LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Página CAPITULO I CUESTIONARIO CAPITULO I DEL TITULO IV LISR 1.- MENCIONA EL CONCEPTO DE TRABAJADOR. Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio. Artículo 8 de la Ley Federal del Trabajo Trabajador: persona que ofrece sus servicios profesionales, oficio u otro parecido por medio de diferentes actividades desempeñadas dirigida a una persona o empresa a cambio de ingresos ya sea semanal, quincenal o mensual además de otras prestaciones de ley. 2.-MENCIONA EL CONCEPTO DE PATRÓN. Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patrón de aquel lo será también de estos. Artículo 10 de la Ley Federal del Trabajo Patrón: persona que necesita la prestación del servicio de el o los trabajadores y responsable de verificar el cumplimiento de las actividades que debe desempeñar el o los trabajadores de acuerdo a el contrato y las reglas internas. 3.- MENCIONA EL CONCEPTO DE SUELDO. Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo ejecutivo, cualquiera que sea la forma

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CAPITULO I

CUESTIONARIO CAPITULO I DEL TITULO IV LISR

1.- MENCIONA EL CONCEPTO DE TRABAJADOR.

Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio. Artículo 8 de la Ley Federal del Trabajo

Trabajador: persona que ofrece sus servicios profesionales, oficio u otro parecido por medio de diferentes actividades desempeñadas dirigida a una persona o empresa a cambio de ingresos ya sea semanal, quincenal o mensual además de otras prestaciones de ley.

2.-MENCIONA EL CONCEPTO DE PATRÓN.

Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los

servicios de otros trabajadores, el patrón de aquel lo será también de estos.

Artículo 10 de la Ley Federal del Trabajo

Patrón: persona que necesita la prestación del servicio de el o los trabajadores y responsable de verificar el cumplimiento de las actividades que debe desempeñar el o los trabajadores de acuerdo a el contrato y las reglas internas.

3.- MENCIONA EL CONCEPTO DE SUELDO.

Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo ejecutivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo.

Salario: El salario se puede definir como la compensación obtenida por la prestación de un esfuerzo o la realización de una tarea, o actividad

4.- MENCIONA EL CONCEPTO DE SALARIO.

Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Es el monto que el patrón da a cambio por los servicios realizados cada dia por el trabajador.

Artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo

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5.- MENCIONA EL CONCEPTO DE JORNADA DE TRABAJO.

Concepto: Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del patrón para prestar su trabajo.

Capítulo II Artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo

La jornada de trabajo son las horas que tendrás que trabajar para tu patrón.• La jornada de trabajo es de ocho horasDiarias.• Si trabajas parte del día y de la noche(Jornada mixta), la jornada es de 71/2 horas.• Si trabajas por la noche la jornada es de7 horas.• Tienes derecho a un día de descanso por cadaSeis días de trabajo

6.- ¿CUÁLES SON LAS PARTIDAS QUE NO SE CONSIDERAN INGRESOS EN DICHO TITULO?

No se consideran ingresos obtenidos por los contribuyentes, los rendimientos de bienes en fideicomiso, en dicho tantos rendimientos únicamente se destinen a fines científicos, políticos o religiosos o a los establecimientos de enseñanza y a las instituciones de asistencia o de beneficencia o a financiar la educación hasta nivel licenciatura de sus descendientes en línea recta, siempre que los estudios cuenten con reconocimiento de validez oficial.

Articulo 176 Fracción III Ley Del Impuesto Sobre La Renta

Nunca se consideran como ingresos de los contribuyentes los rendimientos de bienes aquellos que sean parte de un fideicomiso, siempre y cuando estos rendimientos se destinen a fines científicos, políticos o religiosos.

Articulo.106 de La Ley Del Impuesto Sobre La Renta.

7.-EN ¿QUÉ CONSISTE LA PRESUNCIÓN DE INGRESOS?

La determinación presuntiva se contiene en la Ley Del Impuesto Sobre La Renta en su artículo 107 el cual dispone. Cuando una persona física, aun cuando no esté inscrita en el Registro Federal en su artículo 107 de Contribuyentes, realice en un año de calendario erogaciones superiores a los ingresos que hubiere declarado en ese mismo año, las autoridades fiscales procederán como sigue:

I, Comprobarán el monto de las erogaciones y la discrepancia con la declaración del contribuyente y darán a conocer a éste el resultado de dicha comprobación.

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II. El contribuyente, en un plazo de quince días, informará por escrito a las autoridades fiscales las razones que tuviera para inconformarse o el origen que explique la discrepancia y ofrecerá las pruebas que estimare convenientes, las que acompañará a su escrito o rendirá a más tardar dentro de los veinte días siguientes. En ningún caso los plazos para presentar el escrito y las pruebas señaladas excederán, en su conjunto, de treinta y cinco días.

III. Si no se formula inconformidad o no se prueba el origen de la discrepancia, ésta se estimará ingreso de los señalados en el Capítulo IX de este Título en el año de que se trate y se formulará la liquidación respectiva.

Articulo 107 De La Ley Del Impuesto Sobre La Renta.

Tratándose de personas físicas cuando en el ejercicio fiscal de un año los gastos sean mayores a los ingresos las autoridades fiscales comprobaran las erogaciones por medio de los comprobantes validos y dará a conocer el resultado del mismo para que el contribuyente proceda como es debido en tiempo y forma según las fracciones II Y III del articulo 107 LISR.

8.- EXPLICA LOS INGRESOS POR COMPRENDIDAD Y SUCESIÓN.

Se consideran ingresos omitidos por la actividad preponderante del contribuyente o en su caso, otros ingresos en los términos del capitulo lX de este titulo, los prestamos y los donativos que no se declaren o se informen a las autoridades fiscales, conforme a lo previsto en los párrafos segundo y tercero de articulo 106 de esta ley.

Documentación referidos y cumplir con las obligaciones en materia de retención de impuestos a que se refiere esta ley. Cuando dos o mas contribuyentes sean copropietarios de una negociación, se estará a lo dispuesto en el art. 129 de esta ley.

Los copropietarios responderán solidariamente por el incumplimiento del representante común. Lo dispuesto en los párrafos anteriores es aplicable a los integrantes de la sociedad conyugal. El representante legal de la sucesión pagara en cada año de calendario el impuesto por cuenta de los herederos o legatarios, considerando el ingreso en forma conjunta, hasta que se haya dado por finalizada

la liquidación de la sucesión.

9.-MENCIONA LAS OBLIGACIONES DE LOS PATRONES.

Articulo 113 de Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

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Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Efectuar las retenciones señaladas en el artículo 113 de esta Ley.

II. Calcular el impuesto anual de las personas que les hubieren prestado servicios subordinados, en los términos del artículo 116 de esta Ley.

III. Proporcionar a las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados, constancias de remuneraciones cubiertas, de retenciones efectuadas y del monto del impuesto local a los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado que les hubieran deducido en el año de calendario de que se trate

Las constancias deberán proporcionarse a más tardar el 31 de enero de cada año. En los casos de retiro del trabajador, se proporcionarán dentro del mes siguiente a aquél en que ocurra la separación.

IV. Solicitar, en su caso, las constancias a que se refiere la fracción anterior, a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, a más tardar dentro del mes siguiente a aquél en que se inicie la prestación del servicio y cerciorarse

que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.

V. Presentar, a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración proporcionando información sobre las personas a las que les hayan efectuado dichos pagos, en la forma oficial que al efecto publique la autoridad fiscal. La información contenida en las constancias que se expidan de conformidad con la fracción IV de este artículo se incorporará en la misma declaración.

VI. Solicitar a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, les proporcionen los datos necesarios a fin de inscribirlas en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritas con anterioridad, les proporcionen su clave del citado registro.

VII. Proporcionar a más tardar el 15 de febrero de cada año, a las personas a quienes les hubieran prestado servicios personales subordinados, constancia del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario de que se trate, por los que se aplicó lo dispuesto en el artículo 109, fracción XIII de esta Ley.

VIII. Presentar, ante las oficinas autorizadas a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración proporcionando información sobre las personas que hayan ejercido la opción a que se refiere la fracción VII del artículo 110 de esta Ley, en el año de calendario anterior, conforme a las reglas generales que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria.

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En los casos en que una sociedad sea fusionada o entre en liquidación, así como cuando una sociedad desaparezca con motivo de una escisión o fusión, la declaración que debe presentarse conforme a lo previsto en la fracción V de este artículo, se efectuará dentro del mes siguiente a aquél en el que se termine anticipadamente el ejercicio.

Quedan exceptuados de las obligaciones señaladas en este artículo y en el siguiente, los organismos internacionales cuando así lo establezcan los tratados o convenios respectivos, y los estados extranjeros

Articulo 132 Capitulo Ley Federal Del Trabajo

SON OBLIGACIONES DE LOS PATRONES:

I.- CUMPLIR LAS DISPOSICIONES DE LAS NORMAS DE TRABAJO APLICABLES A SUS EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS;

II.- PAGAR A LOS TRABAJADORES LOS SALARIOS E INDEMNIZACIONES, DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS VIGENTES EN LA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO;

III.- PROPORCIONAR OPORTUNAMENTE A LOS TRABAJADORES LOS UTILES, INSTRUMENTOS Y MATERIALES NECESARIOS PARA LA EJECUCION DEL TRABAJO, DEBIENDO DARLOS DE BUENA CALIDAD, EN BUEN ESTADO Y REPONERLOS TAN LUEGO COMO DEJEN DE SER EFICIENTES, SIEMPRE QUE AQUELLOS NO SE HAYAN COMPROMETIDO A USAR HERRAMIENTA PROPIA. EL PATRON NO PODRA EXIGIR INDEMNIZACION ALGUNA POR EL DESGASTE NATURAL QUE SUFRAN LOS UTILES, INSTRUMENTOS Y MATERIALES DE TRABAJO;

IV.- PROPORCIONAR LOCAL SEGURO PARA LA GUARDA DE LOS INSTRUMENTOS Y UTILES DE TRABAJO PERTENECIENTES AL TRABAJADOR, SIEMPRE QUE DEBAN PERMANECER EN EL LUGAR EN QUE PRESTAN LOS SERVICIOS, SIN QUE SEA LICITO AL PATRON RETENERLOS A TITULO DE INDEMNIZACION, GARANTIA O CUALQUIER OTRO. EL REGISTRO DE INSTRUMENTOS O UTILES DE TRABAJO DEBERA HACERSE SIEMPRE QUE EL TRABAJADOR LO SOLICITE;

V.- MANTENER EL NÚMERO SUFICIENTE DE ASIENTOS O SILLAS A DISPOSICION DE LOS TRABAJADORES EN LAS CASAS COMERCIALES, OFICINAS, HOTELES, RESTAURANTES Y OTROS CENTROS DE TRABAJO ANALOGOS. LA MISMA DISPOSICION SE OBSERVARA EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES CUANDO LO PERMITA LA NATURALEZA DEL TRABAJO;

VI.- GUARDAR A LOS TRABAJADORES LA DEBIDA CONSIDERACION, ABSTENIENDOSE DE MAL TRATO DE PALABRA O DE OBRA;

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VII.- EXPEDIR CADA QUINCE DIAS, A SOLICITUD DE LOS TRABAJADORES, UNA CONSTANCIA ESCRITA DEL NUMERO DE DIAS TRABAJADOS Y DEL SALARIO PERCIBIDO

Articulo 132 Capitulo I de la Ley Federal Del Trabajo artículos mas relevantes

10.- OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS DEL CAPITULO L DEL TITULO LV DE LA LISR.

Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes

obligaciones:

I,- Proporcionar a las personas que les hagan los pagos a que se refiere este Capítulo, los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.

II. Solicitar las constancias a que se refiere la fracción III del artículo 118 de esta Ley y proporcionarlas al empleador dentro del mes siguiente a aquél en el que se inicie la prestación del servicio, o en su caso, al empleador que vaya a efectuar el cálculo del impuesto definitivo o acompañarlas a su declaración anual. No se solicitará la constancia al empleador que haga la liquidación del año.

III. Presentar declaración anual en los siguientes casos:

a) Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo.

b) Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual.

c) Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.

d) Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 113 de esta Ley.

e) Cuando obtengan ingresos anuales por los conceptos a que se refiere este Capítulo que excedan de $400,000.00.

IV. Comunicar por escrito al empleador, antes de que éste les efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados

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en el año de calendario de que se trate, si prestan servicios a otro empleador y éste

les aplica el subsidio para el empleo, a fin de que ya no se aplique nuevamente.

Articulo. 117 Fracción I AL IV La Ley Del Impuesto Sobre La Renta

11.- INGRESOS QUE SE ASIMILAN A UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO.

Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:

I,- Las remuneraciones y demás prestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.

II. Los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles.

III. Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales.

