IV.derechos Sociales y Economicos

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  • DERECHOS SOCIALES Y ECONOMICOS.Universidad Nacional de Igenieraacin GlobalAbogado: Zenn Calle Ignacio

  • LA FAMILIA: EL MATRIMONIO Y SUS EFECTOSDerecho de familia La comunidad y el Estado protegen especialmente al nio, al adolescente, a la madre y al anciano en situacin de abandono. Tambin protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ltimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. La forma del matrimonio y las causas de separacin y de disolucin son reguladas por la ley.

  • LA FAMILIA: EL MATRIMONIO Y SUS EFECTOSEL MATRIMONIOLa unin estable de un varn y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes sujeta al rgimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable.

  • LA FAMILIA: EL MATRIMONIO Y SUS EFECTOSPLANIFICACION FAMILIARLa poltica nacional de poblacin tiene como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad responsables. Reconoce el derecho de las familias y de las personas a decidir.En tal sentido, el Estado asegura los programas de educacin y la informacin adecuados y el acceso a los medios, que no afecten la vida o la salud

  • LA FAMILIA: EL MATRIMONIO Y SUS EFECTOSDEBERES DE LOS PADRESEs deber y derecho de los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos. Los hijos tienen el deber de respetar y asistir a sus padres. Todos los hijos tienen iguales derechos y deberes. Esta prohibida toda mencin sobre el estado civil de los padres y sobre la naturaleza de la filiacin en los registros civiles y en cualquier otro documento de identidad.

  • EL DERECHO A LA SALUDDERECHO A LA SALUDTodos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad.

  • EL DERECHO A LA SALUDLA POLTICA NACIONAL DE SALUDEl Estado determina la poltica nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicacin. Es responsable de disearla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud.

  • EL DERECHO A LA SALUDSEGURIDAD SOCIALEl Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su proteccin frente a las contingencias que precise la ley y para la elevacin de su calidad de vida.

  • EL DERECHO A LA SALUDLIBRE ACCESO EN ATENCION DE SALUDEl Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a travs de entidades publicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz funcionamiento. La ley establece la entidad del Gobierno Nacional que administra los regmenes de pensiones a cargo del Estado.

  • EL DERECHO A LA SALUDLOS FONDOS DE SEGURIDAD SOCIALLos fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles. Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad que seala la ley.

  • EL DERECHO A LA SALUDLA DROGADICCIONEl Estado combate y sanciona el trafico ilicito de drogas. Asimismo, regula el uso de los toxicos sociales.

  • LA EDUCACION EN EL PERLA EDUCACION Y DESARROLLOLa educacin tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educacin y de participar en el proceso educativo.

  • LA EDUCACION EN EL PERLa educacin promueve el conocimiento, el aprendizaje y la practica de las humanidades, la ciencia, la tcnica, las artes, la educacin fsica y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad

  • LA EDUCACION EN EL PERDESARROLLO CIENTIFICO Y TECNOLOGICOEs deber del Estado promover el desarrollo cientfico y tecnolgico del pas. La formacin tica y cvica y la enseanza de la Constitucin y de los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o militar. La educacin religiosa se imparte con respeto a la libertad de las conciencias.

  • LA EDUCACION EN EL PERNIVELES DE LA EDUCACION PERUANALa enseanza se imparte, en todos sus niveles, con sujecin a los principios constitucionales y a los fines de la correspondiente institucin educativa. Los medios de comunicacin social deben colaborar con el Estado en la educacin y en la formacin moral y cultural.

  • LA EDUCACION EN EL PERESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVOEl Sistema Educativo peruano se divide en:- Educacin Bsica o inicial- Educacin primaria- Educacin secundaria- Educacin superior

  • LA EDUCACION EN EL PERLA EDUCACION INICIALLaeducacin inicialse ofrece en cunas (menores de 3 aos), jardines para nios (de 3 a 5 aos) y a travs de programas no escolarizados, destinados a nios pobres de las reas rurales y urbano-marginales. Segn la Constitucin de 1993, es obligatorio un ao de educacin inicial, para la poblacin de 5 aos de edad.

  • LA EDUCACION EN EL PERLA EDUCACION PRIMARIAEl siguiente nivel es laeducacin primariaque tiene una duracin de 6 aos. Cabe mencionar, que anteriormente la primaria tena una duracin de slo 5 aos. En la educacin primaria, para ser promovido se necesita un promedio de 11 (sistema vigesimal de evaluacin) y aprobar por lo menos lenguaje o matemticas.

  • LA EDUCACION EN EL PERLA EDUCACION SECUNDARIA Laeducacin secundariase organiza en dos ciclos: el primero, general para todos los alumnos, dura dos aos el cual resulta obligatorio y que junto a la educacin primaria constituyen el bloque de la educacin obligatoria; el segundo, de tres aos, es diversificado, con opciones cientfico-humanista y tcnicas. Se ofrece en dos modalidades: para adolescentes (grupo de edad 12-16 aos) y adultos. Segn la Constitucin de 1993, tambin la enseanza secundaria es obligatoria

  • LA EDUCACION EN EL PERLA EDUCACION SUPERIOR Laeducacin superiorse imparte en escuelas e institutos superiores, centros superiores de post-grado y universidades. Los institutos ofrecen programas de formacin de maestros y una variedad de opciones de formacin tcnica en carreras que tienen una duracin no menor de cuatro ni mayor de diez semestres acadmicos. Los institutos y escuelas superiores otorgan ttulos de profesional, tcnico y experto, y tambin los de segunda y ulterior especializacin profesional. Las universidades otorgan ttulos de bachiller, maestro y doctor, as como certificados y ttulos profesionales, incluso los de segunda y ulterior especializacin.

