Juicio de alimentos 2015
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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA
ABOG. MAGDALIA HERMOZA MSC – MBA
ORDENAMIENTO JURIDICO COMO MARCO NORMATIVO
ORDENAMIENTO JURIDICO
Una pluralidad de normas conforman un sistema jurídico- Las normas están relacionadas, enlazadas por relaciones de fundamentación y derivación.Es decir que se fundamentan en otras que son superiores o se derivan de estas. El enlace de las normas hace posible que haya compatibilidad entre las normas = Seguridad Jurídica (Kelsen)
ORDENAMIENTO JURIDICO ES
UN SISTEMA DE INSTITUCIONES
FIGURAS, REGLAS Y PRINCIPIOS JURÍDICOS
UNA COMPLEJA ORGANIZACIÓN JURÍDICA DEL
ESTADO Y LA SOCIEDAD
GARANTIZAR LOS DERECHOS
DE LAS PERSONAS
POSEE UNA DIMENSIÓN
EPISTEMOLÓGICA, ONTOLÓGICA Y AXIOLÓGICA
CONJUNTO DE NORMAS
CONEXAS ESCALONADA
S JERÁRQUICA
MENTE
REALIDAD OBJETIVA EN CONSTANTE
TRANSFORMACIÓN
PERENNE CONSTRUCCIÓN Y RECONSTRUCCIÓN, LÓGICA
GRADUAL Y
JERÁRQUICA DE LAS
LEYES DE LA
REPUBLIC
A
ORDEN GRADADO O JERARQUIZADO
El Sistema Jurídico es un orden de normas, donde existe diversos niveles o gradas normativas .
Están jerarquizadas en superiores e inferiores , una norma jurídica puede tener las dos calidades .
Ejemplo: « La Ley será superior con relación al reglamento o a la sentencia que dice el juez, pero será inferior frente a la Constitución»
En el Ecuador por disposición constitucional, los tratados y convenios internacionales son superiores a las leyes pero inferior a la ley fundamental.
Las leyes orgánicas tienen una mayor jerarquía que las leyes ordinarias pero menor que la Constitución.
La Constitución siempre será la norma superior a todas. Las sentencias y resoluciones administrativas son normas inferiores.
( extremo del ordenamiento juridico)
JERARQUIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO6
Ecuador es un estado de derecho, es decir donde todo esta regulado por la ley.
Nuestro orden jurídico esta formado por la Constitución como norma suprema.
JERARQUIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO
Art. 424.- La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público
deberán mantener conformidad con las disposiciones
constitucionales; en caso contrario carecerán de
eficacia jurídica.
La Constitución y los tratados internacionales de
derechos humanos ratificados por el Estado que
reconozcan derechos más favorables a los
contenidos en la Constitución, prevalecerán
sobre cualquier otra norma jurídica o acto del
poder público.
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JERARQUIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO8
Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente:
La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las
normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los
acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos. En caso de
conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces, autoridades
administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma
jerárquica superior. La jerarquía normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de
competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos
descentralizados
DOBLE PROCESO DE APLICACION Y CREACION
La producción de normas se da por la aplicación de la superior y creación de la inferior.
En cada nivel del ordenamiento jurídico se da un doble proceso simultaneo de aplicación y de creación de las normas.
Los legisladores aplican la Constitución y crean la Ley, el presidente de la Republica aplica la Ley y crea el Reglamento, el juez aplica la ley y crea la sentencia que es una norma jurídica individualizada
PRINCIPIOS JURIDICOS
( ART. 11 #6 CONSTITUCIÓN REPUBLICA DEL ECUADOR)
SON PRESUPUESTOS BÁSICOS, IDEOLÓGICOS, IRRENUNCIABLES Y CONTINGENTES.
LOS PRINCIPIOS JURÍDICOS SON LA BASE Y FUNDAMENTO PARA EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
PRINCIPIOS DE : SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL , IGUALDAD DE DERECHOS, DEBERES Y OPORTUNIDADES, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA , PUBLICIDAD DE LAS LEYES, IMPARCIALIDAD DEL JUEZ, ACCESO GRATUITO A LA JUSTICIA, DISPOSITIVO, INMEDIACIÓN Y CONCENTRACIÓN.