IV. Los honorarios a personas que presten servicios preponderantemente a un prestatario, siempre que los mismos se lleven a cabo en las instalaciones de este último.

V. Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios

personales independientes, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan

por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.

VI. Los ingresos que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales, por las actividades empresariales que realicen, cuando comuniquen por escrito a la persona que efectúe el pago que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.

VII. Los ingresos obtenidos por las personas físicas por ejercer la opción otorgada por el empleador, o una parte relacionada del mismo, para adquirir, incluso mediante suscripción, acciones o títulos valor que representen bienes, sin costo alguno o a un precio menor o igual al de mercado que tengan dichas acciones o

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títulos valor al momento del ejercicio de la opción, independientemente de que las acciones o títulos valor sean emitidos por el empleador o la parte relacionada del mismo.

NOTA: No se considerarán ingresos en bienes, los servicios de comedor y de comida proporcionados a los trabajadores ni el uso de bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de las actividades propias de éstos siempre que, en este último caso, los mismos estén de acuerdo con la

naturaleza del trabajo prestado.

Articulo. 110 Fracción Del I Al VII De La Ley Del Impuesto Sobre La Renta.

12.- ELABORA UN ESQUEMA DE LOS INGRESOS EXENTOS.

ARTICULO 109 Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

Referencia Concepto Limite de extensión

FRACCIÓN I HORAS EXTRAS.1) trabajadores con salario mínimo general.

2) trabajadores con sueldo mayor al Salario Mínimo General.

3 días a la semana, 3 horas al día 100%(3x3) LFT art 73

3 días a la semana, 3 horas al día 50%, no rebasando 5 SMG =287.30

FRACCIÓN II Riesgo de trabajo o incapacidad.

Requisito de Generalidad (para todos

FRACCIÓN III Jubilación, pensión y haberes

9 SMG =(517.141)

FRACCIÓN IV Rembolso de gastos médicos, hospitalarios y funerales.

Requisito de Generalidad (para todos

FRACCIÓN V Prestaciones de seguridad social.

Requisito de Generalidad (para todos

FRACCIÓN Vl PRESTACIONES DE PREVISIÓN.

*Subsidio por incapacidad

*Guarderías

*Becas educativas

Requisito de Generalidad (para todos

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*Actividades culturales y educativas.

*Otros conceptos análogos.

FRACCIÓN Vll Depósitos de INFONAVIT Requisito de Generalidad (para todos

FRACCIÓN Vlll Cajas y fondos de ahorro 13% deducibilidadFRACCIÓN lX Cuotas de seguridad social

del patrónRequisito de Generalidad (para todos )

FRACCIÓN X Primas de antigüedad 90 SMG (5171.40)FRACCIÓN Xl Son Gratificación anual,

prima vacacional, PTU, y prima dominical.

*Gratificación anual

*Prima vacacional

*Participación De Los Trabajadores En La De Utilidades (PTU)

*Prima dominical

30 SMG (1723.81)

15 SMG (861.90)

15 SMG (861.90)

1 SMG por cada domingo laboratorio (57.46) (se paga el triple según LFT)

13.- ELABORA UN ESQUEMA DEL TITULO IV DE LA LISR

ARTICULO LISR TITULO FRACCIONES ARTICULO 106 Sujeto Al Impuesto *Información sobre

prestamos donativos y premios*Prestación de la información sobre

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Articulo 107 Presunción De IngresosArticulo 108 Ingresos Por

Copropiedad Y Sucesiones

Articulo 109 Extensiones GeneralesCAPITULO I

De Los Ingresos Por Salarios Y En General Por La Prestación De Un Servicio Personal Subordinado

Articulo110 Objeto Al Impuesto

Articulo 110-A Cual será el ingreso acumulable para efectos del articulo 110 fracciones VII de LISR

Articulo 111 111 tratamiento de los empleados públicos que tengan asignados automóviles que no reúnan los requisitos del articulo 42 fracción II de esta ley

Articulo 112 Calculo del impuesto anual por indemnizaciones

Articulo 113 Calculo de las retencionesArticulo 114 DerogadoArticulo 115 DerogadoArticulo 116 Calculo del impuesto

anual Articulo 117 Obligaciones de los

sujetos Articulo 118 Obligaciones de los

patronesParte II

14.- POR MEDIO DE UN CUADRO ANALÍTICO ANUNCIAR LAS PRINCIPALES REFORMAS FISCALES PARA EL 2011

Reforma DescripciónReforma de ISR 1. Incremento a la tasa de ISR

de empresas del régimen general de acuerdo a lo siguiente

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De 2011 a 2012 la tasa de ISR será del 30% para el 2013 la tasa disminuirá al 29% y a partir del 2014 será de 28% 2. Se incrementa el 21% la

tasa de ISR para empresas de régimen simplificado

3. En personas físicas se ajustaran los rangos del ISR incrementado la tasa máxima a 30%

4. Se elimina el estimulo fiscal por investigación y desarrollo de tecnología

Reforma en IVA 1. Incremento en la tasa general del impuesto del 15% al 16% y en zona fronteriza se incrementa del 10% al 11%

2. Se mantiene el 0% la venta de alimentos y medicinas

3. En disposiciones transitorias se establece la tasa del IVA que se aplicara al pagar los bienes servicios o arrendamientos adquiridos en 2009 que se paguen en 2011 estara afectadas a la tasa del 16% (en zona fronteriza al 11%)

4. En operaciones celebradas en el 2011 cuyos vienen o servicios hayan sido adquiridos y recibidos en 2011 se podrá optar por aplicar la tasa del IVA del 15% (11% en zona fronteriza)Siempre y cuando el pago se realice a mas tardar el dia 10 de enero de 2011 y

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no corresponde a operaciones con partes relacionadas.

Reformas al IDE 1. Disminuye a 15,000 el monto mensual exento de IDE que aplicara en bancos

2. Se incrementara al 3% la tasa del IDE

Reformas del CFF 1. Se establece la obligación de emitir comprobantes a través de la pagina del SAT; esta obligación estará vigente a partir del primero de enero de 2011 tendran condiciones y requisitos diferentes al actual esquema de facturación electrónica

2. Una ves iniciada una auditoria por las autoridades fiscales no tendrán efectos las declaraciones complementarias de ejercicios anteriores que presenten los contribuyentes revisados cuando estas tengan alguna repercusión en el ejercicio que se esté revisando

Reformas IETU Se elimina la opción de acreditar contra el ISR del ejercicio del crédito fiscal generado por el exceso de deducciones sobre ingresos de tal forma que solo podría acreditarse contra el IETU de los 10 ejercicios siguientes

Reformas IEPS Se incluyen un nuevo gravamen del 3% sobre los servicios de

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telecomunicaciones, excepto a servicio de telefonía rural e internet.

REFERENCIA PRONTUARIO FISCAL 2012

15.- ¿QUÉ DEBEMOS ENTENDER POR UN INGRESO ASIMILADO A SALARIOS?

Si eres una persona que percibe ingresos por honorarios (prestación de un servicio personal independiente) o tienes ingresos por una actividad empresarial (compra-venta, comisiones, mediaciones, intermediación, representación, etc), podrás optar por cumplir tus obligaciones fiscales a través de este esquema denominado "Ingresos Asimilados a Salarios

Actualmente si tributas a través del Régimen de Honorarios o como Actividad Empresarial, estás obligado a lo siguiente: 1) darte de alta para obtener tu cédula fiscal (ahora con CURP), 2) mandar imprimir recibos de honorarios o facturas con un impresor autorizado por la SHCP, 3) presentar declaraciones trimestrales del ISR y del IVA, 4) presentar declaración anual por estos ingresos y 5) tener siempre presente que si los recibos de honorarios o las facturas te los paga una persona moral, esta te retendrá el 10% por concepto de ISR de los honorarios o comisiones y las 2/3 partes (10% fuera de la franja fronteriza) del IVA de los honorarios o comisiones, extendiéndote por estos conceptos una Constancia de Percepción y Retención (formato 37-A). Asimismo tendrás que dedicarle un tiempo, para reunir y organizar la documentación que le entregarás a tu contador para que elabore las declaraciones de impuestos. También tendrás que llevar contigo una copia de tu cédula fiscal para que siempre que realices un gasto o inversión pidas una factura o comprobante fiscal con IVA desglosado

Este esquema funciona de la siguiente manera:

Primero. Tienes que comunicar por escrito a la persona que te pague tus honorarios que deseas asimilarte al esquema de "Ingresos Asimilados a Salarios".

Segundo tendrás que elaborar un recibo en hoja simple, (te sugerimos con copia) en donde expreses el nombre de la persona que te hace el pago, el periodo al que corresponde el pago (siempre mes calendario), el importe del honorario, el ISR

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(neto) que te retiene (una vez aplicada la tarifa mensual del artículo 80 y la tabla del artículo 80-A y aplicando el crédito general mensual), el neto percibido, tu nombre, tu RFC y tu firma.

Tercero. Las obligaciones de quien te paga son las de retenerte el ISR (neto) pagarlo conjuntamente con su declaración, ya sea mensual o trimestral, y en el mes de febrero del año siguiente elaborar la declaración informativa de pagos a personas físicas (formato 27), en donde manifestará tu nombre, tu RFC, el importe que te pagó durante el ejercicio anterior y la cantidad que te retuvo por concepto de ISR por esos ingresos.

Las personas que podrán optar por asimilar sus ingresos a Salarios son:

¿Quién asimila sus

ingresos a Salarios?

¿Por qué conceptos

se asimilan?

Es necesario presentar por escrito al prestatario, que se opta por pagar el ISR, como

asimilado a salarios.

Los funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades

Federativas y Municipios.

Las remuneraciones, gastos no sujetos a comprobación y demás prestaciones obtenidas; si tienen

asignado un automóvil que no reúna los requisitos de

deduciblidad, se considera ingresos la parte no deducible

para el ISR.

Los miembros de las fuerzas armadas.

Las remuneraciones, gastos no sujetos a comprobación y demás

prestaciones obtenidas. Los miembros de las

sociedades cooperativas de producción.

Los rendimientos o anticipos de los mismos.

Los miembros de sociedades y asociaciones civiles.

Los anticipos de rendimientos.

Miembros de consejo directivos, de vigilancia,

consultivos o de cualquier otra índole, así como

administradores, comisarios y gerentes generales.

Honorarios

Personas físicas que presten un servicio

preponderantemente a un prestatario, siempre que se

presten en las instalaciones de este último. Se considera que

se presta un servicio preponderantemente a un

prestatario cuando los ingresos obtenidos por éste último

representan más del 50% de sus ingresos totales.

Honorarios Si

Personas físicas que presten servicios independientes a

Honorarios Si

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personas morales o físicas con actividades empresariales Personas físicas que perciban ingresos de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales, por las actividades empresariales que realicen.

Ingresos por actividades empresariales, tales como Comisión.

Estas obligado a presentar declaración anual si:

o obtienes ingresos distintos a los percibidos por sueldos y salarios; o obtienes ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero; o obtienes ingresos mayores a $ 2’101,939.00. (actualizable

trimestralmente), o si tienen dos o más retenedores

Te conviene presentar declaración anual si tienes deducciones personales: gastos médicos y hospitalarios, gastos de funerales, donativos o transportación escolar obligatoria.

Es importante que hagas un ejercicio numérico para ambos esquemas para efectos del ISR, y evalúes para efectos del IVA, dado que si optas por asimilar tus ingresos a salarios, tu cliente no te pagará IVA entonces si haces un gasto o inversión importante no podrás acreditar (recuperar) ese IVA. Evalúa cuál es tu mejor opción.

