Informe UNOPS (sumario) - sustento técnico del proyecto Tía María
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INFORME PROVIDENCIAL DE UNOPS/PNUMA: SUSTENTO TÉCNICO PARA LA CANCELACIÓN DEL PROYECTO TÍA MARÍA - SPCC
Marlene Castillo, Arequipa 01 de Abril 2011
1. Retiro de Tía María y de la Minería metálica: dirección política del movimiento socio ambiental del Valle de Tambo/Islay-Arequipa
El retiro del Proyecto Tía María y el Respeto Irrestricto a la determinación de la Consulta Popular contraria a la minería metálica en la provincia de Islay, ha sido y sigue siendo la dirección política de la lucha del Pueblo del Valle de Tambo. No es un rechazo a la inversión minera, es un rechazo a la imposición centralista de la explotación minera que representa el Proyecto Tía María de explotación a tajo abierto y el 62% de concesiones mineras en la provincia de Islay, que pone en jaque a la prosperidad local basada en la inversión agrícola y urbana, el equilibrio de los ecosistemas y el uso del agua del río Tambo – cada vez menos disponible en la época de estiaje afectado por la derivación a la represa de Pasto Grande y el efecto del cambio climático - tanto para el consumo humano como para las actividades económicas de cinco distritos de la provincia de Islay. Lucha que lleva más de dos años y que actualmente está desarrollando su tercer paro indefinido que empezó el miércoles 23 de marzo.
Este tercer paro indefinido fue acordado en la Asamblea Popular del 10 de enero de este año convocado por el Frente Amplio de Defensa del Valle de Tambo, como parte de la lucha en el frente social, sin embargo su fecha no fue anunciada, todo parecía indicar que se iniciaría a fines de febrero o principios del mes de marzo. En paralelo, el FADVT preparaba y gestionaba argumentos y documentos ante el poder judicial – entre ellos la Acción de Amparo - para la lucha en el frente legal, al mismo tiempo que se defendía a los y las dirigentes de las acusaciones del Estado y la querella interpuesta por la SPCC a Pepe Julio Gutiérrez, presidente del FADVT, por supuesta difamación, después del atentado a su vida a inicios del pasado mes de diciembre. Así mismo, gestionó – para su lucha en el frente técnico- la iniciativa del Convenio de Cooperación para el Estudio técnico del Valle de Tambo y del E.I.A-Tía María suscrito el 31 de enero, con el fin de demostrar con argumentos técnicos la justicia de su causa: el riesgo inaceptable que conlleva la minería a tajo abierto empezando por el proyecto Tía María. Riesgo inaceptable y rechazo a la introducción de la minería metálica en el Valle de Tambo que fue expresado por la mayoría de la ciudadanía de los cinco distritos de la provincia de Islay donde se ubica el Valle mediante la Consulta Popular del 27 de setiembre del 2009, convocada por Ordenanzas Municipales.
Los primeros días de este paro, los pobladores movilizados – desarmados e indefensos - fueron atacados por las fuerzas policiales (a los 1,000 destacados desde fines de febrero se agregaron 500 más del destacamento especializado), usando hondas con piedras y perdigones, apoyados por el helicóptero abastecido de un arsenal de bombas lacrimógenas, produciendo un saldo de decenas de heridos y detenidos, con el claro objetivo de provocar respuestas violentistas que justificaran una declaración de estado de emergencia para acabar con el paro y asegurar el tiempo que requiere la aprobación de la tercera versión del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Tía María. Sin embargo, el efecto fue contrario: pobladores de otros distritos se sumaron a la movilización que congregaron a casi 5 mil personas. Al punto que para evitar una masacre, se hizo presente el Presidente Regional de Arequipa. A partir de allí, las movilizaciones mantuvieron su carácter pacífico y fueron vigiladas de cerca por filas de fuerzas policiales dispuestas en la carretera y los cerros aledaños. El martes 29, miles de pobladores se movilizaron a la localidad El Fiscal (distrito de Cocachacra) para recibir al Presidente Regional y la Comisión de Crisis sobre el conflicto, quienes comunicarían la medida planteada por el Ministerio de Energía y Minas.