PIRÁMIDE DE KELSENLa pirámide kelseniana representa la idea de
sistema jurídico escalonado. El gran tratadista
austriaco Hans Kelsen, propuso en su Teoría
Pura de Derecho (1934) que el ordenamiento
jurídico es un sistema de normas ordenadas
jerárquicamente, entre si, de modo que
traducidas a una imagen visual se
asemejarían a una pirámide formada por
pisos superpuestos.
Entonces tenemos que el Sistema Jurídico
está constituido por normas jerárquicas y
superpuestas.
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PIRÁMIDE DE KELSENLa Pirámide Jurídica Nacional se basa en dos criterios:
Las Categorías, es la expresión de un Gobierno Normativo que ostenta una calificación de su contenido y una condición prelativa determinada por la constitución o por ser normas reglamentarias.Los Grados, son los que exponen una gradación existente entre las normas adscritas a una misma categoría. Esta prelación interna se establece por la utilización de sus principios de competencia funcional y territorial, formalidad extraordinaria y jerarquía del órgano legislativo.
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PIRÁMIDE DE KELSEN
Pirámide de Kelsen adaptada a nuestra realidad:
En nuestro ordenamiento encontramos cinco
categorías de normas:
- La constitución.
- Las leyes y las normas con fuerza o condición de ley.
- Los decretos.
- Las resoluciones.
- Las normas con interés de parte
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INSTITUCIONES JURIDICAS
Constituyen un conjunto de normas jurídicas que regula el funcionamiento de los órganos y entidades especializados de Derecho Público y Privado
LAS CATEGORIAS JURIDICAS
Son los conceptos más generales y relevantes, que sirven de fundamento científico del Derecho,
subordinando a muchos conceptos que del sistema jurídico
Resultan de la experiencia, investigación y de las formas de pensar y razonar de los hombres
LAS CATEGORIAS JURIDICAS
Son modalidades que puede adquirir una categoría jurídica en el escenario de la vida social.
Su nacimiento se debe a la ley universal de la contradicción que existe en la esencia misma de la
naturaleza, de la sociedad y en el pensamiento humano.
Se debe también al surgimiento de los problemas jurídicos-sociales que se originan de causa y efecto.
EL CODIGO
Representa la etapa más avanzada de una institución del ordenamiento jurídico, que sirve para la
aplicación del Derecho..
Es un cuerpo orgánico y sistemático, de leyes relativas a una de las ramas del derecho.
Punto de vista técnico: máxima expresión del ordenamiento jurídico
Desde el punto de vista formal: Ley modificable o derogable.Estructurado por
libros, títulos, capítulos, secciones, parágrafos, artículos, numerales, literales e incisos.
CODIGO
CODIGOS: civil, penal, de comercio , de la niñez y adolescencia ; etc.
CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESRELACION JURIDICA - HECHOS Y ACTOS JURIDICOS
CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESRELACION JURIDICA, HECHOS Y ACTOS JURIDICOS.
Es la relación humana que tiene consecuencia para el derecho positivo. Según Du Pasquier se define como: “ El vinculo
entre personas. Una está en el derecho de exigir de la otra el cumplimiento de un deber jurídico”.
Según Francesco Santoro Pasarelli, es: “Mide la posición del poder que tiene una persona y el deber de otra, con la tutela de un ordenamiento jurídico”.
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Hay relaciones jurídicas:
-Convencionales-Extraconvencionales-Procesal y sus
derivadas
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Relación jurídica convencional:
Es aquellas cuyos propósitos están fundamentados en los acuerdos previos de las partes, con el auxilio de la normativa vigente.
Ej: la constitución de una asociación, una compañía, etc…
Relación jurídica extraconvencional: surge como consecuencia de las actividades del hombre en sociedad, aunque entre los afectados no haya existido una intención previa para su existencia.