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CAPITULO II

CASOS PRACTICOS HORAS EXTRAS

1.- El Sr. Juan Pérez con sueldo mensual de $6,400.00 desea saber el monto a cobrar, así como la base gravable, sobre la que sé que le calculara el ISR tratándose de horas extra, distribuido de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 1 1Miércoles 1 1Jueves 2 0Viernes 5 0Sábado 0 0TOTAL 14 5

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 2 2Martes 2 2Miércoles 1 1Jueves 1 0Viernes 1 0Sábado 0 0TOTAL 8 5

Semana Importe total Importe Base gravable

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exento1 879.78 133.33 746.482 426.20 133.33 292.90

TOTAL 1,305.98 266.60 1,039.38

Referencia Concepto

Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 2,986.62 0 2,986.62

Artículo 109-I

Tiempo Extra

1,305.98 266.60 1,039.38

TOTAL 4,292.60 266.60 4,026

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

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Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

2.- Con sueldo mensual $4,700.00 desea saber el monto a cobrar, así como la base gravable, sobre la cual se calculará el ISR tratándose de tiempo extra distribuido de la siguiente forma

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 2 2Martes 2 2

Miércoles 2 2

Jueves 1 0

Viernes 0 0

Sábado 0 0

TOTAL 7 6

Semana 2 Semana 4

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 5 3Martes 1 1

Miércoles 1 1

Jueves 6 0

Viernes 5 0

Sábado 2 0

TOTAL 20 5

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 0 0

Miércoles 3 3

Jueves 0 0

Viernes 0 0

Sábado 4 3

TOTAL 7 6

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 2 2Martes 4 3

Miércoles 0 0

Jueves 0 0

Viernes 1 1

Sábado 1 0

TOTAL 8 6

Page 19: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

Semana Importe total Importe exento

Base gravable

1 274.12 117.48 156.642 274.12 117.48 156.643 920.26 97.90 822.364 313.28 137.06 176.22

TOTAL 1,781.78 469.92 1,311.86

Referencia Concepto

Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 4,700 0 4,700

Artículo 109-I

Tiempo Extra

1,781.78 469.92 1,311.89

TOTAL 6,481.78 469.92 6,011.86

Page 20: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

3.- Con sueldo de $ 62.33 desea saber el monto a cobrar, así como la base gravable, sobre la cual se calculara el ISR tratándose de tiempo extra, distribuido de la siguiente manera

Semana 1 Semana 3

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 7 3Martes 0 0

Miércoles 3 3

Jueves 0 0

Viernes 0 0

Sábado 4 3

TOTAL 14 9

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 124.64 77.90 46.74

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 2 2

Miércoles 0 0

Jueves 3 3

Viernes 1 1

Sábado 0 0

TOTAL 6 6

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 1 1

Miércoles 1 1

Jueves 1 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 8 5

Page 21: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

2 257.07 140.22 116.85

3 93.48 93.48 0

TOTAL 475.19 311.60 163.59

JUSTIFICACIONES

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con

Referencia Concepto

Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,308.93 0 1,308.93

Artículo 109-I

Tiempo Extra

475.19 311.60 163.59

TOTAL 1,784.12 311.60 1,472.52

Page 22: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

4.- Con sueldo diario de 62.33 desea saber el monto a cobrar, así como la base gravable, sobre la cual se calculara el ISR tratándose de tiempo extra, distribuido de la siguiente forma.

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 3 3

Miércoles 3 3

Jueves 3 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 13 9

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 8 3Martes 6 3

Miércoles 1 1

Jueves 4 0

Viernes 0 0

Sábado 4 0TOTAL 23 7

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 1 1Martes 0 0

Miércoles 0 0

Jueves 0 0

Viernes 1 1

Sábado 0 0

TOTAL 2 2

Page 23: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 233.70 140.22 93.482 467.40 109.06 358.34

3 31.16 31.16 0

TOTAL 732.26 280.44 451.82

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,308.93 0 1,308.93

Artículo 109-I Tiempo Extra

732.26 280.44 451.82

TOTAL 2,041.19 280.44 1,760.75

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con

Page 24: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

5.- Con sueldo diario de $69.82 desea saber el monto a cobrar asi como la base gravable, sobre la cual se le calculará el ISR tratándose de tiempo extra, distribuido de la siguiente forma:

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 3 3

Miércoles 6 3

Jueves 3 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 19 9

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 7 3Martes 6 3

Miércoles

1 1

Jueves 0 0

Viernes 0 0

Sábado 2 0

TOTAL 16 7

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 1 1Martes 8 3

Miércoles

1 1

Jueves 0 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 18 5

Page 25: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 369.24 79.98 289.262 340.08 61.04 279.04

3 210.28 43.60 166.68

TOTAL 919.60 184.62 734.98

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,466.22 0 1,466.22

Artículo 109-I Tiempo Extra

919.60 184.62 734.98

TOTAL 2,385.82 184.62 2,201.2

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Page 26: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la extensión exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

6.- Con sueldo diario de $62.33 desea saber el monto a cobrar así como la base gravable, sobre la cual se le calculará el ISR tratándose de tiempo extra, distribuido de la siguiente forma.

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 1 1Martes 1 1

Miércoles 2 2

Jueves 1 0

Viernes 3 0

Sábado 0 0

TOTAL 8 4

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 0 0

Miércoles 3 3

Jueves 8 3

Viernes 0 0

Sábado 4 3

TOTAL 15 9

Semana 4

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 5 3Martes 1 1

Miércoles

1 1

Jueves 6 0

Viernes 5 0

Sábado 2 0

TOTAL 20 5

Page 27: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Lunes 2 2Martes 4 3

Miércoles 1 1

Jueves 3 0

Viernes 1 0

Sábado 1 0

TOTAL 12 6

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 124.64 62.32 62.322 280.44 140.22 140.22

3 327.97 77.90 250.07

4 210.33 93.48 116.85

TOTAL 943.38 373.92 569.46

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,869.90 0 1,869.90

Artículo 109-I Tiempo Extra

943.38 373.92 569.46

TOTAL 2,813.28 373.92 2,439.36

Page 28: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

7.- Con sueldo diario de $190 desea saber el monto a cobrar así como la base gravable, sobre la cual se le calculará el ISR tratándose de tiempo extra, distribuido de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 1 1

Miércoles 2 2

Jueves 6 0

Viernes 3 0

Sábado 2 0

TOTAL 18 6

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Page 29: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Lunes 3 3Martes 1 1

Miércoles 2 2

Jueves 8 0

Viernes 5 0

Sábado 4 0

TOTAL 23 6

Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 5 3Martes 7 3

Miércoles 1 1

Jueves 0 0

Viernes 5 0

Sábado 0 0

TOTAL 18 7

Semana 4

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 3 3

Miércoles 1 1

Jueves 2 0

Viernes 3 0

Sábado 4 0

TOTAL 17 7

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 1,068.75 142.50 926.252 1,425 142.50 1,282.50

3 1,068.75 166.25 902.50

4 997.50 166.25 831.25

Page 30: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

TOTAL 4,560 617.50 3,942.50

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 5,700 0 5,700

Artículo 109-I Tiempo Extra

4,560 617.50 3,942.50

TOTAL 10,260 617.50 9,642.50

Page 31: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

8.- Con salario diario de $410 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 2 2

Miércoles 5 3

Jueves 1 0

Viernes 3 0

Sábado 0 0

TOTAL 14 8

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 0 0

Miércoles 3 3

Jueves 8 3

Viernes 0 0

Sábado 1 1

TOTAL 12 7

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 1,691.25 311.65 1,379.602 1,383.75 311.65 1,072.10

TOTAL 3,075 623.30 2,451.70

Page 32: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 5,740 0 5,740

Artículo 109-I Tiempo Extra

3,075 623.30 2,451.70

TOTAL 8,815 623.30 8,191.70

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

Page 33: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

9.- Con sueldo diario de $62.33 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 0 0

Miércoles 2 2

Jueves 3 3

Viernes 4 3

Sábado 3 0

TOTAL 12 8

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 8 3Martes 7 3

Miércoles 6 3

Jueves 5 0

Viernes 3 0

Sábado 5 0

TOTAL 34 9

SEMANA 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 2 2Martes 2 2

Miércoles 2 2

Jueves 3 0

Viernes 2 0

Sábado 1 0

TOTAL 12 6

Page 34: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 210.33 124.64 85.692 724.47 140.22 584.25

3 210.33 93.48 116.85

TOTAL 1,145.13 358.28 786.79

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,308.93 0 1,308.93

Artículo 109-I Tiempo Extra

1,145.13 358.28 786.79

TOTAL 2,454.06 358.28 2,095.78

Page 35: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

10.- Un trabajador con salario diario de $93 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 0 0

Miércoles 2 2

Page 36: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Jueves 3 3

Viernes 4 3

Sábado 3 0

TOTAL 12 8

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 615 0 615

Artículo 109-I Tiempo Extra

313.74 92.96 220.78

TOTAL 928.74 92.96 835.78

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

Page 37: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

11.- Un trabajador con sueldo mensual de $2,120 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 0 0

Miércoles 2 2

Jueves 0 0

Page 38: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Viernes 3 3

Sábado 0 0

TOTAL 5 5

Semana 2

Semana 4

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 0 0

Miércoles 3 3

Jueves 8 3

Viernes 5 0

Sábado 9 0

TOTAL 29 9

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 88.30 44.15 44.152 668.74 79.47 589.27

3 397.35 61.81 335.54

4 503.31 61.81 441.50

TOTAL 1,657.70 247.24 1,410.46

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 2,120 0 2,120

Artículo 109-I Tiempo Extra

1,657.70 247.24 1,410.46

TOTAL 3,777.70 247.24 3,530.46

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 3 3

Miércoles 1 1

Jueves 6 0

Viernes 3 0

Sábado 2 0

TOTAL 18 7

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 8 3Martes 4 3

Miércoles 1 1

Jueves 7 0

Viernes 1 0

Sábado 1 0

TOTAL 22 7

Page 39: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

12.- Con sueldo mensual de $1,869.90 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 3 3

Miércoles 2 2

Jueves 4 0

Viernes 3 0

Sábado 0 0

Page 40: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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TOTAL 15 8

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 6 3Martes 5 3

Miércoles 3 3

Jueves 0 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 15 9

Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 3 3

Miércoles 3 3

Jueves 1 0

Viernes 1 0

Sábado 1 0

TOTAL 12 9

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 280.44 124.64 155.802 280.44 124.64 155.80

3 210.33 140.22 70.11

TOTAL 771.21 389.50 381.71

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,308.93 0 1,308.93

Artículo 109-I Tiempo Extra

771.21 389.50 381.71

TOTAL 2,080.14 389.50 1,690.64

Page 41: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

13.- Un trabajador con sueldo mensual de $2,400 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 8 3

Miércoles 1 1

Jueves 4 0

Viernes 3 0

Page 42: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Sábado 0 0

TOTAL 19 7

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 6 3Martes 5 3

Miércoles 3 3

Jueves 0 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 15 9

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 480 70 4102 360 90 270

3 540 90 450

TOTAL 1,380 250 1,130

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,680 0 1,680

Artículo 109-I Tiempo Extra

1,380 250 1,130

TOTAL 3,060 250 2,810

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 4 3

Miércoles 4 3

Jueves 4 0

Viernes 4 0

Sábado 1 0

TOTAL 21 9

Page 43: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la extensión exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

14.- Con un sueldo mensual de $3,900 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 5 3Martes 5 3

Miércoles 4 3

Jueves 3 0

Viernes 5 0

Sábado 1 0

TOTAL 23 9

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 5 3Martes 6 3

Miércoles 2 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 0 0Martes 6 3

Miércoles 0 0

Jueves 0 0

Viernes 0 0

Sábado 1 1

TOTAL 7 4

Page 44: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Jueves 2 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 16 8

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 975 146.25 828.752 633.75 130 503.75

3 227.50 65 162.50

TOTAL 1,836.25 341.25 1,495

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 2,730 0 2,730

Artículo 109-I Tiempo Extra

1,836.25 341.25 1,495

TOTAL 4,566.25 341.25 4,225

Page 45: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

15.- Con sueldo mensual de $4,800 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 1 1Martes 5 3

Miércoles 0 0

Jueves 2 2

Viernes 5 0

Sábado 1 0

TOTAL 14 6

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 5 3Martes 6 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 7 3

Miércoles 1 1

Jueves 3 0

Viernes 0 0

Sábado 1 0

TOTAL 16 7

Page 46: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Miércoles 2 2

Jueves 2 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 16 8

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 660 120 5402 780 160 620

3 780 140 640

TOTAL 2,220 420 1,800

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 3,360 0 3,360

Artículo 109-I Tiempo Extra

2,220 420 1,800

TOTAL 7,380 420 5,160

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

Page 47: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

16.- Con sueldo diario de $700 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1 Semana 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 1 1Martes 4 3

Miércoles 0 0

Jueves 2 2

Viernes 5 0

Sábado 2 0

TOTAL 14 6

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 5 3

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 6 3

Miércoles 1 1

Jueves 3 0

Viernes 0 0

Sábado 3 0

TOTAL 17 7

Page 48: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Martes 6 3

Miércoles 2 2

Jueves 2 0

Viernes 1 0

Sábado 0 0

TOTAL 16 8

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 2,887.50 311.65 2,575.852 3,412.50 311.65 3,100.85

3 3,412.50 311.65 3,100.85

TOTAL 9,712.50 934.95 8,777.55

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 14,700 0 14,700

Artículo 109-I Tiempo Extra

9,712.50 934.95 8,777.55

TOTAL 24,412.50 934.95 23,477.55

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

Page 49: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la extensión exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

17.- Con sueldo diario de $69.50 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 1 1Martes 4 3

Miércoles 6 3

Jueves 8 0

Viernes 0 0

Sábado 1 0

TOTAL 20 7

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 4 3

Miércoles 1 1

Jueves 2 0

Page 50: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Viernes 1 0

Sábado 3 0

TOTAL 14 7

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 442.68 60.76 381.922 286.44 60.76 225.68

