INFORME PAÍS Convención CEDAW - inmujeres.gub.uy · las bases para la realización de un Plan...

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  • 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer

    INFORME PAS

    Convencin CEDAW 20072014

  • Ministro de Relaciones Exteriores

    Luis Almagro

    Ministro de Desarrollo Social

    Daniel Olesker

    Directora del Instituto Nacional de las Mujeres del

    Ministerio de Desarrollo Social

    Beatriz Ramrez Abella

    Director General para Asuntos Polticos del

    Ministerio de Relaciones Exteriores

    Ricardo Gonzlez Arenas

    Directora de Derechos Humanos y Derecho Humanitario del

    Ministerio de Relaciones Exteriores

    Alejandra Costa

    Coordinacin general y elaboracin del Informe a cargo del Instituto Nacional

    de las Mujeres, la Direccin de Derechos Humanos y Derecho Humanitario y la

    Comisin de Gnero del Ministerio de Relaciones Exteriores

    Instituto Nacional de las Mujeres, Asesora Relaciones Internacionales:

    Jefa Daniela Tellechea Daz, Juan Aldaba, Leticia Lzaro

    Direccin de Derechos Humanos y Derecho Humanitario:

    Directora Alejandra Costa, Macarena del Campo

    Comisin de Gnero del Ministerio de Relaciones Exteriores:

    Presidenta Silvana Guerra, Alicia Isern

    Agradecimientos

    Sra. Line Bareiro integrante del Comit de Expertas de la Convencin sobre la

    Eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer de Naciones

    Unidas.

    ONUMujeres Uruguay.

    Oficina para Amrica del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los

    Derechos Humanos.

    Correccin: Unidad de Comunicacin del Instituto Nacional de las Mujeres

    Montevideo, enero de 2015

    Ministerio de Desarrollo Social

    Instituto Nacional de las Mujeres

    Maldonado 1478

    CP. 11200 Montevideo, Uruguay

    Tel.: (598) 2400 0302* int. 5000

    Fax: (598) 2400 0302* int. 5040

    [email protected]

    www.inmujeres.gub.uy

    www.mides.gub.uy

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    ndice

    Prlogo

    1. Presentacin

    2. 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer (CEDAW) (2007-2014)

    3. Acrnimos

    4. Bibliografa

    5. Anexos

    5

    7

    9

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    71

    75

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    Prlogo

    Esta publicacin se enmarca en la presentacin del 8vo y 9no Informe combinado de la Repblica Oriental del Uruguay sobre la implementacin de la Convencin sobre la Eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la Mujer (CE-DAW por su sigla en ingls) que abarca el perodo de 2007 a 2014. La CEDAW sig-nific un hito histrico en la proteccin de los derechos de las mujeres. Fue el pri-mer instrumento jurdico internacional vinculante que defini la discriminacin contra las mujeres, obligando a los Estados que adhieren o ratifican la Convencin a respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres. La CEDAW es parte de los nueve tratados fundamentales de derechos humanos y es supervisada por un Comit de Expertas independientes y elegidas por los Estados que adhirieron o ra-tificaron la Convencin, al que deben informar peridicamente.

    Es una gran alegra constatar que Uruguay y el resto de Amrica Latina y el Ca-ribe han avanzado en la definicin de legislacin y polticas pblicas de promocin y proteccin de los derechos humanos de las mujeres, incluyendo cambios en los sistemas de justicia y en los procesos de planificacin nacional para la igualdad de gnero, adonde sin lugar a dudas la CEDAW ha jugado un rol clave.

    Asimismo, es muy gratificante haber contribuido en tanto pas a la firme vo-luntad poltica que la regin ha expresado en diversas instancias internacionales de afirmacin de los compromisos internacionales de promocin y respeto de los de-rechos humanos de las mujeres ya asumidos, y la definicin de nuevos compromi-sos que permitan superar los desafos an presentes y la concrecin de una nueva agenda regional de transformacin social y derechos humanos.

    En este marco, Uruguay ha transitado por un nuevo proceso de rendicin de cuentas sobre los compromisos internacionales asumidos de respeto, defensa y promocin de los derechos humanos de las mujeres. Es de destacar que este Infor-me fue realizado de manera ampliamente participativa en el marco de la Comisin Interinstitucional para Cuestiones de Gnero en el mbito Internacional, coordi-nada por el Instituto Nacional de las Mujeres del Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que enriqueci enormemente el proce-so, involucrando a organismos estratgicos para la igualdad de gnero y garanta

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    Informe Pas / Convencin CEDAW

    del ejercicio de los derechos humanos de las mujeres pertenecientes a todos los Po-deres del Estado, as como tambin por organizaciones de mujeres y feministas de larga trayectoria en el pas.

    Dicho proceso arroj un Informe que visibiliza las diferentes etapas del forta-lecimiento y consolidacin de la incorporacin de la perspectiva de gnero en las acciones del Estado y las polticas pblicas sectoriales. Entendemos que la aproba-cin de la ley N 18.104, primera ley de promocin de la igualdad de oportunida-des y derechos, fue indiscutiblemente la piedra angular de este proceso. Dicha ley le confiri al Instituto Nacional de las Mujeres la funcin de promover la coordina-cin y articulacin de las instituciones pblicas para la igualdad de oportunidades y derechos, y el cometido de disear el Primer Plan Nacional de Igualdad de Opor-tunidades y Derechos (PIODNA).

    El PIODNA fue concebido desde su diseo como una responsabilidad del go-bierno uruguayo ante la obligacin del Estado de desarrollar polticas que contri-buyeran al logro de una sociedad ms justa y tendiera a superar las desigualdades e inequidades. Desde su aprobacin en 2007, el PIODNA constituy una hoja de ruta poltica para la revisin de las desigualdades que afectan a las mujeres y el combate a toda forma de discriminacin en Uruguay. Fue una herramienta integral e inte-gradora que contribuy a la democratizacin de las relaciones sociales de gnero y dirigi sus esfuerzos a la construccin de la igualdad de oportunidades y derechos en nuestra sociedad. Los aprendizajes arrojados por su implementacin sentaron las bases para la realizacin de un Plan Estratgico para la Igualdad de Gnero que impulse y oriente la intervencin articulada de todo el Estado uruguayo, as como tambin, la discusin y aprobacin de nueva legislacin que, entre otros factores, sustente la definicin de una Poltica Nacional de Igualdad de Gnero.

    Desde la responsabilidad que el Instituto Nacional de las Mujeres ha asumido en tanto rgano rector de las polticas de gnero en Uruguay, es muy grato poder presentar un nuevo Informe nacional CEDAW que pone a disposicin de la ciuda-dana la informacin sistematizada sobre las diversas acciones realizadas en pos del cumplimiento de los compromisos asumidos como Estado en el marco de la Convencin CEDAW. La Convencin, junto con las recomendaciones del Comit, sin lugar a dudas ha sido una gua fundamental para lograr los avances plasmados en este Informe, as como para visibilizar y reconocer los tantos desafos que an quedan por enfrentar.

    Beatriz Ramrez AbellaDirectora

    Instituto Nacional de las Mujeres Ministerio de Desarrollo Social

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    Presentacin

    La Convencin sobre la Eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer (CEDAW) fue adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asam-blea General de las Naciones Unidas. Es considerada como la Carta internacional de los derechos humanos de las mujeres; consta de un prembulo y 30 artculos en los que define el concepto dediscriminacin contra la mujery establece un conjun-to de obligaciones jurdicas que tienen como objetivo la prevencin y erradicacin de las diferentes formas de discriminacin contra las mujeres.

    Con el fin de dar seguimiento e impulso a la plena implementacin por parte de los Estados que adhieren o ratifican la Convencin, el artculo 17 establece la crea-cin de un Comit integrado por 23 expertas elegidas por los Estados parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a ttulo personal, por un perodo de cuatro aos. El Comit cumple el rol de monitorear la implementacin de la Con-vencin.

    Uruguay ratific la Convencin el 31 de setiembre de 1981, ao en el que entr en vigor. En cumplimiento del Artculo 18 de la Convencin, el Estado uruguayo ha presentado hasta el momento nueve informes peridicos al Comit de Expertas sobre su aplicacin en nuestro pas.

    El Protocolo Facultativo de la CEDAW fue adoptado el 6 de octubre de 1999 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Le otorga al Comit de Expertas la competencia de recibir y considerar denuncias por violaciones a los derechos y dis-posiciones consagrados en la Convencin, a travs de un mecanismo de comunica-cin o de un procedimiento de investigacin. Asimismo, la Convencin le brinda al Comit la potestad de iniciar investigaciones sobre graves y sistemticas viola-ciones de los derechos humanos de las mujeres. Estos procedimientos son opciona-les y nicamente disponibles cuando el Estado los acepte. Hasta el momento Uru-guay no ha sido objeto de ninguna denuncia de estas caractersticas.

    Todos los Estados Parte deben presentar al Comit informes peridicos sobre la manera en que se implementa la Convencin y cmo se han cumplido las recomen-daciones recibidas. El Comit examina cada Informe presentado por el Estado Par-te y expresa sus preocupaciones y recomendaciones a partir del mismo.

    1.

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    Informe Pas / Convencin CEDAW

    El Comit tambin realiza recomendaciones generales dirigidas a todos los Es-tados en relacin al articulado o temas de la Convencin. Hasta la fecha el Comit ha adoptado un total de 25 recomendaciones generales.

    El Ministerio de Relaciones Exteriores junto con INMUJERES definieron en-marcar el proceso de redaccin del 8vo y 9no Informe CEDAW en la Comisin Inte-rinstitucional para Cuestiones de Gnero en el mbito Internacional, reconocien-do el valor del acumulado de trabajo en este espacio y de manera de atender a la recomendacin de Naciones Unidas de realizar los informes nacionales frente a los Comits de Seguimiento de los Tratados de DDHH en el marco de estructuras in-terinstitucionales.

    Con el objetivo de iniciar un proceso de elaboracin participativo se realiz en junio de 2014 una primera reunin de la Comisin Interinstitucional con la par-ticipacin del Representante Regional Adjunto de la Oficina para Amrica del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,Con-sultor Humberto Henderson, quien present buenas prcticas para la elaboracin y presentacin de informes a Comits de Naciones Unidas.

    En el mismo mes se realiz una segunda instancia de reunin de la Comisin Interinstitucional, para la definicin de la metodologa y cronograma de redaccin. Para ello se defini realizar un taller que facilitara la recoleccin de datos y el invo-lucramiento de un amplio espectro de actores estratgicos en el proceso.

