JUZGADO DE PAZ DE GAUTEGIZ ARTEAGA...Dª Amaia Abanzabalegui Aranguren El viernes, veintisiete de...
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ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO
CELEBRADA CON FECHA 27 DE JULIO DE 2018
ALCALDE
D. Juan Felix Naberan Ozamiz (EAJ-PNV)
CONCEJALES PRESENTES
D. Julián Maria Uriarte Lamikiz (EAJ-PNV)
D. Edorta Ibarra Basabe (EAJ-PNV)
Dª Edurne Murga Santisteban (EAJ-PNV)
Dª. Aitziber Ribas Bilbao (EH BILDU)
Dª. Jasone Basterretxea Oyarzabal (EH BILDU)
CONCEJAL AUSENTE
D. Carlos Mendiola Ugalde (EAJ-PNV)
SECRETARIA:
Dª Amaia Abanzabalegui Aranguren
El viernes, veintisiete de julio de dos mil dieciocho, en el Salón de Plenos de la
Casa Consistorial, siendo las diecisiete horas y treinta minutos, se reúne el Pleno del
Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, en sesión ordinaria y en primera convocatoria,
previa convocatoria realizada al efecto.
Todos los concejales miembros del pleno acudieron a la sesión. Dicha sesión se
realiza bajo la presidencia del Sr. Alcalde y con la asistencia de la secretaria-
interventora que suscribe esta acta.
Abierta la sesión por la Presidencia, se pasa a tratar los asuntos incluidos en el
ORDEN DEL DÍA:
Primero.- Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión de fecha
de 27 de abril de 2018.
Por la Secretaria da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior de fecha de
27 de abril de 2018 que es aprobada por unanimidad.
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Segundo.- Aprobación, si procede, de la Cuenta General del Ayuntamiento
de Gautegiz Arteaga correspondiente al ejercicio 2017.
Vista la Cuenta General del ejercicio 2017, junto con toda su documentación
anexa a la misma, según la legislación vigente.
Visto el informe favorable de la Comisión Especial de Cuentas emitido en
fecha 20 de abril de 2018.
Visto que la misma se expuso al público para que pudieran presentarse
reclamaciones, reparos u observaciones, y que no se ha presentado alguna, según
consta en el certificado de Secretaría de fecha 25 de junio de 2018.
Considerando lo dispuesto en la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre,
Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.
Y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto,
ACUERDA:
Primero.- Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2017.
Segundo.- Rendir la Cuenta General así aprobada y toda la documentación
que la integra a la fiscalización del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, tal como
establece el artículo 63 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre.
Tercero.- Aprobación, si procede, de la ordenanza reguladora para concesión
de subvenciones del pequeño comercio en el municipio de Gautegiz Arteaga.
Visto que es necesario aprobar una ordenanza para fomentar la creación e
implantación de nuevos pequeños comercios a pie de calle en Gautegiz Arteaga.
Visto los dictamenes favorables emitidos por las comisiones informativas del 8 de
junio y 13 de julio del 2018.
Considerando el procedimiento de aprobación de las ordenanzas establecido en
el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local.
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El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto,
ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la “ordenanza reguladora para concesión de
subvenciones del pequeño comercio en el municipio de Gautegiz Arteaga” con el
siguiente texto:
ORDENANZA REGULADORA PARA CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES DEL PEQUEÑO COMERCIO EN EL MUNICIPIO
DE GAUTEGIZ ARTEAGA
Artículo 1- Objeto
El objeto de estas bases es la regulación de las condiciones que deben
regir la concesión de ayudas económicas dirigidas a fomentar la
implantación de las microempresas y pequeñas empresas comerciales del
sector servicios ubicadas a pie de calle en el término municipal de Gautegiz
Arteaga. La consecución de este objetivo está condicionada a la existencia de
crédito presupuestario adecuado y suficiente.
Se considerará subvención cualquier auxilio, directo o indirecto,
valorable económicamente, a expensas del Ayuntamiento y que sea otorgado
por el Alcalde de la Corporación en los términos establecidos en esta
Ordenanza.
Artículo 2.-Finalidad de la subvención
Esta convocatoria pública tiene como finalidad colaborar y dar apoyo
económico los/as comerciantes y empresarios/as del sector servicios de
Gautegiz Arteaga para llevar a cabo acciones encaminadas a la implantación
de nuevos negocios englobados dentro del pequeño comercio,
microempresas y pequeñas empresas comerciales.
Artículo 3. Régimen jurídico
La concesión de las subvenciones se tramita en régimen de
concurrencia competitiva de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo
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59 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley de
Subvenciones. Se trata de una convocatoria abierta. La convocatoria está
presidida por los principios de igualdad y no discriminación, publicidad y
transparencia, concurrencia y objetividad. El otorgamiento de las
subvenciones se condiciona al cumplimiento de la finalidad de interés
general.
Artículo 4- Beneficiarios
Los/as beneficiarios de la presente subvención deberán cumplir con los
siguientes requisitos e obligaciones:
- Deberán ser personas físicas o jurídicas con actividad mercantil que
inicien una actividad comercial situada a pie de calle en el municipio de
Gautegiz Arteaga durante el año de convocatoria de la subvención.
- Previamente a la presentación de la solicitud de la subvención, deberá
de haber comunicado al Ayuntamiento el alta de la actividad económica en
este municipio (alta de IAE, declaración responsable, licencia de apertura).
- El comercio objeto de la subvención deberá permanecer en activo
como mínimo 3 años desde la fecha de la obtención de la licencia de apertura
o desde la fecha de la presentación de la declaración responsable.
- Tener fijado el domicilio social en Gautegiz Arteaga.
- Deberá estar dentro de las denominadas como microempresa o/y
pequeña empresas:
o Microempresa: entendiendo como tal la que ocupe a 10 o menos
trabajadores y tenga un balance general anual que no supere los 2 millones
de euros (TC2 y copia cotejada de las últimas cuentas anuales presentadas en
el Registro Mercantil y / o Impuesto sobre Sociedades para las entidades con
personalidad jurídica, última declaración de la Renta para los autónomos).
o Pequeña Empresa: entendiendo como tal la que ocupe a 25 o menos
trabajadores y el Balance General anual no supere los 5 millones de euros
(TC2 y copia cotejada de las últimas Cuentas Anuales presentadas en el
Registro Mercantil y / o Impuesto sobre Sociedades para las entidades con
personalidad jurídica, última declaración de la renta para los autónomos).
