La reforma laboral de 2010. Comentarios y análisis de un bloguero laboralista.
La reforma laboral 2010
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![Page 1: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/1.jpg)
Este PowerPoint no tiene música, ni imágenes, ni animaciones.
Este PowerPoint plasma en negro sobre blanco las graves consecuencias de la nueva
Reforma Laboral en un leguaje de la calle con ejemplos de la calle.
Te ruego le dediques cinco minutos de tu tiempo, creo que te puede interesar
![Page 2: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/2.jpg)
LA REFORMA LABORAL
Lo que todo el mundo debería saber
![Page 3: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/3.jpg)
SE AMPLIAN LAS CAUSAS PARA DESPEDIR
• Antes de la Reforma Laboral, tu
empresa no podía aplicar un ERE para
despedir a toda o una parte de la
plantilla, si solo justificaba pérdidas
económicas.
![Page 4: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/4.jpg)
• Con la Reforma Laboral, la única justificación
que tiene que dar la empresa es que el
despido sea “mínimamente razonable” para
dejar de tener pérdidas. Deja en manos del
empresario la decisión e imposibilita a los
jueces de magistratura un control efectivo de
“quienes” y “cuantos” van a ir a la calle.
![Page 5: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/5.jpg)
SE FOMENTA LA SUBCONTRATACIÓN
• Antes de la Reforma Laboral, tu empresa no
podía despedirte a ti y a tus compañeros para
subcontratar con otra empresa el trabajo que
venís haciendo desde hace años. No se
justificaba el despido por ahorrar costes.
• Hasta ahora el despido era la ÚLTIMA
MEDIDA en la gestión de la empresa.
![Page 6: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/6.jpg)
• Con la Reforma Laboral, aunque la
empresa no tenga pérdidas, puede
elegir entre modificar las condiciones
de trabajo, suspender los contratos o
despedir. Esta causa da cobertura al
despido de trabajadores fijos para
SUSTITUIRLOS por subcontratas o
falsos autónomos.
![Page 7: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/7.jpg)
EL DESPIDO PREVENTIVO
• Antes de la Reforma Laboral, si te
despedían porque tu jefe consideraba
que en unos años la empresa iba a
tener problemas de competitividad con
los productos que estáis fabricando,
ese despido era INJUSTIFICADO.
![Page 8: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/8.jpg)
• Con la Reforma Laboral, al reconocer
el despido preventivo, este despido se
considera justificado solo con que el
empresario considere “que en un
futuro” va a tener problemas
económicos. Lo admite expresamente
la ley.
![Page 9: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/9.jpg)
SE LIMITA EL PODER DE LA MAGISTRATURA SOBRE LOS
DESPIDOS
• Hasta ahora, una empresa debía
justificar ante el juez que un despido
era necesario, proporcional y probarlo
documentalmente. Existían reglas para
controlar la decisión del empresario.
![Page 10: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/10.jpg)
CON LA REFORMA LABORAL
• Los empresarios han fomentado la
fórmula de “mínimamente razonable”,
que es igual a que el empresario decida a
su antojo, impidiendo el criterio judicial
sobre la necesidad o no de despedir a los
trabajadores.
![Page 11: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/11.jpg)
SE FACILITA EL DESPIDO EXPRES PARA NO PAGAR LOS SALARIOS
DE TRAMITACIÓN
• Hasta ahora, un despido declarado
nulo por un juez, conllevaba la
readmisión obligatoria del trabajador.
![Page 12: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/12.jpg)
• Con la Reforma Laboral, el trabajador
ya no puede exigir la readmisión a su
puesto de trabajo, sino que será la
empresa la que elija entre readmitirlo o
extinguir el contrato pagando la
indemnización. El despido deja de ser
nulo y se convierte en improcedente.
![Page 13: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/13.jpg)
• Para colmo, todas estas nuevas
maneras de despedir van a estar
subvencionadas con recursos
públicos, o sea, con el dinero de
todos y de todas.
![Page 14: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/14.jpg)
El FONDO DE GARANTÍA SALARIAL(FOGASA)
• Es un organismo del Ministerio de Trabajo para
garantizar a los trabajadores el cobro de salarios e
indemnizaciones en caso de despido.
• Esta financiado por las empresas y por el Gobierno
Central con fondos públicos (el dinero de todos y de
todas).
