La Organización Internacional Del Trabajo

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Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del PP para Educación y cultura Universidad Alejandro de Humboldt Escuela de Publicidad Trabajo de Legislación Laboral La organización Internacional de Trabajo Realizado por: Yenny Borrero C.I: 15.837.242 Robert Eduardo Mercado C.I 8.677.388

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Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del PP para Educación y cultura

Universidad Alejandro de Humboldt

Escuela de Publicidad

Trabajo de Legislación Laboral

La organización Internacional de Trabajo

Realizado por: Yenny Borrero C.I: 15.837.242

Robert Eduardo Mercado C.I 8.677.388

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Introducción

El siguiente trabajo que se presenta a continuación contiene información relevante relacionada con la Organización Internacional del Trabajo, tal como infraestructura, orígenes, antecedentes, funcionamiento y otros aspectos importantes relacionados con la Organización mas importante a nivel mundial que tiene que ver con el trabajo internacionalmente y que se encarga de promover y hacer cumplir las normas, los principios y derechos fundamentales en el trabajo, generar mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos, mejorar la cobertura y la eficiencia de una seguridad social para todos fortaleciendo el tripartismo y el diálogo social.

Se realiza un recorrido histórico de manera cronológica que permite visualizar cuales fueron los logros de la OIT desde sus inicios y a través de los anos, adicionalmente nos ayuda a conocer la idea del por que reglamentar el trabajo a nivel internacional y ver como se va gestando progresivamente en el curso del siglo XIX.

De los eventos a nivel internacional vemos como la Primera Guerra Mundial marca un momento crucial para este movimiento: la Conferencia de la Paz, iniciada el 25 de enero de 1919 crea la Comisión de Legislación Internacional del Trabajo, encargada de elaborar la constitución de una organización internacional permanente el texto que adopta el 11 y el 28 de abril, bajo el título de "Trabajo", se convierte en la parte XIII del Tratado de Versailles que forma la Constitución de la OIT.

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Que es la OIT :

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) está consagrada a la promoción de oportunidades de trabajo decente y productivo para mujeres y hombres, en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana. Sus objetivos principales son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de empleo dignas, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo.

Al promover la justicia social y los derechos humanos y laborales reconocidos a nivel internacional, la Organización persiste en su misión fundadora: la paz laboral es esencial para la prosperidad. En la actualidad la OIT favorece la creación de trabajo decente y las condiciones laborales y económicas que permitan a trabajadores y a empleadores su participación en la paz duradera, la prosperidad y el progreso.

Antecedentes

La OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente.

Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles. La Comisión, presidida por Samuel Gompers, presidente de la Federación Estadounidense del Trabajo (AFL), estaba compuesta por representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización tripartita, la única en su género con

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representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos.

La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia.

La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada por consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas. Al sintetizarlas, el Preámbulo de la Constitución de la OIT dice que las Altas Partes Contratantes estaban “movidas por sentimientos de justicia y humanidad así como por el deseo de asegurar la paz permanente en el mundo...”

Había un verdadero reconocimiento a la importancia de la justicia social para el logro de la paz, en contraste con un pasado de explotación de los trabajadores en los países industrializados de ese momento. Había también una comprensión cada vez mayor de la interdependencia económica del mundo y de la necesidad de cooperación para obtener igualdad en las condiciones de trabajo en los países que competían por mercados. El Preámbulo, al refejar estas ideas establecía:

Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social;

Considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones;

Considerando que si cualquier nación no adoptare un régimen de trabajo realmente humano, esta omisión constituiría un obstáculo a los esfuerzos de otras naciones que deseen

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mejorar la suerte de los trabajadores en sus propios países;

Las áreas que podrían ser mejoradas enumeradas en el Preámbulo continúan vigentes, por ejemplo:

Reglamentación de las horas de trabajo, incluyendo la duración máxima de la jornada de trabajo y la semana;

Reglamentación de la contratación de mano de obra, la prevención del desempleo y el suministro de un salario digno;

Protección del trabajador contra enfermedades o accidentes como consecuencia de su trabajo;

Protección de niños, jóvenes y mujeres.

Pensión de vejez e invalidez, protección de los intereses de los trabajadores ocupados en el extranjero;

Reconocimiento del principio de igualdad de retribución en igualdad de condiciones;

Reconocimiento del principio de libertad sindical;

Organización de la enseñanza profesional y técnica, y otras medidas similares.

El inicio

La OIT ha realizado aportes importantes al mundo del trabajo desde sus primeros días. La primera Conferencia Internacional del Trabajo en Washington en octubre de 1919 adoptó seis Convenios Internacionales del Trabajo, que se referían a las horas de trabajo en la industria, desempleo, protección de la maternidad, trabajo nocturno de las mujeres, edad mínima y trabajo nocturno de los menores en la industria.