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o Para el cálculo del promedio de plantilla se considerarán los
trabajadores y las trabajadoras por año a jornada completa. En el caso de
personas trabajadoras con jornada parcial su cómputo será proporcional a las
horas trabajadas.
o Que la superficie comercial del establecimiento no supere los 500
metros cuadrados de superficie de venta (para más de un local se t endrá en
cuenta que cada uno de los locales no supere los 500 metros cuadrados de
venta, para el cálculo de las superficies estará a lo que conste en el IAE).
o Que no esté vinculada o participada en más de un 25% por empresas
que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos (escritura de
constitución y estatutos).
- Su actividad principal debe estar enmarcada en el sector de los
servicios.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
(Hacienda Foral o la que, en su caso, corresponda) y frente a la Seguridad
Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Artículo 5:-Gastos subvencionables.
Son subvencionables los gastos destinados a la creación e implantación
de nuevos pequeños comercios o/y nuevas microempresas cuya actividad
esté dentro del sector servicios que estén ubicadas a pie de calle en el
término municipal de Gautegiz Arteaga durante al menos los tres primeros
años de vida de la empresa.
Sólo se admite una solicitud por entidad beneficiaria, no se
subvencionará el mismo gasto para un mismo local aunque la presenten dos
beneficiarios/as diferentes.
Artículo 6.- Cuantía global máxima objeto de subvención
El crédito destinado a la respectiva convocatoria ascenderá al importe
reflejado en la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto
municipal aprobado o, en su defecto, prorrogado para el ejercicio en que se
realice la convocatoria.
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La cuantía máxima subvencionable a cada entidad beneficiaria no podrá
superar el 70 por 100 de la inversión inicial, con un máximo de 3.000 euros que se
pagarán en tres ejercicios presupuestarios.
Se denomina inversión inicial a la cantidad de dinero que es necesario
invertir para poner en marcha un proyecto de negocio durante el primer año de vida
del mismo.
Artículo 7.- Compatibilidad con otras subvenciones.
Las subvenciones que pudieran percibirse del Ayuntamiento de
Gautegiz Arteaga serán compatibles con las de otras administraciones o
entidades públicas o privadas. En cualquier caso, la financiación total
obtenida para la ejecución del programa o actividad subvencionada no podrá
resultar superior al coste del mismo.
Las entidades beneficiarias de las subvenciones tendrán la obligación
de comunicar al ayuntamiento, en su caso, la obtención de subvenciones o
ayudas para la misma finalidad que pudieran serles concedidas con
posterioridad a la formalización de la solicitud.
Artículo 8.- Convocatoria
Anualmente, el Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, por Resolución de
Alcaldía, efectuará la correspondiente convocatoria pública a fin de que en el
plazo que se establezca, todos los interesados e interesadas puedan presentar
la correspondiente solicitud acompañada de la documentación requerida.
El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 31 de
diciembre del año en curso a partir de la publicación de la convocatoria en el
Boletín Oficial de Bizkaia.
Artículo 9.- Solicitudes y documentación
Abierta la convocatoria las entidades beneficiarias que pretendan
acogerse a la misma deberán presentar la siguiente documentación:
• Anexo I cumplimentado y firmado por
persona competente.
• En el caso de personas físicas:
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- DNI
- Último recibo de autónomos
- Última declaración de la renta
• En el caso de personas jurídicas:
- CIF/NIF de la entidad
- DNI / NIF de la persona firmante de la solicitud o
del representante de la entidad.
- Escritura de constitución de la empresa y estatutos.
- Documentación acreditativa de la capacidad del
representante de la entidad solicitante y copia de su D.N.I.
- Última declaración del Impuesto sobre Sociedades.
• Certificado expedido por la Hacienda Foral
de estar dado de alta y sin obligaciones pendientes de pago.
• Certificado de la Seguridad Social destar
dado de alta y sin obligaciones pendientes de pago.
• Identificación de los datos bancarios para
hacer efectiva la subvención.
• Proyecto o memoria del pequeño comercio
para el que se solicita la subvención que contenga:
i. Una exposición detallada de su actividad y finalidad.
ii. El presupuesto de la inversión inicial con detalle de los
ingresos y gastos previstos/ejecutados durante el primer
año de implantación
iii. La cantidad total que se pide sea subvencionada.
• Acreditación de los gastos incurridos en
dicha inversión inicial, es decir, en los gastos incurridos en la creación e
implantación del nuevo comercio subvencionado mediante las facturas
originales o fotocopias compulsadas. La acreditación de los gastos también
podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los
requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
• Declaración jurada referente a que la entidad
cumple los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, para obtener dicha condición de
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beneficiaria y a que se compromete a cumplir las condiciones que, como tal,
le corresponden con arreglo a lo establecido en el art. 14 del mismo texto
legal.
• Declaración de las subvenciones y ayudas
que se han solicitado hasta la fecha de la presentación de la solicitud,
destinadas a la misma finalidad para la que se solicita la subvención,
debiendo acompañarse fotocopias de los acuerdos de concesión de ayudas
económicas por otras Instituciones.
Toda la documentación se aportará mediante copia compulsada por
institución competente o mediante entrega de la documentación original.
Artículo 9.-Peticiones incompletas y/o defectuosas.
Si alguna de las solicitudes presentas no cumpliera los requisitos
exigidos se comunicará a los interesados concediéndoles un plazo de diez
días para que subsanen las anomalías advertidas. Concluido dicho plazo sin
que se subsanen las anomalías, se entenderá que se renuncia a la subvención
y se procederá, sin más trámite al archivo de la solicitud.
Artículo 10.- Órgano Instructor
El instructor del expediente será el Presidente de la Comisión
Informativa del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
El órgano colegiado que emitirá el informe en el que se concrete el
resultado de la evaluación efectuada y la propuesta de concesión será la
Comisión Informativa del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
El Alcalde de la Corporación es quien acordará las subvenciones
oportunas.
Artículo 11.-Resolución de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán resueltas y notificadas, preferentemente por vía
electrónica, a las personas interesadas en el plazo máximo de tres meses
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contados desde la presentación de la solicitud de la correspondiente
convocatoria.
Los interesados e interesadas podrán entender desestimadas las
solicitudes, por silencio administrativo, si transcurrido dicho plazo no se
hubiere dictado y notificado resolución expresa.
2. La notificación de la resolución se realizará de acuerdo con lo
previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de que la resolución fuera negativa ésta deberá ir debidamente
argumentada. En el caso de que la resolución fuera positiva el Ayuntamiento
deberá comunicar por escrito los criterios en base a los que se ha concedido
la cantidad aprobada.
