INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

73
POR ELCUIDADO Y BUEN USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS I CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO UNIDAD DE AUDITORÍA 2 . INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES INFORME N° 510 / 2020 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Transcript of INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

Page 1: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

POR ELCUIDADO Y BUEN USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS

I CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO UNIDAD DE AUDITORÍA 2 .

INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES

INFORME N° 510 / 2020 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021

Page 2: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

(rer\) 5\7 L. \\„/

D7: WESALT17.0:10 rcr 7n, rrrs., r

o SNIO TRIENESIAR

g u EINSBTOCKWES

SAINMS

Ix

Page 3: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

Resumen Ejecutivo Informe Final de Investigación Especial N° 510, de 2020. Subsecretaría de Redes Asistenciales.

Objetivo: Investigar los hechos denunciados por el Prosecretario Accidental de la Cámara de Diputados a petición de la Diputada señora Marcela Fiemando Pérez relacionados con eventuales irregularidades que se habrian producido con ocasión de la entrega de equipos de ventilación mecánica, EVM, por parte de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, SUBREDES a centros de salud de atención privada, durante el año 2020, en el contexto de la emergencia sanitaria declarada en el país por la pandemia de COVID-19. ,

Además, realizar un examen de cuentas acorde a lo dispuesto en los artículos 95 y siguiented de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

Preguntas de la Auditoría:

¿Entregó la SUBREDES los equipos de ventilación mecánica a los centros de salud privados, conforme a sus necesidades, estructura y capacidad física?

¿Estableció la SUBREDES procedimientos que aseguren el control de los equipos entregados a centros de salud. privados?

¿Se asignaron los equipos de ventilación mecánica a los centros de salud privados a través dé la celebración de los respectivos contratos y por el período de emergencia sanitaria a fin de asegurar su devolución una vez que ello lo ameritara?

Principales Resultados:

Se advirtió que, conforme a lo dispuesto en el numeral 14, del artículo 2° bis del decreto N° 4, de 5 de febrero de 2020, del Ministerio de Salud -disposición incorporada a través del decreto N° 21, de 26 junio del mismo año, de esa procedencia-, se autorizó a la SUBREDES "Realizar la transferencia de dominio, a título gratuito, de bienes muebles adquiridos para hacer frente a la epidemia de COVID-19, a aquellos servicios públicos que ejecuten acciones de salud relacionadas directamente Con la utilización de dichos bienes". A su vez, a través de ese último texto normativo se agregó' el numeral 15 al artículo 4° del citado decreto N° 4, de 2020, otorgando a los servicios de salud del país, facultades extraordinarias para dar en arrendamiento, a prestadores privados, dispositivos médicos, sin más trámite que el acto administrativo por el cual se autoriza dicho arrendamiento.

No obstante, se constató que, con anterioridad a dicha normativa -decreto N° 21, de 2020-, la citada Subsecretaría inició la entrega directa de tales equipos a centros de salud privados, lo que habría ocurrido atendido el avance de la pandemia. Al respecto, no se advirtió que esa Subsecretaría haya efectuado un levantamiento de ras necesidades de dicho equipamiento por parte de esos

1

Page 4: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

,..... (.4) -, - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ° 1 F ' •j I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO - ..._ •

UNIDAD DE AUDITORIA 2

recintos privados para afrontar el COVID-19, conforme a sus capacidadés físicas, lo que habría provocado que algunos de esos establecimientos manifestaron que• los EVM recibidos desde la anotada entidad no fueran utilizados.

Por tal razón, la SUBREDES deberá acreditar, en el plazo de 60 días hábiles contado desde la recepción de este informe, el levantamiento de información previo -que indica en su respuesta- llevado a cabo de las necesidades de•equipos de ventilación mecánica que requerían los establecimientos de salud privados en el contexto de la emergencia sanitaria y gestionar la devolución de los EVM sin utilizar.

Luego, con posterioridad a la emisión de la normativa ya citada, se verificó que la SUBREDES transfirió a título gratuito el dominio de 897 equipos de ventilación mecánica invasiva a los servicios de salud del país -entre los cuales se encuentran aquellos entregados directamente por la Subsecretaría a centros de salud privados, de acuerdo con los antecedentes proporcionados por esa entidad al 13 de agosto de 2020, detallados en el Anexo N° 1/del presente informe final-. En ese contexto, a través del oficio Ord. C14/N° 2.131,, de 9 de julio de 2020, de ese origen, la respectiva autoridad señaló que los directores de esas entidades públicas podrían dar en arrendamiento los dispositivos médicos de su propiedad

prestadores privados. En dicho documento se instruyó la necesidad de suscribir los respectivos contratos, con el fin de asegurar la debida protección de los recursos públicós y la adecuada gestión de ellos.

Sobre el particular, se constató que 12 centros de salud privados detallados en la tabla N° 5, del presente informe final y la Clínica Isamédica, recibieron EVM sin que hubieran suscrito un contrato con el respectivo servicio de salud y tampoco con la referida Subsecretaría. Por tal motivo, los servicios de salud Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur, y Metropolitano Central, deberán acreditar, en el plazo antes anotado, la suscripción de los contratos de arriendo con los prestadores privados de salud, individualizados en la referida Tabla N° 5, y Libertador General Bernardo O'Higgins con la Clínica lsamédica.

A su vez, el Servicio de Salud Antofagasta deberá informar, en igual término, sobre los convenios suscritos con la Clínica La Portada y el Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gpssens, respecto de los cuales no se obtuvo información en el transcurso de la auditoría.

Además, y en lo sucesivo, los citados servicios de salud deberán implementar acciones para suscribir los documentos con la debida oportunidad, con el fin de evitar situaciones como las expuestas en este informe final.

Asimismo, la SUBREDES deberá, en el futuro, emitir y comunicar a los servicios de salud las instrucciones en forma oportuna, con el fin de evitar retrasos en la suscripción de convenios que deban celebrar esas entidades. con establecimientos privados.

Por su parte, mediante la resolución exenta N° 511, de 28 de agosto de 2020, la SUBREDES instruyó a los servicios de salud para que esos equipos fueran inventariados e incorporados en su contabilidad desde la fecha de su entrega

' 2

e

Page 5: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

material. Al respecto, esa Subsecretaría informó que había contabilizado un total de 95 EVM -sin individualizados-, comprometiendo intensificar las gestiones para registrar en el más breve plazo, el resto de los equipos que había traspasado a los servicios de salud del país. En atención a lo expuesto, esa entidad deberá acreditar la contabilización de la adquisición de la totalidad de los bienés entregados a centros privados y su traspaso a los respectivos servicios de salud, en el plazo de 60 días hábiles, ya mencionado.

A su vez, se advirtió que los servicios de salud Metropolitano Norte, Metropolitano Central, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur, Libertador General Bernardo O'Higgins, y Concepción tampoco habían contabilizado los equipos transferidos a los centros privados, por tal motivo, esos servicios de salud deberán demoskrar su registro contable en el citado plazo de 60 días hábiles.

Para el caso del Servicio de Salud Metropolitano' Sur Oriente, si bien efectuó la contabilización de EVM entregados a establecimientos privados asociadas a su jurisdicción territorial, según lo acredita mediante los respectivos registros contables, se detectaron discrepancias con los• datos contenidos en las resoluciones exentas N" 413, 423, 464 y 468, todas de 2020, detalladas en la Tabla N° 9, del presente informe final, a través de las cuales la SUBREDES les transfirió el dominio. Debido a ello, dicho servicio de salud deberá aclarar esa situación en el término anotado.

Considerando que la SUBREDES entregó los EVM directamente a los centros privados, antes de transferir su propiedad a los servicios de salud, y que estos últimos no suscribieron oportunamente los contratos de arriendo conforme a lo instruido en el mencionado oficio Ord. C14/N° 2.131, de 9 de julio de 2020, esta Contraloría Regional efectuó un cálculo de los ingresos que los servicios de salud habrían dejado de percibir -utilizando el valor diario de arriendo máXimo a pagar de $ 56.704 (incluido IVA), establecido en la resolución exenta N° 418, de 3 de junio de 2020, de la Subsecretaría de Salud Pública- entre la fecha de recepción de los equipos de ventilación mecánica por los centros de salud privados y la data de respuesta de estos a solicitud de información efectuada por esta Entidad de Control o de devolución de los mismos, lo que hubiere ocurrido primero, determinándose, en tales condiciones, un monto no percibido -en ese período-, por los servicios de salud Metropolitano Central, Metropolitano Norte, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur Oriente, Metropolitano Sur, Concepción, y Libertador General Bernardo O'Higgins, de $432.935.0401, cuyo detalle se expone en el Anexo N° 6 de este documento.

Por tal motivo, dichos servicios de salud deberán actualizar la cifra informada - considerando el cálculo expuesto precedentemente- y adoptar las medidas necesarias para recaudar las sunias pertinentes por concepto de arriendo de los equipos, e -informar documentadamente de ello a esta Contraloría Regional,

1 En este cálculo no se incorpora la Clínica La Portada y el Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gossens, pertenecientes a la red geográfica del Servido de Salud 'Antofagasta, atendido que no se obtuvo información de. esos centros de salud, los cuales acorde a los datos proporcionados por la SUBREDES, también recibieron equipos de ventilación mdcánica.

3

Page 6: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA . 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD.DE AUDITORIA 2

acreditando la percepción de tales fondos a través de las cartolas bancarias y comprobantes contables respectivós, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la redepción del presente informe final.

Asimismo, el Servicio de Salud Antofagasta deberá informar, en el anotado plazo y en los mismos términos, sobre las, gestiones que ha realizado respecto del arriendo de equipos. a la Clínica La Portada y al Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gossens, ambos de esa ciudad:

t

4

Page 7: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

UA N°2

INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL N° 510, DE 2020, SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES RELACIONADAS CON LA ENTREGA DE EQUIPOS DE VENTILACIÓN MECÁNICA A CENTROS DE SALUD DE ATENCIÓN PRIVADA POR PARTE DE LA SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES, CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA ORIGINADA POR EL-COVID-19.

SANTIAGO, 28 de septiembre de 2021

La presente investigación especial 'se llevó a cabo en atención a una denuncia remitida por el Prosecretario Accidental de la Cámara de Diputadós a petición de la Diputada señora Marcela Hernando Pérez sobre eventuales irregularidades que se habrían producido con ocasión de la entrega de equipos de ventilación mecánica por parte de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en adelante en indistintamente SUBREDES, a centros de salud de atención privada, durante el año 2020, en el contexto de la emergencia sanitaria declarada en el país por la pandemia de COVID-19.

JUSTIFICACIÓN

La investigación resultó necesaria para verificar la existencia de medidas de control por parte de la SUBREDES para la entrega de equipas de ventilación mecánica a centros de salud privados, como también para la recuperación ,de tales equipos.

Asimismo, a través de este trabajo, esta Contraloría Regional busca contribuir al. cumplimiento de los 17. Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Agenda 2030, para la erradicación de la pobreza, la, protección del planeta y la prosperidad de tóda la humanidad.

En tal sentido, esta revisión se enmarca eh los ODS N°5 3, Salud .y Bienestar, y 1‘6, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas, de la referida Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

(O/ I CONTRALORÍA REGIONAL PRESENTE

AL SEÑOR RENÉ MORALES ROJAS CONTRALOR REGIONAL

METROPRLITANA DE SANTIAGO "e0

Ga

Page 8: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

ANTECEDENTES GENERALES

Aspectos denunciados.

La señora Diputada manifiesta que, en el contexto de la emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-.19, mediante la resolución exenta N° 356, de 18 de mayo de 2020, del Ministerio de Salud., MINSAL, que Instruye- Aumento de Capacidad Ventilatoria a los Prestadores Privados de Salud Cerrados de Alta Complejidad, se requirió a dichos establecimientos asistenciales duplicar su disponibilidad de camas con ventilación mecánica invasiva al 15 de junio de ese año.

Añade que, a dicho efecto, la SUBREDES habría traspasado equipos de ventilación mecánica invasiva a tales entidades, a título de préstamo, mientras durara la situación de urgencia, con el sólo requisito de que fueran prontamente habilitadas, sin celebrar contratos que formalizaran dicha situación y, por ello, solicita que se verifique si esos aparatos se encuentran incluidos en el registro de inventario de los recursos físicos del Ministerio de Sálud.

Regulación general del sector salud.

- El artículo 1° del decreto con fuerza de le' N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que Fija el Texto, Refundido, Coordinado y Sistematizado del decreto ley N°2.763, de 1979 y de las leyes NOS 18.933 y 18.469, dispone que a ese ministerio -integrado por las subsecretarías de Salud Pública y de Redes Asistenciales- y a las demás entidades que contempla el Libro I de ese texto legal, sobre los Organismos Públicos de Salud, entre los cuales, se encuentran los servicios de salud, les compete ejercer la función que .corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.

Enseguida, el inciso primero del artículo 2° de ese decreto con fuerza de ley establece que, para los efectos de dicho Libro 1, integran el sector salud todas las personas, naturales o jurídicas, de 'derecho público o privado; que realicen o contribuyan a la ejecución de las acciones mencionadas en el citado artículo 1°, añadiendo, en su inciso segundo, que las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas que laboran en salud coordinadamente, dentro de los marcos fijados por el Ministerio dé Salud para el cumplimiento de las normas y planes que éste apruebe, constituyen el Sistema Nacional de Servicios de Salud, o el Sistema.

Además, el artículo 3° de la citada normativa previene que las personas, instituciones y demás entidades privadas gozarán de libre iniciativa para realizar acciones de salud, en la forma y condiciones que determine la ley, así como para adscribirse al Sistema, suscribiendo con los organismos que lo integran los convenios que corresponda.

Por su parte, el artículo 6° del citado decreto con fuerza de ley N° 1 preceptúa que el Ministerio de Salud está integrado por el

6

Page 9: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Ministro, las citadas subsecretarías de Redes Asistenciales y de Salud Pública y parlas Secretarías Regionales Ministeriales. •

Por su parte, el inciso primero del artículo 8° de ese texto legal establece que el Subsecretario de Redes Asistenciales tendrá a su cargo las materias relativas a la articulación y desarrollo de la red asistencial del aludido Sistema Nacional de Servicios de Salud para la atención integral de las personas y la regulación de la prestación de acciones de salud, tales como las normas destinadas a definir los niveles de complejidad asistencial necesarios para distintos tipos de prestaciones y los estándares de calidad que serán exigibles.

Asimismo, su inciso segundo previene que, para el cumplimiento de' esas funciones, dicho subsecretario propondrá al ministro políticas, normas, planes y programas, velará por su cumplimiento y coordinará su ejecución por los servicios de salud, los establecimientos de salud de carácter experimental, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y los demás organismos que integran el mencionado sistema nacional.

3.' Regulación especial en la materia.

Con ocasión de la aludida pandemia, el Ministerio de Salud dictó el decreto N° 4, de 5 de febrero de 2020, de ese origen, que Decreta Alerta Sanitaria por el Período que Señala2 y Otorga Facultades Extraordinarias que Indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), por Brote del Nuevo Coltnavirus (2019-NCOV).

En ese contexto, el artículo 2° bis del citado decreto confiere a la SUBREDES "facultades extraordinarias para disponer, según Proceda, de todas o algunas" de las medidas que indica, entre otras, las contempladas en sus numerales 2, "Efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o-equipamiento que sean necesarios para el manejo de esta urgencia", en las condiciones que señala; 6, • "Coordinar la distribución de los productos farmacéuticos y eleméntos de uso médico que se requieran para satisfacer la demanda de la población"; 10, "Coordinar la red asistencial del país, de prestadores públicos y privados";12, "Realizar importación directa de medicamentos, insumos y dispositivos médicos que sean necesarios para el cumplimiento de las facultades que se entregan al sector salud mediante este decreto"; y 14, "Realizar la transferencia de dominio, a título gratuito, de bienes muebles adquiridos para hacer frente la epidemia de Covid-19, a aquellos servicios públicos que ejecuten acciones de salud relacionadas directamente con la utilización dé dichos bienes", añadiendo este último numeral que "La transferencia,se realizará mediante resolución exenta de la Subsecretaría, sin más trámite. Dicha resolución deberá individualizar en forma detallada el o los bienes a enajenar y el Servicio adquirente del dominio".

Enseguida, .el numeral 31 de la resolución exenta N° 217, de 30 de marzo de 2020, de la Subsecretaría de Salud Pública, que

()11» 2 El artículo 10 del decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, dispone que sus efectos tendrán vigencia durante un año, sin perjuicio de ponerle término anticipado o prorrogado si las condiciones sanitarias se modificaban.

7

Page 10: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Dispone Medidas Sanitarias que Indica por Brote de COVID-19, previene que el Subsecretario de Redes Asistenciales efectuará "la coordinación clínica de todos los centros asistenciales del país, públicos y privados", medida que tendrá carácter de indefinida, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

Ade-más, el numeral 1 de la resolución exenta N° 356, de 2020, del MINSAL, antes mencionada, instruyó "a los prestadores privados de salud cerrados de alta complejidad duplicar la disponibilidad de camas con ventilación mecánica invasiva, considerando conversión de máquinas de anestesia, uso dual de respiradores, conversión de respiradores de liso habitualmente pediátrico y otros que las sociedades de anestesiología o medicina intensiva puedan agregar".

A su vez, el numeral 2 de aquel acto administrativo dispuso que "al 24 de mayo de 2020 los prestadores objeto de esta resolución deberán, a lo menos, haber aumentado en un 20%. la disponibilidad de camas con ventilación mecánica invasiva. Asimismo, deberá duplicarse la disponibilidad de camas con ventilación mecánica invasiva al 15 de junio de 2020".

Por otra parte, en el numeral 1 del "Resuelvo" de la resolución exenta N° 418, de 3 de junio de 2020, de la Subsecretaría de Salud Pública, que Dispone Precios Máximos y Deja Constancia de lo que Indica, teniendo en consideración lo señalado en el numeral 12 de su "Considerando" sobre el "aumento de cantidad de pacientes que están requiriendo la utilización de ventiladores mecánicos y monitores de seguimiento, con el fin de utilizar el excedente que podría estar sin uso de estos dispositivos médicos en diferentes establecimientos de salud a lo largo del país", la autoridad administrativa fijó "el precio máximo a pagar por el arriendo de ventilador mecánico ñor día en $ 56.704", incluyendo el impuesto al valor agregado, IVA.

Precisado lo anterior, cabe señalar que, de acuerdo con los antecedentes proporcionados, al 13 de agosto de 2020, la SUBREDES había transferido, a título gratuito, el dominio de 897 equipos de ventilación mecánica invasiva a los servicios de salud del país, mediante los actos administrativos y por los valores que a continuación se indican:

Tabla N° 1: Resoluciones exentas que traspasaron dominio de equipos de ventilación mecánica a los servicios de salud.

NÚMERO DE RESOLUCIÓN FECHA NÚMERO DE EQUIPOS

TRASPASADOS MONTO

($) 413 09/07/2020 703 10.135.270.983 423 20/07/2020 87 1.698.045.510 464 04/08/2020 49 636.233.500 468 06/08/2020 58 1.228.556.000

TOTAL 897 13.698.105.993 Fuente: Resoluciones exentas N°' 413, 423, 464 y 468, todas.de 2020, de la SUBREDES; y montos consignados en planillas proporcionadas por el abogado Asesor del Gabinete de la Subsecretaria de Redes Asistenciales del MINSAL, mediante correos electrónicos de 31 de julio, y de 7 y 13 de agosto, todos de 2020.

Enseguida, a través del oficio Ord. C14/N° 2.131, de 9 de julio de 2020, de la SUBREDES, la respectiva áutoridad

8

Page 11: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

señaló que los directores de los servicios de salud podrían dar en arrendamiento los dispositivos médicos de su propiedad a prestadores privados, para lo cual acompañó un formato de contrato de arrendamiento.

Posteriormente, mediante la resolución exenta N°511, de 28 de agosto de 2020, la SUBREDES instruyó a los servicios de salud para que dichos equipos fueran inventariados e incorporados a su contabilidad desde la fecha de entrega material correspondiente.

Ahora bien, con carácter confidencial, mediante el oficio N° E47.383, de 2020, de este origen, fue puesto en conocimiento del Subsecretario de Redes Asistenciales el Preinforme de Observaciones N° 510, del rhismo año, con la finalidad de que formulara los alcances y precisiones que, a su juicio, procedieran, lo cual concretó a través de su oficio Ord. A16 N°3.783, de la citada anualidad, cuyos antecedentes y argumentos fueron considerados para ja elaboración del presente informe final.

Con el mismo objeto, se remitierón a otras entidades lqs hallazgos de si competencia, lo que se concretó en la forma que se indica en la siguiente tabla, información que también se consideró para la emisión de este informe final:

TablaN° 2: Resumen de res uestas a oficios que remiten las observaciones

NOMBRE DE SERVICIO DE SALUD

OFICIO CON OBSERVACIONES

• OFICIO DE RESPUESTA

NÚMERO FECHA NÚMERO FECHA

Servicio.de Salud Concepción. E49.307/2020 05/11/2020 3.852 16/11/2020

Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins

E49.308/2020 05/11/2020 Sin -respuesta

Servicio de Salud Metropolitano Central E49.309/2020 05/11/2020 1.266 26/11/2020

Servicio de Salud Metropolitano Norte E49.310/2020 05/11/2020 1.563 19/11/2020

Servicio de Salud Metropolitano Occidente

E49.312/2020 05/11/2020 Sin respuesta .. .

Servicio de Salud Metropolitano Oriente E49.314/2020 05/11/2020 .1.997 26/11/2020

Servicio de Salud Metropolitano Sur E49.315/2020 05/11/2020 1.774 26/11/2020

Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente

E49.316/2020 05/11/2020 1.140 19/11/2020

Fuente: Oficios de la I Contraloría Regional Metropolitana de Santiago que comunican los resultados de la investigación especial y olidos de respuestas emitidos por las entidades respectivas.

METODOLOGÍA

' El trabajo se realizó de conformidad con lo

10, previsto en los artículos 131 y 132 de Ja ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de este Organismo Contralor, en la resolución N°20, de 2015, que Fija

9

Page 12: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Normas que Regulan las Auditorías efectuadas por la Contraloría General de la República -vigente durante la ejecución de este trabajo-, en la resolución exenta N° 1.485, de 1996, que Aprueba Normas de Control Interno, así como en la resolución N° 30, de 2015, que Fija Normas de Procedimiento Sobre Rendición de Cuentas, todos instrumentos emanados de este Ente Fiscalizador, considerando los resultados de las evaluaciones de control interno respecto de las materias examinadas, y la realización de pruebas de auditoría en la medida que se estimaron necesarias. Además, Se llevó a cabo un examen de cuentas acorde a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, antes citada.

Cabe precisar que las observaciones que esta Entidad Contralora formula con ocasión de las fiscalizaciones que realiza se clasifican en diversas categorías de acuerdo con su grado de complejidad. En efecto, se entiende por Altamente complejas (AC)/Complejas (C), aquellas observaciones que, de acuerdo con su magnitud, reiteración, detrimento patrimonial y eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de especial• relevancia por la Contraloría General; en tanto, se clasifican como Medianamente Complejas (MC)/Levemente complejas (LO), aquellas que tienen -menor impacto en estos criterios.

UNIVERSO Y MUESTRA

De acuerdo con los registros remitidos a este Organismo de Control, mediante correo electrónico de 24 de julio de 2020, por el Jefe de Departamento de Auditoría Ministerial del Ministerio de Salud -proporeionados por la profesional que actuó como contraparte en la entrega de antecedentes por parte de la División de Gestión de Redes Asistenciales, DIGERA, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales-, complementados con la información que emana de las resoluciones exentas individualizadas en la Tabla N° 1, y con los datos contenidos en las planillas electrónicas enviadas a través ,del mismo medio, por el Asesor del Gabinete de dicha Subsecretaría los días 31 de julio y 7 y 13 de agosto, todos de 2020, en las cuales se detallan los números de inventario y valor de los bienes transferidos a los servicios de salud, se determinó la entrega a diversas clínicas privadas del país de un total de 134 EVM y que, de estos, solo 64 se encontraban valorizados, por un total de $ 1.347.467.630, mientras que los 70 restantes no presentaban dicha información.

La individualización de las entidades privadas receptoras de los EVM y el número de equipos entregados a cada una, el servicio de salud en cuya área de competencia se ubican, y el valor de aquellos bienes, en su caso, se expone en el Anexo N° 1 del presente reporte.

Sin perjuicio de dichas circunstancias, para efectos del examen practicado se seleccionó la totalidad de los bienes entregados a los referidos centros de salud antes anotados, tal como se indica a continuación:

10.

Page 13: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LÁ REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPÓLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Tabla N° 3: Universo y muestra N

MATERIA ESPECIFICA í

UNIVERSO Y MUESTRA PORCENTAJE DE REVISIÓN NÚMERO'DE

EQUIPOS MONTO'

($)

/

Equipos de Ventilación Mecanica distribuidos a clínicas privadas para afrontar la pandemia COVID-19

. 64 1.347.647.630 '

.

100% 70

transferidos a los

No valorizados por la SUBREDES ni

servicios de salud través de los actos

administrativos individualizados en

la Tabla N° 1 (*)

TOTAL • 134 (") 1.347.647.630

Fuente: Información preparada por la profesional perteneciente a la División de Gestión de Redes Asistenciales, DIGERA, de la SUBREDES, remitida a este Organismo de Control mediante correo electrónico de 24 de julio de 2020, del Jefe de Departamento de Auditoria Ministerial del Ministerio de Salud y datos extraídos de las resoluciones exentas N" 413, 423, 464 y 468, todas de 2020, de dicha Subsecretaría. () Al cierre de la investigación especial, esto es, el 14 de septiembre de 2020, a SUBREDES no había acreditado la existencia de un acto administrativo en /Ade haya valorizado y transferido el dominio a los servicios de salud de esos EVM. (''") De acuerdo con las respuestas a la circularización efectuada por esta Contraloría Regional con fecha 29 de julio de 2020, los bienes entregados a centros de salud privados alcanzaron a 141 equipos /de ventilación mecánica, cuyo detalle se expone en Anexo N° 6.

Adicionalmente, y Con el • objeto de incorporar todos los EVM proporcionados a los establecimientos asistenciales que -aunque son parte del sistema público-, no pertenecen a la red asistencial de los servicios de salud se incluyeron en la presente investigación los equipos recibidos por los hospitales de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, Militar de Santiago, Clínico de la Fuerza Aérea de Chile Generál Doctor Raúl Yazigi Jauregui, Naval Almirante Hef, de Carabineros de Chile'y Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre, conformé él siguiente detalle, el cual se amplía en el Anexo N° 2 al tipo de EVM, la cantidad proporcionada por cada entidad y su valorización cuando estaba disponible.

Tabla N° 4: Equipos de Ventilación Mecániea recibidos por otros centros asistenciales.

• MATERIA ESPECIFICA

PARTIDAS ADICIONALES PORCENTAJE DE REVISIÓN NUMERO MERO DE

EQUIPOS MONTO

($) •

Equipos de Ventilación Mecánica proporcionados a establecimientos asistenciales de las Fuerzas Armadas, de la Dirección dé Previsión de Carabineros de Chile y de Carabineros de Chile, para afrontar la pandemia COVID-19.

.

12 ' 68.544.000

/

36

100%

' No estaban valorizados por la SUBREDES ni transferidos a los servicios de salud a través

de los actos administrativos individualizados en la Tabla

N° 1 (*)

//-

11

Page 14: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

MATERIA ESPECÍFICA PARTIDAS ADICIONALES

PORCENTAJE DE REVISIOÑ

'

NÚMERO DE EQUIPOS

MONTO (5)

Equipos de Ventilación Mecánica entregados al Hospital Clínico de la Universidad de Chile, Doctor José Joaquín Aguirre para afrontar la pandemia COVID- 19.

4 75.208.000

24

No estaban valorizados por la SUBREDES ni transferidos a los servicios de salud a través de los actos administrativos individualizados en la Tabla

N° 1 (1

TOTAL 76 143.752.000 Fuente: Información preparada por la profesional perteneciente a la División de Gestión de Redes Asistenciales DIGERA, de la SUBREDES, remitida a este Organismo de Control mediante correo electrónico dé 24 de julio de 2020, del Jefe de Departamento de Auditorra Ministerial del Ministerio de Salud y datos extraídos de las resoluciones exentas N" 413, 423, 464 y 468, todas de 2020, de dicha Subsecretaría. (1 Al cierre de la investigación especial, esto es, el 14 de septiembre de 2020, la SUBREDES no había acreditado la existencia de un acto administrativo en que haya valorizado y transferido a los servicios de salud el dominio de esos EVM.

