LA DEMOCRACIA EN BOGOTÁ D.C. - Unilibre

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LA DEMOCRACIA EN BOGOTÁ D.C. JENNY ELIZABETH LINDO DIAZ LUIS FERNANDO ANGULO DANIEL RIGOBERTO BERNAL GOMEZ UNIVERSIDAD LIBRE FACULTAD DE DERECHO POSGRADOS MAESTRIA EN DERECHO ADMINISTRATIVO BOGOTÁ D.C. 2012

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LA DEMOCRACIA EN BOGOTÁ D.C.

JENNY ELIZABETH LINDO DIAZLUIS FERNANDO ANGULO

DANIEL RIGOBERTO BERNAL GOMEZ

UNIVERSIDAD LIBREFACULTAD DE DERECHO

POSGRADOSMAESTRIA EN DERECHO ADMINISTRATIVO

BOGOTÁ D.C.2012

1

Nota de Aceptación

__________________________

__________________________

__________________________

__________________________

__________________________

Presidente del Jurado

__________________________

Jurado

__________________________

Jurado

Bogotá, D.C.,

2

A nuestros familiares, amigos, al Doctor Rory

Forero por su apoyo e invaluable orientación y a la

Universidad Libre, gran promotor de

liderazgo y pensamiento político.

3

AUTORIDADES ACADEMICAS

UNIVERSIDAD LIBRE

Fundador: General Benjamín Herrera

Presidente Nacional Dr. Luis Francisco Sierra

Rector Nacional Dr. Nicolás Enrique Zuleta Hincapié

Censor Nacional Dr. Benjamín Ochoa Moreno

Secretario General Dr. Pablo Emilio Cruz Samboni

Presidente Seccional Dr. Eurípides de Jesús Cuevas

Rector Seccional Dr. Fernando Dejanon Rodriguez

Decano Dr. Jesús Hernando Álvarez Mora

Secretario Académico Dr. Álvaro Aljure Moreno

Director Instituto de Posgrados Dr. Carlos Bernardo Medina Torres

Director de Monografía Dr. Jose Rory Forero Salcedo

4

TABLA DE CONTENIDO

Pág.

INTRODUCCION 5

CAPÍTULO 1.LA DEMOCRACIA

12

1.1 DEMOCRACIA UNIVERSAL 12

1.1.1 DE LA REPRESENTACÌÓN POLITÌCA COMO MECANISMODEMOCRATICO

38

1.2 LA DEMOCRACIA EN COLOMBIA 42

1.3 LA DEMOCRACIA EN BOGOTÁ D.C 66

1.3.1 BOGOTÁ DISTRITO ESPECIAL 70

1.3.2 BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL 73

CAPITULO 2LAS SOMBRAS EN LA DEMOCRACIA

77

2.1 LA SOMBRA DE LA DEMOCRACIA UNIVERSAL 78

2.2 DEBILIDADES DE LA DEMOCRACIA COLOMBIANA 89

2.3 FALENCIAS DE LA DEMOCRACIA EN BOGOTÀ D.C. 98

2.3.1 ANALISIS COMPARATIVO DE LAS ELECCIONES 2007FRENTE A LAS DE 2011

101

2.3.2 ¿EXISTE DEMOCRACIA EN BOGOTA? 108

5

CAPITULO 3.UNA PROPUESTA PARA SUPERAR LAS SOMBRAS DE LADEMOCRACIA EN BOGOTÀ D.C.

112

3.1 ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL DISTRITO.RADIOGRAFIA ESPACIAL Y DEMOGRAFICA DEL DISTRITOCAPITAL

114

3.1.1 DISTRIBUCION DEL TERRITORIO DEL DISTRITO PORLOCALIDAD

122

3.1.2 ANALISIS DEL NUCLEO NORMATIVO CONSTITUCIONAL.ARTÍCULO 323 DE LA CONSTITUCION POLITICA

128

3.2 REFORMA POLÍTICA MIRANDO LO LOCAL.REVOCATORIA DEL MANDATO COMO RESPONSABILIDADCOLECTIVA

132

3.2.1 ACTUAL MODELO DE REVOCATORIA 132

3.2.2 REINGIENERIA DE LA REVOCATORIA DE MANDATOAPLICADA AL CONCEJO DEL DISTRITO CAPITAL

133

3.3 EL RENACIMIENTO DE LO LOCAL ANTE LO DISTRITAL.

HACIA UN MODELO DE CIRCUNSCRIPCION ELECTORAL DELA CIUDAD

137

CONCLUSIONES 156

BIBLIOGRAFIA 172

6

INTRODUCCION

El presente trabajo de grado tiene la intención de hacer el análisis sobre la

evidente crisis de representación de la democracia en Bogotá, el cual se

presenta como un fenómeno socio jurídico complejo; este es un esfuerzo

realizado con fines académicos verdaderamente útil, cuyo fin será explorar el

pensamiento político de los miembros electos del Concejo de Bogotá en torno

al comportamiento con la democracia capitalina.

En este tema el análisis de las instituciones democráticas es fundamental para

poder entrar en la discusión sobre las tendencias de modernización que han

tenido lugar algunas ciudades capitales de América Latina en los últimos años.

En el cual es evidente que para los gobiernos la tendencia es despojar al

Estado de algunas funciones que en apariencia no le eran propias y que por su

naturaleza debían pasar a manos del sector privado, y que aquellas que por su

esencia permanecerían en el ámbito estatal serian tuteladas por instituciones

ágiles y eficientes.

A este escenario se le suma una carrera desenfrenada por llegar a ser

Concejal de la ciudad capital (una de esas instituciones democráticas

involucradas en un todo, se advierte), en donde algunos aspirantes son

acusados informalmente de utilizan practicas no tan moralmente y éticamente

validas, cayendo en la demagogia y reviviendo algunos de los principios que

profesaba en su época Nicolás de Maquiavelo, el más conocido de ellos “el fin

justifica los medios” como lo dijera en su gran obra “El Príncipe”. Todos esos

elementos esgrimidos en desarrollo de la actividad política en nada benefician

el ejercicio democrático; por el contrario las prácticas de algunos aspirantes al

cabildo están enmarcadas dentro de actos de agresión verbal, injuria y

7

calumnia utilizando siempre y en todo lugar la demagogia que logran

aparentemente diezmar la voluntad del elector.

Dentro de estos criterios algunos organismos internacionales han llegado a

formular recomendaciones tendientes a evitar incrementos en la inversión sin

una previa revisión del funcionamiento de las instituciones. En su gran mayoría

argumentan que la inyección de recursos a través de organismos ineficientes

equivale a una malversación de los mismos, ya que muy probablemente éstos

se pierden en medio de la corrupción y la ineficacia.

Bogotá ha estado ausente de esta discusión institucional y ha optado por culpar

a las y los ciudadanos de todos los males que la aquejan. Se dice que la falta

de civismo y no la falta de autoridad y la corrupción es lo que ha llevado a la

ciudad al caos que hoy presenta, como si con el voto esos ciudadanos no

estuvieran entregando a las autoridades distritales que eligen un mandato para

manejar de manera idónea los recursos y de manera eficiente las entidades

encargadas de los asuntos de la ciudad. Es innegable que se necesitan

mejores ciudadanos, pero también una mejor administración de la ciudad que

logren una mayor aceptación y eficiencia en la representación de todas las

instituciones democráticas que la rodean.

De manera general vemos y leemos la Democracia a través de todos los

medios de comunicación como la televisión, la radio o la prensa, pero también

la vemos utilizada en el discurso político. Pero esta palabra surge, de cuando

en cuando, en las conversaciones de las personas, carteles, revistas y hasta en

tiras cómicas; es muy utilizada pero, ¿qué quiere decir? De acuerdo con su

significado original, la democracia se refiere al gobierno del pueblo es una

forma de gobierno sinónimo de soberanía popular, significa que ningún poder o

autoridad puede estar por encima de las decisiones del pueblo. ¿Y quién

8

conforma el pueblo? El pueblo es un conjunto de ciudadanos libres e iguales;

ciudadanos que, conscientes de su libertad, tienen la facultad de elegir.

El Estado Colombiano posee una configuración de República unitaria y cuya

organización territorial, descrita en el artículo 113 de la Constitución Política,

establece su composición política administrativa a través de entes territoriales,

aplicando así la democracia en todas las ciudades, y que como consecuencia

incide y llega de manera directa en la forma en la que el pueblo desea ser

dirigido.

Este trabajo se orienta a la ciudad Capital de Colombia BOGOTÁ cuyo

asentamiento urbano es el de mayor población, conformada por ciudadanos y

ciudadanas de distintitas regiones haciendo gala a la frase popular BOGOTA

NO ES SOLO DE LAS Y LOS BOGOTANOS, reflejando una verdadera

radiografía sociopolítica de la democracia en Colombia.

En efecto, en la Constitución se introducen importantes innovaciones al

régimen del distrito capital dentro de un proceso de modernización con el fin de

adoptar de las medidas tendientes a acortar la distancia entre administración y

administrados.

Respondiendo a la filosofía de una coherente división territorial del distrito

capital, los constituyentes de 1991 idearon la novísima figura de la localidad.

Con esta unidad básica de organización territorial se procura el renacer de la

expresión comunitaria de los ciudadanos residentes en las diversas zonas de la

capital.

Precisamente este aspecto de apertura popular en la toma de decisiones, las

localidades del distrito tienen su mejor razón de ser. Asegurando la

9

participación efectiva de la comunidad en el cumplimiento de las funciones, los

servicios y las obras de interés común, otorgándoles a los ciudadanos

instrumentos fundamentales de fiscalización y vigilancia en todos aquellos

asuntos que les concierne de manera directa en su actuar cotidiano, pero que

desafortunadamente encuentra una barrera en los intereses particulares de

sectores, tradicionales o que responden a presiones especiales tanto del nivel

local como del nivel nacional, que permanecen con una representación en el

Concejo de Bogotá.

Dentro de este contexto, el reconocimiento de las localidades lleva consigo

elementos indiscutibles de descentralización territorial, que contrastan con el

manejo actual de las instituciones democráticas, en especial las del Concejo de

la Capital.

Hemos considerado importante iniciar nuestro estudio observando en sí mismo

el tema de la Democracia, razón por la cual el camino de nuestro trabajo inicia

en con el Capítulo Primero denominado “De la Democracia” relacionando los

hechos más relevantes de la construcción de la democracia como lo son la

Democracia en el mundo, la Democracia en Colombia y finalmente observando

la Democracia en Bogotá D.C.

En nuestro Capítulo Segundo, denominado “Sombras de la Democracia”

presentamos la antítesis de las consideraciones que trabajamos en el inicio del

estudio, debido a que nos permite ver ciertas realidades sobre la degeneración

de la aplicación y concepción de algunas dinámicas enmarcadas como

democráticos, razón por la cual, nos ocupamos de temas tales como las

sombras de la democracia en el mundo, en Colombia y finalmente en nuestra

Ciudad Capital.

10

En el Capítulo Tercero, fundamental en nuestro camino, planteamos algunas

ideas dirigidas al fortalecimiento de la democracia en la capital del país, y sobre

todo, la real aplicación de dicho precepto de manera efectiva, con el fin de

encontrar luces que derroten las sombras en la que ha vivido la ciudad en los

últimos años. Lo anterior implica, la revisión de la composición del Concejo de

Bogotá, entendido éste como el principal órgano de participación ciudadana

con la que cuentan las y los Bogotanos, la forma en que inciden los votantes, el

alto nivel de abstención a pesar del aumento de la población apta para votar y

la verdadera participación de todas y todos los ciudadanos desde el mas

inhóspito rincón de la ciudad en decisiones que los van a afectar.

Finalmente, concluimos con las características más importantes de la

democracia en el mundo, en nuestro país y en la capital, articulándolas con las

crisis y deficiencias que ellas presentan en la práctica durante los últimos años,

para definitivamente encontrar que teniendo una democracia efectiva nos

evitaríamos tener que cruzar por las crisis sociales y económicas por las que

actualmente está atravesando nuestra ciudad.

Abordando el estudio de la democracia a partir de la práctica, teniendo como

campo de investigación el Concejo de Bogotá elegido para el periodo

Constitucional 2008- 2011 y de frente a dicha composición se plantea el

problema de investigación, pretendiendo responder la siguiente pregunta: ¿En

la elección y conformación del Concejo Distrital de Bogotá D.C., se refleja una

verdadera Democracia en sus varias formas o solo se responde a intereses

particulares, personales o partidistas?

Para lograr encontrar una solución o mejor, una respuesta a nuestro

planteamiento del problema, se vislumbran varias opciones que se plantean a

manera de hipótesis dentro de las cuales podemos encontrar que los procesos

democráticos en Bogotá, están circunscritos a una mecánica política que

11

conducen básicamente a la elección de individuos con fines meramente

personales, por otro lado se plantea también como hipótesis la opción de que

brillan por su ausencia verdaderos partidos políticos, lo que prima son

pequeñas empresas que se crean con el objetivo de defender intereses de un

núcleo muy reducido que ven en la Corporación Legislativa de la ciudad un

medio para defender intereses privados, por otro lado, se plantea que son las

grandes familias y los grupos económicos los que logran llegar a la corporación

pública, dejando de lado el verdadero espíritu de la democracia y la política

como medio adecuado para el estudio de soluciones a problemas que afectan

a la sociedad capitalina, y que finalmente, no puede entonces compararse la

política que hace parte de una estructura de los Estados Democráticos, a la

politiquería que podría considerarse que es el juego de la ilusión de un elector

en las urnas al hecho de conferirles su representación política.

La presente investigación se justifica en la ausencia de estudios sistemáticos,

sobre el Concejo Distrital y en general sobre los medios de construcción de la

democracia capitalina; seguramente el producto de la presente investigación

debe servir a los futuros líderes de la capital para transformar esas realidades,

hacer viable la participación comunitaria, fortalecer la actividad partidista como

mecanismo de control político y rescatar el Concejo como medio de diseño e

implementación de políticas públicas para la ciudad.

Para la realización del siguiente estudio se utiliza la estrategia Metodológica

descriptiva a partir del análisis, de los textos existentes, como también de la

lectura de algunas encuestas relativas al nivel de participación y de la

democracia en la ciudad, con una aplicación de la hermenéutica, la técnica

fundamentalmente es cualitativa auxiliándonos en las fuentes primarias y

secundarias.

12

El objetivo general que se plantea en el trabajo es el de analizar el nivel de

democracia real con la que cuentan los ciudadanos y ciudadanas eligiendo bajo

el actual modelo sus voceros y representantes en el Concejo de Bogotá.

Gracias a lo anterior, podemos establecer como los objetivos específicos que

esperamos alcanzar, el primero, analizar y destacar los hechos más notorios

para la construcción de la democracia en el mundo y la influencia en nuestro

país y observar la democracia en Bogotá D.C, segundo, demostrar las

limitaciones que tiene el ejercicio de la democracia en el mundo, en Colombia y

finalmente en Bogotá D.C, a partir del cómo se conforma la organización del

Concejo Distrital realizando un análisis jurídico - político, partiendo de la

Constitución, el Estatuto Orgánico de la ciudad, las leyes complementarias, los

acuerdos que se han expedido para el funcionamiento del mismo y la praxis de

la misma Corporación y, tercero, proponer medidas que permitan el

fortalecimiento y pleno cumplimiento que lleven a una democracia efectiva en

Bogotá como fórmula de superación de la crisis de representación ciudadana

en la capital.

Pretendemos a manera de resultados, lograr una publicación de la monografía,

como medio de dar a conocer la problemática del ejercicio democrático

teniendo como referencia el Concejo Distrital brindando a los movimientos

sociales representativos y a los partidos políticos un estudio sistemático, que

permita a los aspirantes a dirigentes locales o distritales, superar las

costumbres políticas que han dominado el quehacer de la Corporación Distrital

y finalmente, producir dicho material como presupuesto para participar en

debates, seminarios y discusiones en torno a una posible reforma la

democracia local y distrital.

13

CAPÍTULO 1.

LA DEMOCRACIA

1.1 DEMOCRACIA UNIVERSAL

Democracia es una palabra realmente popular, la escuchamos a diario en los

medios de comunicación, en los discursos políticos, en las discusiones diarias

del ciudadano del común y cada persona cree tener una concepción de la

misma sin entrar en honduras ni intentar una definición. El termino así

utilizado se convierte en una categoría lingüística frente a la cual nadie se

ocupa de racionalizar su verdadero alcance o significado.

GUILLERMO CABANELLAS plantea que:

“La palabra democracia procede del griego demos, pueblo, y cratos

poder, autoridad. Significa el predominio popular en el Estado, el

gobierno del pueblo por el pueblo; o, al menos a través de sus

representantes legítimamente elegidos, que ejercen indirectamente la

soberanía popular en ellos delegada” “…La democracia se concibe como

una forma de Estado dentro de la cual la sociedad entera participa o

puede participar, no solamente en la organización del poder publico, sino

también en su ejercicio”.1

De la definición transcrita podemos deducir que democracia, significa la

posibilidad, para todo ciudadano de participar en el diseño y construcción del

1 CABANELLAS, Guillermo. Diccionario de Derecho Usual. Editorail Heliasta. Bueno Aires,

Sexta edición, 1972, Tomo I, pág. 617.

14

poder publico, ahora bien, dentro de la misma ya aparece la primera gran

división que se va a dar en la vida práctica, cual es el ejercicio de manera

directa, situación perfectamente posible en pequeñas comunidades, mientras

que en la medida en que dichas organizaciones sociales se extendieron fue

necesario acudir a la representación, pero ello hace parte de la clasificación o

mejor de las formas de ejercer la democracia que veremos más adelante.

Entonces, la democracia entendida como forma de gobierno es sinónimo de

soberanía popular. Significa que ningún poder o autoridad puede estar por

encima de las decisiones del pueblo. ¿Y quién conforma el pueblo? El pueblo,

es el conjunto de ciudadanos libres e iguales; ciudadanos que, conscientes de

su libertad, tienen la facultad de elegir. Esta afirmación puede resultar arcaica,

en la medida en que hace relación al carácter de ciudadano, que en las

instituciones griegas y romanas tenían sectores específicos de la sociedad,

afortunadamente superados por la historia; hoy habría que afirmar

simplemente que pueblo son todos las y los ciudadanos en ejercicio.

Para TOURAINE, la democracia es un régimen político cuyo funcionamiento

está mediado por los tipos de articulación entre sociedad, sistema político y

Estado existentes en una formación social, en un momento histórico

determinado.2

De las definiciones transcritas hasta ahora surge una clara diferenciación entre

el concepto de democracia como categoría filosófica-política y la democracia

como institución, en otras palabras la clara diferenciación entre el ser y el deber

ser o si se quiere una cosa es la propuesta democrática en cada formación

social en un momento histórico determinado y otra son, las instituciones que

2 ZAPATA, Francisco. Léxico de Política. Fondo Económico de Cultura. México 2000. Pagina

134.

15

se producen como efecto de llevar a la realidad dichas propuestas

democráticas.

“Sin duda que ha sido largo el trasegar de las instituciones democráticas

en el mundo occidental, el sentido tradicional con el que se manejo

históricamente dicho concepto viene siendo superado en el sentido de

ampliar su significación material dentro de la sociedad, sobre todo a

partir del surgimiento del llamado “Estado Social y Democrático de

Derecho” o de su equivalente “Estado Constitucional”. La democracia ya

no se reduce a la participación ciudadana a través de partidos y

movimientos sociales, sino que ella conlleva la construcción de las

condiciones reales o si se prefiere materiales de los medios que hagan

posible la realización de los derechos humanos, derechos

fundamentales y aquellos denominados de tercera generación, es decir,

económicos, culturales y sociales o colectivos, entre ellos los del medio

ambiente”.3

Al respecto la afirmación de que el acceso de la democracia al estatuto de

idealidad normativa se traduce por el hecho de que esta noción abarca, ahora,

más que instituciones definidas, un conjunto de valores: los derechos humanos,

derechos fundamentales; La noción tiende así, como atestigua la variedad de

sus usos, a no ser ya de orden estrictamente político, en el mismo momento en

que se ha convertido en referencia común, y tal vez equivoca, de los proyectos

políticos más diversos.4

3 SARTORI, Giovanni. Teoría de la Democracia. Alianza Universidad, Madrid, 1995, pagina 141

4 RAYNAUD, Philippe y RIALS Stephane. (Compiladores). Diccionario Akal de Filosofía

Política. Madrid , 2001. Pagina 149..

16

Tal concepción de democracia, como decíamos en forma anticipada supera el

rol tradicional del concepto, porque ya no se trata de que el ciudadano de

alguna forma participe, delegando o participando o la otra concepción de que

es un mecanismo de integración del poder publico, sino que la nueva

concepción, empieza a observar los resultados de esa construcción

democrática y a medir sus efectos, ello lleva a que diversos autores empiecen

a hablar y hacer una clara diferenciación entre democracia formal y

democracia sustancial.

Al respecto FERRAJOLI plantea:

“De aquí la connotación “sustancial” impresa por los derechos

fundamentales al Estado de derecho y a la democracia constitucional.

En efecto, las normas que adscriben – mas allá e incluso contra las

voluntades contingentes de las mayorías-Los derechos fundamentales:

tanto los de libertad que imponen prohibiciones, como los sociales que

imponen obligaciones al legislador, son “sustanciales”, precisamente por

ser relativas no a la “forma” (al quien y al cómo) sino a la “sustancia” o

“contenido” (al qué) de las decisiones (o sea, al qué no es licito decidir o

no decidir). Resulta así desmentida la concepción corriente de

democracia como sistema político fundado en una serie de reglas que

aseguran la omnipotencia de la mayoría. Si las reglas sobre la

representación y sobre el principio de las mayorías son normas formales

en orden a lo que es decididle por la mayoría, los derechos

fundamentales circunscriben la que podemos llamar esfera de lo

indecidible de lo no decidible que, es decir, de las prohibiciones

determinadas por los derechos de libertad, y de lo no decidible que no,

17

es decir, de las obligaciones públicas determinadas por los derechos

sociales”5

Dicha posición no es compartida por la mayoría de estudiosos del concepto de

democracia entre ellos BOBBIO, quien plantea en contraposición que:

“Por ser imposición históricamente de las mayorías, la democracia se

desdibuja porque la hace irreversible, lo cual niega su esencia. Posición

que resulta enfrentada por Bovero, que en su defensa plantea que la

parte dogmatica de la constitución, es decir, aquella que corresponde a

los principios que orientan el basamento filosófica de la misma, es

intangible, para soportar dicha posición manifiesta que los derechos y

los derechos fundamentales hacen parte de las luchas que han librado

las mayorías y que han logrado incorporar a las Constituciones, a las

cuales se les debe dar la categoría de “contrato social”, el cual por ello,

ni siquiera las mayorías, actuales, como expresión de la democracia

tiene el poder de revocar , como quiera que son parte fundante del

Estado moderno.” 6

En palabras de FERRAJOLI:

“En efecto, en el Estado Democrático de derecho, si las normas formales

sobre la vigencia se identifican con las reglas de la democracia formal o

política, en cuanto disciplinan las formas de las decisiones que

aseguran la expresión de la voluntad de la mayoría, las normas

5 FERRAJOLI, Luigi. Los Fundamentos de los Derechos Fundamentales. Editorial Trotta.

Barcelona. 2003, pág 36

6 BOBBIO, Norberto. Democracia y Liberalismo. Fondo Económico de Cultura. México 2007,

pág. 78

18

sustanciales sobre la validez, al vincular al respecto de los derechos

fundamentales y de los demás principios axiológicos establecidos en

ellas, bajo pena de invalidez, la sustancias (o el significado) de las

decisiones mismas, corresponde a las reglas con las que bien se puede

caracterizar la democracia sustancial”7

Ahora bien, la prohibición o si se prefiere, los limites a la reforma o

modificación de los principios democráticos consagrados a nivel constitucional,

no es novedosa, en la Constitución norteamericana de 1787 se establece en su

artículo quinto (5) que se prohíbe su modificación hasta el año 1808 de la I y la

4 clausulas de la sección 9 del articulo 1. Y la Constitución francesa de 1791

estableció la prohibición de cualquier tipo de reforma antes del transcurso de

dos legislaturas (4 años) a partir del momento de su aprobación (artículos 3

título VII).8

Ello es explicable para dichas cartas porque precisamente nacieron de un

proceso revolucionario y en ellas quedo plasmado el miedo del constituyente

de que el antiguo régimen por la vía del parlamento pretendiera anular las

conquistas del liberalismo consagradas en la norma positiva. Posteriormente

las Cortes y la doctrina han venido desarrollando la prohibición de la expedición

de normas que contengan una regresión. 9

7 FERRAJOLI. Op. Cit.. pág.37.

8 RAMIREZ, Cleves GONZALO Andrés. Los limites de la Reforma Constitucional en Colombia.

Ediciones Universidad Externado de Colombia. Bogotá 2005. Pág. 344.

9 RESTREPO, Piedrahita Carlos. Constituciones Nacionales Colombianas, Ediciones

Universidad Externado de Colombia. Bogotá, 1997, pág., 192.

19

En nuestro ordenamiento la Constitución de 1830 en su artículo 164

consagraba:

“El poder que tiene el congreso de reformar la Constitución no seextiende a la reforma de gobierno, que será siempre republicano,popular, representativo, alternativo y responsable.”

La posición a que hacíamos mención, sobre el compromiso programático

constitucional como expresión democrática, se ha venido abriendo campo en

diversos sectores, al respecto la Corte Constitucional Colombiana, que viene

irradiando su doctrina a la mayoría de países latinoamericanos, que ven sus

sentencias como punto de referencia; mantiene como línea jurisprudencial la

intangibilidad de la parte dogmatica de la Carta constitucional por parte del

legislador e igualmente produciendo fallos direccionados al cumplimiento de

dichos valores, principios y derechos fundamentales, como forma de expresión

democrática.

Tradicionalmente, como se ha señalado, el concepto de democracia, como

todo concepto social viene sufriendo modificaciones, que son reflejo de la

realidad, sin duda en principio la democracia se ejercía en forma directa,

inicialmente fue la opción de participar en las decisiones que afectaban el

grupo familiar, el clan o la comunidad, posteriormente con la irrupción del

liberalismo, se entrego la representación como culminación de esa gran

revolución liberal, que históricamente generaron las revoluciones inglesa,

francesa y norteamericana, hasta llegar a nuestros días, donde se empieza a

hablar de democracia participativa, donde ya no es suficiente la participación

electoral sino que la concepción democrática busca la materialización de los

derechos humanos de primera y segunda generación, como realización

dogmatica de las constituciones.

20

En la segunda mitad del siglo XIX, el aumento de la población y el surgimiento

de grandes concentraciones urbanas hacen que la democracia directa vaya

cediendo paso a la representación. El liberalismo comienza a utilizar el término

Democracia Representativa10, acuñado por Tocqueville. De esta manera se

concede al sufragio y al sistema electoral en general, el papel esencial dentro

del ejercicio democrático y se relegan a un segundo plano la participación

ciudadana en la toma de decisiones y en el ejercicio del poder.

Para SARTORI, existen tres tipos fundamentales de democracia y las clasifica

como democracia política, democracia social y democracia económica. Sin

duda la llamada democracia política, tiene capacidad totalizadora, como quiera

que las otras puedan considerarse tan solo componentes de la democracia

política.

Democracia Social: el mismo autor la ubica como aquella que se desarrolla al

interior de pequeñas organizaciones sociales, tales como asociaciones,

conjuntos residenciales, y de cualquier organización mutual en las cuales se

ejerce la democracia directa.

Democracia económica: la doctrina en general entiende que son todas las

medidas destinadas a lograr la igualdad económica, la eliminación de la

pobreza, el apoyo estatal a los proyectos de pequeñas empresas, y en general

10 Con Tocqueville se introduce lo que Giovanni Lobrano llama "vacuidad conceptual" alrededor

del término democracia en la iuspublicística contemporánea, al calificar de democrático un

régimen (el norteamericano) que nunca pretendió serlo (Madison creador de la Constitución

Norteamericana expone claramente "los demócratas siempre han ofrecido el espectáculo de la

turbulencia y de la discordia, se han mostrado siempre enemigos de cualquier forma de

garantías a favor de las personas o de las cosas". A partir de ese momento se funden en un

solo concepto dos conceptos hasta ahora vistos como contradictorios: democracia y

representación.

21

por la redistribución de la riqueza eliminando los extremos de pobreza y

riqueza.

DAVID HELD, en su obra Modelos de democracia11, sistematiza este problema

conceptual acerca de la democracia en cuatro puntos de vista esenciales, que

van desde el concepto más radical de una participación directa hasta una

simple representación desligada de la voluntad popular:

1. Todos deberían gobernar: todos deberían participar en la promulgación

de leyes, la toma de decisiones y la administración gubernamental;

2. Los gobernantes deberían ser responsables ante los gobernados;

3. Los gobernantes deberían actuar en interés de los gobernados;

4. Los gobernantes deberían ser elegidos por los gobernados.

La afirmación de HELD pertenece a la discusión tradicional entre democracia

clásica y el concepto liberal de democracia, no en el concepto de democracia

moderna, donde como hemos venido estudiando, ya no resulta acertado

afirmar que la participación del ciudadano en la conformación del poder público,

o el poder de revocatoria constituyen la realización material de las formas

democráticas.

Mientras que resulta de la mayor aceptación la formula de Lincoln: “gobierno

del pueblo, por el pueblo y para el pueblo” 12 algunos intérpretes solo ven en

ella, una expresión del poder popular como elemento fundamental de la

democracia, planteada por el dirigente norteamericano, sin apreciar que dicha

expresión conlleva la concreción de los derechos económicos y sociales en

11 HELD, David: Modelos de Democracia, Alianza ensayo, Madrid, 2001. Pág. 19

12 Discurso pronunciado por el presidente de los Estados Unidos; ABRHAM LINCOLN en la

ciudad de Gettysburg (Estado de Pensilvania).

22

beneficio de todos los sectores sociales, componentes del poder popular. Este

elemento significa la participación popular en los asuntos públicos y en el

ejercicio del poder político. El dilema de esa formula, claramente está en la

interrelación gobernante – gobernado. La democracia exige una dependencia

directa del primero al segundo, es decir, el gobernante debe responder al

gobernado, pues este lo escoge y le permite ser su voz.

La idea de la democracia tuvo su origen en la antigua Grecia, hace más de dos

milenios. También hubo intentos poco sistemáticos de democratización en

otros lugares, incluida la India. Pero realmente fue en la antigua Grecia donde

tomó forma y se puso en práctica de verdad –aunque a una escala limitada–

antes de colapsar y ceder el paso a formas de gobierno más autoritarias y

asimétricas13.

Tuvo que pasar mucho tiempo para que surgiera tal y como la conocemos hoy

en día. Fueron varios los acontecimientos que permitieron su gradual y

finalmente exitosa instauración como sistema efectivo de gobierno, desde la

firma de la Carta Magna en 1215 hasta la universalización del sufragio en

Europa y Norteamérica en el siglo XX, pasando por las revoluciones francesa y

norteamericana del siglo XIX. Sin embargo, sólo en el siglo XX llegó a

establecerse como la forma “normal” de gobierno a la que tiene derecho

cualquier nación, sea en Europa, América, Asia o África14.

Grecia, cuna de la democracia, supo de este término luego de un camino

trabajoso durante un siglo y medio. Entre los años 620 y 593 antes de Cristo,

13 GRANDONA Mariano Historia de la democracia,. Septiembre 2000. Serie documentos de

trabajo. Universidad del CEMA. Dpto de Ciencias políticas .Argentina.

14 GRANDONA Mariano Historia de la democracia,. Septiembre 2000. Serie documentos de

trabajo. Universidad del CEMA. Dpto de Ciencias políticas. Argentina.

23

Atenas la principal ciudad Grecia se inicio la distinción entre leyes de la

naturaleza, poblada de Dioses y las leyes netamente humanas, distinción sin la

cual no hubiera sido posible la democracia.

Gracias a las Leyes de Dracon y de Solon, se implemento un nuevo modelo de

poder quizás no tangible e impersonal, al que llamaron “nomos” o norma

(palabra equivalente a la lex o “Ley” de los romanos) y que su fuente no era

precisamente de afuera o sobrenatural, su origen surgía de adentro, de la polis,

es decir de ellos mismos.

En dicha época, el Jefe, a quien se le denominaba Dracón y Solón,

simplemente, mandaba, el mismo caso del legendario Licurgo en Esparta,

entre otros, quienes en algunas ciudades Griegas, legislaron.

Como lo señala GRANDONA, respecto a las formas y dinámicas del poder en

los años antes de Cristo,

“…dejaron leyes que los sobrevivirían, obligando a sus sucesores a

comportarse de acuerdo con ellas. Cuando alguien ascendía a una

posición de mando, ya no podría gobernar a su arbitrio sino en el marco

de la ley. Desde entonces, a la polis ya no la separó del mundo

circundante sólo una muralla de piedra, sino también la muralla invisible

de sus leyes. La obediencia de los griegos a las leyes de la polis

asombró a pueblos primitivos como los persas, que sólo obedecían al

mando de un déspota. Herodoto, el cronista de las Guerras Médicas

entre los persas y los griegos y el inventor de la historia “secular”, narra

en un pasaje frecuentemente citado que Jerjes, el rey persa cuyo sueño

era apoderarse de Grecia, se burló un día de los frágiles griegos que se

atrevían a desafiar su formidable ejército. Pero Demaratus, un ex rey de

Esparta que se había refugiado en su corte, le sugirió no subestimar a

los griegos porque ellos, “si bien se consideran libres, no lo son del todo.

En efecto: reconocen por encima de ellos un amo al que temen más aún

24

que tus siervos a ti. Ese amo es la ley. Entre otras cosas, ella los obliga

a no huir frente al enemigo y a permanecer obstinadamente en el campo

de batalla hasta la muerte o la victoria”. Por no hacerle caso a

Demaratus, Jerjes resultó el gran derrotado de las Guerras Médicas.”15

Gracias a dichos acontecimiento, fue que a las ciudades o comunidades

organizadas mediante reglamentos o leyes constitucionales, se le denomino

politeia16 que a nuestros tiempos, se podría denominar la “Republica”.

El camino que tuvo que atravesar esta politeia reconoce dos actos

fundamentales. El primero, en el año 507 antes de Cristo cuando Clistenes

creó la Republica Democrática, y segundo, en el año 462 ya que fue el tiempo

en el que Pericles fundo la Democracia Plenaria. En palabras textuales del

profesor argentino GRANDONA:

“una democracia tan pura, tan osada, que nunca ha habido otra como ella”

15 GRANDONA Mariano. Historia de la democracia,. Septiembre 2000. Serie documentos de

trabajo. Universidad del CEMA. Dpto de Ciencias políticas .Argentina.