    En julio se realiz el taller de trabajo que reuni a los organismos integrantes de la Comisin Interinstitucional y otros organismos claves para trabajar sobre las recomendaciones de la CEDAW para la recoleccin de la informacin pertinente, conformndose de esta manera la Comisin Interinstitucional Ampliada CEDAW. Se cont en esta instancia con el invalorable aporte de la Experta CEDAW, Dra. Li-ne Bareiro.

    De este taller surgi una hoja de ruta inicial acerca del estado del cumplimiento de los compromisos y recomendaciones de la CEDAW de 2008, la que aport a la identificacin de la informacin a ser incluida en el Informe y los vacos existentes.

    En una segunda etapa se realiz la solicitud formal a diferentes organismos del Estado de mayor informacin con el objetivo de ampliar y profundizar el informe borrador que result del taller. Una vez finalizado el informe borrador, fue discuti-do en una nueva y ltima reunin de la Comisin Interinstitucional Ampliada, re-sultando la versin final del 8vo y 9no informe peridico.

    Este rico proceso refleja el fuerte compromiso pas para con el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en general y con respecto a la CEDAW en particu-lar, ya que da cuenta de la aceptacin de todas las recomendaciones realizadas por el Comit CEDAW en el marco de su 42 perodo de sesiones, en base al Informe Combinado 4to, 5to, 6to y 7mo del perodo 2000 a 2006 y de una rendicin de cuentas altamente comprometida del Estado uruguayo.

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    8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer (CEDAW) (2007-2014)

    1. Con el objetivo de asegurar un proceso amplio y participativo de elaboracin y respetando el cometido de preparacin de los informes peridicos de Uruguay ante el Comit CEDAW, que se le encomend a travs de decreto presidencial a la Comisin Interinstitucional para Cuestiones de Gnero en el mbito Interna-cional1, la redaccin del presente Informe peridico se enmarc en este espacio. La Comisin funciona desde el 2004 y se integra por un amplio espectro de organis-mos pblicos y organizaciones de mujeres y feministas y es co-coordinado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Instituto Nacional de las Mujeres. Asimis-mo, este proceso cont con el aporte de otros organismos estratgicos para la ta-rea.2

    2. Para este proceso de redaccin se cont con el apoyo de ONUMujeres, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la experta in-tegrante del Comit CEDAW, Sra. Line Bareiro.

    3. El Informe se estructur en funcin de cada una de las recomendaciones planteadas y los artculos de la Convencin adonde se registraron avances.

    1 Integrado por: MDN, MIDES, MEF, MEC, MGAP, MIEM, MInterior, MRREE, MSP, MTSS, MTOP, MTD, MVOTMA, INMUJERES, INAU, INE, CI, BBF, Secretara de DDHH, AMR, Cladem Uruguay, CIEDUR, CNS-mujeres, Cotidiano Mujer, FMMERCOSUR, MYSU, RMR, PIT- CNT.

    2 BHU, BPS, CODICEN- ANEP, CHLCR, INMAYORES, INDDHH, INE; INJU, INC, IMPO, MPF, OPP, PJ, UDELAR.

    2.

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    Informe Pas / Convencin CEDAW

    Observacin (Prrafo 10).- Si bien observa que la Constitucin consagra el principio de igualdad entre el hombre y la mujer, al Comit le sigue preocupando la ausencia de una incorporacin directa y clara en el derecho interno de la Convencin y de una definicin especfica de la discriminacin contra la mujer de conformidad con el artculo 1 de la Convencin. Lamenta en particular que la Ley No. 18.104 de igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, recientemente aprobada, no incorpore esa definicin. Recuerda que la ausencia de una disposicin especfica con una definicin de la discriminacin contra la mujer que abarque la discriminacin directa e indirecta en el mbito pblico y el privado, constituye un impedimento para la plena aplicacin de la Convencin en el Estado parte.

    Recomendacin (Prrafo 13).- El Comit exhorta al Estado parte a que adopte medidas urgentes para incorporar plenamente en el derecho interno la Convencin y la definicin de discriminacin contra la mujer, como figura en el artculo 1 de la Convencin, e informe sobre los progresos conseguidos a este respecto en su prximo informe peridico.

    4. Se informa que an no se ha incorporado el concepto de discriminacin ha-cia las mujeres en el rgimen jurdico nacional. El Instituto Nacional de las Muje-res (INMUJERES) elabor un anteproyecto de ley de igualdad de gnero para me-jorar la legislacin en esta materia: establece garantas y mecanismos orientados a la exigibilidad de los principios y derechos establecidos en la ley, articula los dife-rentes instrumentos legales que estn dispersos en la legislacin y fortalece la ins-titucionalidad de gnero en el pas y el rol de rectora del INMUJERES, regulan-do y ampliando sus cometidos, as como la redefinicin del papel y competencias del actual Consejo Nacional de Gnero (CNG) y la consolidacin de las Comisio-nes de Gnero en el Estado.

    5. El anteproyecto incorpora el concepto de discriminacin establecido por CE-DAW, y extiende el concepto a las discriminaciones por razones de gnero, discri-minacin directa e indirecta y discriminaciones mltiples.

    6. El mismo ha sido difundido, presentado y validado en diferentes mbitos (Conferencia Nacional de Gnero, CNG, as como con otros organismos pblicos y de la sociedad civil) y ser presentado en la prxima legislatura (2015-2020).

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    Informe Pas / Convencin CEDAW

    Observacin (Prrafo 12).- Si bien encomia el establecimiento de la Comisin Tripartita de Igualdad de Oportunidades y Trato en el Empleo para hacer frente a las denuncias de acoso sexual en el trabajo, el Comit lamenta el escaso conocimiento de la Convencin y el Protocolo Facultativo en el Uruguay. Tambin lamenta la ausencia general de informacin sobre los recursos jurdicos existentes para la proteccin y el disfrute de los derechos de la mujer y el uso de esos recursos.

    Recomendacin (Prrafo 13).- 1. El Comit recomienda que se realicen campaas de concienciacin y capacitacin para los magistrados y los profesionales del derecho. 2. Reitera su recomendacin anterior (A/57/38, primera parte, prr. 1893) de que el Estado parte facilite mayor informacin en su prximo informe peridico sobre los mecanismos y procedimientos de que disponen las mujeres para proteger y promover sus derechos

    7. En el marco de la implementacin del Plan Nacional de Lucha Contra la Vio-lencia Domstica, se realizaron cinco Encuentros Nacionales con las Comisiones Departamentales de Lucha contra la Violencia Domstica (cuatro en 2009 y uno en 2013), con el objetivo de fortalecer el entramado institucional departamental y descentralizar la implementacin del citado Plan, de los que participaron todas las instituciones integrantes del Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Vio-lencia Domstica (CNCLVD). Tambin se brinda capacitacin de manera continua a funcionarios/as de los organismos que integran el CNCLVD, dentro de los cuales se encuentra el Poder Judicial (PJ) y el Ministerio Publico y Fiscal (MPF), para la prevencin, deteccin e intervencin en situaciones de Violencia de Gnero4. Ade-ms se realizaron acciones de capacitacin en materia de violencia basada en gne-ro (VBG), en el marco del Primer Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre hombres y mujeres (PIODNA).

    8. Desde 20115 el PJ realiza un Seminario de Capacitacin en derechos huma-nos (DDHH) dirigido a magistrados/as fiscales y judiciales en actividad, de 21 ho-ras de duracin, que incluye las relaciones de gnero, DDHH y normativa interna-cional. Tambin tiene incorporado un curso de DDHH al programa de formacin

    3 El Comit pide al Estado parte que en su prximo informe peridico facilite mayor informacin sobre los me-canismos y procedimientos de que disponen las mujeres para proteger y promover sus derechos. (2002)

    4 Ver Cuadro 1 y 2 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Orien-tal del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    5 En cumplimiento de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de DDHH en el Caso Gelman vs. Uru-guay.

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    Informe Pas / Convencin CEDAW

    inicial destinado a aspirantes a la magistratura, el cual a partir 2015 incorpora DD-HH especficos de las mujeres. En los ltimos aos se han realizado actividades de sensibilizacin en gnero y DDHH6. Por otra parte, en el mbito de la Comisin de Gnero creada en 2014 por Fiscala de Corte, se realiz una Videoconferencia Na-cional sobre Gnero dirigida a fiscales y se elabor un seminario de capacitacin completa para 2015. El Centro de Estudios Judiciales ha realizado una campaa so-bre derechos y administracin de justicia en la escuela primaria.

    Observacin (Prrafo 14).- El Comit lamenta que no existan medidas especiales de carcter temporal para acelerar la igualdad de hecho entre el hombre y la mujer y mejorar la situacin de los derechos de la mujer en el Estado parte, en particular por lo que respecta a la mujer en el lugar de trabajo y la participacin de la mujer en la poltica.

    Recomendacin (Prrafo 15).- El Comit insta al Estado parte a que adopte y aplique, de conformidad con el prrafo 1 del artculo 4 de la Convencin y la recomendacin general 25 del Comit, medidas especiales de carcter temporal, centrndose en las esferas del empleo de la mujer y la participacin de la mujer en la vida pblica.

    9. La ley de participacin poltica contempla medidas especiales de carcter temporal7 la que fuera presentada en informe complementario de 2012. Esta dis-posicin ser aplicada durante el proceso electoral 2014-2015, lo que establece un marco temporal extremadamente reducido para la generacin de cambios en la participacin poltica de las mujeres. Se present un proyecto de ley para la exten-sin del perodo de aplicacin de esta disposicin que est en trmite parlamen-tario.

    10. La ley N 19.122 y su Decreto reglamentario N 144/014 establecen medi-das especiales de carcter temporal durante 15 aos como la reserva del 8% de los puestos de trabajo por ao, a ser llenados por personas afrodescendientes en los Poderes del Estado, el Tribunal de Cuentas, la Corte Electoral, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autno-mos, los Servicios Descentralizados y las personas de derecho pblico no estatal.

    6 Ver Cuadro 3 y 3.1 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Orien-tal del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    7 Ver texto completo de la Ley N 18476 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin con-tra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

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    Informe Pas / Convencin CEDAW

    Para ello, tambin determina que se incorpore la perspectiva de gnero en el llena-do de tales vacantes.

    11. Se incorporaron medidas especiales para las mujeres en dos programas en-marcados en el Plan de Equidad de 2007, en materia de empleo protegido dirigidos a la poblacin en situacin de vulnerabilidad: el Programa Uruguay trabaja (ley N 18.240) y su modificacin en la ley N 19.149, que habilita la definicin de me-didas especiales para grupos con dificultades de empleabilidad jvenes, mujeres, afrodescendientes, transexuales y personas con discapacidad . Para cada ao par-ticiparon alrededor de 70% de mujeres8. Otro de los programas que favoreci la in-sercin laboral femenina a travs de medidas especiales es el Programa Objetivo Empleo, tal como fuera presentado en informe intermedio de 2012.

