Ley Revolucionaria de Mujeres

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Ley Revolucionaria de Mujeres En su justa lucha por la liberación de nuestro pueblo, el EZLN incorpora a las mujeres en la lucha revolucionaria sin importar su raza, credo, color o filiación política, con el único requisito de hacer suyas las demandas del pueblo explotado y su compromiso a cumplir y hacer cumplir las leyes y reglamentos de la revolución. Además, tomando en cuenta la situación de la mujer trabajadora en México, se incorporan sus justas demandas de igualdad y justicia en la siguiente LEY REVOLUCIONARIA DE MUJERES: Primero.- Las mujeres, sin importar su raza, credo, color o filiación política, tienen derecho a participar en la lucha revolucionaria en el lugar y grado que su voluntad y capacidad determinen. Segundo.- Las mujeres tienen derecho a trabajar y recibir un salario justo. Tercero.- Las mujeres tienen derecho a decidir el número de hijos que pueden tener y cuidar. Cuarto.- Las mujeres tienen derecho a participar en los asuntos de la comunidad y tener cargo si son elegidas libre y democráticamente. Quinto.- Las mujeres y sus hijos tienen derecho a ATENCION PRIMARIA en su salud y alimentación. Sexto.- Las mujeres tienen derecho a la educación. Séptimo.- Las mujeres tienen derecho a elegir su pareja y a no ser obligadas por la fuerza a contraer matrimonio. Octavo.- Ninguna mujer podrá ser golpeada o maltratada físicamente ni por familiares ni por extraños. Los delitos de intento de violación o violación serán castigados severamente. Noveno.- Las mujeres podrán ocupar cargos de dirección en la organización y tener grados militares en las fuerzas armadas revolucionarias. Décimo.- Las mujeres tendrán todos los derechos y obligaciones que señala las leyes y reglamentos revolucionarios. Fuente: El Despertador Mexicano, Organo Informativo del EZLN, México, No.1, diciembre 1993. Fuente: Palabra Zapatista http://palabra.ezln.org.mx/

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En su justa lucha por la liberación de nuestro pueblo, el EZLN incorpora a las mujeres en la lucha revolucionaria sin importar su raza, credo, color o filiación política, con el único requisito de hacer suyas las demandas del pueblo explotado y su compromiso a cumplir y hacer cumplir las leyes y reglamentos de la revolución. Además, tomando en cuenta la situación de la mujer trabajadora en México, se incorporan sus justas demandas de igualdad y justicia en la siguiente LEY REVOLUCIONARIA DE MUJERES:

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  • Ley Revolucionaria de Mujeres

    En su justa lucha por la liberacin de nuestro pueblo, el EZLN incorpora a las mujeres en la lucha revolucionaria sin importar su raza, credo, color o filiacin poltica, con el nico requisito de hacer suyas las demandas del pueblo explotado y su compromiso a cumplir y hacer cumplir las leyes y reglamentos de la revolucin. Adems, tomando en cuenta la situacin de la mujer trabajadora en Mxico, se incorporan sus justas demandas de igualdad y justicia en la siguiente LEY REVOLUCIONARIA DE MUJERES:

    Primero.- Las mujeres, sin importar su raza, credo, color o filiacin poltica, tienen derecho a participar en la lucha revolucionaria en el lugar y grado que su voluntad y capacidad determinen.

    Segundo.- Las mujeres tienen derecho a trabajar y recibir un salario justo.

    Tercero.- Las mujeres tienen derecho a decidir el nmero de hijos que pueden tener y cuidar.

    Cuarto.- Las mujeres tienen derecho a participar en los asuntos de la comunidad y tener cargo si son elegidas libre y democrticamente.

    Quinto.- Las mujeres y sus hijos tienen derecho a ATENCION PRIMARIA en su salud y alimentacin.

    Sexto.- Las mujeres tienen derecho a la educacin.

    Sptimo.- Las mujeres tienen derecho a elegir su pareja y a no ser obligadas por la fuerza a contraer matrimonio.

    Octavo.- Ninguna mujer podr ser golpeada o maltratada fsicamente ni por familiares ni por extraos. Los delitos de intento de violacin o violacin sern castigados severamente.

    Noveno.- Las mujeres podrn ocupar cargos de direccin en la organizacin y tener grados militares en las fuerzas armadas revolucionarias.

    Dcimo.- Las mujeres tendrn todos los derechos y obligaciones que seala las leyes y reglamentos revolucionarios.