3. La resolución se publicitará, además de la forma prevista en el
artículo 18 de la Ley General de Subvenciones, en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento y las subvenciones concedidas también en la página Web.
Artículo 12.- Procedimiento de concesión y criterios de
adjudicación
Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
competitiva hasta agotar la partida económica destinada en los presupuestos
de cada ejercicio.
Los criterios de adjudicación serán los siguientes:
- Que el servicio que se propone implantar sea innovador a nivel de
Euskadi: 30 puntos
- Que el servicio propuesto a implantar sea novedoso en el municipio:
30 puntos.
- Que el servicio propuesto a implantar sea necesario para el
municipio: 20 puntos.
- Que la entidad beneficiada no haya recibido otras subvenciones: 10
puntos.
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Artículo 13.- Abono de las subvenciones
El abono de las subvenciones concedidas por el Alcalde se efectuará de
la forma siguiente:
· En el 1º año, al aprobarse la misma y una vez justificada la actividad
de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente: 40%.
·En el 2º año, en el siguiente ejercicio en curso y una vez justificada la
actividad de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente: 30%.
· En el 3º año, en el siguiente ejercicio en curso y una vez justificada la
actividad de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente: 30 %.
Artículo 14.- Justificación
Una vez concedida la subvención, y en todo caso antes del 31 de enero
de cada año correspondiente, la entidad beneficiaria deberá presentar la
siguiente documentación:
En el 1er año:
• Anexo II cumplimentado y firmado por
persona competente.
• En el caso de que la Memoria de solicitud no
englobe todos los gastos subvencionables, deberá complementarse la
información mediante una Memoria que englobe todos los gastos.
• En el caso de que en la solicitud no se hayan
aportado todas las facturas correspondientes a los gastos subvencionables, se
deberán aportar las facturas correspondientes.
• En el caso de que no haya existido variación
respecto a los datos aportados en la Memoria de la solicitud, deberá
realizarse una declaración ante el Ayuntamiento que comunique dicho
hecho.
• Si no pudieron aportarse en el momento de la
solicitud de la subvención fotocopias de los acuerdos de concesión de ayudas
económicas por otras Instituciones o declaración de las subvenciones y
ayudas que se han solicitado una vez presentada la solicitud de subvención
en el ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
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En el 2º año:
• Anexo II cumplimentado y firmado por
persona competente.
• Cualquier documentación que acredite que
su actividad sigue vigente.
• En caso de que se haya obtenido subvención
por objeto análogo a la presente, fotocopias de los acuerdos de concesión de
ayudas económicas por otras Instituciones o declaración de las subvenciones
y ayudas que se han solicitado una vez presentada la solicitud de subvención
en el ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
En el 3º año:
• Anexo II cumplimentado y firmado por
persona competente.
• Cualquier documentación que acredite que
su actividad sigue vigente.
• En caso de que se haya obtenido subvención
por objeto análogo a la presente, fotocopias de los acuerdos de concesión de
ayudas económicas por otras Instituciones o declaración de las subvenciones
y ayudas que se han solicitado una vez presentada la solicitud de subvención
en el ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
El Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga realizará seguimiento a los
comercios subvencionados, pudiendo solicitar en cualquier momento las
aclaraciones o documentos que considere oportunos. Igualmente podrá
solicitar la realización de auditorias sobre la contabilidad de los sujetos que
resulten beneficiados por alguna subvención de las reguladas por la presente
normativa municipal.
Artículo 15.- Diferencias
Si en la justificación de la actividad subvencionada se observan
diferencias entre el coste real de la actividad y el expresado en la solicitud
presentada se actuará de la forma siguiente:
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-Si el coste de la actividad es inferior al previsto en la solicitud, previo
análisis de las causas que originan dicha disminución, el Alcalde podrá
acordar la disminución de la subvención en el mismo porcentaje que la
disminución del coste de la actividad.
-Si el coste de la actividad supera el coste previsto en la solicitud
presentada solo se subvencionará el incremento producido cuando la
actividad se justifique antes del 31 de diciembre del año en que ha sido
concedida y exista crédito suficiente en la correspondiente partida
presupuestaria.
Artículo 16.- Reintegro de la subvención
Las entidades beneficiarias de alguna subvención podrán llegar a
perder la ayuda concedida en los siguientes casos:
-Por no presentar, dentro de plazo, la documentación justificativa de la
actividad.
-Por haber destinado el importe de la subvención a fines distintos de
los presentados en la solicitud.
-Por haber falseado u ocultado datos bien en la solicitud, bien en la
justificación de las actividades.
-En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones
que se fijan en la presente Ordenanza y en la Ley General de Subvenciones.
El reintegro de la ayuda concedida será acordada motivadamente por el
Alcalde. En dicha resolución, podrán acordarse además la prohibición de
otorgar nuevas subvenciones al beneficiario/a infractor/a por un periodo de
hasta dos años.
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I. Eraskina Eskaera eredua/Anexo I Modelo Solicitud
Eskatzailea (elkartea) / Solicitante (asociación)
Izena / Nombre
IFZ… NIF…
Helbidea Domicilio
Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia
Herrialdea / País Telefonoak
Fax-a E-maila
Diru-laguntza jasotzeko kontua (IBAN: 24 digitu) / Cuenta para cobro de subvención (IBAN 24 dígitos)
Ordezkaria / Representante
Izen-abizenak Nombre y apellidos
NAN… DNI…
Helbidea Domicilio
Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia
Herrialdea / País Telefonoak
Fax-a E-maila
Goian aipatzen den elkarteko ordezkariak, BERE ARDURAPEAN, HAUXE AITORTZEN DU:
El/la representante de la asociación de referencia DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Oinarrietan eta deialdian ezartzen diren baldintza guztiak betetzen dituela eta goitik behera onartzen dituela.
1. Que acepta y reúne todos los requisitos establecidos en la convocatoria y en las bases.
2. Gautegiz Arteagako Udala BAI EZ baimentzen duela telematikoki erakundearen hurrengoko ziurtagiriak lortzeko: egunean dituela indarrean dauden xedapenek ezarritako zerga betebeharrak eta Gizarte Segurantzarekin dituenak.
3. EZ duela inongo zorrik diru-laguntzak itzuli behar izateagatik.
2. Que SI NO autoriza al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga a consultar telemáticamente los certificados de que la asociación se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seg. Social impuestas por las disposiciones vigentes.
