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1 10.TÍTULOS VALORES. 10.5.LETRA DE CAMBIO. Derecho Comercial. Profesor Adjunto Grado 3 Dra. Estela Pérez Montero Gotusso.

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10.TÍTULOS VALORES.

10.5.LETRA DE CAMBIO.

Derecho Comercial.Profesor Adjunto Grado 3 Dra. Estela Pérez Montero Gotusso.

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I.CONCEPTO.

Título Valor que contiene una orden por la cual una persona llamada librador encarga a otro, el girado, el pago de una suma de dinero a otra persona llamada beneficiario.

1.1. Elementos Personales.

Librador: quien imparte la orden.

Girado: quien recibe la orden.

Beneficiario: quien recibirá el importe de la letra.

1.2. Funciones de la Letra.

medio de pago de una deuda.

Instrumento de crédito cuando se concede plazo para el pago.

(Ver ejemplo).

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II. ENUNCIACIONES DE LA LETRA.

Pueden ser esenciales o facultativas.

2.1. Enunciaciones Esenciales (arts. 3º y 55º DL14.701).

a. Nombre del título: Letra de cambio.

b. Fecha y lugar de creación: b.1.Fecha:importa para determinar capacidad del librador;fecha de vencimiento de la letra y plazo legal del portador para solicitar pago (letra a la vista) y solicitar aceptación (letra a cierto plazo desde la vista).b.2.Lugar: Si no se establece se entiende por tal el designado junto al nombre del librador. Si no lo hubiera, la letra no puede ser considerada como título cambiario hábil.

c. Orden incondicional de Pago de una Suma de Dinero: Se dirige del librador al girado. No puede contener condiciones.

d. Nombres: d.1. Girado:persona que va a pagar. Generalmente un 3ro pero se admite que el librado libre una letra contra sí mismo (art.57º).d.2.Beneficiario. No puede ser al portador.Pueden coincidir librador con girado y librador con beneficiario.

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II.ENUNCIACIONES DE LA LETRA.

e. Firma del librador: Del librador lo único que figura es su firma.

Falta de alguna de estas menciones: No es una LC salvo que se suplan acorde al art. 56º:

o LC sin vencimiento: Se entiende pagadera a la vista.

o LC sin lugar de pago: Se entiende pagadera domicilio del beneficiario.

o LC sin lugar de creación: Se entiende creada en el domicilio del librador.

2.2. Enunciaciones Facultativas.

Su inclusión depende de la voluntad del librador. Su falta no inhabilita el título.

a. Vencimientos (art.78º). Es la fecha en que debe verificarse el pago. El art. 78º prevé que la LC se puede librar:a.1.A la vista (art.79º): pagadera a su presentación con plazo máximo de 1 año a partir defecha de creación de no existir plazo por el librado.Este puede acortar o alargar dicho plazo o determinar una fecha específica de

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II.ENUNCIACIONES DE LA LETRA.

de pago; a.2.A cierto Plazo desde la Vista (arts.80º y 81º). Pagadera a tantos días contados desde la aceptación del girado odesde el protesto si no aceptó.Plazo para requerir la aceptación: 1 año; a.3. A Fecha Fija (art.82º). Pagadera a una fecha determinada y a.4.A cierto Plazo desde la Fecha (art.81º). Pagadera a tantos días desde la fecha de creación.

Estipulación de Intereses (art.59º).b.1. Intereses corrientes: Sólo se admiten en las LC a la vista y a cierto plazo desde la vista.b.2. Intereses Moratorios: Corren a partir del vencimiento de la LC al interés fijado en el título. Si no se estipularon, al tipo corriente bancario a la fecha de pago.

Sin Garantía (art.60º). El Librador puede poner esta cláusula para no responder de la aceptación pero no se exonera de su responsabilidad en el pago.

No Aceptable (art.70º). Exime de la aceptación y se presenta directamente al pago.

Sin Protesto o Retorno de Gastos (art.96º). Libera al tenedor de la obligación de protestar. No obstante conserva la acción cambiaria

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II. ENUNCIACIONES DE LA LETRA.

contra quien puso la cláusula.

