Indemnizacion Por Daños y Perjuicios
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EXPEDIENTE : SECRETARIO :CUADERNO : PRINCIPALESCRITO :01Interpone demanda de Indemnización por daños y Perjuicios.
AL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE NEPEÑA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SANTA.
INVERSIONES Y COMERCIALIZACION E.I.R.L.,
con RUC Nº 11111110000, debidamente
representado por su Gerente General JUAN BAU
MEDINA MEDINA, identificado con D.N.I. Nº , con
dirección domiciliaria en Jr. Drenaje Nº 00 –
Miraflores, del Distrito de Chimbote, Provincia del
Santa – Departamento de Ancash, y señalando
domicilio procesal en Jr. Miguel Grau 01 –
NNNNN(Ref. Frente al Juzgado de Paz Letrado de
NNNNN), a usted digo:
I. PETITORIO
Que, acudo ante su honorable despacho, a efectos de que se me otorgue tutela
jurisdiccional efectiva con sujeción a un debido proceso, conforme lo prevee el Artículo I
del Título Preliminar del Código procesal Civil, interponiendo formal demanda de
INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS, contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
NNNNNN, en la persona de su representante legal, a quien se le notificara en su
domicilio ubicado en la Plaza de Armas s/n – Distrito de NNNNNN, a fin de que me
cancelen la suma de S/. 20,000 Nuevos soles, por el siguiente concepto:
Daño Patrimonial:
- Daño Emergente : S/. 6,300.00
- Lucro Cesante : 13,700.00
Total S/.20,000.00
mas intereses desde que se produjo el daño, además de las costas y costos que se
deriven del presente proceso; en virtud de los fundamentos de hecho y derecho que se
exponen:
II. FUNDAMENTOS DE HECHO:
1. Que, mi representada Inversiones y Comercialización E.I.R.L., prestó servicios de
Alquiler de Cisterna para Distribución de Agua Potable en Diversos sectores del
Centro Poblado De , a la Municipalidad Distrital de NNNNNN; estos servicios
fueron realizados el 16 de setiembre al 04 de octubre del 2010; culminando con la
prestación del servicio la Municipalidad Distrital de NNNNNN estaba obligada en
cancelarme por dichos servicios prestados; cuyo servicio genero dos Facturas por
un monto total de S/ 11,424.00 Nuevos Soles; sin embargo el incumplimiento por
parte de la emplazada, he tenido que realizar una serie de trámites por más de
dos años, con la finalidad de exigir la cancelación de mis dos facturas; al no
cumplir con mis solicitudes recurrí a la instancia jurisdiccional ( Exp. 2012-027-CI),
para lograr justicia judicial y asi poder hacer efectiva la cancelación del monto
adeudado, procesos que duro casi dos años, generando una serie de gastos por la
larga espera; por desidia de la emplazada.
2. Que, he realizado una serie de solicitudes que contiene peticiones reiterativas de
cancelación de mi deuda por los servicios prestados, sin la atención del caso por
parte de la demandada, lo que ocasiono que el recurrente inicie la acción por
Obligación de Dar Suma de dinero ante el Juzgado de Paz Letrado de NNNNNN,
sin embargo a pesar que existía una sentencia y un compromiso de pago, la
demandada siempre realizaba una serie de obstáculos, manteniéndose renuente
en su cumplimiento con la obligación que mantenía con mi representada.
3. Daño Patrimonial:
a) LUCRO CESANTE: Para el ámbito del derecho, el ánimo de lucro se traduce
como la intención de un sujeto de incrementar su patrimonio por medio de
una acción jurídica. Esta voluntad suele estar regulada con la firma de un
contrato.
Se conoce como lucro cesante al daño en el patrimonio que se desencadena
a partir de la pérdida de una utilidad económica o de una ganancia legítima a
raíz de un episodio perjudicial, y constituye aquello que se ha perdido o que
no se puede ganar como consecuencia del problema padecido.
Desde este punto de vista, mi representada al no recibir el pago oportuno
esto es los S/. 11, 424.00 nuevos soles, me ha generado una enorme perdida,
toda vez que para realizar o cumplir con el servicio he realizados gastos
operativos como: pago de personal, combustible, compra del elemento
liquido, entre otros; y que todo servicio que presto me genera una ganancia
entre el 5 al 10% al mes; esto quiere decir que con dicho ingresos
económicos productos de los cobros realizados lo reinvierto, y esto pues
como es de conocimiento genera utilidades ; y ante el incumplimiento por
parte de la demandada me ha generado pérdidas, por cuanto he tenido que
obtener un préstamo para poder cumplir con mis obligaciones ante terceros;
en consecuencia la demandada está en la obligación de indemnizarme.
b) Daño emergente: Se entiende por daño emergente la pérdida patrimonial
efectivamente sufrida; asimismo afecta un bien o un interés que ya
corresponde a la persona en el instante del daño; hay daño emergente
cuando un bien económico salió o saldrá del patrimonio de la victima; que en
esta caso el daño emergente esta por el no pago oportuno de las facturas
que suman S/. 11,424.00 nuevos soles; en un periodo de 02 años; el mismo
que ha originado una devaluación; que con el fin de solicita el requerimiento
del pago por los servicios prestados me ha ocasionado una series de gastos
como por ejemplo, pasajes para trasladarme hasta la municipalidad (DE
CCCCCCC a NNNNNN y vicerversa); Cartas Notariales, Conciliación, y entablar
acciones judiciales; todos estos gastos han sido cubierto al 100% por el
recurrente.