TOTAL 729.12 121.52 607.60

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 973 0 973

Artículo 109-I Tiempo Extra

729.12 121.52 607.60

TOTAL 1,702.12 121.52 1,580.60

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

Page 51: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

18.- Con sueldo diario de $72 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 1 1Martes 4 3

Miércoles 3 3

Jueves 8 0

Viernes 0 0

Sábado 1 0

TOTAL 17 7

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 2 2

Miércoles 1 1

Jueves 2 0

Viernes 1 0

Sábado 3 0

TOTAL 12 6

Page 52: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 378 63 3152 243 54 189

TOTAL 621 117 504

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,008 0 1,008

Artículo 109-I Tiempo Extra

621 117 504

TOTAL 1,629 117 1,512

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Page 53: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la extensión exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

19.- Con sueldo diario de $81 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 2 2Martes 1 1

Miércoles 3 3

Jueves 8 0

Viernes 0 0

Sábado 1 0

TOTAL 15 6

Semana 2

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 3 3Martes 2 2

Miércoles 6 3

Jueves 2 0

Viernes 1 0

Sábado 3 0

TOTAL 17 8

Semana Importe total Importe exento Base gravable

1 425.28 60.52 364.762 364.32 80.96 283.36

TOTAL 789.60 141.48 648.12

Page 54: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 1,134 0 1,134

Artículo 109-I Tiempo Extra

789.60 141.48 648.12

TOTAL 1,923.60 141.48 1,782.12

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

REMUNERACIONES POR HORA EXTRAS DE SALARIOS MAYORES AL MINMO

Page 55: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Para los trabajadores que perciban mas de 1 Salario Mínimo General únicamente estará exento el 50% de la horas extras que no excedan de los limites ya señalados, y sin que la exesion exeda de una cantidad equivalente a 5 Salarios Mínimos Generales de área geográfica del trabajador por cada semana de servicio

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

20.- Con sueldo diario de $62.33 desea saber el importe total, el ingreso exento y la base gravable respecto del tiempo extraordinario que se laboró de la siguiente forma.

Semana 1

Días Tiempo Extra

Horas Exentas

Lunes 4 3Martes 1 1

Miércoles 3 3

Jueves 7 0

Viernes 2 0

Sábado 1 0

TOTAL 18 7

Referencia Concepto Importe Total

Importe Exento

Base Gravable

Articulo 109 LISR

Salario 436.31 0 436.31

Artículo 109-I Tiempo Extra

350.55 109.06 241.49

TOTAL 786.86 109.06 677.80

JUSTIFICACIONES:

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) Establece en el articulo 66 que podrá prolongarse la jornada la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias sin exceder nunca de 3 horas diarias ni por mas de 3 veces en una semana.

De aquí se desprende que:

1 si el trabajador labora mas de 3 horas diarias las que exceda no se encuentran exentas del a pago de ISR.

Page 56: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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2. Si un trabajador labora como máximo 3 horas diarias pero mas de 3 veces a la semana estarán gravadas las correspondientes al exceso de las 9 que marca La Ley Federal Del Trabajo (LFT) artículo 66.

La Ley Federal Del Trabajo (LFT) en el artículo 67. Establece que las horas de trabajo extraordinario se pagaran con un 100% más de salario que corresponda a las horas de la jornada es decir; a razón de salario doble.

También respecto a las horas extras el articulo 68 de la Ley Federal Del Trabajo (LFT) establece que la prolongación del tiempo extraordinario que exceda delas 9 horas a la semana obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con razón de un 200% mas, del tiempo que corresponda a las horas dela jornada, es decir a razón de triple, sin perjuicio de la sanciones establecidas en esta ley.

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

Page 57: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CAPITULO III

CASOS PRACTICOS DE LA DETERMINACION DE LISR EN SUELDOS Y SALARIOS.

Page 58: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CASO PRACTICO 1 SUELDOS Y SALARIOS.

Se desea saber el monto que se le debe de retener al trabajador Juan Pérez de ISR por concepto de sueldos y salarios durante el mes de julio del 2012 tomando en cuentas la siguientes percepciones con sus respectivas justificaciones y papeles de trabajo.

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 13,800.00

Horas Extras Determinar

Vacaciones Determinar

Prima Vacacional Determinar

Gratificación Anual Determinar

PTU $ 3,200.00

Bono De Productividad $ 250.00

Previsión Social $ 700.00

Reembolso De Gastos Médicos $ 900.00

Cedula de # 1 Determinación De La Base Gravable.

REFERENCIA CONCEPTO IMPORTE TOTAL

INGRESO EXENTO

BASE GRAVABLE

Art 109 y 113 Sueldos 13800 0 13800art 109 FI Horas extras 6210 934.95 5275.05

Vacaciones 3680 0 3680Art 109 F XI Prima

Vacacional920 920 0

Art 109 F XI Gratificación anual.

6900 1869.9 5030.10

Art 109 F XI PTU 3200 934.95 2265.05Bono De

Producción.250 0 250

Art 109 F VI Previsión social 700 0 700Art 108 F IV Rembolsó

Gastos Médicos900 900 0

TOTALES 36560 5559.80 31000.2

Page 59: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Cedula #2 Determinación Del ISR A Retener Articulo 115 LISR.

Base gravable 3100.20(-) limite inferior 20770.30(=) excedente del ingreso 10229.90(X)% tarifa art 113 23.52(=) impuesto sobre el excedente 2406.07(+) cuota fija 3327.42(=) ISR art 113 mensual 5773.49

Cedula # 3 Determinación Del ISR Cargo O A Favor.

ISR art 113 5773.49(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 5773.49

JUSTIFICACIONES LEGALES

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

2.- HORAS EXTRAS

Page 60: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Este trabajador al percibir mas del salario mínimo el ART. 109 Frac. I. Establece que únicamente estará exento tratándose de horas extras en 50% del ingreso percibido; y que dicha exención rebase 5 Salarios Mínimos Generales

SEM 2 HORASEXTRAS

HORASEXENTAS

Lunes 3 3

Martes 2 2

Miércoles

4 3

Jueves 1 0

viernes 0 0

Totales 10 8

SUELDO: $ 13800 / 30 días = 460 / 8 horas = $ 57.5 Salario x hora

Semana 1 Semana 3

SEM 2 HORASEXTRAS

HORASEXENTAS

Lunes 0 0

Martes 4 3

Miércoles

1 1

Jueves 8 0

viernes 7 0

Totales 20 7

SEM 3 HORASEXTRAS

HORASEXENTAS

Lunes 4 3

Martes 8 3

Miércoles

0 0

Jueves 3 0

viernes 0 0

Totales 15 6

Page 61: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

57.5 X2 X8 920

57.5 X2 X1 11557.5 X3 X1 172.5

1207.5

Semana 2

57.5 X2 X7 805

57.5 X2 X2 23057.5 X3 X11 1897.5

2932.5

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores tienen

derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y que

nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta llegar

al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

:

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los

días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

57.5 X2 X9 1035

57.5 X2 X6 10352070

Page 62: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

$ 13,800 /30 $ 460 S.D

Salario Diario 460

[x] Días De Vacaciones 8

[=] Vacaciones $ 3680

4.- PRIMA VACACIONAL: La Ley Federal Del Trabajo establece en el artículo 80 que todos los trabajadores tendrán derecho a una prima vacacional equivalente al 25% sobre el monto total de las vacaciones. 3680*25%=920

Vacaciones $ 3680

[X] Prima Vacacional 25%

[=] Prima Vacacional $ 920

[-] Exento Art 109. 15 SMG (62.33.) = 934.95

[=] Base Gravable $ 0

Justificación Legal. La prima vacacional estará exenta en todos los casos en manera de 15 SMG, en caso de que la Prima Vacacional sea inferior a lo citado anteriormente únicamente estará exento hasta la parte que le toca al trabajador

62.33*15=934.95

5. GRATIFICACION ANUAL: (Aguinaldo) la LFT, establece que los trabajadores tendrán derecho a una gratificación anual equivalente a 15 días de su salario diario..La Ley Federal Del Trabajo en su articulo 86 establece deberá de pagarse antes del 20 de diciembre.

Salario Diario $ 460

[X] Días De Aguinaldo 15

[=] Aguinaldo $ 6,900

[-] Exento Art 109. 30 SMG (62.33) = $ 1869.90

[=] Base Gravable $ 5030.10

Sin embargo el ART 109 Fracción XI establece que la gratificación anual estará exenta a 30 SMG

62.33*30=1869.90

Page 63: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

6.-PTU (Participación De Los Trabajadores En Utilidades) este concepto señalado en el artículo 109 Fracción XI de la LISR señala que solo estará exento hasta 15 días de salario mínimo general:

PTU (Importe Total) $ 3200

[-] Exento ART 109. 15 SMG (62.33) = $ 934.95

[=] Base Gravable $ 2,265.05

7.- BONO DE PRODUCTIVIDAD: Este ingreso al no encontrarse en el ART 109, no esta exento, por lo que grava el impuesto al 100 %

Importe Total Bono De Productividad $ 250

Ingreso Exento $ 0

[=] Base Gravable $ 250

8.-PREVISION SOCIAL: El articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad (para todos) para que esta se exenta al 100% solo asi estará exenta de pago del impuesto.

Importe Total Previsión Social $ 700

Ingreso Exento ART. 109. Requisito De Generalidad $ 0

[=] Base Gravable $ 700

9.-REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS: El articulo 109 de la LISR fracción IV establece que deberá cumplir con el requisito de generalidad (para todos) para que este se exento al 100% solo así estará exenta de pago del impuesto

Importe Total Reembolso De Gastos Médicos $ 900

Ingreso Exento ART. 109. Requisito De Generalidad $ 0

[=] Base Gravable $ 900

ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber 31/jul/12 Gastos de

venta36560

Page 64: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

sueldos 13800Horas extras 6210Vacaciones 3680Prima vacacional

920

Gratificación an.

6900

PTU 3200Bono de produc.

250

Previsión social

700

Rembolsó G.M

900

Impuestos por pagar

5733.49

ISR 5733.49 Sueldos por pagar

30826.51

31 jul/12 -2-Sueldos por pagar

30826.51

Bancos 30826.5117/ago/12 -3-

Impuestos por pagar

5733

ISR 5733 Bancos 5733

Page 65: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: ANNEL GARCÍA VÁZQUEZ N.S.S: 5832457849

RFC: GAVA800524000 PUESTO: GERENTE DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 13800 101 ISR nomina 5733.4902 Horas extras 621003 Vacaciones 368004 Prima

vacacional920

05 Gratificación anual

6900

06 PTU 320007 Bono de

productividad250

08 Previsión social

700

09 Rembolsó G.M

900

Totales 36560 Totales 5733.49Neto a pagar.

30826.51

Page 66: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

CASO PRÁCTICO 2 SUELDOS Y SALARIOS.

Se desea saber el monto que se le debe de retener al trabajador de isr por concepto de sueldos y salarios durante el mes de julio del 2012 tomando en cuentas la siguientes percepciones con sus respectivos papeles de trabajo.

.1.- En lo relativo a las vacaciones dicha persona lleva laborando 4 años para la

empresa.

2.- cuenta con previsión social por pertenecer al departamento de ventas (exclusivo

de esta percepción)

3.- la empresa les otorga prestaciones superiores a las de la ley como:

*Prima Vacacional Del 45%

*Aguinaldo De Un Mes

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 10,900.00

Vacaciones Determinar

Prima Vacacional Determinar

Gratificación Anual Determinar

Bono De Productividad $ 500.00

Previsión Social $ 380.00

Premio De Puntualidad $ 290.00

CEDULA DE #1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

Page 67: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 sueldos 10900 0 10900Vacaciones 4359.96 0 4359.96

Art 109 11 Prima vacacional

1961.98 934.95 1027.03

Bono de produc.