    Fuente: El Despertador Mexicano, Organo Informativo del EZLN, Mxico, No.1, diciembre 1993. Fuente: Palabra Zapatista http://palabra.ezln.org.mx/

  • En el corazn de dichas redes estn, sin duda, las mujeres zapatistas de las Juntas de Buen Gobierno, quienes nos recordaron que estbamos all, en el Caracol, para conocernos ms, compartir nuestras experiencias de lucha y para buscar junt@s el camino hacia la justicia verdadera . Muchas de las intervenciones de las mujeres apuntaron en esa direccin. Desde nuestro ser mujer y no slo como ciudadanas sino tambin como miembros de organizaciones en pie de lucha, nos preguntamos cmo articular desde lo local hasta lo continental un frente contra la impunidad que como dijera una de las organizadoras ha inundado al pas y al continente.

    Algunas de las entrevistadas por l@s reporter@s de nuestros medios alternativos definieron la impunidad a partir de sus propias experiencias como hijas de desaparecidos, madres/esposas/hijas de presos polticos, viudas de los mineros de Pasta de Conchos, trabajadoras sexuales violentadas as como sobrevivientes a la violencia ejercida por las polticas contrainsurgentes, el genocidio en Guatemala, las masacres en Mxico y los regmenes dictatoriales sudamericanos. Todas estas mujeres coincidieron en un punto, en afirmar que la impunidad es la falta de justicia popular, es el privilegio de los de arriba para desaparecer, torturar, reprimir a los de abajo quedando los primeros sin castigo por lo hecho. Desde ese lugar de enunciacin , la impunidad no es slo la falta de castigo como varios diccionarios anotan, sino un elemento esencial para la reproduccin del sistema capitalista y de las polticas de los Estados-nacin que promueven ante ella el silencio, el olvido y la indiferencia. Frente a eso l@s asistentes al encuentro han opuesto, oponen: la denuncia, la memoria colectiva y la participacin organizada desde bien abajo y lo ms a la izquierda posible. Varios asistentes propusieron ir ms all de lo

    ILUSTRACIONES: La otra grfica

  • que ya cada organizacin social y poltica, grupo de abogad@s comprometidos, centro de derechos humanos, viene haciendo a nivel de defensora legal. Propusieron la creacin desde los movimientos y las redes de un tribunal autnomo continental que vendra a contribuir a transitar de la justicia ilegtima y corrupta que hoy tenemos a la justicia verdadera y autnoma.

    Dicho tribunal acompaado de otras medidas permitira ir ms all de la denuncia y pasar a tomar en nuestras manos la justicia, en otras palabras, a hacer justicia desde el pueblo. Ello se sustent en la constatacin de que las instituciones y personas que hoy tienen esta tarea encomendada, no la estn cumpliendo a cabalidad; por el contrario como afirm una participante, estn haciendo crecer el manto de la impunidad que cubre las atrocidades y deja en el olvido los casos que debieran ser castigados.

    Fueron las abogadas comprometidas con la defensora de l@s luchador@s sociales las que pusieron sobre la mesa los argumentos legales para dar este salto continental. As se afirm que los artculo 10 de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos, 18 de la Declaracin Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre y ocho de la Convencin Americana de los Derechos Humanos, nos otorgan el derecho a recibir una justicia pronta, imparcial y gratuita. Pero qu hacer si los Estados no cumplen? Vari@s participantes afirmaron que ello conduce a dejar sin efecto la prohibicin que nos hace, por ejemplo, el artculo 17 de la Constitucin Mexicana , quedando legtimamente facultados para que nosotros mismos implementemos mecanismos que identifiquen, exhiban, juzguen y sancionen a los culpables de las injusticias, abusos y crmenes cometidos contra el propio pueblo.

    Asuntos medulares se sealaron en torno a cmo empezar a caminar en la direccin referida. Desde la voz de las mujeres se hizo hincapi en explorar las experiencias que se han tendido en Amrica Latina con tribunales populares y en el mundo con las cortes de las mujeres. Se seal la importancia de no quedarnos atrapadas en la idea tradicional de cortes que slo buscan castigar, se sugiri mirar a profundidad las formas de imparticin de justicia de los pueblos originarios para ir ms all de la concepcin del derecho occidental moderno. Ante el horror de la violencia ejercida por el capitalismo, por el Estado, por los (para)militares, etctera, tod@s coincidimos en la urgencia de construir Otra justicia que como dijo Brbara Zamora nos permita reconstruir nuestros vnculos societales y cuidar la vida. Otra justicia que contribuya, como dicen los pueblos originarios, a vivir en plenitud.