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Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos, (INSEP). Alcaldía Municipal del Distrito Central, (AMDC). Documentos de Licitación Proyecto: MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO - TEGUCIGALPA, FASE II. Longitud Aproximada 3.55 Kilómetros. 03 Noviembre del 2014 1

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Secretaría de Estado en los Despachos deInfraestructura y Servicios Públicos, (INSEP).

Alcaldía Municipal del Distrito Central, (AMDC).

Documentos de LicitaciónProyecto:

MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO - TEGUCIGALPA, FASE II.

Longitud Aproximada 3.55 Kilómetros.

03 Noviembre del 2014

República de Honduras, C.A

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Índice General

Sección I. Invitación a Licitar…………………………………………………….3

Sección II. Participantes en la Propuesta y Requisitos....………………………....5

Sección III. Pliego de Instrucciones a los Oferentes……………………………...7

Sección IV. Forma de la Oferta…............…………….………………………......25

Sección V. Presentación de la Oferta…........………….……………………….....27

Sección VI. Declaración Jurada con Cuadro de Cantidades Estimadas y Precios

Unitarios...................................................................................................................29

Sección VII. Cuestionario, Plan de Trabajo y Equipo.....………………………...36

Sección VIII. Modelo Contrato de Construcción......………...…………………..39

Sección IX. Pliego de Condiciones Generales.......……………….........................62

Sección X. Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales..............................79

Sección XI. Rótulo........................................………………………………….....85

Sección XII. Procedimiento para el Reconocimiento de Mayores Costos.............87

Sección XIII. Especificaciones Técnicas..............................................................100

Sección XIV. Especificaciones Especiales...........................................................102

Anexos (Hoja que indica como ejemplo la forma de presentación de cada precio

unitario incluido en la oferta, Proforma de la Propuesta, Aclaraciones).....112-117

Formularios de Garantías…………….………………………............................118

Garantía de la Oferta…………………………….................................………...119

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato (Fianza)…….……………………122

Garantía por Anticipo (Garantía Bancaria o Fianza)…………………………...124

Garantía de Calidad de Obra (Fianza)…………………….………….………...126

Garantía Mantenimiento de Oferta (Garantía Bancaria o Fianza)……...128

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I. INVITACIÓN A LICITAR.

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II. PARTICIPANTES EN LA PROPUESTA Y REQUISITOS.

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II. PARTICIPANTES EN LA PROPUESTA Y REQUISITOS.

Podrán participar todas la Compañías Constructoras Hondureñas previamente calificadas e inscritas en el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) y que de acuerdo con su capacidad para este tipo de obra determinó la Secretaría, conforme a la Pre-Calificación, precalificadas en Categoría “A1” realizada para proyectos con fondos nacionales.

Asimismo deberán presentar en la oferta los siguientes documentos:

1. Constancia de la Procuraduría General de la República, de no tener juicios y cuentas pendientes con el Estado.

2. Documentos personales del Representante Legal de la empresa (Tarjeta de Identidad y Solvencia Municipal).

3. Balance General y Estado de Resultado del año fiscal 2012-2013-2014, debidamente refrendado por un Perito Mercantil y Contador Público Colegiado.

4. Declaración Jurada debidamente autenticada, de no estar comprendido tanto el representante de la Empresa, como la misma en ninguno de los casos señalados en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado.

5. Constancia de Solvencia de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) de la Empresa o recibo de pago vigente.

6. Constancia de Solvencia extendida por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) ó recibo de pago vigente.

7. Original o fotocopia actualizada de la solvencia del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP) ó recibo de pago vigente.

8. Constancia que acredite que la Empresa está debidamente inscrita y solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH).

9. Constancia de Pre-calificación Actualizada.

10. Constancia de estar inscrito en el Registro de Contratistas que lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE).

11. Constancia de Visita al Proyecto.

Se entregará Original y Dos (2) Copias del documento respectivamente firmadas, selladas y foliadas.

Debe quedar claramente entendido que la Dirección General de Carreteras dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), adjudicará la oferta que queda en primer lugar de forma integral, por haber presentado el menor costo y a la vez por reunir todos los requisitos técnicos y de otra índole aquí estipulados, de acuerdo al Análisis de la Comisión de Evaluación. Es decir que no necesariamente la oferta del menor monto leída al abrir los sobres será la adjudicataria del contrato, puesto que queda supeditada a la revisión de antecedentes y demás calificaciones aquí exigidas.

Los planos del proyecto estarán disponibles en forma digital en el DEPARTAMENTO DE CONTRUCCIÓN, DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS, INSEP. Ubicado en barrio La Bolsa,

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Comayagüela, MDC. Tel. 2225-0715. (Los interesados deberán traer dispositivo electrónico USB, para su adquisición).

El pago parcial o total de Estimaciones de Obra se hará mediante el Convenio Subsidiario de Coejecución para Proyectos de Infraestructura suscrito entre el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) en el marco del programa de Infraestructura, Viabilidad Comunitaria y Generación de Empleo, Decreto Legislativo Número 45-2013.

Todos los documentos que se presenten en copia, deberán estar debidamente autenticados por Notario Público.

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III. PLIEGO DE INSTRUCCIONESA LOS OFERENTES.

III. PLIEGO DE INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES

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El Contratante, según la definición que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en los Documentos de la Licitación (DDL) invita a presentar Ofertas para el proyecto: MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II. Localizado en el Departamento de Francisco Morazán.

El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras dentro del plazo especificado en los Documentos de Licitación (DDL).

El cuadro de cantidades de obra oficial es el que se encuentra en el presente Documento de Licitación.

ACLARACIÓN A LOS LICITANTES:

Cualquier aclaración que deseen los licitantes acerca del significado o interpretación de los documentos de licitación, deberá ser solicitada por lo menos diez (10) días hábiles antes de la fecha de apertura de las ofertas, para que la respuesta llegue a todos ellos antes de su presentación. Las respuestas serán efectuadas por la Dirección General de Carreteras con no menos de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha de apertura de la oferta, en forma de enmienda la cual se publicará en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).

Si hubiera discrepancias en los documentos de licitación, los licitantes estarán en la obligación de notificar a la Dirección General de Carreteras, solicitando la aclaración correspondiente. Las explicaciones o instrucciones verbales dadas por cualquier funcionario o empleado no tendrán ningún valor compromisorio.

3.1 CONOCIMIENTO DE LAS LEYES Y REGULACIONES.

Es entendido que el licitante tiene conocimiento de todas las leyes y regulaciones de la República de Honduras que son aplicables a esta licitación y su respectivo Contrato. El Gobierno de Honduras considerará que este conocimiento es un hecho, y por consiguiente los licitantes no podrán alegar ignorancia en ningún caso.

El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.

Si se comprobare que ha habido entendimiento malicioso entre dos o más oferentes, las respectivas ofertas no serán consideradas, sin perjuicio de la responsabilidad legal en que éstos hubieren incurrido. Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal.

Podrán participar en esta Licitación únicamente empresas hondureñas, que teniendo plena capacidad de ejercicio, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias siguientes:

A. Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;

B. Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;

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C. Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;

D. Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;

E. Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;

F. Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco;

G. Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.

H. Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa.

3.2 CONOCIMIENTO OBLIGATORIO DE LOS DOCUMENTOS PARA LICITAR Y DE LAS CONDICIONES QUE AFECTAN EL TRABAJO.

Ningún licitante podrá alegar omisiones en su oferta o interpretación errónea de los documentos de licitación.

Los licitantes deberán:

a. Estudiar detenidamente todos y cada uno de dichos documentos.

b. Inspeccionar el lugar de la construcción y familiarizarse con todas las condiciones y características del proyecto; además deberán prever todos los problemas y sus soluciones, que pudieran presentarse durante la ejecución de la obra, especialmente la situación del tráfico circulante y las condiciones climatológicas de la zona del proyecto.

Se dará como un hecho que el licitante conoce todas esas condiciones al formular su oferta. La omisión de ese paso por parte de los licitantes, no los relevará de la responsabilidad de estimar adecuadamente la dificultad o costo de la ejecución satisfactoria del trabajo. El Gobierno no asumirá responsabilidad alguna por las declaraciones hechas por cualquiera de sus funcionarios o agentes antes de la ejecución del contrato, así mismo los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.

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Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.

Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda, la misma formara parte integral de los Documentos de Licitación (DDL). Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.

3.3 GARANTÍA DE LA OFERTA.

Como garantía que los proponentes mantendrán la oferta hasta la suscripción del contrato e iniciación de la obras, cada oferta deberá ser acompañada de un documento de garantía de mantenimiento de oferta por una suma igual o mayor, pero no menor, del tres (3%) del valor de la oferta la cual deberá ser presentada en original (no se aceptarán copias). Si el Gobierno se viera obligado a hacer efectiva esta garantía, dicho contratista no podrá participar en ninguna licitación del Gobierno de Honduras, durante el transcurso de un año a partir de la fecha de la presente licitación. Cualquier oferta que a la hora fijada en la convocatoria no lleve adjunta la garantía de oferta por la suma correspondiente, será rechazada.

La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser presentada en original, permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas.

La Garantía de Mantenimiento de la Oferta podrá ser una fianza de compañía aseguradora solvente con el Gobierno de Honduras o una garantía bancaria a favor de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), o una carta de crédito irrevocable, o cheque certificado a nombre de La Tesorería General de la República.

Estos documentos deberán ser redactados en español y deberán ser válidos por un período de ciento veinte (120) días a partir de la fecha de apertura de ofertas, y los mismos deberán contener la siguiente Cláusula: "La presente fianza se hará efectiva mediante simple requerimiento que haga la Dirección General de Carreteras. Serán nulas todas las Cláusulas que contravengan esta disposición". Los documentos de garantía serán devueltos a los oferentes que no resultasen ganadores en un plazo de noventa (90) días después de la apertura de las ofertas, excepto al primero y segundo suplente de la adjudicación del proyecto.

La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta. Si dicho Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros socios del Consorcio, tal como se denominan en la carta de intención.

Si el licitante cuya oferta ha sido la ganadora, retirara la misma dentro del período de validez especificado para la garantía de la oferta, o si una vez adjudicada no suscribiera el Contrato dentro del período de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha que fuera notificado que será firmado el Contrato por el Ministro, deberá constar que para suscribir el Contrato deben de existir los fondos aprobados se hubiese recibido el Acuerdo de aprobación de dicho Contrato, el Gobierno podrá hacer efectivo el monto de la garantía de la oferta. En caso de que el licitante al que se le adjudique el Contrato no pudiera cumplir con los requisitos establecidos en el numeral tres punto doce (3.12) de estas instrucciones, el Gobierno se reserva el derecho de adjudicar las obras, o de adjudicarlas a otro licitante que haya presentado una oferta favorable.

3.4 PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS.

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3.4.1 PRECIOS DE LA OFERTA.

El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra). La Dirección General de Carreteras no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra). Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente.

Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente.

El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.

El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizadas para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con el poder otorgado a quien suscribe la oferta autorizándole a comprometer al oferente según consta en el Documento de Precalificación presentado por éste. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta.

3.5 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

a) Las ofertas deberán ser presentadas en este documento suministrado por el Gobierno que se titula "DOCUMENTOS DE LICITACIÓN", debiendo firmar a mano el Formulario de Propuesta, La Declaración Jurada y los demás documentos donde se solicite la firma. Todas las demás hojas de dicho documento deberán llevar las iníciales (firma corta) de las personas que firman la oferta y el sello de la empresa.

b) No serán aceptadas ofertas alternativas a menos que en otro acápite de este documento así se solicite.

c) La persona que firme la oferta deberá presentar debidamente legalizado un poder dado por un Notario en el cual conste su respectiva capacidad legal para representar a la Empresa y para presentar la oferta.

d) La oferta deberá ser presentada en Lempiras, moneda oficial de Honduras.

e) La oferta será llenada a tinta usando letra de molde y los sobres que contengan la oferta deberán estar sellados, lacrados y rotulados en la forma siguiente:

Parte Central: Oficina Director GeneralDirección General de CarreterasSecretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y

Servicios Públicos (INSEP).Comayagüela, M.D.C.Honduras, C.A.

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Esquina Superior Izquierda: Nombre y Dirección del Licitante.

Esquina Inferior Izquierda: Nombre del Proyecto.

Esquina Inferior Derecha: Fecha y hora de apertura.

La oferta deberá ser presentada en la fecha y hora establecida en la invitación, la Secretaría puede a su discreción, extender la fecha límite de recepción de ofertas por medio de addendum, en cuyo caso, todos los derechos y obligaciones de la Secretaría y los Ofertantes previamente sujetos a la fecha límite original en lo subsiguiente estarán sujetos a la fecha, tal y como se extendió.

f) Toda Oferta que reciba la Dirección General de Carreteras después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada será devuelta al Oferente remitente sin abrir.

3.6 RETIRO DE LAS OFERTAS.

Las ofertas pueden ser retiradas personalmente por el representante autorizado del licitante o por solicitud escrita, siempre que tal comunicación sea recibida de parte de los licitadores, antes de la hora fijada para la apertura de las mismas. La negligencia o errores por parte del licitante al preparar la oferta no le confiere el derecho de retirar su propuesta después de haber sido abierta.

3.7 APERTURA DE LAS OFERTAS.

A la hora fijada en la convocatoria para la recepción y apertura de las ofertas, el delegado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), anunciará a los presentes que la recepción de las ofertas se inicia en ese momento; acto seguido cada uno de los interesados entregará al delegado o representante de la Secretaría el sobre conteniendo su oferta. Se recibirán ofertas solamente de quienes hayan sido registrados en la visita de campo, en la fecha establecida en el aviso de Licitación.

Seguidamente, las ofertas serán abiertas en público y sus contenidos serán dados a conocer a los asistentes al acto para información de los Licitantes y otros interesados que pudieran estar presentes, en persona o por medio de representantes.

Se levantará un acta de la apertura de las ofertas en que se dejará constancia de las empresas que participaron en la Licitación, del monto de cada una de las ofertas, y observaciones como ser la presencia o ausencia de Documentos, etc., que la Secretaría estime conveniente.

Las ofertas recibidas después del plazo y hora establecidas se considerarán como ofertas demoradas y no serán consideradas, sino que serán devueltas sin ser abiertas.

El acta podrá ser firmada por los participantes en la Licitación que estuvieran presentes y por los funcionarios que el Gobierno haya designado para el caso.

3.8 OFERTAS IRREGULARES.

Una oferta será considerada irregular y será rechazada por las siguientes razones:

a. Por contener adiciones, condiciones o alternativas no autorizadas por la convocatoria, o bien, irregularidades de cualquier clase que tiendan a hacer la oferta incompleta, indefinida o ambigua en cuanto a su significado.

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b. Si el licitante agrega cualquier provisión por la cual se reserva el derecho de aceptar o rechazar la adjudicación o condiciona su oferta a un cambio en los documentos de licitación.

c. Si el licitante presenta más de una oferta para el mismo trabajo ya sea como individuo o dentro de una sociedad o corporación bajo el mismo o bajo diferentes nombres.

d. Si hay evidencia de colusión o convenios dolosos entre los licitantes, los participantes en tales arreglos quedarán además descalificados para futuras licitaciones.

e. Si la oferta no está acompañada de la correspondiente garantía de oferta, en este caso la oferta será inmediatamente devuelta.

f. Si no está presentada en la forma solicitada por el Gobierno.

g. Si tiene borrones, correcciones o cambios que no lleven la firma de la persona que suscribe la oferta.Por el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de este documento.

El Gobierno se reserva el derecho de dispensar cualquier irregularidad de forma y no de fondo en las ofertas, siempre que convenga a sus intereses. Asimismo se reserva el derecho de revisar las operaciones aritméticas que comprenda la oferta y hacer las correcciones del caso.

3.9 DESIGNACIÓN DE SUPLENTES DE ADJUDICACIÓN.

La Comisión Evaluadora encargada del análisis de las ofertas debe dejar clara constancia en su dictamen de adjudicación, de la o las empresas que recomienda como ganadoras para efectos de adjudicación del Contrato, por haber presentado la oferta evaluada como la más baja. En el mismo dictamen deberá quedar constancia de cual o cuales empresas, en orden de méritos podrán ser consideradas "Suplentes de Adjudicación", para el caso en que la empresa aceptada como ganadora no cumpliera con lo establecido en el numeral tres punto doce (3.12) de ese aparte.

A las firmas designadas como "Primer Suplente de Adjudicación" y "Segundo Suplente de Adjudicación", se les retendrá la garantía de oferta por el tiempo que dure la legalización del Contrato de Construcción junto con la de la empresa ganadora. De ser necesario, se requerirá de los "Suplentes de Adjudicación", una renovación o ampliación en el plazo de sus garantías de ofertas hasta tanto no se finiquite la contratación.

3.10 ANÁLISIS DE LAS OFERTAS.

La ejecución de las obras objeto de la presente licitación se adjudicará al licitante cuya oferta, presentada de acuerdo con la invitación a licitación, los documentos de licitación y particularmente con lo establecido en el numeral 3.5 de este Pliego de Instrucciones, sea la más ventajosa para el Gobierno, considerando además del precio indicado en la oferta, los ajustes necesarios para corregir errores aritméticos.

La adjudicación se hará al licitador que cumpliendo las condiciones de participación, incluyendo su solvencia e identidad para ejecutar el contrato presente la oferta de precios más bajo o se considera la más económica o ventajosa y por ello mejor calificación.

Para facilitar la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta; la solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito.

Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas:

(a) ha sido debidamente firmada; 14

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(b) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta si se solicitó; y (c) cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de licitación.

Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:

(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.

El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta si en la misma hubiera errores siendo estos corregidos con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y se adjudicará el Contrato al siguiente oferente que resulto mejor evaluado. El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación.

No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.

3.11 ADJUDICACIÓN.

El Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta haya determinado que cumple con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, según los Criterios de Evaluación.

No obstante lo dispuesto anteriormente, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, sin que en ningún momento incurra en ninguna responsabilidad con los Oferentes afectados, o esté obligado a informar a los Oferentes afectados los motivos de la decisión del Contratante.

El Gobierno adjudicará el proyecto y dará a conocer la adjudicación de las obras y la designación del primero y segundo suplente de adjudicación, notificándolo por escrito al licitante o licitantes que hayan resultado favorecidos y a los demás licitantes, a más tardar sesenta (60) días después de la fecha de apertura de las ofertas.

Como máximo noventa (90) días después de la licitación, el Gobierno devolverá a los participantes los documentos de garantía de la oferta, con excepción del licitante favorecido y de los suplentes de adjudicación, los cuales constituirán garantía de mantenimiento de las ofertas, hasta la legalización del contrato y presentación de fianzas.

El oferente que pretenda impugnar o iniciar un procedimiento que retrase la adjudicación de un proyecto o los trámites de legalización del contrato, deberá acompañar con su escrito de iniciación una garantía o caución a favor de la Hacienda Pública por un valor igual al quince por ciento (15%) de su oferta, la cual se hará efectiva en caso de que la impugnación o cualquier pretensión del oferente resulte infundada o improcedente.

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3.12 CONTRATO Y GARANTÍA.

El oferente al que se le adjudique la ejecución del proyecto deberá suscribir el contrato de construcción y rendir las fianzas, conforme lo establecido en el numeral tres diez y nueve (3.19) de estas Instrucciones.

Si el licitante al que se le adjudiquen las obras en referencia, no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones en los plazos establecidos en estas instrucciones, el Gobierno cobrará la o las garantías de oferta, aplicará la o las multas correspondientes de acuerdo al numeral 3.26 de estas instrucciones, y podrá adjudicar la ejecución de las obras al primero o segundo suplente de orden.

3.13 ESPECIFICACIONES PARA LA CONSTRUCCIÓN.

Las especificaciones a utilizar en la construcción de este proyecto serán las Especificaciones Generales de Carreteras, de la Dirección General de Carreteras que estén vigentes en la ejecución del proyecto.

3.14 GASTOS.

Todos los gastos en que incurran los licitantes con motivo de la presente licitación, serán realizados a su cuenta y riesgo y no serán reembolsables.

3.15 AUMENTO DE LOS COSTOS DE LOS MATERIALES POR CAUSA IMPREVISTA.

El Gobierno reconocerá al Contratista los aumentos que sufrieran en el mercado los precios de los siguientes materiales: Cemento, gaviones, productos asfálticos, no se reconocerá incremento a los materiales que pueden ser comprados con el anticipo, se les reconocerá solamente si surgen nuevas cantidades a lo establecido en el contrato original.

Solamente en el caso de contratos de construcción de puentes, cajas u otras estructuras mayores de drenaje, se reconocerá el incremento en el precio de la madera también mediante el mismo sistema de confrontación de facturas; en otros contratos no.

Los materiales que no estén incluidos en la lista anterior y que directa o indirectamente incidan en la realización de la obra, deberán ser analizados en todas sus proyecciones por el Contratista y su costo distribuido en los precios unitarios correspondientes.

En caso de producirse una disminución en los precios de dichos materiales, se hará una reducción favorable al Gobierno que se calculará en la misma forma que los aumentos y se rebajará de las estimaciones mensuales de pago presentadas por el Contratista.

La metodología para el cálculo de mayores costos se hará en base al procedimiento por fórmula que aparece en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No. A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010 del Gobierno de la República, publicado en la Gaceta y las incorporaciones que haya efectuado o efectuase en un futuro la Dirección General de Carreteras, según la facultad que le fuere otorgada en el referido Decreto. En anexo a este documento de licitación, los licitantes someterán ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), una lista reciente, verificada y firmada con las cotizaciones sobre dichos materiales que utilizó en la preparación de su oferta, los cuales deberán ser los que racionalmente priven en el mercado.

Las cantidades de obra estarán sujetas al respectivo escalamiento de precios, conforme al programa de trabajo presentado por el Contratista y autorizado por la Dirección previo al inicio de la obra. En tal sentido, en el reconocimiento de mayores costos se emplearán

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los índices de alza incluidos en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No. A-003-2010, emitido el 20 de Enero del 2010, que corresponden al período en que efectivamente el contratista debe ejecutar tales cantidades de obra de acuerdo al programa de trabajo autorizado. De haber cambio al Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No. A-003-2010, emitido el 20 de Enero del 2010, se usará el nuevo a partir de la vigencia establecida en el mismo.

Para el cumplimiento de la anterior estipulación, el supervisor llevará un fiel control de las cantidades de obra realmente ejecutadas de cada ítem y de aquellas que conforme al programa de trabajo aprobado deberán ejecutarse en cada período.

Si el atraso de una actividad es imputable al contratista su escalamiento será conforme al que le corresponde basado en el programa de trabajo.

3.16 AUMENTO DE LOS COSTOS POR NUEVAS LEYES.

El Gobierno reconocerá al Contratista cualquier aumento directo que se produzca por aplicación de nuevas leyes o por disposiciones del Gobierno Central, emitidas después de la fecha de licitación de este proyecto. El reembolso al Contratista se efectuará por medio de los certificados mensuales de pago, previa verificación que hará el Gobierno.

Se reconocerán los aumentos en salarios únicamente cuando éstos prevengan de incremento en el salario mínimo decretado por el Gobierno.

Si el aumento se produce después de la Licitación del proyecto, en el primer año de ejecución del mismo, se aplicará un factor de 1.10 en lo que corresponde al índice de incremento por la fórmula polinomial para aumento de costos para mano de obra, para categorías por encima del peón a partir del primer aumento de salario mínimo posterior a la licitación.

El factor 1.10 se mantendrá invariable por el término de un año contado a partir de la fecha en que ocurre ese primer aumento al salario mínimo posterior a la Licitación.

El segundo incremento del diez por ciento (10%) para las categorías por encima del peón (cambio de factor a 1.21) se comenzará a aplicar al cumplirse un año contado desde la fecha en que ocurre el primer aumento del salario mínimo con posteridad a la fecha de Licitación o recepción de la oferta respectiva.

No debe existir ningún tipo de ajuste por Cláusula Escalatoria en el renglón de mano de obra en el período comprendido entre la fecha de Licitación o recepción de oferta y la fecha en que acontece el primer aumento al salario mínimo posterior a dicha oferta, debido a que en tal período no se habrán variado las condiciones de pago a la mano de obra para el ofertante, de acuerdo a lo establecido en los documentos contractuales atinentes al proyecto.

3.17 TIEMPO DE EJECUCIÓN.

El plazo considerado por el Gobierno para la ejecución de este proyecto es de OCHO (8) MESES, a partir de la fecha establecida en la Orden de Inicio emitida por la Dirección General de Carreteras.

Los licitantes en todas sus opciones deberán ajustar sus ofertas al plazo de ejecución establecido para el proyecto. No serán elementos a considerarse en la evaluación comparativa de las ofertas, reducciones a dicho plazo.

3.18 INFORMACIÓN ADICIONAL.

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El pago parcial o total de Estimaciones de Obra se hará mediante el Convenio Subsidiario de Coejecución para Proyectos de Infraestructura suscrito entre el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) en el marco del programa de Infraestructura, Viabilidad Comunitaria y Generación de Empleo, Decreto Legislativo Número 45-2013.

Los pagos al contratista se harán con los fondos que para tal fin sean designados por el Congreso Nacional anualmente en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante el monto y plazo del contrato, el compromiso del Gobierno durante el año 2014-2015 se limita a la cantidad que asigne la Secretaría de Finanzas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República a que se refiere la Cláusula XXXV de la misma (ASIGNACION PRESUPUESTARIA), Y que la ejecución y pago de la obra correspondiente a los años subsiguientes queda condicionada a que el Congreso Nacional apruebe en el Presupuesto de dichos años los fondos correspondientes. La no aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la rescisión del contrato sin responsabilidad para las partes. El Gobierno podrá solicitar aclaración o información adicional a cualquiera de los licitantes sobre sus ofertas, pero éstas en ningún caso podrán ser modificadas.

3.19 CAUCIONES.

El o los licitantes cuyas ofertas sean aceptadas, deberán presentar las siguientes cauciones:

1. Caución de fiel cumplimiento de Contrato por una suma igual al quince por ciento (15%) del monto del Contrato, la cual tendrá una duración igual al respectivo plazo de construcción más tres (3) meses, y deberá ser presentada por el Contratista a más tardar diez (10) días hábiles después de suscrito el contrato.

2. Caución por el cien por ciento (100%) del monto del anticipo que el Gobierno suministrará al Contratista, la cual tendrá una duración igual al correspondiente plazo de construcción y deberá ser presentada por el contratista a más tardar diez (10) días hábiles después de suscrito el contrato.

3. Caución o garantía contra trabajo defectuoso, para garantizar el reemplazo de todo trabajo o material defectuoso que resultase dentro de un período de doce (12) meses después de la recepción final de la obra por la Dirección General de Carreteras. El monto de esta caución será por una suma igual al cinco por ciento (5%) del monto del contrato.

La duración de esta última caución será por un período igual a doce (12) meses contados a partir de la fecha oficial de la recepción final del proyecto.

Las cauciones o garantías que se mencionan, podrán ser depósitos en efectivo, bonos del estado, cheques certificados, caución de una compañía aseguradora solvente con el estado, carta de crédito irrevocable o garantía bancaria a favor de la Tesorería General de la República.

Tales documentos deberán ser redactados en español y deberán ser válidos por los períodos que se mencionan anteriormente.

Las presentes cauciones se harán efectivas mediante simple requerimiento que haga la Dirección. Serán nulas todas las cláusulas o condiciones que contravengan esta disposición.

Las cauciones establecidas en los literales a) y b), deberán ser presentadas en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles después de haberse suscrito el correspondiente contrato; el oferente favorecido deberá efectuar las diligencias pertinentes a efecto de cumplir con esta obligación, y las contenidas en el numeral 3.4 de este Pliego de Instrucciones.

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Si el licitante al que se adjudique las obras en referencia no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones en los plazos establecidos en estas instrucciones, el Gobierno cobrará la o las garantías de oferta y podrá adjudicar la ejecución de las obras al primero o segundo suplente de adjudicación.

3.20 PROGRAMA DE TRABAJO.

El oferente deberá acompañar a su Oferta el Programa de Trabajo y Desembolsos en base a un diagrama de barras porcentual por ítem, de manera que las cifras porcentuales de cada ítem sumen 100%, que indique el tiempo de programación y avance estimado para el proyecto, para esto deberá considerar las condiciones climáticas de la zona, con datos estadísticos, en vista que el no cumplimiento con el tiempo programado incurrirá en multa.

Para cada mes deberá indicar la inversión correspondiente a ese período por cada actividad que desarrolle durante la ejecución de todo el proyecto.

3.21 LISTA DE MATERIALES Y EQUIPO A SER COMPRADOS.

El Contratista debe acompañar a la oferta un listado de todos los materiales y equipo que comprará con el anticipo y durante la ejecución del proyecto, indicando el monto de cada uno y el costo total, en vista que no se le reconocerá incremento por acero, tubería etc. y todo aquel material que pueda ser adquirido con el anticipo.

3.22 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS.

El Contratista entregará junto con su propuesta, un análisis de costos y el correspondiente desglose de todos los precios unitarios, como respaldo a los precios incluidos en su oferta. Este análisis deberá contener un detalle minucioso de todas las partes que constituyen el costo unitario de cada una de las actividades contractuales, pudiendo ser presentado en impresión computarizada y debiendo incluir todos los componentes de cada una de las actividades siguientes como ser:

a. Tipo de Maquinaria, con sus respectivos rendimientos, a utilizar en cada actividad.b. Mano de obra: rendimientos y actividades.c. Combustibles y Lubricantes.d. Reparaciones, repuestos y llantas.e. Materiales.f. Depreciación o amortización del equipo.g. Gastos indirectos.

Estos análisis podrían servir de base para cualquier ajuste, ponderación o cálculo que se requiera realizar durante la ejecución del proyecto, por lo cual la información suministrada deberá ser cuidadosamente analizada por el Contratista y apegada a las condiciones reales del trabajo requerido, ya que estas fichas serán analizadas por la comisión evaluadora que disponga la Dirección General de Carreteras, si no tiene los componentes necesarios de la actividades y con la inclusión de éste sobrepasara la oferta del segundo lugar, será descalificado.

En el Anexo No. 1 se desglosa el Precio Unitario de actividad para que sea presentado así para todos los conceptos.

3.23 RECONOCIMIENTO EN MONEDA EXTRANJERA.

Los pagos se harán en Lempiras, moneda oficial de la República de Honduras, y no se establece para esta licitación reconocimiento alguno en moneda extranjera.

3.24 ANTICIPO DE FONDOS.

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El Gobierno suministrará al Contratista en concepto de anticipo, una cuantía no mayor del Quince por ciento (15%) del monto total de la obra a ejecutar, excluido el valor de la Cláusula Escalatoria. Esta cantidad será amortizada a partir de la primera estimación mediante deducciones del quince por ciento (15%) de cada una de ellas; en la estimación final, se le deducirá el saldo que hubiese pendiente. Es entendido que con el anticipo el contratista deberá adquirir todo el acero, tubería y el alambre de púas y todos materiales que puedan ser comprados con el anticipo, requeridos en la obra bajo una autorización previa del supervisor, ya que no se reconocerán aumentos después de otorgado el anticipo, siendo responsabilidad única del contratista su adquisición oportuna; el anticipo también servirá para cubrir los gastos iníciales de movilización. El anticipo no devengará intereses; y en caso de otorgarse una ampliación al monto del contrato NO SE DARÁ ANTICIPO por el valor de la ampliación. El cien por ciento (100%) de dicho anticipo será entregado al Contratista en Lempiras, moneda nacional de la República de Honduras en la siguiente forma:

a) Un solo pago del Quince por ciento (15%) se tramitará dentro de los cinco (5) días hábiles después de que el Contratista haya rendido la caución por anticipo y después de que el Supervisor haya dado fe, de que a su juicio el equipo requerido y demás insumos para la correcta y oportuna iniciación de las obras ha ingresado al sitio del proyecto.

3.25 MULTAS.

a. El contratista deberá presentar en el Departamento Jurídico de la Dirección General de Carreteras o en la Procuraduría General de la República, según sea el caso, los documentos requeridos de acuerdo a la Ley, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación del contrato; por cada día de demora en la presentación de dicha documentación se le aplicará una multa de CIEN LEMPIRAS (L.100.00) por millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

b. Sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del numeral 3.3 (GARANTIA DE LA OFERTA) de estas instrucciones el contratista deberá proceder a la firma del contrato a más tardar cinco (5) días después de habérsele comunicado por la Dirección General de Carreteras que su contrato está listo para ser firmado; por cada día de demora en la firma del contrato se le aplicará una multa de CIENTO CINCUENTA LEMPIRAS (L.150.00) por millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

c. El contratista está obligado a presentar las garantías descritas en la Cláusula XI: CAUCIONES, literales a y b del contrato a suscribirse, a más tardar diez (10) días después de suscrito el contrato; por cada día de demora en la presentación de la fianza después del plazo señalado, se le aplicará una multa de DOSCIENTOS LEMPIRAS (L.200.00) por cada millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

d. El contratista deberá dar inicio a los trabajos a más tardar dentro de los cinco (5) días posteriores a la fecha establecida en la Orden de Inicio; por cada día de demora en el inicio de los trabajos se le aplicará una multa de DOSCIENTOS LEMPIRAS (L.200.00) por cada millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

Además en caso de no iniciar los trabajos en el plazo señalado, el contratista pagará al Gobierno Diez por ciento (10%) mensual sobre el monto del anticipo recibido.

e. El contratista estará obligado a ejecutar los trabajos dentro del plazo estipulado en la Cláusula III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO del contrato a suscribirse; por cada día de

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demora en la ejecución y entrega de la obra, dará derecho al Gobierno a deducir hasta la debida entrega y recepción de la obra por concepto de multa la cantidad establecida por el Reglamento de las Disposiciones Generales de Presupuesto de acuerdo a lo siguiente:

Monto Entre (Lps) 0.00 hasta 40,000,000.00 el 0.17% 40,000,000.00 en adelante el 0.18%

O como lo dispongan las enmiendas a la misma que se emitan antes de la suscripción del Contrato.

f. El contratista está obligado a mantener un Superintendente, colegiado y solvente en el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras para la ejecución de las obras de conformidad a la Cláusula XII: PERSONAL del contrato a suscribirse. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a que el Gobierno deduzca en concepto de multa la cantidad de DIEZ MIL LEMPIRAS (L.10,000.00) mensuales. Para garantizar la aplicación de esta Cláusula el supervisor deberá adjuntar con cada solicitud de pago mensual del contratista una constancia en que se establezca que el Superintendente está realizando sus actividades en el proyecto.

Las multas descritas en los literales anteriores serán deducibles automáticamente y sin requerimiento alguno.

g. "Multa convencional por incumplimiento del programa de ejecución de obra”.

El Gobierno tendrá la facultad de verificar si las obras objeto de este contrato se están ejecutando por el Contratista de acuerdo con el programa de ejecución de obra aprobado, para lo cual el Departamento de Construcción comparará mensualmente el avance de las obras con el respectivo programa de obra; si como consecuencia de la comparación anterior el avance de las obras es menor con lo que debió realizarse, el Gobierno en su caso procederá a aplicar una multa económica convencional equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el valor de la obra no ejecutada en el mes que corresponde. Esta cantidad se aplicará en beneficio del Gobierno a título de pena convencional por el simple retardo en el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.