III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

3.1. Relaciones Cambiarias. Son las que se crean entre los 3 elementos personales que produce los siguientes actos cambiarios:

a. Acto de Libramiento (arts. 55º a 62º). a.1. Concepto.Constituye el acto jurídico por el cual el librador por medio desu firma ordena al girado pagar el importe de la LC a un 3º beneficiario. Debe cumplir con las enunciaciones esenciales y si quiere, puede incluir cláusulas facultativas. a.2. Efectos: Garantía de la aceptación y el pago. Una vez firmada la LC el librador se hace responsable por la aceptación y el pago.

b. Acto de Endoso (arts.63º a 68º). b.1. Concepto. Constituye el acto jurídico formal y unilateral por el cual el beneficiariotrasmite por la firma puesta al dorso del documento, el derecho incorporado en la LC, a otra persona.b.2. Efectos: garantía de la aceptación y el pago y trasmisión del derecho incorporado. Firmada la LC, el endosante trasmite al

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

b. Endosatario todos los derechos emergentes de la LC y garantiza a todos los futuros tenedores la aceptación y pago de la LC.

c. Aceptación (arts.69º a 77º). c.1. Concepto. Acto jurídico por el cual el girado admite la orden de pago de la LC y se obliga a pagarla a su vencimiento. El girado no está obligado por estar mencionado, debe aceptar para que se transforme en obligado cambiario.La aceptación se manifiesta con la firma en el propio documento.

Una vez librada la LC, el tenedor debe presentarse ante el girado a efectos de recabar su aceptación. El Girado puede aceptarla o nó. Si la acepta se obliga a pagarla a su vencimiento convirtiéndose en obligado principal y directo de la LC. Si no la acepta, no se hace responsable por el pago. Su no aceptación no afecta la validez de la LC produciendo sus efectos con relación a los obligados cambiarios que la hubieran firmado (librador; avalista; endosante;etc).

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

c. Aceptación (arts.69º a 77º). c.2. Caracteres.

o Obligación del girado nace por la aceptación escrita en el propio documento.

o La aceptación es pura y simple (art. 74º) no pudiéndose subordinar su pago al cumplimiento de alguna condición.

o La aceptación es irrevocable pero se permite al girado antes de su entrega al beneficiario, tachar su aceptación lo que implica que la LC se tiene por no aceptada. De constatarse una aceptación tachada, la ley presume que la misma fue realizada por el girado, presunción que admite prueba en contrario (art.77º).

c.3. Formalidades de la Aceptación.

c.3.1. Formalidades del acto de presentación:

o La presentación debe hacerse por el tenedor de la LC; el endosatario o un representante (art.71º)

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

o Implica exhibición de la LC al girado en su domicilio para que firme su aceptación (art.69º).

o La oportunidad de la presentación varía según el tipo de vencimiento:

LC a la vista: Se paga a la presentación no requiriendo aceptación previa.

LC a cierto plazo desde la vista: Se debe presentar para su aceptación en el plazo de 1 año a contar desde fecha de creación no pudiéndose estipular la cláusula de “no aceptabilidad”.

LC con vencimiento fijo: No existe plazo.

c.3.2. Formalidades del Acto de Aceptación.

o Es un acto formal escrito en la misma LC no existiendo fórmulas sacramentales (acepto o conforme) bastando la sola firma del girado al pie de la LC.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

o El aceptante debe ser capaz para aceptar o sea, tener capacidadpara obligarse. Puede aceptar un mandatario (art. 21º y sgtes).

oFecha de Aceptación. En la LC a días o meses vista debe establecerse la fecha de aceptación (art.73º).

oDomicilio de la Aceptación. En algunas circunstancias se debe designar domicilio a los efectos de su pago (art.75º).

oMonto de la Aceptación. La aceptación puede ser total o parcial,quedando a cargo del portador de la misma admitirla. Si admite aceptación parcial debe protestar por el saldo; si no admite la parcialidad debe protestar por el total (art.74º).

c.4. Efectos de la Aceptación y de la Falta de Aceptación.

c.4.1. Efectos de la Aceptación.

o El aceptante se convierte en el obligado principal y directo para el pago de la LC (arts. 8º;9º,76º y 105º). Si no paga, el tenedor debe protestar la LC por falta de pago y tiene acción ejecutiva contra el girado aceptante, endosantes y librador.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

o Garantía de Pago. Con la aceptación, la LC tiene mayor respaldopues el librador y girado son solidariamente responsables del pago.

o Plazo. En las LC a cierto plazo, la aceptación determina la fecha de inicio del plazo lo que determina la fecha de su vencimiento.

c.4.2. Efectos de la Falta de Aceptación.

o Produce vencimiento anticipado de la LC (art.99º literal b inc.1º).

o El Tenedor debe protestar. Es indispensable el protesto para iniciar las acciones judiciales para su cobro (art.89º).

o Genera responsabilidad del girado si hay provisión de fondos.

d. Pago.

d.1. Presentación al Pago. Para reclamar el pago el tenedor debe exhibir la LC al obligado (art. 83º). Si la LC se paga, la misma se entrega a quien la pagó (art.6º).

