La Responsabilidad del Administrador

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Tfno: 966721419.Fax:966721759 Email:[email protected] . web: www.sanchezbutron.com Tfno:965123684/Alicante Email:[email protected] RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS ADMINISTRADORES POR LAS DEUDAS SOCIALES Estimado Clientes, Nos ponemos en contacto con Ustedes, con el fin de seguir manteniendo un actitud proactiva del despacho en cuanto a informarles de los diferentes temas existentes en nuestro marco legal, en cualquiera de las materias, las cuales les puedan interesar, tanto a título personal, como profesional. Al margen de la común responsabilidad por daños de los administradores por sus conductas ilegales, antiestatutarias o negligentes, nuestro derecho societario, impone a los administradores unos deberes cuyo incumplimiento se sanciona con un severo régimen de responsabilidad . Nos estamos refiriendo a la responsabilidad por deudas sociales , que se ha convertido, en la práctica, en la vía habitual de exigencia de este tipo de responsabilidad por los acreedores sociales, puesto que es una responsabilidad cuasi objetiva que, a diferencia de la responsabilidad por daños, no precisa de la concurrencia de culpa de los administradores ni que exista nexo causal entre el incumplimiento de sus deberes y el daño (impago de la deuda), sino que nace automáticamente por el simple incumplimiento de sus obligaciones legales. El incumplimiento de los citados deberes se sanciona con la RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS ADMINISTRADORES POR (TODAS) LAS DEUDAS SOCIALES , esto es, ilimitado. Significa esto que, todos y cada uno de los administradores de la sociedad, de forma individual, responde de la deuda social, lo que supone que, el acreedor social pueda dirigirse contra cualquiera de ellos y exigirle la totalidad de su crédito. Esta responsabilidad solidaria de los administradores, nos facilita el cobro de las deudas que las sociedades mantienen con sus acreedores, siendo la mayor parte de las demandas presentadas por los acreedores sociales, a día de hoy en este sentido, con la finalidad de recuperar sus créditos. Por este motivo, en el caso de que se encuentre inmerso en una situación de análoga naturaleza, y en caso de ser de su interés ampliar la información facilitada, le ofrecemos, como siempre, nuestros servicios. Reciban un cordial saludo, Cayetano Sánchez Butrón.

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La responsabilidad del administrador

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Tfno: 966721419.Fax:966721759 Email:[email protected]. web: www.sanchezbutron.com

Tfno:965123684/Alicante Email:[email protected]

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS ADMINISTRADORES POR LAS DEUDAS SOCIALES

Estimado Clientes,

Nos ponemos en contacto con Ustedes, con el fin de seguir manteniendo un actitud proactiva del despacho en cuanto a informarles de los diferentes temas existentes en nuestro marco legal, en cualquiera de las materias, las cuales les puedan interesar, tanto a título personal, como profesional.

Al margen de la común responsabilidad por daños de los administradores por sus conductas ilegales, antiestatutarias o negligentes, nuestro derecho societario, impone a los administradores unos deberes cuyo incumplimiento se sanciona con un severo régimen de responsabilidad. Nos estamos refiriendo a la responsabilidad por deudas sociales, que se ha convertido, en la práctica, en la vía habitual de exigencia de este tipo de responsabilidad por los acreedores sociales, puesto que es una responsabilidad cuasi objetiva que, a diferencia de la responsabilidad por daños, no precisa de la concurrencia de culpa de los administradores ni que exista nexo causal entre el incumplimiento de sus deberes y el daño (impago de la deuda), sino que nace automáticamente por el simple incumplimiento de sus obligaciones legales. El incumplimiento de los citados deberes se sanciona con la RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS ADMINISTRADORES POR (TODAS) LAS DEUDAS SOCIALES, esto es, ilimitado. Significa esto que, todos y cada uno de los administradores de la sociedad, de forma individual, responde de la deuda social, lo que supone que, el acreedor social pueda dirigirse contra cualquiera de ellos y exigirle la totalidad de su crédito. Esta responsabilidad solidaria de los administradores, nos facilita el cobro de las deudas que las sociedades mantienen con sus acreedores, siendo la mayor parte de las demandas presentadas por los acreedores sociales, a día de hoy en este sentido, con la finalidad de recuperar sus créditos.

Por este motivo, en el caso de que se encuentre inmerso en una situación de análoga naturaleza, y en caso de ser de su interés ampliar la información facilitada, le ofrecemos, como siempre, nuestros servicios.

Reciban un cordial saludo,

Cayetano Sánchez Butrón.