Es entendido que la multa procederá cuando las causas del retraso en la ejecución de las obras sean imputables al Contratista.

Independientemente del pago de la multa convencional señalada en el párrafo anterior, el Gobierno podrá exigir el cumplimiento del Contrato.

Para efectos de aplicación de la multa, el Departamento de Construcción notificará por escrito al Contratista del incumplimiento del programa de ejecución de obra. El escrito hará alusión a aspectos tales como: Período de incumplimiento de las obligaciones, monto de Lps. de Obra no ejecutada, especificada por cada ítem y valor de la multa a que se ha hecho acreedor; el valor de la multa será deducible de cualquier cantidad que se le adeude al Contratista.

La notificación al Contratista se hará en un término de diez (10) días hábiles después de haber sido realizados por parte del Departamento la comparación mensual de la obra programada y la obra ejecutada.

2). El programa de ejecución de la obra deberá ser presentado en términos porcentuales por cada ítem del Contrato, de manera tal que las cifras porcentuales de cada ítem sumen un 100%; para efectos de este procedimiento administrativo estamos adjuntando la proforma recomendada con un ejemplo hipotético, ver Anexo VII.

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Las recomendaciones anteriores se hacen en virtud de que se ha observado que a los programas de trabajo no se les está dando la seriedad del caso, existiendo en la actualidad proyectos que se ejecutan totalmente desfasados con respecto a los programas aprobados.

3) En lo que respecta a la bitácora(s) para la ejecución de proyectos éstas se deberán regir por las disposiciones legales contenidas en el Reglamento Especial de Bitácora para Diseño y Ejecución de proyectos, emitido por el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) y publicado en la Gaceta el 5 de julio de 1997.

3.26 BANCOS DE MATERIALES.

El Gobierno no se responsabiliza por la cantidad ni la calidad de los agregados, ya que la información que se suministra a los oferentes en la visita es con el propósito de que tengan un marco de referencia, por lo tanto deberán hacer por su cuenta una inspección minuciosa, para la localización de los posibles bancos y así incluir en sus precios unitarios el Acarreo.

Los licitantes deberán considerar dentro de sus precios unitarios, que se pagará por cada metro cúbico en bruto extraído de cualquiera de las fuentes de materiales de río a explotar, una tasa por concepto de Impuesto de Explotación de Recursos de acuerdo a la Ley de Municipalidades, este valor deberá ser pagado por el Contratista a la Municipalidad que tenga la jurisdicción del banco explotado.

El Contratista deberá establecer claramente este valor en el desglose de precios unitarios que presente para la Licitación.

Del resultado obtenido de la negociación con la Municipalidad correspondiente dependerá el reconocimiento o no por parte de la Dirección del pago de dicho valor al Contratista. El Supervisor será el enlace entre las autoridades de la Municipalidad y la Dirección General de Carreteras.

Si durante la ejecución de la obra se presentasen variaciones en más o en menos respecto al valor de la citada tasa, se realizarán los ajustes pertinentes.

3.27 CONDICIONES DE TRABAJO.

El Contratista está obligado a considerar en sus precios unitarios, si la carretera estará en servicio durante el proceso de construcción y por consiguiente, no tendrá derecho a indemnización ni a ningún otro pago por los atrasos, daños y perjuicios ocasionados por el tráfico circulante, el cual no deberá ser detenido totalmente sino que se ideará la forma de darle paso aunque sea en forma parcial y por turno de sentido de circulación.

Para su conveniencia, el Contratista podrá a su cuenta y riesgo habilitar la zona de derecho de vía para dar paso al tránsito, previa aprobación del supervisor y de la Dirección General de Carreteras.

El Contratista está obligado a mantener por su cuenta señales permanentes, tanto de día como de noche para indicar cualquier peligro o dificultad al tránsito, incluir los tipos de señales que deberán tener, así como la aproximación para los empleados. Estas señales serán aprobadas por el supervisor y deberán ser suficientemente grandes y claras, para que los conductores de vehículos las perciban a tiempo. Además el Contratista colocará por su cuenta con la celeridad que amerita el caso, las señales adicionales que a juicio de la Dirección se requieran para la seguridad de los usuarios de la carretera y será responsable por los daños y perjuicios que por su culpa o negligencia o la de sus empleados se causara a personas o bienes que transiten por el proyecto y que sufrieran accidentes por falta de señales adecuadas.

3.28 RECONOCIMIENTO DE BENEFICIOS SOCIALES.

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El Gobierno reconocerá hasta un Noventa y tres punto sesenta y cinco por ciento adicional como Factor de Beneficios Sociales, por toda la mano de obra que el Contratista facilite para la ejecución de trabajos por Administración Delegada (Factor =1.9365).

Es entendido que este reconocimiento implica el estricto cumplimiento del contratista de todos los derechos laborales que las leyes contemplan, tales como: séptimo día, décimo tercer y décimo cuarto mes, IHSS, INFOP, FOSOVI, preaviso, cesantía, vacaciones, feriados, licencias legales y seguros contra accidentes, así como el suministro de herramientas menores sin motor y el transporte para el personal solicitado.

Cualquier incidencia adicional que el Contratista estime por sobre el porcentaje establecido para esta Mano de Obra, deberá considerarla dentro de sus costos indirectos para el proyecto.

El Gobierno podrá efectuar las averiguaciones que juzgue necesarias para verificar el cumplimiento en el pago de tales beneficios y el Contratista se obliga a proporcionar toda la información requerida.

3.29 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

Las ofertas se presentarán en forma individual para el proyecto que nos ocupa, con su respectivo cuadro de cantidades estimadas y precios unitarios, de acuerdo a su correspondiente capacidad otorgada en la precalificación.

Debe quedar claramente entendido que INSEP adjudicará la oferta que queda en primer lugar de forma integral, por haber presentado el menor costo y a la vez por reunir todos los requisitos técnicos y de otra índole aquí estipulados, de acuerdo al Análisis de la Comisión de Evaluación. Es decir que no necesariamente la oferta del menor monto leída al abrir los sobres será la adjudicataria del contrato, puesto que queda supeditada a la revisión de antecedentes y demás calificaciones aquí exigidas.

3.30 EQUIPO MÍNIMO Y PROGRAMA DE INGRESO DE EQUIPO A LA OBRA.

El Contratista deberá poseer el siguiente equipo mínimo para ejecutar la obra.

DESCRIPICION CANTIDADTractor de Oruga CAT D8 o su equivalente 1Tractor de Oruga CAT D6 o su equivalente 1Compactadora de 50 TON para prueba de carga de sub-

rasante 1Compactadora de Rodillo vibratorio (250 – 350 PSI) 1Camión (MIXER) Mezclador de Concreto 2Retroexcavadora CAT -320 o su equivalente 2Excavadora de Oruga 1Motoniveladora 2Cargadora CAT-966 O su equivalente 2Cargadora CAT-950 O su equivalente 1Volquetas 10m³ 6Volquetas 5m³ 2Compactadoras neumáticas (40 a 110 PSI) 1Camión regador de agua 4,000 galones 2Camión de transporte 1Low boy 1Pick up 2Bomba para Concreto 2Compresor de aire y sus martillos 1Mezcladoras de concreto (1 bolsas) 2

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Vibradores para concreto 2’’ – 3’’ 4Compactadora manual (Rodillo liso) 2Compactadora manual de plato 1Bailarinas 2Cortadora de Concreto 1Cortadora de Hierro 1Equipo de completo Topografía (Transito y Nivel) 1Equipo completo de Laboratorio (para granulometría,

límites deAtterberg, densidades, resistencia a la compresión y

flexión delconcreto hidráulico y Vigas.

1

Bomba de 6’’ diámetro (para agua) 2Barredora mecánica 1Planta Eléctrica 1

En caso de no contar con el 100% del equipo podrá rentar hasta el 30% y deberá demostrar fehacientemente que podrá contar con el equipo rentado.

La marca Cat., es sólo una referencia del equipo, ya que el mismo puede ser de otra marca pero equivalente al solicitado.

El Contratista estará obligado a presentar en este Documento de Licitación, un programa con el calendario de fechas para ingresar al sitio de la obra del equipo requerido para la ejecución de los trabajos.

En caso de no contar con equipo de su propiedad, demostrar fehacientemente que podrá contar con equipo rentado, mediante contratación de una empresa reconocida.

Se vigilará el estricto cumplimiento de lo establecido en este numeral, la D.G.C. tiene la potestad de revisar el equipo propuesto.

3.31 LICITACIÓN DESIERTA.

La entidad licitadora puede declarar desierta la Licitación, cuando ninguna de las ofertas cumpla con los requisitos exigidos en el Documento de Licitación, o cuando sea evidente la falta de competencia y/o que exista colusión. Además se podrán rechazar todas las ofertas si son substancialmente superiores o inferiores al presupuesto base, debidamente autorizado.

También se declarará Licitación desierta cuando no se presente ninguna oferta a la hora y día señalado para la licitación.

3.32 ASIGNACIÓN DE PROYECTOS.

La Secretaría tiene la potestad de adjudicar solo uno o más proyectos en el caso de que una Empresa gane más de uno o esta tenga más proyectos en ejecución con esta Secretaría. Se adjudicará de acuerdo a los intereses del Gobierno.

3.33 OFERTA ÚNICA.

Cuando en una Licitación se presentase una sola propuesta, el Gobierno podrá o no adjudicar el Contrato, de acuerdo a sus mejores intereses.

3.34 RÓTULOS.

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El Contratista a su cuenta y costo colocará dos (2) rótulos informativos (inicio y final del proyecto), de acuerdo a lo que le indique la Dirección General de Carreteras, las dimensiones serán de 4.00 M. en su longitud mayor por 2.00 M. en su longitud más corta.

Los rótulos tendrán que estar colocados 30 días después de la orden de inicio, en caso contrario y si es por desidia del Contratista, éste pagará una multa de MIL LEMPIRAS EXACTOS (Lps.1,000.00) mensuales por mes de atraso.

Se adjunta Anexo I, el cual muestra el diseño del rótulo informativo que debe colocarse al inicio y final del proyecto.

3.35 LIMPIEZA FINAL.

El Contratista se obliga a efectuar por su cuenta una limpieza final del proyecto previa a la recepción del mismo.

IV. FORMA DE OFERTA.25

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IV. FORMA DE OFERTA.

REPÚBLICA DE HONDURAS

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP),

(CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN)

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nombre y Localización del Proyecto.

Fecha de la Invitación: ____________________________________

Departamentos:

_________________________________________________________________________________

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Esta forma deberá ser completada Nombre del Postor (A máquina o en letra de molde) debidamente por el postor con lainformación requerida y firmada

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por el Representante Autorizado de éste.

_____________________________________Fecha

Al Señor Secretario de Estado en los Despachosde Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP).

Atención: Señor Director General de CarreterasSecretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos

(INSEP) Bo. La Bolsa, Comayagüela, D.C., Honduras, C.A.

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V. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.

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V. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.

Señor Ministro:

De acuerdo con la convocatoria correspondiente el suscrito, por medio de la presente, ofrece suministrar toda la mano de obra, el equipo y los materiales y ejecutar todo el trabajo requerido para el proyecto______________________________________________________ de acuerdo con las Especificaciones, Programas, Planos, y Documentos de Licitación por una suma total de _________________________________.

Asimismo, el suscrito conviene en que, si se le adjudica el Contrato comenzará el trabajo dentro de los cinco (5) días calendario siguientes al recibo de la orden de inicio, y terminarlo en un plazo de__________________ establecido en la convocatoria. Además el suscrito acepta que por cada día calendario que el trabajo no haya sido terminado después del tiempo especificado, le serán deducidos de los pagos que le adeuden la cantidad que estipula la Ley de Contratación del Estado, diarios en concepto de multa por cada millón o fracción del monto Total del Contrato.

Acuso de Recibo de Addenda.

El suscrito acusa recibo de las siguientes Addendas a los planos y/o especificaciones y/o documentos de Licitación (Dar el número y la fecha de cada uno)

El suscrito declara (marcar la casilla correspondiente)

1. a. Que ha, no ha empleado u obtenido los servicios de compañía o persona, aparte de empleados regulares y permanentes del Postor, para solicitar y asegurar la adjudicación de este Contrato; y,

b. Que ha, no ha pagado y ofrecido pagar a compañía o persona, aparte de empleados regulares y permanentes del Postor, algún honorario, comisión, porcentaje o corretaje a condición de obtener la adjudicación de este Contrato, y está dispuesto a suministrar la información respectiva que solicite el Gobierno.

2. Que él opera como un ___________ individuo, ______________ sociedad, __________ consorcio o corporación, incorporado como tal bajo el nombre:________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Se acompaña una Garantía de Oferta, consistente en: ______________________________________________________________________________________________________________________

Valor total de: _____________________________________________________________________

_________________________ __________________________________Nombre del Licitante Nombre completo de todos los socios

Dirección Comercial_________________________________________________________________________________

Representante (poner nombre debajo de la firma) Firma autorizada.

______________________________________________________________________________Cargo:

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VI.DECLARACIÓN JURADA CON CUADRO DE CANTIDADES ESTIMADAS

Y PRECIOS UNITARIOS.

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6.1 DECLARACIÓN JURADA.

AL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS:

Yo ______________________, mayor de edad, de estado civil _______________, de nacionalidad _______________, con domicilio en _____________________________ __________________________________________ y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No. __________________ actuando en mi condición de representante legal de ____(Indicar el Nombre de la Empresa Oferente / En caso de Consorcio indicar al Consorcio y a las empresas que lo integran)_________________ ______________________, por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:

“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes: 1) Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas; 2) DEROGADO; 3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados; 4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República; 5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva; 6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato; 7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,

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8) Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción. ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General del Tribunal Superior de Cuentas , el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”

En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de _____________________________, Departamento de ____________, a los ____________ días de mes de ________________________ de ______________.

Firma: _______________________

Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).

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MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II.

LOCALIZADO EN EL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN.

LONGITUD APROXIMADA 3.55 KILÓMETROS.

CANTIDADES DE OBRANo Concepto Unidad Cantidad P.U.

(Lps)TOTAL

(Lps)1 TERRACERIA Y PAVIMENTO1.1 Excavación común M3 26,255.501.2 Demolición M3 136.551.3 Sobre acarreo M3-km 159,110.24

1.4 Pavimento de concreto hidráulicoMr = 653 kg/cm2 ; e = 0.23 m. M3 7,084.66

1.5 Subrasante mejorada con cemento M3 4,391.551.6 Cemento para mejorar subrasante Ton 178.321.7 Acera 210 kg/cm2 , e = 0.10 m M2 3,405.001.8 Bordillos Ml 2,640.001.9 Imprimación M2 9,109.34

1.10 Doble Tratamiento Asfáltico en hombros M2 9,109.34

2 DRENAJES2.1 Suministro y colocación de T.C.R. 30" tipo III Ml 2,060.002.2 Suministro y colocación de T.C.R. 36" tipo III Ml 82.002.3 Suministro y colocación de T.C.R. 42" tipo III Ml 296.002.4 Suministro y colocación de T.C.R. 48" tipo III Ml 242.002.5 Tragante de 1.15 m a 1.50 m Unidad 72.002.6 Tragante de 1.50 m a 2.00 m Unidad 16.002.7 Pozo de 1.45 m a 2.00 m Unidad 36.002.8 Pozo de 2.00 m a 2.50 m Unidad 12.002.9 Pozo de 2.50 m a 3.00 m Unidad 8.002.10 Pozo de 3.00 m a 3.50 m Unidad 2.002.11 Mampostería para estructuras de drenaje M3 386.002.12 Enchape de mampostería e = 0,15 m. en canales M2 10,826.293 SEÑALIZACIÓN3.1 Señal de Reglamentación R-1-1 (0.76 x 0.76) m Unidad 1.003.2 Señal de Reglamentación R-1-2 (0.61 x 0.91) m Unidad 2.003.3 Señal de Reglamentación R-2-1 (0.61 x 0.91) m Unidad 6.003.4 Señal de Reglamentación R-2-5 (0.61 x 0.30) m Unidad 4.003.5 Señal Preventiva P-1-2 (0.61x0.61) m Unidad 10.003.6 Señal Preventiva P-1-4 (0.61x0.61) m Unidad 2.003.7 Señal Preventiva P-1-5 (0.61x0.61) m Unidad 4.003.8 Señal Preventiva P-1-6 (0.61x0.61) m Unidad 2.003.9 Señal de Información de Destino ID-2-2 sencilla (2.40 x 1.10) m Unidad 1.00

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3.10 Señal de Kilometraje II-4-2a (0.30 x 0.78) m Unidad 6.003.11 Línea eje central continua de 0,15 m. color amarilla Unidad 3,169.003.12 Línea eje central discontinua de 0,15 m. color amarilla Ml 433.003.13 Línea lateral continua de 0,10 m. color blanca Ml 5,918.003.14 Línea discontinua blanca 0,10 m. color blanca Ml 22.003.15 Vialeta Amarilla Unidad 170.003.16 Vialeta Blanca Unidad 322.00

SUB - TOTAL4 Administración Delegada (5%)5 Cláusula Escalatoria (10%)

COSTO TOTAL (LPS)

Lista de Precios Unitarios a ser utilizados en trabajos pagaderos por Administración Delegada

* ver cuadros adjuntos

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

(INSEP)

MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTORUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II.

Administración Delegada

1. Personal

No. Concepto Unidad Cantidad

P.U. (*) (Lps)

Total (Lps)

1 Capataz Hora 200.00 0.002 Albañil Hora 200.00 0.003 Carpintero Hora 100.00 0.004 Ayudante de Artesano Hora 200.00 0.005 Peón Hora 1,200.00 0.00

Sub-Total 0.00** ___% por ciento del Sub-Total, correspondiente a

los gastos generales, ganancias del Contratista, Etc. generales, ganancias del Contratista, Etc.

0.00

TOTAL Correspondiente al trabajo de Administración Delegada: Personal (Llevado al Resumen)

0.00

* El precio unitario deberá incluir los correspondientes Beneficios Sociales, las herramientas menores (sin Motor) a ser empleadas por el personal y el transporte de dicho personal dentro de la zona del proyecto.** A ser indicado por el licitante, si una propuesta no lo indica se tomara que su porcentaje es Cero (0%) y que fue considerado en sus precios unitarios.

2. Materiales

LempirasNo. Concepto Unidad Cantidad P.U. Total1 Cemento Portland Bolsa 200.00 0.002 Arena para Concreto M3 50.00 0.00

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3 Cal Hidratada 100 Lbs. 100.00 0.004 Piedra Triturada de 3/4" a 1/2" M3 160.00 0.005 Piedra Triturada de 1 1/2" a 3/4" M3 140.00 0.006 Acero para refuerzo hasta de 1/2"

diámetroKg 160.00 0.00

7 Acero para Refuerzo de 5/8" diámetro o más

Kg 120.00 0.00

8 Madera para Encofrados Pie Tablar 160.00 0.00 Sub-Total 0.00

* ___% por ciento del Sub-Total, correspondiente a los gastos generales, ganancias del Contratista, Etc.

0.00

TOTAL Correspondiente al trabajo de Administración Delegada: Materiales (Llevado al Resumen)

0.00

* A ser indicado por el licitante.

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

(INSEP)

MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTORUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II.

3. Equipos de Construcción

LempirasNo. Concepto Unidad Cantida

dP.U. Total

1 Tractor 140 HP Tipo CAT D6 Hora 240.00 0.002 Moto niveladora 135 HP, Tipo Cat 12G Hora 120.00 0.003 Cargadora 2 Yds3, Tipo Cat 930 Hora 240.00 0.004 Retroexcavadora 135 HP Tipo Cat 225 Hora 240.00 0.005 Compactadora Rodillo Vibratorio 8-10

TonHora 160.00 0.00

6 Compactadora Manual de Plato 24" Hora 80.00 0.007 Volqueta 5 M3 Hora 240.00 0.008 Volqueta 10 M3 Hora 240.00 0.009 Volqueta 12 M3 Hora 240.00 0.0010 Tanque Cisterna 2000 galones Hora 120.00 0.0011 Mezcladora de Concreto 1 bolsa Hora 150.00 0.0012 Mezcladora de Concreto 2 bolsa Hora 150.00 0.0013 Vehículo Transporte Personal (Pick-Up) Hora 80.00 0.0014 LowBoy KM 400.00 0.00

TOTAL Correspondiente al trabajo Administración Delegada: Equipo ( Llevado al Resumen)

0.00

* La tarifa es por hora efectiva, con el equipo en buen estado de funcionamiento y con el operador incluido, puesto en el sitio de la obra. Además la tarifa incluye todos los gastos indirectos y utilidades.NOTA: El tipo de algunas máquinas se cita únicamente a título ilustrativo para orientación del licitante.

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SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOSDE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

(INSEP)

MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTORUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II.

Resumen de la Lista de Cantidades

No. DescripciónMonto en Lempiras

1 Sub-Total Lista de cantidades y Precios Unitarios

2 Sub-Totales Correspondientes a los Trabajos

de Administración Delegada:

2A Personal

2B Materiales

2C Equipo

3 Sub-Total (1+2A+2B+2C)

4 Cláusula Escalatoria (10% de Sub-Total 1)

5 Monto Total de la Oferta: (3+4)

______________________________Fecha:

______________________________Firma del Representante

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VII. CUESTIONARIO PLAN DE TRABAJO Y EQUIPO.

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VII. CUESTIONARIO PLAN DE TRABAJO Y EQUIPO.

PROYECTO: _____________________________________________________________________

LONGITUD APROXIMADA 3.55 KMS.

El suscrito garantiza la veracidad y exactitud de todas las declaraciones y respuestas a las preguntas que en adelante se hacen. Este cuestionario deberá presentarse junto al Formulario de Propuesta. El no presentar este cuestionario podrá ser causa para rechazar la propuesta.

1. Explique brevemente su plan general y distribución para la ejecución del trabajo propuesto.

___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

2. ¿Piensa usted sub-contratar cualquier porción del trabajo propuesto? (Detallar cuales).___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

3. Que instalación y equipo de su propiedad está disponible para usarse en el trabajo propuesto?

++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++ NO. DETALLE CAPACIDAD ESTADO AÑOS LUGAR DONDE SE ENCUENTRA

TAMAÑO USO ++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

4. Si se le adjudicara el Contrato ¿Qué equipo piensa usted comprar, que sea indispensable para el trabajo propuesto?

++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

NO. DETALLE DESCRIPCION TAMAÑO COSTO CAPACIDAD, ETC. APROXIMADO.

++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

NOTA: Esto no constituye un compromiso del Gobierno a otorgar las respectivas divisas, si comprara equipo fuera del país tiene que comprarlo con antelación en vista que éste demora y esto no podrá ser excusa para paralizar el proyecto.

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5. ¿De qué manera y cuando pagará usted el equipo que adquiera?____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

6. ¿Qué finalidades y qué compras efectuaría con el anticipo otorgado?____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

7. ¿Tiene intenciones de alquilar algún equipo para este trabajo? Si así fuera, dé el tipo, cantidad y el arrendatario.____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

8. Ha ejecutado usted contratos o ha recibido ofertas serias para todos los materiales dentro de los precios usados en el cálculo de su propuesta Indique los artículos, pero no dé los nombres de representantes o fabricantes.___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

9. Presentar adjunto, Programa de Trabajo Propuesto para los principales conceptos de obra (diagrama de barras y red de ruta crítica que lo respalda).

10. Presentar adjunto programa de Estimaciones Mensuales para pagos en función del Programa de Trabajo.

Fecha: ______________________________________

____________________________________________Nombre de la organización

_____________________________________________Firma

______________________________________________Nombre y Título de la persona que firma

Observaciones:

- Si necesitara más espacio, adjunte páginas adicionales. Escriba la invitación, fecha y nombre de la organización en cada página.

-Proporcione tabla separada para cada tipo de equipo, use línea separada para cada ítem de mayor importancia. Si es necesario utilice páginas adicionales.

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VIII. MODELO DE CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN.

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VIII. MODELO DE CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN.

MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II.

Nosotros, ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH, hondureño, mayor de edad, Ingeniero Civil, con Tarjeta de Identidad No. 0801-1959-05180 y de este domicilio, actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), nombrado mediante Acuerdo No. 13-2014 del 27 de Enero del 2014 y que en adelante se llamará LA SECRETARÍA, y_______, de nacionalidad hondureña, mayor de edad, con tarjeta de identidad No.______, Registro Tributario Nacional No.___________, debidamente autorizado para firmar en nombre y Representación de la Empresa ___________________, hemos convenido en suscribir el presente CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN del Proyecto __________________de conformidad con las estipulaciones siguientes:

CLÁUSULA I: DEFINICIONES:

Siempre que en el presente Contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación:

1. GOBIERNO: El Gobierno de la República de Honduras (Poder EJECUTIVO), quien actuará por intermedio de la Secretaría.

2. SECRETARÍA: Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), de la República de Honduras.

3. DIRECCIÓN: La Dirección General de Carreteras, dependiente de Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP),

4. UNIDAD EJECUTORA: El Departamento de Construcción Unidad Coordinadora de Fondos Nacionales de la Dirección General de Carreteras, (INSEP), encargada de coordinar y velar por la ejecución del proyecto.

5. SUPERVISIÓN O SUPERVISOR: La Firma Consultora o Persona contratada para la supervisión del proyecto, denominada en algunos documentos como el INGENIERO.

6. FINANCIAMIENTO: Fondos propios del Gobierno de Honduras. 41

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7. CONTRATISTA: Empresa_____________________________

8. INGENIERO COORDINADOR: Funcionario de enlace de parte de la Dirección General de Carreteras, encargado de coordinar las acciones que se susciten entre el Contratista, el Supervisor y el Gobierno.

9. SUPERINTENDENTE: El Ingeniero Civil debidamente colegiado solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, (CICH) y aprobado por la Dirección que actuará como Ingeniero Residente del proyecto por parte del contratista.

10. PROYECTO: MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II.

CLÁUSULA II: TRABAJO REQUERIDO:

El Contratista con elementos suficientes que suministrará por su cuenta y riesgo, se obliga a construir para el Gobierno los proyectos en forma simultánea que se indica en los planos titulados: República de Honduras, Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), Dirección General de Carreteras, Proyecto: MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II. De conformidad con los Planos, Especificaciones, Disposiciones Especiales, y Convenios Suplementarios anexos al Contrato. Tales documentos están descritos en la Cláusula VII del presente contrato, los cuales debidamente firmados e identificados en otra forma por ambas partes, forman parte de este Contrato.

CLÁUSULA III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO:

a. Orden de Inicio: Las partes acuerdan que la Orden de Inicio podrá ser librada por la Dirección General de Carreteras dentro de los quince (15) días a partir de la fecha de la entrega del anticipo siempre y cuando sea presentada anteriormente a la fecha del pago del anticipo la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato por parte del Contratista y la garantía del anticipo a recibir.

b. Plazo: El Contratista deberá iniciar los trabajos a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de la Orden de Inicio emitida por la Dirección y se compromete y obliga a terminar la ejecución simultánea de las obras contratada dentro de un plazo de OCHO (8) MESES contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio y estará sujeto a extensiones autorizadas por el Gobierno, de acuerdo a las Especificaciones y Disposiciones Especiales o por causa de fuerza mayor. Cuando el plazo de ejecución se modificase por aumento en las cantidades de obra del proyecto, el plazo incrementado estará de acuerdo a un estudio que para tal fin se hará del programa de trabajo, y la ampliación en plazo no podrá ser mayor al aumento proporcional en monto.

CLÁUSULA IV: PRECIOS DEL CONTRATO:

El Gobierno pagará al Contratista por las obras objeto de este Contrato, ejecutadas satisfactoriamente y aceptadas por el Gobierno y aplicadas a las cantidades de obra como aproximadas y sujetas a las variaciones establecidas en el Pliego de Condiciones y

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Disposiciones Especiales, de conformidad con el cuadro de cantidades estimadas y precios unitarios siguientes:

MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II.

LONGITUD APROXIMADA 3.55 KMS.

CANTIDADES DE OBRANo. Concepto Unidad Cantidad P.U.

(Lps)Total(Lps)

1 TERRACERIA Y PAVIMENTO1.1 Excavación común M3 26,255.501.2 Demolición M3 136.551.3 Sobre acarreo M3-km 159,110.24

1.4 Pavimento de concreto hidráulicoMr = 653 kg/cm2 ; e = 0.23 m. M3 7,084.66

1.5 Subrasante mejorada con cemento M3 4,391.551.6 Cemento para mejorar subrasante Ton 178.321.7 Acera 210 kg/cm2 , e = 0.10 m 3,405.001.8 Bordillos 2,640.001.9 Imprimación M2 9,109.34

1.10 Doble Tratamiento Asfáltico en hombros M2 9,109.34

2 DRENAJES2.1 Suministro y colocación de T.C.R. 30" tipo III Ml 2,060.002.2 Suministro y colocación de T.C.R. 36" tipo III Ml 82.002.3 Suministro y colocación de T.C.R. 42" tipo III Ml 296.002.4 Suministro y colocación de T.C.R. 48" tipo III Ml 242.002.5 Tragante de 1.15 m a 1.50 m Unidad 72.002.6 Tragante de 1.50 m a 2.00 m Unidad 16.002.7 Pozo de 1.45 m a 2.00 m Unidad 36.002.8 Pozo de 2.00 m a 2.50 m Unidad 12.002.9 Pozo de 2.50 m a 3.00 m Unidad 8.002.10 Pozo de 3.00 m a 3.50 m Unidad 2.002.11 Mampostería para estructuras de drenaje M3 386.002.12 Enchape de mampostería e = 0,15 m. en canales M2 10,826.29

3 SEÑALIZACIÓN3.1 Señal de Reglamentación R-1-1 (0.76 x 0.76) m Unidad 1.003.2 Señal de Reglamentación R-1-2 (0.61 x 0.91) m Unidad 2.003.3 Señal de Reglamentación R-2-1 (0.61 x 0.91) m Unidad 6.003.4 Señal de Reglamentación R-2-5 (0.61 x 0.30) m Unidad 4.003.5 Señal Preventiva P-1-2 (0.61x0.61) m Unidad 10.003.6 Señal Preventiva P-1-4 (0.61x0.61) m Unidad 2.003.7 Señal Preventiva P-1-5 (0.61x0.61) m Unidad 4.003.8 Señal Preventiva P-1-6 (0.61x0.61) m Unidad 2.003.9 Señal de Información de Destino ID-2-2 sencilla (2.40 x 1.10) m Unidad 1.003.10 Señal de Kilometraje II-4-2a (0.30 x 0.78) m Unidad 6.003.11 Línea eje central continua de 0,15 m. color amarilla Unidad 3,169.003.12 Línea eje central discontinua de 0,15 m. color amarilla Ml 433.003.13 Línea lateral continua de 0,10 m. color blanca Ml 5,918.003.14 Línea discontinua blanca 0,10 m. color blanca Ml 22.00

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3.15 Vialeta Amarilla Unidad 170.003.16 Vialeta Blanca Unidad 322.00

SUB - TOTAL4 Administración Delegada (5%)5 Cláusula Escalatoria (10%)

COSTO TOTAL (LPS)

ADMINISTRACIÓN DELEGADA

1. Personal

No. Concepto Unidad Cantidad P.U.(Lps)

Total (Lps)

1 Capataz Hora 200.00 0.002 Albañil Hora 200.00 0.003 Carpintero Hora 100.00 0.004 Ayudante de Artesano Hora 200.00 0.005 Peón Hora 1,200.00 0.00

Sub-Total 0.00** ___% por ciento del Sub-Total, correspondiente a

los gastos generales, ganancias del Contratista, Etc. generales, ganancias del Contratista, Etc.

0.00

TOTAL Correspondiente al trabajo de Administración Delegada: Personal (Llevado al Resumen)

0.00

2. Materiales

LempirasNo. Concepto Unidad Cantidad P.U. Total1 Cemento Portland Bolsa 200.00 0.002 Arena para Concreto M3 50.00 0.003 Cal Hidratada 100 Lbs. 100.00 0.004 Piedra Triturada de 3/4" a 1/2" M3 160.00 0.005 Piedra Triturada de 1 1/2" a 3/4" M3 140.00 0.006 Acero para refuerzo hasta de 1/2"

diámetroKg 160.00 0.00

7 Acero para Refuerzo de 5/8" diámetro o más

Kg 120.00 0.00

8 Madera para Encofrados Pie Tablar 160.00 0.00 Sub-Total 0.00

___% por ciento del Sub-Total, correspondiente a los gastos generales, ganancias del Contratista, Etc.

0.00

TOTAL Correspondiente al trabajo de Administración Delegada: Materiales (Llevado al Resumen)

0.00

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3. Equipos de Construcción

LempirasNo. Concepto Unidad Cantidad P.U. Total1 Tractor 140 HP Tipo CAT D6 Hora 240.00 0.002 Moto niveladora 135 HP, Tipo Cat 12G Hora 120.00 0.003 Cargadora 2 Yds3, Tipo Cat 930 Hora 240.00 0.004 Retroexcavadora 135 HP Tipo Cat 225 Hora 240.00 0.005 Compactadora Rodillo Vibratorio 8-10

TonHora 160.00 0.00

6 Compactadora Manual de Plato 24" Hora 80.00 0.007 Volqueta 5 M3 Hora 240.00 0.008 Volqueta 10 M3 Hora 240.00 0.009 Volqueta 12 M3 Hora 240.00 0.00

10 Tanque Cisterna 2000 galones Hora 120.00 0.0011 Mezcladora de Concreto 1 bolsa Hora 150.00 0.0012 Mezcladora de Concreto 2 bolsa Hora 150.00 0.0013 Vehículo Transporte Personal (Pick-Up) Hora 80.00 0.0014 LowBoy KM 400.00 0.00

TOTAL Correspondiente al trabajo Administración Delegada: Equipo ( Llevado al Resumen)

0.00

El pago parcial o total de Estimaciones de Obra se hará mediante el Convenio Subsidiario de Coejecución para Proyectos de Infraestructura suscrito entre el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) en el marco del programa de Infraestructura, Viabilidad Comunitaria y Generación de Empleo, Decreto Legislativo Número 45-2013.

Los pagos al contratista se harán con los fondos que para tal fin sean asignados por el Congreso Nacional anualmente en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante el monto y el plazo del contrato, el compromiso del Gobierno durante el año 2014 - 2015 se limita a la cantidad que aparece en la asignación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos a que se refiere la cláusula XXXV del mismo (ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ), y que la ejecución y pago de la obra correspondiente a los años subsiguientes queda condicionada a que el Congreso Nacional apruebe en el Presupuesto de dichos años los fondos correspondientes. La no aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin responsabilidad para las partes.

CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO:

El monto de este Contrato se ha estimado en la suma de monto (Lps.__________________) y queda convenido que el pago de la cantidad mencionada se hará en Lempiras, moneda oficial de la República de Honduras, mediante estimaciones de pago mensuales en las cuales se podrá reconocer hasta el Cien por Ciento (100%) del valor de los materiales almacenados en el sitio del proyecto, deduciéndose dicho valor en las subsiguientes estimaciones de pago.

