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Instituto Universitario De Tecnología De Administración Industrial Extensión Región Capital Carrera: Comercio Exterior Sección: 183B1 Profesor: Luis Otoniel Días Incoterms 2010 Integrantes: Aponte Erickmailer C.I 24.635.962 Solano Gladys C.I 24.182.528

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Instituto Universitario De TecnologaDe Administracin IndustrialExtensin Regin CapitalCarrera: Comercio ExteriorSeccin: 183B1Profesor: Luis Otoniel Das

Incoterms 2010

Integrantes: Aponte Erickmailer C.I 24.635.962Solano Gladys C.I 24.182.528Zerpa Jos C.I 24.884.745Zuluaga Everlyn C.I 24.208.485

IntroduccinCuando nos referimos a la palabra Incoterms, nos referimos a los trminos de comercio internacional que se encargan de definir claramente los gastos, obligaciones y riesgos en la forma de transporte internacional para importadores y exportadores; tenemos una variedad de Incoterms que nos van a detallar cules de estos estn avalados por un seguro y cules no. Por tanto los Incoterms son internacionalmente reconocidos como estndares para las autoridades aduaneras, as como las cortes que se encargan del Comercio Internacional en todos los pases. Cuando dichos negociantes entran en un contrato para la compra y la venta de mercancas, estn libres de negociar trminos especficos en su contrato. En estos contratos vamos a incluir trminos como el precio, cantidad, y caractersticas especficas de la mercanca.

IncotermsLos Incoterms son los trminos internacionales de comercio que comenzaron a regir en 1936, creados por la Cmara de Comercio Internacional. Estos modelos contractuales aceptados mundialmente han introducido modificaciones regularmente, debido a la necesidad de adaptarlos a las prcticas comerciales internacionales actuales.Dentro de los cambios generados se encuentra la eliminacin de todo el grupo D -que hace referencia a que se entrega la mercanca asumiendo costos y riesgo en el lugar de destino, y es cuando el exportador/ vendedor asume las mayores responsabilidades- actualmente conformado por las DAF (entregada en frontera), DEQ (entregada en muelle), DES (entregada en buque), DDU (entregada sin los derechos pagos).DDP (entregada con los derechos pagos), es la nica del grupo que qued en los Incoterms 2010.Otra importante modificacin que ha tenido los Incoterms 2000 agrupados en cuatro categoras (E: salida; F: transporte principal no pago; C: transporte principal pago; y D: llegada) la versin 2010 slo tendrn dos grupos, para cualquier modalidad de transporte, y otro para va martima.

ClasificacinTexto inglsTexto espaol

CodeDescripcinDescripcin

EXWEX Works...named placeFbrica (en) lugar convenido

FCAFree CArriernamed placeFranco transportista lugar convenido

FASFree AlongSide shipnamed port of shipmentFranco al costado del buque puerto de carga convenido

FOBFree On Boardnamed port of shipmentFranco a bordo...puerto de carga convenido

CFRCost and Freight named port of destinationCoste y flete...puerto de destino convenido

CPTCarriage Paid Tonamed port of destinationTransporte pagado hastapuerto de destino convenido

CIFCost, Insurance, Freight...named port of destinationCoste, seguro y flete...puerto de destino convenido

CIPCarriage and Insurance Paid to...named place of destinationTransporte y seguro pagados hasta, puerto de destino convenido

DATDelivered At Terminal...Named port of destinationEntregado en terminal...puerto de destino convenido

DAPDelivered at Place named port of destinationEntregado en un punto...lugar de destino convenido

DDPDelivered Duty Paid...named place of destinationEntregado derechos pagadoslugar de destino convenido