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

La presentación al pago depende del vencimiento de la LC.

Letras a la Vista: Vence a su presentación no requiriéndose previa aceptación y se exige directamente su pago. El plazo de presentación es de 1 año. Si no se presenta en ese plazo, caducan las acciones cambiarias y causales (art. 106º).

Letras con otros Vencimientos: Se deben presentar al pago el día en que deba pagarse o en los 2 días hábiles sucesivos (art. 83º).

d.2. Efectos.

d.2.1. Pago Total.

o Extingue la obligación cambiaria: del librador y todos los demás firmantes de la LC; girado; avalistas y endosantes.

o No extingue la relación fundamental entre librador y girado transformándose el girado en acreedor del librador si éste no leentregó fondos para pagar la LC.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

o Rescate de la LC. El girado puede rescatar la LC. Al pagar la totalidad tiene derecho a que se le entregue la LC. Si ha hecho un pago parcial, tiene derecho a colocar una constancia del pago que ha hecho (art.85º).

d.2.2. Pago Parcial.

Libera por la parte pagada (art.85º). El tenedor debe protestar por el saldo impago.

d.2.3. Falta de Pago.

o El tenedor está obligado a protestar a los efectos de conservarlas acciones tendientes a su cobro (art.89º).

o Genera responsabilidad del girado frente al librador, quien responde por daños y perjuicios. Se distinguen 2 situaciones: a.Cuando el librador entrega fondos al girado éste además de los daños y perjuicios debe el monto del dinero entregado y no pagado. b. Si no hubo entrega de fondos, y sí pacto cambiario (girado da crédito al librador), debe daños y perjuicios.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

o Rescate de la LC. El girado puede rescatar la LC. Al pagar la totalidad tiene derecho a que se le entregue la LC. Si ha hecho un pago parcial, tiene derecho a colocar una constancia del pago que ha hecho (art.85º).

d.2.2. Pago Parcial.

Libera por la parte pagada (art.85º). El tenedor debe protestar por el saldo impago.

d.2.3. Falta de Pago.

o El tenedor está obligado a protestar a los efectos de conservarlas acciones tendientes a su cobro (art.89º).

o Genera responsabilidad del girado frente al librador, quien responde por daños y perjuicios. Se distinguen 2 situaciones: a.Cuando el librador entrega fondos al girado éste además de los daños y perjuicios debe el monto del dinero entregado y no pagado. b. Si no hubo entrega de fondos, y sí pacto cambiario (girado da crédito al librador), debe daños y perjuicios.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

3.2. Protesto. Acto jurídico auténtico y solemne por medio del cual se deja constancia de determinados hechos, actos jurídicos u omisiones relativas a la LC. Se formaliza con la intervención de un escribano público.

a. Clasificación.

a.1. Protestos relacionados con la Aceptación.

a.1.1.Por Falta de Aceptación. El tenedor tiene la facultad o la obligación, de recabar la aceptación del girado. Si éste se niega, se debe formalizar el protesto. Recordar que se debe protestar si el girado tacha la aceptación antes de restituir eltítulo (art.77º).

a.1.2.Por Aceptación Parcial (art.74º). De admitirse una aceptación parcial por el tenedor, éste debe protestar por el saldo. Si el tenedor no admite la aceptación parcial, debe protestar por el total. Produce los mismos efectos que el protesto por falta de aceptación.El tenedor puede exigir el pago anticipado de la parte no aceptada por vía de regreso, pero debe esperar al vencimiento para exigir del girado la parte que aceptó.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

a.1.2.Por Aceptación Parcial (art.74º)....El obligado que paga anticipadamente parte de la letra, no puede exigir la letra perosí puede exigir:un recibo; que se anote en la letra su pago parcial; y copia certificada de la letra y el protesto. Cn dichos documentos puede ejercer la acción de reembolso contra los garantes. exigir del girado la parte que aceptó.

a.1.3. Al Girado que quiere aceptar pero no puede o no sabe firmar (art.73º). Si además no tiene representante que firme por él, la LC debe protestarse por falta de aceptación.

a.1.4. Por Aceptación Irregular.

Por aceptación condicional. Cuando se acepta la LC con una condición, ésta debe ser protestada porque se considera nula (art.74º).

