LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( I Bimestre Abril Agosto 2011)

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LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA ESCUELA: NOMBRES: Ciencias Jurídicas Ab. Franco Astudillo Maldonado BIMESTRE: Primer

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Universidad Técnica Particular de LojaCiclo Académico Abril Agosto 2011Carrera: Ciencias JurídicasDocente: Dr. Franco AstudilloCiclo: OctavoBimestre: Primero

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LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA

ESCUELA:

NOMBRES:

Ciencias Jurídicas

Ab. Franco Astudillo Maldonado

BIMESTRE: Primer

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EL PRIMER BIMESTRECONSTA DE LOS SIGUIENTES CAPÍTULOS:

• Nociones de Derecho Mercantil. • De los Títulos Valores-De los títulos

ejecutivos.• Aspectos generales.• Letra de cambio.• Pagaré a la orden.• Del cheque.• De las obligaciones ejecutivas-De las

garantías.

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• Aspectos generales sobre garantías.• De la fianza.• De la solidaridad pasiva.• De la cláusula penal.• De la prenda.• De la hipoteca.

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CAPÍTULO 1.NOCIONES DEL DERECHO

MERCANTIL.

1.1.- ASPECTOS GENERALES: Evolución de la actividad económico-comercial

individual a la actividad de las empresas sociales.

El Derecho Mercantil ya no es el derecho de una clase profesional solamente, sino el derecho de las empresas.

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1.2.- CORRIENTES DOCTRINARIAS

1.- Corriente subjetiva.- Como un sistema jurídico de carácter profesional. Aplicable a los comerciantes, creado por ellos mismos a través de la costumbre en las transacciones.

2.- Corriente objetiva.- Se concibió que el derecho mercantil se sustentaba en el acto o contrato de comercio, sin consideración a la condición de las personas que lo realizan.

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3.- Corriente mixta.- Esta doctrina mantiene un criterio ecléctico, regulando los requisitos y condiciones para el ejercicio del comercio.

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1.3.- ACTOS DE COMERCIO.

Derecho Positivo, el Código de Comercio en su

Art. 3 da una lista de actividades.

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1.4.- DIFERENCIAS ENTRE LA LEGISLACIÓN CIVIL Y MERCANTIL:

• Civil: predomina el formalismo en la contratación. En lo Mercantil: predomina los contratos consensuales.

• En lo Mercantil: admite que el propio interesado elabore pruebas a su favor. Lo que no permite la legislación civil.

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CAPÍTULO 2TÍTULOS VALOR

2.1.- Generalidades.- Concepto. La denominación genérica es la de título valor, que abarca a os documentos de diversas y diferentes características específicas.

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2.2.- CARACTERISTICAS:

a) La cualidad de ser necesario.b) El derecho a la prestación que contiene el

título valor está incorporado al documento.c) El derecho que contiene el título valor es

literal.d) Es autónomo.

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2.3.- CLASIFICACIÓN• En relación al emitente:* públicos

* privados• Por la forma de emisión: *singulares

*serie• Por la forma en que se promete el pago:

*a base de orden *a base de promesa

• Por la naturaleza de los derechos que incorporan: *contenido crediticio.

*corporativos • *tradición

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• Según forma de circulación:*nominativos *a la orden *al portador

• Simples y complejos.• Según función económica: *especulación *inversión• Por su relación con la causa: *abstractos *causales• Títulos del pasivo bancario.

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CAPÍTULO 3TÍTULOS EJECUTIVOS

3.1.- Obligaciones para tramitar en vía ejecutiva:

Para demandar en juicio ejecutivo se debe tener en cuenta los siguientes elementos:

1. Que el título reúna las condiciones de ejecutivo.

2. Que la obligación sea ejecutiva.3. Que la acción sea ejecutiva.

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3.2.- Títulos Ejecutivos Art. 413 del CPC: Son títulos ejecutivos: La confesión de parte; La sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; La copia y la compulsa auténticas de las escrituras

públicas; Los documentos privados reconocidos ante juez o

notario público; Las letras de cambio; Los pagarés a la orden; Los testamentos;

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Las actas judiciales de remate o las copias de los autos de adjudicación debidamente protocolizados, según el caso;

Las actas de transacción u otras que contengan obligaciones de dar o hacer alguna cosa; y

Los demás instrumentos a los que leyes especiales dan el carácter de títulos ejecutivos.