, RESULTADO DE LA INVESTIGACIÓN

De conformidad con el examen efectuado se determinaron los hechos que se exponen a continuación: •

I. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO.

1. Falta de registros acerca del origen y valor de los equipos de ventilación mecánica proporcionados a los centros de salud de que se trata.

Se comprobó que, de la totalidad de equipos de ventilación mecánica proporcionados, tanto a clínicas privadas como a los hospitales de las Fuerzas Armadas, DIPRECA y ROSCAR, y al Hospital Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre, 80 ,de ellos fueron adquiridos por el Ministerio de Salud mediante las órdenes de compra N" 1082417-11-SE20 y 1082417-37-SE20, mientras que de los reStantes 130 equipos la SUBREDES carece de registros que identifiquen su origen y valorización.

La situación expuesta no se aviene con los principios de control y eficiencia contemplados en los artículos 3° y 5° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y tampoco se ajusta a lo previsto en el numeral 46 de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de este Organismo de Control, en cuanto señala que la documentación sobre transacciones y hechos significativos debe ser completa y exacta y facilitar su seguimiento.

En su respuesta, la Subsecretaría de Redes

(4\5, Asistenciales señala que se entregaron a la red privada de salud para afrontar la

pandemia 212 EVM por un total de $ 5.831.922.650, de los cuales 142, equivalentes

12

Page 15: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

a $ 3.938.410.650, fueron distribuidos a distintas clínicas privadas; 42, por un total de $ 1.078.464.000, a los hospitales de las Fuerzas Armadas, DIPRECA y HOSCAR; y otros 28 equipos, por la suma de $ 815.048.000, fueron enviados al Hospital Clínico• de la Universidad de Chile.

No obstante, atendido a que dicha autoridad no acompaña en su respuesta antecedentes de respaldo del registro valorizado de los equipos y de su distribución, se mantiene lo observado.

2. Falta de acto administrativo que apruebe las descripciones de los cargos que se indica.

Si bien la SUBREDES cuenta con un documento que contiene las descripciones de cargos del personal que se desempeña en los departamentos de Finanzas y Presupuesto y de Administración de Servicios, ambos de dicha Subsecretaría, se comprobó no ha sido dictado el acto administrativo que las apruebe, situación que fue confirmada por el Jefe de Departamento Auditoría Ministerial del MINSAL mediante correo electrónico de 4 de septiembre de 2020.

La situación expuesta no se condice con lo establecido en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, el cual señala que estos deben expresar sus decisiones • por medió de actos administrativos.

Tampoco se ajusta a lo señalado en él numeral 52 de la citada resolución exenta N° 1.485, de 1996,, de esta procedencia, en orden a que los hechos relevantes solo podrán ser autorizados y ejecutados por aquellas personas que actúen dentro del ámbito de sus competencias.

En su respuesta, la Subsecretaría de Redes Asistenciales señala que mediante la resolución exenta N° 46, de 5 de febrero de 2020, de la Subsecretaría de Salud Pública, se aprobó la Organización Interna de la SUBSAL, precisan& que dicho acto administrativo establece la descripción de sus distintas Divisiones, entre ellas, la de Finanzas y Administración Interna, y también aquéllas correspondientes á los Departamentos de Finanzas y PresuPuesto, y de Administración de Servicios.

Agrega que las aludidas dependencias corresponden orgánicamente a la Subsecretaría de Salud Pública, razón por la cual la emisión del acto administrativo correspondió a dicha entidad:

No obstante, la autoridad no acompañó copia del acto administrativo que apruebe las descripciones de cargos de que se trata, razón por la cual se mantiene la observación.

13

Page 16: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

II. EXAMEN DE LA MATERIA INVESTIGADA.

1. Falta de acreditación acerca de las necesidades de número de equipos de ventilación mecánica requeridos por clínicas privadas.

En relación con los criterios utilizados por la SUBREDES para destinar los' equipos de ventilación mecánica, cabe señalar que mediante el memorándum C2/N°186, de 19 de junio de 2020, el Jefe (S) de la DIGERA, indicó, en síntesis, que en una primera etapa se procedió a efectuar un catastro de camas dilponibles en las Unidades dé Cuidados Intensivos, UCI, del país, determinando que, para .combatir la emergencia sanitaria causada por la pandemia SARS-CoV-02, era necesario contar con al Menos 15 de ellas por cada 100 mil habitantes adultos en los servicios de salud de todo•el país.

Lúego, dicho documento agrega que, en atención al avance de la pandemia a nivel nacional y el consiguiente incremento en la demanda asistencial de camas críticas en la red de prestadores públicos y privados, la DIGERA consideró incrementar la tasa de camas UCI adulto de hasta 20 camas por 100 mil habitantes adultos.

En este contexto, el aludido memorándum C2/N°186, de 2020, indica, en su.primer párrafo, que para efecto de definición de cama UCI de adulto, se considera que toda carné UCI debe dontar con un ventilador mecánico invasivo.

Agrega dicho documento, que, para llevar a cabo la destinación de los equipos, cada servicio de salud del país debía efectuar un levantamiento de información y en base a ello comunicar a la DIGERA los requerimientos de camas críticas y la cantidad de equipamiento de v.entilación mecánica invasiva necesarios en su territorio jurisdiccional, incluyendo la red de establecimientos públicos y los privados, priorizando a aquellos que tuvieran capacidad para instalar unidades de cuidados intensivos.

Con la finalidad de comprobar el cumplimiento de dichas instrucciones, esta Contraloría Regional seleccionó aquellos servicios de salud que se relacionan jurisdiccionalmente con los recintos hospitalarios individualizados en los anexos NOS 1 y 2 del presente informe final, como también para confirmar que estos remitieron los 'datos requeridos a la indicada Subsecretaría. A saber, lbs servicios de salud Metropolitano Central, Metropolitano Norte, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur, Metropolitano Sur Oriente, Metropolitano Occidente, Antofagasta, Viña del Mar y Quillota, Libertador General Bernardo O'Higgins, y Concepción.

Al respecto, el jefe del Subdepartamento de Gestión de Equipos Médicos del Servicio de Salud Libertado). General Bernardo O'Higgins manifestó, mediante correo electrónico de 26 de agosto de 2020, que, efectivamente, dicha información fue remitida a la SUBREDES, sin precisar fechas ni documentos asociados.

14

Page 17: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONT-RALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Por su parte, mediante correo electrónico de 10 de agosto de 2020, el Subdirector de Recursos Físicos y Financieros del Servicio de Salud Metropolitano Norte, SSMN, señaló acerca del anotado levantamiento de información relativo a las necesidades de equipamiento, que no tienen antecedentes, agregando que ellos consultaron a las clínicas privadas para determinar la cantidad de equipos de ventilación mecánica que el Ministerio de, Salud les había proporcionado.

A su turno, a través de correo electrónico de 7 de agosto de 2020, el Subdirector de Recursos Físicos y Financieros del Servicio de Salud Concepción hizo presente que las orientaciones recibidas desde el Ministerio de Salud, para el aumento de camas, fue a través de la referida resolución exenta N° 356, de 2020, de ese origen, lá cual fue publicada en el diario oficial el 19 de mayo de ese año.

Por su parte, los servicios de salud Metropolitano Oriente, Metropolitano Occidente, Metropolitano Sur Oriente y Viña del Mar-Quillota, en su respuesta no se refirieron acercadel particular.

La misma situación ocurrió con los servicios de salud Metropolitano Central, Metropolitano Sur y de Antofagasta, a los cuales, mediante correo electrónico de 31 de julio de 2020, se les requirió información sobre la materia, sin embargo, al 14 de septiembre de ese año, fecha de término de la investigación especial, no se recibió respuesta.

Cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que, si bien la SUBREDES determinó los criterios para la. distribución de los EVM, no se advirtió que dicha Subsecretaría haya efectuado un levantamiento de información de las necesidades de dicho equipamiento para definir el número de equipos que requerían las clínicas privadas para afrontar la pandemia conforme a sus capacidades físicas.

La situación expuesta no se condice con los principios de control y eficacia contemplados en el artículo 3° de la citada ley N° 18.575, y tampoco se ajusta al deber que el artículo 5° de este texto legal impone a las autoridades y funcionarios de la Administración del Estado en orden a velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública.

En sd respuesta, la Subsecretaría de Redes Asistenciales expone que antes de la pandemia la dotación nacional da camas para unidades de cuidados intensivos, UCI, con equipos de ventilación mecánica invasiva en el sector público era de 640 unidades, con una tasa de hasta 11,7 camas por 100 mil habitantes.

Agrega que, de acuerdo con sus proyecciones, los pacientes contagiados por COVID-19 serían sobre 40.000 personas simultáneamente y, además, conforme a la experiencia internacional la

çt cual demostraba que un 20% de ellos requerían ser hospitalizados y alrededor de un 6% necesitaría de conexión a un ventilador mecánico invasivo, trabajaron en todos

15

Page 18: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

los niveles de atención para contar con la infraestructura, equipamiento y recursos humanos suficientes y adecuados que dieran respuesta, de forma eficiente y segura, a los requerimientos derivados de la pandemia, conformando de esta forma una red integrada pública y privada.

Añade que el levantamiento de información de la red completa se materializó mediante el oficio Ord. N° 628, de 12 marzo de 2020, de ese origen, cuyo documento no fue acompañado en su respuesta..

Puntualiza que, a partir dé lo anterior, se implementó el Sistema Integrado COVID-19, cuyo objetivófue articular y organizar la Red de Servicios de Salud Públicos y Privados, por parte de la Subsecretaria de Redes Asistdriciales, en virtud de la resolución exenta N° 156, de 1 de abril de 2020, de ese origen3 -vigente a esa fecha-.

Agrega que el punto 5.1 de dicho acto administrativo disponía que la SUBREDES "a través de la Unidad de Gestión Centrakzada de Camas (UGCC), va a realizar la (monitorización de la oferta de dotación de camas públicas y privadas, cán énfasis en camas críticas con ventilación mecánica para paciente adulto. Por lo que, es esencial que todos.los prestadores públicos y privados informen diariamente su oferta de dotación de camas al sistema informático de la UGCC".

También, manifiesta que mediante la antes citada resolución exenta N° 356, de 2020, del Ministerio de Salud, instruyó a los prestadores privados de salud cerrados de alta complejidad duplicar la disponibilidad de camas con ventilación mecánica invasiva.

Con tales argumentos, a juicio de esa Subsecretaría, wiiste evidencia que no solo se determinaron los criterios que debían orientar las distribuciones y destinaciones de ventiladores mecánicos invasivos, sino que, además, se efectuaron t acciones previas, y durante todo el período de la pandemia, para obtener información de un potencial máximo nacional de camas críticas para habilitar, especialmente camas intensivas,. y con ello, .determinar las necesidades de equipamiento para dotarlas como tales.

Al respecto, cabe señalar que, en su respuesta, la SUBREDES no acredita documentalmente, que se Haya realizado el levantamiento de información que informa acerca del número de equipos médicos que requerían las clínicas privadas para afrontar la pandemia conforme a sus capacidades físicas, razón por la cual se mantiene la observación.

2. Situaciones detectadas Mediante circularización.

Con el fin de comprobar que el número de EVM recibidos por los centros de salud privados y de otros establecimientos que no

W1

3 Mediante la resolución exenta N° 141, de 16 de febrero de 2021, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, ' se dejó sin efecto la resolución exenta N° 156, de 2020, de esa misma procedencia.

,16

Page 19: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

forman parte del Sistema Nacional de Servicios de Salud4 -detallados en el Anexo N° 2-, a, saber, hospitales de las Fuerzas Armadas, de la Dirección de Previsión de

/ Carabineros de Chile, de Carabineros de Chile y de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre, fueran consistentes con el número de equipos distribuidos conforme a lo señalado por la SUBREDES, y además, para verificar que tales equipos estuvieran operativos, el 29 de julio de 2020, esta Contraloría Regional efectuó, una.circularización de información a las entidades que se indican en el Anexo N° 3, todas formuladas mediante correos electrónicos, señalando las fechas de sus 'correspondientes respuestas.

Por otra parte, mediante correo electrónico de 31 de julio de 2020, este Organismo de Control consultó a los servicios de salud Metropolitano Central, Metropolitano Norte', Metropolitano Oriente, Metropolitano ' Sur, Metropolitano Sur Oriente, Metropolitano Occidente, Antofagasta, Viña del Mar y Quillota, Libertador General Bernardo O'Higgins, y Concepción, con la finalidad que ellos informaran los mismos conceptos expuestos en el párrafo anterior, además de su registro contable. Asimismo, en caso de haber arrendado los EVM a prestadores privados, debían acreditar la suscripción de convenios con las entidades receptoras.

Cabe hacer presente que, al 31 de agosto de 2020, no se recibió contestación del Hospital Clínico de la Fue(za Aérea de Chile Geberal Doctor Raúl Yazigi Jauregui, como tampoco del Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gossens y de la Clínica La Portada.

Además, a esa misrna data, no se recibió respuesta de los servicios de salud Metropolitano Central, Metropolitano Sur y de Antofagasta.

Del análisis de los antecedentes proporcionados por las mencionadas entidades, se detectaron las siguientes situaciones:

• 2.1.• Entrega de EVM a entidades privadas, efectuada directamente por la

SUBREDES, antes de transferir su propiedad a los servicios de salud.

Sobre la materia, es necesario señalar que el artículo 1°, N°2, del decreto N°21, de 26 de junio de 2020, del Ministerio de Salud, modificó el artículo 2° bis del citado decreto N° 4, de 2020, del mismo origen, en lo que interesa, confiriendo a la SUBREDES la facultad de transferir a título gratuito el dominio de los bienes muebles adquiridos para enfrentar la epidemia de COVID-19, a aquellos servicios públicos que ejecuten acciones de salud relacionadas directamente con la utilización de dichos bienes.

Según se consigna en el numeral 2.3 de este capitulo, los equipos entregados a esos establecimientos qüe no forman parte del Sistema Nacional de Servicios de Salud fueron en comodato, a excepción dé aquellos proporcionados al Hospital de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre en arriendo.

17

Page 20: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

(t'Ah' ("1-,. o ,

e

d011.4a

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Enseguida, a través del oficio Ord. C14/N° 2.131, de 9 de julio de 2020, de la SUBREDES, ese organismo informó a los directores de los servicios de salud acerca de la facultad de estos para dar en arrendamiento los dispositivos médicos que sean de su propiedad a prestadores privados -según lo previsto en el numeral 15 del artículo 4°, del anotado decreto N° 4, de 2020, del MINSAL-, acompañando, a ese efecto, un formato denominado Contrato de Arrendamiento con Prestadores Privados.

En ese contexto, las ya mencionadas resoluciones exentas N" 413, 423, 464 y 468, todas de esa Subsecretaría, a través de las cuales se efectuó la transferencia del dominio, a .título gratuito, de los EVM adquiridos por el Ministerio de Salud a los servicios de salud, fueron dictadas el 9 y 20 de julio, y el 4.y 6 de agosté, todas de.2020, en ese orden.

No obstante, de acuerdo con la información recabada por este Organismo de Control, a través de la anotada circularización, dichos EVM fueron recibidos por las respectivas entidades asistenciales incluso antes de realizada la transferencia de propiedad a los servicios de salud, esto es, durante los meses de mayo, junio y julio de 2020. En efecto, tal como se expone en el Anexo N° 3, el traspaso de dominio de tales EVM se efectuó entre los meses de • julio y septiembre5 de ese año, es decir, en forma posterior a la entrega de los • equipos.

En tal sentido, se advierte qué la SUBREDES destinó los EVM a los recintos asistenciales de que se trata antes de emitir los actos administrativos mediante los cuales transfirió su propiedad a los servicios de salud y de que se instruyerá acerca de la modalidad en que debían entregarse a las mencionadas clínicas y hospitales.

Las situaciones descritas no se avienen con los principios de control y eficiencia contemplados en los artículos 3° y 5° de la citada ley N° 18.575, ni con el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones que el artículo 8° de ese texto legal impone a los organismos de la Administración del Estado.

En su respuesta, la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en síntesis, confirmó que el retraso en emitir el respectivo acto administrativo obedeció directamente a la situación de emergencia, debido a que la entrega de los EVM a las instituciones privadas, en el marco de la Red Integrada COVID-19, se efectuó en el momento en que los contagios iban en alza y cuando los establecimientos comunicaban contar con la capacidad para implementar nuevas camas UCI, sin perjuicio de ello, indica que, una vez que dichos equipos fueron entregados, se iniciaron las acciones tendientes a regularizar las transferencias de dichos dispositivos.

Añade que, mediante la resolución exenta N° 511, de 28 de agosto de 2020, de ese origen, instruyó a los servicios ,de salud

(:))*Y •5 las respuestas a las circularizaciones consideran EVM traspasados á los servicios de salud en actos adniinistrativos dictados con posterioridad a los detallados en Tabla N° 1 de este inforrhe final.

N

18

Page 21: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

que la transferencia de' los dispositivos médicos debe entenderse efectuada desde la fecha de su entrega material correspondiente.

Sin perjuicio de lo expuesto, dado que la autoridad confirma la situación objetada, y atendido que la entrega de equipos a , . climas privadas se realizó en forma previa a la transferencia de dominio a los servicios de salud y, además, tratándose de una situación consolidada no susceptible de regularizar, se mantiene la observación.

2.2. Equipos de ventilación metánica entregados a centros de salud privados sin celebrar contratos.

De acuerdo con la información recabada mediante la anotada circularización, los EVM fueron recibidos por los respectivos centros asistenciales sin que hubieran suscrito algún tipo de contrato con la SUBREDES ni con los servicios de salud y, por consiguiente, no se requirieron garantías destinadas a resguardar el patrimonio público, como se encontraba previsto en él contrato tipo que se acompañó al indicado oficio Ord. C14/N° 2.131, de 9 de julio de 2020, de la SUBREDES, y tampoco se contempló un procedimiento para la restitución de los equipos.

La situación descrita no se condice con el principio de formalidad que rige a los actos de la Administración del Estado, establecido en el artículo 3° de la citada ley N° 19.880, en cuanto a que los contratos que celebre deben constar por escrito y ser aprobados mediante decreto o resolución, perfeccionándose la expresión de su voluntad con la expedición de uno de tales instrumentos (aplica criterio contenido, entre otros, en los dictámenes NOS 69.138, de 2013, y 35.210, de 2014, ambos de esta Entidad de Control).

Tampoco se ajusta a lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 18.575, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, ni al deber que el artículo 5° de este texto legal impone a las autoridades y 'funcionarios de la Administración del Estado en orden a velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública.

En su respuesta, la Subsecretaría de Redes Asistenciales señaló, en lo pertinente, que hizo entrega material de los equipos para ser utilizados en la atención urgente de pacientes que _los requerían, teniendo siempre presente que se debía solicitar a los servicios de salud -que según precisa son los dueños de los EVM- la suscripción del contrato de arriendo con los privados.

Además, indicó que todas las entregas realizadas a los establecimientos de salud privados se encuentran* acreditadas con la correspondiente guía de despacho.

Asimismo, manifestó que mediante el citado

çt oficio Ord. C14/N° 2.131, de 2020, de ese origen, se formalizó la instrucción a todos los servicios de salud de suscribir contratos de arrendamiento con las entidades de

19

Page 22: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

salud privadas receptoras de ventiladorles mecánicos invasivos, precisando que son tales órganos quienes deben determinar las condiciones de contratación.

También respecto de esta materia, el Director del Servicio de Salud Concepción, SSC, informó en su respuesta, en lo pertinente, que los EVM individualizados en el Anexo N° 1, del presente informe final, fueron destinados al Hospital Clínico Regional de Concepción Doctor Guillermo Grant Benavente, HGGB, y ninguno a la Clínica Sanatorio Alemán.

En efecto, agrega que . durante el mes de julio de 2020 tales equipos habrían sido recibidos por la Clínica Sanatorio Alemán, y que recién el 27 del mismo mes y año, ese Servicio de Salud habría tomado conocimiento de ello, por lo que procedió a adecuar el contrato de arriendo tipo, remitido por la SUBREDES. Dicho documento fue enviado a la clínica al día siguiente para su suscripción, sin embargo, dicho centro de salud privado desconoció las condiciones del convenio a celebrar entre las partes, razón por la cual, el 29 de igual mes y año, devolvió tales equipos al SSC, destinándose estos al HGGB.

Por su parte, la Directora del Servicio de Salud Metropolitano Central, SSMC, indicó, en lo 'pertinente, que una vez que los equipos ya se encontraban cedidos a los centros de salud privados, ellos se enteraron de dicha situación y, ante tal circunstancia, no fue posible gestionar oportunamente la escrituración de contratos de arriendo, ni exigir garantías de caución o establecer condiciones de devolución.

Sin perjuicio de ello, manifiesta que se efectuó el reconocimiento de tales bienes como parte del patrimonio del SSMC, se determinó el valor de arriendo, se emitieron las facturas para gestionar su cobro y se enviaron los oficios a los distintos centros de salud para celebrar los acuerdos respectivos. También acompaña copia de la resolución exenta N° 1.763, de 20 de noviembre de 2020, de ese origen, que aprueba el ingreso al patrimonio del SSMC de los EVM recibidos a título gratuito, y de los oficios mediante loe cuales remitió las propuestas de contrato al Hospital Clínico Pontificia Universidad Católica de Chile, a la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, a la Clínica Bicentenario SpA, y a la Comunidad Hospital del Profesor.

A su vez, el Director del Servicio de Salud Metropolitano Norte, SSMN, adjunta en su respuesta copia de la resolución exenta N° 2.071, de 16 de noviembre de 2020, de esa procedencia, que aprueba el contrato de arrendamiento suscrito con él centro de salud "Clínica Dávila y Servicios Médicos SpA".

-En igual orden de ideas, la Directora del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, SSMO, corroboró en su respuesta que la entrega de estos equipos fue realizada directamente por la SU13REDES a las.clínicas privadas, para transferir posteriormente la responsabilidad de su arriendo al SSMO.

• Agrega que se han realizado, diversas

Ç,

gestiones para formalizar los contratos de arriendo, y también acompaña copia de los oficios enviados a los centros de salud y de las propuestas de contrato. Añade

20

Page 23: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

que, en caso de que las clínicas no suscriban tales acuerdos, se iniciarán las acciones judiciales correspondientes por el período de arriendd, para que en ningún caso se genere un detrimento a las arcas fiscales.

Asimismo, la Directora (S) del Servicio de Salud Metropolitano Sur, SSMS, acompañó a su contestación un informe sin número, ni autor, ni fecha, en el cual se informan las acciones realizadas por la Dirección de ese servicio de salud con el objeto, de formalizar el correspondiente contrato de arrendamiento de EVM con el Hospital Parroquial de San Bernardo, y también copia del oficio Ord N° 1.658, de 10 de noviembre de,2020, de ese origen, a través del cual la Directora del• SSMS remite al gerente general de dicho establecimiento asistencial una propuesta de contrato de arriendo. Además, adjunta copia de la resolución exenta N° 1.906, de 13 del mismo mes, anualidad y origen, que autoriza el arrendamiento de equipos de ventilación mecánica invasiva al referido hospital.

Por otra parte, el Director del SSMSO acompaña en su respuesta copia de la resolución exenta N° 3.184, de 10 de noviembre de 2020, de esa procedencia, que aprueba el contrato cón la Sociedad Clínica Vespucio Santiago S.A., y del acuerdo de voluntades suscrito con la Clínica BUPA Santiago S.A., pero sin su correspondiente acto administrativo.

En otro orden de ideas, cabe serialar que los Servicios de Salud Metropolitano Occidente y Libertador General Bernardo O'Higgins, no se pronunciaron al respecto.

Sobre el particular, revisada la nueva información remitida por cada una de las autoridades. señaladas precedentemente, es preciso manifestar lo siguiente:

En cuanto a los EVM entregados a la Clínica Sanatorio Alemán, cabe precisar que, en respuesta a la circularización efectuada por esta Contraloría Regional, el Gerente de Administración y Finanzas de dicha entidad privada, a través de correo electrónico de 30 de julio .de 2020, confirmó que ese centro de salud mantuvo en sus dependencias 5 EVM, por el período comprendido entre el 8 y el 29 de julio de 2020, y luego, en esta última data, fueron devueltos al SSC, precisando en dicha contestación que tales equipos estuvieron sin uso.

Al respecto, cabe señalar que, si bien dichos bienes estuvieron a disposición de la entidad privada durante 24 días, sin que se hubiera suscrito un contrato de arriendo, se levanta la observación para el SSC debido a que, conforme a los nuevos antecedentes aportados en su respuesta, dicho servicio de salud recibió recién el 27 de- julio de 2020 -según consta en timbre recepción oficina de partes del SSC-, el oficio Ord. C14/N° 2.131, de esa anualidad, emitido ponla SUBREDES, a través del cual se impartieron las instrucciones sobre arrendamiento de bienes, efectuando al día siguiente las gestiones para su recuperación.

Asimismo, se levanta lo relacionado con el SSMOC, debido a que los nuevos antecedentes aportados por el SSMC señalan que

21

Page 24: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

los bienes entregados a la Clínica Hospital del Profesor y Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción pertenecen a su red beográfica.

Luego, en el caso de los acuerdos suscritos entre el SSMN y la Clínica Dávila y Servicios Médicos SpA, y entre el SSMSO, y la Sociedad Clínica Vespucio Santiago S.A., se advirtió que dichas autoridades suscribieron el respectivo contrato con dichos centros de salud, cuya fecha de inicio coincide con la data en que las entidades privadas 'recibieron los EVM: Además, atendido que dichos instrumentos fueron aprobados por una resolución exenta emitida por cada autoridad, se subsana esta parte de la observación.

En relación con los equipos médicos entregados por el SSMSO a la Clínica BUPA Santiago S.A se mantiehe lo observado, toda vez que no se adjuntó el acto administrativo que aprueba el convenio respectivo.

Enseguida, en cuanto a los antecedentes aportados por el SSMO, el SSMS y el SSMC cabe señalar que, si bien han realizado acciones para regularizar la suscripción de los contratos dé arriendo con las clínicas privadas, esto no se ha materializado, razón por la cual se mantiene lo observado-para los casos que se indican a continuación:

Tabla N° 5: Falta de re ularización de contratos de arriendo de EVM SERVICIO DE SALUD CORRESPONDIENTE A LA

ENTIDAD RECEPTORA •

-NOMBRE DE LA ENTIDAD DE SALUD PRIVADA

Servicio de Salud Metropolitano Oriente

Nueva Clínica Cordillera

Clínica Indisa

Clínica Las Condes

Clínica San Carlos de Apoquindo

Clínica Santa María

Fundación Arturo López Pérez

Hospital Clínico Universidad de Los Andes

Servicio de Salud Metropolitano Sur Hospital Parroquial San Bernardo

Servicio de Salud Metropolitano Central

Clínica Bicentenario SpA

Clínica Hospital del Profesor (e) Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (*) Hospital Clínico Universidad Católica'

Fuente: Oficios emitidos por los Servicios de Salud en respuesta al Preinforme de Observaciones N° 510, de 2020, de este origen. (') De acuerdo con los registros proporcionados por la SUBREDES, mediante correo electrónico de 24 dejulio de 2020, tales clinicás privadas figuran asociadas a la red asistencial del SSMOC. No obstante, en respuesta emitida por el SSMC, a través de oficio N° 1266, de 2020, de ese origen, las menciona como parte de su red geográfica.

Por su parte,. también se mantiene la objeción relacionada con la ausencia de un convenio entre el Servicio de Salud

t

Libertador General Bernardo O'Higgins y la Clínica lsamédica, atendida la falta de respuesta de la repartición pública al anotado preinforme de observaciones.

22

Page 25: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

" CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Finalmente, también debe mantenerse para el Servicio de Salud Antofagasta, ya que no se obtuvo información en el transcurso cle la auditoría.

Del análisis de todas las respuestas proporcionadas, es pertinente señalar que los aludidos EVM han permanecido en poder de los centros privados por un período de hasta 204 días corridos contados desde la fecha en que estos recibieron los equipos y la data de respuesta al referido' preinforme de observaciones, sin que algunos servicios de salud suscribieran un contrato de arriendo. A su vez, han demorado hasta 140 días corridos en formalizar dichos acuerdos, a partir de la fecha del citado oficio Ord. C14/N° 2.131, de 9 de julio de 2020 o de la transferencia a los servicios de salud del dominio de los bienes cuando esta fue posterior, y la de respuesta al aludido preinforme de observaciones, cuyo detalle se expone en el Anexo N° 4.