500 0 500

Art 109 6 Previsión social

380 380 0

Art 109 11 Gratificación anual

10899.90 1869 9030.00

Premio de puntualidad

290 0 290

TOTALES 29291.84 3184.85 26106.99

CEDULA 2 DETERMINACION DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 26106.99(-) limite inferior 20770.30(=) excedente del ingreso 5336.69(*)% tarifa art 113 23.52(=) impuesto sobre el excedente 1255.18(+) cuota fija 3327.42(=) ISR art 113 mensual 4582.60

CEDULA 3 DETERMINACION DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 4582.60(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 4582.60

JUSTIFICACIONES LEGALES

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

3.-VACACIONES

Page 68: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores tienen

derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y que

nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta llegar

al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los

días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

$ 10,900 /30 $ 363.33 S.D

Salario Diario $ 363.33 S.D

[x] Días De Vacaciones 12

[=] Vacaciones 4359.96

4.- PRIMA VACACIONAL: La Ley Federal Del Trabajo establece en el artículo 80 que todos los trabajadores tendrán derecho a una prima vacacional equivalente al 25% sobre el monto total de las vacaciones. 3680X25%=920

Page 69: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Vacaciones $ 4359.96

[X] Prima Vacacional 45%

[=] Prima Vacacional $ 1961.98

[-] Exento Art 109. 15 SMG (62.33.) = 934.95

[=] Base Gravable $ 1027.03

4359.96X45%=1961.98

Justificación Legal. La prima vacacional estará exenta en todos los casos en manera de 15 SMG, en caso de que la Prima Vacacional sea inferior a lo citado anteriormente únicamente estará exento hasta la parte que le toca al trabajador

62.33X15=934.95

5. GRATIFICACION ANUAL: (Aguinaldo) la LFT, establece que los trabajadores tendrán derecho a una gratificación anual equivalente a 15 días de su salario diario..La Ley Federal Del Trabajo en su articulo 86 establece deberá de pagarse antes del 20 de diciembre.

30X363.33=10899.90

El artículo 109 de la LISR fraccioné once que la gratificación anual estará exenta hasta 30 días de salario mínimos generales:

62.33X30=1869.90

5.- BONO DE PRODUCTIVIDAD: este concepto no a perece en el articulo 109 de la LISR por lo tanto grava al 100%.

6.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

7.-PREMIO DE PUNTUALIDAD al no aparecer su concepto en el articulo 109 estará gravada al 100%

Page 70: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

Asiento diario.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber 31/mar/12 Gastos de

venta29291.84

sueldos 10900Vacaciones 4359.96Prima vacacional

1961.98

Bono de produc.

500

Previsión social

380

Gratificación anual

10899.90

Premio de puntualidad

290

Impuestos por pagar

4582.60

ISR 4582.60 Sueldos por pagar

24709.24

31 jul/12 -2-Sueldos por pagar

24704.24

Bancos 24704.2417/ago/12 -3-

Impuestos por pagar

4583

ISR 4583 Bancos 4583

Page 71: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: HIRAM GUTIERREZ BAUTISTAN.S.S: 9545156546

RFC: GUBH800114000 PUESTO: GERENTE DE VENTAS UNO

PERIODO DE PAGO: 01/03/12 AL 30/04/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 sueldos 10900 101 ISR nomina 4582.6002 Vacaciones 4359.9603 Prima

vacacional1961.98

04 Bono de produc.

500

05 Previsión social

380

06 Gratificación anual

10899.90

07 Premio de puntualidad

290

Totales 29291.84 Totales 4582.60Neto a pagar.

24407.24

Page 72: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

CASO PRÁCTICO 3 SUELDOS Y SALARIOS

Se desea saber el monto que se le debe de retener al trabajador de isr por concepto de sueldos y salarios durante el mes de julio del 2012 tomando en cuentas la siguientes percepciones con sus respectivos papeles de trabajo.

Cedula de trabajo 1 determinación de la base gravable.

Se solicita determinar:

A.- Ingresos Exentos

B.- Base Gravable

C.- Impuesto Mensual--- tarifa articulo 113

D.- Subsidio Al Empleo

E.- ISR a cargo (FAVOR)

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 9,000.00

Vacaciones Determinar

Prima Vacacional Determinar

Gratificación Anual Determinar

Caja De Ahorro $ 700.00

Previsión Social $ 400.00

Premio Por Puntualidad $ 250.00

Prima Dominical $ 9000.00

PTU $ 2,350.00

Reembolso De Gastos Médicos $ 115.00

Page 73: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA DE 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 sueldos 9000 0 9000Vacaciones 6000 0 6000

Art 109 11 Prima vacacional

2400 934.95 1465.05

Art 109 11 Gratificación an.

15000 1869.90 13130.10

Art 109 8 Caja de ahorro

700 700 0

Art 109 6 Previsión social

400 400 0

Premio de puntualidad

250 0 250

Art 109 11 Prima dominical

900 124.95 775.34

Art 109 6 PTU 2350 934.95 1415.05Art 108 4 Rembolsó

G.M115 115 0

TOTALES 37115 5079.46 32035.54

CEDULA 2 DETERMINACION DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 32035.54(-) limite inferior 16153.06(=) excedente del ingreso 15882.48(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 4767.74(+) cuota fija 3030.60(=) ISR art 113 mensual 7795.34

CEDULA 3 DETERMINACION DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 7795.34(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 7795.34

JUSTIFICACIONES LEGALES

Page 74: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores tienen

derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y que

nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta llegar

al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

600X10=6000

El concepto de vacaciones al no encontrase en el art. 109 de la LISR grava al 100%.

3.- PRIMA VACACIONAL: la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

6000X40%=2400

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

Page 75: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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62.33X15=934.95

4.- GRATIFICACIÓN ANUAL :la ley federal del trabajo en su articulo 86 establece que todos los trabajadores gozaran de una prestación llamada aguinaldo que deberá de pagarse antes del 20 de diciembre con una prestación mínima de su salario diario.

25X600=15000

El artículo 109 de la LISR fraccioné once que la gartificacion anual estará exenta hasta 30 días de salario mínimos generales:

62.33X30=1869.90

5.- LA CAJA DE AHORRO se aplicara sobre un deducible del 13% del salario del trabajador:

9000X13%=1170 como limite

6.- PTU (Participación De Los Trabajadores En Utilidades) este concepto señalado en el artículo 109 Fracción XI de la LISR señala que solo estará exento hasta 15 días de salario mínimo general

62.33X15=934.95

7.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

8.-REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS el articulo 109 de la LISR fracción cuarta establece que estará exenta al 100% general cuando esta cumpla con el requisito de generalidad.

9.-PRIMA DOMINICAL se exentara 1 salario mínimo general por cada domingo que trabaje y este se le pagara al triple y se contara en un 25%:

9000/15=600X3=1800X25%=450 por domingo

Page 76: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

Página

ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber 15/sep/12 Gastos de

venta36445

sueldos 9000Vacaciones 6000Prima vacacional

2400

Gratificación an.

15000

Caja de ahorro

700

Previsión social

400

Premio de puntualidad

250

Prima dominical

900

PTU 2350

Rembolsó G.M

115

Impuestos por pagar

7795.34

ISR Sueldos por pagar

28649.66

31 jul/12 -2-Sueldos por pagar

28649.66

Bancos 28649.6617/ago/12 -3-

Impuestos por pagar

7795

ISR 7795 Bancos 7795

Page 77: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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RECIBO DE NOMINA

Nombre: ANTONIO CRISPIN GONZALEZ N.S.S: 12346567896

RFC: CRGO721207000 PUESTO: PROFESOR DE MEDIO SUPERIOR

Periodo de pago: 01/09/12 al 15/09/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 sueldos 9000 101 ISR nomina 7795.3402 Vacaciones 600003 Prima

vacacional2400

04 Gratificación an.

15000

05 Caja de ahorro

700

06 Previsión social

400

07 Premio de puntualidad

250

08 Prima dominical

900

09 PTU 2350 Rembolsó

G.M115 Totales 7795.34

Totales 36445 Neto a pagar.

28649.66

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CASO PRÁCTICO 4 SUELDOS Y SALARIOS

Se desea saber el monto que se le debe de retener al trabajador de isr por concepto de sueldos y salarios durante el mes de julio del 2012 tomando en cuentas la siguientes percepciones con sus respectivos papeles de trabajo.

Cedula de # 1 determinación de la base gravable.

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 sueldos 436.31 0 436.31Vacaciones 997.28 0 997.28

Art 109 11 Prima vacacional

349.04 349.04 0

Art 109 11 Gratificación an.

1869.90 1869.90 0

Art 109 10 Prima de antigüedad

1100 1100 0

Art 109 6 Previsión social

450 450 0

Premio de puntualidad

150 0 150

Art 109 11 Prima dominical

230 62.33 167.67

Art 109 6 PTU 1350 934.95 415.05Art 108 4 Rembolsó

G.M115 115 0

TOTALES 7047.53 4881.22 2166.31

CEDULA 2 DETERMINACION DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 2166.31(-) limite inferior 1980.59(=) excedente del ingreso 185.72(*)% tarifa art 113 17.92(=) impuesto sobre el excedente 33.28(+) cuota fija 181.09(=) ISR art 113 mensual 214.37

Page 79: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA 3 DETERMINACION DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 214.37(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 214.37

JUSTIFICACIONES LEGALES

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

La ley federal del trabajo indica que para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad:

62.33X16=997.28

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores tienen

derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y que

nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta llegar

al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

:

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los

días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

Page 80: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

El concepto de vacaciones al no encontrase en el art. 109 de la LISR grava al 100%.

3.- PRIMA VACACIONAL la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

997.28X35%=349.04

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

62.33X15=934.95

4.- GRATIFICACIÓN ANUAL la ley federal del trabajo en su articulo 86 establece que todos los trabajadores gozaran de una prestación llamada aguinaldo que deberá de pagarse antes del 20 de diciembre con una prestación mínima de su salario diario.

30X62.33=1869.90

El artículo 109 de la LISR fraccioné once que la gartificacion anual estará exenta hasta 30 días de salario mínimos generales:

62.33X30=1869.90

5.- PRIMA DE ANTIGÜEDAD: la prima de antigüedad se exenta hasta 90 días de salario mínimo:

62.33X90=5609.70

6.- PTU

PTU (Participación De Los Trabajadores En Utilidades) este concepto señalado en el artículo 109 Fracción XI de la LISR señala que solo estará exento hasta 15 días de salario mínimo general:

62.33X15=934.95

7.-PREVISION SOCIAL: EL articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

Page 81: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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8.-REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS :el articulo 109 de la LISR fracción cuarta establece que estará exenta al 100% general cuando esta cumpla con el requisito de generalidad.

9.-PRIMA DOMINICAL: se exentara 1 salario mínimo general por cada domingo que trabaje y este se le pagara al triple y se contara en un 25%:

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ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber 15/sep/12 Gastos de

venta7047.53

sueldos 436.31Vacaciones 997.28Prima vacacional

349.04

Gratificación an.

1869.90

Prima de antigüedad

1100

Previsión social

450

Premio de puntualidad

150

Prima dominical

230

PTU 1350

Rembolsó G.M

115

Impuestos por pagar

214.37

ISR 214.37 Sueldos por pagar

6833.16

31 jul/12 -2-Sueldos por pagar

6833.16

Bancos 6833.1617/ago/12 -3-

Impuestos por pagar

214

ISR 214 Bancos 214

Page 83: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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RECIBO DE NOMINA

Nombre: ENRIQUE GONZALEZ N.S.S: 120145916335

RFC: GOAB700114000 Puesto: SUPERVISOR DE ADMINSTRACION

Periodo de pago: 01/09/12 al 15/09/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 sueldos 436.31 101 ISR nomina 214.3702 Vacaciones 997.2803 Prima

vacacional349.04

04 Gratificación an.

1869.90

05 Prima de antigüedad

1100

06 Previsión social

450

07 Premio de puntualidad

150

08 Prima dominical

230

09 PTU 1350 Rembolsó

G.M115 Totales 214.37

Totales 7047.53 Neto a pagar.

6833.16

Page 84: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CASO PRACTICO 5 SUELDOS Y SALARIOS

Se desea saber el monto que se le debe de retener al trabajador JUAN PEREZ PEREZ de ISR por concepto de sueldos y salarios durante el mes de DICIEMBRE del 2012 tomando en cuentas la siguientes percepciones con sus respectivos papeles de trabajo.

1.- Los ingresos obtenidos son exclusivamente por la prestación de un servicio

personal subordinado.( Capitulo I titulo IV de la LISR)

2.- la información proporcionada es del lapso transcurrido del 1 al 31 de Diciembre

de 2011.

3.- A la fecha solamente mantiene relación laboral con un patrón.

4.- Obtuvo en el lapso mencionado los siguientes ingresos.