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CAPÍTULO 4.LETRA DE CAMBIO

4.1.- Requisitos.- La letra de cambio contendrá: 

1.- La denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del documento y expresada en el idioma empleado para la redacción del mismo. Las letras de cambio que no llevaren la referida denominación, serán, sin embargo, válidas, si contuvieren la indicación expresa de ser a la orden;

2.- La orden incondicional de pagar una cantidad determinada;

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3.- El nombre de la persona que debe pagar (librado o girado);

4.- La indicación del vencimiento;5.- La del lugar donde debe efectuarse el pago;6.- El nombre de la persona a quien o a cuya orden

debe efectuarse el pago;7.- La indicación de la fecha y del lugar en que se

gira la letra; y,8.- La firma de la persona que la emita (librador o

girador).

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FORMATO DE LA LETRA DE CAMBIO

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FORMATO DE LA LETRA DE CAMBIO

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4.2.- AVAL.-

• garantía cambiaría del pago de una letra de cambio.

• Se compromete a responder en los mismos términos que el obligado de quien se constituye garante.

• Sin el aval la letra cumple sus objetivos mercantiles.

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4.3.- De la prescripción.

Plazos de prescripción:Contra el Aceptante y avalista: 3 años

desde la fecha de vencimiento.Contra endosantes y contra el girador:

1 año desde la fecha del protesto o del vencimiento.

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Endosantes unos contra otros y contra el girador: 6 meses contados del día en que el endosante ha reembolsado la letra o del día en que el mismo ha sido demandado

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CAPÍTULO 5PAGARÉ A LA ORDEN

5.1.- Requisitos: El pagaré contendrá:1.- La denominación del documento inserta

en el texto mismo y expresada en el idioma empleado en la redacción del documento. Los pagarés que no llevaren la referida denominación, serán, sin embargo, válidos, si contuvieren la indicación expresa de ser a la orden;

2.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada;

3.- La indicación del vencimiento;

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4.- La del lugar donde debe efectuarse el pago;5.- El nombre de la persona a quien o a cuya

orden debe efectuarse el pago;6.- La indicación de la fecha y el lugar donde se

suscribe el pagare; y,7.- La firma del que emite el documento (suscriptor).

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5.2.- Naturaleza del Pagaré a la Orden.

a. Es un título valor;b. Es un título de crédito;c. Es un instrumento privado. Art. 191 C. P. Civil;d. Es un instrumento formal, reglado por la Ley en su

contenido;e. Es un título a la orden;f. Es un título ejecutivo;g. El pagaré contiene una promesa. Esta es su

característica esencial y la que revela su naturaleza.

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CAPÍTULO 6EL CHEQUE

6.1.- Concepto: El cheque es un Título mediante el que un

cuentacorrentista expide una orden incondicional de pago de una suma determinada de dinero, a la vista, al Banco en que ha hecho el depósito monetario

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6.2.- Requisitos formales del Cheque

El cheque deberá contener:1.- La denominación de cheque, inserta en el texto

mismo del documento y expresada en el idioma empleado para su redacción;

2.- El mandato puro y simple de pagar una suma determinada de dinero;

3.- El nombre de quien debe pagar o girado;

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4.- La indicación del lugar del pago; 5.- La indicación de la fecha y del lugar de la emisión

del cheque; y,6.- La firma de quien expide el cheque o girador.

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6.3.- Elementos personales del Cheque

a) Girador.b) Girado c) El tenedor o beneficiario.

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6.4.- Naturaleza del Cheque

• Es un medio de pago a la vista; mientras que la letra de cambio y el pagaré a la orden son instrumentos de crédito.

• Facilita la circulación del dinero y los pagos.