En ese contexto, se mantiene la observación para la SUBREDES, debido a que los EVM fueron entregados a entidades privadas sin la suscripción de contratos, lo cual implicó no contemplar garantías ni las condiciones para su restitución, así como por la demora en emitir y comunicar a los servicios de salud las instrucciones sobre arriendo de EVM a las clínicas privadas y, además, porque la nómina con las entidades privadas que recibieron los equipos y su servicio de salud asociado contenía errores. Asimismo, se mantiene para los servicios de salud por el atraso en celebrar los respectivos acuerdos con las clínicas privadas, acorde se expone en Anexo N° 4.

2.3. Retraso en instrucciones de la SUBREDES sobre Comodato de EVM a establecimientos asistenciales que no pertenecen al Sistema Nacional de Servicios de Salud.

De 'acuerdo con lo informado por los hospitales de Carabineros de Chile; Militar de Santiago; Naval Almirante Nef; Clínico de la' Fuerza Aérea de Chile General Doctor Raúl Yazigi Jauregui; de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile; y Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre, los cuales no dependen de la red asistencial de los servicios de salud, mediante correos electrónicos emitidos entre julio y agosto de 2020, en respuesta a la. circularización efectuada por esta Contraloría Regional, dichas entidades recibieron los EVM directamente de la Subsecretaría, entre los meses de mayo y julio de 2020, sin que existiera un convenio ni garantía 's asociadas. En tanto que solo mediante el oficio Ord. C14/N° 2.609, de 26 de agosto del mismo año, de la SUBREDES, se informó a los directores de los servicios de salud que se encontraban facultados para suscribir convenios de comodato para la entrega de equipamiento médico a los anotados establecimientos.

La situación expuesta no se condice con los principios de control y eficiencia contemplados en el artículo 3° de la anotada ley N° 18.575, ni con el deber que el 'artículo 5° de este texto legal impone a las autoridades y funcionarios de la Administración del Estado en orden a velar por la eficiente e idónea administración dé los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública.

23

Page 26: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

Además, no se aviene con lo dispuesto en su artículo 8°, en cuanto a que los organismos públicos deben actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación Vrapidez de los trámites.

En su respuesta, la Subsecretaría de Redes Asistenciales manifestó, en síntesis, que en el mes de agosto de 2020 se solicitó a la División Jurídica del MINSAL un pronunciamiento para éstudiar la posibilidad de_ que los servicios de salud suscribieran contratos de comodato con los .establecimientos de salud pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden, lo cual. fue contestado poáitivamente mediante el oficio Ord. A 15 N°2.115, de 13 del mismo mes y año, agregando, que en razón de ello la SUBREDES emitió, el oficio Ord. C14/N° 2.609, de 2020, ya mencionado, informando a los servicios de salud.

• Por otra parte, manifestó que para el

Hospital Clínico de la Universidad de Chile rige, al igual que para todas las clínicas privadas, lo instruido en el oficio Ord. N° 2.131, de 9 de julio de 2020, de lá SUBREDES, relacionado con la suscripción de contratos de arrendamiento.

• Considerando que la citada autoridad

confirma la situación •objetada y, además, conforme a los argumentos proporcionados, se desprende que no hubo suscripción de convenios entre los servicios de salud y los establecimientos asistenciales públicos que no pertenecen al Sistema Nacional de Servicios de Salud, atendido que las instrúcciones de la SUBREDES a esos servicios de salud se materializaron recién a través del oficio Ord. C14/N° 2.609, de 26 de agosto de 2820, en tanto, la entrega de los EVM a los centros asistenciales ya mencionados ocurrió entre los meses de mayo y julio de esa anualidad,,se mantiene la observación.

2.4 Diferencia entre la cantidad de EVM registrados por la SUBREDES y las informadas como recibidas por los centros de salud privados.

Del cotejo efectuado entre los registros proporcionados por la DIGERA, mediante correos electrónicos de 24 de julio, y de 7 y 13 de agosto, todos de 2020, y las respuestas proporcionadas por los centros de salud privados que se individualizan en el Anexo N° 3 del presente infórme,,se determinó una diferencia respecto de lo informadó por la Clínica Indisa, entidad que reportó la recepción de 16 EVM, marca Aeonmed, modelo VG70, mientras que la SUBREDES informó solo 8.

Sobre el particular, cabe señalar que el Jefe del Departamento de 'Equipos Médicos del referido centro de salud privado señaló, mediante correo electrónico de 17 de agosto de ese año, .que dicho equipamiento lo recibieron entre el 6 y 7 de julio, de dicha anualidad.

La situación expuesta no se condice con los principios de control, eficiencia y eficacia establecidos en el artículo 3° de la mencionada ley N° 18.575.

24

Page 27: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

ryki,k, orr st•ss dr n".1 la rc; ,r1

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

En su respuesta, la Subsecretaría de Redes Asistenciales manifestó que por las circunstancias propias en que fueron distribuidos y destinados los ventiladores mecánicos, hubo situaciones que posteriormente fueron precisadas, reconociendo que, eri principio, se informaron 8 equipos destinados a la Clínica lndisa, corrigiendo dicha situación mediante los memorándum N" 250 y 391, de la División de Gestión de Redes Asistenciales, de la SUBREDES, y de la División de Finanzas y Administración Interna, de la SUBSAL, respectivamente, emitidos el 13 Y 14 de agosto de 2020, en ese mismo orden.

No obstante, dicha autoridad no acompañó los referidos memorándums, por lo que se mantiene la observación.

2.5 Equipos de ventilación mecánica sin utilizar por dificultades o fallas en su funcionamiento.

De las respuestas rerfiitidas por las clínicas privadas y por los hospitales que no pertenecen a la red asistencial de los servicios de salud, se advirtió que en los casos que se indican en la Tabla N° 6, dichos establecimientos no hicieron uso de los EVM que les entregó la SUBREDES, debido a que presentaron fallas en su funcionamiento. Asimismo, se constató que dicha Subsecretaría no había remitido instrucciones para su reparación.

Tabla N° 6: EVM no o erativos oor dificultades en funcioñamiento. NOMBRE DE LA CLÍNICA

'CANTIDAD DE EVM .

'MARCA MODELO MOTIVO POR NO USO

Nueva Clínica Cordillera 1 Air Liquide ,

Monnal Falla T75

sensor de flujo.

- Hospital Parroquial de San

Bernardo

1 Air Liquide Monnal

175 Falla en funcionamiento; no identifica el problema.

1 Puritan Bennett

I

- PB980

El hospital lo recibió dañado y se envió a servicio técnico, donde permanecía hasta el 3 de agosto de 2020, fecha .de respuesta a la circularización realizada por este Organismo de Control.

-lospital Clínico de la Uriiversidad de Chile, doctor José Joaquín

Aguirre 1

Aeonmed

VG70 ,

• Batería descalibrada.

Hospital de Carabineros de Chile 2 VG70 Dudas sobre funcionamiento

del oxígeno.

Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile

2 VG70 Falla con sensor de oxígeno.

Fuente: Respuestas proporcionadas mediante correo electrónico por dichos centros de salud entre el 3 y 14 de agosto de 2020.

La falta de previsión por parte de la SUBREDES y de los servicios de salud en relación -con el procedimiento de reparación ante eventuales fallas dé los equipos y de su resolución, no se condice con los principios de control y eficacia establecidos en el artículo 3° de la mencionada ley N° 18.575, ni se ajusta a lo dispuesto en el artículo 8° de ese texto legal, que impone a los organismos de la Administración del Estado el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites.

25

Page 28: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2 Hl Lt

En su respuesta, yen relación con la falta de uso del EVM marca Air Liquide, modelo Monnal T75, por parte de la Nueva Clínica Cordillera, el Subsecretario de Redes Asistenciales manifestó que la reparación o cambio del sensor de flujo debía ser gestionado por ellos, en conjunto con el SSMO.

En cuanto al equipo marca Air Liquide, modelo Monnal T75 que no fue utilizado por el Hospital Parroquial de San Bernardo, dicha autoridad informa que al presentar fallas en su funcionamiento se requirió asistencia técnica y se preparó un informe en el cual se confirma el problema que debe ser resuelto por el fabricante o por su representante en Chile, razón por la cual el SSMS debía contratar el servicio técnico, sin perjuicio de ello, señala, se proporcionó un equipo de reemplazo, situación que no acredita en su respuesta.

En relación con el equipo marca Puritan Bennett, modelo PB980, asignado al mismo centro asistencial, la SUBREDES confirma la situación expuesta e indica- que durante el transporte el EVM presentó daños considerables quedando inoperativo y qué, por tal motivo, fue retirado del hospital y enviado al servicio técnico de la empresa Comercial Kendall (Chile) Ltda., proveedor responsable de la garantía, para su reparación.

Respecto de los fres equipos marca Aeonmed, modelo VG70, uno de ellos asignado al Hospital Clínico de la Universidad

'de Chile Doctor José Joaquín Aguirre, y 2 al Hospital DIPRECA, dicha autoridad manifiesta que la falla reportada se encontraba fuera de las técnicas necesarias para intervenir en su reparación, por lo que se solicitó dejar el equipo fuera de servicio y a la espera de la contratación del servicio técnico por parte del servicio de salud propietario del ventilador mecánico.

En cuanto a los dos equipos marca Aeonmed, modelo VG70, destinados al Hospital de Carabineros, el Subsecretario de Redes Asistenciales precisa que dicho centro asistencial no reportó fallas, agregando que solicitaría al servicio de salud propietario de los mismos, que tome contacto con ese recinto hospitalario a fin de determinar el eventual problema de funcionamiento que tendrían dichos equipos y así tomar las providencias del caso.

Añade que mediante el oficio Ord. C463 N° 3.491, de 2 de noviembre de 2020, de esa procedencia, se instruyó a los directores de los servicios de salud efectuar la contratación de servicios de verificación de funcionamiento y mantención preventiva y correctiva para los ventiladores mecánicos modelo VG70 y Monnal T75, el cual fue puesto en conocimiento de esta Contraloría Regional mediante correo electrónico de 9 de diciembre del mismo año, verificándose que en este documento se consigna que desde el nivel central" les serían transferidos a los servicios de salud tos recursos necesarios para la implementación de esa estrategia.

Sobre lo expuesto, atendido que dicha autoridad no acompañó los antecedentes que acrediten el reemplazó del equipo marca Air Liquide, modelo Monnal T75, del Hospital Parroquial San Bernardo mencionado en su respuesta y, además, atendido a que las medidas propuestas

26

Page 29: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

para reparar y poner en funcionamiento el resto de los equipos mencionados en la Tabla N° 6, son de materialización futura, se mantiene lo observado.

2.6. Equipos con piezas faltantes y sin protocolos de maniención.

Mediante correo electrónico de 31 de julio de 2020, el Gerente de Operaciones de la Sociedad‘Clínica Vespucio Santiago S.A. informó a esta Contraloría Regional que dicha entidad había recibido 8 EVM por parte de la SUBREDES, los qué se detallan en la Tabla N° 7, añadiendo que estos no contaban con los conectores de oxígeno compatibles y de aire medicinal, y que la Subsecretaría no entregó los protocolos de mantención ni indicó la o las empresas qué debían realizarla.

Asimismo, esa clínica adjuntó una planilla en formato Excel en la que se registra que, si bien tales equipos fueron utilizados a partir del 11 de junio de ese año, 7 de ellos se enviaron el 28 de julio de 2020, al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente atendido a que no se seguirían ocupando. Para demostrarlo acompañó las guías de despacho N°5 12.555 y 12.556, de esa misma fecha, y origen, comprobándose que tales equipamientos fúeron recepcionados por el personal del Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río -cuyas dependencias están ubicadas en el mismo recinto del SSMSO-.

Finalmente, dicho Gerente de Operaciones agregó a su respuesta que gestionaría con dicho servicio de salud la firma de contrato de arriendo, previa definición de los costos por tal concepto.

Tabla N° 7: EVM entreciados a clínica con Diezas faltantes.

' N6 MARCA ' MODELO NÚMERO DE

SERIE FECHA RECEPCIÓN

POR CLÍNICA

1 Monnal T75 — MT7508148 04/06/2020

2 Monnal T75 MT7508167 04/06/2020

3 Monnal T75 MT7508149 04/06/2020

4 Monnal • T75 MT7508163 . ' 04/06/2020

5

Puritan Bennet

840 3512201586 09/06/2020

6 840 3512201598 09/06/2020

7 , 840 ' 3512201630 09/06/2020

8 . 840 3512201587 ' 09/0 6/20 20 Fuente: Información proporcionada por el Gerente de Operaciones de la Sociedad Chica Vespucio Santiago S.A. mediante correo electrónica de 31 de julio de 2020.

La situación expuesta no se condice con los principios de control, eficiencia y eficacia establecidos en el artículo 3° de la mencionada ley N° 18.575.

En su contestación, respecto de los equipos marca Monnal, modelo T75, el Subsecretario de Redes Asistenciales informó que se efectuó una capacitación y visita técnica liderada por un profesional de la DIGERA,

27

Page 30: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

sin embargo, no acompaña antecedentes que acrediten tales actividades. Agregó que dicho funcionario mantuvo contacto con el profesional responsable del centro de salud privado, quien no reportó fallas en los equipos o falta de accesorios.

A su vez, en relación con los equipos marca Puritan Bennet, modelo PB840, la autoridad informó'que se pondrían en • contaCto

- con el SSMSO y con la Sociedad Clínica Vespucio Santiago S.A. para recabar mayores antecedentes y, para que en los casos que corresponda, notificar a la ya mencionada empresa Comercial Kendall (Chile) Ltda., para ejercer las garantías respectivas, sin que dicha autoridad se refiera a las multas asociadas.

Luego, en relación con los protocolos de mantención de los EVM, manifiesta que a través del citado oficio Ord. C463 N° 3.491, de 2020, de esa procedencia, se impartieron instrucciones a los servicios de salud para la contratación de servicios destinados a verificar el funcionamiento de los EVM y sus mantenciones preventivas y correctivas. Además, indica que eh dicho oficio se acompañaron los programas de mantenimiento de esos equipos y una propuesta coi-i los términos de referencia para ser utilizados por dichas entidades públicas.

Al respectó, cabe señalar que' dicha autoridad no se pronunció sobre los 7 equipos de ventilación mecánica que fueron enviados por la Sociedad Clínica Vespucio Santiago S.A. a la bodega de Equipos Médicos del Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río •-CASR-, ubicada en el mismo recinto del SSMSO.

En consecuencia, atendido que la SUBREDES no se refiere a los EVM enviados al CASR, ni aporta antecedentes que respalden los aspectos mencionados en su respuesta, específicamente lo referido a la capacitación realizada para el uso de los equipos modelo T75; la visita técnica y; además, considerando que para el caso de los equipos modelo PB840 se exponen medidas correctivas de materialización futura, se mantiene la observación. ,

2.7. Entrega de EVM a clínicas privadas sin un requerimiento previo de tales prestadores de salud.

En relación con la materia, se advirtió que la SUBREDES entregó equipos de ventilación mecánica a clínicas privadas sin comprobar que dichas entidades los requerían, situación que se relaciona con lo observado en el numeral 1, de este mismo capítulo, sobre falta de acreditación acerca de las necesidades de número de equipos de ventilación mecánica - requeridos por esos centros de salud. En ese contexto, consultados sobre la materia, algunos de esos establecimientos manifestaron que los EVM. recibidos desde la Subsecretaría no fueron utilizados.

En efecto, las clínicas Sanatorio Alemán, Indisa y Las Condes informaron que les fueron entregados 29 equipos en total, pero • que, al 1 de septiembre de 2020, esos bienes no habían sido utilizados, sin indicar el motivo por el cual no fueron ocupados y que, en algunos casos, fueron devueltos a los servicios de salud. La individualización de cada uno de ellos se expone en el Anexo N° 5 del presente documento.

28 t. •

Page 31: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

"cica, Ir 1'

Voto'? a .9 mi, •

CONtRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

En tal sentido, el Gerente de Administración y Finanzas de la Clínica Sanatorio Alemán expuso, mediante correo electrónico de 30 de julio de 2020, que los ventiladores mecánicos fueron entregados a ese recinto asistencial por la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, CENABAST, no mencionando la posibilidad de arriendo. Añade que el día 29 del mismo mes y año fueron devueltos sin utilizar al Servicio de Salud Concepción.

En relación con la materia, mediante correo electrónico de 7 de agosto de 2020, el Director del SSC acompañó una serie de comunicaciones -realizadas a través del mismo medio- entre dicho servicio de salud y la referida clínica privada, entre ellas, una de 28 de julio de ese año, mediante la cual el Gerente de Administración y Finanzas de la referida entidad privada indica

„ que los EVM llegaron sin previo aviso, ni condiciones de entrega, por lo que manifiesta no estar de acuerdo con el cobro de un arrendamiento.

Por su parte, el Jefe del Departamento de Equipos Médicos de la Clínica lndisa informó, mediante correo electrónico de 17 de agosto de esa anualidad, que los ventiladores distribuidos a dicho centro privado de salud no fueron ocupados y se devolvieron al Servicio de Salud Metropolitano Oriente el 20 de julio de 2020.

Asimismo, la Subdirectora Médica de la Clínica Las Condes indicó, mediante correo electrónico de 1 de septiembre de 2020, que los ventiladores mecánicos entregados a esa institución por la SUBREDES se encontraban en la unidad de equipos médicos del establecimiento, sin utilizar.

La situación expuesta no se condice qon los principios de control y eficiencia establecidos en el artículo 3° de la mencionada ley N° 18.575.

En su respuesta, en lo pertinente, la SUBREDES señala que se instruyó a las clínicas privadas duplicar la disponibilidad de camas con EVM invasiva.

Añade que, además del levantamiento de información sobre la cantidad de ventiladores mecánicos que requerían los prestadores de salud privados realizado a través del .citado oficio Ord. N° 628, de 2020, de esa Subsecretaría -documento que no acompañó en su respuesta-, propuso mediante correo electrónico enviado a cada director de los servicios de salud, que tampoco adjunta, la distribución de los equipos médicos a las clínicas privadas de su red asistencial, olicitándoles su aprobación o, en caso contrario, exponer una alternativa diferente para su entrega.

. Expone que en aquellos casos en que los representantes de los centros 'de salud privados manifestaran que no utilizarían dichos EVM, debían reportarlo al director del servicio de salud respectivo.

En atención a que la referida autoridad no acreditó documentadamente el levantamiento de información respecto a los requerimientos previos por parte de las clínicas privadas de sus necesidades de

29

Page 32: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPÓLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

EVM, y tampoco, demostró la existencia de las instrucciones enviadas a los servicios. de salud para que gestionen la recuperación da los equipos que estaban sin uso y almacenados en las dependencias de tales prestadores, se mantiene la observación.

3. Fálta de contabilización de EVM entregadose clínicas privadas.

A modo de contexto, cabe señalar qüe los equipos de ventilación mecánica fueron adquiridos por la SUBREDES y también por la CENABAST -a solicitud de dicha Subsecretaría-, y en la mayoría de los casos, fueron distribuidos por el respectivo proveedor a las clínicas privadas durante los meses de mayo y junio de 2020, respecto de los cuales, conforme a los registros del Sistema de Información para la GeStión Financiera del Estado, SIGFE, de esa Subsecretaría, se comprobó que, al 14 de septiembre de 2020, fecha de cierre de esta investigación especial, estos no se encontraban cóntabilizados y tampoco incorporados en los registros auxiliares de activo fijo de la SUBREDES.

Consultados los servicios de salud Metropolitano Norte, Metropolitano Sur Oriente, Metropolitano Oriente, Concepción y Libertador General Bernardo O'Higgins, todos manifestaron, mediante correos electrónicos remitidos entre el 7 y el 26 de agosto de 2020, no haber contabilizado los aludidos EVM, a excepción del Servicio da Salud Metropolitano Oriente que no se pronunció sobre la materia. Cabe recordar que, posteriormente, mediante la citada resolución exenta N° 511, de 28 de agosto de ese año, dicha Subsecretaría instruyó a los servicios de salud para que los equipos traspasados a su propiedad, fueran inventariados e incorporados a su contabilidád desde la fecha de su entrega material, debiendo, además, informar a la SUBREDES, en el más breve plazo, sobre. la regularización contable y administrativa de los bienes, de lo'cual, al cierre de esta investigación, esto es., el 14 de septiembre de 2020, esta Contraloría Regional no tuvo antecedentes.

Por su parte, el Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota, en su respuesta a la circularización efectuada por esta Contraloría Regional, no se pronunció sobre la materia.

A su vez, mediante oficio Ord. N° 1.021, de 7 de agosto de 2020, el Director del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, en respuesta a la circularización efectuada por esta Contraloría General adjuntó nómina de los hospitales que habían recibido EVM, en los cuales no se advirtió Ja existencia de centros de salud privados.

La falta de cdntabilización observada no se ajusta a lo establecido en el apartado "Bienes de uso", del capítulo II, de la resolución N° 16, de 2015, de este Organismo de Control, ¿lue Aprueba Normativa 'del Sistema de Contabilidad General de la Nación NICSP-CGR Chile, que establece, en lo pertinente, que tales bienes corresponden a activos tangibles destinados para su uso en la producción, para suministro de bienes y servicios, o pára propósitos administrativos y que serán utilizados en más de un período contable, situación que

gi ocurre en la especie, los cuales, además, serán reconocidos cuando 5u costo unitario de adquisición sea mayor a tres unidades tributarias mensuales.

30

Page 33: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2 •

En su respuesta, el Subsecretario de Redes Asistenciales, en síntesis, expone que, ial 30 de noviembre de 2020, se habían contabilizado 95 ventiladores mecánicos, sin individualizarlos, comprometiendo intensificar las gestiones para registrar en el más breve plazo posible, el resto de los equipos que fueron traspasados a los servicios de salud del país.

Por su parte, el Director del SSMN indica en su respuesta, que la contabilización de los EVM en el activo fijo del servicio no se pudo realizar en forma inmediata, dado que no se contaba con toda la documentación de respaldo.

A su vez, el Director del SSMSO acompañó copia de los comprobante á contables emitidos el 18 de noviembre de 2020, mediante los cuales ese servicio 'de salud había contabilizado un total de 380 equipos traspasados desde la SUBREDES, dentro de los cuales se encuentran aquellos EVM que fueron entregados a las clínicas privadas, cuyo detalle se expone en la siguiente tabla:

Tabla N° 8: Comprobantes contables del SSMSO en los cuales se registra el tras aso de EVM desde la SUBREDES,

FOLIO

MOTIVO DE CONTABILIZACIÓN i CANTIDAD DE

EQUIPOS MONTO

($)

12.675 Contabiliza equipos traspasados mediante resolución exenta N° 413, de 2020, de SUBREDES.

85 1.081.797.020

12.676 Contabiliza equipos traspasados por resolución exenta N° 412, de 2020,•de SUBREDES.

.. 37 41.828.500

12.677 Contabiliza equipos traspasados a través • de resolución exenta N° 443, de 2020, SUBREDES. •

32 299.850.061

12.678 Contabiliza equipos traspasados mediante resolución exenta N° 423, de 2020, " de SUBREDES.

6 45.000.000

12.679 Contabiliza equipos traspasados mediante resolución exenta N° 466, de 2020, de SUBREDES.

4 18.121.320

12.680 Contabiliza equipos traspasados mediante resolución exenta N° 467, de 2020, de SUBREDES.

2 9.060.660

12.681 5 Contabiliza equipos traspasados mediante resoluciqn exenta N° 468, 2020' de SUBREDES. 105.910.000

12.682 Contabiliza equipos traspasados mediante resolución exenta N° 496, de 2020, de SUBREDES. '

4 221.757.604

12.683 Contabiliza equipos traspasados mediante resolución exenta N° 558, de 2020, dé SUBREDES. 60 150.877.560

12.684 . Contabiliza equipos traspasados mediante resolución exenta N° 559, de 2020, de SUBREDES.

145 934.737.305

TOTAL 380 2.908.940.030 Fuente: Comprobantes contables adjuntos- al oficio Ord. N°1.140, de noviembre de 2020, del SSMSO, en respuesta a oficio E49316, del,mismo año, de esta I Contraloría Regional Metropolitana de Santiago.

Por otra parte, cabe señalar que el Servicio de Salud Metropolitano Occidente no emitió su respuesta, sin perjuicio de ello, se levanta la observación, por cuanto no se advierte la existencia de centros de salud privados de su red geográfica que hayan recibido EVM enviados por la SUBREDES.

• 31

Page 34: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIOA 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

sobre la Materia, es preciso manifestar que la SUBREDES no acompañó antecedentes que acrediten las contabilizaciones de 95 EVM, señaladas en su respuesta. Además, revisados los registros del SIGFE, al

' 28 de diciembre de 2020, no es posible indiVidualizar los registros contables a las cuales hace referencia, por tales motivos, se mantiene la observación.

A su vez, en cuanto a los comprobantes que adjuntó la autoridad del SSMSO, se advirtió' que los EVM recibidos desde la .SUBREDES fueron contabilizados en la cuenta contable N° 1410202, denominada Maquinarias y Equipos para la Producción 'Iniciativa Sectorial, no obstante, al comparar dicha información con el total de bienes que fueron traspasados por las resoluciones exentas Nos 413, 423, 464 y 468, todas de 2020, de la mencionada subsecretaría, individualizadas en la Tabla N° 1, del presente informe final, se determinaron las siguientes discrepancias:

Tabla N°9: Comparación entre montos: totales contabilizados.por el SSMSO y lo consignado en resoluciones exentas de tras aso.

DATOS SEGÚN RESOLUCIÓN TOTAL CONTABILIZADO ,

(S)

DIFERENCIA (S) NÚMERO FECHA TOTAL

(S)

MONTO ASIGNADO A SSMSO

(S)

413 09/07/2020 10.135.270.983 1.629.250.539 1.081.797.020 547.453.519

423 20/07/2020 1.698.045.510 263.228.000 45.000.000 218.228.000

464 04/08/2020 636.233.500 13.450.570 - 13.450.570

468 06/08/2020 1.228.556.000 .127.092.000 105.910.000 21.182.000

TOTAL 13.698.105.993 2.033.021.109 1.232.707.020 ' 800.314.089 Fuente: Resoluciones exentas "413, 423, 464 y 468, todas de 2020, de la SUBREDES y comprobantes contables adjuntos al citado oficio Ord. N° 1.140, de 2020, del SSMSO.

Sobre el particular, atendida la diferencia determinada entre los montos de las citadas resoluciones exentas mediante las cuales se le traspasarbn los EVM y los registros contables informados, y considerando que la autoridad del SSMSO no acompañó un detalle de la composición de cada monto contabilizado, se debe mantener la observación.

También se mantiene para el SSMN, debido a que dicha autoridad no acreditó la contabilización de los EVM que recibieron desde la SUBREDES.

III. EXAMEN DE CUENTAS

Ingresos no percibidos por entrega de equipos a privados.

En relación con los EVM entregados por la SUBREDES a los establecimientos señalados en el Anexo N° 1, del presente informe final, y conformaa la información. proporcionada por los centros de salud privados y

32

Page 35: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

servicios de salud en respue§tas a la circularización efectuada por esta Contraloría Regional, se efectuó un cálculo de los ingresos que debían percibir los servicios de salud por concepto de arriendo de dichos equipos. Al respecto, cabéseñalar que en los casos de la Clínica La Portada y del Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gossens no se obtuvo información de ambos centros de Salud, por esenotivo no se realizó el correspondiente cálculo.

Ahora bien, es importante recordar que e1. referido oficio Ord. C14/ N°2.131, de 2020, que fue emitido por la SUBREDES durante el proceso de entrega de dominio de los EVM a los respectivos servicios de salud, señala que los directores de esas entidades podían dar en arrendamiento los dispositivos médicos que fueran de su propiedad a prestadores privados, cobrándoles un valor diario máximo de $ 56.704, haciendo presente la necesidad de suscribir los respectivos contratos con el fin de asegurar la debida protección de los recursos públicos y su adecuada gestión.

A su vez, cabe precisar_ que, por instrucciones 'de la SUBREDES, los EVM fueron entregados a los centros de salud privados directamente por los proveedores y en algunos casos por la CENABAST.

Sobre el particular, Conforme a las respuestas recibidas de las referidas entidades privadas, se comprobó que dichos equipos fueron recepcionados por estas antes de aquella comunicación efectuada a través del aludido oficio Ord. C14/ N°.2.131, de 9 de julio de 2020.

Por tal razón, esta Contraloría Regional efectuó un cálculo de los ingresos que los servicios de salud habrían dejado de percibir entre la fecha de emisión del mencionado oficio Ord. C14/N° 2.131, esto es, el 9 de julio de 2020, y la data en que cada entidad privada envió su. respuesta a la circularización o la data de devoludión de los EVM, en el caso que hubiera ocurrido antes. Como resultado, de tal cálculo se determinó que los servicios de salud no habrían percibido un total de $ 220.975.488, cuyo detallees el siguiente:

Tabla N° 10: Montos nb tercibidos or los servicios de salud.

