiental Mensual todos los resultados del Monitoreo Ambiental, destacando resultados y proponiendo al Comitente para su aprobacin, los ajustes que crea oportuno realizar.

Finalizada la obra, el responsable incluir en el informe ambiental final de la obra los resultados obtenidos en el Programa de Control Ambiental de la Obra y las metas logradas.

7.2.6.11. Instalacin de Campamentos

Previo a la instalacin del/los campamento/s, el Contratista presentar para aprobacin de la Inspeccin, un croquis detallado, mostrando ubicacin del/los campamento/s, sus partes y los detalles necesarios. Adems, deber presentar un registro grfico de la situacin previa a la obra, para asegurar su restitucin plena.

Se requerir autorizacin o no objecin municipal para instalar campamentos en un radio de 10 km que incluya zonas urbanas, asentamientos de comunidades aborgenes y establecimientos educacionales.

En la construccin de campamentos se evitar realizar cortes de terreno, rellenos, y remocin de vegetacin. En lo posible las instalaciones sern prefabricadas. Por ningn motivo se vertern aguas servidas en los cursos de agua o sobre terreno natural.

No se arrojarn desperdicios slidos de los campamentos a las corrientes de agua. Estos se depositarn adecuadamente y se dispondrn conjuntamente con los de los Municipios de la zona.

El pozo sptico deber cumplir con los requerimientos ambientales de impermeabilizacin y tubera de infiltracin y con las guas del Anexo IV de la Ley 24.585 (normativa complementaria de presupuestos mnimos).

Los campamentos contendrn equipos de extincin de incendios y un responsable con material de primeros auxilios y cumplir con la Normativa sobre seguridad e higiene laboral. Los campamentos debern mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra.

Los campamentos sern desmantelados una vez que cesen las obras, dejando el rea en perfectas condiciones e integrada al medio ambiente circundante. En el caso que sus instalaciones pudieran ser donadas a las comunidades locales para beneficio comn, como para ser destinados a escuelas o centros de salud, el Contratista presentar para aprobacin de la Inspeccin el convenio de donacin donde conste las condiciones en que se entregan las instalaciones y la responsabilidad de su mantenimiento.

Los Campamentos y sus instalaciones, aprobados por la Inspeccin debern mantenerse en perfectas condiciones de funcionamiento durante todo el desarrollo de la obra.

7.2.6.12. Extraccin de Agua Contaminacin

Previo al inicio de los trabajos, el Encargado del Proyecto presentar a la Supervisin los permisos de la Autoridad Provincial competente, con la ubicacin de los lugares de donde se extraer el agua necesaria para la construccin y provisin de los campamentos. La extraccin de agua para la construccin de ninguna manera podr afectar las fuentes de alimentacin de consumo de agua de las poblaciones o asentamientos de la zona de influencia de la obra. S prohbe la extraccin y restitucin (descarga) de agua, en lugares donde no estn expresamente autorizados por la Supervisin.

La empresa contratista tomar todas las precauciones que sean razonables durante la construccin de la obra para impedir la contaminacin de los cursos de aguas existentes. Los contaminantes como productos qumicos, combustibles, lubricantes, bitmenes, aguas servidas, pinturas, y otros desechos nocivos, no sern descargados en los cursos de agua, siendo la empresa contratista el responsable de su eliminacin final, en condiciones ambientalmente adecuadas.

Toda la descarga de agua de la construccin ser tratada adecuadamente para eliminar materiales nocivos antes de que sea descargada en los cursos de agua con el propsito de no degradar aguas existentes o alterar o inhibir a especies acuticas de esas aguas.

En el caso de que la empresa contratista en forma accidental vierta, descargue o derrame cualquier combustible o productos qumicos (que llegue o tenga el potencial de llegar a la va acutica), notificar inmediatamente a la Supervisin, a todos los organismos jurisdiccionales correspondientes y tomar medidas para contener y eliminar el combustible o los productos qumicos.

Los materiales de excavacin de caminos, canalizaciones, y otras estructuras sern depositados en zonas aprobadas por la Supervisin que estn a cotas superiores a nivel medio de aguas que se muestra en los planos del proyecto, de tal manera, que se impida el retorno de materiales slidos o en suspensin a las vas acuticas. En el caso de que esa marca no se muestre en los planos, el nivel medio de aguas ser considerado como la cota de mxima creciente de los cursos de agua.

La empresa contratista tomar las medidas necesarias para garantizar, en relacin con la ejecucin de alcantarillas, que cemento, limos, arcillas o concreto fresco no tengan como receptor lechos o cursos de agua. la empresa evitar el vertido de aguas de lavado o de enjuague de hormigones a los cursos de agua, como tambin de cualquier otro residuo proveniente de las operaciones de mezclado de los hormigones.

