La Despenalización de La Tenencia Para Consumo

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La despenalización de la tenencia para consumo, un debate que tardó 26 años En 1986, la Corte dictó la invalidez de la tenencia en un caso que tenía como imputado a un guitarrista de Los Abuelos de la Nada. Un criterio similar se utilizó en el fallo Arriola, que impulsó el debate en el Congreso. En el medio, hubo un camino zigzagueante que incluyó una ley y la reforma constitucional Año 1981. Faltaban aún varios meses para el final de la dictadura militar cuando Gustavo Bazterrica fue detenido tras un allanamiento en su casa. A sus 26 años, ya había sido convocado para integrar Los Abuelos de la Nada y había compartido escenario con Charly García, Alejandro Lerner, Raúl Porchetto y Luis Alberto Spinetta, entre otros. Durante el operativo, la policía encontró tres cigarrillos de marihuana dentro de una lata, lo que obligó a abrir una investigación. El caso es emblemático, ya que logró que por primera vez la Corte Suprema de Justicia dictara la inconstitucionalidad de tenencia de estupefacciones para consumo personal con criterios que tienen plena vigencia. En agosto de 1986, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 6 de la Ley 20.771 por violar la esfera de privacidad de los hombres, consagrada en el artículo 19 de la Constitución Nacional –las acciones privadas de los hombres están sólo reservadas a Dios–. Tres años después, el Congreso sancionó la Ley 23.737, cuyo artículo 14 incluyó un atenuante en la pena para quien tuviere en su poder estupefacientes que “inequívocamente” fuesen para uso personal debido a “su escasa cantidad y demás circunstancias”. La reforma dio lugar a que la Corte revisara su propia jurisprudencia y modificara el criterio con un nuevo fallo dictado en el caso Montalvo. “La tenencia de estupefacientes, cualquiera que fuese su cantidad, es conducta punible en los

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La despenalizacin de la tenencia para consumo, un debate que tard 26 aosEn 1986,la Corte dict la invalidezde la tenenciaen un caso que tena como imputado a un guitarrista de Los Abuelos de la Nada. Un criterio similar se utiliz en el falloArriola, que impuls el debate en el Congreso. En el medio, hubo un camino zigzagueante que incluy una ley y la reforma constitucionalAo 1981. Faltaban an varios meses para el final de la dictadura militar cuandoGustavo Bazterricafue detenido tras un allanamiento en su casa. A sus 26 aos, ya haba sido convocado para integrarLos Abuelos de la Naday haba compartido escenario con Charly Garca, Alejandro Lerner, Ral Porchetto y Luis Alberto Spinetta, entre otros.Durante el operativo, la polica encontrtres cigarrillos de marihuanadentro de una lata, lo que oblig a abrir una investigacin. El caso es emblemtico, ya que logr que por primera vez laCorte Suprema de Justiciadictara la inconstitucionalidad de tenencia de estupefacciones para consumo personal con criterios que tienen plena vigencia.En agosto de 1986, el mximo tribunal declar la inconstitucionalidad del artculo 6 de laLey 20.771por violar la esfera de privacidad de los hombres, consagrada en elartculo 19 de la Constitucin Nacionallas acciones privadas de los hombres estn slo reservadas a Dios.Tres aos despus, el Congreso sancionla Ley 23.737,cuyoartculo 14incluy un atenuante en la pena para quien tuviere en su poder estupefacientes que inequvocamente fuesen para uso personal debido a su escasa cantidad y dems circunstancias.La reforma dio lugar a que la Corte revisara su propia jurisprudencia y modificara el criterio con un nuevo fallo dictado en el casoMontalvo.La tenencia de estupefacientes, cualquiera que fuese su cantidad, es conducta punible en los trminos del artculo 14, segunda parte de la Ley 23.737 y tal punicin razonable no afecta ningn derecho reconocido por la Ley Fundamental..., argument.Diecinueve aos despus, el tema volvi a ser eje de debate para los ministros del mximo tribunal. Fue en el caso deSebastin Arriola, un joven al que se le encontraron bajas dosis de marihuana durante un allanamiento que se realiz a mediados de 2005 en Rosario. Si bien la sentencia se conoce por su apellido, el fallo alcanz a otras personas que se encontraban con l durante aquel procedimiento (Carlos Simonetti,Mnica VzquezyGustavo Fares).En agosto de 2009,la actual conformacin de la Corte Suprema de Justicia dict la inconstitucionalidad del artculo 14 de la Ley 23.737yaval por voto unnime la tenencia de bajas cantidades de marihuana para consumo personal.Los magistrados tomaron como propios los argumentos delfallo Bazterricay sumaron principios de derecho internacional que fueron incorporados a la Constitucin con la reforma de 1994.Los ministros advirtieron expresamente en sus fundamentos que el pronunciamiento no significaba una legalizacin de las drogas en la Repblica Argentina, e instaron a diversos rganos institucionales a afianzar la persecucin contra el narcotrfico.Si bien el fallo gener un fuerte antecedente jurdico que fue adoptado por la mayora de los tribunales inferiores que sustanciaron causas similares, en la Argentina las decisiones de la Corte no son de cumplimiento obligatorio y para fijar pautas claras de actuacin se requiere de una nueva ley del Congreso.En trminos prcticos: si la polica hallara a una persona con estupefacientes en su poder durante un procedimiento legalmente constituido, estara obligada a iniciar las actuaciones pertinentes y darle curso a la investigacin judicial, pese que para la Corte el delito no es punible.No obstante, este pronunciamiento de la Corte fue el que permiti que se le diera impulso a un debate que no estaba en la agenda del Congreso de la Nacin, pese a los esfuerzos que haba realizado en su momentoAnbal Fernndezdesde el Ministerio de Justicia.As, a 31 aos de la detencin de Bazterrica y a 26 del fallo que lo benefici, el tema lleg a la Cmara de Diputados, donde comenzaron a analizarse diferentes alternativas que prometen darle una solucin duradera a un tema de constante evolucin jurdica y social.Un juez, tres sentenciasEl ministroCarlos Faytvot en los tres antecedentes en los que debi intervenir la Corte (Bazterrica, Montalvo y Arriola). En los primeros dos se opuso a la tenencia de drogas para uso personal y en el ltimo, el pronunciamiento de 2009, cambi su postura.Segn explic en su voto, fueron los datos de la realidad los que le demostraron que las razones en las cuales se sustentaba el criterio adoptado hace 26 aos fueron perdiendo virtualidad.Como se adelant, all se haba sostenido que la incriminacin del tenedor de estupefacientes permitira combatir ms fcilmente a las actividades vinculadas con su comercio y arribar a resultados promisorios que no se han cumplido, pues tal actividad criminal lejos de haber disminuido se ha acrecentado notablemente, argument.