Aceptación que incluye una modificación (art.74º). La inclusión de la modificación en la aceptación equivale a una negativa de aceptación, por lo que se debe protestar para conservar las acciones de regreso para el cobro anticipado.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

Aceptación que incluye una modificación (art.74º)... El tenedor conserva la acción directa contra el girado.

Letras a cierto plazo desde la vista, aceptadas sin indicar fecha (art.73º). Al no poderse determinar la fecha de vencimiento, el tenedor debe protestar. El protesto se toma como fecha para determinar el vencimiento.

Letras c/obligación de presentar a la aceptación en un plazo determinado. Si el girado no pone fecha de aceptación, el tenedor debe protestar. Con el protesto, se conservan las acciones judiciales. Si no se protesta, se pierden las acciones contra el librador y el endosante pero se conserva la acción contra el girado que no puso la fecha.

a.2. Protesto relacionado c/el Pago.

a.2.1. Por Falta de Pago.El pago se debe exigir el día del vencimiento o en uno de los 2 días hábiles sucesivos (art.83º). Si el girado no paga, el tenedor deberá realizar el protesto (art.89º).

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

Si protestó la LC adquiere calidad de título ejecutivo para accionar contra los obligados cambiarios con las acciones directa y de regreso.

a.2.2. Por Pago Parcial. En este caso el tenedor debe protestar

Por el resto que no se pagó (art.85º).

b. Formalidades del Protesto.

b.1. Concepto.

La negativa de aceptación o de pago, debe ser comprobada por medio del protesto que debe ser hecho por acta notarial (art.89). No siendo necesario el protesto, en el caso de concurso del girado, librador,endosantes o avalistas, bastando la presentación del testimonio de la resolución (art.90º).

Son 3 las actas notariales que se levantan: la de presentación; la de protesto y la de protocolización. Las 3 actas deben labrarse llenando los requisitos legales establecidos en el art. 94º y su no cumplimiento vicia el acto de nulidad.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

b.2. Presentación al escribano y Acta de Solicitud.

o Presentación al Escribano. Se debe efectuar dentro de los 2 días hábiles sgtes en que la LC debía ser aceptada o pagada (art.91º). La LC queda en poder del escribano.

o El escribano labra acta de solicitud de protesto con el sgtecontenido:

Lugar, día, mes y año en que se realiza la presentación.

Referencia a la LC a protestar, especificando: lugar y fecha de libramiento; cantidad y especie de moneda; plazo; nombre del librador, beneficiario y avalista; fecha de los endosos; nombre de los endosantes y endosatarios y sus domicilios. La relación de datos puede ser sustituídapor agregación al acta de fotocopia de la LC.

El acta debe contener la solicitud del tenedor de la LC que se protesta y su firma en el acta.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

b.3. Protesto y Acta de Protesto.

o Oportunidad: El escribano tiene 2 días hábiles sgtes al día de la presentación para efectuar el protesto al girado (art.91º).

o Personas con quien se realiza el protesto: Se realiza personalmente con el girado.Si éste no se encuentra,se debe realizar con el gerente o la persona mayor de edad que atienda al escribano (art.92º). Si el girado hubiera fallecido, la diligencia se realiza con la viuda/o o hijos mayores de edad. En caso de yacencia, con el curador. Si no está ninguna de estas personas, con el comisario de la seccional correspondiente o persona que los sustituya (art.92º).

o Domicilio donde se realiza el protesto: El que está designado en la LC y si no hay designación, el que tenga al presente el girado (domicilio comercial). Si éste no existe, al domicilio civil. Y si no se conoce ningún domicilio, nuevamente con el comisario de la seccional correspondiente (art.93º).

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

o Acta : Debe contener, entre otros elementos:

Lugar, día,mes y año de la diligencia;

Intimación realizada a la persona que debe aceptar/pagar la LC; o no estando presente a la que sea intimada en su nombre y la respuesta dada;

Intimación para que el protestado firme el acta y si se negase o no pudiera hacerlo, dejar constancia de ello;

El acta se firma por la persona con quien se realiza la diligencia y el escribano. Si el protestado no quiere firmar, firma sólo el escribano.

b.4. Acta de Protocolización. Se realiza dentro de los 2 días hábiles que tiene el escribano para realizar el protesto.

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III. FUNCIONAMIENTO DE LA LC.

c. Efectos.

La LC protestada se convierte en título ejecutivo lo cual le permite al beneficiario iniciar juicio ejecutivo contra todos los firmantes de la LC de manera de obtener el embargo inmediato de sus bienes y beneficiarse con la limitación de excepciones.

IV . ACCIONES JUDICIALES.

