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WWw .tt ei.or g.m« SEGUNDO: El 08 ocho de JUlio de 2013 dos mil trece, la SecrelafÍa Ejecutiva de este Instiluto, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 6', párrafo segundo. fracción VII de la Constitución PoIitica de los Estado Unidos Mexicanos; 15 fracelón IX, segundo párrafo de la Constitución del Estado de Jalisco: 9", punto 1 f,acelón XXI de la ley de Información púbrrca del Estado de Jalisco y sus Munrciplos; 140 141, 1<3. 144, 145, 146 Y 147 del Reglamento de la Ley de Infoonación Pública del Estado de Jalisco y sus MuniQpios: 32 del Reglamento Inlenor del InstiMo de Traspafencóae Información Pública del Estado de JaflSCOy en oumpümientoa lo ordenado por el Consejo, segun se refiere en el punto anterior, Radicó el Procedfmlentc de Responsabilidad Administrativa 08312013. en contra del C. Rodono Almando casanova VaDe, Secretario Ejecutivo V Titular de la Unidad de Transparencia e Información Pub6ca de la Comisión ESlataJde Derechos Humanos. en vifllJd de la ., TERCERO.- pese vista a la Secretarta E¡eortiYa para que inicie procedim enro oe responscbilidad ~~5va. en cont/3 de tos seMdotes p6tILc:os que resune-n responsablOO ~ St.j;ro Obbgildo ConVs$ón Estatal de Oetechos Humanos.. por la poSible COIlUSlOn de ta WraQ:::ión 80ninLgatiYa COASJStente en no resofo,.-er <Senil) ~l ptazo legal la so!icrluci presenrene _ nueve de elWo del prese.."\1a aAo. Y las que resutten PRIMERO: Con fecha 27 veintisiete de febrero de 2013 dos mil trece, el Consejo de este Insbtuto de TransparenCIa e informaCIÓn Pübhca de Jalesco. en sesión ordinana resolvió el Recurso de Revisión 01512013, ,nterpueslo por el C. _ contra actos atribuKlos al SUleto Ob6gado, ComISIón Eslatal de Derechos Humanos, en su resolUtivoterce<O acordó lo siguiente RESUL TAN DO; Vistas las constancias que integran el PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA numero 083/2013, incoado contra actos allibuldos al C. RodoHo Almando Casanova Valle. en su carácter de Sectetario Ejecutivo y Titular de la Unidad de Transparencia e Información Pública del Sujeto Obligado, Comisión Estatal de Derechos Humanos, y lo ordenado por el Pleno del Consejo de este Inshtuto de Transparencia e Información Pública de Jalisco, en la Sesión Ordinaria celebrada el dia 27 veintisiete de febrero de 2013dos millrece, y: Guadalajara. Jalisco, a quince de octubredel año 2014 dos mil catorce. P.R.A.083/2013 -, itei

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SEGUNDO: El 08 ocho de JUliode 2013 dosmil trece, la SecrelafÍa Ejecutiva de este

Instiluto, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 6', párrafo segundo. fracciónVII de la Constitución PoIitica de los Estado Unidos Mexicanos; 15 fracelón IX,

segundo párrafo de la Constitución del Estado de Jalisco: 9", punto 1 f,acelón XXI dela ley de Información púbrrca del Estado de Jalisco y sus Munrciplos; 140 141, 1<3.

144, 145, 146Y 147 del Reglamento de la Ley de Infoonación Pública del Estado de

Jalisco y sus MuniQpios: 32 del Reglamento Inlenor del InstiMo de TraspafencóaeInformación Pública del Estado de JaflSCOy en oumpümiento a lo ordenado por el

Consejo, segun se refiere en el punto anterior, Radicó el Procedfmlentc deResponsabilidad Administrativa 08312013. en contra del C. Rodono Almando

casanova VaDe, Secretario Ejecutivo V Titular de la Unidad de Transparencia eInformación Pub6ca de la Comisión ESlataJde Derechos Humanos. en vifllJd de la

., TERCERO.- pese vista a la Secretarta E¡eortiYa para que inicie procedim enro oeresponscbilidad ~~5va. en cont/3 de tos seMdotes p6tILc:os que resune-n responsablOO~ St.j;ro Obbgildo ConVs$ón Estatal de Oetechos Humanos.. por la poSible COIlUSlOn de taWraQ:::ión 80ninLgatiYa COASJStente en no resofo,.-er <Senil)~lptazo legal la so!icrluci presenrene_ nueve de elWo del prese.."\1a aAo. Y las que resutten •

PRIMERO: Con fecha 27 veintisiete de febrero de 2013 dos mil trece, el Consejo deeste Insbtuto de TransparenCIa e informaCIÓn Pübhca de Jalesco. en sesión ordinana

resolvió el Recurso de Revisión 01512013, ,nterpueslo por el C._ contra actos atribuKlos al SUleto Ob6gado, ComISIón Eslatal de Derechos

Humanos, en su resolUtivoterce<Oacordó lo siguiente

RESUL TAN DO;

Vistas las constancias que integran el PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD

ADMINISTRATIVA numero 083/2013, incoado contra actos allibuldos al C. RodoHoAlmando Casanova Valle. en su carácter de Sectetario Ejecutivo y Titular de la

Unidad de Transparencia e Información Pública del Sujeto Obligado, Comisión Estatal

de Derechos Humanos, y lo ordenado por el Pleno del Consejo de este Inshtuto deTransparencia e Información Pública de Jalisco, en la Sesión Ordinaria celebrada el

dia 27 veintisiete de febrero de 2013dos millrece, y:

Guadalajara. Jalisco, a quince de octubredel año 2014 dos mil catorce.

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QUINTO: Mediante acuerdo de fecha 04 cuatro de dlcoembrede 2013 dos moltrece

emitido por la Secretal1a Ejecu~va de este lnsuuno. Sé luvo por reabldo el ofiao

SElUT129712013,signado por el Líe RodoUoArmando Casanova Valle. SecrelarioEjecu1ivo y nlula, de la Unidad de Transparenaa e Infomnaoon PUblICade la

Comisión Estatal de Derecllos Humanos, presentado el 24 veinbtool,o de octub,e de2013 dos mil trece. teniéndole por reabzadas las mandes1acoonlesy rendido el ,nfomne

CUARTO: A través del ofiQo SElUT/297/2013 presentado an"o OfooaJiade Panes de

este tnsthuto, el dia 24 v81nhcuall0 de octubre de 2013 dos m~ trece por el eRodoffo Amnando Casanova Valle Secretano E,ecutlVOy TItular de la UnidAd doTransparenaa e InfomnacoÓIIPublica de la Comisión Eslatal de Derechos Humanos

mediante el tool emrte el ",foone jushfocadoy apol1aelemenlos de prueba, respecte

aJ presente Procedimiento de Responsabilidad AdmlntstratlVa lramrtado en su centra

TERCERO: Medianle ofICIOS números SEC EJ 206612013y SEC EJ 206712013

emllldos por le Secrei8l1aEJoculIVade esle InslllUlO. se noldlOOen pnme, 16,"uno alPresidenle y Tllular del SujelO Obligado y por otra pane al Sectetano EIOCU1J1/OyTItUla, de la Unidad de Traspa,encoaambos funcoonaflOSde la Com.so6nEstalal de