![Page 15: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/15.jpg)
CON LA REFORMA LABORAL
• En empresas con menos de 25 trabajadores (más
del 98% de este país): Al considerarse ahora
justificados los ERE’S, de los 20 días por año que
corresponden, por despedir a un TRABAJADOR
FIJO el empresario SOLO pagará 12 días y el
FOGASA los 8 restantes, con el máximo de una
anualidad (la indemnización no puede superar en
importe a un año de salario).
![Page 16: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/16.jpg)
CON LA REFORMA LABORAL
• Para los nuevos contratos fijos a partir de la
Reforma, el FOGASA subvencionará SIEMPRE
8 días de salario en las indemnizaciones por
despido, aunque la empresa tenga mas de 25
trabajadores o aunque la empresa
RECONOZCA en la carta que el despido es
ARBITRARIO y no tiene causa.
![Page 17: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/17.jpg)
¿QUE SIGNIFICA ESTO?
• Que el Gobierno pone a disposición del
empresario el dinero público para ayudarle a
destruir empleo.
• Que las empresas han esperado a la aprobación
de la REFORMA LABORAL para aplicar ERE’S
en cadena.
![Page 18: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/18.jpg)
SE REBAJA EL PLAZO DEL PREAVISO
• Antes de la Reforma, el plazo para
preavisar a un trabajador de que iba a ser
despedido era de 30 días, si esto se
incumplía, el empresario tenía que abonar
los días de salario correspondiente al
plazo incumplido.
![Page 19: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/19.jpg)
• Con la Reforma Laboral, este plazo
se reduce a la mitad. O sea, que si hoy
llega tu jefe y te da la carta de despido
para mañana, solo tendrá que pagarte
15 días de sueldo en vez de un mes
que es lo que te correspondía por ley.
![Page 20: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/20.jpg)
EL ABSENTISMO COMO CAUSA DE DESPIDO JUSTIFICADO
• Si has faltado mas del 20% de días hábiles en dos
meses consecutivos, aunque sea justificadamente
con baja del médico o de la mutua, o el 25 % en
cuatro meses discontinuos durante el año, el despido
se considera justificado. Han rebajado del 5 al 2,5 %
la media que tiene que existir de absentismo en el
conjunto de la plantilla. Media que se sobrepasa con
mucha facilidad en todas las empresas.
![Page 21: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/21.jpg)
UNA REFORMA CONTRA LAS TRABAJADORAS
• Este motivo de despido perjudica principalmente a las mujeres
trabajadoras por:
– La nula aplicación de la conciliación de la vida laboral y
familiar en las empresas.
– El cálculo erróneo que hacen las empresas sobre el
absentismo, incluyendo los permisos retribuidos o las
reducciones de jornada.
![Page 22: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/22.jpg)
• Piensa que si coges una gripe que te deje
ocho días en cama, una lumbalgia, o una
infección en un ojo por que se te clave una
viruta, a los dos meses ya eres candidato a
ser despedido justificadamente, aunque
tengas baja por I.T.
![Page 23: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/23.jpg)
Esta medida propiciada por los empresarios y
recogida en la nueva Reforma Laboral,
criminaliza al trabajador por estar enfermo.
Paradójicamente, durante el último año, 1 de
cada 3 empresas ha recibido requerimiento
de la Inspección de Trabajo por incumplir las
normas de prevención.
![Page 24: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/24.jpg)
CONSECUENCIAS PARA LOS TRABAJADORES FIJOS
• A partir de esta Reforma Laboral, los
trabajadores fijos tendrán 2 distinciones:
1. Contratos fijos actuales (los firmados antes de la
Reforma Laboral).
2. Contratos de “fomento” de la contratación
indefinida (los firmados después de la Reforma
Laboral).
![Page 25: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/25.jpg)
• Al legalizarse las causas de despidos, los
trabajadores y trabajadoras perdemos el
poco derecho que teníamos a la estabilidad
en el puesto de trabajo.
• La indemnización por despido sufre una
reducción brutal.
![Page 26: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/26.jpg)
CON LA NUEVA REGULACIÓN
• PARA TODOS LOS DESPIDOS COLECTIVOS U
OBJETIVOS (JUSTIFICADOS): 20 días por año con
un máximo de 12 meses y sin salarios de tramitación.
(Fijos de antes y de ahora).
• PARA DESPIDOS OBJETIVOS (SIN JUSTIFICAR):
1. 45 días por año, para fijos actuales (antes de la Reforma)
2. 33 días por año, para fijos de fomento de la contratación
(después de la Reforma).
![Page 27: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/27.jpg)
¿Crees que con la nueva Reforma va
a existir algún despido NO
JUSTIFICADO?