NOMBRE DE SERVICIO DE SALUD - INGRESOS NO

PERCIBIDO ($)

Servicio de Salud Concepción 5.670.400 Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins 3.742.464 Servicio de Salud Metropolitano Central 61..693.952 Servicio de Salud Metropolitano Norte 9.526.272 Servicio de Salud Metropolitano Occidente 15.990.528 Servicio de Salud Metropolitano Oriente 91.236.736

• Servicio de Salud Metropolitano Sur 7.088.000 Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente 26.027.136

TOTAL 220.975.488 Fuente: Respuestas proporcionadas por las clínicas privadas detalladas en el Anexo N° 6, del presente informe final. •

33

Page 36: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

d ti!) .11 • _ r ,

.>

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

La situación expuesta no se condice con los principios de control y eficiencia establecidos en el artículo 3° de la ley 18.575 ni con el deber que el artículo 5° de ese texto legal impone a las autoridades y funcionarios de la Administración del Estado en orden a velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública.

Cabe señalar: que el detalle de las entidades receptoras, la cantidad de EVM por cada clínica privada, la fecha de recepción de los equipos, el servicio de salud propietario y la dafa de devolución de estos (en-aquellos casos que corresponde), se expone en el Anexo N° 6.

Ahora bien, en lo pertinente, el Subsecretario de Redes Asistenciales señala, en su respuesta, que está realizando las gestiones para que los servicios de salud suscriban los contratos de arriendo que correspondan, los que serán reportados oportunamente.

En cuanto al monto que no se ha percibido por parte de las clínicas privadas, dicha autoridad precisa que la aludida resolución exenta N°418, de 2020, de dicho origen, establece el monto máximo a pagar por el arriendo de ventilador mecánico por día en $ 56.704.

Por su parte, el Director del SSC, informó en su respuesta que ha insistido y reiterado formalmente el cobro de los valores observados, adjüntando copia del oficio Ord. N° 3.763, de 6 de noviembre de 2020, dirigido al Gerente de Administración y Finanzas de la Clínica Sanatorio Alemán de Concepción por un total de $ 5.670.400. Además, en caso de no prosperar la acción de cobranza ejercida, compromete acudir al Consejo de Defensa de Estado a fin de elevar a instancias legales superiores y especializadas que permitan obtener la debida y justa restitución de los valores fiscales.

A su vez, la Directora del SSMC indica que, una vez que tomó conocimiento sobre la entrega de EVM a clínicas privadas de su red asistencial, se inició el proceso de cobro por concepto de arriendo de equipos médicos.

Añade que, mediante la resolución exenta N° 1.715, de 9 de noviembre de 2020, de ese origen, se fijaron los valores de arriendo, sin embargo, no la acompañó en su respuesta.

No obstante, proporciona copia de las facturas emitidas a las siguientes clínicas privadas por el cobro de arrendamiento de EVM:

34

Page 37: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Tabla N° 11: Facturas emitidas por el SSMC a clínicas privadas por concepto de arriendo de EVM.

NÚMERO DE

FACTURA FECHA NOMBRE DE ENTIDAD

,

DÍAS DE ARRIENDO COBRADOS POR SSMC

MONTO ($)

214 25/11/2020 Comunidad Hospital del Profesor (*) 53 6.010.624

215 25/11/2020 Mutual de Begdridad de la Cámara Chilena de la Construcción (")

42 3.373.944

217 25/11/2020

Clínica Bicentenario SPA.

61 9.800.504

218 25/11/2020 . 56 12.701.696

_ 219 25/11/2020 , 45 5.727.104

220 25/11/2020 '

Clínica Universidad Católica S.A.

55 8.836.520

221 25/11/2020 55 6.390.360

222 25/11/2020 26 3.944.200

223 25/11/2020 26 3.944.200

224 25/11/2020 26 3.944.200

TOTAL 64673.352 Fuente: Factu as emitidas por el SSMC y remitidas en su respuesta al oficio E49309, de 2020, de la I Contralora Regional Metropolitana de Santiago. . • () De acuerdo a los registros proporcionados por la Subsecretaria de Redes Asistenciales, mediante correo electrónico de 24 de julio de 2020, tales clínicas privadas figuran asociadas a la red asistencial del SSMOC. No obstante, en respuesta emitida por el SSMC, a través de oficio 'N° 1.266, de 2020, de ese origen las menciona corno parte de su red geográfica. •

A su turno, el Director del SSMN adjuntó a su respuesta la resolución exenta N° 2.071, de 2020, de ese origen, mediante la cual se aprobó el contrato de arrendamiento de ventiladores mecánicos por la suma de $ 23.588.864, que corresponde al período comprendido entre el 9 de junio y el 30 de julio de 2020, motivo por el cual emitió la factura N° 247, de 17 de noviembre de 2020, a Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA., por ese mismo. monto, la que acompaña en su respuesta.

Por su parte, la Directora del SSMO señaló, en síntesis, que se ha gestionado la formalización de los contratos de arriendo de EVM con las clínicas privadas de su red asistencial, de lo cual acompaña copia de los oficios N" 1.952, 1.953, 1.954, 1.955 y 1.956, todos de 19 de noviembre de 2020, de esa procedencia, emitidos para concretar la suscripción de contratos con las clínicas Santa María, Los Andes, Fundación Arturo López Pérez, Las Condes y Red UC Christus, respectivarhente. Además, en el caso de la Clínica Cordillera precisa que, a la fecha de respuesta, esto es, el 26 de noviembre del mismo año, el contrato de arrendamiento se encontraba en proceso de firma.

Eh su caso, la Directora (S) del SSMS acompañó a su respuesta copia de la factura N° 220, de 13 de noviembre de 2020, de ese origen, por un total de $ 28.125.184, por 'el concepto de arriendo de ventiladores mecánicos al Hospital Parroquia! de San Bernardo correspondiente al período comprendido entre junio y noviembre de 2020. Asimismo, adjunta copia del comprobante contable N° 10.258; del día 20 del mismo mes y año, con el cual demuestra el devengo'de la indicada factura.

35

Page 38: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA .2

A su véz, el Director del SSMSO también acompaña copia de los siguientes antecedentes:

Tabla NI° 12: Facturás emitidas por el SSMSO a clínicas privadas por concepto de arriendo de EVM.

TIPO DE DOCU- MENTO

NÚME- RO

FECHA NOMBRE DE ENTIDAD .CONCEPTO

NÚMERO DE DÍAS FACTU- RADO

MONTO ($)

Factura 273 18/11/2020 Sociedad clínica - Vespucio Santiago S.A. •

Arriendp de EVM 202 23.702.272

Nota de crédito

31 18/11/2020

Gastos -/ puesta en marca de EVM

- /

984.000

Factura 274 18/11/2020 Clínica BUPA Santiago S.A.

Arriendo de EVM 180 10.206.720

Fuente: Factu as emitidas por el SSMC y emitidas en su respuesta al oficio E49316, de 2020, de la I Contraloría Regional Metropolitana de Santiago.

Por último, cabe señalar que el Servido de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins no remitió antecedentes sobre los recursos no percibidos por dicha entidad pública.

Sobre la materia, considerando lo argumentado por los servicios de salud, y de la revisión de los nuevos antecedentes aportados por las respectivas autoridades, se advierte que si bien se han efectuado gestiones de cobro por el arriendo de los EVM entregados a entidades privadas y suscrito algunos contratos por ese concepto, no se ha materializado la percepción de los recursos, razóh por la cual se mantiene la observación, respecto de los servicios de salud Metropolitano Central, Metropblitano Norte, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur Oriente, Metropolitano Sur, Concepción y Libertador General Bernardo O'Higgins,

En ese contexto, y acorde a las respuestas entregadas a la circularizadión efectuada a las clínícas privadas, se realizó un nuevo cálculo de los ingresos que los servicios de salud habrían dejado de percibir entre la fecha de recepción de los EVM por parte de esos establecimientos de salud y la data de la devolución de estos bienes o de la respuesta otorgada por el pertinente centro de salud privado en el procedimiento de circularización realizado por este Organismo-de Control, en su caso, conforme a lo instruido en el mencionado oficio Ord. C14/N° 2.131, de 9 de julio de 2020, considerando el valor de arriendo diario máximo de $ 56.704, por cada equipo, fijado en la referida resolución exenta N° 418, de 2020, de la Subsecretaría de Salud Pública, obteniéndose, en tales condiciones, un monto no percibido -en ese período- de $432.935.040, cuyo detalle se presenta a

1)),/ continuación:

36

Page 39: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

Tabla N° 13: Montos no nercibidos or los servicios de salud.

NOMBRE DE SERVICIO DE SALUD INGRESOS NO PERCIBIDOS ($)

Servicio de Salud Concepción/ ( 5.953.920 Servicio de Salud Libertádor General Bernardo O'Higgins • 8.845.824 Servicio de Salud Metropolitano Central 141.476.480 Servicio de Salud Metropolitano Norte 23.135.232 Servicio de Salud Metropolitano Oriente 187.123.200 Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente 56.193.664 Servicio de Salud Metropolitano Sur 10.206.720

TOTAL 432.935.040 Fuente: Respuestas proporcionadas por las clínicas privadas detalladas en el Anexo N° 6, del presente informe final.

La individualización de cada uno de los casos se expone en el referido Anexo N° 6, del presente informe final.

CONCLUSIONES

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Subsecretaría de Redes Asistenciales, SUBREDES, y los servicios de salud Metropolitano Central, SSMC; Metropolitano Norte, SSMN, Metropolitano Oriente, SSMO; Metropolitano Sur, SSMS, Metropolitano Sur Oriente, SSMSO, y Concepción, SSC-, han aportado antecedentes e iniciado acciones que permiten salvar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 510, de 2020, deráte origen.

No obstante, cabe precisar que el Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins y el Servicio de Salud Metropolitano Occidente, SSMOC, no dieron respuesta al precitado preinforme de observaciones.

Ahora hin, se levantan las observaciones formuladas en el capítulo II, Examen de la Materia Investigada, puntos 2.2, Equipos de ventilación mecánica, EVM, entregados a centros de salud privados sin celebrar contratos, específicamente en lo concerniente al SSMOC atendido a que no entregó equipos a las entidades privadas que se mencionan en la observación y a la falta de • contrato entre el SSC y la Clínica Sanatorio Alemán; y 3, Falta de contabilización de EVM entregados a clínicas privadas, solo lo referido al SSMOC, acorde a los nuevos antecedentes proporcionados.

Asimismo, se subsana la objeción formulada en el capítulo II, Examen de la Materia Investigada, punto 2.2, EVM entregados a centros de salud privados sin celebrar co. ntratos, específicamente en lo tocante al SSMN y al SSMSO, los que suscribieron los acuerdos con la Clínica Dávila y Servicios Médicos SpA y con la Sociedad Clínica Vespucio Santiago S.A., respectivamente.

37

Page 40: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

En cuanto a las observaciones que se mantienen, la respectiva autoridad deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

Respecto de la observación consignada en el capítulo I, Aspectos de Control Interno, numeral 1, Falta de registros acerca del origen y valor de los equipos de ventilación mecánica proporcionados a los centros de salud de que se trata (C), la SUBREDES deberá remitir, en el plazo de 60 días hábiles contado desde la recepción del presente informe final, un registro actualizado que contenga, a lo menos, el origen de los EVM, valorización, destino, fecha de recepción por parte clínicas privadas, vinculación con el servicio de salud del cual dependen geográficamente y acto administrativo que materializó el traspaso de los EVM a los servicios de salud.'

En cuanto a lo objetado en el numeral 2, Falta de acto administrativo que apruebe las descripciones de los ,cargos que se indica (MC), la SUBREDES deberá remitir, en el citado plazo de 60 días hábiles, el acto administrativo que las sanciona para el personal que se desempeña en los departamentos de Finanzas y Presupuesto y de Administración de Servicios, arritoos de dicha Subsecretaría.

En cuanta a lo observado en el capítulo II, Examen de la Materia Investigada, numeral 1, Falta de acreditación acerca de las necesidades de número de equipos de ventilación mecánica requeridos por clínicas priyadas (C), la SUBREDES deberá acreditar, en el aludido término de 60 días hábiles, el levantamiento de información previo -que indica en su respuesta- llevado a cabo por esa Subsecretaría de las necesidades de equipos de ventilación mecánica que requerían los centros de salud privados para afrontar la pandemia conforme a sus capacidades físicas.

En lo tocante al punto 2.1, Entrega de EVM a entidades privadas, efectuada directamente por la SUBREDES, antes de transferir su propiedad a los servicios de salud (C), dicha Subsecretaría deberá, en lo sucesivo, emitir oportunamente los actos administrativos que transfieren bienes a los servicios de salud, con la finalidad de evitar situaciones como las expuestas en el cuerpo de este informe.

Luego, en lo relativo al punto 2.2, Equipos de ventilación mecánica entregados a centros de salud privados sin celebrar contratos (C), el SSMSO deberá acreditar, en el mismo plazo, el acto adnlinistrativo mediante el cual se aprobó el convenio con Clínica BUPA Santiago S.A.

Asimismo, los 'servicios de salud Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur y Metropolitano Central, deberán acreditar, en el plazo antes anotado, la suscripción de los contratos de arriendo con los prestadores privados de salud, individualizados en la Tabla N° 5 del presente informe final, y Libertador General Bernardo O'Higgins con la Clínica Isamédica.

38

Page 41: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

A su vez, el Servicio de Salud Antofagasta deberá informar, en igual término, sobre los convenios suscritos con la Clínica La Portada y el Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gossens, respecto de los cuales no se obtuvo información en el tránscurso de la auditoría.

Además, y en lo sucesivo, los citados servicios de salud deberán implementar acciones para suscribir los documentos con la debida oportunidad, con el fin de evitar situaciones como las expuestas en el cuerpo del presente informe final:

Luego, la SUBREDES deberá, en el futuro, emitir y comunicar a los servicios de salud las instrucciones en forma oportuna, con el fin de evitar retrasos en la suscripción de convenios que deban celebrar los servicios de salud con entidades privadas, como los señálados en este informe.

En cuanto al punto 2.3, Retraso en instrucciones de la SUBREDES pobre comodato de EVM a establecimientos asistenciales que no pertenecen al Sistema Nacional de Servicios de Salud (C), la SUBREDES deberá, en lo sucesivo, impartir oportunamente las instrucciones a los servicios de salud respecto del equipamiento médico que se entregue a esos establecimientos que no pertenecen al sistema nacional.

Asimismo, la SUBREDES deberá coordinar para que el respectivo servicib de salud suscriba el convenio que corresponda con los hospitales de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, de Carabineros de Chile, Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre y Clínico de la Fuerza Aérea de Chile 'General Doctor Raúl Yazigi Jauregui, cuyos acuerdos que celebre deberán ser acreditados en el plazo de 60 días hábiles. Asimismo, en, igual término, deberá informar sobre las gestiones con al Hospital Clínico de la Universidad de Chile para el cobro del arriando por parte del servicio de salud que corresponda, según lo indica en su respuesta.

En relación con el punto 2.4, Diferencia entre la cantidad de EVM registrados por la SUBREDES y las informadas como recibidas por los centros de salud privados (MC), esa Subsecretaría deberá acreditar, en el mismo plazo de 60 días hábiles, el registro valorizado de los 16 EVM, marca Aeonmed, modelo VG70 entregados a la Clínica Indisa.

En cuanto al punto 2.5, Equipos de ventilación mecánica sin utilizar por dificultades o fallas en su funcionamiento (MC), la SUBREDES deberá, en el citado término de 60 días hábiles, acreditar documentalmente el estado en que se encuentran los EVM transferidos al Hospital Parroquial de San Bernardo marca Air Liquide, modelo Monnal 175, y Puritan Bennett, modelo PB989, y precisar las medidas adoptadas en caso de que no estén operativos.

Asimismo, dicha Subsecretaría deberá coordinar con los hospitales Clínico de la Universidad de Chile Doctor José Joaquín Aguirre, DIPRECA, y de Carabineros de Chile, la reparación de aquellos EVM

39

Page 42: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

(:) CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANKDE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

individualizados en la Tabla N° 6, que no estaban operativos ¡Sor dificultades en su funcionamiento, de lo cual deberá informar en el referido plazo de 60 días hábiles.

Además, deberá coordinar con el SSMO la reparación del EVM marca Air Liquide, modelo Monnal T75, que no estaba siendo utilizado por la Nueva Clínica Cordillera por 'la falla en el sensor de flujo, según lo señalado en la referida Tabla N° 6, del presente informe final, debiendo acreditar, en el plazo ya mencionado, la reparación del equipo, o bien ihformar las medidas adoptadas en caso de que no se encuentre operativo.

En lo tocante al punto 2.6, Equipos con piezas faltantes y sin protocolos de mantención (MC), la SUBREDES deberá, en el aludido plazo de 60 días hábiles, acreditar documentalménte el estado en que se encuentran los 7 EVM que fueron enviados por la Sociedad. Clínica Vespucio Santiago S.A., al Complejo Asistencial Doctor Sótero del Río, precisando las medidas adoptadas en caso que no estén operativos y las actividades de capacitación y visita técnica relacionadas con los EVM marca Monnal, modelo T75, que fueron entregados a la Sociedad Clínica Vespucio Santiago S.A., según lo señalado en su respuesta.

También, deberá coordinarse con el SSMSO para recabar mayores antecedentes y, según corresponda, notificar a la empresa Comercial Kendall (Chile) Ltda., para ejercer las garantías respectivas, relacionadas con los equipos marca Puritan Bennet, modelo PB840, tal como fue comprometido en su respuesta, y aplicar las respectivas multas, en el anotado término de 60 días hábiles.

En cuanto al punto 2.7, Entrega de EVM a clínicas privadas sin un requerimiento previo de tales prestadores de salud (C), esa Subsecretaría deberá coordinar con el SSMO para que gestione la devolución de los EVM sin utilizar por los centros de salud privados, particularmente los equipos que estaban en la Clínica Las Condes según lo informado por dicha entidad, situación que deberá ser acreditada documentadamente en el citado plazo de 60 días hábiles.

A su vez, en lo sucesivo, la SUBREDES deberá instruir oportunamente a los servicios de salud, con el fin de que ellos gestionen oportunamente la devolución de los EVM que estén sin uso .en centros de salud privados.

En relación con el numeral 3, Falta de contabilización de EVM entregados a clínicas privadas (C), la SUBREDES deberá, en el plazo de 60 días hábiles, ya mencionado, acreditar la contabilización de la adquisición de la totalidad de los bienes entregados a clínicas privadas y su traspaso a los respectivos servicios de salud.

Asimismo, dicha SUbsecretaría deberá coordinar con los servicios de salud Metropolitano Norte, Metropolitano Central, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur, Libertador General Bernardo O'Higgins, y

IQY privadas, con la finalidad dé que se ajusten a lo señalado en la resolución N° 16, de Concepción, el registro contable de los equipos que fueron destinados a las clínicas

40

Page 43: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

2015, de este Organismo de Control, que Aprueba Normativa del Sistema de Contabilidad General de la 'Nación NICSP-CGR Chile, para este tipo de bienes. Tales contabilizaciones deberán ser acreditadas en el término antes anotado.

Por su parte, en el mismo'plazo, el SSMSO deberá acreditar la contabilización de todos los bienes que le fueron traspasados mediante las resoluciones exentas N°413, 423, 464 y 468, todas de 2020, de la SUBREDES, con el fin de aclarar la discrepancia expuesta en la Tabla N° 9, del presente informe final.

3. En relatión con el capítulo III, Examen de Cuentas, Ingresos no percibidos por entrega de equipos a privados (C), los servicios de salud Metropolitano Central, Metropolitano Norte, Metropolitano Oriente, Metropolitano Sur Oriente, Metropolitano Sur, Concepción y Libertador General Bernardo O'Higgins, deberán actualizar la cifra *informada en este documento -considerando el cálculo efectuado por esta Contraloría Regional- y adoptar las medidas necesarias para recaudar las sumas pertinentes por concepto de arriendo de los equipos, e informar documentadamente de ello, acreditando la percepción de tales fondos a través de las cartolas bancarias y comprobantes contables respectivos, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.

Asimismo, el Servicio de Salud Antofagasta deberá informar, en el anotado plazo y en los mismos términos, sobre las gestiones que ha realizado respecto del arriendo. de equipbs a la Clínica La Portada y al Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gossens, ambos de esa ciudad.

Finalmente, para aquellas observaciones que se mantienen, que fueron catalogadas como AC y C, identificadas en el "Informe de Estado de Observaciones del Informe Final N° 510, de 2020", de acuerdo con el formato adjunto en el Anexo N° 7, las medidas que al efecto imPlemente el servicio, deberán acreditarse y documentarse en el Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, que esta Entidad de Control puso a disposiCión de las entidades públicas, según lo dispuesto en el oficio N° 14.100, de 2018, de este origen, en un plazo de 60 días hábiles, o aquel menor que se haya indicado, contado desde la recepción del presente informe.

Respecto de aquellas observaciones que se mantienen y que fueron categorizadas como MC en el citado Informe de Estado de Observaciones, el cumplimiento de las acciones correctivas requeridas deberá ser informado por las unidades responsables a los Encargados de Control/Auditores Internos, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, quienes a Su vez deberán acreditar y validar en los siguientes 30 días hábiles la información cargada en la ya mencionada plataforma.

Remítase al Prosecretario Accidental de la Cámara de Diputados; a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados; a la Comisión de Salud del Senado; a la Diputada señora Marcela Hernando Pérez; al Ministro de Salud; al Subsecretario de Redes Asistenciales y al Auditor Ministerial de Salud; al Directo!: y al Auditor Interno del Servicio de Salud Antofagasta ; ál Director

41

Page 44: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORIA 2

(S) y al Jefe Departamento de Auditoria del Servicio de Salud Metropolitano Central; al Director y al Jefe Departamento de Auditoria del Servicio de Salud Metropolitano Norte; al Director y a la Jefa Departamento de Auditoria del Servicio de Salud Metropolitano Occidente; a la Directora y al Jefe Departamento de Auditoria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente; a la Directora y a la Jefa del Departamento de Auditoria del Servicio de Salud Metropolitano Sur; al Director y al Jefe (S) Departamento de Auditoria del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente; al Director (S) y al Auditor Interno del Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Higgins; al Director y a la Auditora Interna del Servicio de Salud Concepción; y al Director y Auditora Interna del Servicio de Salud de Viña del Mar-Quillota.

Saluda atentamente a Ud.,

Firmado electrónicamente por:.

N " -' Il a

Nombre FERNANDO SUAZO ROJAS Cargo JEFE DE UNIDAD DE CONTROL EXTERNO .r Jr.11+ •

7. estad_ .2rITS

yik .1/2..? I

Fecha firma 28/09/2021 Código validación PRSIUhst URL validación hfips://www.contraloria.d/validardocumentos Zitetil y

42

Page 45: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

• CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO' UNIDAD DE AUDITORÍA 2

ANEXO N° 1

EQUIPOS DE VENTILACIÓN MECÁNICA DISTRIBUIDOS A CLÍNICAS PRIVADAS INFORMADA POR LA SUBREDES AL 13 DE AGOSTO DE 2020

NOMBRE DE LA ENTIDAD DE

SALUD PRIVADA

SERVICIO DE SALUD CORRESPONDIENTE A LA

ENTIDAD RECEPTORA

MODELO , DEL \ ,DE EQUIPO

CANTIDAD

-EQUIPOS

VALOR EQUIPO (S)

Clínica Bicentenario SPA •

Servicio de Salud Metropolitano Central' 1

PB 840 4 75.208.000

SERVO l' 6 179.421.060

Clínica BUPA .1 , Santiago S.A.

Servicio de Salud . . e Metropolitano Sur Oriente k

PB 840 6 112.812.000

VG70 4 No valorizado '

Nueva Clínica '., Cordillera

Servicio de Salud MetroPolitano Oriente' _.

Monnal T75 4 No valorizado

VG70 6 No valorizado

Clínica Dávila y , Servicios Médicos SPA.,

Servicio de Salud .1

Metropolitano Norte PB 840 8 ' 150.416.000

Clínica lndisa Servicio de Salud , Metropolitano Oriente

.VG70 8 No valoriiado

Clínica La Portada Servicio de Salud Antofagasta VG70 sr -4 No valorizado

Clínica Las Condes

Servicio de Salud t" Metropolitano Oriente

' '

Monnal 175 8 No valorizado

Clínica San Carlos • de Apoquindo Li -, VG70 4 No valorizado

Clínica Santa Maria PB 840 10 ' 188.020:000

Sociedad Clínica Vespucio Santiago S.A.

. Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriernte

...-

• Monnal T75 4 ' No 'valorizado

PB 840 75.208.000

Fundación Arturo Lópei Pérez

Servicio de Salud Metropolitand Oriente

SERVO I 7 209.324.570

Hospital Clínico Universidad Católica

, ,-. Servicio de Salud . Metropolitano Central

Monnal T75, - 4 No valorizado

PB 840 6 112.812.000

VGA) ' 10 . No valorizado

Hospital Clínico '

Universidad de Los Andes

Servicio de Salud Metropolitano Oriente .

PB 840 8 150.416.000

Hospital del Cobre Doctor Salvador Allende Gossens

• . Servicio de Salud Antofagasta VG70 4 No valorizado

, Comunidad Hospital del Profesor

Servicio de Salud -

Metropolitano Central (**) SERVO I - ' .• 2 No valorizado

Hospital Parroquial San Bernardo ,

Servicio de Salud — ' Metropolitano Sur

Monnal T75 2 ,No valorizado

VG70 , 1 . No valorizado ,

Clínica Isamédica :PB Servicio de Salud Libertador General Bernardo O'Hiqqins 840 3 56.406.000

Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la • Construcción

' i • Servicio de Salud , Metropolitano Central el '

PB 840 : I

•• - '2

I

37.604.000

Clínica Sanatorio . Alemán

Servicio de Salud Concepción VG70 5 No valorizado

TOTAL 134 1.347.647.630 Fuente: Resoluciones exentas M'a 413, 423, 464 y 468, todas de 2020, de la SUBREDES y montos obtenidos mediante planillas proporcionadas por el abogado Asesor Gabinete de la Subsecretaria de Redes Asistenciales del MINSAL en correos electrónicos de 31 de julio y 7 y 13 de agosto, todos de 2020. el Modificado conforme a la respuesta al Preinforme de Observaciones N° 510, de 2020 por parte del SSMC. Antes decía: Servicio de Salud Metropolitano Occidente.

43

Page 46: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

CONTRALORÍA GENERAL bE LA REPÚBLICA I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

UNIDAD DE AUDITORÍA 2

ANEXO N° 2

NÓMINA DE EQUIPOS DE VENTILACIÓN MECÁNICA DISTRIBUIDOS A OTROS CENTROS DE SALUD

NOMBRE DE HOSPITAL EQUIPO

MODELO DE VALOR ' CANTIDAD EQUIPO

(6)

Hospital de Carabineros de Chile VG70 6 No valorizados

PB 560 4 22.848.000'

Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile

VG70 ' 10 No valorizados

PB 560 4 22.848.000

Hospital Clínico de la Fuerza Aérea de Chile General Doctor Raúl Yazigi Jauregui

Monnal T75 4 No valorizados

PB 560 4 22.848.000 _ Hospital Militar de Santiago Monnal T75 4 No valorizados

Hospital Naval Almirante Nef VG70 12 No valorizados

Hospital Clínico de la Universidad de Chile, Doctor José Joaquín Aguirre

Monnal T75 2 No valorizados

. PB 840 4 75.208.000 Cheng Wey 4 No valorizados,

VG70 18 No valorizados

TOTAL 76 143.752.000

Fuente: Registros proporcionados por profesional de la DIGERA de la SUBREDES mediante correo electrónico de 24 de julio de 2020, y resoluciones exentas N" 413, 423, 464 y 468, todas de 2020, de dicha Subsecretaría.

44

Page 47: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

.•••

e

AN

EX

O N

° 3

FE

CH

A D

E

RE

SO

LUC

I ÓN

01 9/0

7/20

20

09/0

7/20

20

19

/08/2020

19/0

8/20

20 .

r

O N O ' . C‘•

o

a C) 19

/08/

2020

19/0

8/20

20

19/0

8/20

20

ME

RO

DE

R

ES

OLU

CIÓ

N

DE

T

RA

NS

FE

RE

NC

I

A D

E D

OM

INIO

A

SE

RV

ICIO

S

DE

SA

LUD

41

3

CO

;7

e

496

49

6

CO

Zr (0 O) nt

-•

(0 a -a 4

96

DO

CU

ME

NT

O Q

UE

CO

NST

A R

EC

EP

CIÓ

N

NO

MB

RE

DE

E

NT

IDA

D_

Clín

ica

Bic

ent

enario

SP

A

. Clín

ica

BU

PA

S

ant

iago

S.A

.