Derechos Humanos. el acuardo de techa 08 ocho de Julio de 2013 dos m~ trece.oonslSlenle en la radicación del presente proced""oenlO CItado en el parralo que

antecede. notrflCándoloscon lecha 13118C8de ocrubre de 2013 dos m.ltrece

posible omisi6n de entregar y notifICar la infonnaci6n solicitada por el recurrente edentro del plazo legal, de conformidad con lo establecido por

los articulos 69. punto " 102 Y 10S. punto 1 fracción VII de ta Ley Infoonaco6n

POblicadel Estado de JaUscoy sus MunlClplOs;en razón de lo anteoor y en térm.. osde lo dispuesto por los arábigos 146 y 147 del Reglamento de la Ley Espeaal de la

Materia, ordenó requerir al sujeto aludido, para que dentro de los dieZ dias hábiles

s'9uientes. ..formara por escote y ofreciera pruebas a fin de desvinuar suresponsabHidaden tomo a la omisIÓn que dio origen al presente procedimiento; de

confolmodadcon lOestiputado por el articulo 146 del Reglamento de la Ley EspeaaJ

de la Matena. se hIZOdel oonocimiento del TItUlar del SUJeloObligado. la radicación

del presente proc:edlmoenlo.para que en el término de 10 d,ez dial hábiles SIguientesa la notificación. realizara las manifestacOonesqua a su oonsideración fueran las

opol1unas

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OCTAVO: Mediante acuerdo emitido por la Secretaria EJecutov.de este Instituto. el

04 cuatro de febrero de 2014 dos mil catorce, se tuvo por recibido el OfICIO

SEJUT/5312014.signado por el C. Ramón Satll Meneses Pérez, an su carácter deCoordinador de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado. Comisión Estatal deDerechos Humanos. a través del cual sotcüó se programara nueva fecha para la

verificaciÓn de lo dltigencla de inspeccl6n ocular al libro de gobierno donde seprograman las rutas para las notificaciones de toda la ComisiÓnEstatal de Derechos

SÉPTIMO: A través del Oñclo SE/UT/53/2014 presentado ante oficlalla de partes de

este Instituto, el di. 30 de enero de 2014 dos mil catorce, por el C. Romón S.ülMeneses Pérez. en su cerácter de Coordinador de la Unidad de Transparencia del

Sujeto Obligado. Comisión Estatal de Derechos Humanos. mediante el cual sollclt6 seles programara nueva fecha para que se verificara la dlligancia de Inspeccl6nocular

SEXTO: Medianle oficios números SECo EJ. 0027/2014 y SEC EJ 0043/2014

emitidos po, la Secre18,laEjecutiva de este Instituto. se notilicó, en primer térmIno alUc. Rodo~o Armando Casanova Valle, Secretario Ejecutivo y Titular de la Unodadde

Trasparencia y por otra parte al Dr. Felipe de Jesús ÁI\I.rez Cibnán, Presidente y

Trtular del Sujeto Obligado ambos funcionarios de la Comisión Estatal de DerechosHumanos. el acuerdo de fecha 04 cuatro de dioiembre de 2013 dos mil trece. citadoen el párrafo que antecede, notificándolos con fecha 24 veinticuatro de enero de 2014

dos mil catorce.

justiflC8do; asl mismo, cerró el periodo de integraci6n y abri6 el periodo deInstrucd6n. dando cuenta y admitiendo las pruebas ofrecidas por el Sujeto a Proceso.

consistentes en 4 cuatro pruebas documen18lesy una inspección ocular al libro de

goboernodonde se plOgraman las rutas para las notificaciones de toda la Comisl6nEstatat de Derechos Humanos, senalándose la 11:00 once horas. del di. 06 seISde

febrero de 2014 dos mil catorce. para Su verlflcatlvo en las Instalaciones del SujetoObligado, ordenando notlflcar por oficio, de conformidad con lo dispuesto por los

numerales 144 fraCCiones 1, 11y 111. 146 Y 147 del Reglamento de l. Ley de

Informaaón Püblocade Jahsco y sus Municipios; asl mismo, se hizo constar que elTítular det SUjeto Obligado, no presento manifestaCión alguna. sobre et presente

procedimiento, no obstante que fue notificado, por lo Que se le tuvo por precluldo sederecho a presentar informe, asl como a ofertar otros medios de conviccón

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DECtMO SEGUNDO: El 06 seis de marzo de 2014 dos mil catorce. se llevo a cabo la

DECtMO PRIMERO: Mediante acuerdo emitido por la Secrelarla EJecuUv8de este

Instituto. el 20 veinte de febrero de 2014 dos mil catorce, se tuvo por recibido el

Ollcio 50/SEl2014, signado por el C. Rodolfo Armando Casanova Valle, SecretarioEjecutivo y Titular de la Unidad de Trasparencia del SUjelo Obligado, ComisiónEstatal de Derechos Humanos, a través del cual remitió coplas cernñcadas de las

documentales ofrecidas como probanzas mediante el oficio SE/UT/297/2013. en

cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de lecha 04 cuatro de febrero de 2014 dosmil catorce, por lo que se ordenó agregar dichas documentales al expediente.

DECIMO: A través del Oficio 50/SEI2014 presenlado ante oficialla ele parte. de estoInstituto, el dla 13 trece de lebrero de 2014 dos mil catorce, por el C RoelOlfo

Armando Casanova Vallo, Secretario Ejecutivo y Titular do la Unidad do Trasparenclo

del Sulolo Obligado. ComIsión Estatal de Dorechos Humanos. mediante el cualremiti6 coplos certificadas de la. documenlales ofrecidas como pruebas on el oficioSElUT/29712013.en cumplimiento a lo ordenado en el oficio SECoEJ. 0092/2014

NOVENO: Mediante oRcios números SECo EJ. 0092/2014 y SECo EJ. 009112014,

emitidos por la Secrelaria Ejecutiva de este Instituto, se notIficó, en primer térl111nO alLIc. Rodolfo Armando Casanova Valle. Secretario EJecullvoy Titular de la Unidad da

Trasparencia y por otra pana al Dr. Felipe de Jesús Alvarez Clbrlán. Presidente yTitular del Sujeto Obligado ambos funcionarios de la ComisIón Estatal de Derechos

Humanos, el acuerdo de lecha 04 cuatro de febrero <Je2014 <Josmil catorce, CItadoen el párrafOque antecede, notificéndolos COnfecha 10diez de lebrero de 2014 dos

Ini! catorce

Humanos. en virtud de la saturación de la agenda de la Unidad de Transparencia y de

la Dirección de Quejas. por lo que s~senalaron las 11:00 once horas del di. 06 seis

de marzo de 2014 dos mil catorce para el desahogo de dicha diligencia de inspecciónocular, por otra parte se requirió al Sujeto a Proceso. remitIr a este Instituto copia

certificada de todas las documentales como prueba, en un término de 3 tres días

hébiles. contados e partir del die siguienle al que surta efeotos la notificación. de

conformidad a lo establecido por el articulo 147 del Reglamentode la Ley Especial de

la Materia.

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y manifestaron ser asistentes del solicitante. para que los sollcllantes se .,Meran a

esperar al actuario de este Instiluto el 26 veintiséis de marzo de 2014 dos 111.1 calorcepara llevar a cabo notificaCióndel acuerdo de feoha 12 doce de marzo de 2014 dos

quienes se ldent¡flCalon

DECIMO CUARTO: A través de las diligencias practicadas por el actuado de esteInsbluto, el 25 veinticinco de marzo de 2014 dos 11111 catorce. en la colle Pedro Morano

número 1616. colonia americana, Guadala)ara. Jalisco. en Virtud de Que no seencontró a los solICitantes

DECIMO TERCERO: Mediante acuerdo emitido por la SeCfetaria Ejecutiva de este

Instituto, el 12 doce de marzo de 2014 dos mil catorce, se dio cuenta de lainexistencia de pruebas pendientes por desahogar. por lo que se cerró la etapa

probatoria y como consecuencia se abrió el periodo de alegatos, requmendo al Titulardel Sujeto Obligado y at Titular de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado.