CLÁUSULA VI: ANTICIPO:

EL Gobierno suministrará al Contratista en concepto de anticipo, una suma igual al Quince por ciento (15%) del monto total de la obra a ejecutar, excluido el valor de la Cláusula

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Escalatoria. Esta cantidad será amortizada a partir de la primera estimación mediante deducciones del quince por ciento (15%) de cada una de ellas; en la estimación final, se le deducirá el saldo que hubiese pendiente. Es entendido que con el anticipo el contratista deberá adquirir todo el acero, tubería y el alambre de púas y todos materiales que pueda ser comprado con anticipo, requeridos en la obra bajo una autorización previa del supervisor, ya que no se reconocerán aumentos después de otorgado el anticipo, siendo responsabilidad única del contratista su adquisición oportuna; el anticipo también servirá para cubrir los gastos iniciales de movilización. El Anticipo no devengará intereses; y en caso de otorgarse una ampliación al monto del Contrato NO SE DARÁ ANTICIPO por el valor de la Ampliación. El cien por ciento (100%) de dicho anticipo será entregado al Contratista en Lempiras, moneda nacional de la República de Honduras en la siguiente forma:

a) Un solo pago del Quince por ciento (15%) se tramitará dentro de los cinco (5) días hábiles después de que el Contratista haya rendido la caución por anticipo y después de que el Supervisor haya dado fe, de que a su juicio el equipo requerido y demás insumos para la correcta y oportuna iniciación de las obras ha ingresado al sitio del proyecto.

CLÁUSULA VII: DOCUMENTOS ANEXOS DEL CONTRATO:

El Contratista se obliga a efectuar las obras objetos de este Contrato, de acuerdo con los siguientes documentos anexos que quedan incorporados a este Contrato y forman parte integral del mismo, tal como si estuvieran individualmente escritos en él:

1. Cualquier suplemento de este contrato.2. El Documento de Licitación del Proyecto y sus Anexos.3. Addenda a los Documentos de Licitación.4. Invitación a Licitación.5. Pliego de Instrucciones a los Postores.6. La Oferta.7. Declaración Jurada.8. Los Documentos de Precalificación presentado por el o los contratistas.9. Lista Certificada y Firmada de Cotizaciones sobre materiales recibida por el

contratista, antes de la Licitación y que acompañó en su oferta.10. Fianza de Fiel Cumplimiento de Contrato, por el Anticipo, y Contra Trabajos

Defectuosos.11. Pliego de Condiciones Generales.12. Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales.13. Las últimas Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras y

Puentes de la Dirección General de Carreteras.14. Los Planos del Proyecto.15. El Programa de Trabajo aprobado por la Dirección General de Carreteras.16. Tabla de Alquiler de Equipo establecida por la Dirección General de Carreteras.17. Procedimiento para reconocimiento de mayores costos por fórmula.18. La Orden de Inicio.

En caso de haber discrepancia entre lo dispuesto en el contrato y los anexos, privará lo expuesto en el contrato y en caso de discrepancia entre dos o más anexos, privará lo previsto en el anexo específicamente relativo al caso en cuestión.

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CLÁUSULA VIII: SUPERVISIÓN DEL PROYECTO:

a. El Gobierno supervisará la ejecución de este proyecto por medio de la persona o firma consultora que se contrate al efecto, la cual se hará del conocimiento del contratista.

b. La Dirección General de Carreteras velará porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo con los documentos contractuales y para tal efecto y sin necesidad de hacerlo del conocimiento del contratista, podrá efectuar cuantas inspecciones considere conveniente; dicha inspección también podrá ser efectuada por la Secretaría, o cualquier otra Institución Gubernamental y el Contratista se verá obligado a dar las facilidades necesarias para la inspección y facilitará o hará que se facilite el libre acceso en todo tiempo a los lugares donde se prepare, fabriquen o manufacturen todos los materiales y donde la construcción de la obra esté efectuándose; asimismo, proveerá la información y asistencia necesaria para que se efectúe una inspección detallada y completa.

CLÁUSULA IX: LIBROS Y REGISTROS:

El Contratista deberá mantener libros y registros en idioma español relacionados con el proyecto, de conformidad con sanas prácticas de contabilidad generalmente aceptadas, adecuadas para identificar los bienes y servicios financiados bajo este contrato; estos libros y registros podrán ser inspeccionados y auditados durante la ejecución del contrato y en la forma que el Gobierno considere necesario. Los libros y registros, así como los documentos y demás informaciones relativas a gastos y cualquier otra operación relacionada con el proyecto, deberán ser mantenidos por el Contratista por un período de cinco (5) años después de terminado el proyecto. Durante ese período, estarán sujetos en todo tiempo a inspección y auditorias que el Gobierno considere razonable efectuar.

CLÁUSULA X: SEGUROS:

El Contratista deberá mantener los seguros requeridos por esta cláusula y exigirá que los Sub-Contratistas lo hagan en los trabajos que en su caso sub-contraten.

a. Seguros por Accidente de Trabajo: El Contratista proporcionará y mantendrá seguros por accidentes de trabajo para todas las personas que se empleen bajo este contrato.

El contratista acuerda incluir las estipulaciones de este párrafo en todos los Sub-Contratos que suscriba. Será responsabilidad del contratista cerciorarse de que los empleados de cualquier Sub-Contratista estén amparados como se estipula en este literal de igual forma que los empleados del contratista.

b. Seguros que cubran Daños a Terceros: El contratista proporcionará y mantendrá seguros para garantizar el pago por daños a terceros que pudiesen ocasionarse en virtud de la ejecución del proyecto.

El Gobierno no efectuará reconocimiento alguno por pagos de seguros y no será responsable por accidentes de trabajo o daños a terceros siendo absolutamente responsabilidad del contratista.

CLÁUSULA XI: CAUCIONES:

1. El Contratista queda obligado a rendir las cauciones siguientes:

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a. Caución de fiel cumplimiento de contrato por una suma de quince por ciento (15%) de este contrato y con una duración igual al respectivo plazo de construcción más tres (3) meses.

b. Caución por Anticipo, por una cantidad igual al cien por ciento (100%), del monto del anticipo y con una duración igual al correspondiente plazo de construcción.

c. Caución contra trabajos defectuosos, para garantizar el reemplazo de todo el trabajo o material defectuoso que resultara dentro de un período de 12 (doce) meses, después de la recepción final del proyecto.

El monto de esta caución será por una suma igual al cinco por ciento (5%) del monto del contrato y su duración será por un período igual a 12 (doce) meses, contados a partir de la recepción final del proyecto.

2. Las Cauciones establecidas en los literales a y b del numeral anterior, deberán presentarse en un plazo no mayor de diez (10) días después de haberse suscrito el correspondiente contrato y la caución establecida en el literal c deberá presentarse a más tardar cinco (5) días después de efectuada la Recepción Final, de conformidad con el siguiente procedimiento:

a. Mediante solicitud formal, que el Contratista presentara a la SECRETARÍA GENERAL, pedirá a la Secretaria de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la aprobación correspondiente, adjuntando a su escrito el original de dicha caución.

2. Las presentes cauciones se harán efectivas al simple requerimiento que haga la SECRETARÍA. Serán nulas todas las cláusulas o condiciones que contravengan esta disposición.

CLÁUSULA XII: PERSONAL:

a. El Contratista queda obligado a tener el personal que se requiera para garantizar la correcta ejecución del proyecto y a mantener en la obra el personal técnico necesario, para garantizar la calidad de la misma. La Dirección podrá solicitar al Contratista el retiro del personal que no demuestre capacidad, eficiencia, buenas costumbres y honradez en el desempeño de su labor y el Contratista deberá sustituirlo en el término de quince (15) días por personal calificado.

b. El contratista deberá designar un gerente de proyecto con cinco años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares a las actuales, incluyendo no menos de tres años como gerente de proyecto.

c. El contratista deberá mantener un Superintendente para la ejecución de las obras de este contrato y una vez terminadas, durante el tiempo que el Ingeniero lo considere necesario para el debido cumplimiento de las obligaciones del contratista. El Superintendente será un Ingeniero Civil colegiado y solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras con cinco años de experiencia en obras de naturaleza y magnitud similares a las actuales, debiendo permanecer en el proyecto para estar constantemente al frente de las obras y dedicarse a tiempo completo a la superintendencia del mismo.

CLÁUSULA XIII: PENAL:

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a) El contratista deberá presentar a la Secretaría General de INSEP, según sea el caso, los documentos que dicha Dependencia requiera de acuerdo a la Ley, dentro de los diez (10) días posteriores a la notificación de adjudicación del contrato; por cada día de demora en la presentación de dicha documentación se le aplicará una multa de CIEN LEMPIRAS (Lps.100.00) por millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

b) El contratista deberá proceder a la firma del contrato a más tardar cinco (5) días después de habérsele comunicado por la Dirección General de Carreteras que su contrato está listo para ser firmado; por cada día de demora en la firma del contrato se le aplicará una multa de CIENTO CINCUENTA LEMPIRAS (L.150.00) por cada millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

c) El contratista está obligado a presentar las garantías descritas en la Cláusula XI: CAUCIONES, literales a y b del contrato a suscribirse, a más tardar diez (10) días después de suscrito el contrato; por cada día de demora en la presentación de la fianza después del plazo señalado, se le aplicará una multa de CIEN LEMPIRAS (L.100.00) por cada millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

d) El contratista deberá dar inicio a los trabajos a más tardar dentro de los cinco días posteriores a la fecha establecida en la Orden de Inicio; por cada día de demora en el inicio de los trabajos se le aplicará una multa de CIEN LEMPIRAS (L.100.00) por cada millón o fracción del monto del contrato, deducibles del pago de la primera Estimación de Obra.

Además en caso de no iniciar los trabajos en el plazo señalado, el contratista pagará al Gobierno proporcionalmente al tiempo de demora el diez por ciento (10%) mensual sobre el monto del anticipo recibido.

e) El contratista estará obligado a ejecutar los trabajos dentro del plazo estipulado en la Cláusula III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO, del contrato a suscribirse; cada día de demora en la ejecución y entrega de la obra, dará derecho al Gobierno a deducir hasta la debida entrega y recepción de la obra por concepto de multa la cantidad de ________ (LPS.__________) la cual corresponde al monto de este contrato de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de las Disposiciones Generales de Presupuesto.

f) El contratista está obligado a mantener un Superintendente colegiado y solvente en el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras para la ejecución de las obras de conformidad a la Cláusula XII: PERSONAL del contrato a suscribirse. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a que el Gobierno deduzca en concepto de multa la cantidad de DIEZ MILLEMPIRAS (Lps.10,000.00) mensuales. Para garantizar la aplicación de esta Cláusula el supervisor deberá adjuntar con cada solicitud de pago mensual del contratista una constancia en que se establezca que el Superintendente está realizando sus actividades en el proyecto.

g) "Multa convencional por incumplimiento del programa de ejecución de obra”.

El Gobierno tendrá la facultad de verificar si las obras objeto de este contrato se están ejecutando por el Contratista de acuerdo con el programa de ejecución de obra aprobado, para lo cual el Departamento de Construcción comparará mensualmente el avance de las obras con el respectivo programa de ejecución de

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obra; si como consecuencia de la comparación anterior el avance de las obras es menor con lo que debió realizarse, el Gobierno en su caso procederá a aplicar una multa económica convencional equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el valor de la obra no ejecutada en el mes que corresponde. Esta cantidad se aplicará en beneficio del Gobierno a título de pena convencional por el simple retardo en el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.

Es entendido que la multa procederá cuando las causas del retraso en la ejecución de las obras sean imputables al Contratista o cuando no se ha trabajado en otra actividad no programada que compense la obra no ejecutada.

Independientemente del pago de la multa convencional señalada en el párrafo anterior, el Gobierno podrá exigir el cumplimiento del Contrato.

Para efectos de aplicación de la multa, la Dirección General de Carreteras notificará por escrito al Contratista del incumplimiento del programa de ejecución de obra. El escrito hará alusión a aspectos tales como: Período de incumplimiento de las obligaciones, monto en Lps. de Obra no ejecutada, especificada por cada ítem y valor de la multa a que se ha hecho acreedor; el valor de la multa será deducible de cualquier cantidad que se le adeude al Contratista.

La notificación al Contratista se hará en un término de diez (10) días hábiles después de haber sido realizados por parte del Departamento de Construcción la comparación mensual de la obra programada y la obra ejecutada y la notificación será por escrito.

CLÁUSULA XIV: EQUIPO:

El Contratista dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la iniciación del proyecto, deberá remitir a la Dirección un listado en el que se describa ampliamente el equipo que está utilizando.

Queda convenido que el Contratista deberá mantener el equipo en buenas condiciones de operación, pudiendo retirarlo o reemplazarlo únicamente con el consentimiento escrito de la Dirección. El equipo que a juicio de la Empresa Supervisora no esté en buenas condiciones de funcionamiento, será notificado por éste, a la Dirección General de Carreteras, el cual será retirado o reemplazado de la obra, para lo cual será necesario únicamente que la Dirección lo ordene mediante nota y su reemplazo deberá efectuarse dentro de los quince (15) días calendario después de recibida la nota.

CLÁUSULA XV: FUERZA MAYOR:

Por fuerza mayor se entenderá causas imprevistas fuera del control del Contratista incluyéndose pero no limitándose a: actos de Dios, actos del enemigo público, actos de otros contratistas en la ejecución de los trabajos encomendados por el Gobierno, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones de cuarentena, huelgas, embargos sobre fletes, etc.

Este Contrato podrá ser suspendido y/o cancelado parcial o totalmente por el Gobierno, por causas de fuerza mayor que a su juicio lo justifiquen. En tal caso el Gobierno hará una liquidación de los trabajos realizados a la fecha y pagará al Contratista una compensación, por los gastos en que razonablemente haya incurrido el contratista, acreditables por este, en previsión de la ejecución total del contrato.

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CLÁUSULA XVI: OTRAS OBLIGACIONES:

1. Este Contrato está sometido a las leyes de la República de Honduras, y en consecuencia todo lo relacionado con la ejecución del proyecto estará sometido a dichas leyes.Para suscribir modificaciones a este Contrato el Contratista deberá presentar los siguientes documentos:

a. Registro Tributario Nacional.b. Constancia de Pago del Impuesto Sobre la Renta.c. Constancia de pago de Impuestos Municipales.d. Constancias de Solvencia extendidas por:

- El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).- El Instituto de Formación Profesional (INFOP)- El Fondo Social de la Vivienda (FOSOVI)

e. Cualquier otro documento que la administración de la Secretaria requiera.

2. El CONTRATISTA no asignará, transferirá, pignorará, sub-contratará o hará otras disposiciones de este Contrato o cualquier parte del mismo, así como de derechos, reclamos u obligaciones del CONTRATISTA, derivados de este Contrato a menos que tenga el consentimiento escrito del GOBIERNO, por medio de la Secretaría o de la Dirección en caso de sub- contratará.

Para que el CONTRATISTA pueda suscribir un sub-contrato, éste no podrá exceder del 40% del presupuesto total de la obra y deberá obtener previamente la autorización de la DIRECCIÓN, para lo cual presentará en forma íntegra el texto del sub-contrato, en el que deberá hacerse constar que no se otorgarán dispensas para la introducción de repuestos y accesorios; además en dicho texto deberán ser incluidas todas las prevenciones que la DIRECCIÓN considere pertinentes y consecuentemente el sub-contrato únicamente podrá ser suscrito cumpliendo con las formalidades legales y las disposiciones atinentes de este Contrato, sus anexos y especialmente el Artículo 116 de la Ley de Contratación del Estado.

CLÁUSULA XVII: CONDICIÓN ESPECIAL DE TRABAJO:

El Contratista está obligado a considerar en sus precios unitarios, que la obra podrá estar en servicio durante el proceso de construcción y por consiguiente, no tendrá derecho a indemnización, ni a ningún otro pago por los atrasos, daños y perjuicios ocasionados por el tráfico circulante, el cual no deberá ser detenido totalmente sino que se ideará la forma de darle paso aunque sea en forma parcial y por turno de sentido de circulación.

Para su conveniencia, el Contratista podrá a su cuenta y riesgo habilitar la zona del derecho de vía para dar paso al tránsito, previa aprobación del Supervisor y la Dirección General de Carreteras.

La longitud y la ubicación de los tramos en que se ejecuten trabajos, así como la operación del pre acarreo de materiales, será fijada por la Supervisión en base a los materiales, al rendimiento y eficiencia de los equipos y el personal de que disponga el Contratista y en función de la conveniencia constructiva del proyecto, principalmente en lo que respecta al control de cargas sobre los tramos ya pavimentados y/o construidos, puentes existentes y demás vías de comunicación fuera de la longitud del proyecto.

El Contratista está obligado a mantener por su cuenta señales permanentes, tanto de día como de noche para indicar cualquier peligro o dificultad al tránsito.

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Estas señales serán aprobadas por el Supervisor y deberán ser suficientemente grandes y claras, para que los conductores de vehículos las perciban a tiempo.

Además el Contratista colocará por su cuenta con la celeridad que amerita el caso, las señales adicionales que a juicio de la Dirección se requiera para la seguridad de los usuarios de la obra y será responsable por los daños y perjuicios que por su culpa o negligencia o la de sus empleados se causara a personas o bienes que transiten por el proyecto y que sufrieran accidentes por la falta de señales adecuadas.

CLÁUSULA XVIII: TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR CONVENIENCIA.

El Gobierno por medio de la Secretaría, a su conveniencia puede en cualquier momento, dar por terminados los trabajos objeto de este contrato, total o parcialmente, sin más formalidad que una comunicación escrita dirigida al Contratista indicando los motivos de la terminación. Dicha terminación se efectuará en la forma y de acuerdo con la información que se dé en la comunicación y no perjudicará ningún reclamo anterior que el Gobierno pudiera tener contra el Contratista. Al recibir la mencionada comunicación, el Contratista inmediatamente descontinuará, a menos que la comunicación especifique lo contrario, todos los trabajos y los pedidos de materiales, facilidades o suministros relacionados con la parte del Contrato que se ha dado por terminado por conveniencia.

El Gobierno a su juicio podrá reembolsar al Contratista todos los gastos subsiguientes que sean razonables y necesarios, efectuados después de la fecha en que se dé por terminado el Contrato. Estos gastos deberán ser previamente justificados por el Contratista.

CLÁUSULA XIX: CAUSAS DE RESCISIÓN O CANCELACIÓN DEL CONTRATO:

1. El Gobierno podrá sin responsabilidad alguna, dar por terminado el derecho del contratista para proseguir la ejecución de la obra contratada, por las causas estipuladas en las leyes y además por las causas siguientes:

a. En caso de evidente negligencia del Contratista en la ejecución de los trabajos, debido a la insuficiente mano de obra, falta de equipo, materiales, o fondos necesarios para cumplir con el programa de trabajo aprobado en su oportunidad para asegurar la conclusión de la obra en el plazo establecido en este Contrato. Si ejecuta los trabajos en forma inadecuada, si interrumpe la continuación de la obra o si por otras causas no desarrolla el trabajo en forma aceptable y diligente.

La negligencia se comprobará con los dictámenes de la firma supervisora del proyecto y Auditoría Interna de INSEP y será calificada por la Dirección.

b. Si el Contratista es declarado en quiebra.

c. Si se le embarga el equipo, maquinaria, fondos, implementos o materiales que se usen en la obra o cualquier suma que deba pagársele por trabajo ejecutado, si el monto del embargo le impide cumplir con sus obligaciones contractuales.

d. Si dentro del plazo que la Dirección le hubiera fijado, no presentase las cauciones o ampliaciones de las mismas a que está obligado conforme a este Contrato o a la ley.

e. Si cometiera actos dolosos o culposos en perjuicio del Erario Público o en perjuicio de la ejecución de los trabajos contratados a juicio y calificación de la Dirección.

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f. Si dejara de cumplir con cualquiera de las obligaciones que contrae en este Contrato.

g. Si el Contratista rehusara proseguir o dejara de ejecutar el trabajo parcial o totalmente con la diligencia necesaria para cumplir con el programa de trabajo aprobado y asegurar su terminación dentro del plazo establecido en este contrato o cualquier ampliación que se le conceda.

h. Por aplicación de cláusula XVIII.

i. Por aplicación de la parte final de la Cláusula IV.

*De igual manera se podrá dar lugar a la rescisión o resolución del Contrato según el Artículo 60 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Decreto No. 360-2013, publicado el 24 de Enero del 2014 en el Diario Oficial La Gaceta.

2. Cuando el Contratista incurra en cualquiera de las causas previstas en el numeral que antecede, la Dirección concederá al Contratista y su fiador el término de Diez (10) días hábiles, para que acompañando las pruebas y documentación pertinentes, expresen lo que estimen procedente en defensa de sus intereses.

Vencido el término indicado, la Dirección resolverá, teniendo por desvanecido el cargo formulado, o en su caso proceder por su orden en la forma siguiente:

a. Que el fiador se subrogue en los derechos y obligaciones del Contratista y prosiga con la ejecución del proyecto bajo las mismas condiciones establecidas en este contrato, para lo cual deberá subcontratar a una o varias compañías constructoras, debiendo contar con la aprobación previa y por escrito de la Dirección. El fiador tendrá un término de Diez (10) días hábiles para aceptar lo arriba establecido u optar por pagar el monto total de la caución de Cumplimiento de Contrato y las cantidades que correspondan de las demás garantías rendidas por el Contratista.

b. Rescindir el Contrato y consecuentemente cobrar al fiador el monto total de las cauciones de cumplimiento de Contrato y las cantidades que correspondan de las demás cauciones rendidas por el Contratista.

3. El Contratista podrá solicitar la rescisión o cancelación de este Contrato o suspender temporalmente los trabajos correspondientes sin responsabilidad alguna de su parte si el Gobierno injustificadamente retrasara los pagos de las estimaciones mensuales, por un plazo de noventa (90) días o más, a partir de la fecha de su presentación a la Dirección, excepto cuando la falta de pago se debe a causas imputables al Contratista o que se encuentre atrasado en el cumplimiento de su programa de trabajo, para acreditar este último extremo es suficiente el informe escrito del supervisor.

Vencido el plazo de noventa (90) días antes mencionados, el Contratista deberá comunicar por escrito a la Dirección sus intenciones de suspender los trabajos, y si dentro del término de quince (15) días hábiles después de haber entregado dicho aviso a la Dirección, no le ha sido subsanada la falta de pago, El Contratista podrá solicitar la rescisión o cancelación del contrato, sin que ello implique ningún derecho a abandonar los trabajos por parte del contratista.

4. La rescisión del contrato se efectuará sin más trámite judicial o administrativo, que la emisión de un Acuerdo del Poder Ejecutivo, excepto cuando a criterio de la Secretaría

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se considera improcedente tal solicitud, en cuyo caso segura el procedimiento reglamentariamente establecido.

CLÁUSULA XX: PROCEDIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE LAS CAUCIONES:

Si este contrato fuere rescindido por incumplimiento del Contratista, el Gobierno podrá realizar las diligencias que estime necesarias para ingresar a la Hacienda Pública el monto de las cauciones que el Contratista haya rendido para garantizar el fiel cumplimiento del contrato y anticipo recibido; la diligencia a realizarse para recuperar el anticipo, será únicamente por la cantidad que faltara para que el Gobierno recupere el monto total del anticipo dado al Contratista.

CLÁUSULA XXI: AMPLIACIÓN DEL PLAZO Y DE LAS CAUCIONES:

1. El plazo de ejecución del presente Contrato, podrá ser ampliado por las siguientes causas:

a. Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado.

b. Por causas de lluvias que estén evidentemente fuera del régimen normal de precipitación de la zona.

c. Por el tiempo necesario, si el caso lo justifica para la ejecución de trabajos adicionales en el proyecto que la Dirección haya ordenado, en cuyo caso el plazo adicional será determinado por mutuo acuerdo entre las partes.

2. Las cauciones deberán ser ampliadas en la forma prevista en la Ley de Contratación del Estado.

CLÁUSULA XXII: PAGOS Y RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS:

El Gobierno revisará antes de efectuar el pago, los certificados mensuales de las cantidades de trabajo ejecutado, los que serán preparados por El CONTRATISTA y aprobados por EL SUPERVISOR y la DIRECCIÓN, incluyendo los materiales suministrados o almacenados a los respectivos precios cotizados en la propuesta o bajo convenio suplementario para el caso de obra o trabajos realizados que no estén incorporados en el Cuadro de Cantidades de Obra Estimadas y Precios Unitarios.

El Gobierno reconocerá al Contratista los aumentos que sufrieran en el mercado los precios de los siguientes materiales: Cemento, Productos Asfálticos (Cementos, Asfalto AC y Asfaltos Rebajados tipo MC y RC) y Gaviones.

El procedimiento para el cálculo de mayores costos se hará en base a la fórmula que aparece en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No. A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010 y las incorporaciones efectuadas por la Dirección de acuerdo a la facultad que le fuere otorgada en dicho decreto (De surgir modificaciones al Decreto Ejecutivo, se tomarán como las regidoras las nuevas modificaciones a partir de la vigencia de la misma al ser publicados en el Diario Oficial “La Gaceta”, Diario Oficial de la República). En anexo El Contratista someterá ante la SECRETARÍA, una lista reciente verificada y firmada de las cotizaciones sobre dichos materiales que utilizó en la preparación de su oferta, los cuales deberán ser los que racionalmente priven en el mercado.

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EL CONTRATISTA someterá al GOBIERNO una lista firmada de las cotizaciones sobre dichos materiales, acompañada de las copias de tales cotizaciones que recibió antes de la Licitación y debería incluir en su propuesta para la ejecución del proyecto.

EL GOBIERNO queda facultado para llevar a cabo las averiguaciones que considere convenientes y necesarias, a efecto de constatar la veracidad y exactitud de los precios de las cotizaciones que sirven de base a los reclamos del CONTRATISTA, así como los precios de las nuevas cotizaciones. EL CONTRATISTA no podrá retener la documentación por más de tres (3) meses, sin someterla a la revisión y aprobación por parte del GOBIERNO y a la vez, si este incremento es considerado, se efectuará el pago en la estimación siguiente, transcurrida este plazo, el CONTRATISTA perderá todo derecho a reclamo.

La adulteración de los precios de las cotizaciones dará lugar a que el GOBIERNO efectúe los ajustes correspondientes. En las cotizaciones de los materiales se deberá incluir la forma de pago, período de validez de la cotización y demás condiciones en que el CONTRATISTA adquiera los materiales que se emplearán en este proyecto. EL GOBIERNO podrá ordenar en cualquier momento al CONTRATISTA que adquiera todos aquellos materiales que puedan ser almacenados, haciendo el reembolso en cada estimación mensual.

En caso de producirse una disminución en los precios de dichos materiales, se hará una reducción favorable al Gobierno que se calculará en la misma forma que los aumentos y se rebajará de las estimaciones mensuales de pago presentadas por el Contratista.

Las cantidades de obra estarán sujetas al respectivo escalamiento de precios, conforme al programa de trabajo presentado por el contratista y autorizado por la Dirección previo al inicio de la obra.

CLÁUSULA XXIII: AUMENTO POR NUEVAS LEYES O DISPOSICIONES GUBERNAMENTALES:

El Gobierno reconocerá al Contratista cualquier aumento directo que se produzca por aplicación de nuevas leyes o por disposiciones del Gobierno Central, emitidas después de la fecha de presentación de ofertas de este proyecto. El reembolso al Contratista se efectuará por medio de los certificados mensuales de pago, previa verificación que hará el Gobierno.

1. Se reconocerán los aumentos en salarios únicamente cuando éstos provengan de incrementos en salario mínimo decretado por el Gobierno.

a. Si el aumento se produce después de la Licitación del proyecto, en el primer año de la ejecución del mismo, se aplicará un factor de 1.10 en la que corresponde al índice de incremento por la fórmula polinomial para aumento de costos para mano de obra por encima del peón a partir del primer aumento del salario mínimo, posterior a la Licitación. El factor de 1.10 se mantendrá invariable por el término de un año (1) contado a partir de la fecha que ocurre ese primer aumento al salario mínimo posterior a la Licitación.

b. El segundo incremento del 10% para las categorías por encima del peón (cambio de factor a 1.21) se comenzará a aplicar al cumplirse un año contando desde la fecha en que ocurre el primer aumento del salario mínimo con posterioridad a la fecha de Licitación o recepción de la oferta respectiva.

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c. No debe existir ningún tipo de ajuste por Cláusula Escalatoria en el renglón de mano de obra en el período comprendido entre la fecha de Licitación o recepción de oferta y la fecha en que acontece el primer aumento al salario mínimo posterior a dicha oferta, debido a que en tal período no se han variado las condiciones de pago a la mano de obra para el ofertante, de acuerdo a lo establecido en los documentos contractuales atinentes al proyecto.

2. Cualquier disminución directa que se produzca por aplicación de leyes o disposiciones del Gobierno emitidas después de la fecha de presentación de oferta del proyecto, será a favor del Gobierno y se rebajará de las estimaciones mensuales.

CLÁUSULA XXIV: RETENCIONES:

De cada pago que se haga al Contratista en concepto de estimación de obra se le retendrá, un quince por ciento (15%) del monto de cada estimación, para recuperar el anticipo en la misma moneda en que fue suministrado; de la estimación final, se deducirá cualquier saldo pendiente de recuperación del anticipo, según Artículo 105 de la Ley de Contratación del Estado.

CLÁUSULA XXV: RECEPCIONES PARCIALES:

El Gobierno podrá recibir y aceptar sub-secciones del proyecto, en la forma siguiente:

1. Cuando dichas sub-secciones sean necesarias para ser utilizadas por el tráfico normal de la carretera, el Director General de Carreteras notificará al Contratista de las sub-secciones que podrán ser abiertas al tráfico.

2. Cuando el Contratista tenga sub.-secciones terminadas y se haga responsable de su mantenimiento, hasta la fecha de recepción total del proyecto.

En ambos casos, el Contratista a la terminación de tales sub.-secciones, hará saber a la Dirección por escrito, que están listas para la inspección final; la Dirección después de recibida la sub-sección a satisfacción, extenderá al Contratista el certificado de terminación parcial respectivo.

CLÁUSULA XXVI: DEVOLUCIÓN DE CAUCIONES:

La Dirección podrá autorizar la devolución de las cauciones en la forma siguiente:

1. La Caución por Fiel cumplimiento de Contrato, después de haberse emitido la correspondiente Acta de Recepción Definitiva del Proyecto.

2. La Caución por el Anticipo después que el Gobierno deduzca completamente el anticipo dado al Contratista.

CLÁUSULA XXVII: RECLAMOS:

El Contratista deberá notificar por escrito a la Dirección cualquier intención de presentar un reclamo, de solicitar compensación adicional o extensión de tiempo contractual, dando las razones en que se base dicha intención o solicitud dentro de los Treinta (30) días, lo establece el Artículo 190 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado 3° Párrafo.

CLÁUSULA XXVIII: SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS:

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1. Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo con la Dirección o su representante, deberá ser resuelto por la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), quien previo estudio del caso dictará su resolución y la comunicará al reclamante.

La resolución de la Secretaría tendrá carácter definitivo dentro de la vía administrativa.

2. Contra la resolución de la Secretaría quedará expedita la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo.

CLÁUSULA XXIX: PROGRAMA DE TRABAJO:

Después de suscrito el presente Contrato y antes de iniciarse la ejecución del proyecto, el Contratista deberá presentar a la Dirección el programa de trabajo y el correspondiente cronograma de inversiones previstas, revisado y actualizado por el Supervisor, documentos que tomarán carácter contractual a partir de su aprobación por la Dirección, de conformidad con lo establecido en la Cláusula VII; al finalizar cada mes y por el tiempo que dure la ejecución del proyecto, el Contratista a través del Supervisor, rendirá a la Dirección un informe indicando los avances por la obra ejecutada durante el período en la forma que sea establecido por la Unidad Ejecutora o Departamento.

CLÁUSULA XXX: MEDIO AMBIENTE:

El contratista estará obligado a cumplir con las Medidas de Mitigación establecidas en el respectivo contrato suscrito entre la Secretaría de infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) y la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).

El Contratista deberá tomar absolutamente todas las prevenciones del caso, con el propósito de preservar el medio ambiente al ejecutar los trabajos de construcción, controlando y evitando la erosión en laderas y taludes de pendientes pronunciadas, conformando canales de entrada en estructuras de drenaje mayor y menor, que garanticen el flujo natural de aguas pluviales, eliminando escombros, vegetación, troncos, etc., que como producto de las actividades que ejecute en la zona, se encuentren en las inmediaciones de las estructuras de drenaje.

Asimismo, ejecutará los trabajos requeridos para evitar altos riesgos de inundaciones aguas abajo de las estructuras de drenaje, debido al sedimento o vegetación que obstruya el flujo de agua.

Eliminará la posibilidad de formación o incremento de los focos de reproducción de insectos transmisores de enfermedades contagiosas, debido a aguas estancadas, asegurándose que el agua de lluvia drene normalmente hacia cauces naturales.

El Contratista deberá estar plenamente consciente que constituirá responsabilidad suya el atender el medio ambiente de la zona donde ejecute sus actividades. En tal sentido deberá considerar lo siguiente:

1. El Contratista establecerá su campamento, planta de asfalto, planta dosificadora de Concreto y otros planteles alejados a una distancia prudente de ríos, quebradas o fuentes de agua, con el propósito de reducir la contaminación de las aguas naturales.

Planta Asfáltica, Planta Dosificadora de Concreto: 57

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La planta asfáltica, planta dosificadora de Concreto, deberá ser instalada de manera que posibles derrames no contaminen el suelo, aguas superficiales y subterráneas.

Taller Mecánico: El área del taller mecánico debe estar provista de un piso impermeable para impedir la entrada de sustancias petrolíferas al suelo.

Si el Contratista mantiene facilidades de almacenamiento para aceites o productos derivados del petróleo dentro del área del Proyecto, debe tomar todas las medidas preventivas necesarias para evitar que cualquier derrame de aceite o de algún derivado del petróleo caiga en alguna corriente, depósito o fuente de agua.

2. El Contratista preservará y protegerá toda la vegetación (tales como árboles, arbustos, grama) en el sitio de trabajo o adyacentes al mismo, que no necesiten ser removidos o que no interfieran razonablemente con la ejecución de las obras de este Contrato, comprometiéndose a eliminar únicamente los árboles que específicamente le ordene el Ingeniero Supervisor.

Además tomará las medidas necesarias para la protección de los árboles y arbustos que queden en pie, esto incluye el corte profesional de la vegetación y el tratamiento de los cortes para que la vegetación pueda resistir a los impactos de la construcción.

3. No se permitirá la operación de equipo en corrientes limpias sin el consentimiento previo del Ingeniero Supervisor. El Contratista jamás vaciará los residuos de productos químicos (asfaltos, concretos, aceites, combustibles y otros materiales dañinos) en o cerca de fuentes de agua, ríos, lagunas, canales naturales o hechos por el hombre o cualquier otro sitio que fuere susceptible de ser contaminado o bien sobre la superficie de la carretera.

4. El agua proveniente del lavado o del desperdicio del concreto o de operaciones de lavado de agregados no se permitirá arrojarla cruda a las corrientes, sin antes no haber sido tratada por filtración u otros medios para reducir el sedimento contenido. El Contratista conviene en que los desechos sólidos nunca serán depositados en los ríos, drenajes o en las zonas inmediatas a estos.