3. Que NO tiene pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
4. Diru-laguntzetarako Legearen 13 artikuluan xedatutako onuradun izateko baldintzak betetzen dituela eta 14. artikuluaren arabera baldintzak betetzeko konpromisoa hartzen duela.
4. Que cumple los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario y que se compromete a cumplir las condiciones con arreglo al art. 14 de dicha ley.
5. Diru-laguntza honen xede den jarduera burutzeko:
Ez da eskatu eta eskuratu beste laguntzarik; eska-tu den bakarra Gautegiz Arteagako udalari eskatu zaiona izan da.
Beste laguntza batzuk eskatu eta/edo eskuratu dira. (kopia eransten da)
5. Que para ejecutar la actividad objeto de la subvención:
NO se han solicitado ni obtenido otras ayudas que la correspondiente a la solicitada al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
SI se han solicitado y/o obtenido otras ayudas. (Se adjunta copia)
Eta, horrela jasota gera dadin eta bidezkoak diren ondorioak sor ditzan, aitorpen hau izenpetzen du.
Y, para que conste y surta los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable.
Ordezkariaren sinadura, dagokionean elkartearen zigilua, lekua eta data / Firma representante, en su caso, sello de la asociación, lugar y fecha
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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Anexo I cumplimentado y firmado.
En caso de personas físicas:
- DNI
- Último recibo de autónomos
- Última declaración de la renta
En el caso de personas jurídicas:
- CIF/NIF de la entidad
- DNI / NIF de la persona firmante de la solicitud o del representante de la entidad.
- Escritura de constitución de la empresa y estatutos.
- Documentación acreditativa de la capacidad del representante de la entidad solicitante
y copia de su D.N.I.
- Última declaración del Impuesto sobre Sociedades.
Proyecto o memoria de la actividad para la que solicita la subvención que contenga una exposición detallada de su contenido,
finalidad, el presupuesto de la inversión inicial con detalle de los ingresos y gastos previstos/ejecutados durante el primer año de
implantación y la cantidad total que se puide que sea subvencionada.
En caso de haber solicitado y/u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, copia de la resolución o,
en su caso, de la solicitud.
En caso de NO se autorice al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga a consultar telemáticamente los certificados de que la
asociación se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seg. Social impuestas por las
disposiciones vigentes. Se deberán aportar dichos documentos.
---------
Sus datos personales serán incluidos en un fichero del sistema de información del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal. Ud puede ejercer los derechos que reconoce la normativa correspondiente.
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II. Eranskina Diru-laguntzaren zuritzea/ Anexo II Justificación subvención
Eskatzailea (elkartea) / Solicitante (asociación)
Izena / Nombre
IFZ… NIF…
Helbidea Domicilio
Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia
Herrialdea / País Telefonoak
Fax-a E-maila
Diru-laguntza jasotzeko kontua (IBAN: 24 digitu) / Cuenta para cobro de subvención (IBAN 24 dígitos)
Ordezkaria / Representante
Izen-abizenak Nombre y apellidos
NAN… DNI…
Helbidea Domicilio
Herria / Población PK / CP Probintzia / Provincia
Herrialdea / País Telefonoak
Fax-a E-maila
Diru-laguntza / Subvención
Diruz lagundutako aktibitatea Actividad subvencionada
Esan justifikatuko duzun urtea / Señalar el año que se va a justificar 1. urtea / Primer año 2. urtea / Segundo año 3. urtea / Tercer año
Goian aipatzen den entitateko ordezkariak, BERE
ARDURAPEAN, HAUXE AITORTZEN DU:
El/la representante de la entidad de referencia DECLARA
BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Egunean dituela indarrean dauden xedapenek ezarritako zerga betebeharrak eta Gizarte Segurantzarekin dituenak eta EZ duela inongo zorrik diru-laguntzak itzuli behar izateagatik.
2. Dirulaguntza honetan laguntzen den merkaritza txikia martxan eta jardunean ari dela gaur egun.
3. Ez dagoela gain finantzaketarik diru-laguntzaren xede diren inolako ekintzetan.
4. Diru-laguntza honen xede den jarduera burutzeko: Ez da eskatu eta eskuratu beste laguntzarik; eska-tu
den bakarra Gautegiz Arteagako udalari eskatu zaiona izan da.
Beste laguntza batzuk eskatu eta/edo eskuratu dira. (kopia eransten da)
Eta, horrela jasota gera dadin eta bidezkoak diren ondorioak sor ditzan, aitorpen hau izenpetzen du.
1. Que se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seg. Social impuestas por las disposiciones vigentes y que NO tiene pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
2. Que actualmente el pequeño comercio objeto de esta subvención sigue en activo y en marcha.
3. Que no hay sobrefinanciación con relación a ninguna de las actividades subvencionadas.
4. Que para ejecutar la actividad objeto de la subvención: NO se han solicitado ni obtenido otras ayudas que la
correspondiente a la solicitada al Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
SI se han solicitado y/o obtenido otras ayudas. (Se adjunta copia)
Y, para que conste y surta los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable.
Ordezkariaren sinadura, dagokionean elkartearen zigilua, lekua eta data / Firma representante, en su caso, sello de la asociación, lugar y fecha
AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA C/ Herriko Enparantza, 1 48314 Gautegiz Arteaga
Tfno. y fax. 94.625.29.53
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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Anexo II cumplimentado y firmado.
En el 1er año:
- En el caso de que la Memoria de solicitud no englobe todos los gastos subvencionables,
deberá complementarse la información mediante una Memoria que englobe todos los gastos.
- En el caso de que en la solicitud no se hayan aportado todas las facturas correspondientes a los
gastos subvencionables, se deberán aportar las facturas correspondientes.
- En el caso de que no haya existido variación respecto a los datos aportados en la Memoria de la
solicitud, deberá realizarse una declaración ante el Ayuntamiento que comunique dicho hecho.
- Si no pudieron aportarse en el momento de la solicitud de la subvención fotocopias de los
acuerdos de concesión de ayudas económicas por otras Instituciones o declaración de las
subvenciones y ayudas que se han solicitado una vez presentada la solicitud de subvención en el
ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
En el 2º y 3º año:
- Cualquier documentación que acredite que su actividad sigue vigente.
- En caso de que se haya obtenido subvención por objeto análogo a la presente, fotocopias de los
acuerdos de concesión de ayudas económicas por otras Instituciones o declaración de las
subvenciones y ayudas que se han solicitado una vez presentada la solicitud de subvención en el
ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.
