Intervención de la Directora (E) del PAICMA en la plenaria de la 10MSP. Español

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Señor Presidente, La delegación de Colombia desea felicitarlo por su designación como Presidente de esta reunión, y asegura su plena cooperación y apoyo para el éxito de la misma. Igualmente, felicitamos a Noruega por su papel ejemplar como Presidente saliente de la Segunda Conferencia de Examen – la Cumbre de Cartagena. Desde la suscripción y ratificación de la Convención para la Prohibición de las Minas Antipersonal, Colombia ha manifestado y demostrado su compromiso con el cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en el instrumento, en especial las establecidas en el Artículo 5 sobre la remoción de las minas antipersonal. La pasada Cumbre de Cartagena, de diciembre de 2009, fue una oportunidad para que los Estados conocieran de primera mano la problemática del país frente a estas armas de impacto humanitario, así como los esfuerzos nacionales desplegados para vencer este flagelo, en particular las acciones y recursos dispuestos para la identificación y destrucción de todos los campos minados en el país. Como fruto de dicho esfuerzo, Colombia terminó, dentro del plazo establecido por la Convención, las labores de remoción de las áreas minadas en las 35 bases militares reportadas como contaminadas, las cuales se encuentran actualmente en proceso de verificación. De la misma manera, Colombia ha avanzado en labores de desminado humanitario en comunidades afectadas por Grupos Armados al Margen de la Ley en diez municipios colombianos. Para lo anterior, el Estado colombiano ha asignado de su presupuesto nacional recursos importantes para la generación de capacidades de remoción. Esto, le ha valido a Colombia el reconocimiento de ser uno de los países afectados que invierte mayor presupuesto nacional para cumplir con las obligaciones que ha contraído soberanamente.

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Intervención de la Directora (E) del PAICMA en la plenaria de la 10MSP. Solicitud prorroga del cumplimiento del artículo 5 de la Convención sobre la Prohibición de Minas Antipersonal (español)

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Señor Presidente,

La delegación de Colombia desea felicitarlo por su designación como Presidente de esta reunión, y asegura su plena cooperación y apoyo para el éxito de la misma. Igualmente, felicitamos a Noruega por su papel ejemplar como Presidente saliente de la Segunda Conferencia de Examen – la Cumbre de Cartagena.

Desde la suscripción y ratificación de la Convención para la Prohibición de las Minas Antipersonal, Colombia ha manifestado y demostrado su compromiso con el cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en el instrumento, en especial las establecidas en el Artículo 5 sobre la remoción de las minas antipersonal.

La pasada Cumbre de Cartagena, de diciembre de 2009, fue una oportunidad para que los Estados conocieran de primera mano la problemática del país frente a estas armas de impacto humanitario, así como los esfuerzos nacionales desplegados para vencer este flagelo, en particular las acciones y recursos dispuestos para la identificación y destrucción de todos los campos minados en el país.

Como fruto de dicho esfuerzo, Colombia terminó, dentro del plazo establecido por la Convención, las labores de remoción de las áreas minadas en las 35 bases militares reportadas como contaminadas, las cuales se encuentran actualmente en proceso de verificación. De la misma manera, Colombia ha avanzado en labores de desminado humanitario en comunidades afectadas por Grupos Armados al Margen de la Ley en diez municipios colombianos.

Para lo anterior, el Estado colombiano ha asignado de su presupuesto nacional recursos importantes para la generación de capacidades de remoción. Esto, le ha valido a Colombia el reconocimiento de ser uno de los países afectados que invierte mayor presupuesto nacional para cumplir con las obligaciones que ha contraído soberanamente.

Sin embargo, el problema activo de las minas antipersonal en el país, debido al uso permanente de este tipo de armas por parte de los grupos armados al margen de la ley, han impuesto a Colombia múltiples limitaciones que le han impedido, hasta el momento, dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 5.

En efecto, el Estado colombiano se ve enfrentado a organizaciones criminales que han recurrido a la utilización de artefactos explosivos improvisados para atentar contra las instituciones democráticas y la población civil. En la última década, y paralela a su vinculación creciente a la producción de cultivos ilícitos, dichas organizaciones han recurrido a métodos cada vez más atroces en un intento por mantener sus niveles de intimidación sobre la sociedad colombiana. Una de estas prácticas la constituye el uso de artefactos explosivos improvisados con características de minas antipersonal, sin ningún tipo de patrón de siembra ni registro que permitan la identificación y demarcación de las zonas afectadas.

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En consecuencia, Colombia continúa bajo una situación de violencia armada que afecta a algunas zonas del país, lo que genera incertidumbre plena sobre el cese de la contaminación por minas antipersonal y dificultades para establecer la extensión precisa de dicha contaminación.

Por estas razones, Colombia somete a consideración de los Estados Parte una solicitud de prórroga de diez años para destruir las minas antipersonal en las zonas minadas que existen en el territorio nacional. Hacemos esta petición, con la firme convicción que los esfuerzos llevados a cabo hasta el momento, y los compromisos que asume para el futuro, contribuirán a que nuestro compromiso compartido de un mundo libre de minas antipersonal sea una realidad.