Si se ata de pies y manos a la
Magistratura, ¿quién va a impartir
justicia en los despidos?
![Page 28: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/28.jpg)
Es un error el pensar que los trabajadores
que somos indefinidos antes de la
aprobación de esta Reforma Laboral no
vamos a salir perjudicados.
Veamos un ejemplo práctico
![Page 29: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/29.jpg)
Manuel, entró a trabajar en la empresa
siendo un chaval. Tiene una antigüedad
reconocida en nómina de 20 años. La
empresa ha calculado que le sale mas
barato que el trabajo de Manuel lo haga
una subcontrata y decide despedirlo.
![Page 30: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/30.jpg)
ANTES
l despido sería SIEMPRE injustificado, pues no hay causa para el cese.
3.
i el despido afectara a Manuel y a muchos compañeros mas, los ceses serían
nulos y la readmisión obligatoria.
5.
i el despido de Manuel fuera objetivo pero sin justificar la causa, sería
improcedente y tendría derecho a:
1. Una indemnización de 45 días por año de servicio, con el
máximo de 42 mensualidades. Esto sería para Manuel una
indemnización de dos años y medio de salario.
1. Los salarios de tramitación desde el despido hasta la
sentencia –normalmente entre 3 y 5 meses de sueldo
adicionales-.
1. En total, Manuel recibiría una indemnización de 34 meses de
sueldo pagados íntegramente por el empresario
ería causa de despido colectivo u objetivo porque “mejora” la situación
de la empresa.
•
l trabajador solo percibirá una indemnización de 12 meses de salario,
con el máximo en todos los casos de una anualidad.
5.
o tiene derecho a salarios de tramitación.
•
n muchos supuestos la empresa solo tiene que abonar una
indemnización de 7,2 meses de salario, pues el resto los subvenciona
el Fogasa.
n resumen:
•
anuel percibe 12 meses de salario. Ha dejado de cobrar 22 meses de
sueldo, es decir, el 64,7% de la indemnización.
•
a empresa sólo tiene que pagar 7,2 meses de salario. Ha obtenido
una rebaja de 26,8 meses de salario, es decir, una rebaja del 78,8% de
los costes del despido
AHORA
![Page 31: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/31.jpg)
Estamos ante una reducción de la
garantía de la estabilidad en el empleo
que afecta a TODOS LOS
TRABAJADORES FIJOS DE LAS
EMPRESAS.
No es cierto, que la reforma sólo afecte
a los nuevos contratos.
![Page 32: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/32.jpg)
LA REFORMA DEL DESPIDO AFECTA SOBRE TODO A LOS ACTUALES
TRABAJADORES FIJOS CON MAYOR ANTIGÜEDAD
En la práctica, para los trabajadores que hoy tienen mucha
antigüedad, percibirían TRES VECES MENOS DE
INDEMNIZACIÓN.
A las empresas se les REBAJA LA CANTIDAD A PAGAR
entre el 75-80% de la indemnización por despido.
![Page 33: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/33.jpg)
A LA EMPRESA LE VA A SALIR
MAS BARATO DESPEDIRTE
QUE CAMBIARTE EL HORARIO
O TRASLADARTE A OTRA
CIUDAD
![Page 34: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/34.jpg)
Si una empresa quiere imponer un sistema de turnos abusivos
para mejorar la producción:
Antes, esta causa podía justificar los turnos, pero no el despido. Si
los turnos te perjudicaban en tu vida personal o familiar tenías
derecho a irte de la empresa con 20 días por año con un máximo
de 9 mensualidades.
Ahora, esta causa justifica los turnos y el despido de la plantilla.
Pero además, en caso de despido, el Fogasa le subvenciona a la
empresa el 40% de las indemnizaciones si tiene menos de 25
trabajadores.
![Page 35: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/35.jpg)
EN LA PRÁCTICA, LA APORTACIÓN
DEL FOGASA SUPONE QUE
DESPEDIR A LOS TRABAJADORES
FIJOS CUESTA LO MISMO QUE
DESPEDIR A LOS TEMPORALES.
![Page 36: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/36.jpg)
Si una empresa tiene exceso de producción y se plantea los
mecanismos para despedir a trabajadores de su plantilla, fijos y
eventuales por obra y servicio.
3.A partir de 2015 le costará 12 días por año despedir a los
eventuales dando por finalizada la obra o servicio determinado.