Pero, ¿cuál fue esta medida que provocó la marcha a la ciudad de Arequipa? El Presidente Regional comunicó que cumpliendo con su compromiso de ser mensajero de la decisión del pueblo del Valle de Tambo informó al Gobierno Central que se solicitaba el retiro del Proyecto Tía María y que recibió como respuesta la siguiente propuesta: se establecería la suspensión de las actividades del Proyecto Tía María por 90 días, tiempo de tregua para las partes. La población rechazó la propuesta con un “No” a la pregunta sobre la aceptación de la propuesta. Los dirigentes y delegados del FADVT - Jaime De la Cruz, Pepe Julio Gutiérrez, Fernando Herrera - expresaron que esa medida favorecía a la SPCC pues le daba el tiempo que necesitaba para absolver las 158 observaciones de la UNOPS del organismo internacional que hizo la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental y que no daba una solución definitiva al conflicto originado por la decisión gubernamental de allanar y asegurar sí o sí la explotación minera de Tía María, por encima de los derechos e inversiones de la población, a
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quienes trataba como ciudadanos de segunda categoría. Demandaron el respaldo público y firme de la Presidencia Regional a la decisión popular, en tanto Islay forma parte de la Región y la máxima autoridad regional no debía reducir su rol a la de intermediario político. El silencio fue la respuesta de la Presidencia Regional, en medio de un ambiente hostil, al que continuaron las declaraciones de apoyo a la causa del pueblo del Valle de Tambo por parte del Alcalde de Arequipa. El acto masivo culminó con el anunció de Marchar a Arequipa y de No Votar en las elecciones nacionales a fin de que se oiga en todo el Perú la voz de su pueblo y su determinación por una solución definitiva del conflicto con el retiro del Proyecto de Tía María.
El miércoles 30, en el octavo día del paro, al medio día, llegaron a la ciudad de Arequipa alrededor de 2,500 pobladores del Valle, los que pudieron movilizarse en las 50 unidades de transporte costeados exclusivamente con el aporte local. Al que se unieron alrededor de 1,500 pobladores de Arequipa en la Plaza de Armas de la capital departamental. Expresando conjuntamente sus principales lemas: “Agro Sí, Mina No”; “El Valle se defiende, el Valle no se vende”; “Fuera Tía María, la que contamina”; “Arequipa escucha y únete a la lucha”; “El pueblo unido jamás será vencido”, “Si no hay solución, la huelga continúa”. Luego marcharon hacia el nuevo y distante local del Gobierno Regional para entregarle al Presidente Regional el Memorial dirigido al Gobierno Central solicitando la cancelación del Proyecto Tía María suscrito por Alcaldes distritales, Dirigentes del FADVT y el Alcalde Provincial de Arequipa (firmas, sin sellos).
2. Los antecedentes del tercer paro: celeridad y seguridad a favor de la aprobación de la versión de turno del E.I.A del proyecto Tía María
Que el Proyecto Tía María no cuenta con la licencia social que le corresponde al pueblo ha sido y es uno de los principales argumentos y un hecho inobjetable, para sustentar su retiro. Que la explotación minera utilizando las aguas subterráneas del Valle de Tambo afectaría la cantidad y calidad de las aguas, especialmente en la época de estiaje, ha sido un argumento con sustentación técnica derivada de varios diagnósticos que sustentan las diversas alternativas de afianzamiento hídrico del Valle y que analizan los impactos que tendría en el balance hidrológico del Valle con la ampliación de la derivación de aguas de la cuenca del río Tambo para Pasto Grande.