5. El Contratista deberá disponer de los desperdicios orgánicos, instalando en su campamento letrinas y agua potable.

Además deberá recoger todos los desperdicios que resulten de la construcción de la obra, incluyendo pero no limitándose a escombros de concreto, metal, tubería, latas de aceite, de grasa, etc. Estos desperdicios serán depositados en áreas de relleno adecuadas y aprobados por el Ingeniero Supervisor en consulta con las Alcaldías respectivas.

6. El Contratista se compromete a la re-naturalización de las áreas de los bancos de materiales que haya explotado durante el proceso de construcción, incluyendo los accesos a éstos, las áreas de campamentos, áreas de plantas de concreto, áreas de plantas asfálticas y talleres abandonados.

El mismo proceso de re-vegetación cumplirá en taludes de corte inestable, taludes de relleno y zona de depósito de material residual, cuya superficie conduzca sedimento a fuentes de agua ubicados hasta 1 km. de distancia de la vía.

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7. El Contratista no utilizará en ningún momento, sin una autorización extendida por la entidad competente, las maderas de las plantaciones o bosques cercanos a la zona de trabajo, para las labores inherentes al Contrato como por ejemplo, obra falsa en la construcción de puentes o cercado del derecho de vía o para el uso de cualquier otra actividad conexa.

El Contratista podrá extraer árboles para ser convertidos en madera, atendiendo sus necesidades de encofrado y cercado y además sólo del género Pino, bajo el sistema de raleo y nunca a talarrasa. Estas acciones deberá reportarlas a la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de INSEP, a la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) con antelación, personal de la cual hará una gira al sitio y determinará el método de corte.

8. El Contratista tendrá la obligación de comunicar a los entes responsables, tales como: El Instituto de Conservación Forestal (ICF), Secretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SERNA), Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), etc., de cualquier otra actividad suya o de terceros, que de alguna forma pudiese llegar a afectar el medio ambiente de la zona de trabajo.

9. El Contratista avisará inmediatamente a la UGA de INSEP, a la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de AMDC, cuando encuentre evidencias de restos arqueológicos o antropológicos.

10. El Contratista de acuerdo con el Supervisor, reservará en el ítem de administración delegada, disponibilidad financiera para atender cualquier otro requerimiento ambiental originado de altos impactos al entorno durante la fase de construcción de la obra especialmente cuando su alineamiento se desplace sobre ecosistemas frágiles como áreas naturales, bosques nublados, áreas de alta biodiversidad etc.

11. El Contratista removerá antes de retirarse de la obra aquellas rocas o materiales que en los taludes de corte presenten peligro de desprendimientos y pueda poner en riesgo la vida de los usuarios de la vía.

Etapa de Construcción.

1. El campamento deberá ubicarse en un sitio que se encuentre a una distancia mínima de 200 metros de casas de habitación y a una distancia prudente de los ríos o corredores intermitentes, temporales y permanentes.

2. Para la disposición de los desechos sólidos producidos en los campamentos se deberá dotar a cada sitio de instalaciones adecuadas y dotar de dispositivos temporales para su eliminación. Los desechos sólidos no deben ser arrojados a los drenajes naturales y se prohíbe su quema.

3. Se procurara instalar el campamento en un área en el cual, no sea necesaria la tala de vegetación arbórea, de presentarse el caso, el contratista solicitara el permiso correspondiente a las autoridades de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) y al Instituto de Conservación Forestal (ICF) de la región. Para lo anterior el proponente solicitara una constancia que amerite su cumplimiento.

4. Después de ser desocupado el campamento, se asegurara que el área sea integrada nuevamente al paisaje natural.

5. Se recogerá todos los desperdicios que resulten de la construcción de la obra, escombros de concreto, tuberías, latas etc. Estos desperdicios deberán depositarse en áreas de relleno adecuados y aprobados por las unidades municipales ambientales respectivas.

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6. Las volquetas y otros vehículos empleados en el acarreo de materiales de construcción no deberán exceder su límite de capacidad de carga y deberán contar con sus respectivos toldos que los cubra completamente para evitar dispersión de materiales y desechos sobre las vías de acceso.

7. El área del taller mecánico deberá estar provista de un piso impermeable para impedir el derrame de aceites, lubricantes u otras sustancias en el suelo. Se recomienda que el contratista mantenga las facilidades correspondientes al almacenamiento de las diferentes sustancias o derivados del petróleo, adoptando las medidas preventivas necesarias para evitar acciones y accidentes de derrame directos al suelo, corrientes, depósitos o fuentes de agua.

8. El contratista deberá proteger en la medida de lo posible la vegetación arbustiva, arbórea y gramínea adyacente a la vía, se recomienda no talar los árboles primarios ubicados en el derecho de vía. En caso que se necesiten árboles para utilizar su madera o para la limpieza del derecho de vía, deberá hacerse utilizando criterios de manejo (raleo, poda), con el apoyo y consentimiento de la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de INSEP, de la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), así como solicitar el permiso correspondiente a las autoridades del Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF). EL contratista está comprometido a evitar los incendios forestales en su área de acción.

9. Se recomienda la siembra de árboles nativos de la zona, en secuencia lineal y paralelo al derecho de vía del tramo carretero, dicha actividad contribuye a la estabilidad y conservación del suelo, asimismo, evita el arrastre de partículas hacia los cuerpos de agua cercanos.

10. Queda terminantemente prohibida tanto la caza, captura y extracción de fauna, así como la introducción de especies exóticas al sitio que podrían realizar los trabajadores, asimismo, dicha restricción es aplicable a la extracción e introducción de especies exóticas vegetales.

11. A fin de evitar derrumbes y afectación a la calidad del agua de cuerpos superficiales, se recomienda la instalación de alcantarillas y aleros cuando corresponda.

12. La evacuación de las aguas superficiales que se efectuara en un solo punto, deberá poseer las estructuras hidráulicas necesarias, como ser disipadores de energía, para evitar erosión hídrica e inestabilidad de taludes. Por consiguiente, afectación de cuerpos de agua, cauces de ríos, correderos intermitentes, temporales o permanentes.

13. El contratista no deberá proceder a la extracción de material selecto, ni a usar agua de cursos naturales sin el permiso de la entidad a la que le corresponde su otorgamiento (Alcaldía Municipal del Distrito Central y DEFOMIN). Tampoco deberá depositar sus aguas de lavado y de desechos a los cursos naturales de agua, ni en predios que puedan afectar la vegetación existente y la salud humana. La selección de los sitios de uso y de descarga deberá ser aprobada por el supervisor de la obra.

14. Se prohíbe el vertido de combustibles y desechos de aceites sobre el suelo o a cuerpos de agua superficiales, estos desechos deberán ser tratados en lo posible o comercializados para la reutilización o transformación de sus componentes.

15. A fin de evitar la compactación del suelo en áreas que poseen un valor productivo apreciable, quedara prohibida la circulación de la maquinaria y de los vehículos,

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fuera de los límites del camino.16. Como primera alternativa para el control de erosión, se preferirán las obras de

bioingeniería (técnicas “suaves” de ingeniería) en vez de estructuras construidas, que podrán ser empleadas para estabilización del suelo y de taludes u orillas.

17. No se permitirá la quema, acumulación y disposición de materiales de desecho resultante de la actividad, sobre laderas, drenajes o cualquier otro lugar donde se pueda alterar la calidad del paisaje, obstaculizar el libre tránsito por la zona y alterar el flujo natural de las corrientes de agua.

18. Se deberá colocar recipientes resistentes y de suficiente capacidad en todos los frentes de trabajo para la disposición temporal de los desechos sólidos de origen doméstico. Queda terminantemente prohibido dispersar los desechos sólidos en toda el área. Estos deberán ser recolectados diariamente y trasladados al sitio de disposición final autorizado por la Unidad Municipal Ambiental respectiva.

19. El contratista deberá ejecutar un programa de mantenimiento periódico del equipo y la maquinaria empleada durante la construcción, a fin de evitar molestias por generación de ruido, malos olores, humo, suspensión de partículas y derrame de hidrocarburos.

20. Implementar un plan de tratamiento de desechos de combustibles y lubricantes.21. Señalizar las vías con instrucciones para evitar accidentes.22. Establecer límites prudentes de velocidad en el frente de trabajo.23. Riego periódico de los frentes de trabajo. No se permitirá la utilización de aceite

quemado para prevenir este impacto.24. Al completar la obra, se deberá limpiar y remover del terreno todo equipo de

construcción, material sobrante, desechos e instalaciones temporales.25. Al momento de efectuar la limpieza del derecho de vía, quedara terminantemente

prohibido la utilización de fuego, a fin de evitar contaminación de aire por humo, olores desagradables, y afectación a comunidades por problemas de carácter respiratorio.

26. La constructora deberá ejercer las actividades correspondientes a la etapa de construcción de manera tal, que garantice no alterar la salud de las personas, dañar infraestructuras existentes y no ocasionar daños a los recursos naturales en forma parcial o total más allá de los límites establecidos en los reglamentos y normas técnicas ambientales.

27. Se deben instalar letrinas portátiles para el personal laborante en la construcción del proyecto, mismas que deberá dárseles un mantenimiento y desinfección necesaria. El número de letrinas estará en relación con el número de trabajadores, debiendo existir una letrina por cada (10) trabajadores, asimismo la disposición final de los residuos deberá llevarse a cabo en un sitio acordado por la Municipalidad respectiva.

Salud y Seguridad Personal.

28. El personal que labora en las diferentes etapas del proyecto deberá disponer de agua para consumo humano que cumpla con la cantidad establecida en la norma técnica nacional para la calidad del agua potable (decreto No. 084 del 31 de julio de 1995) publicado en la gaceta, el 14 de octubre de 1995.

29. El proyecto garantiza el cumplimiento de la normativa del código de salud y del código de trabajo y reglamento en lo que compete.

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30. El proponente del proyecto deberá proporcionar a sus empleados durante la etapa de construcción del equipo de protección necesario de acuerdo a las actividades a realizar, como ser:

a) Cascosb) Botas de hulec) Protectores visuales y auditivos.d) Guantese) Protectores auditivosf) Mascarilla contra el polvo.

31. En la etapa de construcción se deberá contar con un botiquín debidamente equipado para atender emergencias y brindar primeros auxilios.

32. Finalización de obras: el contratista está obligado a entregar las obras completamente acabadas, con todas las obras de protección para reducir o eliminar riesgos a los usuarios de la vía.

Disposiciones Generales.

1. La Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente a través de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA) realizara control y seguimiento a las medidas para el control ambiental y de resultar necesaria la implementación de nuevas medidas, las mismas serán acatadas por el proponente en el plazo que se señale para tal efecto.

2. La Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) será la responsable de la vigilancia de las actividades realizadas por el Proyecto MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las exigencias de la SERNA, informando a las autoridades competentes de cualquier acción que vaya en contra de lo estipulado en la Ley General del Ambiente.

3. El proponente tendrá que entregar una copia de las medidas para el control ambiental y copia de la respectiva licencia ambiental a la Unidad Gestión Ambiental de la AMDC, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles a partir de la fecha de otorgamiento de la licencia ambiental.

4. Las medidas de control ambiental contempla única y exclusivamente el proceso vistos y analizados. Para cualquier ampliación, el titular presentara del mismo expediente una solicitud de ampliación de la respectiva autorización ambiental, acompañada de la documentación correspondiente a su categoría según la tabla de Categorización Ambiental (Acuerdo No. 635-2003 de fecha 04 de Noviembre del 2003).

5. En caso que el titular pretenda realizar un cambio que no se encuentre ubicado en la tabla de categorización ambiental (Acuerdo No. 635-2003 de fecha 04 de Noviembre del 2003) notificara a la SERNA sobre el mismo a fin que la misma emita las recomendaciones pertinentes.

6. El daño causado al ambiente o a cualquier tipo de infraestructura cercana al proyecto, como resultado de las actividades de construcción u operación, será responsabilidad de la misma, quien lo remediará a su costo.

7. El otorgamiento de la autorización ambiental y las medidas para el control ambiental por ésta secretaría, en ningún momento exime al titular de obtener los otros permisos requeridos para la construcción y operación de su proyecto.

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8. El titular tendrá que informar a la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), el inicio de las actividades de construcción, acompañando la notificación con un informe que contemple el programa inicial de las actividades a desarrollarse en los primeros tres (3) meses.

9. El titular presentará ante la SERNA y a la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la AMDC, informes de cumplimiento de medidas ambientales (ICMA) de carácter semestral que demuestren el cumplimiento de las medidas de control ambiental exigidas por la SERNA. Su elaboración se realizara conforme a lo establecido en la forma DECA- 019 (contenido básico para la elaboración de los ICMA).

CLÁUSULA XXXI: MANTENIMIENTO:

El Contratista proporcionará permanentemente el mantenimiento que a juicio del Supervisor y de la Dirección se requiera. Los trabajos que a este respecto se le ordenasen al Contratista, se harán por la partida de Administración Delegada.

CLAUSULA XXXII: INSPECCIÓN FINAL Y RECEPCIÓN:

1. INSPECCIÓN FINALEl Contratista deberá dar aviso por escrito cuando la obra esté terminada a la Dirección y a la Supervisión, ésta hará una inspección de la misma dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que se reciba el aviso y si los trabajos estuvieran ejecutados a su satisfacción, rendirá un informe pormenorizado a la Dirección dentro de los cinco (5) días después de la inspección final.

2. RECEPCIÓN:La Dirección después de haber recibido el informe de la Supervisión procederá a nombrar la Comisión de la Recepción del Proyecto, la cual emitirá el Acta de Recepción correspondiente.

CLÁUSULA XXXIII: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:

Una vez que se haya concluido la obra objeto de este Contrato, que el Gobierno haya verificado la Inspección Final y aceptado la obra, que todos los documentos requeridos por este Contrato hayan sido presentados por el Contratista y aceptados por el Gobierno, que el Certificado Final haya sido pagado, que la Caución Contra Trabajos Defectuosos haya sido presentada y que el Contratista haya dado cumplimiento a entera satisfacción del Gobierno a las demás condiciones establecidas en este Contrato, las Especificaciones Generales y demás anexos de este Convenio, el Proyecto se considerará terminado y el Contratista será relevado de toda responsabilidad, excepto como se prevé en la Cláusula XI, literal (c).

CLÁUSULA XXXIV: INTEGRIDAD

Las Partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente: 1. Mantener el más alto nivel de conducta ética,

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moral y de respeto a las leyes de la República, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA. 2. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajo los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones Publicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia. 3. Que durante la ejecución del Contrato ninguna persona que actué debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado, autorizado o no, realizará: a) Prácticas Corruptivas: entendió estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte; b) Practicas Colusorias: entendiendo estas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo maliciosos entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4. Revisar y Verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este Contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. 5. Mantener la debida confiabilidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. 6. Aceptar las consecuencias a que hubiere, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de ésta Cláusula por el Tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. 7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los sub contratista con los cuales el Contratista o Consultor contrate así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta Cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o el Consultor: i. A la Inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante: i. A la eliminación definitiva del (Contratista o Consultor y a los sub contratista responsable o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad) de su registro de Proveedores y Contratista que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación al empleado o funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifiestan la aceptación de los compromisos adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del Contrato, firmado voluntariamente para constancia.

CLÁUSULA XXXV: ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.

Los gastos que ocasione este contrato en el año 2014-2015 se efectuarán con cargo a la Estructura Presupuestaria siguiente: Institución __, Programa __, Sub-Programa __, Proyecto__, Act/Obra __, Objeto ___, Fuente ___, Org. Financiera ____, Código beneficiario ________.

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En fe de lo cual, firmamos el presente Contrato de Construcción en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los días del mes de del .

___________________________ __________________________Ministro Representante

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IX. PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES.

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IX. PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES.

9.1 Definición de Conceptos

(a) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de los Trabajos construcción de las Obras.

(b) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar y terminar los Trabajos.

(c) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de los Trabajos ha sido aceptada por el Contratante.

(d) La Oferta del Contratista es el Documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante.

(e) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato.

(f) Días significa días calendario; Meses significa meses calendario.

(g) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos.

(h) Defecto es cualquier parte de los Trabajos que no haya sido terminada conforme al Contrato.

(i) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en los Documentos de Licitación y calculados a partir de la fecha de terminación.

(k) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por la Dirección General de Carreteras.

(l) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de los Trabajos de diseño y construcción de las Obras.

(m) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.

(n) El Precio inicial del Contrato es el Precio indicado en la Notificación de la Resolución de Adjudicación del Contratante.

(o) La Fecha Prevista de Terminación de los Trabajos es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar los Trabajos contratados y que se especifica en los Documentos de Licitación.

(p) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.

(r) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.

(s) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en los Documentos de

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Licitación.

(t) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los Documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras.

(u) Términos de Referencia significa los términos de referencia incluidos en el Contrato.

(v) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de los Trabajos de construcción y pavimentación de las Obras y que está estipulada en los Documentos de Licitación.

(w) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras.

(x) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras.

(y) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las Obras.

9.2 Interpretación.

Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad:

(a) Contrato,

(b) Notificación de la Resolución de Adjudicación,

(c) Oferta,

(d) Condiciones Especiales del Contrato,

(e) Condiciones Generales del Contrato,

(f) Especificaciones,

(g) Planos,

(h) Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra) y

(i) Cualquier otro documento que en las Condiciones Especiales del Contrato se especifique que forma parte integral del Contrato.

9.3 Comunicaciones.

Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.

9.4 Sub-Contratos.

El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del

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Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. La aprobación de la subcontratación deberá ser expresa, por escrito, con indicación de su objeto y de las condiciones económicas. Los trabajos que se subcontraten con terceros, no excedan del cuarenta por Ciento (40%) del monto del Contrato. Tampoco podrá el Contratista ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante.

9.5 Personal.

Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato.

9.6 Riesgos del Contratista.

Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista.

9.7 Seguros.

En el caso del componente de diseño, el Contratista (a) contratará y mantendrá, y hará que todos los subconsultores contraten y mantengan, a su propio costo (o al del subconsultor, según el caso), y en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, seguros contra los riesgos y coberturas que establece la Ley Nacional; y (b) el Contratante, podrá solicitar si lo considera necesario evidencia que demuestre que dichos seguros han sido contratados y mantenidos y que las primas vigentes han sido pagadas.

Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante del pago al Contratista.

9.8 Informe de Investigación del Sitio de las Obras.

El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en el documento, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente.

9.9 Construcción de las Obras por el Contratista.

El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos.

9.10 Inicio y Terminación de las Obras.

El Contratista iniciará los Trabajos en la Fecha notificada en la Orden de Inicio emitida por el Contratante, y deberá ejecutarlos en el plazo estipulado en las Condiciones Especiales del Contrato y de acuerdo con el Programa de Trabajo.

El Contratista no tendrá derecho a demandar aumento o reajuste del Precio del Contrato, cuando con posterioridad a la fecha de formalización del mismo

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se produjera cualquier cambio en la Ley aplicable en relación con los impuestos y derechos nacionales.

9.11 Aprobación de las Obras.

El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales que será necesario ejecutar durante el desarrollo del componente de construcción de las obras.

Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras definitivas deberán ser aprobados previamente por la Dirección General de Carreteras antes de su utilización.

9.12 Seguridad.

El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras. Deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomará las medidas necesarias para mantener en sus campamentos y en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, según las disposiciones sobre la materia.

9.13 Acceso al Sitio de las Obras.

El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato.

9.14 Control de Plazos y Programa de Trabajo.

Dentro del plazo establecido en el documento, el Contratista presentará a la Dirección General de Carreteras, para su aprobación, un Plan de Implementación de los Trabajos compuesto de los siguientes documentos: El Programa de Ejecución o Programa de Trabajo del Proyecto, Plan de Inversión del Anticipo y Plan de Seguridad e Higiene. En el Programa de Trabajo se harán constar las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras.

El Programa de Ejecución o Programa de Trabajo del Proyecto que presentará el Contratista en el período antes indicado, deberá cumplir con lo siguiente:

1. Presentar en forma escrita una explicación de la planificación del trabajo que contenga: Como organizará los frentes de trabajo (proveer información como:

cuantos frentes, ubicación de éstos, funciones, equipo, personal y materiales para cada frente, etc.)

Que supuestos ha considerado en el análisis de la programación de la obra.

Análisis de lluvia y estrategia a seguir en los tiempos de lluvia (dar calendario de días de lluvia promedio en la zona del proyecto según análisis obtenido de datos estadísticos, dar localización de la(s) estaciones pluviométricas o pluviográficas, dar memoria de cómo ha sido considerado los días de lluvia en el rendimiento mensual de las diferentes actividades a ejecutar según el programa).

Cantidades de recursos que tiene disponible para asignar a la obra: equipo y mano de obra.

Estrategia a seguir cuando se dañe el equipo disponible. Otras consideraciones que realice el contratista.

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2. Utilizar un sistema computarizado similar o compatible al utilizado en el GGPE, Ms Project.

3. Relacionar las actividades asignándole los predecesores y definir la ruta crítica.

4. Fijar los hitos o productos entregables en fechas intermedias en el plazo contractual.

5. Asignar los recursos debidamente identificados.6. Asignar los rendimientos a los recursos7. Asignar el calendario de trabajo para cada recurso.8. Acompañar una memoria de cálculo que muestre que las duraciones de

las tareas han sido obtenidas a partir de los rendimientos de los recursos considerados.

9. En la memoria se debe incluir una tabla de rendimientos de equipo y mano de obra para cada una de las actividades o conceptos de obra.

10. Deberá ser presentado en forma impresa en papel tamaño carta o legal y en forma digitalizada.

Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, la Dirección General de Carreteras deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista.

El Contratista deberá advertir a la Dirección General de Carreteras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible.

9.15 Control de Calidad.

La Dirección General de Carreteras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. La Dirección General de Carreteras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que considere que pudiera tener algún defecto.

Los materiales, productos y componentes de construcción serán sometidos, a los fines de su verificación cualitativa, a prueba y ensayos, de conformidad con las especificaciones del Contrato elaboradas por el Contratista en la etapa de diseño de las obras y aprobadas por el Contratante, las prescripciones de las normas internacionalmente aceptadas y según la reglamentación en el vigor.

Las verificaciones a ser efectuadas por un laboratorio u organismo de inspección, serán a cargo del Contratista, quien se encargará de ordenarlas y de enviar a la Dirección General de Carreteras los certificados en los que consten los resultados de las verificaciones realizadas. Sobre la base de dichos certificados, el Supervisor decidirá si los materiales, productos, o componentes de construcción pueden o no ser aceptados.

Si la Dirección General de Carreteras ordena al Contratista realizar alguna prueba o ensayo de laboratorio que no esté contemplado en las

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Especificaciones, a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable.

La Dirección General de Carreteras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en el documento. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir.

Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación de la Dirección General de Carreteras.

Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación de la Dirección General de Carreteras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto.

9.16 Retenciones por Garantía de Calidad.

Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Contratante, con recomendación de la D.G.C., haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad de los documentos se le devolverá al Contratista el valor total retenido, contra la presentación de una Garantía (bancaria a fianza) por el valor devuelto, y con vigencia de doce (12) meses a partir de la fecha del Certificado de Terminación de las Obras.

9.17 Pago de Anticipo e Inicio de los Trabajos.

El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto y en la forma estipulada en los documentos, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional o Fianza de Compañía Aseguradora emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado. El anticipo no devengará intereses; y en caso de otorgarse una ampliación al monto del contrato, no se dará anticipo por el valor de la ampliación.

El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar gastos relacionados con el equipo, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la construcción de las mismas. En la fecha establecida en el documento, el Contratista presentará al Contratante un Plan de Inversiones del Anticipo a que tiene derecho, para su aprobación. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos a la Dirección General de Carreteras.

9.18. Pagos al Contratista.

El Gobierno pagará al precio contratado con apego a las disposiciones señaladas a continuación:

a) El Gobierno pagará mensualmente según avance de la obra, de acuerdo con las estimaciones aprobadas por el Ingeniero. Dichos pagos cubrirán todos los trabajos contemplados y aceptados durante el mes.

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Al preparar los estimados mensuales, el Ingeniero según su criterio, puede autorizar que se tome en consideración hasta el cien por ciento (100%) del importe del material entregado en el sitio de trabajo, así como el trabajo preparatorio efectuado. Lo anterior será manejado bajo el concepto de "Materiales Almacenados" en las correspondientes estimaciones de obra.

Debido a las regulaciones gubernamentales los pagos mensuales al Contratista, se efectuarán normalmente a más tardar un mes después de que la factura sea enviada a las oficinas administrativas de la Dirección General de Carreteras en Tegucigalpa.

b) El pago de cualquier estimación no releva al Contratista de cualquier obligación aceptada en las Cláusulas del Contrato.

c) El porcentaje de retención en los pagos, no podrá considerarse como una causa para justificar reclamos por atrasos indebidos en la ejecución de la obra, ni incrementos en los precios unitarios establecidos en la oferta.

d) Todos los materiales y trabajos cubiertos por los pagos mensuales, pasan a ser propiedad del Gobierno, sin que ello signifique que el Contratista quede relevado de su responsabilidad de conservar y mantener todo el material y trabajo por el que se haya efectuado pagos, o de reparar cualquier parte de la obra que haya sufrido deterioro, como tampoco implicará que el Gobierno renuncie al derecho de exigir el cumplimiento de todos los términos del Contrato.

e) El Ingeniero podrá retener el pago de los trabajos efectuados por el Contratista, cuando éste incurra en el incumplimiento de cualquiera de las Cláusulas del Contrato y/o incumplimiento a propósito de instrucciones u órdenes escritas de trabajos dadas por el supervisor del proyecto. Luego ordenará proseguir con los trámites de pago, solamente cuando la falla que motivó la retención, haya sido corregida.

f) La liquidación final se hará después de que los trabajos hayan sido completados y aceptados, de acuerdo con lo dispuesto en las Especificaciones que forman parte del Contrato.

LA FECHA EN QUE EL GOBIERNO APRUEBE EL ESTIMADO FINAL DE PAGOS, CONSTITUIRA LA FECHA CORRESPONDIENTE A LA CANCELACION DEL CONTRATO. Sin que ello releve al Contratista de las obligaciones posteriores que en él se establecen.

En caso de que el Contratista tuviera reclamos contra el Gobierno por pagos o liquidaciones consideradas por él como injustas, o que no hayan estado de acuerdo con las estipulaciones del Contrato, deberá HACERLO CONSTAR por medio de una declaración suya en el estimado final, reservándose el derecho de presentar sus reclamos en relación con el Contrato. Estos reclamos podrán referirse únicamente a medidas o liquidaciones erróneas o injustas. Estos reclamos deberán ser presentados a más tardar treinta (30) días después de la FECHA DE CANCELACION DEL CONTRATO, definida precedentemente; después de esta fecha límite, no se aceptará ningún reclamo.

El reclamo deberá ser presentado a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la que dará su decisión por escrito y suministrará copia de la misma al Contratista. En caso de que el

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Contratista considere la decisión de la Secretaría errónea, injusta o no ajustada a los términos del Contrato, podrá dar los pasos sucesivos de reclamación, establecidos en la Cláusula 24 b) de este Pliego de Condiciones Generales, siempre que apele dentro de los treinta (30) días de la fecha en que le sea notificada la decisión.

9.19 Mano de Obra, Materiales y Equipo.

a. Los trabajos comprendidos bajo este Contrato, deberán ejecutarse con equipo que seencuentra en buenas condiciones de operación.

Si el Contratista no proporciona unidades de equipo adecuado y el número suficiente para la ejecución de la obra, el Ingeniero podrá retener el pago del Estimado Mensual correspondiente o SUSPENDER EL TRABAJO, sin extender el plazo de ejecución del Contrato, hasta que sea provisto tal equipo. Una vez que el Contratista haya provisto el equipo a satisfacción, será necesaria la autorización escrita del Ingeniero para poder retirarlo del proyecto. En caso de obras financiadas con fondos externos, debido a limitaciones en cuanto a la fuente y origen de los bienes y servicios, no serán aceptadas las obras ejecutadas con maquinaria, equipo, materiales y/o artículos, cuando dicha maquinaria, equipo o artículos no hayan sido aprobados previamente por el Ingeniero de acuerdo con los requerimientos establecidos en los párrafos precedentes.

b. A menos que específicamente se establezca de otro modo en otra parte del Contrato, cualquier referencia que se haga a equipo, material, artículo o proceso patentado, por marca de fábrica, manufactura o número de catálogo, será considerado como una manera de establecer una norma de calidad y no deberá interpretarse como una limitación a la competencia y el Contratista puede a su opinión, usar cualquier equipo, material, artículo o proceso que, a juicio del Ingeniero sea igual al nombrado, toda vez que cumpla con los requisitos prescritos en el Pliego de Condiciones Especiales, para la " Fuente y Origen " de los bienes y servicios.

El Contratista suministrará al Ingeniero para su aprobación, el nombre del fabricante, el número del modelo y los otros datos de identificación e información relacionados con el funcionamiento capacidad y naturaleza de la maquinaria y de cualquier artefacto mecánico que el Contratista contemple usar en la ejecución de los trabajos incorporados a la obra.

El Contratista asimismo suministrará al Ingeniero para su aprobación, la información completa sobre materiales y artículos que contemple incorporar en la obra. Cuando el Ingeniero así lo ordene, las muestras serán enviadas a examinar a costo del Contratista, con todos los gastos de transporte pagados de antemano.

c. Todos los materiales y artículos que vayan a ser incorporados en la obra, deberán ser nuevos y de la calidad indicada por las Especificaciones para el propósito a que están destinadas.

d. Todos los trabajos comprendidos por este Contrato, deberán ser ejecutados con destreza y de acuerdo con la práctica normal aceptada del oficio de que se trate.

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e. Cuando el Ingeniero lo exija por escrito, el Contratista está obligado a despedir de inmediato de la obra a cualquiera de sus empleados cuya actuación vaya en detrimento o perjuicio del trabajo por considerarlo impotente, descuidado, insubordinado y objetable en cualquier aspecto.

f. Beneficios sociales: El Contratista se compromete y obliga a garantizar los beneficios sociales a sus empleados, de acuerdo a las leyes vigentes en Honduras.

9.20 Pago de Mano de Obra.

Los libros de planillas del Contratista y los sub-contratistas, estarán disponibles en cualquier momento para inspección del Gobierno.

El salario de los obreros y empleados, será pagado en moneda de curso legal de la República de Honduras.

Se considerará igualmente satisfecha esta condición, si el pago se efectúa por medio de cheques negociables en un banco solvente, que pueda cobrarse en efectivo prontamente en la comunidad más cercana al trabajo, por la cantidad total sin recargos ni descuentos de ninguna clase. En donde se haga uso de cheques para pagos, el Contratista hará los arreglos necesarios para que puedan ser hechos efectivos de inmediato y dará la información sobre tales arreglos.

Ni el Contratista, ni ninguno de sus agentes, cobrarán o aceptará remuneración de ninguna persona como condición para conseguir empleo en el Proyecto.

El Contratista no deberá exigir a sus empleados, el suministro o costos de las herramientas usadas en la ejecución de su trabajo, excepto por pérdidas o daños razonablemente evitables.

Cualquier empleado de los trabajos previstos en este Contrato, podrá alojarse, alimentarse y comprar o negociar, donde y con quien él elija y ni el Contratista ni sus agentes, ni sus empleados, podrán establecer directa o indirectamente como condición para trabajar, que el trabajador debe alojarse, alimentarse, o comprar o negociar en un lugar o con una persona determinada.

Ni el Contratista ni sus agentes, cobrarán a los empleados de su compañía por cualquier servicio de transporte que les suministraran durante la ejecución del proyecto.

Ninguna persona podrá ser empleada para trabajar, si no es a base de salario, pero esto no impedirá el alquiler de bestias de carga, camiones, y otros equipos de individuos particulares. Ningún convenio de alquiler así resultante o gastos por alimentación, gasolina, suministro o reparaciones a cuenta de un convenio de esta clase, dará lugar a deducciones en los salarios acumulados de cualquier empleado, excepto en la forma autorizada por las regulaciones antes citadas.

En general, los pagos por mano de obra deberán regirse por los artículos correspondientes de las leyes del país.

9.21 Estimaciones de Obra y pagos.

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El Contratista presentará a la Dirección cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por la Dirección General de Carreteras. Así mismo verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele.

Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos de la estimación de obras aprobada por la Dirección dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés promedio para operaciones activas vigente en el sistema bancario nacional determinada mensualmente para la respectiva moneda por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones, en consulta con el Banco Central de Honduras.

9.22 Registros del Personal, Equipo, Transacciones y Planillas de Pago.

a. El Contratista deberá mantener durante el curso del trabajo y conservar por cinco (5) años más, registros para todo el personal que trabaja en el sitio de la obra. Tales registros deberán mantener el nombre, dirección de cada empleado, su nacionalidad, su clasificación correcta y su salario, así como el detalle de las prestaciones sociales hechas efectivas a cada uno .

Estos registros de personal, deberán estar disponibles para su inspección, por representantes autorizados del Gobierno, a quienes será también permitido entrevistar a los trabajadores en horas hábiles de trabajo.

b. A más tardar una semana después de cada pago, el Contratista enviará al Ingeniero, una copia certificada de todas las planillas de pago. El Contratista principal será responsable del envío de las copias certificadas de las planillas de pago de todos los sub-contratistas, si los hubiera. La certificación afirmará que las planillas son correctas y completas.

c. El Contratista llevará un registro diario del número de horas trabajadas por cada una de sus piezas de equipo y las horas que dicho equipo no ha trabajado, indicando si el paro ha sido debido a reparación, mantenimiento u otras causas, este registro estará a disposición del Ingeniero en cualquier momento que lo solicite, así como el correspondiente a los diferentes consumos de combustible.

d. El Contratista deberá establecer una contabilidad independiente y específica para el proyecto, cuyos libros y registros serán llevados en Honduras en el idioma español y mantenidos de conformidad con sanas prácticas de contabilidad generalmente aceptadas y debidamente certificadas por un contador hondureño colegiado. Estos libros y registros deberán comprender todas las transacciones hechas bajo, o relacionadas con, este Contrato, y podrán ser auditadas por el Gobierno, regularmente de conformidad con normas establecidas de auditoría y con la frecuencia que el Gobierno estime conveniente, y será mantenida por cinco (5) años después del último desembolso efectuado.

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9.23 Garantías.

El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha y por el monto y vigencia estipulado en el documento, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptable para el Contratante y expresada en la moneda en que deba pagarse el Precio del Contrato. De no presentarse la Garantía dentro del plazo estipulado el Contratante podrá proceder a formalizar la Contratación con el siguiente oferente que presento la oferta más baja mejor evaluada.

El Original de todas las Garantías Contractuales deberá ser presentado en la Secretaría General de INSEP; copia de las mismas deberá ser entregada en las oficinas de la Dirección General de Carreteras. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en tres (3) meses la Fecha Prevista de Terminación.

Una vez efectuada la recepción final de las obras y realizada la liquidación del contrato, el Contratista sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de la obra, con vigencia por el tiempo estipulado en el documento y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la obra ejecutada.