16 En las obras de los filósofos griegos antiguos, el principal significado de Politeia parece ser:

"cómo una polis se ejecuta constitución". La Politeia se diferencia de las constituciones

modernas escritas en dos aspectos: en primer lugar, no todos los estados griegos ponen sus

leyes por escrito, los griegos normalmente no distinguían la legislación ordinaria y la

constitucional. Si un determinado órgano tiene el poder para cambiar las leyes, tiene el poder

para controlar su propio poder y la pertenencia incluso la supresión de sí mismo y crear un

nuevo órgano rector. Los términos «sistema de gobierno», «organización estatal», «forma de

gobierno» y, más recientemente, «régimen» también se han utilizado para traducir politeia. Sin

embargo, «régimen» tiene unos inconvenientes: es ambiguo, donde no lo es politeia, ya que un

cambio de régimen puede significar un cambio de gobernadores en virtud de la misma forma de

gobierno; régimen, en español, tiene un tono negativo, pero en griego politeia no lo tiene.

25

Existen acontecimientos en el mundo, sin los cuales no hubiese podido dar la

construcción de la democracia, las guerras ideológicas las cuales en la

actualidad alguna de ellas no han sido eliminadas en su totalidad se

constituyeron como factores determinantes para evidenciar la necesidad del

establecimiento y fortalecimiento del régimen democrático en los estados.

Así fue como las llamadas “Guerras Medicas” entre Persia y Grecia se baso en

fuertes confrontaciones ideológicas obteniendo como triunfadora a Atenas

siendo esta, la causante de que Persia salieran radicalmente derrotados en las

batallas de Maratón, Salamina y Platea que se desarrollaron en los años 479 y

490 antes de Cristo. Fue gracias a estas tres confrontaciones que Grecia, la

democracia y el occidente se dieran un indiscutible sendero en la historia.

Para entender este fenómeno de manera más detallada, el catedrático David

Garcia Vanegas nos hace un breve recuento así:

“La reforma de Clístenes en el año 510 antes de Cristo, fue un paso

decisivo para la democratización; distribuyó los Demos del Ática en diez

tribus, eliminando la división anterior entre el campo, la costa y la

montaña; así mismo, creó el Consejo de los 50017, que proponía las

17 En las ciudades de Grecia Antigua la Boulé (en griego Βουλή, también transcrito por Bulé)

era una asamblea restringida de ciudadanos encargados de los asuntos corrientes de la

ciudad. Su nombre, a menudo, ha sido traducido por «Consejo», y más raramente, por

«Senado». En Atenas se llamaba Boulé al Consejo del Areópago, hasta que Solón creó el

Consejo de los Cuatrocientos. Clístenes amplió el número de bouleutas hasta 500, número que

se conservará posteriormente. Estos se eligen anualmente por sorteo entre los ciudadanos de

más de treinta años y reciben una paga de cinco óbolos. Son el verdadero órgano de gobierno

de la democracia y gozan de las funciones deliberativa, administrativa y judicial. En la Ilíada,

relatando la Guerra de Troya se supone desarrollada en la época arcaica, la Boulé es la

asamblea de los jefes griegos que debaten, a la llamada de Agamenón, sobre cuestiones de

estrategia y de gobierno. De este tipo de estructura de nobles aconsejando a un rey más

poderoso, la denominación de la Boulé evoluciona para designar diferentes instituciones, con

poderes variables, según los regímenes políticos y las épocas. Así como en los regímenes

26

leyes y era la suprema autoridad administrativa. Es entonces como la

democracia griega llegó a su máxima expresión con Pericles. La

democracia como sistema político tiene relación con la titularidad y el

ejercicio del poder. Para colectividades pequeñas, como en el caso de

las asambleas en la ciudad-Estado de la Grecia antigua, o los cabildos

abiertos de nuestra organización colonial, fue posible la interacción cara

a cara de los ciudadanos. En estos casos, la titularidad y el ejercicio del

poder permanecían unidos, es decir, una forma de autogobierno. Sin

embargo, cuando el pueblo se compone de decenas o centenas de

millones, dicha práctica es imposible y entonces se hace necesario

separar la titularidad del ejercicio, con lo que nace la democracia

representativa”18

Se desarrollaron entonces dos mecanismos de participación democrática; los

cargos seleccionados por sorteo en el cual todo ciudadano podría participar sin

necesidad de discutir sus meritos o sin que mediara algún signo de popularidad

o fama. Este método era apreciado como un medio eficaz para prevenir la

compra y venta de votos y dar a los ciudadanos una igualdad política para

lograr el cargo gubernamental.

El segundo mecanismo, era el de los Cargos Electos. En este sistema

alrededor de cien funcionarios eran electos mediante votación, los cuales a su

vez se dividían en dos tipos: los funcionarios que tendrían como

oligárquicos el cargo de bouleuta era hereditario, en la Atenas democrática y sus émulos, era

otorgado por sorteo. La mayoría de las boulai son desconocidas, sólo la Boulé ateniense está

descrita por abundantes fuentes históricas (y especialmente la Constitución de los atenienses

atribuida a Aristóteles y a sus discípulos del Liceo, cuya redacción sería sobre el 330 a. C.).

18 GARCÍA VANEGAS, David. Democracia y constitución. Colombia: Universidad Cooperativa

de Colombia, 2006. p 17. http://site.ebrary.com/lib/lablaavirtualsp/Doc?id=10154625&ppg=18

Copyright © 2006. Universidad Cooperativa de Colombia.

27

responsabilidad el manejo de grandes cantidades de dinero y los diez

generales llamados los “strategoi”19. De las principales causas para que en su

momento se eligieran los funcionarios que manejarían los recursos económicos

era que de esa manera de podría evitar cualquier desfalco o que dado el caso

de que se presentara dicha situación, se podría recuperar con sus propios

bienes el patrimonio usurpado, es decir, que contaban con bienes que

respaldaban su gestión a manera de garantía. En consecuencia, esta elección

solo favorecía a los ricos de la época, ya que la riqueza era un requisito

imprescindible para postularse.

En cuanto a estos últimos, su elección no solo se le atribuía al cumplimiento

pleno de unos requisitos intelectuales y académicos, sino también debían ser

personas con experiencia y valiosos contactos en la sociedad griega donde

posiblemente se desarrollarían guerras griegas, ya que el demostrar tener

contacto en dichos territorios le brindaban al ciudadano cierta tranquilidad de

que dicho representante tendrá como hacer bien su tarea.

Estos strategoi eran sometidos a exigentes revisiones y verificaciones de los

requisitos necesarios para la ostentación de dicha dignidad. Estos

representantes elegidos por el voto de los ciudadanos podían ser ser

destituidos en cualquier momento.

19 Strategos (plural: strategoi, del griego στρατηγός) es el nombre usado en la Antigua Grecia

para designar al general, o sea el comandante en jefe y supremo de un cuerpo militar terrestre.

Era un magistrado de la antigua Atenas. Los estrategos eran originariamente los diez jefes

militares que las diez tribus creadas por Clístenes elegían, a razón de uno por tribu, para

mandar las fuerzas que cada una de ellas aportaba a la totalidad del ejército, y formaban el

Estado Mayor del polemarca, en esta época jefe supremo del ejército ateniense. Eran elegidos

para el plazo de un año y sus cargos eran reelegibles. Sólo a partir del 487 a. C. asumieron el

mando del ejército, desplazando de sus funciones al arconte polemarca. En los imperios

helénico y bizantino también servía para describir a un gobernador militar. En la actualidad

corresponde al grado máximo en el Ejército griego.

28

A su vez, se contaba con tres organismos políticos mediante los cuales los

griegos podían ejercer su participación democrática. El primero y más amplio

de ellos, la llamada Asamblea o “Ecclesia” , en la cual asistían cientos de

ciudadanos y la democracia en este organismo era de manera directa mas no

representativa, el requisito para poder concurrir a este espacio, era

simplemente que fuese ciudadano y mayor de 20 años, y era un deber hacerlo.

En esta Asamblea era donde se desarrollaban los dos mecanismos de

participación democrática, el sorteo y las elecciones para acceder a los cargos.

La denominada Asamblea tenia dentro de sus funciones primordiales las de

llevar acabo ordenes de nivel ejecutivo tales como decretos, la toma de

decisiones tales como de aprobar o no una guerra, la concesión de la

ciudadanía a extranjeros y la de juzgar delitos y crímenes políticos.

Durante el desarrollo del sistema la función de juzgar delitos se traslado a los

Tribunales de Justicia. El modelo básico que se uso para sus dinámicas

electorales se realizo principalmente con los oradores de la época quienes se

distinguieron por pronunciar discursos A medida que evolucionó el sistema,

esta última función paso a manos de los tribunales de justicia. El formato

estándar que se utilizaba para sus mecanismos electorales estaba basado

fundamentalmente en los oradores que pronunciaban los discursos a favor o en

contra de un tema específico y luego se procedía a la votación (generalmente a

mano alzada). Aunque en algunas decisiones cruciales se podría presentar el

caso de la conformación de bloques de opinión, aunque en otras ocasiones

podrían tener vocación de permanentes, no había Partidos Políticos y tampoco

existía una oposición oficialmente constituida. La votación era por mayoría

simple.

El segundo organismo político de participación democrática era el Consejo de

los 500 llamado “Boulé”, quien actuaba como la rama ejecutivo de la Asamblea

y vigilaba las acciones de los magistrados que desarrollaban funciones

29

administrativas de Atenas. En conjunto, la denominada “Boulé” era responsable

de la mayor parte de la administración de la polis, aunque se destaca que tenia

escasa capacidad de iniciativa ya que finalmente se circunscribía a la ejecución

de las directrices y propuestas decididas en la Asamblea.

Finalmente, el tercer organismo político, era el denominado “dikasteria” o

Tribunales20 el cual tenía bajo su responsabilidad el ejercicio de la función del

sistema legal basada en los jurados o jueces. Estos tribunales eran

seleccionados por sorteo. Para poder participar de dicho mecanismo el

ciudadano debía cumplir el lleno de algunos requisitos tales como ser mayor

de 30 años de edad, esta condición respecto al límite de edad, es igual que

para los funcionarios pero diez años mayor que la requerida para la

participación en la Asamblea, esto con el fin de otorgarles mayor prestigio y

aumentar su nivel jerárquico.

A pesar de las debilidades y fracasos, la democracia ateniense marco

rotundamente a quienes siglos más tarde tuvieron que conocer su historia y

observar asuntos de la democracia. Solo hasta el año 1688 de nuestra era, la

“Gloriosa Revolución” inglesa puso en marcha el proceso institucional que

terminaría en la llamada “democracia contemporánea” para articularse en el

año 1761, con la publicación llamada “ El Contrato Social,” el ginebrino

Jean−Jacques Rousseau volvió a proponer a la democracia de tipo ateniense

como un proyecto político irrenunciable. Los escritos de Rousseau tendrían una

influencia decisiva en la Revolución Francesa de 1789.

20 Los tribunales de Atenas se basaban en el llamado derecho griego que es un gran

desconocido para los historiadores actuales. Con penas que las partes proponían a los jueces,

un complejo sistema asambleario de jueces-jurado, la falta de una policía organizada que era

suplida por las averiguaciones de la acusación particular. Se caracteriza sobre todo por la falta

de una codificación sistematizada debido a la enorme fragmentación política de la Grecia de las

poleis y la falta de unas leyes escritas, que en el caso de Esparta se cuentan que se

prohibieron expresamente por Licurgo.

30

Pero no podríamos referirnos a grandes hechos históricos de la democracia sin

hablar de Roma. No sólo por su transcendental recorrido de más de 12 siglos

desde su creación en el año 753 antes de Cristo hasta su caída en manos de

los bárbaros en el año 476 después de Cristo, sino que también por su

poderosa proyección sobre los regímenes que la sucedieron. Desde el año 753

hasta el año 509 antes de Cristo, Roma fue desarrollada mediante el sistema

de la monarquía. Desde el año 509 hasta el año 27 antes de Cristo mediante el

modelo de la república. Desde el año 27 antes de Cristo hasta la invasión

bárbara del año 476 después de Cristo, fue un imperio. Pero la República y el

Imperio, que duraron cada uno quinientos años, dejaron una larga secuela.

Para nuestros tiempos, Roma cuenta con un rol protagónico en cuanto a la

formación y construcción de las democracias no solamente por implementar

una dinámica mixta basada en la participación del pueblo en la actuación de

cuerpos representativos denominados “aristocráticos” y de funcionarios

ejecutivos que prologarían el poder de los reyes en la modalidad

representativa, sino también porque logro debido a su lucha conquistadora

empoderarse de Atenas.

El proceso de modernización política ha transcurrido por diferentes etapas y

sus experiencias contienen características de índole política y social

especiales, una de sus principales anotaciones ha sido la creación del sufragio

universal. Lo anterior lo reseña FORNER, así:

“En Francia, la instauración del sufragio universal, al menos en su

acepción masculina, resulto particularmente precoz. Las experiencias de

las épocas revolucionaria e imperial fueron efímeras, perturbadas por las

circunstancias políticas o tergiversadas por el autoritarismo napoleónico.

Por el contrario, a partir de 1848, la vida política francesa estuvo

dominada de forma continua por el ejercicio del sufragio universal. En la

mayor parte de los demás países europeos, este último no fue

31

establecido hasta finales del siglo XIX. Durante varias décadas, Francia

pudo servir de modelo a los países vecinos o lejanos, o en todo caso ser

considerada como un terreno experimental. El estudio del

funcionamiento del sufragio universal como en el caso de Francia en una

época en la que aun era el estado pionero de Europa, es sin duda

alguna, el mejor medio para comprender los aspectos contradictorios del

proceso de modernización política”21

El artículo 6 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de

1789, establece que: 22

“La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos

tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio

de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para

premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para

todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas

capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y

conocimientos.”

De dicha regla general se puede entender claramente que existe la intención

de garantizar a todas y todos los ciudadanos, el derecho a concurrir

personalmente, o a través de sus representantes, a ser actor fundamental para

crear leyes y normas y que en general es el ciudadano el que organiza y crea

la expresión de la voluntad general. Este principio, nos hace entender la

importancia de que para integrar y vivir en democracia plena y real es

necesario que exista la verdadera participación.

21 FORNER Salvador. Democracia, elecciones y modernización en Europa. Diputación

provincial alicante. 1997.

22 Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. 1789

32

Sin embargo, la revolución se había olvidado de las mujeres, como lo denuncio

OLIMPIA GPUGES23, quien fue la gran promotora e impulsora de la

Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana de 1791, en el que se

reclama un trato igualitario en el ámbito público y privado y en consecuencia, el

derecho al voto. En un sistema democrático, las elecciones tienen como

objetivo la designación de las y los ciudadanos quienes serán los encargados

de ejercer el poder político en su comunidad, constituyéndose este como la

actividad más sublime para articular los principios de la representación,

gobierno y de la legitimación. Como recuerda VALLES y BOSCH, este objetivo

incluye en realidad, una seria de funciones, las cuales, en la actual crisis de la

“democracia representativa” son susceptibles de verse alteradas24.

Hay que resaltar sin embargo, que estas elecciones deben realizarse bajo el

principio de la libertad y el requisito ineludible de que realmente existan

opciones de donde las y los ciudadanos puedan escoger.

La aparición de los procesos electorales, sus reglas y normas surge

precisamente de la necesidad de que estas elecciones se basen en los

principios de transparencia y eficacia, debido a que las comunidades tienen la

necesidad de designar un cuerpo que los represente, ante la imposibilidad de

una democracia directa como la vía ordinaria de decisión política. Razón por la

23 Olimpia Gouges (Montauban, Francia, 7 de mayo de 1748 - París, 3 de noviembre de 1793),

escritora, dramaturga, panfletista y política francesa, autora de la Declaración de los Derechos

de la Mujer y de la Ciudadana (1791). Sus trabajos fueron profundamente feministas y

revolucionarios. Defendió la igualdad entre el hombre y la mujer en todos los aspectos de la

vida pública y privada, incluyendo la igualdad con el hombre en el derecho a voto, en el acceso

al trabajo público, a hablar en público de temas políticos, a acceder a la vida política, a poseer

y controlar propiedades, a formar parte del ejército; incluso a la igualdad fiscal así como el

derecho a la educación y a la igualdad de poder en el ámbito familiar y eclesiástico.

24 GARCIA María Vicenta Elementos de derecho electoral. Soriano Tirant lo Blanch. 3ª Edición.

Valencia. 2010,

33

cual dichos procesos electorales deben ser sumamente cuidados y respetados,

ya que su importancia en la construcción de sociedad es fundamental.

No obstante, podemos concluir que SARTORI, insinúa que el concepto de

representación tiene surge desde el derecho privado y que el sistema

representativo, originariamente, surgió como un sistema contrapuesto a la

democracia, pues esta se identificaba con el gobierno directo del pueblo, hasta

que, en la Francia de la Revolución de 1789, comenzó a utilizarse el término

“democracia representativa” por parte de Condorcet25.

A lo largo de la historia, la representación conseguida mediante las elecciones

ha sido de diversa naturaleza:

1. Representación de intereses, como ocurriría en el caso de los

precedentes medievales de los órganos representativos, por ejemplo, los

Consejos reales, Cortes, Estados generales, entre otros, que se

configuraban de acuerdo con la composición estamental de la sociedad

(los nobles, la iglesia, los artesanos). Esta situación se ve afectada por

las transformaciones experimentales en la Inglaterra del S. XVII, de

25 Marie-Jean-Antoine Nicolas de Caritat, marqués de Condorcet (Ribemont, Aisne, Francia, 17

de septiembre de 1743 - Bourg-la-Reine, 28 de marzo de 1794), fue un filósofo, científico,

matemático, político y politólogo francés. En 1774, Turgot nombra a Condorcet inspector

general de la Moneda. A partir de ese momento, Condorcet desplaza su centro de interés

desde las matemáticas a la filosofía y la política. Los años siguientes, se interesa por la

defensa de los Derechos humanos, en particular los de las mujeres. Recibió las ideas

innovadoras que llegaban desde los recientemente constituidos Estados Unidos, y realizó en

Francia propuestas de reformas políticas, administrativas y económicas. En 1776, Turgot fue

cesado en su puesto de controlador general. Condorcet decidió entonces dimitir en su puesto

de inspector general de la Moneda, pero se rechazó su dimisión, y tuvo que permanecer en su

puesto hasta 1791. Más adelante, Condorcet escribió la Vida de M. Turgot (1786), en donde

expondrá y demostrará lo fundamentado de las teorías económicas de Turgot. Condorcet

siguió obteniendo puestos de prestigios en la administración: en 1777, fue nombrado secretario

de la Academia de Ciencias, y en 1782, secretario de la Academia francesa.

34

manera que, a pesar de que continúan existiendo una representación de

intereses en el Parlamento, estos ya no son los gremiales sino los del

pueblo, es decir, de los propietarios, las clases mercantiles o los

profesionales. La idea de “votar por alguien como yo”, por ejemplo

alguien de mi etnia, clase o religión, introduce el concepto de

representatividad, que deberá diferenciarse del concepto de

representación.

2. Representatividad de los elegidos respecto de sus electores. El

concepto de representación experimenta una notable transformación con

la extensión del sufragio universal: la elección se ha convertido en un

hecho masivo y el compromiso del candidato se manifiesta mediante la

adhesión a un programa de Partido, pese a que no existen Partidos tal y

como los conocemos hoy hasta la aparición de elecciones abiertas y

ciertamente competitivas. Los Partidos Políticos tuvieron su origen

remoto en el S. XVII – XVIII, aunque se organizan, tal y como los

conocemos actualmente, tras las reformas electorales que tuvieron lugar

en 1832 en Gran Bretaña. Desde ese momento, los Partidos asumen las

aspiraciones de los diversos sectores de la sociedad. Precisamente el

sufragio universal y la incidencia de los Partidos Políticos como cauce

imprescindible para la participación electoral se encuentran en el origen

de planteamientos sobre la representación política.

La aparición de los Partidos Políticos fue la consecuencia del paso de un

sistema feudal a la sociedad industrial que requería nuevas formas de

organización política que sustituyesen a las estatales o corporativas. Los

Partidos Políticos surgen por causa de la participación, como elementos que

articulan la relación entre las sociedades civiles y el Estado y su medio de

acción son las jornadas electorales.

35

Por otro lado, el Estado deja de ser el Rey en solitario y el Parlamento pasa a

formar parte del Estado asumiendo una nueva función: representar al pueblo.

En la obra llamada “La tercera ola”, su autor, Samuel P. Huntington describe la

democracia contemporánea, así:

“La democracia contemporánea o la denominada “romana avanzada”,

como el producto de olas de democratización a las que han seguido,

moderando pero no deteniendo su avance, contra olas autoritarias. Del

mismo modo como el paseante descubre a la hora de la marea alta, que

en medio de olas y contra olas el mar, pese a todo, avanza sobre la

playa, un movimiento equivalente se ha dado en la historia de la

democracia contemporánea”26.

Adicionalmente según HUNTINGTON han existido tres grandes olas

democratizadoras. La primera que se dio inició en 1828, cuando los Estados

Unidos pasaron de la república aristocrática−democrática, para lo cual nos

señala:

“…la democracia de tipo jacksoniano se propago por Inglaterra y por

Europa con la progresiva extensión del derecho de votar hacia las capas

populares y el retroceso del llamado “voto censitario” que sólo permitía

votar a los ciudadanos inscritos en el “censo” impositivo, es decir a los

ciudadanos pudientes.

En 1912, al aprobar la ley Sáenz Peña de sufragio secreto y universal, la

Argentina se sumó a la primera ola de la democratización. Tanto dentro

26 HUNTINGTON Samuel P., The Third Wave. Democratization in the Late Twentieth Century,

University of Oklahoma Press; en castellano, La tercera ola. La democratización a finales del

siglo XX, Paidós.

36

como fuera de la Argentina, por otra parte, la universalidad del voto de la

primera ola sólo alcanzó al electorado masculino.”27

Pero rápidamente también surgió la resistencia en contra de esta primera ola

que denominaron autoritaria en su momento. De los eventos más destacados

podemos encontrar la marcha de Mussolini sobre Roma, se amplió con el auge

del fascismo y el nazismo en Europa y alcanzó a la Argentina con el golpe

militar de 1930.

Pero fue hasta en 1944, con la victoria aliada sobre las potencias del Eje en la

Segunda Guerra Mundial, que comenzó la segunda ola de democratización,

que esta vez incluiría además un logro histórico democrático, el voto femenino.

Importantes naciones autoritarias como Alemania, Italia y el Japón, conocieron

al fin la democracia.

La tercera vía, se constituye como esa tercera ola democrática que indica

HUNTINGTON, además de lo que pueda contener de ideas y de ejercicio de

gobierno, es una propuesta que llama la atención porque ha sido liderada a

nivel mundial por Tony Blair, un político ingles joven, quien pudo cambiar la

plataforma del Partido Laborista con el objetivo de atraer al electorado del

centro, lo cual le permitiría ganar las últimas elecciones con un amplio margen,

después de un largo periodo de Gobierno conservador y ha tenido la audacia

para comprometerse con temas de fondo como la paz en el Ulster 28.

Plantea el escritor mexicano MANUEL CAMACHO SOLIS, respecto a esta

tercera ola, llamada la Tercera Vía lo siguiente:

27 HUNTINGTON Samuel P., The Third Wave. Democratization in the Late Twentieth Century,University of Oklahoma Press; en castellano, La tercera ola. La democratización a finales delsiglo XX, Paidós.

28 CAMACHO SOLIS Manuel. Revista Mural [Guadalajara, México] 17 June 1999. / Tony Blair y la tercera

vía.

37

“La tercera vía es una política económica liberal, sin los dogmatismos

ideológicos de la derecha, es un intento sincero por ofrecer mejores

respuestas publicas a los distintos sectores de la población que han

quedado rezagados, o que no tienen posibilidades de mejoría dentro de

una economía que tiene que ser cada vez más competitiva.”29

A múltiples dirigentes políticos en el mundo se les puede señalar como líderes

que se identificaron la Tercera Via, tales como Clinton en Estados Unidos,

Schröder en Alemania, Chrétien en Canadá, Prodi en Italia, Jospin en Francia,

Kok en Holanda, Salinas y Zedillo en México, Cardoso en Brasil y Arias en

Costa Rica.

En abril de 1999, en medio del conflicto de Kosovo, se sostuvo una de las

reuniones más reconocidas y sonadas de ese año. En la Casa Blanca se

dieron cita líderes políticos principalmente europeos, para debatir sobre la

política de la Tercera Vía. Como uno de sus principales resultados, se conoció

el “Manifiesto Europa: la tercera vía- el nuevo centro” y que por autores tiene a

Blair y Schröder.

Este manifiesto escrito en inglés, es el que se considera como la base y

plataforma política de la Tercera Vía.

En un valioso artículo publicado por la el periódico Portafolio, la columnista

Rosa Lesmes resalta lo siguiente:

“Blair y Schröder concibieron la Tercera Vía como un camino de

renovación y éxito para los socialdemócratas modernos, argumentando

que no responde únicamente a un compromiso entre izquierda y

29 CAMACHO SOLIS Manuel. Revista Mural [Guadalajara, México] 17 June 1999. / Tony Blair y la terceravía.

38

derecha, sino que persigue valores esenciales tanto del centro, como de

centro-izquierda, para aplicarlos en un contexto de cambios económicos

y sociales. Según Blair, la Tercera Vía intenta unir dos corrientes de

izquierda: la fundamentalista y la moderada, lo cual le mereció fuertes

críticas, cuando no condenó los alimentos modificados genéticamente

que hacían ciertas empresas inglesas”30.

Esto nos deja notar claramente la importancia que obtuvo desde sus inicios la

implementación de esa nueva ola democrática que surge desde Inglaterra y

promovida por fuertes potencias Europeas. La Tercera Vía, aun es de las más

reconocidas plataformas ideológicas de gobiernos influyentes en el mundo,

aunque está muy ligado a los sistemas económicos, La Tercera Vía se ha

caracterizados por trabajar en la posición de centro trayendo consigo mucha

tranquilidad a la hora de gobernar y sobretodo la paz y el entendimiento en

situaciones de extrema polarización.

Es importante resaltar esta base ideológica como de las mejores y más

avanzadas en el mundo, aunque actualmente, algunos adversarios de esta

plataforma, le adjudican la culpabilidad de la crisis económica que se vive en

Europa, crisis creada precisamente por quienes la critican, el sistema bancario,

quienes han sido tradicionalmente opositores a la implementación de esta

forma de gobierno.

30 LESMES, Rosa. La Tercera Vía Cárdenas. Portafolio (Jun 23, 2010).

39

1.1.1. DE LA REPRESENTACÌÓN POLITÌCA COMO MECANISMODEMOCRATICO

Desde siempre la historia política fue el objeto dominante de los principales

análisis y estudios históricos del mundo. Al ligarse con el acontecimiento y con

el poder estatal, la historia política tradicional ha sido la víctima más

representativa en la lucha llevada a cabo por los grandes historiadores sociales

en favor de una historia estructural de más larga duración.

Actualmente la historia política adquiere superioridad bajo el entendido que la

política misma va mas allá de un acontecimiento. La política debe ser

entendida en nuestros tiempos como un todo, absolutamente todas las

dinámicas de una sociedad por más individuales y sencillas que parezcan van

íntimamente ligada a la política, de ahí su importancia.

Las naciones durante los últimos tiempos han sido construidas sobre la base

de una nueva definición institucional de las relaciones entre sociedad y política,

que quedaban organizadas en torno a los regímenes constitucionales, a los

parlamentos y a los sistemas políticos.

Recordemos de hecho, que cuando hablamos de representación política nos

referimos a las elecciones, a los parlamentos nacionales en el marco de los

sistemas constitucionales. En términos muy generales puede decirse que el

objetivo principal de la introducción del sistema representativo fue la de reducir

la lucha política y el conjunto de las relaciones sociales a normas comunes, de

carácter universal y controladas por la opinión pública. Esta transformación de

la política es similar al proceso de codificación de lo social que acontece en el

terreno de las leyes civiles y administrativas. Pero la nueva política tal como ha

sido conceptualizada entre finales del siglo XVIII y la primera mitad del siglo

40

XIX, hace referencia a una sociedad fuertemente heterogénea, atravesada de

profundos desequilibrios territoriales, económicos y sociales. Al estudiar la

representación política, se plantea por ellos el problema de analizar en qué

modo los sistemas constitucionales se orientaban a conseguir este objetivo con

su actuación sobre las doctrinas, leyes y prácticas sociales.

Definir la naturaleza de la representación política constituye, por consiguiente,

una premisa imprescindible para el estudio de la democracia. La

representación política es atravesada por la mirada de las corporaciones

públicas, lugar en el cual los ciudadanos deberían depositar sus intereses más

directos. Pero a contrario sensu, Salvador Forner plantea en sus palabras:

“Para el análisis de los conflictos entre grupos y partidos es sin embargo,

necesario evitar cualquier consideración que, más o menos

implícitamente, contemple las asambleas parlamentarias electivas como

una proyección directa de los intereses, las orientaciones y los grupos

del país estudiado. Dicho de otra forma, no debe atribuirse a los

resultados de la competición electoral y a la composición de las cámaras

electivas una inmediata significación social, como suele ocurrir en los

trabajos de la historia política donde, por ejemplo, los partidos

conservadores son considerados como la expresión de los grupos

agrarios tradicionales; los liberales o demócratas liberales, como

representantes de grupos urbanos progresistas; y los partidos socialistas

como la proyección política de las clases obreras en ascenso, etc.

Naturalmente, los historiadores son conscientes de que los parlamentos

no son elegidos con criterios de proporcionalidad y conocen bien la

diversidad de los regímenes electorales31.”

31 FORNER Salvador óp. Cit. 1997.

41

Lo anterior nos plantea la necesidad de siempre continuar en el camino de

encontrar el perfeccionamiento de nuestra democracia basada en una

verdadera y real representación, coherente desde el punto de vista de su

representación ideológica sino que también acorde con sus criterios de

proporcionalidad de la población.

En la historia política, los debates electorales conservan un papel prioritario, los

cuales son identificados sobre todo con la ampliación del sufragio, el

cumplimiento de los puntos programáticos, la eficacia en el control hacia los

gobernantes y la anticorrupción, lo anterior, entendido como un proceso de

progresiva inclusión de sectores de la población cada vez más amplios.

La discusión sobre la consideración jurídica de la representación política se

puede observar desde el vínculo que constituye lo representativo. Hay una

corriente que establece la significación política del vínculo de lo representativo:

sus exponentes vinculan en mayor o menor grado los conceptos de legitimidad

y participación con el de representación.

Dentro de este grupo se presentan diferencias importantes, pero comparten

aspectos importantes. Así para el constitucionalista Bidart Campos32 el estudio

de la representación política esta teóricamente vinculado con el tópico de la –

democracia popular- y en esta medida contribuye a fundamental la legitimidad

de un régimen político. La representación, agrega, tiene dos vertientes: por un

lado se invoca como justificación ideológica de los gobernantes y por otro, a

través de técnicas políticas, los mismos gobernantes buscan hacerla posible a

fin de satisfacer el anhelo de participación de los gobernados. La idea de

participación permanece presente, aunque se añada matices importantes. En

32 BIDART CAMPOS, German – Prologo al libro de Sargues Nestor, Representación Política,

Buenos Aires; Editorial Orbir, 1973.

42

este sentido, se postula que el principio de representación se debe analizar

desvinculado del concepto de soberanía. Siguiendo a Burdeau33, Carpizo

añade que existe un paralelismo perfecto entre las concepciones políticas

relativas a la democracia y las variaciones de la técnica de la representación.

De aquí parece desprenderse la idea de equiparar el concepto de

representación con el de participación; quizás por ello CARPIZO no lo vincula

con el dogma de la soberanía. Un matiz adicional aparece con la idea de que el

pueblo, objeto de la actividad estatal, tiene que personificarse para expresar su

voluntad política; sin ello no seria posible la realización de la democracia. Como

se observa, la idea vertebral de esos autores es la participación popular34.

JHON STUART MILL, el más importante teórico de la representación, también

fundamenta la importancia de la institución en la idea de participación del

pueblo en los negocios públicos. Así afirma:

“El único gobierno que puede satisfacer por completo todas las

exigencias del estado social es aquel en el que todo el pueblo participa

(…) No hay nada mas deseable que la participación de todos en el

ejercicio del poder soberano del Estado. Pero en virtud de que, no sea

una comunidad pequeña no todos pueden colaborar personalmente sino

en proporciones muy pequeñas en los asuntos públicos, se deduce que

el tipo ideal de gobierno perfecto debe ser el representativo”.

33 BURDEAU, Georges, Derecho Constitucional e instituciones políticas (trad. Ramón Falcón

Tello), Madrid, Editora Nacional, 1981,

34 CARPIZO, Jorge. Estudios Constitucionales. México: Universidad Nacional Autónoma de

México, 1991. Print

43

1.2 LA DEMOCRACIA EN COLOMBIA.

En el Estado Colombiano, mediante la Constituyente de 1991, a instancias del

proyecto del ejecutivo, que previamente había negociado con el Grupo

Guerrillero Diez y nueve de abril (M-19) se fomentaron valiosos hechos

históricos tales como la creación de los mecanismos que permitiesen una

verdadera transformación de las costumbres políticas tradicionales superando

el bipartidismo y la creación de los mecanismo constitucionales que permitieran

la transformación de la democracia representativa, en una democracia

participativa, en donde el ciudadano participe de manera efectiva en la toma de

decisiones que lo deben afectar.

Al respecto la Corte Constitucional ha mantenido como línea jurisprudencia la

definición aportada en diversas sentencias y ratificada en el año 2001 en la

cual dejo sentada la siguiente posición:

“Sólo puede hablarse de una verdadera democracia, representativa y

participativa, allí donde la composición formal y material del sistema

guarda una correspondencia adecuada con las diversas fuerzas que

conforman la sociedad, y les permite, a todas ellas, participar en la

adopción de las decisiones que les conciernan.”35

Y respecto al ámbito de realización o alcance de dicha forma de

democracia la Corte Constitucional con ponencia del Magistrado Carlos

Gaviria Díaz hizo claridad que:

“El principio constitucional de la democracia participativa tiene

operancia no sólo en el campo de lo estrictamente político (electoral),

sino también en lo económico, administrativo, cultural, social,

35 Corte Constitucional. Sentencia C-169 de 2001. Magistrado Ponente: Dr. Carlos Gaviria Díaz.

44

educativo, sindical o gremial del país, y en algunos aspectos de la

vida privada de las personas; y su objetivo primordial es el de

posibilitar y estimular la intervención de los ciudadanos en actividades

relacionadas con la gestión pública y en todos aquellos procesos

decisorios incidentes en la vida y en la orientación del Estado y de la

sociedad civil. 36

Siguiendo el mandato del Constituyente el legislador expidió la ley 134 de 1994

que consagra los mecanismo de participación popular, ampliando a diferentes

formas de participación, los cuales pueden ser desarrollados en los diferentes

ámbitos de la administración, sea esta nacional, territorial o local, asi como

extendiéndose a entidades de carácter privado, como las Universidades o las

organizaciones comunitarias, sindicales, cooperativas o de cualquier otra

índole. Así las cosas, la corporación en la que nos enfocarnos en la presente

monografía, pueden acudir a cualquiera de dichos mecanismos para la

construcción de mecanismos reales de participación popular.