Esta sustentación ha sido pública en diversos eventos que antecedieron al primer paro indefinido llevado a cabo en el mes de abril del 2010; y que llevo a que la SPCC actualizara el E.I.A., para incluir tres alternativas de suministro de agua en la segunda versión del E.I.A, presentado en el mes de febrero 2010: (i) Agua subterránea; (ii) Agua de Mar; (iii) Agua superficial de represa y temporalmente agua subterránea. Si bien, se constata que el texto del E.I.A, seguía basándose en la primera alternativa. Una segunda versión, que en realidad buscaría ganar tiempo para diversos fines. Para explorar si la opción de la Represa podría tener aceptación, pues se conformó la comisión respectiva con participación local. Para ganar la voluntad de un sector de la población a la que dirigía donaciones de equipos, capacitaciones “técnicas” para ofrecimiento de futuros empleos en la mina, comunicaciones radiales con spot persuasivos sobre lo amigable y beneficioso del Proyecto, desinformación y difamación de los principales dirigentes del FADVT. Para favorecer la elección de Alcaldes aliados en la provincia y los distritos. Pero también, si no lograba aceptación la segunda versión, tiempo para hacer una tercera versión del E.I.A, que se base en el uso de aguas del mar (desalinización).
El segundo paro, anunciado el 11 de noviembre, motivó que la Presidencia del Consejo de Ministros-Unidad de Conflictos convocará a los dirigentes del FADVT y Autoridades municipales a Reuniones en Lima. ¿Cuáles fueron las razones expuestas?: “Hemos tomado esta decisión debido al incumplimiento de los compromisos asumidos por el gobierno. Por ejemplo, se debía emitir una resolución de intangibilidad de aguas subterráneas y superficiales y no se ha cumplido. Se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional de Arequipa para comenzar la construcción de la represa de compensación para el Valle del Tambo, y no la tenemos. Se comprometieron a sacar una resolución que estableciera que la minería tenía que paralizar totalmente sus actividades, sin embargo nosotros vemos que al contrario, se ha incrementado la actividad en la zona”, sostuvo Gutiérrez. Así mismo, se argumentó que los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) no presentan ninguna garantía para la población porque son estudios por encargo, pagados por las mineras a consultoras privadas no reguladas (Nota de Prensa, Conferencia de Prensa del 17 noviembre en el local de APRODEH).
Ante este último argumento, en esas Reuniones con la PCM, el MEM plantea la posibilidad de contratar una Consultora Internacional independiente para que realice la evaluación del E.I.A. Pero,
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siendo el MEM, juez y parte en la toma de decisiones, el FADVT y los Alcaldes distritales participantes no respaldaron tal planteamiento; además porque al respecto, se venían desarrollando dos iniciativas locales para sustentar acciones legales que suspendan el proceso de aprobación del E.I.A: la Municipalidad Distrital de Cocachacra había contratado una Consultora para la revisión del E.I.A y el FADVT contaba con los aportes de expertos en tecnología minera y legislación ambientalista. Hasta ese momento, las únicas versiones del E.I.A. difundidas oficialmente fueron las de julio del 2009 y de febrero 2010. Lo que no sabía la ciudadanía en general, y del Valle de Tambo en particular, era que ya existía una tercera versión, la presentada al MEM en agosto 2010 (Cuadro 1), extrañamente difundida recién en las reuniones informativas, no está hasta la fecha colocada en la página web del Ministerio de Energía y Minas. Es más, el MEM persiste en que el “Proyecto Tía María de la empresa Southern Peru Cooper Corporation, Sucursal del Perú, fue presentado el 7 de julio del 2009 encontrándose, a la fecha en evaluación” (Considerando de la Resolución Directoral 397-2010-MEM/AAM). Al 01 de diciembre lo que estaba en evaluación era la tercera versión del E.I.A del Proyecto. Última versión elaborada por una segunda Consultora, al parecer con menos de 1 año de constituida.
Esta versión que incluye el estudio de impacto de la alternativa de uso de aguas de mar desalinizadas ha sido objeto de evaluación por la UNOPS/Programa de Naciones Unidas Medio Ambiente (PNUMA). El 23 de noviembre se suscribió el Acuerdo de “SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA
ESPECIALIZADA PARA LA REVISIÓN DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS” con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, a quien el 01 de diciembre se le encargó la Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Tía María”, mediante Resolución Directoral 398-2010-MEM/AAM (Art. 1º), explicitando que “De acuerdo a las competencias asignadas de acuerdo a Ley, corresponde a la Dirección General Ambiental de Asuntos Mineros la aprobación de la evaluación encargada” (Art. 2º).