    12. La ley de empleo juvenil N 19.133 promueve y ampla las oportunidades de insercin laboral para personas en situacin de vulnerabilidad social: jvenes en-tre 18 y 24 aos, mujeres, afrodescendientes, transexuales y jvenes con baja califi-cacin a travs de medidas especiales, tales como experiencia laboral en empresas privadas, primera experiencia laboral para egresados/as, mayores subsidios para jvenes vulnerables socioeconmicamente, primera experiencia laboral en el Esta-do (50% mujeres, 8% afrodescendientes, 4% personas con discapacidad y 2% tran-sexuales), prctica formativa en empresas, etc. El decreto reglamentario est pen-diente de aprobacin.

    13. En 2012 se cre el Programa Yo estudio y trabajo, iniciativa interinstitu-cional para fortalecer el vnculo entre el mundo educativo y el mundo del trabajo. Es coordinado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y co-eje-cutado con el Instituto Nacional de la Juventud (INJU) del Ministerio de Desarro-llo Social (MIDES) e Instituto Nacional de Empleo y Formacin Profesional (IN-EFOP). El objetivo del mismo es ofrecer una primera experiencia laboral formal a jvenes estudiantes de 16 a 20 aos, generando habilidades bsicas para desempe-arse en el mercado laboral. A partir de la tercera edicin del programa (2014) se incorporaron las medidas especiales de carcter temporal para la poblacin afro, trans, mujeres y con discapacidad para el departamento de Montevideo9.

    14. En 2012 se cre el Programa Uruguay Crece Contigo para atender las ne-cesidades de nios y nias menores de 4 aos en situacin de vulnerabilidad. Es un programa que establece una medida especial para la proteccin de la materni-dad y la primera infancia. Su objetivo general es construir un Sistema de Protec-cin Integral a la Primera Infancia, con el fin de garantizar el desarrollo integral de los nios y las nias y sus familias, comenzando por la proteccin a la mujer em-barazada, desde una perspectiva de derechos, equidad, igualdad de gnero, justicia

    8 Ver Cuadros 4 y 5 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Orien-tal del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    9 En los tres aos de implementacin del programa se han generado 2046 primeras experiencias laborales pa-ra jvenes en el Estado. Un 70% aproximadamente son mujeres jvenes.

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    social y desarrollo humano integral. Para ello combina acciones de carcter uni-versal y focalizado10.

    Observacin (Prrafo 16).- El Comit observa el importante papel desempeado por el INAMU en el adelanto de la igualdad de gnero y los derechos de la mujer en el Uruguay y acoge con beneplcito el aumento de los recursos humanos y financieros asignados al Instituto y la ampliacin progresiva de su cobertura territorial. Sin embargo, al Comit le sigue preocupando que la capacidad del INAMU para realizar su mandato de forma efectiva se vea limitada por su falta de autonoma institucional y porque la contribucin estatal a su presupuesto es insuficiente. La limitada cobertura territorial del Instituto tambin es motivo de preocupacin para el Comit.

    Recomendacin (Prrafo 17).- El Comit recomienda que el Estado parte asegure que el INAMU disfrute de mayor autonoma y tenga un presupuesto adecuado e independiente para desempear su mandato de manera efectiva y sostenible. Tambin se debera garantizar la presencia del Instituto en todo el territorio del Uruguay

    15. En el ao 2007 se aprob la ley de promocin de la Igualdad de Oportunida-des y Derechos entre hombres y mujeres (ley N 18.104 de 2007) y el decreto regla-mentario que aprob el PIODNA; el texto legal cre, adems, el Consejo Nacional Coordinador de Polticas Pblicas de Igualdad de Gnero, que es un rgano presi-dido por el INMUJERES e integrado por representantes de todos los Ministerios, del Congreso de Intendentes, de la Suprema Corte de Justicia, de la Universidad de la Repblica (UdelaR) y representantes de cuatro organizaciones de la sociedad ci-vil (la central nica de trabajadores, las cmaras empresariales, mujeres rurales y organizaciones feministas), tal como fuera sealado en el informe de 2007.

    16. En el marco de la Reforma Social, eje central del modelo de desarrollo im-pulsado desde 2012 para mejorar el acceso y la universalidad de las prestaciones sociales con foco en la justicia social, el MIDES realiz un proceso de reforma que simplific y racionaliz la estructura organizativa manteniendo seis Direcciones Nacionales, dentro de las cuales se incluye al INMUJERES. Este proceso de rees-tructura implic un desafo para el entramado de las polticas de desarrollo social del Estado uruguayo. Para el INMUJERES esta nueva formulacin conllev a la re-afirmacin de sus funciones, visin y misin, permitiendo profundizar en su rol de

    10 Ver cuadro 6 y 7 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Orien-tal del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

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    Informe Pas / Convencin CEDAW

    rectora en la conduccin, promocin, regulacin y contralor de la poltica de g-nero en el Estado uruguayo.

    17. Desde el INMUJERES se profundiz en el fortalecimiento del rol rector me-diante diferentes estrategias:

    18. promocin de la creacin de diversos mecanismos institucionales para el avance de los derechos de las mujeres y la articulacin con los mismos, tales como comisiones de gnero, comits de Calidad con Equidad de Gnero, redes de gnero u otras formas, enmarcados en convenios interinstitucionales;

    19. capacitacin sistemtica al funcionariado pblico sobre gnero y no discri-minacin y otras temticas conexas;

    20. apoyo para la elaboracin, implementacin y seguimiento de planes de ac-cin dirigidos a incorporar la perspectiva de gnero en las polticas pblicas y la gestin organizacional;

    21. promocin de la incorporacin de la perspectiva de gnero en el presupues-to nacional;

    22. procesamiento y anlisis de informacin con perspectiva de gnero a travs de un Sistema de Informacin de Gnero (SIG) propio que pone a disposicin de diversos actores poltico-institucionales, organizaciones sociales y pblico intere-sando informacin estadstica rigurosa para apoyar la toma de decisiones y el dise-o de polticas pblicas que incorporen la perspectiva de de gnero;

    23. elaboracin y difusin de publicaciones sobre temas especficos (toma de de-cisiones, medicin de la pobreza, mujeres afrodescendientes, trabajo- empleo, uso del tiempo, entre otros)11;

    24. apoyo e incidencia para el diseo e implementacin de legislacin y polti-cas de promocin y defensa de los derechos de las mujeres en diferentes espacios interinstitucionales, ejerciendo la Presidencia del CNG, el CNCLVD, la Coordi-nacin de la Mesa Interinstitucional de Combate a la Trata de Mujeres con Fines de Explotacin Sexual, de la Mesa de trabajo sobre Mujeres Privadas de Libertad e integrando la Comisin Tripartita de Igualdad de Oportunidades y Trato de en el Empleo (CTIOTE), la coordinacin conjunta con la Cancillera de la Comisin In-terinstitucional para cuestiones de gnero en el mbito internacional, integrando la Comisin Asesora de Salud Sexual y Reproductiva, la Comisin Nacional de Si-da, la Comisin Muerte Materna y el Consejo Sectorial de Tecnologas de la Infor-macin y la Comunicacin (TIC) del Gabinete Productivo.

    25. Para el logro de susobjetivos, el INMUJERES ha desarrollado actividades financiadas, tanto con fondos presupuestales como con fondos de organismos de cooperacin internacional. Es importante sealar que INMUJERES no es una Uni-dad Ejecutora, por tanto, no cuenta con presupuesto propio ni con la potestad de ejecutar el presupuesto asignado por MIDES, sin la autorizacin correspondiente.

    26. Al momento de la creacin de INMUJERES (2005) los fondos provistos por la cooperacin internacional representaban alrededor del 50% del total de fondos

    11 http://www.inmujeres.gub.uy/innovaportal/v/14763/6/innova.front/biblioteca_virtual

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    ejecutados en los primeros 3 aos, y en los aos siguientes paulatinamente el MI-DES fue asumiendo con fondos presupuestales los diferentes proyectos que se ve-nan desarrollando desde la Institucin. El INMUJERES ha desarrollado en los l-timos aos una gran capacidad de ejecucin manteniendo la tendencia creciente de los niveles de ejecucin del total de los fondos asignados por el MIDES. El pre-supuesto de INMUJERES del ao 2013 se vio afectado por el proceso de reestruc-tura ministerial; la creacin de la Direccin Nacional de Desarrollo Social, como unidad ejecutora, aglomer los programas que ejecutaban todas las otras unida-des. En consecuencia, los servicios especializados de atencin a mujeres en situa-cin de violencia domstica (VD) y de trata en Montevideo y el interior del pas, que dependan de la Divisin de Violencia Basada en Gnero del INMUJERES, se trasladaron a dicha unidad ejecutora, lo que implic una reduccin significativa en la asignacin y ejecucin presupuestal, as como tambin de los recursos humanos que conformaban el INMUJERES. Segn lo expuesto, se puede observar unadis-minucinde los fondos ejecutados en el 2013 respecto a los perodos anteriores, co-mo consecuencia de la reduccin del presupuesto de la Divisin de VBG de aproxi-madamente un80% de su monto total12.

    27. Por ltimo, es de destacar la creciente incorporacin de recursos humanos que desempean sus funciones en los distintos dispositivos territoriales de los De-partamentos, faltando an la cobertura en 4 de los 19 departamentos del pas.

    Observacin (Prrafo 18).- El Comit observa con preocupacin que determinadas disposiciones del Cdigo Penal, en particular las que figuran en el ttulo X, denominado Delitos contra las buenas costumbres y el orden de familia, discriminan contra la mujer al conservar conceptos como el pudor, la honestidad y el escndalo pblico en la tipificacin de los delitos sexuales. El Comit lamenta que el proyecto de reforma del Cdigo Penal presentado al Senado en septiembre de 2005 todava no se haya aprobado

    Recomendacin (Prrafo 19).- El Comit insta al Estado parte a que acelere el proceso de aprobacin del proyecto de reforma del Cdigo Penal y derogue sin demora esos artculos del Cdigo Penal a fin de que el Cdigo sea conforme con la Convencin y las recomendaciones generales 19 y 24 del Comit.