Sin embargo uno de los mayores peligros para la democracia, no ya para una

forma especifica de la misma, sino para todas es la aparición de la burocracia

que tras la aparición del Estado moderno, el sistema político se ha

transformado en una tecnocracia: aparecen los burócratas y los políticos

profesionales para hacerse cargo del funcionamiento estatal; uno de los

teóricos que en forma especializada se ha ocupado del tema es Max Weber37.

Este fenómeno (la burocratización) trae como consecuencia el estrechamiento

del campo de la actividad política, la exclusión de amplios sectores sociales de

la actividad política y la disminución de la participación. A su vez, la

36 Corte Constitucional. Sentencia C-336 de 1994. Magistrado Ponente Carlos Gaviria Díaz.

37 WEBER Max. Economía y Sociedad, (edición cubana) tomo I p. 43.

45

construcción y expansión de una percepción socialmente difundida sobre la

política y lo político como espacio de componenda, negociación, transacción

(como mejor) cuando no de corrupción y mentira38.

La democracia participativa es una forma que se heredo del modelo griego en

donde resultaba de la mayor importancia la participación ciudadana. En la

antigua Atenas, un ciudadano era alguien que participaba “en la administración

de justicia y en el gobierno”39. La ciudadanía significaba la participación en los

asuntos públicos.

Aplicando la lectura del moderno contrato social podríamos decir con Cicerón

que la democracia participativa, como la intervención del ciudadano en el

manejo de los asuntos públicos es:

“La cosa pública (res publica) es asunto del pueblo (populi res); y el

pueblo no es cada grupo de hombres, asociados de cualquier manera,

sino un amplio conjunto de hombres unidos por un acuerdo común

acerca de la ley y los derechos y por el deseo de participar de mutuas

ventajas”40

El fin de la democracia participativa es su pretensión de superar la simple

representación directa de la soberanía partidista y construir un nuevo Estado,

fundamentado en la Participación Ciudadana como fundamento de la

democracia directa. Es a través de la Constitución de 1991, como se ha venido

señalando, que se crearon mecanismos más directos. Se busca entonces una

38 WEBER, Max. Op. Cit. Pag 335

39 Aristóteles: Política, p.68, edición digital.

40 Cicerón: De Re Publica, p.124

46

democracia, en la que ser ciudadano signifique, más que un agente sufragante,

más que votar cada cuatro años, más que "estar enterado" de lo que pasa en el

país, se pretende que, el ciudadano sea el protagonista de la Construcción de

la Nueva Sociedad cuyo fundamento debe ser su participación democrática.

A partir de una aproximación historia de la democracia en el mundo, podemos

involucrarnos cada vez más en contextos concretos como lo es la democracia

en Colombia. La historia de la democracia en Colombia, la podríamos dividir

políticamente en dos sucesos, antes y después de la Constitución de 1991,

este ultimo como hecho contundente de la implementación de un Estado Social

de Derecho que en su sustancia siempre pretende enarbolar las banderas de la

democracia en nuestro país.

En palabras del profesor LUIS FREDDYUR TOVAR, la Constitución no es el

documento o texto frio, muerto en donde se establece la organización

estructural de un Estado en particular, sino la proyección de un sueño; es decir,

la Constitución Política es, tanto el resultado de un proceso (pasado), como el

proceso social y político inacabado (presente) de una comunidad que pretende

consolidarse (futuro). Es así como la noción de constitución como acto creador,

fundante, se materializa cuando se define de manera originaria una concepción

de la Democracia. Para el caso colombiano, esta afirmación cobra vigencia

cuando en el Texto Constitucional de 1991, se constitucionalizo al concepto de

Democracia para Colombia: El de Democracia Participativa y Pluralista. Esta

expresión no es el resultado del azar o la manifestación de la emoción de los

constituyentes de la época, sino el Acto Fundante que hay que tener en cuenta

de manera seria y determinante41.

41 TOVAR Luis Freddyur, Democracia y Constitución Política Entre la Participación y la

Representación. Corporación Universitaria Autónoma de Occidente. 2003.

47

Pues bien, bajo el entendido que reconocemos que la Constitución Política de

1991, dividió en dos la historia democrática de Colombia, es relevante observar

algunos antecedes que precedieron dicho hecho.

Así que gracias al recorrido histórico universal por el que en este trabajo hemos

cruzado, miremos nuestra realidad nacional.

El Partido Liberal y el Partido Conservador, enfrentados desde mediados del

siglo pasado, habían gobernado el país más con criterio hegemónico y

excluyente que con sentido democrático y de responsabilidad nacional, dejando

en el camino una decena de guerras civiles y múltiples frustraciones

patentizadas en el atraso y la pobreza absoluta de vastos sectores de la

población. Esa actitud, que en principio parecía una constante histórica había

tenido algunos momentos de reconciliación, tales como la Unión del general

Rafael Reyes en 1905, la Unión Republicana con Carlos E. Restrepo en 1910,

la Concentración Patriótica Nacional con Olaya Herrera en 1930 y la Unión

nacional de Ospina Pérez en 1948. Sin embargo, en cada una de esas

oportunidades, la violencia partidista arremetía en forma irracional y

desenfrenada. Las pasiones políticas se desbordaban con facilidad,

especialmente en las zonas rurales, dando paso a la intolerancia y la

persecución. Por eso, la idea de un movimiento bipartidista que superara los

enfrentamientos se recibió con particular entusiasmo en diciembre de 1957,

aunque su primera denominación fue Frente Civil, finalmente se adopto la

expresión Frente Nacional por considerarla más amplia y comprometedora. Sin

duda, frente a la paz que se anhelaba y que el país requería con urgencia, la

formula se convirtió en un eficaz instrumento de reconciliación, toda vez que

48

expedía la partida de defunción a la violencia generada por los partidos

tradicionales42.

El Frente Nacional conto con varios presidentes los cuales llegaban a tal

dignidad mediante los acuerdos internos de dicho organismo respetando

siempre el derecho de turno del respectivo Partido Político, dos periodos para

el Partido Liberal y los siguientes dos años le correspondían al Partido

Conservador y así sucesivamente por dieciséis años consecutivos, con el fin de

generar la equidad entre los mismos. Por la presidencia del Frente Nacional

pasaron distinguidas personas tales como Alberto Lleras Camargo, Guillermo

León Valencia, Carlos Lleras Restrepo y quien asumiera en 1970 el poder el

conservador Misael Pastrana Borrero, quien fuera el último Presidente del

Frente Nacional.

Pastrana Borrero, debió afrontar serios problemas de orden público por las

acusaciones de fraude electoral que se le hicieron desde la ANAPO43 tras la

derrota de Rojas Pinilla. Debido a esto, el sector más radical de la ANAPO,

conformado esencialmente por estudiantes universitarios y obreros, decide

integrar un grupo armado para intentar tomar el poder por la fuerza: el M-19

(Movimiento 19 de abril), nombre que hacía referencia al día en que se

realizaron las elecciones presidenciales. Al finalizar el Frente Nacional, en

1974, se presentaron como candidatos a la presidencia Álvaro Gómez Hurtado

por el Partido Conservador, María Eugenia Rojas por la ANAPO, Hernando

Echeverri por la Unión Nacional de Oposición y Alfonso López Michelsen por el

Partido Liberal, quien, a la postre, resultaría triunfador por un amplio margen de

42 FEBRES CORDERO Jaime Buenahora. La Democracia en Colombia, un proyecto en

construcción. 2ª edición.1997. Tercer mundo editores. Pag5

43 La ANAPO (acrónimo de Alianza Nacional Popular) fue un Partido Político Colombiano

fundado como movimiento en 1961 por el dictador Gustavo Rojas Pinilla y desaparecido en

1998.

49

votación. Respecto del gobierno de López cabe decir que, aunque el periodo

del Frente Nacional ya había concluido, éste mantuvo la reforma Constitucional

de 1968 y dio una participación equitativa a conservadores y liberales en su

Gobierno44.

Con la figura del Frente Nacional se estableció una democracia recortada o

restringida, ya que la estructura del poder fue consagrada para los dos partidos

tradicionales, Liberal y Conservador limitando sustancial el surgimiento o

fortalecimiento de nuevas organizaciones democráticas de expresión política y

social ya que la fuente de origen de dichas organizaciones son precisamente el

acceso al poder con el fin de introducir mediante él, su modelo propuesto.

Precisamente esa democracia restringida que se institucionalizo como modelo

político naturalmente cerro los canales de participación, trayendo como

consecuencias fatídicas la despolitización de la ciudadanía, creyendo encontrar

esta, la lucha armada como salida a la crisis.

Así las cosas, a mediados de la década de los años sesenta aparecieron en el

país varios movimientos insurgentes para luchar contra el establecimiento y el

sistema de democracia recortada que imperaba. El ideal revolucionario hallaba

amplia receptividad en distintos sectores universitarios, obreros y campesinos.

El triunfo de Fidel Castro, en Cuba y la exportación de la revolución estaban en

el orden del día. No eran, pues insurrecciones partidistas tradicionales que

luchaban contra el Gobierno liberal o conservador de turno, sino movimientos

decididos a conquistar el poder para implementar el comunismo45.

44 http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/poli/poli60.htm

45 FEBRES CORDERO Jaime Buenahora. La Democracia en Colombia, un proyecto en

construcción. 2ª edición.1997. Tercer mundo editores. Pag 6

50

Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, conocidas como las

FARC, surgieron en 1964 bajo la directriz soviética, teniendo como núcleos

centrales grupos de campesinos derivados de la violencia de los años

cincuenta.

El Ejercito de Liberación Nacional, ELN46, surgió en 1965, tuvo como foco la

Universidad y como orientación la Revolución Cubana y dirigido por el

sacerdote Manuel Pérez, este grupo, se mantuvo en años de resistencia antes

de poder iniciar posibles diálogos de paz, no obstante, se observan algunos

intentos fallidos en su historia tales como los de Cravo Norte, Caracas y

Tlaxcala.

El Ejército Popular de Liberación, EPL47, se formó como brazo armado de

origen maoísta, sin embargo acepto firmar los acuerdos de paz con el Gobierno

Belisario Betancourt en 1985 luego del asesinato de su dirigente William Calvo

y considerando que no había condiciones ni garantías para su militancia.

Posteriormente, algunos miembros de este grupo guerrillero regresaron a la

clandestinidad durante varios años, sin embargo, en el año 1991, se

reincorporo decisivamente a la vida civil bajo la denominación Esperanza, Paz

y Libertad y decidió participar en la Asamblea Nacional Constituyente.

46 El ELN o UC-ELN (Unión Camilista - Ejército de Liberación Nacional) es una organización

guerrillera, insurgente Colombiana que se define de orientación marxista-leninista y pro-

revolución cubana. Son partícipes del conflicto armado colombiano desde su conformación en

1964 y son dirigidas por el Comando Central, del que hacen parte cinco miembros, incluyendo

el jefe del ELN, Nicolás Rodríguez Bautista alias "Gabino".

47 El Ejército Popular de Liberación (EPL) es un grupo guerrillero colombiano, brazo armado del

Partido Comunista de Colombia - Marxista Leninista. Fundado en 1965, aunque solo inició

acciones militares en 1968, principalmente en Antioquia (regiones de Urabá y Bajo Cauca), los

departamentos de Córdoba y Sucre y la región del Magdalena Medio.

51

De igual forma, encontramos al Movimiento Diecinueve de Abril, M-19, que se

organizo por el supuesto fraude al general Gustavo Rojas Pinilla en las

elecciones presidenciales de 1970; su origen populista marco siempre sus

diferentes actividades guerrilleras y su proyecto político; reintegrando a la vida

civil a principios de 1990, tuvo que soportar el asesinato de su candidato

presidencial, Carlos Pizarro León Gómez, no obstante lo cual participo con

éxito reconocido en dos procesos electorales del mismo año: los comicios

presidenciales de mayo con Antonio Navarro Wolff como candidato, superando

los setecientos mil votos y las elecciones para escoger los delegatarios a la

Asamblea Nacional Constituyente, celebradas en diciembre, alcanzando casi el

millón de sufragios y diecinueve curules. Al lado de los grupos mayores, FARC,

ELN, EPL y M – 19, surgieron otras organizaciones insurgentes, como el grupo

indígena Quintin Lame y el PRT mas conocido como el Partido de los

Trabajadores. Ambos se reincorporaron a la vida institucional y participación

con un delegado cada uno en la Asamblea Nacional Constituyente48.

Vemos así como toda una época de movimientos guerrilleros surgidos por

factores estructurales de la sociedad y consecuencia quizás del modelo

antidemocrático que gobernaba el país en la época, fueron fundamentales para

los antecedentes históricos de la democracia colombiana implementada en

1991.

Aunque la idea de una Asamblea Constituyente para reformar las instituciones

había estado presente durante toda la década de los años ochenta, vino a

concretársela tras una serie de hechos cruentos y salvajes que sacudieron el

espíritu nacional, produjeron una fuerte reacción en el Gobierno y en los

48 PIZARRO Eduardo, Las Farc: De la autodefensa a la combinación de todas las formas de

lucha, Tercer Mundo Editores, Bogotá, 1991.

52

distintos estamentos de la sociedad civil y prepararon toda la mecánica jurídico

– política para darle viabilidad y forma. Los acontecimientos mas significativos,

porque indican la profundidad de la crisis nacional e impulsan el proceso

constituyente, sin duda alguna comienzan con el asesinato de Luis Carlos

Galán, el mas opcionado de los precandidatos liberales a la Presidencia de la

Republica para el periodo 1990 – 1994. A la respuesta asumida por el Gobierno

del Presidente Virgilio Barco frente al narcotráfico por el crimen del carismático

líder, seguirían las oleadas terroristas de los carteles de la droga; luego vendría

el fracaso de la reforma constitucional presentada por el Gobierno al Congreso

de la Republica, los asesinatos de Bernardo Jaramillo y Carlos Pizarro,

candidatos a la Presidencia por la izquiera democrática; el triunfo de Cesar

Gaviria Trujillo en la consulta interna del Partido Liberal y su posterior elección

como Presidente de la Republica; el papel de los estudiantes universitarios y su

decidido apoyo a la séptima papeleta el conflicto entre el país nacional y el país

político por la orientación y dirección de la Asamblea Nacional Constituyente;

toda la mecánica jurídico – política que permitió la expedición del Decreto 1926

de 199049, el posterior y controvertido fallo de la Corte Suprema de Justicia, la

organización de las mesas de trabajo y las comisiones preparatorias en

centenares de municipios del país, y la campaña proselitista para elegir los

voceros o representantes de los distintos grupos en la Asamblea50.

El surgimiento de la iniciativa de la séptima papeleta, se dio entre otras causas,

por el asesinato del aspirante Luis Carlos Galán. Este movimiento fue

impulsado por el activismo estudiantil que agrupados se denominaron "Todavía

49 El Decreto 1926 del 24 de Agosto de 1990, es en el que se reglamenta los asuntosconcernientes a las elecciones y organización de la Asamblea Constituyente.

50 FEBRES CORDERO Jaime Buenahora. La Democracia en Colombia, un proyecto enconstrucción. 2ª edición.1997. Tercer mundo editores. Pag6.

53

podemos salvar a Colombia", quienes emitieron una fuerte declaración de la

cuales se resaltan algunos puntos tales como:

El rechazo a todo tipo de violencia, cualquiera que sean las ideologías o

intereses que pretendan justificarla.

La exigencia al respeto de los derechos humanos en Colombia.

El apoyo a las instituciones democráticas en su lucha contra todas aquellas

fuerzas que pretenden desestabilizarlas, llámense narcotráfico, guerrilla,

grupos paramilitares u otros.

El rechazo para estos fines, y en virtud de la autodeterminación de los

pueblos, de cualquier tipo de intervención armada por parte de estados

extranjeros.

La solicitud de convocatoria al pueblo para que se reformen aquellas

instituciones que impiden que se conjure la crisis actual.

La exigencia de la depuración exhaustiva de las Fuerzas Armadas, de la

Policía, del Gobierno y de los Partidos Políticos.

Así las cosas, la propuesta de la séptima papeleta51 se constituyó en una

realidad, cuando el día 11 de Marzo se avaló la convocatoria a una Asamblea

Nacional Constituyente por parte de más de un millón de votos. Este hecho de

carácter político, no tenía, sin embargo, respaldo legal, por lo que se recurrió al

expediente del Estado de Sitio para dictar el Decreto 927 de 1990 que

permitiría a la Registraduría Nacional del Estado Civil escrutar los votos a favor

de una Asamblea Nacional Constitucional52 en las elecciones presidenciales

51 El 11 de Marzo de 1990 se eligieron: Concejales municipales, Diputados a las Asambleas

Departamentales, Representantes a la Cámara, Senadores y Candidato a la Presidencia de la

República por el Partido Liberal; lo que indicaba que otro tipo de elección, necesitaba de una

séptima papeleta.

52 El Gobierno Nacional cambió el sentido de la Asamblea Nacional Constituyente por una

Asamblea Nacional Constitucional, restringiendo, así, su alcance y contenido, por cuanto la

54

del 27 de Mayo. Ese día votaron más de cinco millones de colombianos (89%

del total de electores) a favor de una gran reforma constitucional. Lo que le

sirvió de fundamento jurídico y político a la administración para dictar el

Decreto 1926 de 1990 que fijaba la fecha del 9 de Diciembre para la

convocatoria y elección de delegatarios de la Asamblea Nacional

Constituyente. Este último Decreto fue declarado constitucional por la Corte

Suprema de Justicia, en un histórico fallo en el que se otorgó total libertad para

la definición del temario y se garantizó que el constituyente primario puede

pronunciarse de un modo libre, de acuerdo con la intencionalidad de fortalecer

al máximo la democracia participativa. De esta manera quedó abierto el camino

para una participación más directa y activa de la sociedad civil en el proceso de

democratización y modernización institucional53.

Como lo expresó MANUEL JOSE CEPEDA54:

"Un pueblo que se autoconvoca y un estado de sitio que se puede

utilizar para crear bases políticas e institucionales de la paz: en estas

dos frases se resume la teoría constitucional construida para abrirle un

camino a la Asamblea dentro del orden jurídico"55.

primera supone un total ejercicio de soberanía y la segunda limita la Asamblea a temas

preacordados y prohíbe tratar otros. Sin embargo, el pronunciamiento de la Corte Suprema de

Justicia le dio carácter de Asamblea Nacional Constituyente.

53 ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Y CONSTITUCIÓN POLITÍCA DE 1991. Alberto

Granda Marín. Universidad pontificia boliviana, pág. 6.

54 Manuel José Cepeda Espinosa, ex magistrado de la Corte Constitucional de Colombia (2001-

2009). Se desempeñó como presidente de dicha corporación entre junio 11 de 2005 a abril 10

de 2006.

55 Cepeda, citado por MURILLO CASTAÑO, Gabriel y UNGAR BLEIR, Elizabeth. Obra Citada.

P. 42.

55

En este orden de ideas, gracias a los consensos y convenios suscritos por las

cuatro principales organizaciones políticas de las elecciones y por virtud del

acuerdo político suscrito por las cuatro principales fuerzas de las elecciones

para la conformación de la Asamblea Nacional Constituyente realizadas en el

mes de Mayo (El sector oficialista del Partido Liberal, el Partido Social

Conservador, el Movimiento de Salvación Nacional y la Alianza Democrática

M19), más la autorización dada por la Corte Suprema de Justicia, se estableció

todo lo concerniente a la puesta en marcha de la Asamblea que debía reunirse

entre el 5 de Febrero y el 4 de Julio de I991.

Sobre la campaña para elegir dichos delegatarios que compondrían a la

Asamblea Constituyente, encontramos una síntesis realizada por el profesor

Alberto Granda que nos dice:

“La campaña aunque corta (del de Octubre al 9 de Diciembre de 1990),

fue supremamente rica y novedosa. Rica, por las posibilidades que, por

primera vez en la historia política del país, tuvieron todos los sectores

económicos, políticos, sociales y culturales, para hacer propuestas y

debatir en torno a las llamadas "mesas de trabajo. Es decir, el proceso

estuvo desligado de las reglas que el clientelismo ha impuesto a todo el

debate electoral. Y novedoso tanto desde el punto de vista formal como

real. Formalmente, por la aparición, por ejemplo, del tarjetón y,

realmente, por la emergencia en el terreno político de fuerzas

alternativas del bipartidismo, como los movimientos indígenas,

religiosos, comunales y cívicos, de estudiantes, intelectuales, ex

guerrilleros, etc. De los 70 delegatarios elegidos, 42 lo fueron por

56

cuociente y 24 por residuo. Adicionalmente, previo acuerdo político,

cuatro ex guerrilleros (dos con voz y voto) participaron en la Asamblea56.

La composición política de la Asamblea Nacional constituyente, producto de la

convocatoria electoral realizada para la misma, produjo una equidad y

participación casi equilibrada en los cuales se garantizo la participación de

todas las tendencias políticas y sociales en el País, a su composición

democrática, se le atribuye uno de los principales logros para la democracia

colombiana. Esta diversidad la podemos ver en el siguiente cuadro de

composición numérica por el total de los votos obtenidos y en consecuencia,

los puestos alcanzados en la Asamblea Constituyente.

PARTIDO % DE VOTOS PUESTOS OBTENIDOS ENLA ANC

Partido Liberal 26.75 25

AD M-19 15.48 19

MSN 6.38 11

PSC 4.99 5

ConservadoresIndependientes

3.11 4

Unión Cristiana 2.56 2

Unión Patriótica 1.46 2

Indígenas y otras listas 6.30 2

Finalmente, se aprobó una Carta Política que contiene 380 artículos definitivos

y 60 transitorios. Esta Carta Política de 1991 tiene un carácter consensual y

56 ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Y CONSTITUCIÓN POLITÍCA DE 1991. Alberto

Granda Marín. Universidad pontificia boliviana, pág. 6.

57

pluralista, a diferencia de lo ocurrido con las anteriores, que habían sido fruto

de la voluntad excluyente de una parcialidad política. Pero en esta oportunidad,

la situación fue bien diferente dado el equilibrio político que existía en el interior

de la Asamblea, lo cual hizo que el trabajo, no obstante las controversias

ideológicas y políticas, siempre se orientara bajo los parámetros de la

transacción y el entendimiento.

En lo que tiene relación con los principales cambios que introdujera la Carta de

1991, por considerarlos sus fundamentos estructurales y sin la pretensión de

ser exhaustivos, es importante resaltar la manera en que sintetiza FEBRES

CORDERO estos hechos:

“Los principales cambios son: un amplio catalogo de derechos y

libertades con mecanismos de protección; el replanteamiento de la

división de los poderes públicos; la separación absoluta entre la Iglesia y

el Estado; la autonomía de las entidades territoriales; las obligaciones

económicas y sociales del Estado; y la democracia de participación

ciudadana” 57

Este ultimo “la democracia de participación ciudadana” precisamente es tema

central del presente trabajo”.

Precisamente en el avance que trajo consigo la Carta Política de 1991

consolidando la democracia en el país, trataremos de enfocarnos, como matriz

fundamental, debido a que cumple la función orientadora nacional en los

asuntos más prioritarios al tratar la democracia en la Capital del país.

57 FEBRES CORDERO Jaime Buenahora. La Democracia en Colombia, un proyecto en

construcción. 2ª edición.1997. Tercer mundo editores. Pág. 43.

58

El artículo 103 de la Constitución Política de 1991 dicta:

“Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su

soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el

cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La

ley los reglamentará. El Estado contribuirá a la organización, promoción

y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales,

comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no

gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que

constituyan mecanismos democráticos de representación en las

diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia

de la gestión pública que se establezcan”.

Con la Constitución Política de 1991, Colombia dio un paso importante para la

ampliación y consolidación de la democracia al establecer nuevos espacios

para la participación ciudadana a través de diferentes mecanismos: el

plebiscito, el referendo, la consulta popular, la iniciativa legislativa, la

revocatoria del mandato y el cabildo abierto, todos íntimamente ligados con el

ejercicio de la democracia participativa58.

La democracia en Colombia, desde el enfoque del Texto Constitucional, es una

concepción moderna, avanzada, con fuertes fundamentos morales basados en

la persona humana y en su dignidad y con una apuesta hacia el fortalecimiento

de la organización política y social con el fin de apostarle al mejoramiento de la

calidad de sus integrantes desarrollo social y económico con equidad, siempre

con el objetivo de lograr la consecución de un Orden Justo.

58 COGOLLOS AMAYA, Silvia. El camino tortuoso de la participación ciudadana: una mirada al

Cabildo Abierto en Bogotá. Colombia: Red Universitas Humanística, 2009.

.http://site.ebrary.com/lib/lablaavirtualsp/Doc?id=10306545&ppg=5

59

La Constitución de 1991, desde la perspectiva de la participación, la

democracia colombiana significa que el pueblo debe asumir el rol de ser

integrante de una Republica tal cual como lo establece el artículo 1 que dicta:

“Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de

República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades

territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto

de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que

la integran y en la prevalencia del interés general”.

Es decir, el pueblo a su vez, debe velar y tomar posiciones claras,

responsables y ciertas en las decisiones que afectan el manejo de la cosa

pública, ya que en la democracia, los ciudadanos deben asumir

responsabilidades y obligaciones, como lo establece el artículo 95:

“La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la

comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y

dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta

Constitución implica responsabilidades. Toda persona está obligada a

cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del

ciudadano:

1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;

2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con

acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o

la salud de las personas;

3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente

constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales.

4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la

convivencia pacífica.

5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;

60

6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;

7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la

justicia;

8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la

conservación de un ambiente sano;

9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado

dentro de conceptos de justicia y equidad.”

Adicionalmente, con la democracia implementada en la Constitución de 1991,

las y los ciudadanos además de actuar tanto en lo público como en lo privado,

deben concurrir a conformar a ejercer y a controlar el ejercicio del poder político

tal como lo establece su artículo 40:

“Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio

y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:

1. Elegir y ser elegido.

2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas

populares y otras formas de participación democrática.

3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación

alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y

programas.

4. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que

establecen la Constitución y la ley.

5. Tener iniciativa en las corporaciones públicas.

6. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.

61

7. Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo los

colombianos, por nacimiento o por adopción, que tengan doble

nacionalidad.

La ley reglamentará esta excepción y determinará los casos a los cuales

ha de aplicarse.

Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la

mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.”

Finalmente, como si no fuera poco, las y los ciudadanos pueden exigir

responsabilidades a sus elegidos como lo señala los artículos 90 y 92:

“ARTICULO 90. El Estado responderá patrimonialmente por los daños

antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión

de las autoridades públicas.

En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de

uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o

gravemente culposa de un agente suyo, aquél deberá repetir contra

éste.”

“ARTICULO 92. Cualquier persona natural o jurídica podrá solicitar de la

autoridad competente la aplicación de las sanciones penales o

disciplinarias derivadas de la conducta de las autoridades públicas”

Sintetizando a FREDDYUR TOVAR, la Democracia debe diferenciarse

sustancialmente del pluralismo por lo siguiente: El pluripartidismo supone la

existencia de muchos partidos y movimientos políticos en la puja democrática,

en tanto que el pluripartidismo supone la existencia de muchos partidos y

movimientos políticos en la puja democrática, en tanto que el pluralismo es una

condición de la naturaleza humana que se fundamenta en el disenso antes que

en el consenso, y entonces, es indispensable buscar consensos mínimos para

62

el bien de todos; que se consolida en el reconocimiento y vivencia de la

diferencia antes que en la homogeneidad; y finalmente, que se basa en la

transformación antes que en la permanencia, todo lo cual se hace sumamente

dinámica y diferenciada59.

Para hablar de la democracia en Colombia, es necesario observar brevemente

también la cultura que reina en el entorno social de nuestro país, a fin de poder

determinar el grado de conciencia y asimilación que los ciudadanos tenemos

sobre su concepto.

Un importante y profundo estudio realizado en el 2011 por el Observatorio de la

Democracia con el patrocinio de la Agencia de Estados Unidos para el

Desarrollo Internacional (USAID) en asocio con la Universidad de los Andes,

Centro Nacional de Consultoría y Vanderbilt University, demuestra que la

cultura política de los colombianos siempre tiende a reconocer en la

democracia el mejor sistema y dicha percepción se ha mantenido estable y

relativamente alta. El apoyo a la democracia en este estudio se midió a través

de la siguiente pregunta: Puede que la democracia tenga problemas, pero es

mejor que cualquier otra forma de gobierno. ¿Hasta qué punto está de acuerdo

o en desacuerdo con esta frase? (en una escala de 1 a 7). Esta pregunta, como

la mayoría de preguntas utilizadas en dicho informe, fue recodificada a una

escala de 0 a 100 para facilitar las comparaciones y la comprensión.

59 FREDDYUR TOVAR, Luis. "El derecho justo en la Constitución Colombiana de 1991" ed:

Icesi, p.115 - 156 ,2006

63

Sin embargo aclara dicho estudio, que profundizando con un análisis de lo que

podríamos llamar ‘actitudes antidemocráticas’, es decir, actitudes que están en

contra de principios centrales de la democracia liberal como el respeto a las

minorías y la oposición y el apego al principio de separación de poderes, el

primer resultado que se muestra es que en 2011 se confirma una tendencia

iniciada el año anterior en el sentido de que dichas actitudes, en promedio, han

disminuido en el país. Estudios comparativos de años anteriores habían

mostrado ciertos rasgos autoritarios en la cultura política de los colombianos.

64

También establece este estudio que desde 2010 y en mayor medida en 2011

estos rasgos autoritarios han venido cediendo significativamente. El análisis

econométrico confirma estos hallazgos anteriores en el sentido de que proveen

evidencia sólida de que el culto a la personalidad del gobernante tiende a

fomentar actitudes antidemocráticas. Dicho análisis concluye con una reflexión

acerca de la relación entre el tipo de gobernante y la cultura política de un país.

La evidencia obtenida en el caso colombiano sugiere que las actitudes

contrarias a los principios democráticos que habían caracterizado a los

colombianos en estudios anteriores son menos estructurales de lo que se

podría pensar, lo cual representa una buena noticia.

La otra cara de la moneda es que la misma evidencia sugiere que estas

actitudes son maleables por las circunstancias y por el estilo de los

gobernantes, lo cual no necesariamente es muy alentador.

Por otro lado, encontramos que entre 2010 y 2011, las alcaldías (que pasó de

52 a 45 puntos en la escala de confianza de 0 a 100) y los concejos

municipales (que pasaron de 50 a 44 en la misma escala) fueron las

instituciones que sufrieron mayores pérdidas en la confianza que el ciudadano

promedio deposita en ellas. Este hallazgo no es muy halagüeño precisamente

en un año en que se realizarían elecciones para autoridades locales y

regionales. Por su parte, aunque en menor medida, el Congreso fue la

institución que mostró un mayor aumento en su nivel de confianza ciudadana.

65

66

El estudio incluyo una serie de preguntas con el fin de poder identificar hasta

que punto los ciudadanos aprueban o desaprueban diferentes formas de

expresión y participación políticas. Sus resultados son contundentes al afirmar

que la participación a nivel comunitario, las manifestaciones legales y las

campañas electorales son las preferidas entre ellos.

60

60 La muestra diseñada para Colombia incluye a todos los adultos no institucionalizados, es

decir que excluye a las personas que habitan en cárceles, colegios, hospitales y bases

militares. Es una muestra aleatoria estratificada. La estratificación asegura la inclusión de las

áreas geográficas más importantes del país: Pacífica, Atlántica, Central, Oriental, los Antiguos

Territorios Nacionales y Bogotá. La muestra fue subestratificada para incluir a las ciudades con

más y con menos de 300.000 habitantes. Finalmente, la muestra fue subestratificada además

en áreas urbanas y rurales. Se entrevistaron 1.503 personas. Técnicamente, nuestro margen

de error fue ± 2.5%. Esto quiere decir que si hiciéramos múltiples muestras en Colombia, 95%

de ellas reflejarían las opiniones de la población con una precisión no inferior a ± 2.5%. La

67

Hemos decidido que para el estudio que nos ocupa, es importante observar los

resultados estadisticos relacionados anteriormente ya que efectivamente es

comprobable la tendencia que existe en la ciudadania colombiana de priorizar

la participación politica localmente desde lo comunitario y sobre todo, de

permanecer en democracia, aunque los rasgos de la persona que dirige y

asume dicha representación pueda generar ciertos visos de autoritarismo o de

apatia que terminen siendo articulados con la opinión de los ciudadanos. Es

claro entonces que la coyuntura marca sustancialmente la actitud politica y su

desarrollo en la misma. Esto implica tambien, que las etapas politicas por las

que atraviesa nuestra sociedad en casos tales como la corrupción y la

burocracia disminuyen la percepción que tiene la ciudadania sobre sus

representantes.

1.3. LA DEMOCRACIA EN BOGOTÁ D.C

La historia del Concejo de Bogotá, como la del resto de ciudades americanas

fundadas por los españoles, tiene sus antecedentes en los cabildos de España,

los cuales tuvieron un papel importante en virtud de la determinación de la

Corona de estimular esta especie de autoridad local con el fin de apoyarse en

ella como un gran baluarte en la lucha contra la invasión musulmana.

La importancia geopolítica y militar de las ciudades llevó a los reyes a ceder

temporalmente parte de sus atribuciones y potestades a las juntas municipales

o cabildos. Los municipios, por su parte, se comprometían con el monarca a

muestra está constituida por 193 puntos muestrales: 160 urbanos y 33 rurales, distribuidos en

53 municipios de 26 de los 32 departamentos de Colombia.

68

incorporar las tierras circunvecinas a su jurisdicción con el fin de protegerlas,

poblarlas e incrementar su producción.

“En el Nuevo Mundo, el cabildo fue el primer tipo de autoridad civil, a

manos de los cabildos pasaba el poder militar de los conquistadores.