La OIT estableció su sede en Ginebra en el verano de 1920 con el francés Albert Thomas como primer Presidente de la Oficina Internacional del Trabajo, que es la secretaría permanente de la Organización. Con gran ímpetu impulsó la adopción de 16 Convenios Internacionales del Trabajo y 18 Recomendaciones en menos de dos años.

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En 1925 fue creado un Comité de Expertos como sistema de supervisión de la aplicación de las normas de la OIT. El Comité, que aún existe, está compuesto por juristas independientes responsables del análisis de los informes de los gobiernos y de presentar cada año a la Conferencia sus propios informes.

La depresión y la guerra

El británico Harold Butler, sucesor de Albert Thomas desde 1932, tuvo que enfrentar la Gran Depresión y su consecuencia de desempleo masivo. Al darse cuenta de que para abordar temas laborales necesitaba también de la cooperación internacional, Estados Unidos se convirtió en Miembro de la OIT en 1934, aunque continuaba fuera de la Sociedad de las Naciones.

El estadounidense John Winant asumió el cargo en 1939 cuando la Segunda Guerra Mundial era inminente. Por motivos de seguridad trasladó la sede de la OIT en forma temporal a Montreal, Canadá en mayo de 1940. En 1941 cuando fue nombrado embajador de EE.UU. en Gran Bretaña dejó la Organización.

Su sucesor, el irlandés Edward Phelan, había ayudado a escribir la Constitución de 1919 y desempeñó otra vez un papel importante durante la reunión de Filadelfia de la Conferencia Internacional del Trabajo realizada en medio de la Segunda Guerra Mundial, en la cual participaron representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores de 41 países. Los delegados aprobaron la Declaración de Filadelfia, incorporada a la Constitución, que constituye aún una Carta de los propósitos y objetivos de la OIT. En 1946, la OIT se convirtió en una agencia especializada de la recién creada Organización de las Naciones Unidas. En 1948, todavía bajo la dirección de Phelan, la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó el Convenio No. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.

Los años de la post guerra

El estadounidense David Morse fue Director General entre 1948 y 1970, período durante el cual se duplicó el número de países miembros. La Organización asumió su carácter universal, los países industrializados pasaron a ser una minoría ante los países en desarrollo, el presupuesto creció cinco veces y el número de funcionarios se cuadruplicó. La OIT creó el Instituto Internacional de

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Estudios Laborales con sede en Ginebra en 1960 y el Centro Internacional de Formación en Turín en 1965. La Organización ganó el Premio Nobel de la Paz en su 50 aniversario en 1969.

Entre 1970 y 1973, con el británico Wilfred Jenks como Director General, la OIT avanzó en el desarrollo de normas y de mecanismos para la supervisión de su aplicación, en particular en la promoción de la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.

Su sucesor, el francés Francis Blanchard, extendió la cooperación técnica de la OIT con países en desarrollo y logró evitar el deterioro la Organización pese a la pérdida de un cuarto de su presupuesto tras el retiro de EE.UU. desde 1977 hasta 1980. La OIT desempeñó también un papel importante en la emancipación de Polonia de la dictadura, al darle su apoyo total a la legitimación del sindicato Solidarnosc basándose en el respeto del Convenio No. 87 sobre libertad sindical, que Polonia había ratificado en 1957.

Michel Hansenne de Bélgica asumió el cargo en 1989 y condujo la OIT después del fin de la Guerra Fría. Puso énfasis en la importancia de colocar la justicia social al centro de las políticas económicas y sociales internacionales. También orientó a la OIT hacia una descentralización, con mayores actividades y recursos fuera de la sede de Ginebra.

El 4 de marzo 1999 el chileno Juan Somavia asumió el cargo de Director General. Somavia ha planteado la importancia de convertir el Trabajo Decente un objetivo estratégico internacional y de promover una globalización justa. También ha destacado el trabajo como un instrumento para la superación de la pobreza y el papel de la OIT en el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, que incluyen la reducción de la pobreza a la mitad para 2015.

Creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

La idea de reglamentar el trabajo a nivel internacional se va gestando progresivamente en el curso del siglo XIX. La Primera Guerra Mundial marca un momento crucial para este movimiento: la Conferencia de la Paz, iniciada el 25 de enero de 1919, crea la Comisión de Legislación Internacional del Trabajo, encargada de elaborar la constitución de una organización internacional permanente. El texto que adopta el 11 y el 28 de abril, bajo el título de "Trabajo", se convierte en la parte XIII del Tratado de Versailles que forma la « Constitución de la OIT » . El

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Tratado de Versailles fue adoptado en su totalidad por la Conferencia de la Paz el 28 de junio de 1919. Los artículos 387 al 427 tratan sobre la estructura de la OIT que comprende :

una Conferencia General Tripartita, la Conferencia international del Trabajo ;

un órgano ejecutivo tripartito, el Consejo de Administración ;

una secretaría permanente, la Oficina Internacional del Trabajo, a la vez centro de investigación, de actividades prácticas y de edición.