Cuadro 01: Antecedentes y Presentación de 3 versiones del E.I.A del Proyecto de Explotación Tía María de la SPCC-Sucursal Perú
Año/FechaAcciones de la SPCC para el Proyecto Minero Tía María
Tipo de Acción Fuente
27.05.2008Resolución Directoral que autoriza bajo el Registro N° REIA 319, a la WMC y profesionales especialistas designados para el Proyecto para
elaborar el E.I.A en el subsector minería
"1. Introducción" del E.I.A de SPCC (WMC Julio 2009)
Julio 2009
Día 7 ingresa el Resumen Ejecutivo del E.I.A del Proyecto de Explotación Minera Tía María. El día 15 el MEM comunica la
conformidad; el 21 se publica en la web; y, se establece que el 27 de setiembre vence el plazo para la presentación de aportes,
observaciones y comentarios
Nota de Difusión del Ministerio de Energía y Minas/Dirección General de Asuntos
Ambientales Mineros. En la página web del Ministerio
´Julio 2009
"El Proyecto Minero Tía María contempla obtener el agua para sus operaciones a través de pozos de extracción de agua subterránea que se ubicarán en el valle del río Tambo en la zona de Cocachacra, en la
cota 60 msnm".
"3. Descripción del Proyecto" del EIA de SPCC (WMC Julio 2009)
En el capítulo 7 se presenta la descripción y evaluación de las alternativas consideradas para el suministro de energía, transporte y ubicación de la planta, que fueron consideradas durante la ingeniería
conceptual del Proyecto Minero Tía María.
"7. Análisis de Alternativas" del EIA de SPCC (WMC Julio 2009)
´Febrero 2010
Presentación del Resumen Ejecutivo Actualizado del E.I.A. Proyecto Minero Tía María.
E.I.A de SPCC (Febrero 2010) preparado por Water Management Consultants (Perú)
S.A.A Schlumberger Company "En la presente sección se describen los principales impactos que las
distintas alternativas de suministro de agua consideradas para el proyecto minero Tía María podrían ocasionar en el
recurso hídrico a ser explotado. Los impactos presentados en esta sección referentes a la alternativa de suministro de agua a través del
recrecimiento de la represa Paltiture son aquellos que se presentan en el EIA de la represa tal como fue diseñada". Alternativas
consideradas: 7.2.1 Agua subterránea; 7.2.2 Agua de Mar; 7.2.3 Agua superficial de represa y temporalmente agua subterránea
"7. Análisis de Alternativas" del EIA de SPCC (WMC Febrero 2010)
Ágosto 2010
Presentación del Resumen Ejecutivo del E.I.A. Proyecto Minero Tía María. Preparado por Schlumberger Water Services (Perú) S.A.
E.I.A de SPCC (Agosto 2010) preparado por Schlumberger Water Services (Perú) S.A.
"El Proyecto Minero Tía María comprende dos poligonales, la principal referida a las actividades mineras, y la secundaria referida al área de captación de agua de mar. 3.3.1 Suministro de agua (...) El Proyecto Minero Tía Maria contempla el uso de agua de mar en conjunto con una planta de desalinizadora para abastecer las demandas de agua
de sus operaciones. La captación del agua de mar será en la playa El Sombrero al norte del pueblo de Mejía, a 2.5 km del distrito de Mejía
aproximadamente a 11.5 km al sudeste de Mollendo"
"3. Descripción del Proyecto" del EIA de SPCC (Schlumberger Water Services (Perú)
S.A.)