Algunos investigadores sostienen que el primer registro de una sesión

especial del Cabildo en la ciudad corresponde al 13 de mayo de 1539,

en la que se designó a Hernán Pérez de Quesada como gobernador,

capitán y justicia mayor de Santafé de Bogotá.”61

Los primeros integrantes fueron reconocidos capitanes de la Conquista, que a

su vez fueron los primeros titulares de encomiendas de las tierras recién

descubiertas.

“...Los cabildos eran el gran reducto en el que se agrupaban los

encomenderos para defender sus privilegios contra otros poderes que

eventualmente podían interferir o recortar sus fueros: el eclesiástico, el

de la Real Audiencia o el de los Visitadores, que ejercían la autoridad

por directa procuración del Monarca”62.

Sus integrantes se denominaban regidores y su forma de elección fue variada

en el tiempo: los designaba el Rey o la Real Audiencia o se podía comprar el

cargo como titulo nobiliario.

En los primeros tiempos, las acciones de los Cabildos se concentraron en la

regulación de asuntos de la vida tales como el abastecimiento de carne y trigo,

61 Boletín de Historia y Antigüedades, volumen 5, No. 52, enero de 1908, pág. 230-1.

62 Historia de Bogotá, Tomo II Conquista y Colonia (Salvat Villegas Editores). Pag. 61.

69

administración de justicia y policía, abastecimiento de agua, aseo y alumbrado,

mantenimiento de calles y caminos, y control de precios, entre otros.

Pero el fuerte poder de esos Cabildos empezó a declinar y al finalizar el siglo

XVI era evidente la disminución de su fuerza política y económica.

Definitivamente el poder disminuyo en la medida en que la Real Audiencia se

convirtió en un contrapeso. De hecho, en varias materias asuntos algunas

funciones del Cabildo.

El Cabildo de Santafé de Bogotá, en contraste con el papel reaccionario que

jugaron sus integrantes (encomenderos) en los siglos de dominio español

(Colonia y Conquista), especialmente por su oposición al reconocimiento de los

derechos indígenas y a las medidas fiscales que ordenaba la Corona, jugó un

papel clave en la jornada del 20 de julio de 1810, en el sentido de que sirvió

como órgano de legitimación del nuevo poder.

Aquí se cierra un período de la historia del Cabildo. Hasta ese momento las

decisiones giraban en torno al mandato de la Corona Española, cuya voluntad

se hacía cumplir a través de los virreyes.

A partir del período de Independencia, el marco de acción del Concejo lo

impuso el vaivén de las guerras civiles, cuyos vencedores terminaban

imponiendo una nueva Constitución. En 1819, luego de la batalla de Boyacá

nació en Angostura (Venezuela) la República de Colombia, integrada por el

Reino de Nueva Granada, la Capitanía General de Venezuela y la Presidencia

de Quito. Le siguieron la de 1821 (Constitución de Cúcuta) que instituyó la

Gran Colombia hasta 1830; las de 1832, 1843, 1853 (período de la Nueva

Granada que mantuvo ese nombre hasta 1858), llegando a la Constitución de

Rionegro en 1863 que instituyo el Gobierno federal, hasta llegar a la que seria

70

la Carta centenaria que rigió los destinos nacionales, Constitución de Núñez y

Caro en 1886.

El período que va de 1830 a 1886 vio nacer a los partidos políticos

tradicionales Liberal y Conservador que en defensa de unas creencias y de

unos intereses económicos y políticos impusieron su sello en la conducción del

Estado, lo cual se reflejaba en inestabilidad constitucional.

Durante el período de 1863 (proclamación de los Estados Unidos de Colombia)

se consolidó el federalismo, que le dio amplio poder a los Estados soberanos

de la Nación en detrimento del poder del Ejecutivo central.

En relación con la autoridad de la ciudad, hay que decir que el 2 de junio de

1863 se expidió una ordenanza mediante la cual se determinaba la forma en

que estaría organizada la Municipalidad del Distrito Federal, cuyo cuerpo

legislativo estaría en cabeza de la Municipalidad, integrada por vocales

elegidos con su respectivo suplente por cada dos mil habitantes y uno más por

un residuo superior a mil. Esta ordenanza le fijaba las atribuciones a la

Corporación. Las cuales iban desde la seguridad, orden, aseo, salubridad,

ornato y abastecimiento hasta la expedición de recompensas honoríficas a los

ciudadanos que hubieran sobresalido por su in genio o por haberle prestado

servicios a la ciudad.

En los “Acuerdos de la Municipalidad de Bogotá 1862-1896”, que recogen el

trabajo del Concejo de esa época, hay toda una variedad de normas que

incluyen la adopción de impuestos locales, organización de la Policía,

aprobación de contratos suscritos por la municipalidad con particulares,

autorizaciones para obras de infraestructura, reglamentación de construcciones

y concesión para la explotación de negocios de espectáculos públicos.

71

El Federalismo llegó a su final en 1886 con la aprobación de una nueva

Constitución –desmontada definitivamente en 1991 por la Asamblea

Constituyente-- cuando se impuso un “proyecto político de Estado

descentralizado y fuerte, en vez del federalismo a ultranza”63 y cuyo gestor, el

presidente Rafael Núñez lo resumió así: ”Centralización política y

descentralización administrativa”.

1.3.1. BOGOTÁ DISTRITO ESPECIAL.

En 1945 mediante el acto legislativo número uno (01) se efectuó la reforma del

artículo 199 de la Carta Política en donde se ordeno que la Ciudad de Bogotá

se organizara como un Distrito Especial, sin sujeción al régimen ordinario.

En 1954 el Gobierno del general Gustavo Rojas Pinilla, en acatamiento del acto

legislativo reseñado en el párrafo anterior y en uso de las facultades

establecidas en el decreto 3518 del 9 de diciembre de 1949, mediante el cual

se había declarado el Estado de Sitio, le dio estructura de Distrito Especial a la

ciudad, expidiendo el decreto 3640, en el cual determinó que el Concejo de la

ciudad se denominaría “Consejo (sic) Administrativo del Distrito Especial” y

estaría integrado por 13 miembros, así: seis de elección popular, seis

nombrados por el Presidente de la República, consagrando la paridad en la

filiación política de los candidatos, el otro sería el Alcalde Mayor del Distrito,

quien lo presidiría.

Este decreto le daba, así, un carácter administrativo al Concejo, en el mismo

se le anexaron al Distrito los municipios de Fontibón, Usme, Engativá y

63 TIRADO MEJÍA, Álvaro. El Estado y la política en el siglo XIX. El Ancora Editores, tercera

edición, 1981. Pág. 108

72

Usaquén y al mismo tiempo se le dio autonomía Administrativa respecto del

Departamento de Cundinamarca. En el artículo quinto del mencionado decreto

se fijaron las atribuciones de dicho cabildo señalando que:

“ Además de las atribuciones conferidas por la Constitución y leyes a los

Concejos Municipales y, en especial, al del Municipio de Bogotá, el Consejo

(sic) del Distrito Especial o la corporación que haga sus veces tendrá las

siguientes:

a. Establecer los impuestos y contribuciones que juzgue necesarios, sobre

objetos no gravados por la Nación o por el Departamento, en

conformidad con la Constitución y la ley;

b. Fijar los planes y programas de obras públicas y de fomento;

c. Elegir el contralor y el Personero del Distrito Especial, quienes

nombrarán los empleados de su dependencia;

d. Conceder autorización al Alcalde Mayor para que previa aprobación de

la Junta Asesora y de Contratos del Distrito Especial, celebre convenios

de cuantía superior a trescientos mil pesos;

e. Aprobar o improbar los convenios de cuantía mayor a trescientos mil

pesos celebrados por el Alcalde, cuando no hubieren sido previamente

autorizados por el Consejo, o algunas de sus estipulaciones no se

ajustare al respectivo acuerdo de autorizaciones;

f. Elegir dos representantes en la Junta Asesora y de Contratos del Distrito

Especial, de distinta filiación política para períodos de dos años;

g. Autorizar al Alcalde para delegar en sus secretarios precisas funciones

de las que le corresponden;

h. Crear nuevas Secretarías del Distrito Especial”

Sin embargo a reglón seguido establecía una serie de prohibiciones para dicho

Consejo, frente al Alcalde Mayor, el cual era nombrado directamente por el

Presidente de la República. Así:

73

“Además de las prohibiciones establecidas en la ley para los Concejos

Municipales, el Consejo (sic) Administrativo del Distrito Especial tendrá

las siguientes prohibiciones:

1ª) Votar auxilios de cualquier clase que no hayan sido

propuestos por el Alcalde Mayor;

2ª) Limitar las atribuciones que las disposiciones legales confieran

al Alcalde Mayor;

3ª) Interferir la dirección administrativa del Alcalde Mayor, por

medio de juntas o comisiones de su seno que no hayan sido

expresamente autorizadas por la ley.”

Tras la caída del Gobierno de Rojas, y de acuerdo con lo pactado por los

partidos Liberal y Conservador, a partir de 1958 el Concejo estaría integrado

por 16 representantes de las dos colectividades (ocho de cada una). Así, por

esta exclusión, el concejal elegido por el Partido Comunista en 1960 fue

presentado como miembro del Movimiento Revolucionario Liberal (MRL), en

tanto que la representación de la Anapo en el Cabildo figuraba como disidencia

conservadora. Este sistema bipartidista rigió hasta 1970.

Otra norma importante relacionada con las funciones del Concejo fue el decreto

3133 de 1968 (Estatuto de Bogotá) el cual estuvo vigente hasta la expedición

del decreto 1421 de 1993 que en su articulo 180 lo derogo; en dicho

ordenamiento se estableció que la Corporación continuaba como organismo

superior de administración, integrado por 15 concejales con sus respectivos

suplentes, elegidos por dos años. En la misma normatividad se estableció que

a partir del año 1970, el concejo de Bogotá se reuniría por derecho propio dos

veces al año, el primero de julio y el primero de noviembre, y las sesiones

durarán cada vez treinta (30) días, prorrogables por decisión del propio concejo

74

por diez (a10) días más, otorgándole la facultad al Alcalde mayor para que lo

convocara a sesiones extras cuando quiera que este lo considere necesario

pero solo podría ocuparse de los asuntos que fueran sometidos en la

convocatoria a su consideración.

En el mencionado estatuto en su artículo 13 se fijaron las facultades del

Cabildo, renovando la mayoría de funciones administrativas y fiscales

asignadas por la regulación del Gobierno Rojas, ampliando la facultad para

expedir los Códigos de Policía, Fiscal, de Construcción, y de transito

transporte. a nivel local. Creando con ello un organismo hibrido que se

desempeñaba como coadministrador y a su vez ejercía un incipiente control

político sobre la administración.

1.3.2. BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL.

La Asamblea Constituyente de 1991 aprobó que la ciudad estaría organizada

como Distrito Capital. Respecto a la integración del Concejo determinó que

habría un concejal por cada 150 mil habitantes o fracción mayor de 75 mil que

tenga el territorio. Hasta ese momento había 20 concejales, que han venido

aumentando hasta llegar a 45 que componen el cabildo en la actualidad.

Como se ha señalado en forma anticipada, al Concejo de Bogotá se le

eliminaron en el decreto 1421 sus funciones de administración propiamente

dichas y se definieron en el artículo 8 en el sentido de que:

“El Concejo es la suprema autoridad del Distrito Capital. En materia

administrativa sus atribuciones son de carácter normativo. También le

corresponde vigilar y controlar la gestión que cumplen las autoridades

distritales”

75

Respecto a los periodos de sesiones también se modifico de manera radical

conforme a las necesidades de la administración distrital al respecto el artículo

decimo establece que el Concejo Distrital se reunirá ordinariamente, por

derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1) de febrero; el primero

(1) de mayo; el primero (1) de agosto; el primero (1) de noviembre. Cada vez,

las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio del mismo Concejo,

hasta por diez (10) días más.

También sesionará extraordinariamente por convocatoria del Alcalde Mayor. En

este caso se reunirá durante el término que le fije la autoridad que lo convoca y

únicamente se ocupará de los asuntos que ésta somete a su consideración, sin

perjuicio de que ejerza la función de control político que le corresponde en todo

tiempo

Respecto a las atribuciones del Concejo se ocupo el artículo doce (12) en el

cual se fijaron las atribuciones de la corporación que se pueden resumir:

1- Funciones de carácter administrativo propiamente dicho, las que

permiten el diseño normativo de políticas publicas respecto al adecuado

distribución de funciones administrativas, fija escala de remuneración,

implementa la carrera y diseña las funciones necesarias para la

eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito; a la adopción

del Plan General de Desarrollo Económico y Social de Obras Públicas.

El Plan de inversiones, que hace parte del Plan General de Desarrollo,

establece el presupuesto anual de gastos y rentas; adopta el Plan

General de Ordenamiento Físico territorial del Distrito; dictar las normas

tendientes a garantizar la preservación y defensa del patrimonio cultural

y ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente. Fija las reglas

contractuales, regula los empréstitos y el nivel de endeudamiento de la

ciudad y otorga las facultades necesarias al Alcalde Mayor, expedir los

códigos fiscal y de Policía.

76

2- Funciones de carácter fiscal a través del cual el Concejo establece,

reforma o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas:

ordena exenciones tributarias y establece sistemas de retención y

anticipos con el fin de garantizar el efectivo recaudo de aquéllos, regula

todo lo concerniente para la distribución de recursos a las localidades.

3- Funciones de carácter electoral. Que le asignan la elección del

Contralor y el Personero Distrital, regulando su funcionamiento.

4- Función de Control Político: El artículo 14 estableció: Corresponde al

Concejo vigilar y controlar la administración Distrital. Con tal fin, podrá

citar a los secretarios, jefes de departamento administrativo y

representantes legales de entidades descentralizadas, así como al

Personero y al Contralor. También podrá el Concejo solicitar

informaciones escritas a otras autoridades distritales y como

consecuencia producir la llamada moción de observaciones.

Con el fin de hacer la administración más transparente y lograr un control

político efectivo se elimino la facultad de coadministrador que tenían los

concejales, eliminando la participación de estos en las juntas directivas de las

entidades del Distrito.

El Concejo ha sido a lo largo de la historia escala obligada de importantes

políticos en su camino a la Presidencia de la República. Los datos históricos

del siglo XX registran la presencia como concejales de la ciudad de los

siguientes ex presidentes: Miguel Abadía Méndez, Enrique Olaya Herrera,

Alfonso López Pumarejo, Eduardo Santos, Alberto Lleras Camargo, Darío

Echandía, Mariano Ospina Pérez, Laureano Gómez, Roberto Urdaneta

Arbeláez, Carlos Lleras Restrepo, Misael Pastrana Borrero, Alfonso López

Michelsen, Julio César Turbay Ayala, Belisario Betancur, Virgilio Barco, Ernesto

Samper, Carlos Lemos Simmonds y Andrés Pastrana.

77

Con respecto a la participación demócrata del ciudadano en el Distrito Capital

el decreto 1421 de 1993 en su artículo 6 ordena:

“Las autoridades Distritales promoverán la organización de los

habitantes y comunidades del Distrito y estimularán la creación de las

asociaciones profesionales, culturales, cívicas, populares, comunitarias y

juveniles que sirvan de mecanismo de representación en las distintas

instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión

distrital y local”

Proceso que se ha venido cumpliendo, mediante la implementación de las

veedurías ciudadanas, la rendición de cuentas y los movimientos pro

revocatoria del mandato a los alcaldes elegidos, revocatoria que aun no ha sido

exitosa.

En lo que se refiere al Concejo de la Ciudad el mismo artículo dispone:

“De conformidad con lo que disponga la ley, el Concejo dictará las

normas necesarias para asegurar la vigencia de las instituciones y

mecanismos de participación ciudadana y comunitaria y estimular y

fortalecer los procedimientos que garanticen la veeduría ciudadana

frente a la gestión y la contratación administrativas”.

78

CAPITULO 2.LAS SOMBRAS EN LA DEMOCRACIA.

La democracia se ha convertido en uno de los principales objetivos del mundo

contemporáneo. Los gobiernos actualmente se caracterizan por una lucha

constante de reivindicación y defensa a sus democracias, dejando claro que no

todos conciben la democracia de manera similar, cada gobierno dependiendo

de su forma e ideología marca su concepción de democracia, que en mucho de

los casos, precisamente han sido estos las causas de múltiples confrontaciones

y luchas armadas, económicas e ideológicas en el mundo. Es así, como

debemos mencionar los fuertes conflictos que en nuestro siglo han marcado la

historia, estos son, las confrontaciones en los países de Oriente, Egipto, Libia,

Túnez, entre otros.

Las confrontaciones por la consolidación de la democracia no ha sido

solamente entre Estados, muchos de los últimos acontecimientos se han dado

en los escenarios internos de los países. Los movimientos sociales y

ciudadanos han jugado papeles protagónicos, han sido estos los que han

movilizado a los pueblos para que mediante diferentes mecanismos, algunos

no tan validos, como lo es la violencia o la vía armada, para lograr el desmonte

de las degeneraciones de la democracia, como lo es la dictadura o la

demagogia.

Estas vías, muchas de ellas violentas han obtenido fuertes victorias, que a

pesar de sus costos, han obtenido el objetivo inmediato, el debilitamiento de

aquellos gobiernos que implementan sus modelos de democracias, los cuales

son basados en concepciones restringidas, hereditarias y violatorias de los

derechos humanos.

79

Estos objetivos inmediatos son basados en el derrocamiento de sus Jefes de

Gobierno y/o de Estado, respectivamente, pero lo que hay que plantearnos

también bajo estos resultados exitosos, es lo que viene hacia el futuro. Que le

depara a una Estado que pasara posiblemente a ser una Republica plena con

todas sus garantías y derechos pero que aun no han superado esas etapas de

transición que deben atravesar para encontrar sus democracias plenas,

entendida esta como, la implementación de principios y valores democráticos

que lleve consigo el establecimiento de los derechos y obligaciones para todas

y todos los ciudadanos.

Estos procesos de transición no son agiles como tampoco fáciles. Estas

discusiones deben atravesar la ardua tarea de encontrar sus principios y

valores democráticos en situaciones de índole religiosa, étnica, económica,

ambiental y político, siendo estos los factores que precisamente terminan

gobernando directa o indirectamente la toma de decisiones en los dirigentes.

2.1 LA SOMBRA DE LA DEMOCRACIA UNIVERSAL.

Sin duda, el anhelo de universalidad de la democracia debe resistir y retar

cientos de desafíos que acogen diferentes formas y que provienen de las más

múltiples direcciones y fuentes. De hecho, parte del presente trabajo

académico trata precisamente sobre ello, debido a que tratamos de analizar la

afirmación de la democracia como valor universal, constructor de ciudadanía,

calidad de vida y gobernabilidad.

Las cualidades humanas basadas en el poder, en la victoria y en la aceptación

de la opinión pública han sido transcendentales para las crisis por las cuales ha

tenido que atravesar la democracia en el mundo. Aun en pleno siglo XXI vemos

como en países de algunos continentes, inclusive en modelos no muy lejanos

al nuestro, persisten modelos autoritarios que muchos de ellos quizás

80

introduciendo la palabra democracia con el fin de legitimar sus acciones, llevan

a sus pueblos en los rumbos hacia el retroceso perdiendo con esto, valores tan

fundamentales y básicos como la libertad.

En cualquier época y ambiente social existen creencias generalizadas que son

respetadas como una especie de norma universal, son consideradas correctas

mientras no se demuestre lo contrario.

“Aunque la democracia no se ha llevado a la práctica universalmente ni

ha sido uniformemente aceptada, la forma de gobierno democrática es

considerada en la actualidad, dentro del clima general de la opinión

internacional, como la correcta. Así pues, son los que denigran el

sistema democrático los que deben justificar su postura. Pero este viaje

histórico es bastante reciente. No hace mucho, los defensores de la

democracia en Asia y África se veían en apuros a la hora de defender

sus puntos de vista. Si bien actualmente tenemos razones suficientes

para rebatir a aquellos que, implícita o explícitamente, niegan la

necesidad de la democracia, debemos dejar muy claro cómo fue

cambiando el estado de opinión general a lo largo de varios siglos. No

tenemos que empezar de nuevo por explicar si un país u otro (Sudáfrica

o Camboya o Chile) está “preparado para la democracia” (cuestión tan

relevante en el discurso del siglo XIX), ahora lo damos por sentado. El

reconocimiento de la democracia como sistema universalmente válido,

cada vez más aceptado como valor universal, ha supuesto una

importantísima revolución del pensamiento y constituye una de las

contribuciones más importantes del siglo XX. Es en este contexto donde

debemos analizar el tema de la democracia como valor universal.”64

64 ALVAREZ ARAYA, Oscar. Director Ejecutivo del Secretariado Permanente. Red

Latinoamericana y del Caribe para la Democracia. www.democraciaparticipativa.net Articulo

llamado: “Amartya Senn y la Democracia como Valor Universal”.

81

En la década de 1980 entro en crisis el Estado intervencionista, centralista y

paternalista que con ciertos grados de éxito, habían tratado establecer algunos

países latinoamericanos siguiendo el ejemplo de Europa. La crisis del Estado

en América Latina se manifestó plenamente a partir de la explosión de la crisis

de la deuda externa, cuando México declaro la moratoria de sus obligaciones

en 1982.

La crisis surgió en primera instancia como un conflicto de índole fiscal porque

se habían agotado las fuentes económicas que oxigenaban el aparato

burocrático trayendo como consecuencias finales los traumas a los

trabajadores y al sistema de seguridad social.

El petróleo, factor dominante en la gobernabilidad del mundo, empezó a

imponerse principalmente en aquella década debido a que países tales como

México y Venezuela alimentaron el reciclaje de los excedentes financieros de

los países del medio oriente.

Adicionalmente de la crisis fiscal, también el mundo empezó a sentir las crisis

de funcionamiento del aparato administrativo y finalmente una fuerte crisis de

legitimidad política y gobernabilidad.

La crisis de legitimidad del Estado tuvo expresiones muy diversas dependiendo

de los contextos políticos. Los regímenes militares desarrollistas vigentes en

buena parte de Suramérica – promotores del desarrollo industrial y de masivas

inversiones en infraestructura directamente soportadas por el estado, sin

mucha consideración de su viabilidad financiera y económica. Perdieron el

limitado respaldo popular con que alguna vez habían contado u la capacidad

económica para cooptar a las elites empresariales y financieras. Aunque la

dictadura de Pinochet implanto un modelo de Estado más a tono con las

82

nuevas tendencias liberales de mercado – neoliberalismo – y consiguió poner

rápidamente en pie a la economía después de la profunda crisis de 1982, al

mejorar las condiciones de vida la arriada tradición democrática e institucional

de los chilenos logro restaurar la democracia en 199065.

Pero, ¿Hasta qué nivel ha funcionado la democracia en el mundo? Mientras

que nadie pone en duda el papel que ha desempeñado en naciones como

Estados Unidos, Gran Bretaña o Francia, cuando se analizamos la democracia

en los países más pobres las conclusiones se tornan críticas.

Países como la India es por supuesto, uno de los ejemplos más controvertidos

del debate. Cuando los británicos se negaron a otorgarle la independencia,

manifestaron su ansiedad sobre la verdadera capacidad de los hindúes para

gobernarse.

MARTHA SENN, expone este caso de la India como uno de los más llamativos

de su experiencia, en sus palabras establece que:

“En 1947, el año de la independencia, India se encontraba, de hecho, en

un estado de gran confusión. Un gobierno inexperto, divisiones no

asimiladas y alineamientos poco definidos se combinaban con la

violencia popular generalizada y el desorden social. Resultaba difícil

tener fe en el futuro de una India democrática y unida. Sin embargo,

apenas medio siglo después encontramos una democracia que, con sus

buenos y sus malos momentos, ha funcionado muy bien. Las

divergencias políticas se han abordado dentro de un marco

constitucional y se han sucedido los gobiernos siguiendo las normas

65 LORA Eduardo. El estado de las reformas en América Latina. Fundación Carlos Lleras

Restrepo. 2007.

83

parlamentarias y electorales. India, una torpe, insólita y poco elegante

combinación de diferencias, ha sobrevivido a pesar de todo y funciona

correctamente como unidad política regida por un sistema democrático.

De hecho, se mantiene unida gracias precisamente a la democracia.”66

Existen muchos problemas en torno a la democracia, pero es que lo que si se

debe entender es la ésta, es un proceso que a unos pocos afecta y a muchos

les favorece, pero que lastimosamente esos pocos son más fuertes y mas

organizados, lo cual les permite llegar fácilmente a los escenarios de poder y

decisión.

Uno de los tantos cuestionamientos no son solo con la practica en terreno de la

misma, sino que inclusive sus debilidades inician con puntos tan básicos como

su misma definición.

Cada autor expone su propia serie de tesis y antítesis de la democracia, sus

causas y consecuencias. Los objetivos que se suelen ostentar son por lo

general de carácter idealista. Básicamente todos los líderes políticos aseguran

trabajar para los fines democráticos, pero si realmente fuera así, todos los

estados serían democráticos.

Por otro lado la democracia, también nos presenta dificultades desde el punto

de vista empírico y analítico. La dificultad de definir a la democracia en

términos de fuentes de autoridad o de propósitos de gobierno, ha llevado en las

últimas décadas a enfatizar una definición institucional de democracia.

La democracia tiene un significado útil sólo si se le define en términos

institucionales. La institución clave en una democracia es la elección de los

líderes por medio de elecciones competitivas. La formulación moderna más

importante la hizo JOSEPH SCHUMPETER, en 1942, señalando que:

66 SENN, Martha. "Democracy As a Universal Value." American Educator. 24.2 (2000): 16.Print.

84

“El método democrático es aquel mecanismo institucional cuyo fin es

llegar a decisiones políticas, en la cual los individuos adquieren la

facultad de decidir mediante una lucha competitiva por el voto del

pueblo”. Durante algún tiempo, después de la Segunda Guerra Mundial,

el debate continuó entre los teóricos que adherían a la definición clásica

de democracia, por la fuente o por el propósito, y aquellos que se

inclinaban por el concepto institucional schumpeteriano”67.

Hoy el debate ha concluido y ha predominado la tesis de Schumpeter. El

enfoque institucional posibilita distinguir la democracia de otros sistemas

contemporáneos, a saber, el sistema totalitario y el sistema autoritario.

Según GARCIA VANEGAS, las dimensiones clave por las que se pueden

comparar con la democracia son tres:68

1) La forma en que se eligen los líderes a través de elecciones competitivas u

otros medios.

2) El alcance y la naturaleza de la participación de la ciudadanía en el gobierno.

3) El alcance y la naturaleza del control de la sociedad, en especial el control

de la economía por parte del gobierno. La democracia es competitiva, mientras

que los sistemas autoritarios y totalitarios son no competitivos; los sistemas

democráticos y totalitarios son participativos (el primero con participación

autónoma y el segundo con participación movilizada, en tanto que los sistemas

autoritarios son no participativos. Los sistemas totalitarios ejercen un control

67 SCHUMPETER, Joseph A. Capitalism, Socialism, and Democracy. New York: Harper, 1950.Print

68 GARCÍA VANEGAS, David. Democracia y Constitución.Colombia: Universidad Cooperativa deColombia,. p 25. http://site.ebrary.com/lib/lablaavirtualsp/Doc?id=10154625&ppg=26Copyright © 2006. Universidad Cooperativa de Colombia.

85

amplio o total sobre la sociedad y la economía, mientras que los sistemas

democráticos y autoritarios ejercen solamente un control limitado o moderado.

De las características y requisitos que presenta DAHL para los sistemas

políticos democráticos, totalitarios y autoritarios, queremos sintetizar las

siguientes para efectos de nuestro trabajo:

1. Rol de la ideología limitado central no existe.

2. Forma de cambio gradual revolucionaria no gradual.

3. Participación no amplia o no muy autónoma movilizada limitada.

4. Elecciones efectivas rituales no existen o no son competitivas frecuentes y

no frecuentes.

5. Libertad de expresión poco amplia, no existe, derecho de prensa y de

reunión restringidos.

6. Control de la economía limitado por parte del gobierno a un moderado total.

La definición institucional provee de un sistema referencial práctico para

determinar si un sistema es democrático. Proporciona una serie de puntos de

referencia, agrupados en su mayoría de acuerdo con las dimensiones de de

DAHL de competencia y participación69.

Es importante resaltar el caso de Sudáfrica bajo el régimen del apartheid, en

que el 70% de la población afro del país no pudo ejercer este derecho, o como

ocurrió en Suiza con el voto de las mujeres, hasta hace muy poco tiempo atrás;

y en Estados Unidos, cuando se negó la participación electoral al 10% de la

población afro-americana del sur.

Es reconocido ya mundialmente que la censura, las elecciones fraudulentas, la

coerción y la restricción de reunión o movimiento, son políticas incompatibles

69 DAHL, Robert A. La Democracia Y Sus Críticos. Barcelona: Paidós, 1993. Print.

86

con la democracia. El concepto institucional de democracia ha sido

ampliamente aceptado en Estados Unidos, Europa y ahora también en

Latinoamérica.

Ahora bien, no podemos aplaudir las consolidaciones de la democracia pero

que se visualiza desde el punto de vista formal y no sustancias, es decir,

cuando un Estado se declara democrático pero sus niveles de pobreza y

desigualdad se han profundizado, tenemos que entrar a observar que tipo de

democracia realmente están concibiendo. Es oportuno en este momento

señalar a STRASSER cuando afirma que:

“Dicen que en las últimas décadas del siglo XX la democracia ha

triunfado a escala mundial. Sin embargo, en el mismo tiempo también lo

ha hecho la desigualdad, de manera rampante. ¿Qué es esto? La

democracia no es un régimen cualquiera de gobierno sino la mejor de

las formas políticas comparadas que puede tomar el estado; la

desigualdad, una afrenta o un estigma de la condición social. Y ahora

ambas vienen juntas. Mayor desigualdad social en tiempos de mayor

igualdad política, ¿se trata de una paradoja?”70

En la tercera edición del Índice de la Democracia71 la Unidad de Inteligencia de

The Economist analiza la situación, a noviembre de 2010, de la democracia en

70 STRASSER, Carlos. Democracia & desigualdad: Sobre la "democracia real" a fines del siglo

XX . Argentina: CLACSO, 2005. site.ebrary.com/lib/lablaavirtualsp/Doc?id=10083483&ppg=7

71 El índice de democracia es una medición hecha por la Unidad de Inteligencia de TheEconomist (EIU por sus siglas en inglés), a través de la cual se pretende determinar el rango dedemocracia en 167 países, de los cuales 166 son estados soberanos y 165 son estadosmiembros de las Naciones Unidas. Este estudio fue publicado por primera vez en el año 2006 yha tenido posteriores actualizaciones en 2008 y 2010. La unidad de inteligencia del índice dedemocracia de The Economist basa los resultados en 60 indicadores que se agrupan en cincodiferentes categorías: proceso electoral y pluralismo, libertades civiles, funcionamiento delgobierno, participación política y cultura política. En lo que respecta a la clasificación que se le

87

165 estados y dos territorios, excluyendo el micro-estado. En aras de medir el

nivel de democratización de los regímenes políticos, el análisis se basa en

cinco indicadores: pluralismo y elecciones libres; libertades civiles;

funcionamiento del gobierno; participación política; y cultura política. Asimismo,

plantea otras categorías dividiendo a los regímenes en: democracias plenas;

democracias defectuosas; regímenes híbridos; regímenes autoritarios.

Establece dicho estudio, en palabras de Maria Laura Depetris72: El número de

democracias plenas, encabezadas por Noruega, es apenas de 26 países

(12,3% de la población global), las democracias defectuosas son 53 (37% de la

población), los regímenes híbridos son 33, mientras que los regímenes

autoritarios representan la categoría más numerosa, con 55 países y el 36,5%

de la población mundial.

Es interesante analizar la clasificación en este índice de los países de la región.

Se impone destacar que en la lista de las “democracias plenas”, por parte de

nuestra región sólo aparecen Uruguay y Costa Rica, con puntajes promedio de

8.10 y 8.04 (sobre 10), respectivamente, mientras que la mayor parte de la

región cae en la categoría de “democracias defectuosas” (Chile en la posición

34, Jamaica 43, Trinidad y Tobago 44, Panamá 45, Brasil 46, México 50,

Argentina 51, Colombia 57, El Salvador 61, Paraguay y Perú 62, República

Dominicana 70, Guyana y Guatemala 75). Entre los regímenes híbridos

encontramos algunos países centro y suramericanos (Bolivia 80, Ecuador 87,

Honduras 88, Nicaragua 89, Venezuela 96 y Haití, ocupando la penúltima

posición, 111). Cuba, por su parte, ocupa la posición 121 del ranking,

hace a los países de acuerdo a su puntaje, esta se divide de la siguiente manera: países condemocracia plena, países con democracia defectuosa, países con regímenes híbridos y paísescon regímenes autoritarios.

72 DEPETRIS María Laura es www.analisislatino.com Nota: El informe completo de DemocracyIndex 2010 puede descargarse http://graphics.eiu.com/PDF/Democracy_Index_2010_web.pdf

88

integrando la lista de regímenes autoritarios. De esta manera, se evidencia que

el mapa democrático de la región dista de ser homogéneo.

El reporte demuestra que el puntaje ponderado de la región ha experimentado

un leve descenso entre 2008 y el 2010. Es prioritario entonces observar el

abordaje que el informe desarrolla sobre dos grandes temas: la democracia

electoral y la libertad de prensa. DEPETRIS analiza este punto del análisis

afirmando que:

“Si bien respecto del primero se dictamina que la región goza de una

relativa “buena salud”, alegándose que en la mayor parte de los países

latinoamericanos las elecciones “libres y justas” se encuentran bien

establecidas, se destaca una erosión en la libertad de prensa, reflejando

una tendencia hacia un mayor control y participación en la misma por

parte del gobierno en un gran número de estados latinoamericanos. Los

números hablan por sí mismos: de los 36 países que experimentaron un

deterioro en su puntaje de libertad de prensa entre la segunda y la

tercera edición del índice, 9 son latinoamericanos (Argentina, Bolivia,

Colombia, Ecuador, Guyana, México, Honduras, Nicaragua y Perú). En

este sentido, resulta aleccionador el pronunciamiento del primer

mandatario de la democracia “más plena” de la región, José “Pepe”

Mujica, sobre este tema: “la mejor ley de prensa es la que no existe”73.

Por añadidura, el informe subraya que flagelos como la violencia y narcotráfico,

han impactado negativamente en el posicionamiento en el índice de varios

países de la región. Además, se pone de manifiesto que tres países (Honduras,

Nicaragua y Bolivia), experimentaron cambio sustancial en su clasificación en

la tabla, dejando de ser considerados “democracias defectuosas” para

incorporarse a la lista de regímenes “híbridos”.