Su funcionamiento, basado en el tripartismo, y su universalidad caracterizan a la OIT, organización única en su género. Es así que la creación de la OIT es guiada, desde sus orígenes, por el principio general de justicia social, según los términos del Tratado de Versailles, condición previa para " una paz universal y durable ". Los Estados Miembros de la OIT han pasado de ser 45 en 1919 a 182 en 2008.

Asimismo, la OIT actúa a través de conferencias regionales, comisiones especializadas y reuniones de expertos, constituidas progresivamente a lo largo de su historia. Actualmente los diferentes campos de acción de la OIT se articulan en base a cuatro objetivos estratégicos :

promover y ejecutar las normas y los principios y derechos fundamentales en el trabajo ;

incrementar las posibilidades de que las mujeres y hombres obtengan un empleo y un ingreso decentes ;

incrementar la cobertura y la eficacia de la protección social para todos ;

fortalecer el tripartismo y el diálogo social.

Primera Conferencia Internacional del Trabajo (CIT)

« Conferencia General de los representantes de los Miembros », la Conferencia Internacional del Trabajo es el órgano plenario de la OIT que elabora, adopta y supervisa las normas internacionales del trabajo. Constituye una tribuna mundial del trabajo en la que se debaten cuestiones sociales.

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La primera reunión de la CIT que congrega a delegaciones de 40 países, se lleva a cabo en Washington en octubre-noviembre de 1919. Cada delegación estuvo compuesta por 2 delegados del gobierno, un delegado representante de los empleadores y un delegado representante de los trabajadores. Los delegados podían estar acompañados por un número más o menos importante de consejeros, según los países. En primer lugar, la Conferencia decide admitir a Alemania y a Austria como Estados Miembros y en seguida adopta 6 convenios y 6 recomendaciones relativos a cuestiones esenciales :

Las horas de trabajo en la industria;

El desempleo;

La protección a la maternidad;

El trabajo nocturno de las mujeres y de los niños;

La edad mínima para el trabajo en la industria.

Instalación de la Oficina Internacional del Trabajo en Ginebra

La Oficina Internacional del Trabajo (OIT), secretaría permanente de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se establece en un primer momento en Londres y luego en Ginebra, el 19 de julio de 1920. Se instala en el edificio que actualmente es la sede del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), frente a la entrada Pregny del Palacio de las Naciones. La OIT se percata en seguida que ese edificio no se adaptaba a sus actividades y por lo tanto no lo adquiere. La decisión de construir un nuevo edificio se toma durante la 2ª Asamblea de la Sociedad de Naciones (SDN). El 21 de octubre de 1923, se desarrolla la ceremonia de colocación de la primera piedra del nuevo edificio situado en Sécheron, al borde del lago Leman. Este edificio, construido por el arquitecto suizo Georges Epitaux (1873-1957), es inaugurado en menos de tres años, el 6 de junio de 1926. El edificio actual de la OIT, situado en la route des Morillons, fue inaugurado el 12 de noviembre de 1974.

Segunda Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (Reunión Marítima de la Conferencia Internacional del Trabajo)

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La OIT convoca periódicamente a una reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) dedicada al sector marítimo con la finalidad de examinar los problemas inherentes al trabajo en ese sector.

La 2a CIT se llevó a cabo en Génova, en junio de 1920 y abordó exclusivamente cuestiones marítimas. La Conferencia adoptó el Convenio sobre la edad mínima (trabajo marítimo), que entró en vigor el 27 de setiembre de 1921 y fue revisado por el Convenio sobre la edad mínima (trabajo marítimo), 1936 .

Convención (n°29) sobre el Trabajo Forzoso, 1930

« Este Convenio fundamental prohíbe todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio […] Se prevén excepciones para los trabajos exigidos por el servicio militar, las obligaciones cívicas normales, en virtud de una condena pronunciada por sentencia judicial […], en casos de fuerza mayor, o para pequeños trabajos comunales realizados por los miembros de una comunidad en beneficio directo de la misma. Asimismo, este Convenio dispone que el hecho de exigir ilegalmente un trabajo forzoso u obligatorio será objeto de sanciones penales, y que todo Miembro que ratifique este Convenio tendrá la obligación de cerciorarse de que las sanciones impuestas por la ley sean realmente eficaces y se apliquen estrictamente ». (Ver Las Reglas del Juego, Una Breve Introducción a las Normas Internacionales del Trabajo (pdf 1,48 MB), p. 28).

En junio de 1994, durante la 81a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo se produce claramente un consenso entre los mandantes de la OIT a favor de una mayor promoción de los derechos sociales fundamentales. La Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, organizada en Copenhague en marzo de 1995, reforzaba los esfuerzos de la OIT invitando a los gobiernos a proteger y promover el " respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores ". Es en este contexto internacional favorable que la Organización califica de " fundamentales " los convenios que tratan asuntos considerados como principios y derechos fundamentales en el trabajo. El 25 de mayo de 1995, el Director General de la OIT, Michel Hansenne, dirige una carta

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a los Estados Miembros a fin de obtener la ratificación universal de estos convenios fundamentales (7 en ese entonces). La Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (pdf 80 KB) (1998), instrumento promocional específico creado para reforzar la aplicación de los principios de derecho fundamentales para la justicia social, contribuye en gran medida al impulso de la campaña de ratificación.