Señores delegados,

Con el ánimo de superar las limitaciones descritas, la solicitud de Colombia contempla un conjunto de mecanismos que contribuirán a superar las dificultades para precisar la dimensión de contaminación y el reto remanente. Igualmente, establece medidas específicas para enfrentar el sabotaje de las tareas de limpieza por parte de los grupos armados al margen de la ley. Y finalmente, instituye un plan por etapas, para avanzar de manera decidida y sostenida en el corto plazo en la remoción de las minas sembradas por estos grupos.

Con respecto a la definición de las áreas contaminadas remanentes, el Estado ha estimado un área sospechosa de contaminación con base en las estadísticas de eventos relacionados con minas antipersonal desde 2002. A partir de esta estimación se determinó los recursos técnicos y financieros para honrar los compromisos de Colombia en el período de extensión solicitado. De esta manera, se ha estimado en 50 kilómetros cuadrados el área a ser liberada en todo el territorio nacional.

Con el propósito de dar claridad a este proceso, el Estado colombiano viene trabajando, con el apoyo de UNMAS y del GICHD, en el diseño de una metodología que permita dar seguimiento a cada uno de los puntos reportados en esta prórroga como sospechosos. Los resultados de este proceso de limpieza y remoción serán reportados en el informe de avance que presente el país en la Undécima Reunión de Estados Parte.

En relación con las medidas específicas para enfrentar el sabotaje de las tareas de limpieza, cabe reafirmar que Colombia ha manifestado repetidamente que las labores de Desminado Humanitario en el país deben realizarse en aquellas regiones donde se encuentren consolidadas las condiciones de seguridad. Es del mayor interés del Estado colombiano no propiciar situaciones de riesgo adicionales, toda vez que los Grupos Armados al Margen de la Ley tienen incentivos para entorpecer por cualquier medio las labores de Desminado. Igualmente, se llama la atención sobre el hecho de que la información relativa a las zonas afectadas por la violencia tiene sensibilidad estratégica. Por esta razón, brindar un informe detallado de las áreas consolidadas donde potencialmente se pueden llevar a cabo labores de

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desminado es, a juicio de Colombia, una acción que puede comprometer las políticas de seguridad nacional.

Finalmente, teniendo en cuenta que la dinámica de la contaminación es cambiante, Colombia ha planteado la necesidad de dividir el tiempo de extensión solicitado en planes de acción de corto plazo, de los cuales el primero corresponde al periodo 2011-2013. Este primer plan de acción concentra la capacidad nacional actual en 14 municipios, que representan el 17% de los eventos registrados como sospechosos en esta solicitud de extensión, y hace énfasis en la atención a comunidades afectadas.

Este Plan de Acción 2011 – 2013 se basa en la capacidad y los recursos asegurados por los mecanismos de planeación colombianos y sólo contempla la capacidad de desminado humanitario constituida por el Estado colombiano en el Batallón de Desminado Humanitario de las Fuerzas Militares.

Cabe señalar, que el Estado colombiano ha desarrollado acciones tendientes a reforzar su capacidad nacional en materia de desminado. Para ello viene adelantando la expedición y reglamentación de la normativa que permita el desminado humanitario por parte de organizaciones civiles. Esperamos iniciar en el corto plazo la implementación del desminado por estas organizaciones en aquellas áreas que cumplan con todas las condiciones de seguridad. Sin embargo, no se ha incluido en los cálculos del Plan la participación de dichas organizaciones, toda vez que no se ha culminado el proceso de reglamentación. Con la nueva perspectiva que implica la participación de civiles en las labores de Desminado Humanitario, Colombia trabajará en el mejoramiento de su estrategia de movilización de recursos para cumplir las obligaciones que le corresponden.

Con respecto a la selección de los 14 municipios, éstos son beneficiarios de distintas políticas del Estado colombiano tendientes a facilitar el retorno de poblaciones desplazadas y restituir las tierras a las víctimas de los Grupos Armados al Margen de la Ley. En este sentido, la focalización de las labores en estos 14 municipios se articula con la implementación de estrategias integrales de restitución de derechos.

En todo caso, el Estado colombiano explorará alternativas que permitan dar mayor claridad a los Estados Parte sobre los criterios de priorización de las actividades de Desminado Humanitario y asignación de tareas. Para ello, Colombia se compromete a presentar en la Undécima Reunión de Estados Parte la relación de avance de las labores de Desminado Humanitario con la implementación de otras políticas como la de restitución de tierras y retorno de población desplazada.

Para concluir, Colombia está plenamente consiente que el modelo de prórroga solicitado a los Estados Parte implica la adaptación periódica del Plan de Acción conforme a los avances registrados y a la experiencia acumulada. De esta manera, en la Decimotercera Reunión de los Estados parte, Colombia compartirá con todos los Estados Parte los ajustes realizados y el plan de acción para el siguiente plazo de tiempo que se determine.

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Señores delegados,

Un mundo libre de minas antipersonal es posible. Colombia reafirma en este escenario su firme determinación para poner fin al sufrimiento causado por las minas antipersonal en esta generación. Tal como en el resto del mundo, en Colombia se han dado importantes logros colectivos que alientan a intensificar nuestros esfuerzos para destruir todos los campos minados en nuestro territorio nacional. Toda vez que aún varios segmentos de la población colombiana se encuentran en peligro por estas armas, Colombia refirma su compromiso de dar cumplimiento al artículo 5 en los próximos diez años, guiado por el ánimo de restituir el goce efectivo de los derechos de los sobrevivientes y comunidades afectadas.