L01 Proyecto de Reglamento RENHICE - Leonardo Rojas (1)

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    Dr. Leonardo Rojas MezarinaDirector Ejecutivo - ODT

    Oficina General de Estadística e Informática

    Ministerio de Salud

    Febrero 2015 

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    DNI EESS DIRECCIÓN ELECTRÓNICA

    DNI EESS DIRECCIÓN ELECTRÓNICA

    08138138 EESS 1 10.11.32.120

    DNI EESS DIRECCIÓN ELECTRÓNICA

    08138138 EESS 1 10.11.32.120

    08138138 EESS 2 http://www.example.com/HCE.html 

    DNI EESS DIRECCIÓN ELECTRÓNICA

    08138138 EESS 1 10.11.32.120

    08138138 EESS 2 http://www.example.com/HCE.html 

    08138138 EESS 3 10.11.32.112

    Certificado

    DigitalCertificado

    Digital

    Certificado

    Digital

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    Financiador

    Procedimiento Médico

    Producto Farmacéutico

    Usuario de Salud

    Establecimiento deSalud y Servicio

    Médico de Apoyo

    UnidadProductora de

    Servicio

    Episodiode

    AtenciónPerson

    al deSalud

    Establecimiento de saludinscrito (IPRESS)

    Sistemas de información HistoriasClínicas deberán contar con

    capacidad tecnológica

    Requisitos mínimos de seguridad de lainformación

    Incorporar firma digital

    La implementación de mecanismos que permitan el acceso ydisponibilidad para asegurar la continuidad de atención de

    salud

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    Establecimientosde salud públicos

    y privados.

    Servicios médicos de apoyopúblicos y privados.

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    La identificación estándar de datoen salud N° 003, “Usuario  desalud en el sector salud” 

    La identificación estándar de dato

    en salud N° 004,“Establecimiento

     de salud y de servicio médico deapoyo en el sector salud” correspondiente al código únicodel Registro Nacional de IPRESS

    La dirección electrónica que permite identificar yubicar la historia clínica electrónica y el sistema deinformación que la tiene alojada, del establecimientode salud o servicio médico de apoyo donde elpaciente ha sido atendido.

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    RENHICE

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    •Recibe la atención de saludPRIMER MOMENTO

    •Otorgue la autorización de acceso alprofesional de la salud en el EESS

    SEGUNDO MOMENTO

    •Para acceder al RENHICE (multiplataforma)TERCER MOMENTO

       D   N   I   V   I   G   E

       N   T   E

       C   O   N   T   R   A   S

       E    Ñ   A

       F   I   R   M   A

       M   A   N   U   S   C   R   I   T   A

       S   E   R   V   I   C   I   O

       D   E

       A   U   T   E   N   T   I   C   A

       C   I    Ó   N

       B   I   O   M    É   T   R

       I   C   A

    X X X

    X X X X

    X X

    PERMANENTE

    TRANSITORIO

    •DNIELECTRÓNICO

    • FIRMAMANUSCRITA

    • CONTRASEÑA

    • DNI VIGENTE

    • SERVICIO DEAUTENTICACIONBIOMÉTRICA

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        Ú   N   I   C   O

       M   O   M   E   N   T   O • A través del Sistema de Información de HCE

    del establecimiento de salud y en la atención

    Certificado

    Digital

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    Plataforma de Interoperabilidad del Estado(PIDE) 

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 

    La Plataforma de Interoperabilidad del

    Estado  – PIDE sobre la cual se opera el

    acceso e intercambio de Información en

    Salud  es administrada por la Oficina

    Nacional de Gobierno Electrónico e

    Informática (ONGEI) de la Presidencia

    del Consejo de Ministros. 

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    Propiedad, Reserva y Seguridad de laInformación Clínica 

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

     

    La información clínica contenidaen las Historias ClínicasElectrónicas es propiedad decada paciente, cuya reserva,privacidad y confidencialidadgarantizan el Estado, losEstablecimientos de Salud yServicios Médicos de Apoyo.

    El paciente tiene derecho a lareserva de su informaciónclínica, y en especial a lainformación clínica sensiblerelativa a la salud física omental, características físicas,morales o emocionales, hechoso circunstancias de su vidaafectiva o familiar, hábitospersonales y otros quecorresponden a su esferaíntima.

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