Elaboración: Marlene Castillo, profesional voluntaria del Frente Amplio de Defensa del Valle de Tambo, Marzo 2011
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3. El contexto del tercer paro: Informe de UNOPS desaprueba técnicamente al EIA del proyecto Tía María
En medio de la preparación del tercer paro indefinido que busca la resolución definitiva del conflicto, de acuerdo a lo expresado en las movilizaciones y asambleas populares, el 19 de marzo, por diversas entradas se difundió virtualmente el documento titulado “Revisión “ad hoc” del Estudio de Impacto Ambiental, Proyecto Tía María. Informe de Observaciones y Requerimiento de Información Complementaria”; de autoría del PROYECTO ATEREA Asistencia Técnica Especializada para la revisión de los Estudios Ambientales del Ministerio de Energía y Minas del Perú. En adelante nos referiremos a este documento como Informe UNOPS.
Es la primera vez que el Estudio de Impacto Ambiental de un Proyecto de explotación minera que tiene la más alta categoría de riesgo ambiental ha sido sometido a una evaluación independiente y de un organismo internacional1, contratado por el Ministerio de Energía y Minas, previamente a su aprobación. Esta decisión ministerial ha resultado altamente significativa para la sustentación técnica de la desaprobación del E.I.A. y cancelación del Proyecto Tía María. Ha sorprendido bruscamente a todas las partes en conflicto: gobierno central, empresa transnacional y población del Valle de Tambo. Son 156 observaciones y 17 conclusiones finales que desaprueban técnicamente al E.I.A, de un total de 328 numerales.
A continuación, presentamos los principales resultados que jaquean la rigurosidad en la aplicación de las normas legales del caso y la rigurosidad científica del Estudio de Impacto Ambiental que no identifica impactos claves y la credibilidad técnica de los impactos considerados que son minimizados en magnitud e intensidad. Lo que en su conjunto aumenta la incertidumbre y la probabilidad de un escenario de ALTO riesgo para el Valle de Tambo, los Ecosistemas Marinos y la Población de los cinco distritos de la provincia de Islay.
(i) El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto-Categoría III no corresponde al nivel detallado que exige la Ley
El Proyecto minero Tía María corresponde a la Categoría III, porque sus características, envergadura y localización pueden producir impactos ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un análisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. De acuerdo a la Ley (Art. 4º de la Ley 27446), este tipo de proyectos requieren de un Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d). Este nivel no ha sido logrado, tomando en cuenta los siguientes resultados del Informe UNOPS:
“… debe advertirse que los criterios regulatorios seguidos por el titular no han podido analizarse en la mayoría de los casos, debido a la generalizada omisión en el Estudio de una referencia regulatoria para cada una de las acciones que son materia de análisis” (Conclusión, ítem 314).
“En términos generales, la descripción del proyecto carece del nivel de definición que corresponde al Proyecto Ejecutivo o a la Ingeniería de Detalle del mismo, generando en numerosas ocasiones, incertidumbre en la definición de las causas de impacto. En esta misma línea, dado que el proyecto se presenta como totalmente definido, adolece de una exhaustiva selección de alternativas en varios de sus componentes, basada en un cuidadoso análisis no sólo de las variables técnicas y económicas, sino también de las variables sociales y ambientales” (Conclusión, ítem 317)
“El esfuerzo de relevamiento de información primaria presenta ciertos vacíos de información que impiden la correcta evaluación de los impactos ambientales. Así, cabe citar el grave ejemplo de la inexistencia de un estudio hidrogeológico completo sobre el área del proyecto, o el limitado aprovechamiento de los modelos numéricos de simulación de diferentes aspectos” (Conclusión, ítem 318).
1 El producto de la revisión cuenta con la revisión técnico procesal y la no objeción del Comité Técnico constituido para el Proyecto
ATEREA, integrado por los expertos de UNOPS y del PNUMA, y en particular por la Sra. Elisa Tonda (Presidente), Fabrizio Feliciani (Presidente), Eliana Ames (Secretaria), Gabriela Metternicht (Miembro) y Tomás Ferreira Marques (Miembro)” (Antecedentes e Introducción, ítem 11).
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“No se ha evaluado ni acotado en numerosos casos el nivel de incertidumbre de las estimaciones de impacto realizadas. Como sabemos, el EIA es una herramienta predictiva y por ello tiene incorporado el concepto de incertidumbre. Para minimizar este aspecto debe establecerse con claridad y en forma explícita el nivel de la misma en cada valoración predictiva, generando así un mayor nivel de transparencia y objetividad en los resultados” (Conclusión, ítem 320).
