Leyes y fundamentos para vender energía en el territorio nacional

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El mercado de energía actualmente ha entradoen un período donde se presencian cambios yestos afectan la manera en que se vende laenergía y como son proporcionados losservicios.

En algunos mercados, ya se anticipa, que elcamino lleva a una regulación integral de lalibre empresa y a una completareestructuración del sector energético. Esprácticamente una certeza en el sector que losconsumidores comprarán energía eléctricatravés de agentes de mercado ycomercializadores.

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Hasta hace poco, solo eran algunos, quienestienen participación en sistemas degeneración, transmisión y distribución, eranlas únicas que compraban y vendían energíaeléctrica en los mercados.

Ahora los comercializadores de energía, hansurgido como uno de los actores fundamentalesen los emergentes mercados competitivos. Loque impacta en oferta y demanda (costos deenergía más bajos)

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Constitución Política De 1982

No. 158-94 de noviembre de 1994. Ley Marco del Subsector Eléctrico,

Decreto 131-98, publicado en mayo de 1998. Crea la Comisión Nacionalde Energía.

Acuerdo No 934-97, de setiembre de 1997. Reglamento de la Ley Marcodel Subsector Eléctrico.

Decreto 85-98, de abril de 1998. Ley de Incentivos con FuentesRenovables.

Decreto 267-98 de diciembre de 1998.Reforma a Ley de Incentivos.

Decreto 45-2000, de mayo del 2000. Reforma Art. 12 Decreto 267-98.40

Decreto 70-2007. Ley de Promoción a la Generación de EnergíaEléctrica con Recursos Renovables, de octubre de 2007.

Ley General de la Industria Eléctrica (D.L. N°404-2013).

Código de Comercio.

Etc…

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Artículo 1. Honduras es un Estado

de Derecho, soberano, constituido

como república libre, democrática e

independiente para asegurar a sus

habitantes el goce de la justicia, la

libertad, la cultura y el bienestar

económico y social.

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Artículo 331. El Estado reconoce, garantiza y

fomenta las libertades de consumo, ahorro,

inversión, ocupación, iniciativa, comercio,

industria, contratación, de empresa y

cualesquiera otras que emanen de los

principios que informan esta constitución. Sin

embargo, el ejercicio de dichas libertades no

podrá ser contrario al interés social ni lesivo a

la moral, la salud o la seguridad pública.

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Artículo 333. La intervención del Estado en la economíatendrá por base el interés público y social, y por límitelos derechos y libertades reconocidos por estaConstitución.

Artículo 339. Se prohíben los monopolios,monopsonios, oligopolios, acaparamiento y prácticassimilares en la actividad industrial y mercantil.

No se consideran monopolios particulares los privilegiostemporales que se concedan a los inventores,descubridores o autores en concepto de derechos depropiedad científica, literaria, artística o comercial,patentes de invención y marcas de fábricas.

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El sector de los servicios eléctricos en

Honduras, funcionaría en base a lo establecido

en el marco legal del Decreto Legislativo 158-

94 conocido como:

la Ley Marco del Subsector Eléctrico, su

Reglamento, Acuerdo Ejecutivo 934-97, y lo

establecido en el

Decreto Legislativo 70-2007, Ley de

Promoción para la Generación de Energía

eléctrica con Recursos Renovables.

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La Ley Marco del Subsector Eléctrico definíauna estructura institucional y unaorganización de la industria de la energíaeléctrica promoviendo la competencia en elárea de generación y distribución,

no obstante reservaba un monopolio a laempresa estatal ENEE dominando hastala fecha la industria eléctrica nacional.

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Actividades del sub-sector eléctrico:

Generación (admite competencia)

Transmisión (monopolio natural)

Distribución (*monopolio natural*)

Comercialización (admite competencia)

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“El peso de los aspectos regulatorios, sin

descuidar por ello los aspectos

tecnológicos y económicos, se hace

comparativamente mayor cuando

aumenta el ámbito geográfico y político

de los sistemas eléctricos,

particularmente en un entorno de libre

de competencia”.-

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“La liberalización del sector se acompaña de unaprofunda descentralización de las funciones deplanificación y operación.