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 16,800.00

Reembolso De Gastos Médicos $ 203.00

Caja de Ahorro $ 570.00

Fondo de Ahorro $ 930.00

Premio Por Puntualidad $ 236.00

Vacaciones Determinar

Prima Vacacional Determinar

Prima Dominical $ 167.00

PTU $ 8,000.00

Previsión Social $ 1,257.00

Pensión $ 800.00

Premio de Puntualidad $ 150.00

Gratificación Anual (Aguinaldo) Determinar

Page 85: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA DE # 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 16800 0 16800art 109 1 Horas extras 2520 623.30 1896.7Art 109 4 Gastos

médicos203 203 0

Art 109 8 Caja de ahorro

570 570 0

Art 109 8 Fondo de ahorro

930 930 0

- Premio de puntualidad

236 0 236

- Vacaciones 10080 0 10080Art 109 11 Prima

vacacional2520 934.95 1585.05

Art 109 Prima dominical

1680 249.32 1430.68

Art 109 11 PTU 8000 934.95 7065.05Art 109 6 Previsión

social1257 1257 0

Art 109 6 pensión 800 560.97 239.03Art 109 Premio de

productividad150 0 150

Art 109 aguinaldo 30800 1869.90 28930.10TOTALES 76546 8133.39 68412.61

CEDULA 2 DETERMINACION DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 68412.61(-) limite inferior 32736.84(=) excedente del ingreso 35675.77(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 10702.73(+) cuota fija 6141.95(=) ISR art 113 mensual 16844.68

CEDULA 3 DETERMINACION DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 16844.68

Page 86: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 16844.68

JUSTIFICACIONES LEGALES

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

2.- HORAS EXTRAS el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

Las horas extras de este trabajador se obtuvieron en dos semanas de servicio:

16800/30=560/8=70X2X9=1260 igual a una semana y excede del limite por lo tanto se toma311.65 por semana.

). HORAS EXTRAS:

JustificacionesSEM 1 HORAS

EXTRASHORAS

EXENTAS

Lunes 3 3

Martes 3 3

Miércoles

3 3

Jueves 0 0

viernes 0 0

Totales 9 9

Semana 1

$ 560 X2 X9 =10080 /2

SEM 2 HORASEXTRAS

HORASEXENTAS

Lunes 3 3

Martes 3 3

Miércoles

3 3

Jueves 0 0

viernes 0 0

Totales 9 9

Page 87: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Total 62.33 x5 SMG

311.65

Semana 2

$ 560 X2 X9 =10080 /2

Total 62.33 x5 SMG

311.65

3.-VACACIONES La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los

trabajadores tienen derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del

sexto mes y que nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días

por año hasta llegar al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

18X560=10080

El concepto de vacaciones al no encontrase en el art. 109 de la LISR grava al 100%.

Page 88: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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4.- PRIMA VACACIONAL la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

10080X25%=2520

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

62.33X15=934.95

5. GRATIFICACIÓN ANUAL la ley federal del trabajo en su articulo 86 establece que todos los trabajadores gozaran de una prestación llamada aguinaldo que deberá de pagarse antes del 20 de diciembre con una prestación mínima de su salario diario.

55X560=30800

El artículo 109 de la LISR fraccioné once que la gartificacion anual estará exenta hasta 30 días de salario mínimos generales:

62.33X30=1869.90

6.-PTU (Participación De Los Trabajadores En Utilidades) :este concepto señalado en el artículo 109 Fracción XI de la LISR señala que solo estará exento hasta 15 días de salario mínimo general 6.-

62.33X15=934.95

7.- PRIMA DOMINICAL: se exentara 1 salario mínimo general por cada domingo que trabaje y este se le pagara al triple y se contara en un 25%:

16800/30=560X3=1680X25%=420

8.-PREVISION SOCIAL: el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

9.-REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS: el articulo 109 de la LISR fracción cuarta establece que estará exenta al 100% general cuando esta cumpla con el requisito de generalidad.

10.-CAJA DE AHORRO a este concepto se aplicara un decucible del 13% del salario del trabajador:

16800X13%=2184

Page 89: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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11.-PREMIO DE PUNTUALIDAD: al no aparecer su concepto en el articulo 109 de la LISR grava al 100%

12.-PENSION: la pensión solo quedara exento hasta nueve salarios mínimos generales:

9*62.33=560.97

Page 90: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber dic/12 Gastos de

venta76546

Sueldos 16800Horas extras 2520Gastos médicos

203

Caja de ahorro 570Fondo de ahorro

930

Premio de puntualidad

236

Vacaciones 10080Prima vacacional

2520

Prima dominical

1680

PTU 8000Previsión social

1257

pensión 800Premio de productividad

150

aguinaldo 30800Impuestos por pagar

16844.68

ISR 16844.68Sueldos por pagar

59701.32

Dic/12 -2-Sueldos por pagar

59701.32

Bancos 59701.3217/ene/13 -3-

Impuestos por pagar

16845

ISR 16845 Bancos 16845

Page 91: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: ANNEL GARCÍA VÁZQUEZ N.S.S: 95024198794

RFC: GAVA800524000 PUESTO: SUBGERENTE DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 16800 101 ISR nomina 16844.6802 Horas extras 252003 Gastos

médicos203

04 Caja de ahorro

570

05 Fondo de ahorro

930

06 Premio de puntualidad

236

07 Vacaciones 1008008 Prima

vacacional2520

09 Prima dominical

1680

10 PTU 800011 Previsión

social1257

12 pensión 80013 Premio de

productividad150

14 aguinaldo 30800 Totales 16844.68Totales 76546 Neto a

pagar59701.32

.CASO PRÁCTICO 6: SUELDOS Y SALARIOS

Page 92: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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El Sr. Enrique Loera Segura Segura, quien tiene su domicilio en el D.F. desea saber

el monto que se le debe retener de ISR por conceptos de sueldos y salarios durante

el mes de Julio de 2011, y por lo cual proporciona la siguiente información:

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 11800.00

Horas Extras Determinar

Vacaciones Determinar

Prima Vacacional Determinar

Gratificación Anual Determinar

PTU $ 6,500.00

Premio por Puntualidad $ 900.00

Bono De Productividad $ 230.00

Previsión Social $ 200.00

Reembolso De Gastos Médicos $ 1,200.00

NOTAS:

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

2.-Las Horas Extras se distribuyeron de la siguiente forma

Semana 1 H.E

Lunes 7 hrs

Martes 9 hrs

Miércoles 6 hrs

Jueves ______

viernes 3 hrs

Semana 2 H.E

Lunes 3 hrs

Martes 8 hrs

Miércoles 2 hrs

Jueves 1 hrs

viernes 1 hrs

Semana 3 H.E

Lunes 5 hrs

Martes 7 hrs

Miércoles 9 hrs

Jueves 4 hrs

viernes -------

Page 93: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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1.- En lo relativo a las vacaciones dicha persona lleva laborando 4 años para la

empresa.

2.- en lo que respecta a la prima vacacional la empresa le concede la prestación

mínima de acuerdo a lo establecido a la LFT.

3.- en cuanto a la gratificación anual se le otorga prestaciones según LFT.

4.- la previsión social se le concede únicamente al departamento operativp.

Se solicita determinar:

A.- Ingresos Exentos

B.- Base Gravable

C.- Impuesto Mensual

D.- Subsidio Al Empleo

E.- ISR a cargo (FAVOR)

CEDULA DE # 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 11800 0 11800art 109 1 Horas extras 8258.88 934.95 7323.93

Vacaciones 4719.96 0 4719.96Art 109 11 Prima 1179.99 934.95 245.04

Page 94: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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vacacionalArt 109 11 Aguinaldo 5899.95 1869.90 4030.05Art 109 11 PTU 6500 934.95 5565.05

Premio de puntualidad

900 0 900

Bono de productividad

230 0 230

Art 109 6 Previsión social

200 200 0

Art 109 4 Gastos médicos

1200 1200 0

TOTALES 40888.78 6074.45 34814.03

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 34814.03(-) limite inferior 32736.84(=) excedente del ingreso 2077.19(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 623.15(+) cuota fija 6141.95(=) ISR art 113 mensual 6765.10

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 6765.10(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 6765.10

JUSTIFICACIONES LEGALES

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

Page 95: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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2.- HORAS EXTRAS

Este trabajador al percibir mas del salario mínimo el ART. 109 Frac. I. Establece que únicamente estará exento tratándose de horas extras en 50% del ingreso percibido; y que dicha exención rebase 5 Salarios Mínimos Generales

Semana Importe total Ingreso exento Base gravable1 3244.56 311.65 2082.122 1769.76 311.65 1376.483 3244.56 311.65 2802.12Total 8258.88 934.95 6980.72

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores tienen

derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y que

nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta llegar

al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

12X393.33=4719.96

Page 96: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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4.- PRIMA VACACIONAL la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

4719.96X25%=1179.99

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

62.33X15=934.95

5.-GRATIFICACIÓN ANUAL la ley federal del trabajo en su articulo 86 establece que todos los trabajadores gozaran de una prestación llamada aguinaldo que deberá de pagarse antes del 20 de diciembre con una prestación mínima de su salario diario.

15X393.33=5899.95

El artículo 109 de la LISR fracción XI que la GRATIFICACIÓN ANUAL estará exenta hasta 30 días de salario mínimos generales:

62.33X30=1869.90

6.- PTU (Participación De Los Trabajadores En Utilidades) este concepto señalado en el artículo 109 Fracción XI de la LISR señala que solo estará exento hasta 15 días de salario mínimo general:

62.33X15=934.95

7.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

8.-REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS el articulo 109 de la LISR fracción cuarta establece que estará exenta al 100% general cuando esta cumpla con el requisito de generalidad.

9.-PREMIO DE PUNTUALIDAD al no aparecer su concepto en el artículo 109 de la LISR grava al 100%

ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber dic/12 Gastos de

venta40888.78

Sueldos 11800

Page 97: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Horas extras 8258.88Vacaciones 4719.96Prima vacacional

1179.99

Aguinaldo 5899.95PTU 6500Premio de puntualidad

900

Bono de productividad

230

Previsión social

200

Gastos médicos

1200

Impuestos por pagar

6765.10

ISR 6765.10Sueldos por pagar

34123.68

Dic/12 -2-Sueldos por pagar

34123.68

Bancos 34123.6817/ene/13 -3-

Impuestos por pagar

6765

ISR 6765 Bancos 6765

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: ENRIQUE LOERA SEGURA SEGURA IVÁN N.S.S: 216464552

RFC: CARB09310205 PUESTO: DIRECTOR DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

Page 98: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 11800 101 ISR nomina 6765.1002 Horas extras 8258.8803 Vacaciones 4719.9604 Prima

vacacional1179.99

05 Aguinaldo 5899.9506 PTU 650007 Premio de

puntualidad900

08 Bono de productividad

230

09 Previsión social

200

10 Gastos médicos

1200

Totales 6765.10Totales 40888.78 Neto a

pagar34123.68

Page 99: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Caso Practico 7: Sueldos Y Salarios

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 2,000.00

El Sr. Osvaldo Benavides Zúñiga, acaba de iniciar una relación laboral y desea

saber el monto que se le debe retener de ISR por conceptos de sueldos y salarios

durante el mes de Agosto de 2012, y para nos cual nos proporciona la siguiente

información.

NOTAS:

1.-Es una empresa de nueva creación y por lo tanto no cuenta con proporción.

2.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2011 es de $ 63.33

Se solicita determinar:

A.- Ingresos Exentos

B.- Base Gravable

C.- Impuesto Mensual

D.- Subsidio Al Empleo

E.- ISR a cargo (FAVOR)

Page 100: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA DE # 1DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 2000 0 2000TOTALES 2000 0 2000

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 2000(-) limite inferior 496.08(=) excedente del ingreso 1503.92(*)% tarifa art 113 6.40(=) impuesto sobre el excedente 96.25(+) cuota fija 9.52(=) ISR art 113 mensual 105.77

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 105.77(-) subsidio al empleo art 8° trans. 406.82(=)ISR a favor. 301.06

JUSTIFICACIONES LEGALES

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

Page 101: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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ASIENTO DIARIO.

Concepto Parcial Debe Haber Gastos de venta 2000Sueldos 2000Impuestos por recuperar

301.06

ISR a favor 301.06Sueldos por pagar

2301.06

-2-Sueldos por pagar

2301.06

Bancos 2301.06

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: OSVALDO BENAVIDES ZÚÑIGA N.S.S:2121584936

RFC: OSVZUGBE01962 PUESTO: AUXILIAR ADMINSTRATIVO

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 2000 101 ISR subdio -301.06

Totales Totales 2000 Neto a

pagar2301.06

Page 102: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CASO PRACTICO 8: SUELDOS Y SALARIOS

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 34,000.00

El Srita. Gabriela Ruiz Ángeles, labora como recepcionista en importante empresa y

desea saber el monto que se le debe retener de ISR por conceptos de sueldos y

salarios durante el mes de Enero de 2012, y para nos cual nos proporciona la

siguiente información.

NOTAS:

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2011 es de $ 62.33

Se solicita determinar:

A.- Ingresos Exentos

B.- Base Gravable

C.- Impuesto Mensual

D.- Subsidio Al Empleo

E.- ISR a cargo (FAVOR)

CEDULA DE # 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

Page 103: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 34000 0 34000TOTALES 34000 0 34000

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 34000(-) limite inferior 32436.84(=) excedente del ingreso 1263.16(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 378.94(+) cuota fija 6141.95(=) ISR art 113 mensual 6520.89

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 6520.89(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a favor. 6520.89

JUSTIFICACIONES:

A). SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no

esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara

impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra

prestación

Page 104: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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ASIENTO DIARIO.