CE

NA

BA

ST

TN

T E

xpre

ss C

hile

L

tda.

Co

me

rcia

l Ken

dall

(Chile

) Ltd

a.

TN

T E

xpre

ss C

hile

Ltd

a.

TN

T E

xpre

ss C

hile

.-

Ltd

a.

Red

de S

alu

d U

C

Chr

istu

s

ME

RO

Sin

núm

ero

Sin

núm

ero

Sin

núm

ero

"

r Cr) O 0

0 r CO LO 25

0349- '

250350-

2503

51

- 250352-

250

353-

250354-

25

03

56

-250355

69711

I

69

782 .-

N1 a) c.0 CO

i S

in n

úm

ero

NO

MB

RE

DE

D

OC

UM

EN

TO

Re s

pu

esta

a

circ

ulariz

ació

n

Res

pue

sta

a

circ

ulariz

aci

ón

A

cta

de

en

tre

ga

Gu

ía d

e

" de

spac

ho

ele

ctró

nic

a..

Gu

ía d

e

desp

acho

ele

ctró

nic

a.

Gu

ía d

e desp

ach

o e

lect

rónic

a.

Gu

ía d

e

desp

ach

o e

lect

rónic

a.

Re

spue

sta

a

circ

ula

riza

ció

n

FE

CH

A D

E

. RE

CE

PC

IÓN

S

EG

ÚN

CIR

CU

LAR

IZA

CI Ó

N

06/0

5/20

20

.

O N O N a) O Cr, O

O N O N co O 0 O 1

6/0

6/2

02

0

O N O N 0 0 e", O 16

/06/

2020

.

09/

06/

2020

'

06/0

7/20

20

07/0

7/20

20 o --.

ni O N (0 O el O

O N O N ZO- O nt N

0 in 0

Z < 0 u L.L1

OD nt kr,

,

ct

,

"1 ,

UD -

.

0 O 8

.

o -

ct

e

t

< O l- cc O r W z .J C) = LLI < W el- O a) U- V) tu Lu w

cc 0 CI

o N O NI "EC3

9 , o e- 14/0

8/20

20

- 1

4/0

8/20

20

.. •

O N

'o C•1

CO

9. o

o N

1 U) c, e- 0

1/09

/202

0

10/0

8/20

20

k ,0 •rt

C Cl

z E W tl.

0 < --

P > •

(7)

á

(o , ti) , 147) n- Er) SI

NO

MB

RE

DE

CE

NT

RO

DE

S

ALU

D

Clín

ica

Bic

ent

ena

rio S

PA

Clín

ica

BU

PA

S

ant

iago

S.A

.

Nuev

a C

l íni

ca •

Cor

dille

ra •

. •

Clín

ica

Dáv

ila y

S

erv i

cios

.

Médic

o s S

pA e3 to

Z c _

5 .-a- O C

l ínic

a la

s

Con

des

Clín

ica

Sa

n C

arlo

s de

Ap

oqu

indo

`Z .- cm ,

r, c r tn to .

N-

Page 48: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

FE

CH

A D

E

RE

SO

LU

CI Ó

N ..•

0 . N/ o -Ce9. N- o a) 0 , 19

/08/

2020

0 NI o N -..... o o) o

N- r-

' 1

9/0

8%2

020

O N N

2 a, o

00 0 0 C•J C‘i 1-3 0 a ,_

0 ('4 EL....I o

0) -

0o

09/0

7/20

20

. • 0 Ni 0) N.1 N-

0) o

ME

RO

DE

R

ES

OLU

CIÓ

N

DE

T

RA

NS

FE

RE

NC

I A

DE

DO

MIN

IO.

A S

ER

VIC

IOS

D

E SA

LU

D

ca

41

3

496

.

41

3

<o o)

41

3

49

6

o cn

, m

r

a)

DO

CU

ME

NT

O Q

UE

CO

NS

TA

RE

CE

PC

IÓN

NO

MB

RE

DE

E

NT

IDA

D

(*)

n) -o c ni O) -o

TI 4.1

O 'a E (-) o o- S

oci

edad

Clín

ica

Ve

spuci

o S

ant

iago

S.A

.

Com

erc

ial K

end

all

( Chile

) Ltd

a.

Fu

ndac

ión

Art

uro

pez

Pér

ez

Red

de

Sal

ud U

C

Ch

ris t

us

Com

erc

ial

Ken

dall

(Ch

i le) L

tda.

Com

erc

ial

Ken

dall

(Ch i

le)

Ltd

a.

ME

RO

o) U) o

of r•-• 4 co O L- N O en ,:r TI' Ltt Lt 'e LO 11, to c..1 0 0 0 0 0 0 0 0 e 0 0 0 0 0 0 0 0 (.0 LO LO LO Ill U, U, O U) LO ('J('4 N N N N N N 0

O to N '

Sin

núm

ero

250

385-

25

03

97

- 25

0384-2

5038

Sin

núm

ero

2 o O •

. 0 C . 173

E

o ro o

C5 4 ti, ol) di u; pr, 0 0 0 0 0 0 e o o o o o c) LO LO U) W) 14) 1.0 N N N N N N N 0 o in / \ NI

250309-

2503

11-

25

031

NO

MB

RE

DE

D

OC

UM

EN

TO

O d ' DOE

m a, -o - a .- 0 O o y -I

Res

p ues

ta a

ci

rcul

ariz

aci

ón

Gu

ía d

e

desp

ach

o

elect

róni

ca

Res

puest

a a

circ

ula

rizac

ión.

Res

pue

sta

a

circ

ula

riza

ción

Gu

ía d

e

desp

acho

- e

lect

rón i

ca

Gu

ía d

e

desp

ach

o

e lect

róni

ca

FE

CH

A D

E

RE

CE

PCI Ó

N

SE

N,

a C

IRC

ULA

RIZ

AC

IÓN

04/0

6/20

20

04/0

6/20

20 o

Ni o o co O C) o 04

/06/

2020

o cm o cm co O el o 1

0/0

6/2

020 ,

o c‘i o Ni ---co

'-0 isr) r 24

/06/

2020

<3 Ni o Ni w 4 O

o 09/0

6/20

20

' O < W 00

cc O 0w Z 5--

, ,

.

N- 4

co <JD TI CO '

.

cf)

< o - -ø z i_ . i W z _1

u_ U) w W lij

/- aC 0 o NI 0 N

a) N4 3

1/07

/20 2

0

10/

08/2

020 o

N " o N 4 co

o r

o cm o NI lb --. . CLI t-

OZO

t/2.0/02

O < . <O 0 <

z E W 0.

• I (7 , . 1

NO

MB

RE

DE

C

EN

TR

O D

E

SA

LUD

4- (O 'E co 0 ro .E 1 ti S

ocie

dad

Cl ín

ica

Ves

puc

io

Sant

iago

S.A

.

Fu

ndac

ión

Art

uro

Lóp e

z P

érez

Hos

pita

l Clin

ico

Uni

ver s

ida d

C

atól

ica

Hos

pita

l Clín

ico

U

n ive

rsid

a d de

Lo

s A

nde

s

Clín

ica

Isam

édic

a

.

5 • a> , o r .... r r ,-.., r P

Page 49: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

FE

CH

A D

E

RE

SO

LUC

IÓN

0 CV O c•J r•-• O a

O N O cm

••• CO O ' o) 09

/07/

2020

19/0

8/20

20

O

0 N

. O N 00

o) 2 0

O NI O NI CO •

cn

0910

7/20

20

I 19/

08/2

020

19

/08

/20

20

0 N O N 03 0 cn 19

/08/

á2

0

Sin

info

rmac

ión

19/0

8/20

20

_ •

19/

08/2

020

ME

RO

DE

R

ES

OLU

CI Ó

N

DE

T

RA

NS

FE

RE

NC

I

A D

E D

OMIN

IO

A S

ER

VIC

IOS

DE

SA

LU

D

O, r nr

. 4

96

e) r nt

co O "Y .

49

6

10 cn -4-

,

41

3

49

6

49

6

O a) -tt

(.0 cn .cr

0 a• cr 49

6

_

DO

CU

ME

NT

O Q

UE

CO

NST

A R

EC

EP

CIÓ

N•

NO

MB

RE

DE

E

NT

IDA

D

( *)

Mut

ual

de

Se

gurid

ad de

la

Cám

ara

Chi

lena

de

la C

onst

rucc

ión

CE

NA

BA

ST

Hos

pital

de

Ca

rabi

nero

s de

C

hile

En resp

uest

a a c

ircul

ariz

ació

n s

eña

la q

ue

esa

ent

ida d,

no

reci

b ió

EV

M

Hos

pital

Nav

al

Alm

irant

e N

ef

cu e .0

° 73 ~) 3 Lis a, .» O c

"5-.5,. c aj O'

W .0 ...c O . r 2 o -) (

_ •

Sin

inf

orm

ació

n

, S

in in

form

ació

n .

ME

RO

. Sin

núm

e ro

Sin

me

ro

' S

in n

úme r

o

Sin

núm

e ro

2 o E , o c c .- ,

U)

NO

MBR

E DE

D

OC

UM

EN

TO

Res

pue

sta

a

circ

ular

iza

ció

n

Act

a de

ent

reg

a

Res

pues

ta a

ci

rcul

ariz

ació

n

Res

pues

ta a

ci

rcul

ariz

aci

ón

, (O• c

0 • <O Ti en 03 a, N D t a2

en 5 • 00 . .

FE

CH

A D

E

RE

CE

PC

IÓN

S

EG

ÚN

C

IRC

LILA

RIZ

AC

I ÓN

4.

.

o O.1 (.0 O 0) O

..

o N 0 N N 00 C-i3 o

o N 0 N 13

03 cm . 1

6/0

6/2

02

0 •

'

En res

pue

sta

á c

ircul

ariz

ació

n

seña

la q

ue

esa

ent

idad n

o

reci

bió EV

M

17/0

6/20

20

14/0

5/20

20

03/

06/2

020

• N 0 N • 1 '

r 0(0

N 0 N 03

r

o. 000

-0000

CV 0 N (0

ni-

, NO)

••

N 0 N (I3

o

Sin

inf

orm

ació

n

• S

in in

forr

haci

ón

O 30 1- 0 - Z D <O 0W

cm ' li , :r (1) (.0

,

ni' LO

.

4

.-- r 4

< O <o,-,1-

, = W 2 -I

u_ tO w w W

• 07/

08/2

020 O

N O c•4

, o cn

o N 0 • c•J

. o N 13

/08/

2020

o • esi

30/0

7/20

20

_

O N O cv r•-, o N

-

3<• <o .0 < z w W0_ ,

Y) , , . c7-) NO

NO

O z .

... ,

O - z -•

- • zn c."5

NO

MB

RE

DE

C

EN

TR

O D

E

SA

LU

D

,lutual de.

egu

rida d

de la

.

ámar

a C

hile

na

e la

o

nst

rucc

ión

b

l inita

Sa

nato

rio

kl é

mán

Hosp

ital d

e

,Ca

rabi

nero

s d

e

Chi

le

• i H

ospi

tal

Mil i

tar d

e

ant

iago

'Hos

pita

l Nav

al

klm

irant

e N

ef

-o fi, , :o o

E loc — 1. , c > o-

3. 03 c o o ØO)

.

..-•

Clín

ica

La

Po

r tada

Hos

pital

del

Co

bre

Do

cto

r S

alva

dor

Alle

nde

Go

sse

ns

Z • zr .- U) .- to 1- N- 1- • o cn

r O N

r-N •

Page 50: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

rc

FE

CH

A D

E‘

RE

SO

LU

CIÓ

N

Sin

in

form

aci

ón

, 0 N 0 N

o O) o

Sin

in

form

ació

n

19

/08

/20

20

• 1

0 N 0 N

o c';') o

Sin

da

to

0 0" N

o a> 0 9

ro -o c .(7)

19

/08

/202

0

0 0" N

o o) ...-

Sin

da

to

ME

RO

DE

R

ES

OL

UC

IÓN

D

E

TR

AN

SF

ER

EN

CI

A D

E DO

MIN

IO

A S

ER

VI C

IOS

D

E SA

LU

D

r, ZI--

up o Tr 5

27

eo .- nr

ao a cr

co a

, Tt

DO

CU

ME

NT

O Q

UE

CO

NS

TA

RE

CE

PC

IÓN

NO

MB

RE

DE

E

NT

IDA

D

" n

Sin

resp

ue

sta

'

Co

mu

nidad

Hosp

ital

del ,

Pro

feso

r

Ho

spita

l Pa

rro

q uial

Sa

n B

er n

ard

o

Ho

spita

l de la

D

ire

cció

n d

e

Pre

vis

ión

de

Ca

rab

ine

ros d

e

Chile

ME

RO

. S

in n

úm

ero

Sin

me

ro

e a) E .. c

, c cn

NO

MB

RE

DE

D

OC

UM

EN

TO

Resp

ue

sta

a

circ

ula

rizació

n

Resp

ue

sta a

..c

ircu

lariza

ción

- R

esp

ue

sta

a

c irc

ula

riza

ción

FE

CH

A D

E

RE

CE

PC

IÓN

S

EG

ÚN

C

IRC

ULA

RIZ

AC

IÓN

Sin

re

spue

sta

L1J LO el

0 - cv 0 N 0 o

o 18

/06 /

20

20

.

0 cw 0 N ,... o

o 26

/06

/20

20

0 c.r O CV L."-Z o Tr o.1 2

8/0

5/2

020 ,

0 N 0 N o o 13 .,..- 1

6/0

6/2

02

0

, 24

/06

/20

20

0

3/0

7/2

02

0

O < ° O l= 1

5 a

z <a 0W

N LO CM r O.1 'S LO •

.

CO N C0

<o I- cc o a CO h- D .. _i r W z

O LO < LLJ a. u Ca LL O) w

re o ° 10/

08

/20

20

o Ni O tv O

i 12 o

o t'm O N R- O

79 0< < o, 0<

.?. z OL W0_

, o z Et . 1 En' O

.

z

• N

OM

BR

E D

E

CE

NT

RO

DE

S

ALU

D

Ho

spital

Clín

ico

e la

Fuerz

a

ére

a d

e C

hile

G

eneral

Doct

or

Raú

l Yazi

gi J

au

re

ui

I om

un

idad

Ho

spital

del

rofe

sor

.

Ho

spita

l p

arr

oqu

ial

Sa

n

Bern

ard

o

Ho

spita

l de la

D

ire

cció

n d

e

Pre

vis

ión d

e

Ca

rab

inero

s de

C

hile

Z N N

en N

<I' N

0 • N

0 o

o ca

o (0

o "O 03 03

O.

7.)

co O o

co

o co

)

-o • j < 11) Z 2

c ri

tO ° .0 'O 76 CO '5 3 c E 0

,5 ra LOU) ro o

a o "O

2 CIS t

E 2

0 -0 O co U5

to (a o co u

15 cm 0.0 "

o 1:3 cn

E'° O

•-• - r-

,n"

75 O) a

nr S

no C c

o x O) () C

orr

esp

ond

e a

la e

ntid

ad

que

em

itió el

docu

mento

don

de c

on

s ta

la re

cep

ción d

e lo

s E

VM

.

6

fr

Page 51: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

0 <

<

03 <

Q_ w .

LU ° C/

< <

_I < ‘er

o_ o H

—J 5 M'

et W < LL1 2 ln z -J

w 5 9 (D o 71i

< 'et o .

eC wc- Z 1-

02 3'

,1 —

AN

EX

O N

° 4

DE

MO

RA

PO

R P

AR

TE

D

E LO

S SE

RV

ICIO

S D

E

1S

ALU

D SIN

SU

SC

RIB

I R

CO

NT

RA

TO

DE

SD

E L

A

1

TR

AN

SF

ER

NC

IA D

E

DO

MIN

IO

O) 03

0 (0

'

89

89

89

Sin

in

form

ació

n

IS

in in

form

ació

n

Sin

info

rmació

n

0) 0)

O) O)

Sin

info

rmació

n

Sin

info

rmaci

ón

Sin

in

form

ació

n

84

nt CO

et CO

FE

CH

A D

E

TR

AN

SF

ER

EN

CIA

D

E D

OM

INIO

O N N

05 r 19/

08

/20

20

19/

08

/2020

19/0

8/2

020

O N N co

Cn r

O N N iZ:

IS O

‘ O N N iz:

2n- O 0

9/0

7/ 2

020

O N N co

er>

19/0

8/2

020

'

r

V

.

1

O N N n

Cr, O 0

9/0

7/2

02

0

09/0

7/2

02

0

TO

TA

L D

E DÍA

S

SIN

..

SU

SC

RIP

CIÓ

N D

E

CO

NT

RA

TO

,

r r)

L i.

r CO

r CO

• r Cl

.

r Cel

Sin

resp

uesta

Sin

rep

uest

a

Sin

resp

uest

a

(.0 t.-

C.0 N-

03 N

Ul N 1

25

e! erY ezr

• •

FE

CH

A D

E

RE

SP

UE

ST

A A

P

RE

IN F

OR

ME

0 N 0 N

le

C. N 0 N

S

0 N 0 N

S

16/

11

/20

20

16/1

1/2

020

Sin

resp

uest

a

Sin

resp

uest

a '

Sin

resp

uest

a

26/1

1/2

0 20

I 26/1

1 /2

020

26/1

1/2

020

26/1

1/2

020

26/1

1/2

020

0 N 0 NI

- o

0 N 0 N

..... O)

,

0 N 0 N

... 0)

FE

CH

A

SU

SC

RIP

CI Ó

N D

E

CO

NT

RA

TO

o I 1 t

Sin

re

sp

ue

sta

Sin

re

sp

uesta

, S

in re

sp

uer s

ta

u

1 . I 1 ,

01

/10

/20

20

01

/10

/20

20.

01/1

0/2

020

FE

CH

A D

E

EN

TR

EG

A D

E

EV

M C

LÍN

ICA

S

PR

IVA

DA

S

08/0

7/2

020

CM O N N- 0 OD 00

N 0

N- 0 CO

0000

NNN CNI 0

N- 0 CO 90

N 0

N- 0 03

O N O N co

, O a> o

0 N 0 N ra 0 cn

. 0

0 N 0 N lo 0 al . o

N N co

c.75

00 00

00

00

N N co

03

O N O N • (O 0 c.0 cv 2

4/0

7/2

020 .

O N 0 N N- 0 ni- l'4

O N 0 N CO O 01 0 0

O N 0 N CO ,D a,

0 C•I 0 N LO O Cn 0

SE

RV

ICIO

DE

,SA

LU

D

Serv

icio

ele

S

alu

d

- C

on

ce

pci

ón

.

Se

rvic

io d

e

Salud Lib

er ta

dor

Ge

neral

1

'Bern

ard

o

O'H

iggin

s.

..., o c

'O CO

. 1

.15 R 13 .5.°

2

Serv

icio

de

Salu

d

-NO

MB

RE

DE

C

LÍN

ICA

_

Clín

ica

Sa

nato

rio

A

lem

án

.

Clínic

a

Is'a

dic

a.

0 6 -o p. CO To ce T,..= E u) O' eu

-.., 0 e 1:13 i 1.5 05

0. Q Clín

ica

vila

. . r . N Ch <1- tr> (c, N. I

03 ,

o) ,9, .7 " ,... re) ,.. .11. ,... in ,.. ap ,..

Page 52: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

DE

MO

RA

PO

R P

AR

TE

D

E LO

S SE

RV

ICIO

S DE

S

ALU

D S

IN S

US

CR

IBI R

C

ON

TR

AT

O D

ES

DE

L A

TR

AN

SF

ER

NC

IA D

E

DO

MIN

IO

8 4

84

84

84

84

N 21

N

-

Ol 21

.•

N , . ,

,

,

1

•Sin

info

rmac

ión

.

Sin

info

rmac

ión

Sin

inf

orm

ació

n

. S

in inf

orm

ació

n

FE

CH

A D

E

TR

AN

SF

ER

EN

CI A

D

E DO

MIN

IO

(t)

N

N It.-

00

00

22 0 0 00

C•1

CV P.,:

09/

07/

2020

0 CV 0 ..-C‘i N. 0 en- 0 09

/07/

2020

0 CV 0 N N. 0 cn 0

0 Ol 0 N a.- 0 0

0 CV 0 N R 0 0

,

O N 0 N R. 0

0

0 CV 0 CV R. 0 0

09/0

7/20

20

a> 19/0

8/20

20

19/0

8 /20

20

19/0

8/20

20

0 N 0 N ca 0

'

, ,

TO

TA

L D

E DÍA

S

SIN

S

US

CR

IPC

I ÓN

DE

C

ON

TR

AT

O

TI" e ,--

TS e e

*a e e

TI e e

'Cr e e

at ,r 4

4

-44 •

„,. ••:

,... in

r on

r u,

r u-•

,.. in

,.. in

,..,_ (O' 57

N. in

' 5

7

FE

CH

A D

E

RE

SP

UE

ST

A A

P

RE

INF

OR

ME

.

o cm 0

,-

-a

r

'

19/1

1/20

20

N

r

a ,

00 00

N

r

ar

o CV 0

r

ar

o Ct1 0

r

á i9/1

1/2

02 0

19

/ 11/

2020

N

-.... r r

00 00

N

...... r r

o N 0 -- r r

o N O ---r r

19/1

1/20

20

I

r r

N

00 CNN 00

er

-

. o CV 0

r

-

o CV 0

r

19/1

1/20

20 o

N 0

r

FE

CH

A •

,

SU

SC

RIP

CIÓ

N D

E

CO

NT

RA

TO

-

0 N o CV O e

75 01/1

0/20

20

91

t10/

2020

01/

10/2

020 0

N o N 0

t- O 30

/07/

2020

0 CV o N N- O O C1

,

, N

N N- 0

en

00 00

00

N

CV N- O --

CO 30/0

7/2

02

0 •

0 CV 0 CNN --- r.... O O C)

0 N 0 --.. N- O O C9 30

/07/

2020

.0 - N

N N. 0

C1

00

00

0 N

N N. 0

C-•

0 N 0 IN R 0.

r CD 3

1/07

/2020

, 0 N 0 N N- O r ea

0 . EN. 0 N N- 0 e n

FE

CH

A D

E

EN

TR

EG

A D

E

EV

M C

LÍN

ICA

S

PR

IVA

DA

S

EN O N 1.0

0

000

299 000

cm 0 „C:•.1 11,

O

cw 0 N <I

01

09/0

6/2020

o N 0 CV (.0 O o

o N O N co CD e

22299

o N 0 N

scii 0 c0 e

N

CV co

e

00 00

N

N 0 a) e 09

/06/

2020

6 N 0 N co a> o 222

O N ,c9 a)

O N tO

cn

0000 NNNN

0000

0 . CV ili a>

O N co o a>

04/0

6/20

20

04/0

6/20

20

04/0

6/20

20 '

CV 0 N co O ‘t . o

• S

ER

VIC

IO DE

S

ALU

D

Met

ropo

lita

no

Norte

.

Ser

vici

o d

e

Salu

d M

etro

po

lita

no

N

o rte

. • 4.

a) 2 ti ' "O C13 t O 1" = o 'y -jo-n

' . a a) e— - . : (00

NO

MB

RE

DE

C

LÍN

ICA

Clín

ica

Dáv

ila. .

< % O ' ca 2, ., 0= ..) = . •E — u) , cr) .

.. .0 _ O = a 0 o

. > \

- • • c u

- k i•-.. r

co r

c, r

c, N

— N

N CV

r) CV

< N

LO N

CO CV

C-.. N CNN

000 C9

r el

CV • Ce) CO el

tt Cl

LO C1

1

o U')

e

Page 53: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

DE

MO

RA

PO

R PA

RT

E.

DE

LO

S SE

RV

ICIO

S D

E

SA

LU

D SIN

SU

SC

RIB

IR

CO

NT

RAT

O D

ES

DE

LA

T

RA

NS

FE

RN

CIA

DE

D

OM

INIO

'

22

N N

,

N N

N N

O cr r

0 ni- r

• Sin

in

form

ació

n

Sin

in

form

ació

n

Sin

info

rma

ció

n

Sin

in

fori

nació

n

Sin

in

form

aci

ón

0 ct r

0 ni- r

0 ni- r

I

0 nt r 1

40

14

0 0

n/ r 140

O 0

O 0,

1, F

EC

HA

DE

TR

AN

SF

ER

EN

CIA

D

E DO

MIN

IO

.

(4 )

09/0

7/2

020

09

/07

/20

20

' o N O N F'.:-- O 13 o 0

9/0

7/2

02

0 o

N 0

b- O 13 o 0

9/0

7/2

02

0,

...,

'

4

NN ' , .

t

,

o N O

O a> o

i

09

/07

/20

20 o

N 0 N

O o o 0

9/0

7/2

020

o N 0 " O o) o 0

9/0

7/2

020 ,

09

/07

/ 2020

09

/07/2

020

19/0

8/2

020

19/0

8/2020

TO

TA

L D

E DÍA

S

1 SIN

S

US

CR

IPC

I ÓN

DE

C

ON

TR

AT

O

"

.

)

"

"I "I

1

o I,-

%

o N- r <o r en .- co , •-• 10

r CO

-4- N. a N- o N. o I,- co r- UD r-

O <o .

0) co

O lo

O co T-

FE

CH

A D

E

RE

SP

UE

ST

A A

P

RE

INFO

RM

E

0

0 N r

ai

NNNN 0

0 01 r

"cli

0

0 N r

a

o 0 N r

a

26/1

1/2

02

0 c5

N O N r

N 26

/ 11/

20

20

, 26/

11

/20

20

1 26/1

1/2

02

0

i

26

/11 /

20

20

26/1

1/2

02

0

26/1

1/2

020

. 26/1

1/2

020

26/1

1/2

020 o

N O N r

o N ,

26/1

1/2

02

0

O N 0 N r

Za N 26/1

1/2

02

0

26

/11

/20

20

26/1

1/2

020

26

/11/2

020

FE

CH

A

SU

SC

RIP

CI Ó

N D

E

CO

NT

RA

TO

• 3

1/07/2

020

31

/07

/20

20

31

/07

/20

20

31

/07

/20

20

t 1

l

1

k^

. •

-

.

'

1 ' „ . . ,

\

FE

CH

A D

E

EN

TR

EG

A D

E

EV

M C

LÍN

ICA

S

PR

IVA

DA

S

0 N 0 N (.0 O a> o 0

9/0

6/2

020

N N CO O o)

00

0 0

00

N N 10 O a>

09/0

6/2

020 o

N o N (0 O a> o .

18/0

6/2

02

0 . •

- 1

8/0

6/2S

lá/0

6/2

020

d -. N o N CO 0 co .-

18/

06

/20

20

N N ID

tn

00 00

22 00

N N 0

tn

03/0

6/2

020

03/0

6/2

020

03/0

6/2

020

03/0

6/2

02

0

10

/06

/20

20

10/

06/2

020

10/0

6/2020

10/0

6/2

020

• S

ER

VIC

IO DE

S

ALU

D

r • i' • 0

C t_ CIS =, O 1, ' — 12 • ' .o- 2 T50. E

• 0 .... U . I - .e . '

NO

MBR

E DE'

! C

LÍN

ICA

• •

.

;• - M

utu

al

de

• S

eguri

dad

• ,

, a o 0 ro 00 . 2 o • CO fi .... co, O H

osp

ital C

linic

o

Univ

ers

idad

"

Cató

lica

.

,

Z tO Cra

N- el

03 e,

O CO

0 ni'

r 'tt

N "4'

CO ct

'Cr . Tt

N ni'

tO TI'

N. nt

co nt a> ct

o 10

,-- LO

cm LL1

e, L0

y: lt1

LO 111

CO U,

Page 54: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

DE

MO

RA

PO

R P

AR

TE

DE

LO

S S

ER

VIC

IOS

DE

S

AL

UD

SIN

SU

SC

RIB

IR

CO

NT

RA

TO

DE

SD

E L

A

TR

AN

SF

ER

NCIA

DE

D

OM

INIO

a> a>

a) a>

1

0 a>

co a>

a) a> '

0 a>

cn to to

o cri o

(3) o

cn o)

0 cr.

° "ct ,...

" 140,

14

0

o nr r

-"'

o

r 14

0

o

r

'

04

1

o

r

• '

(7) r

Cb 0)

.

