La Ley del Agua en Colombia: historia y perspectivas...
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¿Porque el derecho agua como derecho
fundamental?
Condición necesaria para
garantizar el derecho
fundamental a la vida.
Condición necesaria para
garantizar el derecho
fundamental a la salud
Para proteger los recursos
hídricos
Antecedentes Legislativos
Tipo de Proyecto Objetivo Estado
Proyecto de ley 171 de 2008
de Cámara
Se convoca a un referendo
constitucional para consagrar el derecho
al agua potable como fundamental
Hundido
Proyecto de Acto Legislativo
054 de 2008 de CámaraSe consagra el derecho humano al agua Hundido
Proyecto de ley 047 de 2008
de CámaraSe consagra el derecho humano al agua Hundido
Proyecto de Acto Legislativo
11 de 2016 de Senado
Se incluye el artículo 11-A dentro del
Capítulo I del Título II de la Constitución
Política
Hundido
Proyecto de Acto Legislativo
14 de 2017 de Senado
Se incluye el artículo 11-A dentro del
Capítulo I del Título II de la Constitución
Política
Hundido
Es el derecho de todos loscolombianos a disponer de aguasuficiente, salubre, aceptable,accesible y asequible para el usopersonal y doméstico
¿Qué proponemos?
Consagrar el derecho fundamental al agua de todos
los seres humanos en el territorio nacional
Consagrar el derecho al agua en condiciones de
accesibilidad, calidad y disponibilidad conforme al
principio de progresividad
Resalta el uso prioritario del agua para consumo
humano, sin detrimento de su función ecológica
Reitera el deber del Estado de garantizar la
protección y recuperación de los ecosistemas del
recurso hídrico.
El Estado Colombiano debe garantizar el agua
como derecho fundamental bajo lo siguiente:
1. La disponibilidad. Debe ser continuo y suficiente paralos usos personales
2. La Calidad. El agua necesaria para uso personal o doméstico debe ser salubre; no ha de contener
microorganismos o sustancias químicas
3. La Accesibilidad. El agua y las instalaciones y servicios de agua deben ser accesibles para todos, sin discriminación
alguna.
¿Qué es la Tasa por Uso del Agua?
En Colombia, de acuerdo a la
normativa vigente, cualquier
persona natural o jurídica, pública o
privada, que tome agua de una
fuente natural está obligada a
solicitar una concesión de agua ante
la autoridad competente y a pagar,
previa factura emitida por dicha
autoridad, un tributo por cuenta de
la prestación del servicio público del
que está haciendo uso al tomar el
agua.
¿Quiénes usan el agua?Hidrocarburos
2%
Minería 2%
Acuícola 5%
Industria 6%
Doméstico 8%
Pecuario 8%
Energía 22%
Agrícola 47%
Hidrocarburos Minería Acuícola Industria
Doméstico Pecuario Energía Agrícola
La problemática de la tarifa mínima de la TUA es que sea la misma para todos los
titulares de una concesión de agua, independientemente del uso que le den al
recurso y de la capacidad de pago que tengan.
Tabla 1. Comparación entre el agua consumida anualmente por la ciudad de
Ibagué y el agua requerida por el proyecto de minería Gramalote.
Ibagué
[millones de m3/año]
Proyecto de minería Gramalote
Etapa de construcción y
montaje
[millones de m3/año]
Etapa de operación
[millones de m3/año]
27 7,4 29,3
27 36,7
Fuente: Elaboración propia a partir de Bando de la República y Dane (2013) y Resolución 1514 de noviembre 25 de
2015 expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
Importancia del proyecto
Las TUA se destinaran
para el desarrollo de
proyectos que permitan la
conservación y
recuperación de los
nacimientos de agua.
Apaporis
Importancia del proyecto
Las TUA se destinaran para
el desarrollo de proyectos
que ayuden a minimizar los
severos impactos que han
tenido sobre el país en
general los últimos
fenómenos climáticos de El
Niño 2015 - 2016 y La Niña
2010 - 2011.
PL 044 de 2016 “garantizar la preservación, conservación,
regeneración de los ecosistemas de paramos” H.R. Luciano Grisales
Delimitar y declarar las áreas de
complejos de páramos como
ecosistemas estratégicos
integrantes del Sistema Nacional
de Áreas Protegidas con el fin de
preservarlas, conservarlas y
regenerarlas en forma adecuada-
Esquemas de adquisición de
predios, Incentivos ambientales,
pago por servicios ambientales y
medidas de compensación.