---------
Sus datos personales serán incluidos en un fichero del sistema de información del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal. Ud puede ejercer los derechos que reconoce la normativa correspondiente.
SEGUNDO.- Someter a información pública en la página web con el objetivo de
que la ciudadanía pueda aportar su opinión.
TERCERO.- Publicar la presente aprobación inicial en el Boletín Oficial de
Bizkaia cumpliendo con las especificaciones establecidas en el artículo 49 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Cuarto.- Aprobación, si procede, de la modificación del plan estratégico de
subvenciones de Gautegiz Arteaga 2016-2018.
Visto que es necesario modificar el “plan estratégico de subvenciones de gautegiz
arteaga 2016-2018” con el objeto de que se adecue a la aprobación de la ordenanza
reguladora para concesión de subvenciones del pequeño comercio en el municipio de
Gautegiz Arteaga.
AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA C/ Herriko Enparantza, 1 48314 Gautegiz Arteaga
Tfno. y fax. 94.625.29.53
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Visto el dictamen favorable de la comisión informativa del 13 de julio de 2018.
El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto,
ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar la modificación del “plan estratégico de subvenciones de
gautegiz arteaga 2016-2018” siendo las modificaciones propuestas las siguientes:
“CAPÍTULO V. SUBVENCIONES PARA EL PEQUEÑO COMERCIO
ARTÍCULO 11.
En materia para el pequeño comercio, el Ayuntamiento establecerá, durante
el período de vigencia del Plan, una única línea de subvención:
a) Objetivos: Fomentar la implantación y creación de nuevos pequeños
comercios en Gautegiz Arteaga.
b) Efectos pretendidos: Crear una red estable de pequeño comercio en
Gautegiz Arteaga.
d) Costes previsibles: 4.000,00 euros anuales.
e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con
cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos.
f) Plan de acción: Mediante la subvención a los nuevos/as comerciantes en
la creación e implantación de nuevos pequeños comercios en Gautegiz
Arteaga.”
TERCERO.- Publicar en el Boletin Oficial de Bizkaia las modificaciones
propuestas, así como exponer en la página web de este Ayuntamiento.
Quinto.- Aprobación, si procede, de la modificación del presupuesto del 2018.
Visto que se prevé que el presente año se gaste la mitad de lo presupuestado para
la obra prevista en la calle Zelaieta (Capitulo VI) y se prevé la compra de una maquina
cortadora de césped (Capitulo VI) y el incremento del gasto de personal por bajas de
personal indefinidas (Capitulo I).
Visto el dictamen favorable de la comisión informativa del 13 de julio de 2018.
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Visto los informes técnicos favorables de la Secretaria-Interventora.
Considerando los artículos 29 y 30 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
diciembre, Presupuestaria de las Entidades locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
del artículo 4 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria del Ayuntamiento de
Gautegiz Arteaga donde se establece que las transferencias dentro de un grupo de
programas serán competencia del Presidente de la entidad local, salvo aquéllas que
minoren consignaciones previstas para inversiones reales (Capítulo VI), que serán
aprobados por el Pleno, tal como es el caso.
El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto,
ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar la modificación del presupuesto mediante transferencia de
crédito con el siguiente contenido:
Partidas del Estado de Gastos a minorar:
Partida Denominación Créd. totales Minorización
1532 60104 OBRAS DE
ACCESIBILIDAD DE
CALLE ZELAIETA
153.709,33 € 38.000 €
Total bajas de crédito 38.000
Partidas del Estado de Gastos a incrementar:
Partida Denominación Créd. Totales Incremento
920.62301 MAQUINARIA 1.000 € 10.000 €
920.62304 UTILES Y
HERRAMIENTAS
OPERARIOS
500 € 2.000 €
920 13101 OTRO PERSONAL
CONTRATADO
12.000 € 20.000 €
231 48000 SUBVENCIONES A
FAMILIAS
9.000 € 3.000 €
334 48102 SUBVENCIONES
ASOCIACIONES
8.000 € 3.000 €
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MUNICIPALES
Total aumentos de crédito 38.000
Sexto.- Aprobación, si procede, de la declaración institucional relativo a las
pensiones.
Visto la situación actual de las pensiones y el futuro incierto de las mismas.
Vista la enmienda transaccional de 1 de marzo de 2018 de determinados grupos
parlamentarios a la moción relativa a la propuesta del Gobierno de gestionar aquó
adecuadamente la Seguridad Social y las pensiones y a la Proposición no de Ley
relativa al sistema público de pensiones.
Considerando el dictamen favorable de la comisión informativa del 13 de julio
de 2018.
Considerando el artículo 82 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales.
El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto,
ACUERDA:
PRIMERO.- Ratificar la inclusión en el orden del día el presente punto del orden
del día.
SEGUNDO.- Aprobar la siguiente declaración institucional relativa a la
protección de las pensiones con el siguiente texto:
“El Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, en defensa de un sistema público de pensiones
que sea garante de la solidaridad entre generaciones y pilar de una sociedad con
condiciones de vida dignas, insta al Gobierno del Estado a:
1. Garantizar un sistema público de pensiones suficiente y sostenible, basado en
el derecho a unas pensiones dignas en un marco de solidaridad y transparencia,
sostenido por fuentes de financiación ciertas, de forma que se garanticen unas
pensiones dignas y predecibles.
2. Derogar la Ley 23/2013, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Indice
de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, para garantizar
pensiones dignas restableciendo la vinculación al IPC como fórmula de actualización de
las mismas.
3. Prohibir por ley la libre disposición del Fondo de Reserva de las Pensiones
para situaciones de déficit de cotizaciones, recuperando el tope del 3% eliminado por el
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gobierno del PP, a fin de que pueda seguir siendo utilizado como mecanismo de
garantía financiera de
sostenibilidad del sistema público de pensiones.
4. Adoptar medidas de financiación destinadas a aumentar los ingresos del
sistema, la lucha contra la contratación irregular y el fraude en la contratación, así como
completando los eventuales déficits de financiación de las cotizaciones mediante
ingresos provenientes de los Presupuestos Generales del Estado.
5. Actuar sobre los gastos del Sistema de Seguridad Social eliminando las
exenciones, bonificaciones y reducciones de la cotización de las empresas en la
Seguridad Social, así como los gastos de gestión de las entidades administrativas,
financiando directamente desde los Presupuestos Generales del Estado los gastos de
administración de la Segundad Social.