73 Ibídem.

89

Es entonces claro que existe un retroceso en la democracia global, según lo

establecido en las estadísticas, la sociedad no atraviesa solamente por

situaciones de crisis económica sino también de crisis democráticas causadas

entre otras razones, por el ascenso al poder de fuerzas populistas con

credenciales democráticas dudosas en algunos países de la región.

Cuando hablemos de retrocesos se nos obliga también referenciar las

situaciones de algunos países tales como los de Turquía e Irán, fuertemente

convulsionados en los últimos tiempos por el manejo y concepción de la

democracia que cada uno de ellos ha querido implementar. Estos dos países,

los cuales tienen una historia muy antigua y cada uno de ellos está tratando de

restaurar lo que consideran “las glorias de su pasado”; en eso se parecen. No

son estados como Jordania, Siria, Líbano o Irak, que fueron creados en 1921,

después de la Primera Guerra Mundial. Turquía y especialmente Irán son

estados que tienen detrás 2.000 o 3.000 años de historia y piensan que ya es

hora de ocupar nuevamente el centro del protagonismo mundial.

Es paradójico tener que observar que precisamente el Oriente Medio es la cuna

de las civilizaciones, pues es precisamente esa carga histórica la que no ha

permitido la consolidación de algunos factores de la democracia, como lo son,

el respeto a la diferencia, la libertad de cultos, la implementación de los

Derechos Humanos y la realización de elecciones libres. Lo que a nuestros

tiempos podemos visualizar es que existe una diversidad de grupos étnicos y

religiosos, y cada uno de ellos está en una especie de marcha de choque entre

sí, que la democracia no ha logrado poder interpretar o eliminar.

90

2.2 DEBILIDADES DE LA DEMOCRACIA COLOMBIANA.

Una verdadera formación democrática, siempre postergada, debería haber

enseñado a los colombianos que cuando el Estado se revela insuficiente para

garantizar la paz pública y para proteger a los ciudadanos, la más urgente tarea

es la de fortalecer ese Estado en términos democráticos, aumentar su

legitimidad volviéndolo mas incluyente, ampliando su base social y dándole los

mecanismos y recursos para combatir o someter a los rebeldes, de modo que

la protección de la sociedad se inscriba en el marco de la ley. La solución

desesperada pero también irresponsable de crear cuerpos militares paralelos,

no sujetos a la ley, es un suicidio público, porque esos cuerpos no tardan

mucho en convertirse en verdugos de toda la sociedad, incluidos aquellos que

inicialmente los financiaron. Además, recurrir al crimen para combatir el crimen

termina convirtiendo a los defensores de la civilización en monstruos idénticos

a aquello que combaten, o peores74.

Otro concepto de gran fuerza de la Constitución parece languidecer. La

"democracia participativa", como complemento indispensable de la

representativa, parecía ser la innovación más destacada de la Asamblea

Constituyente. Sin embargo su aplicación ha sido marginal y el estreno del

referendo constitucional fue en verdad poco auspicioso. Sin embargo, estoy

convencido de que vendrán mejores tiempos para esa participación directa de

los ciudadanos, pues la madurez política de los colombianos va en aumento75.

74 OSPINA William Colombia: La encrucijada .Reforma [México] 18 Mar 2001.

75 NAVARRO WOLFF Antonio Artículo de opinión. Una constitución para perdurar Pese a las

reformas, críticas y algunos desaciertos, la Constitución Política de 1991 creó una nueva

democracia en Colombia. Las amenazas a este nuevo Estado social de derecho aún perduran.

91

Sin embargo, estos procesos de democratización y re-institucionalización vía

participación ciudadana, no han estado exentos de obstáculos de los más

variados tipos, como la falta de voluntad política, de expedición oportuna de

normativas o de provisión de recursos financieros, los cuales han aplazado el

empoderamiento de los derechos políticos participativos así como los

resultados que de dicha actividad política pudieran derivarse. El ejemplo más

ilustrativo de este fenómeno es la limitación a la participación que el mismo

Congreso de la República hizo a través de la Ley Estatutaria de la Participación

(134 de 1994), donde se establecieron exigentes requisitos para garantizar su

legalidad. la Ley Estatutaria se expidió en 1994, pero otro año más tuvo que

pasar para que se asimilaran las normas y se comenzaran a ver intentos de

aplicación y uso de algunos mecanismos participativos. La participación ha

tenido un extenso camino de aprendizaje ciudadano, sin duda tortuoso, cuyo

recorrido ha estado sembrado de trabas e inconvenientes76.

La Constitución aprobada el 5 de agosto de 1886, en lo que tiene que ver con

las funciones de los concejos les fijaba tareas como determinar las

contribuciones y gastos locales, llevar el movimiento anual de la población y

formar el censo civil, pocas, frente a las que le concedió a los departamentos,

razón por la cual Bogotá tuvo una alta dependencia de Cundinamarca. De las

principales novedades que nos trajo dicha Constitución fue la implementación

de las dos cámaras del Congreso de la Republica, el himno, escudo y bandera

de Colombia y se permitió el voto de los hombres mayores de 21 años que

tuvieran alguna profesión u oficio.

Hechos que sin duda alguna aportaron a las medidas que tendían a encontrar

modelos democráticos. No podemos avanzar sin mencionar hechos relevantes

76 COGOLLOS AMAYA, Silvia. El camino tortuoso de la participación ciudadana: una mirada al

Cabildo Abierto en Bogotá., , Colombia: Red Universitas Humanística, 2009. p 5.

http://site.ebrary.com/lib/lablaavirtualsp/Doc?id=10306545&ppg=5

92

para la construcción de nuestra historia democrática, que desafortunadamente

muchos de ellos tuvieron que estar ligadas a procesos sangrientos y violentos

para nuestra sociedad. La Guerra de los mil días, la Separación de Panamá, la

Masacre de las Bananeras, el asesinato de Jorge Eliecer Gaitán y el bogotazo,

el Frente Nacional, el nacimiento de los movimientos guerrilleros, la toma del

Palacio de Justicia y el asesinato del dirigente liberal Luis Carlos Galán

Sarmiento.

De los anteriores hechos, se puede resaltar la importancia que se obtuvo con la

implementación de medidas como las del Frente Nacional, en las que las

opiniones políticas están dividas en cuanto a sus beneficios para el país. El

Frente Nacional desde nuestro punto de vista es una consecuencia de nuestra

cultura política. En su momento, esta medida busco terminar parcialmente con

el enfrentamiento violento de los diferentes sectores políticos que estaban

única y exclusivamente agrupados en dos tendencias, los liberales y

conservadores, pero que se implemento a costa de conceptos tan elementales

en la democracia, como lo es la oposición, la creación y fortalecimiento de

nuevas expresiones políticas y sociales y el derecho a la opción en el voto.

Por otro lado, pero sin perder el contexto de fondo, podemos repasar que el

asesinato de líderes como Jorge Eliecer Gaitán y Luis Carlos Galán Sarmiento,

se configuran como ejemplos en los que la materialización de la democracia ha

sido coartada sangrientamente. Estos dirigentes que se convertían en opciones

de esperanza para el pueblo colombiano fueron asesinados bajo circunstancias

políticas especiales tales como el desarrollo de procesos electorales en los que

se encontraba inmerso el País en su momento, las opciones electorales de que

estos candidatos llegaran a ocupar la Presidencia con fuerte respaldo popular y

por la consolidación de una derecha oculta y armada. Estos tres elementos se

convirtieron en una combinación peligrosa para la construcción de una

sociedad moderna basada en la cultura política decente y progresistas, pero

sobretodo, se constituyo como el arma más letal para la democracia de este

93

país, ya nadie podía opinar diferente y la actividad pública estaba rodeada y

vigilada no por las fuerzas del estado sino por el narcotráfico y su alianza con la

política colombiana.

La sociedad colombiana ha tenido constantes cambios y esto tiene múltiples

causas, una de ellas a manera de ejemplo es la globalización, en la que

recibimos fuertes influencias de algunos países con fuertes tendencias

económicas que siempre tienden a imponerse y a colonizar nuevos territorios.

El entender a nuestra sociedad nos explica varias crisis democráticas por la

que hemos atravesado, pero sobretodo nos permite entender nuestra actual

cultura política.

Un rápido estudio sobre nuestra sociedad colombiana nos lleva a realizar dos

grandes grupos de sociedades democráticas con el fin de podernos ubicar en

alguna de ellas:

Sociedades democráticas heterogéneas. Son aquellas que están diferenciadas

por factores sociales, geográficos y culturales. Las elecciones cumplen el papel

de expresar los diferentes intereses de esa sociedad.77

Sociedades democráticas homogéneas: En éstas, las elecciones cumplen el

papel de legitimación del sistema político, del gobierno o del partido: ratifican el

apoyo o deslegitimación a un partido o coalición (agrupación de partidos o

movimientos); expresan tendencias o preferencias políticas; canalizan los

conflictos hacia soluciones pacificas; conforman la oposición al gobierno y

desarrollan una conciencia y una cultura política.78

77 www.banrepcultural.org

78 www.bandrepcultural.org

94

Desde nuestro análisis, nos encontramos en una sociedad democrática

heterogénea, de ahí parte muchas de las debilidades que vive el País en su

intento de materialización efectiva de la democracia.

En el periodo comprendido de 1982 al 1991, se evidencio en Colombia un

reacomodo del régimen político caracterizado por el desgaste del régimen

bipartidista y excluyente propiciado por la implementación de medidas tales

como la del Frente Nacional. Este acuerdo de partidos trajo consecuencias

nefastas para la institucionalidad generando una percepción negativa nacional

e internacional de la política colombiana.

Las elecciones de 1982 permitieron el inicio de una nueva etapa. Colombia

empezó a vivir un reacomodo del poder que se desarrolló a lo largo de los

gobiernos de Belisario Betancur, Virgilio Barco y César Gaviria. Desde un

partido minoritario, Betancur consiguió el apoyo nacional para darle un vuelco a

la continuidad política. Sin embargo, aunque en el tránsito a un cambio

institucional insinuó un camino distinto en el tratamiento del orden público y el

funcionamiento de algunas instituciones clave, las fricciones con los mandos

militares, el fracaso de la primera etapa de los diálogos de paz y el hecho

histórico del Palacio de Justicia impidieron el logro pleno de su objetivo.

El régimen político se encontraba gravemente amenazado. Pese a sus

errores, la guerrilla adquiría el perfil de oposición armada legítima, o, como

mínimo, se adueñaba de un espacio como opción política. La conformación

de un nuevo régimen no podía, por tanto, desconocer el espacio alcanzado

por la insurgencia. Con este propósito, Barco lanzó el documento "Iniciativa

para la paz", el cual fue inicialmente rechazado con un discurso tradicional

pero posteriormente asumido por el M-19. Las violencias experimentaban un

crecimiento acelerado y no era descabellado pensar que si no se

95

encontraba una solución política podría generalizarse una guerra sin

perspectivas, con asiento en algunas regiones del país.

En esas circunstancias, César Gaviria se impuso como candidato liberal. La

ausencia de liderazgo debido al asesinato de Luis Carlos Galán genero el

ambiente propiciado por la Familia Galán de que el sucesor más correcto y

oportuno era entonces Cesar Gaviria, fue así entonces como el hijo mayor del

mártir anunció que quien recogería las banderas de su padre seria Gaviria.

Desde ahí se inicia una fuerte cruzada electoral resultando victorioso,

regresando al Partido Liberal al Palacio de Nariño. Esta dinámica política

inspirada en el Galanismo, se fundamento en la lucha contra la clase política,

representada en la aspiración presidencial de Hernando Duran Dussán. El

anuncio de una renovación generacional le permitió un nuevo reacomodo al

círculo del poder, el cual lideró un proceso de cambio político mediante la oferta

de diálogo y negociación con la guerrilla, y la convocatoria a una Asamblea

Constituyente.

La paz inicia formularse con un punto de vista distinto, ya no consistía

simplemente en la negociación con la guerrilla y el cese al fuego, sino también

en la búsqueda de fórmulas que permitieran legitimar las instituciones y

dotarlas de la capacidad para resolver los conflictos de la sociedad colombiana.

El intento y la percepción de los ciudadanos colombianos de poder encontrar la

paz, fue elemento inspirador de primera línea para la Constitución de 1991, las

crisis de legitimidad y de gobernabilidad en la que se vivía en los años 80 iba a

ser superado por el consenso y trabajo democrático de la Asamblea

Constituyente. A partir de esta recuperación se desataría una contraofensiva

del clientelismo, la corrupción y las viejas maneras de hacer política.

Una de las medidas de las tendencias opositoras al intento democrático de la

construcción de nueva Constitución, fue la de generar la opinión de que la la

96

Asamblea Nacional Constituyente (ANC) resultó insuficiente, pues no logró

conmover el abstencionismo ni aglutinar todas las fuerzas insurgentes y

apenas movilizó algunos sectores de opinión.

Sus alcances resultaron limitados, pese a la propuesta gubernamental de que

la discusión sobre las transformaciones económicas y sociales no se diera en

la mesa de negociación sino en ese "gran escenario" donde estarían

representados amplios sectores de la sociedad.

Ahora bien, todos los hechos históricos que hemos relacionado en Colombia,

pareciera no suficiente. En nuestro país es notable ver en algunas

circunstancias debates políticos carentes de contenido ideológico, por la baja

participación electoral, por la ineficacia política de los movimientos sociales y

sindicales, por la debilidad endémica de la izquierda y, entre otras muchas

cosas, por la evidente imposibilidad de que un hombre o mujer pobre pudiese

ser elegido Presidente.

Un tema radical para abordar nuestra democracia y sobre todo la cultura

política del país, es entrar a revisar su educación, calidad y acceso. En cuanto

a este tema un estudio realizado por el Banco de la Republica establece que:

“Colombia no ha estado nunca a la cabeza de la extensión de la

educación pública, ni siquiera en el ámbito latinoamericano, en cambio la

evolución de su situación demográfica se destaca frente a la de los

países vecinos.” 79

79 Colombia en el siglo XIX: ¿Un caso de éxito? Banco de la Republica. 2005.

97

Las Universidades Públicas se constituyen como el factor prioritario de

construcción de sociedad, es más un deber que un derecho. Formase y

prepararse intelectual y académicamente es uno de los principales valores que

debe aportar el ciudadano. La educación hay que verla como un deber y una

obligación de los actores sociales, por muchas razones, unas de ellas es que

en la medida que avance la preparación de la ciudadanía podrá aportar más y

retribuir a su sociedad, adicionalmente, es claro que el progreso de la

educación en un ciudadano aporta de igual manera a su concientización hacia

lo público, con sus deberes y obligaciones. Es evidente que no se podrá exigir

más a quien no ha tenido la oportunidad de desarrollar sus capacidades y

actitudes, o a quienes no tienen la conciencia y la cultura de asumir la

ciudadanía como un valor obligatorio inherente a la sociedad a la que hace

parte.

Consideramos que las falencias de la educación son las principales causas de

las fallas estructurales de la democracia colombiana, mientras se mantenga la

percepción del individualismo, la cultura de no progresar, de las actitudes

facilistas, de que el desarrollo intelectual no es necesario, del rechazo al

cambio, entre otros, la sociedad colombiana se ve atornillada a vivir en el

pasado repitiendo una y otra vez las historias desafortunadas del País.

Otro punto importante que hay que analizar con el fin de describir las

debilidades de nuestra democracia son los cambios en el rol de la mujer en la

sociedad colombiana, solo desde hace pocos años este tema ha sido tratado

en la seriedad que este amerita.

Al respecto el Banco de la Republica referencia a la importancia de la mujer

colombiana en la construcción histórica de la democracia, reconocimientos en

algunas ocasiones arrebataos u omitidos por la persistencia absurda y

retrograda del machismo colombiano. Nuestra sociedad aun no ha podido

superar la cultura patriarcal que desafortunadamente en muchos casos se ve

98

reflejado en la violencia, en la desigualdad de oportunidades, en salarios

injustos y en y en general en las condiciones de desventaja que siempre se ha

encontrado las mujeres en este país, la inseguridad, acosos sexuales y el

maltrato sicológico.

Sin embargo, si hay que resaltar el avance sustancial que hemos tenido en la

materia, actualmente contamos con la obligación normativa de las cuotas de

género para la composición del poder público, organizaciones de mujeres con

movimientos influyentes y la concientización de varias mujeres de empoderarse

de no solo el discurso de igualdad de géneros sino de la política en el país.

“La Colombia fue una de las últimas naciones latinoamericanas que

concedieron igualdad de derechos políticos a la mujer, y ésta hubo de

esperar tres años, después de haber adquirido el derecho al voto en

1954, para ejercitarlo. Desde entonces, sin embargo, las mujeres no

solamente votan sino que son elegidas; la proporción de mujeres en el

Congreso colombiano es casi la misma que en el de Estados Unidos, en

donde empezaron a participar en elecciones nacionales tres decenios

antes.”80

Los medios de comunicación constituyen otro hilo conductor para el

fortalecimiento de la democracia. Sin duda alguna, el hecho de que en la

Constitución Política de 1991 se haya declarado el valor fundamental de la

libertad de pensamiento y al respeto a la diferencia demuestra el carácter

progresista de una Constitución que ha querido ser tachada por algunos, entre

esos, lo beneficiarios de la misma. Es evidente a los ojos de cualquiera, que

actualmente los medios de comunicación priorizan cualquier otra actividad

“artística” que la promoción a los desarrollos de pensamiento político y del

80 Ibídem.

99

fortalecimiento de la construcción de ciudadanos y ciudadanas libres de

prejuicios ilegales, amarillistas, conformitas y antipolíticas.

La independencia en el valioso desarrollo periodístico es eje fundamental para

la puesta en marcha de generación de la opinión. Los medios de comunicación

generar y construyen la opinión de la ciudadanía y es precisamente de este

criterio construido que el votante toma su decisión de representación, de allí

que radica su importancia.

Cabe rescatar, que las nuevas tecnologías han promovido la incursión de

muchos más ciudadanos en la vida pública, no hay mecanismo mas

democrático de expresión que el Twitter y el Facebook. Estos mecanismos no

distinguen entre sexos, razas, culturas, costumbres, nacionalidad ni posición

social para ubicar en situaciones de igualdad a un Alcalde a un ciudadano.

Nuestro régimen democrático, debe demostrar que realmente hemos dejado

muchos siglos atrás la hegemonía y los regímenes monárquicos en el poder.

No basta con declararse monárquico para serlo, en muchas ocasiones, las

huellas y las realidades en un País tienden a parecerlo. El hecho de que un

país el poder presidencial se encuentre principalmente en familias e hijos que

siempre lo han mantenido históricamente, demuestra el fuerte poder que aun

posee las influencias hegemónicas que la invaden.

2.3. FALENCIAS DE LA DEMOCRACIA EN BOGOTÀ D.C.

Las debilidades de la democracia no se pueden generalizar adjudicándolas

todas ellas a los responsables y directivos del servicio público, como tampoco a

los dirigentes políticos y candidatos que van a componer las corporaciones

públicas, pero si debe resaltar que en ellos se basa de la materialización de la

100

democracia representativa y participativa, de ahí su importancia y alto grado de

señabilidad por su responsabilidad.

En los últimos años, Bogotá ha estado incurso en fuertes escándalos de

corrupción y de malas prácticas por parte de los dirigentes de lo Público, esto

sin duda alguna, ha bautizado la práctica política con descredito. Estos

situaciones avergonzaste para nuestra cultura política y social se ha originado

por el afán en la conquista del poder, y habiendo emprendido un proyecto

familiar y personal, en el entendido que en una campaña al Concejo se

concentran esfuerzos e inversiones colectivas, en razón al elevado costo de las

mismas (por encima de los mil millones de pesos en la actualidad), algunos

aspirantes a esta Corporación pueden caer en la trampa de prometer

imposibles (incurriendo en practicas que redundan en la Demagogia).

Como resultado, desde el punto de partida de este proyecto político y

económico denominado candidatura, y toda vez que la actividad desarrollada

hace que escaseen los recursos, el aspirante al Concejo en búsqueda de

patrocinios (independientemente de su procedencia legal o ilegal) puede llegar

a endeudar su gestión, presentado a futuro escándalos por esta razón.

Aunado a ello es importante tener presente el hecho que algunos aspirantes a

esta Corporación pueden llegar a ser representantes de monopolios políticos o

económicos, siendo esta imposición nefasta y lesiva para los intereses del

conglomerado, toda vez que no solo impone al miembro de un estamento, sino

que el mismo lleva consigo las sombras de la democracia, que reclaman

“reciprocidad”.

Hemos querido determinar 2 factores básicos a los que los Concejales deben

dar batalla diariamente para que no se configure una sombra o falencia sobre

101

la democracia en Bogota, debido a que pueden terminar siendo influenciados

en la gestión de un Concejal.

El primero de ellos, es el que podría ser considerado como los motivos

personales, que permitieron el llegar a ser electo en la Corporación, los cuales

puedes ser considerados previos como:

A) Deudas Económicas y Políticas adquiridas en Campaña, de las cuales

deviene la no aprobación (abstención de voto) de los acuerdos que vayan en

contravía y detrimento de acreedores y/o monopolios político económicos que

indirectamente se representan, de manera tal que la gestión en si misma no es

realizada por el Concejal, sino por y para las sombras de corrupción de las

cuales se convierte en vocero.

B) La Burocracia y el Clientelismo, ello en razón a que este tipo de practicas

generan un impedimento tácito para votar a favor de acuerdos que vayan en

detrimento de los intereses de las entidades donde se tiene las “cuotas

políticas”, pues la aprobación de estos deviene necesariamente en la

materialización de ese temor de exclusión, de contera en la perdida potencial

electoral.

C) Presión de la comunidad que elige al miembro de la Corporación,

factor que sin duda alguna es determinante, pues la comunidad en ejercicio

pleno de los deberes y garantías que consagra un régimen democrático,

reclama vehementemente la ejecución de abras, el arreglo de vías, la

construcción de parques, el suministro de dotaciones, y sin lugar a dudas una

parte de esa “cuota burocrática”, so pena de la perdida de credibilidad política.

El segundo factor, que podría ser considerado como producto de la elección, y

tendrá que ser analizado de manera posterior, es la indebida interacción del

Concejal, frente a un Alcalde Mayor en búsqueda de gobernabilidad en la cual

se puede prestar para utilizar tradicionales artimañas políticas ofreciendo

102

dadivas a cada uno de los miembros de la corporación. A lo largo de la historia

socio-política del país han existido prácticas por demás notorias, que

constituyen parte de las tradiciones y costumbres de los gobiernos, las mismas

que ejercen un nivel de presión gigantesco en los entes de Control Político

como el Concejo de Bogotá.

La primera de esas practicas de vieja usanza, la puede constituir la colocación

de nombres en la lista de candidatos aspirantes a la Dirección de un órgano

de Control, valga decir los candidatos a Contralor y Personero Distrital, ello

obedeciendo a la necesidad de posiblemente anular su ejercicio y adormecer

el efectivo ejercicio de las funciones legales (sin duda el caso del ex alcalde

Samuel Moreno y Francisco Rojas Birry)

Otros generadores efectivos de presión pueden ser la imposición de candidato

a la Presidencia del Concejo, a fin de impartir celeridad a los trámites, generar

un ambiente en donde sean imperantes las buenas relaciones silenciadoras de

conflictos y determinantes para garantizar la gobernabilidad, así como la

detección de las cuotas burocráticas cual deviene en el condicionamiento para

la aprobación de acuerdos.

2.3.1 ANALISIS COMPARATIVO DE LAS ELECCIONES 2007 FRENTE ALAS DE 2011.

Aunque inicialmente, el proyecto de monografía pretendía realizar un estudio

sobre la forma como se conformo el Concejo Distrital de Bogotá, para el

periodo 2008-2011, ante la inmediatez de las elecciones llevadas a cabo el 30

de octubre de 2011, en las cuales se integro el Concejo que cumplirá sus

funciones a partir del mes de enero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de

2015, el análisis se realizara de manera comparativa.

103

Actualmente el Concejo de Bogotá es la primera autoridad político

administrativa de la capital colombiana, su composición por mandato

Constitucional llega hoy a cuarenta y cinco (45) concejales. El 28 de octubre

del año 2007 de una población votante según el censo electoral expedido por la

Registraduría Nacional del Estado para esta elección en particular era de

4.378.026, solo acudieron a las urnas votando el 46.97%, es decir, sufragaron

para elegir Concejales en Bogotá solamente 2.056’175 ciudadanos

colombianos residentes en esta capital en un total de 10.095 mesas instaladas

en las veinte localidades que componen el territorio capitalino.81

Del análisis de los anteriores datos estadísticos, se puede concluir que no se

ha logrado crear una cultura de participación en la ciudad, el abstencionismo

supera ampliamente el grado de participación. Algunos sectores de opinión

consideran que ello hace que el cabildo carezca de legitimidad, porque aunque

el concejo es legalmente, por la baja participación electoral, no obstante ello

no resulta ser cierto por cuanto el proceso electoral se cumple dentro del ritual

consagrado por el legislador. Situación de la cual nos ocuparemos al final de la

presente monografía, cuando realicemos la evaluación de resultados y de

propuestas, desde ya, consideramos que es necesario la implementación del

voto obligatorio.

Para terminar el análisis estadístico es necesario recordar en esta monografía,

que para el año 2007, como ya se dijo, votaron 2.056.175, los cuales se

distribuyeron de la siguiente manera: total de votos validos fue de 1.834.613,

desagregados en 1.579.321 votos para las diferentes listas, 255.292 votos en

blanco, votos nulos 149.387, y los votos no marcados fueron de 72.175.82

81 Pagina web Registraduria Nacional del Estado Civil.82 Ibidem

104

Aplicando la regla electoral de orden Constitucional vigente, es decir el sistema

del umbral y de la cifra repartidora, para sacar el umbral se dividen los votos

validos en las curules a proveer ( cociente electoral) en este caso los votos

validos fueron de 1.834.613 divido en 45 dando un resultado de 40.769 para

luego dividirlo en dos dando un resultado de 20.384 cifra esta denominada el

umbral entonces todas las listas de los partidos políticos que participaron y que

igualaron o superaron el umbral entran a jugar por la cifra repartidora que arrojo

un total de 30.219 votos, después se divide el total de votos validos de cada

partido que supero el umbral por la cifra repartidora y el resultado son las

curules por cada partido a proveer, cuyo resultado puede ser observado en el

anexo numero uno (01)para el 2008 y diez (10) para 2012.

De la revisión de los datos contenidos en dichos anexos se llega a la siguiente

conclusión:

1-En la contienda electoral del año 2007 participaron 17 partidos políticos para

elegir concejales de Bogotá en las elecciones de 2007, de los cuales solo diez

(10) pudieron pasar el umbral establecido por mandato Constitucional, así

mismo podemos observar que pese a ser una elección local, la influencia de la

coalición de gobierno a nivel nacional, tuvo una importantísima caída electoral,

no obstante la fama de que en Bogotá se impone el voto de opinión, pues los

partidos políticos apoyados por el Presidente de la República, de esa época,

Álvaro Uribe Vélez obtuvieron en el Concejo de Bogotá 24 curules de las 45

en disputa.

Mientras que en las elecciones celebradas en el 2011 para la integración del

Concejo periodo 2012 a 2015, participaron 11 partidos o movimientos de los

cuales alcanzaron el umbral 10, que obtuvieron representación en el cabildo,

notándose un reacomodamiento del espectro electoral de la ciudad, referente al

Concejo Distrital. Reacomodamiento que se dio, como producto de las

105

denuncias sobre el llamado “Carrusel de la contratación”, hecho que ocasiono

la debacle electoral del Polo Democrático Alternativo, que paso de tener 8

cabildantes a conservar cuatro, de los cuales tres son repitentes.

Sin embargo resulta paradójico, que el partido de la “U” que hizo parte de la

coalición del gobierno Distrital 2008-2011, elija el mismo numero de concejales

elegidos en el 2007, es decir, tenia ocho concejales elegidos en dos mil siete y

conservo los mismos 8, renovando solo dos curules, los demás repiten, lo cual

refleja que la opinión publica no tiene mucha claridad sobre la función de

control político que debe cumplir el Concejo.

2- El género femenino estuvo representado con nueve (9) curules de las

cuarenta y cinco existentes (45), distribuidas así: en el Partido Liberal con tres

(3), el Partido Cambio Radical con tres (3), Polo Democrático con una (1),

Partido Conservador con una (1) y el Partido de la Unidad Nacional (U) con una

(1). Las demás curules son ocupadas por hombres. (Ver anexo 02). Mientras

que para el nuevo Concejo resultaron elegidas ocho (8) mujeres. Distribuidas

así: Dos por progresistas, una por el partido verde, dos por el partido de la “U”,

una por el partido liberal, una por el partido conservador y una por el

movimiento Mira. Situación que no deja de ser sorpresivo, puesto que las

últimas administraciones han aumentado de manera considerable la

participación femenina en la dirección de las mismas, igualmente no deja de

despertar interrogantes; él porqué en el partido Polo Democrático Alternativo,

que ha manejado la administración del Distrito Capital, y que le ha dado gran

participación a la mujer y a la comunidad LGTB no logre elegir ninguna mujer al

Concejo y menos representantes de dicha comunidad.

3-La mayoría de los partidos que participaron en las dos contiendas electorales

presentaron listas abiertas con voto preferente a excepción del movimiento

Mira que participo con lista cerrada, sin voto preferente, accediendo al Concejo

106

de la ciudad con dos (2) curules, ambos varones en el 2007 y una dama y un

varón en las elecciones de 2011.

En las elecciones del año 2007 se dio una renovación cercana al cuarenta y

cinco por ciento (45%) de los miembros del Concejo de la ciudad, en ese

periodo. Mientras que para el periodo 2012 - 2015, sólo resultaron reelectos 22

de los 45, es decir, que se renovó el Concejo en un poco mas del cincuenta

(50%) lo cual debe considerarse satisfactorio para la actividad del cabildo y el

control político de la administración.

Sin embargo, no podemos dejar de resaltar el hecho de que a raíz del llamado

“Carrusel de la Contratación” se le inicio investigación preliminar a diez y siete

concejales de los cuales fueron reelegidos nueve (09). Frente a temas como

este, el “Programa Concejo Cómo Vamos”, resaltó en varias publicaciones:

“Entre los retos del nuevo Cabildo. Entre ellos se encuentra el

fortalecimiento de la relación con la ciudadanía. Alexandra Rodríguez,

coordinadora del programa, dijo “se deben seguir haciendo esfuerzos

para que los ciudadanos sepan cuáles son las funciones de la

corporación y así evitar falsas expectativas respecto a sus logros.

También debe haber una organización interna adecuada para responder

a las coyunturas de la capital por ejemplo en el tema del carrusel la

percepción de los habitantes es que el Concejo estuvo ausente".

Es importante resaltar del anterior estudio que respecto a la renovación del

Cabildo, ya que la mitad de los concejales fueron reelegidos, asegura este

análisis que durante las últimas tres elecciones la renovación no ha variado

mucho y la tendencia de cambio ha sido aproximadamente del 45%. De ellos,

algunos como Carlos Vicente de Roux, Martha Ordóñez, Celio Nieves y María

Victoria Vargas, se han destacado por su buen desempeño en el Concejo.

107

Rodríguez indica que su participación puede favorecer la dinámica de la

Corporación.

Por otra parte, hay rostros nuevos y jóvenes como el de Miguel Uribe Turbay.

Rodríguez también destaca que llegan por primera vez personas que han

tenido experiencias importantes en la política o en cargos públicos como

Hosman Martínez (del Partido Verde) quien fue edil de Fontibón o Venus

Albeiro Silva (del Polo) quien estuvo en el Congreso. Esta trayectoria podría ser

una fortaleza para que logren desempeñar un papel activo en los primeros

meses de trabajo.

Frente a este panorama la incertidumbre sigue siendo el caso de los 11

reelegidos llamados a indagatoria preliminar por la Fiscalía por sus posibles

nexos en el cartel de la contratación. Advierte el estudio:

“Necesitamos que la investigación se acelere para saber qué pasa con

las curules de estos concejales. Si algunos de ellos resultan implicados

en este caso de corrupción, perderían su puesto y serían reemplazados

por los aspirantes que los siguen en la lista de votación del mismo

partido”.83

Al continuar con el análisis comparativo en las elecciones del 2011 resultaron

reelectos cuatro representantes del Partido Polo Democrático Alternativo.

Dentro del nuevo movimiento Progresista se reeligieron dos ex militantes del

mismo partido, así como lo hizo Antonio Sanguino en el Partido Verde. Lo que

queremos significar es que la izquierda no obstante el descalabro de la

administración de Moreno Rojas y la división del Polo, precisamente por el

llamado “Carrusel de la Contratación” no perdió la alcaldía, así como logro

83 EL ESPECTADOR. Redacción Bogotá. DOS (02) DE NOVIEMBRE DE 2011.

108

pasar de tener 8 concejales a tener 13; distribuidos entre el Movimiento

Progresista, Polo Democrático y Partido Verde.

Apreciando el fenómeno a través de las cifras, tenemos, que curiosamente en

las elecciones de 2007, el único partido que se reclamaba de izquierda en el

cabildo tuvo porcentualmente el mas bajo nivel de renovación de sus figuras,

la distribución de los concejales reelectos se da de la siguiente forma : siete (7)

del Partido Polo Democrático, cinco (5) del Partido Liberal, cinco (5) del Partido

Cambio Radical, Tres (3) del Partido Conservador, dos (2) del Partido de la

Unidad Nacional (U) (estos dos miembros militaban en otros partidos), Uno (1)

del Partido Mira, Uno (1) del Partido Alas Equipo Colombia, Concejal que era

un reconocido miembro del Partido Conservador y del Partido Pacto uno (1).

Al continuar con el análisis comparativo en las elecciones del 2011 resultaron

reelectos cuatro representantes del Partido Polo Democrático Alternativo.

Dentro del nuevo movimiento Progresista se reeligieron dos ex militantes del

mismo partido, así como lo hizo Antonio Sanguino en el Partido Verde. Lo que

queremos significar es que la izquierda no obstante el descalabro de la

administración de Moreno Rojas y la división del Polo, precisamente por el

llamado “Carrusel de la Contratación” no perdió la alcaldía, así como logro

pasar de tener 8 concejales a tener 13; distribuidos entre el Movimiento

Progresista, Polo Democrático y Partido Verde.

Curiosamente en las elecciones de 2007, el único partido que se reclamaba

de izquierda en el cabildo tuvo porcentualmente el mas bajo nivel de

renovación de sus figuras, la distribución de los concejales reelectos se da de

la siguiente forma : siete (7) del Partido Polo Democrático, cinco (5) del

Partido Liberal, cinco (5) del Partido Cambio Radical, Tres (3) del Partido

Conservador, dos (2) del Partido de la Unidad Nacional (U) (estos dos

miembros militaban en otros partidos), Uno (1) del Partido Mira, Uno (1) del

109

Partido Alas Equipo Colombia, concejal que era un reconocido miembro del

Partido Conservador, del Partido Pacto uno (1) pastor de una iglesia cristiana.