FE

CH

A D

E

TR

AN

SF

ER

EN

CI A

D

E DO

MI N

IO ,

O O N C.13 o

. NN

0) 0)

19

/08

/20

20

O

N Z.0- O

00 O N N CO O 0

,

19/

08

/2020

,19/0

8/2

020

0 N 0 N CO O ,

. 1

9/0

8/2

02

0

19/

08/2

020 .

19/0

8/2

020

0 N 0 V CO O 0)

19/

08

/20

20 . 0

N CV R.

0 0

0- 00

222

0 O/ CV R.

0) 0

0 N N

CM O 0

9/0

7/2

02

0

09/0

7/2

020

N.

09

/07/2

02

0

N N

0 „

00 00

00) 00

' N N

O ,

09/0

7/2

020

20/0

7/2

02

0 ,

19/0

8/2020

TO

TA

L D

E DÍA

S

SI N

S

US

CR

I PC

IÓN

DE

C

ON

TR

AT

O

O) CO

0) 0

Co) <ID

e) OD

.

0, CID

01 CID

CO CD

.,••

el CID

15

5

La Ul

O LO LO LOO cr

NNN

, I* 00

iel

i

204

204

204

N- ,_ 00

17

0

N-

17

0 el

FE

CH

A D

E

RE

SP

UE

ST

A A

-P

RE

INF

OR

ME

26/1

1/2

020

26/1

1/2

02

0.

26/1

1/2

020 "

26/1

1/2

020

26/1

1/2

020

, O O

tOr N 2

6/1

1/2

02

0

. 29

/11/2

020

NN

r

26/1

1/2

020

26

/11

/20 2

0

0

CS N

00 - O N

1.5 N 2

6/1

1/2

020

26/1

1/2

020

26/1

1/2

020

.26/1

1/2

020 •

26/1

1/2

02

0

26/

11/2

0201

26/1

1/2

020

26/1

1/2

020

26/1

1/2

02

0 •

26/1

1/2

02

0 %-

26/1

1/2

020

FE

CH

A

SU

SC

RIP

CI Ó

N D

E

CO

NT

RA

TO

,

....- I

..

. ,

• F

EC

HA

DE

EN

TR

EG

A D

E

EV

M C

LÍN

ICA

S

PR

IVA

DA

S

L i

6/06

/202

0 1

0/0

6/2

02

0

0 O C•J CID o co r 1

6/0

6/2

02

0

" 1

6/0

6/2

020

16

/06

/M2

0

n. NNNN O N CO

to r

0000

0 N . 0

(1) r

0000 .

0 N LO

'S< N

0 N UD

t N 2

4/0

6/2

020 P-

1

24/0

6/2

02

0: I

' 06/0

5/2

020 I

06/0

5/2

02

0 •

I

N

ra

C.0

NNN N

II)

CO

.

N

to

CID

0000000 0000000

0000000

0000000

N

in

CO

NO1 N

to

0

N C•I co

0

N CM

0

09

/06/2

020

06

/67/

20

20

SE

RV

ICIO

DE

S

ALU

D

. . O C

0 0 — „ 1

O 1:5 = E • ro o .- -

. C CO P. w •

, en • ° $ 1 1 ,

NO

MB

RE

DE

C

LÍN

ICA

o o c o . _ y o

ro o '..-§ . a > .0 • e. , in 'E

D . S

$ a,

-o • 0 ° I .

. o , S ro

,- c u) o)

Fi b3 • ---

,, ... z

N. II) co LO LO

Ocr co 0

N CD

CO (O

et CO '

in (O

CID IC)

N. CID

CO UD

0 LO

0 N.

r N.

N e-

CO e-

I* N-

0..-. N.

co N.

N- N.

(00) N.

, N.

1

Page 55: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

7ctegiro4

11)

\*Sviiiía,"

• o y

i• • •

DE

MO

RA

PO

R P

AR

TE

D

E LO

S S

ER

VI C

IOS

DE

S

AL

UD

' SIN

SU

SC

RIB

IR

CO

NT

RA

TO

DE

SD

E LA

TR

AN

SF

ER

NC

IA D

E

DO

MIN

IO

CI) 0

O) 0

0) 0 I

0 CO

0 01

0 O/

.

,

0 05

01 05

CI) O)0

,

0) O) 0

,

0 <7)

0/ O>

0) 01 a>

.

CDCD O

0) CO

,

1

CD CO

,

a) en

'

O O

0) O

'

0 O

0) CM

FE

CH

A D

E

TR

AN

SF

ER

EN

CIA

D

E D

OM

INIO

( *

)

19/0

8/2

02

0

19

/08

/2020

19/0

8/2

020

19/0

8/2

020

19/

08/2

020 t

19/

08

/2020

19/0

8/20

20

N 0 N Za 0 15

. 19/

08

/20

20

19/0

8/2020

- 19

/08/2

020

'19/0

8/2

02

0

19/

08

/20

20

19

/08

/20

20

19/

08/2

020

19/0

8/2

020

19/0

8/2

020

19/

08/2

020

19/

08/2020

0 N 0 N CO O O r

,

19/0

8/2

020

. 19/0

8/2

02

0

19/

08/2

020

TO

TA

L D

E DÍA

S

SIN

S

US

CR

IPC

IÓN

DE

C

ON

TR

AT

O

Cr)

143

143 CO Co)

143 el

"

N

.o

N

o".

N N N N

14

2

N

.

0 N-

VD 1,-

UD N-

r

1.0 1,-

CO r•--

UD N-

CO N.

UD N-

FE

CH

A D

E

RE

SP

UE

ST

A A

P

RE

IN FO

RM

E

26

/11

/20

20

26/1

1/2

020

26

/11/

2020

0 N O N r r 1 N 2

6/1

1. /2020

26

/ 11/

2020

N N

— r

N

00 00

00

N N r r

CNI 26/1

1/2

020

" 26

/11/2020

26/1

1/2

020

26/ 1

1/30

20

26/1

1/2

020

26/1

1/2

02

0

26/1

1/2

020

26/1

1/2

020

26

/11/

2020

26/1

1/2

020

26

/11

/202

0

26

/11

/20

20

i 2

6/ 1

1/2

020

0 N 0 N r r 0 N 2

6/1

1/2

02

0

FE

CH

A

SU

SC

RIP

CIÓ

N D

E

_CO

NT

RA

TO

, •

. Y

e •

I

FE

CH

A D

E

EN

TR

EGA

DE

EV

M C

LÍN

ICA

S

PR

IVA

DA

S

CYJ

N.

UD o

CO

N.

C.0 o

N

N-

UD o

N

N.

0 o

I

N

N.

CD o

N

N.

CD o

N

N.

o <1:/1,..

N

N.

o

00000000000000000 00-000000000000000 NNNNINNOJNNNNNNNNNN

000000 00000000000

CYI

N.

I: o

N

N.

N- o

N

N.

N.- o ,

N

N.

r-- o

d. •

N

N.

r-- o -

N

N.

r- - o

N

N.

I- - o

N

o o

(00

N

ro o 03/0

6/2

02

0 '

0 N 0 N 0 0 co o 0

3/0

6/2

020 0

N 0

(O 0 o o

CNN

0 N 0

(O 0 co o

0 N 0 N UD 0 co o

SE

RV

ICIO

DE

SA

LU

D • o 1 w c > v co„:

. ,D 'O .11. , •.<3 1 I 5

• 2 co E) ,..,c Y. o -,„ •-• Y i ' - cn4 1 , Y

1 ,

,1 NO

MB

RE

DE

CL

ÍNIC

A

- . . ni • • . •

E , 'E y U y

o

o O _ .5 -2

E o •

Z -

o co .- co cq o el co ,er o o co (o o N- oo CO mom a> o r o.> cy> O)

co O)

o- o in a> (o a> N. a> CO o a a> o ° r r ° r

c`i ° r

Page 56: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

DE

MO

RA

PO

R P

AR

TE

D

E LO

S SE

RV

ICIO

S D

E

SA

LU

D S

IN S

US

CR

IBIR

C

ON

TR

AT

O D

ES

DE

LA

TR

AN

SF

ER

NCIA

DE

D

OM

INIO

O co

O cn

cr) a•

cn cr)

c) cn

cr• cs>

,

a) a•

cn a•

cn cn

a) a•

0 r .

'

,

0 't r 1

40

er e-

000 er -

er e- '

140

I

er e-

00 es. -•• 1

40

o a ,.. 1

40

; •

I 140

FE

CH

A D

E

TR

AN

SF

ER

EN

CIA

D

E DO

MIN

IO

(t)

19/0

8/2

020

19/

08

/20

20

0 N O N ¿a O er) ,- 1

9/08

/20

20

1

9/0

8 /20

20

0 N O N CO O "a e- 19

/08

/2020

19/

08

/2020

0 N 0 IN

O

.--

00

. 0 N 0 N

O

T- 00000

0 N 0 N ÍZZ: O

000

0 N 0 N 1:-- O

0 N 0 N -IR O

09/ 9

7/2

020

09

/07

/20

20

N 0 ti N O o

N O

N O 0)

0000

0000

NN

1

N 0

i.--- o o

N 0 N

92 0)

09

/07/2

020 ,

Ir- N

0 N 0

as °° 000

• 0 N 0 N

a)

0 N 0 N

, o cn

. •

TO

TA

L DE

DÍA

S

SIN

S

US

CR

IPC

IÓN

DE

C

ON

TR

AT

O

-• GO r..- e-

O e- e-

I

ID N- r ,

ID e- r

el (DO r

el

r

CO 0 r

el N r

el CD r

en O r 1

75

LO N r 1

75

LO N. e- 1

75

Ill N ,.-

,

LO N. ....•

• •

I.0 N ,- .

17

5

N N ,-

tn N r

1r) N r

tr• N e-

\ F

EC

HA

DE

' R

ES

PU

ES

TA

A

PR

EIN

FO

RM

E

O N O

r

ZB N 2

6/1

1/2

020

, 26/1

1/2

020

26/

11/2

020 -

26

/11

/20

20

26/1

1/2

020

26

/11/2

020

o N 0 N

e- ia N '

26/1

1/2

02

0

O N 0 N

,-.

N 26/1

1/2

020

,26/

11/

2020

ta

O N 0

r

ej 26

/11

/2020

O N O N

r

co N

- 26

/11 /

20

20

26/1

1/2

02

0

26

/11

/20

20

26/1

1/ 2

020 ,

O N O N

r

"f0-ej

.• 26

/11

/20

20

26/

11/2

020

26/1

1/2

020

FE

CH

A

SU

SC

RIP

CIÓ

N D

E

CO

NT

RA

TO

.

... 1

.

r

,

.

,

:

,

-

'

,

FE

CH

A D

E

EN

TR

EG

A D

E.

EV

M C

LÍN

ICA

S

PR

IVA

DA

S 0

N O N ID 0 cn 0 0

3/0

6/2

02

0

N N ID

el

00 00

0.0

00

N N N

el 16

/06/2

020

16/

06

/202

0

, 16/0

6/2

020

16/

06/2

02

0

! 1

6/06

/2020

"

16

/06/

20

20

0 N 0 N (0

ti' 0

0 N 0 N ' Z.O.

et 0

0000

0 N 0 N CO

nt 0

0 N 0 N Z.0.-

'O" 0

,

04/

06

/2020 0

N 0 N CO

ezt 0

000

0 N 0 N ib."

'O' 0

0 N 0 N C.0

ni' O .0

4/0

6/2

020 4

0 " 0 ..„" 10 0 et O 9

4/0

6/2020

04/0

6/2

020

04/0

6/2

02

0 .

SE

RV

ICIO

DE

SA

LU

D

, 0 • 4. 0 C . -o 9 • .

r i , o í co 0

Z '

.

r ,

Serv

icio

de

, S

alu

d

Me

tro

po

lita

no

O

rient

e.

NO

MBR

E DE

CL

ÍNIC

A -

CO 0 , .- C 0 ,

= str) 0 = •

co t5 > 0 ° 0 O 2 •

C13 t CII •

" ' 0 as

t . 5 CC ' C

(.) •

Fu

ndaci

ón A

rtu

ro

pez P

ére

z.

n Z O

el nt O

N O

ID O

.N. O

CO 0.

0 O

O - r

e- e-

N r

t", ..-

, Id' ..-

Ltl e-

CO r

N 1.1.

CO 1.1

O r

0 N

r N

N N

i

el N

ert N

LO N

fr

Page 57: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

DE

MO

RA

PO

R P

AR

TE

D

E LO

S SE

RV

ICIO

S D

E

SA

LUD

SIN

SU

SC

RIB

IR

CO

NT

RA

TO

DE

SD

E L

A

TR

AN

SF

ER

NCIA

DE

D

OM

INIO

140

140

I

14

0 o

N' r .

140

,

,

11 r

00 Té .-- 1

40 o

vl r•

t

o 'e r

o 'Y r

o nt ..-

CI) O

O O

01 O

CD O)

FE

CH

A D

E

TR

AN

SF

ER

EN

CIA

D

E DO

MIN

IO

0 N 0 N r-

es ,

0 NI 0 IN. iz.

00000

00000 a)ca

0 N 0 CV r-

0 CV 0 NI 1-. cn

0 CV 0 CV izz en

d9/

07

/2020

09/

07

/20

20

0 N 0 NI r-

a 0

0 CV 0 N r-

-a 0

0 CV 0 CV r...

a 0

1 0

9/0

7/2

020

000 0

09

/07/

2020

19/0

8/2

0 20

19/0

8/2

020

0 N 0 01 .1

a - 19/0

8/2

020

TO

TA

L D

E DÍA

S

SIN

S

US

CR

IPC

IÓN

DE

• d

ON

TIR

ATO

LO N- --

in r-. r

cc N- r 1

75

Lei N- r

,

U) I--- r

N . 1--,- -

N

Lel N- r

LO N- r

O N r

e O N r 1

75

Ce/ un .-

en 10 .-

.

en LO ,- 1

53

.

FE

CH

A D

E

RE

SP

UE

ST

A A

P

RE

INF

OR

ME'

26/1

1/2

02

0

26/1

1/2

020

26/1

1/2

020

26/1

1/ 2

02

0

26

/11

/2020

00 CV 00 CV r

C.5 N

N

CV r

e l N 26

/11/

2020

26/1

1/2

02

0

0 cm o CV r

S CV

. 2

6/1

1/2

020

26

/11/2

020

26/1

1/2,0

20

26/1

1/2020

26/

1112

020

26/1

1/2

020

FE

CH

A

SU

SC

RIP

CIÓ

N D

E

CO

NT

RA

TO

,

'

FE

CH

A D

E

:

EN

TR

EG

A D

E

EV

M CL

INIC

AS

P

RIV

AD

AS

04/0

6/2

020

0

" 0 NI CD 0 'ir 0 0

4/0

6/2

02

0

04/

06/2

020

CO

mr

00 0101 00 0404

00

00

UD

nt 04/0

6/2

02

0

04/0

6/2

020

04/0

6/2

020 _

'

-0401

('4 UD 00 11

00

00

00

01 UD

4'

04/0

6/2

02

0 -

0

0 N CD 0 C0 CV

010401 0

O N UD 0 <0 (IN

0

0 N CD o CO

26/

06/2

020

SE

RV

ICIO

DE

S

AL

UD

\ .

' •

• 1 ,

. •

. ..‘" 1...

' ‘

NO

MB

RE

DE

C

LÍN

ICA

"

100 . . 64

5 .45 12

a > O O C -i t I D

Clínic

a S

an

C

arlo

s de

Apo

qu

ind

o U

C

_ .

. Z UD N .--

N. N/ r

00 N r

cn N r

o e0 r

.- el .--

cm el r

en eD r

mr 01 r

in Cl ,-

ro el r

r- 01 r

co CO r

ai CO r

o N' r

i- N' r

00 1:3 E

ti .0

E 2 _ 0 <O

.9c, C.)

O

o

0 0 04 0

0 /• 3 c. 0 = ro ar ti

O/ >. CO

0) .0 N CO t

i° CU -• 0

0 <O 0 C

',fz, cn 0.

0. O CD O

Ct CD 0 0 c 2 713 - Ti t o o

to CD O

o ° o o 'Do CO Dm 0 15 • O o f 2 o c - -0 0 5 2 a co

.: - 2W o 3 o c ro 5 3

3.-o_ Ui E . -‘15 co 2 - 7

'-• .40 C

° .ED 0 0• D• 'O

DIO

b 1 - .€j

m • 2' o. .0 E O b so :"E

11 , TÉ 'a a) 0.00 -o c

w o . ca 0 '0 NC0 CO is o '5

mi N C

43 CI) -

Cl..0 0 c 2-o

c d .0 z a c‘j se: 0U c0 :• 0 ir N

U O 13 c c in O a p u ft e- to 3 '

-0 0 2 — ci •_ -0- ,_,-0

r 1-1 00 -76 O

11. 0 ?•-..

4

Lo

z •

Page 58: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

5a-firaiN CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

I CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO UNIDAD DE AUDITORÍA 2 ,

ANEXO N°5 • e

EQUIPOS DE VENTILACIÓN MECÁNICA SIN UTILIZAR.,

• N°

NOMBRE DE

CLÍNICA MARCA MODELO •

, NÚMERO DE SERIE

1

FECHA DE RECEPCIÓN

FECHA DE DEVOLU-

CIÓN

DEVUELTO , A

1

Clinica Sanatorio Alemán

Aeonmed VG70 VG70(E)X72T11682 08/07/2020. 29/07/2020 Servicio de Salud

Concepción 2 Aeonmed VG70 ,VG70(E)XZZT10742 08/07/2020 29/07/2020 3 Aeonmed . VG70 VG70(E)XZ2T14533 08/07/2020 29/07/2020 4 Aeonmed VG70 VG70(E)XZZT13581 08/07/2020 29/07/2020 5 Aeonmed . , VG70 , VG70(E)X72T13480 - 08/07/2020' 29/07/2020 6

, ..

Clínica lndisa

'

Aecinmed VG70 VG70(E)X72T14772 06/07/2020 20/07/2020 _ •

Servicio de 'salud

Metropoli- tano •

Oriente •

.

.,

7 Aeonmed VG70 VG70(E)X72T13706 06/07/2020 20/07/2020 8 Aeonmed VG70 VG70(E)XZZT13568 06/07/2020 20/07/2020 9 Aeonmed VG70 V070(E)X7_ZT13870 06/07/2020 20/07/2020

10 Aeonmed VG70 VG70(E)XZZT14981 06/07/2020 '20/07/2020 11 Aeonmed VG70 VG70(E)XZZT11905 06/07/2020 20/07/2020 12 . Aeonmed VG70 VG70(E)XZZT13464 06/07/2020 20/07/2020 13 Aeonmed VG70 • VG70(E)XZ2T13709 06/07/2020 20/07/2020 14 Aeonmed VG70 VG70(E)X22T16823 07/07/2020 20/07/2020 15 Aeonmed VG70 VG70(E)X22T17027 07/07/2020 20/07/2020 16 Aeonmed V070 VG70(E)X22T16957 07/07/2020 20/07/2020 17 Aeonmed VG70 VG70(E)X22T17045 07/07/2020 20/07/2020

- 18 Aeonmed VG70 VG70(E)X22T16942 07/07/2020- 20/07/2020 19 Aeonmed VG70 , VG70(E)X22T15576' ' 07/07/2020 -20/07/2020 20 Aeonmed V070 VG70(E)X22T14765 07/07/2020 20/07/2020 21 Aeonmed VG70 VG70(E)X22T16949 07/07/2020 20/07/2020 22 •

Cínica Las Condes

.

Air Liquide .Monnal 175 MT75-08181 03/06/2020

Sin devolver

Sin uso al 01/09/2020'

23 Air Liquide Monnal 175 MT75-08183 d 03/06/2020 24 Air Liquide Monnal T75 MT75-08178 03/06/2020 25 Air Liquide Monnal T75 MT75-08194 03/06/2020 26 Air Liquide Mo'nnal 175 MT75-08180 03/06/2020

Sin devolver

Sin uso al 01/09/2020

27 Air Liquide Monnal T75 MT75-08171 03/06/2020 28 Air liquide Monnal T75 MT75-08172 03/06/2020 29 Air Liquide Monnal 175 MT75-08170 03/06/2020

Fuente: Correos electrónicos del Gerente de Administración y Finanzas de la Clínica Sanatorio Alemán, de 28 de julio de 2020; del Jefe de Departamento de Equipos Médicos de Clínica Indisa, de 20 del mismo mes y apio; y del Subdirector Médico de Clínica Las Condes, de 1 de septiembre de esa anualidad.

56

Page 59: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

1.

LL.I , al

w° 0 Oc‘ - wOLurt'DzOW--- <ww0..Jo05: 1-1:175<<<CILL- 0 C9oczor I- 2 w w a. •

_ O u)

cr o b- o .-- ,.j

Cr o r•-• a ,- - .

00000

TI' O N-

-a) .--

,11- co N- o)

f:,

nr op N- co .-j 2

.948.6

08

I

2.9

48.6

08

0 IR co .4- cr) c‘I 3

.45

8. 9

44 I

3.4

58

.944

2.1

54.7

52

O ,n• o N. co o 56

7. 0

40 n-o

O Zr-) c0 N

r

0<

<0 00

-- ..- NNINNIN

.-- - ,- pi O 52

N O

.

,- CO n- CO 38

. 0 -• 0 r ,- O

TO

TA

L D

E

ING

RE

SO

S SIN

P

ER

CI B

IR

CA

LCU

LAD

O EN

P

RE

INF

OR

ME

DE

O

BS

ER

VA

CI O

NE

S 0

o Ti n

.22 2 0 o TI: el

I

0 o TI e)

_

1.1

34.0

80

0 co o Ti n

1.2

47.4

88

- 1

.24

7.4

88

. ' 1.2

47

.48

8

1.4

17. 6

00

1.41

7.600

o lo N: ..-- ,_

000 0 (O N: ..- r

0 (O N: ,--. .

,

‘1- 0 r•• d o .

.

• W> ZOCO

a ...i . ,

U) U) (I) CI) .

C) , ,

0 ) z u)

ON

NO

4

O Z N

O

SI

, e - ,

W < E 1- z en 5 -o < w

- • W (.0 Ct N 'a I-I- W C-)

Cr _

0

0 09

0

0 E I el

00000 NNNNN NNNNN 0

O 15 o

0

1-Z. 0 a r)

0

I-Z. 0 a). • en 3

0/0

7/20

20 o

N o N R. o o n • ,

3

0/0

7/2

020

03

/08

/20

20

N N .5-3 o 0

N NI o

g.') O

00000 00000

00000

• N N 0 'en- o

N N o en. o

NI N 1--.) ni. o

, Z C o O

2

¢5 < < ip>00 W o w _ > u- > 0 -1 E2

- w ,0 O. .0

0 N o N o cn cu 29

/07/

20

20.

0 2 NI ñ o o) I NI 29

/07/

2020

o " 0 N N. o o) N , 31

/07/

2020

o N O N ñ .- O 22

o N O N ñ .-- el '

' ,

o N O N ñ o a tn

LIJ < u) LO

e < < < W > (.) 0 "

W Z o „.-1 ct wW.WW

0 0 N

o '0

NN 0 0 N

o O 22222

0 NI 0 N

o O

oN 0

O N

o O

NN O 0 N

o O .09/

06/2

020

09

/06

/20

20'

09/0

6/20

20

03/0

6/20

2 0

NI 0 N

Cr/ O

000

222

O N

CO N

N 0 N

TI- N

L24

/07/

2020

o N O rm O 0) O

, Z r <

= 0 Ni O 0 ° • w - Z

u.. O O

09/0

7/20

20

09/0

7 /20

20 O N

Ni N- O

o

00 O N N h- O

o 09/0

7 /2

620

ti- W ;

I ---.

09/0

7/20

20 0 N

O N N- O a o

0 N O N N- O o) o '

0 N N N- O o) o o

000 0 N NI l•- O cr) 0.

0 N N N- O all o 09

/07/

2020

09/

07/2

020 0 N

O N N-0 - o

O O O - D O e __I < ..

° 5 < 5

O w w to . 0 0 <

, o) c

:O -o ti o a .D ro 8 k cn c o

o , • Ser

vic i

o d

e S

alu

d Li

bert

ado

r G

ener

al •

Be

rna

rdo

O'H

iggi

ns

, o 0 C -o o

-0 - `O•

1'3 To 0- o •-•

en o

2 .

0 a W o 0 .2 2 11 • ___,0 ° Z

-,

. w o

5tc . '

,•-

Cn ,

o o

E ''," = E .. o -

y p_ 76 To o

. 2 CO tu o O_ ( C

línic

a D

ávi

la

N ol ! :/ '

, 44 N. co a) 1° ." Ni

en "4.

Page 60: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

o <

7-1 5 CO < 'D O- w W cc 5

< N 1.=

Lu d'E o H

< w

W w z -J CP

2c( 12 0 O á

Lc9 < -J'2 o

i— z

2 8

,

W W

Lu ° O 0 C‘

<Lutu -5_imot..3:

ocgocccor -, w

H z w w a_

- 0 U) .,

2.8

91

.904

O 0).

m cio pi

0 a)

0) o pi

'rt 0 0? r 0) in pi 2

.89

1.9

04

2.8

91

.904

'el 0 0.?

0) co pi 2

.551. .6

80

I

o.

CO O. r u, in pi 2

.55

1.6

80 I

0 OD O.

in

pi 3.7

42

.46

4 I

CP (O .4.. N rí

ce.; , in

CP (O .11.. N ' a

ei 3.7

42

.464

I

irr 0 .4.. " a

,, 3.7

42

.464

Ct ft , ' O <

1 CL r

<o 17)

" 51

,- w 51

'

,-- UD

1

r LO

r II)

N nr

1

N TI' 4

5

LO TI'

(O 10

(O ID

(O N

,

LO (O

<0 N

C.0 0

TO

TA

L D

E

ING

RE

SO

S SIN

P

ER

CIB

IR

CA

LC

ULAD

O EN

P

RE

INF

OR

ME

DE

O

BS

ER

VA

CI O

NE

S "

nr 03 N d 0) - -

ni. CO t.- d a r-

er CO in cl o -- -

ni- CO n ci O r•

cr CO n d 03 r - .1

.190

.784

a CO rn ci 0)

- T- •

.

03 03 "ir n CP ni .•

1.2

47.4

88

oc in "*. n

CV - 1 .24

7.4

é8

1

cr cr en r.

o Ñ 2

.041.34

41

rt Ti- N H

ni

cr Ti- to H -

ni.

,,

0000

Ti- cc H

ni

CP nr cc -:

Ni.

• Z

/ 60 > - w o

3 CT)

-

(7) , Y) (7)

(7) & 5 Y)

'

E 5 FO (7) SI

NO

NO

O z N

O

O z N

O

< , w < cc O I-- Z

C° 5•0 < w .-.

W 0 CL N LL W 5 , cl .

o NI o N CO O Cr o 04

/08/

2020

040/

8/2

020

04/

08/2

020

04/

08/

2020

. o 04 O CV 0-r3

I* . 222

o N 0 • N • C-1-3

cr o

oc N 0 N C1-0

cl' - 14)0

8/20

20

14/

08/2

020 o

N 0 N 13.5 O CP . 1-- 14

/08/

202 0

14/0

8/20

2 0

14/

08/2

020

- 14

/08/

20

20

,

14/0

8/2

020 o

CV O N CO o CP 7

z 0' co co

2

a5 < < 0 -I W '2 ....‹ W O W - --- i'L > L.3 ci E

111 ° a.

O '

o N 0

17-3 O

Col .

o CV 0

-1`: O

CO 00150

o N O

'R. O

N •

o CV O

N- O

Cel

CVNNNN

o N./ O

N o

N 000

o N O

N. o

N

o N o

Ft o

CO 31/0

7/20

20

- 31/

07/2

020

31/

07/2

020, o

cm o N

o r CO I

17,7.

,

tu < o co 0 CV < Z

LD < < W > 0 0 i 0C 111 c-, < 1.) I- W ±. LuZ0 -1C1

U_ W O a

o ni 0 N (O O o O

o 0 N 1.8 0 a 0

N 0 N co 0 a 0

00 CV 0 CV co 0 a 0

, 09

/06

/202

0 o N O CV to

a) 22 00

o Pi O N o

O 16/

0612

029

o N 0 N .(.1 o UD r 1

6/0

6/20

20' I

16/0

6/29

20 I

N N C.0

cri

000

000

000

000

CV N C.0

a

CV N C.0

a

09/0

6/20

20

00 N 00 CV (O 22 CY) 00

N CV (O

0)

ci 17,

ct ,- , < 0• i C‘i

0 0 ° --

U- CP .- o

o o N N- O 0 o

C.)