1) EL TRMINO EX WORKS (EXW) / ENTREGA DIRECTA A LA SALIDAEl vendedor La nica responsabilidad del vendedor es poner la mercanca a disposicin del comprador en sus locales en un embalaje adaptado al tipo de transporte (en general, el precio incluye la ubicacin de la mercanca en paletas)El comprador asume todos los gastos y riesgos inherentes al transporte, desde la salida de la fbrica hasta el destino. El trmino EXW representa la menor cantidad de obligaciones para el vendedor. Sin embargo, si las partes desean que la carga de la mercanca al salir sea asumida por el vendedor EXW Loaded, gastos y riesgos, debern para ello sealarlo claramente a travs de una clusula explcita que se aadir en el contrato de venta (ej.: EXW Pars cargado, CCI 2010). Se asume que el vendedor presta al comprador, segn el pedido de ste y asumiendo gastos y riesgos, toda la asistencia necesaria para la obtencin de una licencia de exportacin, un seguro, dndole toda la informacin til a su disposicin para permitirle al comprador exportar su mercanca de manera segura.2) EL TRMINO FCA: (FREE CARRIER / FRANCO -TRANSPORTISTA, PUNTO DE ENTREGA CONVENIDO)El vendedor Si la entrega se efecta en los locales del vendedor, es el vendedor quien efecta la carga de la mercanca, embalada convenientemente en el vehculo proporcionado por el comprador (selese FCA locales del vendedor). El pago de aranceles de exportacin es responsabilidad del vendedor. El comprador escoge el medio de transporte y el transportista con quien desea efectuar el contrato de transporte, y cancela el transporte principal. El traspaso de los gastos y riesgos ocurre cuando el transportista se hace cargo de la mercanca. Las partes deben convenir un lugar para la entrega de las mercancas (terminal del transportista o locales del vendedor). El vendedor debe, si fuese necesario, entregar la mercanca al comprador en tiempo til, e incluso darle asistencia para obtener todo documento o informacin relacionados con la seguridad necesaria para la exportacin.

3) EL TRMINO FAS: FREE ALONGSIDE SHIP / FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE, PUERTO DE EMBARQUE CONVENIDOEl vendedor Las obligaciones del vendedor han sido cumplidas cuando la mercanca, ya pagados los aranceles, es ubicada al costado del buque en el muelle o en alijadores del puerto de embarque convenido. Comprador El comprador asumir desde ese momento todos los gastos y riesgos de prdida o deterioro, tan pronto la mercanca haya sido entregada junto al buque, en especial en caso de retraso de la embarcacin o anulacin de la escala. El comprador designa al transportista, concreta el contrato de transporte y paga el flete.4) EL TRMINO FOB: FREE ON BOARD / CARGADO A BORDO (PUERTO DE EMBARQUE CONVENIDO)El vendedor Debe poner a disposicin la mercanca, en el puerto de embarque designado, a bordo del buque escogido por el comprador, y efectuar los trmites de aduana para la exportacin, si fuesen necesarias. En un contrato de tipo FOB, el vendedor cumple con su obligacin de entrega cuando la mercanca est a bordo del buque en el puerto de embarque designado o, en el caso de las ventas sucesivas, el vendedor consigue las mercancas as entregadas para su transporte hasta su destino designado e indicado en el contrato de venta.El comprador Escoge el buque, paga el flete martimo y el seguro, y se encarga de las formalidades a la llegada de la mercanca. Asume as todos los gastos y riesgos de prdida o de deterioro que pueden ocurrirle a la mercanca desde el momento en que fue entregada.

5) EL TRMINO CFR: COST AND FREIGHT / COSTE Y FLETE, PUERTO DE DESTINO CONVENIDOEl vendedor Escoge al transportista, cierra y asume los gastos pagando el flete hasta el puerto de llegada convenido, descarga no incluida. La descarga de las mercancas con aranceles cancelados en el buque es su responsabilidad, al igual que las formalidades de despacho. Por otra parte, la transferencia de los riesgos es la misma que en FOB.El comprador Asume el riesgo de transporte cuando la mercanca ha sido entregada a bordo del buque en el puerto de embarque; debe recibirla al transportista y recibir la entrega de la mercanca en el puerto de destino convenido.