5.A partir de la Reforma Laboral, este motivo es justificación para
despedir a los fijos por 20 días por año, que al final le cuesta solo
12 días porque el resto los paga el FOGASA.
DESPIDO DE FIJOS = DESPIDO DE EVENTUALES
![Page 37: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/37.jpg)
LOS NUEVOS CONTRATOS INDEFINIDOS
• Estos contratos de fomento a la contratación
indefinida tienen una indemnización en caso
de DESPIDO OBJETIVO IMPROCEDENTE
inferior a la ordinaria: Solo cobran 33 días
por año con un máximo de 24
mensualidades, en lugar de los 45 días por
año, con un máximo de 42 mensualidades de
los indefinidos ordinarios.
![Page 38: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/38.jpg)
LOS NUEVOS CONTRATOS INDEFINIDOS
El FOGASA también subvencionará el despido de
estos “nuevos fijos” con 8 días por año.
•Hasta ahora DESPIDO = 45 días por año
•Con la Reforma Laboral DESPIDO = 25 días por
año (33-8) y no paga salarios de tramitación con el
despido exprés.
![Page 39: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/39.jpg)
¿De verdad creemos que esta es la Reforma para acabar
con el paro?
¿Cómo se pretende crear empleo abaratando y facilitando el
despido?
Se va a conseguir acabar con la dualidad entre TEMPORAL
y FIJO. Claro que sí.
TODOS VAMOS A SER TEMPORALES
![Page 40: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/40.jpg)
CONTRATACIÓN TEMPORAL
• La Reforma NO corrige el abuso en las
subcontratas.
• La Reforma NO corrige el abuso en el
encadenamiento de contratos. Las empresas
seguirán recurriendo a la rotación de trabajadores,
despidiendo a los temporales que llevan mas de dos
años con el argumento de que no los quieren hacer
fijos.
![Page 41: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/41.jpg)
CONTRATACIÓN TEMPORAL
• CONTRATO DE OBRA: Se
introduce un plazo máximo
de 3 años para adquirir la
condición de fijo.
![Page 42: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/42.jpg)
SE MODIFICA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
• Se le da rienda suelta a que los empresarios negocien pactos de
empresa al margen de lo establecido en los Convenios
Colectivos.
• Pueden saltarse a la torera los horarios, los descansos, los
permisos, las jornadas continuadas, el régimen de turnos, …
• El descuelgue salarial va a propiciar la aplicación de un salario
inferior al fijado en el convenio.
![Page 43: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/43.jpg)
ES UNA VÍA PARA DESARTICULAR LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
En tu nuevo trabajo vas a tener que negociar con
el empresario punto por punto tus condiciones
laborales, desde el salario hasta la jornada.
SE PASARÁN POR EL “FORRO” LO QUE DIGA
EL CONVENIO
![Page 44: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/44.jpg)
UNA COSA MAS…
Como con la Reforma las ETT’s pueden sustituir a las
bolsas de empleo del antiguo INEM:
No dudes que contratarán al que venga por la ETT y no
a ti que vienes del paro.
Se fomenta el fraude y el negocio de las empresas
privadas con los parados.
![Page 45: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/45.jpg)
¿ES POSIBLE PARAR
ESTA REFORMA
LABORAL?
![Page 46: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/46.jpg)
SI
![Page 47: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/47.jpg)
En 1988 y en 2002, se plantearon Reformas Laborales por
los gobiernos de Felipe González y José María Aznar,
respectivamente.
Reformas Laborales mucho menos agresivas que la que se
nos plantea hoy.
La respuesta masiva de los trabajadores españoles
secundando las Huelgas Generales del 14-D y 22-J
consiguieron que PSOE y PP retiraran gran parte o toda la
reforma planteada.
![Page 48: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/48.jpg)
Que no te engañen aquellos que dicen que una
HUELGA GENERAL no sirve para nada.
La HUELGA es un derecho reconocido por la
Constitución Española.
Es nuestro derecho, como el tener un trabajo y
una vivienda digna.
![Page 49: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/49.jpg)
Vas a perder un día de salario. SÍ.
Piensa que está haciendo una inversión.
Una inversión de futuro.
![Page 50: La reforma laboral 2010](https://reader033.fdocuments.co/reader033/viewer/2022060123/55968bdd1a28ab54628b46f6/html5/thumbnails/50.jpg)
El próximo 29 de Septiembre,
todos los trabajadores y
trabajadoras de España
estamos convocados a una
HUELGA GENERAL
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YO VOY
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¿y tú?
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Pásalo a todos los currelas que
conozcas