04r9 o o N

O o, o 0

9/0

7/20

20

O CV o N

0 O) o

O N tO N

0 0) o

O CV 0 N

o 0) o

O CV 0 CV

ab". o 09/0

7/2

020 I

: 0

9/0

7/2

020

090/

7/2

020

• 0 CV N

0

O N N

53

O N N

a)

000000

000000

'0 N N

a

00 CV N

a

N N

a

09/0

7/20

20

000 - n o

cl to .6 , , ID W u)

(/) 0 <

c o o ,

, ro a Oe U) 2 Z O r

U) ° 2 •

* o c 03 <O c

O 132 -='c 03 '

e 'c ro a O

O "Cri O 2 •

w 0 < rn - m a

z

. 1

, 4 , . ,

a c• o

...= , . 3 c

.c t) 5 ' _

Z in ,-

CO .-

P-- -•

00 ' .-

CO r

0 N

r N

CV CV

N CV

ct N

N CV

CO N

N- 'N

CO CV

0) 0 CV CO

.-- NI

Page 61: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

o < o

z al o_ w w

< < CV _1 < W

O A O b•

cc C1 H W <

W W Z O w z o

O P-< • 5 2

fr < 'E

< CC -I I— Z F-

z 0 O •

W w LO 0 w CC 0 0 -1 00< - _1 U) LU D cC O CI3 •-• aww5_103 05: I- 5., o 5 a < a rs tr Owo cr n)/ -)W I- Z w _ O (./)

LO r oi UD 0 en

0000

(0 r oi Cli 0 ei

LO r oi CP 0 vi

VD r Pi 0 .0 cti 2

.77

8.4

96

I

2.7

78.4

96

2.9

48

.608

o) 03 N r•••• oi

0N

3.3

45.5

36

I

3.3

45.5

36

r en in o n

00

3.0

05.3

121

"

3.0

05.3

12

N ene) in o ene)

N

in 0 o

3.7

42.4

64

I

3.7

42.4

64

O

CC rc O

CO te. <0 E o

vt LO'

. N- U)) '

vt O

,

Ver vi 4

9

0), vt 1r)

,

0) nr O) u) Nen 0) in

.

- CO u, cv) in

. col In In en in

9 ,

LO co o cD

$ _

TO

TA

L D

E '

ING

RE

SO

S SIN

PE

RC

IBIR

'

CA

LC

UL

AD

O EN

P

RE

INF

OR

ME

DE

O

BS

ER

VA

CIO

NE

S r-

el N N o

_ 1.0

77.3

76

1.0

77.3

76

1.0

77.3

76

1.0

77.3

76 Lo co

1.0

77.3

76

1.2

47

.48

8

1.0

77.3

76

1.6

44.4

16

- vt. N- ni- 0. r

r

co Ni ei), vi ' r co. r 1

.81

4.5

28

1.8

14

.528

'1.8

14

.528

1.8

14.5

28 co

N en vi

orz". r

t

ci N en ni °S r

, . Z 0 O > Lie (-)

' 0 -J

(7) SI.

. Y) C7)

i

(75

Vi

7.

0•

ON ON

- co 0 i

NO

0 Z

ON

* N

O' O

N

ON

Z NO

ON

< 1 W < E

i- z ca< 0 < w

W w CC NJ .-

CC

• •

o N 00

R... O r en

o N

t... O r

ten 31/

07T

20

20

o N 0

N. 2, r ,r)

. 3

1/07

/20

20

31

/07/2

020 o

N 0

. 1: O r en

1 o CV 0

I: O .- 0) .

• o 01 0

OD O N O 0

7/0

8/2

020

10/

08

/2020 '

10/

08

/262- 0

10/0

8/2

020'

o N 0

13 0 0 ..- 10/

08

/202

0 .

10/

08/2

020

10/0

8/2

020-

Z -0 to (.0

a 5 2 < < 0_J w 2 ,< U- > 0 -I E

W o a.

N O

rz-.it. cc N _

N Ce

ro N

N 0

r- co CV

000000

22222 9

N O

N. co • N

N 0

N co 'N

0J , 0

N

co N

28/0

7/2

02

0 •

' W < U) (/) 2 < (.9 < <W>DO 1 Cr w 2 < (-1 I- W -a. W 2 0 -I C‘ U_ W O Cl_

e

O N N co N-

00

22

00

0 N N co vt

04/0

6/2

020 I

0 01 0 N (O

N' 222

000

0 til 0 N CD

en

0 N O N 0

Pi

09/0

6/2

02

0

09/0

6/2

020

0 N N (O

! 00 a)

00

00

0 N

' Ot

en 18/

06

/20

20

(O (.1

18/0

6/2020

0 N 0 N 0 on r 1

8/0

6/2020

18/

06

/20

20

0 N 0 CN ZD Ce

.14) 00

0 N 0 N (O O en

*

ci T.;

..,- z O evi • 00 0 U- (2 4 u. r

,

09

/07

/2020 I

o iN o N N O o) o 0

9/0

7/2

020 o oi

,01' N 0 o) o 0

9/0

7/2

020

0 N N 0 o) o 0

9/0

7/2

020

0 00.

09/0

7/2

020

ej. N

09

/07

/20

20

09/0

7/2

02

0 oo

09/0

7/2

02

0

N r.... 0 o) o

CV N r.- 0 o) o 0

9/0

7/2

0.20

09

/07

/20

20

N

N- 0 o) o

00 CV

N N O a) o

..

000 -,0

CC ti) O w LU w

.

0 O <i

o c e o

O ti, _2 o

0 713 015 • e0 C.0 2 co

Ser,v

icio

de

Sa

lud

M

etro

po

litano

Su

r O

riente

d) c <2

'5 2 o 1:1 =a Z

a co 2 I' U) CI

' W

w 0 < ,.

(.)

2 -1 0 ( 2 1

-..

• o

5 z c 0. 0 0) • C

línic

a

Vesp

ucio

Mutu

al d

e

Se

gu

rid

ad ro

en u) o r 2 5 'E w (7.) -

. Z

CV en .

CO n N- . en en en CO n

,

N- en CO n • 0) en 0 nr

r nr N nt el

.., 'Y 't

ea ni- ni- (0 N. nr 00 -nr

e

Page 62: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

W LU W (1) 0 O 0 O -I o o <-

00ucc enz W

— u) o

3.85

5.87

21

3.85

5.87

21

cv N. «I w w

3.85

5.87

21

nr a al co w

'cei 3.45

8.94

41

a a o (0 w el

cr a o (0 w 0 3.

458.

944

1 3.

458.

9 44

1

3.11

8.72

01

oi r•- 0

O

1,

N t••• cd

0

00 0 0 N r•- O e 0

N/ r•-• cd

ri 3.11

8.72

01

2.66

5.08

81

2.66

5.08

81

2.66

5.08

81

co o wi (0 o oi

cr it O o) <0 '

,

1

1 68

un ID 68

co N

— CO

— cD

- e c0

— CO

— CD

e CO

u) LO

4 55

55 u)

in u) 0

u) 0

N. yr

N-nt

1

47

47

TO

TA

L D

E

ING

RE

SOS

SIN

' P

ER

CIB

IR

CA

LCU

LAD

O E

N

PR

EIN

FO

RM

E D

E

OB

SE

RV

AC

ION

ES

1.8

14. 5

28

0 N N nl: ..-.

0 N al, nl:

0D

1.8

14.5

28

N Ln 4 e

COCO

, 1.

814

.528

N in 4

03 N in 4 03.

,

1.81

4.52

81

- 1.

814.

528

1

CO N UD 4 e °:!

1

CO N N 4 °3

0 N LO 4 03.

,

1.8

14.5

281

N 4

e.

u") 4

)

.

' 000000

u) ci

03030003a) NNNNNN

Ln ,cr

r ,

in ni

' N cl: -

-

' 2 00 • > - W ° O D _1 ,

,

NO

0 `Z

0 Z

0 Z

0 Z

0 Z

0 Z

. 0 Z N

O

0 Z N

O.

-

0 Z .

0 Z N

O

O Z

, t .

O Z ,

O Z

O Z

1 O

N

0 Z

'

< . W < 2 01- a• a < U) 2 O ZD=0.t...... O o_ O <

U- W r) C1 ,,_

10

/08/

2020

o N o N co o

.- 10/0

8 /20

20 .

10/0

8/20

20

10/0

8/20

20 o

N

co O

-.-

00 N N 03 0

,--

oo

10/0

8/20

20

-

N N .:0 o e

. , 10

/08/

2020

10/0

8/20

20

0 00

10/0

8/20

20

10/0

8 /20

20

10/0

8/20

20

10/0

8/20

20 o

CV N 0- o

o N N 0 o

10/0

8/20

20

10/0

8/20

20

10/0

8/20

20

• ,

.

.. Z 0 o) O

r D > o o wow— -- U- > O -/ E w u o. o

• c.)_,IDE_,<

-

.

-

'

tii < Ch 0 0 2 < c9 < <W>(..10 I C1 LU E < (.1 1- 11.1•-, k w z .z) -,“ cc

03/0

6/2

02

0

03

/06

/2020

OO N 0 N O 00 .-7, O

N O N tO

en O 10

/06/

2020

10

/06

/20

2- 0 O

N o cm (O o o e 10

/06/

2020

N o N UD

a

°°

00 ee

N o N • UD

al 16/0

6/20

20

O N O N U:i

o r"

00

O N O N CO

o "-- 16

/06 /

202

0 16

/06/

2020

, O N

N UD o w r 24

/06 /

2020

24

/06 /

2020

O N N VD o 4 N

Co 0 N N <0 o Zt N

á 7, ct —

z •-• " O O ° w — Z . u_

T_ U .,-- ,-t L ..- O U o

09/

07/2

020

' o N o N N. o

i•Ø) o

o N o N N o o) o 0

9/0

7/2

02

0

o N o " N. o O) o 0

9/07/2

020 o N o N R.. 5.;..' o)

09

/07

/20

20

• _

09

/07/2

020

N N N o O)

N N N- o a>

00000 00000

00000

Ni N N- o o)

cm

N R.-. o á)

N N- o á) .

('IiN

09/0

7/2

02

0 -

N t.-

O) F°

000 000

000

N N N. O)

N N izr- á) o -0

9/07

/202

0 o N o N N. o á o

000 - D 0

Cl en o 0 0 < (,)

. o O c 'O m_

76 a c E 0 2 °

I ' 2 I (1)

. o

'0 ai ,

,.....• •„- , \ C

li 1 0 2 11

2 ' , . W .

< w u

O ° Z

, 1 . u

tu .. , , 1 .E=

á t. 1 =

-c0 tn . • r . "

Z 01 ,t

O N

r U)

N U,

en to cl" in

., to w O o N. o O01 to w O

CD ,

.-- 0

N CO

n tO

cf CO

- . 11, c.0

(O N (.0 aD

CO co

o

Page 63: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

W W °) 0 O C1

<WW(7.)_10ÜL3: I- Cr z 5 < < < z ?-• 00actoi-, w

o

5.4

43

.584:

5.4

43

.584

5.4

43.5

84

-a o in

vl• tri 5

.44

3.5

841

5.4

43

. 584

o 'Ir w Lci

It) cei

o nt lo Lri

<11 rei 3

.515.6

48 1

3.5

15.6

48

79

3.85

6

793.8

56

cc

, 7

93

.8561

79

3.8

56

79

3.8

56

79

3.8

56

o

737

.152

1

737.1

52

73

7.1

52

cw O T- r•• rn N-

X cc 0< a cc r

< O t O 0

<O

I

<O

f

ID UD CO UD cncnocnoczuDcocoupw-..-,- .-

CV N N N vl• -ft "cr vt 14

nt•

r

14

e•

o

£1 1

3

-

ry)

TO

TA

L D

E

ING

RE

SO

S S

IN

PE

RC

IBIR

C

ALC

UL

AD

O E

N

PR

EIN

FO

RM

E D

E

OB

SE

RV

AC

ION

ES

O N O VI

CO.

MI N LO vi

1°.

" i

1 .814 .52

81

1.8

14.5

28

GO N u, ••2:

°S.

• 1

.814.5

28

1

03 N Lb R1:

</.

-

O N LO •••1:

°°.

- 1

.814.5

28 1

<O

In -4: CÓ 6

23

.74

41

vt- N ei NI <O

- 6

23

. 744

623.7

44

N

623. 7

44

623. 7

44

623. 7

44,

623

.744

i

623.7

44

nr

N ei CV <O 6

23. 7

44

623

.744

6 Z .

D ' J

0

NO

1

0 0

I

0

NO

1

0

1 O

N

0

1 O

N

' ,

< , 111 < E O H 2

20DON-- 0 D. 0 < W (0 CL NV .

IX

10/0

8/2

02

0

10/0

8/2

020

,

10/0

8/202

0

10/0

8/202

0

10/0

8/2

020

10/0

8/2

020

1 10

/08 /

20

20

,

101

0812

020

-.-

00 N 00

00 22 00

N

o

17/0

8/2

02

0

00 N 00 NI In- 22 N

N

13

17/0

8/202

0

17

/08/

2020

17/0

8/2

020

CV

17/0

8/202

0

17

/08/

2020

17/0

8/2

020

17/

08/2

020

17/

08

/20

20

o N 0 N

O

a, • ' .0 0 V)

< 7,) Z < < N

I n > c) 0 0 _1 LIJ 2 < W 0 uj_ >

E w 0 a o

.

" •

...,

. . t

,

. . '

o N O N ir-

N 00

o N O N N-

N

2222

NI 0 N N-

o N

00 N O N N-

o N '

20/0

7/2

020

20

/07/2

020

0 N 0 c.9 N. O o CV 20

/07/

202

0

0

0 cm N-- O o N 2

0/0

7/2

020

O/ ej

20

/07/

2020

0

o CV <---- O o N

Lii < U) en O< 2 " O < <W>0 0 .

wzo -J E u_ III 0 ti 0

6/0

5/2020 1

N O N In O cc

00

00

N 0 N u) O

06/0

5/2020 1

N O

LO

camomo)

N O

W)

0000

NNNN

0000

0000

N O

<1:1

<N 0

UD

09/0

6/2

020

00 CV 0 N <O

a 00

CV O CV N-

co

0 222

06/0

7/2

020

N 0 N t---"

..0

00

00

CV 0 CV 1."-":

o

06/

07 /

20

20

06/0

7/20

20

06/

07/2

020

N

N NZ

CO

000 000

222 000

N

N r-Z.

N-

N

N r-Z.

N.

07/

07

/2020

o N 0 N N. o N o

< CO Cr

m ni .

,..--. Z 111.s

o

N

N

O 0

LL '="

00 CV

N

O 0 0

9/07

/2020

CV

O 0

00 N

O 0

NNNN

CV

O 0

00

o N

O a 0

9/0

7/20

20

00 0

o N 0 N

O a• 0

CV 0 N

"ai 0

000

000

Ni 0 N

a 0

N O N

o 0 09

/07

/20

20

091

07/2

02. 0

0

9/0

7/2

020

09/

07/2

020

09/

07/

2020 1

O N O N

0 0, 0 0

9/0

7/2

020

09/

07/2

020 0

N O N

o a, 0 0

9/0

7/2

020,

• 000

- o o 0 _I < , 5 < 5 , i: (I) O W W u) .

+' (1) 0 <

. 0 • -. -0 0 =,

-•

. - c .3 ..... .2 Tu a C ? 0 2 A' • a) .... ....• U) a

, :O

• ? 0 c) ..-

CO

0 . ril o

2 •-,I- y 0 2

• us J 0< W 0

z cc - •

Z +

1 -1 .

D 9 w• o 5

X -o E ,

3 •iisc t

E U) a) ¡E

.< CO o

c -

3 1 .- E = U

i c2 UD N

mornitt N- N. N N N N.

- •

nrinor.-cocnor r-- N N- c0 CO 00

r

Neo oD

-a <O

in c0

<0 CO <O c0

NoDCDCD 03 CD

n--

Page 64: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

W W w u) OO W 0 0 -I o o < -

I- cc 0 5 a < < cc.:- 00acc O/ w

. - W

• . 0

73

7.1

52 1

737.1

52

1

737.1

52 1

(.1 LO r N: ro

0 ID c-, en o vi

0 (O sv) en o ui

0 (O sn en o

vi

O 1.0 rei re; o

vi

,

O C.0 CO Ce; o

vi

.

0 tO el te; o vi ,

0 CO e) r; o vi \

5.1

03.3

60

1

4.0

82

.68

8 1

4.0

82.6

88

1

4.0

82.6

88

1

N co o

3.3

45.5

36 1

ni

3.3

45.5

36 1

3.3

45.5

36

1

CO ce) vi u, nt o en 3

.345. 5

36

1

0 ro up vi nr el ri

0< 0- CC r

< o 5 o

.,

. /

tr) r

4

01 r

Cfl r•

EL

,

0 03

0 0)

0 O

0 0)

0 CD

0 01

0 0)

0

72

4 t CV N.

N N.

N N-

0) W) .

03 0 5

9

1

59

_

59

1

O 0

TO

TA

L D

E

ING

RE

SO

S SIN

P

ER

CIB

IR

CA

LC

ULA

DO

EN

P

RE

INF

OR

ME

DE

O

BS

ER

VA

CIO

NE

S

62

3. 7

44

623. 7

44

62

3.7

44

62

3. 7

44

O CV (.0 O

3.0

62.0

16

to N UD

en

up CV O

en

CD

N (0

ni

000000

000000

W

N 10

ri

0

N UD

ei

C.0

CV

.

2.0

41

.344 1

ei

2.0

41.3

44

1

2.0

41. 3

44

1

2.0

41

.34

4j

c.0

ei

2.0

41.3

44

1

2.0

41.3

44

2.0

41.3

44

2.0

41.3

44

2.0

41.

44

F

n

0

• .2• 00

w O O 0 _i

(7) .

(7) ti) •

c7i ON

0 Z

0 Z

0 Z N

O

O Z

O z

ON

0 0 0 0 ZZZZZzzz

1

0 0 4 0 0

NO

1 I

O

N

.2 w .rx = •

1- .....cc z < w ......

w o el N u w 5 CC

o CV 0 N la o N. r 1

7/0

8/2

020

17/

08/2

020 '

17/0

8/2

020 0

303/6

0/1. O

o cg o os al o -• o 0

1/0

9/2

020

o r.1 o os a o 0 0

1/0

9/2

020

01/0

9/2020 o

N o N co o

01

/09/2

020

- 1

4/0

8/2

02

0

.14/0

8/2

020

o

.14

/08 /

20

20

o CV N a 00

22

o N N o

14

/08/

2020

. o CV 0 N a o

14/0

8/2

02 0

14

/68/2

02

0

' 14/0

8/2

020

, Z O o u) < 5 2 < <

2D>Q0 w o w ._?.. > 11- > O -J E tu o a.

0 ,

20/0

7/2

020

N O N "R

o N

00

00

N O N

o N 2

0/0

7/2

020

. N.

• •

/

,

• •

0 0 O O 2 < <

F w a > wzo-IE U- W 0 CL

N 0 N

t-

00

2° 00

N o CV

N

07/0

7/2

020

07/0

7/2

62

0.

0 c4r 0 CV 10 O en 0 0

3/0

6/2

020 W •C

N N 0 N 40 O t•4 0

0 .00 CV .0 CV O O en 0

CV' 0 N tO O en 0 03/0

6/2

020 1

0 N O N la O

0 r,0,

0 CV 0 CV co O

0

0 CV 0 CV to O - a 0 0

3/0

6/2

020 1

N 0 N to Ce/

00

2° 00

N O N 0

Ce> 16/0

6 /2020 1

CV N (0

r

00 00

22 (00

N (0

,-- 16

/06/

20

201

16/0

6 /2

02

0 [

O N 0 Ni UD O 0 1-

.

ai rr.) CI 1-

< 0 • X N 00 0 w - Z •

1 - O U

,

1 09

/07

/20

20

0 N

N N. o a

000

0-0

0 N ,C,4,_1 N. o O

0 N N V.: o O> O 0

9/07

/20

20

09

/07/2

02

0

N

N- o o 0

00 00

N

N- o o ,0 0

9 707

/2020

00 CV 00 N R.: O - 0 0

N N N. 0 - cn 0 0

9/0

7/2

020

09

/07/

2620

0 N 0 N R O m o 0

9/0

7 /2020 0

N 0 N N. .0 a o 0

9/0

7 /2020

09

/07

/2020

0 N 0 ni R O 03 o 0

9/0

7/2

020

0 N O N r- 0 a o 0

9/0

7/2

02

0

000 - U _.s c 5 < ()- cl U)0 w w o 0 0 <

-cc , ,

e o c -o so 0 O 1:5 - ••-• '5 2 73 14 -- .

co 2 c z 0.. ' u) 4 O • . 2 , e

.. I

W O < w o X - 2 -' 00

,

s Z .

1

_ • 1 to

ca • , _r 2

'a o t • •

- Ci U

.

r ro 5.3 E I. . (.7) 1, _ os te: , > 0 O u J Z

• (k

,_ t.,J u., yr a, to a, o a, ,

,.., o •

°o, o o .-. o N o in o nt O

U)0 0 O

N- 0 1.

CO O

C) O

0 r •

r r•-• •

N ,- ..."

fr-

Page 65: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

• LW

W (0 0 W O Cr

--i ca w Dca0m^ <WW-6_1m05: 1-205<<<Crt-• 0(Do cc o r w ,

0

3.1

18.7

20

1

N N OS r

el

000 N N 0 r

ri

N N OS r

ri 3.1

18.7

20

3.1

18.7

20

O N N O r

O 3.1

18.7

20

0 CV N cd r

en 3.1

18.7

20

3.2

88

.83

2

3.2

88

.832

N el 0 o co N en 3

.28

8.8

32

N e) 00 O co N O

.

CO <O r O o N O

CO (O r ai en N rn 3

.96

9.2

80

00 00 N O co 0)0) ene)

00 N ai (Cr

3.9

69

.280

tt cl

< 0 -

55

in Ill

in in 5

5

0 LO

N (C) 5

5

in In

In In

; Ul I.0 5

8

00 W)

O ul 5

8

I -

CO LO

N (O

e- UD

OL

70

,

0 N-

0 N ,

• TO

TA

L D

E

ING

RES

OS

SIN

P

ER

CIB

IR

CA

LC

UL A

DO

EN

P

RE

INF

OR

ME

DE

O

BS

ER

VA

CIO

NE

S o

CO

Ti o

o 00 o cl: r)

,

o CO o iri el

1

CO o cl: e/

0 o, cl- el

03 o -..: el

.

0 o ni: e)

.

0 o .11. rl

0 o ni r)

..

0o 000000ONNNNNNN

0

rct el

0

rrl: 0 el

03)

ni 0 ce)

cn

zi 0 e)

cn ni 0 r)

a)

ei 0 el

a>

ii 0 e)

.

Ti 0 el

1.9

84.6

40

1.9

8 4.6

40

1.9

8 4.6

40

1

1.9

8 4.6

40

Z 0

. 0

w U 0 D J

0

.,

0 0 0 0

0 0 0 0 0 ZZZZZZZZZZ etinCnn ZZZZZZ

- - - .. - - 0 0 0

0 0 0

,

< r W er E ,

0 I- Z 50' a w

u a_ U < w co Cr r%1 LL W 5

Cr "

' o o N-: o 01

o o N--: o 0

o o 1: o 0

'NC•INNNNN

NNNNNNN

NNNNNNN

o o N: o 01

o o Ir. o O

o It: o 0

00 •

o Ir- o 0)

. 291

07/2

020

:1

29/

07/ 2

020

I

o N .0 N iz: o Cr/ N

o N o N ozi o 0 r 1

0/0

8/2

020

10/0

8/2

020

10/0

8/202

0

10/0

8/20

20

10/0

8/2

020

10

/08/

2020

13/

08

/2020

13/

08/2

0 20'

13/

08

/20

20

b N o CM 15 o (...,3

Z 0 u) c0

2 <5< < 2D>U0 t.) -I W 2 .....0 W 0 W - --

w 0 a. o

' • ' '

, ' • •

" '

• •

- • .

'

. o

01/0

8/2

020'

. 01/

08/2

020

cm o N

O

S

I

01/

08/2

020 o N O eg

O

ó

'

'

.

' "

W< LO CI) o< 2 < <W>U0 z CC LL ci, 'S

w Z o -IE U_ W (-) Cl_

,

0 N O N co ,:r 0 04

/06/

2020

04/0

6/2

020 1

9 999

0 4/0

6/2020 1

N O N co -e 0

000 N O N o

nr 0

N O N UD

irt 0 0

4/0

6/2

02

0

0 N 0 N O O el" 0 04

/06/2

020

N O N ID

Cr

00

00

00

N O N tO

vl

04/0

6/2020

O

O N

N ID O nt 0 0 4

/06/

2020

04/0

6/20

20

N 0 N 0

<1'

00

00

00

N 0 N (O

NI

04

/06/

20

20

N O N (0

nt

0 0

00

00

N O N (0

ni'

.c,- 0i z N U O , w - Z

u. O0

.y- •

1

09/

07/2

020

09/

07/2

020

N

N N. Cr a

00

00

N

N N.

1

ooo

0O

09

/07

/20

20

o N

N N

cr) o

1 0

9/07

/20

20

1

09

/07

/20

20

oN N N:: O cn o 0

9/07/2

020

ooo m (NI N

O

00

99 00

N

N N.

0)

1 0

9/07

/202

0

09/0

7/2

020

o N

N N- 0 21-1 0

. 09

/07 /

2020

ooo N

N e-

Cr

00

00

00

N

N N

a

09/0

7/2

020

09/0

7 /2020 o m o

N N 0 a> 0

000

5 < 5 c‘ o o co 0 <

o o • V (13 o

.k. "• 8 o ? u> 2 ,--.•-• cn o

- 1 2 ' I ,

C r 0 -

,v tu 0 ID = - o cr C

. k o 2 r-, ' (/) ° , 2

In 0 < I ,

,

11.1 0

co 2 0 °

. . 0 • 1 C .

O LO .2 • co o a 1

N r C 11) .

( b O.

2 _i 9 -o o 0 C •-• 11 = 2 LL r-

Ho

spital

Clín

ico

Univ

ers

idad

de

Lo

s A

ndes

,

ci •

e- e).1

,- LO r

O r

N. ,-

CO r

O) r

0 N

r cm

N N

el N

ct N

u) N

(O N

e- N

00 N

O N

O CO

,'

r e')

N ene)

el

.-

Page 66: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

W W 0 0 W

CL 0 0-10c < - -J 01 W D CC O C° 1-1 <WW -6-1005: I- cl r 5 < < < CC t- 00c5c1com -, w

O W

c0 cs., os 0 ri

00

0 0)

c0 cm os CD

c..5 3.96

9.2

80

I

0 o N a; CID co d 2.

665.

088

I

2.66

5.08

8 I

2.66

5.08

8 I

2.66

5.08

8

432.

935.

040

- CL it O Cl- 1 Ir' U) CO t.... < O 0 0

N. 0 'O r. 70

r

0 N- N cl• N- TI• 47

47

,

TO

TA

L DE

IN

GR

ES

OS

SIN

P

ER

CIB

IR

CA

LCU

LAD

O EN

P

RE

INFO

RM

E D

E

OB

SE

RV

AC

ION

ES

1.98

4.64

01

O ni- (0 ni CO o

1.98

4.64

01

O nt co ZI: OD o

, ' 1

.814

.528

1

CO N to 61: co

1.8

1 4.5

28

1.8

14. 5

28

220.

975.

488

ó z > - • w o 0 w .•

0 z N

O

0 z N

O

_

0 Z N

O

o Z N

O

""T

OT

AL

• •

< w < 1 0 I- ... z

(1) o

< w --. I o D 5 Z•_, LU w W NI U. w (7..)

CC

13

/08/

20

20

o N 0 N CO e) r. 1

3/08

/. 2020

13/0

8/20

20

10/0

8/2

020

00 N co N CO 0 .-

NI N c0 0 .- 10

/08/

2020

Z 0 co CO

< 5 z < cc im >00 0 _1 w - < w o in Z > L1- >3 -1 E

W o

.

'

,

• w < 0 u) , o 2 < <

< W > O CI

w Z O 7-.I 2 LL LU I...1 0_

• N O N

q• 0

00

(DO

N O N

wt 0 04/

06/2

020

04/0

6/20

20 o NI

N CID

we• NI

co o N N 0 ,i• N 2

4/0

6/2

02

0

24/0

6/20

20

cc - < z O N 0 0 ° W - Z

Li .- 00

N 0 ez1 N- O O O

000 N 0 N t. O O Ci

N 0 N N- O CO o 09

/07/

2020

0 N 0 N

O 03 O

N-

09

/07

/ 20

20

o CM 0 N/ O a) O 09

/07/

2020

O O O - k-• _1 <

CC u) o w w co ch O <

-„ n 0 O •

O C o

2 tO 2 c - O u) ° 2

W 0 < W 0 Ct - 2

O ° Z

e ,

Cl ín

ica

San

C

arlo

s de

1

Apo

quin

do U

C

1 ' 'O co 1-

u, O r

(JD c0 r

. N. el r

01 -• 0 0) 0,

r 0 61' r

r st r

co o 0 2t- c -o _ 00 o E b. x en

o I Cd ,ICL5 a C 1:1 W co .0

9O - y 13 rzt a - 3 2

>'92 E r/ 0 CO cá. ° CO Ill C 03 • 2).-0 C O 2o O 1-1 .

