Ley de Defensa del Consumidor
-
Upload
ritavasquez -
Category
Documents
-
view
260 -
download
3
Transcript of Ley de Defensa del Consumidor
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE
LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE SISTEMAS MERCANTILES
NOMBRE MORAYMA VASQUEZ TERAN
SEMESTRE CUARTO
LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
CAPITULO I : PRINCIPIOS GENERALES
OBLIGATOR
IA
PERSONAS
NATURALES
,
JURIDICAS,
SECTOR
PUBLICO
OBJETIVO
DEFENSA Y
PROTECCIO
N DEL
CONDUMID
OR
Proveedor persona
física o jurídica que
actúa en el marco
de su actividad
empresarial
Adquiriente
persona física o
jurídica que actúa
en un ámbito
ajeno a una
actividad
empresarial
CAPITULO II: DERECHOS Y
OBLIGACIONES DE LOS CONSUMIDORES
Protección Salud Seguridad
SATISFACCION DE NECESIDADES
CAPITULO III: REGULACION DE LA PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
ENGAÑOS
A
ABUSIVA
Induce a error al
consumidor
Induce a la
alteración del
orden público
CAPITULO IV: INFORMACION BASICA COMERCIAL
Básica Comercial
Libertad a elegir
Servicios básicos de
óptima calidad
a) Nombre del producto, genérico o de marca;
b) Marca comercial;
c) Identificación del lote;
d) Razón social de la empresa;
e) Contenido neto;
f) Número de registro sanitario;
g) Fecha de expiración o tiempo máximo de
consumo;
h) Lista de componentes, con sus respectivas
especificaciones;
i) Precio de venta al público;
j) País de origen;
k) Contraindicaciones;
CAPITULO V:RESPONSABILIDADES Y
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
Información veraz,
clara, oportuna
entrega o prestación,
oportuna y
eficientemente el bien o
servicio
El valor final deberá
indicarse de un modo
claro y visible
PRECIO
PRECIOS:
FIJACION
= REVISION
CONTROL
PRECIO
S
INE
N
CAPITULO VI: SERVICIOS PUBLICOS
DOMICILIARIOS
obligadas a prestar
servicios eficientes, de
calidad, oportunos,
continuos y
permanentes a precios
justos
Empresas que prestan servicios
domiciliarios
CAPITULO VII : PROTECCION CONTRACTUAL
CONTRATO DE
ADHESION
UNO DE LOS
CONTRATANTES SE
ADHIERE A CONDICIONES
ESTABLECIDAS POR EL
OTRO
CONDICIONES VALIDEZ :
1. Redactado en castellano y en términos claros y comprensivos
2. Tamaño de fuente no menos diez puntos
3. No remisión a textos o documentos que no formen parte del contrato,
o que no sean de conocimiento público.
CAPITULO VIII : CONTROL DE LA ESPECULACION
.
Faculta a los
intendentes,
subintendentes y
comisarios a controlar
la especulación.
Faculta a los
intendentes,
subintendentes y
comisarios a controlar
la especulación.
Medidas necesarias para
evitar la fuga de alimentos
fuera del territorio
nacional, que pudieran
provocar
desabastecimiento de los
mercados internos
CAPITULO IX : PRACTICAS PROHIBIDAS
Condicionar la
venta de un bien a
la compra de otro o
a la contratación de
un servicio Rehusar
atender a los
consumidores
cuando su stock
lo permita
Enviar cualquier servicio o
producto sin que sea
solicitado u ofertar la
prestación de servicios que
no cumplan con las normas
técnicas y de calidad.
El redondeo de tiempos para
efectivizar el cobro de
intereses, multas , o aplicar
formulas de reajuste
CAPITULO X : PROTECCION A LA SALUD Y
SEGURIDAD
Tratándose de productos o servicios
cuyo uso resulte potencialmente
peligroso para la salud o integridad
física de los consumidores, para la
seguridad de sus bienes o del
ambiente el proveedor deberá
incorporar instructivos anexos, las
advertencias o indicaciones
necesarias para que su empleo se
efectúe con la mayor seguridad
posible.
CAPITULO XI: ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES
OBJETO
Garantizar y procurar la
protección y la defensa de los
derechos e intereses de los
consumidores; promover la
información, educación,
representación y el respeto de
los mismos
CAPITULO XII: CONTROL DE CALIDAD
INEN
Determinará la lista de
bienes y servicios,
provenientes tanto del sector
privado como del sector
público, que deban
someterse al control de
calidad y al cumplimiento de
normas técnicas.
CAPITULO XIII: INFRACCIONES Y SANCIONES
Se establecen las siguientes sanciones:
como sanción general, de cien a mil USD,
por infracciones a esta Ley; de mil a 4000
USD en caso de publicidad abusiva o
engañosa; clausura temporal o definitiva,
si no se componen los daños ocasionados
en mal de servicio de reparación; de mil a
USD 5000, si no se retira y devuelve el
precio de bienes defectuosos o peligrosos
para la salud o si se suspende
injustificadamente el servicio; y, de 500 a
mil USD, en caso de no suministrar la
información pedida por la autoridad
competente.
CAPITULO XIV:COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTOS
Es facultad de la Defensoría del Pueblo, conocer y
pronunciarse motivadamente sobre los reclamos y las
quejas, que presente cualquier consumidor, nacional
o extranjero, que resida o esté de paso en el país y
que considere que ha sido directa o indirectamente
afectado . En caso de no llegar a un acuerdo,
elaborara un Informe que será remitido a un Juez de
Contravenciones ,quien en un proceso oral
sumarísimo ,convocará a las partes y dictará
sentencia