En 2008, el Director General de la OIT, Juan Somavia, recordó la necesidad de acelerar la ratificación de los convenios fundamentales y propuso como objetivo su ratificación universal de aquí al año 2015. (Ver Ratificación y Promoción de los Convenios Fundamentales de la OIT, (pdf 217 KB), p. 1)

Actualmente existen 8 convenios fundamentales :1. Convenio (n°29) sobre el trabajo forzoso, 1930)

2. Convenio (n°87) sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948.

3. Convenio (n°98) sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949.

4. Convenio (n°100) sobre igualdad de remuneración, 1951 .

5. Convenio (n°105) sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 .

6. Convenio (n°111) sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958.

7. Convenio (n°138) sobre la edad mínima, 1973.

8. Convenio (n°182) sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999.

Primera Conferencia del Trabajo de los Estados Americanos Miembros de la OIT, Santiago de Chile, 2-14 de enero de 1936

Paralelamente a sus misiones relativas a la legislación internacional del trabajo y a la documentación, la OIT ha realizado actividades concretas en los países miembros. En efecto, desde 1919, el problema de la adaptación de convenios internacionales del trabajo a las condiciones regionales y locales ha estado presente. Esta evolución

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que ha sido definida con el término de " regionalización " se ha traducido en la instauración progresiva de Conferencias Regionales y de una red de oficinas de correspondencia y de corresponsales nacionales.

El año1936 marca el inicio de la organización de Conferencias Regionales de los Estados Miembros previstas con el objetivo de estudiar problemas de particular interés para una región determinada. La Conferencia de Santiago adoptó veintiséis resoluciones relativas a la seguridad social y a las condiciones de trabajo en los países de América. Se estudiaron numerosos puntos, entre ellos :

los principios fundamentales de los seguros sociales ;

la intensificación de las relaciones entre la OIT y los países de América ;

el desempleo y la inmigración ;

las condiciones de trabajo y de vida de las poblaciones indígenas.

Esta primera Conferencia Regional, que tuvo un éxito rotundo, contribuyó verdaderamente a reforzar el carácter universal de la Organización (pdf 9 KB).

Transferencia del Centro de Actividades de la Organización Internacional del Trabajo a Montreal

En el momento en que el conflicto mundial se desencadena, la OIT se encontraba dispuesta a continuar sus labores. En efecto, el Consejo de Administración ya había vislumbrado las disposiciones necesarias para asegurar la continuidad de las actividades en caso de guerra. Sin embargo, estando el territorio suizo rodeado por las tropas de ocupación alemana, la situación de la Organización se volvía cada vez más precaria. Tal era ésta, que establecer un centro de actividad fuera de Ginebra se tornó imperativo. Efectivamente, el Director de la OIT, John G. Winant, deseaba evitar a todo precio que la OIT pudiese convertirse en un instrumento de Estados totalitarios..

En agosto de 1940, el gobierno canadiense da su consentimiento oficial para que se realice la transferencia temporal del personal de la OIT. Cuarenta miembros del personal de dieciocho nacionalidades diferentes pudieron ser transferidos. Un grupo de funcionarios permanece en Ginebra para realizar los arreglos necesarios, mientras

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que los otros miembros retornan a sus países como corresponsales nacionales o agregados en oficinas de correspondencia a fin de reunir allí información relativa a cuestiones sociales de interés para la Oficina.

Inauguración de una placa conmemorativa en la Universidad McGill, Montreal, 14 de setiembre de 1950: « La Organización Internacional del Trabajo transfirió su sede durante la guerra, en 1940, a este recinto para responder a la generosa invitación del gobierno del Canadá y de la Universidad McGill. Desde este centro, hasta 1948, la OIT dirigió sus actividades que buscan promover la paz en el mundo mediante la justicia social. Esta inscripción evoca la profunda gratitud de la OIT hacia la Universidad McGill ». (Ver Inauguración de una Placa Conmemorativa en la Universidad McGill (pdf 2,3 MB), p.163, en inglés).

La Revisión Constitucional de 1946

La 27a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT), que se lleva a cabo en París en octubre-noviembre de 1945, decide crear una Delegación tripartita de la Conferencia sobre las cuestiones constitucionales. Dicha delegación, encargada del proyecto de revisión constitucional, se reúne en dos oportunidades, en enero-febrero de 1945, en Londres y en mayo de 1946, en Montreal. La 29a reunión de la CIT (Montreal, 1946), en base a los informes de la Delegación, adopta, el 9 de octubre de 1946, un nuevo instrumento de enmienda de la Constitución de la OIT. Dicho instrumento entra en vigor el 20 de abril de 1948.