ComISiónEstatal de Derechos Humanos. para que en un término de tres cias hábilesmanifestará Jo que a su derecho conviniere, ordenando notificar por OfiCIO, deconlormldad con lo cispuesto por el articulo 148 del Reglamento de la Ley deInfennación Pública de Jalisco y sus MuniCipios.

Diligencia de Inspección Ocular practíceda a 109 libros de registro donde se programa

la ruta para las nouficaciones. en las Instalaciones que ocupa el Sujeto Obligado yBOOfdadaporla Secretaria Ejecutiva de este Insllluto. Comisión Estatal de DerechosHumanos. ubicado en la calle Pedro Moreno número 1616. colonia americana

Guadelajara. JaliSCO.ofertada medianle 01 oficio SE/UTJ297/2013 por el Sujeto eProceso. dicha diligencia se llevo a cabo ante la presencia dol Licenciado M¡gucl

Angel Hemández Velézquez. Secretario Ejecutivo de este Instituto. quien presldl6

certificó y dio fe, asl como del Licenciado Ricardo Affonso de Alba Moreno.

Coordinador de Aetas y Acuerdos y la e. Hllda Karlna Garabito Rodrlguez. Actuano.

ambos funCionariospúblicos de este Inslituto; asl mismo. ante la presencia del SUjetoa Proceso Rodolfo Armando Casanova Valle. Secretario Ejecullvo y Titular de l.

Unidad de Trasparencla del Sujeto Obligado. Comisión Estatal de Derechos

Humanos. y de los e.c Ramón Saúl Meneses Pérez y Mario González RUI%.funcionarios públicos del Sujeto Obligado. quienes fungieron C0l110 testigos det acto.

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PRIMERO: Competencia. El derecho de aooeso a la información pública, es underecho humano consagrado en el articulo S' de la Constrtución Polluca de los

C O N SIDERA N DOS:

En atención a lo expueslo en los párrafos que anteceden. en virtud de encontrarseintegrado el expediente del Procedimiento Responsabilidad Adminrstrauva que nosocupa, confonne lo dispone el articulo 149 de Reglamento de la Ley ESpecialde la

Mateóa, se resuelve bajo los siguientes

DECIMO SEXTO: Mediante acuerdo emitido por la Secretaria Ejecutiva de este

Instituto. el 14 catorce de mayo de 2014 dosm~catorce, se hizo constar que el Titular

del Sujeto Obligado y el rllular de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado.Comisdón Eslatai de Derechos Humanos. omitieron realizar manifestaciones amane", de ategatos, no obstante habérseles notificado de manera personal; por lo

que se dio cuenta a los miembros del Consejo de este Institulo de la conclusión de la

etapa alegatos, ordenándose la remisión de tos autos del Procedimiento deResponsabilidad Administrativa, a la Dirección Juridica, para la elaboración del

proyecto de resolución~lo anterior de conformidad a lo establecido por los articulos

144 fraoción IV. 147, 148 Y149 del Reglamenlo de la ley de Información Pública del

Eslado de Jalisco y sus Municipios y los articulos 62 y 63 del Reglamenlo Intenor delInstituto de Trasparenaa e InformaciónPública del Estado de Jabsco.

DECIMO QUINTO: A través de las diligencias practicadas por el actuario de este

InsItMO. el 26 veintiséis de marzo de 2014 dos mil catorce, en la calle Pedro Moreno

númefo 1616, colonia americana, Guadalajara. Jali,oo, en atencIÓn al citatoflo

fonnUlado, citado en el párrafo anterior, se notificó a los solicitantes Rodolfo ArmandoCasanova VaDey Felipe de Jesús A1varez Cibrián. el acuerdo de fecha 12 doce de

marzo de 2014 dos mil catorce. a través de los C.C.quienes Se identificaron con la

credencial de elector numero

manifestaron ser asistentes del solicitante

mil catorce.

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De acuerdo a lo actuado y en virtud de lo señaíaco por los arttcutos 89. punto 1 V 102de la Ley de Información Pública del Es1ado de Jalisco y sus Municipios, esta

SEGUNDO: Carácto' do Sujoto Obligado. El Sujeto Obligado, Comisión Estataldo Do,ochos Humanos, liene reconocido dicho carácter, do conrormldad con el

articulo 23, punto 1, fracción V de la Ley de Información Publica del Estado de J.ltsco

y sus MunicipIOS.

En ese tenor, este Instituto es competente para conocer. sustanciar y resolver el

presente Procedimiento de Responsabilidad Administrativa que nos ocupa, deconformidad con lo dlspuasto por los artlculos 6" de la Constitución Polltica de los

Estados Unidos Mexicanos: 4' párrafo teroero y 9' de la Constitución Polltlca del

Estado Libre y Soberano de Jalisco: 1, 2, 15, punto 1, fraceiOnX: 23, punto " (mceló"

V, 102 Ycernas relativos y aplIcables de la Ley de Información Pliblica del Estado deJalisco, artlculos 140, 141, 142, 143, 144, 145. 146, 141, 148,149,150, 151, rotauvosy aplicables del Reglamento de la Ley de Información Pública del Eslado de Jaltsco y

sus Municipios.

Estados Unidos Mexicanos', mismo que contempla los principios y bases que deben

regir a los Estados, en el ámbrto de sus respectivas competencias, respecto delejercociodet derecho de acceso a la inlormación pública. Asi mismo, tos arttculos 4".9" y 15, fracción IX de la Constitución Politlca del Estado de Jalisco, consagran ese

derecho, siendo el Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco, un

Organismo Constitucional Autónomo, con personalidad [urfdica y patrimonio propio.encargado de garantizar la transparencJay el derecho a la Inlormación publica.

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1 Documental. Consistente en la copia cernñcada de la solicitud de

informaelón dal presentada ante la ComisiónEstatal de Derechos Humanos el dla 10 diez de enero de 2013 dos miltrece.

2. Documental. Consistente en la copia certilicada del oficio número

SE/UT/03/2013. signado por el C. Ramón Saúl Meneses PérezCootdlnador de la Unidad de Transparencia.

