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Es importante la promulgación de una Ley Municipal, con el fin supremo desalvaguardar la salud pública de todos los ciudadanos orureños, tomando accionesespecíficas para el control de esta mortal enfermedad, de acuerdo a normasestablecidas: Ordenanza Municipal 044/2011, Ley 553, Ley 700, Ley de SaludPública, Ley 602 de Gestión de Riesgos, Ley 482 Ley de Gobiernos Autónomos Municipales ydemás leyes que refieren al control de Epizootias.

Una vezejecutada los procesos establecidos por norma en cuanto al control de casos de rabiacanina, cumpliendo las mismas de forma ampliada en cuanto a la cobertura de vacunación ymovilización de personal, en el Plan Operativo d3Vacunación en Áreas de Riesgo, Feriasde Salud. Por otro lado se realizan la remisión de muestras de casos sospechosos mediante lavigilancia activa, con un promedio de 7 muestras enviadas a INLASA, del mismo modo serealizaron el seguimiento y cuarentena de los casos sospechosos de rabia canina, y delmismo modo se realizó el control de contactos (animales atacados por los perrossospechosos). Por último se tiene determinado la ejecución del Plan Operativo deVacunación Masiva Antirrábica Municipal 2017, el mismo en cumplimiento a la Ley desalud pública, y por determinación técnica junto a autoridades como el SEDES,MINISTERIO DE SALUD, la OPS-OMS yel G.A.M.O.

El Municipio de Oruro, va atravesando una epizootia de Rabia Canina desde la gestión 2015con 125 casos, gestión 2016 con 35 casos y en el primer trimestre de la presente gestión setiene 43 casos hasta la semana epidemiológica N°18, con una proyección de 180 casosposibles para la gestión 2017. El análisis epidemiológico del Ministerio de Salud y la OPS­OMS mediante el canal endémico respectivo, se tiene como resultado que nuestroMunicipio se encuentra en situación alarmante, por tener la mayor tasa de incidencia en elpaís en la gestión 2017 (Fuente. Ministeriode Salud). Como contingencia precoz a la réplica decasos de rabia canina (43 casos semana epidemiológica N° 18) entre los meses de enero,febrero, se efectivizo el proceso de contingencia, maximizando la cobertura con más de dosmil animales vacunados por jornada en cada centro de salud, todo esto mediante laejecución del Plan Operativo "Vacunación en Áreas de Riesgo" que implico incidir encuatro Centros de Salud (C.S. Aurora, C.S. Yugoslavo, C.S. Candelaria y C.S. Chiripujio)obteniendo un total de trece mil animales vacunados, esto con la participación activa deestudiantes de instituciones de formación técnica como parte del control de rabia canina,formando y desplegando 35 brigadas de vacunación en cada área correspondientemente, deeste modo se cumplió de manera estricta las normas establecidas en cuanto respecta alcontrol de foco, maximizando de esta manera la cobertura de vacunación comparada conanteriores gestiones.

EXPOSICiÓN DE MOTIVOS

LEY MUNICIPAL DE DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA PORENFERMEDAD ZOONÓTICA DE RABIA CANINA EN EL MUNICIPIO DE ORURO

LEY MUNICIPAL N° 045/2017GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ORURO

CONCEJO MUNICIPAL DE ORURO

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Por todas estas razones se hace necesaria la sanción de la "LEY MUNICIPAL DEDECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA POR ENFERMEDAD ZOONÓTICA DERABIA CANINA EN EL MUNICIPIO DE ORURO", con la finalidad de controlar la proliferacióndel virus rábico, a través de acciones y programas de erradicación de este mal; asegurando lasanidad animal y la salud pública.

Según el más reciente reporte del Programa de Zoonosis del Servicio Departamental de Salud(SEDES), los casos de rabia canina ascienden a 100 casos en el municipio de Oruro; 123casos de rabia canina comprobados en el departamento de Oruro y 3200 personas que hansido mordidas por perros, cifras que aumentaron de manera alarmante, en los últimos mesesse advierte que dicho virus de la rabia está teniendo incidencia en lugares céntricos, dondenunca se habrían registrado casos similares, aspecto que mantiene en alerta a dicha institución.

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DISPOSICiÓN TRANSITORIA ÚNICA.- La presente Ley Municipal, tendrá vigencia de 90(noventa) días calendario a partir de su publicación y al finalizar el plazo previsto se procederá auna evaluación y fiscalización por parte del Concejo Municipal de Oruro, para determinar suefectividad y posible ampliación.

DISPOSICION TRANSITORIA

Artículo 5.- (CUMPLIMIENTO). Queda encargado del cumplimiento de la presente LeyMunicipal el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, en coordinación conlas instancias que correspondan.

Articulo 4.- (DE LA DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA POR ENFERMEDADZOONÓTICA DE RABIA CANINA EN EL MUNICIPIO DE ORURO). El Órgano Ejecutivo delGobierno Autónomo Municipal de Oruro, deberá presentar el plan de contingencia en un plazoimprorrogable de 10 (diez) días hábiles administrativos, el requerimiento financiero y lasmodificaciones presupuestarias necesarias para viabilizar las acciones y programas de atencióny reducción de la proliferación del virus rábico, mismas que estarán sujetas a la aprobación delConcejo Municipal de Oruro.

Artículo 3.- (ÁMBITO DE APLICACiÓN). La presente Ley Municipal es de cumplimientoobligatorio en toda la jurisdicción del Municipio de Oruro.

Artículo 2.- (FINALIDAD). Las actividades a desarrollarse por el Municipio de Oruro,deberán ser coordinadas y ejecutadas con el fin de erradicar la enfermedad zoonótica derabia canina en el Municipio de Oruro y así precautelar la salud pública.

Artículo 1.- (OBJETO). La presente Ley Municipal es de orden público e interés social y tienepor objeto declarar estado de emergencia sanitaria ante la proliferación del virus rábico,mediante acciones y programas de erradicación del mal, asegurando la sanidad animal y lasalud pública.

LEY MUNICIPAL DE DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA PORENFERMEDAD ZOONÓTICA DE RABIA CANINA EN EL MUNICIPIO DE ORURO

DECRETA:

Por cuanto el Concejo Municipal de Oruro; ha sancionado la siguiente Ley Municipal:

LEY MUNICIPAL N° 045

DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2017

GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ORURO

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. '. Edg r R. Bazan OrtegaALCALDE MUNICIPAL

GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE ORURO

Es dado en [,1 ciudad de Oruro. a los dieciséis días del mes elenoviembre de elos mil diecisiete años .

Por cuanto el Concejo \Illlnicipal de Oruro ha sancionado la LEYMUNICIPAL NQ 045/2017 ele DECLARATORIA ESTADO DEEMERGENCIA POR ENFERMEDAD ZOONOTICA DE RABIACANINA EN EL MUNICIPIO DE ORURO. Por tanto la promulgopara que se tenga presente y se cumpla en toda la jurisdicciónterritorial del Municipio ele Oruro.

~~T:(J1~ PRESlDENT A~]J CONCEJO MIlNKIPIi\. DE ORIJR~

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Oruro, a 105 quince días del mes denoviembre del año dos mil diecisiete.

DISPOSICiÓN FINAL ÚNICA.- Se abrogan y derogan todas las disposiciones municipales deigualo inferior jerarquía, contrarias a la presente Ley Municipal.

DISPOSICION FINAL

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