La Reforma de La Constitución Española
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La reforma de la Constitución española, ‘explicada’ a una niña de siete años| Publicado: 6/8/2014 09:49
Francisco Serra
I
Un profesor de Derecho Constitucional paseaba en compañía de su hija por la playa
una tarde de verano. Llevaba un grueso libro en su mano izquierda para distraerse un
poco si su hija decidía recoger conchitas o jugar con la arena.
– Papá, ¿qué libro es ese?
– El Federalista
– ¿Y acaba bien, como los de Gerónimo Stilton?
– No es una novela. Es un libro que recoge los artículos que publicaron varios autores en
algunos diarios neoyorquinos en los tiempos de la Revolución americana.
– ¿Es un blog como el que escribís tú y tus amigos en cuartopoder?
– Ejem… Algo así.
– ¿Y de qué trata?
– Son reflexiones sobre cómo habría de ser la Constitución de los Estados Unidos, que
estaban entonces discutiendo.
– ¿Y esa Constitución es como la nuestra?
– No, es muy distinta. Es un texto muy breve, que aún sigue vigente, con ligeros cambios
(que ellos llaman enmiendas), después de más de doscientos años.
– ¿Cuántas enmiendas de esas ha tenido?
– Veintitantas.
La niña ejecutó un rápido cálculo mental, como había aprendido a hacer en el colegio:
– ¿Una cada diez años, más o menos?
– Bueeeno… De media, sí.
– ¿Y la española, cuantas enmiendas ha tenido?
– En España se llaman reformas. Solo ha habido dos.
– ¿En cuánto tiempo?
– En algo menos de cuarenta años.
La niña volvió a concentrarse y al descubrir el resultado preguntó, algo sorprendida:
– ¿Una cada veinte años?
– Pues… ¿Sabes que ya han abierto las atracciones junto al puerto porque la semana
próxima empiezan las fiestas?
– ¡Ah, qué bien!
Y sacando de su bolsito el monedero con forma de conejo rosa la niña salió corriendo.
II
Mientras su hija botaba una y otra vez encima de la colchoneta, el profesor reflexionó
sobre la breve conversación que había tenido con ella y empezó a darse cuenta de que la
enorme dificultad que representaba la modificación de aspectos sustanciales de la
Constitución española (e incluso no tan sustanciales) había llevado a que se estuviera
produciendo una profunda modificación de su naturaleza.
Influida sobre todo por otros textos adoptados en diferentes países europeos después de
la II Guerra Mundial y concebida para ser reformada con cierta frecuencia, como es
habitual en esos Estados, su extremada rigidez había acabado asemejándola cada vez
más a la Constitución norteamericana. Incluso en el lenguaje político se empleaban cada
vez más expresiones propias de los Estados Unidos (“padres de la Constitución”, por
ejemplo, imitando la referencia a los “padres fundadores”) o se estudiaban procedimientos
allí usuales (como la propuesta, más o menos velada de añadir una “disposición adicional”
para resolver el problema catalán).
Al profesor se le ocurrió que si, en la práctica, la Constitución española es aún más difícil
de reformar que la norteamericana, podrían estudiarse algunas de las soluciones a las que
se había recurrido en los Estados Unidos. El profesor había recomendado a sus
estudiantes que leyeran las conferencias pronunciadas unos años antes por Bruce
Ackerman y que habían sido publicadas con el título de La Constitución viviente.
Para este autor, nadie que leyera la “Constitución formal” norteamericana, acompañada de
su veintena de enmiendas, podría hacerse siquiera una vaga idea de las reglas que regían
de verdad en esa gran nación. Al ser tan difícil la modificación del texto constitucional, lo
que habría cambiado es la llamada “Constitución fuera de la Constitución”, los
“superprecedentes judiciales” y las “leyes estandarte” (una especie de “superleyes”) que,
junto con el propio texto, forman el auténtico “canon constitucional” operativo.
En España se han adoptado ideas provenientes de otros países, como la del “bloque de
constitucionalidad”, utilizado como un parámetro para determinar la constitucionalidad de
las normas, pero la “Constitución fuera de la Constitución” hace referencia a algo muy
distinto: empleando el símil del edificio (que aparece en El Federalista), no se trata tanto
de determinar lo que cabe dentro de él, sino si es posible añadir nuevas dependencias,
siempre que no amenacen su estructura.
Es muy difícil, reflexionó el profesor, que pueda aprobarse una reforma de la Constitución
con la rapidez necesaria para afrontar el “problema catalán”, pero podrían producirse
decisiones del Tribunal Constitucional que supusieran una ampliación de los términos
establecidos en el propio texto constitucional. Sería una especie de “justicia poética” que el
mismo órgano que ha dado lugar (no de forma por completo voluntaria, sin duda) a la
intensificación del problema, contribuyera ahora a su apaciguamiento.
En los últimos años el papel del Tribunal Constitucional ha sido muy cuestionado, al
ponerse en duda, con cierta razón, su independencia, pero hay datos que permiten pensar
que se está produciendo un cierto viraje en su actuación, no tanto por el resultado concreto
de sus sentencias, bastante previsible en razón de la mayoría existente, cuanto por el
razonamiento (que en Derecho es casi tan importante como el propio fallo).
Si se produce la convocatoria de una consulta con significación soberanista en Cataluña
es muy probable que el Tribunal Constitucional manifieste su difícil acomodo
constitucional, pero en su argumentación puede abrir vías hasta ahora cerradas y que
permitan entrever una solución, aunque sea provisional, a la “cuestión catalana”. Para que
ese “problema” sea resuelto, primero tiene que estar bien “planteado”.
Otra posibilidad sería instar desde el Parlamento la aprobación de una “ley estandarte”
(una “superley”) que recogiera materialmente algunas de las demandas más inmediatas y
que permitiera ganar tiempo para afrontar una verdadera “reforma” de la Constitución, que
es necesaria, urgente e inevitable. Aunque el profesor pensaba que en un futuro muy
próximo debiera abrirse un proceso constituyente, no dejaba de examinar todas las
posibles alternativas para salir de la bloqueada situación actual.
III
Algo más tarde, el profesor y su hija pasaron por delante de un enorme espacio con aves
procedentes de todo el mundo que había hecho construir el gobierno municipal anterior, en
los tiempos de bonanza económica. La niña observó los pájaros con detenimiento y dijo,
consternada:
– ¡Qué mal! No hay cachibobos.
– Hummm… Bueeeno, aquí el clima no es bueno para ellos.
– Claro, claro.
El profesor, al relatarle a su hija sus aventuras en la selva de Vietnam, había añadido
algunos detalles de su propia cosecha, para dar mayor interés a la narración, como la
existencia de los terribles monos asesinos o los cachibobos, enormes pájaros que volaban
en grupo a gran altura, trazando círculos y que, después de un rato, empezaban a
marearse, desplomándose y aplastando a todo el que pillaban debajo.
Nuestros políticos, pensó el profesor, cada vez más se parecen a esas gigantescas aves,
dando vueltas una y otra vez, hasta que caigan al suelo sobre nosotros,
despachurrándonos