Ej.: la relación procesal de ejecución, que se hace en forma oral y ni siquiera se comunica al adversario, sino cuando ya viene a pertenecer al desarrollo de la relación ejecutiva.
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Relación jurídica procesal: surge entre los órganos jurisdiccionales y la persona que hace valer el derecho de acción para reclamar justicia. Se caracteriza porque al activarse origina otra relaciones. Comprende las fases de demanda, defensa y sentencia, que a su vez puede traer la relación de ejecución.
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
La relación jurídica procesal de acción, que comprende la relación surgida entre el juez y el actor de la demanda.
Al enterarse el demandado, por parte del tribunal, surge la llamada relación de contradicción o de defensa.
En ambos casos el sujeto pasivo es el estado y los activos, respectivamente, son las partes.
CLASES DE LA RELACIÓN JURÍDICA
HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
Acto jurídico: se dan actuaciones humanas conductas que el derecho ha regulado, es decir fueron previstas por el ordenamiento jurídico y producen consecuencias jurídicas , cuenta con la voluntad humana. Cuando este acto voluntario tiene consecuencias para el derecho, estamos ante un acto jurídico.
PRIVADO
PUBLICO
Existe la expresión de la voluntad individual:
Un acto jurídico
Produce un efecto jurídico
Civil, mercantil, minero, laboral etc.
Constitucional, administrativo, financiero, penal etc.
Existe expresión de la voluntad soberana
Requisitos
DE
FO
ND
O
Derecho Privado
MOTIVACIÓNVOLUNTAD
COMPETENCIA OBJETO LICITOCAUSA LICITA
FIN LICITO
VOLUNTADCAPACIDAD
OBJETO LICITOCAUSA LICITA
• Error
• Fuerza
• Dolo
INCAPACIDAD
Derecho Publico
vicios
• De hecho
• De Derecho
• Física moral
De forma
• De goce
• De ejercicio
DE
FO
RM
A • Absoluta
• RelativaCONDICIONES ESENCIALES, SUSTANCIALES E INTEGRALES
EXIGIDAS POR LA LEY PARA VALIDEZ Y EFICACIA DE UN ACTO
JURÍDICO
HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
Acto jurídico licito: Actos aceptados permitidos por el ordenamiento jurídico.
Acto Jurídico ilícito.- Son reprobados, pues entraña una trasgresión o violación de la norma y la consecuencia es la sanción jurídica
HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
Si en la realización del acto jurídico se dan vicios de defectos imputables a la voluntad del sujeto del derecho no va a producir los efectos deseados, dicho acto no será ineficaz tendrá validez, ( actos nulos, y actos anulables)
(Imputar es atribuir, enlazar una causa a un efecto, y colocar a esa causa como la responsable de las consecuencias dañinas ocasionadas.
La imputabilidad significa atribuir a alguien las consecuencias de su obrar, para lo cual el acto debe ser realizado con discernimiento, intención y libertad: por eso no resultan imputables (son inimputables), los dementes los niños pequeños, las personas en estado de ebriedad no provocada ex profeso para cometer el hecho, o sobre quienes se haya ejercido violencia física, o que actuaren en legítima defensa )
HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
Hecho Jurídico: son los hechos naturales que ocasionan consecuencias jurídicas.
Son determinados sucesos o acontecimientos que pueden ser de carácter natural o humano, a los cuales el ordenamiento jurídico les atribuye o imputa una consecuencia de Derecho.
Ejemplo: Hecho natural (un nacimiento, una muerte.)
( Hecho humano un contrato un matrimonio)
Según el Prof. Dr. Calvani:
“es todo acontecimiento que hace nacer, transmitir, modificar o extinguir un derecho,”.
HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
Hecho Jurídico, ejemplo :
Si cae un rayo en una bosque donde nadie se enteran es una hecho natural.
Si cae en una casa asegurada, es un hecho jurídico.
CONCEPTOS JURIDICOS FUNDAMENTALESSUJETOS DE RELACION JURIDICA
Están presentes en toda norma jurídica.