7.2.6.13. Explotacin de Yacimientos

En los casos de canteras de ridos de terceros, la empresa contratista deber presentar a la Supervisin la Declaracin de Impacto Ambiental de la Cantera, segn el Ttulo Dcimo Tercero, Seccin Segunda del Cdigo de Minera denominado De la proteccin ambiental para la actividad minera (Ley N 24.585), con los permisos o licencias del caso de la autoridad competente de la provincia. La empresa contratista podr explotar canteras por su cuenta siempre que est inscripto en el Registro nico de Actividades Mineras (R.U.A.M.I) y obtenga la habilitacin de la cantera de la autoridad competente de la Provincia.

Las zonas para extraccin de otros materiales de construccin (reas de yacimientos de suelos y prstamos), sern seleccionadas por la empresa contratista, previo un anlisis de alternativas, teniendo en cuenta los lugares identificados en el Proyecto. La localizacin, junto con el plan de explotacin y posterior recuperacin morfolgica y revegetalizacin sern elevados a consideracin de la Supervisin. Adems, deber presentar un registro grfico de la situacin previa a la obra, para asegurar su restitucin plena, como as tambin de la ubicacin de ductos a fin de evitar la rotura de los mismos.

En terrenos planos sujetos al estancamiento del agua de escurrimiento o con drenaje muy lento, la empresa contratista no cavar fosas para sacar material de prstamo, ni en sitios prximos a poblados o asentamientos. Ocasionalmente se permitirn estas excavaciones si el propietario de los terrenos manifiesta su conformidad para utilizar las mismas como tajamares para recolectar agua, debiendo en estos casos darle forma adecuada a estos fines y contar con la aprobacin de la Supervisin.

La empresa contratista comprobar que los propietarios del yacimiento de donde se extraern materiales hayan conseguido los permisos o licencias del caso, de la autoridad competente, municipal o provincial. En caso contrario deber encargarse en forma exclusiva la empresa contratista de que as ocurra.

La empresa contratista no explotar nuevos yacimientos de materiales sin previa autorizacin de la Supervisin de la obra, y sin haber conseguido los permisos o licencias requeridos o comprobado y demostrado en forma fehaciente que estos existen.

Los suelos orgnicos existentes en la capa superior de las canteras, yacimientos y prstamos debern ser conservados y depositados para posterior recubrimiento de las excavaciones y favorecer el rebrote de la vegetacin nativa.

La explotacin de los yacimientos prximos a la ruta, no menor a 200 m del eje de proyecto, se efectuar comenzando por el lado ms alejado de la misma y avanzando de manera tal que exista hasta ltimo momento un terrapln que oculte visual y acsticamente las tareas de extraccin.

Todas las excavaciones debern contar con drenaje adecuado que impida la acumulacin de agua.

Al abandonar los yacimientos temporarios, la empresa contratista reacondicionar el terreno para recuperar sus caractersticas superficiales.

Una vez terminados los trabajos, las excavaciones del prstamo debern restaurarse y adecuarse a la topografa circundante, de modo de facilitar el arraigo de la vegetacin, evitar riesgos o inconvenientes para personas y animales, y asegurar el escurrimiento de las aguas hacia los drenajes naturales del terreno.

7.2.6.14. Construccin de AlcantarillasPara evitar fenmenos de erosin y socavacin, las alcantarillas se ejecutarn previa o simultneamente a la construccin de los terraplenes. Se construirn en periodos de estiaje a fin de evitar conflictos con los caudales y deterioro de la calidad de las aguas. Los cursos de agua sern limpiados prontamente de toda obra provisoria, atagua, escombros u otras obstrucciones puestas all o causadas por las operaciones de construccin. Una vez finalizada las obras dentro de los cauces, se proceder a la limpieza de los mismos y se los restituir a sus condiciones originales.

7.2.6.15. Ejecucin y Movimiento de Suelo y Remocin de Cobertura Vegetal

El Contratista deber controlar que las excavaciones, remocin de suelo y cobertura vegetal que se realicen en el rea de obradores, campamentos, depsitos, zonas de acopio de materiales e insumos y plantas de asfalto y hormign, as como los sectores de emplazamiento de las obras civiles (paquete estructural y alcantarillas) sean las estrictamente necesarias para la instalacin y correcto funcionamiento de los mismos.

Debern evitarse excavaciones y remociones de suelo innecesarias, ya que las mismas producen daos al hbitat, perjudicando a la flora y fauna silvestre, e incrementan procesos erosivos, inestabilidad y escurrimiento superficial del suelo. Asimismo se afecta al paisaje local en forma negativa.

Los trabajos de limpieza del terreno debern llevarse al ancho mnimo compatible con la construccin de la obra a fin de mantener la mayor superficie posible con la cubierta vegetal existente. No se permitir eliminar el producto no utilizable de estos trabajos por medio de la accin del fuego.

En los casos que la secuencia y necesidad de los trabajos lo permitan se optar por realizar, en forma manual, las tareas menores de excavaciones, remocin de suelo y cobertura vegetal.

En la ejecucin de los cortes del terreno y en los rellenos, las crestas deben ser modeladas con el objeto de evitar terminaciones angulosas. Las cunetas, zanjas de guardia y de desage y dems trabajos de drenaje, se ejecutarn con anterioridad a los dems trabajos de movimiento de suelos o simultneamente con estos, de manera de lograr que la ejecucin de excavaciones, la formacin de terraplenes, tengan asegurado un desage correcto en todo tiempo, a fin de protegerlos de la erosin.