Una de las modificaciones constitucionales más importantes fue la incorporación, en anexo a la Constitución revisada, (pdf 143 KB), de la Declaración de Filadelfia (pdf 51 KB), en reemplazo del artículo 41 de la versión precedente de la Constitución. La inserción de este texto permitió la ampliación de los objetivos de la OIT.

La revisión constitucional también significó una evolución del sistema de control de las normas internacionales del trabajo. Se efectuaron modificaciones en cuanto al procedimiento de examen de los informes sometidos en virtud de los artículos 19 y 22.

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Así, si la Constitución de la OIT no prescribe un deber formal de ratificación de los convenios, existe una obligación jurídica por parte de los Estados de ayudar a la Organización a cumplir su misión esforzándose de buena fe a ratificar los convenios cuya aplicación puede asegurarse en el plano nacional, y ello sin pretender que otros Estados hagan lo mismo. Si bien los Estados tienen la obligación de informar al respecto, ese compromiso es sin embargo voluntario y unilateral. La sección " e" del párrafo 5 del artículo 19 de la Constitución prevé en efecto que los Estados que no han ratificado un convenio deben presentar, con la frecuencia que fije el Consejo de Administración, un informe indicando las dificultades que impiden o retrasan la ratificación de dicho convenio, o explicando en qué medida su legislación o su práctica no obstante ha dado curso a disposiciones del convenio (Ver. Normas internacionales del trabajo y cooperación técnica (pdf 2,5 MB), p. 4).

Paralelamente a esta revisión constitucional, la OIT toma las medidas pertinentes para garantizar su separación de la SDN y su adhesión a la nueva Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La Organización Internacional del Trabajo, primera institución especializada de las Naciones Unidas

Si bien al término de la guerra la importancia de la OIT no fue puesta en tela de juicio, su lugar y su papel con respecto a la nueva Organización de las Naciones Unidas debían definirse.

La Conferencia Internacional del Trabajo adopta, durante su 27a reunión llevada a cabo en París (octubre-noviembre de 1945), una resolución que expresa el deseo de la OIT de establecer relaciones con las Naciones Unidas en conformidad a disposiciones por determinar mediante acuerdo mutuo. Desde comienzos de 1946 se inician negociaciones destinadas a definir concretamente las formas de vinculación entre las dos Organizaciones.

El Acuerdo entre las Naciones Unidas y la OIT es firmado en Nueva York el 30 de mayo de 1946 por A. Ramaswami Mudaliar, Presidente del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y del Comité del Consejo encargado de las negociaciones con las instituciones especializadas y G. Myrddin-Evans, Presidente del Consejo de Administración de la OIT y de la Delegación de la OIT encargada de las negociaciones: " La Organización internacional del Trabajo es

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reconocida por las Naciones Unidas como una institución especializada investida de la responsabilidad de tomar medidas apropiadas según los términos de su instrumento fundamental para el cumplimiento de los objetivos previstos en ese instrumento ". (Ver Acuerdo entre las Naciones Unidas y la OIT, Artículo 1, en inglés).

Este acuerdo convierte a la OIT cronológicamente en la primera institución especializada según los términos del artículo 57 de la Carta de las Naciones Unidas (Capítulo 9).

Creación del Tribunal Administrativo de la Organización Internacional del Trabajo

Es Albert Thomas, Director de la OIT (1920-1932), quien fuera uno de los principales artífices de la creación del Tribunal Administrativo de la SDN, ancestro del Tribunal Administrativo de la OIT. En efecto desde 1921, Albert Thomas demandaba el establecimiento de un cuerpo jurídico competente para resolver las disputas que pudiesen confrontar a los funcionarios de la SDN o de la OIT con su organización. Sin embargo, no fue sino hasta el 20 de setiembre de 1927 que la Asamblea de la SDN adopta oficialmente el estatuto del Tribunal Administrativo. Entre 1929 y 1946, dicho Tribunal lleva a cabo 8 reuniones y pronuncia 37 sentencias.

El 18 de abril de 1946, según los términos de la resolución referente a la disolución de la SDN, el Tribunal Administrativo es oficialmente transferido a la OIT. Dicha transferencia es aceptada por el Consejo de Administración de la OIT en mayo de 1946. En octubre de 1946, la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) adopta, de manera provisional, el nuevo estatuto del Tribunal. Posteriormente lo confirma durante la reunión siguiente en julio de 1947. El Tribunal Administrativo de la OIT había sido creado (en inglés). En 1949, la CIT adopta una enmienda que permite ampliar la competencia del Tribunal Administrativo a las organizaciones que hubiesen reconocido su estatus y que estuviesen aprobadas por el Consejo de Administración de la OIT. Sobre esa base once fueron las organizaciones internacionales que pudieron recurrir entonces al Tribunal:

Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio,

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Agencia Internacional de la Energía Atómica,

Oficinas Internacionales Reunidas para la Protección de la Propiedad Intelectual,

CERN,

Eurocontrol,

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación,

Organización Meteorológica Mundial,

Organización Mundial de la Salud,

UNESCO,

Unión Internacional de Telecomunicaciones,

Unión Postal Universal.