Concepto Parcial Debe Haber Gastos de venta 34000Sueldos 34000Impuestos por pagar

6520.89

ISR nomina 6520.89Sueldos por pagar

27479.11

-2-Sueldos por pagar

27479.11

Bancos 27479.11-3-Impuestos por pagar

6521

ISR nomina 6521Bancos 6521

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: GABRIELA RUIZ ÁNGELES N.S.S:2415799465

RFC:GARUAN09566 PUESTO: RECEPCIONISTA PRINCIPAL

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 34000 101 ISR nomina 6520.89

Totales 6520.89Totales Neto a

pagar27479.11

Page 105: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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. Caso Practico 9: Sueldos Y Salarios

CONCEPTO IMPORTE

Sueldos $ 1869.90

Horas Extras Determinar

Vacaciones Determinar

Prima Vacacional Determinar

Bono De Productividad $ 300.00

Previsión Social $ 700.00

Reembolso De Gastos Médicos $ 100.00

Se desea saber el monto que se debe retener de ISR por concept de sueldos y salarios durante el mes de Octubre de 2011 al siguiente trabajador y para la cual nos proporciona la siguiente información

1.-EL SMG correspondiente al ejercicio 2012 es de $ 62.33

2.-Las Horas Extras se distribuyeron de la siguiente forma:

Semana 1 H.E

Lunes 7 hrs

Martes 5 hrs

Miércoles 1 hrs

Jueves 4 hrs

viernes --------

Semana 2 H.E

Lunes ---------

Martes 3 hrs

Miércoles 5 hrs

Jueves 5 hrs

viernes 6 hrs

Page 106: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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1.- En lo relativo a las vacaciones dicha persona lleva laborando 3 años 4 meses

para la empresa.

2.- en lo que respecta a la prima vacacional la empresa le concede la prestación

mínima de acuerdo a lo establecido a la LFT.

3.- la previsión social se le concede únicamente al departamento administrativo.

Se solicita determinar:

A.- Ingresos Exentos

B.- Base Gravable

C.- Impuesto Mensual

D.- Subsidio Al Empleo

E.- ISR a cargo (FAVOR)

Semana 3 H.E

Lunes 4 hrs

Martes 8 hrs

Miércoles -------

Jueves 3 hrs

viernes -------

Page 107: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA #1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 1869.90 0 1869.90art 109 1 Horas extras 981.54 389.50 592.04

Vacaciones 623.30 0 623.30Art 109 11 Prima

vacacional155.82 155.82 0

Bono de productividad

300 0 300

Art 109 6 Previsión social

700 700 0

Art 109 4 Gastos médicos

100 100 0

Art 109 13 Viáticos 800 400 400TOTALES 5530.56 1745.32 3785.24

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 3785.24(-) limite inferior 496.08(=) excedente del ingreso 3289.16(*)% tarifa art 113 6.40(=) impuesto sobre el excedente 210.50(+) cuota fija 9.52(=) ISR art 113 mensual 220.02

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 220.02(-) subsidio al empleo art 8° trans. 406.62(=)ISR a favor 240.6

Page 108: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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JUSTIFICACIONES LEGALES

1.- SUELDO: Según el artículo 109. LISR. El concepto de sueldos y salarios no esta exento, y adicionado el articulo 113. Establece que el sueldo no pagara impuesto siempre y cuando este sea mínimo y el trabajador no perciba otra prestación

2.- HORAS EXTRAS

Este trabajador al percibir NO percibe mas del salario mínimo el ART. 109 Frac. I. Establece que únicamente estará exento tratándose de horas extras en 50% del ingreso percibido; y que dicha exención rebase 5 Salarios Mínimos Generales horas extras el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

:

Semana Importe total Ingreso exento Base gravable1 327.18 109.06 218.122 373.92 140.22 233.703 280.44 140.22 140.22Total 981.54 389.50 592.04

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores

tienen derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y

que nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta

llegar al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

Page 109: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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10- 14 16 días

15 -19 18 dias

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este paga el impuesto al 100%.

La ley federal del trabajo indica que para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad:

10X62.33=623.3

El concepto de vacaciones al no encontrase en el art. 109 de la LISR grava al 100%.

4.- PRIMA VACACIONAL la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

623.3X25%=155.82

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

62.33X15=934.95

5.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

6.-REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS el articulo 109 de la LISR fracción cuarta establece que estará exenta al 100% general cuando esta cumpla con el requisito de generalidad.

7.-PREMIO DE PUNTUALIDAD al no aparecer su concepto en el artículo 109 de la LISR grava al 100%

Page 110: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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8.-VIATICOS: solo estarán exentos los que sean comprobable con los documentos validos correspondientes, la parte que posible comprobar gravaran el impuesto según articulo 109 f XII LISR.

ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber Mar/12 Gastos de

venta5530.56

Sueldos 1869.90Horas extras 981.54Vacaciones 623.30Prima vacacional

155.82

Bono de productividad

300

Previsión social

700

Gastos médicos

100

Viáticos 800Impuestos por recuperar

240.60

ISR 240.60Sueldos por pagar

5771.16

Mar/12 -2-Sueldos por pagar

5771.16

Bancos 5771.16

Page 111: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: MICHELLE LOVATO N.S.S: 1920245899

RFC: MILOHART1933645 PUESTO: GERENTE GENERAL DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/OCT/12 AL 31/OCT /12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 1869.90 101 ISR nomina -240.6002 Horas extras 981.5403 Vacaciones 623.3004 Prima

vacacional155.82

05 Bono de productividad

300

06 Previsión social

700

07 Gastos médicos

100

08 Viáticos 800Totales -240.60

Totales 5530.56 Neto a pagar

5771.16

Page 112: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CASO PRACTICO 10: SUELDOS Y SALARIOS

Calcular el impuesto a retener por concepto de sueldos y salarios de los siguientes trabajadores quienes perciben ingresos laborando para la misma empresa en el departamento de ventas ubicado en el DF.

NOTAS: *las horas extras se obtuvieron en 2 semas

trabajador a labora un domingo

Se solicita determinar:

A.- Ingresos Exentos

B.- Base Gravable

C.- Impuesto Mensual

D.- Subsidio Al Empleo

E.- ISR a cargo (FAVOR)

CEDULA #1DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

Trabajador A

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 4000 0 4000art 109 1 Horas extras 600 299.88 300.12Art 109 6 Previsión

social380 0 380

--- Despensa 0 0 0-- Puntualidad 200 0 200-- Prima

dominical100 62.33 37.67

--- Vacaciones 1866.62 0 1866.62Art 109 11 Prima

vacacional466.70 466.70 0

TOTALES 7613.32 828.91 6784.41

Page 113: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

2.- HORAS EXTRAS el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

Las horas se determinan en dos semanas:

4000/30=133.33/8=16.66X29=299.882

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores

tienen derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y

que nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta

llegar al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

:Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

14X133.33=1866.82

Page 114: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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El concepto de vacaciones al no encontrase en el art. 109 de la LISR grava al 100%.

4.- PRIMA VACACIONAL la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

1866.82X25%=466.70

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

62.33X15=934.95

5.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

6.-PRIMA DOMINICAL

4000/30=133.33*3=399.99*25%=99.99

7.-PREMIO DE PUNTUALIDAD al no aparecer su concepto en el artículo 109 de la LISR grava al 100%

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 6784.41(-) limite inferior 4210.42(=) excedente del ingreso 2573.99(*)% tarifa art 113 10.88(=) impuesto sobre el excedente 280.95(+) cuota fija 247.23(=) ISR art 113 mensual 527.28

Page 115: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 527.28(-) subsidio al empleo art 8° trans. 253.54(=)ISR a cargo 273.74

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: JESUS ADRIAN ROMERO CASAS .S.S: 214789464644646

RFC: JEADRROCAS18956 PUESTO: SUPERVIDOR DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 4000 101 ISR nomina 273.7402 Horas extras 60003 Previsión

social380

04 Despensa 005 Puntualidad 20006 Prima

dominical100

07 Vacaciones 1866.6208 Prima

vacacional466.70

Totales 273.74Totales 7613.37 Neto a

pagar7339.53

Page 116: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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TRABAJADOR B.

CEDULA #1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE. TRABAJADOR B

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 9000 0 9000art 109 1 Horas extras 0 0 0Art 109 6 Previsión

social0 0 0

--- Despensa 100 0 100-- Puntualidad 100 0 100-- Prima

dominical0 0 0

--- Vacaciones 2400 0 2400Art 109 11 Prima

vacacional720 720 0

TOTALES 12320 720 11600

1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores

tienen derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y

que nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta

llegar al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

Page 117: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por

los días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

La ley federal del trabajo indica que para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad:

8X300=2400

El concepto de vacaciones al no encontrase en el art. 109 de la LISR grava al 100%.

3.- PRIMA VACACIONAL la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

2400X30%=720

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

62.33X15=934.95

4.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

5.-PRIMA DOMINICAL

9000/30=300*3=900*25%=225

6.-PREMIO DE PUNTUALIDAD al no aparecer su concepto en el artículo 109 de la LISR grava al 100%

7.-DESPENSA: aplica como previsión socialy no cumple con el requisitos de generalidad estipulado en el articulo 109 f vi

Page 118: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Base gravable 11600(-) limite inferior 10298.36(=) excedente del ingreso 1301(*)% tarifa art 113 21.37(=) impuesto sobre el excedente 278.03(+) cuota fija 1090.62(=) ISR art 113 mensual 1368.65

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 1368.65(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 1368.65

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: ALEJANDRA BELTRAN N.S.S: 15457896263262

RFC: ALEBETRL19850 PUESTO: DIRECTOR DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 9000 101 ISR nomina 2177.7302 Horas extras 003 Previsión

social0

04 Despensa 10005 Puntualidad 10006 Prima

dominical0

07 Vacaciones 240008 Prima

vacacional720

Totales 2177.73Totales 12320 Neto a

pagar11942.27

Page 119: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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TRABAJADOR C.

CEDULA DE TRABAJO 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE. TRABAJADOR C

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 7500 0 7500art 109 1 Horas extras 1125 562.5 562.5Art 109 6 Previsión

social0 0 0

--- Despensa 130 0 130-- Puntualidad 100 0 100-- Prima

dominical0 0 0

--- Vacaciones 3500 0 3500Art 109 11 Prima

vacacional1400 934.95 465.05

TOTALES 13130 1497.45 12257.55

1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

2.- HORAS EXTRAS el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

Las horas se determinan en dos semanas:

7500/30=250/8=31.25X2X9=562.5X2=11252

3.-VACACIONES

La ley federal del trabajo en artículo 76 establece que todos los trabajadores

tienen derecho a gozar de un periodo vacacional pagado a partir del sexto mes y

que nunca deberá ser inferior a seis días incrementando a dos días por año hasta

llegar al 4 año y con posterioridad incrementara por cada cinco.

Años de servicio( antigüedad)

Días de goce(vacaciones)

Page 120: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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6 m - 1 6 días

2 8 días

3 10 días

4 - 9 12 días

5 -9 14 días

10- 14 16 días

15 -19 18 dias

Para determinar el monto de vacaciones se debe multiplicar el salario diario por los días que le corresponda a su antigüedad según LFT articulo 76

OTROS: Este concepto al no aparecer en el ART 109. LISR. No esta exento, este

paga el impuesto al 100%.

14X250=3500

El concepto de vacaciones al no encontrase en el art. 109 de la LISR grava al 100%.

4.- PRIMA VACACIONAL la ley federal del trabajo establece en su artículo 80 que el trabajador gozara de una prima vacacional no menor al 25% y que se le calculara del importe total de las vacaciones.

3500X40%=1400

El artículo 109 de la LISR establece que estará exento hasta 15 días de salario mínimo.

62.33X15=934.95

5.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

6.-PRIMA DOMINICAL

7500/30=250X3=750X25%=187.5X2=375

7.-PREMIO DE PUNTUALIDAD al no aparecer su concepto en el artículo 109 de la LISR grava al 100%

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

Page 121: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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Base gravable 12257.55(-) limite inferior 10298.36(=) excedente del ingreso 1959.19(*)% tarifa art 113 21.36(=) impuesto sobre el excedente 418.48(+) cuota fija 1090.62(=) ISR art 113 mensual 1509.10

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 1509.10(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 1509.10

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: PAUL RODRIGUEZ N.S.S: 1524789125

RFC: PRODRIBA19650 PUESTO: DIRECTOR GENERAL DE CAMPAÑA DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 7500 101 ISR nomina 1509.1002 Horas extras 112503 Previsión

social0

04 Despensa 13005 Puntualidad 10006 Prima

dominical0

07 Vacaciones 350008 Prima

vacacional1400

Totales 1509.10Totales 14510 Neto a

pagar13000.