9.24 Inspección y Aceptación.

a. Exceptuando cualquier otra disposición específica en este Contrato, todo material o trabajo requerido para las obras en él comprendidas, estarán sujetas a la inspección, prueba y aprobación por parte del Gobierno con frecuencia razonable en el sitio del trabajo, a menos que el Ingeniero determine que tal inspección o prueba de material que va a ser incorporado en el trabajo, pueda ser hecho en el lugar de producción, manufactura o embarque. El Ingeniero determinará cada vez que decida permitir inspecciones y/o pruebas fuera del sitio, hasta qué grado tales inspecciones y/o pruebas serán concluyentes, en cuanto al cumplimiento de los requisitos de este Contrato. Tales inspecciones y pruebas fuera del trabajo, no relevarán al Contratista de la responsabilidad por daños o pérdidas del material, antes de la aceptación final de la obra, ni en forma alguna afectarán la continuación de los derechos interrumpibles del Gobierno después del trabajo, de acuerdo con los términos del párrafo f., de esta Cláusula, con excepción de los previstos anteriormente en este mismo párrafo.

b. El Contratista deberá reemplazar, sin costo alguno para el Gobierno, cualquier obra mal ejecutada en la cual el Ingeniero encuentre que no cumple con los requisitos fijados en este Contrato. El Contratista deberá a la mayor brevedad posible, separar y remover del área de la obra todo el material o trabajo que haya sido rechazado.

c. Si el Contratista no reemplazara prontamente el material rechazado o no corrigiera la obra mal ejecutada, el Gobierno puede:

Reemplazar tal material o corregir la obra defectuosa por Contrato, o en cualquier otra forma cargando el costo de ello al Contratista.

Cancelar el derecho del Contratista a continuar la obra, de acuerdo con la Cláusula 5ta. de este Pliego de Condiciones Generales.

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d. El Contratista deberá suministrar prontamente y sin costo adicional para el Gobierno, todas las facilidades, personal y material razonablemente necesarios para efectuar las inspecciones y pruebas que el Ingeniero considere seguras y convenientes. Toda inspección y prueba que efectúe el Gobierno, será efectuada en forma que no atrase el trabajo innecesariamente; sin embargo, no reconocerá al Contratista, ni extensiones en el plazo del Contrato, ni ajustes en el precio del mismo, en los casos en que por circunstancias imprevistas llegaran a producirse demoras. El Contratista pagará cualquier costo adicional ocasionado en la inspección, porque el material o la obra ejecutada no estén listas en la fecha u hora especificada por el Contratista para su inspección.

e. Si el Gobierno, antes de la aceptación final de la obra, considerase necesario o recomendable en cualquier oportunidad hacer un examen de los trabajos ya terminados, y ordenara la remoción o construcción parcial de los mismos, el Contratista siguiendo las instrucciones del Ingeniero, deberá suministrar prontamente todas las facilidades, personal y materiales necesarios para ello. Si se encuentra que tales trabajos están defectuosos y no se ajustan a las normas de calidad prescritas en el Contrato, ya por falta del Contratista, ya de sus subcontratistas, serán por cuenta del Contratista los gastos de tal examen y de su reconstrucción satisfactoria. Pero, si en la opinión de la Dirección General de Carreteras se encuentra que dichos trabajos llenan los requisitos del Contrato, se compensará al Contratista por el costo de los servicios adicionales requeridos por el examen mencionado, así como por la adecuada reconstrucción; y si por tal motivo se retrasara la terminación del trabajo total, el Gobierno le reconocerá una extensión justa en el plazo del Contrato.

Exceptuando cualquier otra disposición hecha en este Contrato, el Gobierno aceptará tan pronto como sea posible, las obras comprendidas en este Contrato después de que hayan sido terminadas, revisadas y autorizadas por el Ingeniero. Tan pronto como el trabajo haya sido concluido y se haya efectuado a satisfacción de ambas partes contratantes se realizará la liquidación final del valor del trabajo dando por terminadas las obligaciones contractuales y el Gobierno devolverá al Contratista las cauciones que éste hubiera rendido para garantizar la ejecución de los trabajos.

9.25 Costo de Reparaciones.

El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones.

9.26 Licencias y Permisos.

A menos que se indique lo contrario en alguna parte del Contrato, el Contratista sin costo adicional para el Gobierno, deberá obtener las licencias, permisos, etc., que fueran exigidos por Leyes y Decretos de la República de Honduras o de los municipios que tengan jurisdicción de la obra.

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9.27 Otros Contratos.

El Gobierno podrá adjudicar otros contratos por trabajos adicionales y el Contratista deberá cooperar ampliamente con cualquier otro contratista y otros empleados del Gobierno, a adaptar cuidadosamente su propio trabajo a las condiciones según ordene el Ingeniero. El Contratista no deberá cometer o permitir ningún acto que interfiera con la ejecución del trabajo de otro Contratista o empleado del Gobierno.

9.28 Cauciones Adicionales.

Si el fiador que haya otorgado una caución en conexión con este Contrato, llegara a ser inaceptable para el Gobierno, o si dicho fiador no cumpliera con el requisito de suministrar informes sobre su condición financiera cada vez y cuando el Gobierno lo solicitara, el Contratista deberá otorgar con toda prontitud las cauciones adicionales, que puedan serle requeridas periódicamente para proteger los intereses del Gobierno y de las personas que suplen mano de obra o materiales para la prosecución del trabajo contemplado en este Contrato.

9.29 Acuerdo Sobre Remuneraciones Eventuales.

El Contratista deberá certificar que no ha empleado a ninguna persona o agencia para conseguir o asegurar la adjudicación de este contrato por un convenio o arreglo a base de comisión, porcentaje, corretaje o remuneración eventual; con la excepción de empleados de buena fe o agencias establecidas de buena fe, comerciales o de venta, sostenidas por él como patrono, o con el objeto de procurarse negocios. La violación de esta disposición dará al Gobierno el derecho de rescindir este Contrato, sin que el Contratista tenga derecho a reclamo judicial, o bien deducir del valor del Contrato el total de dicha comisión, porcentaje, corretaje o remuneración eventual, a criterio del Gobierno.

9.30 Trabajos Compensatorios Eventuales.

Si hubiera necesidad de realizar trabajos eventuales en el proyecto, el Gobierno los ordenará o autorizará según sea el caso de ejecución de tales trabajos. Los trabajos serán ejecutados a precios unitarios del Contrato, si estuvieran considerados tales conceptos en el Contrato o por el método de Administración Delegada o mediante convenio suplementario, en el caso de que los conceptos de obra no estuvieran considerados en el Contrato.

9.31 Otros Trabajos Públicos.

Si la ejecución de otros trabajos del Gobierno en el área de este proyecto, y en relación con esta obra, requiriera que el Contratista suministre materiales de construcción tales como: piedra triturada, arena, tierra o roca y/o los servicios de transporte de tales materiales o el alquiler de maquinaria de construcción, el Contratista suministrará tales materiales y/o prestará servicios o alquilará tal maquinaria, si ello no interfiere con el avance satisfactorio de las obras contempladas en este Contrato, y si el Ingeniero lo aprueba u ordena por escrito.

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Cualquier arreglo en este sentido, entre el Contratista y una dependencia gubernamental que no sea la Dirección General de Carreteras, deberá llevar la aprobación del Ingeniero.

9.32 Trabajos por Administración Delegada.

Cuando las condiciones de dificultad en la ejecución de un trabajo no se encuentre plenamente compensado por los precios unitarios contractuales o surja la necesidad de un trabajo emergente cuyo precio unitario no esté contemplado en el Contrato, el Ingeniero y el Contratista con el beneplácito de la Secretaría acordarán los trabajos que se harán por Administración Delegada, partida que en general se rige por lo aquí dispuesto.

Los precios unitarios correspondientes a los Trabajos por Administración Delegada incluidos en la oferta del Contratista se usarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo y solo cuando el Ente Contratante haya dado previamente instrucciones por escrito correspondientes al trabajo adicional a ser pagado de esa manera, de acuerdo a los Montos estipulados que requieren aprobación de la Dirección General de Carreteras.

El Contratista registrará todos los trabajos a ser pagados como Administración Delegada en los formularios aprobados por el Ingeniero Inspector, quien verificará y firmará cada formulario llenado antes de haber transcurrido dos (2) días calendario de la ejecución del trabajo.

Al Contratista se le pagará por concepto de Administración Delegada, sólo cuando haya obtenido los formularios firmados correspondientes al trabajo por Administración Delegada.

9.33 TRASPASO DE DERECHOS.

El Contratista no podrá transferir, traspasar, sub-contratar, cambiar ni modificar su derecho a recibir pagos o a tomar cualquier disposición en relación con el Contrato, sin la aprobación previa y por escrito del Gobierno.

9.34 Participación de Funcionarios Públicos.

Ningún funcionario de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de entes autónomos descentralizados o de cualquier organismo que depende en cualquier forma del Gobierno, podrá ser admitido como socio del Contratista o parte, que en alguna forma llegue a gozar de los beneficios monetarios que deriven directamente del Contrato.

En general, no podrá desempeñar cargo, empleo o mediante contrato prestar servicio alguno dentro de la organización del Contratista o sub-contratista, persona alguna que perciba sueldo proveniente del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

9.35 Empleo de Trabajadores Convictos.

Para la ejecución de los trabajos contemplados en este Contrato, el Contratista

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no podrá emplear a ninguna persona que esté bajo auto de formal prisión.

9.36 Soluciones de Controversias y Disputas.

a. Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo directo con la Dirección General de Carreteras o su representante, deberá ser resuelta por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la que previo estudio del caso, dictará su resolución y la comunicará al reclamante. La resolución de la Secretaría tendrá carácter definitivo dentro de la vía administrativa.

b. Contra la resolución de la Secretaría, quedará expedida la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo.

c. Para la solución de controversias, se aplicará en primer lugar el derecho administrativo.

d. Si la firma es extranjera o en ella hayan interesados extranjeros, se tendrá que, por el hecho mismo de participar en la Licitación, renunciar a cualquier gestión o intervención por la vía diplomática y a su domicilio extranjero y se somete a la Constitución y a todas las Leyes y Reglamentos vigentes de la República de Honduras.

e. Las controversias de carácter técnico que surjan entre el supervisor y el Contratista, que no se resuelvan mediante un arreglo directo con la Dirección General de Carreteras o su representante, deberán ser resueltas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la que previo estudio del caso, dictará su resolución y la comunicará al reclamante. Dicha resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía administrativa.

9.37 Reclamos.

El Contratista deberá notificar por escrito a la Dirección, cualquier intención de presentar un reclamo, de solicitar compensación adicional o extensión de tiempo contractual, dando las razones en que se basa dicha intención o solicitud dentro de los quince (15) días posteriores a que la base del reclamo o solicitud haya sido establecida. El reclamo deberá ser presentado a la Dirección por escrito, dentro de los sesenta (60) días después de que el trabajo relacionado con el reclamo haya sido terminado. Si el Contratista no somete el reclamo o la notificación de intención de reclamar dentro de los períodos especificados anteriormente, tales documentos no serán tomados en consideración por la Dirección.

9.38 Finalización del Contrato.

Terminada sustancialmente la obra, se efectuará en forma inmediata una inspección preliminar, que acredite que las obras se encuentran en estado de ser recibidas, entendiéndose por terminación sustancial la conclusión de la obra de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales, de manera que, luego de las comprobaciones que procedan, pueda ser recibida definitivamente y puesta en servicio, atendiendo a su finalidad.

Acreditado mediante la inspección preliminar, que las obras se encuentran en

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estado de ser recibidas, y dentro de los Siete (7) días siguientes a la fecha en que el Contratista efectúe su requerimiento, el Contratante procederá a su recepción provisional, previo informe de la Supervisión.

Si de la inspección preliminar resultare necesario efectuar correcciones por defectos o detalles pendientes, se darán instrucciones precisas al Contratista para que a su costo proceda dentro del plazo que se señale a la reparación o terminación de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales.

Todo lo actuado se consignará en Acta de Recepción Provisional suscrita por un representante del Contratante, el Supervisor y el representante designado por el Contratista; dejando certificado en el Acta las correcciones por defectos o detalles pendientes y el período otorgado al Contratista para su reparación.

Cuando las obras se encuentren en estado de ser recibidas en forma definitiva, se procederá a efectuar las comprobaciones y revisiones finales. Si así procediere, previo dictamen de la Supervisión, se efectuará la Recepción Definitiva de la obra mediante Acta suscrita de manera similar a como dispone el artículo anterior.

Hasta que se produzca la recepción definitiva de las obras, su custodia y vigilancia será de cuenta del Contratista, teniendo en cuenta la naturaleza de las mismas y de acuerdo con lo que para tal efecto disponga el contrato.

9.39 CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO.

El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del mismo.

Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes:

(a) El Contratista suspende los trabajos por quince (15) días cuando el Programa de Trabajo vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por la Dirección;

(b) La Dirección ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los quince (15) días siguientes;

(c) El Contratista se declara en quiebra o se comprueba su incapacidad financiera;

(d) El Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Supervisor, dentro de los (60) días siguientes a la fecha de emisión del certificado por la supervisión;

(e) La Dirección le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por la Supervisión en la notificación;

(f) El Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato;

(g) El Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de multas por retraso en la entrega de las obras, según lo estipulado en los

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documentos.

(h) El grave o reiterado incumplimiento de las cláusulas convenidas.

No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato en cualquier momento por motivos de interés público o las circunstancias imprevistas calificadas como caso fortuito o fuerza mayor, sobrevivientes a la celebración del Contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionadamente su ejecución.

El contrato también podrá ser terminado por el mutuo acuerdo de las partes.

Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible.

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X.PLIEGO DE CONDICIONES Y

DISPOSICIONES ESPECIALES.

X. PLIEGO DE CONDICIONES Y DISPOSICIONES ESPECIALES

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REPÚBLICA DE HONDURAS

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

(INSEP)

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS.

Estas Condiciones y Disposiciones Especiales serán aplicables a todo trabajo ejecutado bajo el Contrato por el Contratista, con su propia organización y con la ayuda de trabajadores bajo su inmediata superintendencia, y también a todo trabajo ejecutado bajo el Contrato, a suma global o mediante sub-contrato.

A. Concesiones.

Para la ejecución de este proyecto regirán las siguientes estipulaciones aplicables a las operaciones del Contratista.

1. El Gobierno permitirá al Contratista el uso de los depósitos naturales de piedra, grava, arena, tierra u otros productos naturales que sean necesarios para el trabajo bajo consideración, cuando tales materiales existan dentro del derecho de vía o en terrenos nacionales y privados de acuerdo con la Ley de Vías de Comunicación Terrestre.

2. El Gobierno reconocerá al Contratista por todos y cada uno de los costos de prestaciones, a cargo del patrón, que puedan ser incluidos en cualquier Ley de seguridad social o laboral que entrara en vigencia posteriormente a la fecha en que el Contratista haya hecho su oferta para la ejecución del trabajo objeto de este Contrato.

B. Interpretación del Presupuesto Aproximado de Cantidades.

Las cantidades de obra a ejecutarse, como se indica en el Pliego de Licitación, son aproximadas y sirven tan sólo como base para adjudicar el Contrato de

Construcción.

C. Medidas Ambientales.

Etapa de Construcción.

1. El campamento deberá ubicarse en un sitio que se encuentre a una distancia mínima de 200 metros de casas de habitación y a una distancia prudente de los ríos o corredores intermitentes, temporales y permanentes.

2. Para la disposición de los desechos sólidos producidos en los campamentos se deberá dotar a cada sitio de instalaciones adecuadas y dotar de dispositivos temporales para su eliminación. Los desechos sólidos no deben ser arrojados a los drenajes naturales y se prohíbe su quema.

3. Se procurara instalar el campamento en un área en el cual, no sea necesaria la tala de vegetación arbórea, de presentarse el caso, el contratista solicitara el permiso correspondiente a las autoridades de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) y del Instituto de Conservación Forestal (ICF) de la región. Para lo anterior el proponente solicitara una constancia que amerite

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su cumplimiento.4. Después de ser desocupado el campamento, se asegurara que el área sea

integrada nuevamente al paisaje natural.5. Se recogerá todos los desperdicios que resulten de la construcción de la

obra, escombros de concreto, tuberías, latas etc. Estos desperdicios deberán depositarse en áreas de relleno adecuados y aprobados por la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC).

6. Las volquetas y otros vehículos empleados en el acarreo de materiales de construcción no deberán exceder su límite de capacidad de carga y deberán contar con sus respectivos toldos que los cubra completamente para evitar dispersión de materiales y desechos sobre las vías de acceso.

7. El área del taller mecánico deberá estar provista de un piso impermeable para impedir el derrame de aceites, lubricantes u otras sustancias en el suelo. Se recomienda que el contratista mantenga las facilidades correspondientes al almacenamiento de las diferentes sustancias o derivados del petróleo, adoptando las medidas preventivas necesarias para evitar acciones y accidentes de derrame directos al suelo, corrientes, depósitos o fuentes de agua.

8. El contratista deberá proteger en la medida de lo posible la vegetación arbustiva, arbórea y gramínea adyacente a la vía, se recomienda no talar los árboles primarios ubicados en el derecho de vía. En caso que se necesiten árboles para utilizar su madera o para la limpieza del derecho de vía, deberá hacerse utilizando criterios de manejo (raleo, poda), con el apoyo y consentimiento de la la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), así como solicitar el permiso correspondiente a las autoridades del Instituto de Conservación Forestal (ICF). EL contratista está comprometido a evitar los incendios forestales en su área de acción.

9. Se recomienda la siembra de árboles nativos de la zona, en secuencia lineal y paralelo al derecho de vía del tramo carretero, dicha actividad contribuye a la estabilidad y conservación del suelo, asimismo, evita el arrastre de partículas hacia los cuerpos de agua cercanos.

10. Queda terminantemente prohibida tanto la caza, captura y extracción de fauna, así como la introducción de especies exóticas al sitio que podrían realizar los trabajadores, asimismo, dicha restricción es aplicable a la extracción e introducción de especies exóticas vegetales

11. A fin de evitar derrumbes y afectación a la calidad del agua de cuerpos superficiales, se recomienda la instalación de alcantarillas y aleros cuando corresponda.

12. La evacuación de las aguas superficiales que se efectuara en un solo punto, deberá poseer las estructuras hidráulicas necesarias, como ser disipadores de energía, para evitar erosión hídrica e inestabilidad de taludes. Por consiguiente, afectación de cuerpos de agua, cauces de ríos, correderos intermitentes, temporales o permanentes.

13. El contratista no deberá proceder a la extracción de materiales selecto, ni a usar agua de cursos naturales sin el permiso de la entidad a la que le corresponde su otorgamiento, la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la

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Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) y DEFOMIN. Tampoco deberá depositar sus aguas de lavado y de desechos a los cursos naturales de agua, ni en predios que puedan afectar la vegetación existente y la salud humana. La selección de los sitios de uso y de descarga deberá ser aprobada por el supervisor de la obra.

14. Se prohíbe el vertido de combustibles y desechos de aceites sobre el suelo o a cuerpos de agua superficiales, estos desechos deberán ser tratados en lo posible o comercializados para la reutilización o transformación de sus componentes.

15. A fin de evitar la compactación del suelo en áreas que poseen un valor productivo apreciable, quedara prohibida la circulación de la maquinaria y de los vehículos, fuera de los límites del camino.

16. Como primera alternativa para el control de la erosión, se preferirán las obras de bioingeniería (técnicas “suaves” de ingeniería) en vez de estructuras construidas, que podrán ser empleadas para estabilización del suelo y de taludes u orillas.

17. No se permitirá la quema, acumulación y disposición de materiales de desecho resultante de la actividad, sobre laderas, drenajes o cualquier otro lugar donde se pueda alterar la calidad del paisaje, obstaculizar el libre tránsito por la zona y alterar el flujo natural de las corrientes de agua.

18. Se deberá colocar recipientes resistentes y de suficiente capacidad en todos los frentes de trabajo para la disposición temporal de los desechos sólidos de origen doméstico. Queda terminantemente prohibido dispersar los desechos sólidos en toda el área. Estos deberán ser recolectados diariamente y trasladados al sitio de disposición final autorizado por la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC).

19. El contratista deberá ejecutar un programa de mantenimiento periódico del equipo y la maquinaria empleada durante la construcción, a fin de evitar molestias por generación de ruido, malos olores, humo, suspensión de partículas y derrame de hidrocarburos.

20. Implementar un plan de tratamiento de desechos de combustibles y lubricantes.

21. Señalizar las vías con instrucciones para evitar accidentes.22. Establecer límites prudentes de velocidad en el frente de trabajo.23. Riego periódico de los frentes de trabajo. No se permitirá la utilización de

aceite quemado para prevenir este impacto.24. Al completar la obra, se deberá limpiar y remover del terreno todo equipo de

construcción, material sobrante, desechos e instalaciones temporales.25. Al momento de efectuar la limpieza del derecho de vía, quedara

terminantemente prohibido la utilización de fuego, a fin de evitar contaminación de aire por humo, olores desagradables, y afectación a comunidades por problemas de carácter respiratorio.

26. La constructora deberá ejercer las actividades correspondientes a la etapa de construcción de manera tal, que garantice no alterar la salud de las personas, dañar infraestructuras existentes y no ocasionar daños a los recursos naturales en forma parcial o total más allá de los límites establecidos en los reglamentos y normas técnicas ambientales.

27. Se deben instalar letrinas portátiles para el personal laborante en la

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construcción del proyecto, mismas que deberá dárseles un mantenimiento y desinfección necesaria. El número de letrinas estará en relación con el número de trabajadores, debiendo existir una letrina por cada (10) trabajadores, asimismo la disposición final de los residuos deberá llevarse a cabo en un sitio acordado por la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC).

Salud y Seguridad Personal.

28. El personal que labora en las diferentes etapas del proyecto deberá disponer de agua para consumo humano que cumpla con la cantidad establecida en la norma técnica nacional para la calidad del agua potable (decreto No.084 del 31 de julio de 1995) publicado en la gaceta, el 14 de octubre de 1995.

29. El proyecto garantiza el cumplimiento de la normativa del código de salud y del código de trabajo y reglamento en lo que compete.

30. El proponente del proyecto deberá proporcionar a sus empleados durante la etapa de construcción del equipo de protección necesario de acuerdo a las actividades a realizar, como ser:

g) Cascosh) Botas de hulei) Protectores visuales y auditivos.j) Guantesk) Protectores auditivosl) Mascarilla contra el polvo

31. En la etapa de construcción se deberá contar con un botiquín debidamente equipado para atender emergencias y brindar primeros auxilios.

32. Finalización de obras: el contratista está obligado a entregar las obras completamente acabadas, con todas las obras de protección para reducir o eliminar riesgos a los usuarios de la vía.

Disposiciones Generales.

1. La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente a través de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental (DECA) realizara control y seguimiento a las medidas para el control ambiental y de resultar necesaria la implementación de nuevas medidas las mismas serán acatadas por el proponente en el plazo que se señale para tal efecto.

2. La Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) será la responsable de la vigilancia de las actividades realizadas por el Proyecto “MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE I”, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las exigencias de la SERNA, informando a las autoridades competentes de cualquier acción que vaya en contra de lo estipulado en la Ley General del Ambiente.

3. El proponente tendrá que entregar una copia de las medidas para el control ambiental y copia de la respectiva licencia ambiental a la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles a partir de la fecha de

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otorgamiento de la licencia ambiental.4. Las medidas de control ambiental contempla única y exclusivamente el

proceso vistos y analizados. Para cualquier ampliación, el titular presentara del mismo expediente una solicitud de ampliación de la respectiva autorización ambiental, acompañada de la documentación correspondiente a su categoría según la tabla de Categorización Ambiental (Acuerdo No. 635-2003 de fecha 04 de Noviembre del 2003).

5. En caso que el titular pretenda realizar un cambio que no se encuentre ubicado en la tabla de categorización ambiental (Acuerdo No. 635-2003 de fecha 04 de Noviembre del 2003) notificara a la SERNA sobre el mismo a fin que la misma emita las recomendaciones pertinentes.

6. El daño causado al ambiente o a cualquier tipo de infraestructura cercana al proyecto, como resultado de las actividades de construcción u operación, será responsabilidad de la misma, quien lo remediara a su costo.

7. El otorgamiento de la autorización ambiental y las medidas para el control ambiental por esta secretaría, en ningún momento exime al titular de obtener los otros permisos requeridos para la construcción y operación de su proyecto

8. El titular tendrá que informar a la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), el inicio de actividades de construcción, acompañando la notificación con un informe que contemple el programa inicial de las actividades a desarrollarse en los primeros tres (3) meses.

9. El titular presentará ante la SERNA y a la Unidad de Gestión Ambiental (UGAM) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) informes de cumplimiento de medidas ambientales (ICMA) de carácter semestral que demuestren el cumplimiento de las medidas de control ambiental exigidas por la SERNA. Su elaboración se realizara conforme a lo establecido en la forma DECA- 019 (contenido básico para la elaboración de los ICMA).

D. ACLARACIONES.

Para prever posibles discrepancias, se establece en forma expresa que, quedan aclarados y aceptados los siguientes conceptos:

Para el reconocimiento de mayores costos en los productos asfálticos, se tomarán como referencia las variaciones en los precios oficiales establecidos por la Dirección General de Comercio Interior de la Secretaría de Industria, Comercio de Honduras y no las cotizaciones de casas comerciales nacionales o extranjeras. Para los productos asfálticos no regulados por el Ministerio de Industria y Comercio, se tomarán como referencia los precios básicos de materiales sometidos con la oferta y las cotizaciones de casas comerciales.

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SECCION XI.

RÓTULO.

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SECCION XII.

PROCEDIMIENTO PARA EL

RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS.

XII. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS POR FÓRMULA GENERALIDADES.

El procedimiento por fórmula para el reconocimiento de los mayores costos en los contratos de proyectos viales que ejecuta INSEP, se deriva del documento preparado por la Dirección

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General de Caminos en septiembre de 1990 titulado: "Sobre una Metodología para el Reconocimiento de Mayores Costos en los Contratos de Construcción de Carreteras en Honduras", cuya aprobación se materializó a través del Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No. A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010. El presente trabajo tiene por objeto describir en forma condensada el referido procedimiento contenido tanto en el Decreto Ejecutivo 242-2009, Acuerdo No. A-003-2010, emitido el 20 de enero del 2010, mencionado así como en el documento de la Dirección General de Caminos de septiembre de 1990, con los ajustes e incorporaciones que dicha dependencia ha efectuado a la fecha con la facultad que al efecto se le confiere en dicho Decreto.

Básicamente el procedimiento por fórmula abarca los siguientes tres componentes de un precio unitario dado:

- Mano de Obra- Combustibles y Lubricantes- Reparaciones, Repuestos y Llantas

Cada uno de estos componentes tiene una determinada Incidencia Porcentual (IP) en cada uno de los ítem incluidos en el cuadro respectivo que se adjunta y a su vez cada componente posee su propio Índice de Escalamiento (IE) representativo, que denota el alza registrada en ese rubro.

De tal suerte que el Índice de Escalamiento multiplicado por una determinada Incidencia Porcentual (IP) nos da como resultado un Factor de Ajuste (FA), recordando que se genera un Factor para cada uno de los tres componentes señalados.

Por último, cada uno de los Factores de Ajuste (FA) se multiplica por el monto de obra ejecutada en cada Ítem y la suma de dichos productos representa el ajuste total por concepto de mayores costos que se reconoce en una dada Estimación de obra.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

Nuevamente indicamos que los componentes fundamentales a los que se aplicará el nuevo procedimiento son: Mano de obra, combustibles y lubricantes; reparaciones, repuestos y llantas; desglosado en la forma que se describe más adelante.

El reconocimiento total en una determinada estimación de obra a través del presente procedimiento, será la suma de los reconocimientos individuales que se calculen por ítem, de acuerdo a la siguiente expresión:

RT= Reconocimiento total en una determinada estimación de obra, igual a la sumatoria de los RI.

RI= Reconocimiento individual en cada ítem, según los rubros sujetos a ajuste.

RI= Monto ejecutado del ítem x (FAMnc + FAMc+ FAE+FACL+FAMT), siendo FAMnc, FAMc, FACL y FAMT, los factores de ajuste correspondientes al ítem bajo ajuste, cuya forma de cálculo se describe a continuación:

I. MANO DE OBRA

Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

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FAM = IPM[ (0.70 (S/So)+ 0.30 (IPC/IPCo)] -1

Dónde:

FAM = Factor de ajuste de la mano de obra en general a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado de una estimación.

IPM = Incidencia porcentual de la mano de obra en general en un ítem dado (del cuadro adjunto).

S = Salario mínimo decretado por el Gobierno vigente para la zona del proyecto, correspondiente al periodo de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste.

So = Salario mínimo decretado por el gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la ejecución.

IPC = Índices de precios al consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente al mes cuando se emite el Decreto que estipule una variación del salario mínimo, con posterioridad a la licitación o presentación de la oferta el valor del IPC permanecerá variable durante todo el periodo entre una variación y otra del salario mínimo correspondiente.

IPCo = Índices de precios al consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la ejecución.

II. EQUIPOS Y MAQUINARIA.

Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las formulas siguientes:

FAE = IPE((R/Ro)-1) donde;

FAE = Factor de ajuste de los equipos y maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación.

IPE = Incidencia porcentual del equipo y maquinaria en un ítem dado.

R = Índice general de precio de los repuestos y partes tomado del US Departament of Labor, Bureau of Labor Staristics para la el reglón de la maquinaria de construcción y equipo (Construcción Machineryand Equipment), del documento llamado índices de los precios de los productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste.

Ro = Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Departament of Labor, Bureau of Labor Staristics, para el reglón de maquinaria de Construcción y equipo, del documento llamado índices de los precios de los productos, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la ejecución.

III. COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES. 95

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Su incremento se reconocerá mediante aplicación de la siguiente fórmula:

FACL = IPCL((D/Do) - 1)

Donde:

FACL = Factor de Ajuste de los combustibles y lubricantes a multiplicar por el monto ejecutado en un item determinado de una estimación.

IPCL = Incidencia Porcentual de los combustibles y lubricantes en un item dado (del cuadro adjunto).

D = Precio Oficial del Diesel al momento de ejecutada la estimación presentada. Do = Precio oficial del diesel al momento de la Licitación del proyecto.

En ambos casos (D, Do) se tomará el precio de bomba que se aplica al consumidor final, correspondiente a la zona donde se ejecute el proyecto.

IV. MATERIALES.

FAMT = IPMT((MAT/MATo)-1)

Donde;

FAMT = Factor de ajuste de los materiales, en un ítem dado.

IPMT = Incidencia porcentual de los materiales en un ítem dado.

MAT = Precio del material o canasta de materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al ítem, vigente para el periodo de la estimación de obra ajuste.

MATo = Precio del material o canasta de materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al ítem, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo ítem durante la ejecución.

PONDERACION DE VALORES EN LOS INDICES.

Si en el mismo período que abarque una determinada Estimación de obra se suscitan dos o más valores de un Índice de Escalamiento, sea el valor del Salario Mínimo (So); el valor del precio del Diésel (D); el valor de la divisa en el sistema adoptado por el Banco Central de Honduras (DV), se deberá realizar una ponderación de dichos valores de acuerdo a su duración en el período de la Estimación, a fin de obtener un solo valor que sirva en el Índice respectivo.

Igual criterio que el anterior se seguirá para el reconocimiento del alza en el renglón de los materiales, para la determinación de un precio ponderado.RECONOCIMIENTO DEL ALZA EN LOS MATERIALES.

El aumento de costos de los materiales se reconocerá mediante la confrontación de la factura de compra del bien utilizado en el proyecto correspondiente a la Estimación de obra y la cotización de dicho bien incluida en la oferta al momento de la licitación.

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Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos se limitan a los siguientes: Cemento, productos asfálticos, (cementos asfálticos y asfaltos rebajados), explosivos gaviones.

Solamente en el caso de contratos de construcción de puentes, cajas u otras estructuras mayores de drenaje, se reconocerá el incremento en el precio de la madera también mediante el mismo sistema de confrontación de facturas; en otros contratos no.

En el caso de ciertos materiales específicos, el consumo de los mismos en un ítem dado se prefija por unidad de medida de acuerdo al cuadro de "Reconocimiento de Mayores Costos en Materiales" establecido por la Dirección General de Carretera.

Para el caso de los asfaltos tipo AC, MC o RC empleados en proyectos de pavimentos flexibles u otras obras en los que se apliquen, o en el caso del cemento utilizado en los pavimentos rígidos de hormigón hidráulico, su consumo se determinará únicamente en función de la fórmula de trabajo que se derive del diseño respectivo y que certifique el Supervisor.

Es entendido que las condiciones de ambas facturas a confrontar en cualquiera de los casos indicados en el rubro de los materiales, deben ser EN FABRICA o en el sitio de preparación del material, en virtud de lo cual el flete no se ajustará por separado ya que el mismo ha sido integrado en el cálculo de las incidencias Porcentuales y entonces su reconocimiento se realiza a través del ajuste del ítem correspondiente.

En el caso de los productos asfálticos, su confrontación se realizará con los precios "en puerto".

CONSIDERACIONES ESPECIALES.

A. La Dirección General de Carreteras INSEP, queda facultada para realizar los análisis correspondientes a efecto de evaluar y ajustar el procedimiento, si fuere el caso, con el propósito de perfeccionar o actualizar su aplicación, de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 29-90

B. Para el reconocimiento de mayores costos en ítems que involucren la obtención o procesamiento de materiales por parte del Contratista, tal es el caso de los agregados pétreos para bases, sub-bases o concretos, el ajuste se hará en dos etapas: Como Material Almacenado aplicando a ésta fase el 40% del reajuste total del ítem y como material colocado en obra cuando se le reconocerá el 60% del reajuste restante, empleando en cada etapa los Índices que correspondieran al período en que se realice el ajuste.

C. Se operarán los cálculos con un máximo de cuatro (4) cifras significativas a la derecha del punto decimal sin efectuar aproximaciones, sino cortando el valor a la cuarta cifra a la derecha del punto, tal como aparezca en el cálculo respectivo.

Al final en el cálculo del valor de ajuste en Lempiras, se cortará el valor de dicho ajuste a la segunda cifra (centésima) que aparezca a la derecha del punto decimal, sin realizar aproximaciones.

Para efectos de dar a conocer las tablas utilizadas en el cálculo de mayores costos por formula se adjuntan los cuadros siguientes:

- Cuadro de incidencias porcentuales- Cuadro con Tabla de Salarios Mínimos- Cuadro reporte del precio del diésel- Cuadro de tasa promedio de cambio BCH

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- Cuadro de rendimiento de mayores costos de materiales

* Para el reporte del diésel utilizar los valores establecidos por la Comisión Administradora del Petróleo cap.