A la fecha, la competencia del Tribunal Administrativo está reconocida por 55 organizaciones internacionales.

Primera Conferencia Regional Africana de la OIT, Lagos, 5-16 de diciembre de 1960

Esta primera Conferencia africana fue la Conferencia Regional más grande que la OIT había organizado hasta ese entonces. Se desarrolla en un contexto particular: el acceso a la independencia por parte de numerosos nuevos Estados africanos. La atención suscitada por el África en el año 1960 permite que la Conferencia tenga una gran resonancia en el plano internacional. Adopta 3 grandes resoluciones concernientes a la actividad de la OIT en África:

Creación del Instituto Internacional de Estudios Laborales (IIEL)

El Instituto Internacional de Estudios Laborales (IIEL) fue creado por la OIT en 1960 como un centro de estudios avanzados en el campo laboral y social con el objeto de profundizar el conocimiento de asuntos relacionados con el mundo del trabajo a través de actividades de educación e investigación.

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Como funciona la OIT

Conferencia Internacional del Trabajo

Los Estados miembros de la OIT se reúnen en junio de cada año en Ginebra para participar en la Conferencia Internacional del Trabajo. Cada Estado está representado por dos delegados gubernamentales, uno de los empleadores y otro de los trabajadores. Las delegaciones, frecuentemente encabezadas por ministros que hacen uso de la palabra en nombre de sus gobiernos, cuentan con el apoyo de asesores técnicos.

Los delegados de empleadores y trabajadores pueden expresarse libremente y votar de acuerdo con las instrucciones recibidas de sus propias organizaciones. En algunas oportunidades votan en forma opuesta, o en contra de las posiciones de los representantes de sus gobiernos.

La Conferencia establece y adopta normas internacionales del trabajo, y es un foro en el cual se debaten temas sociales y laborales de gran relevancia. También adopta el presupuesto de la Organización y elige al Consejo de Administración.

El Consejo de Administración

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT, y se reúne tres veces al año en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación. También elige al Director General.

El Consejo de Administración de la OIT está formado por 28 miembros gubernamentales, 14 empleadores y 14 trabajadores. Los Estados más industrializados ocupan 10 puestos gubernamentales en forma permanente. Otros representantes de gobiernos son elegidos cada tres

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años teniendo en cuenta la distribución geográfica. Los empleadores y trabajadores eligen sus propios representantes.

La Oficina Internacional del Trabajo

La Oficina Internacional del Trabajo es la secretaría permanente de la Organización Internacional del Trabajo. Es responsable por el conjunto de las actividades de la OIT, que lleva a cabo bajo la supervisión del Consejo de Administración y la dirección del Director General, quien es elegido para períodos renovables de cinco años.

La Oficina cuenta con unos 1.900 funcionarios de más de 110 nacionalidades quienes se desempeñan en la sede en Ginebra y en 40 oficinas en diversos lugares del mundo. Además hay unos 600 expertos que realizan misiones en todas las regiones del mundo en el marco del programa de cooperación técnica. La Oficina también cuenta con un centro de investigación y documentación, y como editora publica estudios especializados, informes y periódicos.

Misión y objetivos

La OIT, la única agencia tripartita del sistema multilateral, está comprometida a generar trabajo decente y medios de sustento, seguridad laboral y mejores condiciones de vida para personas que viven tanto en los países pobres como en los ricos. Para alcanzar esas metas promueve los derechos en el trabajo, las mayores oportunidades de obtener un empleo decente, la mejoría de la protección social y el fortalecimiento del diálogo sobre asuntos laborales.

La OIT es el punto de encuentro del mundo del trabajo. Somos expertos en el trabajo y el empleo y en especial en su papel clave para el logro del desarrollo económico y el progreso en general. Un aspecto central de nuestra misión es ayudar a los países a crear instituciones que son baluartes de la democracia y de apoyarlas para que puedan rendir cuentas a la gente.

La OIT produce normas laborales internacionales en la forma de Convenios y Recomendaciones, estableciendo las condiciones mínimas de los derechos fundamentales en el trabajo: libertad sindical, derecho a la organización, negociación colectiva, abolición del trabajo forzoso,

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igualdad de oportunidades y trato, y otras normas que se refieren a todos los temas relacionados con el mundo del trabajo.