6) EL TRMINO CIF: COST INSURANCE FREIGHT / COSTE SEGURO FLETE, PUERTO DE DESTINO CONVENIDOEl vendedor Trmino idntico al CFR, con la obligacin adicional para el vendedor de proporcionar un seguro martimo contra el riesgo de prdida o de daos de las mercancas. El vendedor paga la prima del seguro. El seguro debe ser conforme a la garanta mnima estipulada en las clusulas sobre facultades del Institute of London Underwriters, o cualquier otra serie de clusulas similares. Debe por lo menos cubrir el precio previsto en el contrato, aumentado de un 10%, y debe estar indicado en la divisa del contrato. Es un seguro FPA (Franco de Avera Particular) del 110% del valor.El comprador Asume el riesgo de transporte cuando la mercanca ha sido entregada a bordo del buque en el puerto de embarque. Verificar y recibir la mercanca del transportista en el puerto de destino convenido.

7) EL TRMINO CPT: CARRIAGE PAID TO / PORTE PAGADO HASTA, LUGAR DE DESTINO CONVENIDOEl vendedor El vendedor coordina la cadena logstica. Despus de haberse encargado de los aranceles de exportacin, escoge los transportistas y paga los gastos hasta el lugar convenido.El comprador Los riesgos de avera o prdida son asumidos por el comprador desde el momento en que las mercancas han sido entregadas al primer transportista. Luego, el comprador se encarga de pagar los aranceles de importacin y los gastos de descarga.

8) EL TRMINO CIP: CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO / PORTE PAGADO, SEGURO INCLUIDO HASTA (LUGAR DE DESTINO CONVENIDO)El vendedor CIP es idntico al CPT, pero el vendedor debe proporcionar adems un seguro de transporte. El vendedor cierra el contrato de transporte, paga el flete y la prima de seguro.El comprador Los riesgos de daos o prdida son asumidos por el comprador desde el momento en que las mercancas han sido entregadas al primer transportista. Luego, el comprador se encarga del pago de aranceles e impuestos de importacin y los gastos de descarga.

9) EL TRMINO DAT (ENTREGADO EN TERMINAL,TERMINAL CONVENIDO EN EL PUERTO O EN EL DESTINO)El vendedor Debe entregar las mercancas, ponindolas a disposicin del comprador en el terminal convenido, en el puerto, o el lugar de destino en la fecha o en los plazos convenidos. El vendedor debe cerrar un contrato (que corre por su cuenta) para el transporte de las mercancas hasta ese terminal, as como descargar las mercancas del medio de transporte en cuestin. El vendedor no est obligado ante el comprador a tomar un seguro. Empero, debe proporcionar al comprador (asumiendo el gasto) el documento que le permita concretar la recepcin de las mercancas. El Incoterm DAT obliga al vendedor a pagar los aranceles de exportacin de las mercancas; sin embargo, no lo obliga a pagar los aranceles de importacin.El comprador Debe recibir las mercancas apenas hayan sido entregadas y pagar el precio como ha sido previsto en el contrato de venta. El comprador debe adems comunicar al vendedor la necesidad de proporcionar toda la informacin relacionada con la seguridad requerida para la exportacin, la importacin, el transporte de las mercancas a su destino final. Esta regla Incoterms fue creada especficamente para el transporte en contenedores. Se adapta tambin al transporte martimo convencional, cuando el vendedor quiere conservar los riesgos de descarga del buque en el puerto de destino. Conviene en ese caso precisar el lugar en que las mercancas sern puestas a disposicin (muelle, preparado para el embarque).

10) EL TRMINO DAP (ENTREGADO EN EL PUNTO DE DESTINO, LUGAR CONVENIDO)El vendedor Debe entregar las mercancas, ponindolas a disposicin del comprador en el medio de transporte de aproximacin listo para la descarga en el destino convenido. Debe pagar los aranceles de exportacin, pero en cambio no tiene ninguna obligacin de hacer lo mismo con los aranceles. El vendedor debe cerrar un contrato, que corre por su cuenta, para el transporte de las mercancas al destino convenido, as como descargarlas del medio de transporte al llegar. Por lo dems, el vendedor no est obligado, ante el comprador, a cerrar un contrato de seguro. Asimismo, debe proporcionar al comprador, por cuenta propia, el documento que le permite recibir las mercancas.El comprador Debe pagar el precio de las mercancas, como previsto en el contrato de venta, y recibir estas mercancas tan pronto hayan sido entregadas.