Otra situación en las elecciones de 2007, se confirmo la regla, de la cual

hablábamos antes, en el sentido en que el Concejo de Bogotá es la escuela de

la clase política colombiana, precisamente en dicha jornada electoral resulto

elegido por primera vez uno de los hijos del extinto Luís Carlos Galán.

CARLOS FERNANDO GALAN, los bogotanos lo eligieron con 48. 162 votos.

Fue una de las mejores votaciones registradas, algunos sectores de opinión

consideraban que el hecho de ser hijo del dirigente asesinado, favoreció su

elección. Sin embargo, su desempeño en el Concejo, demostró que tiene los

meritos suficientes para realizar una buena labor dentro de la Corporación de la

ciudad.

Dicha situación, tampoco fue la excepción en las elecciones de 2011; en

efecto, se presentaron el hijo mayor del dirigente liberal Horacio Serpa Uribe y

el nieto de Julio Cesar Turbay, quienes resultaron electos con muy buenos

resultados, y lo mas destacable, es que son las dos únicas figuras que llegan

como novedad al Concejo por el Partido Liberal.

2.3.2 ¿EXISTE DEMOCRACIA EN BOGOTA?

La respuesta es positiva, en efecto el Constituyente de 1991, dentro de los

artículos de transición facultó al legislador para reestructurar todo el régimen

político administrativo de el Distrito Capital y ante el incumplimiento de este fue

el ejecutivo quien a través del Decreto Ley 1421 de 1993, expidió el estatuto

que rige la Ciudad y en el se puede observar, el diseño mediante el cual en la

capital diferentes formas de democracia. De una parte nos encontramos con

formas de democracia participativa, mediante la participación de la

comunidades en los diversos concejos y comisiones del plan, de desarrollo, de

110

la cultura, etc... En otra nos encontramos con formas de democracia

representativa en la elección de Concejales, Alcaldes y Ediles; mientras que

también nos encontramos con formas de democracia indirecta cuando de elegir

alcaldes locales se trata.

Existen procesos que han ido consolidado la democracia participativa, a partir

de la Constitución Política de 1991, la cual representa un punto de partida para

la participación ciudadana, como quiera que es a partir de su promulgación,

que se empezó a institucionalizar y legitimar el tema, al igual que elevarlo al

estatus de valor constitucional, por medio de mecanismos como las audiencias

en donde se escuchan las comunidades en la formulación de proyectos de

obras a desarrollar que de alguna manera afectan a esas mismas

comunidades, de rendición de cuentas.

Precisamente el Estatuto de Bogotá D.C. decreto –Ley 1421 de 1993 establece

en su artículo 6 numeral segundo que:

“El Concejo dictara las normas necesarias para asegurar la vigencia de

las instituciones y mecanismos de participación ciudadana y comunitaria

y estimulara y fortalecerá los procedimientos que garanticen la veeduría

ciudadana frente a la gestión y la contratación administrativa”

A nivel local se encuentran: el Decreto 425 de 199584, el Decreto 739 de

199885 y el Acuerdo 13 de 200086. Igualmente existen mecanismos

84 Decreto 425 de 1995, por el cual se fijan los procedimientos para la elaboración de los

proyectos del Plan de Desarrollo Local en el Distrito Capital.85 Decreto 739 de 1998: por el cual se fijan los procedimientos para la elaboración, aprobación,

ejecución y seguimiento de los Planes de Desarrollo Local, y se establecen mecanismos y

espacios permanentes para la participación de la ciudadanía en los procesos económicos,

sociales, culturales y políticos de la vida local.

111

participativos que se han venido implementando en el Distrito, tales como los

encuentros ciudadanos, los consejos locales de planeación, lamentablemente,

tanto los ciudadanos como la administración, no le dan el concepto institucional

permanente o un espacio amplio de participación que posibiliten nuevos

procesos, sino que en muchos casos se acogen como un requisito meramente

formal en la formulación del Plan de Desarrollo Local.

Un ejemplo de lo que venimos exponiendo lo constituye los Consejos Locales

de Juventud, los cuales son organismos colegiados de carácter social,

autónomos, tienen la calidad de asesor y consultivo de la Administración

Distrital y Local en las políticas, Planes de Desarrollo, proyectos e iniciativas de

temas que involucren a la juventud bogotana. Sin embargo, una de sus

grandes falencias radica en que sus conformaciones no cuenta con el apoyo

institucional adecuado, ni con la suficiente publicidad, ni campañas de

acercamiento a los jóvenes. En la misma dirección, se concibieron los

Consejos Locales de Cultura, cuyo objetivo principal es el de estimular el

desarrollo cultural a nivel local y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida

de las comunidades.

Dichos consejos, son entes articuladores de las actividades relacionadas con el

fomento, la promoción y la difusión del patrimonio cultural y artístico y tienen

como tarea vigilar la ejecución del gasto público invertido en cultura y asesorar

al Gobierno Distrital o local en la formulación, implementación y ejecución y las

políticas y los planes culturales.

86 Acuerdo 13 de 2000 proceso de mayor consolidación de la democracia participativa. Se

crean figuras y espacios importantes para la participación de diversos grupos u con intereses

diferentes, con el fin de dar mayor cobertura e inclusión a la comunidad en la ciudad.

112

Sin embargo, estas organizaciones puede en muchos casos resultar siendo

utilizados para beneficios proselitistas, no se les da la importancia necesaria

como sujetos activos de participación en los procesos de toma de decisiones,

por que se ven frustradas sus aspiraciones al no ver efectivamente reflejados

sus aportes y opiniones en la política distrital.

A nivel nacional, el legislador ha creado mecanismos de participación en las

políticas publicas; tales como la revocatoria del mandato, la consulta popular,

el plebiscito y voto programático, mediante los cuales los ciudadanos que

votan para elegir a sus gobernantes y alcaldes, imponen como mandato al

elegido el cumplimiento del programa de gobierno que haya presentado como

parte integral en la inscripción de su candidatura y si éste no cumple, puede ser

revocado por decisión de la ciudadanía.87.Lamentablemente en la praxis

democrática colombiana no ha resultado exitosa dicha figura.

87 Ley 131 de 1994 Por la cual se reglamenta el voto programático.

113

CAPITULO 3.

UNA PROPUESTA PARA SUPERAR LAS SOMBRAS DE LA DEMOCRACIAEN BOGOTÀ D.C.

La participación y la representación adquiere en este análisis un carácter

fundamental, entendiendo que la misión del Concejo de Bogotá es actuar como

suprema autoridad en materia político administrativa, ejercer el control político

a la administración Local y Distrital y expedir normas para promover el

desarrollo integral de la ciudad y sus habitantes, en cumplimiento de los fines

esenciales del Estado social de derecho, es prioritario entender, la importancia

que reviste dicha Corporación como importante espacio de expresión

democrática y de vocería de la ciudadanía creada constitucionalmente.

Para lograr este entendimiento, se hace necesario entrar en el análisis del

núcleo constitucional a través de los métodos de interpretación constitucional,

que nos lleve a la comprensión del origen del artículo 323 de la constitución,

que contiene el paradigma normativo, sobre el cual se sujeta la institución

democrática del Concejo en la ciudad de Bogotá.

Texto original de la Constitución Política de 1991:

“ARTÍCULO 323. El concejo distrital se compondrá de un concejal

por cada ciento cincuenta mil habitantes o fracción mayor de

setenta y cinco mil que tenga su territorio. En cada una de las

localidades habrá una junta administradora, elegida popularmente

para períodos de tres años, que estará integrada por no menos de

siete ediles, según lo determine el concejo distrital, atendida la

población respectiva.

114

La elección de Alcalde Mayor, de concejales distritales y de ediles

se hará en un mismo día para períodos de tres años. Los alcaldes

locales serán designados por el Alcalde Mayor de terna enviada

por la correspondiente junta administradora.

En los casos taxativamente señalados por la ley, el Presidente de

la República suspenderá o destituirá al Alcalde Mayor.

Los concejales y los ediles no podrán hacer parte de las juntas

directivas de las entidades descentralizadas.”

Texto actual Acto Legislativo No. 2 de 2002 y Acto Legislativo 3 de 2007:

“Artículo modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo No. 2 de

2002. El nuevo texto es el siguiente:>

<Inciso modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 3 de 2007.

Rige a partir de las elecciones que se celebren en el año 2007. El

nuevo texto es el siguiente:> El Concejo Distrital se compondrá de

cuarenta y cinco (45) concejales.

En cada una de las localidades habrá una junta administradora

elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años que estará

integrada por no menos de siete ediles, según lo determine el

concejo distrital, atendida la población respectiva.

La elección de Alcalde Mayor, de concejales distritales y de ediles

se hará en un mismo día por períodos de cuatro (4) años y el

alcalde no podrá ser reelegido para el período siguiente.”

En estos dos textos se pude deducir la razón por la cual, la sombra de la

democracia capitalina aparece sobre nosotros, tal y como GUY HERMET,

establece citando a ARTHUR YOUNG, la democracia capitalina es una

115

democracia que cada día avanza más a la exclusión, si nosotros hacemos un

paralelo de lo que representó el pasado, y lo que hoy es el futuro:

Antes de la reforma Después de la reforma

El Concejo Distrital se compondrá de

un concejal por cada ciento cincuenta

mil habitantes o fracción mayor de

setenta y cinco mil que tenga su

territorio

El Concejo Distrital se compondrá de

cuarenta y cinco (45) concejales.

Esta es la situación que merece un cuidadoso análisis de los hechos, la norma

constitucional y las consecuencias de la crisis de representación ciudadana en

el Distrito Capital.

3.1. ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL DISTRITO.

RADIOGRAFIA ESPACIAL Y DEMOGRAFICA DEL DISTRITO CAPITAL.

El Distrito Capital se subdivide en 20 localidades y en estas se agrupan más de

1.200 barrios que hay en el casco urbano de Bogotá. Salvo la localidad de

Sumapaz que es área rural, las demás localidades se consideran parte del

territorio urbano.

Cada localidad cuenta con una Junta Administradora Local -JAL-, integrada por

no menos de siete ni más de once miembros, elegidos por votación popular

para un período de cuatro años que deberán coincidir con el período del

Concejo Distrital.

Las JAL cumplen funciones concernientes con los planes y programas

distritales de desarrollo económico y social de obras públicas, vigilancia y

control a la prestación de los servicios públicos en su localidad y las

inversiones que se realicen con los recursos del Distrito Capital, además de lo

concerniente a la distribución de las partidas globales que les asigne el

116

presupuesto distrital y, en general, velar por el cumplimiento de sus decisiones,

recomendar la adopción de determinadas medidas por las autoridades del

Distrito Capital, y promover la participación ciudadana.

Las localidades son:

Usaquén Chapinero Santa Fe San Cristóbal

Usme Tunjuelito Bosa Kennedy

Fontibón Engativá Suba Barrios Unidos

Teusaquillo Los Mártires Antonio Nariño Puente Aranda

La Candelaria

(Centro Histórico)

Rafael Uribe

Uribe

Ciudad Bolívar Sumapaz88

Las localidades se subdividen a su vez en Unidades de Planeamiento Zonal

(UPZ), y estas agrupan varios barrios.

Usaquén es la localidad número uno del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra ubicada al nororiente de la ciudad. Hasta 1777 albergó un poblado

indígena, cuyos habitantes fueron desplazados hacia el sur por un decreto real.

Fue asiento de extensas haciendas, hoy convertidas en urbanizaciones y

centros comerciales89. En su zona este se encuentra un sector de los cerros

88 DECRETO 469 DE 2003 Se advierte que la localidad es enteramente rural, sin poblaciónsignificativa para el análisis del estudio y la dedicación agrícola y de protección ambiental. Elinstrumento base para el manejo de este territorio es la Unidad de Planeamiento Rural (UPR),cuyo territorio y aplicación se basa en la unidad geográfica de cuenca, cerro o planicie. Estasunidades permiten abordar la problemática asociada a la base de recursos naturales y al usodel territorio con un enfoque sistémico.

89 Bogotá (Colombia). Diagnósc os local es con par ci paci ón s oci al : localidad Usaquén. Santaféde Bogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

117

orientales de la ciudad, que colindan con el municipio cundinamarqués de la

Calera90.

Chapinero es la localidad número dos del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra ubicada al nororiente de la ciudad. Está subdividida en tres grandes

sectores: Chapinero (barrio), el Lago y el Chicó. Junto a las localidades de

Santa Fe, La Candelaria y Teusaquillo, Chapinero es una de las localidades

tradicionales de la ciudad91. Esta localidad, en buena parte está compuesta por

zonas de reserva (cerros orientales). Sus cursos fluviales más destacados son

el río Arzobispo, que desemboca en el San Francisco) antes de que éste vierta

sus aguas al Bogotá, y la quebrada El Virrey, que forma parte del sistema del

río El Salitre, desembocando en el Bogotá. En la segunda mitad del siglo XX su

orientación cambió de residencial a comercial, sufriendo asimismo notables

cambios demográficos92.

Santa Fe es la localidad número tres del Distrito Capital de Bogotá. Forma el

centro tradicional de la ciudad, compartiéndola con La Candelaria, localidad

que esta al interior de su territorio, separada en 199193. La localidad Santa Fe

derivó su nombre del nombre antiguo de la capital. Santa Fe incluye la zona de

los rascacielos de la carrera Séptima y del Centro Internacional, el sector

bancario de la Avenida Jiménez, entre otros, así como el tradicional barrio

comercial de San Victorino, eje del comercio bogotano desde la época colonial.

90 Secretaria Distrital de Planeación Bogotaww.dapd.gov.co/www/resources/LISTABARRIOS%2020_08_2004%20POR%20UPZ%20POR%20LOCALIDAD.xls

91 www.dapd.gov.co

92 Bogotá (Colombia). Diagnósticos locales con participación social: localidad Chapinero. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

93 Bogotá (Colombia). Diagnósticos locales con parc i paci ón soc i al : localidad Santafé. Santafé de Bogotá:Alcaldía Mayor, 1998.

118

La localidad también posee una parte rural correspondiente a los cerros

orientales de Monserrate y Guadalupe94.

San Cristóbal es la localidad número cuatro del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra ubicada al suroriente de la ciudad, incluyendo una parte urbana y

una extensión rural en los cerros orientales95.

Usme es la localidad número cinco del Distrito Capital de Bogotá, Capital de

Colombia. Se encuentra ubicada al suroriente de la ciudad96. La población de

Usme se encuentra separada del casco urbano de la ciudad de Bogotá, pero la

localidad incluye varios barrios del sur de la ciudad, además de la población y

de extensas zonas rurales97.

Tunjuelito es la localidad número seis del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra ubicada al sur de la ciudad98.

Bosa es la localidad número siete del Distrito Capital de Bogotá, Capital de

Colombia. Se encuentra ubicada al suroccidente de la ciudad99.

Kennedy es la localidad número 8 del Distrito Capital de Bogotá, capital de

Colombia. Se encuentra ubicada al suroccidente de la ciudad. Se destaca por

ser la más poblada de la ciudad con más de un millón de habitantes100.

94 ibídem

95 Bogotá (Colombia). Diagnósc os loc al es con par ci pac i ón s oci al : localidad Usme. Santafé de Bogotá:Alcaldía Mayor, 1998.

96 Bogotá (Colombia). Diagnósticos locales con participación social: localidad San Cristóbal. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998

97 ibídem

98 Bogotá (Colombia). Diagnósticos locales con participación social: localidad Tunjuelito. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

99 Bogotá (Colombia). Diagnósticos locales con participación social: localidad Bosa. Santafé de Bogotá:Alcaldía Mayor, 1998.

119

Fontibón es la localidad número nueve del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra ubicada al occidente de la ciudad101.

Engativá es la localidad número diez del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra ubicada al noroccidente de la ciudad. Fue un antiguo municipio del

departamento de Cundinamarca cuyos orígenes se remontan a la época

precolombina. Su nombre en el idioma muisca significa cacique de Inga.

También se conoce como ciudad azul por sus características físicas102.

Suba es la localidad número once del Distrito Capital de Bogotá. Se encuentra

ubicada al norte de la ciudad. Su nombre proviene de la lengua muisca Zhuba

("mi rostro" o "mi grano", la quinua). Geográficamente, el territorio presenta

zonas verdes, sobre todo en los cerros de Suba y La Conejera, así como

pequeñas llanuras que poco a poco la urbanización ha hecho disminuir,

sobreviviendo solo al occidente. En el ámbito socio-económico, la localidad

tiene una vasta zona residencial, aunque con actividades de industrias,

comercio y servicios, sobre todo en la parte sur103.

Barrios Unidos es la localidad número doce del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra en el norte de la ciudad. Es una localidad completamente urbana y

100 Bogotá (Colombia). : localidad Kennedy. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

101 Bogotá (Colombia). : localidad Fontibon. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998

102 Bogotá (Colombia). : localidad Engav á . Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998

103 Bogotá (Colombia). Diagnósc os loc al es con par ci pac i ón s oci al : localidad Suba. Santafé de Bogotá:Alcaldía Mayor, 1998

120

se caracteriza por ser un área de pequeña industria además de un importante

centro de comercio y servicios104.

Teusaquillo es la localidad número trece del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra en el centro geográfico de la ciudad, al noroccidente del centro

histórico. Es un territorio completamente urbanizado, que aun así tiene muchas

zonas verdes en sus parques metropolitanos, la Ciudad Universitaria y en

algunas avenidas principales. También como varios canales de ríos pequeños

como el Arzobispo y el Salitre. Históricamente, el nombre del territorio

correspondía al actual Chorro de Quevedo en La Candelaria. El actual sector

donde se ubica la localidad fue un resguardo indígena conocido como " Pueblo

Viejo ", antes de su urbanización en el siglo XX. Actualmente, la localidad

colinda con Santafé, Chapinero y La Candelaria, las más tradicionales de

Bogotá. Junto a estas dos localidades, se forma el conjunto de barrios que se

distinguen por retratar diferentes épocas de la historia de la ciudad. Dos de sus

símbolos, el parque Simón Bolívar y el estadio El Campín han sufrido cambios

en los últimos años105.

La Localidad de Los Mártires es la número catorce del Distrito Capital de

Bogotá. Se encuentra en la parte centro-sur de la ciudad. El nombre se debe a

que en el parque de su zona oriental fueron fusiladas varias figuras notables de

la independencia de Colombia. La localidad se encuentra completamente

urbanizada, salvo por parques y rondas de los ríos. Junto a las localidades de

La Candelaria, Santa Fe y Teusaquillo conforma El Centro de la ciudad. Pese a

albergar varios monumentos arquitectónicos e históricos, desde mediados del

siglo XX sus zonas oriental y norte han sufrido un proceso de deterioro,

104 Bogotá (Colombia). Diagnósc os loc al es con par ci pac i ón s oci al : localidad Barrios Unidos. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998

105 Bogotá (Colombia). : localidad Teusaquillo. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998

121

presentando algunos de sus barrios graves problemas de delincuencia y

criminalidad106.

Antonio Nariño es la localidad número quince del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra en el sur de la ciudad. Su nombre procede del caudillo denominado

“El Precursor”, Antonio Nariño107.

Puente Aranda es la localidad número dieciséis del Distrito Capital de Bogotá.

Se encuentra ubicada hacia el centro occidente de la ciudad. Deriva su nombre

del puente de la antigua hacienda de Juan Aranda sobre el río Chinúa, hoy

llamado caño San Francisco, construida a finales del siglo XVI. Puente Aranda

se caracteriza por ser el centro de la actividad industrial de Bogotá108.

La Candelaria es la localidad número diecisiete del Distrito Capital de Bogotá,

Capital de Colombia. Se encuentra en el centro oriente de la ciudad de Bogotá.

La localidad de La Candelaria de Bogotá es el corazón histórico y cultural de la

ciudad. Como en sus comienzos la actividad comercial de la ciudad se movía

colina abajo y hacia el norte, la arquitectura colonial se pudo mantener casi

intacta. El centro histórico de Bogotá es uno de los mejor preservados en

Latinoamérica. Ha atraído artistas, extranjeros, escritores e intelectuales en

general, que han llenado el sector de teatros, bibliotecas y universidades, en

armonía con la gran reputación cultural de Colombia en el mundo de habla

castellana. Los visitantes pueden ver allí las casas coloniales con sus ventanas

enrejadas, portones tallados, techos de tejas rojas y aleros. La Alcaldía Mayor

de Bogotá lleva a cabo planes de renovación y preservación de las

106 Bogotá (Colombia). : localidad Los Mártires. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998

107 Bogotá (Colombia). : localidad Antonio Nariño. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998

108 Bogotá (Colombia). : localidad 1998Puente Aranda.Santafé de Bogotá: Alcaldía Mayor,

122

propiedades y de las calles adoquinadas, una característica más de la

localidad109.

Rafael Uribe Uribe es la localidad número dieciocho del Distrito Capital de

Bogotá. Se encuentra en el sur de la ciudad y su nombre es tomado en

homenaje al general liberal de la Guerra de los Mil Días, Rafael Uribe Uribe. Es

una zona de predominio residencial con actividad comercial minorista110.

Ciudad Bolívar es la localidad número diecinueve del Distrito Capital de Bogotá,

capital de Colombia. Se ubica en el sur de la ciudad.

La zona urbana de Ciudad Bolívar es una de las partes de escaso recursos

económicos donde predominan los tugurios y barrios marginales. La localidad

está declarada por la autoridades distritales como zona roja; ahora está dentro

de planes turísticos que fue posible por el empuje de los jóvenes y muchos

lugares históricos de esta localidad de la ciudad de Bogotá. La mayor parte del

territorio es rural.

Este es uno de los sectores de la ciudad reconocidos por una gran cantidad de

problemas sociales, encabezados por la violencia, provocada mayormente por

el pandillerismo y grupos violentos, posee el mayor índice de criminalidad de la

ciudad de Bogotá111.

Sumapaz es la localidad número veinte del Distrito Capital de Bogotá. Se

encuentra ubicada al extremo sur del casco urbano de la ciudad, siendo esta

localidad de carácter rural, se destaca por ser la localidad más grande y menor

109 Bogotá (Colombia). Diagnósc os loc al es con par ci pac i ón s oci al : localidad Candelaria. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

110 Bogotá (Colombia). Diagnósc os loc al es con par c ipación social: localidad Rafael Uribe Uribe. Santaféde Bogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

111 Bogotá (Colombia). : localidad Ciudad Bolivar. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

123

poblada del Distrito. Según el último censo nacional del año 2005

aproximadamente de 5708 personas de un total de 6’794.057 habitantes. Es

preciso aclara que el carácter rural de la misma la hace prácticamente

imperceptible a los análisis de participación ciudadana, pues la cantidad de

habitantes que habita está altamente reducida, pues la dedicación de ese

sector es exclusivamente agrícola o de conservación medioambiental112

La localidad de Sumapaz fue creada mediante el Acuerdo 9 de 1986 del

Concejo de Bogotá, teniendo en cuenta el régimen político y administrativo de

la ciudad de Bogotá, establecido en el capítulo cuatro, del título XI de la

Constitución Política de 1991.

3.1.1 DISTRIBUCION DEL TERRITORIO DEL DISTRITO POR LOCALIDAD

Según el departamento nacional de estadística DANE, el D.C. en el año

2005113 la distribución del territorio es porcentualmente es la siguiente:

LOCALIDAD PORCENTAJE DE AREA URBANA.

Usaquen 3.522Chapinero 1.235Santafé 685San Cristóbal 1.629Usme 2.064Tunjuelito 1.028Bosa 1.929Kennedy 3.606

112 Bogotá (Colombia). Diagnósc os loc al es con par ci pac i ón s oci al : localidad Sumapaz. Santafé deBogotá: Alcaldía Mayor, 1998.

113 Colombia. Metodología censo general 2005. [Bogotá, Colombia]: DANE, Departamento Administrav oNacional de Estadísc a , 2009.

124

Fontibón 3.053Engativa 3.439Suba 6.034Barrios Unidos 1.190Teusaquillo 1.421Mártires 655

Antonio Nariño 494

Puente Aranda 1.724

La Candelaria 184Rafael Uribe 1.310Ciudad Bolivar 3.238

TOTAL BOGOTA 38.440

Del anterior cuadro se deduce que el porcentaje de área urbana de Bogotá que

el distrito se deduce que la Localidad de Suba es la que territorialmente es más

124

Fontibón 3.053Engativa 3.439Suba 6.034Barrios Unidos 1.190Teusaquillo 1.421Mártires 655

Antonio Nariño 494

Puente Aranda 1.724

La Candelaria 184Rafael Uribe 1.310Ciudad Bolivar 3.238

TOTAL BOGOTA 38.440

Del anterior cuadro se deduce que el porcentaje de área urbana de Bogotá que

el distrito se deduce que la Localidad de Suba es la que territorialmente es más

124

Fontibón 3.053Engativa 3.439Suba 6.034Barrios Unidos 1.190Teusaquillo 1.421Mártires 655

Antonio Nariño 494

Puente Aranda 1.724

La Candelaria 184Rafael Uribe 1.310Ciudad Bolivar 3.238

TOTAL BOGOTA 38.440

Del anterior cuadro se deduce que el porcentaje de área urbana de Bogotá que

el distrito se deduce que la Localidad de Suba es la que territorialmente es más

125

grande, y que en el caso de la Candelaria, su extensión no es representativa,

siendo la localidad territorialmente más pequeña.

En la siguiente tabla se ve la distribución de la población por localidades114:

LOCALIDAD HOMBRES MUJERES

Usaquén 196.145 244.986

Chapinero 59.031 76.864

Santafé 62.336 63.678

San Cristóbal 229.172 259.235

Usme 123.488 129.329

Tunjuelito 105.539 119.972

Bosa 252.102 273.357

Kennedy 432.364 465.821

Fontibón 132.934 151.515

Engativá 364.050 432.468

Suba 379.503 425.742

Barrios Unidos 79.263 99.441

Teusaquillo 70.839 85.002

Mártires 46.516 55.239

Antonio Nariño 48.477 55.643

Puente Aranda 133.543 155.347

La Candelaria 12.983 13.909

Rafael Uribe 201.570 221.399

Ciudad Bolívar 289.311 313.386

TOTAL BOGOTA 3.219.166 3.642.333

114 Ibídem

126

La cual gráficamente se representa así:

En la anterior grafica se muestra una tendencia general en donde la mujer

tiene un poder de decisión democrático guiado por la mayor presencia de

habitantes mujeres con relación a los hombres en 6 puntos porcentuales.

126

La cual gráficamente se representa así:

En la anterior grafica se muestra una tendencia general en donde la mujer

tiene un poder de decisión democrático guiado por la mayor presencia de

habitantes mujeres con relación a los hombres en 6 puntos porcentuales.

126

La cual gráficamente se representa así:

En la anterior grafica se muestra una tendencia general en donde la mujer

tiene un poder de decisión democrático guiado por la mayor presencia de

habitantes mujeres con relación a los hombres en 6 puntos porcentuales.

127

Del anterior cuadro se concluye que la Localidad de Kennedy es la que alberga

el mayor número de habitantes de la ciudad de Bogotá, la cual es seguida muy

de cerca por Engativá y Suba, sin desconocer que Bosa, Ciudad Bolívar,

Rafael Uribe, San Cristóbal y Usaquén son medianamente pobladas. También

es notable que La Candelaria tenga un casi imperceptible número de

pobladores.

Se observa levemente que en el caso de la localidad de Santafé y de

Candelaria la cantidad de habitantes es prácticamente igual en porcentaje de

hombres frente a mujeres. Esto es un factor que se observa en la evaluación

de las cifras dadas por DANE115.

115 Colombia. Metodología censo general 2005 , Colombia]: DANE, Departamento Administrativo

Nacional de Estadística, 2009.

127

Del anterior cuadro se concluye que la Localidad de Kennedy es la que alberga

el mayor número de habitantes de la ciudad de Bogotá, la cual es seguida muy

de cerca por Engativá y Suba, sin desconocer que Bosa, Ciudad Bolívar,

Rafael Uribe, San Cristóbal y Usaquén son medianamente pobladas. También

es notable que La Candelaria tenga un casi imperceptible número de

pobladores.

Se observa levemente que en el caso de la localidad de Santafé y de

Candelaria la cantidad de habitantes es prácticamente igual en porcentaje de

hombres frente a mujeres. Esto es un factor que se observa en la evaluación

de las cifras dadas por DANE115.

115 Colombia. Metodología censo general 2005 , Colombia]: DANE, Departamento Administrativo

Nacional de Estadística, 2009.

127

Del anterior cuadro se concluye que la Localidad de Kennedy es la que alberga

el mayor número de habitantes de la ciudad de Bogotá, la cual es seguida muy

de cerca por Engativá y Suba, sin desconocer que Bosa, Ciudad Bolívar,

Rafael Uribe, San Cristóbal y Usaquén son medianamente pobladas. También

es notable que La Candelaria tenga un casi imperceptible número de

pobladores.

Se observa levemente que en el caso de la localidad de Santafé y de

Candelaria la cantidad de habitantes es prácticamente igual en porcentaje de

hombres frente a mujeres. Esto es un factor que se observa en la evaluación

de las cifras dadas por DANE115.

115 Colombia. Metodología censo general 2005 , Colombia]: DANE, Departamento Administrativo

Nacional de Estadística, 2009.

128

Es evidente que Suba, Kennedy, Engativá, Bosa y Ciudad Bolívar, solo cinco

localidades representan en población a más del 50% del total de habitantes de

Bogotá, y que en su mayoría su extensión territorial es menor al número de

personas que las habitan, se advierte que la localidad de Sumapaz por su bajo

número de habitantes no entra a la medición por los motivos expresados al

comienzo del capítulo.

Como conclusión anticipada, se ve que no se compadece la distribución del

territorio de la ciudad y las personas que lo habitan, con la configuración del

Concejo. Lo que permite deducir que existe la necesidad mayor representación

de aquellos sectores más poblados y con mayor extensión, y que pueden

fusionarse algunas localidades por la ausencia de habitantes y la escases de

territorio.

Estos factores que fueron claramente medidos por el Departamento Nacional

de Estadísticas, muestra evidentemente un retroceso a nivel de participación

democrática, en donde la población con mayor número de habitantes, y

evidentemente la de menores recursos económicos queda excluida, limitada en

su representación democrática, pues de conservarse la anterior disposición

constitucional, la participación por ellos daría el siguiente análisis tomando

solamente las 6 localidades más pobladas:

Kennedy 898.185Bosa 525.459Rafael Uribe 422.969Ciudad Bolívar 602.697Suba 805.245Engativá 796.518

Con un total de habitantes de 4.051.073 que de hacer los cálculos con el

mandato original de la constitución de 1991 daría como resultado la presencia

de concejales de las mismas en un valor ce 27, teniendo en cuenta el número

de habitantes aplicándose la fórmula de concejal por cada 150. 000 habitantes,

129

ahora si la formula se reduce a el numero de 75.000 habitantes por Concejal, el

número de representantes en el Concejo es de 54, superando con solo estas

localidades, a los 45 que impuso la reforma constitucional al 323 superior.

3.1.2. ANALISIS DEL NUCLEO NORMATIVO CONSTITUCIONAL.ARTÍCULO 323 DE LA CONSTITUCION POLITICA.

Previamente las anteriores muestras y análisis estadísticos sobre la densidad

demográfica de y la clasificación de las personas ubicadas físicamente en las

localidades del Distrito, se encuentran altamente vinculados al núcleo

normativo constitucional116 refiriéndonos al artículo 323 supremo, analizado al

comienzo del capítulo, en donde se muestra la transformación de la

composición del Concejo de Bogotá describiéndonos el estado actual de la

democracia en la Capital a partir de la información suministrada por el

Departamento Nacional de Estadísticas según el último Censo de población

realizado en el año 2005117.

Es entonces importante describir como está actualmente constituido el núcleo

constitucional referente al Concejo de Bogotá, el cual se encuentra plasmado

en el artículo 323 de la Constitución Política así:

“El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco (45)

concejales.

116 El núcleo constitucional es el identificar en el ordenamiento jurídico el sistema básico denormas o comunicaciones normativas cuasi-inmutables que tienen como objetivo fundamentaldarle identidad al sistema para que cumpla con las funciones sociales y pueda diferenciarse delentorno y de otros sistemas normativos.

117 DANE. Censo año 2005 (en línea) consultado 1 abril de 2012http://www.dane.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=307&Itemid=124

130

En cada una de las localidades habrá una junta administradora

elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años que estará

integrada por no menos de siete ediles, según lo determine el

concejo distrital, atendida la población respectiva.

La elección de Alcalde Mayor, de concejales distritales y de ediles

se hará en un mismo día por períodos de cuatro (4) años y el

alcalde no podrá ser reelegido para el período siguiente.

Siempre que se presente falta absoluta a más de dieciocho (18)

meses de la terminación del período, se elegirá alcalde mayor

para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de

dieciocho (18) meses, el Presidente de la República designará

alcalde mayor para lo que reste del período, respetando el

partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde

elegido.

Los alcaldes locales serán designados por el alcalde mayor de

terna enviada por la correspondiente junta administradora.

En los casos taxativamente señalados por la ley, el Presidente de

la República suspenderá o destituirá al Alcalde Mayor.

Los concejales y los ediles no podrán hacer parte de las juntas

directivas de las entidades descentralizadas.”

Se desprende del precitado artículo y concerniente a la investigación las

siguientes reglas imperativas relacionadas con el Concejo de Bogotá

teniéndose en cuenta que existe un valor constitucional (Los valores

representan el catálogo axiológico a partir del cual se deriva el sentido y la

finalidad de las demás normas del ordenamiento jurídico pueden tener

consagración explícita o no, lo importante es que sobre ellos se construya el

131

fundamento y la finalidad de la organización política)118 el principio (Los

principios Constitucionales, a diferencia de los valores que establecen fines,

consagran prescripciones jurídicas generales que suponen una delimitación

política y axiológica reconocida y, en consecuencia, restringen el espacio de

interpretación, lo cual hace de ellos normas de aplicación inmediata, tanto por

el legislador como por el juez constitucional)119 y la regla constitucional120 que

es la que se analiza a continuación advirtiéndose que no se hace la alusión a

los funcionarios como el Alcalde o el Edil, pues el trabajo se centra únicamente

en el Concejo, sin desconocer que eventualmente, el análisis de cada uno de

ellos, parcialmente podría ser el mismo desde el punto de vista constitucional:

Regla: “El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco (45) concejales.”