Las diversas tareas que lleva a cabo la OIT están agrupadas en torno a cuatro objetivos estratégicos:

Los cuatro objetivos estratégicos

Promover y cumplir las normas y los principios y derechos fundamentales en el trabajo

Generar mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos

Mejorar la cobertura y la eficiencia de una seguridad social para todos

Fortalecer el tripartismo y el diálogo social

Áreas de actuación

El bienestar del mundo y el progreso de la humanidad requieren de un desarrollo sostenido, una globalización justa y una gobernanza multilateral que fortalezcan el crecimiento de las economías y la justicia social al nivel internacional, nacional y comunitario. Para responder a estas aspiraciones la OIT cuenta con un inventario sin paralelo de conocimientos sobre el mundo del trabajo, adquirido después de haber respondido durante más de 80 años a las demandas de personas de todo el mundo que necesitan trabajos decentes, medios de sustento y dignidad. Atendemos los requerimientos de nuestros constituyentes tripartitas y de la sociedad como un todo de diversas maneras, por ejemplo mediante el establecimiento de normas internacionales, la cooperación técnica con los estados miembros, la diseminación de buenas prácticas, la capacitación, la comunicación y las publicaciones.

La OIT promueve el desarrollo de organizaciones independientes de empleadores y trabajadores y les ofrece servicios de capacitación y consultoría. Su asistencia técnica incluye entre otras áreas:

Formación y rehabilitación profesionales

Política de empleo

Administración del trabajo

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Legislación del trabajo y relaciones laborales

Condiciones de trabajo

Desarrollo gerencial

Cooperativas

Seguridad social

Estadísticas laborales

Seguridad y salud en el trabajo

Como funciona la OIT

La OIT realiza su trabajo a través de tres órganos fundamentales, los cuales cuentan con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores.

Conferencia Internacional del Trabajo

Los Estados miembros de la OIT se reúnen en junio de cada año en Ginebra para participar en la Conferencia Internacional del Trabajo. Cada Estado está representado por dos delegados gubernamentales, uno de los empleadores y otro de los trabajadores. Las delegaciones, frecuentemente encabezadas por ministros que hacen uso de la palabra en nombre de sus gobiernos, cuentan con el apoyo de asesores técnicos.

Los delegados de empleadores y trabajadores pueden expresarse libremente y votar de acuerdo con las instrucciones recibidas de sus propias organizaciones. En algunas oportunidades votan en forma opuesta, o en contra de las posiciones de los representantes de sus gobiernos.

La Conferencia establece y adopta normas internacionales del trabajo, y es un foro en el cual se debaten temas sociales y laborales de gran relevancia. También adopta el presupuesto de la Organización y elige al Consejo de Administración.

El Consejo de Administración

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT, y se reúne tres veces al año en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de

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la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación. También elige al Director General.

El Consejo de Administración de la OIT está formado por 28 miembros gubernamentales, 14 empleadores y 14 trabajadores. Los Estados más industrializados ocupan 10 puestos gubernamentales en forma permanente. Otros representantes de gobiernos son elegidos cada tres años teniendo en cuenta la distribución geográfica. Los empleadores y trabajadores eligen sus propios representantes.

La Oficina Internacional del Trabajo

La Oficina Internacional del Trabajo es la secretaría permanente de la Organización Internacional del Trabajo. Es responsable por el conjunto de las actividades de la OIT, que lleva a cabo bajo la supervisión del Consejo de Administración y la dirección del Director General, quien es elegido para períodos renovables de cinco años.

La Oficina cuenta con unos 1.900 funcionarios de más de 110 nacionalidades quienes se desempeñan en la sede en Ginebra y en 40 oficinas en diversos lugares del mundo. Además hay unos 600 expertos que realizan misiones en todas las regiones del mundo en el marco del programa de cooperación técnica. La Oficina también cuenta con un centro de investigación y documentación, y como editora publica estudios especializados, informes y periódicos.

Responsabilidad y transparencia

La Oficina Internacional del Trabajo (OIT) está comprometida con los principios de apertura y transparencia en todas sus operaciones, actividades y procesos de adopción de decisiones. Dada su singular estructura de gobernanza tripartita, en la que intervienen representantes de organizaciones de trabajadores y de empleadores así como de los gobiernos, la OIT se ha caracterizado a lo largo de su historia por ser una Organización abierta y transparente.

Quiero velar por que sigamos promoviendo la apertura y la transparencia y por que nuestros procedimientos y políticas se ajusten a las mejores prácticas en este ámbito. Así pues, he introducido en la OIT nuevas medidas y modificado una serie de reglas y procedimientos vigentes, incluidos lo siguientes:

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Creación de la función de Encargado de las Cuestiones de Etica, con miras a fomentar una cultura de integridad y de elevadas normas éticas;

Codificación de la política de tolerancia cero de la OIT para combatir el fraude y la falta de integridad, y promover activamente una cultura antifraude, e

Instauración de una política de información pública, con miras a la divulgación de información sobre políticas, estrategias y actividades prácticas de la OIT al mayor número de personas posible.

En esta página se proporciona información más detallada sobre estas y otras medidas.