(ii) La descripción del proyecto de explotación minera presenta vacíos claves para la identificación de impactos ambientales con alto potencial contaminante
El Proyecto minero Tía María presentado por la empresa Southern Peru Cooper Corporation (SPCC) cuyo Estudio de Impacto Ambiental fue elaborado por la consultora Schlumberger Water Services, prevé la explotación y procesamiento de mineral de cobre de los yacimientos La Tapada y Tía María y se ubica en el distrito de Cocachacra, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. (Antecedentes e Introducción, ítem 8). Pero presenta vacíos sobre la naturaleza diversificada de los depósitos y metales objeto de la explotación con y después del actual proyecto Tía María, precisamente de los que tienen mayor potencial contaminante que el de la sola explotación de óxidos y de cobre:
“No existe una descripción del depósito de sulfuros, su potencial económico y su forma de explotación futura. Asimismo, no existe una descripción del método de construcción del depósito, preparación del terreno, movimiento de tierras, sistemas de captación de filtraciones, utilización de geomembranas y/o arcillas” (Descripción del Proyecto, ítem 25).
"De acuerdo a la piezometría de los pozos realizados en ambos tajos, se reporta que existe presencia de agua subterránea. A pesar de que se menciona que se instalarían sistemas de canalizaciones en los tajos para conducir las escorrentías superficiales, no se menciona cual será el procedimiento en la zona de contacto agua-mineral cuando los tajos se encuentren explotando las áreas de sulfuros y de ripios, donde se verifica un potencial de generación de drenaje ácido de roca (DAR), debiéndose cuantificar este impacto. Este aspecto pone de manifiesto la necesidad de contar con información hidrogeológica de detalle dentro de esta etapa de evaluación ambiental, para lo cual resulta imperativo que se concluya el estudio hidrogeológico del área, actualmente en ejecución según lo mencionado por el titular" (Impactos previstos/potenciales, ítem 134)
“…, resultaría pertinente que el titular defina si llevará a cabo esfuerzos para beneficiarse con los contenidos de oro determinados en los sulfuros y óxidos a extraer. Si la respuesta resultara afirmativa, correspondería explicitar la tecnología a emplear y ampliar el presente EIA con estas actividades” (Conclusión, ítem 322).
(iii) Los impactos no considerados y los impactos minimizados asociados a las inconsistencias de la línea de base
“La revisión también fue orientada a verificar la coherencia entre las características del Proyecto, la línea de base social y ambiental del área de influencia y los posibles impactos sobre estos componentes…” (Antecedentes e Introducción, ítem 15). Efectivamente, en el Cuadro 2 presentamos los impactos no considerados y los minimizados en tres actividades críticas de la explotación minera: 1. remoción y dispersión del polvo mineral particulado; 2. zona de contacto agua-mineral en la capa de sulfuros del Tajo y los ripios; 3. captación de agua de mar y descarga de la salmuera. Agregamos: 4. Identificación y valoración socio-económica de los impactos. Los resultados son contundentes: alta incertidumbre que favorece la configuración de un ALTO RIESGO GLOBAL SOCIO AMBIENTAL.
“Basado en el elevado nivel de desarrollo e inversión en ingeniería, así como la estructura y característica del estudio de impacto ambiental presentado, podría inferirse que el mencionado estudio tiene un carácter reactivo. Tal circunstancia determina que sería necesario profundizar el mismo hasta alcanzar un nivel de detalle en las medidas de gestión ambiental y mitigación de todos aquellos impactos que se consideren sustantivos, evaluando las mismas desde un punto de vista técnico como económico y proponiendo la asignación de responsabilidades en la implementación de las mismas (Conclusión, ítem 328).