La expansión (inversión) y la operación del sistemason fruto de las decisiones individuales de cadaempresa que,

bien a través de un sistema organizado de ofertas,

bien a través de contratos privados de compraventa yenergía eléctrica,

toman individualmente las decisiones atendiendo acriterios de maximización de su beneficioempresarial.”

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“El reto de las autoridades es diseñar

reglas del mercado liberalizado de forma

tal que el comportamiento estrictamente

empresarial e individual de cada uno de los

agentes conduzca a una minimización

global de los costos del sistemas y esto se

refleje en la tarifa al usuario final”.-

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Actualizar las reglas de funcionamientode la industria eléctrica del país,incorporando estructuras y prácticasmodernas.

Fomentar la eficiencia del sector,reducción de pérdidas, competenciaen la producción y contar con tarifascompetitivas en el ámbito regional en elmediano plazo.

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Que la ENEE concentre sus esfuerzos en eldesarrollo de los recursos naturalesrenovables del país, contando con el apoyodel sector privado en las tareassubsidiarias de la transmisión, la operacióndel sistema y la distribución de electricidad.

Contar con un ente regulador técnicamentecalificado e independiente

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Artículo 4.- Habilitación de las

empresas del subsector eléctrico.

Las actividades reguladas por la Ley podrán

ser realizadas por personas jurídicas

privadas, públicas, o de capital mixto que

cumplan con los requisitos establecidos

en la presente Ley, mismas que deberán

constituirse como sociedades

mercantiles

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Artículo 5.- Empresas de generación ycomercializadoras.

(deberán inscribirse mediante formulario deinscripción en el Registro Público de Empresas delSector Eléctrico que llevará la CREE)

(Hace un apartado para generadores renovableshidroeléctricos sobre licencias de operación,permisos, concesiones, etc. de acuerdo conestablecido en Ley N°70-2007, y la licencia de usodel recurso renovable no hídrico y la licenciaambiental será igual a la vida útil del proyecto.)

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Artículo 6.- Empresas transmisoras ydistribuidoras.

Las empresas transmisoras y lasempresas distribuidoras, además deinscribirse en el Registro Público deEmpresas del Subsector Eléctrico,deberán solicitar y obtener de laCREE una licencia de operación parael servicio público de electricidad.

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Licencias de Operación y su régimen aplicable.

A. Licencias de operación. (por 30 años)

B. Terminación anticipada de las licencias.

C. Licitación de licencias.

D. Permisos de estudios (La CREE, otorgará permisos de estudios para la construcción de obras de generación que hayan de utilizar recursos naturales renovables a cuyo efecto podrá establecer condiciones económicas para su otorgamiento)

“La investigación y estudio, así como la eventual explotación posterior del viento o la radiación solar como fuentes de energía podrá efectuarse libremente en todo el territorio nacional.”

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Artículo 11.-Generación de energía eléctrica.

La generación de energía eléctrica por cualquier medio seregirá por la presente Ley y sus Reglamentos.

Las empresas generadoras podrán vender sus productos a lassiguientes entidades:

Empresas distribuidoras. Consumidores calificados. Otrasempresas generadoras. Comercializadoras; y Al mercadoeléctrico de oportunidad nacional o regional.

“En el caso de los generadores de energía con fuentes renovablesquedaran vigentes las disposiciones contenidas en la Ley dePromoción para la Generación de Energía Eléctrica conrecursos renovables y sus reformas, que no contravengan lodispuesto en este ley.”

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Artículo 14.- Empresas distribuidoras.

Las empresas distribuidoras no podrán poseer centralesgeneradoras, salvo en casos excepcionales que deberánde ser certificados por la CREE,

Se exceptúa de esta regla a las empresas distribuidorasque sirven sistemas aislados, las cuales podrán tenersus propias centrales generadoras. –

Las empresas distribuidoras que dispongan de generaciónpropia, si forman parte del sistema interconectadonacional, estarán obligadas a constituir una o másempresas separadas para realizar la actividad degeneración (la ENEE).

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Articulo 3

Pueden vender energía las empresas

privadas generadoras a:

Grandes Consumidores

O Empresas Distribuidoras

ENEE

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Muchas Gracias.