• Es un título valor completo, cuya forma se regula por la ley.

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CAPÍTULO 7LAS GARANTÍAS

7.1.- FIANZA

7.2.- SOLIDARIDAD PASIVA

7.3.- DE LA CLÁUSULA PENAL

7.4.- DE LA PRENDA

7.5.- DE LA HIPOTECA.

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7.1.- FIANZA

La fianza se encuentra regulada por el Título XXXIV del Código Civil (Arts. 2.238 al 2.285)

“Fianza es una obligación accesoria en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o parte, si el deudor principal no la cumple”. Art. 2.238 CC.

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La fianza no afecta o grava un bien determinado al cumplimiento de la obligación; otorga sí un derecho de prenda general sobre los bienes del fiador; por ello también la fianza es una garantía personal.

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7.1.1.- Elementos y requisitos del contrato de fianza:

1. Personal.- Intervienen 3 elementos personales: a) El acreedor; b) El deudor; c) El fiador.2. Real.- El referente a la obligación objeto de la

garantía.3. Formal.- Debe celebrarse por escrito.

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7.2.- SOLIDARIDAD PASIVA

7.2.1.- Clasificación de la solidaridad por los sujetos.-• Por los sujetos, la solidaridad puede ser: Activa. Pasiva. Mixta.

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7.3.- DE LA CLÁUSULA PENAL

• 7.3.1.- Concepto.• El art. 1551 del Código Civil define así a la cláusula

penal: “es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no cumplir la obligación principal, o de retardar su cumplimiento”

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7.4.- PRENDA7.4.1.- PRENDA COMERCIAL ORDINARIA: Este contrato

debe celebrarse por escrito, bien sea dada la prenda por un comerciante, bien por alguien que no lo sea, si es por acto de comercio.

7.4.2.- PRENDA ESPECIAL DE COMERCIO: solamente podrá establecerse a favor de un comerciante matriculado y sobre los artículos que vende para ser pagados mediante concesión de crédito al comprador.

7.4.3.- PRENDA AGRÍCOLA E INDUSTRIAL

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7.5.- HIPOTECA

“Hipoteca es un derecho de prenda, constituido sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor” Art. 2309 Código Civil.

La hipoteca es un derecho real que se constituye sobre inmuebles que permanecen en poder del deudor. Se trata de un contrato de carácter accesorio, que otorga al acreedor el derecho de persecución y le confiere un derecho de preferencia en el cobro del crédito.

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7.5.1.- Características de la hipoteca Es un derecho real. Se constituye sobre inmuebles. El Inmueble constituido en hipoteca permanece en

poder del deudor-propietario o del garante propietario, que la constituye.

La hipoteca es de carácter accesorio. La hipoteca otorga al acreedor el derecho de

perseguir el pago en la finca hipotecada. La hipoteca otorga un derecho de preferencia de

tercera clase en el cobro del crédito

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La hipoteca se inscribe en el Registro de la Propiedad correspondiente.

La hipoteca es un principio de enajenación. La hipoteca es indivisible.

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PROGRAMA: Legislación Mercantil. Carrera: Ciencias JurídicasFecha: 05/05/2011Docente: Ab. Franco Astudillo MaldonadoHora Inicio: Hora Final:

GUIÓN DE PRESENTACIÓN

Puntos de la Presentación

Intervienen Duración Aprox. en minutos

Material de Apoyo

- Presentación- Objetivos

Ab. Franco Astudillo Maldonado

• 2 minutos• 3 minutos

Sin material.Sin material.

-Desarrollo del contenido: Capítulo I Capítulo II …………….

Ab. Franco Astudillo Maldonado

• 35 minutos Diapositivas (cambios cada 5 seg.), videos, otro o ningún material.

- Preguntas

- Despedida (Contactos, Sugerencias)

Ab. Franco Astudillo Maldonado

•15 minutos (Si no existen, proponer y dar solución)• 5 minutos

[email protected], 2570275, ext. 2692, los días lunes y martes en el horario de 18h30 a 20h30.