6. Derogar la reforma laboral del 2012, al objeto de revertir sus nefastas
consecuencias para la calidad del empleo y el descenso de las cotizaciones que ponen en
riesgo la sostenibilidad del sistema público de pensiones. Derogar la regulación de la
jubilación anticipada del RDL5/2013.
7. Dado que se trata de una condición imprescindible para mejorar la situación
de las personas pensionistas de la CAV, iniciar las actuaciones conducentes a la
inmediata transferencia a la CAV de las competencias en materia de Seguridad Social
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.2 y en la Disposición Transitoria 5°
de la Ley Orgánica 3/1979 que aprueba el Estatuto de Autonomía de Gernika, dentro de
su carácter unitario y del respeto al principio de solidaridad.
En Gautegiz Arteaga, a 27 de julio de 2018”
Séptimo.- Información económico- presupuestaria
Por la Secretaria se da cuenta del estado de ejecución del presupuesto 2018.
Se dan por enterados.
Octavo.- Dación de cuentas de los Decretos de Alcaldía.
Decreto 58/2018.- Expediente número 3/2018 relativo a la Habilitación de
créditos.
Decreto 59/2018.- Solicitud de sillas al Ayuntamiento de Gernika para la
celebración de la Txapelketa de Bertsolaritza del día 28 de abril.
Decreto 60/2018.- Convocatoria de junta de gobierno de fecha de 27 de abril del
año 2018.
Decreto 61/2018.- Orden de pago O201815, nominas.
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Decreto 62/2018.- Nombrar como fiesta local del 2019 en el municipio de
Gautegiz Arteaga el día 2 de septiembre, día San Antolín..
Decreto 63/2018.- Orden de pago O201816, dietas a corporativos y partidos
políticos.
Decreto 64/2018.- Convocatoria del pleno en sesión ordinario de fecha de 11 de
mayo del año 2018.
Decreto 65/2018.- Transferencias de Crédito 4/2018 entre partidas del Estado de
Gastos del vigente Presupuesto municipal.
Decreto 66/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicio de “seguro
multiriesgo” a Allianz Seguros e Inversores con CIF 95261368F por la oferta
presentada con registro de entrada número 868 de fecha 7 de mayo de 2018 de importe
económico de 2.848,35 € (Iva incluido).
Decreto 67/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicio de “seguro de
accidentes colectivos” a Allianz Seguros e Inversores con CIF 95261368F por la oferta
presentada con registro de entrada número 868 de fecha 7 de mayo de 2018 de importe
económico de 183,03 € (Iva incluido).
Decreto 68/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicio de “seguro de
responsabilidad civil” a Allianz Seguros e Inversores con CIF 95261368F por la oferta
presentada con registro de entrada número 912 de fecha 10 de mayo de 2018 de importe
económico de 1.154,06 € (Iva incluido) por ser la mejor oferta en calidad-económica,
ya que oferta incluye, entre otros, una responsabilidad profesional de 1.200.000 € frente
a los 600.000 de la competencia.
Decreto 69/2018.- Orden de pago O201818, gastos generales.
Decreto 70/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicio de “seguro de vida” a
Adartia Correduría de Seguros con CIF 95374971A por la oferta presentada con
registro de entrada número 888 de fecha 8 de mayo de 2018 de importe económico de
1.112,24 € (Iva incluido).
Decreto 71/2018.- Acceso del expediente del proceso de selección de la bolsa de
trabajo de operario funciones del 2003 a A.F.E. y la obtención de la copia de la lista
final del proceso de selección.
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Decreto 72/2018.- Autorizar a A.G.S, con DNI 78994440-C a cortar leña para uso
doméstico durante el año 2018 en el Monte de Utilidad Pública denominado Atxarrea.
Decreto 73/2018.- Convocatoria subvenciones a asociaciones municipales socio-
culturales y deportivas sin ánimo de lucro de Gautegiz Arteaga 2018.
Decreto 74/2018.- Convocatoria de la junta de gobierno en sesión ordinario de
fecha de 25 de mayo del año 2018.
Decreto 74/2018 bis.- Orden de pago O201819, gastos generales.
Decreto 75/2018.- Orden de pago O201820, nóminas.
Decreto 76/2018.- Concesión de licencia a K.A.G. para instalar dos lápidas en la
sepultura en suelo de sus familiares: Miren Gangoiti Naberan, Pedro Akordarrementeria
Bekoetxea, Maria Naberan Aldamiz-Etxebarria, Bienbenida Bekoetxea Naberan y
Eugenio Gangoiti Nabera.
Decreto 77/2018.- Convocatoria de comisión informativa de fecha de 8 de junio
del año 2018.
Decreto 78/2018.- Convocatoria de junta de gobierno de fecha de 8 de junio del
año 2018.
Decreto 79/2018.- Orden de pago O201821, gastos generales.
Decreto 80/2018.- Orden de pago O201822, gastos generales.
Decreto 81/2018.- Orden de pago O201823, nomina extra de junio.
Decreto 82/2018.- Concesión de la Tarjeta de Estacionamiento a G.I.O. con
D.N.I. 14172587-X.
Decreto 83/2018.- Convocatoria de junta de gobierno de fecha de 20 de junio del
año 2018.
Decreto 84/2018.- Orden de pago O201824, gastos generales préstamo.
Decreto 85/2018.- Orden de pago O201825, gastos generales.
Decreto 86/2018.- Aprobar la realización la ejecución del proyecto de la
“construcción de osarios en el cementerio municipal” por importe de 38.892,24 € (IVA
incluido) con el objeto de presentar solicitud en la subvención de la la “Orden de 24 de
abril, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regulan,
para el ejercicio 2018, las ayudas destinadas a la promoción, al desarrollo y a la
diversificación económica de los municipios rurales incluidos en la zona Leader
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aprobada en el marco del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020”
publicado en el BOPV 8 de mayo de 2018.
Decreto 87/2018.- Convocatoria de junta de gobierno de fecha de 28 de junio del
año 2018.
Decreto 88/2018.- Aprobar la realización la ejecución del proyecto de la “mejora
de accesibilidad de la acera en la calle Zelaieta. Fase 1” por importe de 47.085,96 €
(IVA incluido) con el objeto de presentarse a las ayudas Leader 2018.
Decreto 89/2018.- Orden de pago O201826, nóminas.
Decreto 90/2018.- Orden de pago O201827, gastos generales.