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SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

(INSEP)Procedimiento de Ajuste de los Mayores Costos por Fórmula

Incidencia Porcentual de los Componentes en los principales Ítems

No. Item Obra Equipo Combustible Materiales Materiales Representativos

1 Limpieza y Destronque 0.114 0.406 0.2802 Limpieza ó Terracerías a Mano (Varios Tipos) 0.660 0.087 0.0533 Escarificación y Recompactación de la Superficie Existente 0.156 0.342 0.3014 Conformación y Compactación de la Subrasante (Tipos I y II) 0.078 0.404 0.3185 Excavación Común 0.030 0.433 0.3376 Excavación en Roca 0.050 0.272 0.187 0.291 Dinamita / Nitrato7 Excavación para Baches (No Pavimentados) 0.127 0.512 0.1628 Excavación Estructural con Máquina 0.089 0.302 0.241 0.169 Madera Rústica9 Excavación Estructural a Mano 0.725 0.058 0.017

10 Remoción de Derrumbes 0.327 0.262 0.21111 Sub Base ó Material Selecto para Rodadura 0.086 0.397 0.31612 Mezcla de Materiales de Distinto Banco 0.110 0.410 0.28013 Material de Préstamo 0.077 0.405 0.31814 Concreto Ciclópeo 0.147 0.133 0.225 0.295 Cemento15 Mampostería de Piedra, Estructuras Menores 0.207 0.065 0.080 0.448 Cemento16 Empedrado de Calles e = 20 cms 0.246 0.022 0.006 0.526 Cemento17 Empedrado de Cunetas 0.104 0.057 0.043 0.596 Cemento18 Revestimiento de Cunetas con Concreto 0.251 0.109 0.121 0.319 Cemento19 Acero de Refuerzo 0.143 0.055 0.014 0.589 Acero20 Concreto Clase "A",F´c = 3,000 PSI (Varios Usos) 0.205 0.058 0.065 0.472 Cemento21 Concreto F´c = 4,000 PSI (para estructuras mayores) 0.128 0.026 0.035 0.611 Cemento22 Acera de Concreto Simple 0.179 0.097 0.067 0.458 Cemento23 Bordillo de Concreto (para carreteras) 0.050 0.113 0.078 0.559 Cemento24 Bordillo Integral de Concreto (Calles Urbanas) 0.158 0.024 0.017 0.601 Cemento25 Pozo de Registro / Tragantes 0.251 0.030 0.022 0.497 Cemento26 Pavimento de Adoquín 0.108 0.009 0.010 0.673 Adoquín Tipo

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27 Pavimento Concreto Hidráulico con Finisher 0.028 0.113 0.067 0.591 Cemento28 Pavimento Concreto Hidráulico sin Finisher 0.207 0.061 0.044 0.488 Cemento29 Suministro e Hincado de Pilotes 0.164 0.125 0.146 0.365 Cemento y Acero30 Pretiles de Concreto Reforzado 0.074 0.041 0.042 0.642 Cemento y Acero31 Vigas Pre - Esforzadas (cualquier longitud) 0.043 0.119 0.040 0.598 Cemento y Acero32 Apoyos de Neopreno 0.001 0.799 Neopreno 1 1/2"33 Estructura de Gaviones 0.238 0.018 0.010 0.534 Gavión de 2x1x1

34 Mezcla de Suelo – Cemento 0.020 0.110 0.134 0.536 Cemento35 Mezcla de Suelo – Cal 0.034 0.231 0.181 0.354 Cal Industrial36 Base Triturada 0.042 0.433 0.325

37 Imprimación 0.043 0.128 0.152 0.477 Asfálto MC - 7038 Carpeta de Concreto Asfáltico 0.080 0.180 0.140 0.400 Cemento Asfáltico39 Tratamiento Asfáltico Superficial Simple 0.047 0.220 0.152 0.380 Asfálto Tipo RC

40 Tratamiento Asfáltico Superficial Doble 0.082 0.188 0.130 0.400 Asfálto Tipo RC

41 Tuberías de Concreto Reforzado 24" - 30" 0.084 0.133 0.153 0.430 Tubería TCR

42 Tuberías de Concreto Reforzado 36" - 42" 0.069 0.175 0.133 0.422 Tubería TCR

43 Tuberías de Concreto Reforzado 48" - 72" 0.052 0.161 0.115 0.472 Tubería TCR44 Tuberias de Polietileno, Tipo ADS 0.067 0.033 0.026 0.674 Tubería ADS45 Acarreos en general 0.050 0.497 0.25346 Subdrenaje con Tubería Perforada 0.168 0.097 0.102 0.433 Tubería PVC47 Rellenos de Piedra / Camas Drenantes 0.247 0.373 0.18048 Señales Verticales 0.043 0.030 0.021 0.706 Señal Vial Tipo49 Pintura para Pavimento 0.118 0.052 0.016 0.615 Pintura Vial50 Engramados y Similares 0.168 0.050 0.015 0.567 Grama / Vetiver51 Cercado 0.220 0.026 0.010 0.545 Alambre de Púas

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EL PRECIOS AL CONSUMIDOR DE DIESEL SE ENCUENTRA EN EXCEL

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PROCEDIMIENTO RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS VALOR DE INDICES DE PRECIOS AL CONSUMIDOR.

MES2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014Base 100

Base 100

Base 100

Base 100

Base 100

Base 100

Base 100

Base 100

Base 100

ENERO 163.3 172.4 187.7 206.6 214.0 227.6 239.8 253.4 268.6

FEBRERO 164.4 173.9 189.7 208.2 215.5 229.2 242.1 256.1 270.8

MARZO 164.8 175.2 191.4 208.2 216.5 230.8 243.9 257.5 272.4

ABRIL 165.7 176.2 193.3 208.9 217.6 233.4 246.6 258.1 273.5

MAYO 166.8 176.9 196.8 208.9 218.0 234.8 246.9 258.8  274.9

JUNIO 167.3 177.6 199.2 210.0 218.9 235.8 246.9 259.9  276.1

JULIO 168.2 178.8 203.4 211.5 220.3 237.4 247.1 261.0  278.2

AGOSTO 168.8 180.1 205.3 211.7 221.3 238.3 248.6 262.0  278.6SEPTIEMBRE 168.8 180.8 205.6 211.9 222.6 237.8 250.4 262.8  278.9

OCTUBRE 169.0 183.0 206.9 212.4 224.7 238.0 251.5 263.1

NOVIEMBRE 169.9 186.2 206.5 212.9 226.6 238.9 251.9 263.8

DICIEMBRE 171.3 186.5 206.7 212.8 226.6 239.3 252.2 264.6

PROCEDIMIENTO RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS

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(DECRETO 242-2009)COSTOS PROMEDIO DE LA DIVISA

(LPS. POR US $)PRECIO PROMEDIO DE LA COMPRA

MES 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

ENERO 18.90 18.89 18.89 18.8951 19.1413 20.0523 20.671

FEBRERO 18.90 18.89 18.89 18.8951 19.2206 20.1276 20.6962

MARZO 18.90 18.89 18.89 18.8951 19.2819 20.1994 20.7448

ABRIL 18.92 18.89 18.89 18.8951 19.3650 20.2791 20.8056

MAYO 18.91 18.89 18.89 18.8951 19.4161 20.3552 20.8860

JUNIO 18.90 18.89 18.89 18.8951 19.4926 20.4460  20.9673

JULIO 18.90 18.89 18.89 18.8724 19.5731 20.4546  21.0225

AGOSTO 18.90 18.89 18.89 18.8529 19.6761 20.6327  21.1244

SEPTIEMBRE 18.90 18.89 18.89 18.9312 19.7502 20.5240 21.2544

OCTUBRE 18.90 18.89 18.89 19.0030 19.8206 20.5253

NOVIEMBRE 18.89 18.89 18.89 18.9715 19.9100 20.5922

DICIEMBRE 18.89 18.89 18.89 19.0484 19.9810 20.5975

PROCEDIMIENTO RECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS

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(DECRETO 242-2009)COSTO PROMEDIO DE LA DIVISA

(LPS. POR US $)

PRECIO PROMEDIO DE VENTA

MES 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014ENERO 19.0272 19.0273 19.0272 19.0272 19.2759 20.1923 20.8159

FEBRERO 19.0271 19.0273 19.0273 19.0273 19.3552 20.2587 20.8420

MARZO 19.0293 19.0274 19.0273 19.0273 19.4175 20.3330 20.8907

ABRIL 19.0388 19.0274 19.0271 19.0271 19.5010 20.4216 20.9499

MAYO 19.0408 19.0274 19.0273 19.0271 19.5525 20.4979  21.0198

JUNIO 19.0307 19.0273 19.0273 19.0273 19.6287 20.5893  21.1133

JULIO 19.0276 19.0273 19.0266 19.0038 19.7107 20.5973 21.1731

AGOSTO 19.0274 19.0270 19.0263 18.9785 19.8140 20.4885  21.2728

SEPTIEMBRE 19.0274 19.0272 19.0264 19.0633 19.8885 20.6674  21.4057

OCTUBRE 19.0274 19.0274 19.0200 19.1330 19.9597 20.6684

NOVIEMBRE 19.0274 19.0272 19.0269 19.1002 20.0494 20.7362

DICIEMBRE 19.0273 19.0271 19.0259 19.1820 20.1217 20.7417

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SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEINFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

(INSEP)

DIRECCION GENERAL DE CARRETERASRECONOCIMIENTO DE MAYORES COSTOS EN MATERIALES

No. CONSUMO MATERIALES UNIDADCANTIDAD A

OBSERVACIONESRECONOCER

1

CEMENTO PORTLAND EN CONCRETO

1.a Concreto de 2500 Lb/Pulg2 Bolsas/M3 * 6.00 (255 Kg) - No se Aplica a Pavimentos

1.b Concreto de 3000 Lb/Pulg2 Bolsas/M3 8.50 (361.25 Kg)

- No se Aplica a Pavimentos

1.c Concreto de 4000 Lb/Pulg2 Bolsas/M3 10.00 (425 Kg)

- No se Aplica a Pavimentos

2 CEMENTO EN MAMPOSTERIA DE PIEDRA Bolsas/M3 de *2.30 (97.75

Kg)

Mampostería

3 CEMENTO DE CONCRETO CICLOPEO Bolsas/M3 de *4.50 (191.25

Kg)

Concreto Ciclópeo

4 CEMENTO EN TRAGANTES Bolsas/Tragantes *5.70 (242.25

Kgs)

- Tragantes promedio con

cualquiertipo de entrada y

para cualquier

Diámetro de tubo.

5 ACERO DE REFUERZO Kg/Kg 1.00

6 ALAMBRES DE PUAS EN CERCOS Rollo/ML ** 0.017 - 4 Hilos de CercoRollo de 290 Varas 0

243 Mts.Calibre 12.5 Tipo

ICWA (70 Lbs)

7 EXPLOSIVOS POR VOLUMEN DE ROCA

5.a Dinamita Kg/M3 0.250

5.b Nitrato de Amonio Lb/M3 1.150

NOTAS: * La Bolsa de Cemento de 42.5 Kgs.

** Rollo de Alambre Calibre 12.5 tipo ICWA de 290 varas o 243 metros efectivos

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SECCIÓN XIII.ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

Especificaciones Técnicas

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Las siguientes Especificaciones Especiales cubren el alcance de los trabajos a efectuarse en el proyecto. Cualquier aspecto o concepto no contemplado en las mismas se ceñirá a lo establecido en las Especificaciones Generales de Carreteras de la Dirección General de Carreteras que estén vigentes a la fecha de Licitación.

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SECCIÓN XIV.

ESPECIFICACIONES ESPECIALES.

XIV. ESPECIFICACIONES ESPECIALES.108

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Para el proyecto: “MEJORAMIENTO Y PAVIMENTACIÓN LIBRAMIENTO RUTA 64: EL LOLO – TEGUCIGALPA, FASE II”. Localizado en el Departamento de Francisco Morazán. Aplicara las Especificaciones Generales de la Dirección General de Carreteras.

Las Especificaciones Especiales del proyecto que se anexan en este capítulo son las siguientes:

Especificaciones Especiales

EXCAVACIÓN COMÚN.

Unidad: M3

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD A REALIZAR:

Se entenderá por Excavación al proceso de excavar y retirar volúmenes de tierra u otros materiales para la conformación de Subrasante, donde se alojará el concreto hidráulico. La excavación será ejecutada de acuerdo a las dimensiones, cotas, niveles y pendientes indicadas en los planos del proyecto.

CONSIDERACIONES DEL CÁLCULO DEL ANÁLISIS DE COSTO:

La altura máxima de excavación será la indicada por los planos y por la Supervisión. Esta actividad requiere de mano de obra no calificada , calificada, maquinaria y equipo.

CRITERIOS DE MEDICIÓN Y PAGO

MEDICION: La cantidad a pagarse por Excavación, será el número de metros cúbicos medidos en la obra, de trabajos ordenados, ejecutados y aceptados por el supervisor de obra. PAGO: Estos precios y pagos constituirán la compensación total por suministro de mano de obra, equipo, herramientas y operaciones conexas en la ejecución de los trabajos descritos en esta especificación

DEMOLICIÓN.

UNIDAD M3

Alcance: Esta Especificación Suplementaria estará regida por la Sección 202 de las Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras de La Dirección General de Carreteras, edición Diciembre/96.El Contratista no podrá ingresar a la zona de los trabajos, hasta que el derecho de vía se encuentre totalmente liberado. Únicamente se reconocerá la excavación que servirá para la movilización del cableado de fibra óptica, tuberías de agua potable y drenajes domiciliares o cualquier otro servicio similar.

Fibra Óptica: En el caso del cableado de fibra óptica, se deberá excavar inicialmente donde se localice dentro de la estructura que sostendrá la carretera, retirar y disponer del mismo fuera de dicha estructura.El Contratista deberá realizar el excavado y relleno de la zanja de la fibra óptica con sumo cuidado para evitar cualquier daño a la fibra óptica existente. Esta actividad incluye la colocación de una cinta precautoria a 0.30 m de la corona de los ductos; sin embargo, el contratista está exento de

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la instalación del cable de fibra óptica el cual será realizado por los especialistas de Hondutel.El ancho de la zanja será de 60 centímetros y con una profundidad máxima de 100 centímetros, en la longitud indicada por el Ingeniero Residente.En el caso de las empresas privadas, el corrimiento del cableado será por cuenta de dichas empresas, únicamente se contará con la supervisión del Ingeniero Residente para las indicaciones del sitio correcto de su corrimiento y nueva posición en el área del derecho de vía.

Postes y cableado eléctrico: Para este caso se ha previsto que la empresa contratista deberá subcontratar los servicios de una empresa especializada para realizar la reubicación de las líneas de transmisión existentes y la colocación de las nuevas estructuras que prestarán servicio en las zonas urbanas (iluminación). La mano de obra y materiales esta actividad, se pagaran bajo el concepto de Administración delegada.

Otros Servicios: El Contratista deberá proteger, retirar, cambiar o restaurar cualquier daño a los servicios públicos y privados existentes. Cualquier cambio o restauración deberá efectuarlo el Contratista con especial cuidado, tomando todos los recaudos necesarios para que el servicio no se interrumpa o de ser inevitable la interrupción, esta deberá reducirse al menor tiempo posible, a los efectos de minimizar los inconvenientes a los usuarios.Las estructuras existentes son paredes, portones; los servicios existentes son servicios públicos y privados y los obstáculos son cercas, señales, indicadores y estructuras existentes. Se consideran dentro de otros servicios públicos y privados: agua potable, drenajes, telefonía, electricidad y otros similares. Las excavaciones de zanjas y sus rellenos se aplicaran los mismos conceptos indicados en el numeral anterior.Las actividades y el suministro de materiales correspondientes a los sistemas de agua potable y aguas residuales existentes a relocalizar deberán regirse a la normativa “Especificaciones Técnicas” de SANAA, para lo cual el contratista deberá asesorarse por el departamento técnico de esta entidad.El Contratista será responsable de gestionar y obtener los permisos necesarios para realizar la actividad de remoción y traslado de las estructuras y servicios públicos y privados existentes.

Requerimientos ConstructivosGeneralidades: Los materiales perecederos inutilizables deben ser eliminados mediante un método que considere el ecosistema y que deberá ser aprobado por el Ingeniero Residente. Los materiales no perecederos deberán ser dispuestos fuera de la vista del proyecto pudiendo ser enterrados en el área del proyecto con cobertura adecuada (espesor mínimo 0.30 m) con una conformación acorde al paisaje con medidas de mitigación ambiental aprobadas por el Ingeniero Residente. El Contratista también podrá depositar estos materiales fuera de la vista del proyecto en ubicaciones fuera del Derecho de Vía; para ello propondrá los lugares y las medidas ambientales al Ingeniero, con la aprobación de éste, el Contratista efectuará los acuerdos con los propietarios de las zonas de depósito propuestas y/o Entes gubernamentales que puedan tener jurisdicción. Copia de estos acuerdos serán entregados al Ingeniero previo al inicio de las tareas de traslado de los materiales no perecederos.El costo de estos lugares de depósito no tendrá pago propio y estará incluido en el precio cotizado para el ítem que corresponda. Todo el material recuperable que así fuese indicado será quitado, evitando maltrato innecesario, en secciones o partes que puedan ser transportadas fácilmente, debiendo ser almacenado por el Contratista en los lugares del proyecto ya especificados, o como de otra forma fuese indicado en las disposiciones especiales. Todos los materiales recuperados, no indicados por el Ingeniero, quedarán en poder del

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Contratista, quién deberá proceder a retirarlos del área del proyecto con un plazo establecido por el Ingeniero Residente.Los cimientos o huecos ocasionados por el retiro de las estructuras, ubicados en zonas de terraplenes deberán ser rellenados y compactados, según se indica en la Sección 203.02 (C) de las Especificaciones Generales.

Eliminación de Pavimento, Aceras , Bordillos, etc.Todos los pavimentos de concreto, capas de base, aceras, etc., que estén señalados para su remoción, deberán ser:a. Quebrados en pedazos y utilizados como revestimiento en el proyecto ó;b. Quebrados en pedazos, el volumen de los cuales no deberá exceder los

28 decímetros cúbicos por pieza y apilado en lugares del proyecto designadas a tal efecto, a fin de que los utilice el Gobierno, o bien;

c. De otro modo, se dispondrá de dicho material en la forma que sea ordenada. Cuando así se especifique, el balastro, grava, material bituminoso, o cualquier otro material para pavimentación o acabado, deberán ser removidos o apilados como se requiere en la sub- sección 202.02 (A) de las Especificaciones Generales, de lo contrario, se deberán eliminar tales materiales según sea ordenado.

d. Pago: este será el número de unidades que hayan determinado el Contratista y el Ingeniero Residente por el precio unitario indicado en el Formulario de la Oferta, se pagará únicamente la extracción conforme la sección 202.02 de las Especificaciones Generales de INSEP y el transporte fuera de la zona de las obras.

SOBREACARREO.

1. Descripción

El sobreacarreo consiste en el acarreo utilizado en exceso del acarreo libre.

La distancia del acarreo libre es la distancia especificada que material excavado deberá ser transportado sin compensación adicional. La distancia del acarreo libre es de 600 metros.

2. Forma de Pago

El sobreacarreo se aplicará únicamente a la excavación general (clase I), remoción de derrumbes y excavación en préstamo.

La unidad de pago será el M3-Km. El Cálculo del sobreacarreo podrá hacerse por medio del diagrama de masa o por métodos analíticos.

SUBRASANTE MEJORADA CON CEMENTO .

a. DescripciónEste concepto consiste en la construcción de una o más capas de agregados mezclados con cemento y con agua para su estabilización, lo que requiere de la escarificación de los 20 cms superiores de la capa de rodadura su humedecimiento, aplicación de cemento Pórtland deberá cumplir con las especificaciones ASTM C150 Tipo I o ASTM C1157 Tipo GU según % requerido en el diseño del suelo cemento , conformación, y compactación de la mezcla del material escarificado con el cemento aplicado, para la debida preparación de la superficie existente tanto en las áreas de corte como de relleno, conforme a las líneas, niveles y en todo el ancho que muestren las secciones transversales que

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indican los planos o que haya dispuesto el Ingeniero y de acuerdo con estas Especificaciones.b. Requisitos GeneralesDurante la preparación de la superficie existente (Mezcla de Material y cemento Pórtland Tipo GU) y después de su acabado, se mantendrá en todo tiempo un desagüe adecuado para evitar el estancamiento de aguas.La superficie terminada no deberá variar en más de 3 cms. por debajo del nivel indicado.Cualquier variación en exceso de esta cantidad se corregirá soltando, aumentando o quitando material, reconformando y recompactando mediante riego y aplanado, todo a costa del Contratista y antes del tiempo que tarde el fraguado del cemento. No se permitirá el paso de equipo sobre la superficie existente ya preparada cuando su condición es tal que le cause deformaciones indebidas, si esta condición prevalece y si fuera necesario usar la superficie existente para el acarreo, ésta deberá ser protegida por el Contratista de manera satisfactoria.c. CompactaciónDurante el proceso de mezclado , conformación y compactación de la superficie preparada, se hará de tal forma que se obtenga una densidad y una humedad apropiada y uniforme, correspondiente al 100% del ensayo AASHTO T‐99 (Proctor Estándar). Esta superficie así compactada cubrirá todo el ancho de la sección transversal, para lo cual el equipo empleado en la compactación será de tal diseño, peso y calidad que permita obtener la densidad requerida. Para comprobar si las densidades se están logrando de acuerdo a lo especificado, se tomarán muestras por lo menos cada 50 metros, alternando los bordes y el centro de la calzada. La humedad de compactación en obras no deberá diferir en ± 2% de la respectiva humedad óptima.d. Compactadora de Prueba.El Contratista deberá mantener en la obra y a la disposición del Ingeniero supervisor, rodo vibro compactador que genere una energía entre 8 y 12 toneladas métricas, con un máximo de cuatro llantas y de un solo eje, debidamente lastrada y que sea aprobada por el ingeniero. Previo a la recepción de cada tramo terminado, el Ingeniero obtendrá una prueba de carga, desplazando la compactadora tan lenta como sea posible de manera y forma tal, que las deflexiones (si existiese), rebotes y fracturas, sean identificables fácilmente, para su reparación posterior, también se podrá realizar la prueba de carga utilizando volquetas que generen un peso superior a los 30 toneladas.Especial cuidado habrá de observarse en no acercar tal unidad de prueba a los bordes exteriores de la sub‐rasante para evitar dañar los hombros de la misma. Cuando la sub‐rasante haya quedado expuesta, principalmente a un régimen de lluvias, cualquiera sea su intensidad y duración, pruebas adicionales serán ordenadas por el Ingeniero. Toda actividad subsiguiente sobre la sub‐rasante, será interrumpida, en tanto los resultados de pruebas adicionales no estén a satisfacción del Ingeniero.e. Preparación de la Superficie ExistenteEl Ingeniero inspeccionará durante el avance del trabajo y después de terminado, en cuanto a sus condiciones y materiales. Las condiciones deficientes, incluyendo la presencia de suelos inapropiados, deberán ser corregidas según los requisitos aquí indicados o como ordene el Ingeniero.Cuando se encuentre una condición inestable existente por debajo de la superficie existente, el material inestable deberá ser removido en toda el área afectada y en toda su profundidad o a la profundidad que ordene el Ingeniero. El material de reemplazo deberá estar de acuerdo con las estipulaciones y se colocará de conformidad con su respectiva especificación y procedencia.El Ingeniero determinará la necesidad de proveer sub‐drenaje para las condiciones anteriores y el Contratista instalará tales drenajes como ordene el Ingeniero.

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Se requerirá que la condición de la superficie existente terminada como definitiva en forma aceptable, permanezca en ese estado para la colocación de la capa siguiente. Todas las huellas en la superficie existente se deberán reparar dentro de los límites de tolerancia aquí especificados, con material similar al de la superficie existente y que cumpla con los requerimentos de la mezcla con cemento.f. Medición y Forma de PagoLa preparación de la superficie existente se pagará por metro cuadrado (M2), pago que será plena compensación por la preparación de la mezcla de material existente con el cemento Pórtland Tipo GU y conservación, por toda la mano de obra, equipo, herramientas, trabajos para la seguridad de los usuarios de la via, y demás imprevistos necesarios para completar este ítem como se especifica. En este ítem no se incluye el pago por el suministro del cemento Pórtland ASTM C150 Tipo I o ASTM C1157 Tipo GU, el cual será pagado bajo el concepto específico de cemento para estabilizar. Cualquier material inestable que se quite de la superficie existente, se medirá y se pagará como sub excavación y el material de reemplazo será medido y pagado de conformidad con su correspondiente especificación de acuerdo a su procedencia.Cualquier material insatisfactorio que haya sido colocado y que tenga que ser retirado de la superficie existente en las secciones de terraplén como aquí se especifica, no será medido ni pagado. Para la recepción de la superficie existente se realizará la Prueba de Carga con una compactadora neumática que pese entre 30 y 50 toneladas métricas, con un máximo de cuatro llantas y de un solo eje, prueba que no recibirá pago por separado sino que se considera incluida y distribuida en los diferentes conceptos del contrato.

CEMENTO PARA MEJORAR SUBRASANTE.

Esta especificación suplementaria estará regida por la Sección 701 Cemento Pórtland de las Especificaciones Generales, con las modificaciones presentadas en la presente.

Pago: Será el número de kilogramos de cemento utilizado en el ítems suelo cemento, medidos por separado, pagados al precio establecido en el Contrato como Cemento para Estabilizar.

IMPRIMACIÓN.

Esta especificación suplementaria estará regida por la Sección 405 Capa de Imprimación, de las Especificaciones Generales para Construcción de Caminos de INSEP, edición diciembre 1996.

Descripción: Este trabajo consiste en la aplicación de un riego de imprimación, a partir de la distribución de asfalto rebajado o emulsión asfáltica. Se aplicará un riego de imprimación previo a la colocación de una capa asfáltica sobre una capa granular o una capa de agregado estabilizado con algún material no asfáltico.Materiales: El grado del asfalto rebajado corresponderá a lo especificado en la Subsección 702.02 de las Especificaciones Generales. El tipo de emulsión asfáltica corresponderá a lo especificado de la Subsección 702.03 de las Especificaciones Generales. Cuando se requiera utilizar material secante, este se colocará de acuerdo con la Subsección 703.09 de las EG’s.Se utilizará emulsión asfáltica catiónica del tipo CSS-1 o CSS-1h.Si se autorizará el uso de asfalto rebajado (diluido o “cutback”) para la imprimación, se deberá utilizar el asfalto designación MC-30.Cuando se requiera utilizar material secante, este deberá cumplir con los requisitos de granulometría y plasticidad establecidos en la sub-sección 703.09 de las Especificaciones Generales.

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Requisitos para la construcciónEquipos. El Contratista proveerá el equipo necesario para el calentamiento y distribución uniforme del asfalto y del material secante, cuando éste sea requerido. El distribuidor será capaz de distribuir uniformemente el asfalto a temperaturas uniformes, en anchos de superficie variables, en cantidades fácilmente determinadas y controladas entre 0,2 y 4 litros por m2, con una tolerancia de 0,1 litro por m2, manteniendo una presión uniforme de aplicación. El equipo distribuidor incluirá un tacómetro, manómetros, medidores de volumen de precisión o un tanque calibrado y un termómetro para la medición de las temperaturas del contenido del tanque. Los distribuidores estarán equipados con una unidad de potencia para la bomba y barras rociadoras de circulación total, ajustables lateral y verticalmente.Preparación de la superficie. La superficie a imprimar estará conformada a fin de satisfacer la rasante y sección requeridas, libre de todo tipo de grietas, corrugaciones, material segregado, uniformemente compactada y barrida.Las demoras en efectuar la imprimación pueden dar lugar a la necesidad de reprocesar y reconformar el camino, a fin de volver a lograr una superficie lisa y compactada.a) Limitación de condiciones climáticas. Se aplicarán riegos de

imprimación en superficies secas o con humedad superficial moderada, a criterio del Ingeniero Residente, cuando la temperatura del aire a la sombra y en la superficie del pavimento, ambas, sean por lo menos 10°C e incrementándose; y cuando no haya neblina ni lluvia.

b) Aplicación de la imprimación. Se calibrará la barra de aplicación por rocío ajustable: altura, ángulo de boquillas y presión de bombeo, y se verificarán semanalmente las tasas de aplicación longitudinal y transversal, de acuerdo con ASTM D 2995. Se protegerán las superficies en la vía que requieran protección durante el rocío de ligante asfáltico. Se colocará papel protector en la superficie de trabajo a lo largo de una distancia suficiente, al inicio y fin de la aplicación, de manera que, en cada aplicación, el flujo de rocío de ligante asfáltico se inicie y detenga en el papel protector.Cualquier trabajo previo a la aplicación y cambios de dosificación deberán ser aprobados por el Contratante.Cuando se requiera, se humedecerá la superficie por medio de aspersores, de previo a la aplicación del riego de imprimación. Se aplicará el ligante asfáltico con una tasa de dosificación de 0.50 a 1.0 litros por metro cuadrado (0.13 a 0.26 gal/m2), para óptima penetración.Cuando se utilice emulsión asfáltica que así lo requiera, a criterio del Contratante, se humedecerá la superficie de colocación. Cuando se requiera, se diluirá una emulsión asfáltica de rompimiento lento con una cantidad igual de agua. La tasa de aplicación de la emulsión asfáltica es de 0.45 a 1.35 litros por metro cuadrado (0.12 a 0.28 gal/m2 de asfalto residual).La tasa de riego más apropiada será determinada por medio de pruebas de campo. Una vez que se defina la tasa de riego, ésta deberá aplicarse en los riegos subsecuentes con una tolerancia de ± 10%, lo cual será verificado por el Ingeniero Residente de la Supervisión.Las superficies imprimadas con emulsión asfáltica deberán ser curadas por no menos de 24 horas; las superficies imprimadas con asfalto rebajado serán curadas por no menos de 3 días; en ambos casos, este período es previo a la colocación de la capa asfáltica. Hasta que la siguiente capa sea colocada, se deberá mantener la superficie imprimida limpia y sin corrugación, mediante barredora mecánica.A criterio de dueño de la obra , si el asfalto fallara en su penetración dentro del tiempo especificado y el camino debiera ser habilitado al tráfico,

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se deberá distribuir material secante en las cantidades requeridas para absorber cualquier exceso de asfalto.Se removerá el exceso de material de secado tan pronto como sea práctico, luego de que el exceso de asfalto es absorbido. Se removerá todo resto de contaminantes y partículas extrañas sobre la superficie, y se repararán todas las áreas dañadas de previo a la colocación de la siguiente capa, por cuenta del Contratista.

Medición. a) Riego de Imprimación: Se medirá la cantidad de riego de imprimación por galón, calculando el volumen utilizado por la multiplicación del área cubierta que se integrará al pavimento por la tasa de riego aprobada (gal/m2). Para verificaciones de la relación galones/m2 de asfalto, se harán chequeos con charolas que posean dimensionales de 30x30 cm, colocadas al paso del camión distribuidor.b) Material de Secado: Este será incluido en las actividades de la Capa de Imprimación, el contratista deberá considerar este material dentro del proceso de ejecución de este ítem. Deberá cumplir con la EG 703.09 de SOPTRAVI.

Pago: Las cantidades aceptadas, medidas de acuerdo con 34.07, serán pagadas según el precio de contrato, por unidad de medida, para los renglones de pago indicados en los términos del contrato. El pago será la compensación por todos los trabajos descritos en esta ETE, incluyendo suministro de materiales, transporte, colocación, ensayos de prueba, ensayos de aprobación y el agua que sea utilizada para humedecimiento de la superficie o para dilución de la emulsión cuando ésta sea utilizada.a. Riego de imprimación: Será pagado por m2, al precio unitario del contrato.b. Material de secado. No se reconocerá pago por esta actividad en el contrato.

TRATAMIENTO DOBLE DE SUPERFICIE ASFÁLTICA.

DESCRIPCIÓN.

GENERALES. Este trabajo consistirá en la imprimación y dos aplicaciones de material bituminoso, así como el riego del agregado, sobre una calzada previamente preparada de acuerdo con especificaciones y conforme al ancho indicado en las secciones transversales típicas de los planos.

CANTIDAD DE MATERIAL POR METRO CUADRADO. Las cantidades aproximadas de material por metro cuadrado, el orden de las aplicaciones y del riego del agregado serán como sigue:

Graduación del Agregado y Orden de Operación Cantidades Aproximadas

Primera CapaColocar Material Bituminoso 0.42 – 0.61 Gal./ M.²Regar Agregados de Graduación No. 6 48.5 – 59.5 Lbs. /M.²

Segunda Capa115

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Colocar Material Bituminoso 0.61 – 0.71 Gal./M²Regar Agregados de Graduación No. 8 24.2 – 30.9 Lbs./M²

Nota: En las emulsiones, por el efecto del menisco al evaporarse el agua, el contenido de cemento asfáltico se podrá reducir hasta en un 15% de los valores indicados en esta columna, debiendo calcularse el punto de riego de emulsión según dicho contenido de cemento asfáltico de acuerdo con el certificado del lote proporcionado por el proveedor según el grado y tipo de emulsión especificado en cumplimiento de las especificaciones AASHTO M 140 Y M 208.

Las cantidades de agregado por metro cuadrado corresponden a agregados con una gravedad específica bulk de 2.65, determinada de acuerdo con AASHTO T 84 y AASHTO T 85. Se deben hacer correcciones proporcionales cuando el agregado suministrado tenga una gravedad específica bulk mayor de 2.75 o menor de 2.55.

REQUISITOS DE LOS MATERIALES

AGREGADOS. Los agregados para el tratamiento superficial consistirán en grava o piedra triturada y se ajustaran a las siguientes graduaciones.

GRADUACION DE LOS AGREGADOS PARA DOBLE TRATAMIENTO SUPERFICIAL (AASHTO M 43, ASTM D 448)

Porcentaje En Peso Que Pasa Por Los Tamices De Malla Cuadrada(AASHTO T 11 y T 27)

Tamiz No. 16 No. 8 No. 4 3/8” 1/2” 3/4” 1”Grad. No.6 - - 0 – 5 0 – 15 20 – 55 90 – 100 100Grad. No.8 0 – 5 0 – 10 10 – 30 85 – 100 100 – –

Las gravas y la piedra triturada consistirán en fragmentos limpios, fuertes y durables, carentes de suciedades u otras materias objetables, debiendo llenar los requisitos siguientes:

Abrasión. No debe ser mayor de 35, a 500 revoluciones el porcentaje de desgaste por abrasión, de acuerdo con la norma AASHTO T 96.

Desintegración al Sulfato de Sodio. No deben tener una pérdida de peso mayor de 12% al ser sometidos a cinco ciclos, en el ensayo AASHTO T 104.

Caras Fracturadas. No menos del 60% en peso de todo el material mayor que el tamiz No. 4 debe tener como mínimo dos caras mecánicamente fracturadas.

Partículas Planas o Alargadas. El porcentaje de índice laminar ( FlakinessIndex ) no debe ser mayor de 35% .

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Impurezas y Polvo. Deben estar exentos de materias vegetales, basura, terrones de arcilla, polvo u otras sustancias incorporadas en la capa de tratamiento puedan producir fallas en el pavimento. Se aceptara el agregado cuando no tenga mas de 0.75 % de material que pase el Tamiz No. 200, de acuerdo con el ensayo AASHTO T 11.