    12 Ver Cuadros 8 y 9 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    http://www.inmujeres.gub.uy/
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    28. Desde el CNCLVD y el Sistema Integral de Proteccin a la Infancia y Ado-lescencia contra la Violencia13 (SIPIAV) en 2012 se realizaron propuestas para el proyecto en estudio del Cdigo Procesal Penal y el Cdigo Penal, dentro de las que se puede sealar la propuesta para penar la violacin en el matrimonio o concu-binato con o sin declaracin judicial; los avances en materia de VD, acoso sexual, abuso sexual, as como la eliminacin de condicionantes que expresan estereotipos de gnero en el mbito penal.

    29. El proyecto de Cdigo Penal fue presentado en Cmara de Representantes en el mes de diciembre de 2014; como resultado de fuertes presiones instituciona-les y de organizaciones de mujeres y feministas, se decidi remitir el proyecto a Co-misin para la consideracin de los reparos planteados. En este proyecto se identi-fic la ausencia de incorporacin de los aportes antes sealados, as como tambin la incorporacin del ttulo de Proteccin de vida intrauterina para el articulado que regula el aborto por fuera de la ley de Interrupcin Voluntaria del Embarazo y la preservacin de los delitos sexuales bajo el titulo Delitos contra las Buenas Cos-tumbres y el Orden de Familia, entre otros aspectos.

    Observacin (Prrafo 20).- Si bien celebra las actividades de capacitacin y sensibilizacin introducidas por el Estado parte para los profesionales de los medios de comunicacin y del sistema educativo sobre el tema concreto de la violencia contra la mujer, al Comit le sigue preocupando la persistencia de estereotipos relativos al papel de la mujer en la familia y la sociedad y actitudes y conductas profundamente arraigadas basadas en la supuesta superioridad del hombre en la esfera pblica y privada.

    13 En abril de 2007 se conform el SIPIAV, con el objetivo de defender el Derecho a la no violencia, focalizando principalmente en nias/os y adolescentes. El mismo es presidido por el Instituto del Nio y Adolescente del Uruguay (INAU), y conformado adems por el MIDES, MSP, Ministerio del Interior, la ANEP, Poder Judicial y las ONSC, contando con el apoyo de UNICEF y PNUD. Sus objetivos son consolidar un sistema nacional de atencin, mediante un abordaje interinstitucional que responda a la problemtica de la violencia contra la niez y la adolescencia; y fortalecer el sistema de promocin, proteccin, y garanta de los derechos de nios, nias y adolescentes, avanzando en la materializacin de acuerdos estratgicos que involucren a los organismos del Estado y la sociedad civil.

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    Recomendacin (Prrafo 21).- Siguiendo su anterior recomendacin (A/57/38, primera parte, prr. 19314), el Comit insta al Estado parte a adoptar medidas urgentes para eliminar los estereotipos en la sociedad uruguaya, en particular fortaleciendo sus campaas de sensibilizacin dirigidas a los profesionales de los medios de comunicacin y del sistema educativo, hacindolas extensivas a los encargados de hacer cumplir la ley y los funcionarios del sistema judicial.

    30. Sobre el trabajo para la eliminacin de estereotipos de gnero, el Canal Tele-visin Nacional de Uruguay elabor de un Cdigo de tica que incluye, entre otros temas, el tratamiento de la violencia de gnero, la discriminacin, el tratamiento de temas referidos a la identidad de gnero y orientacin sexual, as como la auto-rregulacin de los contenidos, y la promocin de la participacin igualitaria entre los sexos en el medio de comunicacin.

    31. El Ministerio de Turismo y Deportes (MTD) aplica la directiva de evitar el uso sexista de la imagen femenina en las campaas publicitarias de destinos turs-ticos y en los materiales promocionales institucionales del MTD.

    32. El Plan Ceibal15 ha facilitado la difusin de contenidos con perspectiva de gnero y no discriminatorios. Desde 2013 se coordina con INMUJERES para el de-sarrollo de herramientas informticas para estos dispositivos.

    33. El Programa Lenguaje Ciudadano, de la Direccin Nacional de Impresio-nes y Publicaciones Oficiales (IMPO), en conjunto con el Ministerio de Educacin y Cultura (MEC) y la Cmara de Representantes del Uruguay, propone fomentar el conocimiento de las leyes por medio de su traduccin a un lenguaje simple. Su principal propsito es difundir los instrumentos normativos a travs de una comu-nicacin sencilla y eficaz. En uno de sus componentes, se desarrolla una campa-a de informacin pblica sobre legislacin nacional referida a DDHH en formato audiovisual y con subttulos, y con soporte en televisin, web, radio y va pblica.

    34. INMUJERES ha realizado un conjunto de campaas de comunicacin, de difusin de derechos y contenidos tericos y conceptuales. En particular, se pue-

    14 El Comit insta al Estado parte a que adopte medidas para eliminar los estereotipos en la sociedad uruguaya. Particularmente, el Comit insta al Estado parte a encaminar sus esfuerzos a aumentar la participacin de la mujer en todas las esferas y puestos de toma de decisiones, y a que los hombres compartan las responsabilidades de la familia. El Comit insta al Estado parte a que aumente sus programas de creacin de conciencia, as como a que adopte medidas para cambiar las actitudes y percepciones estereotipadas sobre la funcin y la responsabilidad de mujeres y hombres. (2002).

    15 Es un plan socio-educativo con base tecnolgica que busca que los nios, nias, adolescentes, jvenes y sus familias, sobre todo de los sectores ms pobres del pas, tengan la posibilidad de acceder a las nuevas tecnologas a travs de la asignacin de una laptop. Para eso se distribuye una computadora porttil a cada estudiante de la escuela pblica uruguaya, del ciclo bsico de educacin media y a cada maestra/o, as como conectividad en todos los centros educativos y muchos espacios pblicos. Se sigue avanzando en la produccin de contenidos pedaggicos, en la creacin de nuevas plataformas, as como software para la difusin de la corresponsabilidad, la dimensin tnico-racial y otros contenidos pedaggicos con perspectiva de gnero.

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    den sealar las campaas de difusin para la erradicacin de la discriminacin de gnero y tnico-racial, Sabemos cmo hablamos?, dirigido a escuelas.

    35. En diciembre de 2014 se aprob la ley de servicios de comunicacin audiovi-sual que regula aspectos de la forma de propiedad de los medios de comunicacin, la gestin de los contenidos, los mensajes publicitarios, las modalidades de comu-nicacin, la proteccin a la infancia, entre otros. INMUJERES y organizaciones fe-ministas han contribuido a la promocin de la incorporacin de la perspectiva de gnero en los contenidos de la ley.

    36. Se realiz una campaa de difusin de derechos y trabajo decente con n-fasis en los/as jvenes, a travs del MIDES, INJU y MTSS llamada Mismos Dere-chos; tuvo cobertura nacional durante 3 meses y se dirigi a jvenes y empleado-res/as. Busc instalar en la agenda y opinin pblica la temtica de trabajo decente joven desde un enfoque de derechos, gnero y diversidad tnico-racial. Tambin se desarroll un proyecto educativo interinstitucional (INJU-MIDES, Banco de Pre-visin Social (BPS), MEC, MTSS, y la Administracin Nacional de Educacin P-blica (ANEP) con el apoyo de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT)), que tuvo por objetivo incorporar la temtica de trabajo decente en el sistema edu-cativo formal a travs de materiales didcticos y formacin para docentes de cen-tros educativos de enseanza media del pas.

    37. INMUJERES realiz una campaa de difusin y promocin de la Ley N 18.561 de Acoso Sexual a travs de afiches y dpticos, que fueron distribuidos en to-do el territorio nacional a travs de las referentes territoriales de gnero de INMU-JERES, as como a travs de la articulacin interna con los mecanismos de gne-ro de los distintos Ministerios y Empresas Pblicas, fundamentalmente el MTSS, incluyendo un dptico y una gua de procedimiento para el abordaje de las situa-ciones de acoso sexual en el trabajo.16 Tambin se realiz un importante conjunto de acciones para la sensibilizacin y capacitacin acerca de la legislacin y los de-rechos.

    38. El Ministerio del Interior (MInterior) cre una comisin para elaborar una Gua de Lenguaje Inclusivo, destinada a la produccin de comunicados y llamados y en los Formularios de Toma de Denuncia del inciso. Se capacit en la aplicacin de esta gua y sobre el abordaje periodstico de calidad y con enfoque de derechos sobre la temtica de violencia que afecta o involucra nias/os y adolescentes, espe-cialmente la explotacin sexual al personal de las reas de Prensa y Relaciones P-blicas de las Jefaturas de Polica de Montevideo y Canelones y de la Unidad de Co-municacin del Ministerio del Interior.17

    16 http://www.inmujeres.gub.uy/innovaportal/file/5137/1/Folleto%20Acoso%20_web.pdf

    17 Se dict en la ENP y tuvo 32 horas de carga horaria. Participaron 41 personas, 4 de Montevideo, 3 de Canelones y 2 por cada Jefatura restante.

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    Observacin (Prrafo 22).- El Comit encomia las diversas medidas legislativas y normativas adoptadas por el Estado parte para hacer frente a la violencia en el hogar. No obstante, lamenta la falta de informacin sobre las repercusiones efectivas de esas medidas y los vacos existentes en la recoleccin de datos sobre todas las formas y manifestaciones de violencia contra la mujer. El Comit lamenta adems la falta de servicios de apoyo para las vctimas de la violencia en el hogar, entre ellos albergues y servicios de asesoramiento.

    Recomendacin (Prrafo 23).- 1. El Comit alienta al Estado parte a que estudie los efectos y la eficacia de sus mecanismos para hacer frente a la violencia en el hogar y establezca un sistema para la recoleccin peridica de datos estadsticos sobre la violencia domstica, desglosados por sexo y tipo de violencia y por la relacin de los agresores con las vctimas. 2. El Estado parte debera establecer albergues y centros de crisis accesibles para las mujeres vctimas de la violencia y garantizar que si una vctima acepta reconciliarse con el agresor, se proporcionen servicios de asesoramiento a ste y a la vctima y se supervise la situacin para prevenir nuevos malos tratos. 3. Se deberan ofrecer capacitacin y programas de sensibilizacin al personal judicial, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y los profesionales del derecho y la salud. 4. El Comit alienta adems al Estado parte a que refuerce su colaboracin con la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales en lo que respecta a la violencia contra la mujer.