3. Documental. Consistente en la copia certificada del oficio numero

TERCERO: Pruebas y valor probatorlo.- Mediante los autos de fecha 04 cuatro de

diciembre de 2013 dos mil trece y 20 veinte de febrero de 2014 dos mil catorce, la

Secrelarla Ejecutiva de este InsUtuto de Transparencia e Informacl6n Pública deJalisco. dio cuenta de las pruebas ofrecidas por el C. Rodolfo Armando Casanova

Valle. Secretario Ejecutivo y Thulor de la Unidad de Transparencia e Informaci6nPública de la Comlsl6n Estatal de Derechos Humanos. dichas probanzas serén

tomadas en cuenta y valoradas por separado y en su conjunto en términos de lodispuesto por los numerales 399, 400, 402. 403, 408 Y 413 del Código de

Procedimientos Civiles para el Estado de JaliSCO,de aplicación supletoria en términosde lo dispuesto por el articulo 6. punto 1, fracción 111Ley de Info(l"acI6n Pllbllca del

Estado de Jalisco y sus Municipios: asl como acorde a lo dispuesto por los arábigos146.147 Y148del Reglamento de la Ley de Informaci6n Pública del Estado de Jaliscoy sus Municipios, siendo las siguientes'

autoridad advierte que las personas flsicas son los suietos a quienes se les atribuye

la responsabilidad, pues son quienes cometen las infracciones administrativas

precisadas en la Ley o Reglamento de la Materia, en ese entendido el presenteprcx:edimientoversará hasta su conclusión, única y exclusivamente sobre la posible o

posibles infracciones en las que pudiese haber incurndo el C. Rodolfo Armando

Casanova Vallo, Secretario Ejecutivo y Titular de la Unidad de Transparencia e

Información Pública de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. en la fecha de

presentación de la solicitud de inronnación de donde so derivó 01 Recurso do

Revisión 015/2013, que dio origen al presente procedimiento y que actualmente se le

instruye como persona nsica por la posible Inlracci6n cometida de oonformldad COI1

establecido por el articulo 105, punto 1. fracción IV de la Ley de Información Públicadel Estado de Jalisco y sus Municipios.

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'1

\\ w \V Ile I fJ 'n\

• El auacrlto SBCf810rlO Ejecutivo del InstItuto do Tmnsporcneln 6 Intormndon Publica deJali.lCO. hace canelar y da fa Que l.nlJO • la VIlla un libro ti cuol en la portado de pasta duracolor v.lde dlne lallyenda NOTIFICACIONES SEGUIMIENTO OEl 06JFEBI09., 14IAG0113.neeno 10antallor se advIene que se comprende de 145 denlO cuarentR y cinco 'Ojas y ,,,llenado es por el anveao y reverso, h.cienoo constor que o fOW \25 eente ve1ntlCU'tcO 'rentocon apertura dec fecha 17 diecis.tele ele febr&,fo del ano 2013 dOI mil trect. se aptecia alSiguiente datolB/ENE/2013 Citlatli 21101/2Q13¡ por &o qve in estos momentos el suscrito seeeiere. soflCltaal e Mario Go.nzélez Rvl:.. seflale a que corresponden los datos que se enuncian conantelación, en uso de la voz resere que M, número de oficio del área qUf remite eldocumento 0& do<:ir que lo genora, nombre do la persona a quion va dirigida, número de

.xpodiente, firma de' notificador con la fecha de que se la lleva, fecha y nombre de larecepción do aeuse de recibo. Sé procede él tomar fotografla de la fOJ8en comento. mIsmaqué se anexara al Procedlmlenlo de Respon¡abiJIdad Adm",,¡suabva que nos ocupa. $lOrD 10Gerectes lega!es a que haya lugar, En uso de la voz: el oferente de 18probanza ma,ur~sta.Bajoprotesta de decir verdad manifiesto que el documento antes señatade fue entregado ante

En relación a ta prueba de Inspección Ocular del übro de registro donde se programa

para las not~icaciones de toda la Comisión Estatal de Derechos Humanos. ofertada

por el sujeto a proceso. se verificó el 06 seis de marzo de 2014 dos mil catoroe. en lacalle Pedro Moreno número 1616. colonia americana. Guadalajara. Jalisco. ante la

presencia del Licenciado Miguel Angel Hernández Velázquez. Secretario Ejecutivo de

este Inshtuto. quien presidió. certificó y dio fe. asl como del Licenciado RícardoAlfonso de Alba Moreno, Coordinador de Actas y Acuerdos V la C. 1'llIda Karlna

Garabito Rodrlguez. Actuario. ambos funcionarios públicos de este Instituto; asl

mismo. ante la presencia del Sujeto a Proceso Rodolfo Armando Casanova Valle.SeCletario Ejecutivo y Titular de la Unidad de Traaparencla del Sujeto Obligado.

Comisión E&latal de Derechos Humanos. y de lOSe.e Ram6n Saúl Meneses Pérez yMario González Rulz, funcionarios públicos del Sujeto Obligado. qulelles fungieroncomo tesllgos del acto teniendo medularmente los siguientes resultados;

SElUT/0412013. signado por el C. Ramón Saúl Meneses Pérez,Coordinador de la Unidad de Transparencia

4. Documental Consistente en la copia certificada de la primera foja de laresoíuctón del expediente número UT/0212013

5 Inspección Ocular. Consistente en la revisión 81 libro de r09lstlo donde se

programa para las noliflcaciones de toda la Comisi6n Estatal de Darecnos

Humanos.

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\\w\\.ilel.or¡;

presenle procedamento. se adVierte que resolución emitida por el Pleno del Conse¡o

\-QUINTO: Análisis de fondo del 8sunto.· Del aná~sis de los sotos que Integran el

.... ..ArtlculO 105. tnrraeeJones - Titulares de Unld.de$1Son ,,1_ 00 de los....., .. de laslMidad••

IV No te:SOtYe1" en tie.mpo las sotiOtl.JdH de ...klfmad6n pUbtca que le correspo~ ~é!f

En virtud de lo anterior, la SecretarIa Ejecuwa de e$le Orgalllsmo. concluyó radICarelpresente Procedimíe01ode Responsabilidad AdminlStratlva en contra del e Rodolfo

Armando Casanova Valla. Secrel8J1o EJ8Wtlvo y raular de la Unidad deTransparencia e Información Pública del SUjeto Obllgado ComISión Estatal de

Derechos Humanos. en VÍltUd de la omisión en resolver y notifICaral solicitante de laInformación, denlro de tos e1nco dias hábiles siguientes a la presenlaClOnde la

solicitud, da confonnldad con lo establecodopor el aniculo 69, punto 1 de la ley deMateria SituacIÓnque pudiere conSbJulf una posible InfraCCIÓnadm,,"sttatlva de

acuerdo a lo estipulado por el 105, punto 1, fraCCIÓnIV, de la Ley de Informaaon

Publica del Eslado de JaUscoV sus Munocipios

• .. .Artlculo 11. SOIlclruddo Inlorm_ - RuOlucKNI1 L.a U_ d_ resol_o<Y_~ .. ., ooIIa... te _:10 do ......... OlasMbo.es .9 • ...,...... prnentaoOn oe IlllOIa"" f.,pecco •• '.'¡*'C*II de ti W'lfcwfnlCllÓr" y .. OIlDCtCieilOIde: tuacceto di 8Ct.¡..-docon esta Ley, 101.........,.01 otf'eraIK de e as tuoon de IntonNaonpUCia Y 101cftteftOt 41 das.:r1caclOn ae iIr(ormaoon puCllca del ~ lo.1.~J)ot*geOO ..

CUARTO.· Estudio dol asunto> Del análisis de las coostancoas que lI1!eg.an el

presente procedimiento. se advierte que et mismo se derrva de la resolución delRocurso do Rovisi6n 015/2013. que en su resolutivo tercero ordenó dar vISta a ta

Secretaria Ejecubva de esle InSbMo para que InlQ3ra Procedll"ento deResponsabilidad Administrawa en contra de los Servidores Publocosque resultaren

responsables del Sujeto Obl¡gado. Cormso6nEstatal de Derechos Humanos por laposíbte comisión de la infracci6n adminlslratlva consistenle en no resol_

dentro del plazo legal, la sohcilud presenlada por el e de

conformidad a lo dispuesto por el artIculo 69, punto 1de la ley de Inform8CIÓnPtd)loca

del Estado de JaliSCOy sus Municipios'

la oflei,ll" <le panes entre las diez horas y once horas del di~di.eeisiel,@ de M«O del afta2013 dos mil tree•• 10antertor para lOS"telO$ que haya WgII .....