Decreto 91/2018.- Concesión a Dª. M.L.M.A. con DNI 14747856-A licencia de
instalación de andamio para arreglo de cubierta, así como el arreglo de las tejas y el
canalón del edificio sito en Zelaieta 53.
Decreto 92/2018.- Convocatoria de la comisión informativa del 13 de julio del
año 2018.
Decreto 93/2018.- Orden de pago O201828, gastos generales.
Decreto 94/2018.- Convocatoria de pleno en sesión ordinaria del 27 de julio del
año 2018.
Se dan por enterados.
Noveno.- Dación de cuenta de acuerdos de la Junta de Gobierno Local.
28/2018.- Adjudicación del contrato menor de obra de “reparación de la cubierta
del frontón” a Culmenor con CIF B39627203 por la oferta presentada con registro de
entrada número 702 de fecha 11 de abril de 2018 de importe económico de 29.826,50 €
(Iva incluido).
29/2018.- Adjudicación del contrato menor de obra de “extendido de zahorra
artificial en camino peatonal” a Urre, S.A. con CIF A48108724 por la oferta presentada
con fecha de entrada 14 de abril de 2018 (RE 783) por importe de 3.504,70 € (Iva
incluido).
30/2018.- Adjudicación del contrato menor de obra de “instalación de bancos” a
Urre, S.A. con CIF A48108724 por la oferta con fecha de entrada del 24 de abril de
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2018 (RE 782) por importe de 1.981,29 € (Iva incluido).
31/2018.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “suministro e
instalación de ventanas en Montorre Eskola” a Andere Ugarte Olano (con nombre
comercial de Segarte Carpintería Metálica) con DNI 30635957A por la oferta con fecha
de entrada del 24 de abril de 2018 (RE 780) por importe de 18.141,92 € (Iva incluido).
32/2018.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “mosquiteras para las
ventanas de Montorre Eskola” a Sendoa Hormigo Jiménez (con nombre comercial de
Etxebarri Carpintería Metálica) con DNI 45824395T por la oferta con fecha de entrada
del 25 de abril de 2018 (RE 796) por importe de 1.491,76 € (Iva incluido).
33/2018.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “elementos para el
Skate Park” a Troem Ega Transformers, S.L. con CIF B-95575783 por la oferta de
número 1820117 con fecha de entrada del 26 de abril de 2018 (RE 802) por importe de
18.089,50 € (Iva incluido).
34/2018.- Aplazar la adjudicación del contrato menor de servicio de “seguro de
responsabilidad civil”.
35/2018.- Aplazar la adjudicación del contrato menor de servicio de “seguro de
vida”.
36/2018.- Aplazar la adjudicación del contrato menor de servicio de “seguro
multiriesgo”.
37/2018.- Conceder a I.D.E., S.A. para la instalación y aprobar el proyecto de
Nueva línea eléctrica subterránea 13,2k V “Gernika-Kanala Kosta CTO. 8” de enlace
entre los CT “Bombeo Zelaieta” y “Zelaietas” y reforma del CT “Zelaietas” de Gautegiz
Arteaga (Bizkaia) de acuerdo con el proyecto de ejecución presentado.
38/2018.- Conceder a D. J.I.C. la licencia obras de rehabilitación del Molino Portu
Errota de Gautegiz Arteaga (Bizkaia) de acuerdo con el proyecto presentado con las
limitaciones establecidas en los informes del Patronato de la Biosfera de Urdaibai del
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno
Vasco y el Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación Foral de Bizkaia.
39/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicios de “Urdaibaiko Organoak
2018”a Urremendi con CIF 48582027G por la oferta presentada con fecha de entrada 19
de abril de 2018 (RE 758) por importe de 1.750,82 € (Iva no incluido).
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40/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicios de “Asesoría Contable”a
Asesoría Urrutia con CIF 48582027G, ha presentado una oferta con fecha de entrada de
29 de enero de 2018 (RE 198) cuyo importe es de 720 €/mensuales (Iva no incluido) por
el periodo de un año.
41/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicios de “seguro de responsabilidad
civil de autoridades y funcionarios” a Egiasa Correduría de Seguros con CIF
48162598A por la oferta presentada con fecha de entrada 25 de mayo de 2018 (RE
1.068) y la opción A) por importe de 756,32 € (Iva incluido).
42/2018.- Adjudicar el contrato menor de servicios de “desbroce de determinados
caminos (Oletabidea, Ikoakane, Tremoia-Aldamiz, Kanala, Isla Goikoa)” a Forestales
Mugarri, S.L. con CIF B95028577, que ha presentado el presupuesto número 1800053
con fecha de entrada de 23 de mayo de 2018 (RE 1052) cuyo importe es de 0,35 € (con
remate).
43/2018.- Acuerdo de realizar las gestiones pertinentes para presentarse a las
ayudas convocadas por el “Acuerdo de 26 de abril de 2018, del Consejo de
Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se aprueba la
convocatoria y bases reguladoras del año 2018, para la concesión de ayudas a
Corporaciones Locales” y por la “Orden de 24 de abril, de la Consejera de Desarrollo
Económico e Infraestructuras, por la que se regulan, para el ejercicio 2018, las ayudas
destinadas a la promoción, al desarrollo y a la diversificación económica de los
municipios rurales incluidos en la zona Leader aprobada en el marco del Programa de
Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020”.
44/2018.- Incoación del expediente de contratación de servicio de “atención al
público y dinamización del Kultur Etxea”.
45/2018.- Incoación del expediente de contratación de servicio de “impartición de
acciones formativas culturales y deportivas”.
46/2018.- Incoación del expediente de contratación de servicio de “negulekus,
paskualekus y udalekus”.
47/2018.- Aprobación de los pliegos contenidos en el expediente de contratación
de servicio de “atención al público y dinamización del Kultur Etxea” y seguimiento del
procedimiento.
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48/2018.- Aprobación de los pliegos del expediente de contratación de servicio de
“impartición de acciones formativas culturales y deportivas” y seguimiento del
procedimiento.
49/2018.- Aprobación de los pliegos del expediente de contratación de servicio de
“negulekus, paskualekus y udalekus” y seguimiento del procedimiento.
50/2018.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “5 papeleras para el
frontón” a Benito Urban, S.L.U con CIF B59987529, que ha presentado el presupuesto
número 20677403 con fecha de entrada de 15 de junio de 2018 (RE1246) que incluye el
suministro y transporte de 5 papeleras por importe de 383,57 € (Iva incluido).