El suelo o material sobrante de las excavaciones, se depositar en lugares previamente aprobados por la Inspeccin. Cuando sea posible se evitar el depsito en pilas que excedan los dos metros de altura. Dichas pilas debern tener forma achatada para evitar la erosin y debern ser cubiertas con la tierra vegetal extrada antes de su disposicin.

No se depositar material excedente de las excavaciones en las proximidades de cursos de agua o lagunas.

Los suelos vegetales que necesariamente sern removidos, debern acumularse y conservarse para ser utilizados posteriormente en la recomposicin de la cobertura vegetal, en sitios como banquinas, taludes, contrataludes, caminos de servicio, desvos, recuperacin de canteras, yacimientos, depsitos, etc.. Toda biomasa no comercializada como madera, lea o arbustos, debe ser cortada, desmenuzada y depositada en pilas en lugares expresamente autorizados por la Inspeccin.

En caso de vertidos accidentales, los suelos contaminados sern retirados y sustituidos por otros de calidad y caractersticas similares. Los suelos retirados sern llevados a un depsito controlado.

Se prohbe el control qumico de la vegetacin con productos nocivos para el medio ambiente. En caso de resultar indispensable aplicar control qumico sobre la vegetacin, todos los productos que se utilicen debern estar debidamente autorizados por el comitente y contar con su hoja de seguridad en el frente de obra.

Se prohbe el uso de defoliantes. En el caso de que fuera indispensable, se deben utilizar slo aquellos que no contengan dioxinas y que estn inscriptos en el Registro Nacional de Teraputica Vegetal publicado en el Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios de la Repblica Argentina del Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal dependiente del SENASA.

La aplicacin de estos productos estar a cargo de personal capacitado y entrenado y previo a cada aplicacin debern ser notificadas las autoridades locales.

Para el transporte de suelos se recomienda la utilizacin de equipos adecuados y en ptimo estado de funcionamiento, humedeciendo la carga, cuidando de enrasar la misma y, en caso de ser necesario, cubrirla para el traslado de modo de evitar la diseminacin de los materiales transportados por voladura o vuelco, en las vas de transporte.

Con los materiales excavados que no fuesen utilizados para los propsitos anteriormente especificados, se conformarn los terraplenes laterales de depsito, para su posterior traslado. Los materiales desechables, excedentes y/o desperdicios, debieran ser retirados y volcados en depsitos destinados a tal efecto.

Se recomienda utilizar equipos adecuados para la excavacin, conservndolo en buenas condiciones.

7.2.6.16. Remocin de Obras ExistentesEl Encargado del Proyecto no depositar el material sobrante de las demoliciones en los cauces de agua, lagunas, ni al aire libre. En lo posible emplear tal material para rellenar yacimientos temporarios, o en la construccin de terraplenes si fuera apto para este uso.

Se puede considerar a los yacimientos antiguos como un lugar de depsito para los restos de asfalto y hormign, siempre y cuando se trate de zonas alejadas y aisladas, donde se evite la contaminacin. Se deber recubrir con una capa de suelo, de manera de permitir restaurar fcilmente la conformacin del terreno y la vegetacin natural de la zona.

La empresa contratista utilizar solamente los lugares de depsitos aprobados por la Supervisin de los trabajos. La empresa contratista no depositar ningn material en terrenos de propiedad privada sin la previa autorizacin del dueo, debidamente ejecutada, protocolizada y con el visto bueno de la Supervisin. La tierra vegetal de las reas de depsito deber ser removida antes y colocada en depsitos transitorios autorizados por la Supervisin para ser utilizada en las reas de recuperacin.

7.2.6.17. Instalacin de Plantas Asflticas y Plantas Elaboradoras de Homign, Ejecucin de Concreto Asfltico y MezclasPrevio a la instalacin de las plantas asflticas y de hormign y depsitos de materiales bituminosos, la empresa contratista someter a la aprobacin de la Supervisin el plano correspondiente a su ubicacin y sectorizacin, los circuitos de movimientos y operacin de vehculos y materiales dentro del rea de la misma, e ingreso y salida de materiales. Para ello deber atenderse, como mnimo, a las precauciones consignadas en los apartados siguientes.

La empresa contratista instalar las plantas de asfalto, plantas elaboradoras de hormign y de mezclas en lugares planos, en lo posible desprovistos de cobertura vegetal y de fcil acceso, y atendiendo a pautas como escurrimiento superficial del agua, y la direccin predominante del viento. No se instalarn las plantas en terrenos particulares sin previa autorizacin por escrito del dueo o representante legal. Las vas de entrada y salida de material debern estar localizadas de forma que los sobrantes, durante la carga y descarga, no perjudiquen el rea fuera de los lmites de las instalaciones.

La empresa contratista no instalar las plantas de asfalto y hormign, triturad