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1I

www.ite i.o rg m\

En cumplimento a lo establecido en la ley de la Materia. el Sujeto Obligado medianteoficio SEIUT/0412013admitió la solicitud de infOflTlacoónel dia 10 diez de enero de

2014 bajo el expediente 0272013 y a través del 0000 SElUT/0912013de fecha 17diecisiete de enero de 2013 dos mil trece. resoMólo S19uiente:

....Fechoen que ae _ 01_ de q""l'l presoruado por .1edia 26 ve!fl::séi$ de fXtUtIre de 2012 dos midooe.. con Q¡ numero de folto 1275597Fecha Y nO:mero (teo6cio con alque fue f'f!mItldo a la v;s.-.aduna OOfre:s.ponc(¡ente.Fecha en que fuetecbdo por la Vwsi"..aduñ.a.

Fecha en ia qUé se reqt.n) a la arlondad respon$(l'ble número deofICIO con el que '"eqUIIlÓFecna en que respondó la aub:lnGa!lresponsah."¿

Fecha y r.J."fIefO de oficio con elque se dio te$pUeS:a al te!efldo escore .;"

trece. ante el Sujeto Obligado. Comisión Estatal de Derechos Humanos. SOlicilandOlosiguiente:

el 09 nueve de enero de 2013 dos milmismo prorno....enteDicho Recurso de Revisión. se derivó de soficítud de infOflTlaciónefectuada por el

Si en ta resoIuc:ión se alega qL"e la información s.!lici".ada corresponde pedirla a la Com!s>OI'l

Nacional de los Oet'echos Humanos. en ese supues:o et párrafo lercefO del nume~ 66 de laley de InIomlaciC:w'l PUbIJea del Estado de JaJISCO y s...s 1.1t.truC1p1Osestlb~ef! q\..! cua:rrdo se

prec_emeuna :soIcitud ceollfofmaoOn piibllCa ante una of.er.a de un Su.ettt Ob":;ado dcsbnto 31que le correspo;yJa a~eodércflCha scliduo. el Titutarde la Unidad de de Iffiomaaon p·jbj,caqu& ta redbiO debefi remmrta aj tr.s:;:tuto y no:dJcarto al SOIotaJ"':= centre del di¡; ha::1l1

~..e a su recepción. para que el lns:i::utooS su vez lo nly.ifiqusal $ol!~!an:e. -

- ••PrQmueo.Ioen ~ y fOl'l"N Recu"$OCIe RevIsJOnefI contt, (te ie ~ de feena 17dierisie>e de enero de 2013 dos mi trece. declaró como Improcedente la so!icin;d efe.nfotrnac::IOtI prormoY(:Ia por el susc:rkJ, sin 8Cilbargo como constJ: en anexos. se presentO unescrt.o ~ que;a d'ingDo a fa Coo:ws:On Esta~1 de O«ed'Ios Hmnanos y é.xpresamen~1!se

soicitó su lI'lt.erVencaonen los hechos: anf cesemos.,por loque e1\ ~cuencla cebe obrar ensus archNo$ ddta ~ l'e:SIAando fa!so Que e f8SU1tve ItnpoSlO\e f1'Iuegar informeespecifico.

de este Instituto de Transparencia e Información Ptlblica de Jahsco, se derivó del

Recurso de Revisión 01512013 promovido por el epresentado ante oficialía de partes de este lnsfituto, el dia 18 dieoocho de enero de

2013 dOs mil trece. en el que alude medulannente los'9ulente:

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I~

www.Itv] (Ir\

1. Este Sujeto Obligado si resolvió en tiempo y forma, lada vez que

admitió, gestiono y resolvió la solicitud de información el dia 17 de enerode 2013, misma que fue recíbica por la Unidad de Trasparencia ellO

de enero de 2013, según consta en los autos del expedienteUT/0212013. con esa fecha se admitió y gestiono la información a la

unidad generadora, para resolverla en la fecha ya antes citada según

Ahora bien, de los argumentos rendidos por el Sujeto a Proceso C. Rodolfo Armando

Casanova Valle, Secretario Ejecutivo y TItular de la Unidad de Transparencia eInformación Pública del Sujelo Obligado, Comisión Estatal de Derechos Humanos.

mediante su informe presentado ante Oficlatla de Partes de este Instituto el 24

veinticuatro de octubre de 2013 dos millreoe, a través del ofiCIOSElUT129712013.sele Ijene realizando las siguientes manifestaciones:

Es importante destacar que el Trtular de la Unidad de Transparencia tiene laobligación de substanciar el prooedimiento de acceso a la información pública, aí tenorde lo eSlablecido por el 105, punto 1, fracción IV de la Ley de la Maleria. sjtuación porla cual pudiese consñnnrse la ínfraccón admíntstrauva eSlablecida por el numeral

mencionado en lineas anteriores y como consecuencia hacerse acreedor a la sancióncontemplada por el articulo 107, punto 2, fracción 111 de la Ley de tníormación Pública

del Estado de Jalisco y sus Municipios.

'",De oor,formidad con el eercnc 71,1 fracción 111efe la Ley de tnícrmacicn Pública del Estacode Jalisco y sus r~lunlClpios.eo relación con el articulo 32 del Re9'atn~to de Transperenoe dela Comisión Estatal de Derechos Humanos, la soliotud dé InfotmaCtÓfl d& Inte:féS para elpeticionano en coocecie de la Oireoción de Q1$eJasOnentación y Segulmlefllo esIm.proc&dQ(llO. toda vez que la In(OImación recueoca por este son inexistente ya que como10cita dtcha area operaUva en su oñcíc OQ120/20t3. -el falto 1275579 se acumulo .11275580,este ultimo ccnespcoue a un recurso de Impugnacton. razón poI' la cual se ceterm>lló renuurdichos fo[IOS ~ 18Comisión Nacional de Oere<:ho5 Humanos, según teg¡suo postal con nor-ercde gula 979265805. de fecha 29 de ccrubre del año próximo pasaco, balO lo CltaOO por lasreglas de tos recursos de Impugnacien esti-puladO$ ~joel artrco!o 84 de la ley de la ComisiOnEsta1al de Dérechos Humanos', por ello esta documentación no obra etilos archivos de drenadireCCión lo que hace imposlbl& entregar tn(Ofme especifico sobre La $·waoon legal del fono

1275579.PRIMERO: Es IMPROCEOENTE POR INEXISTENTE la solicitud de mfQ(ma¡;:¡On, por Jo tantoindiqueseJe al sOlicitanLe que dd'la InfornlaciOn deber;; requ&tirla 8 l;;I ComcSlón N;¡Cfon¡¡1 deDerechos Humanos .....