    39. El abordaje de la problemtica de la violencia contra las mujeres y nias, ni-os y adolescentes, mantuvo durante aos una respuesta fragmentada por sector y focalizada en la emergencia. A partir de la Ley N 17.514, ya presentada en el in-forme de 2007, de la constitucin del CNCLVD18 y el SIPIAV, se inici un proce-so de desarrollo de polticas basadas en la interinstitucionalidad y la articulacin de una red de servicios donde cada organismo (salud, seguridad, servicios socia-les, educacin, entre otros) acte segn su competencia y segn las caractersticas de cada situacin. La creacin del CNCLVD ha contribuido a fortalecer y coordi-nar la accin pblica en esta materia. Tiene por finalidad asesorar al Poder Ejecuti-vo en materia de su competencia, velar por el cumplimiento de la Ley N 17.514 y su reglamentacin, disear y organizar planes de lucha contra la VD, promover la co-

    18 El CNCLVD est integrado por INMUJERES que lo preside, Ministerio de Desarrollo Social, Poder Judicial, Ministerio del Interior, Ministerio de Salud Pblica, Ministerio de Educacin y Cultura, Instituto del Nio y Adolescente del Uruguay, Administracin de Educacin Pblica, Congreso de Intendentes y tres representantes de la sociedad civil integrantes de la Red Uruguaya contra la VD y Sexual.

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    ordinacin e integracin de las polticas sectoriales de lucha contra la VD disea-das por parte de las diferentes entidades pblicas vinculadas al tema, elaborar un informe anual acerca del cumplimiento de sus cometidos y sobre la situacin na-cional de la VD, entre otros. Desde 2007 se ampliaron a 19 Comisiones Departa-mentales de Lucha Contra la VD.

    40. En el marco del proyectoUruguay unido para poner fin a la violencia hacia las mujeres, nias y adolescentes se elabor la Gua violencia basada en gnero y generaciones, orientaciones para la cobertura periodstica.

    41. En este marco, el Plan Nacional de Lucha contra la VD, elaborado por el CN-CLVD, ha sido un hito muy importante para generar compromisos poltico-insti-tucionales hacia la implementacin de esta poltica pblica.

    42. En noviembre de 2012 desde el CNCLVD se present el documento: Me-didas para un pas libre de VD, en el marco de la Estrategia por la Vida y la Con-vivencia presentada por el Gabinete de Seguridad. Se reconoce como problema de seguridad ciudadana la violencia vinculada al mbito familiar y/o afectivo y que tiene como principales vctimas a las mujeres, nias, nios y adolescentes. El docu-mento establece tres ejes programticos y dos transversales: Prevencin, Acceso a la Justicia y Servicios de Asistencia, por un lado, y los ejes transversales de Sistemas de Informacin y de capacitacin y formacin al funcionariado pblico.

    43. Se ha avanzando en la incorporacin de la dimensin de discapacidad en las polticas de lucha contra la violencia de gnero, para lo cual el Programa Nacional de Discapacidad e INMUJERES desarrollaron materiales de difusin de derechos y prevencin, algunos de los cuales fueron impresos en lenguaje braille.

    44. El sistema de respuesta a las situaciones de VBG y generaciones ha apelado a una visin sistmica de las acciones que permita fortalecer los mecanismos inte-rinstitucionales y la especificidad de cada sector, desde una perspectiva tnico-ra-cial, de la diversidad sexual y la discapacidad. En este sentido se trata de una polti-ca en la que todos los actores de todos los niveles deben verse involucrados con una primera respuesta. El sistema de respuesta construido prev las acciones de preven-cin, la red de servicios de atencin, la rehabilitacin, el acceso al sistema de justi-cia, los sistemas de informacin as como la formacin y capacitacin19.

    45. A partir de la Ley N 17.514 se ha conformado un sistema especfico para el PJ, integrado por todos los juzgados de paz y letrados en materia de familia del in-terior del pas y seis juzgados especializados en VD. En todos estos se crearon equi-pos multidisciplinarios en las capitales de todo el pas y se ha impartido formacin a todos/as los operadores/as, con una actitud vigilante de la Suprema Corte de Jus-ticia (SCJ).

    46. Desde INMUJERES y MIDES la puesta en funcionamiento de servicios p-blicos de atencin a mujeres en situacin de VBG forma parte de la estrategia para ofrecer una respuesta integral y especializada en la temtica.

    47. Los servicios brindan asistencia psico-social y jurdica a mujeres en situa-

    19 Las acciones del Poder Judicial son unificadas y presentadas en la recomendacin N 27.

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    cin de VD y en los servicios del interior del pas se brinda patrocinio en juicio. Ac-tualmente, en el territorio nacional funcionan 18 servicios pblicos y 12 dispositi-vos mviles de atencin a mujeres en situacin de VBG.

    48. En 2011 se incorporaron a los servicios de atencin los dispositivos mvi-les. Estos brindan servicio de deteccin y primeras respuestas en situaciones de VBG. Tambin desarrollan tareas de promocin y sensibilizacin a nivel comuni-tario para la difusin del servicio en centros urbanos, localidades y zonas rurales. Durante los aos 2012 y 2013 se capacit a todos los equipos tcnicos de los servi-cios para la inclusin de la atencin a mujeres lesbianas en situacin de VD. Se pro-yecta para 2015 haber finalizado la cobertura a nivel nacional, completando la ins-talacin de cada dispositivo en todos los departamentos. Al ao 2012 fueron 2013 las consultas realizadas.

    49. Sobre el componente habitacional, desde enero de 2009 funciona el Proyec-to Alternativas habitacionales transitorias para mujeres en proceso de salida de si-tuaciones de VD del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) y MIDES, con cobertura nacional, tal como fuera mencio-nado anteriormente. Entre enero de 2009 y octubre de 2013, fueron beneficiarias del programa 194 mujeres y 500 nios, nias y adolescentes, completando un to-tal de 694 personas.

    50. En el Ministerio de Salud Pblica (MSP) Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) desde 2007 existen 103 equipos de referencia distribuidos en todo el pas en las instituciones pblicas y privadas, incluyendo instituciones pblicas no incluidas en el SNIS. Estos equipos son los encargados de organizar y apoyar la atencin en la institucin y de la asistencia directa a los casos de mayor gravedad. En los servicios de salud, segn datos del ao 2012, se realiz la pesquisa a 522.200 mujeres mayores de 15 aos detectndose 4.090 (0,8%) en situacin de VD, actual o pasada. De stas fueron derivadas a los Equipos de Referencia en VD 1.711 mu-jeres.

    51. Bajo la rbita del Instituto Nacional del Nio y Adolescente del Uruguay (INAU), actualmente estn funcionando 15 comits locales de recepcin del SI-PIAV en todo el pas, que tienen por objetivo recibir, orientar y coordinar la aten-cin de situaciones de violencia de nios, nias y adolescentes en forma inter-sectorial, en el marco del modelo de proteccin integral. Por su parte, el INAU implementa servicios que cotidianamente atienden las situaciones de violencia que viven nios/as y adolescentes, a travs de los Centros de Estudios y Derivacin en cada departamento del pas: la lnea de atencin telefnica (Lnea Azul), Centros de Referencia Familiar, Casamiga y la Unidad de Atencin Familiar. Por otra parte, en Noviembre de 2012, se crea el Programa de Atencin a Nias, Nios, y Adoles-centes Vctimas de Trata y/o Explotacin Sexual Comercial. En la capital del pas se dispone de un equipo preparado para el abordaje de las situaciones que se pre-senten. Asimismo, se han realizado convenios con organizaciones de la sociedad civil, por los cuales se brinda respuesta en cinco refugios para madres con nios/as, con una capacidad para 170 madres con nios/as; y servicios de atencin espe-

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    cfica a estas situaciones en Montevideo (4 convenios), Canelones (5 convenios) y San Jos (1 convenio).

    52. El MInterior20 cre la Oficina Nacional de VD y Gnero (ONVDG) depen-diente de la Polica Nacional y las Direcciones de VD y Gnero (DVDG) en las Je-faturas de Policas, dependientes de la Coordinacin Ejecutiva, y aprob su regla-mento orgnico. Existen 34 Unidades Especializadas de VD y Gnero (UEVDG) en territorio y a nivel nacional, cuentan con un personal total de 426 (119 varones y 307 mujeres). El Decreto 317/2010 reglamenta la Ley N 18315 de Procedimiento Policial para la Actuacin en VD21.

    53. El Sistema de Gestin y Seguridad Pblica (SGSP) cuenta con un mdulo especfico de VD, para vincular los delitos de lesiones, amenazas, violencia priva-da, suicidios, homicidios entre otros con el de VD. Tambin ha permitido anali-zar, por ejemplo, el tipo y frecuencia de la violencia, factores de riesgo, red familiar y social de la vctima, registrar las medidas cautelares interpuestas por la justicia y avisar al operador/a que realice cualquier consulta al SGSP sobre el indagado. La implementacin del mdulo tuvo como resultado un aumento significativo del re-gistro y captacin de eventos policiales asociados a VD.22

    54. Se aprob el protocolo de gestin de informacin de VD para favorecer el llenado del Mdulo de VD del SGSP23. Asimismo, para el registro en papel se ela-boraron formularios y una ficha especfica similar al Mdulo de VD.

    55. Sobre las respuestas a situaciones de alto riesgo para mujeres en situacin de VD, en el marco de la Medida N 3 de las Medidas por la Vida y la Convivencia24, se implement la utilizacin de tecnologas de verificacin de presencia y localiza-cin tobilleras, diseadas para monitorizar personas, permitiendo el seguimien-to y contralor del cumplimiento de las medidas de proteccin dispuestas por los Juzgados correspondientes (Especializado en VD, Penal y Juzgados Letrados)25. El MInterior capacit y coordin con Juzgados Penales, Especializados en VD, De-fensoras y MPF para el uso de las mismas, y se coordin con MIDES e INMUJE-RES para instalar Servicios de Atencin a Vctimas y Ofensores, que comenzaron a funcionar en setiembre de 2013.

    56. Desde 2013 el INMUJERES, en acuerdo con el MInterior, conformaron un equipo tcnico (piloto) para un Servicio Pblico de Atencin Especializada di-rigido a las mujeres y varones ofensores que tengan dispuesta la medida de uso

    20 Decreto 382/2012 de 22/11/12 http://archivo.presidencia.gub.uy/sci/decretos/2012/11/min_772.pdf

    21 https://www.minterior.gub.uy/genero/images/stories/guia_de_procedimiento_policial.pdf

    22 La informacin no slo tiene fines estadsticos sino que aporta a la elaboracin de una estrategia de proteccin y prevencin, brindando la posibilidad de dar informacin relevante y de calidad a la justicia sobre la situacin presente y sus antecedentes.