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EfectoDeficiencias y/o Insuficiencias
Afectación de la calidad del aire
respirable
Afectación de la Salud Pública
En la información de base sobre desmonte, volumen
extraido, chancado, meteorología, depósitos de ripios (20, 54, 58, 60,
222)
En el estudio de modelación de la calidad del aire (129, 131, 141, 143), especialmente en la dispersión del
particulado respirable lo que afecta la representatividad del Area de
Influencia Directa considerada (143, 147, 222)
Sedimentación en los cuerpos de
agua: río Tambo y Lagunas Mejía
(133)
Afectación a Usos del Agua
(Consumo, Riego, Otros) y Área Natural
Protegida
No se analiza todos los usos del agua (fuente,
cobertura, frecuencias), la infraestructura de riego,
calidad de agua (49)
Afectación de la visibilidad en la Panamericana
(126)
Generación de accidentes carreteros
(126)
Potencial generación de
Drenaje Ácido de Roca -DAR (134)
Alteración de la calidad de
aguas subterrá-neas (165)
No se presenta un estudio completo hidrogeológico
del área del proyecto (173)
Con la presencia de agua subterránea no es incierta la probabilidad de
generación de DAR, como lo afirma el EIA (168).
No describe depósitos de
sulfuros ni método constructivo, ni
potencial económico ni
forma de explotación (25)
Todos los posibles impactos
No se caracteriza ni se realiza valoración socio
económica de sistemas de producción, tema
agrario/pecuario en el Valle de Tambo
(52,73,74). La línea de base no analiza la
biodiversidad por hábitat o tipo de vegetación (64)
Impacto del polvo particulado emitido será ALTA no sólo en la etapa de construcción sino también en la de
Operación, y no Media como sostiene el EIA (163). Ante un evento de mayor
precipitación, los sedimentos serán transportados por la quebrada (donde su ubican los depósitos de desmontes de los tajos) al río Tambo, por lo que el
posible impacto no será bajo como concluye el EIA (168). La alteración del paisaje calificada de intensidad BAJA
es errónea, pues será permanente, con una intensidad ALTA que podría
atenuarse mediante acciones en el cierre a Moderada (164)
Los desmontes cuentan con potencial capacidad de generar Drenaje Ácido de Roca (DAR) y se disponen sobre una quebrada que incide en
el río Tambo y el poblado de Cocachacra, no se ha evaluado los potenciales impactos en caso de existir diferentes magnitudes de
DAR, ante escenarios derivados de modificaciones en la pluviometría con motivo del cambio climático, así como frente a una posible
activación de drenaje subterráneo (142)
2
Zona de contacto agua -mineral cuando
se explote capa de
sulfuros del Tajo y con los
ripios
No se puede afirmar que el impacto de alteración de la calidad de aguas subterráneas es "reversible" o parcialmente reversible hasta que
no concluya el estudio hidrogeológico (165, 303)
1
La remoción y dispersión de polvo mineral particulado
diario durante 20 años, así
como los desmontes de La Tapada y
Tía María dispuestos
sobre la quebrada. Con
y sin precipitación
pluvial y/o con-densación de
neblinas
Sedimentación en el medio biótico (flora, fauna):
natural y cultivada (133)
Afectación de Vegetación, Producción, Economía
Local
Cuadro 02: Esquema integrado de Resultados de la Evaluación del E.I.A-Proyecto Tía María por la UNOPS/PNUMA (15 Marzo 2011)
Las observaciones del Informe según Numeral de ítem
ACTIVIDAD MINERA CRÍTICA
NO SE IDENTIFICA NI CUANTIFICA EL IMPACTO POTENCIAL
INCONSISTENCIAS DE LA LÍNEA DE BASE QUE MINIMIZAN IMPACTOS
Impacto que no considera
Minimización del área y/o intensidad del Impacto
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EfectoDeficiencias y/o Insuficiencias
Impactos de la extracción de agua dulce en
la zona de interfase
(161).
No se profundiza sobre el área de captación y
descarga de la planta desalinizadora (75). No se cuenta con información de la hidrobiología en la zona
de descarga (63)
No se fundamenta a través de la modelación matemática aplicada la conclusión de que el impacto de la
dilución de la salmuera en la afectación de Ecosistemas Marinos será de BAJA
magnitud (149).