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A nvá! del acuerdo emitido por la Secrotorla Ejecullva de esto Instituto. el14 catorcede mayo de 2014 dos mil catorce, se hizo constar que el Sujeto a Prooeso omitió

realaar manrfestacoonesa manera de alegatos de conrOlll1idadcon lo estableCIdoporel articulo 148del Reglamenlo do la Ley de Información Pública del Estado do Jaliscoy Municipios. no obstante haber sido notificadO de manera personal el dio 26wlnbséis de marzo de 2014 dos mil catorce.

oficio SENT/09/2013. "si el término para resolver es de 05 cinco dias

hébiles y se le qullan los do. dla. Inhébiles, como son el sábado 12 ydomingo 13 de enero. es dable concluir que la Unidad de Transpareneta

si resolvió en tiempo:, razón por la cual se deberá determinar Incierto.

el argumento que delermlna que no se resolvió en el periodo de ley.circunstancia que deberá de ser tomada en consideración para dejar s,n

erectos legales y declarar InJustineadoe Improcedenteel procedimiento

2. Con reseeetc a que no se nollncó dentro del ténmlnode ley. dentro delos cinco die. hábiles. la Unidad de Trasparencra resolvió ta soliCitud

IMPROCEDENTE POR INEXISTENTE. lo qua diO pie a que_

recurriera dicha resolucí6n rnediante recurso de reVISIón01512013. sin embargo el recurrenle no ma""estó su Inconformidad

sobre la notificación fuera del térrnlno, por ello se esuma la

íncompetencra de avocarse al conocimiento del pro-cedimiento que nosocupa.

3. En el supuesto de que si sea competencia del Instituto evocarse alasunto que nos ocupa de manera oficiosa, es de manifestar que laresolución de fecha 17 de enero de 2013 se baJOal área denotificadores el mismo dia en que se resolvi6. sin embargo dicharesolución se notificó el 18 de enero de 2013, dado l. falta de personalen dicha área. a pesar de ello y apelando al pnnclplo de senceíez y

celeridad se le dio prioridad a dicha notificación, dejando de lado la rutade notificaciones ya programada y se avoco a notificar dicha resotuoón

por lo que se adjunta copla simple donde se reCibepor parte del area denotificaciones ta resolución emitido y se propone Como medio do

convlccl(m "diligencias de mejor proveer" contemplado por el articulo 82

del Código de Procedimienlos Civiles

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,~

\ 11(\

En virtud de lo anterior, la Unidad de Trasparenc>8del SU¡eIOOblt9adoenuooel ofICIOnümero SENT/03I2013, de fecha 10 diez de enero de 2013 dos mil trece emrtJdopof

el C, RamOn Saúl Meneses Pérez, Coordinador oe la Unidad de .!:!!~~~~mediante el cual admhe la sorlCitud de tnfonnac<ÓfIrecurnda por el C_ empezando a paJI¡( de esa fecha a correr el termino de los 5 Cll'lCOdias

posteriores que dictamIna el articulo 69. punto 1 de la Ley de la Malena, a partir de

esa fecha; derivado de lo antenor se llene que el Sujeto Obligado tenia como plazopara emitir respuesta y resofve<la solicitud de infonnaclón referida a más tardar el día

ArtJcuk) '6. $ollchud de '''''omtKl6n - Lug,r d. ptUettr.clotl2 Cuan® se pteSent6 una SOIIIc::ftud de riotmilClÓn pó~aiJfI~"", 0[01\80IAnQ I ~ Undaddel suje10OIlIIgadoel tAlÁI dO__ debo _ 010 U_IH_ y nol ,"""' ..sofIe:tan¡e. oenuo def dr. h..biI SIgUientE' SUteeel)CfOn.

Lo antenor es así, debido 8 que la sohCl1udde InfonnaClÓnfue presentada ante la

oflClalla de panes del Sujelo ObligadO.ComiSIÓnEstalal de Derechos Humanos eldla miércoles 09 nueve de enero de 2013. esto es, aole una orona d SOOt8a la

Unidad del Su¡eto Obligado; a su vez la oflQ8l1ade pal1esrerMIÓ dIChasohc,tuda laUnidad de Trasparencla al dra hábil slgu","te, segün consta a fOja53 del los aUlos

que Integran el presenta procadlmlento, conSistente en el sello de teClbldo de la

Unidad de Transparenaa, de fecha 10 dieZ de ene<o de 201' dos m~ catorce, talcomo lo establece el anrculo 66. punto 2 de la Ley de InformacWnPúblICadel Estadode JaliSCOy MunfoplOSque establece:

.... .Ank:uIO 69. $OIicJrud dfI ;nfonnKIón - RuoIucl()n1 Le Unidad debe ~er y nOlJl'bf ,. $OotCt.ante óentJO de es e:'<CO dlas nables SJ9UIIl'''''''!-s• 58 pruonlal<:iOn d. le IOlIC4lud, respecto I te ~ de la normacon y .. pr~ Ot

IU acceso, de lCUardOcon esta lay, los Inea1ruenbl gIftIIf'3'1n ~ dalt{lCIOón 01 W!~

públlColy""""""deda_ dO1IIlorm_ P<iO'''' 001_ ...~ot '11". .

Ahora b",n, derivado del es1udio de las actuoooones que inlegran el presente

procedsmento y de los a'llumentos preCIsadospor el SUl"to a Proceso en su Informe,

baíOel numeral " se desprende que si emrtió respuesta a la solicitud de informaCIÓnrecurrida por el solicitante y que esta se efectuó a Itallés del ofICIOSENTI09I2013

emltldo el 17 diecisiete de enero de 2013 dos milltece consistente en la resoluaónde la solicitud de Información. y que la misma se efectuó denltO del tém1lno

establecido por el artlculo 69. punto 1 de la Ley de InformaCIónP~bbcadel Estado de

Jalisco y Municipios que establece:

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www.It e i.urg.mv\

Por lo Que es evidente, que el Sujeto a Proceso emitió respuesta y dio cumplrnoento a

lo establecido por el anlculo 69. punto 1 Ley de InformaCJÓn Pub~ca del ESladO de

Jalisco y Municipios, medianle oficio SElUTI09I2013 de fecha 17 dieasiete de enero

de 2013 dos ",,1 trece, puesto que dicha reso1uei6n se emitió en el quinto dla posterlOf

a la presentación de la solicitud en la Unidad del Su¡eto ObIJgado, por lo que dICho

argumento si es sufaente para desvirtuar su responsabiftdad exdussvamente entorno a la obliga.c.ón de resolver denuo de los S CUlCO dias hábJles postenexes a la

presentaCIón de la soIicdud.

nueve di ""''0de 2013 ctolmi treot2 CoPo _ deI_ nil_. Sl;iUTI03I201) ........ lO ... , do _" •• 10'3

dos mllAICe. c:ons.iten'. en le eatntS.lOnO. la IOlOIIJOae I"I'om'IiICIOf'I ,,~()OI tieRI""'"SauI ti...... P..... CoooI""""" do la tkIcIad do T_' ......

3 Cop¡.act:ttt~ del 0'00 SElUTmt20'3. COM"*"t. en eap",,*a fOjaI de ti f~ 0I)It

del upecf.ente n4)mem UTI02J2013,de ted'la 17 d.teQ$'~te de ene", de 2013 _ mi

ueoe

'. CoPooe",_ de 10toIiCItUd do "'_ del e ••••••••• locho 09

Por lo que se desprende que el $U)eto Obligado si emitió respuesta a la solICItud de

Inlormeción recurrida. medlanle la resolución de lectIa 17 dl8Cl• .,18 de enero de 2013

dos mollreoe. a través del oficio SElUT10912013. y que la mlSlTla se efectuó denuo del

!énnlno 8Sta~ldo de confonnldad • lo establecido por el articulo 69 punto 1 de laLey de Información PUblica del Estado de Jatos<:oy MunICIpIOSque estable<:e lo quese acred.ta con las probanzas aportadas al presente prooedll11lenlO corno lo son