4.1. Clasificación de las Acciones.

Existen 2 grandes categorías: cambiarias y extra-cambiarias.

4.1.1. Acciones cambiarias. Tienen por objeto el derecho incorporado en la LC.

a. AC para el cobro (directa) de la LC: Tiene por objeto el monto de la letra más los intereses; gastos del protesto y los ocasionados para conservar el ejercicio de esta acción. El titular de la acción es el último tenedor. Se ejerce contra el girado aceptante y su avalista (art.76º).

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IV. ACCIONES JUDICIALES.

b. AC para el reembolso por lo pagado por la LC: Tiene por objeto la suma desembolsada más los intereses y los gastos incurridos. El titular de la acción es el avalista, endosante o librador quepagó (art.101º).

c. AC de regreso: Tiene por objeto el monto de la LC no aceptada o no pagada más los intereses a partir del vencimiento; gastos del protesto y demás gastos (art.100º). El titular de la acción es el tenedor que lo ejerce contra endosantes, librador y otros obligados (art.99º). La oportunidad de su inicio es al vencimiento, si el pago no se realizó; antes del vencimiento si la aceptación hubiere sido rehusada en todo o en parte; en caso de concurso del girado, haya o nó aceptado la LC y el caso de concurso del librador de una LC no aceptable (art.99º).

d. AC ordinaria ejecutiva: La LC debidamente protestada es título ejecutivo sin necesidad de otro requisito. Esta acción tiene como ventajas la rapidez del procedimiento como el embargo rápido de los bienes del deudor.

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IV. ACCIONES JUDICIALES.

Limitación de las Excepciones (art.108º): No se admite más excepciones cambiarias al juicio ejecutivo que las siguientes:

o Falsedad Material de la firma del ejecutado.

o Pago de la LC.

o Compensación de crédito líquido y exigible. Es válida la excepción cuando se da entre el ejecutante y el ejecutado.

o Prescripción.

o Caducidad de acciones de regreso.

o Espera o quita concedida por el ejecutante siempre y cuando se pruebe por escritura pública o documento privado.

o Como excepciones procesales existen: título no hábil por carecer de los requisitos esenciales de la LC; falta de legitimación activa o pasiva para ser parte en un pleito; falta de representación; etc.

o Otras excepciones admisibles por principios generales: incapacidad; violencia,dolo o vicio de la voluntad.

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IV. ACCIONES JUDICIALES.

4.1.2. Acciones extra – cambiarias (art.108º):

a. Acción de Enriquecimiento Injusto (art. 26º). Su objeto es reclamar la suma en que se enriqueció el librador por el no pago de la LC y su importe se fija en instancia judicial acorde a la prueba que se produzca en torno al valor que el demandado se enriqueció. Los requisitos para la acción son: 1)la pérdida de acciones cambiarias y causales y 2) el empobrecimiento del tenedor y enriquecimiento del librador.

b. Acción Causal (art.25º). Su objeto es obtener la prestación debida por la relación fundamental que fue causa de la LC. Las partes en el juicio son: el tenedor y el librador. Las condiciones para su ejercicio son: 1) que la LC no haya sido pagada; 2) que el tenedor haya devuelto la LC al demandado y 3) que la LC haya sido presentada a la aceptación y al cobro y protestada por falta de pago y aceptación y que no haya prescripto.

c. Acción de Cancelación (art.109º a 115º). Su objeto es obtener la cancelación de la LC: quitar validez a la LC perdida, sustraída o deteriorada.

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IV. ACCIONES JUDICIALES.

Los requisitos para la acción son: 1) ofrecimiento de fianza; 2) prueba de la destrucción, extravío o hurto y 3) prueba de la calidad detenedor de quien promueve la acción. Existe un procedimiento judicial de carácter especial que termina en sentencia judicial que declara la cancelación y que tiene los siguientes efectos: a) cancelación del título o sea, se extinguen los derechos emergentes de la LC pero mantiene los derechos que eventualmente pudiera tener el tenedor que no formuló oposición y b) el obligado a pagar está autorizado a pagar al actor del juicio de cancelación el importe de las LC, si la misma ya venció o si fuera a la vista o a partir de su vencimiento.

V. PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE UNA LC.

5.1. De las acciones del beneficiario contra el girado aceptante: 3 años contado desde el vencimiento de la LC.

5.2.De las acciones del beneficiario c/el librador, endosantes y avalistas: 1 año contado desde la fecha del protesto por falta de pago.

5.3. De las acciones del que pagó c/los demás obligados: 6 meses desde que pagó o le notificaron la demanda.