Afectación a los
Ecosistemas Marinos en la
etapa de construcción y
operación (136)
El análisis no trata lo relativo a otras
propiedades de la descarga, tales como
oxígeno disuelto, temperatura (sólo se dice
que será constante a 20°C), contenido de metales, etc. (160)
La delimitación del área de influencia directa social no considera a todos los
distritos donde se desarrollarán actividades o se originarán impactos
producto de una consecuencia directa e inmediata del proyecto. Debería
comprender a los distritos donde se está considerando la instalación de la planta desalinizadora y el área donde
se verterá el agua residual (78)
La descarga de la salmuera
generaría cambios hidroquímicos en
su zona de mezcla (150)
Sobre las actividades pesqueras,
recreativas y otras
asociadas a éstas (150)
No se describen los impactos
generados sobre las propiedades
privadas colindantes al
proyecto (afectaciones
prediales), derivadas por el
cambio de condiciones de
mercado y ambientales (137)
No se describe el impacto que el proyecto podría tener sobre el
crecimiento de la población atraída por la generación de puestos de trabajo en
la etapa de construcción (1,500 a 2,000 trabajadores), la alteración de
modos de vida, los cambios culturales, no se evalúa los impactos sobre el
sector servicios y los servicios públicos locales, la inmigración masiva o la radicación en las localidades de
manera no planificada (127, 138, 172)
Fuente: Proyecto ATEREA (UNOPS/PNUMA). 2011 (15 de Marzo). “Revisión “ad hoc” del Estudio de Impacto Ambiental, Proyecto Tía María. Informe de Observaciones y Requerimiento de Información Complementaria”. PROYECTO ATEREA Asistencia Técnica Especializada para la
revisión de los Estudios Ambientales del Ministerio de Energía y Minas del Perú. Lima, Perú.
Elaboración: Marlene Castillo, profesional voluntaria del Frente Amplio de Defensa del Valle de Tambo, Marzo 2011
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Identifica-ción y valoración
socio económica de
impactos
No se ha efectuado ningún tipo de valoración económica de impactos, como por ejemplo la valoración contingente sobre servicios ambientales del agua o del paisaje, valoración económica de cambios en la producción local,
modificación del régimen de ingresos en la población, etc (123)
No se han evaluado los posibles efectos de un incremento en la oferta de empleo local sobre el nivel de pago por las faenas agrícolas que potencialmente podrían hacer incrementar los costos de operación en agricultura y ganadería
y que podrían tener un efecto de pérdida de competitividad de estos sectores en el distrito
(124). No se describe el impacto que el proyecto podría tener sobre el crecimiento de
la población atraída por la generación de puestos de trabajo que supongan el inicio o la
aceleración de un proceso migratorio (132)
3
Captación de agua de mar y descarga de la
salmuera al mar, en la zona
de interfase agua de mar /
agua dulce
Podría estar captando agua
salobre en la zona de descarga del
acuífero del Valle de Tambo (161).
No se incluye ninguna resolución
de efectos de densidad (152)
No se analiza las corrientes en los casos de situaciones comprometedoras, con la presencia, en algunos momentos del año,
de vientos desde el SW o desde el NNE, donde la pluma de dispersión de la salmuera podría afectar la costa en general y las Lagunas de Mejía en particular (157). No se cuantifica efecto de olas irregulares (159). Debe reconocerse que las Lagunas de Mejía forma parte del
Área de Influencia Directa y que su biodiversidad es alta y significativa (169 y 170)
Cuadro 01: Resultados de la Evaluación del UNOPS/PNUMA (15 Marzo 2011)Las observaciones del Informe según Numeral de ítem
ACTIVIDAD MINERA CRÍTICA
NO SE IDENTIFICA NI CUANTIFICA EL IMPACTO POTENCIAL
INCONSISTENCIAS DE LA LÍNEA DE BASE QUE MINIMIZAN IMPACTOS
Impacto que no considera
Minimización del área y/o intensidad del Impacto
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