51/2018.- Adjudicación del contrato menor de suministro de “panel informativo
para el skate Park” a Nueva Europa S.L. con CIF B48726533 ha presentado una oferta
con número 28-B con fecha de entrada de 11 de junio de 2018 (RE1204) que incluye el
diseño y suministro de un panel informativo del skate park por importe de 1.182,32 €
(Iva incluido).
52/2018.- Conceder a F.M.P. con DNI 52.210.869 –H licencia municipal de obra
para pintar la fachada, cambiar la carpintería y renovar la cubierta de la vivienda sita en
Kanala 15 denominado Miramar de Gautegiz Arteaga (Bizkaia) de acuerdo con la
documentación presentada en la solicitud.
53/2018.- Conceder a J.M.L.M. con DNI 14.945.961 A licencia primera
ocupación del caserío Ozollo Andikoa sito en Ozollo 3 de Gautegiz Arteaga de
Gautegiz Arteaga (Bizkaia) de acuerdo con la documentación presentada en la solicitud.
54/2018.- Conceder a A.V. con DNI Y2265319 U licencia de obra para reformar
el caserío Ibieta Bekoa (Imintze) sito en Kanala 6 de Gautegiz Arteaga de Gautegiz
Arteaga (Bizkaia) de acuerdo con la documentación presentada en la solicitud.
55/2018.- Criterio general de actuación de únicamente instalar los espejos en
aquellos cruces que procedan de caminos públicos vecinales y no en aquellos cruces
procedentes de caminos privados
56/2018.- Conceder a C.R.F. con DNI 51305864-V licencia municipal de cierre
de espacio exterior sito en Ponpone 7 – UA20ar de Gautegiz Arteaga (Bizkaia) de
acuerdo con la documentación presentada en la solicitud.
57/2018.- Conceder a E.B.L. con DNI 30660898-N licencia de reconstrucción de
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caserio Larragoikoa (fase 1) sito en Isla Bekoa 9 de Gautegiz Arteaga (Bizkaia) de
acuerdo con la documentación presentada.
58/2018.- Aceptar la renuncia del contrato menor de suministro y colocación del
contrato de suministro de la ventana ubicada en el registro civil presentada por Andere
Ugarte Olano con DNI 30635957A. Adjudicar el contrato menor de “suministro y
colocación del contrato de suministro de la ventana ubicada en el registro civil” a
Illunzar construcciones, con CIF B95621421 por la oferta presentada con fecha de
entrada de 15 de junio de 2018 (RE 1.251) por importe de 916,66 € (Iva incluido) en un
plazo de ejecución de 2 meses desde la notificación de este acuerdo.
59/2018.- Aceptar la solicitud de modificación del contrato menor de suministro
de “suministro e instalación de ventanas de Montorre Eskola” presentada por Andere
Ugarte Olano (Segarte carpintería metálica) con DNI 30635957A. De acuerdo con el
artículo 203.2 de la LCSP, se procede a resolver el contrato menor de suministro de
“suministro e instalación de ventanas en Montorre Eskola” adjudicado a favor de
Andere Ugarte Olano (Segarte carpintería metálica) con DNI 30635957A por importe
de 18.141,92 € (Iva incluido). Asimismo, se procede a adjudicar un nuevo “contrato
menor de suministro de ventanas en Montorre Eskola” a favor de Andere Ugarte Olano
(Segarte carpintería metálica) con DNI 30635957A por importe de 17.294,92 € (Iva
incluido) en un plazo de ejecución de 2 meses desde la notificación de este acuerdo.
60/2018.- Adjudicar el contrato menor de obra de “instalación de ventanas en
Montorre Eskola” a Illunzar construcciones, con CIF B95621421 por la oferta
presentada con fecha de entrada de 15 de junio de 2018 (RE 1.251) por importe de 847
€ (Iva incluido) en un plazo de 2 meses desde la notificación de este acuerdo.
Se dan por enterados.
Décimo.- Ruegos y preguntas
- Perros en la playa de Kanala: En relación a los perros de la playa de Kanala,
Dª Jasone Basterretxea Oyarzabal comenta que en ocasiones aparecen los hondartzainas
por la playa. es necesario que los hondartzainas vuelvan a estar en la playa de Kanala
para que pueda haber más vigilancia.
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- Estudio de toponimia de Gautegiz Arteaga: Desde el grupo de gobierno se
comenta que este año 2018 se va a adjudicar los trabajos para finalizar un estudio de
toponimia realizado en Gautegiz Arteaga por una investigadora. Dichos trabajos se
realizarán con la colaboración de D. Julian Maria Uriarte Lamikiz. En dicho sentido, es
muy posible que se firme un convenio con Euskaltzaindia.
- Plan General de Ordenación Urbana (PGOU): Se comenta que se ha
solicitado al equipo redactor del PGOU que se finalicen los trabajos del Avance para
que pueda ser aprobado el documento el 5 de octubre de 2018.
- Desfibrilador: Dª Edurne Murga Santisteban comenta que convendría poner el
desfibrilador dentro de una caja habilitada debajo del Ayuntamiento con el objeto de
que pueda ser utilizado por la persona necesitada. Todos los presentes coinciden que la
ubicación actual del desfibrilador es inadecuada y conviene cambiarla. Por ello, se
solicita que se pidan presupuestos para instalar una caja adecuada debajo del
Ayuntamiento.
- Residuos voluminosos: Se comenta que en determinadas ubicaciones, se han
detectado residuos voluminosos fuera de los días autorizados. En ocasiones este hecho
es un problema y demuestra poco civismo y desinformación de algunos/as
ciudadanos/as. En dicho sentido, se acuerda que sería recomendable pegar en los
contenedores información sobre los días autorizados para la recogida de residuos
voluminosos.
AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA C/ Herriko Enparantza, 1 48314 Gautegiz Arteaga
Tfno. y fax. 94.625.29.53
P á g i n a 29 | 29
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***** CIERRE DEL ACTA
No habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde, tras agradecer la asistencia a
los presentes, da por concluida la sesión, siendo las diecinueve horas y quince minutos
del día arriba indicado, levantándose seguidamente la presente acta, que queda
pendiente de aprobación hasta la próxima sesión que se celebre, todo lo cual como
Secretaria de la Corporación, CERTIFICO.
VºBº
EL ALCALDE, LA SECRETARIA,
Fdo: Juan Felix Naberan Ozamiz Fdo: Amaia Abanzabalegui Aranguren