    23 https://www.minterior.gub.uy/genero/images/stories/protocolo_violencia_domestica.pdf

    24 En consonancia con el artculo 11 de la Ley 17.514 y de los arts. 3 y 4 de la Ley 17.726

    25 Ver Anexo Documental 1 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    https://www.minterior.gub.uy/genero/images/stories/guia_de_procedimiento_policial.pdfhttp://www.inmujeres.gub.uy/
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    de tobilleras, para brindar asistencia psico-social. Actualmente, el Servicio est compuesto por dos equipos de atencin, uno de ellos destinado al trabajo con los varones agresores y el otro destinado al trabajo con las mujeres, con la supervisin y monitoreo por parte de INMUJERES. Desde su inicio se han aplicado 280 pares de tobilleras, y al 31 de diciembre de 2014 hay en uso entre 80 y 90 pares en Mon-tevideo. En 2014 se extendi a Canelones y Ciudad del Plata y San Jos. El PJ rea-liz un taller de capacitacin sobre este tema en el Centro de Estudios Judiciales.

    57. El rea Violencia de Gnero del Centro de Comando Unificado funciona como centro de monitoreo y en diciembre de 2013 contaba con 28 policas (Direc-tor, Subdirectora, cuatro encargados de turno y 22 operadores) de los cuales eran 15 mujeres y 13 hombres. En el 2013, fue aprobado el protocolo de actuacin pa-ra esta rea.

    58. En 2012 se cre la primera Casa de Breve Estada para brindar alojamien-to, proteccin y orientacin a mujeres solas y/o con hijos/as a cargo y en situacin de VD con riesgo de vida inminente. La casa est situada en Montevideo, con al-cance nacional, funciona todo el ao y tiene una capacidad para 30 personas (hasta 12 mujeres con o sin hijos/as a cargo). Entre enero de 2012 y noviembre de 2013, 73 mujeres y 135 nios, nias y adolescentes fueron usuarias/os de la casa.

    59. En materia de reparacin a hijos/as hurfanos de mujeres vctimas de VD, se desarroll una prestacin de seguridad social que otorga una pensin. A febrero de 2014 ascendieron a 125 prestaciones por esta causa.

    60. En 2011 comenz la implementacin por parte del INMUJERES MIDES, MInterior, MSP y PJ del Programa Integral de lucha contra la Violencia de Gne-ro en Uruguay, con el apoyo de la Agencia Espaola de Cooperacin Internacio-nal para el Desarrollo (AECID). Este programa tiene entre sus resultados: disear una Estrategia Nacional para la erradicacin de la Violencia Basada en Gnero, en coordinacin con el CNCLVD y SIPIAV, que se orientar a instalar la VBG, como un problema estructural en la sociedad uruguaya y que avanzar hacia la consoli-dacin de un pacto nacional para jerarquizar esta problemtica.

    61. Luego comenz la ejecucin del proyecto Uruguay Unido para poner fin a la violencia hacia mujeres, nias y adolescentes, para el perodo 2012-2014, lleva-do adelante por el CNCLVD y el SIPIAV, junto al Sistema de Naciones Unidas en Uruguay, y cuenta con el apoyo de la Agencia Uruguaya de Cooperacin Interna-cional de Uruguay. El enfoque central del Proyecto est orientado a prevenir, san-cionar y erradicar la VBG y tiene por finalidad contribuir a la implementacin de la Estrategia Nacional en VBG. Dicha Estrategia propone un modelo de atencin in-tegral que articule acciones de prevencin, proteccin, asistencia y rehabilitacin.

    62. Durante 2013 se realiz en Uruguay la primera Encuesta Nacional de VB-GG enmarcada dentro del proyecto anteriormente mencionado, en coordinacin con el Instituto Nacional de Estadstica (INE). Su gran aporte es el de establecer una lnea de base a nivel nacional, sobre la magnitud del fenmeno de la violencia hacia mujeres, nias y adolescentes y sus caractersticas, dado que los datos con los que cuenta el pas hasta el momento provienen nicamente de denuncias, servicios

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    de atencin a la violencia o encuestas parciales. La misma constituye, adems, un insumo fundamental para la produccin de indicadores que contribuyan al forta-lecimiento de las polticas pblicas integrales para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres en nuestro pas.

    63. Indicadores sobre VD. a) Nmero de procesados por homicidio26: 104b) Tasa de femicidio y/o muerte violenta de mujeres por 100.000 mujeres27: 2,85 c) Nmero de procesados por femicidio: 19 (Fuente: Observatorio de Violencia

    y Criminalidad del Ministerio del Interior de 1/04/13 a 31/03/14)28d) Cantidad de denuncias de violencia contra la mujer sobre cantidad total de

    poblacin de mujeres:e) Ao 2009:13.352/1.708.481=0.008 f) Ao 2010:12.312 /1.708.481=0.007 g) Ao 2011:12.947/1.708.481= 0.008h) La Encuesta Nacional de VBG y Generaciones, evidencia la importancia de

    la violencia ejercida contra mujeres y nias en el mbito privado (familia, pareja) y pblico (social, laboral, educativo). El 68,8% de las mujeres han vivido algn tipo de VBG en algn momento de su vida (que representa ms de 650.000 mujeres).Se relev que el 45,4% de las mujeres que han tenido al-guna relacin de pareja a lo largo de su vida, declaran haber vivido alguna vez violencia por parte de su pareja o ex parejas; al considerar el ltimo ao, el 23,7% de las mujeres encuestadas que tienen o han tenido pareja en losl-timos12 meses, transitaron por esta situacin. Segn el tipo de violencia, la violencia psicolgica es el tipo de violencia ms frecuente (43,7%), el cual se manifiesta en forma simultnea con los otros tipos de violencia; la segunda ms frecuente es la econmica (19,9%), la violencia fsica (14,8%) y la sexual (6,7%)29.

    26 Nmero y porcentaje de procesos penales iniciados por el delito de femicidio, homicidio, asesinato / nmero y porcentaje de procesos penales con sentencia (condenatoria o absolutoria) por el delito de femicidio, homicidio, asesinato. Por el perodo 1/4/13 a 31/3/14.

    27 Nmero de nias y adolescentes, mujeres adultas y adultas mayores asesinadas en los ltimos doce meses en los distintos escenarios de femicidio, multiplicado por 100.000 y dividido entre el nmero de mujeres que habita en el pas. (Fuente: elaboracin a partir de los datos proporcionados por el Observatorio de Violencia y Criminalidad del MInterior y las proyecciones de poblacin calculadas por el Instituto Nacional de Estadstica [INE).

    28 Ver Cuadros 10, 10.1 y 10.2 Trptico resumen: Encuesta Nacional de Violencia Basada en Gnero y Generaciones en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    29 Ver Cuadro 11 Trptico resumen: Encuesta Nacional de Violencia Basada en Gnero y Generaciones en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

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    Observacin (Prrafo 24).- El Comit observa con aprecio que la Ley No. 17.938 de enero de 2006 aboli el artculo 116 del Cdigo Penal y el artculo 23 del Cdigo de Procedimiento Penal, conforme a los cuales los cargos por delito de violacin se anulaban si el agresor contraa matrimonio con la vctima. Sin embargo, lamenta que el Estado parte no haya tipificado como delito la violacin en el matrimonio.

    Recomendacin (Prrafo 25).- El Comit recomienda que el Estado parte tipifique como delito la violacin en el matrimonio, definida sobre la base de la ausencia de consentimiento de la esposa.

    64. Tal como fue informado en la recomendacin correspondiente al prrafo 19, la aprobacin del proyecto de reforma del Cdigo Penal prevista para diciem-bre de 2014 fue suspendida para que la Comisin tratante tome en consideracin las diversas consideraciones realizadas por diversas instituciones y organizaciones entorno al proyecto. La propuesta presentada por el CNCLVD y el SIPIAV a la C-mara de Representantes incluye la penalizacin de la violacin en el matrimonio o concubinato con o sin declaracin judicial.

    Observacin (Prrafo 26).- Si bien observa que se crearon cuatro juzgados especializados de familia en el departamento de Montevideo, que tratan predominantemente casos de violencia en el hogar, el Comit observa con preocupacin que esos juzgados estn saturados de trabajo y que nicamente un 4% de los casos de violencia domstica son posteriormente remitidos a la va penal.

    Recomendacin (Prrafo 27).- 1. El Comit recomienda que el Estado parte asigne recursos financieros y humanos suficientes a los juzgados de familia para garantizar su funcionamiento adecuado. 2. Alienta al Estado parte a que aumente el nmero de juzgados de familia, especialmente fuera de la capital, para lograr una plena cobertura judicial en todo el territorio del Estado.

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    65. Los juzgados que atienden en materia de Familia Especializado tienen com-petencia en materia de VD30. En Montevideo existen seis juzgados de familia es-pecializados; en las capitales departamentales y en Pando, Las Piedras, Ciudad de la Costa, hay sedes con competencia en Familia, que tienen a su cargo la atencin de casos de VD con idnticas facultades, conformando en todos ellos equipos ase-sores multidisciplinarios. En centros poblados de menor poblacin y relativamen-te alejados de la capital departamental, la competencia corresponde a los Juzgados de Paz actuando con competencia de urgencia para adoptar las primeras y ms urgentes medidas, que luego remiten las actuaciones al Juzgado Letrado Departa-mental correspondiente. En Montevideo tambin existe una Defensora Pblica de Familia Especializado que atiende casos de violencia intrafamiliar y cuenta con trece defensores (una directora y dos defensores asignados a cada sede judicial es-pecializada en esa materia). En el resto del pas, hay treinta y cuatro defensoras en capitales departamentales o ciudades importantes que atienden todas las ma-terias. Especficamente en materia de violencia intrafamiliar, a fines del ao 2004 se crearon en la capital cuatro Juzgados Letrados de Primera Instancia de Familia Especializado y en el 2010 se crearon dos ms. En el ao 2011 se cre un Juzgado de Familia Especializado en Pando. Los Juzgados de Familia excluyendo los es-pecializados son 51, a los que se agregan 14 juzgados multimateria. En Monte-video, existen tres Fiscalas Especializadas en materia de VD que estn compues-tas por un/a Fiscal Nacional, un/a Fiscal Adjunto y un/a Fiscal Adscripto cada una y que trabajan ante los juzgados especializados durante las audiencias y en los ex-pedientes que se siguen.