Sierra Nevada del Cocuy
PL 044 de 2016 “garantizar la preservación, conservación,
regeneración de los ecosistemas de paramos”
Los planes de manejo deberán
establecer una delimitación
geográfica para minimizar, controlar,
restringir y/o prohibir las actividades
de agricultura extensiva, pastoreo,
minería y todas las prácticas no
permitidas por esta ley que atentan
con los ecosistemas de páramo o sus
áreas conexas y en cambio se
establezcan programas integrales
para la conservación y el uso
sostenible de la tierra en estas
últimas. Parque Nacional Natural de Puracé
Páramo de Chingaza
Si no tuviéramos Chinganza a Bogotá le costaría 16 millones de dólares al
año tratar el agua. (Juan Pablo Ruíz, 2007)
1 Millón de dólares diarios percibe el Acueducto de Bogotá por el agua que le
provee el Parque Nacional Chingaza. Paradójicamente, de los 365 millones de
dólares anuales, el parque tan solo recibe de vuelta la suma de 1 millón de
dólares cada año (0,002%).
Páramo de BelmiraAntioquia responde por el 30% de la energía del país por ser un departamento muy rico en agua. Allí queda el páramo de Belmira (Santa Inés), donde nace el 70 % del agua para el Valle de Aburrá.
En Medellín, cada habitante consume en promedio 131 litros de agua al día.
Páramo de Santurbán (en riesgo por proyectos
mineros de oro)
Provee agua a 48 municipios para 2,2 millones de habitantes de
Santander y Norte de Santander.
Parque Nacional Natural Farallones de Cali
Existen 1.086 nacimientos de agua en el Parque Farallones, de
los cuales algunos componen las cuencas de los 6 ríos que se
originan en este ecosistema (Aguacatal, Meléndez, Lili, Cali,
Cañaveralejo y Pance), que abastecen los acueductos de los que
beben al menos 500.000 habitantes de la ciudad de Cali.
Si no protegemos
nuestros páramos hoy,
generaciones presentes y
futuras de Colombia se
verán privadas del
acceso al agua, algo que
ya afecta a Perú y Sao
Paulo en Brasil.
¿De dónde provendrá nuestra agua dulce
en el año 2050, cuando seamos varios
millones más de colombianos?
Colombia en Cifras
Colombia cuenta con al menos
737.000 cuerpos de agua entre ríos,
quebradas, caños y lagunas.
En Colombia existen cerca de1.600
cuerpos de agua, entre lagunas,
lagos y embalses, los cuales
cuentan con un volumen total
utilizable de 26.300 millones de
m3.
La región Caribe tiene el 71% de
humedales.
Red Interamericana de Academias de Ciencias
(IANA)
Colombia en Cifras
La mayoría de los embalses en Colombia se
encuentran en la cuenca del río Magdalena,
región Andina, en la cual está asentada el 79% de
la población del país y es el eje de mayor
desarrollo productivo.
En el territorio colombiano en promedio cada año
caen 3.400 km3 de agua, se evaporan 1.100 km3 y
escurren 2.300 km3; si se supone que un país es
capaz de retener en sus dispositivos de
abastecimiento el 40% de esta oferta, Colombia
contaría con 1.150 km3/año de la oferta hídrica
total superficial, pero la capacidad de los
sistemas de abastecimiento y suministro de agua
no alcanzan ese porcentaje con respecto a la
oferta de agua.
Red Interamericana de Academias de Ciencias
(IANA)
El agua es un servicio público
garantizado por el Estado colombiano
• Uno de los mayores retos que tiene el país está en crear sistemas de acueductos, y proteger los ecosistemas que permiten que el recurso exista y mantienen su calidad.
Nacimiento Río Bogotá
El agua es un servicio público
garantizado por el Estado colombiano
“Cada municipio del país tiene el deber de asegurar a todos sus habitantes la prestación eficiente y continua de los servicios públicos
domiciliarios, como acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, gas
combustible y telefonía a través de empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto, o directamente por el
respectivo municipio”.