Se encuentran: los sujetos , persona, relación jurídica, deber jurídico, hecho o supuestos jurídicos y la sanción.
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SUJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA
La palabra sujeto significa: sometido, expuesto, persona indeterminada, etc.; nosotros nos vamos a referir a Sujeto como Persona.
Sujeto de derecho en la relación jurídica puede tener una condición activa y una condición pasiva. Según corresponda exigir o ser exigido, ser acreedor o ser deudor.
SUJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA
-Persona Jurídica colectiva: son agrupaciones de hombres a los que el derecho reconoce capacidad jurídica, son entes creados por formalismos legales que le otorgan personalidad jurídica, haciéndolos susceptibles de derechos y obligaciones, con patrimonio propio y razón de existencia definida. Integradas por dos o mas personas naturales.
SUJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA
-Persona jurídica individual: Este concepto está dirigido a la persona humana, al hombre con personalidad jurídica, al ser biológico que puede ser susceptible de obligaciones y derechos.
SUJETOS DE RELACION JURIDICA
Sujeto activo: poder para exigir el cumplimiento de derechos. Ejemplo: exigir alimentos un menor de edad a un padre que se niega a otorgar.
Sujeto pasivo: cumple con la obligación y respetar el derecho del sujeto activo
EL OBJETO DE RELACION JURIDICA
OBJETO: Sobre la que se establece la relación jurídica Es el motivo que determina que los sujetos mantengan un nexo jurídico del Derecho Público y Privado. Puede recaer sobre todo la clase de bienes materiales (cosas-valorables), inmateriales (condición humana-invaluables)
OBJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA
Se entiende por objeto todo lo que los sentidos pueden percibir, un asunto, una materia. También se llama objeto a los fines perseguidos por los actos humanos.
EL OBJETO DE RELACION JURIDICA
OBJETO: El objeto de derecho lo constituyen la personas, sus acciones y las cosas que pueden originar una relación jurídica. La persona es el objeto esencial del derecho porque sin persona, no hay relación jurídica. Algunos autores dicen que no es propiamente la persona el objeto del derecho, sino la actividad que ellas hacen, motivo de la relación jurídica.
EL OBJETO DE RELACION JURIDICA
Objeto práctico: es el objeto real que puede ser susceptible de una relación jurídica.
Objeto jurídico: es el objeto de derecho que sin ser real o tangible puede ser motivo de una relación jurídica. Ej.: un descubrimiento, un invento, las creaciones literarias, etc.Situación Jurídica : algunos autores agregan este tercer elemento que esta dada por la posición que corresponde a cada una de los sujetos en la relación jurídica( propietario, deudor o heredero)
DERECHO SUBJETIVO
Es la facultad o poder del sujeto, para realizar determinados actos jurídicos. Es el derecho inherente a una persona, sea activa o pasiva, si nos referimos a un derecho real; o como acreedor o deudor, si estamos considerando una relación personal o de obligación. La condición para que exista el derecho subjetivo es que exista una norma de derecho objetivo que la reconozca.
LA NORMA JURIDICA
REGULA LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS FACTOR PRINCIPAL Y DECISIVO EN LA RELACIÓN JURÍDICA
RECONOCE UN DERECHO DETERMINA EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN O IMPONE UNA SANCIÓN
• NORMAS:
• SUSTANTIVAS: Protegen los derechos de las personas .
• PROCESALES: Reglas de aplicación para hacer prevalecer los derechos sustantivos
VINCULO JURIDICO
Es elemento central de la relación jurídica.
Se encarga de colocar sujetos en situaciones o posiciones jurídicas.
Sin acto o hecho jurídico, sin norma, sin relación no existe vínculo jurídico.
Es el elemento central de la relación jurídica
Tiene como factor condicionante el acto juridico
Hecho factor condicionante o desencadenante
VINCULO JURIDICO
Una persona tiene el derecho y la otra la obligación
Obliga una persona a otra jurídicamente
SITUACION JURIDICA
Es la posición civil que ocupa un sujeto en relación con otro sujeto.