11) EL TRMINO DDP: DELIVERED DUTY PAID / ENTREGADOS DERECHOS PAGADOS, LUGAR DE DESTINO CONVENIDOEl vendedor, en este caso, tiene las mximas obligaciones: la transferencia de los gastos y riesgos se efecta en el momento de la entrega donde el comprador. El pago de derechos de aduana de importacin tambin le incumbe.El comprador Recibir en el lugar de destino convenido y pagar los gastos de descarga. Adems, debe comunicar al vendedor la necesidad de proporcionarle toda la informacin relacionada con la seguridad que fuese necesaria para la exportacin, la importacin, el transporte de las mercancas a su destino final.

Caractersticas.*Siglas o abreviaturas.*Sealan lugar y entrega de mercadera.*Influyen en costo.*Son de fcil comprensin.*Actualizados regularmente.*Permiten determinar precio.Objetivos.*Establecer conjunto de reglas internacionales para interpretacin de trminos ms usados en Comercio Internacional.*Uniformizar diferentes usos y costumbres. Finalidad.La finalidad de los Incoterms es establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretacin de dichos trminos en diferentes pases. Los Incoterms son trminos que se utilizan en un contrato de compraventa y definen claramente las obligaciones y los derechos del comprador y vendedor, en relacin a la entrega de las mercancas vendidas.Como resultado de la incorporacin de los Incoterms en el contrato de compraventa, es importante hacer referencia expresa que el contrato queda sometido a los Incoterms 2010.

Beneficios.*Entender el contexto de los negocios internacionales, las tendencias macroeconmicas y el proceso de apertura vivida por nuestro pas.* Manejar de manera lgica y secuencial el proceso de una operacin de comercio exterior, as como sus implicaciones legales en cada una de las etapas.* Manejar las caractersticas de los diferentes medios de transporte para el envo o recepcin de la mercanca, as como la forma de empaquetar la mercanca y los seguros que se deben adquirir.* Entender el marco legal que regula las operaciones de comercio exterior.* Conocer los elementos de negociacin y la conformacin del contrato de compra-venta internacional.*Manejar los mecanismos ms utilizados de pago o cobranza a nivel internacional.

Grafica.

Conclusin.Los INCOTERMS son el instrumento ms importantes a la hora de realizar exportaciones e importaciones, ya que le permite a los comerciantes de diversos pases entenderse los unos a los otros y de esta forma se facilita el comercio internacional. Gracias a la creacin de INCOTERMS, se mejor y reforz las prcticas comerciales internacionales, para que de esta manera los comerciantes le fuera ms posible o factible el solucionar problemas relacionados con los contratos, mercancas, operaciones, en fin todo lo concerniente a la compraventa de mercancas siendo un gran respaldo para las negociaciones de un pas a otro. El 85% de las personas no sabe cmo utilizar correctamente los Incoterms para hacer negocios internacionales, por lo tanto despus de realizar una transaccin tienen problemas como consecuencia de esto.

Bibliografas. Llamazares Garca-Lomas, Olegario (2011). Captulo 4: Los Incoterms Uno a uno. Gua Prctica de los Incoterms 2010 (1 edicin). Disponible en http://pamela/orinochi-cci27.nireblog.com (2009 ,5 de Junio) Cabrera Cnovas, Alfonso (2003) Cmara de Comercio Internacional. Comit espaol (1999). Incoterms 2000. Reglas oficiales de la CCI para la interpretacin de trminos comerciales. (2 edicin). Disponible en www.firmajuridica.com (2005 3, Agosto) Anaya Tejero, Julio Juan (2009). Captulo 4. Transporte martimo y areo. El transporte de mercancas (Enfoque logstico de la distribucin) (1 edicin). Disponible en www.camaragipuzkoa.com (2002 1, Octubre)