El Estado colombiano expidió la Ley 142 de 1994, la cual en su
artículo 5°
Línea JurisprudencialAcuerdos
suscritos por
Colombia con el
propósito de la
protección del
agua y los
recursos naturales
Estrella Fluvial del Inírida
ACUERDO PRINCIPIOS U OBJETIVOS AÑO
Pacto Internacional de
Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
“Los Estados Partes
en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación,
vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia”
Suscrito por el
Estado
colombiano el 21
de diciembre de
1966
Declaración de Estocolmo
sobre el medio ambiente
II Principio: “Preservación de los recursos naturales en beneficio
de las generaciones presentes y futuras”.1972
La declaración sobre las
Responsabilidades de las
Generaciones Actuales para
con las generaciones Futuras
de la Unesco
Planteaba en sus artículos 4º, 5º, 6º, 8º y 10 que un ambiente
sano hace parte del patrimonio común con que la humanidad va a
afrontar su desarrollo científico y económico y la preservación de
la especie en el futuro.
1997
La Declaración de Río sobre
el Medio Ambiente y el
Desarrollo
“alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los
intereses de todos y se
proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo
mundial”
1992
La Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Sostenible
(Declaración de
Johannesburgo)
“Desde el continente africano, cuna de la humanidad, nos
comprometemos solemnemente, ante los pueblos del mundo y las
generaciones que heredarán la Tierra, a actuar para que se haga
realidad el desarrollo sostenible, que es nuestra aspiración
común”.
2002
“Ningún sentido tendría
pretender asegurar la
vida, bien sea humana o
de cualquier otra especie,
sin asegurar el derecho al
agua, en sus dimensiones
básicas, como
fundamental.”.
Sentencia T 578 /92
“En principio, el agua
constituye fuente de vida y la
falta del servicio atenta
directamente contra el
derecho fundamental a la vida
de las personas. Es un derecho
constitucional fundamental y
como tal debe ser objeto de
protección a través de la
acción de tutela”
Sentencia T 413 /95
“El páramo no solo debe ser
protegido en tanto que es un
recurso de la naturaleza, sino
en atención a los servicios
ambientales que presta, los
cuales resultan estratégicos
para contribuir a mitigar el
cambio climático y a
garantizar el acceso al agua
potable”.
Sentencia C 035 /16
“El Estado tiene que
brindar protección
especial a los ecosistemas
que “producen” tal
recurso como el páramo,
pues son una de las
principales fuentes de
abastecimiento de agua
en el país”
Sentencia C 035 /16
Derecho Comparado – Agua Derecho
FundamentalPAIS
REFERENCIA CONSTITUCIONAL
Argentina:
La República Argentina en su Constitución, otorga jerarquía constitucional a los
tratados internacionales sobre derechos humanos, ha establecido que el acceso al
servicio de agua es un derecho fundamental.
Bolivia:
La Constitución Política de la República de Bolivia en su artículo 20 consagra que:
“Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios
básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y
telecomunicaciones. El acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos
humanos, no son objeto de concesión ni privatización y están sujetos a régimen de
licencias y registros, conforme a ley”.
Ecuador:
La República del Ecuador, en el artículo 12 de su Constitución, consagra el derecho
al agua en los siguientes términos: “El derecho humano al agua es fundamental e
irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público,
inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida”.
El recurso hídrico en el mundo
Distribución de los recursos hídricos mundiales
Volumen
de agua
(millones
km3)
Porcentaje
de agua
dulce
Porcentaje
del total
del agua
Agua total 1 386 100,00
Agua dulce 35 100,0 2,53
Glaciares y
capas
polares
24,4 69,7 1,76
Agua
subterránea
10,5 30,0 0,76
Lagos, ríos y
atmósfera
0,1 0,3 0,01
Agua salina 1 351 97,4
Se estima que en el mundo existen unos 1 400 millones de km3 de agua, de los
cuales 35 millones (2,5 por ciento) son de agua dulce.
Informe de las Naciones Unidas Sobre
el Desarrollo de los Recursos Hídricos
en el Mundo 2016
El recurso hídrico en el mundoMAPA FÍSICO Y ECONÓMICO DE LA ESCASEZ DE AGUA A NIVEL MUNDIAL
Informe de las Naciones Unidas Sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos en el Mundo 2016
La protección del patrimonio natural
colombianoColombia es el país con mayor superficie de páramos en el mundo, hace parte de
los nueve países que concentran el 60% del agua dulce del mundo.
Informe de las Naciones Unidas Sobre el
Desarrollo de los Recursos Hídricos en el
Mundo 2016
Sumapaz