LEY 100 DE 1993 POR ELCUAL SE CREA EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN SALUD LEONIZE GARAY...
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¡Bienvenidos!
LEY 100 DE 1993
POR ELCUAL SE CREA EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN SALUD
L E O N I Z E G A R A Y
D I E G O S Á N C H E Z
J H O N Z U L U A G A
GENERALIDADESNace por la necesidad de buscar
la inclusión de los ciudadanos
dentro de un sistema general de
seguridad social.
Tiene tres componentes;
Pensiones Riesgos profesionales Salud.
En Salud hay que tener en cuenta
que es Estatutaria. El estatuto del
sistema de salud es el que regula
todo el escenario del marco
normativo en primera instancia
Define quien es el organismo rector, quienes son los de vigilancia y control y quienes son los organismos técnicos que determinan los beneficios y los planes para acceder al derecho de la salud, COMO ESTAN CONSTITUIDOS LOS ROLES, de cada uno de los actores dentro del sistema, cuales son las figuras para el aseguramiento y cuáles son las limitaciones que el sistema plantea para el goce de un derecho pleno para la salud
Dentro del nivel de organización
de la estructura orgánica, está el
Ministerio de la protección Social
quien tiene a su cargo definir
estas políticas y a su vez está
acompañado por la
Súper intendencia Nacional de salud.
También una comisión
reguladora en salud conocida
como el ICRES, DEFINE
LOS PLANES DE
BENEFICIOS para el acceso
al programa de salud en el
nivel de medicamentos, de
procedimientos y de
insumos, determina también
cual es el costo de esos
planes
, UNIDAD DE PAGO
POR CAPITACION, Valor
que el estado reconoce como
pago a cada una de las
empresas que aseguran la
población para garantizar el
acceso a ese plan de
beneficios, esto lo hace
atreves de la UPC. Unidad
de pago por Capitación,
LEY 100 DE 1.990Reorganización delSistema Nacional de SaludCONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE COLOMBIA 1991Artículos 48 y 49 Laseguridad social, servicioobligatorio y vigilada por elestado
LEY 100 DE 1993
Reforma a la seguridad
social en salud
LEY 789 DE 2002
Reforma laboral
MARCO LEGAL
REFORMA PENSIONAL
•SGP Es conjunto de normas que garantiza el amparo contra contingencias derivadas de la vejez – invalidez y muerte.
•NUEVOS CAMBIOS 2012Desaparece el SS – asume COLPENSIONES
•CAMBIOS DE LA MESADA 14Se mantuvo hasta el 31 de Julio del 2011 para quienes devengaban tres salarios mínimos mensuales.Actualmente se cobran 1700100 y para los demás trabajadores se eliminaran a partir de ahora mismo.
•TOPE PENSIONARIO ALTO•EL MINIMO PARA LA PENSION•QUIENES MANTENDRAN REGIMENES ESPECIALES O BENEFICIOS• QUE OCURRIRA CON LOS PENSIONADOS POR CONVENCIONES O PACTOS •CUAL SERA LA EDAD DE JUBILACION DE AHORA EN ADELANTE
Entidades Promotoras de Salud
Entidades Promotoras de Salud
Administradoras de Riesgos Profesionales
Administradoras de Riesgos Profesionales
Invalidez, Vejez y Muerte por riesgo común
- IVM
Administradoras de Fondos de Pensiones
Administradoras de Fondos de Pensiones
Enfermedad General, Maternidad - EGM
Accidente de Trabajo Enfermedad Profesional
- ATEP
Instituciones
Prestadoras
de Salud
GENERALIDADES DEL SGRP
Conjunto de entidades públicas y privadas.
MPS normas y procedimientosPrevenir, Proteger y Atender.
Accidentes de trabajo y enfermedades Profesionales
Administradoras de Riesgos Laborales
Administradoras de Riesgos Laborales
Accidente de Trabajo Enfermedad Profesional
- ATEP
La cotización a cargo exclusivo del Empleador.
El traslado a otra ARL se puede hacer con vigencia mínima de 1año.
PRESTACIONES ASISTENCIALES:AT – EP – Servicios asistenciales.
PRESTACIONES ECONOMICAS:Incapacidad temporalPermanente parcialPensiones por invalidez del sobreviviente y Auxilios Funerarios.
ARL
SE APLICA A TODAS LAS EMPRESAS QUE FUNCIONEN EN EL TERRITORIO NACIONAL LOS
TRABAJADORES, CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS DE LOS SECTORES PÚBLICO, OFICIAL, SEMIOFICIAL EN TODOS SUS ÓRDENES Y
EN EL SECTOR PRIVADO EN GENERAL.
CAMPO DE APLICACIÓNSGRP
Aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y
horas de trabajo.
• EL OCURRIDO EN CUMPLIMIENTO DE LABORES COTIDIANAS O ESPORÁDICAS EN LA EMPRESA, POR ORDEN DEL EMPLEADOR.
• EL QUE SE PRODUCE EN CUMPLIMIENTO DEL TRABAJO REGULAR, DE ÓRDENES O EN REPRESENTACIÓN DEL EMPLEADOR ASÍ SEA
FUERA DE HORARIOS LABORALES O INSTALACIONES DE LA EMPRESA• EL QUE SUCEDE DURANTE EL TRASLADO ENTRE LA RESIDENCIA Y EL TRABAJO, EN TRANSPORTE SUMINISTRADO POR EL EMPLEADOR
SE CONCIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO
Es todo estado patológico permanente o temporal que
sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la
clase de trabajo que desempeña el trabajador.
ENFERMEDAD PROFESIONAL
RESPONSABILIDADES DE LAS ARL:
1. Establecer las actividades de Promoción y Prevención
2.Fijar las prestaciones para la atención en salud de los Trabajadores
3.Pagar las Prestaciones económicas por incapacidad temporal, permanente, parcial o
invalidez que se deriven de accidente de trabajo
OTRAS RESPONSABILIDADESOb.E – Deberes. T – Derechos. T
EVITEMOSLOS
Es la pérdida de la capacidad laboral que impide trabajar por un tiempo determinado
100 % del I.B.C.
MONTO DEL SUBSIDIO
*Se calcula a partir del día siguiente a la ocurrencia del accidente de trabajo
IncapacidadTemporal
MÍNIMO 2, MÁXIMO 24 VECES EL
SALARIO BASE DE LIQUIDACIÓN
MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN
Es la disminución parcial pero definitiva de alguna de las facultades
para desarrollar el trabajo habitualIncapacidad del 5% al 49%
Incapacidad Permanente
Parcial
Invalidez mayor al 66% =
*IBL = Ingreso Base de Liquidación
MONTO DE LA PENSIÓN
60% del IBL*
75% del IBL
90 % del IBL
Invalidez entre el 50% y el 66% =
Si requiere del auxilio de terceras personas +15 % ADICIONAL
LÍMITE DE PENSIÓN
Es la pérdida de la capacidad laboral en un 50% o más, de origen profesional.
Pensiones de Invalidez
PENSIÓNMONTO DE LA
75% del IBL
100% de la pensión
Muerte del afiliado =
Muerte del pensionado =
Si recibía auxilio -15 %
Es aquella que se reconoce a los beneficiarios de Ley por el fallecimiento del afiliado opensionado por riesgos profesionales
Pensiones de sobrevivientes
Es el pago en dinero que se le otorga a la persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de
un afiliado o pensionado por riesgos profesionales
MONTO DEL AUXILIO
Último salario base de cotizacióno última mesada pensional
MÍNIMO 5, MÁXIMO 10 SMMLV
Auxilio Funerario