Es importante resaltar, que esta regla como se indico en el comienzo del

capítulo, es una reforma que como parte del análisis reduce el espacio de

participación ciudadana, pues limito en 45 ciudadanos el acceso a esta

instancia de participación democrática, remplazando al anterior texto, en donde

la ciudadanía tenia representación a partir del número de habitantes en la

ciudad121 argumentándose para el momento que el mantener la norma anterior

seria costosa para el distrito que llevaría a un impacto fiscal que pondría en

riesgo recursos para la inversión social122.

118 C. Constitucional SENTENCIA DE JUNIO 5 DE 1992. MP. CIRO ANGARITA BARON

119 Ibídem

120 PAREJO ALONSO Luciano, "Constitución y valores del ordenamiento, en Estudios sobre laConstitución Española, Cívitas, Madrid, 1991.

121 Acto legislativo 2 de 2002. El concejo distrital se compondrá de un concejal por cada ciento cincuentamil habitantes o fracción mayor de setenta y cinco mil que tenga su territorio.(…)

122 EXPOSICION DE MOTIVOS PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 052 DE 2006 SENADO En las últimasdécadas la imperiosa necesidad de disminuir los gastos de funcionamiento de la administración públicacon el fin de aumentar la inversión social se ha hecho presente. En este sentido se han desarrollado

132

El primer elemento que se desprende de la regla es la calidad de la persona

que ocupe el cargo, es decir, y acorde con la legislación colombiana. Para ser

elegido Concejal se requiere ser ciudadano en ejercicio y haber residido en la

ciudad durante los dos años anteriores, o haber nacido en ella, tal y como se

desprende de la ley 1136 de 2007, que modifica el Decreto número 1421 de

1993 sobre régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá123.

El ejercicio de la ciudadanía se enmarca dentro los principios constitucionales

dentro del preámbulo y en la declaración de Estado Social del art. 1 supremo,

pero de manera especial en el artículo número 2, así:

“Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover

la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios,

derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la

participación de todos en las decisiones que los afectan y en la

vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación;

defender la independencia nacional, mantener la integridad

territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un

orden justo.” (subrayado fuera del original)

políticas a nivel nacional con las que se pretende organizar una administración pública más pequeña,pero mucho más eficiente y preparada para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Estado.

De esta manera, un número reducido de concejales permitiría una mayor capacidad de controlciudadano y permite un mayor y mejor seguimiento de los organismos de control del Estado sobre cadauno de los miembros de los concejos y asambleas. Debemos tener conciencia de la difícil situación fiscalpor la que atraviesa el país donde las diferentes entidades territoriales incurren en gastos burocráticosinnecesarios que deben ser destinados a la inversión social.

123 Según la legislación anterior para ser elegido Concejal se exigen los mismos requisitos que para serRepresentante a la Cámara y haber residido en la ciudad durante los dos (2) años anteriores a laelección.

133

Para ello y dentro del ejercicio de la ciudadanía se enmarca en la regla del

artículo 99 así:

“La calidad de ciudadano en ejercicio es condición previa e

indispensable para ejercer el derecho de sufragio, para ser

elegido y para desempeñar cargos públicos que lleven anexa

autoridad o jurisdicción.

3.2. REFORMA POLÍTICA MIRANDO LO LOCAL.

REVOCATORIA DEL MANDATO COMO RESPONSABILIDAD COLECTIVA.

La revocatoria del mandato o el plebiscito revocatorio constituye un

procedimiento a través del cual los electores pueden destituir a un cargo

público con anterioridad a la expiración del período para el cual fue elegido que

se fundamenta en los principios de rendición de cuentas y representatividad,

puesto que el electorado en ejercicio de su soberanía, otorga a sus

representantes un mandato para que ejerzan un poder.

3.2.1. ACTUAL MODELO DE REVOCATORIA.

Previsto en la Ley 134 de 1994, se podría corregir el rumbo del distrito ante "la

insatisfacción general de la ciudadanía o por el incumplimiento del programa de

gobierno" del respectivo alcalde”. La norma citada es de las pocas en

Colombia cuyas disposiciones son claras, cortas y precisas. Un número de

personas, igual o mayor al 40% del total de los votos válidos con los cuales se

eligió el respectivo gobernante, pueden pedir a la Registraduría respectiva la

citación a una elección con el fin de que el pueblo se exprese sobre la

revocatoria del mandato. Dicho formulario de solicitud deberá contener las

134

razones sobre las cuales los descontentos basen su petición. El registrador del

caso, después de aprobada la solicitud y expedida la certificación propia,

convocará, dentro de los dos meses siguientes, a la votación para la

revocatoria. La revocatoria se considerará aprobada si así lo votaren el 60% o

más de las personas participantes en la elección, siempre y cuando el número

total de votos (incluidos los nulos y los en blanco) fuere igual o superior al 60%

del total de votos consignados el día en el cual se eligió al mandatario,

aclarando que "únicamente podrán sufragar quienes lo hayan hecho en la

jornada electoral en la cual se eligió al respectivo gobernador o alcalde". Si se

aprueba la revocatoria, el Presidente o el Gobernador, según sea el caso,

deberá, inmediatamente, ejecutar la orden popular y remover el respectivo

Alcalde o Gobernador y se procederá a convocar nuevas elecciones para la

escogencia del nuevo mandatario, dentro de los treinta días siguientes a la

certificación de los resultados de la votación de revocatoria.

En todo caso, la revocatoria no podrá efectuarse si aún no transcurre siquiera

el primer año de mandato del Alcalde o Gobernador atacado. Podrá inscribirse

como nuevo candidato a esos cargos cualquier persona que cumpla los

requisitos constitucionales y legales, salvo el alcalde renunciante o el revocado.

La inscripción deberá efectuarse ante el respectivo registrador y con una

antelación no inferior a veinte días contados desde el día de las votaciones

para la revocatoria.

3.2.2. REINGIENERIA DE LA REVOCATORIA DE MANDATO APLICADA ALCONCEJO DEL DISTRITO CAPITAL.

El procedimiento es simple, corto y bien descrito pero ¿por qué razón la gente

no lo utiliza? Las hipótesis podrían ser porque no es bien conocido, porque se

trata de una elección contra alguien defendiéndose, directamente, con el

135

presupuesto y la nómina oficiales, por el hecho de haber ratificado

"mayoritariamente" a los gobernantes cuestionados en todas las utilizaciones

del mecanismo, ha influido negativamente en la gente. Pero una una última

razón puede ser que el legislador haya dejado por fuera de la revocatoria a los

órganos colegiados, como lo es el Concejo, quienes realmente son los que

representan de manera más directa la voluntad popular.

La reforma a un régimen democrático local, es el cambio indispensable que

requiere la ciudad para salir de la parálisis y construir los acuerdos necesarios

para superar el estancamiento al desarrollo por el cual atraviesa la capital del

país.

Hay quienes piensan, sin embargo, que esa reforma no es prioritaria, porque

no es asunto que este en el interés que este en el interés de la gran mayoría de

la población, más preocupada por la falta de empleo, el desosiego que causa la

inseguridad y la falta de movilidad. Quienes hemos venido insistiendo en la

necesidad de transformar nuestro régimen democrático no compartimos esa

cerrada visión.

La experiencia de vivir en el Distrito ha demostrado, que para dar el salto

decisivo y abordar con eficacia los grandes temas aun pendientes en la agenda

de nuestro desarrollo, es condición necesaria contar con un marco político

renovado, que resuelva las trabas estructurales de un régimen anquilosado,

que tal vez fue bien pensado para otra época, sobre participaciones

hegemónicas y no para la realidad plural que hoy vivimos. Seguir con el mismo

molde, es echar el vino nuevo en barril viejo. No será así como se superaran

problemas los principales de fondo que conlleva el desarrollo de una capital del

país.

La actualización del sistema político aparece, una y otra vez, como el nudo

gordiano que debemos resolver para que Bogotá despierte, y restablezca la

136

confianza entre gobernados y gobernantes, a partir de una régimen que

corresponda mejor a las realidades del país y sea capaz de garantizar las

condiciones básicas de seguridad, movilidad, empleo, entre otros casos, que

demanda la población local la cual empieza a sentir impotencia por una

aparente falta de representación en el Concejo de la ciudad manifestándose en

la imposibilidad de coexistir en un mismo lugar.

Con frecuencia, todos nos preguntamos por que no es posible que los

bogotanos y bogotanas nos pongamos de acuerdo sobre los cambios

necesarios para nuestra ciudad, cuando todos coincidimos en los diversos

diagnósticos y en la urgencia de salir de la crisis. A menudo vemos, como la

políticas tomadas por los Gobiernos difícilmente terminan siendo aterrizadas de

manera efectiva a las personas; en otras palabras el nivel de representación

que debe surgir desde todas las comunidades y subir de niveles hasta llegar a

los canales decisorios y de ejecución son mínimos, perversos e ineficaces.

En un régimen democrático como el nuestro, las instituciones son el

mecanismo adecuado para canalizar los impulsos de reforma y diseñar los

cambios necesarios; de tal manera que la transformación no sea una fuerza

irresistible que desborde, sino una decisión política que permita definir y

conducir las reformas que mejor se adapten al caso especifico de Bogotá.

En este sentido, una reforma sobre la participación y la representación, resulta

necesario para adaptar el régimen democrático a las nuevas condiciones; y que

las instituciones sirvan, efectivamente, como instrumentos que aseguren las

oportunidades de bienestar de la población y garanticen condiciones de

gobernabilidad. Una de esas innovaciones, es la extender la figura de la

revocatoria del mandato a los miembros del Concejo de la ciudad.

137

El cambio, la innovación y la adaptación continua son un rasgo de la

modernidad contemporánea y los regímenes políticos no son la excepción. La

clave radica en sincronizar la dinámica del cambio económico, social y

tecnológico con las instituciones de gobierno; porque cuando esta brecha se

amplia, sobrevienen las tensiones y los riesgos e incertidumbres que son

inherentes a las sociedades complejas y plurales.

En las sociedades contemporáneas la pluralidad y la diversidad han modificado

las formas del ejercicio del poder. La idea básica es que las sociedades

plurales no pueden ser sujetas a un control central por parte del Gobierno.

Antes que controlar hay que compartir el poder, hay que guiar más que dirigir e

interactuar y dialogar más que ordenar.

Desde esta perspectiva, la gobernabilidad depende de la capacidad para definir

problemas en común, movilizar el conocimiento, acordar soluciones y

establecer mecanismos para identificar y corregir errores, todo lo anterior, de

manera oportuna y con la veracidad requerida. Esto requiere, a su vez, de

canales de comunicación y representación abiertos a la sociedad, del respeto

a los interlocutores y el reconocimiento de responsabilidades diferenciadas

pero complementarias. Hoy en día, hay que entender que la capacidad de

coordinación y dialogo no resta autoridad, y no disminuye sino fortalece la

gobernabilidad.

En este sentido, la capacidad del gobierno y su eficacia para generar

resultados reside en una interacción continua con todos los grupos sociales en

los distintos niveles de gobierno. Se trata de sumar las capacidades que están

dispersas en la pluralidad y de establecer condiciones institucionales que

permitan resolver los problemas y aprovechar las oportunidades, así como

intervenir cuando sea necesario que el Estado ejerza su autoridad y rompa

bloqueos para que prevalezca el interés público.

138

A la luz de lo anterior, es clara la necesidad de sincronizar la arquitectura

institucional de la ciudad al ritmo de los cambios en la sociedad. Esto plantea el

reto primero, de adaptar las instituciones y la forma de ejercicio del poder a la

pluralidad política y social que integra el mosaico Bogotá de este siglo. En

segundo término, las instituciones y, en forma específica, el régimen político,

deben ser modernizados para que se conviertan en el espacio e instrumento de

transformación que la ciudad requiere para realizar las reformas necesarias en

el ámbito social y económico y construir un crecimiento participativo de

crecimiento.

Tenemos un problema de funcionalidad del régimen democrático que es

preciso superar a través de innovaciones institucionales que faciliten el dialogo

y los acuerdos que mejor convengan a la ciudad. No se trata de una

modificación de las facultades de ejercicio de poder del ejecutivo o el del

legislativo a favor o en detrimento de uno u otro, sino de fortalecer y elevar los

niveles de representación y participación legitimante asentadas, para asegurar

la gobernabilidad democrática, la intervención de todos los habitantes de la

ciudad y elevar el nivel de control político y administrativo de la Capital del país.

3.3. EL RENACIMIENTO DE LO LOCAL ANTE LO DISTRITAL.HACIA UN MODELO DE CIRCUNSCRIPCION ELECTORAL DE LA CIUDAD.

En la actualidad, el Concejo de Bogotá es todo menos eficaz, es improductivo,

obstaculiza la iniciativa individual y burocratiza la participación y la política,

genera inestabilidad e inseguridad, no es representativo ni favorece el

desarrollo de una ciudadanía responsable, es decir, nuestra voz como

ciudadanos está representada en un cuerpo colegiado caracterizado por los

139

escándalos, la poca productividad, la corrupción, la falta de juicio académico y

la incumplible renovación eficiente124.

Las causas de la crisis de nuestra ciudad, sin duda alguna son múltiples, una

de sus principales, es precisamente la falta de un verdadero control político125,

la participación burocrática y la falta de normas aplicables a las realidades

locales, es decir tenemos un grupo de personas que han llegado por el voto de

los ciudadanos y que lastimosamente seguimos votando por ellos una vez más

sin importar su aporte al verdadero desarrollo de la ciudad, pero que dicho

grupo de personas son responsables directas del retroceso de Bogotá, ya que

no les interesa realmente cumplir sus promesas de campaña debido a que a

los cuatro años siguientes, por lo general, sus electores pasados se les olvidara

cuales fueron precisamente dichos compromisos, pero si es evidente que

meses antes de la respectiva campaña electoral llegan con trascendentales kits

escolares o con algún producto alimenticio refrescándole a los posibles

electorales que él si es un representante que se acuerda de sus votantes y que

si trabaja por ellos, como si fuera un favor, mas no su obligación legal y política

ante la ciudad.

Por otro lado, la representación y vocería de un Concejal no es de todo clara.

En la mayoría de casos hay Concejales que llegan a la Corporación obteniendo

los votos de una determinada localidad perdiendo de esta manera la

representatividad global de toda la ciudad, o por el contrario, hay situaciones en

los que dicho Concejales llegan por el llamado “voto de opinión” que no se

124 ANGULO Luis Fernando. Entrevista Ex Concejal de La ciudad de Bogotá de 22 de junio y el 21 deseptiembre de 2001.

125 LOZANO VILLEGAS, Germán. : ¿unconcepto diluido en el control jurídico o una idea que debe consolidarse? Bogotá: Universidad Externadode Colombia, 2010.

140

puede sectorizar ni fragmentar, que puede llegar a representar un todo pero a

la vez nada precisamente por ser tan efímero su origen de representatividad.

Lo anterior plantea, entre otras cosas, la debilidad con la que cuenta la

composición del Concejo de Bogotá y la precaria representatividad con la que

cuenta con casi 8millones de habitante que viven en nuestra capital.

En la discusión pública ha habido de todo propuestas de buena fe, opiniones

comprometidas, intereses particulares, grandes propuestas, peticiones y

proyectos modestos. Lo que no ha existido es una visión que empate nuestra

realidad ni mucho menos la capacidad de atender el problema central: la

desconexión entre el ciudadano y el gobernante.

A pesar de la obviedad del problema, tanto el gobierno con el aparato político

se encuentran paralizados, incapaces de definir como debe reorientarse el país

y que es necesario para lograrlo. En lugar de una fuerte visión, vemos

propuestas modestas, mas orientadas a solventar problemas específicos o a

saldar cuentas para congraciarse con el Alcalde de turno con fines

burocráticos, que a construir un ciudad moderna. Se reconoce la necesidad de

reformar pero no para que y mucho menos como. Dado el grado de conflicto

político que caracteriza el país y la distancia que existe entre la población y sus

gobernantes, un proceso de reforma tenue que comenzar por lograr acuerdos

políticos sobre el objetivo.

El clamor de hoy no es por reformas específicas y relativamente menores- de

cualquier índole- sino por una reforma integral al poder. Por profundas e

inteligentes que sean muchas de las propuestas que merodean el debate

público, existe el riesgo de que se atienda un problema inexistente o más

exactamente, que no se enfrenten el problema de fondo.

141

El riesgo de que se apruebe un conjunto de reformas que no resuelve el

problema debería preocuparnos a todos. Si el problema es de poder, no se va

a resolver con nuevas leyes o reformas, sino con un acuerdo de fondo que

luego se codifique en leyes. En esta instancia, el orden de los factores si altera

el producto.

La realidad política actual choca con la estructura institucional que caracteriza

al sistema político. Esto no es culpa de alguien en particular, sino del

agotamiento de una estructura institucional diseñada para otra época que no

empata con las circunstancias actuales y que no responde a las realidades del

poder de hoy. Lo imperativo ahora es rediseñar las instituciones para que sean

funcionales y que operen en torno al ciudadano. Los vectores del cambio de la

reforma del Estado no pueden ser otros que la eficacia y la rendición de

cuentas. Pero eso no se puede simplemente imponer mediante un decreto:

para funcionar, requieren de una renegociación fundamental del poder, es

decir, el equivalente a la constitución de un pacto político fundacional.

No hay que perder de vista que un objetivo subsidiario, pero fundamental, al

de la construcción de un sistema de gobierno eficaz es el de conferirle

certidumbre y claridad de rumbo a la población y eso solo se puede lograr en la

medida en que haya un acuerdo político amplio, acompañado por mecanismos

de pesos y contrapesos que lo hagan efectivo.

Lo anterior nos lleva a la conclusión de que nuestro sistema democrático en la

ciudad, requiere reformas y que estas deben servir para modernizarlo. También

sabemos que los cambios deben consolidar nuestra democracia moderna.

Una democracia moderna es aquella donde el pueblo ejerce su soberanía a

través de representantes electos periódicamente los cuales, al competir por su

puesto son responsables de su gestión. De ser exitosos en su papel, es decir,

142

si responden a las expectativas de sus electores en sus cargos. De lo contrario

la propia libre competencia hace que sean retirados. Ningún sistema electoral

garantiza que ingresen a los cargos de elección popular las mejores personas,

pero la competencia política y la rendición de cuentas si aseguran que solo los

más hábiles en cuanto a la estrategia electoral permanezcan. Por lo tanto el

derecho a elegir y ratificar o retirar a un representante es fundamental en una

democracia.

Tras la elección dentro de un marco institucional y tiene la obligación de

responder a las expectativas de los ciudadanos. De esta forma, el proceso

legislativo es producto de una intensa negociación tanto al interior como entre

los grupos políticos. Al final este juego conduce a un pragmatismo donde, si

bien los resultados nunca responden a los ideales de todos los actores,

alcanzan cambios que serán incrementales.

Con lo anterior podemos reflexionar sobre nuestra democracia y sus carencias

para considerarla moderna. Tenemos pesos y contrapesos pero no

instituciones que fomenten la necesidad de interlocutor con sus gobernados.

Tampoco no hay una verdadera responsabilidad política al no existir un

mecanismo de control eficaz y accesible para que precisamente los

gobernados fiscalicen a sus gobernantes. Así que para poder cumplir la

necesidad imperante de mejorar nuestra democracia, es un acto de

responsabilidad identificar y cambiar primero aquellos arreglos institucionales

que distorsionan nuestro régimen democrático.

Una propuesta para superar esta situación es la creación de una

circunscripción Distrital. Una circunscripción electoral (puede denominarse

también distrito electoral) entendiéndola a ella como el conjunto de electores a

143

partir del cual se procede, según las distribución de los votos emitidos en las

elecciones, a la distribución de los escaños asignados126.

Cuanto más elevado sea el número de escaños asignado a una

circunscripción, más precisión habrá en la proporcionalidad del sistema

electoral, mientras el resto de elementos del sistema permanezca idéntico127.

Douglas W. Rae advierte que se presta en general demasiada atención a los

efectos de las fórmulas electorales, mientras que se da muy poca relevancia a

los efectos de las magnitudes de circunscripción. Junto con el tamaño de la

circunscripción, otras variables que influyen son el número de partidos

competidores con peso efectivo y el tamaño de la asamblea representativa, el

cual condiciona el número de escaños a asignar entre las circunscripciones128.

El grado de desproporcionalidad tiende a crecer cuando el tamaño de la

asamblea de representantes disminuye. La desproporcionalidad de un sistema

126 No debe confundirse el tamaño de una circunscripción con su extensión territorial o suvolumen demográfico. Se llama tamaño o magnitud de una circunscripción al número deescaños asignados a la misma. Las circunscripciones pueden ser clasificadas, atendiendo a sumagnitud, como uninominales y plurinominales. Las circunscripciones uninominales sonaquellas que eligen un solo diputado. Las circunscripciones plurinominales son aquellas queeligen dos o más escaños. Una variante de este segundo tipo, es la circunscripción única,donde el electorado de todo el territorio estatal es considerado como única circunscripciónelectoral, (Israel y Holanda tienen circunscripción única, al igual que la mayoría de los paísesen las elecciones al Parlamento Europeo). Suelen coincidir, aunque no siempre, de un lado, lacircunscripción uninominal y las fórmulas mayoritarias, y de otro lado, la circunscripciónplurinominal y las fórmulas proporcionales. En favor de las circunscripciones uninominales, seaduce el mayor acercamiento del representante al electorado y un mejor reconocimiento de loscandidatos por parte de los votantes, aunque la cercanía dependerá de la densidad depoblación de una circunscripción. En su contra se afirma que propicia el clientelismo y ellocalismo, y que impide la representación de las minorías. Acerca de las circunscripcionesplurinominales, se plasman argumentaciones en sentido contrario.

127 MACKENZIE, Kenneth R. The English Parliament. Harmondsworth: Penguin Books, 1965.Print

128 RAE, Douglas W. The Political Consequences of Electoral Laws. New Haven: YaleUniversity Press, 1967. Print.

144

electoral puede aumentar cuando a unas circunscripciones les corresponde

más escaños en relación con su demografía que a otras circunscripciones129.

Esto sucede, por lo general, cuando hay sobrerrepresentación de las zonas

despobladas en detrimento de las zonas altamente pobladas. La

proporcionalidad se reflejará mejor cuando la distribución de escaños entre las

circunscripciones se efectúa en función de la población y no en razón de

criterios territoriales.

Casi siempre, las circunscripciones electorales son recíprocamente

excluyentes, de forma que un elector forma parte de una sola

circunscripción130. Entonces, la asignación de escaños se realiza en dos o más

fases sucesivas y en dos o más instancias distintas. Usualmente, hay dos

niveles de circunscripciones (puede coexistir más de dos): aquel que contiene

las circunscripciones de los diferentes territorios y aquel que consiste en una

circunscripción única que se superpone sobre los de niveles inferiores y en el

que se produce la segunda fase de distribución de escaños.

Las manipulaciones en el diseño de las circunscripciones son un hecho

conocido; entre las posibilidades existentes, las más comunes son el reparto

desigual de escaños/concejales y el gerrymandering131.

129 GALLAGHER, Tom. Nationalism in the Nineties. Edinburgh: Polygon, 1991. Print.

130 Sin embargo, hay sistemas electorales que contemplan varios niveles de circunscripcionessuperpuestas, articulando un tipo de circunscripción en un nivel el cual se solapa sobre otrotipo de circunscripción situada en otro plano (Alemania, Islandia, Dinamarca, Suecia, Austria,Grecia, Bélgica, Noruega e Italia).

131 La técnica gerrymandering toma su nombre de Elbridge Gerry, Gobernador deMassachussets en 1812 y de la forma de salamandra que adoptó uno de los distritos delEstado, con objeto de beneficiar a su Partido Republicano Jeffersoniano.

145

Desde el punto de vista jurídico constitucional, estas intenciones de

fortalecimiento de la Democracia en la Capital del País, tiene que atravesar los

respectivos tramites expresados a luz de la Carta Política de 1991, en los

cuales contempla como primer paso, la presentación oficial ante el Congreso

de la Republica de un proyecto de Acto Legislativo que contemple y justifique

las modificaciones anteriormente propuestas en este trabajo a la Constitución

de 1991 y sus respectivas reglamentaciones.

Razón por la cual, presentamos a continuación dicho proyecto de Acto

Legislativo con el fin de que pueda ser presentado e inicie su trámite legislativo

correspondiente, tales como los debates, modificaciones y el apoyo de las

mayorías requeridas para tal fin de parte de los miembros del Congreso de la

Republica.

Este proyecto de Acto Legislativo, recoge las principales propuestas que

apuntan a encontrar en la democracia el mecanismo más eficiente para el

mejoramiento de la vida humana, el control político y la transparencia en el

desarrollo de la ciudad.

Encontramos vital entonces, que el enfoque principal de este Acto Legislativo

sea la de modificar el artículo 323 de la Carta Política de 1991, razón por la

cual, hemos titulado a dicho proyecto “Por el cual se adopta una reformaConstitucional, en materia de Régimen Especial del Distrito Capital deBogotá en lo relativo a su descentralización política”.

146

Doctor

SECRETARIO GENERAL

Cámara de Representantes

La Ciudad.-

REF: Proyecto de Acto Legislativo “Por medio del cual se modifica el

artículo 323 de la Constitución Política de Colombia”.

Respetado Doctor.

De conformidad con las funciones que me competen en calidad de miembro de

esta Honorable Corporación, me permito proponer el presente Proyecto de

Acto Legislativo No. de 2012 – Cámara “POR MEDIO DEL CUAL SE

MODIFICA EL ARTÍCULO 323 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE

COLOMBIA”.

Lo anterior para su publicación, asignación de Comisión y trámite respectivo.

Atentamente,

H. Representantes a la CámaraCongreso de la Republica

147

PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO No. _____DE 2012

CAMARA DE REPRESENTANTES

Por el cual se adopta una reforma Constitucional, en materia de RégimenEspecial del Distrito Capital de Bogotá en lo relativo a su

descentralización política.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Articulo 1. Conformación del Concejo Distrital. El inciso primero del artículo

323 de la Constitución Política quedara así: El Concejo Distrital se compondrá

de cuarenta y cinco (45) Concejales de la siguiente manera: veinte (20)

elegidos por circunscripción electoral Distrital, veintitrés (23) por circunscripción

electoral local y dos (2) por circunscripción especial, correspondiente a las

minorías políticas entendidas como uno por los Pueblos Indígenas

pertenecientes al Distrito Capital y uno por las Organizaciones de Negritudes.

Articulo 2. Circunscripción electoral local y minorías políticas. El artículo

323 de la Constitución Política tendrá un nuevo inciso, que corresponderá al

segundo de esta norma, del siguiente tenor:

El electorado podrá votar por candidatos inscritos para componer el concejo de

Bogotá por la circunscripción electoral Distrital, o por los aspirantes al cargo de

Concejal de Bogotá por la circunscripción electoral Local, de acuerdo con la

localidad a la que pertenezca en el censo electoral. En el caso de las minorías

políticas, podrá votarse por los candidatos inscritos al Concejo por estas, en

circunscripción electoral Distrital.

148

Articulo 3. Composición territorial de Bogotá D.C. El artículo 323 de la

Constitución Política tendrá un nuevo inciso, que corresponderá al tercero de

esta norma y quedara del siguiente tenor: Bogotá D.C. se compondrá de

veintitrés (23) localidades, el Concejo de Bogotá las organizara de acuerdo a la

extensión territorial y a su población residente.

Articulo 5. Vigencia. El presente Acto Legislativo rige a partir de su

promulgación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y modifica

tácitamente las pertinentes, en especial, las concernientes en el Decreto Ley

1421 de 1993.

EXPOSICION DE MOTIVOS

I. INTRODUCCIÓN

En las últimas décadas la imperiosa necesidad de reorganizar. En este

sentido se han desarrollado políticas a nivel nacional con las que se pretende

organizar una administración pública consolidad y con techo constitucional

respecto al número de sus miembros como es el concejo de Bogotá, pero

mucho más eficiente y preparada para garantizar el cumplimiento de las

obligaciones del Estado.

De esta manera, un número de concejales elegidos por circunscripción local

uno por localidad, permitiría una mayor capacidad de control ciudadano y

permite un mayor y mejor seguimiento de los organismos de control del Estado

sobre cada uno de los miembros del concejos de Bogotá. Debemos tener

conciencia de la difícil situación en que se encuentra actualmente más del 30

por ciento de los miembros del concejo actual por los famosos escándalos de

corrupción en la contratación de los carruseles en gran parte de la

149

institucionalidad del Distrito Capital. Es así como, debido a la disposición

Constitucional establecida en el artículo 323 de la norma superior, modificada

por el acto legislativo 2 del 2002, el Distrito Capital de Bogotá ha visto cómo a

medida que pasan las elecciones regionales el número de concejales aumenta

significativamente, impuestos por monopolios, familias tradicionales q se han

enquistado en el poder político por más de tres décadas los llamados delfines y

elevando así, de manera alarmante q las localidades se están quedando sin

representación política en el cabildo abierto, con ello atrasándose la

democracia y por supuesto el desarrollo y bienestar de las localidades que

componen el territorio de Bogotá D.C.

El cambio de régimen constitucional para Colombia del año 1991 trajo como

consecuencia variaciones fundamentales en torno al entendimiento de la

ciudadanía, la política, la participación y la descentralización.

Colombia cuando recibe un nuevo ordenamiento constitucional a través de su

Carta Política se daba por hecho el ajuste y la renovación de los nuevos

tiempos democráticos, buscando una mayor identificación entre la realidad

social y el proyecto de Nación que debía plantearse en su seno.

Ajustar la institucionalidad colombiana a la descentralización no corresponde a

un capricho del constituyente de 1991 o simplemente a una moda intelectual,

por el contrario, responde a la necesidad de transformación que tenía el país

para estar a tono con lo que se ha llamado el nuevo orden mundial.

El problema concreto de gobernabilidad Estatal hoy puede entenderse como el

fruto de la crisis del concepto de legitimidad por la vía de la legalidad.

Definitivamente la Constitución Política de 1991, y el proceso político que llevo

hacia la derogatoria de la Carta política de 1886, es un ejemplo de

estructuración del Estado a partir de la búsqueda de la legitimidad en el

constituyente primario.

150

Darle un nuevo giro al país, que ha visto truncada en la equivoca

reglamentación constitucional hecha por ejemplo en el Estatuto Orgánico de

Bogotá Decreto Ley 1421 de 1993, cuando la Constitución de 1991 daba vía

libre para el gran camino de la real participación política integral en condiciones

de equidad y horizontalidad con el buen sentido democrático, era lo que se

estaba buscando con el proceso descentralizador del poder orientado al

estimulo y la promoción de la participación popular como estrategia en torno a

la creación y consolidación de nuevos espacios para la democracia y la

descentralización.

Para interpretar el contexto general y tratar de fundamentar el sentido que

genera la proyección institucional hacia la descentralización, en lugar de esto lo

que se genero fue un intento formal de descentralización en el cual no se tenía

claro el sentido real de este importante cambio, fue por lo que se suele llamar

una desconcentración de funciones administrativas en los entes de las

localidades del Distrito Capital.

Estos mecanismos de participación han desestimulado la acción organizada del

constituyente primario al no brindarles herramientas para que esta participación

fuera real.

Se requiere que se entienda que las localidades, más que distribuciones

poblaciones, constituyen auténticos grupos humanos dotados de identidad

cultural y sentido social de lo público, con lo cual trascienden cualquier

asociación hasta la categoría de comunidad, en la cual se integra la afinidad en

cuanto a imaginarios sociales y proyectos de vida comunes.

En este sentido, proyectar la descentralización es proyectar culturalmente a las

comunidades, puesto que en la función decisoria acerca de los destinos locales

lo que se pone en juego es la supervivencia misma de este colectivo, la

identidad cultural de Bogotá, resulta ligada a un proceso histórico tanto de

151

migración desde las regiones hacia la ciudad, como de luchas sociales internas

por parte de algunos sectores de la población que han resultado marginados en

algunas épocas y que hoy reclaman participación dinámica en la construcción

de nación y democracia como las colonias, regiones, grupos indígenas y de

negritudes que han aportado su identidad sociocultural, costumbres,

organización familiar, escolar, religiosa, laboral, social y política del país y en

especial en nuestra ciudad capital.

Con este Acto Legislativo de consolidar un poder local institucional que de

nueva vida a la acción Estatal, se tiene como efectos positivos de democracia y

participación los siguientes:

Generar una dinámica donde las principales preocupaciones y necesidades

sociales de la comunidad, se conviertan en problemas del Estado, y que por lo

tanto trasciendan de inmediato a la política Distrital y nacional. Consiguiendo

con esto que las dignidades locales se conviertan en espacios de decisión

estatal y de escuela política, de modo que el poder local institucional sea la

primera fase del proceso de formación de los políticos distritales y nacionales

del futuro. De igual forma se consigue ejercer por parte del Estado una clara y

contundente soberanía sobre las localidades involucrando a las comunidades

en la construcción, desarrollo y fortalecimiento de las políticas de Estado, de

este modo se realiza una verdadera y equitativa distribución del poder.

Con esta propuesta se pretende ingresar a una real dinámica participativa y

representativa en el Concejo de Bogotá, consolidando el esfuerzo por una

verdadera representatividad, para la comunidad local de igual forma para las

minorías políticas máxime cuando esta corporación resuelve el futuro de la

interacción social propia del dialogo intercultural, grupos con identidad y

especificidad a los cuales pertenecen.

152

Los ciudadanos participan para obtener decisiones concretas y no para

cambiar el centro del cual emanan, no se pone en juego lo que podríamos

llamar el mínimo constitucional de legitimidad, sino el grado de satisfacción que

cada ciudadano considera suficiente en función de la respuesta que reciben

sus demandas.

II.FUNDAMENTOS JURIDICOS

La legitimidad de los gobiernos democráticos, deben fortalecer la estructura en

el principio de la separación de poderes, por lo tanto el sufragio es lo que hace

posible la democracia y permite el paso por consentimiento a una forma directa

de autogobierno fortaleciendo la democracia representativa, de igual forma este

Acto legislativo fortalece los siguientes artículos de la Constitución Política.

1. Articulo 1. Colombia es un estado social de derecho, organizado en

forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía en sus

entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista.

2. Articulo 2. Son fines esenciales del estado, facilitar la participación de

todos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política,

administrativa y cultural de la Nación.

3. Articulo 3. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, el pueblo

la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes.

4. Articulo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural

de la Nación Colombiana.

5. Articulo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su

personalidad jurídica.

6. Articulo 40. Todo Ciudadano tiene derecho a participar en la

conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo

este derecho puede, Elegir y ser elegido. Construir partidos,

movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna.