4. Que, he procedido a invitar al demandado a Conciliar ante el Centro de
Conciliación Extrajudicial “TTTTTTTT”, el mismo que se llevo a cabo el día 12 de
diciembre de 2012, el mismo que no se llego a un acuerdo, conforme lo indica
en el Acta de Conciliación Nº 116-2012-TTTTTT, que anexo a la presente
demanda; por lo que se da cumplimiento al requisito que exige la Ley 26872,
modificado por el Decreto legislativo Nº 1070, referido a la exigibilidad de la
Conciliación extrajudicial, como requisito de procedibilidad de la demanda en el
proceso judicial.
III. FUNDAMENTACION JURIDICA
Fundamento mi demanda en lo dispuesto por los siguientes artículos del Código Civil
vigente:
- "Artículo II.- La ley no ampara el ejercicio ni la omisión abusivos de un derecho. Al
demandar indemnización u otra pretensión, el interesado puede solicitar las
medidas cautelares apropiadas para evitar o suprimir provisionalmente el abuso."
- Artículo 1321.- Queda sujeto a la indemnización de daños y perjuicios quien no
ejecuta sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable o culpa leve.
El resarcimiento por la inejecución de la obligación o por su cumplimiento parcial,
tardío o defectuoso, comprende tanto el daño emergente como el lucro cesante, en
cuanto sean consecuencia inmediata y directa de tal inejecución.
- Artículo 1969.- Aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro está obligado a
indemnizarlo. El descargo por falta de dolo o culpa corresponde a su autor.
- Artículo 1985.- La indemnización comprende las consecuencias que deriven de la
acción u omisión generadora del daño, incluyendo el lucro cesante, el daño a la
persona y el daño moral, debiendo existir una relación de causalidad adecuada entre
el hecho y el daño producido. El monto de la indemnización devenga intereses
legales desde la fecha en que se produjo el daño.
- Artículos 424 y 425del Código procesal Civil: que establece los requisitos y anexos
de la demanda.
IV. VIA PROCEDIMENTAL
La presente demanda se tramitará por la vía de Proceso Sumarísimo.
V. COMPETENCIA
A tenor de lo establecido en el artículo 547 del Código Procesal Civil, modificado por la
Ley 29057; le corresponde conocer a su despacho.
VI. MEDIOS PROBATORIOS
A. Copia Certificada de la Factura Nº 001 – 0049, por el monto de S/. 4998.00 nuevos
soles y la Factura Nº 001 – 0050 por el monto de S/. 6,426.00, ambas facturas de
fecha 27 de octubre del 2010; con lo que acredito la existencia de la obligación por
parte de la Municipalidad Distrital de NNNNNN. ……………………………. (anexo 1.A)
B. Copia legalizada de 03 cartas Notariales cursadas a la Municipalidad Distrital de
NNNNN, por el cual se le requiere la cancelación de las facturas indicadas en el
punto A. …………………………………………………………………………………………. (Anexo 1.B)
C. Copia legalizada de la Constatación Policial de las facturas existentes en la oficina de
Tesorería de la Municipalidad Distrital de NNNNN. ……………………………. (Anexo 1.C)
D. Copia legalizada del Acta de Conciliación, mediante el cual se le invitó a la
demandada a conciliar, con respecto a la deuda pendiente. ………………… (Anexo 1.D)
E. Original de dos piezas procesales seguidas ante el Juzgado de Paz de NNNNN – Exp.
Nº 2012-027-CI, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, por el cual reconocen la
deuda y se comprometen al pago. ……………………………………………………… (Anexo 1.E)
F. Copia legalizada del Documento privado de reconocimiento de deuda, asi como el
acta de conciliación extrajudicial, en el cual llegue con mi acreedor, por una deuda
que le tuve por falta de liquidez, producto de la demora en el pago por parte de la
demandada. ……………………………………………………………………………… (Anexo 1.F)
G. Copia legalizada del Boucher del banco de crédito, mediante el cual accedo a un
crédito por el monto de S/. 34,000.00 nuevos soles, con la finalidad de honrar con
mis obligaciones, con lo consignado en el punto F. ………………………………. (Anexo 1.G)
H. Copia Certificada del Acta de Conciliación, mediante el cual solicito conciliar con la
demanda por el monto que se demanda. ………………………………………... (Anexo 1.H)
OTROS ANEXOS
I. Copia de DNI ………………………………………………………………….. (Anexo 1.I)
J. Vigencia de poder – RR.PP – nombramiento de Gerente de la Empresa Inversiones y
Comercialización …….. E.I.R.L. ………………………………………………………………. (Anexo 1.J)
K. Copia del certificado de Habilitación de Abogado. ……………………………... (Anexo 1.K)
L. Arancel Judicial ………………………………………………………………………………. (Anexo 1.L)
M. Cedulas de Notificación. ………………………………………………………………... (Anexo 1.M)
VII. MONTO DEL PETITORIO
Que, el monto del petitorio de la presente demanda asciende a la suma de S/. 20,000.00
nuevos soles (Veinte mil y 00/100 nuevos soles).
OTROSI DIGO: De conformidad con el artículo 80del C.P.C. otorgo al letrado que autoriza el
presente escrito, abogado con Registro CAS 00000, la representación procesal confiriéndole
facultades generales de conformidad con el Artículo 74 del C.P.C., debiéndose tener presente
el domicilio procesal del recurrente señalado en este escrito y declarado que el suscrito se
encuentra instituido en la representación que otorga.
POR LO TANTO
A Ud. señor Juez, sírvase admitir a trámite la presente, tener por ofrecidos los
medios probatorios y en su oportunidad Declararla Fundada, con intereses, costas y costos del
proceso.
NNNNNN, 09 de mayo del 2013.