    66. El PJ identifica que al tratarse de un proceso cautelar y luego ser necesario un proceso principal en otra sede judicial, se crean algunas complicaciones para las litigantes, tales como la desconexin entre las actuaciones cumplidas y decisiones adoptadas por los jueces especializados con las que luego se llevan adelante en las sedes de familia que corresponda, la divisin artificial del conflicto en varias cau-sas que lleva a que se generen varios procesos que prosiguen paralelamente en for-ma inconexa, con duplicacin de pruebas, resultado de la distribucin de la com-petencia de los distintos juzgados. Los casos de violencia contra la mujer que llegan a las sedes penales generalmente encuadran en figuras delictivas como homici-dio, lesiones, violacin, abuso sexual de menores o incapaces, o explotacin sexual, siendo muy baja la aplicacin de la figura delictiva delito de VD (Ley N 16.707 de 12/7/95). En el mbito penal se advierten dificultades para enfocar los hechos con perspectiva de gnero, dificultad que se percibe particularmente cuando se juzga la conducta de la mujer vctima o de la mujer agresora en un marco de agresin pre-via que hubiera dado muerte o lesionado a su agresor, y en ocasiones puntuales pa-ra juzgar casos de abuso sexual adolescente.

    30 Esta materia est regulada en la ley N 17.514, y la misma tiene como objetivo la proteccin de la vctima y el resto del grupo familiar. Tambin tiene competencia en el art. 117 y siguientes del Cdigo de la Niez y de la Adolescencia (CNA), en cuanto a la proteccin de los derechos amenazados o vulnerados de los nios y ado-lescentes.

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    67. La SCJ en el ao 2012 aprob la Acordada N 7755 que signific la incorpo-racin de buenas prcticas para los Magistrados/as que se desempean en los Juz-gados de Familia Especializada y aquellos con competencia en la aplicacin de la Ley N 17.514 de todo el pas. Tambin se aprob la Acordada N 7647 de 1/4/09, que recoge las Cien reglas de Brasilia aprobadas en la XIV Cumbre Judicial Ibe-roamericana31.

    68. En los Juzgados Letrados de Familia especializados en VD y CNA32, tuvie-ron una demanda que fue de 8.025 asuntos, de los cuales 5.279 (66%) corresponden a la Ley N 17.514 de VD y 2.451 al Cdigo de la Niez y de la Adolescencia (34%)33. En el 80,9% de los asuntos iniciados en el ao 2012 por VD existe violencia psico-lgica y en el 52,6% se denuncia violencia fsica. Se indica tambin que el 41,2% de los casos corresponden nicamente a violencia psicolgica, el 29,9% corresponden a violencia fsica y psicolgica, y el 17% corresponden nicamente a violencia fsi-ca. La violencia sexual y patrimonial son las menos frecuentes. Si comparamos es-tos datos con los obtenidos en 2011 se observa que las denuncias por violencia psi-colgica se duplican (de 20,6% a 41,2%), aumentan las denuncias de violencia fsica y psicolgica (de 23,6% a 29,9%) y disminuye las de violencia fsica a poco menos de la mitad (de 36,6% a 17%). El total no suma 100% porque existen muchos casos en que se denuncian ms de un tipo de violencia conjuntamente34.

    69. La informacin sobre presupuesto destinado a los juzgados especializados en VD no se registra en la Contabilidad Presupuestal por oficina, sino por tipo de gasto, por lo que el PJ no dispone de estos datos desagregados.

    70. Se han realizado mejoras edilicias en las Sedes de los Juzgados de Familia Especializada que han permitido cumplir con las exigencias que implican la sepa-racin de agresores y vctimas tanto para las esperas como para los traslados den-tro de las sedes y se ha mejorado el lugar destinado para la espera de los nios y ni-as. Asimismo, se han creado equipos interdisciplinarios asesores que trabajan en

    31 Acordada nmero 7647, Circular 34/09 de 2 de abril de 2009. Estas Reglas fueron aprobadas en la Asamblea Plenaria de la XIV Edicin de la Cumbre Judicial Iberoamericana (marzo de 2008, Brasilia), donde se acordaron 100 reglas mnimas para garantizar el acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad, sin discriminacin alguna. Las mismas constituyen un importante avance en la identificacin y sistematizacin de postulados bsicos de un modelo de justicia accesible en condiciones de igualdad, que presta especial atencin a aquellos sectores ms vulnerables de la poblacin, procurando mitigar las dificultades y superar las barreras que les impiden a esas personas ejercitar plenamente los derechos que les reconoce el ordenamiento jurdico ante los sistemas de justicia.

    32 La intervencin del Poder Judicial en situaciones de VD y maltrato infantil se canaliza principalmente a travs de la aplicacin de la ley 17.514 y del Cdigo de la Niez y son denominados usualmente como casos CNA.

    33 Ver Cuadros 12,13 y 14 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    34 Ver Cuadro 15 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

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    estas sedes que se integran con mdico/a forense, psiquiatra, psiclogo/a y asistente social. En Montevideo existe un equipo con personal para trabajar en dos turnos35.

    Observacin (Prrafo 28).- Si bien acoge con agrado la participacin del Estado parte en el plan de accin del MERCOSUR para la lucha contra la trata de personas de 2006 y el plan nacional de accin para la erradicacin de la explotacin sexual comercial y no comercial de 2007, el Comit est profundamente preocupado por la persistencia de la trata de mujeres y nias desde y hacia el Estado parte con fines de explotacin sexual. Lamenta que no existan datos oficiales ni estadsticas y que no se hayan realizado estudios para evaluar la incidencia de este fenmeno. El Comit est igualmente preocupado por la falta de medidas suficientes y eficaces para combatir la trata de seres humanos.

    Recomendacin (Prrafo 29).- 1. El Comit insta al Estado parte a que intensifique sus actividades de lucha contra la trata de mujeres y nias, estudie su alcance, causas, consecuencias y fines y recopile informacin de manera sistemtica con miras a formular una estrategia amplia que incluya medidas de prevencin, enjuiciamiento y penalizacin de los culpables y medidas para la proteccin y rehabilitacin de las vctimas y su reintegracin en la sociedad. 2. Adems, recomienda que el Estado parte lleve a cabo campaas de concienciacin a nivel nacional dirigidas a las mujeres y las nias sobre los riesgos y las consecuencias de la trata y capacite a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de migracin y de fronteras sobre las causas, las consecuencias y la incidencia de la trata de mujeres y nias. 3. El Comit solicita al Estado parte que realice un seguimiento minucioso del efecto de las medidas adoptadas y proporcione informacin sobre los resultados conseguidos.

    71. La Mesa Interinstitucional de combate a la trata de mujeres con fines de ex-plotacin sexual es coordinada por INMUJERES desde su instalacin en el ao 2008. Est integrada por organismos pblicos, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales36. Tiene por finalidad coordinar la actuacin de los organismos en esta materia, identificando las competencias y los recursos institu-

    35 Ver Cuadro 16 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    36 Actualmente la Mesa est integrada por 10 instituciones gubernamentales (MRREE, BBF, INAU/CONAPESE, PJ, MEC y MPF, MIDES, MInterior, MSP, MINTUR, MTSS) y 3 no gubernamentales (Casa Abierta, El Paso, Red Uruguaya de Lucha contra la VD y Sexual), as como por OIM y NNUU (PNUD).

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    cionales existentes para abordar la temtica. En 2013 desde la Mesa se inici la ela-boracin de un documento de lineamientos estratgicos para la construccin de un Sistema de Proteccin y Asistencia a Personas en situacin de Trata. Este docu-mento fue presentado en el ao 2014. En octubre de ese ao se aprob el decreto del Poder Ejecutivo N588/2014 que formaliza este mbito de trabajo y ampla sus alcances a todas las formas de trata de personas.

    72. El servicio de atencin a mujeres en situacin de trata est destinado a la atencin de mujeres adultas y forma parte del Sistema de Respuestas a la VBG del MIDES, aumentando, respecto a su fase piloto, la cantidad de recursos humanos y las horas destinadas a la atencin directa. Brinda una respuesta especializada de atencin a mujeres que transiten o hayan transitado una situacin de trata con fi-nes de explotacin sexual, desde una perspectiva de gnero y DDHH. El acceso es voluntario y tiene competencia nacional. Entre marzo de 2011 a noviembre de 2013, fueron atendidas 66 mujeres en este servicio. Segn informe 2014 del Servi-cio, se realiz atencin directa a mujeres (generando una estrategia de intervencin personalizada, para su recuperacin integral, brindando soporte emocional, con-tencin y patrocinio legal, salida de la crisis, re vinculacin familiar, orientacin y asesoramiento socio-laboral para la reintegracin social); la valoracin del riesgo (acordando medidas con la mujer y si es necesario con el Ministerio del Interior, PJ y otros actores con competencia en la temtica); la tramitacin y regulacin de do-cumentacin migratoria de personas uruguayas y extranjeras a travs del Plan de respuesta rpida37; la orientacin y asesoramiento a familiares (tanto en la lnea de la re vinculacin familiar, como en tareas de prevencin y proteccin); la deriva-cin y coordinacin con otras instituciones; retornos voluntarios a nacionales y ex-tranjeras (brindando informacin y asesoramiento)38. Para la prevencin, INMU-JERES ha desarrollado capacitaciones y sensibilizaciones, desde el ao 2009 a la fecha, a lo largo del pas, especialmente en aquellos departamentos de frontera. Se elaboraron herramientas para la deteccin y atencin como el Protocolo de aten-cin a mujeres en situacin de trata con fines de explotacin sexual y el Protocolo de intervencin para embajadas y oficinas consulares en el exterior. El MTSS cuen-ta con protocolos de actuacin fiscalizadora para la Inspeccin General de Traba-jo y Seguridad Social (IGTSS). A solicitud del MTD, a travs Decreto N 398/01339, los prestadores de servicios tursticos debern realizar acciones tendientes a la pre-

    37 El Plan permite a las personas extranjeras comenzar a gestionar su residencia legal en nuestro pas y tramitar la cdula de identidad provisoria, vigente por 2 aos, y con la documentacin acceder al mercado laboral formal y atencin de la salud, entre otras.

    38 La edad que predomina en la poblacin atendida va entre los 18 y 30 aos, coincidente con la tendencia mundial para personas en situacin de trata, y la principal modalidad de explotacin es la sexual. Tambin se registraron casos de mujeres entre los 30 y 56 aos, principalmente para el servicio domstico. Tomando como referencia la finalidad de la explotacin, predomina la explotacin sexual, continua la explotacin laboral en el servicio domstico y luego otros fines como actividades delictivas, secta religiosa, o ftbol.