Las nuevas medidas se introdujeron tras un examen de las prácticas óptimas del sistema de las Naciones Unidas y de otros entornos de la administración pública. Si bien se extrajeron enseñanzas de dichas prácticas, las medidas se adaptaron a la estructura de gobernanza y a la cultura institucional de la OIT.

El proceso de examen y modificación de las prácticas y procedimientos de la OIT será continuo. Constituye en efecto una parte esencial de mi compromiso general de incrementar la transparencia y rendición de cuentas en la OIT ante los gobiernos, las organizaciones de empleadores y de trabajadores, nuestros socios en el sistema de las Naciones Unidas, la comunidad del desarrollo y el público en general y es un elemento fundamental de la estrategia de intercambio de conocimientos de la OIT.

El conjunto de actividades realizadas por la Oficina Regional para América Latina y el Caribe tiene como propósito consolidar el Trabajo Decente, como tema unificador de la labor de todas las Oficinas de la sede. Asimismo el enfoque del Trabajo Decente vincula entre sí a los cuatro objetivos estratégicos de la Organización:

crear mayores oportunidades de empleo; promover y cumplir los derechos en el lugar de trabajo; protección social para todos, y fortalecer el tripartismo y el diálogo social.

Se ha incorporado así mismo la perspectiva de género y desarrollo en todas las actividades de la OIT, además de la preocupación por

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integrar la dimensión sociolaboral en los procesos de integración que están actualmente en marcha en América Latina y el Caribe.

Las prioridades del programa regional se establecen mediante un proceso de consultas periódicas con los mandantes y están en conformidad con las conclusiones y recomendaciones de la Reunión Regional Americana (RRA), y de las orientaciones emanadas del Consejo de Administración de la OIT.

Oficina Regional de la OIT para América Latina y el CaribeOR - Lima

Oficina Subregional para Centroamérica, Haití, Panamá y República DominicanaOSR - San José

Oficina Subregional para el CaribeOSR - Puerto España  (en inglés)

Oficina Subregional para el Cono Sur, Chile, Paraguay y UruguayOSR - Santiago

Oficina Subregional para los Países AndinosOSR - Países Andinos (Lima)

Oficina de la OIT para ArgentinaOIT - Argentina

Oficina de la OIT para BrasilOIT - Brasil (en portugués)

Oficina de la OIT para México y CubaOIT - México

Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional (CINTERFOR)OIT - Montevideo

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Conclusiones

1-Así, si la Constitución de la OIT no prescribe un deber formal de ratificación de los convenios, existe una obligación jurídica por parte de los Estados de ayudar a la Organización a cumplir su misión esforzándose de buena fe a ratificar los convenios cuya aplicación puede asegurarse en el plano nacional, y ello sin pretender que otros Estados hagan lo mismo. Si bien los Estados tienen la obligación de informar al respecto, ese compromiso es sin embargo voluntario y unilateral. La sección " e" del párrafo 5 del artículo 19 de la Constitución prevé en efecto que los Estados que no han ratificado un convenio deben presentar, con la frecuencia que fije el Consejo de Administración, un informe indicando las dificultades que impiden o retrasan la ratificación de dicho convenio, o explicando en qué medida su legislación o su práctica no obstante ha dado curso a disposiciones del convenio.

2-La Oficina Internacional del Trabajo (OIT) está comprometida con los principios de apertura y transparencia en todas sus operaciones, actividades y procesos de adopción de decisiones.

3-Tiene estructura de gobernanza tripartita, en la que intervienen representantes de organizaciones de trabajadores y de empleadores así como de los gobiernos, la OIT se ha caracterizado a lo largo de su historia por ser una Organización abierta y transparente.

5-Los cuatro objetivos fundamentales estratégicos

a)Promover y cumplir las normas y los principios y derechos fundamentales en el trabajo

b)Generar mayores oportunidades para que mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos dignos

c)Mejorar la cobertura y la eficiencia de una seguridad social para todos

Fortalecer el tripartismo y el diálogo social

d)Los Estados miembros de la OIT se reúnen en junio de cada año en Ginebra para participar en la Conferencia Internacional del Trabajo. Cada Estado está representado por dos delegados gubernamentales, uno de los empleadores y otro de los trabajadores. Las delegaciones,

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frecuentemente encabezadas por ministros que hacen uso de la palabra en nombre de sus gobiernos, cuentan con el apoyo de asesores técnicos.

6-La Oficina Internacional del Trabajo

La Oficina Internacional del Trabajo es la secretaría permanente de la Organización Internacional del Trabajo. Es responsable por el conjunto de las actividades de la OIT, que lleva a cabo bajo la supervisión del Consejo de Administración y la dirección del Director General, quien es elegido para períodos renovables de cinco años.

7-La Organización internacional del Trabajo es reconocida por las Naciones Unidas como una institución especializada investida de la responsabilidad de tomar medidas apropiadas según los términos de su instrumento fundamental para el cumplimiento de los objetivos previstos en ese instrumento.

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Bibliografía: http://www.ilo.org/global/lang--es/index.htm