Es un hecho complejo sujeto a modificaciones. En todo vínculo jurídico, el sujeto de la relación
jurídica adquiere una relación diferente a la situación del otro.
Ejemplo de situación jurídica: Estado civil: soltero casado, divorciado, viudo. Infracción: autor, cómplice y encubridor.
UN ACTO FORMADO POR UNA O VARIAS DECLARACIONES DE VOLUNTAD PARA PRODUCIR UN DETERMINADO EFECTO JURÍDICO Y QUE EL DERECHO OBJETIVO LES RECONOCE UNA VEZ CUMPLIDOS LOS REQUISITOS Y DENTRO DE LOS LIMITES ESTABLECIDOS POR EL ORDENAMIENTO JURÍDICO .EJEMPLO: EL TESTAMENTO ES UN NEGOCIO JURÍDICO DE UNA SOLA DECLARACIÓN DE LA VOLUNTAD.EL CONTRATO EN LOS CUALES PUEDEN DARSE DOS O MAS DECLARACIONES DIFERENTES DE VOLUNTAD
Es
NEGOCIO JURÍDICO
VOLUNTAD , CAPACIDAD , OBJETO, CAUSA LICITA
Tiene la categoría de contrató
UNILATERAL, BILATERAL, GRATUITO, ONEROSO ,CONMUTATIVO, ALEATORIO, PRINCIPAL
ELEMENTOS ESENCIALES
CONDICIÓN, TERMINO O PLAZO, O MODO ACORDADO ENTRE LAS PARTES.
ELEMENTOS ACCIDENTALES
En el ordenamiento
MANIFESTACIÓN DE LA VOLUNTAD INDIVIDUAL
Para la doctrina
tradicional
PERSIGUE INTERESES PERSONALES, SATISFACIENDO NECESIDADES SOCIALES
Para la Doctrina Moderna
EL DEBER JURIDICO
Que el Derecho regula conductas y que las normas jurídicas impone obligaciones
frente al derecho subjetivo del sujeto pasivoSabemos
NEGATIVOS
Esta obligación del sujeto pasivo de hacer o no hacer
algo
ESTA OBLIGACIÓN CONFORMA EL DEBER
JURÍDICO Es correlativo al
Derecho , facultad que tiene el sujeto
activoES DECIR A UN DERECHO CORRESPONDE UN DEBER JURÍDICO : SE CLASIFICA
EN :
Como el dar y hacer
Implica una abstención, son los deberes jurídicos de
no hacer
POSITIVOS
Objetivo del Derecho
BUSCAR EL BIENESTAR DE LA COLECTIVIDAD
DERECHOCONJUNTO DE PRECEPTOS JURÍDICOS O NORMAS DIALÉCTICAS
JERARQUIZADAS UNAS SOBRE OTRAS DADAS POR EL ESTADO, CON FUERZA COERCITIVA , PARA LA COLECTIVIDAD.
Derecho Natural
Derecho Positivo
NACE CON EL HOMBRE, CONJUNTO DE NORMAS O
PRINCIPIOS UNIVERSALES E INMUTABLES , INHERENTES A
LA RAZÓN Y NATURALEZA PROPIA DEL HOMBRE
NACE CON EL ORDENAMIENTO JURÍDICO BASADO EN EL
IUSPOSITIVISMO, CORRIENTE DE PENSAMIENTO JURÍDICO QUE
CONSIDERA AL DERECHO COMO
UNA CREACIÓN DEL SER HUMANO.
DERECHO SUBJETIVO
Facultad de cada persona de poder hacer valer sus derechos. Poder que tiene el hombre para exigir determinado comportamiento y lograr su fin .
El DO y DS coexisten
DERECHO OBJETIVO
Se refiere al conjunto de normas jurídicas tendientes a regular al ser humano en sociedad, definen que es lo correcto y que es lo incorrecto, que derechos tiene una persona y que derechos no tiene
DERECHO PUBLICO Y PRIVADO