Peso. Los agregados deben de ser uniformes en calidad y densidad, su peso unitario, AASHTO T 19 no debe de ser menor de 1,280 Kg. / M ³ (80 Lbs. / Pie ³).

Resistencia al Revestimiento. Los agregados serán de características tales que luego de haber sido impregnados a fondo con el material bituminoso a emplearse en la obra, no menos del 95 % del material bituminoso aplicado deberá ser retenido por los agregados, después de

haber sido sometidos al ensayo AASHTO T 182.

El uso de agentes adhesivos se permitirá únicamente con la aprobación el ingeniero y solo después de que el agente adhesivo propuesto halla sido sometido a prueba juntamente con el agregado y el material bituminoso.

MATERIALES BITUMINOSOS.Los materiales bituminosos deberán ser del tipo y de la graduación indicados a continuación:

REQUISITOS PARA EL MATERIAL BITUMINOSO

* Especificaciones según la SIECA.

TIPOS DE ASFALTOS RECOMENDADOS PARA TRATAMIENTOS SUPERFICIALES (ASTM D 1369 – 84)

Aplicación del material bituminoso.

El material bituminoso deberá aplicarse de tal modo que se obtenga una distribución uniforme en todos los puntos. Se colocara papel de edificación sobre el camino y a una distancia suficiente, detrás de las zonas límites de cada aplicación, de modo que el riego del material bituminoso pueda comenzar y terminar sobre dicho papel, permitiendo que todas las boquillas de distribución funcionen correctamente en todo el ancho de la zona a cubrir con el material.

APROBACION PREVIA DE MATERIALES.

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Tipo y Grado de material bituminoso

Especificación AASHTO Temperatura de aplicación en º C

Emulsiones AsfálticasAniónicas

RS – 1 RS – 2

Catiónicas CRS – 1 CRS – 2

AASHTO M 140

AASHTO M 208

20 – 6050 – 85

50 – 8550 – 85

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El contratista presentará muestras de cada tipo de material bituminoso y de agregado para su aprobación antes de ser utilizados.

CONSTRUCCIÓN.

PREPARACION DE LA CALZADA. Todo el reacondicionamiento y la preparación necesaria de la base deberán de haberse efectuado de acuerdo con los requisitos pertinentes antes de la aplicación del material bituminoso. Toda la suciedad suelta y cualquier otro material objetable se quitaran de la calzada barriendo o utilizando cualquier otro método aprobado. La superficie podrá regarse muy ligeramente antes de aplicar el material bituminoso a fin de remover cualquier exceso de polvo, pero la superficie deberá estar seca en el momento de la aplicación.

CAPA DE IMPRIMACION. Una capa de imprimación consiste en la aplicación del material bituminoso previo a la colocación de una capa asfáltica, sobre una capa granular o una capa de agregado estabilizado con algún material no asfáltico. El material bituminoso se ajustara a las especificaciones de asfalto diluido de curado medio, o de asfalto emulsificado. Las cantidades de aplicación para riegos de imprimación varían con el tipo de asfalto utilizado, utilizando asfaltos rebajados se harán a razón de 0.12 a 0.59 Gal. / M. ² para óptima penetración, cuando se utilice emulsión asfáltica que así lo requiera, se humedecerá la superficie de colocación, cuando se requiera, se diluirá una emulsión asfáltica de rompimiento lento con una cantidad igual de agua. La tasa de aplicación de emulsión asfáltica se hará a razón de 0.12 a 0.36 Gal. / M. ² y de manera tal que se logre una capa uniforme utilizando un distribuidor a presión aprobado, las superficies imprimadas con emulsión asfáltica deberán de ser curadas por no menos de 24 horas ; las superficies imprimadas con asfalto rebajado serán curadas por no menos de tres días ; en ambos casos , de previo a la colocación de la siguiente capa . Cualquier lugar que el distribuidor no haya cubierto se tratará de manera adecuada con material bituminoso. Cualquier área que muestre exceso de material bituminoso se corregirá tal como se indica, ya sea cubriendo con suficiente arena seca para que esta absorba el exceso, o quitando el exceso de material de imprimación.

TRATAMIENTO SUPERFICIAL. Limitaciones Atmosféricas. Los tratamientos superficiales se harán únicamente cuando la superficie este seca o ligeramente húmeda y cuando el tiempo no esté neblinoso o lluvioso.

EQUIPO. El equipo utilizado por el contratista incluirá una barredora mecánica y/o una sopladora mecánica, rastras, rodillos motorizados (tres ruedas o tandem) y un rodillo neumático, distribuidores de agregados que puedan regularse de manera que se logre con ellos distribuir la cantidad exacta de material por metro cuadrado; y un distribuidor y equipo para calentar el material bituminoso. El distribuidor a presión deberá ser de un tipo aceptable al ingeniero y estar en buenas condiciones.

Los rodillos neumáticos tendrán un ancho total de compactación no inferior a 60 pulgadas y su peso total será regulable dentro de un régimen de 200 a 350 libras por pulgada de ancho de compactación. El peso empleado en sus operaciones será determinado por el ingeniero.

Cuando el ingeniero lo autorice, el contratista podrá utilizar otro equipo adicional o en reemplazo del especificado anteriormente.

ORDEN DE LAS OPERACIONES. El tratamiento del material bituminoso se efectuará empleando las cantidades y el orden de las operaciones.

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LIMPIEZA DE LA SUPERFICIE. Antes de aplicar la primera capa de material bituminoso, se deberá eliminar de la superficie imprimada, toda suciedad suelta u otro material objetable. Cuando el ingeniero así lo disponga, la superficie a tratar será limpiada por medio de una barredora o de una sopladora mecánica.

RIEGO DEL AGREGADO. El riego inicial de cada capa de agregado para el tratamiento superficial se hará con el equipo distribuidor mecánico especificado. Los camiones distribuidores de agregados serán manejados hacia atrás de modo que el material bituminoso sea cubierto antes que sus ruedas pasen sobre el. Todo riego suplementario y emparejamiento se harán por medio de una barredora a rastra, otro equipo apropiado, o manualmente si fuera necesario.

COMPACTACION Y BARRIDO. Luego de distribuida y emparejada, cada capa de agregados será compactada tal como se ha indicado. Las operaciones de compactación a rodillo deberán ser acompañados por las de una barredora a rastra. La última parte será compactada alternativamente a rodillo y barrida con la barredora de arrastre hasta que la superficie tratada esté completamente compactada y los agregados bien ligados, en el ancho total.

MEDICION Y PAGO.Este trabajo se pagara de acuerdo con el precio unitario del contrato por metro cuadrado de Doble Tratamiento de Superficie Asfáltica, completo en el lugar. El precio todos los materiales, equipo, herramientas, mano de obra y trabajos relacionados con el mismo.

MAMPOSTERIA DE PIEDRA, PARA ESTRUCTURAS MENORES .

UNIDAD M3

Descripción:Este trabajo consistirá en la excavación, construcción y relleno de respaldo para obras de piedra ligada con mortero tales como: tragantes para alcantarillas y drenajes, muros de contención y demás estructuras de mampostería de piedra que no sean puentes, alcantarillas de caja o de losa, construidas de acuerdo a los planos o como ordene el Ingeniero.

Materiales:La piedra para la mampostería deberá ser sana, resistente, totalmente limpia y de buen peso, no debiendo presentar oquedades u otros defectos estructurales.

No se utilizarán pizarras u otras rocas de fácil desintegración o de baja resistencia a la comprensión simple. Las canteras, bancos, cortes y demás lugares de extracción deberán ser previamente aprobados por el Ingeniero. El tamaño de las piedras será acorde a las dimensiones de la estructura, pero en ningún caso la dimensión mínima de la piedra será inferior a 12 cms., debiendo tener caras razonablemente planas, previo labrado si es necesario.

El mortero será de arena lavada de acuerdo en lo especificado en ASTM C-33 y cemento portland. La arena deberá cumplir con la siguiente gradación.

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El mortero se mezclará en proporciones volumétricas de una parte de cemento por tres partes de arena (1:3).

Procedimiento Constructivo:Previamente el Ingeniero deberá haber aceptado la excavación y preparación del terreno o superficie de fundación, así como las referencias, alineamientos y dimensiones de la estructura a construir. Si el Contratista hubiere excedido la excavación por sobre lo ordenado, estos espacios deberán rellenarse adecuadamente con hormigón o mampostería.

El terreno y las piedras deben humedecerse antes de iniciar la construcción. El mortero debe ser fresco y no se permitirá usar mortero después de 20 minutos de haberse mezclado.

Las piedras deben colocarse de tal manera que se obtenga una buena trabazón, debiendo quedar los intersticios entre ellas totalmente llenos de mortero. Las superficies y aristas que queden al descubierto no deben acusar irregularidades ni otros desperfectos a la vista.

Al terminar los trabajos se deberá efectuar una limpieza tal que las piedras y las ligas presenten un aspecto nítido.

Todas las obras de mampostería, deberán tener capas filtrantes en sus superficies de contacto con el terreno natural, núcleo del pavimento o terraplén y además conductos de tubería a través de la mampostería para evacuar tales aguas.

Forma de Pago:

Se hará el pago al precio unitario de concreto por metro cúbico de mampostería de piedra para estructuras menores, terminada en obra, precio el cual incluirá las necesarias y apropiadas conexiones con alcantarillas y drenajes existentes, toda la excavación y relleno alrededor de la estructura, y disposición del material sobrante, así como todos los materiales aquí especificados o explicados en los planos como requeridos; equipo, herramientas, mano de obra, curado apropiado de la mezcla y demás trabajos imprevistos para este objeto.

Dicho precio incluirá el curado de las ligas de mortero y la colocación del material filtrante y los ductos que fueren necesarios.

No se reconocerá pago por el mayor volumen resultante de la construcción con mayores dimensiones a las indicadas en los planos, salvo que las modificaciones hayan sido ordenadas por escrito por el Ingeniero Inspector.

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Los tragantes se pagarán por unidad, conforme su respectivo ítem de contrato.

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO (4,000 PSI).

UNIDAD M3

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD A REALIZAR

Este trabajo consiste en el suministro, transporte y colocación de concreto hidráulico aprobado sobre una superficie preparada, de conformidad con los alineamientos, pendientes y dimensiones indicados en los planos del proyecto o establecidos por el Supervisor.

MATERIALES

El Contratista, con la debida anticipación someterá a la aprobación del Supervisor la calidad de los materiales.

a) Cemento: El cemento a emplearse será Portland gris tipo I, el cual deberá llegar al sitio de la construcción en sus envases originales y enteros. El tiempo que el cemento este almacenado será no mayor de dos (2) semanas y, el que se encuentre almacenado en malas condiciones, podrá ser rechazado por el Supervisor sin necesidad de previa prueba de calidad.

b) Arena y Grava: Deberán ser agregados limpios, libres de impurezas orgánicas, arcilla, limos, etc.

c) Agua: El agua a utilizarse debe ser limpia, fresca, no dura y libre de materiales.

d) Aditivos para el Concreto: El uso de aditivos para el concreto con el objeto de mejorar su calidad o de regular su fraguado o peso, deberá ser aprobado por el Supervisor.

CÓDIGOS.

Los materiales para el concreto y los métodos de construcción deben cumplir con los requisitos establecidos en la última revisión de las normas del “American Concrete Institute (ACI)”, y de la “American Society for Testing and Material (ASTM)”.

DOSIFICACIÓN.

La dosificación puede estar basada sobre un predeterminado contenido de cemento o una resistencia mínima del proyecto.

a) Mezcla basada en resistencia mínima. La fórmula aprobada de la mezcla será usada para determinar las proporciones de los materiales necesarios para producir un hormigón trabajable que tenga un asentamiento de entre 12 mm. y 75 mm. La mezcla deberá dar lugar a un concreto que tenga resistencia a la flexión a los 14 días, de no menos de 39 kilos por cm2 cuando sea ensayado utilizado la AASHTO T97 y 46 kilogramos por cm2

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cuando sea ensayado utilizando la AASHTO T177, y una resistencia a la comprensión de 4,000 Psi para losa de pavimento y 3,000 Psi para la fundición de bordillos y aceras cuando sea ensayado utilizando la AASHTO T22.

b) Mezcla propuesta por el Contratista. Si así se especifica, una fórmula de muestra será propuesta para su aprobación por el Contratista utilizando proporciones de los materiales incluyendo aditivos, que provean un hormigón trabajable que cumpla las propiedades especificadas, incluyendo resistencia mínima, contenido máximo de agua, consistencia y granulometría de los agregados. La información incluirá el origen del agregado grueso, la cantidad y tipo del cemento utilizado y la cantidad neta de agua utilizada en la mezcla previamente diseñada con una anticipación de por lo menos treinta días respecto a la producción del hormigón deberá proveerse una fórmula de trabajo para la mezcla, respaldada por la información de ensayos de laboratorio, junto con las muestras e información de los lugares de origen de los componentes, a fin de que sean sometidos a ensayos y posterior aprobación por parte de la Supervisión. Cuando la fórmula de la mezcla sea aprobada para su uso, el contenido de cemento en kilos por m3, la máxima relación agua-cemento en litros de agua por m3, la máxima relación agua cemento en litros de agua por bolsa de cemento y la consistencia de la mezcla deberán ser establecidas en dicha fórmula.

EQUIPOS.

Antes de comenzar con las operaciones de pavimentación, todos los equipos y herramientas necesarios para la preparación de la Subrasante, dosificación, pavimentación, terminación y operaciones de curado, deberán estar en el lugar del proyecto.

El equipo estará adecuadamente ajustado y en buenas condiciones mecánicas, y aquél equipo que a criterio de la Supervisión no esté en forma de producir un hormigón de la calidad especificada, deberá ser ajustado, reparado o remplazado.

a. Mezcladoras. El hormigón puede ser mezclado totalmente en una planta central o parcialmente mezclado en la misma y utilizar camiones mezcladores para complementar el mezclado.

Una placa del fabricante deberá mostrar la capacidad del mezclador en términos de volumen de hormigón mezclado, y la velocidad recomendada del tambor mezclador o de las paletas deberán figurar en un lugar visible del mezclador.

b. Planta central. Las mezcladoras deberán combinar los agregados, el cemento y el agua en forma tal de obtener una masa uniforme y eficazmente mezclada, dentro del período de mezcla especificado y permitir la descarga de la mezcla sin segregación. La mezcladora estará equipada con un sistema de medición que permita automáticamente trabar una palanca de descarga luego de que el tambor ha sido completamente cargado y libere esta palanca al finalizar el período de mezcla; estará este sistema equipado también con una

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campanilla u otro dispositivo que produzca una señal claramente audible cada vez que la traba haya sido liberada. Si el sistema de control de tiempo fallara, la mezcladora podría ser utilizada el resto del día, mientras se efectúe la reparación correspondiente, procurando que cada pastón sea mezclado durante 90 segundos y que se obtenga un concreto de buena calidad. La mezcladora estará equipada con un contador de confianza para registrar la cantidad de pastones mezclados.

c. Camiones mezcladores y camiones agitadores. Los camiones mezcladores para el mezclado y el transporte del hormigón y los camiones agitadores para el transporte del hormigón mezclado en planta central deberá satisfacer la AASHTO N15.

d. Vibradores. Los vibradores a emplear para obtener la consolidación del hormigón en todo el ancho entre moldes, deberán ser del tipo superficial a batea (recomendando que este tipo de vibrador superficial se utilice en pavimentos con espesores no mayores de 20 cm.) o del tipo interno, bien sea con tubo sumergido o de cabeza vibratoria múltiple. La frecuencia de los vibradores superficiales no será menor de 3,500 impulsos por minuto y la frecuencia para los vibradores sumergidos será de 5,000 impulsos para los vibradores de tubo y no menor de 7,000 impulsos por minuto para los de cabeza vibradora. Cuando se utilicen vibradores interiores de tipo cabeza múltiple, en proximidades de los moldes la frecuencia no será menor que 3,500 impulsos por minuto.

e. Aserrador del hormigón. Se dispondrá de suficientes equipos de aserrado que permitan aserrar las juntas en las dimensiones requeridas y con la velocidad necesaria

f. Moldes. Los moldes laterales rectos deberán ser metálicos con un espesor no menor a 5mm. y provistos en tramos no menores de 3 m. de longitud. Los moldes deberán tener una altura igual al espesor de bordes especificado para el pavimento, sin juntas horizontales, y una base con ancho tal que sea igual a la altura del molde. El borde superior del molde no tendrá desviaciones respecto a un plano horizontal en más de 3mm. en 3m. y su cara no tendrá variaciones de más de 6mm. en 3m. Los moldes deberán poseer un diseño tal que permita el anclaje adecuado de los extremos de una sección con otra, que aseguren una resistencia adecuada al pasaje del equipo de pavimentación.

Colocación de los moldes.

La superficie de apoyo de los moldes será compactada en toda la longitud del molde en contacto con la Subrasante; todas las irregularidades encontradas por debajo de la cota establecida deberán ser rellenadas y cuidadosamente compactadas para enrasar con la subrasante o la capa de base, mediante la colocación del material en capas de 10mm. o menos, a una distancia de 40 cm. a cada costado de la base del molde. Todas las imperfecciones o variaciones por arriba de la Subrasante o base serán corregidas mediante apisonado o recorte según fuere necesario. Los moldes serán colocados con la suficiente anticipación a la colocación del hormigón en forma de permitir tener el tiempo

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suficiente para verificar la alineación y nivelación y permitir una operación de colocación del hormigón satisfactoriamente continua. Luego de la colocación de los moldes, la rasante será cuidadosamente apisonada por afuera y por adentro de los bordes de la base de los moldes; los moldes serán estaquillados en el lugar con no menos de tres espigas para cada tramo de 3m; una espiga estará colocada a cada lado de cada unión. Los tramos de moldes serán ajustadamente apretados en forma de impedir su libertad de movimiento en cualquier dirección y no podrán desviarse de una línea verdadera en más de 6mm. en cada uno de sus puntos. Los moldes serán colocados en forma tal de soportar el impacto y la vibración del equipo de consolidación y acabado sin que se produzcan deflexiones o asentamientos visibles. Los moldes serán limpiados y revestidos con substancias adecuadas o bien aceitados antes de la colocación del hormigón. El alineamiento y nivelación de los moldes será chequeado y las correcciones se harán, en caso necesario, inmediatamente antes de la colocación del hormigón; cuando algún molde haya sido alterado en su ubicación o cuando algún punto de la rasante se haya vuelto inestable, el molde será recolocado y vuelto a verificar.

Colocación del hormigón.

El hormigón será colocado con una cantidad mínima de manejo. Los camiones agitadores, o unidades de transporte no agitadoras que no sean capaces de descargar hormigón sin segregación, deberán ser descargados dentro de un mecanismo colocador que lo distribuya mecánicamente. La colocación del hormigón será continua entre juntas transversales sin el empleo de entablonados de contención intermedia. La distribución manual será realizada con palas y no se permitirá el uso del rastrillo; los trabajadores no caminarán sobre el hormigón fresco con calzado que esté sucio con tierra o con sustancias extrañas. No se operarán equipos mecánicos sobre un carril previamente construido del pavimento hasta que se haya obtenido en el mismo la resistencia especificada para el hormigón a los catorce días. Si sobre los carriles existentes circularan solamente equipos de acabado, se podrán pavimentar las losas adyacentes siempre que el hormigón de los carriles existentes haya alcanzado una resistencia a la flexión de 35 kilos por cm2 ensayadas utilizando el AASHTO T97. Los materiales componentes del hormigón que puedan caer o se introduzcan en la superficie de una losa terminada deberán ser removidos inmediatamente sin producir daño a la losa.

Limitaciones del mezclado.

El hormigón no será mezclado, colocado o acabado si no existe suficiente luz natural o un sistema adecuado de iluminación artificial.

La temperatura del hormigón mezclado, al momento de su colocación no será inferior a los 10 grados ni excederá de los 32 grados centígrados.

Nivelado del hormigón y colocación de refuerzos.

El hormigón será nivelado de acuerdo a la sección transversal indicada en los planos. Cuando el pavimento de hormigón sea colocado en dos capas, la capa

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inferior será nivelada y consolidada al ancho, largo y espesor requerido para colocar la capa de tejido o de malla de refuerzo directamente sobre el hormigón en su posición final y sin manipuleo posterior; si la capa superior no ha sido colocada dentro de los 30 minutos, la capa inferior será removida y reemplazada con concreto fresco a cargo del Contratista. Cuando el pavimento de hormigón sea colocado en una sola capa, el acero de refuerzo puede ser posicionado por delante de la colocación del hormigón o mediante métodos mecánicos luego que el hormigón de consistencia plástica haya sido desparramado. Las varillas de refuerzo que presenten aceite, pintura, grasa, defectos de laminado, oxidación suelta o de mucho espesor, u otros materiales extraños, será limpiada o no se permitirá su uso en el trabajo.

Enrasado final, compactación y acabado.

1. Secuencia. La secuencia de operaciones será la siguiente: enrasado, compactación, flotación, remoción de la lechada sobrante, emparejamiento y acabado final de la superficie. Se deberán proveer puentes de trabajo o elementos similares que permitan el acceso a la superficie del pavimento para las operaciones de acabado, emparejamiento y realización de correcciones en caso de que fuera necesario. No se permitirá el añadido de agua superficial al hormigón para lograr su acabado.

2. Acabado en las juntas: El hormigón próximo a las juntas será compactado o firmemente colocado, sin que se presenten vacíos o segregación contra el material de la junta, bajo y alrededor de todos los elementos de transferencia de cargas, unidades de ensambles para juntas y todo otro elemento que deba quedar incorporado dentro del pavimento; el hormigón próximo a las juntas será mecánicamente vibrado.

3. Acabado a máquina

a. Método no vibratorio. Inmediatamente después de que el hormigón sea distribuido o desparramado deberá ser perfilado y repasado por la máquina acabadora. La máquina deberá desplazarse sobre cada área del pavimento tantas veces y en tantos intervalos como sea necesario para proveer una adecuada compactación y dejar una superficie de textura uniforme; deberán evitarse excesivas operaciones de acabado sobre áreas determinadas. Durante el primer paso de la máquina acabadora, una cresta uniforme de hormigón deberá ser mantenida por delante del escantillón en toda su longitud.

b. Método vibratorio. Los vibradores cuya acción sea en el ancho total del pavimento de la losa de hormigón. Si no es posible obtener una satisfactoria compactación del hormigón mediante el método vibratorio en las zonas de juntas a lo largo de los moldes en cercanías de estructuras y a lo largo y a lo ancho de todo el pavimento, deberán proveerse otros equipos y métodos que satisfagan las especificaciones correspondientes.

4. Acabado a mano. 125

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Los métodos de acabado a mano serán utilizados únicamente bajo las siguientes condiciones:

a. En el caso de que el equipo mecánico quede inutilizado, se suspenderá la colocación del hormigón y aquél que ya haya sido depositado sobre la rasante será terminado a mano.

b. En zonas angostas o de dimensiones irregulares que no puedan ser terminadas con equipos mecánicos. El hormigón será enrasado con una enrasadora portátil adecuada. Una segunda enrasadora portátil deberá utilizarse para enrasar la capa inferior del hormigón en el caso de estar utilizándose acero de refuerzo. El escantillón para la superficie deberá ser como mínimo, 60 cm. más largo que el ancho máximo de la losa, superficialmente rígido para mantener su forma y estar construido de metal o de otro material reforzado con metal; la compactación se realizará mediante un vibrador manual. El escantillón será desplazado hacia delante sobre los moldes con un movimiento combinado longitudinal-transversal con una resultante en la dirección del trabajo, avanzando sin levantar ninguno de los extremos que están apoyados sobre los moldes laterales. Este proceso de enrasado deberá ser repetido hasta que la superficie presente una textura uniforme, libre de zona porosas, concordante con la sección transversal y a la rasante.

5. Correcciones de la superficie.

Después de que el enrasado ha sido completado y toda la lechada del agua en exceso removida, deberán ser corregidas las irregularidades que permanezcan en la superficie del pavimento mientras éste se encuentre en estado plástico. Las depresiones deberán ser rellenadas, enrasadas, consolidadas y vueltas a cavar; las zonas que hayan quedado altas serán rebajadas y rehechas. La superficie a través de las juntas deberá llevarse a una lisura acorde con las especificaciones. Se deberá continuar con las correcciones de la superficie hasta que el total de la misma quede libre de irregularidades y la losa se mantenga dentro de las tolerancias aceptadas para su sección transversal, superficie y a nivel.

6. Acabado final.

La superficie será texturizada mediante cepillo, cinta acabado de arrastre o equipo que provoquen ranuras transversales en el hormigón plástico, luego de que la película de agua haya desaparecido; el texturizado será completado mientras el hormigón esté en estado plástico sin provocar arrastres en la superficie, y la superficie texturizada acabada estará libre de zonas ásperas y porosas irregularidades y depresiones. El texturizado se completará mediante uno de los siguientes métodos especificados:

a. Textura final utilizando cepillo.

El cepillo será manejado desde el centro al borde del pavimento con movimientos contiguos efectuados con una ligera superposición de los

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mismos. La operación de cepillado producirá un arrugamiento en la superficie que será uniforme en aspecto y tendrá un espesor aproximado de un milímetro y medio. Si se obtuvieran de esta manera resultados satisfactorios, este método puede remplazar al barrido mecánico.

b. Bordes en moldes y juntas.

Después del acabado final los bordes del pavimento a lo largo de cada lado de cada losa y a cada lado de las juntas de expansión transversales, juntas formadas, juntas transversales de construcción, y juntas de construcción de emergencia, deberán ser retocados con una herramienta, y redondeadas al radio requerido en el Contrato. Esta operación deberá producir un redondeado bien definido y continuo, obteniéndose un acabado de hormigón liso y denso. La superficie de la losa no deberá ser perjudicada por la inclinación de la herramienta durante su uso; las marcas de las herramientas sobre las losas adyacentes a las juntas deberán ser eliminadas. El radio de curvatura de las esquinas de la losa no será modificado y se tendrá especial cuidado en remover completamente el hormigón que haya podido quedar sobre el rellenador de la junta. Todas las juntas deberán ser controladas con un escantillón, antes de que el hormigón haya fraguado, y se deberá efectuar la corrección correspondiente si un costado de la junta hubiese quedado más alto o más bajo que las losas adyacentes.

Curado.

Inmediatamente después de completada la operación de acabado, la superficie del hormigón recientemente colocado deberá ser curada sin producir daños al mismo. La imposibilidad de proveer agua al curado será causa de inmediata suspensión de las operaciones de hormigonado. El hormigón no podrá estar expuesto a la intemperie por más de 30 minutos entre distintas etapas de curado o durante el período de curado la aplicación de agua a la superficie será solamente utilizada como una cura interina y excepcional y será efectuada mediante el rociado de agua en forma de neblina y se utilizará únicamente hasta que el método de curado definitivo sea utilizado. Las superficies y bordes del pavimento será rociados uniformemente con un compuesto curador con pigmento blanco, inmediatamente luego del acabado y antes de que el hormigón haya fraguado. Si el pavimento ha sido curado inicialmente con esteras, el compuesto curador será aplicado en la cantidad indicada en las especificaciones o recomendadas por el Ingeniero Supervisor, siendo un valor estimado del mismo el de 0,3 de litro por m2 y se aplicará utilizando un pulverizador mecánico que provoque una atomización total del líquido, el que estará equipado con un tanque agitador y una defensa contra el viento. Durante la aplicación el compuesto deberá ser continuamente agitado en forma mecánica y mantener un grado óptimo de mezclado, de manera tal que el pigmento esté uniformemente disperso en el líquido. El compuesto curador formará una película que deberá endurecer dentro de los 30 minutos después de aplicado. La película que se deteriore dentro de las 72 horas, luego de ser aplicada, deberá ser inmediatamente reparada mediante el agregado de una

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cantidad adicional de compuesto curador; luego de retirar los moldes laterales, se deberá aplicar en forma inmediata el compuesto curador en los bordes expuestos, en la cantidad especificada.

Retiro de los moldes.

Los moldes no serán retirados hasta que hayan transcurrido por lo menos doce horas desde la colocación del hormigón y su retiro se efectuará sin causar daño al mismo. Las zonas en los bordes donde se presenten daños en el pavimento o texturas del tipo panal de abejas deberán ser reparadas utilizando mortero fresco.

Luego del retiro de los moldes se deberá aplicar un curado final, inmediatamente, sobre las superficies expuestas.

Reparación de losas de pavimento defectuosas .

Losas rotas, fisuras erráticas, juntas de contracción ineficientes cercanas a la fisura, y desprendimientos a lo largo de juntas y fisuras, serán remplazadas o reparadas antes de completar el sellado de juntas. Las losas de pavimento que contengan fisuras múltiples a través del espesor total de la misma que separen a la losa en tres o más partes deberán ser removidas y remplazadas. Losas de pavimento que presente una fisura única, en forma diagonal, que intercepte a las juntas transversales y longitudinales dentro de un tercio del ancho y largo de la losa, desde la esquina, serán reparadas mediante el remplazo de la porción menor de la losa, que quede a un costado de la fisura. Las grietas erráticas que penetren en el espesor total del pavimento deberán ser ranuradas y selladas; la parte superior de la fisura será ranurada en un espesor mínimo de 20 mm. Y en un ancho, no menor de 9 mm. ni mayor de 15 mmm., mediante una máquina acanaladora o ranuradora. La máquina ranuradora será capaz de seguir la huella de la fisura ensanchando la parte superior de la misma a la sección requerida sin descascarar o dañar el hormigón. El hormigón suelto y fracturado será removido y la ranura cuidadosamente limpiada y sellada. Las grietas erráticas que sean estrechas y no penetren en el espesor total del pavimento deberán ser dejadas en el estado en que se las encontró; la profundidad de la fisura será determinada mediante una inspección de los testigos perforados a costa del Contratista. Cuando una grieta errática transversal termine en, o cruce una junta de contracción transversal, la parte no fisurada de la junta será sellada con un mortero con resina de epoxi y la ranura será corregida y sellada. Cuando una fisura o grieta errática transversal corra paralela a una junta de contracción del proyecto y esté a una distancia igual o menor a un metro cincuenta de la junta, la fisura será rectificada y sellada y la junta se rellenará con un mortero con resina de epoxi; cuando la fisura transversal errática esté a más de un metro cincuenta de la junta de contracción más próxima a ella del pavimento, la junta y la fisura serán selladas. Las juntas que deberán ser rellenadas con mortero de resina de epoxi deberán ser cuidadosamente limpiadas previas al relleno. Las roturas de bordes serán reparadas mediante un corte hecho con sierra a por lo menos 25 mm. fuera de las zonas afectadas y en una junta, el corte con sierra deberá ser hecho hasta una profundidad de 50mm. o 1/6 del espesor de la losa, eligiendo la mayor de ellas. El hormigón entre el

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corte de la sierra y la junta o la fisura primaria deberá ser eliminado hasta encontrar el hormigón sano, y la cavidad formada será cuidadosamente limpiada de todo material suelto. Se aplicará una capa de liga de resina de epoxi a la superficie limpia y seca, en todos los costados de la cavidad excepto el punto o cara de la grieta primaria. Esta capa de liga será aplicada mediante el cepillado del material de liga en la superficie a tratar mediante un cepillo de cerdas duras. La colocación del hormigón del cemento portland, hormigón de resina de epoxi o mortero se hará inmediatamente después de la aplicación de la capa de liga. Si las zonas rotas deberán ser reparadas en la proximidad de una junta de trabajo o una fisura de trabajo que penetren en el espesor total de la losa, deberá utilizarse algún inserto u otro material permita que no se peguen las partes en contacto en forma tal que estas juntas o fisuras de trabajo se mantengan en su condición original durante las tareas de reparación. Las zonas de panales de abeja que se encuentren luego del retiro de los moldes serán consideradas como trabajo defectuoso y deberán ser removidas y reemplazadas .Ninguna zona o sección de pavimento a remover tendrá una longitud menor de tres metros ni un ancho inferior al ancho total de la losa cuestionada. Cuando sea necesario el remover una sección del pavimento y deben permanecer porciones de losa, cercanas a la junta que tengan menos de 3m. de longitud también deberán ser movidas y reemplazadas todo el trabajo de reparación de losas de pavimento defectuosa deberán ser realizadas por el Contratista y a su costo.

Medición y Forma de Pago: El pavimento de hormigón será medido en m3, completados y aceptados en su lugar de colocación. No se efectuará pago adicional alguno sobre el precio unitario cotizado por el Contratista por el pavimento que tenga un promedio de espesor, en exceso del especificado en el Contrato.

CORTE Y SELLO DE JUNTAS.

Hechura de las juntas que serán construidas según el tipo, dimensiones, y requeridas en los planos; y el sellado de las mismas en las diferentes zonas del Proyecto para proteger de la intrusión de materiales extraños perjudiciales antes de ser selladas.

Juntas Longitudinales

a) Dimensiones. El ancho de las juntas será como esté especificado, con una profundidad mínima de 1/3 del espesor de la losa.

b) Construcción. Las juntas longitudinales pueden ser formadas o aserradas en el concreto en estado plástico. El aserrado deberán efectuarse aproximadamente entre cuatro y veinticuatro horas luego del colado del hormigón e inmediatamente después de que hayan sido completadas las juntas transversales; el único equipo permitido sobre el pavimento durante las operaciones de aserrado, será la sierra.

c) Sellado. Las juntas deberán ser selladas después de cumplido el período de curado y antes de que el pavimento sea librado al tráfico. Antes del sellado las juntas serán cuidadosamente limpiadas mediante soplado de arena seguido por un chorro de aire, libre de aceites, que permita la remoción de todas las

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esquirlas o basura que permanezcan sobre la superficie o en la abertura de las juntas; las juntas deberán secarse completamente antes de comenzar con su sellado.

La parte inferior de la ranura de las juntas será sellada a una profundidad uniforme con una varilla adecuada que prevenga la entrada del sellador por debajo de la profundidad especificada; la herramienta a utilizar deberá ser compatible con el tipo de sellador especificado e instalado siguiendo las recomendaciones del fabricante. Selladores colocados en caliente no serán colocados cuando la temperatura del pavimento esté por debajo de los 10º centígrados.

Los selladores de aplicación en frío y los de siliconas serán colocados a las temperaturas del pavimento recomendadas por el fabricante. En el caso de siliconas que requieran imprimación previa de la junta esta será efectuada siguiendo las recomendaciones del fabricante en lo que respecta a la cantidad de material de imprimación y tiempo de curado. La parte superior del material sellador deberá estar en su posición final, a seis milímetros por debajo de la superficie del pavimento, con una tolerancia en más o en menos de 3 mm.

Juntas de Contracción

a) Ubicación y dimensiones. Las juntas de contracción serán espaciadas según se especifique. La junta formada o aserrada será en su primera etapa tan angosta como los métodos constructivos lo permitan y deberán tener una profundidad mínima de 1/3 del espesor de la losa. El aserrado final creará un espacio que permita la colocación adecuada del tipo de sellador a utilizar.

b) Transferencia de carga. Los elementos para transferencia de cargas serán instalados en todas las juntas transversales. Estos elementos de transferencia de carga consistirán en pasadores del material y tamaño especificado, espaciados en 30 cm. uno de otro y mantenidos en posición mediante una canasta de alambre o colocados mecánicamente. Los pasadores se colocarán a la profundidad indicada en los planos y serán paralelos a la superficie y al borde del pavimento con una tolerancia en su alineación de más o menos 6 mm. por pasador.