-0 O 0 O 0 N ci o • :2 o .

c N o 03 C• r 'O in 5 Y= ?!.• ('4 -- u ID '5 2 i- "c E -o E nir E .

.-.. • = o) o g cd -ci 0 u)

'o 7C3 o C 0 O DI u) 2.1 co -0 t CL) -o 1 E ..c. cu -É 1- CU 0 Tcl O U rHe O sc 00 a 5 Ni - Cli 0 T/

CU 0 3 0 0 >. 11)

too O rtCU0 -) To > . ID O (-)

CO > E- a

o .- .1c* -,-, CI3 o 'C "O

8 oc w e t In vi

o. .c,

ta • - 3 " c o c3 o O O c 15 a ,...w a.

o •5 9... Z3 2 ±. .° b .

crs O CU a 00 c•I 7.2 e 1o - - - o cre cp '. C 0O = .0 0 E fl) O P E 'O CV o

- C O mm P CO 9(0 O t E - 5 - o, . o . lz . O 0 2 2 o •-‘'; 0 non 'Es — c "It

r0 .- > • a ICS 0.1 N 0 'O -• O C . r) 'O

C O ' O Lo 00 C6 E) 2 c. e T.- >, 4-, O Cr C0 2

03 O . 3:, Ya

z i>j o 0.5 03 N 2 O E• 0 c -c o o o -• o o 0.3 .0 o u) x 3 o - ccs - 0

.0 9 o o O a E 'O = o a) O'

c . 1-58; w ..- 0 .-. 0 -05- c , o a To 0 0 O U li)

frg O = ce -8 2 > y 0 E

W 03 a U 0 :0 o -= -o .6 a o m .112 o = ° Tu o

u, 1.) o -•-• 05 t a E o •- L› 03 COO " co a/o u t ...:... C O o OC 03 TD O I-

0 Lo 'C a 0 o TI O rr: O. o s- ,: 'O o •-• .1-, N O 3c) CO .o 2 te E. m 2 o CL = ••• CU o 138 .... ... ... - - - - C-. rn 0 h 0 = 11 COC4 cta 2a .1 1 c 2

E o -2 o 1 9.222.20°-5 ° a I.- J-- n w, D(0 .c cj w 2C0310 0 0110

o 2 o o (0y 70 03 0 '5) o _. O >, CU ° C N O? 0 a 0 • MCD0CL0200 . lat.9' 0) E N E E

2- (o 2 - 2 U Ild I ' 02° 0/• 6- 0 63 1- .8- Oá- W .1 r -- o o O i a O 0 • 6 • U) u- 4:-. o- - 1:-.Z !... o

Page 67: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

OB

SE

RV

AC

ION

ES

, Y/0

,

CO

ME

NT

AR

IOS

D

E LA

EN

TID

AD

t

-.. t

FO

LIO

O

NU

ME

RA

CI Ó

N

i DO

CU

ME

NT

O

DE

R

ES

PALD

O

\

ME

DI D

A

IMP

LE

ME

NT

AD

A Y

SU

D

OC

UM

EN

TA

CIÓ

N

DE

RE

SP

AL D

O

I R

EQ

UE

RIM

IEN

TO

PA

RA

SU

BS

AN

AR

LA

'O

BS

ER

VA

CIÓ

N SO

LIC

ITA

DA

PO

R

CO

NT

RA

LO

RÍA

GE

NE

RA

L E

N IN

FO

RME

FIN

AL

!I

La S

UB

RE

DE

S d

ebe

rá r

em

itir,

en e

l pla

zo d

e 6

0 d

ías

b ile

s co

nta

do

de

sde

la re

ce

pci

ón

de

l p

rese

nte

I inf

orm

e fin

al, u

n reg

istr

o ac

tual iz

ado

que

Con

teng

a, a

lo

me

nos,

el o

rigen d

e lo

s EV

M, v

alo

riza

ción, d

est

ino,

I fec

ha

de

re

ce

pci

ón

por p

art

e cl í

nica

s p

rivad

as,

vi

ncul

aci

ón

con e

l se

rvic

io

de s

alid

del cu

al

I

depend

en g

eográ

ficam

ente

y a

cto

adm

inis

tra

tivo

que

m

ateria

lizó

el tr

aspa

so d

e lo

s E

VM

a los

serv

icio

s de

sa

lud.

La S

UB

RE

DE

S d

eberá

acr

ed

itar,

en e

l ci

tado

pla

zo

de

60

día

s, la

exis

tenci

a d

el a

cto

adm

inis

tra

tivo q

ue

sa

ncio

na la

s de

scrip

cion

es d

e c

arg

o p

ara

el p

erso

nal

qu

é s

e

de

sem

pe

ña e

n los d

ep

art

amen

tos

de

F

inan

zas y

Pre

supu

esto

y d

e A

dm

inis

trac

ión

d

e

Se

rvic

ios,

am

bos

de d

icha

Sub

secr

eta

ría.

La

SU

BR

ED

ES

deberá

ac

red

itar,

en

el a

lud

ido

térm

ino

de 60 dí

as

hábile

s, e

l le

van

tam

ient

o

de

in

form

ació

n p

revi

o -q

ue'

indi

ca e

n s

u resp

uest

a-lle

vad

o a

ca

bo

por e

sa

S

ubs

ecre

tarí

a de

las

nece

sid

a de

s de

eq

uipo

s d

e v

ent

ilaci

ón

mec

án

ica

que

re

que

rían

los

cen

tros

de

salu

d priv

ados

pa

ra a

front

ar

la p

and

em

ia c

onfo

rme,

a s

us c

ap

acid

ades

fís

icas.

NIV

EL D

E CO

MP

LEJI

DA

D

C, o

bse

rvac

ión

co

mpl

eja.

MC

, obs

erva

ció

n m

ed

iana

men

te'

com

ple

ja.

C, o

bse

rvac

ión

com

pleja

.

MA

TE

RI A

DE

L A

O

BS

ER

VA

CIÓ

N

O CU •-• O C 00

u 2 0 o o o -o u) ro o. t, o

O >, CT -.7, a• i.- cr COCM tpt

O O o o .- co a) t o to 37, o •••• .8 a o -o •

Ta (Da 71) co o ro 2 — 73 o LL •- ID 'O 21 C O. ro 0 .1. -

a o =

0 0 0 0 t., c ele o , ce o „, > tu O .... n c o O 2 ta.) o o , -0 — z 2.) co

.° La o. u

.o3 V = O ° O u- ce cr y 2 cd)

0 -o

14 ta-

0000 :5 a -0 CL . O o o .0 C O 'O 'O 5 m -O O O

rt U 'o V; -o. o o ',.. .- • o o = .- • •••• e = ce L5c.)00) o. -- •en 0 o ' n. E > U U 0 •O O' 0 „9 •••• - •- ....- o c c o > E .9. 3 a

ME

RO

DE

L A

O

BS

ER

VA

CIÓ

N c; -

. ._ a) +c- • _ r

3 1.1 15 e

-un o

0 < C.) c

o-

o 0 r ev.

O o = 3 t; ti 12

to O o 0 < C.) c

._ o .... O. 0. C

_

o a ni -o r-ro

2 C MI DI 711

1 <O x o > = U in 2 S c

AN

EX

O N

° 7

'

N o N

o o

17) ' cz

o u_

o u.1 o o

ce

o

o o o e 1--

Lii

111 2 o u_

Page 68: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

OB

SE

RV

AC

I ON

ES

Y

/0

CO

ME

NT

AR

IOS

DE

LA

EN

TID

AD

FO

LIO

O

NU

ME

RA

CI Ó

N

DO

CU

ME

NT

O

DE

R

ES

PA

LD

O

ME

DID

A

IMP

LE

ME

NT

AD

A Y

S

U

DO

CU

ME

NT

AC

IÓN

DE

RE

SP

ALD

O

RE

QU

ER

I MIE

NT

O PA

RA

SU

BS

AN

AR

LA

O

BS

ER

VA

CIÓ

N SO

LIC

ITA

DA

PO

R

CO

NT

RA

LOR

ÍA G

EN

ER

AL

EN

IN

FO

RM

E FIN

AL

al -aj

6 .0 N n 03 o B. a 00 E .: en 0 • - 0 V) E o- o

a z0, c > . ...,-.z c ".• 03 go I" ti

c D 2 -0 a

0 o 3

v c 75 o Oca

0 o 2 ,. .E ) ..-. C° (1,

(.0 .17' > É 8 in o o

.0 <13 t--)

O ' al 0 o l- ta ci- 0 -0 0 2 .1) 113 (c).) 71) ro - . CV .E -co c o.,..ro-

n.Ur o oon° E a o -0 -, ea Op 0 C ..- m ciDal-m -17; U 0 .. 2 • 1.1 o 'u c-., >, 0 t o o

= 0 o ", - 4_0.02 ->./D 0010 g m 0 - c ° 0 -o ro 10 o. - ,- , 0 o 0ocroScco t e , 9 . „, o o 4:21 c o o

> N ' E ,o y t° 1 -011' >O O >,La O 10" 18 al 0 0 m 'O a O 0 e.- mi -05 es a o a

u) .c co - n

-Ci ' r O É -I < °

•d • 9 co '1 0 Obm .C3- 0 c O •cs 16 0 2 o > c O u) _

'- a

1

m U) ea 2 1- E "c3 a -o o .- 0 O a) — Zu a m 15 0 CC 0.-am • 2 ro c O Le) ni aun o ° o :8 /3 . o r „E 0..0 2 72 :13 110 y r .;- .1 " r• ° Ce o -0 - E - o o o c o ° o in - c E m t- r>

c z•-c. 212fooro ''2)o ro 20 < O -o o a I- O 2

NIV

EL

DE

CO

MP

LE

JID

AD

'

CV a7 II E o a! C o c3 O a o 0 .n o ci

MA

TE

RIA

DE

LA

OB

SE

RV

AC

IÓN

O. 000 Co

u) to

c a a) ts • 0 0 - o

É°1- .1101 oro°to.r. o 8 w >Ervoo.0

ME

RO

DE

L

A

OB

SE

RV

AC

I ÓN

e O 13 fili -0

30 0C o .1913 CO ced :.-• E 1, in 00 5-ro-oEc ro x ro > 0 0

(..) w 2 S ca

CO

Page 69: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

OB

SE

RV

AC

ION

ES

Y

/0

CO

ME

NT

AR

IOS

DE

LA

EN

TID

AD

.- .

-

, 1

• e

-

-

FO

LIO

O

NU

ME

RA

CIÓ

N

DO

CU

ME

NT

O

DE

R

ES

PA

LD

O

..

ME

DID

A

IMP

LE

ME

NT

AD

A Y

SU

_ D

OC

UM

EN

TA

CIÓ

N

DE

RE

SPA

LD

O

,

, .. , •

0.

RE

QU

ER

I MIE

NT

O PA

RA

SU

BS

AN

AR

LA

O

BS

ER

VA

CI Ó

N S

OLIC

ITA

DA

PO

R

CO

NT

RA

LORÍA

GE

NE

RA

L E

N IN

FO

RM

E FIN

AL

La

SU

BR

ED

ES

de

berá

coord

inar

pa

ra q

ue

el

resp

ectiv

a s

erv

icio

de s

alu

d s

usc

riba

los

con

veni

os

, qu

e c

orr

espo

ndan c

on

los

hosp

itale

s de

la

Dire

cció

n

ide

P

revi

sió

n

de

Ca

rabin

ero

s de

,

Chi

le,

de

Car

abi

ne

ros

de C

hile

, C

línic

o d

e la U

niv

ersi

dad d

e

Chile

D

oct

or Jo

Jo

aqu

ín A

gui

rre y

Clín

ico . d

e l

a

' Fue

rza

Aér

ea d

e C

hile

General

Do

ctor

Raú

l Yazi

gi

Jaur

egui

, cu

yos

ac

ue

rdos

qu

e c

ele

bre

de

berá

n s

er

acr

edi

tado

s en e

l pla

zo d

e 6

0 dí

as

hábile

s.

Asi

mis

mo

, e

n ig

ual té

rmin

o,

deberá

info

rmar

so

bre

las g

estio

ne

s c

on

el H

osp

ital

GIM

I Ó()

de

la

U

nive

rlid

ad d

e C

hile

par

a e

l co

bro

del

arr

iend

o p

or

part

e d

el s

ervi

cio

de s

alu

d q

ue c

orr

espo

nda,

seg

ún

lo

ind

ica

en s

u re

spue

sta.

La S

ubse

cret

ari

a d

e

Red

es

Asi

ste

nci

ales

de

berá

a

cre

dita

r e

n e

l m

ism

o p

lazo

de

60 día

s h

ábi

les,

el

regi

stro

va

loriz

ado

de

los

16 E

VM

, ma

rca

Aeo

nmed

, m

odel

o V

G70 e

n tre

gado

s a la C

línic

a In

disa

.

NIV

EL D

E C

OM

PLE

JID

AD

. m .a.; E.

. E i o o

C 1 :°

.. 5 O ' O) . u) .o O (_i • •

,I MC

, obs

erva

ció

n-m

edia

nam

ente

co

mple

ja.

MA

TE

RI A

DE

LA

OB

SE

RV

AC

IÓN

c tu u) o o o o To- o o ill 'O u j o O C DV DO

° o ID ID ° ° co • C E E- cl 1 " O O .

011 O .2o O > .5 .- o - OUDOLL1 0 2 o 0 2 .0 to o - o c E o 5 ..o -2 Th. cu ty .r., .1 , co u) o a., o 2

CC S_ 2 o -o o o cr a 15 2 u) O ,

0000 CO CO a C 0

ID 2 w t oo

9 •o •- 0 o ... vi

0 c CD tO o

1 3 2 mcc - o 2 -g ,... 2 >opul000 .r uMW o. u) a o

ME

RO

DE

LA

O

BS

ER

VA

CIÓ

N

-7 OS O

w • o

-o ni .

a

- ID NI '

O C 0 - CO a 1-2 , .. , Z O 0 1=

a CD '7' O E • x o>o el OW2S c c.'

cc

ID O

O, o

-o Ali Cl" te.,

0 0 0 — 0 ce .cn T2 = 0 ..-. .- ECU") oxo>o'cr Ow2S cr..i

co

Page 70: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

NIV

EL

DE

CO

MP

LE

JID

AD

c 3 ej ro a) Cm 0 2 c 0 0 'O 0.= -C3...... OVO .L -a, ,o _ :5 o -o u) O i- C.) >,11i 0 o Y o o cr -o-) 1..,2 03 0 tí t ° I-„' 1 .ri ID 1 £ O o o o (.0

.0 o _ o _ É Tu : 1 E I

u)

0 11.1 cr E r,j-- "E :0C.- 5 1.5 ° u,) o 1,

tEalc2 0 o E T, C 0 .1.5-enEla

n > c as = .0 ° f - :O -o

5 "a. 1 .0 c.1:1 (T) O '''' 2 0 M E z

E ..- ._ -0o c o 0 .- 03

o > 2 E r» a 92 o o e -%L a) “• 3 us o 1:1 i- o a, O I- O ._- E > -0 -.-. c lo '''^' -.6 c ti 0.) )(2 CO I- a 0 n O (..) - w

(13 "- •u) .0 C tfi U .2. 755 •-- a ow : . .2 - 6» § 1 í ci al tO 12, O 2.

w m c - o., rz-2 0 2N0.0 3 n a> Eø [O ',--•73.

u) c = >'O • <0 O a O »... _ 0 n 0 o ii >. c • O n o É <u CU -

co ° z ‘13 co z ' -I ;5 o- o. E cr) o- 1 1:1 08 011 .v. : oc 1° ou 2

ra 0 tu .0 0 -0

-o1 c 0-0 O o. O co E Éo 3

„S, o z cr o u) o o V) _a 3 o 31 2 tr - c

ti tl)

o.21

0 m -o O co 3 .49 ro sa

pi o 2 g co a Imot_ola2 11 c 0 d E 17) ° > w TO 6 -0 fu.

°M 0- COCO C 1.1 ° 1.Lii 1

Pio 05 )2C C t a; Dno C) te-- o c -cO

o Em

-

- CO 01 2= 'ID rd CC Z

(11 CC 6 o° -o cto= .5E000 a 922 z t a an c

o c c- :t. E cpcn 03 O aco- 0 Ec 03 x > Dm OW25. c

o o

C.) .7J

p z

02 < a '° n. w w '2 cl 5

C c'-' -J < LL1

eL

—I cc (3 I-

< UJ 2 W z O W a O o 11

3 2 ‘2 Lel O

o

Z 1- Z s

4.0"Jki, 0:

CO

Page 71: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

OB

SE

RV

AC

ION

ES

Y/0

C

OM

EN

TA

RIO

S

DE

LA

EN

TID

AD

• .

1

FO

LIO

O

NU

ME

RA

CIÓ

N

DO

CU

ME

NT

O

DE

R

ESP

ALD

O

ME

DID

A

IMP

LE

ME

NT

AD

A Y

S

U

DO

CU

ME

NT

ACIÓ

N

DE

RE

SP

AL

DO

1

RE

QU

ER

I MIE

NT O

PA

RA

SU

BSA

NA

R LA

OB

SE

RV

ACIÓ

N SO

LIC

ITAD

A PO

R

CO

NT

RA

LOR

IA G

EN

ER

AL EN

INF

OR

ME

FIN

AL

La S

UB

RE

DE

S de

berá

, en e

l alu

dido

pla

zo d

e 60

día

s háb i

les,

ac

redi

tar d

ocum

enta

lme

nte

el e

stad

o e

n

qu

e s

e e

ncu

ent

ran los

7 E

VM

qu

e f

uero

n e

nvi

ados

po

r la

Soc

iedad Clín

ica

Ves

puc

io S

ant

iago

S.A

., a

l C

ompl

ejo

As

iste

ncial

Doct

or

So

lero

de

l R

ío,

pre

cisa

ndo

las

me

did

a s a

dop

tad

as

en

ca

so q

ue

no

est

én o

pe

rativ

os y

las

ac

tivid

a de

s de

cap

aci

taci

ón y

v

isita

cnic

a r

ela

cion

adas

co

n

los

EV

M m

arc

a

Mon

ne!, m

ode

lo T

75, q

ue fu

ero

n e

ntre

gad

os

a

la

Soc

ieda

d C

línic

a V

espu

cio

Sant

iago

S.A

., seg

ún

lo

se

ñala

do e

n s

u resp

ue

sta.

Ta

mbi

én

de

berá

coord

inar

se c

on

el

SS

MS

O p

ara

reca

bar m

ay

ore

s a

ntec

ede

ntes

y„ s

eg

ún

ic

orre

spo

nda,

no

tific

ar a la e

mpr

esa

Co

me

rcial

I Ken

dall (

Chi

le)

Ltd

a.,

par

a eje

rce

r la

s g

ara

ntía

s re

spec

tivas,

re

laci

onad

as c

on

lo

s eq

uip

os m

arc

a

Purit

an

Be

nnet

, m

ode

lo

P88 4

0, ta

l . c

om

o

fue

co

mpr

omet

ido e

n s

u resp

uest

a, y a

plic

ar

las

resp

ectiv

as m

ulta

s, e

n a

not

ad

o t

érm

ino d

e 6

0 día

s h

áb

iles.

• La S

UB

RE

DE

S de

berá

coord

inar

con el

SS

MO

, par

a q

ue

ges

tion

e la

dev

olu

ció

n d

e lo

s E

VM

sin

util

iza

r po

r lo

s ce

ntr

os

de s

alu

d p

riva

do

s, p

arti

cula

rmen

te lo

s e

qu

ipos

que

est

aban e

n la

Clín

ica

Las

Con

des

segú

n

lo inf

orm

ado

por dic

ha e

ntid

a d, s

ituac

ión

qu

e d

eberá

se

r ac

redi

tada

doc

umen

tad

am

ent

e e

n e

l cita

do p

lazo

de 6

0 día

s h

áb

i les.

NIV

EL

DE

CO

MP

LEJI

DA

D

, "e o E - C to '6 O E C. -o ._ . o 2 o • Lo o

Ti , d. E

.. 8

,

. C, o

bser

vaci

ón

com

ple

ja.

MA

TE

RIA

DE

L A

O

BS

ER

VA

CIÓ

N

a c o 'o ro o .5 4- o 15.

2 ^--

O to .a O c 5 9 .5 c ,-

2 -3

cn E 1. o C11 o a -0 1,- .0 c • 2- C13 o 5 rn 15) c .c w 1.1.1 co O. .- O. O. O

ME

RO

DE

LA

O

BS

ER

VA

CIÓ

N

'O ti 'O 2 c o co 1 c.i :-Eksticoo oxo>on

(3.1. O O -o ni

'O 2 c o co en c.i t-Ecuti 0 O co 0 W xo

S- c o_> o o 2

a)

Page 72: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

_rN\

.71.T.c,, 4 iñ

ks, wag-_evo

OB

SE

RV

AC

ION

ES

Y/0

C

OM

EN

TA

RIO

S

DE

LA

EN

TID

AD

-

FO

LIO

O

NU

ME

RA

CIÓ

N

DO

CU

ME

NT

O

DE

R

ES

PA

LD

O

ME

DIDA

- IM

PL

EM

EN

TA

DA

Y

SU

D

OC

UM

EN

TA

CI Ó

N

DE

RE

SP

ALD

O

RE

QU

ER

IMIE

NT

O P

AR

A SU

BS

AN

AR

LA

O

BS

ER

VA

CIÓ

N SO

LIC

ITA

DA

PO

R

CO

NT

RA

LO

RIA

GE

NE

RA

L EN

INF

OR

ME

FIN

AL

c o o 03 .0 0 0

0 2 o ce .t.i n o CD r' eo

ñ 0 a3 o o o 1:5 c 0

o

15 :Lo >,

oo . c a) -, .613 -o Ot3 - 0.4.

0 .> ••• - 2 .r. o '2 .5 o.0

-o o 0 -o .o o -o o ce cc

,94.2 enC '5 T W o •5 o • O E 5 ° o L1.1 O" 0 0 ix my oo ›. m e -, .1.

D ° cn u U) a 2. a) 0

3 i- a m -os o a 2

N Ccill E acp loo zi. - -2 o

c Gi. os o o u) 2 a) To c o 7-„ O .... t$ O CO •c• •0 O

c ,..0 0 00nez 0000 c c02.c E -0.- c a) =>Ir ° c O 0 (0 15 O 'O '5 co a 5 c 2 2 ._ o O c o en DeriE19 c.,

r. .- O ro O Ze t (15 *E ce o co

0E "

(9

0 o o r

12

1 o

2 21oo 6= 1 t 2 -o _O .8 0 < (JO 0 -0 0-tllin Z en .e7) t ti)1, o 0 -o 0 C ... ' al ¿ -o ces .0 O- O ,,, .2 2 To. a o 32 '5 .° t.' o 0 ..c.0 cro o -5=onci c o o c -8 .- .0 O. O -o 0 a) O C 0 " = 0 t ° - -113 0z- (01:30= 0° 20c 0 .5

LO Z .2CO• (JOZOC - en 0 e 2 0 <-) 0 C 0 15 .2 c c >, o o c -o o et .n o

...? CO el - O' 0 CD O 1 : 3 O .". E ,.. C ui o E o ._ o c O ,- o 0 a O- 0) O - ro - Ea.° - 'É 2 2 a cC2 (7d rTi e o as 2 . -o- ..-

w I 5 > ic o) - o c E 0) u , . • crt te) " ° O "

0 'o •5 Tu

° crc3 N aqi) 1:1 tn D O e y E ° e3 C‘I b-i_. ca .o0.2 g

2 ro a) LO O 0 o

1 c

6nj oo -o -

o. 2 C) RIC .11. le -03 °-t .- >, -o

'O t O C 0 ,er c (Ti E :o E c° ,--in 5 c co z Z c N O Cei - ce

" 0 C - TV.B .0" 0-0„, cO ° -u- ..,, o en .1- 0 c O ‘.". cn its a cr Lu - ai O tn ,, r- ro o o ,--, o — :-.. z w ,- cr o

c - c '5 0

..- O o. O o ° .2 0. , X X

o

NIV

EL

DE

CO

MP

L EJI

DA

D

.

ni a' t. E o o C -o ._ o o a O LO n - o d

MA

TE

RIA

DE

LA

OB

SE

RV

AC

IÓN

I

2 ni 'a c >

:o w o o

.5 o o5

lo= gr) 1 -cm a 0.20

=c - E .> (Do tDC=C LL o 'o O o O.

MER

O D

E

LA

O

BS

ER

VA

CI Ó

N

o

O 'O R.7

te ei O

= E 1, Tri o

nixo>o O W 2 S c

o r--

Page 73: INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL

<0o

p Z

CO < ® w

w <

N

w 5'2

0. O O .1

— Cr L-I < Cr <

W 2 LU Z C1 W 9

o a 02 L1J D

CL Cr <

< Cr —1

2 Z

O O

OB

SE

RV

AC

ION

ES

Y/0

C

OM

EN

TA

RIO

S

DE

LA

EN

TID

AD

_

' F

OLIO

O

NU

ME

RA

CIÓ

N

DO

CU

ME

NT

O

DE

R

ES

PA

LDO

ME

DID

A

IMP

LE

ME

NT

AD

A Y

'

SI)

,

DO

CU

ME

NT

AC

IÓN

DE

RE

SP

ALD

O

' R

EQ

UE

RIM

IEN

TO

PA

RA

SU

BS

AN

AR

LA

O

BS

ER

VA

CIÓ

N SO

LIC

ITA

DA

PO

R

CO

NT

RA

LOR

IA G

EN

ER

AL E

N IN

FO

RM

E F

INA

L

! Lo

s s

érv

icio

s de

sa

lud Me

trop

olit

ano C

en

tral,

Met

rop

olit

ano

No

rte, M

etr

opol

itan

o

Orie

nte

, M

etro

polit

an

o

Su

r O

rient

e, M

etr

opo

litano

Sur,

C

onc

epci

ón

y

' L

iber

tador

Gen

era

l Be

rna

rdo

O

'Hig

gins,

de

berá

n a

ctu

aliz

ar l

a c

ifra

info

rma

da e

n

, est

e do

cum

ento

-co

nsi

der

and

o e

l cá

lcul

o e

fect

uado

por

esta

Co

ntra

lorí

a R

eg

iona

l- y

ado

pta

r la

s m

ed

idas

ne

cesa

rias

pa

ra re

caud

ar la

s su

ma

s p

ert

inen

tes

por

i con

cept

o d

e a

rrie

ndo

de

lo

s eq

uip

os,

e in

form

ar

I doc

um

ent

ada

ment

e de

e

llo: ac

red

itand

o la

p

erce

pci

ón

de

ta

les

fond

os

a tra

vés

de

las

cart

olas

ban

caria

s y

com

pro

ba

ntes

co

ntab

les

resp

ect

ivos,

en

é

l p

lazo

de

a0

día

s há

bile

s co

nta

do

de

sde

la

rece

pció

n d

el p

rese

nte

info

rme fi

nal.

Asi

mis

mo, e

l Se

rvic

io d

e S

alud

An

tofa

gast

a d

eberá

in

form

ar, e

n e

l ano

tado

pla

zo y

en

los

mis

mos

rmin

os, s

ob

re

las g

est

iones

qué

ha

realiz

ado

re

spect

o de

l a

rrie

ndo

de e

qu

ipos

a

la C

linic

a La

Po

rtada

y al

Hos

pital

del C

obr

e D

oct

or

Sa

lvad

or

Alle

nde

Go

ssen

s, a

mbo

s d

e e

sa c

iuda

d.

NIV

EL D

E CO

MP

LEJ

IDA

D .

.... czi V . Ta. E 8 c .0,

_ .5 2 o 0 .0 o Ls

.

MA

TE

RIA

DE

L A

O

BS

ER

VA

CIÓ

N - o o a 0

cn u) 0 ui D o o o

cr-1 a'ot anooli.

ME

RO

DE

L A

. O

BS

ER

V AC

IÓN

(1) =t á

O C 0 0 • .o 19

. a crE 5 C3 X

• = (...) W O .• .