  • LA EDUCACION EN EL PERORGANIZACIN DE LAS UNIVERSIDADESLa organizacin de las universidades es de Acuerdo a la ley 23733 conforman su gobierno segn los siguientes lineamientos:LEY N 30220 LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA

  • Definicin de la universidadArtculo 3. Definicin de la universidad La universidad es una comunidad acadmica orientada a la investigacin y a la docencia, que brinda una formacin humanista, cientfica y tecnolgica con una clara conciencia de nuestro pas como realidad multicultural. Adopta el concepto de educacin como derecho fundamental y servicio pblico esencial. Est integrada por docentes, estudiantes y graduados. Participan en ella los representantes de los promotores, de acuerdo a ley. Las universidades son pblicas o privadas. Las primeras son personas jurdicas de derecho pblico y las segundas son personas jurdicas de derecho privado.

  • Funciones de la universidadArtculo 7. Funciones de la universidad Son funciones de la universidad: 7.1 Formacin profesional. 7.2 Investigacin. 7.3 Extensin cultural y proyeccin social. 7.4 Educacin continua. 7.5 Contribuir al desarrollo humano. 7.6 Las dems que le seala la Constitucin Poltica del Per, la ley, su estatuto y normas conexas.

  • Superintendencia Nacional de Educacin Superior Universitaria (SUNEDU)Artculo 12. Creacin Crase la Superintendencia Nacional de Educacin Superior Universitaria (SUNEDU) como Organismo Pblico Tcnico Especializado adscrito al Ministerio de Educacin, con autonoma tcnica, funcional, econmica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurdica de derecho pblico interno y constituye pliego presupuestal. Tiene domicilio y sede principal en la ciudad de Lima y ejerce su jurisdiccin a nivel nacional, con su correspondiente estructura orgnica.

  • LA EDUCACION EN EL PEREl Gobierno de las Universidades y de las facultades se ejerce por:La Asamblea UniversitariaEl Consejo UniversitarioEl RectorEl Consejo y el Decano de cada Facultad

  • GOBIERNO DE LA UNIVERSIDADArtculo 55. Gobierno de la universidad El gobierno de la universidad es ejercido por las siguientes instancias55.1 La Asamblea Universitaria. 55.2 El Consejo Universitario. 55.3 El Rector. 55.4 Los Consejos de Facultad. 55.5 Los Decanos.

  • LA EDUCACION EN EL PERESTRUCTURA ACADMICA DE LAS UNIVERSIDADESCada Universidad organiza y establece su rgimen acadmico por Facultades de acuerdo con sus caractersticas y necesidades.Las Facultades son las unidades fundamentales de organizacin y formacin acadmica y profesional. Estn integradas por profesores y estudiantes. En ellas se estudia una o ms disciplinas o carreras, segn la afinidad de sus contenidos y objetivos, y de acuerdo con la currculo elaborada por ellas.

  • LA EDUCACION EN EL PERCada Universidad regula las relaciones de sus Facultades con las dems unidades acadmicas dentro del espritu de la presente ley.Los Departamentos Acadmicos son unidades de servicio acadmico, especfico a la universidad, que renen a los profesores que cultivan disciplinas relacionadas entre si. Coordinan la actividad acadmica de sus miembros, y determinan y actualizan los slabos de acuerdo con los requerimientos curriculares de las Facultades.Los Departamentos sirven a una o ms Facultades segn su especialidad, y se integran a una Facultad sin prdida de su capacidad funcional, segn lo determine el Estatuto de la Universidad.

  • EL DERECHO AL TRABAJOEl trabajo es un deber y un derecho. Es base del bienestar social y un medio de realizacin de la persona.

  • EL DERECHO AL TRABAJOEl trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atencin prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan. El Estado promueve condiciones para el progreso social y econmico, en especial mediante polticas de fomento del empleo productivo y de educacin para el trabajo.

  • EL DERECHO AL TRABAJODERECHO A LA REMUNERACINEl trabajador tiene derecho a una remuneracin equitativa y suficiente, que procure, para el y su familia, el bienestar material y espiritual. El pago de la remuneracin y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligacin del empleador. Las remuneraciones mnimas se regulan por el Estado con participacin de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores

  • EL DERECHO AL TRABAJOLA JORNADA LABORALLa jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como mximo. En caso de jornadas acumulativas o atpicas, el promedio de horas trabajadas en el periodo correspondiente no puede superar dicho mximo. Los trabajadores tienen derecho a descanso semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensacin se regulan por ley o por convenio.

  • EL DERECHO AL TRABAJOLOS PRINCIPIOS LABORALESEn la relacin laboral se respetan los siguientes principios:1.Igualdad de oportunidades sin discriminacin.2.Carcter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitucin y la ley.3.Interpretacin favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.

  • EL DERECHO AL TRABAJOPROTECCION CONTRA EL DESPIDO ARBITRARIOLa ley otorga al trabajador adecuada proteccin contra el despido arbitrario.

  • EL DERECHO AL TRABAJODERECHO DE SINDICALIZACINEl Estado reconoce los derechos de sindicacin, negociacin colectiva y huelga. Cautela su ejercicio democrtico:1.Garantiza la libertad sindical.2.Fomenta la negociacin colectiva y promueve formas de solucin pacifica de los conflictos laborales. La convencin colectiva tiene fuerza vinculante en el mbito de lo concertado.3.Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armona con el inters social. Seala sus excepciones y limitaciones.

  • EL DERECHO AL TRABAJOPARTICIPACION EN LAS UTILIDADESEl Estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participacin