    39 Ver Anexo Documental 2 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

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    vencin de la explotacin sexual comercial de nios y adolescentes en la actividad turstica. Dicha iniciativa se enmarca en los postulados del Cdigo Mundial de ti-ca para el turismo y prev, entre otras cosas, la adopcin por parte de las empresas de un Cdigo de Conducta relativo a la venta de nios/as, explotacin sexual y uti-lizacin de nios/as en pornografa, as como la difusin de sus derechos e impe-dir la explotacin sexual comercial, la pornografa infantil y el turismo asociado a las prcticas sexuales con nios, nias y adolescentes; la implementacin de medi-das para impedir que sus dependientes e intermediarios ofrezcan servicios tursti-cos sexuales; realizar la denuncia de la existencia de actos relacionados con la ex-plotacin sexual a travs del servicio de la lnea 0800 5050, y ante las autoridades competentes; no ofrecer en sus programas de promocin turstica, expresa o tci-tamente, planes de explotacin sexual; y facilitar la presentacin de materiales pa-ra la prevencin. Asimismo, ms de 1000 prestadores a la fecha, tienen en sus es-tablecimientos materiales de difusin del decreto con el lema: Somos Empresas Responsables. Condenamos la Explotacin Sexual de Nias, Nios y Adolescen-tes, tambin se colabor en la ejecucin y realizacin de otras instancias de inter-cambio y difusin (Construyendo Puentes, correcaminatas, campaas publicita-rias, folletera, stickers y banners).

    73. El MInterior cre la Direccin General de Lucha contra el Crimen Organi-zado e Interpol (DGLCCOI), por Ley N 18.719 (2010) para trabajar sobre el Cri-men Organizado y los delitos conexos -explotacin sexual, trata y trfico de per-sonas-, con dos Oficinas: una dirigida a la trata de personas y otra a la explotacin sexual. En 2012 comenz a funcionar dentro del MInterior, la Comisin Ministe-rial de trabajo para el abordaje de Trata y Trfico de Personas40, que ha trabajado hacia la elaboracin de un Plan Nacional de Accin del MInterior para el periodo 2014-2015, as como un Protocolo de Investigacin especfico en la temtica.

    74. El MInterior impulsa la capacitacin del personal en este tema, en particu-lar a quienes trabajan en unidades operativas (Jefaturas de Policas y Crimen Orga-nizado), Unidades administrativas (Identificacin Civil, Migracin y Caminera), quienes tienen competencia en la temtica documentacin y circulacin de perso-nas a nivel nacional y en puestos de fronteras41.

    75. En el marco del Proyecto Uruguay unido para poner fin a la violencia hacia mujeres, nias y adolescentes, el CNCLVD y el SIPIAV, se organiz en 2014 el Se-minario Internacional sobre Trata de Personas: intercambio de herramientas y ex-periencias comparadas desde el Sistema de Justicia. Se capacit a 30 funcionarios/as del Poder Judicial, 30 del Ministerio Pblico y Fiscal y 30 del Ministerio del In-

    40 Integrada por Direccin General de Lucha contra el Crimen Organizado e INTERPOL, Direccin Nacional de Migracin, Direccin Nacional de Identificacin Civil, Direccin Nacional de la Polica Caminera, Direccin General de Informacin e Inteligencia, Escuela Nacional de Polica, Departamento de Relaciones Internacionales y Divisin de Polticas de Gnero y las Jefaturas de Polica de Montevideo, San Jos y Canelones.

    41 Ver Tabla 1 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

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    terior, aparte de cupos especiales para la Sociedad Civil y los servicios de Atencin del MIDES e INAU.

    76. A partir de 2008 la ley N 18.250 de Migracin, tipifica por primera vez los delitos de trata de personas y de trfico de migrantes tomando las definiciones es-tablecidas por el Protocolo de las Naciones Unidas aprobado en Palermo. El art. 80 de dicha ley hace aplicable a los denunciantes, las vctimas, los familiares y testigos en casos de trata de personas las disposiciones establecidas sobre la intervencin de las vctimas en los procesos judiciales y la reparacin dispuesta en la ley N 18.026 de crmenes de guerra y lesa humanidad.

    77. El Ministerio de Defensa ha desarrollado medidas de formacin y capacita-cin a travs del Grupo de Trabajo de Apoyo a la capacitacin y el perfecciona-miento en DDHH en el marco del desarrollo y la consolidacin de la paz para ga-rantizar que los ciudadanos/as desplegados en las diferentes misiones de paz, no permitan, faciliten ni participen de las formas graves de trata de personas.

    78. El PJ ha realizado capacitaciones a magistrados/as, fortalecido el sistema de justicia y avanzado en las coordinaciones interinstitucionales, tal como fuera in-formado en informe complementario 201242.

    79. A nivel regional la Reunin de Ministros del Interior y Justicia del Mercado Comn del Sur (MERCOSUR) ha trabajado el tema trata de personas y la explota-cin sexual comercial adoptando diferentes decisiones, acuerdos y declaraciones. y disposiciones43. En el marco del trabajo de la Reunin de Ministras y Altas Autori-dades de la Mujer del MERCOSUR (RMAAM), se elabor una Gua MERCOSUR de atencin a mujeres en situacin de trata con fines de explotacin sexual (MER-COSUR/CMC/REC N09/12), la Campaa MERCOSUR LIBRE DE TRATA DE MUJERES y se cre un Mecanismo de Articulacin para la Atencin a Mujeres en Situacin de Trata Internacional (MERCOSUR/CMC/DEC.N32/12).

    80. La Gua MERCOSUR44 busca articular las acciones de asistencia a mujeres en situacin de trata internacional con fines de explotacin sexual, y est integrada por elementos conceptuales y jurdicos, as como aspectos operativos para brindar una adecuada atencin a las mujeres durante la intervencin.

    81. La Campaa MERCOSUR LIBRE DE TRATA DE MUJERES, es una cam-paa regional que tienen por objetivos la difusin de informacin y mecanismos de proteccin, as como el apoyo al funcionariado pblico y operadores sociales de los territorios para la deteccin de posibles situaciones de trata de mujeres. Los ma-teriales estn disponibles en los tres idiomas oficiales del MERCOSUR.

    42 Ver Cuadro 3 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    43 Ver Anexo Documental 3 en Anexos del Informe en versin digital 8vo y 9no Informe peridico de la Repblica Oriental del Uruguay ante el Comit de la Convencin para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer disponible en www.inmujeres.gub.uy

    44 http://www.MERCOSURmujeres.org/userfiles/file/Guia_RMAAM_FINAL_web_5_julio_es.pdf

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    82. El Mecanismo de Articulacin para la Atencin a Mujeres en situacin de trata internacional, articula la RED MERCOSUR entre los organismos que inter-vienen durante el proceso de atencin a mujeres en situacin de trata internacio-nal en los casos que estn involucrados los pases del MERCOSUR. Este mecanis-mo est en proceso de conformacin.

    Observacin (Prrafo 30). Si bien observa que el Estado parte ha puesto en marcha iniciativas para promover la participacin de la mujer en la vida pblica, al Comit le preocupa que la mujer siga estando insuficientemente representada en la vida poltica y pblica y que el nmero de mujeres representadas en el Parlamento haya disminuido del 11,5% al 10,8% en las elecciones celebradas en 2004.

    Recomendacin (Prrafo 31).- 1. El Comit insta al Estado parte a que atienda a su recomendacin anterior (A/57/38, primera parte, prr. 201) de que adopte medidas apropiadas y aplique estrategias amplias, incluidas medidas especiales de carcter temporal de conformidad con el prrafo 1 del artculo 4 de la Convencin y la recomendacin general 25 del Comit, con objeto de fomentar una mayor participacin de la mujer en la vida pblica, en particular en el proceso de toma de decisiones, y promover el cambio de actitudes y percepciones, tanto de las mujeres como de los hombres, en cuanto a sus respectivos papeles en el hogar, la familia, el trabajo y la sociedad en su conjunto. 2. El Comit exhorta al Estado parte a que acelere la aprobacin de proyectos de ley sobre cuotas y sobre partidos polticos. 3. Alienta al Estado parte a que proporcione programas de capacitacin para las mujeres, incluidas las mujeres indgenas y de ascendencia africana, con el propsito de fortalecer su papel en los puestos de toma de decisin de la sociedad.

    83. En el ltimo quinquenio se ha avanzado en la adopcin de medidas espe-ciales de carcter temporal como estrategia para la reduccin de las desigualdades en la sociedad. Como ejemplo puede mencionarse la ley sobre acciones afirmativas para personas afrodescendientes, o la ley de participacin poltica.

    84. El concepto de medidas especiales de carcter temporal para las mujeres, fue integrado en el ante proyecto de la ley de igualdad de gnero informado ante-riormente.

    85. Como fuera presentado en profundidad en el informe complementario de 2012, la ley de promocin de la participacin de personas de ambos sexos en la po-ltica, incorpora medidas especiales y medidas especiales de carcter temporal por nica vez en las elecciones nacionales y municipales 2014-2015. Asimismo, se pre-

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    sent un proyecto de ley para mantener la ley de cuotas en el perodo subsiguiente, que est en estudio en el Parlamento. En la reciente eleccin parlamentaria de oc-tubre de 2014, no se registraron avances importantes en la participacin de las mu-jeres en el Poder Legislativo, constituyendo un 17,7 % del total. Comparando los dos perodos, se evidencia que en el ao 2014 se super el doble de senadoras elec-tas con respecto al ao 2009, pasando de 4 a 9 senadoras de un total de 30. Esto re-presenta un avance muy positivo en la medida que casi se consigue el objetivo de participacin de un tercio de mujeres en esta cmara. En el caso de las diputadas, en el ao 2014 fue electa la misma cantidad (15) que en el ao 2009 (15) lo cual re-presenta un retroceso en la participacin de las mujeres en esta cmara, producto de que 3 diputadas resultaron electas asimismo como senadoras45.

    86. En el PJ, si bien las mujeres representan el 63% de total de altos cargos, en los espacios de ms alta jerarqua estn sub-representadas, tal como sucede en la Su-prema Corte de Justicia, donde su representatividad es nula en la actualidad y su-mamente baja a lo largo de la historia46.

    87. Los cargos de Ministros/as han sido mayoritariamente ocupados por varo-nes47. En los altos cargos en el Estado organismos con autonoma funcional, servi-cios descentralizados, entes autnomos y empresas pblicas, se puede sealar que hacia 2011, representaban entre el 9% y el 29% del total de autoridades48.

    88. A nivel departamental, en promedio fueron electas el 17.8% de mujeres pa-ra integrar las Juntas Departamentales49.

    89. En el tercer nivel de gobierno se alcanz el 25% de mujeres electas para los gobiernos municipales. Flores posee un nico municipio Villa Ismael Cortinas y ste es liderado por una mujer, y en Paysand dos de los