El hormigón será vibrado alrededor de todos los pasadores sin alterar su posición. El método de colocación de los pasadores deberá demostrar que las barras queden en su ubicación apropiada luego de que el tren pavimentador haya hecho su pasada final sobre la junta.

El centro del conjunto de pasadores será marcado a ambos lados de la losa como referencia para la formación o aserrado de las juntas de contracción.La longitud total de cada pasador será íntegramente pintada con un lubricante aprobado para prevenir su adherencia al hormigón.

c) Construcción. Las juntas formadas serán colocadas mientras el hormigón tenga consistencia plástica. El aserrado de las juntas comenzará inmediatamente luego de que el hormigón haya endurecido lo suficiente como para permitir el aserrado sin desprendimientos de los bordes. Todas las juntas serán aserradas en el período indicado en las especificaciones que, en general será de entre cuatro y veinticuatro horas desde el momento de la colocación del hormigón, pero en el caso de la aparición de juntas de contracción incontroladas, la operación de aserrado deberá adelantarse y, si fuera necesario

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se deberán aserrar juntas adicionales para eliminar las fisuras de contracción. Si la fisuración no puede ser prevenida por un aserrado temprano, la ranura de la junta de contracción será formada antes del fragüe inicial del hormigón.Las sierras para esta tarea serán el único equipo permitido sobre el pavimento durante las operaciones de aserrado.La etapa final o secundaria del aserrado que permitirá la formación del espacio adecuado que sirva de contenido al sellador deberá ser realizada no antes de las 72 horas a partir de que se haya colado el hormigón.

d) SELLADO. Antes de proceder al sellado se deberá aserrar las juntas en forma tal de que quede un espacio suficiente para permitir la colocación del sellador especificado. Cuando se empleen sellos preformados elastoméricos, el material adhesivo lubricante será aplicado en las caras de la junta y en los costados de los sellos para facilitar su instalación y asegurarlos dentro de la junta. El lubricante será aplicado en toda el área del sello en contacto con las caras de la junta; el material lubricante adhesivo que quede en la parte superior del sello será inmediatamente eliminado.Los sellos preformados serán instalados en estado de compresión con el eje vertical del sello paralelo a las caras de la junta y serán instalados en ellas a la profundidad especificada utilizando equipos o herramientas que no doblen, anuden, enrulen o dañen el sello y que lo inserten en forma tal de que su elongación no exceda el 5% de la longitud original del mismo. Los sellos colocados deberán ser continuos y de una sola pieza. Empalmes hechos en fábrica o in-situ no serán permitidos.

Juntas de Construcción Transversales.

Las juntas de construcción transversales deberán ser construidas cuando el colado del hormigón se interrumpa por más de 30 minutos. Las juntas transversales de construcción no serán ubicadas a menos de 3m. de cualquier otra junta transversal. Si al momento de la interrupción no ha sido provisto y mezclado suficiente hormigón para formar una losa con una longitud de más de 3 m., el hormigón posterior a la junta precedente debe ser removido.Las juntas de construcción transversales se realizarán al fin de cada día de trabajo. Deberán tenerse permanente en obra los moldes transversales adecuados que permitan la terminación de la colada en caso de emergencia y al final de cada día de trabajo.

ACERO DE REFUERZO PASADORES GRADO 40.

UNIDAD: KG

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD A REALIZAR:

El acero de refuerzo se limpiará de toda suciedad y óxido no adherente. Ninguna varilla deberá doblarse después de ser parcialmente embebida en concreto a menos que se indique o se autorice. Las varillas se doblarán en frío, ajustándolas a los planos sin errores mayores de (1 cm.), de modo que no puedan desplazarse durante el fundido y que el concreto pueda envolverlas completamente.

PasadoresLos pasadores deberán ser de metal de un diseño aprobado para cubrir 2 pulgadas (5 cm.), con tolerancia en más o menos de 1/4 de pulgada (0.635 cm.) de la espiga, con

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un extremo cerrado y con un tope adecuado para sujetar el extremo del casquillo por lo menos a 1 pulgada (2.54 cm.) del extremo del pasador.

Materiales:a) Acero de Refuerzo Fy= 2800 kg/cm2 , Varilla según los planos grado

intermedio, y deberá cumplir lo establecido en la especificación AASHTO-M31 (ASTM-A15).

b) Sellador: deberá cumplir con lo establecido en la especificación AASTH-M173, M282; ASTM-D3405, D3581-90

CONSIDERACIONES DEL CÁLCULO DEL ANALISIS DE COSTO:La actividad incluye cortar, doblar, conformar anillos y colocar el acero grado 40 (2800 kg/cm), el rendimiento del material incluye el desperdicio y traslapes que se realicen de acuerdo a planos.

CRITERIOS DE MEDICION Y PAGOMEDICION: Se medirá por peso. La cantidad a pagarse será el número de kilogramos, de acuerdo a los pesos específicos de las varillas colocadas medidas en la obra (sin incluir traslapes), de trabajos ordenados, ejecutados y aceptados por el supervisor de obra. PAGO: Se pagará al precio del contrato estipulado en el ítem correspondiente, dichos precios y pagos constituirán la compensación total por suministro de materiales, transporte y colocación así como por mano de obra, equipo, herramientas, materiales y operaciones conexas en la ejecución de los trabajos descritos en toda la especificación.

BORDILLO.

Unidad: ML

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD A REALIZAR:

La actividad incluye el encofrado, fundido, desencofrado y curado de bordillo de concreto de 15x 15 cm. El concreto debe fabricarse sobre una superficie impermeable y limpia, haciéndose la mezcla en seco hasta lograr un aspecto uniforme, agregando después el agua en pequeñas cantidades hasta obtener un producto homogéneo y cuidando que durante la operación no se mezcle tierra ni impureza alguna, deberá tener la humedad mínima que permita una consistencia plástica y trabajable a fin de llenar los encofrados sin dejar cavidades interiores. Se cuidará de mantener continuamente húmeda la superficie del concreto durante los siete (7) días posteriores al vaciado. Todo el hormigón será colocado en horas del día, La colocación durante la noche se podrá realizar sólo con autorización por escrito del Supervisor y siempre que el Contratista provea por su cuenta un sistema adecuado de iluminación. Los métodos de colocación y compactación del hormigón serán tales como para obtener una masa uniforme y densa, evitando la segregación de materiales y el desplazamiento de la armadura. El hormigón será colocado dentro de los 30 minutos siguientes de su mezclado. El acabado final de la estructura consistirá en rellenar huecos, remover áreas sobresalientes o manchadas y reparar cualquier zona de panales u otros desperfectos que haya en la superficie. Los remates deberán ser construidos según las líneas y secciones transversales indicadas en los planos

CONSIDERACIONES DEL CÁLCULO DEL ANALISIS DE COSTO:

Se considera un concreto con proporción 1:2:2, para el cual por cada m3 se deberá utilizar al menos 9.82 bolsas de cemento, 0.552 m3de arena, 0.552 m3 de grava y

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0.293 m3 agua (Este volumen de agua incluye un 25% adicional que deberá ser utilizado en el curado), utilizando la madera un mínimo de 4 veces.

CRITERIOS DE MEDICION Y PAGO

MEDICION: Se medirá por Longitud. La cantidad a pagarse será el número de metros lineales de bordillos, medidos en la obra, de trabajos ordenados, ejecutados y aceptados por el supervisor de obra. PAGO: Se pagará al precio del contrato estipulado en el ítem correspondiente, dichos precios y pagos constituirán la compensación total por suministro de materiales, mezclado, transporte, colocación, acabado y curado de los bordillos así como por mano de obra, equipo, herramientas, materiales y operaciones conexas en la ejecución de los trabajos descritos en toda la especificación.

T.C.R. TUBERIA DE CONCRETO REFORZADO.

UNIDAD: M.L.

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD A REALIZAR:

La actividad consiste en el suministro y la instalación de tubería de concreto reforzado de 24” – 48” de Diámetro. La instalación será efectuada de manera de formar un conducto continuo, sin filtraciones y con una superficie uniforme, cada tubo deberá de colocarse empezando por el punto más bajo, con las campanas hacia agua arriba, deberá de evitarse que penetre material extraño en la tubería durante la instalación, cuando se interrumpa la instalación el extremo abierto deberá de protegerse, el interior de la tubería, deberá mantenerse limpio antes de la instalación y hasta que se acepte el trabajo. Las tuberías deberán de colocarse de acuerdo a las líneas y niveles indicados en los planos, debiéndose colocar la tubería de manera que se apoye en toda su longitud de la excavación conformada, las deflexiones no deberán de ser mayores a las permitidas por el fabricante.

CONSIDERACIONES DEL CÁLCULO DEL ANALISIS DE COSTO:

Se considera la mano de obra y maquinaria necesaria para el suministro colocación, alineamiento e instalación de la tubería de concreto reforzada.

CRITERIOS DE MEDICION Y PAGO

MEDICION: La cantidad a pagarse será el número de metros lineales, medidos en la obra, de tuberías de concreto reforzado suministrados e instalados, las cuales deberán de ser ordenadas, ejecutadas y aceptados por el supervisor de obra. PAGO: Se pagará al precio del contrato estipulado en el Ítem correspondiente, dichos precios y pagos constituirán la compensación total por suministro de materiales, transporte y colocación así como por mano de obra, equipo, herramientas, materiales y operaciones conexas en la ejecución de los trabajos descritos en toda la especificación.

MAMPOSTERÍA EN MUROS Y CABEZALES

UNIDAD: M3

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD A REALIZAR:

Este trabajo consistirá en la construcción de muros y cabezales conformada por piedras de río ó ripión unidas con mortero de cemento en una proporción 1:2 incluyendo

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gárgolas para drenaje de aguas lluvias PVC 3" RD-41 .La superficies de las piedras se deben humedecer antes de colocarlas, para quitar la tierra, arcilla o cualquier materia extraña; deben ser rechazadas las piedras cuyos defectos no se pueden remover por medio de agua y cepillo. Las piedras limpias se deben ir colocando cuidadosamente en su lugar de tal manera de formar en lo posible hiladas regulares. Las separaciones entre piedra y piedra no debe ser menor de 1.5 centímetros ni mayor de 3 centímetros. Se deben colocar las piedras de mayores dimensiones, en la base inferior seleccionando las de mayor dimensión para colocarlas en las esquinas de la estructura. Incluyendo la primera hilada, las piedras se deben colocar de tal manera que las caras de mayor dimensión queden en un plano horizontal, los lechos de cada hilada y la nivelación de sus uniones, se deben llenar y conformar totalmente con mortero. Cuando las piedras sean de origen sedimentario, se deben colocar de manera que el plano de estratificación quede en lo posible normal a la dirección de los esfuerzos. Excepto en las superficies visibles, cada piedra debe ir completamente recubierta por el mortero. Las piedras se deben manipular en tal forma, que no golpeen a las ya colocadas para que no alteren su posición. Se debe usar el equipo adecuado para la colocación de las piedras grandes que no puedan ser manejadas por medios manuales. No se debe permitir rodar o dar vuelta a las piedras sobre el muro, ni golpearlas o martillarlas una vez colocadas. Si una piedra se afloja después de que el mortero haya alcanzado el fraguado inicial, se debe remover la piedra y el mortero circundante y colocarla de nuevo. El mortero deberá ser una mezcla de cemento, arena y agua, la proporción a utilizar deberá ser 1:2, agregándole la cantidad de agua necesaria para formar una pasta de consistencia tal que pueda ser manejable y que permita extenderse fácilmente en las superficies de las piedras a ligar. El cemento y agregado fino, se deben mezclar con pala en seco, en un recipiente sin fugas, hasta que la mezcla tenga un color uniforme; después de lo cual se le agregará el agua para producir el mortero de la consistencia deseada.

CONSIDERACIONES DEL CÁLCULO DEL ANÁLISIS DE COSTO:

Se considera una mezcla piedra-mortero en una proporción 70-30% con consideración de vacíos en la piedra del 43%.-La proporción en el mortero será 1: 2 considerando para cada m3 un promedio de 13.706 bolsas de cemento, 0.996 m3 de arena, 0.335 m3 de agua incluyendo un 25% adicional para curado durante el proceso de fraguado. Se incluye un ml. de tubo PVC de 3" por cada m3 de muro.

CRITERIOS DE MEDICIÓN Y PAGO:

MEDICIÓN: La cantidad a pagarse por muro de mampostería y cabezales de piedra labrada ripión ó de río será el número de metros cúbicos medidos en la obra, de trabajos ordenados, ejecutados y aceptados por el supervisor de obra. PAGO: Estos precios y pagos constituirán la compensación total por suministro de materiales, mezclado, transporte, colocación, acabado y curado de la mampostería para el muro así como por mano de obra, equipo, herramientas, materiales y operaciones conexas en la ejecución de los trabajos descritos en esta especificación.

SEÑALIZACIÓN PINTURA TERMOPLÁSTICA.

UNIDAD: ML.

DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD.Es un conjunto de indicaciones que se pintan en el pavimento para el control y ordenamiento de tráfico en la carretera.

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1. Las líneas de borde serán blancas y continuas, excepto en las intersecciones con los caminos secundarios. La línea central será amarilla y discontinua en los tramos donde exista visibilidad para sobrepasar, en caso contrario serán continuas.

2. En los tramos de líneas discontinuas centrales, se pintaran en guiones de 4.50 metros separados cada 7.50 metros (N=12; Eficiencia=4.5/7.5=37.5%).

3. La pintura no debe aplicarse en tiempo lluvioso, con neblina o húmedo, o que por condiciones de viento, polvo o de otras circunstancias no sea apropiado para ejecutar el trabajo satisfactoriamente. La pintura no debe aplicarse sobre superficies húmedas que produzcan ampollas o películas porosas.

4. Previo a la demarcación, la superficie del pavimento debe estar limpia, seca y libre de aceite, grasa u otras sustancias extrañas que afecten la adherencia de la pintura.

5. En caso de pavimento de concreto hidráulico, se lava con una solución por volumen, de una parte de acido muriático en nueve de agua, se deja actuar durante 15 minutos, se enjuaga y se seca bien y se elimina suciedades, polvo y grasa.

6. En caso de ser necesario eliminar demarcaciones anteriores, deberá utilizarse el método de fresado o picado; tal actividad no deberá dañar excesivamente la superficie del pavimento.

7. El replanteo de la señalización horizontal se indicará con pintura de corta durabilidad, tiza u otro elemento fácilmente removible.

8. La superficie a obtenerse deberá ser de ancho uniforme, presentar sus bordes bien definidos, rectos, nítidos, libres de burbujas, grietas, surcos, ondulaciones superficiales, alteraciones del color, o cualquier otra normalidad proveniente del material.

9. En el caso de las pinturas termoplásticos, se evitaran los recalentamientos que produzcan alteraciones en el material, y se debe mantener siempre la temperatura del depósito de material fundido dentro del rango de temperaturas estipuladas.

10. No se admitirán diferencias de tonalidades dentro de un mismo tramo.11. Cualquier salpicadura, mancha o trazo de prueba producido durante la

demarcación deberá ser removida por el contratista.12. Previo a la liberación al tránsito deberá verificarse que la retro reflexión presente

un aspecto uniforme, libre de zonas no reflectivas.13. La operación de sincronización de aplicar la pintura con las esferas de vidrio, se

hará de tal forma que las esferas no se sumerjan totalmente ni sufran falta de adherencia, además se deberán dispersar uniformemente en toda la superficie de la marca.

14. Agregar a la pintura aplicada y húmeda de 500 gramos de micro esferas de vidrio tipo Drop-on por cada metro cuadrado de señalización, estas deberán adherirse a una profundidad del 60% de su diámetro.

15. Si las esferas a sembrar están húmedas o fluyen con dificultad, la supervisión podrá exigir su remplazo.

16. Después de efectuada la demarcación, se realizara la inspección visual de la reflexión tanto en forma nocturna como diurna.

PINTURA TERMOPLÁSTICA:

Pintura alquídica (resina natural) resistente a los productos derivados del petróleo, con excelente visibilidad diurna y nocturna, resistentes a la abrasión severa y a gran variedad de contaminantes, durable, de gran resistencia y rápido secamiento.

ESPECIFICACIONES

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Acabado Mate Peso neto por litro 2.122 kilos Espesor seco recomendado 3100 micrones Espesor seco recomendado en cruces o áreas peatonales 3100 micrones Rendimiento teórico a 3100 micrones espesor seco 4.88 kilogramo por

m2 Método de aplicación Maquina autopropulsada

aplicadora con caldera integradas. Humedad relativa de aplicación 30% a 85% Rango de temperatura de la pintura aplicada 205 ºC a 232 ºC Temperatura mínima ambiental 12.7 ºC Temperatura mínima del pavimento 10 ºC Secamiento para pasar sin detenerse 15 minutos a 25 ºC y

50% de humedad relativa

Secamiento para vías de tráfico pesado 15 minutos a 25 ºC y 50% humedad relativa

Temperatura de almacenamiento Entre 4 ºC y 32 ºC, bajo Techo

En pavimento de concreto hidráulico, aplicar catalizador en una franja de 6 cms, más ancha que el ancho de raya por pintar, 2 horas antes de aplicar el compuesto termoplástico con una dosificación aproximada de 4 lts, para 18 m2. La función principal del catalizador es ayudar a la adhesión del material.

CONSIDERACIONES DEL CÁLCULO DEL ANÁLISIS DE COSTO:

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Previo a todo el trabajo el contratista deberá instalar el señalamiento de seguridad diurna y nocturna, que indique la supervisión y otros elementos que sean necesarios para la protección del área de trabajo, que consistan en chalecos de seguridad, letreros móviles, vallas, banderillas, cintas, balizas y conos para desviar el tránsito; en el caso de operación nocturna los elementos anteriores serán reflectantes. Estos deberán estar ubicados a distancias lo suficientemente amplias para garantizar condiciones mínimas de seguridad en el tránsito pasante y para la protección del personal y/o equipo de la obra a entera satisfacción de la Dirección General de Carreteras.El señalamiento deberá mantenerse en perfectas condiciones, tanto este como el que fuese necesario remplazar por causas accidentales, no recibirá pago directo alguno y los gastos que ello origine se consideraran comprendidos dentro de los precios del ítem del contrato.Lo especificado precedentemente podrá ser mejorado por el contratista por empleo o instalación de otros elementos que se estime sean más efectivos. En este caso dicha mejora deberá contar con la aprobación previa de la Dirección General de Carreteras, en todo caso, el cumplimiento de estas disposiciones no reserva al contratista de su responsabilidad por accidentes o daños a las personas, o bienes de la empresa o de terceros.Elementos de seguridad contra incendios y derrames de materiales a altas temperaturas (de uso personal tales como guantes, calzado, vestimenta adecuada, protección ocular); y botiquín provistos de elementos de primeros auxilios para atender quemaduras.Evitar el contacto accidental con la piel o los ojos y la inhalación de sus vapores usando equipos adecuados de seguridad.En caso de contacto con la piel, limpiar con una estopa y lavar con agua y jabón; si el contacto es con los ojos, lavar con abundante agua y buscar atención médica.Aplicar y almacenar en un lugar limpio, seco y alejado de toda fuente de calor.

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En lugares encerrados se debe tener una buena ventilación natural o forzada.Mantener el producto fuera del alcance de los niños.

EQUIPO A UTILIZAR

Equipo mecánico para barrido y limpieza del pavimento: estará constituido por cepillo mecánico rotativo de ancho mínimo de 0.50 metros y por sistema de soplado de acción posterior al cepillo, de un caudal y presión adecuada para asegurar una perfecta limpieza del polvo que no saque el cepillo. La boca de salida de aire será orientada a los efectos de arrojar el polvo en la dirección que no perjudique el uso del resto de la calzada.Equipo para la fusión del material: se utilizaran uno o más recipientes de calefacción indirecta, agitados mecánicamente en forma continua para mantener el fundido perfectamente homogéneo. Deberán poseer un vertedero lateral para el uso y aplicación del material. Poseerán termómetros para medir la temperatura del material termoplástico. Se recomienda el uso del termostato, con el fin de mantener la temperatura de la masa termoplástica a un nivel uniforme.Equipos manuales o autopropulsados para la aplicación de demarcación y el sembrado de micro esferas.Equipo Manual: compuesto por vehículo de carga con los elementos necesarios para la preparación de la masa termoplástica y zapatas de aplicación. Estos elementos podrán ser utilizados en forma independiente (manual) o adosados a recipientes intermediarios móviles (calderas).

Equipo Autopropulsado: el que lleva las zapatas de aplicación incorporadas al vehículo. Deberán poseer un sistema de calentamiento indirecto para la aplicación del material termoplástico que mantenga el material a la temperatura correcta, provista de agitador mecánico de accionamiento que permita la aplicación de líneas continuas o intermitentes. Tendrá además indicador de temperatura de la masa termoplástica de calidad similar a lo descrito en el inciso anterior.

CRITERIOS DE MEDICIÓN Y PAGO:

MEDICIÓN:

Su medición se hará por el número de metros lineales pintados de la línea central y cada una de las líneas de borde aceptadas satisfactoriamente, de acuerdo con las presentes especificaciones.

PAGO: El pago se efectuará de acuerdo con el precio unitario establecido.

SEÑALAMIENTO VIAL DURANTE LA CONSTRUCCIÓN.

Durante la construcción y pavimentación del proyecto, el Contratista de construcción será el responsable de mantener un adecuado y completo señalamiento, para prevenir a los usuarios de las vías sobre los peligros existentes y su naturaleza.Para el desempeño correcto de su función, todo rótulo o señal debe reunir los tres requisitos siguientes:

a) Satisfacer una necesidad importante. Cuando se coloca un rótulo o señal donde no se requiere, resulta ineficaz y confunde a los usuarios y no le prestan la importancia debida a la señalización.

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b) Atraer la atención. Toda la señal debe ser advertida por el público, para ello debe estar colocada en un lugar visible y estratégico, cuando esto no sucede resulta completamente ineficaz.

c) Brindar el tiempo necesario para reaccionar. La señal o rótulo debe ubicarse de manera tal que el usuario al ser advertido, tenga suficiente tiempo y espacio para maniobrar su vehículo en la forma dispuesta por el mensaje.

Las señales deberán ser colocadas tanto en los tramos de las carreteras existentes que se utilizan como caminos auxiliares del equipo de construcción y en los tramos donde se desvía el tránsito en forma temporal por motivos de la construcción.

Los usuarios deberán ser advertidos de todo peligro existente por: Construcción de cortes y rellenos, instalación de alcantarillas o sub drenajes, zonas de derrumbes, uso de explosivos para voladura de roca, acarreo con equipo pesado, desvío del tránsito, cruces de carretera, bifurcaciones, rutas provisionales, puentes angostos, puentes en reparación, pendientes peligrosas, resaltos o túmulos, depresiones, materiales resbaladizos, fin de pavimento, hombros en mal estado, zonas escolares, cruce de peatones, campos de juegos, ciclistas, paso de maquinaría agrícola, paso de animales, velocidades máximas, no adelantar, mantener la derecha, pintura fresca.

Con el objetivo de guiar al conductor al lugar de destino, también se deberán colocar rótulos o señales con el nombre de las poblaciones y servicios de combustible.

Estas señales se colocaran en el lugar correspondiente y a un kilómetro de distancia con previo aviso.

Todas las señales deberán colocarse preferiblemente en el lado derecho de la calzada, de acuerdo al sentido que avanza el tránsito.

Las señales de peligro deberán colocarse de 50 a 300 metros antes del lugar del peligro. La elevación de la distancia depende de los obstáculos, de la visibilidad y de la condición del terreno.

La altura mínima de las señales es de un 1.50 metros y la máxima 2.10 metros, medida contada de la superficie del terreno o pavimento hasta el borde inferior de la señal.

Las dimensiones de los terrenos y los materiales de las señales, serán las indicadas por el Ingeniero.

Las señales o rótulos fabricadas y colocadas por administración delegada, reconociéndose pago por mano de obra y materiales.

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HOJA QUE INDICA COMO EJEMPLO, LA FORMA DE PRESENTAR CADA COSTO UNITARIO INCLUIDO EN LA OFERTA DEL

CONTRATISTA(ANEXO No. I)

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ANEXO No. I

HOJA QUE INDICA COMO EJEMPLO, LA FORMA DE PRESENTAR CADA COSTO UNITARIO

INCLUIDO EN LA OFERTA DEL CONTRATISTA.

ANÁLISIS DE COSTO : TUBERÍA DE CONCRETO REFORZADO 0=60” TIPO III UNIDAD: ML

I MATERIALES

No. CONCEPTOMATERIALES

UNIDAD RENDIMIENTO PRECIOUNITARIO

TOTAL

1 CEMENTO GRIS BOLSA2 ARENA DE RIO M33 AGUA M34 TELA-MANTA YARDA5 ALAMBRE DE AMARRE LIBRA6 T.C.R. 0=60” TIPO III ML

OTROS CONSIDERADOS POR EL CONTRATISTA

TOTAL MATERIALES

II EQUIPO

No. CONCEPTOMAQUINARIA

UNIDAD RENDIMIENTO PRECIOUNITARIO

TOTAL

1 RETROEXCAVADORA 90 HP HORA2 CARGADORA 170 HP HORA

OTROS CONSIDERADOS POR EL CONTRATISTA

TOTAL EQUIPO

III MANO DE OBRA

No. CONCEPTOMANO DE OBRAS

UNIDAD RENDIMIENTO PRECIOUNITARIO

TOTAL

1 CAPATAZ JDR2 PEON JDR3 ALBAÑIL JDR

OTROS CONSIDERADOS POR EL CONTRATISTA

JDR

TOTAL MANO DE OBRA

BENEFICIOS SOCIALESTOTAL DE COSTO DIRECTO

GASTOS GENERALES Y UTILIDADESTOTAL DE LA ACTIVIDAD

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PROFORMA PROPUESTA(ANEXO No. II)

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(PROFORMA PROPUESTA)

PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

PROYECTO:__________________________________________________________________

DEPENDENCIA:_______________________________________________________________

CONTRATISTA:_______________________________________________________________

PLAZO DE EJECUCIÓN: DEL_________________________________AL_________________

No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD PRECIO MESITEM ITEM CONTRATADA UNITARIO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGOS SEPT.

1 2 3 4 5 6 7 ETC. ETC. ETC.Ejemplo Mampostería M3 721.50 584.01 10 14 14 18 20 24 100%

CERTIFICO: Que el presente programa de trabajo está de La Unidad Ejecutora:_________________________________________conformidad con los montos solicitados en el programa De conformidad con el Art. 64, numeral 2 de la Ley de Contratación delde desembolso. Estado aprueba el presente programa de ejecución de obra.

Fecha:___________Firma y sello del Contratista______________ Fecha:______________Firma y Sello:___________________

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ACLARACIONES(ANEXO No. III)

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ACLARACIONES

1). Multa convencional por incumplimiento del programa de ejecución de obra”.

El Gobierno por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), tendrá la facultad de verificar si las obras objeto de este contrato se están ejecutando por el Contratista de acuerdo con el programa de ejecución de obra aprobado, para lo cual la Unidad Ejecutara comparará mensualmente el avance de las obras con el respectivo programa de obra; si como consecuencia de la comparación anterior el avance de las obras es menor con lo que debió realizarse, el Gobierno en su caso procederá a aplicar una multa económica convencional equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el valor de la obra no ejecutada en el mes que corresponde. Esta cantidad se aplicará en beneficio del Gobierno a título de pena convencional por el simple retardo en el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.

Es entendido que la multa procederá cuando las causas del retraso en la ejecución de las obras sean imputables al Contratista.

Independientemente del pago de la multa convencional señalada en el párrafo anterior, el Gobierno podrá exigir el cumplimiento del Contrato.

Para efectos de aplicación de la multa, el Departamento de Construcción notificará por escrito al Contratista del incumplimiento del programa de ejecución de obra. El escrito hará alusión a aspectos tales como: Período de incumplimiento de las obligaciones, monto de Lps. de Obra no ejecutada, especificada por cada ítem y valor de la multa a que se ha hecho acreedor; el valor de la multa será deducible de cualquier cantidad que se le adeude al Contratista.

La notificación al Contratista se hará en un término de diez (10) días hábiles después de haber sido realizados por parte de la Unidad Ejecutara la comparación mensual de la obra programada y la obra ejecutada.

2). El programa de ejecución de la obra deberá ser presentado en términos porcentuales por cada ítem del Contrato, de manera tal que las cifras porcentuales de cada ítem sumen un 100%; para efectos de este procedimiento administrativo estamos adjuntando la proforma recomendada con un ejemplo hipotético.

Las recomendaciones anteriores se hacen en virtud de que se ha observado que a los programas de trabajo no se les está dando la seriedad del caso, existiendo en la actualidad proyectos que se ejecutan totalmente desfasados con respecto a los programas aprobados.

3). En lo que respecta a la bitácora (s) para la ejecución de proyectos éstas se deberán regir por las disposiciones legales contenidas en el Reglamento Especial de Bitácora para Diseño y Ejecución de Proyectos, emitido por el Colegio de

Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) y publicado en la Gaceta el 5 de julio de 1997.

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FORMULARIO DE GARANTÍAS.

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FORMULARIO DE GARANTÍA DE OFERTA.

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FORMULARIO DE GARANTÍA DE LA OFERTA.

Fecha: _____________________________

Adjunto sírvase encontrar una Garantía de la Oferta, la cual consiste en por la cantidad de ________________________________________________ Pagadera a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos y que cubre la Tabla de Cantidades y Precios Unitarios correspondientes al proyecto: __________________________________________________

INDIVIDUAL:

______________________________ ______________________________ (Nombre del Contratista) (Dirección)

SOCIEDAD O CONSORCIO(Nombre y Dirección de los socios)

__________________________ _______________________________ (Nombre del Socio) (Dirección)

___________________________ ______________________________ (Nombre del Socio) (Dirección)

__________________________ ________________________________ (Nombre del Socio) (Dirección)

______________________ _______________________________ (Nombre del Socio) (Dirección)

SOCIEDAD ANÓNIMA:

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_____________________________________________________________________(Nombre de la Empresa)

(Dirección)

________________________________ _____________________________ (Nombre Oficial) (Dirección)

_______________________________ _______________________________ (Nombre Oficial) (Dirección)

________________________________ _____________________________(Nombre Oficial) (Dirección)

________________________________ _____________________________(Nombre Oficial) (Dirección)

________________________________ ____________________________Por Título

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FORMATO DE CAUCIÓN DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

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Garantía de CumplimientoFORMATO GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

ASEGURADORA / BANCO

GARANTÍA / FIANZA DE CUMPLIMIENTO Nº: _____________________________________

FECHA DE EMISIÓN: _____________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: ____________________________________________

DIRECCIÓN Y TELÉFONO: ____________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar que el Afianzado/Garantizado, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, CUMPLIRÁ cada uno de los términos, cláusulas, responsabilidades y obligaciones estipuladas en el contrato firmado al efecto entre el Afianzado/Garantizado y el Beneficiario, para la Ejecución del Proyecto: “______________________” ubicado en _____________________________________.

SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLÁUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR RESULTANTE DE LA LIQUIDACION EN EL AVANCE DE LA OBRA, A SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BENEFICIARIO. ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de _____, Municipio de ______, a los _______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

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FORMATO DE GARANTÍAPOR ANTICIPO.

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Garantía por Pago de Anticipo

FORMATO GARANTÍA POR ANTICIPOASEGURADORA / BANCO

GARANTÍA / FIANZA DE ANTICIPO Nº: _____________________________________

FECHA DE EMISIÓN: _____________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: ___________________________________________

DIRECCIÓN Y TELÉFONO: ___________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar que el Afianzado/Garantizado, invertirá el monto del ANTICIPO recibido del Beneficiario, de conformidad con los términos del contrato firmado al efecto entre el Afianzado y el Beneficiario, para la Ejecución del Proyecto: “______________________” ubicado en _____________________________________. Dicho contrato en lo procedente se considerará como parte de la presente póliza.

SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLÁUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR RESULTANTE DE LA LIQUIDACION DE ANTICIPO, A SIMPLE REQUERIMIENTO DEL BENEFICIARIO. ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de _____- Municipio de _____, a los _______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

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FORMATO DE GARANTÍADE CALIDAD.

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Garantía de CalidadFORMATO GARANTÍA DE CALIDAD

ASEGURADORA / BANCO

GARANTÍA / FIANZA DE CALIDAD: _____________________________________

FECHA DE EMISIÓN: _____________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: _____________________________________________

DIRECCIÓN Y TELÉFONO: _____________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar la calidad DE OBRA del Proyecto: “______________________” ubicado en _____________________________________. Construido/entregado por el Afianzado/Garantizado ______________________________________________.

SUMA AFIANZADA/ GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLÁUSULA OBLIGATORIA: “LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR RESULTANTE DE LA LIQUIDACION DE CALIDAD, A SIMPLE REQUERIMIENTO DEL (BENEFICIARIO) ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO CONFORME A LEY, SIN NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de _______, Municipio ________, a los _______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

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FORMATO DE GARANTÍADE MANTENIMIENTO DE OFERTA.

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Garantía de Mantenimiento de la OfertaFORMATO GARANTÍA MANTENIMIENTO DE OFERTA

NOMBRE DE ASEGURADORA / BANCO

GARANTÍA / FIANZA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Nº: _____________________________________

FECHA DE EMISIÓN: _______________________________________

AFIANZADO/GARANTIZADO: ________________________________________

DIRECCIÓN Y TELÉFONO: ____________________________________________

Fianza / Garantía a favor de ______________________________________, para garantizar que el Afianzado/Garantizado, mantendrá la OFERTA, presentada en la licitación __________________________________________ para la Ejecución del Proyecto: “______________________” ubicado en _____________________________________.

SUMA AFIANZADA/GARANTIZADA: __________________________

VIGENCIA De: _____________________ Hasta: ___________________

BENEFICIARIO: __________________________

CLÁUSULA OBLIGATORIA: LA PRESENTE GARANTIA SERA EJECUTADA POR EL VALOR TOTAL DE LA MISMA, A SIMPLE REQUERIMIENTO DEL (BENEFICIARIO) ACOMPAÑADA DE UNA RESOLUCION FIRME DE INCUMPLIMIENTO, SIN NINGUN OTRO REQUISITO.

Las garantías o fianzas emitidas a favor del BENEFICIARIO serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización automática y no deberán adicionarse cláusulas que anulen o limiten la cláusula obligatoria.

Se entenderá por el incumplimiento el Afianzado/Garantizado: 1. Retira su oferta durante el período de validez de la misma.2. No acepta la corrección de los errores (si los hubiere) del Precio de la Oferta.3. Si después de haber sido notificado de la aceptación de su Oferta por el Contratante

durante el período de validez de la misma, no firma o rehúsa firmar el Contrato, o se rehúsa a presentar la Garantía de Cumplimiento.

4. Cualquier otra condición estipulada en el pliego de condiciones.

En fe de lo cual, se emite la presente Fianza/Garantía, en la ciudad de __________, Municipio de _______, a los _______ del mes de _______ del año _____________.

FIRMA AUTORIZADA

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