1 VIf!f'neS11onc:-..de eneroM2013 dOSI"nIIIVKe.

2 lunes,4 eal0tC:8 de eneroae 2013 dos mi !Teca) Mi<l.. 15<1"_ de enelO de2013dosmi lreCe.. M,ftCOIM16dIeClS.'lde.woce2013d05m1trece5 Juevés' 1 Otec:d....:ede entR) di 2013 001 IN ~Ke t.cna eng c:;... te e~ lit_18 ala _ de ""cm".COOn

miércoles 17 diecisiete de enero de 2013 dos mil trece, Ial y cano se realIZó. esto es.a partir de la presentación de la soIicdud de onfonnación en fa oflCiaUa de partes del

Sujeto Obligado el dla 09 nueve de enetOde 2013 dos mil trece, y de que a su vez

oficialía de partes remrti6 a la Unidad ellO diez de enero de 2013 dos mol trece.transcumeron tos días:

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\V\\ \\ .;II'I.org nn

InstitulO de Tran,parene1a • InfOm'lK56n P'OblkaArticulo 9. Institulo _ Atribucion._'

XXIII VISitar el Ct,Impim.ento de la Ley., su Regtametwo

Lo anterror en virtud de que el Instrtuto de Transparencia e InformaCIónPública del

Estado de JalISCO.es el Organo Garante en materia de Transparencia y Acceso a la

Información Pública, cuya función pnnapal es garanllzar el seceso de la SOCiedada lainformación que lodos los entes públicos posean, gen.. en o administren, e. decir.

tiene la labor de v'll"ar que loda organización pública o privada que reciba oadministre recursos pÚblICOSestatales o munICipales. facllíte su Información a la

sociedad, en esa entendido se llene que el In'''luto tiene como alribuclOnesvigilar elcumplimiento de la Ley de Infomn8Cl6nPúblocadel Estado de Jalisco y sus Municipios.

de conformidad oon lo estabtecrdo en el artiwlO 9 punto 1, fracción XXIII queestablece lo siguiente,

Como consecuenaa de lo anterior en el resultando primero de la resoluClon, seresolvió como infundado el Recu/SOde Revisión y por otra parte en el resullando

tercero de la resolución, se advirtió que el Sujeto Obligado incumplió con su obligaCiónde emitir respuesta a la solicitud en el plazo de cinco dlas hábiles posteriores a su

recepción. ordenando dar vista a la Secretaria Ejecutiva de este Instituto para que

iniciara el Procedimiento de Responsabiidad Adm.nlsltativa por la posible infracclon

administrativa consistente en no resolver denlto del plazo legal a la solicitud de

información.

Ahora bien. deriVado del anélisls de los argumentos verndos bajo el numeral 2, el

Sujeto a Proceso refiere que el recurrente de la sollCnudde información _

man~e$t6 su inconformidad sobre la nobflcaclón tuera del término. yque por lo tanto estima la lnoompetencra de evocarse al conocemento del

procedlmienlo que nos ocupa po< lo que del 8"'1",. del Rocurso do Rovlslón

015/2013 según se desprende del contenido de la resolución emUldapor el Pleno del

ConsejOde este lnsututo de fecha 27 veonule:e de febrero de 2013 dos mil trece. enel Considerando OUlnlo. VISIblea foja 34 de 10$autos que Inlegran el presenla

procedlmienlo. se avocó úmce y exclusivamente a efecto de delermlnar SI laComisión Estatal de Derechos Humanos, en su calidad de SUl"to Obligado. neg6

Indebidamenle información pública al recurrente y con ello delerminar sí generó una

afectación a su derecho de acceso a la información.

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www.itci.nr¡.: Ol

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Ahora bien, del análisis de los argumentos emitidos por el Sujeto a Proceso dentrodel numeral 3, se desprende que realizó las gestiones necesarias para, darleceleridad a la notificaci6n de la resolución de fecha 11 diecisiete de enero de 2013

dos mil trece, dejando de lado la ruta de notificaciones ya programada yavocándose

a notificar dicha resoluci6n, notificándola el 18 dieciocho de enero de 2013 dos miltrece; lo anterior se constató del resultado de la Díligencia de Inspección Ocular

practícada el día 06 seis de marzo de 2013 dos mil trece, en fas instalaciones delSujeto Obligado, mediante la cual se Inspecciono el hbro de registro donde se

programa la ruta para las notificaciones del Sujeto Obligado, obteniendo comoresultado que se notifICOal el oficio SElUT/0912013,consislente en la resoluoón de t.

solicitud de informacl6n al C. el dia 18 dieciocho de enero de2013 dos mil trece, por la noüñcadcra de nombre CiJlalli;ahora bien, dicha seuacon

Por lo tanto, se concluye que no existe incompetencia para la instauracrón delpresente Procedimienlo de Responsabilidad Administrativa, en virtud de que el

Consejo tiene la atribución de analizar de oficio el cumplimenlo a la Ley de

Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, puesto que advirtió en laresoluci6n del Recurso de Revlsi6n que el Sujeto Obligado no cumpli6 con lo

dispuesto por el artfculo 69, punto 1 de la Ley de la Materia. transgrediendo losderechos de acceso a la informaci6n del recurrente y Iransgradiendo lo dispuesto por

la Ley de Información Pública del Estado de JaJisco y sus f\~unicjpios;por lo tanto tos

argumentos vertidos por el Sujeto a Proceso dentrc del numeral 2, son ineficaces e

inexactos, y no abonan para desvirtuar su presunta responsabilidad en el presente

procedimiento,

ArticuJo 145. Cuando el Consejo advi91ta que Sé ha encuedrado alguna ce las conductasconsideradas como Inrracckloes, Instruirá al Secretario a efecto de que radique unprocedimiento de responsabilidad

Derivado de lo anterior este Instituto, como Órgano Garante en matsna deTransparencia, y en su labor de vigilar el cumplimiento a la ley de la materia, advirtió

sobre el incumpliendo a lo dispuesto por el articulo 69. punto 1, por lo que ordenó se

iniciará el Procedsníento de Responsabilidad Administrativa, cabe señalar que dicha

facultad se confiere al Consejo de conformidad a lo dispuesto por el articulo 145 del

Reglamento de la Ley de Informaci6n Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

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IX

www.tte í.nr

ArticulO 102.Ro.pon•• blflcud~mlnUrr.r/V. - $u/«o.1, Son SUfetot de retp0M8bllldad Idl'l"lnllnltva t;as prIJ10nH fI-ICiS qlJI com.l.an 11.Intracclone, adrnlnllltltlV.. Mt\alldl. en .';llIIto el teg.lJn"llrto

En ese sentido. se tiene que son ",fraCCIonesadminIStratIVaSde los Titulares elo la.