153

III. ANTECEDENTES

En la Constitución de 1886, el artículo 196 establecía que en cada municipio

habría un concejo municipal, el cual estaría integrado por un número de

concejales que oscilaría entre 6 y 20 miembros. Si bien, con posterioridad el

Constituyente de 1945 previó que Bogotá sería organizada como un Distrito

Especial, sin sujeción al régimen municipal ordinario, dentro de las condiciones

que fijara la ley, en consonancia con el artículo 196 referido.

El Constituyente de 1991 tuvo la muy acertada visión de dotar a Bogotá de

un régimen que superara las limitaciones a las que había sido condenada la

ciudad. Allí se propuso un nuevo régimen jurídico que debía gobernar los

destinos de la capital de la República. La figura del Distrito Capital, según sus

creadores, ¿tiene por sí misma fuerza y contenidos autónomos y permite al

constituyente otorgarle los desarrollos y alcances que a bien tenga.

Sin embargo, para evitar que este asunto quedara en manos de la ley el

artículo propuesto fue modificado, para establecer la fórmula que generaría que

el Concejo de la capital llegara a las peculiares proporciones que hoy tiene, las

cuales seguirán aumentando.

Acertadamente el constituyente derivado, en el caso de Bogotá el régimen

especial implica un avance en cuanto a descentralización del gobierno y

ordenamiento territorial de la ciudad, la noción de régimen especial en lo que

toca con el Concejo de Bogotá para la época actual quedo ya corta a la

realidad social q esta viviendo el distrito capital

Esta particularidad fue notada por algunos importantes Delegatarios, cuyas

intervenciones se encaminaron a que el Concejo de Bogotá se rigiera por el

154

régimen general contenido en el artículo 312 de la Carta, pues nada justificaba

establecer norma distinta para Bogotá. Sin embargo, al final, se permitió que la

ley fijara el número de concejales del resto de municipios y distritos del país,

dentro de los límites absolutos definidos en la Constitución (con un máximo de

21 concejales), acertadamente y por fortuna para la capital de Colombia Bogotá

D.C. esta no quedo reglamentada en dicho artículo.

Así, con base en sólidos y musculosos argumentos, se modificó la

propuesta inicial del artículo constitucional relativo a la integración del Concejo

de Bogotá, y en su lugar, se aprobó el siguiente texto en la Comisión Segunda:

¿El Concejo Distrital se compondrá de un concejal por cada 200.000

habitantes o fracción mayor de 100.000 que el Distrito tenga, y los locales, de

un concejal por cada 100.000 o fracción mayor de 50.000 que albergue la

respectiva localidad...?

Nótese como la Asamblea Nacional Constituyente ya había tocado el tema

que las localidades tuvieran una representación en el cabildo distrital,

propuesta esta que fue derrotada en plenaria

Finalmente, en la plenaria se dispuso que ya no fuera un concejal por cada

200.000 habitantes, sino uno por cada 150.000, fórmula esta que fue

modificada como ya lo dijimos antes por el congreso de la república a través

del Acto Legislativo 3 del 2007 que hoy se encuentra vigente en nuestra

Constitución.

De esta suerte, con la entrada en vigencia de la Constitución de 1991,

reiteramos, Bogotá pasó de tener 20 concejales a tener 35; actualmente tiene

45, techo este que fue un impuesto por el Acto Legislativo Ibídem.

155

IV. BENEFICIOS DE LA REORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE BOGOTÁD.C., Y DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN LOCAL PARA COMPONER ELCONCEJO DE BOGOTÁ, INCLUYENDO LAS MINORÍAS POLÍTICAS.

1. Se facilitaría el control que ejerce la ciudadanía, así como el que

ejercen los diversos organismos estatales. Un número de

concejales 23 más exactamente tendrían la responsabilidad

directa de fortalecer el desarrollo y bienestar de las localidades

algunas se encuentran en crisis administrativa, de otro lado

permitiría que la actuación de los mismos fuera más visible, de

manera que sería un factor que propendería por la transparencia

al interior de este órgano deliberativo.

2. Al igual que el anterior por primera vez y que sirva de piloto para

toda la Nación las minorías políticas tendrían una verdadera

participación.

3. Igualmente, favorecería al orden de los debates y a la

participación de todos los miembros de esa corporación, de

manera que los diferentes sectores puedan contar con una

verdadera vocería y representación en el Concejo.

4. Adicional a lo anterior, teniendo en cuenta que la disputa electoral

será más exigente, se tendría un efecto benéfico desde la misma

elección de los candidatos por los respectivos partidos, pues los

mismos se verían forzados a postular candidatos de las mejores

calidades, con verdadero reconocimiento y apoyo popular

significativo, y un compromiso más riguroso con los electores.

156

Saliendo fortalecida la democracia participativa y por ende el

proceso de elección del cabildo distrital Concejo de Bogotá,

tendría una aceptación verdaderamente legítima.

V. CONCLUSIÓN

En aras de cumplir su compromiso con el fortalecimiento de las entidades de

representación popular, el Congreso de la República tiene con el presente

proyecto de Acto legislativo la posibilidad de impulsar una reforma de central

importancia para la capital del país, que contribuye a su sostenibilidad en su

funcionamiento, mayor eficiencia en su gestión, visibilidad ciudadana y

cercanía con el electorado, todo lo cual redundará en un incremento de su

legitimidad, entendida como aceptación y respaldo popular.

Se propone con este Acto Legislativo hacer una modificación constitucional

con el fin de hacerle una reorganización territorial a Bogotá D.C. Y de paso el

Concejo de Bogotá tendría una composición directa a través de la

circunscripción distrital y circunscripción local, aunado a ello la efectiva

participación de la las minorías políticas de la Capital del País, en el tan citado

Concejo de Bogotá.

Honorables Representantes

157

CONCLUSIONES.

El cambio de régimen constitucional para Colombia del año 1991 es el llegar al

entendimiento del concepto de ciudadanía, de la política, de la participación y

de la descentralización.

El adaptar la institucionalidad colombiana a la descentralización no es capricho

del Constituyente de 1991 o simplemente a una moda intelectual, por el

contrario, es una exigencia política jurídica y social de transformación que tenía

el país para insertarse al nuevo orden mundial.

El problema de gobernabilidad es el fruto de la crisis del concepto de

legitimidad por la vía de la legalidad. Cuando la Constitución de 1991 da vía

libre para la real participación política integral en condiciones de equidad y

horizontalidad con el buen sentido democrático, lo que se está buscando es

que el proceso descentralizador del poder sea orientado al estímulo y la

promoción de la participación popular como la estrategia de creación y

consolidación de nuevos espacios de democracia y la descentralización pero

en lugar de esto lo que se generó fue un intento formal de descentralización el

cual no tenía claro el sentido real de este importante cambio, fue por lo que se

suele llamar una desconcentración de funciones administrativas en los entes de

las localidades del Distrito Capital.

La actual Constitución se genera en un momento en el cual tanto interna como

externamente se venían ejerciendo en el país un seria de dinámicas causadas

por las presiones orientadas a lograr la apertura de mayores espacios

democráticos, uno de los principales temas de debate fue la de ganar

credibilidad y legitimidad, de allí es que surge la necesidad de implementar una

nueva democracia, la participativa.

158

En Sentencia C- 180 de 1994 la Corte Constitucional retoma algunas ideas de

Norberto Bobbio, para destacar que en las sociedades modernas de viene

danto el tránsito hacia un modelo de organización política en el cual la

democracia representativa se complementa con mecanismos de la democracia

participativa, articulando las virtudes las virtudes del sistema representativo con

las ventajas de la participación ciudadana.

El espíritu noble de la Constituyente ha sin duda alguna alcanzado el

cumplimiento de importantes logros para la vida democrática de este país, es

así como, nuestra sociedad ha dado un pie adelante para la modernización de

nuestra cultura política en la que vivimos diariamente.

No obstante lo anterior, es importante precisar que la ilegitimidad de la

ciudadanía hacia algunas formas de representación política, tales como el

Congreso de la Republica, el Concejo de Bogota, entre otros, se ha visto

sustancialmente disminuida, según las estadísticas, por cuenta de los

escándalos en los que reiteradamente se ven inmersos algunos de sus

miembros, trayendo como consecuencia la distancia cada vez más larga entre

los ciudadanos y el ejercicio de los mecanismos de participación ciudadana.

Estos mecanismos de participación han desestimulado la acción organizada

de la población al no brindarles herramientas para que esta participación sea

real.

Las localidades constituyen auténticos grupos humanos dotados de identidad

cultural y sentido social de lo público, con lo cual trascienden cualquier

asociación hasta la categoría de comunidad, en la cual se integra la afinidad en

cuanto a imaginarios sociales y proyectos de vida comunes.

Forjar la descentralización es proyectar culturalmente a la comunidad, puesto

que en la función decisoria acerca de los destinos locales lo que se pone en

juego es la supervivencia de este colectivo, la identidad cultural de Bogotá,

159

resulta ligada a un proceso histórico tanto de migración desde las regiones

hacia la ciudad, como de luchas sociales internas por parte de algunos

sectores de la población que han resultado marginados que reclaman

participación dinámica en la construcción de nación y democracia.

Crear una mecánica donde los principales factores de interés de la comunidad,

se conviertan en problemas del Estado, y que por lo tanto trasciendan de

inmediato a la política Distrital y nacional. Consiguiendo con esto que las

dignidades locales se conviertan en espacios de decisión estatal y de escuela

política, de modo que el poder local sea la primera instancia del proceso de

formación de los políticos distritales y nacionales del futuro. De igual forma se

consigue por parte del Estado una clara y contundente soberanía sobre las

localidades involucrándolas en la construcción, desarrollo y fortalecimiento de

las políticas públicas, llegándose a una verdadera y equitativa distribución del

poder.

Ficticiamente, pareciera que todos los gobiernos que son elegidos bajo el

sistema democrático fuese legitimo, pero como plantea Arnold J. Toynbee se

da en todos los caso se da en todos los casos, esa legitimidad no siempre se

da en todos los casos, ya que la legitimidad proviene del respaldo del pueblo a

los actos del gobierno, y la democracia no se agota solamente en la derecho

del pueblo a elegir.

Por lo anterior es que en nuestro país, la democracia sea tan mal entendida por

aquellos que por ignorancia no saben el gran poder de esta y la manipulación

sin escrúpulos de algunos que más dotados de “sabiduría”, se aprovechan del

pueblo para tratar de legitimar sus acciones políticas y se dice, tratar de

legitimar por que por medio de esta manipulación de la “conciencia

inconsciente” del pueblo, prometiéndoles cualquier cantidad de cosas que

nunca les van a cumplir, aprovechando se del poder de todo un pueblo

humilde, y pasan del interés común que es tan popular en las campañas

160

electorales, al interés particular tan popular en los periodos de gobierno. Lo

interesante en la relación entre democracia y legitimidad, es que aunque una

de las características primarias de la democracia es que se presenta como

legitima, esta misma se viene en su contra cuanto, se no se muestran los

resultados prometidos por parte de los candidatos que han sido elegidos para

algún cargo de representación política.

Es evidente para nosotros que la democracia concebida como la mejor forma

de gobierno es también sinónimo del bien más preciado para nuestra Carta

Política, la denominada soberanía popular. Significa que ningún poder,

autoridad o régimen puede estar por encima de las decisiones del pueblo. Pero

hay que dejar la precisión conceptual de quién conforma el pueblo? El pueblo

es el conjunto de ciudadanos y ciudadanas iguales y libres los cuales

conscientes de su libertad, tienen la facultad de elegir. Esta afirmación puede

resultar arcaica e inoperante, en la medida en que hace relación al carácter de

ciudadano, que en las instituciones griegas y romanas tenían sectores

específicos de la sociedad, afortunadamente superados por la historia; hoy

habría que afirmar simplemente que pueblo son todos los ciudadanos y

ciudadanas en ejercicio de sus derechos.

Es prioritario para nuestro trabajo definir que la esencia de la representación

política es una premisa imprescindible para el estudio de la democracia.

Como lo trabajamos en nuestro primer capítulo, tal concepción de democracia,

supera el roll tradicional del concepto, porque ya no se trata de que el

ciudadano de alguna forma participe, delegando o participando o la otra

concepción de que es un mecanismo de integración del poder público, sino

que la nueva concepción, empieza a observar los resultados de esa

construcción democrática y a medir sus efectos, ello lleva a que diversos

161

autores empiecen a hablar y hacer una clara diferenciación entre democracia

formal y democracia sustancial.

Históricamente, como se ha indicado, el concepto de democracia como todo

concepto social y político esta siempre en la situación de modificaciones y

reevaluaciones por la sencilla razón de que son reflejo de las realidades, sin

duda en primera instancia la democracia se ejercía en forma directa,

inicialmente fue la opción de participar en las decisiones que afectaban el

grupo familiar, el clan o la comunidad, posteriormente con la irrupción del

liberalismo, se entrego la representación como culminación de esa gran

revolución liberal, que históricamente generaron las revoluciones inglesa y

francesa, hasta llegar a nuestros días, donde se empieza a hablar de

democracia participativa gracias al Estado Social de Derecho, donde ya no es

suficiente la participación electoral sino que la concepción democrática busca la

materialización de los derechos humanos, de los derechos fundamentales, los

derechos sociales económicos y culturales , e inclusive los derechos colectivos

y del medio ambiente, como realización dogmatica de las constituciones.

Maquiavelo demostró que la actividad política podía ser analizada por la ciencia

como lo era la naturaleza por la física o la química: una realidad con leyes

propias que no se someten a la voluntad de las personas y que por lo tanto

esta mas allá de los juicios morales. El estudio de esas leyes seria el objeto de

lo que luego se llamo “ciencia política”. Más tarde Adam Smith encontraría

leyes similares para la economía, Comte y Durkeim para los hechos sociales (

y con ello fundaron la sociología) y Freud para la psique. Las nuevas ciencias

instauraron una forma de pensar que obliga a considerar que hace falta

promover cambios estructurales si se quiere cambiar las conductas de las

personas. Por su parte, los padres del liberalismo político (Locke y Tocqueville,

entre otros) entendieron que la libertad de las personas dependía más de la

constelación de poderes sociales que de su buena o mala voluntad. En el siglo

162

XX, otros liberales como Weber y Galbraith seguirían esa línea, al proponer

una nueva forma de equilibrar los poderes en las democracias modernas.

Todos ellos asumieron que las reformas políticas no se realizan demostrando la

maldad congénita de ciertas personas poderosas, sino mas bien oponiendo

nuevos poderes sociales a los ya constituidos. En el otro extremo ideológico se

puede decir algo similar, Marx no pretendía inspirar una comunidad de

hombres buenos; simplemente afirmaba que, transformando las condiciones en

las que las personas se relacionaban, cambiarían sus conductas.

Es prioritario para nuestro trabajo definir la naturaleza de la representación

política ya que constituye por consiguiente una premisa imprescindible para el

estudio de la democracia. Como lo establecimos a lo largo de nuestro trabajo,

la representación política es atravesada por la mirada de las corporaciones

públicas, lugar en el cual los ciudadanos deberían depositar sus intereses más

directos. Pero a contrario sensu, Salvador Forner plantea en sus palabras:

“Para el análisis de los conflictos entre grupos y partidos es sin

embargo, necesario evitar cualquier consideración que, más o menos

implícitamente, contemple las asambleas parlamentarias electivas como

una proyección directa de los intereses, las orientaciones y los grupos

del país estudiado. Dicho de otra forma, no debe atribuirse a los

resultados de la competición electoral y a la composición de las cámaras

electivas una inmediata significación social, como suele ocurrir en los

trabajos de la historia política donde, por ejemplo, los partidos

conservadores son considerados como la expresión de los grupos

agrarios tradicionales; los liberales o demócratas liberales, como

representantes de grupos urbanos progresistas; y los partidos socialistas

como la proyección política de las clases obreras en ascenso, etc.

Naturalmente, los historiadores son conscientes de que los parlamentos

163

no son elegidos con criterios de proporcionalidad y conocen bien la

diversidad de los regímenes electorales.”

Lo anterior nos plantea la necesidad de siempre continuar en el camino de

encontrar el perfeccionamiento de nuestra democracia basada en una

verdadera y real representación, coherente desde el punto de vista de su

representación ideológica sino que también acorde con sus criterios de

proporcionalidad de la población.

En la historia política, los debates electorales conservan un papel prioritario, los

cuales son identificados sobre todo con la ampliación del sufragio, el

cumplimiento de los puntos programáticos, la eficacia en el control hacia los

gobernantes y la anticorrupción, lo anterior, entendido como un proceso de

progresiva inclusión de sectores de la población cada vez más amplios.

La democracia participativa es una forma que se heredo del modelo griego en

donde resultaba de la mayor importancia la participación ciudadana. En la

antigua Atenas, un ciudadano era alguien que participaba “en la administración

de justicia y en el gobierno”. La ciudadanía significaba la participación en los

asuntos públicos.

A partir de una aproximación historica de la democracia en el mundo, podemos

involucrarnos cada vez más en contextos concretos como lo es la democracia

en Colombia. La historia de la democracia en Colombia, la podríamos dividir

políticamente en dos sucesos, antes y después de la Constitución de 1991,

este ultimo como hecho contundente de la implementación de un Estado Social

de Derecho que en su sustancia siempre pretende enarbolar las banderas de la

democracia en nuestro país.

164

Como lo veíamos en nuestro segundo capítulo, en palabras del profesor Luis

Freddyur Tovar, la Constitución no es el documento o texto frio, muerto en

donde se establece la organización estructural de un Estado en particular, sino

la proyección de un sueño; es decir, la Constitución Política es, tanto el

resultado de un proceso (pasado), como el proceso social y político inacabado

(presente) de una comunidad que pretende consolidarse (futuro). Es así como

la noción de constitución como acto creador, fundante, se materializa cuando

se define de manera originaria una concepción de la Democracia. Para el caso

colombiano, esta afirmación sobra vigencia cuando el Texto Constitucional de

1991, se constitucionalizo al concepto de Democracia para Colombia: El de

Democracia Participativa y Pluralista. Esta expresión no es el resultado del azar

o la manifestación de la emoción de los constituyentes de la época, sino el Acto

Fundante que hay que tener en cuenta de manera seria y determinante.

Sin embargo uno de los mayores peligros para la democracia, no ya para una

forma específica de la misma, sino para todas es la aparición de de la

burocracia que tras la aparición del Estado moderno, el sistema político se ha

transformado en una tecnocracia: aparecen los burócratas y los políticos

profesionales para hacerse cargo del funcionamiento estatal; uno de los

teóricos que en forma especializada se ha ocupado del tema es Max Weber.

Este fenómeno (la burocratización) trae como consecuencia el estrechamiento

del campo de la actividad política, la exclusión de amplios sectores sociales de

la actividad política y la disminución de la participación. A su vez, la

construcción y expansión de una percepción socialmente difundida sobre la

política y lo político como espacio de componenda, negociación, transacción

(como mejor) cuando no de corrupción y mentira.

La democracia participativa es una forma que se heredo del modelo griego en

donde resultaba de la mayor importancia la participación ciudadana. En la

165

antigua Atenas, un ciudadano era alguien que participaba en la administración

de justicia y en el gobierno. La ciudadanía significaba la participación en los

asuntos públicos.

Hay que entender la participación ciudadana como componente de la

administración pública, ya que como miembros de la sociedad que

directamente es afectada con el manejo de la política del Estado y sus

consecuencias, se constituyen en los actores esenciales dentro de los

esquemas en los que se basa las estructuras sociales de la dinámica propia de

una colectividad organizada.

Por participación en forma general se entiende:

“La actividad ciudadana de carácter individual o colectiva dirigida a

expresar y defender sus intereses, tomar parte en la administración de

los asuntos comunes y en los centros de poder, tanto en la toma de

decisiones como en el control de la acción gubernamental”.

Uno de los grandes desafíos que se presenta para la democracia

contemporánea, es la legitimidad de las instituciones gubernamentales como

órganos y en conjunto sistemas, responsables de la actividad dirigente del

Estado. Ya no es el superado debate en torno al origen popular o divino de los

dirigentes del Estado, lo que anima la fundamentación del esquema ontológico

que soporta la legitimidad en la dirección de la sociedad por parte del aparato

estatal. Lo que se busca en la realidad actual, es el mejoramiento del nivel de

vida de los habitantes en razón a la eficiencia y eficacia de la actividad de las

autoridades públicas, en función de las necesidades sociales de la población.

Es importante precisar que a comienzo del siglo XX fué que Bogotá se

incorporó a un régimen especial que lo diferenciaba del resto de los municipios

166

del País, posteriormente a través del acto legislativo 01 de 1945 se estableció

que Bogotá sería la capital de Colombia y a su vez la capital del Departamento

de Cundinamarca y luego, en concordancia con la reforma constitucional de

1968, se expide la Ley 33 de ese mismo año en la cual se otorga facultades

extraordinarias al Gobierno Nacional para reformas la organización del Distrito

Especial de Bogotá el cual abre el camino a importantes reformas jurídicas y

políticas las cuales señalamos en el desarrollo del trabajo, pero que hasta la

Constitución de 1991 se estableció un régimen organizativo especial del Distrito

Capital, contemplando de manera exclusiva en el Capítulo IV del Titulo XI la

organización territorial y más específicamente establece desde el articulo 322

al 327 una seria de disposiciones constitucionales acerca del régimen del

Distrito Capital.

Posteriormente, respecto a la participación democrática del ciudadano en el

Distrito Capital encontramos que en el decreto 1421 de 1993 en su artículo 6

ordena “Las autoridades Distritales promoverán la organización de los

habitantes y comunidades del Distrito y estimularán la creación de las

asociaciones profesionales, culturales, cívicas, populares, comunitarias y

juveniles que sirvan de mecanismo de representación en las distintas

instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión distrital y

local”, proceso que se ha venido cumpliendo parcialmente, por un lado,

mediante la implementación de unas ineficaces e invisibles veedurías

ciudadanas y por otro lado, mediante los movimientos pro revocatoria del

mandato a los alcaldes elegidos, revocatoria que aun no ha sido exitosa.

En Colombia, durante los últimos años el protagonismo de los Partidos

Políticos fue reemplazado por personalidades que armaron fuerzas políticas a

su imagen y semejanza, tejiendo alianzas personales y diseñando perfiles

publicitarios enormemente dependientes del azar de los escándalos

mediáticos. Al exhibir su ideología y su trayectoria política se ahorraron el

167

penoso esfuerzo de exponer plataformas electorales diferentes, contrastarlos

con los ideales que se postulan argumentan en términos de valores y

principios, todo esto quedo atrás. Mientras lo único que tiene que aprender un

ciudadano es saber con quién “alinearse” de quienes aprenden que hay que

llamar a todos por su nombre y saber su fecha de cumpleaños para así poder

generar adeptos, no nos encontraremos en la verdadera democracia sino

simplemente en figuras personalistas llamadas por el atractivo deseo del poder.

Como lo revisamos durante el trabajo, existen muchas debilidades, discusiones

y sobretodo problemas en cuanto a su eficacia en torno a la democracia, pero

para nuestro caso de la Capital del País, hemos encontrado que fácilmente se

podría hacer un listado interminable de los punto a punto de las debilidades de

nuestra ciudad, pero para efectos de esta actividad académica hemos decidido

resaltar algunas.

Las causas de la crisis de nuestra ciudad, es precisamente la falta de un

verdadero control político, la participación burocrática y la falta de normas

aplicables a las realidades locales, es decir tenemos un conjunto de personas

que han llegado por el voto de las y los ciudadanos basados en la democracia

participativa otorgada gracias al Estado Social de Derecho, pero que

lastimosamente no han hecho gala de los objetivos de la representación y

participación en la ciudad y aun peor, son los ejemplares más claros de la

corrupción y del favoritismo todo esto a costa de los electores que lo hicieron

llegar a dicho espacio, pero el gran problema no son ellos, somos nosotros,

seguimos votando por ellos una vez más sin importar su aporte al verdadero

desarrollo de la ciudad, en muchos casos ni conocemos realmente quienes son

nuestros representantes, ni tampoco somos conscientes de medir y evaluar con

criterio objetivo el trabajo realizado por ellos a nombre de nosotros.

168

No hay que exagerar, pero si hay que ser claros respeto algunos puntos, por

ejemplo si debemos manifestar que a quienes hemos entregado nuestra voz y

representación son también los responsables directos del retroceso de Bogotá,

ya que no les interesa realmente cumplir sus promesas de campaña debido a

que a los cuatro años siguientes y mucho menos ejercer el verdadero control

político para el que los hemos revestido de poder.

Encontramos también, que aparte de las debilidades que reviste la democracia

capitalina en cuanto a la calidad de los representantes y de la dormides en la

que vive los representados, evidenciamos que el nivel de legitima

representación es minima, en cuanto no existe una herramienta que garantice

que todos los grupos poblaciones se encuentren representados y en otras

ocasiones, inclusive ni siquiera todas las localidades de Bogotá tienen su voz

en dicha Corporación.

Es importante precisar que existe tan desproporción en cuanto al total de

ciudadanos aptos para votar, es decir, el censo electoral de la ciudad, y el nivel

de participación, o por decirlo en otros termino, el nivel de abstención crece en

cada elección y a su vez también crece el total de personas aptas para votar.

Esto nos refleja que aunque vaya en aumento el nivel de personas que se

convierten en ciudadanos plenos, estos se abstienen de participar de la vida

pública y política de sus comunidades.

Lo anterior, nos permite ver un panorama bastante desolador, es decir, que el

gobierno de la ciudad realmente no llega a las comunidades, no toca a los

ciudadanos por razones tales como que no sienten la cercanía de dichos

representantes o voceros con ellos, o porque definitivamente perciben que

seguir votando bajo estos mecanismos y bajos estas condiciones los mismos

con las mismas, no mejorara en nada su situación concreta cotidiana. Esto es

lamentable desde el punto de vista de la renovación política, ya que

169

precisamente estos nuevos aptos para votar se traduce en que son personas

que han cumplido su mayoría de edad, es decir, jóvenes y que son estos los

que más se abstienen de participar en política.

Por otro lado, es claro que la organización desde el punto de vista territorial de

la capital del país, es totalmente desproporcionada. En Bogotá encontramos

como una sola localidad puede duplicar en cuanto al número de su población a

muchas otras localidades, este es el caso por ejemplo de la localidad de

Kennedy en comparación con las localidades de La Candelaria o Santafé.

Lo anterior no es una simple desproporción desde el punto de vista territorial

sino una clara inequidad en cuanto al acceso de la participación política, ya que

muy posiblemente localidades con este margen de desigualdad no obtengan la

representación y participación que necesita obtener.

Adicionalmente a lo anterior, los mecanismos de control político de los

ciudadanos hacia con su apoderados, se basan fundamentalmente en la

revocatoria al mandato, pero este mecanismo esta reducido única y

exclusivamente a elecciones de tipo uninominal mas no a las que se refiere a

las corporaciones públicas, razón por la cual las herramientas con las que

cuenta la ciudadanía son mínimas para ejercer el verdadero cumplimiento de

sus promesas y proyectos de campaña.

Por otro lado, la representación y vocería de un Concejal no es de todo clara.

En la mayoría de casos hay Concejales que llegan a la Corporación obteniendo

los votos de una determinada localidad perdiendo de esta manera la

representatividad global de toda la ciudad, o por el contrario, hay situaciones en

los que dicho Concejales llegan por el llamado “voto de opinión” que no se

puede sectorizar ni fragmentar, que puede llegar a representar un todo pero a

la vez nada precisamente por ser tan efímero su origen de representatividad.

170

Lo anterior plantea, entre otras cosas, la debilidad con la que cuenta la

composición del Concejo de Bogotá y la precaria representatividad con la que

cuenta los casi los ocho millones de habitante que viven en nuestra capital.

No hay desafío mayor para la política que el despertar en las mentes de sus

ciudadanos la pasión por la participación, ni responsabilidad mayor que la de

conformar ciudadanos “políticos” capacitados para proponer, impulsar y

extender los límites del proyecto de fortalecimiento de la democracia como

avance social de las nuevas generaciones.

Entendemos que las y los Bogotanos, además de ser destinatarios de políticas

deben encontrar espacios participativos propios donde poder integrarse al

resto de los sectores de la sociedad como sujetos plenos de derecho.

Llegar a las buenas prácticas políticas implica ampliar la esfera de discusión y

de debate haciendo que la ciudadanía este cada vez más inclusiva y plural

dándoles un papel importante a sus jóvenes. Siempre la participación y el

control político será la traducción más palpable de la buena salud de la política

al servicio de la democracia.

Por otro lado, resaltamos también que una democracia sin Partidos Políticos

fuertes es una democracia devaluada. Para evitar que esto ocurra es necesario

impulsar una reforma política por medio de la cual se garantice un verdadero

protagonismo a la ciudadanía que introduzca un cambio en las relaciones de

poder político y social.

Por todas las razones expuestas, hemos querido presentar a manera de

producto de nuestro trabajo académico un proyecto de Acto Legislativo en el

cual se vean reflejados todas las propuestas para superar las crisis de nuestra

ciudad mejorando el nivel de democracia y participación de los que habitamos

esta Capital.

171

En el capítulo tercero, podremos encontrar dicho proyecto de Acto Legislativo

del cual nos permitimos resaltar la creación de una nueva forma de elección de

nuestros Concejales de Bogotá, implementando con esto una novedosa forma

de composición de dicha Corporación.

Se plantea una doble forma de acceso al Concejo de Bogotá, la primera por

votos obtenidos de todos los ciudadanos indistintamente del lugar de su

residencia, tratando de plantear una especia de circunscripción distrital y

segundo, por votos específicamente obtenidos por cada una de las localidades

de la ciudad, con el fin de desarrollar el verdadero nivel de participación y

representación de los habitantes de dicha localidad en la máxima corporación

de Bogotá, indistintamente de su ubicación, censo electoral, estrato o total de

habitantes.

En este último punto, hemos decidió agregar una propuesta sobre la creación

de otras tres localidades a las existentes al día de hoy en Bogotá, con el fin de

poder equilibrar poblacionalmente la distribución de nuestra ciudad y aliviar

algunas cargas que claramente no han sido posible sobrellevarlas en algunas

localidades, en este orden de ideas, proponemos que haya un total de 23

localidades los cuales nos permitirá de manera equitativa formalizar la

representación y vocería de todos los ciudadanos en el Concejo de Bogotá.

Dichas medidas, permitirán que las decisiones que se tome en efecto en dicha

corporación realmente conocerá de todas las realidades de las comunidades

bogotanas desde las más ínfimas hasta las más complejas. Esto garantiza, que

el vocero estará más cerca de la comunidad, habrá una verdadera

representación y puente político entre los colectivos y el Gobierno. Esto

beneficiara no solamente la inmediatez sino la comunicación, las consultas, la

oportunidad en la presentación y resolución de los problemas.

El control político mejoraría sustancialmente con la creación de esta figura,

debido a que se conocerá realmente quienes son dichos representantes y se

172

sabrá de primera mano sus actividades y resultados que debe buscar a nombre

de sus electores. Simplemente por hechos tan básicos como que sus

representantes vivirán en su propia localidad, conocerán su entorno y

circunstancias en las que fue electo y a su vez, se le facilitara a la comunidad

establecer cualquier escenario que propicie ese control político hacia su

apoderado.

Somos conscientes también, que este tema debe atravesar por la discusión

franca y sincera que debe darse entre la ciudadanía, entendida esta ultima

como el verdadero factor multiplicador de la politiquería o el elemento cortante

histórico que tanto busca la democracia en Colombia, la ciudadanía y sus

líderes también debe entender que sin la purificación de la voluntad política y

sin la renovación de las practicas va a resultar mas difícil la salida a la crisis de

nuestra capital. Estas ideas aportadas en este trabajo académico pretende

fomentar una nuevo de participación con el fin de dejar atrás los viejos

esquemas del rol del Gobierno hacia con sus Ciudadano entre sí y la obligación

de los representantes a mejorar su nivel de eficiencia y resultados en beneficio

de la comunidad.

173

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REFERENTE NORMATIVO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA COLOMBIANA 1991.

Ley 131 de 1994 Por la cual se reglamenta el voto programático.

Ley 134 de 1994 por la cual se reglamentan los mecanismos de

participación ciudadana.

177

Ley 850 de 2003 por la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.

Decreto 1421 de 1993.

Decreto 3133 de 1968.

Decreto 425 de 1995, por el cual se fijan los procedimientos para la

elaboración de los proyectos del Plan de Desarrollo Local en el Distrito

Capital.

Decreto 739 de 1998: por el cual se fijan los procedimientos para la

elaboración, aprobación, ejecución y seguimiento de los Planes de

Desarrollo Local, y se establecen mecanismos y espacios permanentes

para la participación de la ciudadanía en los procesos económicos,

sociales, culturales y políticos de la vida local.

Acuerdo 13 de 2000 proceso de mayor consolidación de la democracia

participativa. Se crean figuras y espacios importantes para la

participación de diversos grupos u con intereses diferentes, con el fin de

dar mayor cobertura e inclusión a la comunidad en la ciudad.

Acuerdo 142 de 2005 “por medio de la cual se adoptan mecanismos e

instancias para apoyar y promover en el ámbito distrital las veedurías

ciudadanas”.

REFERENTE JURISPRUDENCIAL

Corte Constitucional. Sentencia C-169 de 2001. Magistrado Ponente: Dr.

Carlos Gaviria Díaz.

Corte Constitucional. Sentencia C-336 de 1994. Magistrado Ponente

Carlos Gaviria Díaz

178

Corte Constitucional. Sentencia C – 180 de 1994. Magistrado Ponente

Hernando Herrera Vergara.

REFERENTE ELECTRÓNICO

http://dufevagha.ohlog.com/de-la-democracia-en-colombia.oh29052.html

DE LA DEMOCRACIA EN COLOMBIA. Arnold J. Toynbee.

http://es.scribd.com/doc/36944576/La-Democracia-en-Colombia .La

democracia en colombia. Johan Antonilez.

http://www.tupolitica.com/bobby-velasquez-apoya-la-participacion-

ciudadana-en-la-toma-de-decisiones-sobre-el-de.

Página web Registraduría Nacional del Estado Civil.

www.iidh.ed.cr/comunidades/redelectoral/docs/red_diccionario/democrati

zacion.htm Red electoral – Documentos.

www.plataforma-colombiana.org/docus_foro/constitucionalismo.doc.

ARANGO, Rodolfo. Alrededor de: “Constitucionalismo, Estado Social de

Derecho y realización integral de los derechos humanos” en

www.revistanumero.com/39sepa3.htm Revista Número.

TONYNBEEArnold.http://dufevagha.ohlog.com/de-la-democracia-en-

colombia.oh29052.html De la Democracia en Colombia.

www.banrepcultural.org

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