Page 122: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber 1/ENE/12 Gastos de

venta33688.27

Sueldos 20500Horas extras 1725Previsión social

380

Despensa 230Puntualidad 400Prima dominical

100

Vacaciones 7766.62Prima vacacional

2586.65

Impuestos por pagar

3151.49

ISR 3151.49 Sueldos por pagar

30536.78

1/ENE/12 -2-Sueldos por pagar

30536.78

Bancos 30536.7817/FEB/12 -3-

Impuestos por pagar

3151

ISR 3151 Bancos 3151

Page 123: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CASO PRÁCTICO 11 SUELDOS Y SALARIOS

Determina la nomina quincenal de los siguientes trabajadores

(TRABAJADOR A)RAUL CABAZOS ESPINOSA

(TRABAJADOR B)MAURICIO BONILLA MENESES

(TRABAJADOR C)ROBERTO CAMPOS LAMAS

(TRABAJADOR D)ENRIQUE LOERA SAUCEDO

(TRABAJADOR E)SILVIA ROMAN NAVA

Notas:

*aplica tabLas quincenales

*elabora cuadro de percepciones y deducciones

Crea modelo de recibo de nomina de cada trabajador

Se solicita determinar:

A.- Ingresos Exentos

B.- Base Gravable

C.- Impuesto Mensual

D.- Subsidio Al Empleo

E.- ISR a cargo (FAVOR)

CEDULA DE TRABAJO 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE. TRABAJADOR A RAUL CABAZOS ESPINOSA

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 34500 0 34500art 109 1 Horas extras 15812.5 623.3 15189.2Art 109 6 Previsión

social600 0 600

-- Puntualidad 0 0TOTALES 50912.5 623.3 50289.2

Page 124: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

2.- HORAS EXTRAS el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

Las horas se determinan en dos semanas:

Semana Importe total Ingreso exento Base gravable1 1121.25 258.75 862.52 460 143.75 316.25Total 1581.25 402.5 1178.75

3.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR.

(TRABAJADOR A) RAUL CABAZOS ESPINOSA

Base gravable 50289.20(-) limite inferior 16153.06(=) excedente del ingreso 34759.44(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 10427.83(+) cuota fija 2483.61(=) ISR art 113 mensual 13271.44

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 13271.44(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 13271.44

Page 125: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: RAUL CAVAZOS ESPINOSA N.S.S:0615185494449

RFC: ESPICAS1985 PUESTO: DIRECTOR ADJUNTO DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 34500 101 ISR nomina 13271.4402 Horas extras 15812.503 Previsión

social600

04 Puntualidad Totales 13271.44

Totales 50912.50 Neto a pagar

37641.06

CEDULA DE TRABAJO 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE. TRABAJADOR B)MAURICIO BONILLA MENESES

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 23400 0 23400art 109 1 Horas extras 0 0 0Art 109 6 Previsión

social400 0 400

-- Puntualidad 350 0 350TOTALES 24150 0 24150

1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

2.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

Page 126: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR. TRABAJADOR B)MAURICIO BONILLA MENESES

Base gravable 24150(-) limite inferior 16153(=) excedente del ingreso 7997(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 2399.10(+) cuota fija 3030.58(=) ISR art 113 mensual 5429.68

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 5429.68(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 5429.68

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: MAURICIO BONILLA MENESES N.S.S:15154644649

RFC: BOMNNLL189454 PUESTO: GENENTE DE CAMPAÑA DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 23400 101 ISR nomina 5429.6802 Horas extras 003 Previsión

social400

04 Puntualidad 350Totales 5429.68

Totales 24150 Neto a pagar

18720.32

Page 127: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA DE TRABAJO 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE. TRABAJADOR C)ROBERTO CAMPOS LAMAS

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 29760 0 29760art 109 1 Horas extras 21390 558 20786.70Art 109 6 Previsión

social380 0

-- Puntualidad 0 0TOTALES 51530 558 50972

1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

2.- HORAS EXTRAS el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

Las horas se determinan en dos semanas:

Semana Importe total Ingreso exento Base gravable1 13020 279 127412 8370 279 8091Total 21390 558 20786.70

3.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR. TRABAJADOR C)ROBERTO CAMPOS LAMAS

Base gravable 37913.35(-) limite inferior 16153.06(=) excedente del ingreso 21760.29(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 6528.08(+) cuota fija 558.68(=) ISR art 113 mensual 9558.68

Page 128: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 9558.68(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 9558.68

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: ROBERTO CAMPOS LOMAS N.S.S:06545479797

RFC: CALACA19655 PUESTO: GERENTE GENERAL DE VENTAS REGIONAL

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 29760 101 ISR nomina 13456.6902 Horas extras 2139003 Previsión

social380

04 Puntualidad 0Totales 13456.69

Totales 51530 Neto a pagar

38073.31

Page 129: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA DE TRABAJO 1 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE. (TRABAJADOR D)ENRIQUE LOERA SAUCEDO

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 35000 0 35000art 109 1 Horas extras 3125 311.65 2813.25Art 109 6 Previsión

social0 0 0

-- Puntualidad 100 0 100TOTALES 38225 311.65 37913.35

1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

2.- HORAS EXTRAS el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

Las horas se determinan en dos semanas:

Semana Importe total Ingreso exento Base gravable1 3125 311.65 2813.25Total 3125 311.65 2813.25

3.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

Page 130: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR. (TRABAJADOR D)ENRIQUE LOERA SAUCEDO

Base gravable 37913.35(-) limite inferior 31452.23(=) excedente del ingreso 6461.12(*)% tarifa art 113 30(=) impuesto sobre el excedente 1938.33(+) cuota fija 7060.35(=) ISR art 113 mensual 9558.68

CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 9558.68(-) subsidio al empleo art 8° trans. 0(=)ISR a cargo 9558.68

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: ENRIQUE LOERA SAUCEDO N.S.S:7894656123416

RFC: LOESAUENS19467 PUESTO: SUPERVISOR DE VENTAS 2

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 35000 101 ISR nomina 9558.6802 Horas extras 312503 Previsión

social0

04 Puntualidad 100Totales 9558.68

Totales 38225 Neto a pagar

28666.32

Page 131: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA #11 DETERMINACIÓN DE LA BASE GRAVABLE.

(TRABAJADOR E)SILVIA ROMAN NAVA

referencia concepto Importe total Ingreso exento

Base gravable

Art 109 y 113 Sueldos 934.95 0 934.95art 109 1 Horas extras 560.88 280.44 280.44Art 109 6 Previsión

social800 0 800

-- Puntualidad 400 0 400TOTALES 2695.83 280.44 2415.39

1.- EL SUELDO según el artículo 109 y el artículo 113 de la ley del impuesto sobre la renta establece que solo estará exento el salario o sueldo tratándose del salario mínimo general y que esta sea la única percepción del trabajador.

2.- HORAS EXTRAS el articulo 109 fracción primera de la LISR establece los trabajadores que perciban mas del mínimo exentaran las horas extras hasta un 50% sin que dicha extensión rebase los 311.65 es decir los 5 salarios mínimos generales.

Las horas se determinan en dos semanas:

Semana Importe total Ingreso exento Base gravable1 280.44 140.22 140.222 280.44 140.22 140.22Total 560.88 280.44 280.44

3.-PREVISION SOCIAL el articulo 109 de la LISR fracción 6 establece que la previsión social deberá cumplir con el requisito de generalidad para que esta se exente al 100% es decir se debe otorgar a todos.

CEDULA 2 DETERMINACIÓN DEL ISR A RETENER ARTICULO 115 LISR. (TRABAJADOR E)SILVIA ROMAN NAVA

Base gravable 2415.39(-) limite inferior 2077.51(=) excedente del ingreso 337.88(*)% tarifa art 113 10.88(=) impuesto sobre el excedente 36.76(+) cuota fija 121.95(=) ISR art 113 mensual 158.71

Page 132: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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CEDULA 3 DETERMINACIÓN DEL ISR CARGO O A FAVOR.

ISR art 113 158.71(-) subsidio al empleo art 8° trans. 160.35(=)ISR a FAVOR 1.64

RECIBO DE NOMINA

NOMBRE: (TRABAJADOR E) SILVIA ROMAN NAVA

N.S.S:46474446446

RFC: AUXILIAR DE VENTAS PUESTO: GERENTE DE VENTAS

PERIODO DE PAGO: 01/07/12 AL 31/07/12

PERCEPCIONES DEDUCCIONES.

Clave Concepto Cantidad Clave Concepto Cantidad 01 Sueldos 934.95 101 ISR nomina -1.6402 Horas extras 560.8803 Previsión

social800

04 Puntualidad 400Totales

Totales 2695.83 Neto a pagar

2697.47

Page 133: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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ASIENTO DIARIO.

Fecha Concepto Parcial Debe Haber 1/ENE/12 Gastos de

venta167513.33

Sueldos 123594.95Horas extras 40888.38Previsión social

2180

Puntualidad 850Impuestos por recuperar

1.64

Subsidio al empleo

1.64

Impuestos por pagar

41716.49

ISR 41716.49 Sueldos por pagar

125798.48

1/ENE/12 -2-Sueldos por pagar

125798.48

Bancos 125798.4817/FEB/12 -3-

Impuestos por pagar

41716

ISR 41716 Bancos 41716

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CONCLUSIONES

Por medio de este trabajo elaborado se obtiene un enfoque integral y completo de cada uno de los aspectos que engloba a el Titulo IV Capitulo I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, referente a ingresos obtenidos en nomina por sueldo o salarios, viendo el enfoque desde el sujeto que esta obligado al pago del impuesto, el objeto o lo que grava es decir cada uno de los ingreso que tiene derecho a percibir, según Ley federal del Trabajo, las erogaciones que se convierten en deducibles y aun a los ingresos que son superiores a la ley, cada condicionante que el ingreso debe cumplir de manera completa y sin excepción para llegar a la figura del ingreso exento, es decir los ingreso sobre los cuales no se grava y calcula mencionado impuesto a pagar. En un panorama general se puede concluir también que existen ingresos gravados y exentos; por los primeros causan ingresos sobre los cuales se calculara el impuesto final a pagar, descontado a los ingresos exentos y los segundos los ingresos exentos, que son sencillamente los que no pagaran el dicho impuesto, es importante mencionar que los ingresos exentos se calculan siempre de acuerdo a la fracción que le corresponda, de acuerdo al ingreso que se haga mención en el articulo 109 de LISR y que siempre mencionado ingreso exentos se hará sobre lo que lo que indique la fracción sin quitar no aumentar y tendrá como base de calculo la base del Salario Mínimo General del año del ejercicio fiscal y correspondiente al área geográfica de donde perciba sus ingresos o labore el trabajador. Siempre que un ingreso no se mencione dentro de este articulo 109 de la ley del Impuesto Sobre la Renta y no sea análogo a lo referido al ingreso de Previsión Social, es decir que el ingreso no entre en el concepto de ser una erogación que haga el patrón para satisfacer las necesidades de sus trabajadores paulatinamente, se concluye entonces que el ingreso al no aparecer en este articulo no esta exento del pago del impuesto sino que grava el impuesto al 100 %, puede ser ingresos como: bono de productividad, premio de puntualidad, bono de actuación, bono de calidad entre otros nombres. Dentro de los ingresos que están exentos de manera completa como lo son Previsión social, reembolso de gastos médicos y de funeral es primordial que para que estén exentos cumplan con el requisito de Generalidad es decir que sea para todos, mencionados requisitos nombrados en los artículos 109 en sus fracciones IV y V y VI respectivamente.

Es de motivo de especial mencionar la atención que debe existir por parte de las empresas que llevan un registro contable con el objeto de cumplir con los requerimientos tributarios evitando ser sancionadas y alcanzar los beneficios del enfoque financiero y administrativo con énfasis en las leyes que tienen efectos en la empresa, así como también por parte del trabajador que debe conocer a que se refieren cuando se habla de sus percepciones y deducciones sobre el cual se esta calculando el impuesto a pagar, para así evitar cobros indebidos que repercutan directamente en sus ingresos generales.

Page 135: LEGISLACION FISCAL PERSONAS FISICAS REGIMEN SUELDOS Y SALARIOS.docx

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BIBLIOGRAFIA

http://www.sat.gob.mx/

http://info4.juridicas.unam.mx/

http://www.gobierno.com.mx/ley-federal-del-trabajo/

http://www.rinconcastellano.com/trabajos/

http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/bibliografiasjurificas/

FISCOAGENDA 2012 EDITORIAL ISEF cuadragésima tercera edición enero 2012

ENCICLOPEDIA AUTODIDACTA MILENIUM EDICION 2006 EDITORIAL THERMA TOMO V