Unidades. el no resolver en uempo las sOÍlcltudes de Información pública que lecorresponda atender de conformidad CCtn lo establecido por el numeral 105. punto '1

fracción tVy conforme lo establece el articulo 102de la Ley de tnformación Pública detEstado de Jalisco y sus Municipios. la responsabilidad administrativa la tienen las

personas físicas que cometan Lasinfracaones señaladas en Jaley o el reglamento. en

ese sentido el procedimiento que nos ocupa ""'ISa en contra del C. Rodolfo ArmandoCasanova Valle. en su carácter de Secretario Ejecutiv<l V Titular de ta Unidad deTransparencia e tnformaclón Pública del Sujeto Obligado. ComiSIón Estatal de

Derechos Humanos, en virtud de que tos ados 3tnbuidos y las infracciones cometidas.fueron omitidos por ét en su administraClÓf\.estando en e¡erciClOde sus funciones.

según consta de tas actuaciones emitidas en el presente Procedimiento deResponsabilidad AdministratIVa

De lo anterior se desprende que el Sujeto Obl>gado",cumptlÓcon lo establecido por el

articulo 69. punto 1 de la ley de In!ornlaclÓnPúbloeadel Estado de Jalisco y susMunicipios. debido a que notificó en .1 ••• to di. posterior a la presentacíón do la

solicitud de Información.estando fuera dellérmlno establecido

l. Viernes 11 once de enero ee 2013 dOSmiuec:e2, LUrl9s 1.4catare. de enero de 201300s miuece3, Manes 15 quince de enero de 2013 do$mi trece4. Mfércoles 16 dl9CiSe.sda enero de 2013 do$micrece5. JlJeves 17 dtecese-e de enero de 2013 60S mil trece, fecha en la que se esmñó la

respceste a la solic::i:lJdde inl'ormac:itA

6. Vierne.s 18 d~oc;:ho de enero de 2013 dos mil trece. feeha en que se notificó la solic¡tudde información a la recutt1!1'l~e

no e.lme al Sujeto Obligado, de la obligación de notificar dentro de los 5 ellasposteoores a la presentaci6n de la 60Ilcttudde información, tal como lo dlspono elarticulo 69. punto 1 de la ley de ta Matena, puesto que notlFoeó01 recurrente en el

sexto die posterior a partir de la presentación, transcurriendo tos siguiente. dios.

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trece ante la ollclala de panes del SUjeto Obligado. debido de que nOllflCÓ.1solicitante en el sexto dla posterior a la presentaCIÓna la sollC"ud sin embargo d'cha

omisión no esté contemplada en lo dISpuestopor el articulo lOS. punto 1 fraco6n IVde la Ley de Informacl6n Pubtlcadel Estado de Jalisco y sus Mun;"plos. por lo que esimposible configurar alguM infraccion adrrumstratlV3al Su¡eto a Proceso

el dla 09 nueve de enero de 2013 dos m,lInterpuesta por la C

Ahora bien, derivado de las razones expuestas en la presente resoluaon se concluyeque el C. Rodollo Almando Casanova Valle Secretano EjecullvO y nular de laUnidad de Transparencia e Información PúblICadel Sujeto Oblogado.Comis'ón Estatal

da Derechos Humanos. por una parte si cumplió con la oblogaco6nde resolver y porotro parte. no cumplió con la obligacl6n de nobf,car respecto lo cstoblee,do por el

articulo 69. punto 1 de la Ley 00 la Materia respecto la solicitud de Informoc,ón

·••.•ArUculo 10S.lntraeciones - TibJ1aresde Unidades1. Son Intracciones admin5tratJVas de los tiNtares. de »s Un..o.aCE!S"IV No ~ver en tiempo las soIicrtudesde lIÑormaci6r'I PÚDlic::il que le con.'ponda at.nd~'

AsI las cosas se tiene que el C Rodalfo Atmando Casanova Valle. en su carácter deSecretario Ejecutivo y rrtular de la Unidad de Transparencia e Infofmac,6n PúblICadel

Sujeto Obligado. Comisión ESIa1a1 de Derechos Humanos. " cumplIÓcon la oblogac,ónde resalvO' den"o de los 5 cinco dias Mb.les posteriores a la presanlac,ón de lasolicitud de ,nlormación. sin embargo. no cumplIÓ con la obflgac06nde nOI,l.caral

solicliante de la .nformacl6n en el plazo legal estipulado por el articulo 69. punto 1 de

la Ley de la Moteri., debido a que se notíflCÓ en er dia sexto posterior a la recepciénde la solicitud de ,nlcmnaci6n. esto es, el dla 18 doeeoocl>ode enero de 2013 dos mil

trece; es Importante tener en cuenta que respecto de la om,sión de nOhficar alsolicitante en ellérm,no que establece la ley. el articulo 105. punlo 1. Iraccion IV de la

Ley de Información Púbhcadel Estado de JalISCOy sus MUnicipiOSno contempla como

infraccion administrativa el no notificar. debido a que solo establece como infracclon elno resolver en tiempo las solicitudes que le cerrespoode at81ldet. por lo tanto. aun ycuando se acredñó et lncumplimiento al SUJetoObligado, en el sentido de que no

notificó dentro del término establecido por el articulo 69. punto 1. no Se puede

configurar infraccion adminislrativa al Titular de la Unidad de Transparencia y por lotanto no es posible determinarle alguna sanción establecadaen la ley de la Mat.na

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www.Itcr or~

Notifiquoso Po,..onalment •• al C. Rodollo Armando Casanova Valle. Secrela"oEjecutIvo y Tnular de la UnIdad de Transp8lenaa e InfofTnllQón Pública del SUjetoObligado. Comisión Estatat de Derechos Humanos. ta presente resolUCIón, de

confOrmidada lo dispuesto por los artlculos 135. 136Y 137 del Reglamento de la Leyde Información Pública del Estado de Jalisco y sus Munlciproe en retacI6n con los

numerales 84, fraccl6n I Inciso e), 88. 87 ,elativos y aplicables de la Ley delProcedimiento Adminislrauvo del Estado de Jalisco y sus Municipios atente lo dIsponeel nuoneral139 del Reglamentoantes sel\alado. para los efectos legales conducentes

TERCERO.- Archlvese el expediente como asunto concluido

SEGUNDO.- Hágase saber al C. Rodoffo Armando Casanova Valle. SecretanoEjecutivo y Titular de la Unidad de Transparencia e Información Pública del Sujeto

OblfQado.Comisión Estatal de Derechos Humanos. el derecho que ueoe de tmpugna,

la resolución que nos ocupa. en términos det articulo 108, punto 1 de la Ley delnformacsón Pública del Estado de Jalisco y sus Munocipoos

PRIMERO.- NO ES DE SANCIONARSE. al C Rodolfo Armando Casanova Valle.

Secretario Ejecutivo y Tnular de la Unidad de Transpareooa e Información Pública delSujeto Obligado. Comisión Estatal de Derechos Humanos. por las razones. rnonvos V

fundamentos expuestos a lo largo de la presente resolución.

R E S U E L V E:

Por lo expuesto y lundado. con apoyo en los ar1I",,1os102,de la Ley de InformaCión

Pública del Esiado de Jalisco y sus Munlcoplosy 140. 141. 149 ,elallvos y aplicables

de su Reglamento, se:

En razón de lo anterior. confonne a lo establecido por los articulos 69. punto 1. 102Y

105. punto 1. fracc;lónIV de la Ley de Inf"""ación PúblICadel Estado de Jalisco y SusMunicipios. resulta improcedente sanaonar al C. Rodolfo Armando Ca.anova Vallo,

SeCfetanoEjecutivo y Tnular de la Unodadde Transpa.renaa e Inlonnacl6n Publica del

Sujeto Obligado. ComiSIÓnEstatal de Derechos Humanos pot los mobvos expuestos

en la presente resolución.

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Mtguel Angel He' de VelA~quolSecretar,,> EJecutivo

Consejero

- \Podro Viconte Viveros Reyes

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82 Vallejo

Cantero Pacheec

PrOlld.nt d.1 Con.eJo

ASI lo resolvi6 el Pleno del Consejo del Institulo de Transparencia e Informaclon

Pública de Jalisco en su Trigésimo Octava Sesión Ordinaria celebrada el dla 15quince de octubre del ano en curso, ante el Secretario Ejecutivo. quien cM,tlca Vda fe.

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